aÑo 25 boletín oficial 2011 marzo página 2 viernes 25 marzo 2011 - n.º 59 b.o. de cÁceres...

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Boletín Oficial PROVINCIA DE CÁCERES D. L. CC-1-1958 N.º 59 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS S U M A R I O ADMINISTRACIÓN LOCAL: - Ayuntamientos: Garrovillas de Alconétar: Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial de Mayores. Págs. 10-17. Guijo de Santa Bárbara: Revocación y designación de nombramiento de la Junta de Gobierno Local. Págs. 17-18. Talayuela: Modificación puntual de normas subsidia- rias. Pág. 18. El Torno: Modificación ordenanza. Pág. 19. Serradilla: Modificación ordenanza. Págs. 19-20. Coria: Modificación ordenanza. Págs. 20-22. Malpartida de Plasencia: Modificación relación pues- tos de trabajo. Modificación reglamento de uso del Gimnasio Municipal. Expte. modificación créditos. Presupuesto General 2011. Págs. 22-23. Santiago de Alcántara: Padrón municipal. Procedi- miento abierto. Cuenta General 2010. Págs. 23-24. Carrascalejo: Modificación ordenanza. Reglamentos de régimen Interior de la Residencia de mayores y del Centro de Día. Pág. 24. - Mancomunidad Trasierra, Tierras de Granadilla: Pantano de Gabriel y Galán: Creación de ficheros de datos de carácter personal. Págs. 25-28. AÑO 2011 SUSCRIPCIÓN: GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS: Administración del B.O.P.: Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-Cáceres Teléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793 E - mail: [email protected] E - mail: [email protected] Página Web: www.dip-caceres.es ANUNCIOS POR PALABRAS: Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, número o grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente: Su importe será el doble de inserciones ordinarias. ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: - Subdelegación del Gobierno.- Oficina de Extranje- ros: Cáceres: Exptes. solicitud de permiso de residencia. Pág. 2. - Ministerio de Trabajo e Inmigración.- - Tesorería General de la Seguridad Social: Cáceres: Embargo de bienes inmuebles. Págs. 2-3. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: - Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.- Secretaría de Gobierno: Cáceres: Renovaciones del cargo de Jueces de Paz. Págs. 3-4. - Juzgado de lo Social - 2: Cáceres: Ordinario 652/2010. Págs. 4-5. Cáceres: Ordinario 75/2011. Págs. 5-6. - Juzgado de lo Social - 3: Plasencia: Ejecución título judicial 14/2011. Págs. 6-7. Plasencia: Demanda 151/2010. Págs. 7-9. - Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción: Plasencia n.º 3: Expte. de dominio 849/2010. Pág. 9. Coria n.º 1: Corrección de error. Págs. 9-10. Coria n.º 1: Corrección de error. Pág. 10. VIERNES 25 MARZO

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Boletín OficialPROVINCIA DE CÁCERESD. L. CC-1-1958 N.º 59

SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

S U M A R I O

ADMINISTRACIÓN LOCAL:

- Ayuntamientos:Garrovillas de Alconétar: Reglamento de Régimen

Interno del Centro Residencial de Mayores.Págs. 10-17.

Guijo de Santa Bárbara: Revocación y designación denombramiento de la Junta de Gobierno Local.Págs. 17-18.

Talayuela: Modificación puntual de normas subsidia-rias. Pág. 18.

El Torno: Modificación ordenanza. Pág. 19.Serradilla: Modificación ordenanza. Págs. 19-20.Coria: Modificación ordenanza. Págs. 20-22.Malpartida de Plasencia: Modificación relación pues-

tos de trabajo. Modificación reglamento de uso delGimnasio Municipal. Expte. modificación créditos.Presupuesto General 2011. Págs. 22-23.

Santiago de Alcántara: Padrón municipal. Procedi-miento abierto. Cuenta General 2010. Págs. 23-24.

