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1 APOYO TÉCNICO A LA GESTION SOCIOPREDIAL PARA ESTABLECER LAS ALTERNATIVAS DE TRASLADO MÁS ADECUADO PARA LA RESTITUCION DE CONDICIONES DE VIDA DE LAS FAMILIAS QUE DEBEN SER REASENTADAS, EN CONDICIONES IGUALES EN CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 009 DEL 10 DE DICIEMBRE DEL 2014, PARA LA UNIDAD FUNCIONAL 2 TRAMO VARIANTE VIA ZARAGOZA-CAUCASIA MELISSA SANTANA BARRIOS 20062025103 TRABAJO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTÍA PARA OPTAR POR EL TITULO DE INGENIERA CATASTRAL Y GEODESTA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS FACULTAD DE INGENIERIA PROYECTO CURRICULAR INGENIERIA CATASTRAL Y GEODESIA BOGOTA D.C. 2016

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APOYO TÉCNICO A LA GESTION SOCIOPREDIAL PARA ESTABLECER LAS

ALTERNATIVAS DE TRASLADO MÁS ADECUADO PARA LA RESTITUCION

DE CONDICIONES DE VIDA DE LAS FAMILIAS QUE DEBEN SER

REASENTADAS, EN CONDICIONES IGUALES EN CUMPLIMIENTO DEL

CONTRATO 009 DEL 10 DE DICIEMBRE DEL 2014, PARA LA UNIDAD

FUNCIONAL 2 TRAMO VARIANTE VIA ZARAGOZA-CAUCASIA

MELISSA SANTANA BARRIOS

20062025103

TRABAJO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTÍA PARA OPTAR POR

EL TITULO DE INGENIERA CATASTRAL Y GEODESTA

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS

FACULTAD DE INGENIERIA

PROYECTO CURRICULAR INGENIERIA CATASTRAL Y GEODESIA

BOGOTA D.C.

2016

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APOYO TÉCNICO A LA GESTION SOCIOPREDIAL PARA ESTABLECER LAS

ALTERNATIVAS DE TRASLADO MÁS ADECUADO PARA LA RESTITUCION

DE CONDICIONES DE VIDA DE LAS FAMILIAS QUE DEBEN SER

REASENTADAS, EN CONDICIONES IGUALES EN CUMPLIMIENTO DEL

CONTRATO 009 DEL 10 DE DICIEMBRE DEL 2014, PARA LA UNIDAD

FUNCIONAL 2 TRAMO VARIANTE VIA ZARAGOZA-CAUCASIA

TRABAJO DE GRADO

MODALIDAD PASANTIA: EN LA CONCESION AUTOPISTAS DEL NORDESTE

S.A.S

PASANTE:

MELISSA SANTANA BARRIOS

COD: 20062025103

DIRECTOR INTERNO

DOCENTE DE TIEMPO COMPLETO

HECTOR JAVIER FUENTES

ECONOMISTA

DIRECTORA EXTERNA

ALBA STELLA GARCIA HENAO

TRABAJADORA SOCIAL

DIRECTORA SOCIAL

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS

FACULTAD DE INGENIERIA

PROYECTO CURRICULAR INGENIERIA CATASTRAL Y GEODESIA

BOGOTA D.

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Contenido INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 7

1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ............................................................................... 9

2. JUSTIFICACIÓN ................................................................................................................. 11

3. ANTECEDENTES .............................................................................................................. 12

4. OBJETIVOS ........................................................................................................................ 13

a. OBJETIVO GENERAL ...................................................................................................... 13

b. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................ 13

5. MARCO TEORICO ............................................................................................................. 14

5.1. MARCO ESPACIAL ........................................................................................................... 16

5.2. MARCO CONCEPTUAL .................................................................................................. 17

5.3. MARCO LEGAL ................................................................................................................. 19

5.4. MARCO HISTÓRICO ......................................................................................................... 21

6. ALCANCES Y LIMITACIONES ........................................................................................ 23

a. ALCANCES ......................................................................................................................... 23

b. LIMITACIONES .................................................................................................................. 23

7. METODOLOGÍA ................................................................................................................. 24

7.1. Identificación de etapas y actividades del proyecto .............................................. 24

7.2. Áreas de Influencia del Proyecto ................................................................................ 25

7.3. Identificación de los impactos a compensar ............................................................ 26

7.4. Actividades del proyecto en el Plan de Compensación Social ............................ 26

7.5. Cuadro Conceptual de Metodología ............................................................................ 27

8. PLAN DE COMPENSACIONES SOCIALES ................................................................. 28

8.1. Metodología de Levantamiento de Información: ..................................................... 31

8.2. Estimación de las Compensaciones Socioeconómicas ........................................ 32

8.3. Unidad Funcional UF2- Zaragoza-Caucasia ............................................................. 33

8.4. FACTORES DE COMPENSACION ECONOMICA APLICABLES ............................ 34

8.4.1. Factor al Apoyo al Restablecimiento ....................................................................... 34

8.4.2. Factor de Apoyo a Moradores ................................................................................... 36

8.4.3. Factor de Apoyo por Movilización ............................................................................ 37

8.4.4. Factor de Apoyo al Restablecimiento de Servicios Sociales Básicos ........... 38

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8.4.5. Factor de Apoyo para Restablecimiento de Medios Económicos. .................. 39

8.4.6. Factor de Apoyo a Arrendadores .............................................................................. 41

9. RESULTADOS ................................................................................................................... 43

9.1. ESTIMADO DEL PLAN DE COMPENSACION SOCIOECONOMICO DE LA

UNIDAD FUNCIONAL 2 –VARIANTE .................................................................................... 43

Matriz DOFA .................................................................................................................................... 55

10. CONCLUSIONES ............................................................................................................... 56

11. BIBLIOGRAFIA ................................................................................................................... 58

PAGINAS WEB................................................................................................................................ 58

12. ANEXOS .............................................................................................................................. 59

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Lista de Ilustraciones

Ilustración 1. Mapa de Localización del Proyecto .................................................. 17

Ilustración 2. Vía Objeto de la Concesión ............................................................. 24

Ilustración 3. Total, de Predios Identificados en la Variante .................................. 43

Ilustración 4. Tipo de Unidades Sociales .............................................................. 46

Ilustración 5. Factores de Compensación ............................................................. 48

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Lista de Tablas

Tabla 1. Características de la Vía ......................................................................... 25

Tabla 2. Predios Requeridos en la Unidad Funcional Total .................................. 34

Tabla 3. Predios Requeridos en el Tramo Variante ............................................... 45

Tabla 4. Cantidad de Unidades Sociales Identificadas y el tipo de cada uno para el

Tramo de la Variante ............................................................................................. 45

Tabla 5. Valores proyectados para las Compensaciones Socioeconómicas

correspondientes al Tramo Variante ..................................................................... 47

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INTRODUCCIÓN

La Constitución Política de 1991, en su artículo 1 y 2, establece que: "Colombia

como Estado Social de derecho, está fundada en el respeto de la dignidad

humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la

prevalencia del interés general, y tiene entre sus fines asegurar la convivencia

pacífica y la vigencia de un orden justo; estando sus autoridades instituidas

para proteger a todas las personas residentes en el país, en su vida, honra,

bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el

cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.1

“Que, en desarrollo de la gestión social adelantada por concesionarios de la

Agencia Nacional de Infraestructura, se ha evidenciado que las unidades

sociales ocupantes irregulares de terrenos requeridos para el desarrollo de

proyectos de infraestructura, ven afectadas sus condiciones de vida por

residir o desarrollar sus actividades productivas, en el entorno geográfico de

ejecución de los proyectos.”.2

Que en virtud del Decreto 4165 del 3 de noviembre de 2011, articulo 17 numeral 12,

la Agencia Nacional de Infraestructura debe “Establecer metodologías y

estrategias de manejo, y dirigir y/o supervisar la gestión social, predial y

ambiental en cumplimiento de los contratos, permisos y licencias, incluidos

los procesos de expropiación que se requieran en el desarrollo de los

proyectos a cargo de la Agencia.”.3

AUTOPISTAS DEL NORDESTE S.A.S., entidad encargada de dar cumplimiento a

todas y cada una de las obligaciones de diseño, mejoramiento y rehabilitación,

construcción, operación y mantenimiento en las vías objeto del contrato número 009

de 2014 suscrito con la Agencia Nacional de Infraestructura –ANI, en el marco de

las obligaciones programáticas, técnicas, económicas, y financieras allí definidas,

garantizando en cumplimiento del mismo, la satisfacción de los usuarios de la vía,

de la ANI, de los accionistas y del equipo humano de la concesión.

Las vías objeto de la concesión “Autopista Conexión Norte”, tiene una longitud total

estimado origen destino de 145 kilómetros y su recorrido discurre íntegramente en

el departamento de Antioquia.

1 Constitución Política de Colombia 1991, articulo 1 y 2. 2 Resolución 077 de 2012. 3 Decreto 4165 del 3 de noviembre de 2011, articulo 17 numeral 12

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La Autopista Conexión Norte une los municipios de Remedios, Zaragoza y

Caucasia. El objetivo de esta concesión es conectar el sur occidente y centro

occidente del país de forma directa con el Puerto de Cartagena y el norte del país y

el nordeste de Antioquia con la concesión Ruta del Sol a través de Puerto Berrio,

proyectando que se convierta en uno de los corredores viales más importantes del

país.

Las obras objeto de esta concesión consisten en la construcción de una nueva vía

en calzada sencilla entre Remedios y Zaragoza, el mejoramiento de la calzada

actual del tramo Zaragoza-Caucasia y la construcción de una nueva variante en

calzada sencilla en Caucasia.

La concesión Autopistas de Nordeste en busca de cumplir a cabalidad su función y

objetivo articuló la Gestión Predial y social, para llevar a cabo el Plan de

Reasentamiento de la población afectada, para establecer las alternativas de

traslado más adecuadas para la restitución de condiciones de vida de las familias

que deban ser reasentadas, en condiciones iguales o mejores.

Gracias a la fundamentación que la carrera brinda a los profesionales en Ingeniería

Catastral y Geodesia, estos son reconocidos en el país como los administradores

del recurso tierra, ya que manejan temas como ordenamiento territorial,

valorización, estratificación socioeconómica, legislación catastral, topografía,

cartografía, Sistemas de Información Geográfica (SIG.), entre otros, por esta razón

se considera que el Ingeniero Catastral y Geodesta cuenta con las capacidades,

destrezas, aptitudes, y conocimientos para brindar el apoyo técnico que requiere

Autopistas del Nordeste s.a.s.

Este proceso de la pasantía está encaminado a prestar apoyo técnico al equipo

predial y social de la Concesión Autopistas del Nordeste s.a.s, con el fin de realizar

Apoyo al proceso de Reasentamiento de la población afectada por la

implementación de la variante en la Unidad Funcional II tramo Zaragoza-Caucasia.

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1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

“El Reasentamiento es el proceso mediante el cual se apoya a las personas

desplazadas para establecer los niveles de vida que tenían antes del

desplazamiento; un desplazamiento involuntario se presenta cuando una

persona, familia, grupo o actividad económica debe trasladarse

obligatoriamente a otro lugar, por una decisión que es impuesta por un agente

externo, sin que exista posibilidad de permanecer en el lugar donde habita. En

el caso de este proyecto, el desplazamiento se presentará para las personas

que residen en los predios que se requerirán para la construcción y

mejoramiento de las obras de infraestructura, así como para las actividades

económicas que allí se desarrollan”.4

Antes del año 2008 el Estado Colombiano no contaba en su cuerpo normativo con

un procedimiento reglamentado para formular y ejecutar planes de reasentamiento,

como si lo tiene para la adquisición de predios, existen norma internacionales y

constitucionales que servían de base para ello.

