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“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón” TEXTO DE LA CONVOCATORIA DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA NACIONAL PRESENCIAL SA-011L6J001-N35-2015 ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS TERRESTRES UMA/CVC/grl Página 1 de 29 Almacén Tequesquináhuac, Martín Luis Guzmán s/n Col. Nueva Ferrocarrilera Tlalnepantla, C.P. 54030, Estado de México Tel. (55) 53 21 03 00 www.conaliteg.gob.mx | [email protected] Tlalnepantla de Baz, Estado de México a 20 de abril de 2015 A TODOS LOS POSIBLES PROVEEDORES PARA EL ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS TERRESTRES PARA LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS 1. Proemio . La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (en adelante la Comisión), a través de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción III, 26-Bis fracción II, 28 fracción I y 41 Fracción XX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante la Ley), así como sus correlativos al Reglamento expide el siguiente texto para la convocatoria del procedimiento de Adjudicación Directa Nacional Electrónica Número SA-011L6J001-N35-2015, para la contratación del Arrendamiento de Vehículos Terrestres, con cargo a los presupuestos de los ejercicios fiscales 2015, 2016, 2017 y 2018. Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como la proposición presentada por el licitante podrán ser negociadas, de conformidad con lo señalado en el artículo 26, párrafo siete de la Ley. Con fundamento en el artículo 26-Bis fracción II de la Ley, este evento será ELECTRÓNICO por lo que el licitante exclusivamente podrá presentar su proposición en forma electrónica, en la fecha indicada en el numeral 7.3 de éstas. 2. Forma de obtener la convocatoria. La Comisión, a través de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicará en compranet este texto de convocatoria, y se enviará a la dirección electrónica del licitante invitado. 3. Especificación del arrendamiento. La Comisión requiere el Arrendamiento de Vehículos Terrestres por 36 meses, cuyas cantidades, características y condiciones, se describen en el Anexo 1, de esta convocatoria así como en el contrato marco. 4. Plazo de entrega. La entrega de los vehículos se realizará a los 10 días naturales posteriores a la notificación del fallo. En caso de presentarse alguna incidencia que afecte el plazo de entrega, deberá ser manifestada por el proveedor explicando, en su caso, documentando los motivos que la originen, así como el plazo que considere necesario en solicitar para prorrogar la entrega total, por escrito en papel membretado, debidamente firmado por su representante o apoderado legal y dirigido al Director de Recursos Materiales y Servicios Generales, sita en el primer piso del inmueble ubicado en la calle de Martín Luis Guzmán s/n, Colonia Nueva Ferrocarrilera en Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

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“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”

TEXTO DE LA CONVOCATORIA DE LA

ADJUDICACIÓN DIRECTA NACIONAL PRESENCIAL

SA-011L6J001-N35-2015

ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS TERRESTRES

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Almacén Tequesquináhuac, Martín Luis Guzmán s/n Col. Nueva Ferrocarrilera Tlalnepantla, C.P. 54030, Estado de México

Tel. (55) 53 21 03 00 www.conaliteg.gob.mx | [email protected]

Tlalnepantla de Baz, Estado de México a 20 de abril de 2015

A TODOS LOS POSIBLES PROVEEDORES

PARA EL ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS

TERRESTRES PARA LA COMISIÓN NACIONAL

DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS

1. Proemio.

La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (en adelante la Comisión), a través de la Dirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción III, 26-Bis fracción II, 28 fracción I y 41 Fracción XX de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante la Ley), así como sus

correlativos al Reglamento expide el siguiente texto para la convocatoria del procedimiento de

Adjudicación Directa Nacional Electrónica Número SA-011L6J001-N35-2015, para la contratación del

Arrendamiento de Vehículos Terrestres, con cargo a los presupuestos de los ejercicios fiscales 2015,

2016, 2017 y 2018.

Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como la proposición presentada por el

licitante podrán ser negociadas, de conformidad con lo señalado en el artículo 26, párrafo siete de la Ley.

Con fundamento en el artículo 26-Bis fracción II de la Ley, este evento será ELECTRÓNICO por lo que el

licitante exclusivamente podrá presentar su proposición en forma electrónica, en la fecha indicada en el

numeral 7.3 de éstas.

2. Forma de obtener la convocatoria.

La Comisión, a través de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicará en compranet

este texto de convocatoria, y se enviará a la dirección electrónica del licitante invitado.

3. Especificación del arrendamiento.

La Comisión requiere el Arrendamiento de Vehículos Terrestres por 36 meses, cuyas cantidades,

características y condiciones, se describen en el Anexo 1, de esta convocatoria así como en el contrato

marco.

4. P lazo de entrega.

La entrega de los vehículos se realizará a los 10 días naturales posteriores a la notificación del fallo.

En caso de presentarse alguna incidencia que afecte el plazo de entrega, deberá ser manifestada por el

proveedor explicando, en su caso, documentando los motivos que la originen, así como el plazo que

considere necesario en solicitar para prorrogar la entrega total, por escrito en papel membretado,

debidamente firmado por su representante o apoderado legal y dirigido al Director de Recursos Materiales

y Servicios Generales, sita en el primer piso del inmueble ubicado en la calle de Martín Luis Guzmán s/n,

Colonia Nueva Ferrocarrilera en Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

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Tel. (55) 53 21 03 00 www.conaliteg.gob.mx | [email protected]

El término máximo para presentar las incidencias justificadas, será de tres días hábiles posteriores a que se

presenten, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; mientras que cualquier otra,

deberá presentarse en el momento que ocurra y previo al vencimiento del contrato, de conformidad con el

artículo 91 del Reglamento de la Ley.

5. Lugar de entrega.

5.1. El proveedor se compromete a entregar los vehículos en las instalaciones de la Comisión ubicadas en:

a) Rafael Checa 2, colonia Huerta del Carmen, código postal 01000, Delegación Álvaro Obregón,

México, Distrito Federal, de las 09:00 a las 17:00 horas, con Ulises Martínez Aja, Director de

Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Luis Guillermo Olguín Fernández, Jefe del

Departamento de Materiales y Servicios Generales, teléfono (55) 54-84-04-00, extensión 6312.

b) Martín Luis Guzmán sin número, colonia Nueva Ferrocarrilera, código postal 54030, Tlalnepantla

de Baz, Estado de México, de las 09:00 a las 17:00 horas, con Ulises Martínez Aja, Director de

Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Luis Guillermo Olguín Fernández, Jefe del

Departamento de Materiales y Servicios Generales, a los teléfonos (55) 53-21-03-00, extensión

2100.

c) Avenida Acueducto número 2, Parque Industrial Bernardo Quintana, El Marqués, Querétaro, de las

09:00 a las 17:00 horas, con Juan José Godoy Raygosa, Titular de la Unidad de Administración y

Apoyo Técnico, teléfonos (442) 2-38-15-00, extensión 1518.

Conforme a lo establecido en el numeral 2 del Anexo 1 de la convocatoria.

5.2. El proveedor asumirá cualquier riesgo a que pudiera estar expuesta la entrega de los vehículos en

tiempo y forma, sin costo alguno para la Comisión.

5.3. La Comisión por ningún motivo autorizará condonación de sanciones por atraso en la entrega de los

vehículos, por causas imputables al proveedor.

6. Propuesta.

6.1. Los documentos que a continuación se solicitan, se elaborarán:

A) Por escrito, en original, en idioma español, sin tachaduras ni enmendaduras

B) Mecanografiados en papelería original membretada del licitante

C) Cada documento solicitado, indicará el número de esta adjudicación

D) Será requisito indispensable el contar con la rúbrica en cada una de las hojas que conformen cada

uno de los documentos solicitados, así como, nombre y firma, al final de cada documento de la

persona legalmente facultada para ello según lo manifestado en el formato de personalidad

jurídica del licitante

6.2. El formato incluido en el Anexo 2 de esta convocatoria, que se refiere a la personalidad jurídica del

licitante (Personas Morales), sin omitir ningún dato.

