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Procedimiento
“Control de Riesgo: Exposición a Gases en
Anatomía Patológica”
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“Control de Riesgo: Exposición a Gases
en Anatomía Patológica”
Índice
Sección Página
Objetivo 2
Alcances 2
Responsabilidades 3-4
Definiciones 4-5
Referencias 5
Materiales y equipamiento 5
Descripción del proceso 6-15
Registros asociados 16
Anexos 17-23
Archivo 24
Revisiones y modificaciones
de la versión original 24
Preparado por: Revisado por: Aprobado por:
Ing. Carolina Gómez Rojas
Prevención de Riesgos
Salud Ocupacional y Gestión
Ambiental
E.U. Mabel Santander Callejas
Encargada I.A.A.S.
Ing. Priscila Martínez Leighton
Jefa Unidad Salud Ocupacional y
Gestión Ambiental
Dr. Rodrigo Meza Inostroza
Jefe Unidad de Anatomía
Patológica
Dr. Patricio Toro Erbetta
Director (S)
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1 OBJETIVOS
1.1 OBJETIVO GENERAL
Establecer los parámetros para controlar los riesgos derivados del almacenamiento,
manipulación y eliminación de formaldehído, a fin de asegurar la salud de los trabajadores
expuestos.
1.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.2.1 Establecer medidas de prevención e instrucción sobre los posibles efectos
sobre la salud de los funcionarios que se encuentran en expuestos a
formaldehído.
1.2.2 Establecer el Programa de Vigilancia ambiental en los puestos de trabajo,
indicando parámetros de control e indicadores de exposición de acuerdo a la
normativa legal vigente.
1.2.3 Establecer el Programa de Vigilancia Médica por exposición ocupacional a
formaldehido.
2 ALCANCE
El ámbito de aplicación del presente procedimiento comprende a todos los funcionarios
que se desempeñan en Anatomía Patológica y aquellos que realizan extracción de
muestras de tejido para análisis. Además de los funcionarios que tengan contacto con
formaldehído en los procesos de almacenamiento y eliminación.
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3 RESPONSABILIDADES
3.1 DIRECCIÓN Y SUBDIRECCIONES: Responsables de revisar y aprobar el
documento, ser partícipe del cumplimiento de lo establecido como también apoyar
las medidas preventivas que se adopten según sea el caso.
3.2 PREVENCIÓN DE RIESGOS: Responsable de la confección, revisión, supervisión
y verificación de cumplimiento del presente procedimiento, además de identificar los
riesgos del área y las necesidades de equipo de protección de acuerdo a los
riesgos presentes, registrando la entrega de los mismos, considerando los
resultados de las mediciones del agente realizadas por el Organismo Administrador
cada un año, siempre que las condiciones de trabajo se mantengan.
3.3 ENCARGADO DE SALUD OCUPACIONAL: Responsable de organizar, elaborar,
ejecutar y mantener los registros del desarrollo del Programa de vigilancia médica
de los funcionarios expuestos.
3.4 JEFES DE SERVICIO: Son responsables de confeccionar y verificar el
cumplimiento del presente procedimiento por parte de los funcionarios a cargo, e
informar a Prevención de riesgos cuando requieran una evaluación de los equipos
de protección personal para sus funcionarios o reposición de los mismos, cuando
ocurran modificaciones en el área de trabajo y/o en el proceso, además de verificar
el uso correcto del Equipo de Protección Personal (EPP).
3.5 FUNCIONARIOS: Son responsables de cumplir con lo establecido en el presente
documento, además de cuidar y utilizar correctamente los equipos de protección
personal entregados a su cargo e informar a su jefatura cualquier dificultad que
tenga o algún riesgos que determinen durante el desarrollo del proceso.
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4 DEFINICIONES
4.1 PREVENCIÓN: Medidas y acciones dispuestas con anticipación con el fin de evitar
o impedir que se presente un fenómeno peligroso o para reducir sus efectos sobre
la población, los bienes, servicios y el medio ambiente.
