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AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA/APS/DJ/DS/JTS/Nº 9 Ü 8 - 2 Ü 1 4 La Paz, 2 4 NOV 2014
PROCESO DE ADHESIÓN A LA COMERCIALIZACIÓN DEL SOAT CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2015.
TRAMITENº 17793-2014
VISTOS:
La Ley de Pensiones N° 065 de 1 O de diciembre de 201 O; la Ley de Seguros N° 1883 de fecha 25 de junio de 1998; el Decreto Supremo Nº 27295 de 20 de diciembre de 2003; el Decreto Supremo Nº 27900 de 10 de diciembre de 2004; el Decreto Supremo Nº 29084 de 28 de marzo de 2007; el Decreto Supremo Nº 29374 de 12 de diciembre de 2007; el Decreto Supremo Nº 29808 de 21 de noviembre de 2008; la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 774-2014 de 17 de octubre de 2014; la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014, el Informe Legal INF.DS/JTS/1009/2014 de 17 de noviembre de 2014; el Informe /APS/DS/JCF/392/2014 de 20 de noviembre de 2014; el Informe /APS/DS/JCF/384/2014 de 11 de noviembre de 2014; el Informe /APS.DS/JTS/1025/2014 de 19 de noviembre de 2014; el Informe /APS.DS/JTS/ 1033/2014 de 20 de noviembre de 2014; el Informe / APS. DS / JTS / 1034/2014 de 20 de noviembre de 2014; el Informe /APS.DS/JTS/1038/2014 de 21 de noviembre de 2014 y demás documentación que convino ver y se tuvo presente, y.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al artículo 167 de la Ley de Pensiones Nº 065 de 10 de diciembre de 2010, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP se denominará en adelante Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI.
Que el artículo 168 de la Ley Nº 065 de 10 de diciembre de 201 O establece las funciones y atribuciones asignadas al Organismo de Fiscalización en materia de pensiones y seguros, entre las que se encuentra, fiscalizar, supervisar, regular, controlar, inspeccionar y sancionar a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, Entidad Pública de Seguros, Entidades Aseguradoras y otras entidades bajo su jurisdicción, de acuerdo a la Ley de Pensiones, Ley de Seguros y los reglamentos correspondientes.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 de la Ley de Seguros Nº 1883 de 25 de junio de 1998, establece que la misma tiene por objetivo regular la actividad aseguradora, reaseguradora, de intermediarios, auxiliares y entidades de prepago para que cuenten con la suficiente credibilidad, solvencia y transparencia garantizando un mercado competitivo. Asimismo, determina los derechos y deberes de las
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OE PENSIONES Y SEGUROS
ESTADO PLURINACIONAL OE BOLIVIA -
Entidades Aseguradoras y establece los principios de equidad y seguridad jurídica para la protección a los asegurados, tomadores y beneficiarios del seguro.
Que el artículo 36 de la Ley de Seguros Nº 1883, define al seguro obligatorio como aquel establecido por el Estado mediante disposiciones legales, con carácter obligatorio y que sólo pueden ser establecidos por Ley debiendo ser administrados en fondos separados, mediante pólizas uniformes y cuyas variaciones en los montos de las primas deberán ser autorizadas expresamente por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros, considerando las condiciones y términos de los contratos que las establecieron.
Que el artículo 37 de la Ley de Seguros 1883 establece como obligatorio, que todo propietario de vehículo automotor en el territorio nacional, sea cual fuere su tipo, cuente con un Seguro de Accidentes de Tránsito, entre otros.
Que el Decreto Supremo Nº 27295 de 20 de diciembre de 2003 y modificatorios, reglamentan el artículo 37 de la Ley Nº 1883, como Reglamento Único del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y establece que el SOAT se regirá por la Ley de Seguros Nº 1883 y las Resoluciones Administrativas que al efecto se emitan.
Que el artículo 54 del Decreto Supremo Nº 27295 de 20 de diciembre de 2003 señala que mediante Resolución Administrativa la Autoridad Fiscalizadora, regulará los requisitos técnicos para el SOAT especialmente para la habilitación de las Entidades Aseguradoras para operar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 630-2014 de 10 de septiembre de 2014, modificada por la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 685-2014 de 24 de septiembre de 2014, se emitió el Régimen de Adjudicación para la Autorización de Comercialización del SOAT 2015.
Que producto de la evaluación y análisis de la documentación presentada en los sobres "A" y "B", por las Entidades Aseguradoras interesadas en comercializar el SOAT, la APS emitió el Informe Técnico Legal INF.DS.JTS/854/2014 de 03 de octubre de 2014, determinando que Seguros y Reaseguros Credinform International S.A. y Seguros Illimani S.A. no cumplen con todos requisitos técnicos financieros establecidos en el artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 630-2014 de 10 de septiembre de 2014 modificada por la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 685-2014 de 24 de septiembre de 2014.
Que el Informe Técnico INF.DS.JTS/898/2014 de 16 de octubre de 2014, concluye que Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. E.M.A. ostenta la calidad de Aseguradora con la "Propuesta más Baja".
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Que el Informe Legal INF.DS.JTS/890/2014 de 16 de octubre de 2014, concluye que de la apertura de los sobres "B", la ponderación de la propuesta más baja y la adhesión a la "Propuesta más Baja" se realizó de acuerdo a lo establecido en los artículos 5 y 6, del Régimen de Autorización para la Comercialización del SOAT 2015, autorizado median te la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 630-2014 de 10 de septiembre de 2014, modificado mediante Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 685-2014 de 24 de septiembre de 2014.
Que en virtud a dicha evaluación, la APS autorizó a Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. E.M.A. la comercialización del SOAT 2015 mediante Resolución Administrativa APS/DJ/DS/JTS/Nº 774 de 17 de octubre de 2014.
Que posteriormente, algunas federaciones departamentales y federación del sector del transporte manifestaron al Gobierno Nacional su rechazo de que la comercialización del SOAT 2015 se realice a través de una sola Entidad Aseguradora.
Que en base a lo anterior, el Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros, mediante nota MEFP/VPSF/DGSF/Nº 515/2014 de 30 de octubre de 2014, solicitó a la APS evaluar la posibilidad de atender la demanda en el marco de las disposiciones legales y regulatorias vigentes.
Que como resultado de la evaluación de la solicitud, la APS emitió una Resolución Administrativa que permita contar con más de una Entidad Aseguradora para la comercialización del SOAT 2015.
Que en ese sentido, la APS emitió la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014 que aprueba de adhesión de Entidades Aseguradoras para la Comercialización del SOAT 2015.
CONSIDERANDO
Que el artículo 55 del Decreto Supremo Nº 27295 de 20 de diciembre de 2003 señala que la Autoridad Fiscalizadora reglamentará aquellos aspectos necesarios para la efectiva y correcta aplicación del Reglamento Único del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Que el incisos) del artículo 43 de la Ley de Seguros Nº 1883 de 25 de junio de 1998 establece, entre las atribuciones de la APS, emitir disposiciones operativas para el cumplimiento de la Ley de Seguros y de sus Reglamentos.
Que el inciso a) del artículo 168 de la Ley Nº 065 de 10 de diciembre de 2010, establece que el organismo de fiscalización tiene la atribución de cumplir y hacer cumplir la Ley y sus reglamentos, asegurando la correcta aplicación de sus principios, políticas y objetivos.
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Que el inciso e) del artículo 12 del Decreto Supremo Nº 25317 de 01 de marzo de 1999 establece, que una de las atribuciones de la Autoridad Fiscalizadora, es emitir Resoluciones Administrativas en el área de Seguros.
CONSIDERANDO
Que el día 14 de noviembre de 2014, en mediaciones de la Plaza España; Calle Gregario Reynolds Nº 612 esq. Luis Uría de la Oliva, Edificio María Cristina, a horas 11 :00 en presencia de Notario de Fe Pública y con la participación de representantes de la APS, Seguros y Reaseguros Credinform International S.A.; Seguros Illimani S.A. y público invitado se instaló la Audiencia de Apertura del "Sobre Único.
Que en dicho acto se verificó únicamente el cumplimiento en la presentación de los documentos requeridos en el punto 2 del artículo 4 del Régimen de Adhesión, sin haber analizado el contenido de los mismos.
Que una vez concluida la verificación de los documentos presentados, se declaró un cuarto intermedio a efectos de que la APS evalúe y realice un informe referido al cumplimiento a lo establecido por el artículo 4 del Régimen de Adhesión de Entidades Aseguradoras para la Comercialización del SOAT 2015.
Que el día 21 de noviembre de 2014 habiendo concluido el cuarto intermedio, en mediaciones de la Plaza España; Calle Gregario Reynolds Nº 612 esq. Luis Uría de la Oliva, Edificio María Cristina, a horas 15:30 en presencia de Notario de Fe Pública y público invitado se instaló la Audiencia Pública en la que se comunicaron los resultados plasmados en el Informe de evaluación de los Requisitos Técnico - Financieros y contenido del "Sobre Único", en la que se hicieron presentes: representantes de la APS, representantes legales de las Entidades Aseguradoras interesadas en comercializar el SOAT 2015: Seguros y Reaseguros Credinform International S.A.; Seguros Illimani S.A.
Que el Informe Técnico Legal INF.DS.JTS/1038/2014 de 21 de noviembre de 2014 de evaluación de los Requisitos Técnico - Financieros establece en sus conclusiones lo siguiente:
"Del desarrollo del presente informe, se tienen las siguientes conclusiones
• Seguros fllimani S.A. no cumple con los requisitos establecidos en los Items iii) y :xiv) del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014.
• Seguros y Reaseguros Credinform Intemational S.A. tiene pendiente la evaluación del cumplimiento o incumplimiento de los ítems i}, ii}, iii) y xi) del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014, dadas las variaciones materiales que presentan los dos envíos de Estados Financieros entregados a destiempo e incumpliendo los plazos administrativos. Para tal efecto, no
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es posible certificar el cumplimiento o incumplimiento de los indicadores técnicos financieros requeridos en tanto no se realice una inspección in situ a este objeto."
Que una vez leído el informe, se dio por concluida la audiencia, anunciando la emisión de la Resolución Administrativa correspondiente.
CONSIDERANDO
Que el Informe Técnico Legal INF.DS.JTS/1038/2014 de 21 de noviembre de 2014, ha determinado que Seguros Illimani S.A. no cumple con los requisitos establecidos en los Items iii) y xiv) del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014.
Item Requisitos Técnico - Financieros ILLIMA
NI
iii) Cumplir con las Reseivas Técnicas al 30 de septiembre de 2014. No Cumole
xiv) No mantener compromisos de pago de siniestros incumplidos con No Centros Médicos al 30 de septiembre de 2014. Cumple
Que no obstante al procedimiento establecido en el Régimen de Adhesión de Comercialización del SOAT 2015, corresponde desarrollar los argumentos por los que Seguros Illimani S.A. no ha sido habilitada para la comercialización del SOAT de la Gestión 2015.
RESERVAS TÉCNICAS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014
Que el numeral 1, ítem iii) del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014 determina la forma de evaluación de este requisito, de la siguiente manera:
Item Requisitos Técnico - Financieros Forma de Evaluación iii) Cumplir con las Reservas Técnicas al 30 La APS evaluará el cumplimiento en función a
de Septiembre de 2014. la Declaración Jurada del principal ejecutivo de la Entidad Aseguradora de que al 30 de Septiembre de 2014 mantiene Reservas Técnicas suficientes, conforme a texto único del Anexo I, no obstante, en caso de que mediante evaluación interna la APS llegue a evidenciar lo contrario a lo señalado en la declaración jurada, se determinará este requisito como incumplido.
Que Seguros Illimani S.A. cumplió con la presentación de la declaración jurada, al señalar lo siguiente:
l "Cumpliendo lo dispuesto por el Régimen de Autorización de J' Comercialización del SOAT 2015, con la presente DECLARACION
JURADA, yo Femando Arce Grandchant con Cédula de Identidad Nº
/_:_A,/i_.J:··,,-_____ 1_6_1_6_1_1_s_e_x_p_e_d_i_d_a_en_T_a_n_~_·ª_'_en_m_i_c_a_l_id_a_d_d_e_P_r_e_s_id_e_n_t_e_d_e_s_egu __ ro_s ____ _
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,. -fllimani S.A., juro que la Entidad Aseguradora a la que represento, mantiene Reservas Técnicas calculadas al 30 de septiembre de julio de 2014 en todos los ramos de seguro.
Las reservas técnicas calculadas al 30 de septiembre de 2014, implican suficiencia por cada póliza de seguro, asegurado, accidentado y/ o beneficiario, según corresponda . .. "
Que no obstante la declaración jurada, el informe APSINF.DS.JTS / 1033 / 20 l 4 de 20 de noviembre de 2014, ha determinado lo siguiente:
Seguros fllimani S.A. presenta insuficiencia de reservas técnicas de siniestros al 30 de septiembre de 2014, conforme a lo establecido en el desarrollo del presente informe y el siguiente cuadro:
ITEM INSUFICIENCIA BS. INSUFICIENCIA $US.
EXPEDIENTES 816.792,42 119.065,95
HOSPITAL AGRAMONT 1.116.807,44 162.799,92
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS 64.038,12 9.335,00
RECLAMOS APS 714.237,23 104.116,21
RESERVAS NEGATIVAS 5.433.918, 16 792.116,35
TOTAL 8.145. 793,37 1.187.433,44
Que a continuación se desglosan los casos en los cuales se ha determinado insuficiencia en la reserva técnica de siniestros.
REVISION EXPEDIENTES
Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa APS/DJ/DS/N° 848/2014, Seguros Illimani S.A. ha presentado sus bases de Datos de reservas de Siniestros de acuerdo a lo establecido en el Anexo III de dicha resolución.
Que para la validación de la información de dichas Bases de Datos, se ha requerido mediante nota APS-EXT.DS/3891/2014 documentación de 71 casos escogidos de manera aleatoria.