En cumplimiento a los artículos 8 de la Ley y 10 fracción IX de la Ley para el Desarrollo de la

Competitividad para las micro, pequeñas y medianas empresas, la Comisión debe notificar a la Secretaría

de Economía las empresas participantes y contratos formalizados con éstas. Por lo que, el licitante deberá

indicar el tamaño, sector y actividad económica de la empresa; para efectos de identificación del tamaño y

sector de la empresa, el licitante deberá considerar el criterio definido por el Acuerdo que establece la

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estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, emitido por la Secretaría de Economía en el

Diario Oficial de la Federación del 30 de junio de 2009:

TAMAÑO

ESTRATIFICACIÓN

Sector Rango de número de

trabajadores

Rango de monto de

ventas anuales

Tope máximo

combinado

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana

Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas Anuales) x 90%.

6.3. Escrito de Compromisos Técnicos y Legales, en apego al formato indicado en el Anexo 3.

6.4. El licitante deberá presentar su propuesta económica, conforme al Anexo 4.

6.5. La propuesta económica del licitante debe ser clara y precisa en los precios ofertados.

6.6. Los errores aritméticos de la partida serán rectificados de esta manera: si existiera discrepancia entre

el costo unitario mensual y el subtotal por la cantidad de vehículos, prevalecerá el costo unitario mensual y

el subtotal, I.V.A. y total serán corregidos.

Si el licitante no aceptase lo antes expuesto, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 46

de la Ley respecto del contrato o, en su caso, sólo por lo que hace a las partidas afectadas por el error, sin

que por ello sea procedente imponer la sanción a que se refiere la fracción I del artículo 60 de la Ley.

Cuando la Comisión detecte un error de cálculo en alguna proposición podrá llevar a cabo su rectificación

cuando la corrección no implique la modificación del importe. En caso de discrepancia entre las cantidades

escritas con letra y número prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en las cantidades

solicitadas, éstas podrán corregirse.

7. Recepción de Propuestas.

7.1. Con fundamento en el artículo 26-Bis fracción II, de la Ley, esta adjudicación será electrónica por lo

que el licitante exclusivamente podrá presentar sus proposiciones en forma electrónica, de conformidad

con el numeral 6 de esta convocatoria a más tardar en la fecha indicada en el numeral 7.3 de ésta.

7.2. El licitante sólo podrá presentar una proposición para esta adjudicación.

7.3. Los documentos solicitados en los numerales 6.2, 6.3 y 6.4 se entregaran a más tardar el día 28 de

abril del 2015 a las 11:00 horas, a través de compranet.

7.4. Una vez recibida la propuesta en la fecha y lugar establecidos, ésta no podrá ser retirada ni dejarse sin

efecto, por lo que se considerará vigente dentro del procedimiento de esta adjudicación hasta su

conclusión, de conformidad con los artículos 26 de la Ley y 39 fracción III inciso d, de su Reglamento.

8. Del Fallo.

8.1. La Comisión evaluará la propuesta de conformidad con los artículos 36 y 36-Bis de la Ley.

8.2. El fallo se notificara al licitante a través del oficio de asignación que será publicado en compranet.

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8.3. Con la notificación del oficio de asignación por el que se adjudica el contrato, las obligaciones

derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y

términos señalados en el oficio.

8.4. El licitante que obtenga fallo favorable, pero no cumpla con la firma del contrato o pretenda modificar

las condiciones de su oferta, perderá automáticamente los derechos adquiridos y la Comisión queda en

libertad de adjudicar el contrato al siguiente licitante en términos de la mejor oferta solvente, tal como lo

dispone el artículo 46, segundo párrafo de la Ley

8.5. En caso de que el licitante adjudicado no firme el contrato por causas imputables a él mismo, será

sancionado en los términos de los artículos 59 y 60 de la Ley.

9. De las Condiciones Contractuales.

9.1. El contrato objeto de la presente adjudicación será elaborado de acuerdo con los artículos 45 y 46 de

la Ley. Anexo 5.

9.2. Los precios ofertados por el proveedor serán en moneda nacional y permanecerán fijos hasta el

término de la vigencia del contrato y a entera satisfacción de la Comisión.

9.3. La vigencia del instrumento jurídico concluirá hasta haberse agotado el cumplimiento de cada una de

las cláusulas que en él se contienen y no excederá el ejercicio fiscal 2018.

9.4. El proveedor deberá presentarse en el Departamento de Contratos, ubicado en planta baja de Martín

Luis Guzmán s/n, Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tlalnepantla de Baz, Estado de México, C.P. 54030, dentro

de los quince (15) días naturales siguientes a la notificación de la adjudicación, a fin de proceder a la firma

del instrumento jurídico correspondiente.

9.5. El contrato contendrá una cláusula que excluya a la Comisión de cualquier responsabilidad por las

relaciones laborales del proveedor con el personal que le permitirá atender su cumplimiento ya que el

personal que atienda el contrato dependerá económica y administrativamente del proveedor, y bajo

ningún concepto se considerarán como empleados o trabajadores de la Comisión, liberando a ésta de

cualquier compromiso o responsabilidad de carácter laboral y aún por riesgo de trabajo o derivado de la

entrega de los vehículos.

9.6 Para dar cumplimiento al artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación y en caso de que el monto

del contrato sea mayor a $300,000.00 sin incluir el IVA, el proveedor que en su caso resulte adjudicado

regla 2.1.35 de la

Resolución Miscelánea Fiscal para el 2015, en apego al Anexo 6.

El proveedor deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT, dentro del período de formalización del

contrato.

de Contratos, de esta Comisión, dentro del período de formalización del contrato, sita en la planta baja del

Edificio Administrativo en Martín Luis Guzmán S/N, Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tequesquináhuac,

Tlalnepantla de Baz, Estado de México C.P. 54030.

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La opinión relativa al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación que se enuncia en este numeral

dejará de formar parte de los requisitos para pago; sólo será requisito para la liberación de fianza y de

procedencia de excepción de ésta, por lo que el proveedor deberá proporcionar la opinión de cumplimiento

de las obligaciones fiscales sellado por parte del Departamento de Contratos.

9.7. Garantía de Cumplimiento.

El proveedor ganador en el presente proceso de adjudicación deberá garantizar el cumplimiento del

contrato respectivo, mediante fianza expedida por Institución Mexicana de Seguros y Fianzas legalmente

autorizada para ello, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato

adjudicado, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), expedida a favor de la Comisión, con

domicilio en Martin Luis Guzmán s/n, Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tlalnepantla de Baz, Estado de México,

C.P. 54030, en el Departamento de Contratos. Anexo 7.

Dicha garantía deberá ser entregada en el Departamento de Contratos a más tardar dentro de los diez

días naturales siguientes a la firma del contrato, para su validación, en el entendido que de no hacerlo en el

plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, procediendo conforme a lo

señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley, por lo que la Comisión notificará a la Secretaría de la Función

Pública (SFP) el incumplimiento de la obligación quedando la Comisión en libertad de adjudicar el contrato

al licitante inmediato siguiente, en los términos del artículo 46 de la Ley.

9.8. El contrato contendrá con claridad las penas convencionales para el caso de que el proveedor incurra

en atraso en la entrega de los vehículos o de sus alcances, pagará a la CONALITEG una pena convencional

del 0.5% (cero punto cinco por ciento) del monto de los vehículos o alcances no entregados

oportunamente, por cada día natural de atraso, sin incluir el IVA, penalizaciones que sean descontadas del

pago correspondiente.

9.9. El proveedor asumirá cualquier riesgo a que pudiera estar expuesta la entrega de los bienes en tiempo

y forma, sin costo alguno para la Comisión.

9.10. En caso de que la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales , detecte alguna

inconsistencia en la entrega de los bienes entregados, el proveedor se obligará a efectuar las correcciones

correspondientes, de manera inmediata.