Carrascalejo: Modificación ordenanza. Reglamentosde régimen Interior de la Residencia de mayores ydel Centro de Día. Pág. 24.

- Mancomunidad Trasierra, Tierras de Granadilla:Pantano de Gabriel y Galán: Creación de ficheros de

datos de carácter personal. Págs. 25-28.

AÑO

2011

SUSCRIPCIÓN:GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es

PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS:

Administración del B.O.P.:Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-CáceresTeléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793E - mail: [email protected] - mail: [email protected]ágina Web: www.dip-caceres.es

ANUNCIOS POR PALABRAS:

Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, númeroo grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitaciónurgente: Su importe será el doble de inserciones ordinarias.

ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan caráctergratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de latasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios oedictos, las cantidades que les sean liquidadas.

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:

- Subdelegación del Gobierno.- Oficina de Extranje-ros:

Cáceres: Exptes. solicitud de permiso de residencia.Pág. 2.

- Ministerio de Trabajo e Inmigración.- - TesoreríaGeneral de la Seguridad Social:

Cáceres: Embargo de bienes inmuebles. Págs. 2-3.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

- Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.-Secretaría de Gobierno:

Cáceres: Renovaciones del cargo de Jueces de Paz.Págs. 3-4.

- Juzgado de lo Social - 2:Cáceres: Ordinario 652/2010. Págs. 4-5.Cáceres: Ordinario 75/2011. Págs. 5-6.

- Juzgado de lo Social - 3:Plasencia: Ejecución título judicial 14/2011. Págs. 6-7.Plasencia: Demanda 151/2010. Págs. 7-9.

- Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción:Plasencia n.º 3: Expte. de dominio 849/2010. Pág. 9.Coria n.º 1: Corrección de error. Págs. 9-10.Coria n.º 1: Corrección de error. Pág. 10.

V I E R N E S

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M A R Z O

B.O. DE CÁCERESPágina 2 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁCERES

OFICINA DE EXTRANJEROS

EDICTO

No habiendo sido posible notificar a los ciudadanos/as extranjeros/as, que a continuación se relacionan porresultar ilocalizables, las resoluciones de los expedientes a que dieron lugar las solicitudes de permiso de residenciay/o, en su caso de trabajo, dictadas por la Subdelegación del Gobierno en Cáceres, de acuerdo con lo dispuesto enel apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/199, de 13 de enero, se efectúa la presentenotificación a fin de que surta los efectos previstos en la Ley.

NOMBRE Y APELLIDOS NACIONALIDAD ÚLTIMO DOMICILIO N.º DE EXPEDIENTE

JUAN MATIAS POMODORO ARGENTINA CÁCERES 100020110000114MARCELA ALEJANDRA TIRADO GOMEZ COLOMBIANA CÁCERES 100020110000106GENEVIEVE ORCINO QUIAMBAO FILIPINAS CÁCERES 100020110000315EL MAAZOUZ FARSI MARROQUÍ NAVALMORAL MATA 100020110000232

Lugar donde los interesados/as, podrán comparecer para conocer el contenido íntegro del acto, (art. 61 de la citadaLey 30/1992): Subdelegación del Gobierno. Oficina de Extranjeros C/. Antonio Silva, 7 10071 CACERES.

Estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y podrán ser recurridas potestativamente en reposición, anteesta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o bien, por la víacontencioso-administrativa, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contardesde el día siguiente a su notificación, según se establece en el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,anteriormente citada y en el art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Cáceres, 22 de marzo de 2011.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO, P.D. Resol. de 23-4-97, apart. Segundo (BOP.Del día 29). LA SECRETARIA GENERAL, YOLANDA TORRES ASENSIO.