Que de la revisión la documentación presentada y la información de sus bases de datos, el INFORME/APS/DS/JTS/1033/2014 de 20 de noviembre de 2014 ha determinado las siguientes observaciones:
"Siniestro Nº 10036 -Póliza LPST1010613A
En la documentación presentada por la aseguradora, se ha verificado que existen nueve personas fallecidas en el siniestro que no fueron indemnizadas en su totalidad y cuya reserva es insuficiente al 30 de septiembre de 2014.
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • --Se ha tomado en cuenta para efectos de todos los siniestros el tipo de cambio del DEG al 30 de septiembre de 2014, llegándose a determinar como indemnización por fallecido, Bs23.467.- (veintitrés mil cuatrocientos sesenta y siete 25/ 100 bolivianos) correspondiente a 2.300 DEG's de acuerdo a la normativa reglamentaria.
En este sentido, se ha determinado una deficiencia en las reservas de este siniestro, conforme al siguiente cuadro:
Monto Reserva
Node Nº Póliza Nombre del Fallecido Herido/Muerto Pagado
en Base RESERVA INSUFICIENCIA Siniestro de Datos APS EN Bs. EN Bs.
Parcial (Bs.) (Bs.)
10036 LPST1010613A JORGE NICOLÁS
Fallecido 4,600 o 23,467 18,867 QUISPE
10036 LPST1010613A ERASMA ARUQUIPA
Fallecido 2,900 o 23,467 20,567 VILLANUEVA
10036 LPST1010613A EIMY LOURDES
Fallecido 5,608 o 23,467 17,859 AVERANGA SANDOVAL
10036 LPST1010613A PRIMITIVA CHOQUE
Fallecido 3,300 o 23,467 20,167 GABRIEL
10036 LPST1010613A PABLO SOLIZ ROBLES Fallecido 5,000 o 23,467 18,467
10036 LPST1010613A MARISOL MALLEA Fallecido 5,200 o 23,467 18,267
10036 LPST1010613A ADRIANA AL VARADO Fallecido o o 23,467 23,467
10036 LPST1010613A ADRIANA AL VARADO
Fallecido AZURDUY
o o 23,467 23,467
10036 LPST1010613A RUTH CHOQUE TORREZ Fallecido o o 23,467 23,467
TOTAL 184,595
Siniestro Nº 10147- Póliza LPST1008634A
En la revisión se ha podido determinar a 4 fallecidos que tienen reserva insuficiente al 30 de septiembre de 2014, de acuerdo al siguiente cuadro:
Monto RESERVA
No de HERIDO/FAL Pagado Reserva en
INSUFICIENCIA N° Póliza Nombre del Fallecido Base de APS EN
Siniestro LECIDO Parcial Datos (Bs.) EN Bs.
(Bs.) Bs.
10147 LPST1008634A MARCELINO CAPCHA
4,920 o 23,467 18,547 GUTIERREZ FALLECIDO
10147 LPST1008634A PAMELA VIDAURRE
4,920 o 23,467 18,547 VALDIVIA FALLECIDO
10147 LPST1008634A DAVID ERICK o o 23,467 23,467 MENDOZA VASQUEZ FALLECIDO
10147 LPST1008634A INGRID JUDITH o o 23,467 23,467 GUTIERREZ AVALOS FALLECIDO
TOTAL 84,029
Siniestro Nº 11155-Póliza LPST1123752
En el presente siniestro, se ha verificado que no existe constitución de reserva para la fallecida Ana Maria Quispe Condori al 30 de septiembre de 2014, tal como se detalla en la siguiente tabla:
J
Node N° Póliza
Siniestro
11155 LPST1123752
: ~APS
AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS
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Monto
Nombre del Fallecido HERIDO/FALLECIDO Pagado
Parcial (Bs.)
ANA MARIA QUISPE
CONDORI FALLECIDO o
Siniestro Nº 120614 - Póliza LPST1241689A
Reserva en RESERVA INSUFICIENC
Base de Datos APS EN IA EN Bs. (Bs.) Bs.
o 23,467 23,467
TOTAL 23,467
En este siniestro se ha verificado que existen 12 fallecidos reportados en la aseguradora que tienen reserva insuficiente, tal como se detalla en el siguiente cuadro:
Monto RESERVA
Node Pagado Reserva en
INSUFICIENCIA N' Póliza Nombre del Fallecido HERIDO/FALLECIDO Base de APS EN
Siniestro Parcial Datos (Bs.) Bs. EN Bs.
(Bs.)
120614 LPST1241689A REYNALDO LIMA FALLECIDO o o 23,467 23,467
120614 LPST1241689A GUILLERMO YUJRA
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 TI CONA
120614 LPST1241689A MELLICELA VARGAS
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 AVALA
120614 LPST1241689A BENJAMIN APAZA
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 ALIAGA
120614 LPST1241689A FELIPE CALA NINA FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967
120614 LPST1241689A DEIVID MONROY
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 QUISPE
120614 LPST1241689A SUSANA JAUREGUI
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 CARDONA
120614 LPST1241689A CRUZ ALEJANDRO
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 ALIAGA BENIQUE
120614 LPST1241689A EDMUNDO JAUREGUI
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 CARDONA
120614 LPST1241689A ALBINO VALERIANO FALLECIDO o o 23,467 23,467
120614 LPST1241689A R UBEN PEREZ PEREZ FALLECIDO o o 23,467 23,467
120614 LPST1241689A MIGUEL JULIO ALIAGA
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 BENITEZ
TOTAL 259,104
En el caso de los fallecidos Reynaldo Lima, Guillermo Yujra Ticona, Mellicela Vargas Ayala, David Monroy Quispe, Albino Valeriana y Rubén Pérez, si bien la aseguradora ha afirmado que fue pagada la indemnización, en la documentación entregada por Seguros fllimani S.A. en el tomo I del folio 1 al 251, no se encuentra documentación de respaldo del pago de la indemnización sino de pagos parciales, por lo que se considera insuficiencia en la reserva.
Siniestro Nº 121043 - Póliza LPST1207640
En este siniestro, se ha verificado insuficiencia en la reserva técnica de siniestros del fallecido Maias N ate, conforme al siguiente cuadro:
No de Nombre del HERIDO/F Monto Pagado RESERVAAPS Reserva en INSUFICIENCIA
N' Póliza Base de Datos Siniestro Fallecido ALLECIDO Parcial (Bs.) EN Bs. (Bs.) EN Bs.
121043 LPST1207640 MATIAS NATE
2,526 23,467 7.825,89 13,115 ROSEN DI FALLECIDO
f~...,1--,--P-ág_i_n_a_S_der-~-é-fo_n_o_: -(5_9_1_--2-~-;-;-1;_l_~_e_{_2e-=-~-;!-~z-(_:_;_t __ 3_2_)_!_;_i_·2-~-~-d-3e_:_i_~-:-sz-i~-1:_z_;_0
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TOTAL 13,115
6,APS AUTORIDAO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS • ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI;:--
Siniestro Nº 121055 - Póliza LPST1254612A
En este siniestro, se ha verificado que los siguientes fallecidos no cuentan con reserva al 30 de septiembre de 2014, por lo que existe una deficiencia tal como se detalla en el siguiente cuadro:
No de Nombre del HERIDO/FALL Monto Reserva en RESERVA INSUFICIENCIA
N' Póliza Pagado Base de Siniestro Fallecido ECIDO
Parcial (Bs.) Datos (Bs.) APS EN Bs. EN Bs.
121055 LPST1254612A ALEJANDRO RAMOS FALLECIDO o o 23,467 23,467
121055 LPST1254612A AMAN DA QUISPE
FALLECIDO 2,150 o 24,160 22,010 FLORES
TOTAL 45,477
En el caso del fallecido Alejandro ramos, si bien Seguros fllimani S.A. afirma haber realizado pago parcial, en la documentación presentada a esta APS en el Tomo I, folios del 253 al 359, no existe documentación que corrobore su afirmación.
Siniestro Nº 130084 -Póliza LPST1321375A
Monto Reserva RESERVA No de
N' Póliza Nombre del Fallecido HERIDO/FALLECIDO Pagado en Base
APS EN INSUFICIENCIA
Siniestro Parcial de Datos EN Bs. (Bs.) (Bs.) Bs.
130084 LPST1321375A JOHNNY FLAVIO PHILCO
FALLECIDO o 23,467 23,467 SIÑANI
130084 LPST1321375A MARCELINA COLOMA VDA.
FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967 DE QUISPE
130084 LPST1321375A FLORENCIA ADUVIRI QUISPE FALLECIDO o 23,467 23,467
130084 LPST1321375A DANNY QUISBERT ALEJO FALLECIDO o 23,467 23,467
130084 LPST1321375A WILSON MARTIN PATIÑO
FALLECIDO 12,120 o 23,467 11,347 OCHOA
TOTAL 102,713
En el caso de los fallecidos Flrencia Aduviri y Danny Quisberth, si bien Seguros fllimani S.A. afirma haber realizado pago parcial, en la documentación presentada a esta APS en el Tomo I, folios del 360 al 61 O, no existe documentación que corrobore su afirmación.
Siniestro Nº 130833 - Póliza LPST1303105A
Para este siniestro, se ha verificado que los fallecidos en el siniestro sm reservas al 30 de septiembre de 2014 son los siguientes:
¡~~;:j·}··---P-á_g_in_a_9_d_(f_e_re ___ fo_n_o_: -(5_9_1 ___ 2_)c_;_;_~-1~-e-i-2e-~-~-;!-~z-(_:_;_i7 __ -~-,-~-:-i-.2-~-e-2d-3e_:_i_~-:-sz-i~-1-:-zp-0
0
-, s-~-:-:-:r_;_~_;_;_:-~-l~-:-h_;_t_z_º_-rr_;_o_~-.:-!-:
Correo electrónico: [email protected] • Página Web: www.aps.gob.bo
WAPS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS
Monto Reserva
HERIDO/FAL Pagado en Base RESERVA
INSUFICIENCIA No de N° Póliza Nombre del Fallecido de APS EN
Siniestro LECIDO Parcial EN Bs. Datos Bs. (Bs.) (Bs.)
130833 LPST1303105A TEODORO BLANCO YUJRA FALLECIDO 17,042 o 23,467 6,425
130833 LPST1303105A MONICA HUAYGUA KAPA FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967
130833 LPST1303105A LUISA CRUZ CUTILE FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967
130833 LPST1303105A OSWALDO MONASTERIOS
FALLECIDO 11,968 o 23,467 11,499 MAMAN
130833 LPST1303105A FELIPE GUARACHI MAMANI FALLECIDO 2,500 o 23,467 20,967
130833 LPST1303105A ISMAEL REY RODRIGUEZ FALLECIDO o o 23,467 23,467
TOTAL 104,292
De los expedientes detallados y analizados anteriormente, se ha podido establecer un total de insuficiencia por Reserva Técnica de Siniestros por un total de:
DEFICIENCIA DE
MONEDA RESERVA
TOTAL Bs 816.792
TOTAL$US 119,066
En el Anexo 1 se presenta la documentación respaldatoria de cada expediente."
RECLAMO HOSPITAL AGRAMONT
Que en relación al reclamo INFORME/ APS/DS/JTS/ 1033/2014 de señalado lo siguiente:
del Hospital Agramont, el 20 de noviembre de 2014 ha
"El Hospital Agramont ha presentado reclamo ante esta Autoridad por incumplimiento de pagos por parte de Seguros fllimani S.A. correspondiente a las gestiones 2007 y 2008.
Ante el reclamo de esta institución de salud y al existir un juicio ordinario por las deudas iniciadas contra Seguros fllimani S.A., la APS ha evaluado si se han constituido reservas técnicas de siniestros del mencionado Hospital, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 numeral romano xvi) del Régimen de Adhesión SOAT 2015 con corte al 30 de septiembre de 2014.
Seguros fllimani S.A. expone que en las gestiones 2007 y 2008 el Hospital Agramont no era considerado un centro médico, por lo que da a entender que no corresponde la constitución de reservas técnicas de siniestros, no obstante, se debe cumplir con lo establecido por el artículo 29 de la Resolución Administrativa 595 de 19 de octubre de 2004 que señala lo siguiente:
"Reserva para siniestros Pendientes: De conformidad con las coberturas del
f SOAT, las indemnizaciones pendientes de pago por atención médica,
· servicios funerarios, transporte de heridos y otras que no sean directamente a las víctimas de accidentes de tránsito o sus derechohabientes, constituyen
(r;~_·.~ .. _,'_:_ J:_.' __ ._~.:::.:_::..;.;.+~:--p-a_rt_e_d--el_ª __ re_s_e_r_v_a_p_a_r_ª_C_:-:~-e-ie-:-:-:-:-:-:-r-:-~.-d-:-~-~-t3-e-~-~-s-q-. _F_e_d_e_ri-·c_o_Z_u_a_z_o_, _T_o_r-re_s_G_u_n_d_l_a-ch-, _T_o_r-re_E_s-te •. __ ~-t · Página 101'e~ono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia Correo electrónico: [email protected] • Página Web: www.aps.gob.bo
6,APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS
En este sentido, Seguros fllimani S.A. no puede pretender desconocer que se prestaron servicios por atención médica, por lo que corresponde la constitución de reservas, de manera independiente a que el Hospital Agramont haya sido considerado un Centro Médico o no en las gestiones 2007 y 2008.
En este sentido, se ha procedido a la evaluación del listado proporcionado por el Hospital Agramont, para comparar con las bases de datos de siniestros reclamados por liquidar SOAT y Siniestros por Pagar SOAT correspondientes a los anexos III e y Anexo III d de la Resolución Administrativa APS/ DJ/ DS/ Nº 848-2014, encontrando una insuficiencia de reservas técnicas de siniestros por Bs. 1.116. 807, 44. - (un millón ciento dieciséis mil ochocientos siete 44/ 100 bolivianos}, de acuerdo al siguiente cuadro:
FECHA SOAT NOMBRE ACCIDENTADO FACTURA MONTO RESERVA INSUFICIENCIA
TOTALBs. CIABs. FINAL Bs.