9.11. El contrato que se derive de esta adjudicación, estando vigente se podrá incrementar en la cantidad

de bienes, siempre y cuando el monto total de las modificaciones del contrato no rebase en su conjunto el

20% (veinte por ciento) del valor total del mismo, y que el precio y demás condiciones de la contratación

sea igual al inicialmente pactado en el contrato que se modifica.

9.12. Cualquier otra incidencia que afecte el cumplimiento del contrato deberá ser notificada por escrito a

la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Comisión para atenderlo, a partir de que se

genere la misma y dentro de la vigencia del contrato, después de este plazo la incidencia presentada no

será tomada en cuenta.

10. De la Forma y Condiciones de Pago.

10.1 El pago del contrato se realizará a mes vencido:

Para el primer pago, el licitante deberá presentar en la Dirección de Recursos Financieros,

copia del Acta de Entrega-Recepción de los vehículos automotores firmada por la Dirección de

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Recursos Materiales y Servicios Generales y el licitante, así como la factura con nombre y

firma del Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales copia del

contrato y copia de la garantía de cumplimiento del contrato.

Para los pagos posteriores, a partir de cada vencimiento, el licitante deberá presentar en la

Dirección de Recursos Financieros, la factura con nombre y firma del Titular de la Dirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales, copia del contrato y copia de la garantía de

cumplimiento del contrato.

10.2. Las facturas deberán cumplir con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del

Código Fiscal de la Federación, ya que es obligación de todo contribuyente (persona física o moral) que

cuente con comprobantes fiscales digitales por internet (C.F.D.I.), enviar a esta Comisión la factura

electrónica a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se realice la operación de

facturación y, proporcionar una representación impresa de dicho documento para su trámite de pago,

debidamente autorizada por el titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.

10.3. La recepción de facturas para su revisión y pago se llevará a cabo en la Dirección de Recursos

Financieros, conforme a sus políticas de revisión y pago, ubicada en el primer piso de Rafael Checa número

2, Colonia Huerta del Carmen, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F., C.P. 01000.

10.4. Dentro de los 20 días naturales posteriores, a la presentación de la documentación se efectuará el

pago de la factura que ampare los bienes entregados a entera satisfacción de la Comisión, a través de

transferencia bancaria por lo que ,

siempre y cuando la documentación se encuentre completa, de lo contrario se le avisará al proveedor para

que corrija lo conducente y empiece su trámite nuevamente.

En su caso, pre

Recursos Financieros.

10.5. En caso de que proceda la aplicación de penas convencionales, el pago de la factura quedará

condicionado proporcionalmente en su caso, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de

penas convencionales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 95 segundo párrafo del Reglamento de la

Ley.

10.6. El proveedor podrá solicitar su afiliación al programa de cadenas productivas a través del

procedimiento que se indica en el Anexo 8.

11. Rescisión Administrativa.

11.1. Será motivo de rescisión.

11.1.1. La subrogación del contrato.

11.1.2. El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por parte del proveedor.

11.1.3. Cuando el proveedor incumpla su deber de entregar los bienes objeto del contrato en la fecha

acordada.

11.2. Las rescisiones administrativas a que se refiere este numeral se efectuarán en estricto apego al

artículo 54 de la Ley.

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12. De la Cancelación

Con fundamento en el artículo 38 penúltimo párrafo de la Ley, se podrá cancelar la adjudicación, partidas o

conceptos incluidos en ésta, en los siguientes casos:

A. Por caso fortuito o fuerza mayor.

B. Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas que provoquen la extinción de la

necesidad de contratar el arrendamiento.

C. De continuar con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Comisión.

D. En los demás casos que la Normatividad vigente en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios establezca.

La determinación de dar por cancelada la Adjudicación, partidas o conceptos, deberá precisar el

acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento del licitante, y no será procedente

contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto,

Capítulo Primero de la Ley.

ATENTAMENTE

ULISES MARTINEZ AJA

DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES

Y SERVICIOS GENERALES

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ANEXO 1

ALCANCES, CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL ARRENDAMIENTO DE

VEHÍCULOS TERRESTRES

1. DESCRIPCIÓN DEL ARRENDAMIENTO

1.1. El arrendamiento de vehículos terrestres que se formalice en el contrato especifico

correspondiente, consiste en el otorgamiento por parte del proveedor a favor de la Comisión

Nacional de Libros de Texto Gratuitos, del uso temporal de dichos vehículos en territorio

nacional, conforme a los alcances, características y especificaciones técnicas que se establecen

en el presenta anexo.

1.2. El responsable de administrar verificar el cumplimiento del contrato específico, será el Titular de la

Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Comisión Nacional de Libros de

Texto Gratuitos.

2. ALCANCES DEL ARRENDAMIENTO REQUERIDO

2.1. En la formalización del contrato específico:

2.1.1. El proveedor proporcionará en dispositivo electrónico, el inventario de la flotilla de vehículos objeto

del arrendamiento, indicando los siguientes datos por unidad:

Número de Expediente Tipo Placas

Marca Modelo Tipo de transmisión

Submarca Número de serie de motor Número de cilindros

Número de tarjeta de circulación Relación de accesorios Fotografías(frente, costados y trasera

2.1.2. El proveedor proporcionará en dispositivo electrónico, el manual de mantenimiento por tipo de

vehículo, la guía de atención de siniestros, el número de atención a clientes y la lista punto de

atención a nivel nacional.

2.2. En la Vigencia y entrega de los vehículos:

La Vigencia será de 36 meses, contando como primer día, el día de entrega de los vehículos.

La entrega de los vehículos se realizará a los 10 días naturales posteriores a la notificación del

fallo, en las direcciones contenidas en el apéndice, como se señala a continuación:

2.2.1. La entrega de cada vehículo por parte del proveedor, se realizará en las siguientes direcciones:

Rafael Checa 2, colonia Huerta del Carmen, código postal 01000, Delegación Álvaro

Obregón, México, Distrito Federal, de las 09:00 a las 17:00 horas, con Ulises Martínez Aja,

Director de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Luis Guillermo Olguín Fernández, Jefe

del Departamento de Materiales y Servicios Generales, teléfono (55) 54-84-04-00, extensión

6312.

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Tel. (55) 53 21 03 00 www.conaliteg.gob.mx | [email protected]

Martín Luis Guzmán sin número, colonia Nueva Ferrocarrilera, código postal 54030,

Tlalnepantla de Baz, Estado de México, de las 09:00 a las 17:00 horas, con Ulises Martínez Aja,

Director de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o Luis Guillermo Olguín Fernández, Jefe

del Departamento de Materiales y Servicios Generales, a los teléfonos (55) 53-21-03-00,

extensión 2100.

Avenida Acueducto número 2, Parque Industrial Bernardo Quintana, El Marqués, Querétaro,

de las 09:00 a las 17:00 horas, con Juan José Godoy Raygosa, Titular de la Unidad de

Administración y Apoyo Técnico, teléfonos (442) 2-38-15-00, extensión 1518.

2.2.2. Se entregará el tipo de vehículo que se hubiere acordado en el contrato específico, conforme a lo

previsto en el apéndice del presente anexo, del cual forma parte integral, así como en los colores

de línea que correspondan a la marca del vehículo, o a los especificados en el propio contrato

específico.

2.2.3. El proveedor entregará un expediente por unidad, con la documentación necesaria en materia legal,

fiscal, vial, ambiental y de seguros para su libre circulación en territorio nacional, tomando en

cuenta los lugares de entrega de los vehículos para efecto del pago de impuestos, derechos,

placas y en su caso permisos de circulación, los cuales deberá tener como máximo una vigencia

total de hasta 60 días.

2.2.4. El proveedor realizará la entrega de dos juegos de llaves idénticas por vehículo.

2.2.5. El proveedor deberá entregar, cuando el fabricante no lo incluya, un kit de emergencias, con

señalización de emergencia, desarmador plano, desarmador de cruz, cables pasa corriente, pinza

y extinguidor con capacidad de 1.5 kilogramos.

