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MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA Departamento de Antropología e Historia Arqueología No.001-2009 Informe de denuncia por daño al patrimonio nacional arqueológico “Arqueología en Buenos Aires de Palmares” elaborado por Julio César Sánchez 13 enero 2008 San José, Costa Rica

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MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA Departamento de Antropología e Historia

Arqueología No.001-2009

Informe de denuncia por daño al patrimonio nacional arqueológico

“Arqueología en Buenos Aires de Palmares”

elaborado por

Julio César Sánchez

13 enero 2008 San José, Costa Rica

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Sánchez Herrera, JC. Informe 001-2009

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MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

INFORME DE INSPECCIÓN ARQUELÓGICA SITIO BUENOS AIRES (A-315 BA)

BUENOS AIRES, PALMARES, ALAJUELA ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

I. Introducción El 5 de enero de 2009 se recibió en el Departamento de Antropología e Historia del Museo

Nacional de Costa Rica una llamada telefónica anónima mediante la cual se informó sobre el

hallazgo de fragmentos cerámicos indígena en un terreno localizado en las cercanías del

pueblo de Buenos Aires de Palmares. La evidencia arqueológica quedó al descubierto a

causa de movimientos de tierra para la construcción de bodegas. Se mencionaba también

que personas del pueblo recuerdan la presencia de huacas en esa zona.

A raíz de dicha información se realizó una inspección con el objetivo de determinar si ocurrió

o no afectación de los recursos arqueológicos y establecer las recomendaciones pertinentes,

en acatamiento de lo que establece el ordenamiento jurídico. Las observaciones de campo

constituyen la base del presente informe técnico.

II. Inspección arqueológica El 6 de enero de 2009 se llevó a cabo la inspección en el mencionado terreno. La misma se

realizó a las 9:43 horas, contando el suscrito con la compañía del señor Eduardo Volio

Vargas, cédula de identidad número 1-747-456, funcionario del Museo Nacional de Costa

Rica, localizable al teléfono 2257-1433.

III. Localización y estado de la propiedad

La propiedad objeto de la inspección se halla en la provincia de Alajuela, cantón Palmares,

distrito Buenos Aires. Geográficamente, el terreno en cuestión se localiza en las

coordenadas Lambert 488.266 este y 228.206 norte, hoja topográfica Naranjo, escala 1:

50.000, editada en 1982 por el Instituto Geográfico Nacional de Costa Rica (Figura 1). La

dirección y forma de acceder a dicha propiedad es como sigue: de la entrada oeste puente

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que se encuentra sobre la carretera Bernardo Soto en Buenos Aires de Palmares se toma

por una calle de lastre unos 300 metros al noreste, a mano izquierda luego de pasar la

quebrada Fierro (Figura 2).

Figura 1. Ubicación de la propiedad visitada (punto rojo) con respecto al cantón de

Palmares, Alajuela. Imagen tomada de la Comisión Nacional de Emergencia.

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Figura 2. Fotografía aérea que muestra de forma más precisa la propiedad visitada (punto

rojo). Imagen tomada de Google Earth.

Según el informe de inspección arqueológica aportada por los desarrolladores para el D-1, el

terreno visitado consiste en dos propiedades. Una con el número de plano catastrado A-

1243615-2007, y la otra con el plano A-0336517-1979.

En la página web del Registro Nacional, se pudo corroborar que el plano A-1243615-2007

corresponde a la finca 2-440345. La cual es propiedad de las siguientes personas: María

Elena Rodríguez Vega, cédula de identidad 2-0212-0403; Elisa María Rodríguez Vega,

cédula de identidad 9-0022-0588; Grace María Rodríguez Vega, cédula de identidad 1-0477-

0852; William Rodríguez Vega, cédula de identidad 2-0252-0428; Tahis Emilia Rodríguez

Vega, cédula de identidad 2-0221-0464 y José Agustín Hernández Arce, cédula de identidad

1-0719-0675. También se corroboro que el plano A-0336517-1979 corresponde a la finca 2-

192507. Dicha finca pertenece a las siguientes personas: María Elena Rodríguez Vega,

cédula de identidad 2-0212-0403; Elisa María Rodríguez Vega, cédula de identidad 9-0022-

0588; Grace María Rodríguez Vega, cédula 1-0477-0852; William Rodríguez Vega, cédula

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de identidad 2-0252-0428 y Tahis Emilia Rodríguez Vega, cédula de identidad 2-0221-0464.

Los documentos resultantes a ambas consultas son agregados en los anexos del presente

informe.