12/12/2008 LPAPA06 JACINTO PALLE MAMAN! 4862 9.680,00 - 9.680,00
12/01/2009 364667 ALBONDOBAR OLGA 5007 1.766,60 - 1.766,60
01/12/2008 365088 CONDORI VALERO, JOSE IGNACIO 4793 9.182,20 - 9.182,20
15/12/2008 416592 BURGOA SUAREZ, CARLOS JHERSON 2406 13.513,90 - 13.513,90
15/12/2008 416592 ARISPE CESPEDES, CIRILO 4874 1.689,80 - 1.689,80
15/12/2008 416592 PAZ SEGALES, JUDITH ADRIANA 2408 5.683,40 - 5.683,40
04/12/2008 416592 ROMERO LIMACHI, ANDREA 4818 5.717,30 - 5.717,30
04/12/2008 418852 RIVERA FLORA, RENE GILBER 4819 2.977,00 - 2.977,00
15/12/2008 416592 ARISPE CESPEDES, CIRILO 4877 11.666,40 - 11.666,40
15/12/2008 376190 QUISPE BELTRAN, ELIAS 4878 2.525,00 - 2.525,00
01/12/2008 417146 CHIPANA MACHACA, PAOLA 4792 1.208,00 1.172,10 35,90
02/01/2008 416510 LIPA TICONA, ALICIA 2141 1.376,60 36,29 1.340,31
01/12/2008 416578 MONTALVOYUJRA, MARTIN 4791 3.708,30 - 3.708,30
15/12/2008 416578 GUARACHI MENDOZA, ELOY 4875 4.540,30 - 4.540,30
04/12/2008 416578 ALCON AIMA, LOYOLA PAOLA 4817 846,60 208,54 638,06
01/12/2008 416578 ULLOA CONDE, PATRICIA 4790 724,00 326,54 397,46
15/12/2008 377390 QUISPE CHILE, EYMI 2409 15.852,10 - 15.852,10
02/01/2009 377390 CHILE MAMAN!, PETRONA 2440 5.672,10 - 5.672,10
02/01/2009 416479 SIÑANI MAMAN!, LUCIO SAUL 2438 585,00 118,40 466,60
02/01/2009 417592 RAMOS CASTAÑEDA, DANIEL 2437 856,10 830,68 25,42
02/01/2019 420049 QUITO CHOQUE, AURELIO 2435 498,30 202,51 295,79
15/12/2008 416210 HUANCA QUISPE, RAMIRO 2412 24.667,50 20.974,24 3.693,26
01/12/2008 420535 NOA CHURA, MARIA URSULA 2351 24.296,10 23.574,39 721,71
11/11/2008 427424 ACEBEY VI LLEGAS, AMERICA 2314 24.216,20 - 24.216,20
05/01/2009 427424 FINNY VILLAMIL, MILTON ROBERTO 2458 25.046,30 - 25.046,30
05/01/2009 416387 SARMIENTO PEREZ, SEBASTIAN 2459 24.796,30 23.745,07 1.051,23
02/01/2009 420014 RIVAS ROJAS, JUSTINA 2444 1.946,30 859,49 1.086,81
02/01/2009 418411 QUISPE DE LA CRUZ, RUBEN 2442 958,00 - 958,00
02/01/2009 418929 FERNANDES ILLANES, ROSALIA 4893 75,00 - 75,00
FECHA SOAT
02/01/2008 418929
02/01/2009 418929
02/01/2009 416484
01/12/2008 416223
09/12/2008 416223
01/12/2008 416223
02/01/2009 415851
01/12/2008 420095
01/12/2008 421716
02/01/2009 420532
08/12/2008 378598
01/12/2008 384997
02/01/2009 378416
01/05/2007 347507
25/11/2007 364667
27/12/2007 358944
23/08/2008 346184
10/03/2008 357013
18/01/2008 416592
18/01/2008 416592
18/01/2008 416592
06/02/2008 416131
28/02/2008 420409
16/02/2008 417989
14/02/2008 415454
20/02/2008 416510
20/02/2008 416510
20/02/2008 416510
08/03/2008 416578
08/03/2008 416578
08/03/2008 416578
08/03/2008 416578
10/03/2008 377390
10/03/2008 377390
10/03/2008 377390
18/03/2008 377390
12/03/2008 421616
25/03/2008 394613
25/03/2008 394613
25/03/2008 394613
~APS ':
AUTORIOAO OE FISCALIZACIÓN Y CONTROL OE PENSIONES Y SEGUROS
11' ESTAOO PLURINACIONAL OE BOLIVI:--
FACTURA MONTO
NOMBRE ACCIDENTADO TOTALBs.
ROJAS QUISPE, ABEL 4892 110,00
APAZA COSME, MIGUEL ANGEL 4891 197,50
MAMANI ARUQUIPAJOSE 4890 1.447,20
NINA MAMANI, MARTHA DE LOBO 11485 24.296,10
VARGAS SULLCANI, SIMON 4860 24.247,40
ANDIA VERDEJA, CRISTIANO 2352 23.896,10
CHUI MAMANI, JAVIER 4885 6.861,50
CONDORI CALLE, ANA MARIA 2339 1.592,00
MAMANI MARIO 11484 24.296,10
YAULI CHOQUEHUANCA, ALEJANDRA 2449 1.320,70
APAZA LAURA, SONIA 4842 24.133,00
GUARACHI PATY, RAFAEL 11483 24.296,10
DELGADO ARTEAGA, PAULINA 4884 1.945,20
FLORES MAMANI, FREDDY FAC.ANULADA 2.333,20
GARCIA GIL, EDUARDO FAC.ANULADA 6.636,70
SAVEDRA HUANCA, WALTER FAC.ANULADA 17.997,30
TORREZ JAVIER, MONICA PROFORMA 3.068,45
SEGALINE CONTRERAS, EMERSON PROFORMA 2.968,99
VELASCO ROMAN, MAURICIO PROFORMA 5.151,00
NUÑEZ SIVAUTI, MARIA EVELYN PROFORMA 8.330,73
ARIAS MENDOZA, OVIDIO PROFORMA 9.603,40
TUCO TICONA, MARCELINO PROFORMA 105,30
VALDIVIA AROCUTIPA, ELIZABETH NILDA PROFORMA 23.483,28
CASILLA PABLO, DAVID PROFORMA 11.974,15
TANCARA BALBOA, ELlzaBET PROFORMA 4.779,15
ARUQUIPA CHARCA, REMEDIOS PROFORMA 1.630,00
SIRPA CHURA, FERNANDO PROFORMA 4.287,00
LIMACHI POCOATA, COPERNICO PROFORMA 122,00
CHOQUE CALCINA, SANTUSA BENITA PROFORMA 7.044,08
QUISPE APAZA, VERTHA PROFORMA 2.389,50
BERNAL CAZAS, WENCESLAO VICTOR PROFORMA 5.824,60
SANIZO ORIHUELA, NELLY PROFORMA 1.480,80
QUISPE ARUQUIPA, ANDRES PROFORMA 5.694,53
QUISPE ARUQUIPA, MACEDONIO PROFORMA 9.245,80
VARGAS VASTENCIA, ESTELA PROFORMA 14.514,33
MAMANI PATIÑO, ALICIA PROFORMA 13.712,83
CALCINA COTA, ADRIANA PROFORMA 3.299,20
OTALORA RIVAS, AGUSTINA PROFORMA 20.269,04
GARCIA VELIZ, PABLO PROFORMA 6.645,25
GARCIA OTALORA, JUAN DANIEL PROFORMA 119,50
RESERVA INSUFICIENCIA CIABs. FINAL Bs.
3,02 106,98
0,48 197,02
- 1.447,20
- 24.296,10
- 24.247,40
3,43 23.892,67
- 6.861,50
1.544,67 47,33
24.010,00 286,10
- 1.320,70
23.416,75 716,25
21.380,91 2.915,20
- 1.945,20
- 2.333,20
- 6.636,70
6.860,00 11.137,30
- 3.068,45
- 2.968,99
- 5.151,00
- 8.330,73
- 9.603,40
- 105,30
3.430,00 20.053,28
3.430,00 8.544,15
1.372,00 3.407,15
194,34 1.435,66
1.372,00 2.915,00
- 122,00
686,00 6.358,08
1.029,00 1.360,50
1.029,00 4.795,60
1.029,00 451,80
- 5.694,53
2.058,00 7.187,80
1.715,00 12.799,33
1.715,00 11.997,83
- 3.299,20
- 20.269,04
- 6.645,25
- 119,50
Calle Reyes Ortiz Nº 73. Esq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este Página 12 ~l'éifono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia
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FECHA SOAT
03/04/2008 416443
11/04/2008 416479
14/04/2008 418245
17/04/2008 420049
17/04/2008 420049
23/04/2008 424692
02/05/2008 417563
03/05/2008 420252
03/05/2008 420252
03/05/2008 420252
06/05/2008 418705
09/05/2008 416210
12/05/2008 427563
17/05/2008 421705
17 /05/2008 421705
20/05/2008 421705
17/05/2008 421705
17/05/2008 421705
17/05/2008 424770
31/05/2008 427424
16/12/2008 427424
31/05/2008 427424
31/05/2008 427424
13/06/2008 415823
21/06/2008 428274
21/06/2008 415908
22/06/2008 428274
21/06/2008 415908
21/06/2008 416189
23/06/2008 415980
27/06/2008 416138
04/07/2008 418411
04/07/2008 418411
04/07/2008 418411
04/07/2008 429295
05/07/2008 418411
06/07/2008 424256
10/07/2008 423372
10/07/2008 423372
10/07/2008 423372
6,APS AUTORIDAD OE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
OE PENSIONES Y SEGUROS
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:---,
NOMBRE ACCIDENTADO FACTURA
TORREZ HUANCA, MIGUEL PROFORMA
CHAVEZ MURGA, EMILIANO PROFORMA
FERNANDEZ BLANCO, REMEDIOS PROFORMA
CHOQUE QUITO, VICTORIA PROFORMA
FLORES VARGAS, TORIBIO PROFORMA
MAMANI SALINA, SONIA JUANA PROFORMA
QUISPE CONDORI, WILSON PROFORMA
AGRAMONT GUTIERREZ, MARCELA PROFORMA
LOZA SANCHEZ, MAURICIO WILMER PROFORMA
CHINARI SALAZAR, GLADYS PROFORMA
CRUZ SUNTURA, JOSE LUIS PROFORMA
ESPINOZA VILLARRUEL, JUSTO PROFORMA
MAMANI CHUCA, HUGO PROFORMA
MOLLINEDO CHOQUE, CARLOS ALBERTO PROFORMA
CHIQUE MAMANI, MARINA PROFORMA
TORREZ SARMIENTO, LUIS GONZALO PROFORMA
MONTALVO AGUILAR, HORTENCIA PROFORMA
MOLLINEDO MAMANI, LUCIO PROFORMA
ARIAS CASTILLO, JHONNY ANGEL PROFORMA
MOLLINEDO SILVA, DAVID PROFORMA
TRIGO FORGERA, PABLO PROFORMA
LOZA QUIROGA, ALEJANDRO PROFORMA
MOLLINEDO ACEBEY, AMERICA PROFORMA
PINTO OCHARAN, HERBERT MAURICIO PROFORMA
RODAS SANTALLA, WILLIAMS SANTOS PROFORMA
ORDOÑEZ SANCHEZ, JOSE LIN PROFORMA
MAMANI ERNESTINA DE LIMACHI PROFORMA
AGUILAR SARMIENTO, LIDIA PROFORMA
BUSTAMANTE SULLCA, RICARDO PROFORMA
MAMANI MARCA, DOMITILA PROFORMA
MAMANI MACHACA, BENEDICTO PROFORMA
QUISPE YUJRA, ABRAHAM PROFORMA
COAQUIRA CUELA, VICTORIA PROFORMA
HUARACHI PAUCARA, MARCELA PROFORMA
HILARIO MAMANI, FRANCISCO PROFORMA
CAHUAYA QUISPOE, WILSON PROFORMA
MARCA HUANCA, SALVADORA DE PROFORMA
COPA FLORES, CELIA PROFORMA
HUANCA CHIPANA, RUFINA PROFORMA
CASTILLO ESQUIVEL, ABDON PROFORMA
MONTO RESERVA INSUFICIENCIA TOTAL Bs. CIABs. FINALBs.
3.451,60 3.063,54 388,06
10.224,90 2.625,60 7.599,30
4.402,80 1.715,00 2.687,80
2.586,55 1.372,00 1.214,55
2.164,60 - 2.164,60
2.364,10 2.058,00 306,10
11.887,36 3.087,00 8.800,36
7.428,60 - 7.428,60
4.324,50 - 4.324,50
1.881,90 - 1.881,90
20.349,60 6.860,00 13.489,60
22.409,98 - 22.409,98
1.368,80 1.029,00 339,80
8.045,20 6.860,00 1.185,20
21.827,15 3.430,00 18.397,15
6.058,63 - 6.058,63
15.535,00 1.715,00 13.820,00
6.898,10 411,60 6.486,50
192,80 - 192,80
7.883,30 6.860,00 1.023,30
155,00 - 155,00
19.087,95 2.058,00 17.029,95
7.656,48 1.372,00 6.284,48
2.009,00 - 2.009,00
2.853,20 - 2.853,20
1.937,60 - 1.937,60
518,10 - 518,10
272,80 - 272,80
21.363,64 10.290,00 11.073,64
1.479,10 - 1.479,10
1.873,90 - 1.873,90
19.390,60 7.789,53 11.601,07
418,70 171,50 247,20
8.848,15 1.372,00 7.476,15
1.363,60 - 1.363,60
1.840,10 686,00 1.154,10
3.167,50 - 3.167,50
835,50 343,00 492,50
4.164,40 343,00 3.821,40
997,60 343,00 654,60
Calle Reyes Ortiz Nº 73. Esq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este Página 13 qfur@fono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia
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14/11/2008 415563
~APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS ,. ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:--
NOMBRE ACCIDENTADO FACTURA MONTO
TOTAL Bs.