2.3. En la conservación de los vehículos.

2.3.1. El proveedor tendrá a su cargo, el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades, así como

la revisión y/o cambio de neumáticos cuando sea necesario, sin límite de kilometraje, monto y/o

frecuencia.

El criterio que se aplicará para el cambio de neumáticos es el siguiente: Cuando el dibujo sea

menor a 1.5 milímetros de profundidad o si el neumático posee testigo de desgaste que lo señale,

deberá ser remplazado de manera inmediata. El cambio de neumáticos será de acuerdo al

desgaste normal de uso de vehículo, siempre que garantice el correcto funcionamiento de la

unidad.

2.3.2. En el caso de siniestros que cubran los seguros correspondientes, el pago de los deducibles estará a

cargo del proveedor, excepto cuando el siniestro sea imputable al usuario del vehículo, por

negligencia o mal uso, supuesto en el cual, dicho usuario será responsable del pago del deducible,

previo dictamen del ajustador de la aseguradora y/o del ministerio público correspondiente. La

excepción señalada anteriormente, no aplicará en el caso de robo total del vehículo.

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2.3.3. En el caso de robo total de algún vehículo, el proveedor se obliga a suministrar las unidades con

características y especificaciones iguales o superiores a las señaladas en el apéndice del presente

anexo, del último modelo que se encuentre en el mercado, sin costo adicional para la Comisión

Nacional de Libros de Texto Gratuitos. El plazo para la entrega del vehículo sustituto se

convendrá para estos casos en el contrato específico correspondiente.

En el caso de robo de autopartes, neumáticos y rines, la deposición de estos quedará a cargo del

proveedor, para lo cual será necesario que el servidor público usuario del vehículo realice el

levantamiento de acta de hechos o denuncia ante la autoridad competente, para los fines a que

haya lugar.

2.4. En el uso de los vehículos

2.4.1. Cuando el vehículo se encuentre en mantenimiento, descompuesto y/o sea objeto de un siniestro,

el proveedor proporcionará de manera inmediata un vehículo sustituto en un plazo no mayor a 8

horas en el D.F. y área metropolitana y 48 horas en el resto del territorio nacional.

2.4.2. El proveedor sustituirá por una unidad nueva, el vehículo entregado cuando este haya presentado

la misma descompostura o falla en más de dos ocasiones, o bien haya recorrido más de 150,000

kilómetros, la nueva unidad deberá de cumplir con las mismas características y especificaciones

técnicas del vehículo sustituido.

2.4.3. El Pago de impuestos y derechos vehiculares federales, locales y placas de circulación del Distrito

Federal o de la Entidad Federativa que corresponda y/o en su caso las verificaciones vehiculares

estarán a cargo del proveedor durante la vigencia del contrato específico.

2.4.4. El proveedor mantendrá los vehículos en todo momento, durante la vigencia del contrato

específico, con seguro de cobertura amplia que comprenda asistencia jurídica y asistencia vial,

con un tiempo de respuesta máximo de dos horas en el Distrito Federal y su Área Metropolitana,

y de cuatro horas en el resto del territorio nacional.

2.4.5. Las multas por infracciones al Reglamento de Tránsito de la Entidad Federativa que corresponda,

serán pagadas por el usuario del vehículo infraccionado, de acuerdo con los procedimientos

internos establecidos por la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, excepto las que se

produzcan en el lapso en el que el vehículo se encuentre en posesión y uso del personal del

proveedor.

Para tal efecto, el proveedor entregará a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos,

dentro de los quince días hábiles siguientes al mes en que ocurra la infracción, el reporte de

multas correspondiente; en el caso de Entidades Federativas donde no exista un sistema oficial de

verificación de infracciones, el plazo para la entrega del reporte de multas, se realizará dentro de

los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que se incurra en dicha infracción. El pago de las

multas reportadas fuera de los plazos señalados, será a cargo del proveedor.

2.4.6. El pago de las multas, recargos y actualizaciones por pagos extemporáneos de tenencia, derechos

de alta y baja, verificación vehicular, vencimiento de la tarjeta de circulación (en las Entidades

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Federativas que aplique esta disposición) y demás contribuciones aplicables a los vehículos,

estarán a cargo del proveedor.

2.4.7. La reposición de documentos requeridos para la circulación vehicular de la unidad arrendada, con

motivo de su perdida y/o extravío será tramitada por el proveedor y su costo será pagado por el

Servidor Público usuario del vehículo, siendo necesario que se realice el levantamiento de acta de

hechos o denuncia ante la autoridad competente, para los fines que haya lugar.

2.4.8. La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos no requiere para algún o algunos vehículos

contar con un servicio de rastreador satelital con interrupción de energía y apertura de la unidad

vía satélite.

2.5. En la atención de contingencias

2.5.1. El proveedor, deberá contar con un centro de atención telefónica (Call Center), con un número 01-

800, que funcione las 24 horas del día, los 365 días del año y cuyos niveles de servicio sean los

que requiera la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, para recibir de los usuarios de los

vehículos las solicitudes de los servicios de auxilio vial y de soporte técnico remoto y en sitio, así

como los reportes de los accidentes y siniestros de los vehículos.

2.5.2. El proveedor se obliga a prestar el servicio solicitado y atender los reportes recibidos en el Call

Center en el término de las siguientes dos horas como máximo contadas a partir de la hora en

que se recibió el llamado correspondiente en el Call Center, a fin de garantizar la continuidad del

uso de los vehículos.

2.5.3. El proveedor deberá designar al o los ejecutivos de cuenta que la Comisión Nacional de Libros de

Texto Gratuitos le solicite de acuerdo a sus necesidades. Se deberá proporcionar el nombre de la

persona a contactar y los datos de contacto que solicite la Comisión Nacional de Libros de Texto

Gratuitos, para la atención en casos extraordinarios; dicha persona deberá contar con la

capacidad de decisión para resolver cualquier contingencia, tanto administrativa como operativa,

que se presente durante la vigencia del contrato específico que corresponda.

2.5.4. Para cualquier cambio de ejecutivo de cuenta o en los datos de contacto referidos en el punto

anterior, el proveedor notificará por escrito por lo menos con 3 días naturales de anticipación.

2.5.5. Para asegurar la atención las 24 horas del día durante la vigencia del contrato específico que

corresponda, el proveedor proporcionará un escalafón jerárquico de representantes o ejecutivos

a los cuales la dependencia y/o entidad podrá acudir en caso de no recibir adecuada y

oportunamente el servicio requerido a efecto de solucionar inmediatamente las necesidades

existentes, especificando el nombre de la persona a contactar y los datos de contacto que solicite

la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos. En caso de que exista durante la vigencia del

contrato especifico algún cambio en dicho escalafón, en la persona a contactar o en los datos de

contacto, el proveedor notificará por escrito de inmediato en un plazo no mayor a 5 días hábiles.

2.6. En la ejecución del contrato específico.

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2.6.1. La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos requiere un sistema accesible vía web para el

monitoreo y seguimiento del uso de los vehículos, así como el registro de la información de todos

los movimientos relacionados con cada vehículo, el sistema deberá proporcionar cuando menos la

siguiente información por vehículo:

a) Las fechas en que deberá entregarse la unidad al proveedor, para que se realice el

mantenimiento preventivo y/o correctivo, así como las fechas estimadas para regresar el

vehículo a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos.

b) Las incidencias recibidas en el Call Center y su solución, señalándose como mínimo, fecha y

hora de ambas, la identificación de la unidad, el área que reportó la incidencia y los detalles de la

misma.

c) El kilometraje recorrido.

d) La situación sobre el pago de contribuciones y accesorios aplicables.

e) La situación de las infracciones al Reglamento de Tránsito de la Entidad Federativa que

corresponda.