En la Resolución 3104-2008 de la SETENA aparece como desarrollador del proyecto de

construcción de edificio para la empresa Plastimex el Grupo Industrial Plastimex S.A.. La

empresa Plastimex S.A., se localiza 100 metros este del cruce de Palmares, contiguo a la

autopista Bernardo Soto; y el teléfono es: 2453-1251. La resolución además menciona que

el señor Julio Antonio Salas Ugalde, cédula de identidad 2-0312-0095, es el apoderado

generalísimo sin límite de suma de dicho Grupo. También ratifica el nombramiento como

responsable ambiental al señor Rolando Bonilla Ulate, número de consultor ambiental de

SETENA CI-087-2002. Documentos adjuntos a este informe.

El terreno visitado cuenta con un área de 58535.05 m², según consta en los planos de

catastro N° A-0336517-1979 y A-1243615-2007. El terreno ha sido utilizado en el pasado

para la actividad cafetalera y en la actualidad se presenta mecanizado. El lugar presenta

topografía plana y una elevación al norte, con un rango promedio de pendiente media 13-

25°, y se halla a una altitud de 1010 m.s.n.m. aproximadamente.

La principal alteración que fue posible observar en las capas de suelo consiste en los

movimientos de tierra realizados para los preparativos de la construcción de las obras de

infraestructura (Figura 3).

IV. Metodología

Una vez en el lugar, realizamos un recorrido total por el terreno, así como la observación de

cortes y perfiles (Figura 4). No se levantó croquis o planimetría de la evidencia arqueológica

en el área objeto de la inspección. Además se tomaron fotografías que aparecen anexas al

presente informe. A continuación describimos las observaciones de campo.

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Figura 3. Vista del estado actual del terreno, nótense los cortes en las capas de suelo

realizadas por la maquinaria durante los movimientos de tierra.

Figura 4. Corte en la superficie natural del terreno hallada luego de los movimientos de

tierra, material arqueológico se encontró asociado.

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Desde el primer momento en que se llegó a la propiedad se pudo evidenciar la presencia de

una cantidad importante de material cultural cerámico de naturaleza precolombina (Figura 5).

Los sectores con restos arqueológicos son los que se encuentran entre el cauce de la

quebrada y la parte baja del cerro. Esto es la parte plana del terreno.

Figura 5. Material cultural cerámico observado en la superficie del terreno luego de los

movimientos de tierra. Los cuales provocaron su fragmentación y remoción de los contextos

arqueológicos en los que se encontraban.

En la propiedad se pudieron observar una cantidad importante de material cerámico

precolombino disperso en la parte plana del terreno (Figura 6). En el límite oeste de la

propiedad se identificaron dos sectores, el sur con material arqueológico y el norte sin

evidencia de restos arqueológicos. Sin embargo, este sector norte evidencia el movimiento

de tierra realizado por la maquinaria. Debido a que presentaba cúmulos de vegetación y

tierra removida. Cuando ya se iba finalizando con la observación una vagoneta y un back-

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hoe llegaron a la propiedad, e iniciaron la labor de recoger los cúmulos mencionados

anteriormente (Figura 7). Al señor conductor de la vagoneta se le preguntó por los

propietarios del terreno a lo cual respondió que se encontraba en camino. Por lo cual

decidimos esperarlo para poder conversar con él y ver si se había realizado algún tipo de

trabajo arqueológico previo al movimiento de tierra.

Figura 6. La imagen abarca toda el área con presencia de materiales arqueológicos.

Al llegar don Julio Salas, quien se identificó como representante de la empresa propietaria

del terreno, nos dijo que nos trasladáramos a las oficinas de su empresa Plastimex S.A.,

lugar en el cual poseía la papelería referente a la propiedad. Al llegar sacó el documento del

D-1 y la resolución de SETENA. El número de expediente del proyecto en SETENA es el

616-08 y el número de la resolución en el cual le dan la viabilidad ambiental en SETENA es

el 3104-2008. Sin embargo, no encontraban el documento del arqueólogo que había

realizado la inspección y en donde aparecían sus recomendaciones. Por lo que don Julio

contactó a don Rolando Bonilla para ver si él tenía dicho documento. Don Rolando es el

responsable ambiental del proyecto según consta en la resolución de la SETENA. No se

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pudo tener acceso a dicho documento, sin embargo ambas personas nos aseguraron de que

todos los documentos estaban en regla y que traerían a la oficina una copia del mismo al día

siguiente.

Figura 7. Vista de la maquinaria trabajando al fondo.