La declaración de Derechos Humanos de la Naciones Unidas en su principio 6 dice

que “Todo ser humano tendrá derecho a la protección contra reasentamientos

arbitrarios de su hogar o de su lugar de residencia habitual, se encuentran

prohibidos internacionalmente los reasentamientos arbitrarios en casos de

proyectos de desarrollo en gran escala, que no estén justificados sobre un

interés público superior o primordial El Reasentamiento es el proceso

mediante el cual se apoya a las personas desplazadas para establecer los

niveles de vida que tenían antes del desplazamiento; un desplazamiento

involuntario se presenta cuando una persona, familia, grupo o actividad

económica debe trasladarse obligatoriamente a otro lugar, por una decisión

que es impuesta por un agente externo, sin que exista posibilidad de

permanecer en el lugar donde habita. En el caso de este proyecto, el

desplazamiento se presentará para las personas que residen en los predios

que se requerirán para la construcción y mejoramiento de las obras de

infraestructura, así como para las actividades económicas que allí se

desarrollan”.5

Con el fin de reglamentar los planes de reasentamiento, se introdujo la Resolución

545 de 2008, el cual consiste en el catálogo de reconocimientos que se otorga a

4 Proyecto nacional de transporte urbano, marco de la política de reasentamiento 5 Declaración de los derechos humanos, principio 6

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unidades sociales para mitigar los impactos socioeconómicos específicos,

causados por razón de la ejecución de un proyecto.

Los factores de compensación socioeconómica son:

factor de apoyo al restablecimiento de vivienda

factor de apoyo a moradores

factor de apoyo para tramites

factor de apoyo por movilización

factor de apoyo al restablecimiento de servicios sociales básicos

factor de apoyo al restablecimiento de medios económico

factor de apoyo a arrendadores.

La pasante de Ingeniería Catastral y Geodesia hará parte del equipo socio-predial,

aportando los conocimientos adquiridos durante el paso por la academia, para tratar

de buscar una adecuada compensación a un problema de la realidad, qué para este

caso es la elaboración del plan de Compensaciones para el tramo la variante en la

Unidad Funcional 2, vía Zaragoza-Caucasia, regido mediante la resolución 545 de

2008

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2. JUSTIFICACIÓN

La Gestión social y predial es una función que ejercen las Concesiones, las cuales

mediante la alianza público-privada llevan a cabo la ejecución de grandes obras de

infraestructura, para el progreso del país.

Autopistas de Nordeste s.a.s., es la encargada de llevar a cabo la gestión socio

predial para la ejecución de la vía que comunicara a los municipios de Remedios,

Segovia, Zaragoza y Caucasia, en el Bajo Cauca.

Se realizó un convenio entre la Concesión Autopistas del Nordeste S.A.S. y la

Estudiante Melissa Santana Barrios de la Universidad Distrital Francisco José de

Caldas en el cual la estudiante de la misma puede hacerse partícipe en la labor que

realiza la Concesión como pasantes con el fin de optar por el título de Ingeniería

Catastral y Geodesta.

Dicha pasantía busca enriquecer la formación académica del estudiante mediante

la aplicación de los conocimientos adquiridos durante el desarrollo de su vida

académica. Además, contribuye a la formación profesional del estudiante

articulándolo con los problemas cotidianos y reales de la sociedad. Permitir al

estudiante conocer la realidad en la cual se va a desempeñar como profesional y a

la vez aportar a la solución efectiva de problemas relacionados con la vida

profesional.

Al participar en proceso de elaboración del plan de compensaciones bajo los

lineamientos de la Resolución 545 del 2008, se está buscando una adecuada

compensación para la comunidad con el fin de que pueden tener un lugar de

vivienda justo, Todo con el fin de hacer más equitativo el bienestar de las familias

que hacen parte del corredor vial.

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3. ANTECEDENTES

La concesión Autopistas del Nordeste S.A.S, fue creada como una asociación

publico privada reglamentada por la ley 1508 del 10 de enero de 2012 la cual en el

artículo 1 la define como “las asociaciones público privadas son instrumentos

de vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una

entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado, para la

provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra

la retención y transferencia de riesgos entre las partes y mecanismos de pago,

relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura

y/o servicio”.6

La sociedad Autopistas del Nordeste SAS, es una sociedad por acciones

simplificada, de objeto único y existente de acuerdo con las leyes colombianas,

constituida mediante documento privado del 10 de noviembre de 2014,

debidamente inscrito el 25 de noviembre de 2014 bajo el número 001887618 libro

IX y con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C.

Su objeto social único es la celebración y ejecución del contrato adjudicado

mediante resolución 1387 de fecha 17 de octubre de 2014 de la Agencia Nacional

de Infraestructura en virtud del proceso licitatorio N° VJ-VE-IP-LP-005-2013, cuyo

objeto es la elaboración de los estudios y diseños definitivos, financiación, gestión

ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación,

mantenimiento y reversión de la concesión autopistas conexión norte, del proyecto

“Autopistas para la Prosperidad”

A partir de la firma del convenio entre la Concesión Autopistas del Nordeste la

estudiante de Ingeniería Catastral y Geodesia se ha hecho participes de este

proceso por medio de la modalidad de pasantía, brindando apoyo técnico al grupo

socio predial.

Este convenio permite el acercamiento del aspirante al título de Ingeniero Catastral

y Geodesta, con las entidades de orden Público-Privado y con los problemas y

procesos que se deben llevar a cabo en las vías 4G, los pasantes pueden realizar

aportes por medio de los conocimientos aprendidos durante su transcurso por la

universidad, para la resolución de problemas que presenta en la construcción de las

vías.

6 Ley 1508 del 10 de enero de 2012, articulo 1.

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4. OBJETIVOS

a. OBJETIVO GENERAL

Prestar apoyo, acompañamiento y soporte técnico a la concesión Autopistas del Nordeste sas, a la gestión socio-predial para establecer las alternativas de traslado más adecuado para la restitución de condiciones de vida de las familias basándonos en la resolución 545 del 2008, en cumplimiento del contrato 009 del 10 de diciembre de 2014 para la unidad funcional 2 tramo variante vía Zaragoza-Caucasia.

b. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Realizar una socialización para informar el alcance del proyecto y los

beneficios que con lleva la construcción del mismo.

Determinar la localización de la cantidad de predios que se verán afectados

por la construcción de la variante, teniendo en cuenta el uso permitido por el

Plan de Ordenamiento Territorial POT del Municipio de Caucasia.

Efectuar una visita a cada uno de los predios para verificar el tipo de

titularidad que tiene cada uno de los propietarios, mejoratarios o poseedores.

Realizar una visita a cada uno de los predios afectados para realizar el debido

censo predial en el cual se determinará el tipo de construcción, junto con su

debido uso y destinación.

Realizar una metodología para restablecer las alternativas de traslado más

adecuado para la restitución de condiciones de vida de las familias que deben

ser reasentadas.

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5. MARCO TEORICO

Corresponde a la definición de una serie de conceptos relacionados con la función

que desarrolla la Concesión Autopistas de la Nordeste S.A.S, en la celebración del

contrato 009 del 10 de diciembre de 2014.

Además, se analizarán una serie de normas que rigen el contrato para la

elaboración del plan de compensaciones.

Como se había mencionado en Capítulos anteriores “Autopistas del Nordeste sas

tiene como objeto la elaboración de los estudios y diseños definitivos,

financiación, gestión ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento,

rehabilitación, operación, mantenimiento y reversión de la concesión

autopistas conexión norte, del proyecto Autopistas para la Prosperidad.” 7

En su manual del Buen Gobierno Corporativo y su objeto de la misión y la visión de

la concesión Autopistas del Nordeste establece “La misión de la sociedad es dar

cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato,

incluidas las de diseño, mejoramiento y rehabilitación, construcción,

operación y mantenimiento de vías objeto intervención, en el marco de las

obligaciones programática, técnicas, económicas y financieras allí definidas,

garantizando en cumplimiento del mismo, la satisfacción de los usuarios de

la vía, de la ANI, de los accionistas y del equipo humano de la sociedad.”8

en síntesis, Autopistas del Nordeste es la encargada de la Elaboración de la vía que

comunicara los Municipios de Caucasia, Zaragoza, Segovia y Remedios con la

costa y centro del país, de la ejecución de la misma y el mantenimiento por 20 años.

Para ejercer el plan de Compensaciones de una manera eficaz y eficiente, la

Concesión Autopistas de la Nordeste S.A.S dispone de una sectorización, es decir

se organiza en Direcciones especializadas por sectores específicos.

Dentro de estas Direcciones especializadas se encuentra la Dirección Social y

predial, en las cuales se va a llevar a cabo la mencionada pasantía. Tiene como

función estas Direcciones ejecutar vigilar la gestión socio predial del proyecto.

“La Dirección Técnica de Predios, como parte de sus funciones principales

está encargada de realizar la gestión predial de la entidad, y su objetivo

principal es la de brindar un acompañamiento integral a los ciudadanos que

se ven afectados por la compra de los predios afectados según el trazado de

7 Resolución 1387 del 17 de octubre de 2014 Agencia Nacional de Infraestructura. 8 Manual de Buen Gobierno Corporativo, Autopistas del Nordeste s.a.s

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la obra y en coherencia con la reserva vial aprobada teniendo en cuenta tres

momentos principales:

Levantamiento de insumos

Adquisición predial

Reasentamiento integral.” 9

Partiendo de la definición anterior podríamos decir que la Gestión Predial es una

serie de actividades y procedimientos tendientes a identificar, cuantificar,

caracterizar y gestionar los predios, que deben ser adquiridos total o parcialmente,

para la ejecución de proyectos inmobiliarios o de ingeniera en cualquiera de sus

etapas (prefactibilidad, factibilidad, ejecución o la que se requiera).

El Plan de Gestión Social es el conjunto de programas, actividades y acciones

tendientes a abordar integralmente a las unidades sociales a reasentar a fin de

minimizar los efectos negativos del desplazamiento voluntarios.

“El Reasentamiento integral de la población de la zona de intervención de un

proyecto determinado se realiza para prevenir, mitigar corregir y/o compensar

los impactos generados por el traslado y reubicación de cada una de las

Unidades Sociales afectadas; la entidad diseña y pone en marcha un Plan de

Gestión Social con el fin de evaluar las condiciones sociales, legales y

económicas de las familias y de las unidades económicas que residen u

ocupan los inmuebles objeto de intervención, así como de los propietarios

que hacen uso económico de los predios sin residir de ellos.

El despliegue del componente inmobiliario se realiza con el acompañamiento

y apoyo a todas las personas en sus diferentes condiciones de tenencias:

propietarios, arrendatarios o poseedores procurando encontrar el lugar ideal

para la reposición de la casa, local, lote, oficina o bodega y así lograr el

efectivo reasentamiento; esto se logra con la puesta en marcha de estrategias

como elaboración de portafolios inmobiliarios que cubran las necesidades de

la Unidad Social US.” 10

Los planes de compensaciones normalmente contemplan:

Las responsabilidades organizacionales y los arreglos institucionales entre

las entidades participantes, incluyendo disposiciones para la financiación del

reasentamiento.

La evaluación del marco legal de reasentamiento, incluso en lo relativo a

ocupaciones irregulares y derechos de comunidades tradicionales.

9 Manual de adquisición predial Instituto de Desarrollo Urbano- IDU 10 Manual de adquisición predial Instituto de Desarrollo Urbano- IDU

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La planificación de catastros físicos y socioeconómicos

Las políticas y metodologías de valoración de terrenos y construcciones.

Los procedimientos para la compensación por pérdida de renta

La definición de opciones de reasentamiento y tipos de proyecto

La planificación de los procedimientos de consulta pública y participación de

las comunidades afectadas.

La aplicación del Plan de Compensaciones Socioeconómicas, definido en la

Resolución 545 de 2008 del Instituto Nacional de Concesiones INCO (hoy agencia

Nacional de Infraestructura ANI), propende el mantenimiento o la mejora de la

condición de calidad de vida iniciales de las personas que como consecuencia de

la adquisición predial requerida por el proyecto deban trasladarse.

Dependiendo de las condiciones en las que se encuentren las unidades familiares,

se aplicarán los factores sociales establecido en la Resolución 545 de 2008.

5.1. MARCO ESPACIAL

El Municipio de Caucasia se encuentra localizado al norte del departamento de

Antioquia, en la subregión Antioqueña del Bajo Cauca, su territorio de una extensión

de 1483 km2, es plano con pequeñas ondulaciones al norte y al occidente y sur es

quebrado. Es uno de los municipios más importantes de la zona debido a su

privilegiada ubicación geográfica, cerca de la confluencia de importantes afluentes

colombianos como el Rio Cauca y el Rio Nechi.