4.2 RIESGO: Aquel aspecto del trabajo que tiene la potencialidad de causar un daño.
4.3 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP): El elemento o conjunto de
elementos que permite al trabajador actuar en contacto directo con una sustancia o
medio hostil, sin deterioro para su integridad física.
4.4 AGENTE CONTAMINANTE: Factores ambientales dañinos existentes en el lugar
de trabajo, que pueden ocasionar enfermedades profesionales y repercutir
negativamente en la salud de los trabajadores, los cuales pueden ser físicos,
químicos o biológicos.
4.5 LÍMITE PERMISIBLE ABSOLUTO: Valor máximo permitido para las
concentraciones ambientales de contaminantes químicos medida en cualquier
momento de la jornada de trabajo. (Decreto Supremo Nº 594, Titulo IV, Párrafo II,
artículo 59º, letra c).
4.6 FORMALDEHÍDO: Es un compuesto químico, más específicamente un aldehído (el
más simple de ellos), líquido similar al agua, incoloro de olor sofocante, muy soluble
en agua, irritante, levemente acido, altamente volátil, muy inflamable y de
polimerización rápida. La facilidad de polimerización hace que se emplee como
componente de muchas resinas: fenol-formaldehído, urea-formaldehído,
poliacetales, como desinfectante y conservante en centros sanitarios. Su disolución
en agua, con adición de metanol, recibe el nombre de formol o formalina.
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4.7 PROGRAMA DE VIGILANCIA MÉDICA: Conjunto de actividades que permiten
reunir la información indispensable, para conocer en todo momento la historia
natural de la enfermedad, detectar o prever cualquier cambio de los factores
condicionantes, con el fin recomendar las medidas que lleven a prevenir o controlar
la enfermedad o efecto productivo indeseable.
5 REFERENCIAS
• Decreto Supremo Nº 594 Reglamento sobre condiciones sanitarias y
ambientales básicas en los lugares de trabajo.
• Decreto supremos Nº 40 Aprueba reglamento sobre prevención de riesgos
profesionales.
• Decreto 101 Aprueba reglamento para la aplicación de la ley 16.744, que
establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
6 EQUIPOS Y MATERIALES
• Delantal quirúrgico.
• Guantes de nitrilo o butilo.
• Lentes de seguridad o mascara protectora desechable.
• Respirador y filtros 3M de la serie 4000
• Toallas absorbentes y desechables para derrames.
• Contenedor y bolsa color rojo, según lo indicado en el procedimiento REAS.
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7 DESCRIPCION DEL PROCESO
7.1 POSIBLES EFECTOS A LA SALUD
A bajas concentraciones el formaldehído provoca irritación ocular, del tracto
respiratorio y de la piel y también actúa como sensibilizante de la piel.
La inhalación de formaldehído a altas concentraciones provoca severa irritación del
tracto respiratorio, pudiendo llegar a provocar la muerte.
La exposición a formaldehído a una concentración mayor o igual al 25% Se
sospecha que provoca cáncer, es tóxico en caso de inhalación, tóxico en contacto
con la piel, tóxico en caso de ingestión, provoca quemaduras graves en la piel y
lesiones oculares graves, puede irritar las vías respiratorias y puede provocar una
reacción alérgica en la piel.
La exposición a formaldehído a una concentración entre 5% y 25% se sospecha
que provoca cáncer, es nocivo en caso de inhalación, nocivo en contacto con la
piel, nocivo en caso de ingestión, provoca irritación cutánea, provoca irritación
ocular grave, puede irritar las vías respiratorias y puede provocar una reacción
alérgica en la piel.
La exposición a formaldehído a una concentración mayor o igual al 1% puede
provocar una reacción alérgica en la piel y se sospecha que provoca cáncer.
La exposición a formaldehído a una concentración mayor o igual al 0,2% puede
provocar una reacción alérgica en la piel.
SI EXPERIMENTA ALGUNO DE ESTOS SÍNTOMAS O ES DIAGNOSTICADO CON
ALGUNA DE ESTAS ENFERMEDADES EN ALGUNA ETAPA DE SU VIDA LABORAL
TRABAJANDO CON FORMALDEHÍDO REPÓRTELO DE INMEDIATO A SU JEFATURA
DIRECTA.