Al salir de las oficinas de Plastimex S.A. y con copias de la resolución y del D-1, muy

amablemente cedidas por don Julio Salas, existía un acuerdo de que don Rolando Bonilla

traería a las oficinas del Departamento de Antropología e Historia (DAH) una copia del

documento firmado por el arqueólogo que realizó la inspección arqueológica necesaria para

el D-1. Luego de almorzar y haber hablado con la jefatura del DAH pasamos de nuevo por

las oficinas de Plastimex para decirle a don Julio Salas que por favor la maquinaria sólo

continuaran trabajando en el sector en que no exista evidencia arqueológica (Figura 8). Al

estar don Julio, se llamó a don Rolando quién se comprometió a detenerlos hasta haber

entregado el documento. Ya entrada la tarde don Julio se comunicó a mi celular para

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decirme que preferían que la maquinaria se mantuviera recogiendo los cúmulos de basura

en el sector sin evidencia arqueológica.

Figura 8. Corte en el sector donde no apareció material arqueológico, nótese que es un

corte grande en las capas del suelo.

El miércoles 7 de enero del año en curso, don Rolando no pudo hacer llegar la copia del

documento de la inspección arqueológica debido a que SETENA no tiene el servicio de

fotocopiado de los expedientes abierto. Por lo cual me informó lo estaría haciendo llegar con

un mensajero el jueves 8. Dicho día al ser medio día llego con el mencionado documento.

Al revisar el documento se comprueba de que hubo inspección arqueológica por el

arqueólogo Karel Soto Solórzano, consultor ambiental de SETENA CI-150-2002. En este

documento el arqueólogo Soto recomienda basado en que existen materiales culturales de

naturaleza arqueológica (punto 25) y en que la densidad del material por metro cuadrado es

baja (punto 30) que se debe realizar los monitoreos de los movimientos de tierra por parte

de un arqueólogo. Este último punto no pudo ser comprobado.

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V. Resultados de la inspección arqueológica

En la parte plana de la propiedad se evidenció material cultural de naturaleza precolombina,

consistente en bordes, cuerpos y soportes de vasijas cerámicas. La identificación de dicho

material como prehispánico se basó en los siguientes criterios técnicos y comparativos:

correlaciones estilísticas con materiales arqueológicos de zonas cercanas, características de

la pasta de los fragmentos y bagaje arqueológico, según las experiencias desarrolladas en el

Departamento de Antropología e Historia del Museo Nacional en los últimos 8 años y que

incluyen investigaciones en al menos 10 sitios arqueológicos.

No se localizaron en el área mecanizada cantos rodados y, o lajas, comúnmente utilizadas

por algunas sociedades antiguas del territorio de Costa Rica en la construcción de diversos

rasgos, tales como basamentos de viviendas, caminos empedrados, sepulturas, entre otros.

Tampoco indicios de rasgos culturales como: estatuaria, artefactos líticos o petroglifos.

Las remociones de tierra se les consideran recientes ya que se encontraron acumulaciones

de tierra suelta y no compacta sobre la superficie del terreno.

No fue posible definir la ubicación de restos culturales en cuanto a su relación con las capas

de suelo debido a la mecanización realizada.

El área general que, a juzgar por nuestro reconocimiento, cubren los restos arqueológicos

visibles en la superficie del terreno, sí sobrepasa los límites catastrales de la propiedad

objeto de la inspección. La extensión de dicha área no se pudo estimar. La densidad de los

restos en superficie da la impresión de ser media, con aproximadamente 20 fragmentos por

m².

No existe reporte de yacimientos cercanos en la base de datos del Museo Nacional de Costa

Rica. Se considera que la evidencia arqueológica hallada en la inspección no es parte de un

sitio ya registrado.

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VI. Consideraciones finales y recomendaciones

Por medio de la inspección se determinó que en la propiedad visitada existe evidencia

arqueológica; lo que indica la presencia de restos de actividad atribuida a las culturas

indígenas anteriores al establecimiento de la cultura hispánica en el territorio nacional. La

evidencia patrimonial se encuentra en peligro de alteración por los movimientos de tierra y la

posterior construcción de infraestructura.

El yacimiento patrimonial a la fecha no se encontraba registrado en la base de datos del

Museo Nacional de Costa Rica, por lo que se procedió a inscribirlo con la denominación

Buenos Aires y clave A –315 BA.