Es considerado capital y principal ciudad de la región del Bajo Cauca del

departamento de Antioquia. Limita por el norte con los Municipios de Montelibano,

La Apartada y Ayapel departamento de Córdoba, por el este con los municipios

Antioqueños de Nechi y El Bagre, por el sur con el Municipio de Zaragoza, y por el

oeste con el Municipio de Cáceres, su cabecera municipal dista 270 km de la Ciudad

de Medellín por la Troncal de Occidente, con el interior del país y la Costa Atlántica,

vía que atraviesa la cabecera municipal de norte a sur, entendiendo la conectividad

básicamente como la capacidad de un territorio para ser accesible y relacionarse

con otros lugares a través de los diversos medios de transporte y comunicaciones.

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Ilustración 1. Mapa de Localización del Proyecto

Fuente: Plan de Ordenamiento Territorial de Caucasia.

5.2. MARCO CONCEPTUAL

La Dirección Social y predial es la encargada de elaborar una estimación del Plan

de Compensaciones Socioeconómicas, para la totalidad del proyecto. Esta

estimación constituirá una herramienta de planeación y seguimiento de las

Compensaciones Socioeconómicas a que hubiere lugar, sin que en sí mismo

constituya una decisión definitiva respecto de las Compensaciones

Socioeconómicas.

Como resultado del Plan de Compensaciones Socioeconómicas se busca mitigar y

compensar los impactos causados por el desplazamiento involuntario cuando este

sea inevitable, restablecer las condiciones socioeconómicas de la población

desplazada, convertir el reasentamiento en una oportunidad para contribuir al

mejoramiento del ordenamiento territorial y urbanístico de las ciudades.

Para efectuar un Plan de Compensación Socioeconómico se definen los siguientes

conceptos referentes al tema:

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I. DESPLAZAMIENTO INVOLUNTARIO

Se presenta cuando una persona, familia, grupo o actividad económica debe

trasladarse obligatoriamente a otro lugar, por una decisión que es impuesta por un

agente externo, sin que exista la posibilidad de permanecer en el lugar donde habita.

II. REASENTAMIENTO

Es el proceso mediante el cual se apoya a las personas desplazadas para

restablecer los niveles de vida que tenían antes del desplazamiento.

III. POBLACION DESPLAZADA

Son los grupos, comunidades o poblaciones, que residen o trabajan en las áreas requeridas por las obras y que deben trasladarse obligatoriamente.

IV. INMUEBLE

Unidad individual de terreno con o sin mejoras, físicas y catastralmente identificable.

V. NIVEL DE AFECTACION

Total: cuando un predio se afecta totalmente y todas las unidades sociales que allí

residen o realizan una actividad económica deben trasladarse. Parcial:

cuando un predio se afecta parcialmente y el área remanente puede seguir

utilizándose para vivienda o actividad económica. Loa afectación parcial puede

implicar el desplazamiento de una o más unidades sociales.

VI. UNIDAD SOCIAL

Se entiende por Unidad Social las personas que tiene derechos sobre un inmueble

residan o no en él, las personas que residen y las industrias, comercios y

establecimientos de servicio que desarrollan su actividad económica en un predio.

Las Unidades Sociales pueden ser clasificadas por tenencia (propietario,

arrendatario, usufructuario, tenedor, ocupante), uso (vivienda, industria, comercio,

servicio) y residencia (si habita o no en el inmueble). En un inmueble puede habitar

más de una unidad social.

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5.3. MARCO LEGAL

El Marco de Política de Reasentamiento se desarrolla bajo las normas aplicables de

carácter internacional ratificadas por el Gobierno de Colombia, por las normas

nacionales, así como por los principios generales del derecho, jurisprudencia y

doctrina que brindan pautas para la adquisición de predios y protección de los

derechos fundamentales de personas desplazadas por proyectos de desarrollo.

I. Normas Constitucionales

Constitución Política Articulo 1 “Colombia es un Estado Social de Derecho,

organizado en forma de Republica unitaria, descentralizada, con autonomía

de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada

en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las

personas que la integran y en la prevalencia de interés general…”

Artículo 2 “…Las autoridades de la Republica están constituidas para proteger

a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes,

creencias, y demás derechos y libertades y para asegurar en cumplimiento de

los deberes sociales del estado y de los particulares.”

Artículo 5 “El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los

derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución

básica de la sociedad.”

Artículo 90 “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos

que le sea imputables causados por la acción u omisión de las autoridades

públicas…”

Artículo 287 “Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de

sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la Ley…”

Artículo 42, 43, 44, 46, 51, 58, 79, 80. Los cuales consagran los derechos sociales,

económicos y culturales. El derecho a la vivienda se debe reconocer en condiciones

de dignidad, es decir en condiciones materiales y espirituales de existencia que

permitan vivir con calidad y tener un espacio para el libre desarrollo de la

personalidad

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II. Normas Legales

Ley 388 de 1997

Art. 1, num. 3. “Garantizar que la utilización del suelo por parte de sus

propietarios se ajusta a la función social de la propiedad y permita hacer

efectivos los derechos constitucionales a la vivienda y a los servicios públicos

domiciliarios, y velar por la creación y la defensa del espacio público, así

como por la protección del medio ambiente y la prevención de desastres…”

Art. 2 “El Ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes

principios:

la función social y ecológica de la propiedad

la prevalencia del interés general sobre el particular

la distribución equitativa de cargas y beneficios”

Art. 3 “propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes,

la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo.”

Art. 4 “participación democrática. En ejercicio de las diferentes actividades que

conforman la acción urbanística, las administraciones municipales, distritales

y metropolitanas deberán fomentar la concertación entre los intereses

sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los

pobladores y sus organizaciones.”

Art. 119 señala que en caso de propietarios o poseedores de vivienda de interés

social que no acepten la forma de pago o el derecho de preferencia previstos en

este artículo, la administración municipal o distrital que participe en proyectos de

renovación correspondientes le garantizara el acceso a una solución de vivienda del

mismo tipo, para lo cual otorgara los subsidios municipales de vivienda.

Ley 3ª de 1991

La Ley 3ª de 1991 y sus decretos reglamentarios 706 de 1995 y 824 de 1999 fijan

la cuantía del subsidio y el valor de la vivienda de interés social.

Ley 99 de 1993 Art. 57.

“Del estudio de Impacto Ambiental. Se entiende por estudio de Impacto

Ambiental el conjunto de la información que deberá presentar ante la

autoridad ambiental competente el peticionario de una Licencia Ambiental.

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El estudio de Impacto Ambiental contendrá información sobre la localización

del proyecto, y los elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos del

medio que puedan sufrir deterioro por la respectiva obra o actividad…”

Ley 546 de 1999.

Artículo 2° “objetivos y criterios de la presente ley. El gobierno Nacional

regulara el sistema especializado de financiación de vivienda de largo plazo

para fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho

constitucional a la vivienda digna, de conformidad (entre otros) con los

siguientes objetivos: proteger el patrimonio de las familias representado en

vivienda…”

RESOLUCION 545 DE 2008

Con el fin de reglamentar los planes de reasentamiento, se introdujo la Resolución

545 de 2008 el cual consiste en el catálogo de reconocimientos que se otorga a

unidades sociales para mitigar los impactos socioeconómicos específicos,

causados por razón de la ejecución de un proyecto.

Los factores de compensación socioeconómica son: factor de apoyo al

restablecimiento de vivienda; factor de apoyo a moradores; factor de apoyo para

tramites; factor de apoyo por movilización; factor de apoyo al restablecimiento de

servicios sociales básicos; factor de apoyo al restablecimiento de medios

económicos; factor de apoyo a arrendadores.

5.4. MARCO HISTÓRICO

TRAYECTORIA DE LOS REASENTAMIENTOS

La política del Banco Mundial con respecto al tema de reasentamiento involuntario,

OP-710, fue aprobada por el directorio Ejecutivo en julio de 1998 y está disponible

como una publicación separada. Su aprobación representa un importante avance

en el desarrollo del enfoque del Banco, que ha ido evolucionando desde 1984, año

en que por primera vez los departamentos de Análisis de Proyectos y Operaciones

prepararon unas listas de verificación para hacer frente a una variedad de aspectos

socioculturales, el reasentamiento entre ellos, que surgían durante la preparación y

el análisis de los proyectos. Para facilitar una revisión más sistemática de los temas

de reasentamiento, en 1990 el Comité del Medio Ambiente (CMA) incluyo este

aspecto en su campo de acción. La importancia de la consideración de los aspectos

de reasentamiento quedo de manifiesto en dos documentos, titulados

Procedimientos para la Clasificación y Evaluación de los Impactos Ambientales en

las operaciones del Banco y Estrategias y Procedimientos para temas

Socioculturales en relación con el medio ambiente. Entre otros temas, estos

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documentos se refieren a la necesidad de que el banco se ciña a prácticas

adecuadas al tratar aspectos de reasentamiento. Desde que estos documentos

fueron aprobados, el banco, al igual que otras organizaciones internacionales, ha

considerado necesario preparar lineamientos más concretos sobre este complejo

asunto, en lugar de decidir en cada caso concreto de proyectos que con llevan

reasentamientos que criterio se va a aplicar. El primer borrador de los principios y

los lineamientos sobre reasentamientos se preparó en 1993. En el documento del

Octavo Aumento General de Recursos, aprobado en 1994, se reafirmó la necesidad

de preparar cuanto antes planes adecuados de reasentamiento y se solicitó al

Banco que siguiera actualizando sus procedimientos y lineamientos en la materia.

El aumento progresivo de reasentamientos involuntarios, como denomina el Banco

Mundial a lo que no es más que desalojos forzados de poblaciones que viven en

áreas de influencia o impacto de los intereses de las empresas privadas, ha sido

una constante en Colombia. Y ahora con la bonanza de la minería o la “locomotora

del desarrollo” cruzando las montañas colombianas la preocupación es cada vez

mayor.

De las distintas formas de desplazamiento, uno de los más comunes y menos

atendido en Colombia es el ocasionado por las actividades relacionadas con

programas de desarrollo que contemplen expropiación de tierras; este

desplazamiento se ha denominado “desplazamiento involuntario o por desarrollo”.

La mayoría de los proyectos hidroeléctricos, extractivos, y algunos de los proyectos

urbanos, industriales y de transporte, son realizables solamente si se desplaza a la

gente de las tierras requeridas para el proyecto.

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6. ALCANCES Y LIMITACIONES

a. ALCANCES

Apoyo técnico a las siguientes actividades:

Acompañamiento a la socialización inicial para determinar el alcance del proyecto tanto social como técnico.

Apoyo en la localización de los predios que se verán afectados por la

construcción de la variante.

Levantamiento de información en campo y toma de fotografías de los predios afectados.

Análisis de la documentación de titularidad que se obtenga en campo.

Análisis del Plan de Ordenamiento Territorial POT, para asignar un adecuado

uso a cada uno de los predios afectados.

Realización de la ficha predial y plano cartográfico con las características constructivas encontradas en campo.

Apoyo en la elaboración del Plan de Reasentamiento con los lineamientos en

la resolución 545 de 2008.

b. LIMITACIONES

Carencia de experiencia en acompañamiento social.

Problemas de orden público, por tratarse de una zona roja.

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7. METODOLOGÍA

La labor a desempeñar como pasante interinstitucional del proyecto curricular de

Ingeniería Catastral y Geodesia, se fundamenta en un apoyo técnico al Equipo

Socio-predial, siguiendo una metodología de trabajo la cual se definió con el fin de

alcanzar los objetivos planteados

7.1. Identificación de etapas y actividades del proyecto

Descripción

a. Las vías objeto de la concesión “Autopista Conexión Norte”, tienen una

longitud total estimado origen destino de 145 kilómetros y su recorrido

discurre íntegramente en el departamento de Antioquia.

b. La Autopista Conexión Norte une los Municipios de Remedios,

Zaragoza y Caucasia; El objetivo de esta concesión es conectar el sur

occidente y centro occidente del país de forma directa con el Puerto

de Cartagena y el norte del país y el Nordeste de Antioquia con la

Concesión de Ruta del Sol a través de Puerto Berrio, proyectando que

se convierta en uno de los corredores viales más importantes del país.

c. Las obras objeto de esta concesión consisten en la Construcción de

una nueva vía en calzada sencilla entre Remedios y Zaragoza, el

mejoramiento de la calzada actual del tramo Zaragoza -Caucasia y la

construcción de una nueva variante en calzada sencilla en Caucasia.