1775

MINISTERIO DE TRABAJOY ASUNTOS SOCIALES

TESORERÍA GENERALDE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 02

Tipo/Identificador: 07 170054127950 Régimen: 521Núm. expediente: 10 02 09 297385Nombre/razón social: ANTONIO COLLADO VICENTENúm. Documento: 10 02 501 11 736808

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUE-BLES A TRAVÉS DE ANUNCIO (TVA—501)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutivanúmero 2, de PLASENCIA.

En el expediente administrativo de apremio que seinstruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutivacontra el deudor ANTONIO COLLADO VICENTE, pordeudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilioconocido fue en Cl 24 de Julio,25 de Arroyomolinos de

la Vera se procedió con fecha 4 de febrero de 2011 alembargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia seacompaña COPIA adjunta al presente Edicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía admi-nistrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADAante la Dirección Provincial de la Tesorería General dela Seguridad Social en el plazo de un MES, contado apartir del día siguiente al de su recepción por el intere-sado, conforme a lo dispuesto en el articulo 34 delTexto Refundido de la Ley General de la SeguridadSocial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándoseque el procedimiento de apremio no se suspenderásin la previa aportación de garantías para el pago de ladeuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde leinterposición de dicho recurso de alzada sin que recaigaresolución expresa, el mismo podrá entenderse des-estimado, según dispone el artículo 46.1 del Regla-mento General de Recaudación de la Seguridad So-cial, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, lo que se comunica aefectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dichaLey 30/1992.

B.O. DE CÁCERES Página 3Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará lasiguiente regla: Si la diferencia entre ambas, conside-radas por la suma de los valores asignados a la totali-dad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de latasación más alta. En caso contrario, la Unidad deRecaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios oasociaciones profesionales o mercantiles oportunos,la designación de otro perito tasador, que deberá rea-lizar nueva valoración en plazo no superior a quince díasdesde su designación. Dicha valoración, que será ladefinitivamente aplicable, habrá de estar comprendidaentre los límites de las efectuadas anteriormente, yservirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con losartículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamientoal Registro de la Propiedad correspondiente, para quese efectúe anotación preventiva del embargo realiza-do, a favor de le Tesorería General de la SeguridadSocial. Se solicitará certificación de cargas que figurensobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuacionespertinentes y la remisión, en su momento, de esteexpediente a la Dirección Provincial para autorizaciónde la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere paraque facilite los títulos de propiedad de los bienesinmuebles embargados en el plazo de 10 días a contardesde el siguiente a la recepción de la presente noti-ficación, advirtiéndole que de no hacerlo así, seránsuplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS

DEUDOR: ANTONIO COLLADO VICENTEFINCA NÚMERO: 1RÚSTICA.- En el paraje "El Mosqueril" en Arroyomo-

linos de la Vera, tiene una superficie de 1,4220 hcas.1829

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADE EXTREMADURA

SECRETARIA DE GOBIERNO

EDICTO

Por renovación del cargo de Juez de Paz de lalocalidad de Extremadura, que a continuación se ex-presa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE TRUJILLOLOCALIDAD DE LA CUMBREJUEZ DE PAZ TITULAR

Los que deseen solicitar dicho cargo, deberánpresentar sus solicitudes en el Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción Decano del Partido, extendidasen papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidentedel Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES(TVA—501)

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apre-mio que se instruye en esta Unidad de RecaudaciónEjecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 46.538.199 E , por deudas a la SeguridadSocial, una vez notificadas al mismo las providenciasde apremio por los débitos perseguidos cuyo importea continuación se indica:

NUM.PROVIDENCIAAPREMIO PERIODO RÉGIMEN10 09 15724966 07 2009 / 07 2009 52110 09 16020212 08 2009 / 08 2009 52110 09 16020212 09 2009 / 09 2009 52110 10 10355892 11 2009 / 11 2009 52110 10 11818067 01 2010 / 01 2010 52110 10 12249820 02 2010 / 02 2010 52110 10 13211231 03 2011 / 03 2010 52110 10 14049471 04 2010 / 04 2010 52110 1014846992 05 2010 / 05 2010 521