Con base en el análisis preliminar de los materiales cerámicos recuperados, el sitio

evidencia actividad humana que según el conocimiento arqueológico acumulado

corresponde a los periodos arqueológicos Pavas (300 aC – 300 dC) y Cartago (800-1550

dC). Las evidencias de dichos periodos son de gran importancia científica debido a que se

trata de una zona en constante estudio, debido a su cercanía con otras áreas arqueológicas

como Pacífico Central y Gran Nicoya, patrones de asentamiento por determinar, y cercanía

con el sitio arqueológico La Fábrica.

A partir de lo observado en el inmueble supracitado se plantean las siguientes

recomendaciones.

1. Notificar al Ministerio Público adjuntando el presente informe como criterio técnico.

2. Solicitar al Ministerio Público que dado el evidente daño al patrimonio nacional

arqueológico y el riesgo inminente de que el mismo se agrave, solicite a la mayor

brevedad un Juez la interposición de medidas cautelares, específicamente:

suspender movimientos de tierra; acordonar la zona específica con material

arqueológico para realizar algún tipo de investigación arqueológica, en lugar de

suspender la obra, y coordinar inmediatamente con el Ministerio de Seguridad

Pública la vigilancia del sitio en caso de potencial alteración del mismo por terceros,

en un periodo que abarque de 5 p.m. a 6 a.m., fines de semana y feriados, hasta que

funcionarios del Museo Nacional determinen lo contrario. Es importante que judiciales

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fiscal realice la inspección ocular del sitio afectado en compañía de los peritos del

Museo Nacional y, preferiblemente, utilizando medios para documentar o registrar los

posibles daños, como cámara fotográfica, de vídeo, etc. Es conveniente realizar la

inspección el mismo día en que se pone la denuncia y que también en forma diligente

se solicite al juzgado la medida cautelar. En caso de que la medida sea acogida por

el juez, la notificación a las partes interesadas se debe tramitar en forma.

3. Notificar a la Municipalidad respectiva el hallazgo de evidencia patrimonial con la

ubicación precisa del sitio y las implicaciones legales por el daño a bienes

patrimoniales con base en la Ley No. 6703.

4. Notificar a la persona física o jurídica propietaria del terreno, acerca de la evidencia

arqueológica y las implicaciones legales por el daño a bienes patrimoniales con base

en la Ley No. 6703.

5. Si el Ministerio Público requiere valorar el daño para tramitar una conciliación o tener

más elementos con que sustentar el perjuicio al patrimonio arqueológico, se deberá

realizar una evaluación arqueológica de toda el área de proyecto.

6. Planificar una evaluación del impacto arqueológico en los sectores donde los

movimientos de tierra no sean tan fuertes, con base en lo que permite el Decreto No.

28174-MP-C-MINAE-MEIC.

Expido el presente en San José a las 13 horas del día 13 de enero de 2009. --------------------------------------------------última línea ---------------------------------------------

Julio César Sánchez Herrera Departamento de Antropología e Historia Museo Nacional de Costa Rica

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Anexos Anexo 1. 15/ene/2009 REGISTRO NACIONAL PARTIDO DE ALAJUELA

01:58 PM CONSULTA POR NÚMERO DE FINCA MATRICULA 440345--

NATURALEZA: TERRENO DE CAFE SITUADA EN EL DISTRITO 3-BUENOS AIRES CANTON 7-PALMARES DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA MIDE: CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE METROS CON CUARENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS DERECHOS 001 MARIA ELENA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 2-0212-0403 CASADO UNA VEZ DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY 002 ELISA MARIA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 9-0022-0588 DIVORCIADO DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY 003 GRACE MARIA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 1-0477-0852 SOLTERO DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY 004 WILLIAM RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 2-0252-0428 CASADO UNA VEZ DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY 005 TAHIS EMILIA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 2-0221-0464 DIVORCIADO DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY 006 JOSE AGUSTIN HERNANDEZ ARCE CEDULA IDENTIDAD 1-0719-0675 DIVORCIADO DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY

15/ene/2009 REGISTRO NACIONAL PARTIDO DE ALAJUELA

02:00 PM CONSULTA POR NUMERO DE FINCA MATRICULA 440345- - -001

PROVINCIA: ALAJUELA FINCA: 440345 DUPLICADO: HORIZONTAL:

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DERECHO:001

SEGREGACIONES: NO HAY NATURALEZA: TERRENO DE CAFE SITUADA EN EL DISTRITO 3-BUENOS AIRES CANTON 7-PALMARES DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA LINDEROS NORTE: GERARDO TORRES ARIAS SUR: ZONA VERDE EN MEDIO AUTOPISTA BERNARDO SOTO, CON FRENTE

DE 142 METROS 42 CENTIMETROS ESTE: MARIA ELENA, ELISA MARIA, GRACE MARIA, WILLIAM, THAIS TODOS

RODRIGUEZ VEGA Y YFANNY RODRIGUEZ VEGA OESTE: MARIA ROSA SANCHO HIDALGO Y BADILLA NIETOS S.A.