COPA FLORES, MARIA PROFORMA 984,90
GONZALES MORALES, SANTOS PROFORMA 5.679,60
ANTI~APACHAVE~JUUA PROFORMA 1.218,70
MAMANI QUISPE, FRANCISCO PROFORMA 10.054,23
MAMANI AMRU, SERGIO PROFORMA 2.457,80
CONDORI MAMAN 1, JUAN CARLOS PROFORMA 2.270,90
YUJRA, PEDRO PROFORMA 4.644,30
TITIRICO VENTURA, EULOGIA PROFORMA 2.643,10
CHAMBI PRIETO, VERONICA PROFORMA 1.674,50
HUALLPA ROJAS, EDGAR PROFORMA 6.999,75
PARI ALCON, DELIA PROFORMA 4.625,20
CAHUANA TANCARA, RAUL PROFORMA 1.113,70
MARCA SILVESTRE, JUAN DE QUISPE PROFORMA 3.517,20
SARAVIA QUISPE, ROSA PROFORMA 235,00
CANAZA CAN QUI, JUAN CARLOS PROFORMA 1.244,20
BORDIGNON BASSO, ASUNTA PROFORMA 9.883,85
APAZA LAYME, PAULINA PROFORMA 1.157,65
MEJIA BUSTILLOS, CASTO JESUS PROFORMA 2.869,30
FORONDA CONDE, NANCY MIRIAM PROFORMA 7.347,20
ESPEJO MAMANI, YOLA PROFORMA 13.680,13
AGUILAR HUANCA, FLORA FELISA PROFORMA 9.591,25
CONDORENA MAMAN 1, FELIPE PROFORMA 6.317,13
MAMANI VILA, IVAN PROFORMA 12.526,65
BUSTAMANTE ESCARZA, ASENCIO PROFORMA 3.021,40
HUARACHI RODRIGUEZ, ERNESTO PROFORMA 17.410,70
MAMANI OVANDO, LORENZO PROFORMA 1.579,70
SANTOS PARI, ELVIRA DE BUSTAMANTE PROFORMA 2.854,00
JAUREGUI BELMONTE, ROSMERY PROFORMA 6.250,63
CHOQUE VILLCA, CRISTOBAL PROFORMA 3.509,10
MANCEDA BLANCO, ELISA PROFORMA 11.605,93
ARUQUIPA FRANCO, CELESTINA PROFORMA 8.779,90
CHOQUE FLORES, RICARDO PROFORMA 4.059,43
LOVERA CALLE, ELOY PROFORMA 1.763,20
MENDIETA RODRIGUEZ, SABINA PROFORMA 1.927,20
GUTIERREZ CBLANCO, JUSTO PROFORMA 2.159,80
VARGAS MORALES, ALVINA DE CASTRO PROFORMA 1.425,00
ALVAREZ CHOQUE, NORMA PROFORMA 177,50
QUISPE FLORES, LEONARDO PROFORMA 119,50
CORANI ALVAREZ, MARY LUZ PROFORMA 164,50
NIURA APAZA, DELFIN GREGORIO PROFORMA 4.877,00
RESERVA INSUFICIENCIA CIABs. FINAL Bs.
343,00 641,90
- 5.679,60
548,80 669,90
823,20 9.231,03
167,11 2.290,69
4,18 2.266,72
1.372,00 3.272,30
131,92 2.511,18
61,74 1.612,76
- 6.999,75
- 4.625,20
1.029,00 84,70
1.029,00 2.488,20
- 235,00
- 1.244,20
- 9.883,85
1.003,28 154,38
1.372,00 1.497,30
1.003,28 6.343,93
5.218,26 8.461,87
3.602,39 5.988,86
1.715,00 4.602,13
1.715,00 10.811,65
686,00 2.335,40
1.372,00 16.038,70
686,00 893,70
1.372,00 1.482,00
1.372,00 4.878,63
686,00 2.823,10
686,00 10.919,93
686,00 8.093,90
3,57 4.055,86
365,23 1.397,97
686,00 1.241,20
2.058,00 101,80
686,00 739,00
- 177,50
- 119,50
68,60 95,90
2.744,00 2.133,00
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~APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA .._
NOMBRE ACCIDENTADO FACTURA
SUMI PAZ, ANTONIO DE TI CONA PROFORMA
HERRERA GARCIA, VIVIANA PROFORMA
QUISPE NINA, JUAN PROFORMA
ROCHA CHOQUE, NOEMI PROFORMA
MAMANI TAPIA, VICTORIA DE VARGAS PROFORMA
BARRETO ROCHA, JOEL PROFORMA
OBANDO MURIEL, CARLOS HERNAN PROFORMA
QUISPE SANCHEZ, EUSEBIA PROFORMA
MAMANI ARUQUIPA, JUANA PROFORMA
MAMANI LIMACHI, YESSICA LIZETH PROFORMA
LIMACHI ILAQUITA, GENARA DE MAMANI PROFORMA
MATIAS CONDORI, BERTHA PROFORMA
APAZA MAMAN 1, ARIEL JOEL PROFORMA
CHINO AVALA, ORLANDO PROFORMA
SURCO APAZA, CATALINA PROFORMA
APAZA COLQUE, AMALIA MARCELA PROFORMA
QUISPE MOLINA, ROMELIA PROFORMA
COLQUEHUANCAJUSTINA DE APAZA PROFORMA
COCASAPA MAMAN 1, MARIO PROFORMA
APAZA COLQUEHUANCA, MARCELINA PROFORMA
APAZA SIÑANI, EUSTAQUIO PROFORMA
ZARZOZO LOPEZ, CECILIA PROFORMA
ORTUÑO QUISPE, LUIS FERNANDO PROFORMA
QUSIPE FLORES, RUFINA PROFORMA
GONZALES QUISPE, MARCO PROFORMA
ARUQUIPA GUTIERREZ, PASCUALA PROFORMA
QUEA HUANCA, HORTENCIA PROFORMA
MONASTERIOS MAQUERA, JUANA DE PROFORMA
MULLISACA QUEA, JESSICA PROFORMA
CRUZ QUISPE, MIRIAM PROFORMA
HUANCA FLORES, EDWIN PROFORMA
MAMANI CHOQUE, RUBEN GREGORIO PROFORMA
TENORIO BELTRAN, HERNANDO PROFORMA
MAMANI QUISPE, MARCELINA DE LOBO PROFORMA
MONTALVO QUEVEDO, PASTOR PROFORMA
MAMANI LOBO, DAMIAN PROFORMA
ARGOLLO VARGAS. ISAMEL PROFORMA
MAMANI ACHACOLLO, ADRIANA DE NINA PROFORMA
FLORES BORDA, IRENE PROFORMA
MANCILLA VILLANUEVA, FRANCISCO PROFORMA
MONTO RESERVA INSUFICIENCIA TOTALBs. CIABs. FINALBs.
50,00 - 50,00
1.066,50 686,00 380,50
25.581,68 1.715,00 23.866,68
1.394,90 - 1.394,90
14.725,00 - 14.725,00
1.059,10 137,20 921,90
6.410,23 137,20 6.273,03
11.390,69 2.058,00 9.332,69
2.036,20 1.372,00 664,20
6.576,63 1.372,00 5.204,63
967,90 - 967,90
1.984,40 1.372,00 612,40
2.289,90 1.372,00 917,90
8.225,25 1.372,00 6.853,25
2.238,70 1.372,00 866,70
483,10 - 483,10
76,80 - 76,80
14.269,10 2.744,00 11.525,10
12.324,10 3.430,00 8.894,10
8.990,15 1.196,73 7.793,42
5.779,00 1.715,00 4.064,00
18.017,90 686,00 17.331,90
7.307,03 3.430,00 3.877,03
404,80 343,00 61,80
3.009,90 - 3.009,90
24.951,03 527,60 24.423,43
9.301,45 686,00 8.615,45
9.168,50 56,66 9.111,84
793,40 343,00 450,40
1.938,90 - 1.938,90
6.233,95 1.326,86 4.907,09
135,00 - 135,00
22.701,24 - 22.701,24
15.149,03 5.099,86 10.049,17
9.607,93 3,09 9.604,84
2.981,55 402,20 2.579,35
9.077,70 5.099,86 3.977,84
7.930,75 4,60 7.926,15
2.344,40 1,51 2.342,89
4.388,00 2.503,49 1.884,51
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6,APS ::
AUTORIOAO OE FISCALIZACIÓN Y CONTROL OE PENSIONES Y SEGUROS
NOMBRE ACCIDENTADO FACTURA
FLORES VARGAS, HUGO ALBERTO PROFORMA
QUISPE TITO, TERESA PROFORMA
MARCA TORREZ, ANGELICA MANICLLA PROFORMA
MANCILLA MARCA, DIEGO PROFORMA
MAMANI QUISPE, JUAN FLORES DE PROFORMA
CHUI CHURQUI, DANIELA PROFORMA
CHUI CHURQUI, MARIANA PROFORMA
MAMANI CHOQUEHUANCA, MARTIN PROFORMA
CARVAJAL QUISPE, BENJAMINA PROFORMA
VARGAS MAMANI, REBECA PROFORMA
CHAVEZ, JOSE TEODOSIO PROFORMA
MAMANI VERA, FILOMENA DE TINTA PROFORMA
LAURA CALLE, AURELIO PROFORMA
VARGAS MAMANI, MOISES PROFORMA
APAZA NINA, TOMASA DE HUANCA PROFORMA
VALDEZ AJNO, JUSTINO PROFORMA
LAURAJAHUIRA, MARISOL PROFORMA
LAURA MAMANI, OFELIA PROFORMA
CALLE FELIPE, GREGORIA PROFORMA
MENCIA SALCEDO, ANA PAOLA PROFORMA
ACHUMIRI PRADO, SANTIAGO DOROTEO PROFORMA
LAURAJAHUIRA, VILMA VANESA PROFORMA
SEMPERTEGUI CANAVIRI, WENCESALO PROFORMA
ARGOLLO GOMEZ, LIZETH PROFORMA
GUTIERREZ CHOQUE, RICARDO PROFORMA
ALARCON SARZURI, BETSHA PROFORMA
CHURA ALARCON, ALBERTH PROFORMA
ALEJO MARTIN, FLORENCIA DE QUISPE PROFORMA
TOTAL
RECLAMO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
MONTO RESERVA INSUFICIENCIA
TOTALBs. CIABs. FINAL Bs.
2,270,20 764,62 1.505,58
2,286,30 1,10 2,285,20
1.490,70 2,88 1.487,82
i i
1.722,30 343,00 1.379,30
1.527,40 - 1.527,40 i
724,40 686,00 38,40
164,50 6,86 157,64
909,00 343,00 566,00
46.218,93 68,60 46.150,33
1.366,30 137,20 1.229,10
4.670,35 137,20 4.533,15
945,10 137,20 807,90
6.501,43 - 6.501,43
1.626,90 137,20 1.489,70
1.546,00 137,20 1.408,80
562,90 137,20 425,70
1.658,00 137,20 1.520,80
5.069,15 137,20 4.931,95
14.955,65 - 14.955,65
9.589,15 137,20 9.451,95
2.506,60 137,20 2.369,40
1.906,50 68,60 1.837,90
858,60 343,00 515,60
144,80 137,20 7,60
928,20 343,00 585,20
2.443,10 343,00 2.100,10
1.535,20 343,00 1.192,20
13.369,03 2.401,00 10.968,03
1.537.166,46 573.738,16 1.116.807 ,44
Que en relación al reclamo del Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Tarija, el INFORME/APS/DS/JTS/1033/2014 de 20 de noviembre de 2014 ha señalado lo siguiente:
El Hospital San Juan de Dios ha presentado reclamo por incumplimientos de pagos SOAT de Seguros fllimani S.A., referente a varios accidentados.
,· ,, Seguros fllimani S.A. ha señalado que existe un detalle de 40 pacientes que f ''~·..o-\__,\ __ d_e_b_e_n_p_re_s_e_n_t_a_r_d_o_cu __ :-:-,n-le_tª_R_ce-i:-·:-s-:-:-r-1:-N-~-l
7_3_p __ ª-:-.º-q-.-:-:-d_e_l:-.-c-:n-z-:-:-:-
0
-n-,iz-T-:-:-:-ó.-n-~-u-:-d-y-,:-:-h-,-T-o-rr_e_E_s_t_e
Página 16 ~féifono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia Correo electrónico: [email protected] • Página Web: www.aps.gob.bo
~APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS • ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI;:--
montos han sido validados con la base de datos de reservas de siniestros pendientes a fin de determinar si existe o no insuficiencia.