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7.2 CONTRAINDICACIONES DE EXPOSICIÓN
• Hipersensibilidad cutánea.
• Antecedente de asma (común, laboral a formaldehído o a otro agente) o
hiperreactividad bronquial.
• Embarazo.
• Tratamiento inmunosupresor.
• Enfermedad inmunosupresora en evolución.
• Enfermedad oncológica en evolución.
7.3 MÉTODOS DE CONTROL Y BUENAS PRÁCTICAS DE TRABAJO
El Formaldehído es un producto químico que se disuelve fácilmente pero no perdura
mucho en agua, la mayor parte del formaldehído en el aire se degrada durante el día,
siendo los productos de la descomposición de este, el ácido fórmico y el monóxido de
carbono. Por tanto, se deben tomar las siguientes medidas:
Antes de comenzar a utilizar el formaldehido debe leer atentamente la Hoja de
Datos de Seguridad (HDS) del producto, a fin de proceder de forma correcta en
caso de accidentes o situaciones de emergencia.
Para prevenir la exposición a formaldehído es necesario reducir al mínimo posible
su presencia en el puesto de trabajo.
Proteger al trabajador frente a salpicaduras y contactos directos con la piel.
Establecer un plan de formación e información del personal que lo manipula.
Se debe evitar la existencia de fuentes de contaminación innecesarias, como
recipientes abiertos y eliminar rápidamente los derrames.
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Deben observarse procedimientos de trabajo adecuados, evitando la evaporación y
la formación de aerosoles, además de mantener los recipientes cerrados.
La utilización de vitrinas con encerramiento y aspiración forzada reduce la
presencia de formaldehído, siendo preferible a la utilización de extracciones
localizadas móviles, que también son recomendables en casos concretos.
Mantener una adecuada renovación general del aire colabora a la minimización de
las concentraciones residuales.
Existen también unidades portátiles de extracción que aspiran el aire a través de
unos filtros impregnados con permanganato de potasio que fija químicamente al
formaldehido. Estas unidades son especialmente útiles para eliminar el aldehído en
salas de almacenaje de piezas pequeñas fijadas con formaldehído.
Mantener un programa de EPP, para su adecuada gestión, desde la decisión de su
utilización, hasta la formación e información.
Cuando se trabaje con formaldehído debe ser siempre bajo una campana de
extracción de gases.
El establecimiento de los procedimientos adecuados para el uso y mantenimiento
de los equipos utilizados, así como para cualquier actividad con el agente químico
que se encuentre en utilización o con residuos que lo contengan, incluidas la
manipulación, el almacenamiento y el traslado de los mismos en el lugar de trabajo.
Reduzca al mínimo la duración e intensidad de las exposiciones.
Adopte medidas higiénicas adecuadas, tanto personales como de orden y limpieza.
Al encontrarse en el Laboratorio de Anatomía Patológica, use siempre la ventilación
local y verifique que se encuentre en funcionamiento en caso contrario de aviso a
su Jefatura de forma inmediata.
Evite el contacto con la piel: use los guantes de nitrilo (los guantes de látex no
proveen protección adecuada).
Lávese las manos sin quitarse los guantes después de manejar el formaldehído, y
posterior a esto retírese los guantes y lave sus manos.
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Asista a todas las capacitaciones sobre el uso y la exposición al formaldehído.
En presencia de derrames, estos deben limpiarse prolijamente de inmediato con
toallas absorbentes y desechables, previa protección del personal con respirador,
delantal de PVC, lentes de seguridad o mascara de protección desechable y
guantes de nitrilo o butilo. Luego de recoger el derrame, el material utilizado debe
eliminarse según procedimiento REAS. .
7.4 MÉTODOS DE ALMACENAMIENTO
Las sustancias peligrosas deberán estar contenidas en envases debidamente
etiquetados
Los envases de las sustancias deberán estar diseñados de forma que impidan las
pérdidas de contenido; deben ser adecuados para su conservación, ser de un
material químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice
eventuales accidentes.
El lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas deberá contar con un
sistema de control de derrames, que puede consistir en materiales absorbentes o
bandejas de contención.
Contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores,
compatibles con los productos almacenados.
Los envases menores o iguales a 5 kg o L., y los de vidrio, deberán estar en
estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con barras
antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de
gases en su interior.
Las Bodegas para Sustancias Peligrosas, deberán contar con rótulos externos e
internos, que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de
acuerdo a la Norma Chilena Oficial N° 2190 de 2003, o la que la sustituya.
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Se deberá contar con las hojas de datos de seguridad (HDS) de cada una de las
sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan.
Las bodegas para sustancias peligrosas deberán ser cerradas en su perímetro por
muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con
techo liviano, y piso sólido resistente estructural y químicamente, liso, lavable e
impermeable y no poroso.
Estas bodegas deberán tener ventilación natural o forzada, con una renovación de
aire mínima de 12 cambios por hora.
Las bodegas para sustancias peligrosas deberán tener acceso controlado. Habrá
un responsable de bodega quien será el encargado de vigilar el acceso de
personas.
Los procedimientos de operación de las bodegas para sustancias peligrosas,
deberán establecerse por escrito y estar disponibles para todo el personal asociado
a ésta.
El personal que trabaje en bodegas para sustancias peligrosas deberá recibir
capacitación formal cada tres años, información e instrucciones específicas, en
forma oral y por escrito, sobre:
o Propiedades y peligros de las sustancias que se almacenan y su manejo
seguro.
o Contenidos y adecuada utilización de las Hojas de Datos de Seguridad.
o Función y uso correcto de elementos e instalaciones de seguridad, incluidas
las consecuencias de un incorrecto funcionamiento.
Uso correcto de equipos de protección personal.
El formaldehido debe permanecer alejado de los productos oxidantes.
Contar con medios de control de derrames.
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7.5 MÉTODOS DE ELIMINACIÓN
La metodología común de eliminación de formaldehído se realiza a través de lo establecido
en el procedimiento “Recolección, Transporte, Almacenamiento y Eliminación de Residuos
Hospitalarios” código: PO-REAS-01. Por lo se debe considerar lo siguiente:
El formaldehido a eliminar deberá ser trasvasijado a contenedores no superiores a
5 litros, el cual debe ser de material lavable y resistente a la corrosión (por ejemplo
polietileno de alta densidad), con tapa de cierre ajustado.
El contenedor destinado al almacenamiento debe estar rotulado con la fecha de
inicio de llenado.
Una vez lleno el contenedor debe ser entregado en la sala de REAS para la
disposición final, a través de la empresa externa encargada del retiro.
7.6 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
En el Decreto Supremo Nº 594, Artículo 61º indica que el Formaldehido es sospechoso de
ser una sustancia cancerígena, por lo que la concentración ambiental no debe exceder en
ningún momento los límites permisibles absolutos siguientes:
Sustancia Límite Permisible Absoluto
Observaciones p.p.m. Mg/m3
Formaldehído 0,3 0.37 A.2
Por lo que la Unidad de Salud Ocupacional y Gestión Ambiental, en conjunto con el
Organismo Administrador, deberán realizar el monitoreo anual, a fin de cuantificar la
concentración de la sustancia en los ambientes de trabajo y la dosis efectiva absorbida por
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el funcionario, como asimismo ejecutar las medidas preventivas o correctivas que sugiera
dicho monitoreo.
La programación de las monitorizaciones será en relación al programa de mediciones
entregado en el primer mes del año en curso, a través de prevención de riesgos al
Organismo Administrador, siendo concordantes las fechas de realización según la primera
evaluación realizada, de acuerdo a los siguientes parámetros:
Frecuencia de evaluación del agente según nivel de riesgos
Agente Bajo Medio Alto
Formaldehido Anual (Resolución 1665/MINSAL) Según CC. (menor a 12 meses)
*CC: Concentración
El monitoreo de Formaldehído, según la actual reglamentación refiere un máximo de 6 y 12
meses respectivamente para condición de nivel de riesgo BAJO, en caso de niveles
MEDIO y ALTO deberán generarse medios de control en el mismo o menor tiempo antes
referido.