Ilustración 2. Vía Objeto de la Concesión

Fuente: página web Autopistas del Nordestes

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7.2. Áreas de Influencia del Proyecto

Las vías que hacen parte de la presente concesión, se han sectorizado por

Unidades Funcionales (UF), basadas en los diseños realizados con anterioridad por

parte de Interconexión Eléctrica, S.A. (ISA). Sin embargo, debe resaltarse que el

alcance de las concesiones se ha visto modificado con respecto a los mencionados

diseños. En concreto, la diferencia fundamental reside en que en ellos se contempló

la construcción de doble calzada por fases de tres bloques constructivos de cinco

años a lo largo de todo el recorrido, mientras que la concesión a la que hace

referencia el presente documento comprende únicamente la construcción de una

calzada, quedando fuera del alcance la ejecución de la segunda. No obstante, el

concesionario deberá realizar el diseño de ambas fases de Construcción, y adquirirá

los predios necesarios para la plataforma completa de dos calzadas. Para efectos

de la adquisición de los predios de la primera calzada, el concesionario deberá

adquirir mínimo una franja de treinta (30) metros y respecto a los predios de la

segunda calzada, estos no harán parte del 40% de la longitud efectiva requerida

para el inicio de la etapa de Construcción de la primera unidad funcional, pero el

concesionario los deberá adquirir de acuerdo a lo definido en el contrato.

Siguiendo el criterio descrito anteriormente, cada una de las unidades funcionales

de la concesión cuenta con las siguientes características generales:

Tabla 1. Características de la Vía

UF SECTOR ORIGEN

(NOMBRE,

ABSCISA,

COORDEN

ADAS)

DESTINO (NOMBRE,

ABSCISA,

COORDENADAS)

LONGITUD

APROXIMADA

ORIGEN

DESTINO

INTERVENCION

PREVISTA

OBSERVACION

UF1 REMEDIOS-

ZARAGOZA

REMEDIOS

K0+000

(929.684;

1.269.383)

ZARAGOZA K57+573

(973.737; 1.319.026)

58 CONSTRUCCION

DE CALZADA

NUEVA

SE INCLUYE 1

TUNEL

UF2 ZARAGOZA

-CAUCASIA

ZARAGOZA

K0+000

(913.737;1.3

19.026)

CAUCASIA SUR

K82+226 (CALZADA.

DERECHA)

(876.447;1.373.720)

82 MEJORAMIENTO

DE LA VIA

EXISTENTE

SE INCLUYEN UN

INTERCAMBIADO

R A DISTINTO

NIVEL EN

ZARAGOZA

UF2 CAUCASIA CAUCASIA

SUR

K5+375

(876.447,

1.373.720)

CAUCASIA OESTE

K0+000

(872.749;1.376.642)

5 CONSTRUCCION

DE CALZADA

NUEVA

VARIANTE DE

CAUCASIA PARA

CONEXIÓN CON

EL GRUPO 4

NORTE,

INCLUYENDO

DOS

INTERCAMBIADO

RES A DISTINTO

NIVEL

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7.3. Identificación de los impactos a compensar

1. Los factores de compensación socioeconómica se aplicarán con base en las

condiciones particulares existentes al momento del levantamiento de la ficha

social correspondiente, tomándose este momento como la fecha de

referencia para el conteo de tiempos establecidos para la aplicación de cada

compensación.

2. Los Factores de Compensación Socioeconómica no serán aplicables a

unidades sociales que en cualquier tiempo hayan sido beneficiarias de los

mismos, salvo cuando las condiciones generadoras de impacto como el

establecimiento de la residencia o el desarrollo de actividades productivas se

hayan efectuado con anterioridad a la ejecución del nuevo proyecto y la

unidad social no hubiere podido prever que se vería afectada nuevamente.

3. Cuando el análisis de la documentación presentada para la aplicación de un

Factor de Compensación Socioeconómica y su comparación con información

y documentación presentada por otras unidades sociales, así como de

aquella que se pudiere recolectar en el trabajo de campo, se establezca la

falsedad en los documentos aportados se dará aviso a las autoridades

administrativas correspondientes y el hecho constituirá perdida de

reconocimiento. Cuando se trate de simples inconsistencias en los datos

aportados, se apremiará al aportante para la corrección que corresponda, so

pena de pérdida del reconocimiento.

4. Los factores de compensación socioeconómica aplicaran solo cuando el

traslado de la unidad social o la suspensión de la actividad productiva de ser

el caso, se efectué de manera voluntaria y su reubicación no se realicen

zonas requeridas para la ejecución del mismo u otro proyecto de

infraestructura de que trata la presente resolución.

7.4. Actividades del proyecto en el Plan de Compensación Social

Identificar los predios en los que procede la aplicación del Plan de

Compensaciones Socioeconómicas.

Identificar los factores de compensación socioeconómica potencialmente

aplicable a cada predio.

Determinar el valor estimado de las compensaciones socioeconómicas.

Elaborar un cronograma para la obtención de acuerdos de compensación

económica.

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7.5. Cuadro Conceptual de Metodología

A continuación, se muestran las actividades a realizar:

Análisis de vulnerabilidad “Aplicación

de la normatividad vigente resolución

545 de 2008 del INCO actualmente

ANI”

1. ESTRATEGIAS CONTEMPLADAS EN EL PROCESO DE

TRASLADO DE POBLACION POR COMPENSACION

INFORMACION A LA

COMUNIDAD

Alcances de la gestión predial

Soporte Jurídico

Documentación Requerida

Responsable de la Gestión Predial.

Centros de Atención e información

Visitas domiciliarias

Identificación de los predios y unidades

familiares a requerir

Población ubicada en los predios a adquirir

Identificar medios de subsistencia y estratificación de la unidad familiar.

Acceso a servicios básicos

Identificación de la tenencia del predio

Entorno comunitario

Impacto del traslado en la unidad familiar, en sus condiciones económicas y sociales

Determinación de la vulnerabilidad de cada familia

Identificación de expectativas y disposición de traslado de la unidad familiar.

Plan de Compensaciones socioeconómicas de UF2 variante vía Caucasia

Zaragoza

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8. PLAN DE COMPENSACIONES SOCIALES

Consiste en el catálogo de reconocimientos que se otorga a unidades sociales para

mitigar los impactos socioeconómicos específicos, causados por razón de la

ejecución de un proyecto, de acuerdo con las definiciones establecidas en el artículo

9º de la resolución 545 de 2008, correspondiente a los siguientes factores

Factor de apoyo al restablecimiento de Vivienda

Factor de apoyo a moradores

Factor de apoyo para tramites

Factor de apoyo por Movilización

Factor de apoyo al restablecimiento de servicios sociales básicos

Factor de apoyo al restablecimiento de medios económicos

Factor de apoyo a arrendadores

Artículo 9º Resolución 545 de 2008 DEFINICIONES

Para la aplicación de factores de compensación económica se tendrá en cuenta las

siguientes definiciones:

a) Proyecto: Entiéndase como la obra de infraestructura de transporte,

ejecutada en desarrollo de un contrato suscrito para el efecto con

participación de capital privado, bajo vigilancia y control del Instituto Nacional

de Concesiones.

b) Inmueble o Predio: Entiéndase como la unidad física constituida por terreno

y/o mejoras. Cuando no se detente la propiedad sobre el terreno, entiéndase

la noción de inmuebles limitada a las mejores adheridas a este.

c) Mejora: Constituye uno o más atributos adheridos de manera permanente al

terreno y no susceptibles de remoción, que le agregan valor como producto

de una intervención antrópica, entre las que se encuentran las edificaciones,

entendidas como construcciones cubiertas y adecuadas estructuralmente

para su destinación a vivienda, comercio, institucional o industrial. Una

edificación puede encontrarse adecuada estructuralmente para uno o más

usos contemplados en la presente definición.

El concepto de vivienda se refiere concretamente a la edificación adecuada

estructuralmente para el uso como lugar de habitación. Cuando una parte de

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la vivienda se encuentre adecuada para el desarrollo de otros usos, se

entenderá que dichas estructuras hacen parte de la misma.

También se consideran mejoras los corrales, estanques, tanques para

almacenamiento de agua, pozos profundo, portales de entrada, vías

privadas, cercas de piedra superpuestas o fijas con concreto, muros de

cerramiento en piedra o ladrillo o malla eslabonada, vallados, sistemas de

riego con especificaciones técnica, pozos sépticos, mejoras piscícolas,

jagüeyes, cocheras o marranera, establos, silos, beneficiaderos, trapiches,

hornos y/o cualquier tipo de obra de infraestructura o construcción

adicionalmente adherida de manera permanente al predio, así como los

cultivos permanentes, semipermanentes, plantaciones y los cultivos

transitorios en el caso que por efectos de la obra no pueden ser cosechados.

El valor de estas mejoras se considera dentro del avaluó comercial de qué

trata el decreto 1420 de 1998, razón por la cual no se tienen en cuenta para

los efectos de la presente resolución.

Para efectos de la presente definición entiéndase como mejoratario a quien

se adquiere, realiza o construye a su costa y riesgo mejoras en terreno ajeno.

El mejoratario puede considerarse a su vez como poseedor, cuando se

atribuya la posesión del terreno sobre el que asientan las mejoras con ánimo

de señor y dueño. No obstante, la calidad de poseedor excluye la posibilidad

de reconocimiento de titularidad en el dominio del terreno.

La condición de mejoratario es demostrable mediante la presentación de

documentos de adquisición de mejoras o, a falta de medio probatorio más

idóneo, mediante la presentación de por lo menos dos (2) declaraciones extra

proceso prestadas por personas domiciliadas en el mismo municipio que de

fe de la condición señaladas.

d) Unidades Sociales: entiéndase por Unidad Social, las personas que

guardan una relación de dependencia legal, física o económica con relación

a un inmueble, las cuales pueden ser o no susceptibles de reconocimientos

de compensaciones socioeconómica, de acuerdo con las condiciones

establecidas en la presente resolución. Los empleados que presten sus

servicios de apoyo a una unidad social de las contempladas en el presente

literal no constituyen una unidad social diferente. Constituye Unidades

Sociales, las siguientes.

e) Unidad Social Residente: la constituye una persona sola, o aquellas unidas

o no por lazos de parentesco, según se determine en la aplicación de la

correspondiente Ficha Social, que habitan una vivienda, entendiendo por

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Habitación la residencia permanente para la satisfacción de necesidades

básicas como alojamiento y consumo de al menos una de las comidas.

según su condición de tenencia con relación al inmueble una vivienda social

residente puede ser Propietaria, cuando detenta la propiedad del terreno y

de la vivienda que habita; mejorataría, cuando sin detentar la propiedad

sobre el terreno demuestre haber adquirido la propiedad o construido a su

costa y riesgo la vivienda en que habita; o moradora, cuando habite la

vivienda a cualquier título (arrendamiento, comodato, usufructo, entre

otros)sin ser propietaria o mejorataria titular de la misma.

f) Unidad Social Productiva: corresponde a la persona natural o jurídica que

desarrolla de manera permanente Actividades Productivas, entendidas

como aquellas relacionadas con la producción y/o comercialización de bienes

y servicios generadores de ingresos, dentro de un inmueble especifico,

contando con una infraestructura mínima para su funcionamiento, como

equipos o estanterías.

g) Otras Unidades Sociales: asimismo constituyen unidades sociales para

efectos de la presente Resolución los propietarios, especialmente aquellos

de áreas a adquirir cuyo valor sea inferior a tres (3) salarios mínimos

mensuales legales vigentes, así como los propietarios y mejoratarios que,

siendo o no residentes, obtienen ingresos provenientes del arrendamiento de

una parte o la totalidad del inmueble para habitación o desarrollo de

actividades productivas.