La evaluación ha determinado que varios pacientes tienen insuficiencia de reserva, alcanzando la misma al 30 de septiembre de 2014 a Bs. 64.038,32 (sesenta y cuatro mil treinta y ocho 32/ 100 bolivianos), de acuerdo al siguiente cuadro:
Nº DE Nº DE MONTO MONTO
ACUERDO CERTIFICADO PACIENTE
FECHA DEL RECLAMADO DE
INSUFICIENCIA Nº
RESPUESTA ACCIDENTE FINAL (APS)
SOAT Bs. RESERVA
1 1 SAMUEL BORJA 13/08/2002 326,00 - 326,00
2 2 56716 SANTIAGO ALARCON 19/06/2003 363,00 - 363,00
3 3 45953 RUTH AUCACHI 13/09/2005 102,80 - 102,80
4 4 JUAN CARLOS RAMIREZ 10/10/2005 95,00 - 95,00
5 5 NI COLAS KEVIN ABAN ORTEGA 08/06/2007 161,10 - 161,10
6 14 348340 MARCO CAMACHO OPORTO 19/11/2007 152,50 - 152,50
7 17 375669 VICTOR MIRANDA PEREYRA 28/12/2007 4.125,48 - 4.125,48
8 18 375669 YANETH CRUZ BATALLANOS 27/12/2007 702,60 - 702,60
9 22 MARTHA CHOQUE 10/12/2007 140,00 - 140,00
10 23 348340 MARCO CAMACHO OCAMPO 01/01/2008 65,00 - 65,00
11 26 MIRIAM FLORES MORA 24/04/2008 466,62 - 466,62
12 27 422299 JAROL DANIEL SORUCO
14/05/2008 509,00 509,00 -AGUIRRE
13 38 137904 ROGELIO JIMENEZ CUBA 14/06/2010 361,12 - 361,12
14 39 137904 LUIS A. JIMENEZ BURGOS 13/06/2010 4.432,74 - 4.432,74
15 40 161253 MARIO DELGADO CURSO 04/10/2010 65,00 - 65,00
16 51 161253 HERMINIO FLORES 19/10/2010 50,00 - 50,00
17 64 50627 ERMELINDA ORLANTE 10/10/2011 3.633,60 - 3.633,60
18 70 56269 SEBASTIANA AIZA RODRIGUEZ 21/11/2011 6.134,80 - 6.134,80
19 71 VICENTE LOPEZ CHOQUE 21/12/2011 4.438,80 52,20 4.386,60
20 72 55256 ANDRIW LOPEZ HUAYLLA 27/11/2011 15.387,70 3.225,92 12.161,79
21 73 133025 JOSE LUIS RAMIREZ 28/11/2011 6.725,50 - 6.725,50
22 115 1172627 SAUL URZAGASTE FLORES 31/05/2012 534,00 - 534,00
23 117 1046013 DENNIS RAUL CANAZA 27/07/2012 83,00 2.445,66 -
24 120 1035423 EDGAR RAMIREZ SILVETTY 29/07/2012 3.235,88 - 3.235,88
25 137 2161768 SEBASTIAN CHOQUE
28/02/2013 9.796,10 - 9.796,10 CHUQUIMIA
26 138 2285416 ADELIT ZENTENO AYARDE 28/04/2013 601,70 - 601,70
27 139 2285416 FABRICIO TEJERINA CALAN! 23/03/2013 384,00 - 384,00
28 141 HUGO FLORES GAVINCHA 12/04/2013 108,00 - 108,00
29 142 2196465 VERONICA MENDOZA PEREZ 28/05/2013 453,00 686,00 -
30 145 2196465 NADIA MARTINEZ SERRANO 27/05/2013 1.551,00 3.430,00 -
31 146 2196465 FRANCISCA VARGAS APAZA 27/05/2013 341,00 343,00
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d
Nº DE Nº DE
ACUERDO CERTIFICADO Nº
RESPUESTA (APS)
SOAT
32 149 2290386
33 150 2290386
34 151 2196465
35 152 2289699
36 153 2289699
37 154 2289699
38 169 2196465
39 188 2285687
40 191 2238290
6,APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS
': • ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:---
MONTO
PACIENTE FECHA DEL
RECLAMADO ACCIDENTE
Bs.
ARMANDO AGUILAR H. 09/05/2013 627,10
JOAQUIN PALLUCA NINA 09/05/2013 544,00
VALERIANO TORREZ 29/05/2013 27,00
VELASQUEZ
PASTORA SANTOS 01/06/2013 285,00
ESTEFANI MENDEZ 01/06/2013 173,00
JUAN MENDEZ 01/06/2013 285,00
VALERIANO TORREZ V. 29/05/2013 27,00
MELANI FARFAN MENDEZ 14/10/2013 2.304,10
DETERLINO FLORES A.O 01/11/2013 767,00
TOTAL
MONTO DE
RESERVA
-
-
686,00
-
-
-
686,00
-
4.802,00
16.356,78
El Anexo 3 presenta documentación respaldatoria del expediente.
RECLAMOS APS
INSUFICIENCIA FINAL
627,10
544,00
285,00
173,00
285,00
-
2.304,10
-
64.038,12
Que en relación a reclamos presentados ante la APS, se ha analizado una muestra de los mismos a objeto de verificar si tienen alguna insuficiencia en la reserva técnica de siniestros, estableciendo el INFORME/APS/DS/JTS/1033/2014 de 20 de noviembre de 2014 lo siguiente:
Banco Central de Bolivia
El reclamo es por la indemnización de dos equipos ininterrumpidos de energía (UPS), encontrándose en discrepancia el monto a ser indemnizado que para Seguros fllimani S.A. es de $us. 88.983.80.-
Revisadas las reservas técnicas se tiene que Seguros fllimani S.A. reservó Bs. 61.049, 75 determinando como reserva de reaseguro Bs. 549.447, 72.- que sumados hacen un total de Bs. 610.497,47 que al tipo de cambio de 6.86 son $us. 88.993.80 que es el monto en disputa.
No obstante la reserva establecida, de la revisión del reclamo, se observa que el Reasegurador rechazó el siniestro, por cuanto no corresponde la reserva de solo la parte retenida sino que la aseguradora debe asumir toda la obligación. Asimismo, Seguros fllimani S.A. en mayo de 2014 presentó a esta APS registro contable por $us. 88.983.80.-, disminuyendo la misma al mes de septiembre 2014, conforme a las bases de datos presentadas ante esta Autoridad.
vJ:t_\..,...j _____________ C_a_ll_e_R_e_y_e_s_O_rt_iz_N_º_7_3_. _E_s_q_. _F_e_d_e_ri_c_o_Z_u_a-zo-, -T-o-rr_e_s_G_u_n_d_l-ac_h_, _T_o_r-re_E_s-te
·; t.;;/ Página 18 4'eí'Mono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia Correo electrónico: contactenos@,aps.gob.bo • Página Web: www.aps.gob.bo
~APS ::
Incendio BANCO
AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS
Y CENTRAL DE LP 01 Aliados BOLIVIA 120002 LPIA1000237 61.049,75 610.497,47 549.447,72
Reclamo Basilio Quispe Ajnota
El reclamo presentado por Basilio Quispe Ajnota por fallecimiento de la Sra. Martina Callacagua Quispe, dio lugar a la apertura de procedimiento administrativo sancionatorio que concluyó con la emisión de la correspondiente Resolución Administrativa que impuso sanción de multa a Seguros fllimani S.A. por no dar cobertura del seguro. Al presente la Resolución Sancionatoria alcanzó firmeza en sede administrativa, toda vez que, no fue recurrida.
Revisada la base de datos de reservas técnicas de siniestros, se observa que no tiene reserva alguna al mes de septiembre de 2014, por lo que existe insuficiencia en la misma.
LP 55
Basilio Quispe
SOAT Ajnota 2030528 o 23.467.- 23.467.-
Reclamo Hospital Nueva Esperanza - Caso Ramiro Daniel Cuellarani -Asegurado Empresa de Transporte Nacional e Internacional
En el reclamo del Sr. Ramiro Daniel Cuellarani, Seguros fllimani S.A. devolvió al Hospital Nueva Esperanza facturación por un monto de Bs. 91.494.- aduciendo que no estaban aprobadas por auditoria médica hasta que se tenga mayor documentación.
Evaluadas las bases de datos de reservas técnicas de siniestros, se observa que la reserva constituida es por Bs. 6.860.- existiendo insuficiencia en la reserva técnica.
EMPRESA DE
TRANSPORTE Resposabilidad NACIONAL E LPRC13013
LP Civil INTERNACIONAL CRO 130020 29 6.860,00 91.494,00 84.634,00
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:--
Reclamo Clinica AMID - Siniestro Certificado SOAT 350774
Clínica AMID presenta reclamo por atenciones médicas del año 2007 por varios pacientes. Revisada las bases de datos de reservas técnicas de siniestros, se observa que ninguno de los accidentados tiene reserva constituida, existiendo insuficiencia. El listado de heridos es el siguiente:
Clotilde Truji/lo de SOAT
LP SOAT Rojas Antonio Kantuta 130020 350774 2.112,60 2.112,60 Clotilde Truji/lo de SOAT
LP SOAT Rojas Yoselin Larico 130020 350774 2.859,90 2.859,90 Clotilde Truji/lo de SOAT
LP SOAT Rojas Grecia Cespedes 130020 350774 4.074,45 4.074,45 Clotilde Trujillo de SOAT
LP SOAT Rojas Araceli Cespedes 130020 350774 1.873,60 1.873,60 C/otilde Trujillo de SOAT
LP SOAT Rojas Karan Poma 130020 350774 9.508,31 9.508,31 Clotilde Truji/lo de SOAT
LP SOAT Rojas Laura Usnayo 130020 350774 3.175,40 3.175,40 Clotilde Truji/lo de SOAT
LP SOAT Rojas Pame Quisberth 130020 350774 1.733,25 1.733,25 Clotilde Trujillo de SOAT
LP SOAT Rojas Patricia Cuajera 130020 350774 1.826,40 1.826,40 Clotilde Trujil/o de /van Quispe SOAT
LP SOAT Rojas Calque 130020 350774 593,20 593,20 Clotilde Truji/lo de SOAT
LP SOAT Rojas Ruth Tancara 130020 350774 591,20 591,20 Clotilde Trujillo de lose Cesar SOAT
LP SOAT Rojas Contreras 130020 350774 659,20 659,20 Clotilde Trujillo de SOAT
LP SOAT Rojas /van Tancara 130020 350774 904,00 904,00
Clotilde Trujil/o de Franklin SOAT 23.467,0 LP SOAT Rojas Cusicanqui 130020 350774 23.467,00 o
Clotilde Trujil/o de SOAT LP SOAT Rojas Katerin Poma 130020 350774 240,00 240,00
Clotilde Trujil/o de SOAT LP SOAT Rojas Juan Quispe 130020 350774 130,00 130,00
Clotilde Trujillo de SOAT LP SOAT Rojas Juan Quispe 130020 350774 290,00 290,00
Clotilde Trujillo de Tangara SOAT LP SOAT Rojas Mendaz a 130020 350774 160,00 160,00
Clotilde Trujillo de Miguel Angel SOAT LP SOAT Rojas Conde 130020 350774 120,00 120,00
Clotilde Trujil/o de Luis Fernando SOAT LP SOAT Rojas Clavija 130020 350774 480,00 480,00
Clotilde Trujillo de SOAT
LP SOAT Rojas Casi/da Baltazar 130020 350774 480,00 480,00 Clotilde Trujil/o de Monica Erika SOAT
LP SOAT Rojas Valdez 130020 350774 480,00 480,00
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LP SOAT
LP SOAT
~APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
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C/otilde Trujil/o de Miguel Vargas Rojas Saavedra Clotilde Trujillo de Monica Erika Rojas Chavez
SOAT 130020 350774
SOAT 130020 350774
480,00 480,00
450,00 450,00
El Anexo 4 muestra los documentos respaldatorios de cada reclamo.
INSUFICIENCIA POR RESERVAS NEGATIVAS EN BASES DE DATOS DE SINIESTROS PENDIENTES
Que en relación a las reservas técnicas de siniestros negativas, el INFORME/APS/DS/JTS/1033/2014 de 20 de noviembre de 2014 señala lo siguiente:
"De manera adicional a los reclamos, se ha procedido a evaluar las bases de datos de siniestros pendientes de Seguros fllimani S.A., encontrándose en la base de datos de siniestros reclamados por liquidar reservas negativas, lo cual se encuentra disminuyendo la reserva técnica constituida.
Es importante aclarar que no pueden existir reservas técnicas negativas, por cuanto disminuyen las reservas técnicas constituidas por la Entidad Aseguradora.
de siniestros reclamados por liquidar SOAT tiene una insuficiencia de Bs. 5. 433. 918, 16 (cinco millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos dieciocho 16/ 100 bolivianos}, por concepto de reservas negativas, cuyo detalle se encuentra en Anexo 5."
Que de lo señalado precedentemente, se observa que si bien Seguros Illimani S.A. ha presentado la declaración jurada de mantener reservas técnicas suficientes por cada póliza de seguro, asegurado, accidentado y/ o beneficiario, según corresponda, en base a documentación evaluada se ha verificado que al 30 de septiembre de 2014 mantiene reservas técnicas de siniestros de manera insuficiente por cada póliza de seguro, asegurado, accidentado y/o beneficiario, declarándose por consiguiente el requisito como incumplido.
NO MANTENER COMPROMISOS DE PAGO DE SINIESTROS INCUMPLIDOS CON CENTROS MÉDICOS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014
Que el numeral 1, ítem xiv) del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014 determina la forma de evaluación de este requisito, de la siguiente manera:
Item Re uisitos Técnico - Financieros xiv) No mantener compromisos de pago de
siniestros incumplidos con Centros Médicos al 30 de Septiembre de 2014.
Forma de Evaluación La APS evaluará el cumplimiento en función a la Declaración Jurada del principal ejecutivo de la Entidad Aseguradora de no mantener compromisos de pago de siniestros incumplidos con Centros Médicos al 30 de Septiembre de 2014, conforme a texto único
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del Anexo I, no obstante, en caso de que la
APS mediante evaluación interna evidencie
que al 30 de Septiembre de 2014 existía algún compromiso de pago de siniestro incumplido con Centro Médico, la APS determinará este requisito como incumplido.
Que Seguros Illimani S.A. cumplió con la presentación de la declaración jurada, al señalar lo siguiente:
"Cumpliendo lo dispuesto por el Régimen de Autorización de Comercialización del SOAT 2015, con la presente DECLARACION JURADA, yo Femando Arce Grandchant con Cédula de Identidad Nº 1616118 expedida en Tarija, en mí calidad de Presidente de Seguros fllimani S.A., juro que la Entidad Aseguradora a la que represento, no mantiene al 30 de septiembre de 2014, incumplimientos a compromisos de pago de siniestros con Centros Médicos .... "
Que no obstante la declaración jurada, el informe APS-INF.DS.JTS/ 1025/2014 de 19 de noviembre de 2014, determinó lo siguiente:
"De la evaluación a los reclamos presentados por Centros Médicos en contra de Seguros fllímani S.A., se observa el reclamo presentado por el Centro Médico Hospital San Juan de Dios de fecha 30 de junio de 2014.