2.6.2. El sistema deberá estar disponible con acceso para la Comisión Nacional de Libros de Texto

Gratuitos, e iniciará su operación a partir de la entrada en vigor del contrato específico. Para tal

efecto el proveedor deberá poner a disposición del Titular de la Dirección de Recursos Materiales

y Servicios Generales y/o del Jefe del Departamento de Materiales y Servicios Generales de la

Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, las claves electrónicas necesarias de acceso al

sistema y las de aceptación de los servicios; asimismo, el proveedor deberá de capacitar a los

funcionarios de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos designados, a fin de garantizar

el conocimiento y adecuada operación del sistema.

2.6.3. El proveedor está obligado a proporcionar los siguientes reportes:

a) Dentro de los 10 días hábiles posteriores al término de cada mes, entregará al Titular de la

Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Comisión Nacional de Libros

de Texto Gratuitos, el detalle de cada uno de los reportes que se levanten a través del Call

Center, así como en su caso, las acciones implementadas para su atención. En caso de ser

necesario, el administrador del contrato podrá solicitar dichos reportes de manera previa al

periodo señalado.

b) A petición del Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o el

Jefe del Departamento de Materiales y Servicios Generales de la Comisión Nacional de

Libros de Texto Gratuitos, entregará las estadísticas de los requerimientos de los servicios

atendidos y de aquello que el administrador considere necesario.

c) A través del sistema, la información a que se refieren los incisos a), c), d) y e) del numeral

2.6.1. con un mecanismo de alerta.

2.6.4. El Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y/o del Jefe del

Departamento de Materiales y Servicios Generales de la Comisión Nacional de Libros de Texto

Gratuitos, notificará a través del sistema, al término de cada semana, el kilometraje de cada uno

de los vehículos, a fin de que el proveedor, bajo su entera responsabilidad programe el

mantenimiento vehicular correspondiente.

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2.6.5. El proveedor es el responsable de las licencias del software que se utilicen para el funcionamiento

del sistema, así como de cualquier violación a las disposiciones legales en materia de patentes,

marcas y/o derechos de autor.

3. CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS TERRESTRES.

3.1. Los tipos de vehículos que podrán ser objeto de los contratos específicos, son los señalados en el

Apéndice Único.

3.2. Los tipos de vehículos y sus cantidades serán definidos por la Comisión Nacional de Libros de Texto

Gratuitos conforme a sus necesidades.

3.3. Los vehículos serán nuevos, entendiéndose que cumplen con esta característica aquellos que no

excedan un recorrido máximo de 50 kilómetros y se entreguen en el Distrito Federal y los que se

entreguen en el resto de las Entidades Federativas que no excedan del kilometraje máximo que

resulte del cálculo de la distancia existente entre el Distrito Federal y el lugar de entrega para

cada vehículo convenido en el contrato especifico más un 5% de variación adicional.

3.4. El proveedor se abstendrá de incluir, dentro o fuera de las unidades, publicidad, logotipos

comerciales, personificadores, distintivos, propaganda y balizamientos.

3.5. Previo la formalización de un contrato específico, el proveedor deberá entregar los catálogos o

fichas técnicas emitidas por el fabricante; impresas, en dispositivo electrónico o vía Internet, en

las que se deberá de señalar el cumplimiento de las características y especificaciones iguales o

superiores señalados en el Apéndice Único.

En caso de que los catálogos o fichas técnicas vengan en un idioma diferente al español, el

proveedor deberá adjuntar una traducción simple al español de los mismos.

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APÉNDICE DEL ANEXO 1

PARA EL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES

Derivado de las actividades propias de la Conaliteg, los vehículos serán utilizados preponderantemente en

carretera, para realizar largos recorridos, por lo que por motivos de operación y seguridad, se requiere las

siguientes características en los vehículos.

Partida 1

Puertas 4 Pasajeros 5

Cilindros 4 Potencia 150 a 170 hp

Aire Acondicionado Si Transmisión Automática

Motor Gasolina de 1.9 a 3.1 l. Radio AM/FM Si

Llanta de Refacción Si Dirección Asistida

Espejos Laterales Derecho e Izquierdo Frenos De disco en las 4 ruedas

Accesorios Herramienta menor, extinguidor, gato, cables pasa corriente, llave de birlos.

Sistema de Seguridad

Bolsas de Aire Frontales y Laterales.

Seguros eléctricos con apertura remota.

Sistema de alarma con inmovilizador antirrobo.

Rendimiento Combinado de 14.39 km/l mínimo.

Partida 2

Puertas 4 Pasajeros 7

Cilindros 6 Potencia De 240 a 270 hp

Aire Acondicionado Si Transmisión Automática

Motor Gasolina de 3.0 a 3.5 l. Radio AM/FM Si

Llanta de Refacción Si Dirección Asistida

Espejos Laterales Derecho e Izquierdo

Accesorios Herramienta menor, extinguidor, gato, cables pasa corriente, llave de birlos.

Sistema de Seguridad

Bolsas de Aire Frontales y Laterales.

Seguros eléctricos con apertura remota.

Sistema de alarma con inmovilizador antirrobo.

Rendimiento Combinado de 9.70 km/l mínimo.

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CANTIDADES DE REFERENCIA, CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y TIPOS DE VEHÍCULOS A SUMINISTRAR PARA EL

ARRENDAMIENTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO PARA:

SEDE DOMICILIO

SAN ÁNGEL

Rafael Checa 2, colonia Huerta del Carmen, código postal 01000, Delegación Álvaro Obregón, México,

Distrito Federal, de las 09:00 a las 17:00 horas, con Ulises Martínez Aja, Director de Recursos Materiales y

Servicios Generales y/o Luis Guillermo Olguín Fernández, Jefe del Departamento de Materiales y Servicios

Generales, teléfono (55) 54-84-04-00, extensión 6312.

TEQUESQUINÁHUAC

Martín Luis Guzmán sin número, colonia Nueva Ferrocarrilera, código postal 54030, Tlalnepantla de Baz,

Estado de México, de las 09:00 a las 17:00 horas, con Ulises Martínez Aja, Director de Recursos Materiales

y Servicios Generales y/o Luis Guillermo Olguín Fernández, Jefe del Departamento de Materiales y Servicios

Generales, a los teléfonos (55) 53-21-03-00, extensión 2100.

QUERÉTARO

Avenida Acueducto número 2, Parque Industrial Bernardo Quintana, El Marqués, Querétaro, de las 09:00 a

las 17:00 horas, con Juan José Godoy Raygosa, Titular de la Unidad de Administración y Apoyo Técnico,

teléfonos (442) 2-38-15-00, extensión 1518.

PARTIDA NÚMERO DE UNIDADES

SAN ÁNGEL TEQUESQUINÁHUAC QUERÉTARO

1 7 3 1

2 1 0 0

TOTAL 8 3 1

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ANEXO 2

FORMATO DE PERSONALIDAD JURÍDICA

PERSONAS MORALES

_(nombre del apoderado o representante legal)_ manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos

aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades

suficientes para suscribir la propuesta en la presente adjudicación directa nacional presencial, a nombre y

representación de: ___________(persona moral)___________.

No. de Adjudicación: SA-011L6J0001-N35-2015

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio Fiscal

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Domicilio para Recibir Notificaciones

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo Electrónico:

Número de empleados

Tamaño de la Empresa Sector de la Empresa

Número de la Escritura Pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:

Fecha y Número de folio mercantil de la inscripción al Registro Público de Comercio:

Relación de accionistas y/o socios

Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s)

Descripción del objeto social:

Reformas al Acta Constitutiva: Concepto de la Modificación

Número de la Escritura Pública en la que consta la reforma del acta constitutiva

Fecha

Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la reforma al acta constitutiva:

Nombre del apoderado o representante legal que suscribirá las propuestas

Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:

Escritura Pública No. Fecha:

Nombre, número y lugar del notario público ante el cual se otorgó:

(Lugar y Fecha)

Protesto lo necesario

(Firma autógrafa original del apoderado o representante legal manifestado en este formato)

Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su

contenido, preferentemente en el orden indicado.