IMPORTE DEUDA:Principal 1.814,19Recargo 362,82Intereses 104,44Costas devengadas 31,92Costas e intereses presup. 200,00Total 2.513,37

No habiendo satisfecho la mencionada deuda yconforme a lo previsto en el articulo 103 del Reglamen-to General de Recaudación de la Seguridad Socialaprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 dejunio, (B.O.E. del dia 25), DECLARO EMBARGADOS losinmuebles pertenecientes al deudor que se describenen la RELACION adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de esteembargo a las responsabilidades del deudor en elpresente expediente, que al día de la fecha asciendena la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor,en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y alos acreedores hipotecarios indicándoles que los bie-nes serán tasados con referencia a los precios demercado y de acuerdo con los criterios habituales devaloración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva,por las personas o colaboradores que se indican en elcitado Reglamento de Recaudación, a efectos de laposible venta en pública subasta de los mismos encaso de no atender al pago de su deuda, y que servirápara fijar el tipo de salida, de no mediar objeción porparte del apremiado. Si no estuviese conforme el deu-dor con la tasación fijada, podrá presentar valoracióncontradictoria de los bienes que le han sido trabados enel plazo de quince días, a contar desde el siguiente al dela notificación de la valoración inicial efectuada por losórganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe

B.O. DE CÁCERESPágina 4 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE díasnaturales, a partir del siguiente al de la publicación delpresente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provin-cia, o su exposición en el Tablón de Anuncios corres-pondiente.

En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios

cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los docu-

mentos que se reseñan a continuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedi-

da por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad

que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa

de incompatibilidad

Cáceres a 21 de marzo de 2011.- El Presidente,Julio Márquez de Prado Pérez .- El Secretario de Go-bierno, Isabel M.ª Collado Castaño.

1838

EDICTO

Por renovación del cargo de Juez de Paz de lalocalidad de Extremadura, que a continuación se ex-presa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE MOHEDAS DE GRANADILLAJUEZ DE PAZ SUSITUTO

Los que deseen solicitar dicho cargo, deberánpresentar sus solicitudes en el Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción Decano del Partido, extendidasen papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidentedel Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, consede en Cáceres, dentro del término de VEINTE díasnaturales, a partir del siguiente al de la publicación delpresente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provin-cia, o su exposición en el Tablón de Anuncios corres-pondiente.

En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios

cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los docu-

mentos que se reseñan a continuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedi-

da por el Registro Central de Penados y Rebeldes delMinisterio de Justicia.

C) Certificación Médica de no padecer enfermedadque incapacite para el ejercicio del cargo de Juez dePaz.

D) Declaración jurada de no estar incurso en causade incompatibilidad.

Cáceres a 21 de marzo de 2011.- El Presidente,Julio Márquez de Prado Pérez.- El Secretario de Gobier-no, Isabel M.ª Collado Castaño.

1838

JUZGADO DE LO SOCIAL - 2

CÁCERES

SERV. COMÚN ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

D.ª MARÍA CATALINA CORTÉS PAREDES, SECRETA-RIA JUDICIAL DEL SERVICIO COMÚN DE ORDE-NACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

HAGO SABER: Que en el PROCEDIMIENTO ORDI-NARIO 652/2010 del Juzgado de lo Social n.º 2 deCáceres, seguido a instancia de D.ª VERÓNICA LÓPEZPLATA, contra la empresa FERNANDO PINO NEVADOsobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

D E C R E T O

Secretaria Judicial D.ª ANA MARÍA MAQUEDA PÉ-REZ DE ACEVEDO

En CÁCERES, a veintiuno de enero de dos mil once

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- VERÓNICA LÓPEZ PLATA ha presenta-do demanda contra FERNANDO PINO NEVADO deORDINARIO.