Dicho reclamo señala que Seguros fllimaní S.A. adeudaba al Centro Médico pagos por atenciones médicas desde gestiones anteriores adjuntando documentación abundante para ser evaluada.
Ante el reclamo presentado, la APS procedió a requerir informe a Seguros fllímani S.A. quien remitió inicialmente un detalle de pacientes, observando documentación establecida en el Decreto Supremo Nº 27295.
Posteriormente en fecha 13 de agosto de 2014, mediante nota GO CITE: Nº 1159/ 14 informó que procedería al pago de 154 pacientes prevía presentación de las facturas por la atención médica de cada paciente. Respecto a 40 pacientes señaló que el Centro Médico, necesariamente debía remitir la documentación establecida en el artículo 29 y 40 del Decreto Supremo Nº 27295.
En fecha 1 7 de octubre de 2014, mediante nota GO CITE: Nº 148/ 14, Seguros fllímaní S.A. nos comunica que procedió al pago de 154 pacientes y de 40 pacientes informa que no se cumplió con los artículos 29 y 40 del Decreto Supremo Nº 27295, no correspondiendo el pago .
¡ No obstante lo anterior, se ha procedido a evaluar la documentación .- . __ ,_ presentada por el Hospital San Juan de Dios y Seguros fllimaní, donde · vr1 · · se puede verificar que Seguros fllímaní S.A. procedió al pago de 152
« .~·1. '1./;-:~t~-----p_a_c_íe_n_te_s_,_l_o_s __ :-:-:l-~-:-:-y-e-~-:-r-t~-z-:-~-º-7n_3_. -:-:-:-:l-:-:-:-e:-;-c-0-:-:-:-:-:-,t-:_o_re_re_l s-:-:-:-d-1-:-:-.-T-or_r_e_E_s_t_e
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septiembre de 2014. Sin embargo, con relación a 24 pacientes, de manera independiente a su observación, Seguros fllimani S.A. efectúo con el Hospital San Juan de Dios compromisos de pago, los cuales al 30 de septiembre de 2014 fueron incumplidos.
En los compromisos de pago figura sellos de Seguros fllimani S.A. y también la firma del representante regional de Seguros fllimani S.A. en la ciudad de Tarija, con una fecha determinada que fue incumplida. El formato de los documentos privados es el siguiente (Ejemplo del documento privado Nº 2749:
DOCU:v!ENTO PlllVAOO N'' 0027,¡9
Conste por t!] presenle, que con el simple reconocimiento de finn~s y 1úbric;is 5Llrtir:l los efectos dt.:: instrumento público y la fuer:t.n ejeculivn que prevé el inc. 2) <lel .t\rt. 487 del Códiiw de PJo1dimii.:nto Civi.l. Los que tll !innl suscribimos, hacemos constar co!TespondiC11te !I i)1es de Mayo lo siguiente:
e_lll!'!'.!fil~ El (los) seffof (es) pa~iente (s) accidentado (s), MENDOZA l'EREZ VF.RONlCA, ORTEGA UGARTE Afu"\,1,\NTJO, ASTUR!ZAGA CLAVUO EDWIN GUILLERMO MA-RTINEZ SER.RANO NADIA MONSERRATII, VARGAS Al'AZA J?RANCISCA,, GUERRERO RODRÍGUEZ WJLFREDO, VALDJcZ GlJTJERREZ ANTONIO, AG!JILAR HU ANCA ARM/\NIJO, PALLUCA NINA ,JOA()UJN, TOlU{EZ. VELASQUli.:Z VALERIANO, y la Lic. Mmfo. Elena Pelúez Gerente Regional de "Seguros ILLIMANI" en lo venidero lt;imadüs "DEUDOR (ES)" ha (n) recibido atcn~ión 1nédica y hospitalaria, coo el .siguiente det~ilc de servicios prestados:
PROFORMAS: 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73,7·1, (10). El Total Adeudndo nl Hospit.ll Reg1onnl "San Jmm de Dios" en d pr~scn1e compmmiso de pngo es dt~ Os.-8.645,70.~ (Ocho Mil Sci~cienrns Cuarenta y Cinco 70/100 IlOLTVIANOS)
SEGUNDA,; La suma expresada en b cü\usul:1 nnlt'.rior, está n;sp11tdnda por bs Pro FonT1ns ofici.nles del J-lospiwl, como así 1Rinbién por foc1urns, boletas y otros que ncrecliten In liquidez ele C.!>tn sl1mn, monto que p11e<.ie ser verificado f?n cníl!quier circunstanda. a fr.:ivCs de su Admiuis!ración.
I&R._C]··:RA: El compromiso que se expresa precedentemente ob[,iga n! (los) DEUDOR ([~S) n. cancelar, de acuerdo a lo. siguiente modalidad.
lrn Cuota Bs.-8.645,70. f'echa, 20 de Julio del 20\J
CUARTA: Ln folla OC! cnncel<lció11 de unn c1101n en ln fcchn cstnblec.id<i, importn.ní que la obligación antornúticamente incurrn en morn en cuya circunsmncia ser,i líquida y cxie,ible uunque no haya trnnscunido el plazo máximo previsto, pudiendo iuiciarse la ~~cción ejeculivR correspondiente, a cuyo efecto señalo. (n) corno Dornicilio para ser cl!,tdo vMidamcntt; cn líl calle Virginio Lc:mn N., 232, dehicndo c<1ncdH a.demás lus gastos, honorarios de .tbogado, deposiwrio en cuso de embargo y todos los que origioeu h1 cobr.inzajtldiciul.
~Jh: Dicha obligación es garontizada por el (los) DEUDOR (F.S) con la unive1$Alidad de su pntrinionio, con todos .sus bienes habidos y por lmbcr .
. ~TA.:. Noso1ros De Teodoiniro Ebcrl. Snlazar y Lic. Hugo l3ismarck lbüíicz Vinrd, eu nut!stm condición de Director Ej~cutivo y Administrador, respectivaml!nte, del Hospital Regional "San Jtmn de Dios" por un lado. y por el otro !a Lic. Mnrí.i Eicnu Pcláez Gcrenle de "SEGUROS fLLIMANI'1, ilceplanms !ns cl:'ltlSttlíls y el tenor ímegro dd prest.:me document(J y n! no c:xh;lir ningún vicio alglu10, lo accp!ru-nos y suscribim<is; t!ll
Tarijn., 20 de~~~-·,·.-.·--·· --·,
"Ür. Teodocniro Ebert Sal<\ml:stS DIRECTOJ .'D.Q.
W,\l'~l~ ~-~ '
· ... ··.\·-~;ñsfI_f_t::\ Lic. ~'"~Ri~Viorel . .,,, .. ··' ·?tf¡,f,o. ....... , \\ · SUD DlR!cCTOR ADM. FINANCIERO- 11.R.S .. J.l.l.O . ..• . "~·::::;,.,g~~~j
Los compromisos de pago .firmados, determinan una fecha de compromiso de pago, que al 30 de septiembre de 2014 no fue cumplido, lo cual ha sido ratificado por la propia aseguradora, a través de sus notas GO CITE: Nº 1159/ 14 de 13 de agosto de 2014 y GO CITE: Nº 1481/ 14 de 17 de octubre de 2014.
Asimismo, no existe evidencia de que Seguros lllimani S.A. haya dado a conocer las observaciones al Hospital San Juan de Dios, por no
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~APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
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presentación de los documentos establecidos en los artículos 29 y 40 del Decreto Supremo Nº 27295, limitándose afirmar compromisos de pago.
El siguiente cuadro muestra el detalle de pacientes de quienes Seguros fllimani S.A. suscribió compromisos de pago que fueron incumplidos al 30 de septiembre de 2014 con el Hospital San Juan de Dios:
COMPROMISO DE PAGO INCUMPLIDO CON CENTRO MEDICO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
NUMERACION
SEGÚN CUADRODE DOCUME
ILLIMANI SG/ NTO MONTO FECHA DE FECHA DE
NOTA GO CITE: PRIVADO FECHA DEL RECLAMA DOCUMENTO PAGO LIMITE
Nº 1159/14 (D.P.) Nº PACIENTE ACCIDENTE DOBS. PRIVADO SEGÚN D.P.
15 2682 MARIO DELGADO CURSO 04/10/2010 65,00 29/10/2010 29/10/2010
16 2682 HERMINIO FLORES 19/10/2010 50,00 29/10/2010 29/10/2010
SEBASTIANA AIZA 18 2716 RODRIGUEZ 21/11/2011 6.134,80 22/02/2012 22/02/2012
19 2716 VICENTE LOPEZ CHOQUE 21/12/2011 4.438,80 22/02/2012 22/02/2012
20 2716 ANDRIW LOPEZ HUAYLLA 27/11/2011 15.387,70 22/02/2012 22/02/2012
21 2716 JOSE LUIS RAMIREZ 28/11/2011 6.725,50 22/02/2012 22/02/2012
23 2731 DEN NIS RAUL CANAZA 27 /07 /2012 83,00 13/11/2012 12/11/2012
24 2733 EDGAR RAMIREZ SILVETTY 29/07/2012 3.235,88 19/11/2012 19/11/2012 SEBASTIAN CHOQUE
25 2744 CHUQUIMIA 28/02/2013 9.796,10 27 /05/2013 27/05/2013
26 2748 ADELIT ZENTENO AYARDE 28/04/2013 601,70 04/06/2013 04/06/2013
27 2748 FABRICIO TEJERINA CALA NI 23/03/2013 384,00 04/06/2013 04/06/2013
28 2748 HUGO FLORES GAVINCHA 12/04/2013 108,00 04/06/2013 04/06/2013 VERONICA MENDOZA
29 2749 PEREZ 28/05/2013 453,00 20/06/2013 20/07/2013
30 2749 NADIA MARTINEZ SERRANO 27/05/2013 1.551,00 20/06/2013 20/07/2013
31 2749 FRANCISCA VARGAS APAZA 27/05/2013 341,00 20/06/2013 20/07/2013
32 2749 ARMANDO AGUILAR H. 09/05/2013 627,10 20/06/2013 20/07/2013
33 2749 JOAQUIN PALLUCA NINA 09/05/2013 544,00 20/06/2013 20/07/2013 VALERIANO TORREZ
34 2749 VELASQUEZ 29/05/2013 27,00 20/06/2013 20/07/2013
35 2751 PASTORA SANTOS 01/06/2013 285,00 02/08/2013 30/08/2013
36 2751 ESTEFANI MENDEZ 01/06/2013 173,00 02/08/2013 30/08/2013
37 2751 JUAN MENDEZ 01/06/2013 285,00 02/08/2013 30/08/2013
38 2751 VALERIANO TORREZ V. 29/05/2013 27,00 02/08/2013 30/08/2013
39 2762 MELANI FARFAN MENDEZ 14/10/2013 2.304,10 21/11/2013 30/12/2013
40 2766 DETERLINO FLORES A.O 01/11/2013 767,00 23/12/2013 30/01/2014
Calle Reyes Ortiz Nº 73. Esq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este Página 24 ei-'e~ono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia
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( ··~:,.;..,.
WAPS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS ,. ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:--
Por otra parte, en el anexo 3 se adjunta el poder Especial, Bastante y Suficiente que confiere el Lic. Femando Arce, Gerente General de Seguros fllimani S.A. a favor de la Señora Maria Elena Peláez Daza, Gerente Regional de Tarija de Seguros fllimani S.A. mediante Testimonio 0499/2010, mismo que se encuentra registrado en estaAPS.
De la evaluación del poder Nº 0499/2010, se observa que el punto 1 señala lo siguiente:
"1.- Suscribir y presentar contratos, minutas, protocolos, escrituras públicas, documentos, memoriales, petitorios, actas, propuestas, ofertas, renovación de obligaciones, solicitudes, formularios y demás actos jurídicos para el cumplimiento del objeto social".
Asimismo el testimonio de poder otorgado por Femando Arce a favor de la Sra. Peláez gerente Regional Tarija de Seguros fllimani señala también lo siguiente:
''J) Acudir a los medios alternativos de solución de controversias y conflictos a través de transacciones judiciales o extrajudiciales, conciliaciones, negociaciones o mediaciones; aceptar y suscribir los acuerdos, actas, contratos, transacciones o arreglos a los que se arribe"
Tomando en cuenta lo precedentemente señalado, la Gerente Regional Tarija se encuentra facultada para suscribir compromisos de pago.
La documentación demuestra que Seguros fllimani S.A. al 30 de septiembre de 2014, tuvo compromisos de pago con centros médicos incumplidos.
Que de lo señalado precedentemente, se observa que si bien Seguros Illimani S.A. presentó declaración jurada de no mantener compromisos de pago de siniestros incumplidos con Centros Médicos al 30 de Septiembre de 2014., de la documentación evaluada se verifica que Seguros Illimani S.A. sí mantenía compromisos de pago de siniestros incumplidos con el Centro Médico Hospital San Juan de Dios al 30 de septiembre de 2014, declarándose por consiguiente el requisito como incumplido.
CONSIDERANDO
Que no obstante el procedimiento establecido en el Régimen de Adhesión de Comercialización del SOAT 20 15, corresponde desarrollar los argumentos por los que Seguros y Reaseguros Credinform International S.A. tiene pendiente la evaluación del cumplimiento o incumplimiento de los ítems i), ii), iii) y xi) del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014.