MIDE: CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE METROS CON CUARENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS PLANO: A-1243615-2007

ANTECEDENTES DE LA FINCA:

FINCA DERECHO INSCRITA EN 2-00061459 000 2-00169288 000

VALOR FISCAL: NO VALUADO

PROPIETARIO: MARIA ELENA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD: 2-0212-0403 ESTADO CIVIL: CASADO UNA VEZ ESTIMACIÓN O PRECIO: MIL COLONES DUEÑO DE UN SEXTO EN LA FINCA PRESENTACIÓN: 0575-00025768-01 FECHA DE INSCRIPCIÓN: 25 DE ABRIL DE 2008 ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVAMENES: SI HAY SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 439-01232-01-0007-001 FINCA REFERENCIA 2061459 000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY

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PLAZO DE CONVALIDACION (RECTIFICACION DE MEDIDA) CITAS: 575-25768-01-0031-001 AFECTA A FINCA: 2-00440345- - INICIA EL: 25 DE ABRIL DE 2008 FINALIZA EL: 25 DE ABRIL DE 2011 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY

*** ULTIMA LINEA ***

Anexo 2.

Consulta por Número de Finca - Registro Nacional- 15/ene/2009 REGISTRO NACIONAL PARTIDO DE ALAJUELA 02:15 PM CONSULTA POR NÚMERO DE FINCA MATRICULA 192507--

NATURALEZA: TERRENO DE CAFE SITUADA EN EL DISTRITO 3-BUENOS AIRES CANTON 7-PALMARES DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA MIDE: DIECISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS DERECHOS 008 MARIA ELENA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 2-0212-0403 CASADO UNA VEZ DUEÑO DE UN QUINTO EN LA FINCA GRAVAMENES: NO HAY ANOTACIONES: NO HAY 009 ELISA MARIA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 9-0022-0588 DIVORCIADO DUEÑO DE UN QUINTO EN LA FINCA GRAVAMENES: NO HAY ANOTACIONES: NO HAY 010 GRACE MARIA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 1-0477-0852 SOLTERO DUEÑO DE UN QUINTO EN LA FINCA GRAVAMENES: NO HAY ANOTACIONES: NO HAY 011 WILLIAM RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 2-0252-0428 SOLTERO DUEÑO DE UN QUINTO EN LA FINCA GRAVAMENES: NO HAY ANOTACIONES: NO HAY 012 TAHIS EMILIA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD 2-0221-0464 DIVORCIADO DUEÑO DE UN QUINTO EN LA FINCA GRAVAMENES: NO HAY ANOTACIONES: NO HAY

15/ene/2009 REGISTRO NACIONAL PARTIDO DE ALAJUELA 02:16 PM CONSULTA POR NUMERO DE FINCA MATRICULA 192507- - -008

PROVINCIA: ALAJUELA FINCA: 192507 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO:008

SEGREGACIONES: NO HAY

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Sánchez Herrera, JC. Informe 001-2009

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NATURALEZA: TERRENO DE CAFE SITUADA EN EL DISTRITO 3-BUENOS AIRES CANTON 7-PALMARES DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA LINDEROS NORTE: FRANCISCO RODRIGUEZ SUR: FRANCISCO RODRIGUEZ ESTE: AUTOPISTA BERNARDO SOTO OESTE: DORA RODRIGUEZ SOLERA

MIDE: DIECISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CON SESENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS PLANO: A-0336517-1979

ANTECEDENTES DE LA FINCA:

FINCA DERECHO INSCRITA EN

2-00192507 000 TOMO 2998 FOLIO 219 ASIENTO 001

VALOR FISCAL: 100,000.00 COLONES

PROPIETARIO: MARIA ELENA RODRIGUEZ VEGA CEDULA IDENTIDAD: 2-0212-0403 ESTADO CIVIL: CASADO UNA VEZ ESTIMACIÓN O PRECIO: CIEN COLONES DUEÑO DE UN QUINTO EN LA FINCA PRESENTACIÓN: 0465-00015891-01 CAUSA ADQUISITIVA: DONACION FECHA DE INSCRIPCIÓN: 13 DE MARZO DE 2008 ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVAMENES: NO HAY