h) Traslado: entiéndase como el desplazamiento efectivo de la unidad social

que ve obligada a reubicarse por causa de la ejecución del proyecto, ante la

imposibilidad de permanecer en el inmueble donde se habita o desarrolla

actividad productiva de manera permanente.

i) Impacto Socioeconómico: corresponde a la alteración en las condiciones

de vida de las unidades sociales que detenten derechos reales, residen o

desarrollan sus actividades productivas en un inmueble, por causa de la

ejecución del proyecto.

un impacto socioeconómico genera Vulnerabilidad Susceptible de

aplicación de factores sociales cuando implica una disminución en la

capacidad de la unidad social para enfrentar, asimilar o manejar la alteración

de las condiciones de vida relacionadas con aspectos tales como la perdida

de la vivienda, afectación de los servicios sociales básicos, la suspensión de

las actividades productivas, entre otras, de acuerdo con el análisis de

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variables como arraigo, capacidad de gestión, capacidad de adaptación,

afectación total o parcial de los ingresos, etc.

j) Factores de Compensación Socioeconómica: también denominados

Factores Sociales corresponden a los Reconocimientos Socioeconómicos

con destinación específica, que se otorgan a unidades sociales para mitigar

los impactos socioeconómicos, cuando se cumplan las condiciones y

requisitos establecidos en la presente resolución.

k) Ficha Social: es el documento levantado por el profesional social con el cual

se da inicio al estudio para la aplicación de Factores de Compensación

Socioeconómica a unidades sociales, el cual contiene la caracterización

general de cada inmueble, así como las unidades sociales relacionadas con

este.

l) Diagnostico Socioeconómico: es el documento complementario de la

Ficha Social elaborado por el profesional social, en el cual se efectúa el

análisis particular por cada unidad social relacionada en la ficha social, se

recomienda o no el otorgamiento de los factores de compensación

socioeconómica y se proyecta la propuesta de aplicación, sujeta al

cumplimiento de las condiciones generales y particulares establecidas para

cada caso.

m) Acuerdo de Reconocimiento de Compensaciones Socioeconómicas: es

el documento que se suscribe entre el ejecutor del proyecto y el responsable

de la unidad social beneficiaria, con base en las recomendación establecida

en el Diagnostico Socioeconómico y una vez allegada la totalidad de los

requisitos documentales exigidos, en el que se define el valor integral a

reconocer y las partes acuerdan la forma de pago, sujeta al compromiso de

destinar los recursos al cumplimiento de los fines específicos para los cuales

son reconocidos.

8.1. Metodología de Levantamiento de Información:

El equipo de gestión socio predial realizo la identificación de las unidades

sociales existentes en el área requerida de cada uno de los predios que se

encuentran dentro del plan de adquisición, y que probablemente serán

trasladadas por la ejecución del proyecto.

Durante la visita de reconocimiento se indago a las personas que se encontraban

en los predios, sobre la titularidad y las condiciones socioeconómicas de los

mismos, identificando las unidades sociales existentes y determinando los

posibles factores de compensación socioeconómica que implica a cada unidad

social.

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8.2. Estimación de las Compensaciones Socioeconómicas

Para la estimación de las compensaciones socioeconómicas se realizó la

identificación de todas las unidades sociales existentes en el corredor vial,

identificando su relación con el predio, el tipo de unidad social, su condición

socioeconómica.

Los valores estimados son producto del análisis efectuado a cada unidad social y el

cumplimiento de las condiciones generales establecidas en la resolución 545 de

2008 del INCO. Para la determinación del factor de apoyo de restablecimiento de

vivienda se tuvo en cuenta el valor estimado en cada municipio para VISP y un valor

estimado para la construcción constitutiva de vivienda.

Es preciso señalar que, para la estimación del factor de apoyo de restablecimiento

de vivienda, se tomó un valor general para todos los mejoratarios y otro para

propietarios, teniendo en cuenta que a la fecha no se cuenta con el avaluó comercial

de los inmuebles este valor fue determinado teniendo en cuenta el tipo de materiales

que predominan en la construcción de las viviendas de la región.

La relación con el inmueble se determinó teniendo en cuenta la información

suministrada por las personas que atendieron la visita y la información catastral

existente sobre los predios requeridos.

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8.3. Unidad Funcional UF2- Zaragoza-Caucasia

La unidad funcional 2 corresponde al tramo entre Zaragoza –Caucasia incluida la

variante de Caucasia la cual requiere una adquisición total de 439 predios en los

dos costados de la vía.

Esta unidad funcional dividida en dos subsectores, el primero corresponde el tramo

entre Zaragoza-Caucasia, el cual tiene un requerimiento total de 388 predios y el

segundo corresponde a la variante de Caucasia que tiene un requerimiento de 51

predios.

De los 439 predios requeridos en esta unidad funcional, se identificó que en 104

predios existen unidades sociales y los 335 predios restantes son predios que no

cuentan con unidades sociales.

Para la ejecución del proyecto Concesión Autopista Conexión Norte, se requiere

adelantar la adquisición de un total de 638 predios, en los cuales se identificó un

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total de 152 predios que cuentan con una unidad social y los 486 restantes no se

evidencia la existencia de unidades sociales.

Tabla 2. Predios Requeridos en la Unidad Funcional Total

ITEM TOTAL

Predios con unidades sociales 152

Predios sin unidades sociales 486

Total, predios requeridos 638

8.4. FACTORES DE COMPENSACION ECONOMICA APLICABLES

La aplicación de factores de compensación socioeconómica se encuentra sujeta al

cumplimiento de las condiciones generales establecidas en la resolución 545 del

2008.

No obstante, cuando se adelante adquisición de predios mediante el procedimiento

de expropiación administrativa establecido en el capítulo VIII de la ley 388 de 1997,

sin que se llegue a un acuerdo para el traslado voluntario de la unidad social o la

suspensión de la actividad productiva de ser el caso, las compensaciones

socioeconómicas podrán aplicarse siempre que se cumplan las demás condiciones

generales y particulares establecidas en la presente resolución, en cumplimiento de

lo establecido por la sentencia C-1074 de 2007, emitidas por la honorable corte

constitucional.

Los factores de compensación según la resolución 545 de 2008 son:

8.4.1. Factor al Apoyo al Restablecimiento

Se reconocerá a Unidades Sociales Residentes propietarias o mejoratarias, que

deban trasladarse y adelanten el proceso de enajenación voluntaria asegurando la

entrega libre de ocupantes y moradores, siempre que se cumplan las siguientes

condiciones:

1. Que, en el caso de propietarios, se establezca la plena titularidad del derecho

del dominio en el estudio de títulos elaborado para dar inicio al procedimiento

de adquisición del inmueble.

Que en caso de mejoratarios, demuestren haber construido o adquirido a su

costa y riesgo la vivienda como único bien de habitación que posean, que

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dicha situación no se encuentre debatida por personas que aleguen derechos

reales con base en documentos legales, y que hayan residido en ella por un

periodo mayor a dos (2) años, mediante la presentación de documentos de

adquisición de mejoras o, a falta de medio probatorio más idóneo, mediante

la presentación de por lo menos dos (2) declaraciones extra proceso

prestadas por personas domiciliadas en el mismo municipio que den fe de

las condiciones señaladas.

2. Que el avaluó comercial elaborado para adelantar para adelantar el proceso

de adquisición predial establezca por la totalidad del terreno requerido más

la edificación constitutiva de vivienda, un valor inferior al de la vivienda de

interés social prioritario (VISP) estimado para el respectivo municipio. En el

caso de mejoratarios, no se tendrá en cuenta el valor de terreno, sobre el que

no detentan derecho de dominio.

i. Que demuestren no detentar propiedad sobre inmueble distinto

al requerido para la ejecución del proyecto, o que, en caso de

si contar con un inmueble distinto, la condición patrimonial del

beneficiario y el valor reconocido dentro del proceso de

adquisición predial no permitan hacer reposición, situaciones

de las cuales dará fe mediante la presentación de declaración

extra proceso.

ii. Que del análisis de la documentación presentada, así como de

aquella obrante en el expediente de adquisición predial, y sin

perjuicio del análisis de información o documentación adicional

que se pudiere recolectar en el trabajo de campo, el

Diagnostico Socioeconómico determine que el traslado por si

solo implica la imposibilidad de reubicarse en la condiciones

mínimas exigidas constitucionalmente generando una

condición de vulnerabilidad sobreviniente, y en consecuencia

recomienda la aplicación del factor con el fin de asegurar el

restablecimiento de una vivienda digna.

Aplicación del factor. El Factor de Apoyo al Restablecimiento de Vivienda

corresponde al monto resultante de descontar el valor de la VISP el valor reconocido

dentro del proceso de enajenación voluntaria por los siguientes conceptos: A

propietarios Residentes por la totalidad del terreno requerido más la edificación

constitutiva de vivienda y a mejoratarios.

Residentes, por la edificación constitutiva de vivienda sin tener en cuenta el valor

de terreno, sobre el que no detentan propiedad.

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36

El valor de la Vivienda de Interés Social Prioritario (VISP) se determinara por zonas

geoeconómicas homogéneas, con base en la certificación que para el efecto

establezca la oficina de planeación municipal correspondiente y/o en al menos tres

(3) estudios contratados con tres (3) diferentes lonjas domiciliadas en el área de

influencia del proyecto o a falta de estas, en el área más cercana en caso de existir

la cuales calcularan los costos de la VISP para la respectiva zona, cuyo resultado

se registrara en forma de certificado discriminando el valor del terreno y el valor de

la construcción, anexando la memoria técnica del proceso realizando, en cuyo caso

se preferirá el menor valor estimado, que no podrá exceder lo contemplado en el

Plan Nacional de Desarrollo para este tipo de vivienda.

Como mecanismo para asegurar que el beneficiario destine los recursos al fin de

restablecimiento de una vivienda digna, en el documento de promesa de

compraventa que se suscriba dentro del procedimiento de enajenación voluntaria,

se incluirá la obligación del prometiente vendedor de destinar dichos recursos como

parte de pago inicial para la adquisición de vivienda propia.

Asimismo, en el acuerdo de reconocimiento de Compensaciones Socioeconómicas

se establecerá como condición, que el reconocimiento se efectuara solo cuando

realizado un pago inicial dentro del proceso de adquisición predial el beneficiario

demuestre haber suscrito promesa de compraventa para la adquisición de vivienda

de reposición, y se comprometa a dar pleno cumplimiento a dicho compromiso con

los recursos que se le entreguen para el efecto mediante el posterior aporte de la

Escritura Pública correspondiente y el folio de matrícula inmobiliaria a su favor, para

lo cual se incluirá como condición resolutoria la obligación de culminar el proceso

de adquisición de la vivienda, se efectuara el acompañamiento de gestión

inmobiliaria y se harán verificaciones documentales y físicas a que haya lugar,

hasta asegurar la reubicación efectiva en vivienda propia, de lo cual se llevara el

correspondiente registro.

Cuando del análisis de la documentación presentada y de aquella que se pudiere

recolectar en el trabajo de campo se establezca la falsedad o inconsistencia en los

datos aportados, se perderá el reconocimiento, dando lugar a las acciones legales

que correspondan.

8.4.2. Factor de Apoyo a Moradores

Se reconocerá a Unidades Sociales Residentes, moradoras que deban trasladarse,

siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

Que demuestren haber residido en la vivienda por un término superior a un

(1) año, mediante la presentación de contrato de arrendamiento de vivienda,

uso, habitación o cualquier documento equivalente que dé cuenta de las

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condiciones de habitación consentida, o en su defecto, mediante la

presentación de la declaración extra proceso prestada por el propietario o

mejoratarios titular de la vivienda que de fe de la habitación consentida por

el termino mencionado.

Que demuestren la imposibilidad de restablecer las condiciones iniciales de

habitación, mediante la presentación de una declaración extra proceso en la

que manifieste no tener la posibilidad de reubicarse nuevamente en

condiciones similares a aquellas con las que contaba antes del traslado y no

gozar de ingresos o medios de subsistencia para pagar arriendo en

condiciones del mercado inmobiliario de la zona, así como su compromiso

de destinar el reconocimiento económico al pago de arrendamiento de

vivienda que le permita la satisfacción de sus necesidades básicas para el

restablecimiento de las condiciones iniciales de habitación.