At:> ¡'//;/-;------------------------------------------
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Que en relación a los Estados Financieros al 30 de septiembre de 2014, el informe/APS/DS/JCF/384/2014 de fecha 11 de noviembre de 2014 señala:
: ~APS
AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
w -"Sobre la base de la recepción de la información técnico .financiera al 30 de septiembre de 2014 remitida por las Entidades Aseguradoras hasta el 15/ 1 O/ 2014, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa SPVS IS Nºl89/00 de 10/05/2000 que aprueba el Plan Unico de Cuentas, Manual de Contabilidad y Disposiciones Generales y el Manual del Sistema de Información (Sistema de Reporte de Datos Intendencia de Seguros - SIREDIS) y Resolución Administrativa SPVS/IS/Nº 180/08 del 27/02/2008 que modifica y actualiza el Plan Único de Cuentas Punto 4.5. Periodicidad del envío: relacionado a Presentación mensual de la Información Técnico - Financiera de entidades aseguradoras.
Se procedió a la verificación de la información .financiera remitida por Seguros y Reaseguros Credinform Intemational S.A., (1 er envio) determinándose que la misma no consideraba los Siniestros Controvertidos por los cuales la Entidad mantiene una situación de grave riesgo establecida en la Resolución Administrativa APS/DJ/DS/646/2014 de 15/09/2014 por lo cual mediante CITE:APS-EXT.DS/3617/2014 de 17/10/2014 se le instruye reprocesar sus Estados Financieros y enviarlos fisica y electrónicamente dando cumplimiento a la mencionada Resolución.
El 6/ 11/2014 la Entidad Aseguradora recién remite su información .financiera (2do envío) después de 13 días hábiles administrativos.
Comparación del contenido -Información Financiera al 31/09/2014.
Sobre la base de la información .financiera - Estados Financieros al 30/09/2014 remitida por Seguros y Reaseguros Credinform Intemational S.A. en dos oportunidades como se describió en el punto 4 del presente informe, se procedió a la comparación del contenido de esta información determinándose las siguientes variaciones que son expuestas a continuación:
SEGUROS Y REASEGUROS CREDINFORM INTERNATIONAL S.A.
Detalle de Variaciones (ajustes) - Septiembre 2014
CODIGO
PUC Nombre Cuenta
Cod. CTA
EEFF(2do
envio)
DEBE/
(HABER)
Bs
EEFF (ler Envio)
DEBE/ (HABER)
Bs
2 PASIVO (385,467,823.55) (339,222,114.26) >---------··---->------- ---------------------------------------------- ---------------------------- ----------------------------------
RESERVAS TECNICAS DE 205 115, 789,697.39) (69,543,988.10)
SINIESTROS >---------··--·+------- ---------------------------------------------- ---------------------------- ---------------------------------
20502 RECLAMADOS POR LIQUIDAR (60,875,490.08) (69,410,535.87) ------- ---------------------------------------------- ----------------------------
20502 91 Seguros Generales (33,236, 113.13) (40,831,787.17) b
20502 92 Seguros de Fianzas (19,404,016.31) (20,345, 748. 79) b
20502 94 Seguros Obligatorios (8,235,360.64) (8,232,999.91) b
20503 CONTROVERTIDOS (54,780,755.08) - a >---------··----<------- ---------------------------------------------- ----------------------------
20503 92 Seguros de Fianzas (54,780,755.08) - a >----------·---+------- ---------------------------------------------- ----------------------------
,----------·-·-+------- ---------------------------------------------- ---------------------------- ----------------------------------
4 INGRESOS (886,020,527.02) >----·------·---+------- ---------------------------------------------- ----------------------------
(823,392,287.75)
Variaciones a
Respaldar
Bs
46,245,709.29
46,245, 709.29
(8,535,045.79)
(7,595,674.04)
(941,732.48)
2,360.73
54,780,755.08
54,780,755.08
62,628,239.27
:, M. ,)...,.-; _':::_:::_:::_:::_4--1·-º-:::_.c ___________ !:'._!~_-~_-l:A _____ <?._~?_-~_--° ___ E_----~--~-~-~--:--~~-:-~ R_----~-~--~-~-:-·?~_::--:~-:?_-:--:~_-:7_L3_. -~--:-:-~L-~-~-~-:-~1-'.:-~~--:-=-~-~-z_o_,---~-~--~-~:--:--~--:-:--~-::--~-a-c_h_, _T_o_r-re_E_s_t_e
", .... Jlv,;/ Página 26 !!fefiéirono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia Correo electrónico: contactenos(ti)aps.gob.bo • Página Web: www.aps.gob.bo
510
~APS AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI.::--
SEGUROS Y REASEGUROS CREDINFORM INTERNATIONAL S.A.
Detalle de Variaciones (ajustes) - Septiembre 2014
EEFF(2do
---------------------------------------------- ________ envio) ________ _ EEFF __ ( 1 er _Envio)_ TECNICAS POR SINIESTROS
RECLAMADOS POR LIQUIDAR (173,006,601.08)
91 Seguros Generales
92 Seguros de Fianzas
94 Seguros Obligatorios
EGRESOS
CONSTITUCION DE
RESERVAS TECNICAS DE
SINIESTROS
RECLAMADOS POR LIQUIDAR
(74,897,969.32)
(72,853,416.21)
25,255,215.55)
911,475,437.85
217,012,650.58
162,115,703.58
(110,378,361.81)
(67,345,513.28) e
(17,776,970.10) e
(25,255,878.43) e
802,601,489.29
108, 138, 702.02
108,022,510.10
51 002 91 Seguros Generales 64,903,509.74 64,946,727. 74 d
70103
Seguros de Fianzas
Seguros Obligatorios
CONTROVERTIDOS
Seguros de Fianzas
CUENTAS DE ORDEN
DEUDORAS
DEUDORAS POR EL
82,812,175.68
14,400,018.16
54, 780,755.08
54,780,755.08
72,877,467,643.0
o 52,203,343, 717 .9
CONTRARIO 1 --------------------------------------------- ----------------------------
ACREEDORAS
1 Cuentas de Control
52,203,343,717.9
1
52, 165,418,221.2
2 ---------------------------------------------- ----------------------------
CUENTAS DE ORDEN (72,877,467,643.0
_fl._J?_~~~_f2_'2_~~------------------------ ------------------------ O)_
CUENTAS DE CONTROL (52
'165
'418
'22
1.2
---------------------------------------------- ------------------------ 2)_ SINIESTROS RECLAMADOS
(266,839,512.53) POR LIQUIDAR----------------------- ----------------------------
1 Cuentas de Reaseguros (266,839,512.53)
(25,454,910.83)
Perdida del
Periodo
28,677,462.05 d
14,398,320.31 d
- a
- a
72,795,742,429.47
52, 121,618,504.38
52, 121,618,504.38
52 ,083,693, 007 .69
(72,795,742,429.47)
(52,083,693,007.69)
(185, 114,299.00)
(185,114,299.00)
20, 790, 798.46
Utilidad del Periodo
Variaciones a
____ Respaldar ____ _
62,628,239.27
7,552,456.04
55,076,446.11
(662.88)
(108,873,948.56)
(108,873,948.56)
(54,093, 193.48)
43,218.00
(54,134,713.63)
(1,697.85)
(54,780,755.08)
(54,780,755.08)
(81,725,213.53)
(81,725,213.53)
(81,725,213.53)
(81,725,213.53)
81,725,213.53
81,725,213.53
81,725,213.53
81,725,213.53
Teniendo en consideración la materialidad de las variaciones (ajustes) entre el ler y 2do envío de la información financiera al 30/09/2014 remitido por Seguros y Reaseguros Credinform Intemational S.A. a esta Autoridad de Fiscalización en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa SPVS IS Nº189/00 de 10/05/2000 y Resolución Administrativa SPVS/IS/Nº 180/08 del 27/02/2008 relacionadas a la Presentación mensual de la Información Técnico - Financiera por parte de las entidades aseguradoras
.·:• .. t¡¡·' .. _r_ .• ---~---'-1-;--(F_ís_i_c_o_y_e_le_c_t_ro_'_n_ic_o_J_, _c_º-:-a-:l-:-:p-:-~-yd_e e-s-:-:-t-¡~-d-:-~-
7-e
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; ~APS
AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS ,..
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA .._
de verificar que estos movimientos financieros sean debidamente explicados y respaldados documentariamente (comprobantes contables, respaldo documentaría, etc.).
Conforme lo descrito en los resultados de la evaluación preliminar de los Estados Financieros remitidos por Seguros y Reaseguros Credinform Intemational S.A. en fecha 06/ 11/2014, se concluye que las variaciones (ajustes) entre el 1 er y 2do envío de la información financiera con cierre al 30/09/2014 realizada por esta Entidad Aseguradora, tienen un carácter relevante y significativo por los importes registrados en los Estados Financieros presentados. En este sentido se hace necesaria la verificación mediante una inspección "In Situ" a efectos de verificar los registros contables y la documentación de respaldo suficiente y pertinente, con el objetivo de verificar su razonabilidad (Existencia, Integridad, Corte, Exactitud, Derechos y Obligaciones, Valuación y Presentación) en los Estados Financieros de la Entidad Aseguradora.
Mientras no se verifique la razonabilidad de las variaciones (ajustes) mencionadas, la información remitida en 2da instancia por esta Entidad Aseguradora no podrá ser considerada en las evaluaciones mensuales realizadas por la Dirección de Seguros de esta Autoridad, ni ser incluida en la base de datos de la información técnico financiera de las Entidades Aseguradoras que componen el mercado de seguros boliviano, en tanto se determine la razonabilidad de esta información. "
Que las variaciones entre los dos envíos de Estados Financieros al 30 de septiembre de 2014 son significativas y materiales, motivo por el cual no es posible determinar su razonabilidad y es necesario verificar la misma mediante una inspección in situ.
Que este hecho ha imposibilitado evaluar al 30 de Septiembre de 2014, el régimen de inversiones, el margen de solvencia, las reservas técnicas, los límites de Endeudamiento Financiero y Cargos Vencidos.
Que no obstante lo anterior, a fin de evaluar la razonabilidad de la base de datos de siniestros pendientes al 30 de septiembre de 2014, se ha requerido a Seguros y Reaseguros Credinform S.A. carpetas de siniestros del ramo SOAT y de Seguros Generales.
Que al respecto se emitió el INFORME/APS-INF.DS.JTS/1034/2014 en fecha 20 de noviembre de 2014, el cual señala lo siguiente:
"Mediante el Informe/ APS/ DS/ JCF / 384/ 2014 de fecha 11 de noviembre de 2014, se ha determinado que Seguros y Reaseguros Credinform Intemational
~ S.A. remitió dos envíos a la APS de su información financiera con cierre el 30/09/2014, encontrándose variaciones (ajustes) relevantes y significativos
·: entre el 1 er y 2do envío, determinándose que mientras no se verifique la razonabilidad de las variaciones, la información remitida en 2da instancia por esta Entidad Aseguradora no podrá ser considerada en las evaluaciones
<~-;J .... ,_.· _m_e_n_s_u_a-le_s_r_e_a_lr_·z_a_d_a_s_p_:-:-~-:-:-e-:-:-:-co-io-:-i-zd-:-0
-:-:-g-. u-:-~-:-. ·_F_e-de_r_i_c_o_Z_u_a_z_o_, _T_o_r_re_s_G_u_n_d_la_c_h_,_T_o_r_r_e_E_s_t_e
.,.-... ,:,; Página 28 <Fei'Mono: (591- 2) 2331212 • Fax: (591-2) 2312223 • Casilla Postal: 10794 • La Paz - Bolivia Correo electrónico: [email protected] • Página Web: www.aps.gob.bo
': 6,APS
AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS
\I' ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:--
Por consiguiente, si bien no se tiene los Estados Financieros consolidados al 30 de septiembre de 2014, en el presente informe se realiza una evaluación de documentación de siniestros con relación a la base de datos de siniestros pendientes remitida por Seguros y Reaseguros Credinform S.A.
En este sentido, en fecha viernes 14 de noviembre de 2014, Seguros y Reaseguros Credinform S.A. ha remitido a la APS sus bases de datos de reservas de siniestros pendientes y pagados al 30 de septiembre de 2014 requeridas en la Resolución Administrativa APS/ DJ/ DS/ Nº 848 de 30 de octubre de 2014, las cuales reflejan la información del Estado Financiero reprocesado (segundo envío).
Tomando en cuenta dichas bases de datos (mediante muestreo de siniestros), mediante nota CITE: APS-EXT.DS/3894/2014 de fecha 17 de noviembre de 2014, en el marco de la Resolución Administrativa APS/DJ/DS/Nº 848 de 30 de octubre de 2014 se ha requerido de Seguros y Reaseguros Credinform S.A. remita documentación relacionada a 111 siniestros SOAT y 31 siniestros de otros ramos de seguros, a fin de poder evaluar la misma en función a las bases de datos presentadas en el Régimen de Adhesión del SOAT 2015.
Dado el corto tiempo para la evaluación de la información, se ha requerido que la documentación sea remitida en el plazo de 2 días administrativos, lo cual fue cumplido por la Entidad Aseguradora, remitiendo la información a través de la nota CITE: ANL-0495/ 14 de fecha 19 de noviembre de 2014.
Asimismo, se ha revisado algunos de los reclamos presentados ante la APS para analizar la consistencia de las reservas reflejadas en la base de datos a septiembre de 2014.
Una vez evaluada la documentación se verificó las siguientes observaciones en relación a las reservas técnicas de siniestros:
Evaluación Carpetas de Siniestros SOAT
De la evaluación a las ca,petas de siniestros y comparando con la información de sus bases de datos de reservas de siniestros pendientes, se determinaron las siguientes observaciones sobre la suficiencia de las reservas establecidas en la base de datos al 30 de septiembre de 2014:
Observaciones a Insuficiencia de Reservas SOAT a Z 30 d ' b d 2014 e se,:,tiem re e
Reserva RESERVA INSURCIENCIA Aseguradora SEGÚNAPS
N° sucursal tomador accidentado herido_muerto certificado num siniestro paliza es. Bs. Bs.