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ANEXO 3

ESCRITO DE COMPROMISOS TÉCNICOS Y LEGALES

__________de __________ de ______________

Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos

Atn´ Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales

Me refiero al procedimiento de Adjudicación Directa Nacional Presencial SA-011L6J0001-N35-2015 del

cual, mi representada, la empresa __________ participa a través de la propuesta que presenta en esta

adjudicación.

De la misma forma, mi representada declara bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en

que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que:

1. No se encuentra comprendida en ninguno de los supuestos de los artículos 50, ni 60 penúltimo

párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

2. Se abstendrá de adoptar conductas, orientadas que los servidores públicos de la CONALITEG,

induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros

aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.

3. Está al corriente en el pago de sus impuestos federales y locales, de los ejercicios 2013 y 2014, así

como los parciales del ejercicio 2015

4. Proporcionará los servicios en estricto apego a lo requerido por el Anexo 1 de la Convocatoria.

5. En los términos de lo previsto por el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la

determinación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de

carácter nacional, declaro que la totalidad de los bien(es) que oferta y entregará mi representada

en dicha propuesta, bajo las partidas No. _________, serán producidos en México y contendrán

un grado de contenido nacional de cuando menos el 65 por ciento, en el supuesto de que le sea

adjudicado el contrato respectivo; proporcionará a la Secretaría de Economía, en caso de que ésta

se lo solicite, la información necesaria que permita verificar que los bienes ofertados cumplen con

el grado de contenido nacional o en su caso la excepción al porcentaje de contenido nacional

indicado en el capítulo IV de las reglas para la determinación, acreditación y verificación del

contenido nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010.

6. Los bienes que ofertó y que en su caso suministré son: nuevos, y son año modelo _________

7. Cuenta jurídica, física y operativamente con la infraestructura necesaria para producir y/o

comercializar los bienes arrendados que oferta en la presente adjudicación.

8. Garantiza que los bienes serán entregados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para

tal efecto.

9. La entrega de los vehículos se realizará de conformidad con lo estipulado en los numerales 3 y 4 de

la convocatoria.

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10. Asumirá la responsabilidad total en caso de que al presentar su oferta, infringe patentes, marcas o

violen derechos de la propiedad industrial de cualquier índole.

11. Durante la presente adjudicación guardare la más estricta confidencialidad durante la vigencia del

contrato. En el entendido de que de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de

rescisión del contrato celebrado con la Comisión.

12. Los bienes que entregue a la Comisión no se ajusten a las especificaciones establecidas en esta

convocatoria, se obliga a reemplazarlos, sin costo alguno para la Comisión de manera inmediata.

A T E N T A M E N T E

________________________________________________

(Nombre y firma del apoderado o representante legal que se indica en el formato de personalidad jurídica

del licitante)

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ANEXO 4

FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA

Lugar y fecha

No. de Adjudicación: SA-011L6J0001-N35-2015

Para la determinación del precio se aplicará la fórmula establecida en la cláusula cuarta del contrato marco.

PARTIDA TIPO DE

VEHÍCULO

( A )

MESES

( B )

CANTIDAD DE

VEHÍCULOS

SOLICITADA

( C )

COSTO

UNITARIO

MENSUAL POR

VEHÍCULO

D = ( A * C )

SUBTOTAL POR

VEHÍCULO POR

LA VIGENCIA

SOLICITADA

E = (B * C)

SUBTOTAL

MENSUAL POR

LA CANTIDAD

DE VEHÍCULOS

SOLICITADA

F = (A * E)

SUBTOTAL POR

LA CANTIDAD

DE VEHÍCULOS

SOLICITADA

POR LA

VIGENCIA DEL

CONTRATO

ANTES DE IVA

1

36 11

2 36 1

SUBTOTAL

I.V.A.

TOTAL

Bajo protesta de decir verdad declaro que:

a) El arrendamiento de vehículos terrestres será tal y como se solicita en los numerales 3 y 4, de la presente

convocatoria.

b) Los precios ofertados son fijos hasta el término del contrato, no estarán sujetos a variación y se ofertan en

moneda nacional.

Atentamente

_____________________________________

(Nombre y firma del apoderado o representante legal que se indica en el formato de personalidad jurídica del licitante)

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ANEXO 5

FORMATO DEL CONTRATO DE SERVICIOS

NÚMERO: 510000____

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ______________________________, DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO DE

___________________________________ NÚMERO ____________, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN

APODERADO

LEGAL, ING. JOSÉ ANTONIO CABALCETA VARA, Y POR LA OTRA, _________________________________, EN LO

REPRESENTADA POR SU ___________________ LEGAL,

_________________________,

LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: -----------------------------------------------------------------------------------

I. DECLARACIONES

I.1.- De

I.1.1.- Constitución.- La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, fue creada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Federal,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de febrero de 1959 y abrogado el 28 de febrero de 1980. La Comisión

Nacional de Libros de Texto Gratuitos es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con

personalidad jurídica y patrimonio propios, creada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 28 de febrero de 1980, teniendo por objeto la edición e impresión de los libros de texto gratuitos, así como toda clase

de materiales didácticos similares.

I.1.2.- Facultades.- El Ing. José Antonio Cabalceta Vara, en su carácter de Apoderado Legal, cuenta con facultades para suscribir

el presente contrato, lo cual se acredita mediante el instrumento notarial número 56,518 de fecha 20 de agosto de 2014, otorgado

ante la fe del Notario Público número 96, de la Ciudad de México, Distrito Federal, Lic. Mauricio Martínez Rivera, mismo que contiene

el Poder General para Actos de Administración, conferido a su favor por el Director General del Organismo, Joaquín Díez-Canedo

Flores.

I.1.3.- Domicilio.- Su domicilio actual es el ubicado en la calle de Rafael Checa No. 2, Colonia Huerta del Carmen, Delegación Álvaro

Obregón, C.P. 01000, Distrito Federal, sin perjuicio de que cambie éste y lo dé a conocer a en su

oportunidad.

I.1.4.- Autorización y Partida Presupuestal.- Para cubrir con las erogaciones derivadas del presente contrato, se cuenta con la

partida presupuestal número __________, de acuerdo a la solicitud de pedido número _________.

I.1.5.- Administración del Contrato.- La administración del presente contrato estará a cargo fundamentalmente del Titular de la

Coordinación Editorial, Alejandro Valles Santo Tomás, y sólo en estricto apego a sus facultades, el Titular de la Dirección Técnica,

Iván Serrato Galaviz, el Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, Ulises Martínez Aja, el Titular de la

Dirección de Recursos Financieros, David Sinuhé Saldaña Pardo, la Titular de la Dirección de Distribución, Fabiola Patricia Hernández

Cruz y el jefe del Departamento de Contratos, Ivonne Gabriela Olmos Aguilar, de en el ámbito de sus respectivas

atribuciones, sin perjuicio de la intervención de otras áreas internas de la misma.

I.2.- De :

I.2.1.- Constitución.-

I.2.2.- Facultades.-

I.2.3.- R.F.C.-

I.2.4.- Domicilio.-

I.3.- De :

I.3.1.- En la celebración del presente contrato no ha existido vicio alguno del consentimiento, como lo es el error, dolo, mala fe,

violencia, temor reverencial o algún otro considerado por el Código Civil Federal.

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II. FUNDAMENTO LEGAL DEL CONTRATO.

II.1.- El presente contrato tiene su fundamento legal en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 26, fracción ___, 28 fracción ___, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así

como los artículos 81, 82 y 84 de su Reglamento.

III. CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO. requiere de la prestación de servicios de ________________________________, de

acuerdo a las especificaciones técnicas descritas en el Anexo Técnico de la Convocatoria de la _____________, y de conformidad

con lo siguiente:

SEGUNDA.- IMPORTE. pagará a por la prestación de los servicios el importe

total de $____________.___ (______________________________________/100 MN), mismo que incluye IVA a la tasa

16% (dieciséis por ciento).