Que, a partir de la documentación presentada, y sin perjuicio del análisis de

información o documentación adicional que se pudiere recolectar en el

trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico determine la condición de

vulnerabilidad y recomiende el reconocimiento como apoyo para restablecer

las condiciones iniciales de habitación.

Aplicación del factor: El Factor de Apoyo a Moradores se reconocerá a razón de

un (1) reconocimiento por cada Unidad Social Moradora y corresponderá al pago de

tres (3) salarios mínimos legales mensuales se trate de unidades sociales

constituidas por una persona y seis (6) salarios mínimos mensuales cuando se trate

de unidades sociales conformadas por dos o más personas.

8.4.3. Factor de Apoyo por Movilización

Se reconocerá a las unidades sociales residentes y unidades sociales productivas

que deban trasladarse, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

Que demuestren haber habitado en la vivienda, o desarrollado sus

actividades productivas en el inmueble, según el caso, por un término

superior a seis (6) meses, mediante la presentación de contrato de

arrendamiento de vivienda o local comercial, uso, habitación o cualquier

documento equivalente, o en su defecto, mediante certificación de la Alcaldía

Municipal, o de la personería municipal, o de la presidente de la Junta de

Acción Comunal, o a falta de medio probatorio más idóneo, mediante la

presentación de por lo menos dos Declaración extra proceso prestadas por

personas domiciliadas en el mismo municipio que den fe del tiempo de

permanencia.

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Que demuestren, por lo menos mediante declaración extra proceso, que los

ingresos sumados de los integrantes de la unidad social no exceden tres (3)

salarios mínimos mensuales legales.

Que previa verificación de la documentación presentada, y sin perjuicio del

análisis de información o documentación adicional que se pudiere recolectar

en el trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico recomiende el

reconocimiento como apoyo para sufragar los gastos de mudanza.

Aplicación de Factor: Como factor de Apoyo por Movilización se reconocerá el

valor equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.

Cuando una misma unidad social que deba trasladarse resida en la vivienda y

desarrolle a su vez actividades productivas en el inmueble, se efectuará solo un

reconocimiento de apoyo por movilización.

8.4.4. Factor de Apoyo al Restablecimiento de Servicios Sociales Básicos

Se reconocerá a Unidades Sociales Residentes que deban trasladarse fuera de la

localidad, vereda o municipio en que habitan y a consecuencia de ello pierdan la

prestación de cualquiera de los siguientes servicios sociales de que gozan, teniendo

que incurrir en gastos adicionales para restablecerlos.

Acceso a servicio de guardería infantil (menores). Acceso a servicio de restaurante

escolar (menores) acceso a servicios de transporte escolar (menores) acceso a

educación básica primaria y secundaria. Acceso a servicio de rehabilitación. Acceso

a servicios de apoyo geriátrico.

El factor de apoyo al restablecimiento de servicios sociales básicos, se reconocerá

a las unidades sociales residentes que cumplan las siguientes condiciones.

Que demuestren haber habitado en la vivienda por un término superior a un

(1) año, mediante la presentación de contrato de compraventa,

arrendamiento de vivienda, uso, habitación o cualquier documento

equivalente, o en su defecto, mediante certificación de la Alcaldía Municipal,

o de la Personería Municipal, o del Presidente de la Junta de Acción

Comunal, o a falta de medio probatorio más idóneo, mediante la presentación

de por lo menos dos (2) declaraciones extra proceso prestadas por personas

domiciliadas en el mismo municipio que den fe del tiempo de permanencia.

Que demuestren, por lo menos mediante declaración extra proceso, que los

ingresos sumados de los integrantes de la unidad social no exceden seis (6)

salarios mínimos mensuales legales.

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Que el servicio haya sido prestado por una institución legalmente reconocida,

la cual certifique en forma escrita haber prestado servicios en sus

instalaciones al beneficiario, especificando el término de prestación y el valor

mensual de los servicios prestados.

Que previa verificación de la documentación presentada, y sin perjuicio del

análisis de información o documentación adicional que se pudiere recolectar

en el trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico recomiende el

reconocimiento como apoyo al restablecimiento de servicios sociales

básicos.

Aplicación del Factor. Como Factor de Apoyo al Restablecimiento de Servicios

Sociales Básicos s e reconocerá el valor equivalente a la totalidad de los costos

sufragados por la prestación de los servicios desde un término no superior a 12

meses y sin excederse un (1) salario mínimo mensual legal vigente por la totalidad

de cada servicio debidamente certificado y dejado de percibir. En todo caso los

servicios se contarán por unidad social beneficiaria y no por persona, de manera

que el máximo de servicios posibles a reconocer corresponde a seis (6), sin exceder

el monto de ingresos mensuales demostrados.

8.4.5. Factor de Apoyo para Restablecimiento de Medios Económicos.

Se reconocerá como apoyo a las Unidades Sociales Productivas que deban

suspender sus actividades de manera temporal o definitiva, generando con ello una

disminución de ingresos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

Que presenten los siguientes documentos para determinar la condición de

formalidad de la actividad productiva y la correspondiente determinación de

la utilidad mensual neta.

Certificado de Cámara de Comercio

Registro Único Tributario

Registro de Inscripción de Industria y Comercio

Copia de las Declaraciones Tributarias (Renta, IVA, ICA) de los

periodos necesarios para la determinación del promedio de la utilidad

mensual neta.

Licencia de funcionamiento registrada ante la alcaldía, cuando

aplique. Balance y Estado de resultados, en caso de contar con este.

Que demuestren el tiempo de desarrollo de la actividad productiva mediante

la presentación de la Licencia de Funcionamiento, cuando aplique, o en su

defecto , mediante la presentación del título de propiedad sobre el in mueble,

contrato de arrendamiento de local comercial o cualquier documento

equivalente, o certificación de la Alcaldía Municipal, o de la personería

municipal, o del Presidente de la Junta de Acción Comunal, o a falta de medio

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probatorio más idóneo, mediante la presentación de por los menos dos (2)

declaraciones extra proceso prestadas por personas domiciliadas en el

mismo municipio con quienes hayan sostenido relaciones comerciales y que

den fe del tiempo de desarrollo de la actividad productiva en el inmueble.

Que, a partir del análisis de la Ficha Predial, de la Ficha Social y de la

documentación de soporte, el diagnostico Socioeconómico establezca el

impacto generado por la suspensión definitiva de actividades productivas

ante la imposibilidad de resumirlas en el mismo inmueble o por la suspensión

temporal cuando puedan ser reasumidas posteriormente en el mismo

inmueble, y en consecuencia recomiende el reconocimiento como apoyo

para el restablecimiento de la obtención de ingresos.

Aplicación del Factor Como factor de apoyo para restablecimiento de medios

económicos se reconocerá hasta seis (6) veces el promedio de la utilidad mensual

neta en caso de suspensión definitiva, y hasta tres (3) veces el promedio de la

utilidad neta en caso de suspensión temporal de la actividad productiva.

Cuando la unidad social haya ejercido la actividad productiva durante un término

inferior a seis (6) meses, en el caso de suspensión definitiva, o de tres (3) meses en

el caso de suspensión temporal, el reconocimiento no podrá exceder el valor

equivalente a la suma del ingreso neto obtenido durante el periodo demostrado.

La determinación del promedio de utilidad mensual neta, será efectuada por un

contador público con tarjeta profesional vigente que preste su apoyo al equipo social

del ejecutor del proyecto, a partir del análisis de las declaraciones tributarias (Renta,

IVA, ICA)a que haya lugar, en estricto cumplimiento de las disposiciones legales

que regulen la materia, y corresponde al promedio de las utilidades mensuales netas

registradas durante el tiempo de ejercicio de la actividad, hasta un periodo máximo

de doce (12) meses; la base se limitara a veinte (20) salarios mínimos mensuales

vigentes cuando dicho promedio supere este valor.

Cuando se trate de una sucursal u otra modalidad equivalente de ejercicio de

actividad productiva en el inmueble, tanto los requisitos como la determinación de

la utilidad mensual neta y la aplicación del Factor Social se referirán a las

actividades desarrolladas solamente en el inmueble.

El reconocimiento contemplado en el presente artículo no aplicara cuando,

tratándose de un inmueble requerido para la ejecución del proyecto, el avaluó

elaborado para el proceso de adquisición predial contemple reconocimiento por

concepto de disminución de ingresos a causa de la suspensión temporal o definitiva

de la actividad productiva, o cuando la actividad se derive de cultivos cuyo valor se

considera dentro del avaluó comercial de qué trata el decreto 1420 de 1998.

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Tampoco aplicara cuando la actividad consista en la sola comercialización de

productos a domicilio, o cuando el traslado no sea impedimento para continuar su

ejecución.

El factor de Restablecimiento de medios económicos se hará extensivo a unidades

sociales productiva que hayan desarrollado durante un periodo mínimo de seis (6)

meses actividades productivas informales, entendidas como aquellas que no

cuenten con un registro formal ante una Cámara de Comercio, sus ingresos no

estén claramente definidos y/o no lleven contabilidad.

Aplicación extensiva del Factor. En el caso de Actividades Productivas

informales, se reconocerá a la Unidad Social un apoyo consistente en seis (6)

salarios mínimos legales vigentes en caso de suspensión definitiva, y tres (3)

salarios mínimos legales vigentes en caso de suspensión temporal de la actividad

productiva informal siempre que se cumplan las condiciones establecidas.

8.4.6. Factor de Apoyo a Arrendadores

Se reconocerá a propietarios y mejoratarios de inmuebles requeridos para la

ejecución del proyecto, que obtengan ingresos provenientes del arrendamiento de

una parte o la totalidad del inmueble para habitación o desarrollo de actividades

productivas, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

Que se trate de un contrato de arrendamiento escrito, que haya sido suscrito

con antelación no menos a seis (6) meses.

Que la adquisición del área requerida para la ejecución del proyecto impida

continuar de manera definitiva la ejecución del contrato de arrendamiento.

Que adelanten el proceso de enajenación voluntaria asegurando la entrega

libre de arrendatarios, ocupantes y moradores.

Que previa verificación de la documentación presentada, y sin perjuicio del

análisis de información o documentación adicional que se pudiere recolectar

en el trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico recomiende el

reconocimiento como apoyo al arrendador para compensar la renta dejada

de percibir.

Aplicación del Factor. El reconocimiento será equivalente al valor establecido en

la cláusula de indemnización por terminación anticipada o a la suma de los cánones

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pendientes para la terminación del contrato cuando su monto total resulte inferior al

establecido en dicha cláusula, sin recuperar en todo caso en tres (3) veces el canon

de arrendamiento mensual pactado.

Cuando el contrato de arrendamiento no contenga cláusula de indemnización por

terminación anticipada del contrat5o, el reconocimiento será equivalente a tres (3)

veces el canon de arrendamiento mensual pactado, o a la suma de los cánones

pendientes para la terminación del contrato cuando su monto total resulte inferior a

aquel

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9. RESULTADOS

A continuación, se muestra los resultados del trabajo realizado por más de tres

meses en el Municipio de Caucasia, para la realización del plan de compensaciones

socioeconómicas correspondientes al tramo de la Variante, cabe aclarar que se

tomó como zona de estudio la Variante ya que es el primer tramo que se va a

intervenir para la construcción de la vía.

9.1. ESTIMADO DEL PLAN DE COMPENSACION SOCIOECONOMICO DE LA

UNIDAD FUNCIONAL 2 –VARIANTE

Para la ejecución del plan de compensaciones de la variante se identificaron

catastral y cartográficamente un total de 51 predios los cuales solo 34 cuenta con

cedula catastral y folio de matrícula es decir que están legalmente constituidos, de

esos 51 predios identificados en terreno pero algunos sin documentos se tiene que

43 no tiene compensaciones socioeconómicas ya que en la franja de afectación y

compra del proyecto de la variante no cuenta con ningún tipo de unidad social para

aplicar a las compensaciones socioeconómicas y el único dinero que se recibiría

para estos 43 es el avaluó comercial que se realiza una vez se haya elaborado la

visita de equipo predial y la elaboración de la ficha predial con su respectivo plano

con franja de afectación y registro fotográfico.