1 COQ-iA.BAM3A SAM.JB.ESCALERA BALDERRAtv1A. VVILSER JIMENEZ CASTRO M.JERTO 6503175 YC8421009 $13-6503175 $191,28 11.733,63 11.542,34
2 LA PAZ RAFAS. SARZURI AGlJRRE EMUO CA TACORA SARZURI M.JERTO 11aa1n YLF901934 SQT.1786177 $0,00 11.733,63 11.733,63
En el caso del accidentado Wilber Jimenez Castro, el informe de tránsito revela que falleció en el accidente y el informe de la aseguradora no se pronuncia sobre el monto de su reserva que es de Bs. 191,98.- lo cual se considera insuficiente o si se procedió al pago, no existiendo tampoco comprobante de pago alguno.
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~APS AUTORIOAO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DE PENSIONES Y SEGUROS
En el caso del accidentado Emilio Catacora Sarzuri, la aseguradora en su informe afirma haber cancelado la indemnización, sin embargo, no adjunta documentación de respaldo, generando la observación de la insuficiencia.
Respecto a los demás siniestros en la muestra no se verifica alguna observación.
En el Anexo 1 del presente informe se adjunta la documentación de respaldo.
Evaluación Carpetas de Siniestros Seguros Generales
Se ha procedido con la evaluación de los 31 siniestros requeridos por la APS, habiéndose observado 11 siniestros conforme al siguiente detalle, respecto a la base de datos al 30 de septiembre de 2014:
Observaciones sobre Insuficiencia de Reservas al 30 de septiembre de 2014 R d S Ge l amos e eguros nera es
Reserva RESERVA Aseguradora SEGÚNAPS
INSUFICIENCIA
~! sucursal ¡-;- Ramo e; tomador r~· num_siniest(;:· BS. Íc Bs. E Bs. ~ 1 LA PAZ 9109 CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO CONT CB-026541 225.563,66 548.800,00 323.236,34
2 LA PAZ 9107 ASOCIACION ACCIDENTAL AR-BOL LP-030344 1.029.000,00 1.029.000,00
3 LA PAZ 9109 EMPRESA PUBLICA SOCIAL DE AGUA Y SANE LP-037941 65.170,00 65.170,00
4 LA PAZ 9107 ASOCIACION ACCIDENTAL AR-BOL LP-038345 61.740,00 61.740,00
5 LA PAZ 9101 DEPOSITOS ADUANEROS BOLIVIANOS - DAI OR-011931 334.499,91 370.440,00 35.940,09
6 SANTA CRUZ 9108 COMERCIALIZADORA (ATAROS SC-072384 240.100,00 240.100,00
7 SANTA CRUZ 9108 CLH BS.A. SC-081351 10.976,00 68 600,00 57.624,00 8 SANTA CRUZ 9109 VPFB REFI NACION S.A. SC-089111 752.013,78 752.013, 78
9 SANTA CRUZ 9108 CLH BS.A. 5(-089525 54.874,37 343.000,00 288.125,63
10 SANTA CRUZ 9108 VPFB REFINACION S.A. 5(-095423 229.169,79 229.169,79
11 SANTA CRUZ 9109 REFINERIA ORO NEGRO S.A. SC-096230 188.807,71 188.807,71
Siniestro N' 1: En el siniestro correspondiente a la Contraloría General del Estado, póliza Multirriesgo CMR-AO 1828 , el propio informe de la aseguradora señala que el daño mayor en el presente siniestro es en las obras civiles, de acuerdo a las cotizaciones realizadas, la reparación asciende a $us. 66.136, 18 dólares y en ese contexto realizó una reserva razonable de $us. 80.000.- y actualmente tienen una reserva de $us. 95.000.-
Tomando en cuenta la reserva razonable de $us. 80.000.- es que la APS ha tomado este monto, no obstante la base de datos de siniestros contempla una reserva de Bs. 225.563,66.- que representa $us. 32.881.- lo cual es considerablemente más bajo y resulta contradictorio con el propio informe de la Entidad Aseguradora.
Asimismo, en la base de datos de siniestros pendientes al mes de julio de ~ 2014, este siniestro contemplaba una reserva de $us. 66. 772, 76.- no habiendo
Q expuesto la aseguradora la disminución brusca en la reserva.
Siniestro N' 2: El siniestro corresponde a una póliza de Todo Riesgo de Contrucción,
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la aseguradora, la reserva que corresponde a su participación a septiembre debía ser de $us. 150.000.-, no obstante, la reserva según la base de datos es 0.- (cero)
Asimismo, la aseguradora informa que el estado actual es la improcedencia del reclamo en función al ajuste final de JTS, no obstante, a septiembre de 2014 todavía no se había realizado el ajuste por lo que no correspondía dar de baja la reserva.
Comparando con la reserva de la aseguradora al mes de julio de 2014, se tenía una reserva de $us. 150.000.-, no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja de la reserva íntegra.
Siniestro N" 3: Corresponde a un siniestro de daños por tormenta eléctrica en equipos electrónicos y de acuerdo al informe de la aseguradora, la reserva a septiembre debía ser de $us. 9.500.- en función a la cotización preliminar obtenida por la aseguradora, no obstante, la reserva de la aseguradora según las bases de datos alcanza a 0.- (cero)
Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 9.500.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja de la reserva íntegra.
Siniestro N" 4: Corresponde a un siniestro de daños por voladuras en viviendas Puerto León y de acuerdo al informe de la Aseguradora, la reserva a septiembre 2014 debía ser de $us. 9.000.- al no contar con documentación preliminar que estime el siniestro, no obstante, la reserva de la aseguradora según las bases de datos es de 0.- (cero)
Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 9.000.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja de la reserva íntegra.
Siniestro N" 5: Corresponde a un siniestro del asegurado Depósitos Aduaneros Bolivianos DAB, póliza CDP-A00741 y de acuerdo al informe de la aseguradora la reserva a septiembre 2014 debía ser de $us. 54.000.-, sustentada en la cuantificación de la firma Equidad según su informe final.
No obstante, la reserva según las bases de datos a septiembre de 2014, ascienden a $us. 48. 760.-.
Siniestro N" 6: Corresponde a un siniestro correspondiente a YPFB refinación, señalando la aseguradora en su informe que de acuerdo a la nota YPFB-GGRL-632/ 12 se cuantifica preliminarmente en $us. 105. 725.00.-.
El informe también señala que se ha constituido una reserva a septiembre de 2014 de $us. 35.000.- al existir un deducible de $us. 100.000.-, no obstante, de la revisión de la base de datos la reserva es 0.- (cero).
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Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 35.000.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja de la reserva íntegra en la base de datos a septiembre de 2014.
Siniestro N" 7: Corresponde a un siniestro de YPFB logística señalando la aseguradora en su informe que se ha constituido una reserva a septiembre de 2014 de $us. 10.000.- al existir un deducible de $us. 100.000.- y basados en el ajuste de la empresa ETS, no obstante, de la revisión de la base de datos la reserva alcanza a $us 1.600.-
Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 1 O. 000. - no existiendo justificativo de la aseguradora de las razones para la baja de la reserva en la base de datos a septiembre de 2014.
Siniestro N" 8: Corresponde a un siniestro de YPFB refinación, señalando, la aseguradora en su informe que se encuentra a la espera de la factura del asegurado para proceder a la indemnización. La reserva técnica al 30 de Septiembre de 2014 es de $us. 109. 623.-, no obstante, de la revisión de la base de datos la reserva técnica es 0.- (cero).
Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 90.000.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué se dio de baja de la reserva íntegra en la base de datos al 30 de septiembre de 2014, presentada en el marco de la Resolución Administrativa 848-2014.
Siniestro N" 9: Corresponde a un siniestro de YPFB logística, donde el informe de la aseguradora señala que la reserva a septiembre de 2014 asciende a $us. 50.000.- en exceso del deducible de $us. 100.000.- de la póliza y según la inspección preliminar. No obstante, la base de datos la base de datos remitida por la aseguradora con corte al 30 de septiembre de 2014, refleja una reserva de $us. 7.999.-, muy por debajo de lo expuesto por la aseguradora.
Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 50.000.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja de la reserva en la base de datos al 30 de septiembre de 2014, presentada en el marco de la Resolución Administrativa 848-2014.
Siniestro N" 10: Corresponde a un siniestro correspondiente a YPFB refinación, señalando la aseguradora en su informe que se encuentra con la pro forma de la remediación de la empresa Buhos, la cual con la franquicia de $us. 1 OO. 000.- el monto que queda por indemnizar es de $us. 35.475,20.-
No obstante lo señalado por la aseguradora, la base de datos de siniestros a septiembre de 2014, refleja reserva 0.- (cero).
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Asimismo, a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 25.000.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja íntegra de la reserva en la base de datos a septiembre de 2014, presentada en el marco de la Resolución Administrativa 848-2014 ..
Siniestro N' 11: Corresponde a un siniestro de la refineria Oro Negro, señalando la aseguradora en su informe que la reserva técnica parte compañía es de acuerdo a la estimación por el ajustador designado al caso, la cual alcanza a $us. 27,522.99.-, no obstante, la base de datos de siniestros a septiembre de 2014, refleja reserva 0.- (cero}.
Asimismo, en la base de datos de la Entidad Aseguradora presentada a julio de 2014 la reserva alcanzaba a $us. 25.000.- no existiendo justificativo de la aseguradora del porqué de la baja de la reserva íntegra en la base de datos a septiembre de 2014.
En el Anexo 2 se encuentra la documentación respaldatoria de los 11 casos.
Evaluación Reclamos APS
Se ha procedido a evaluar una muestra de reclamos presentados ante la APS, encontrándose las siguientes observaciones:
Reclamo Ministerio de Obras Públicas - Asegurado VIRUEZ CONSTRUCCIONES "VIRCON'
La APS ha realizado el seguimiento presentado por el Ministerio de Obras Públicas, que en el presente caso, Credinform indicó que cancelará las pólizas de cumplimiento de contrato de obra y correcta inversión de anticipo.
Revisadas las bases de datos de siniestros pendientes al 30 de septiembre de 2014, se tiene observación sobre la insuficiencia en la reserva, conforme a lo siguiente.
VIRUEZ Inversión CONSTRUC
Rivera! de CIONES CBI-ta 9226 antici os "VIRCON" A02503 11.065,25 O 00 3.319,58 3.319 58
VIRUEZ Cumplimi CONSTRUC
f En el Anexo 3 se presenta el resumen de reservas insuficientes por reclamos incluyendo la documentación respaldatoria.
1l /:.,... ______________ C_a_ll_e_R_e_y_e_s_O_r_t_iz_N_º_7_3_. _E_s_q_. _F_e_d_e_ri_· c_o_Z_u_az_o_, _T_o_r-re_s_G_u_n_d_l_a-ch-, _T_o_r-re_E_s_t_e
Rivera! ento de CIONES CCO- 778.500,8 17 ta 9222 Obra "VIRCON" A01946 o 0,00 233.550,24 233.550,24
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WAPS AUTORIOAO OE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
OE PENSIONES Y SEGUROS • ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:--
Que en base a lo expuesto el INFORME/APS-INF.DS.JTS/1034/2014 concluye lo siguiente:
De lo expuesto en el desarrollo del presente informe y del relevamiento de las bases de datos de reservas técnicas de siniestros, se tienen las siguientes conclusiones:
Seguros y Reaseguros Credinform lnternational S.A. tiene observaciones por insuficiencias de reservas técnicas de siniestros en sus base de datos de siniestros pendientes al 30 de septiembre de 2014, conforme al siguiente cuadro:
OBSERVACIONES POR INSUFICIENCIAS EN BASES DE DATOS DE RESERVAS DE SINIESTROS PENDIENTES
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014 INSUFICIENCI INSUFICIENCI
ITEM ABs. A$US.
SINIESTROS SOAT 23.275,97 3.393,00
SINIESTROS RAMOS SEGUROS GENERALES 3.270.927,34 476.811,57
RECLAMOS APS 236.869,82 34.529,13
TOTAL 3.531.073,13 514.733,69
No es posible cuantificar insuficiencias de reservas técnicas en sus estados financieros al 30 de septiembre de 2014, por cuanto no se tiene los estados financieros validados.
Las observaciones por insuficiencias encontradas en las bases de datos de reservas de siniestros pendientes, hacen necesaria y confirma la necesidad de una inspección "in situ" a objeto de verificar la razonabilidad de los Estados Financieros al 30 de septiembre de 2014 de Seguros y Reaseguros Credinform Intemational S.A.
Que todos estos aspectos demuestran la relevancia e importancia para verificar in situ la razonabilidad de los Estados Financieros de Seguros y Reaseguros Credinform International S.A. al 30 de septiembre de 2014.
CONSIDERANDO:
Que el numeral I del artículo 169 de la Ley de Pensiones establece que, el Organismo de Fiscalización estará representado por una Directora o Director Ejecutivo, quien se constituirá en la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad y ejercerá la representación institucional.
Que en virtud a la normativa enunciada, mediante Resolución Suprema Nº 05411 de 30 de marzo de 2011, ha sido designado el Lic. Iván Orlando Rojas Yanguas como Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS.
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AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS • ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVI:--
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PENSIONES Y SEGUROS - APS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY;
RESUELVE:
PRIMERO.- Seguros Illimani S.A. no cumple con los requisitos establecidos en los Items iii) y xiv) punto 1, del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014, por lo que se encuentra imposibilitada de comercializar el SOAT de la gestión 2015.
SEGUNDO.- Conforme a la presente Resolución, la evaluación del cumplimiento de Seguros y Reaseguros Credinfom International S.A. a los ítems i), ii), iii) y xi), punto 1 del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ Nº 848-2014 de 30 de octubre de 2014, queda sujeta a la validación de la razonabilidad de sus Estados Financieros al 30 de septiembre de 2014.
TERCERO.- Con carácter previo a la complementación de la evaluación de su adhesión a la comercialización del SOAT para la gestión 2015, se dispone la inspección "in situ" a Seguros y Reaseguros Credinform International S.A. para determinar la razonabilidad de los Estados Financieros al 30 de septiembre de 2014.
CUARTO.- La Dirección de Seguros queda encargada del cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, notifiquese y archívese
IRY / ACR/JVL/DBC/808/0 V
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