Los precios son en moneda nacional y permanecerán fijos hasta la prestación total de los servicios y a entera satisfacción de

TERCERA.- FORMA DE PAGO. no proporcionará anticipo, el importe será pagado al término del servicio, y será

cubierto a más tardar dentro de los 20 /(veinte) días naturales, siempre y cuando haya

presentado los requisitos de facturación, previamente establecidos en la Convocatoria de esta ____________, la documentación

comprobatoria completa, en la Dirección de Recursos Financieros, en días y horas hábiles previamente establecidas por

.

El pago de los servicios objeto del presente contrato quedará condicionado proporcionalmente, en su caso, al pago que

deba efectuar por concepto de penas convencionales, de acuerdo al artículo 95 segundo párrafo del

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el entendido de que en el supuesto de que

sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la

garantía de cumplimiento.

CUARTA.- CESIÓN DE DERECHOS. con fundamento en el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, proporcionará los datos de identificación de , para

que pueda ceder los derechos de cobro de cuentas por pagar a través de los intermediarios financieros, para operaciones de Factoraje

o Descuento Electrónico en cadenas productivas, mecánica operativa que aceptan tácitamente .

QUINTA.- LUGAR Y PLAZO DEL SERVICIO.

Lugar.- El servicio deberá realizarse en _____________________________________________________________.

Plazo.- El servicio deberá realizarse _____________________________________________________. En caso de

incumplimiento de esta fecha y/o plazo se aplicará la pena convencional pactada en el contrato.

El término máximo para presentar las incidencias justificadas por fuerza mayor o caso fortuito, será de 3 (tres) días hábiles

posteriores a que se presenten; conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; mientras que cualquier otra, deberá

presentarse en el momento que ocurra y previo al vencimiento del contrato, de conformidad con el artículo 91 del Reglamento de la

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

SEXTA.- en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos

o servicios con personas físicas o morales nacionales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

fiscales, de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación en su artículo 32-D y las leyes tributarias aplicables.

Por lo anterior, se sujetará a lo dispuesto en la regla 2.1.27. de la Resolución de la Miscelánea

Fiscal para el 2015, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de

diciembre de 2014, para el caso de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, observando lo señalado en la regla 2.1.35. de

dicha Resolución.

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debe realizar la consulta de opinión ante el SAT y presentarlo al Departamento de Contratos

dentro del plazo de formalización.

SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- se obliga a garantizar mediante fianza indivisible

de conformidad con el artículo 81, fracción II del Reglamento de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,

por el 10% (diez por ciento) del valor total del importe del contrato sin incluir el IVA expedida por compañía nacional autorizada, las

obligaciones derivadas de este contrato, según lo dispuesto en los artículos 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, 39 fracción II, inciso i), numeral 5 de su Reglamento. Dicha fianza debe ser entregada en el

Departamento de Contratos de dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente

instrumento para su validación, de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento,

quedando en aptitud de proceder conforme a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y notificará a la Secretaría de la Función Pública el incumplimiento de la obligación.

Para el caso de que preste los servicios dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la

firma del presente contrato a entera satisfacción de , y siempre que compruebe

o acredite de manera fehaciente e indubitable haber dado cumplimiento a las obligaciones, se le exceptuará de presentar la garantía

de cumplimiento, de conformidad con el artículo 48, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público, previa solicitud que por escrito presente a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales de anexando la documentación que compruebe la prestación total de los servicios dentro del plazo

mencionado. Además deberá presentar documento expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus

obligaciones fiscales, con sello del Departamento de Contratos de

Casos en que se aplica la garantía de cumplimiento. Se hará efectiva la garantía de cumplimiento ante la institución

afianzadora, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a) Cuando se rescinda el contrato, por causas imputables a .

b) Cuando subrogue los derechos y obligaciones adquiridas mediante la firma del

contrato, salvo el derecho de cobro, con fundamento en lo establecido por el artículo 46, último párrafo de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cuyo caso tendrá que autorizar .

c) Cuando incumpla cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato.

d) Cuando proporcione información falsa o se le atribuyan actos faltos de probidad que

vayan en contra de las condiciones contractuales.

OCTAVA.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Previa presentación del documento actualizado expedido por el

SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y una vez que las obligaciones derivadas del

presente contrato se encuentren debidamente cumplimentadas, incluyendo con esto los trámites administrativos que se generen,

contará con un término de 60 (sesenta) días naturales, para realizar la solicitud de devolución al

Departamento de Contratos, quien será el área responsable de hacer la devolución. Una vez transcurrido el término,

se deslinda de cualquier responsabilidad al respecto.

Para el caso de que tenga pendiente el cumplimiento de obligaciones, no procederá la solicitud de

liberación de la fianza.

NOVENA.- convienen en que la vigencia del presente contrato será a partir de la

formalización del mismo y concluirá el 31 de diciembre del 2015 o hasta haberse agotado el cumplimiento de todas y cada una de las

cláusulas que en él se contienen, a entera satisfacción de .

DÉCIMA.- MODIFICACIONES. El presente contrato durante su vigencia se podrá modificar de conformidad con lo establecido por el

artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

DÉCIMA PRIMERA.- PENAS CONVENCIONALES. Para el caso de que incurriere en mora en la

prestación de los servicios objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% (cero punto cinco por

ciento) sobre el valor de los servicios no realizados oportunamente por cada día natural de atraso, sin incluir el IVA y hasta el monto

máximo de la fianza otorgada, penalizaciones que serán descontadas del pago correspondiente; en caso de alcanzar el importe

máximo de la fianza podrá, de así convenir a sus intereses hacer efectiva la garantía y la rescisión administrativa

del contrato. En este último supuesto, no procederá el cobro de las penalizaciones ni su contabilización para hacer efectiva la

garantía de cumplimiento, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley.

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DÉCIMA SEGUNDA.- S notificará a la Secretaría de la Función Pública del

incumplimiento descrito en los artículos 50, 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para

que apliquen las sanciones establecidas a que se ubique en alguno de los supuestos mencionados

en dichos artículos.

DÉCIMA TERCERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA. Se consideran causas de rescisión cuando

incurra en alguno de los siguientes supuestos:

a) Cuando subrogue el presente contrato.

b) Cuando incumpla cualquiera de las condiciones contraídas en el presente contrato.

c) Cuando incumpla con la obligación de prestar la totalidad de los servicios en las fechas convenidas.

d) Cuando no presente en tiempo y forma la garantía de cumplimiento.

e) En caso de que se agote el monto de la garantía de cumplimiento.

que por motivos diferentes a atrasos incumpla con sus obligaciones, se sujetará al procedimiento

de rescisión del contrato, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público.

En caso de que la rescinda el contrato, podrá considerar a los licitantes siguiendo el orden de preferencia de la

evaluación, de conformidad con el artículo 41, fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En términos de lo dispuesto por el artículo 81, fracción II, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público, en caso de rescisión del presente contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto

total de la obligación garantizada, salvo que se haya estipulado su divisibilidad.

DÉCIMA CUARTA.- podrá dar por terminado el contrato en

forma anticipada, de conformidad con el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y

102 de su Reglamento.

DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. podrá suspender la prestación de los servicios, de

conformidad con el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento.

OTRAS CONSIDERACIONES.-

DÉCIMA SEXTA.- Para todo lo no establecido en el presente contrato será regulado de conformidad con lo estipulado en la

convocatoria y su anexos de la _________________________.

DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE. Los derechos y obligaciones que se deriven para

del presente instrumento legal no pueden cederse ni subrogarse parcial ni totalmente en favor de cualesquiera otras

personas físicas y/o morales, salvo los derechos de cobro y con plena autorización escrita de , tal y como lo

establece el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

DÉCIMA OCTAVA.- como patrón del personal que ocupe con

motivo de la prestación de los servicios objeto de este contrato, conviene expresamente en que es único responsable de las

obligaciones laborales y de seguridad social que surjan de las relaciones existentes con su personal, tales como salarios,

indemnizaciones y riesgos profesionales o de cualquier otra obligación o por la prestación de servicios que derive de las citadas

actividades según sea el caso, y también será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás

ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, siendo enunciativas, más no limitativas.