Ilustración 3. Total, de Predios Identificados en la Variante

33%

17%

42%

8%

Total de Predios de la Variante

Con Documentos

Sin Documentos

Sin Compensaciones

Con Compensaciones

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De los 8 predios restantes que cuentan con uno o más tipo de unidades sociales,

se encontró que en un predio resultan 10 mejoratarios y que cada uno cuenta con

una compensación social, esto quiere decir que en la franja de afectación y compra

de proyecto para la construcción de la variante de Caucasia, se encontraron que de

los 8 predios, 3 cuentan con mejoras en sus terrenos para adicionar a la cantidad

que de esos tres surgen 19 mejoras en terreno, como ya se digo anteriormente solo

se le pagaran las compensaciones sociales que sean necesarias si cumplen con los

requisitos para poder acceder a ellas.

Ya con esto tendríamos un total de 24 predios entre mejoras y predios que cuentan

con uno o más compensaciones económicas.

Para cuestiones de identificación se dio una numeración interna y una externa para

cuestiones de interventoría y un mejor identificador al momento de que se hizo la

visita, para el tramo de la variante se número de la siguiente forma:

VCC- variante Caucasia-Caucasia, ya que este tramo lo que busca es conectar la

vía con la concesión encargada del tramo Caucasia- Barranquilla, adicional a eso

se busca que los carros que vienen de esta vía no ingresen al pueblo como tal y

acorten la distancia del tramo ya que al ingresar al pueblo se tiene que disminuir la

velocidad.

001 hasta 0034- es la numeración que se utilizó en la variante esta es la cantidad

de predios que cuenta con matricula inmobiliaria y folio de matricula

00-01- Este se utilizó para cuando de un mismo predio encontrábamos un

englobe des englobe de un predio pero que aún no se ha realizado en el

catastro correspondiente uno o más mejoratarios.

Es decir que el código que manejamos para la identificación de los predios queda

de la siguiente forma

VCC-0001-00 para la identificación del predio cuando cuenta con folio de matricula

VCC-0001-01 Para cuando en terreno se encuentren cosas como englobes o

desenglobes

Cuando se inició la identificación de los predios se contaba solo con la numeración

VCC-0001-00, está teniendo en cuenta los registros 1 y 2 que fueron solicitados a

catastro Antioquia, ya con la visita a campo se pudo determinar la numeración VCC-

0001-01, con esta información encontrada en campo se sacó la cantidad de predios

que se van a ver afectados sus propietarios y mejoratarios y se llevó a cabo el plan

de compensaciones de la variante junto al equipo social

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Tabla 3. Predios Requeridos en el Tramo Variante

ITEM TOTAL

Predios Con Unidades Sociales 8

Predios Sin Unidades Sociales 43

Total, Predios Requeridos 51

En el siguiente cuadro se relacionan la cantidad de unidades sociales identificadas

y el tipo de cada una:

Tabla 4. Cantidad de Unidades Sociales Identificadas y el tipo de cada uno para el Tramo de la Variante

ÍITEM TOTAL

Unidades Sociales Residentes 20

Unidades Sociales Productivas 5

Otras Unidades Sociales 0

Total, Unidades Sociales 25

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Ilustración 4. Tipo de Unidades Sociales

En el siguiente cuadro se relacionan el valor estimado de las compensaciones

socioeconómicas para la ejecución del proyecto en la variante:

unidades sociales

productivas 20%

unidades sociales

residentes 80%

TIPO DE UNIDADES SOCIALES

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Tabla 5. Valores proyectados para las Compensaciones Socioeconómicas correspondientes al Tramo Variante

FACTOR SOCIOECONOMICO VALOR PROYECTADO

Factor de Apoyo al Restablecimiento de

Vivienda

$ 1.120.896.000,00

Factor de Apoyo a Moradores -

Factor de Apoyo por Movilización $ 5.515.632,00

Factor de Apoyo a Trámites $ 1.378.908,00

Factor de Apoyo Para el Restablecimiento

de Medios Económicos

$ 107.598.300,00

Factor de Apoyo al Restablecimiento de

Servicios Sociales Básicos

-

Factor de Apoyo a Arrendadores -

Total, Compensaciones Económicas $ 1.235.388.840

El valor estimado para las compensaciones socioeconómicas es de MIL MILLONES

DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y

OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE

($1.235.388.840 M/CTE.)

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Ilustración 5. Factores de Compensación

Como se puede observar en la gráfica el factor que más se aplicará en el tramo de

la variante será el factor de apoyo al restablecimiento de vivienda, seguido de factor

de apoyo para el restablecimiento de medios económicos.

Es preciso señalar que las proyecciones de las compensaciones socioeconómicas

se realizaron con el salario mínimo del año 2016, razón por la cual el valor puede

cambiar, por cuanto el pago de los factores sociales se liquida con el valor del salario

mínimo vigente en el momento de la firma del acuerdo de reconocimiento.

A continuación, se muestra la matriz de proyección del Plan de Compensaciones

Socioeconómicas donde se discrimina predio a predio las unidades sociales

identificadas y el valor estimado de los Factores de Compensación Socioeconómica

aplicables a cada unidad social.

$0 $400.000.000 $800.000.000 $1.200.000.000

FACTOR APOYO AL RESTABLECIMIENTO DE VIVIENDA

FACTOR DE APOYO POR MOVILIZACION

FACTOR DE APOYO A TRAMITES

FACTOR DE APOYO PARA EL RESTABLECIMIENTO DE MEDIOS ECONOMICOS

FACTORES DE COMPENSACION

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SI NO USR USP OUS

1 VCC-0001-00 51540101010100000000000000000CR 20 N 3A-26 COLISEO BENITO A.

GONZALEZDE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

2 VCC-0002-00 51540101010900000000000000000 CR 20 N 4-76 L101 S. A. DAES X 0 0 0 N/A N/A N/A

3 VCC-0003-00 51540101010900000000000000000 CR 20 N 4-26 LT DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

4 VCC-0004-00 51540101010500100000000000000 CR 20 N 04-29DARIO ANTONIO ROLDAN

BUILESX 1 0 0

DARIO ANTONIO

ROLDANPROPIETARIO 8.000.000,00$

0 1 0CERVEZAS DE

CAUCASIA LTDAPROPIETARIO N/A

0 1 0CERVEZAS DE

CAUCASIA LTDAPROPIETARIO N/A

6 VCC-0006-00 51540101010500100000000000000 CL 4 N 20-162 LTJUAN WALBERTO ABAD

CURISX 0 0 0 N/A N/A N/A

7 VCC-0007-00 51540101010500000000000000000 CL 4 PROY. TRONCAL PAZ DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

0 1 0 SIN DATO MEJORATARIO N/A

0 1 0 SIN DATO MEJORATARIO N/A

9 VCC-0009-00 51540101010500000000000000000 CL 4 20-97 LTNUBIA LUCIA SERNA DE

MELO Y OTROSX 0 1 0 NUBIA SERNA PROPIETARIO N/A

10 VCC-0010-00 51540101010500000000000000000 CL 4 N 20-163 LTDE CAUCASIA S. A.

TERMINAL DE TRANSX 1 0 0

DE CAUCASIA S. A.

TERMINAL DE TRANSPROPIETARIO 8.000.000,00$

11 VCC-0011-00 51540101010500100000000000000 CL 4 N 20-252 LTMARTHA CECILIA MELO

SERNA Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A

12 VCC-0012-00 51540101010500000000000000000 CL 4 N 20-253 LTCARLOS FERNANDO MELO

SERNA Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A

13 VCC-0013-00 51540101010500000000000000000 TV 25 X CR 20 ADRIANA VELASQUEZ PAEZ X 0 0 0 N/A N/A N/A

14 VCC-0013-01 51540001010600000000000000000 CL 4C N 24A-09 LT DAGOBERTO LOPEZ LAZA X 0 0 0 N/A N/A N/A

15 VCC-0013-02 51540001010600000000000000000 CL 4B N 27-03 LTMARTIN JOSE ARRIETA

FIGUEROAX 0 0 0 N/A N/A N/A

16 VCC-0013-03 51540001010600000000000000000 CL 5 N 28A-11YARITAMILENA DORIA

SAENZX 0 0 0 N/A N/A N/A

17 VCC-0014-00 51540101010600000000000000000 CL 4A N 3-15 LTANDREA VELASQUEZ

ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A

1 0 0MARIA LUISA

MENDOZAMEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 ANA ISABEL PEREZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 ENEIDA CERVANTEZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 MARUCILA GUTIERREZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0DAYANIS ISABEL

HERNANDEZMEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 ALVARO HERNANDEZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 MARCOS TERAN MEJORATARIO 5.000.000,00$

19 VCC-0016-00 51540101010600000000000000000CR 31 N 3B-04 LT URB

HORIZONTES

ESTEBAN VELASQUEZ

ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A

20 VCC-0017-00 51540101010600000000000000000CR 31 N 3B-10 LT URB

HORIZONTES

MARIA CRISTINA

VELASQUEZ ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

21 VCC-0018-00 51540101010600000000000000000CR 31 N 3B-16 LT URB

HORIZONTES

ANDREA VELASQUEZ

ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A

RESPONSABLE DE LA

UNIDAD SOCIAL

RELACIÓN CON

EL PREDIO

TIPO DE UNIDAD SOCIAL

CERVEZAS DE CAUCASIA

LTDA

NOMBRE PROPIETARIO

¿TIENE

UNIDADES

SOCIALES?

18 VCC-0015-00 DE CAUCASIA MUNICIPIO X51540101010600000000000000000 CL 3B N 31A-21 LT

5

8 VCC-0008-00 51540101010500000000000000000 CR 20 N 3A-55DISTRIBUCIONES LTDA.

VEHIMOTOSX

XVCC-0005-00 51540101010500100000000000000 CL 04 N 20-44 VIHICAUCASIA LTDA

CÓDIGO SIG. CEDULA CATASTRAL NOMBRE PREDIO VALOR ESTIMADO DE

LA VIVIENDA

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50

SI NO USR USP OUS

RESPONSABLE DE LA

UNIDAD SOCIAL

RELACIÓN CON

EL PREDIO

TIPO DE UNIDAD SOCIALNOMBRE PROPIETARIO

¿TIENE

UNIDADES

SOCIALES?N° CÓDIGO SIG. CEDULA CATASTRAL NOMBRE PREDIO

VALOR ESTIMADO DE

LA VIVIENDA

22 VCC-0018-01 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-22 LT URB

HORIZONTES

LUIS FERNANDO VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

23 VCC-0018-02 51540001010600000000000000000 CR 31 N 3B-28 URB HORIZONTESALBA LUCIA VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

24 VCC-0018-03 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-34 LT URB

HORIZONTES

LUZ EUGENIA VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

25 VCC-0018-04 51540001010600000000000000000 CR 31 # 3B-40AGROPPECUARIA VELAR S.A

Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A

1 0 0 SOBEIDA DURÁN MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0LUZ MARINA

MARQUEZMEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 ROCIO DIAZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0FELIZ ANTONIO

VILLEGASMEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0GLADYS ISABAEL

HERNANDEZMEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 CELIS YANETH CONDE MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 LUZ MARINA PEREZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0 ROSA ORDOÑEZ MEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0ARACELI MARIA

HOYOSMEJORATARIO 5.000.000,00$

1 0 0BLANCA ROSA

AGUIRREMEJORATARIO 5.000.000,00$

27 VCC-0020-00 51540101010600000000000000000 CR 31 ENTRE CL 3A Y CL 4 DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

28 VCC-0021-00 51540101010600000000000000000CL 3B N 31-12 Z.V URB

HORIZONTESDE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

29 VCC-0021-01 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-27 LT URB

HORIZONTES

ESTEBAN VELASQUEZ

ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A

30 VCC-0021-02 51540001010600000000000000000 CR 31A N 3B-26 LTMARTHA INES VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

31 VCC-0021-03 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-33 LT URB

HORIZONTES

GUSTAVO VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

32 VCC-0021-04 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-32 LT URB

HORIZONTES

ALVARO VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

33 VCC-0022-00 51540101010600000000000000000 CR 31A ENTRE CL 3A Y CL 4 DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