Los parámetros de los resultados de las mediciones, obedecerán las siguientes
observaciones:
PARÁMETRO
Alto Supera Límite Permisible
Medio Mayor al 50% Límite Permisible
Bajo Menor al 50% Límite Permisible
NA No Aplica por cambio en el proceso
NDS No se detecta
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Los resultados del monitoreo serán entregados a la Dirección del Establecimiento,
Subdirección Medica, Subdirección administrativa, Jefe de Anatomía Patológica y las
Jefaturas respectivas de aquellas unidades que realizan extracción de muestras de tejido
para análisis, quienes serán los encargados de ejecutar las medidas correctivas
correspondientes.
Respecto a las verificaciones de cumplimiento serán realizadas por el Organismo
Administrador en conjunto con Prevención de Riesgos del Hospital.
Los Servicios y Unidades identificados por la utilización de formaldehido corresponden a:
Anatomía Patológica, Unidad de Apoyo anestesia y pabellón quirúrgico, Unidad de
Endoscopia y Servicio Dental
7.7 PROGRAMA DE VIGILANCIA MÉDICA
Para efectos de la norma, el trabajador expuesto es aquel funcionario que trabaja más del
50% de su jornada laboral de manera directa o indirecta con formaldehído. De manera
directa corresponderá a los procesos de toma de muestras de tejido para análisis, el
traslado, la recepción y posterior proceso para estudio histológico. De manera indirecta,
corresponderá a puestos de trabajo que se ubican en el mismo lugar físico donde se
realizan los procesos antes mencionados.
Por lo que este programa interno será aplicado de manera anual a todos los funcionarios
laboralmente expuestos a formaldehído que cumplan con la definición de expuesto
enunciada previamente.
Sin dejar de mencionar que a su vez, los trabajadores serán derivados al Organismo
Administrador en la incorporación del Programa de Vigilancia epidemiológica, de acuerdo a
lo establecido en el Decreto N° 101,Titulo VI, artículo 72°, letra g.
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7.6.1 DESARROLLO
Anualmente, la Unidad de Salud Ocupacional y Gestión Ambiental, solicitará la nómina del
personal expuesto a formaldehído a los Jefes de Unidad y Servicio correspondientes, a fin
realizar evaluación médica mediante la siguiente batería de exámenes:
Espirometría basal: Evaluar síntomas como tos, disnea, ortopnea y evaluar signos
como hiperinsuflación, espiración prolongada, sibilancias, a fin de determinar si el
funcionario expuesto presenta una enfermedad pulmonar. La solicitud y gestión de
la toma del examen estará a cargo de la enfermera de la Unidad de Salud
Ocupacional y Gestión Ambiental, este examen será realizado en forma anual.
Test de agudeza visual: El examen de agudeza visual es una parte rutinaria de la
evaluación médica, cuya finalidad es determinar si el funcionario expuesto presenta
alguna afección ocular que requiera de una evaluación adicional por parte de un
médico especialista. La solicitud y gestión de la toma del examen estará a cargo de
la enfermera de la Unidad de Salud Ocupacional y Gestión Ambiental este examen
será realizado en forma anual.
Exámenes venosos: Hemograma completo con recuento de plaquetas, a fin de
confirmar o descartar la enfermedad pulmonar al funcionario expuesto. La solicitud
y gestión de la toma del examen estará a cargo de la enfermera de la Unidad de
Salud Ocupacional y Gestión Ambiental, este examen será realizado en forma
anual.
Test de Inteligencia para adultos de Wechsler (WAIS III): El desarrollo del test tiene
por finalidad medir la inteligencia del funcionario, dentro de un enfoque global (la
memoria, la comprensión verbal, la concentración, la adaptación social, entre otros)
para pesquisa de deterioro psicoorgánico. La solicitud y gestión de la toma del test
estará a cargo de la enfermera de la Unidad de Salud Ocupacional y Gestión
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Ambiental, donde se solicitara una sola vez al año por funcionario, al equipo de
Psicólogos encargados de reclutamiento de personal del Hospital Dr. Carlos
Cisternas.