Consecuentemente en ningún caso y por ningún concepto podrá considerarse a como patrón directo o sustituto

del personal de , por lo que éste asume cualquier tipo de responsabilidad que con motivo de la

prestación de los servicios objeto de este contrato pudiera derivarse de su relación laboral con el personal que los ejecuta, relevando

de toda responsabilidad obrero-patronal a ; en tal virtud se hace responsable de

todas las reclamaciones individuales o colectivas que por cualquier razón puedan presentar sus trabajadores, así como las sanciones

que pudieran imponerles las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, sacando a en paz y a salvo frente

a toda reclamación, demanda, litigio o sanción que su personal o cualquier autoridad pretendiese fincar o entablar en su perjuicio a

consecuencia de la citada relación laboral.

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DÉCIMA NOVENA.- se abstendrá de divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes

o cualquier otra forma, elementos informativos que haya obtenido o que sean resultado de su relación con

El incumplimiento de esta cláusula responsabiliza a en los términos de este contrato y otras leyes aplicables.

VIGÉSIMA.- convienen en que el embargo de créditos, suspensión de pagos, quiebra o huelga no libera a

PR del cumplimiento de sus obligaciones con .

VIGÉSIMA PRIMERA.- CONCILIACIÓN.- En caso de desavenencias entre derivadas del cumplimiento del presente

contrato, éstas podrán iniciar el procedimiento de conciliación previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. Todo lo no expresamente estipulado en este contrato será regulado por la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del Código Civil Federal, de aplicación supletoria y los

ordenamientos que por razón de la materia le sean aplicables.

VIGÉSIMA TERCERA.- JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, se someten a

la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal y renuncian al fuero que por razón de domicilio

presente o futuro les pudiera corresponder.

El presente contrato se celebra y firma en tres tantos, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día __ de _________ de 2015.

EL APODERADO LEGAL

ING. JOSÉ ANTONIO CABALCETA VARA

EL _____________ LEGAL

________________________

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ANEXO 6 PROCEDIMIENTO QUE DEBERA OBSERVARSE PARA LA OBTENCIÓN DE LA OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES FISCALES

Para los efectos del articulo 32D primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del Código Fiscal de la

Federación, Vigente y con fundamento en lo establecido en el numeral 2.1.27 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal

para 2015, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el

30 de diciembre de 2014, se hace del conocimiento del proveedor, lo siguiente:

Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos

internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del

cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

I.

clave en el RFC y Contraseña o FIEL.

II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de

respuesta.

III. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico de INFOSAT, o bien, por correo electrónico a

la dirección [email protected] la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24

horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano desconcentrado para efectos de la FIEL.

IV. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente haya autorizado, para lo cual ingresarán en

ro para que este último utilizando su FIEL, consulte la opinión del cumplimiento del

contribuyente quien lo autorizó.

La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:

Positiva.- Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se

consideran en los incisos a) y b) de esta regla.

Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se

consideran en los incisos a) y b) de esta regla.

No inscrito.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.

Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.

a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el

contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y

su Reglamento, y que la clave del RFC este activa.

2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de

las declaraciones anuales del ISR e IETU correspondientes a los cuatro últimos ejercicios

Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita

la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos

provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como de los pagos definitivos del IVA y

del IEPS; incluyendo las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 5.2.2, 5.2.13, 5.2.15,

5.2.17, 5.2.18, 5.2.19, 5.2.20, 5.2.21, 5.2.24 y 5.2.26., así como el artículo 31-A del CFF.

3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV,

entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos

generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes,

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relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones,

solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran

interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren

garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.14.1.

5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, no haya incurrido en las causales de revocación

a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I

de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:

1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.

2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.

3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre

debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.

Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con su situación en el

padrón del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un

aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con

corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la

enviará al portal del contribuyente.

La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se

emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos

institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y

montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

CFF 31-A, 65, 66-A, 141, RMF 2015 2.14.1., 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.24.,

5.2.26.

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“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”

TEXTO DE LA CONVOCATORIA DE LA

ADJUDICACIÓN DIRECTA NACIONAL PRESENCIAL

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ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS TERRESTRES

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Almacén Tequesquináhuac, Martín Luis Guzmán s/n Col. Nueva Ferrocarrilera Tlalnepantla, C.P. 54030, Estado de México

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ANEXO 7

TEXTO QUE DEBERÁ CONTENER LA FIANZA

TEXTO QUE DEBERÁ CONTENER LA FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) PROVEEDOR(ES) PARA

GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS DE

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS SERVICIOS Y

LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, LAS PRÓRROGAS /O ESPERAS QUE PUDIERAN OTORGARSE; ASÍ COMO,

CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA AFIANZADORA

QUE SE EMITE A FAVOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS PARA GARANTIZAR POR:

______(NOMBRE DE LA EMPRESA)______, EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

CONTRATO NO. ___________ DE FECHA __________________, POR UN IMPORTE TOTAL DE $

________(______________________________________M.N.), CUYO OBJETO ES ________(OBJETO DEL

CONTRATO)__________________ Y TIENE UNA VIGENCIA DE ____________________________________,

MISMA QUE CUBRIRÁ LOS CASOS EN QUE EXISTAN PRÓRROGAS ESTIPULADAS EN EL CONTRATO.

DICHA FIANZA SE EXPIDE DE MANERA INDIVISIBLE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 81

FRACCIÓN SEGUNDA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL

SECTOR PÚBLICO.

ASIMISMO, LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE ACEPTA:

QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.

QUE LA FIANZA GARANTIZA LAS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS QUE PUEDAN OTORGARSE AL PROVEEDOR.

QUE PARA LIBERAR LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE

LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS.

QUE LA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS

QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE; Y

QUE LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS

EN LOS ARTÍCULOS 95 Y 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS

FIANZAS, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO

EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA REQUERIDA.

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ANEXO 8

SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS ¿Cadenas Productivas?

Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los

proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios,

contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento,

capacitación y asistencia técnica.

¿Afiliarse?

Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza

una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la

Administración Pública Federal.

Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en internet. A través

de Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción

de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo,

realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.

Cadenas Productivas ofrece:

Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico

o Obtener liquidez para realizar más negocios

o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo

o Agilizar y reducir los costos de cobranza

o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, www.nafin.com.mx

o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07 y 01800 NAFINSA

(62 34 672)

Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita

Recibir información

Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal

Características descuento ó factoraje electrónico:

Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)

Descuento aplicable a tasas preferenciales

Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales

Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al

intermediario financiero de su preferencia

DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL

¿Qué es el directorio de compras?

Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y

Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a

la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de

servicios.

Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos

y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.

Dudas y comentarios v ía telefónica,

Llámenos al teléfono 5089 6107 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs.

Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur 1971 Col Guadalupe Inn 01020,

México, D.F.

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ANEXO 8

LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL

PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS

1. Carta Requerimiento de Afiliación.

Debidamente firmada por el área usuaria compradora

2. **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).

Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

3. **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)

Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,

Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Completa y legible en todas las hojas.

4. **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante

Legal para Actos de Dominio.

Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

5. Comprobante de domicilio Fiscal

Vigencia no mayor a 2 meses

Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)

Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.

6. Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio

Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)

La firma deberá coincidir con la del convenio

7. Alta en Hacienda y sus modificaciones

Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)

En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.

8. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)

9. Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos

Sucursal, plaza, CLABE interbancaria

Vigencia no mayor a 2 meses

Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.

La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar

el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:

Contrato de descuento automático Cadenas Productivas

Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

2 convenios con firmas originales

Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.

Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

(** Únicamente, para personas Morales)

Usted podrá contactarse con la Promotoria que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al

50-89-61-07; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:

Av. Insurgentes Sur no. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo, nivel

Jardín, área de Atención a Clientes.