34 VCC-0023-00 51540001010000000000000000000CR 31A N 3B-03 LT URB

HORIZONTES

ALBA LUCIA VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

35 VCC-0024-00 51540101010600000000000000000CR 31A N 3B-09 LT URB

HORIZONTES

MARTHA INES VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

36 VCC-0025-00 51540101010600000000000000000CR 31A N 3B-15 LT URB

HORIZONTES

ALBA LUCIA VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

37 VCC-0025-01 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-21 LT URB

HORIZONTES

ALVARO VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

38 VCC-0025-02 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-27 LT URB

HORIZONTESVELAR S. A. AGROPECUARIA X 0 0 0 N/A N/A N/A

39 VCC-0025-03 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-33 LT URB

HORIZONTES

MARTA MERCEDES OROZCO

CUELLOX 0 0 0 N/A N/A N/A

40 VCC-0026-00 51540101010600000000000000000CR 32 N 3B-02 LT URB

HORIZONTES

MARIA CRISTINA

VELASQUEZ ECHEVERRIX 1 0 0 LUZ MARINA COGOLLO MEJORATARIO 5.000.000,00$

41 VCC-0027-00 51540101010600000000000000000CR 32 N 3B-02 LT URB

HORIZONTES

ALVARO VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

42 VCC-0028-00 51540101010600000000000000000CR 32 N 3B-14 LT URB

HORIZONTES

ALVARO VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

43 VCC-0028-01 51540001010600000000000000000CR 32 N 3B-20 LT URB

HORIZONTES

LUZ EUGENIA VELASQUEZ

ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A

44 VCC-0028-02 51540001010600000000000000000CR 32 N 3B-26 LT URB

HORIZONTES

ANDREA VELASQUEZ

ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A

45 VCC-0028-03 51540001010600000000000000000CR 32 N 3B-32 LT URB

HORIZONTES

ANDREA VELASQUEZ

ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A

46 VCC-0029-00 51540101010600000000000000000 CR 32 ENTRE CL 3A Y CL 5 DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A

47 VCC-0030-00 51540101012200900000000000000 EL TRIANGULOLUIS FERNANDO ECHEVERRI

Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A

48 VCC-0031-00 51540002010000000000000000000 EL TRIANGULOCOLOMBIA S.A OLEODUCTO

CENTRAL DEX 0 0 0 N/A N/A N/A

49 VCC-0032-00 51540002010000000000000000000 SANTA HELENAJUAN GABRIEL USUGA

NOREÑAX 0 0 0 N/A N/A N/A

50 VCC-0033-00 51540002010000000000000000000 LOTE 2JHON FREDY ARIAS HENADO

Y OTROX 0 0 0 N/A N/A N/A

51 VCC-0034-00 51540002010000000000000000000 LOTE 1JHON FREDY ARIAS HENADO

Y OTROX 0 0 0 N/A N/A N/A

X26 VCC-0019-00 51540101010600000000000000000 CL 3A ENTRE CR 31 Y CR 32 DE CAUCASIA MUNICIPIO

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51

FARV ($) FAMOR ($) FAMOV ($) FAT ($) FARME ($) FASS ($) FARR ($)

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

37.104.500,00$ -$ 644.350,00$ 644.350,00$ -$ -$ -$

-$ -$ 644.350,00$ -$ 48.000.000,00$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ 48.000.000,00$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ 644.350,00$ -$ 3.866.100,00$ -$

-$ -$ -$ -$ 3.866.100,00$ -$ -$

-$ -$ 644.350,00$ -$ 3.866.100,00$ -$ -$

37.104.500,00$ -$ 644.350,00$ 644.350,00$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ 644.350,00$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

FACTORES DE COMPENSACIÓN SOCIOECONÓMICA APLICABLES

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52

FARV ($) FAMOR ($) FAMOV ($) FAT ($) FARME ($) FASS ($) FARR ($)

FACTORES DE COMPENSACIÓN SOCIOECONÓMICA APLICABLES

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ 644.350,00$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

40.104.500,00$ -$ 644.350,00$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$

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53

-$

-$

-$

38.393.200,00$

El valor fue estimado de acuerdo a

la utilidad manifestada por el

responsable de la unidad social, se

requiere el estudio de la

documentación contable para

determinar la utilidad neta

mensual

48.644.350,00$

El valor fue estimado de acuerdo a

la utilidad manifestada por el

responsable de la unidad social, se

requiere el estudio de la

documentación contable para

determinar la utilidad neta

mensual

48.000.000,00$

El valor fue estimado de acuerdo a

la utilidad manifestada por el

responsable de la unidad social, se

requiere el estudio de la

documentación contable para

determinar la utilidad neta

mensual

-$

-$

4.510.450,00$

3.866.100,00$

4.510.450,00$

38.393.200,00$

El valor fue estimado de acuerdo a

la utilidad manifestada por el

responsable de la unidad social, se

requiere el estudio de la

documentación contable para

determinar la utilidad neta

mensual

-$

-$

-$

-$

-$

OBSERVACIONESVALOR TOTAL DE LA

COMPENSACIÓN

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54

-$

-$

40.748.850,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

40.748.850,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

40.104.500,00$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

40.748.850,00$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

-$

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55

Finalmente se decidió realizar una matriz DOFA que nos mostrara un diagnostico

general de todo lo que se encontró en la realización del Plan de Compensaciones

Socioeconómicas, ya que no solo el objetivo era mostrar la cifra que cuesta realizar

un movimiento de población, para generar una mejor alternativa de vida.

Adicional a eso, aunque el objetivo es la construcción, mejoramiento y marcha de la

vía, la oportunidad que le genera este tipo de compensaciones a la comunidad es

muy positivo, aun así, realice la matriz DOFA pues encontré algunas inconsistencias

que podrían a ser tenidas en cuenta al momento de la realización de los planes de

compensaciones socioeconómicas:

Matriz DOFA

Matriz DOFA

DEBILIDADES FORTALEZAS

Falta de control por parte de las entidades encargadas de realizar el seguimiento para la compra de terrenos

Brindar al municipio de Caucasia la oportunidad de realizar un adecuado uso de la norma para el área a intervenir

falta de conocimiento de la norma por parte de los mejoratarios para la compra en zona rural

crecimiento desmedido y sin control de invasores al momento de enterarse del proyecto

AMENAZAS

falta de ofertas con las características que se encuentran actualmente las viviendas de intervención

OPORTUNIDADES

Mejorar las condiciones de vida de las personas brindándole un acompañamiento adecuado para la adquisición de vivienda en iguales o mejores condiciones

los grupos armados al margen de la ley los cuales podrían generar amenazas al saber del dinero a recibir y con ello no poder cumplir a cabalidad el plan de compensaciones

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56

10. CONCLUSIONES

El gran auge que tiene las vías 4g en Colombia el último año nos hace pensar el

papel que se puede desempeñar como Ingeniera Catastral y Geodesta, aunque se

piensa que su colaboración en este tipo de proyectos es meramente técnica por

medio de la pasantía pude observar que la Gestión Predial para un excelente

resultado tiene que ir acompañado de un gran equipo conformado por abogados,

trabajadores sociales, psicólogos, sociólogos, ingenieros catastrales, ingenieros

topógrafos, aunque todos con diferentes profesiones todos tienen el mismo objetivo

la liberación de la franja de afectación y aunque se pude pensar que podíamos mirar

todo desde el lado técnico, estar acompañado del grupo social hace que se

interactúe mucho más con la población afectada y se puede observar que este tipo

de proyectos trae progreso para ellos pues siempre se busca una mejor condición

de vida y en una zona marcada por el conflicto armado y el desplazamiento las

grandes obras de infraestructura traen mejores condiciones para la población.

Cabe resaltar que la Gestión Predial cumple y es tan importante en las vías, ya que

sin ella no se podría liberar los predios que sean necesarios para la construcción de

la vía.

Es ahí donde también miramos que como Ingeniera Catastral y Geodesta nos

podemos basar solo en la parte técnica cuando el trabajo que se realiza en campo

es más de interactuar con la comunidad y colaborarles con los conocimientos

adquiridos en la academia.

Colaborar en el Plan de Compensaciones socioeconómicas sirvió para verificar las

leyes que se tienen en las vías de nueva generación, adicional a eso cabe resaltar

que, aunque al principio se determinó que para las compensaciones se realizaría

un plan de reasentamiento basándonos en las resoluciones 077 del 2012, la

resolución 548 del 2008 hacia que la gestión que se iba a realizar por parte del

equipo predial fuera un poco más fácil y rápida para la ejecución del proyecto.

A modo conclusión se puede determinar que:

La concesión Autopistas del Nordeste sas determino que solo se utilizaría la

resolución 077 del 2012 en el momento en que se encontraran predios

baldíos y en ellos encontramos vivienda o mejoras en este tipo de casos si

tendríamos en cuenta el reasentamiento, como en el tramo que se realizó la

pasantía no se encontró esa excepción, no fue necesario realizar un

reasentamiento, ni la utilización de la resolución.

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57

No solo se realizó un acompañamiento de identificación y precios, se tuvo

que prestar apoyo en con el conocimiento de las normas de ordenamiento

territorial aplicables a los municipios del Área de Influencia Directa del

Proyecto.

Junto al equipo social se acompañó a la evaluación de la oferta y demanda

de bienes inmuebles en el municipio.

También cabe resaltar que este tipo de proyectos pueden servir para realizar un

mejor aprovechamiento del espacio ya que al movilizar las familias afectadas y

predios se puede realizar un adecuado uso de la norma o plan de ordenamiento

territorial, ya que en el momento en que se llevan a cabo la ubicación de una familia

en lugares inadecuados o donde realmente no se pueden ubicar están haciendo

una falta al POT, el proyecto con su amplio equipo de profesionales al servicio de la

comunidad hace posible que esto sea visto desde esta manera.

Y aunque en muchos casos la parte técnica no tenga en cuenta la comunidad, con

esta pasantía se observó que la parte humana cumple el papel más importante para

la construcción de la vía como en este caso, ya que hacen parte de todo el proceso

que se va a realizar.

Finalmente fue muy grato para mi haber sido parte del equipo interdisciplinario que

se encargará de la realización de la obra que traerá progreso y mejores

comunicaciones con el resto del país a los municipios de Caucasia, Zaragoza,

Segovia y Remedios municipios que en algún momento hicieron parte del conflicto

armado que por muchas décadas ha azotado a este país

Para mí como futura Ingeniera Catastral y Geodesta fue muy gratificante poder

colaborar con el equipo predial, apoyando técnicamente las labores sociales y

prediales realizadas durante el Plan de Compensaciones Socioeconómicas y el

desarrollo de esta pasantía en un tema que para muchos es totalmente nuevo pero

que cumple un papel muy importante para el desarrollo del país. Me queda la

satisfacción de haber aportado mi granito de arena, con el conocimiento adquirido

para la resolución y ejecución de este proyecto en el municipio de Antioquia.

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11. BIBLIOGRAFIA

Constitución Política 1991

Resolución 077 de 2012

Resolución 545 de 2008

Decreto 4165 de 2011

Ley 1508 de 2012

Ley 388 de 1997

Ley 3ª de 1991

Ley 99 de 1993

Ley 546 de 1999

Apéndice 7 Gestión Predial ANI

Apéndice 8 Gestión Social ANI

Reasentamiento involuntario en los proyectos de BID “principios y

lineamientos” noviembre de 1999 Washington DC

Proyecto nacional de transporte urbano, marco de la política de

reasentamiento. Ministerio de transporte urbano. Noviembre 2010

Declaración de los derechos humanos.

Minería y comunidades. Bogotá. diciembre 2010.

PAGINAS WEB

http://www.autopistasdelnordeste.com

https://www.idu.gov.co/html/ftpidu/entidad/manual_adquisicion_predial_06-

04-15_final.pdf

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12. ANEXOS

ANEXO 1.

FICHA SEGUIMIENTO DE UNIDADES SOCIALES TRASLADADAS

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ANEXO 2

PLANO DE DISEÑO DE LA VIA Y AREA DE AFECTACION

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