El funcionario será citado por la unidad de salud ocupacional para evaluación por medico
designado por la Dirección del establecimiento y la información deberá ser registrada en la
ficha clínica del funcionario la cual será solicitada previamente por salud ocupacional en la
Unidad de Control de Gestión del establecimiento. En la ficha debe quedar registro de:
Anamnesis: historia laboral, tiempo de exposición, percepción de condiciones de
trabajo y uso de elementos de protección personal. Síntomas concordantes.
Examen físico: completo, con énfasis en vías aéreas superiores (rinitis) e inferiores
(asma). Lesiones sugerentes de neoplasia en región bucal y nasofaríngea.
Considerando a su vez irritación en las vías respiratorias superiores, conjuntiva y
piel.
Resultado de los exámenes realizados
En base a los hallazgos y conclusiones del Médico evaluador, se puede determinar:
Sin evidencia de enfermedad profesional y apto para desempeñarse en su cargo,
emitiendo el informe respectivo, el cual permanecerá en la ficha clínica única.
Manteniéndose la evaluación medica anual.
Con sospecha de enfermedad profesional, por lo que quedará no apto
temporalmente para desempeñarse en su cargo, hasta verificar la relación directa
de la enfermedad con la exposición laboral a Formaldehído. Para lo cual el Medico
evaluador notificara al funcionario y a la Unidad de Salud Ocupacional y Gestión
Ambiental para la derivación al Organismo Administrador y seguimiento del caso.
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Si no corresponde a enfermedad profesional, el funcionario deberá controlarse
desde el punto de vista médico según su previsión de salud, catalogándose como
patología de origen común.
Cabe señalar que los funcionarios serán ingresados al programa de vigilancia médica
interno del Hospital y a su vez al programa que desarrolla el Organismo Administrador,
según los registros en las nóminas del personal expuesto enviadas.
8 REGISTROS ASOCIADOS
No tiene
9 ANEXOS
Hoja de Datos de Seguridad (HDS) del Glutaraldehído, según NCh2245. Of 2003
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Vigencia: 5 años
Este documento es propiedad del Hospital Dr. Carlos Cisternas. Cualquier copia parcial o
total no es válida sin la debida autorización de la Dirección del establecimiento.
Hospital Dr. Carlos
Cisternas Calama
Procedimiento
“Control de Riesgo: Exposición a Gases en
Anatomía Patológica”
Código : PO-UPR-08
Versión: 02
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Fecha de emisión: Marzo 2016
Vigencia: 5 años
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Hospital Dr. Carlos
Cisternas Calama
10 ARCHIVO
Dirección, Of. de Partes, Subdirección Medica, Subdirección Administrativa, Unidad de
Operaciones, Unidad Anatomía Patológica, Bodega de farmacia, Unidad de Apoyo
anestesia y pabellón quirúrgico, Unidad de Endoscopia, Servicio Dental, Of. de Calidad y
Seguridad del Paciente, Auditoria, Depto. Desarrollo de las Personas, Unidad de Salud
Ocupacional y Gestión Ambiental, IAAS, Prevención de Riesgos.
11 REVISIONES Y MODIFICACIONES DE LA VERSIÓN ORIGINAL
Fecha Sección Modificación realizada Responsable
25-06-2015 Objetivos Se incorporan objetivos específicos de vigilancia ambiental y medica
Carolina Gómez
25-06-2015 Alcance Modifica descripción de funcionarios con exposición
Carolina Gómez
25-06-2015 Responsabilidades Modifica responsabilidad de la Dirección y subdirecciones.
Carolina Gómez
25-06-2015 Definiciones Incorpora la definición de límite permisible absoluto,
Carolina Gómez
25-06-2015 Referencias Se incorpora Decreto N°101 Carolina Gómez
25-06-2015 Descripción del
proceso
- Se modifica la descripción de los efectos a la salud. - Se elimina la descripción del transporte. - Se incorporan las contraindicaciones de exposición. - Se incorporan los métodos de control y buenas prácticas de trabajo. - Se incorpora la descripción de los métodos de eliminación. - Se incorpora el programa de vigilancia ambiental. - Se incorpora el programa de vigilancia médica.
Carolina Gómez