SEGUNDO.- Se ha requerido a VERÓNICA LÓPEZPLATA para que subsane al no haber desglosado porconceptos la cantidad reclamada en la demanda ad-vertidos en la demanda, en el plazo de 4 días.

TERCERO.- La parte demandante ha presentadoescrito de subsanación de los defectos formales ad-vertidos en la demanda el día 19-01-11.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Subsanados en tiempo y forma por eldemandante los defectos formales advertidos en sudemanda procede su admisión y de conformidad conel art. 82 de la LPL señalo el próximo 11/5/2011 a las09:30 para la celebración del acto de juicio en la salade vistas de este JDO. DE LO SOCIAL N.º 2 sita enAVDA. DE LA HISPANIDAD ESQUINA RONDA DE SANFRANCISCO , para el caso de que las partes no lleguena una avenencia en el acto de conciliación a celebrar

B.O. DE CÁCERES Página 5Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

ante el/la Secretario/a Judicial 11 de Mayo de 2011 a las9,05 horas

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Admitir la demanda presentada.

- Señalar el próximo día 11 de mayo de 2011, a las9,05 horas para la celebración del acto de conciliaciónante el Secretario Judicial, y 11/5/2011 a las 09:30 parala celebración, en su caso, del acto de juicio.

-Requerir a la parte actora para que presente eloriginal del acto de conciliación.

- Citar a las partes en legal forma con la advertenciade que de no comparecer ni alegar justa causa quemotive la suspensión del acto de conciliación o juicio,podrá el/la Secretario/a Judicial en el primer caso y el/la Juez en el segundo, tener al actor por desistido dela demanda, y si se tratase del demandado no impe-dirá la celebración de los actos de conciliación y juicio,continuando éste sin necesidad de declarar su rebel-día.

Dese cuenta a S.Sª. Iltma. de la petición de pruebainteresada.

- Antes de la notificación de esta resolución a laspartes paso a dar cuenta a SSª del señalamientoefectuado por el/la Sr./a Secretario/a Judicial Encarga-do/a de la Agenda Programada de Señalamientos.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso dereposición a interponer ante quien dicta esta resolu-ción, en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes asu notificación con expresión de la infracción que ajuicio del recurrente contiene la misma, sin que lainterposición del recurso tenga efectos suspensivoscon respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Se advierte al destinatario FERNANDO PINO NEVA-DO, que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución o de la cédula en el tablónde anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban reves-tir forma de auto o sentencia, o cuando se trate deemplazamiento.

En Cáceres, a dieciocho de marzo de dos mil once.-La Secretaria Judicial, María Catalina Cortés Paredes.

1854

CÁCERES

EDICTO

D. MIGUEL GÓMEZ DE LIAÑO GONZÁLEZ, SECRETA-RIO JUDICIAL DEL SERVICIO COMÚN DE ORDE-NACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CÁCERES.

HAGO SABER: Que en el PROCEDIMIENTO ORDI-NARIO 75/2011 del Juzgado de lo Social n.º 2 deCáceres, seguido a instancia de D. ÁNGEL LEO BA-RRAS, contra la empresa PROCERPLAN, S.L., sobreRECLAMACIÓN DE CANTIDAD, se han dictado lassiguientes resoluciones:

D E C R E T O

Secretario Judicial D. MIGUEL GÓMEZ DE LIAÑOGONZÁLEZ.

En CÁCERES, a diecisiete de Marzo de dos mil once

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- ANGEL LEO BARRAS ha presentadodemanda de reclamación de cantidad frente aPROCERPLAN,S.L..

SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a esteJDO. DE LO SOCIAL N.º 2.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Examinados los requisitos formales deesta demanda procede su admisión y de conformidada lo dispuesto en el art. 82 LPL señalo el próximo 14/6/2011 a las 09:40 para la celebración del acto de juicioen la sala de vistas de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2sita en AVDA. DE LA HISPANIDAD ESQUINA RONDADE SAN FRANCISCO, para el caso de que las partesno lleguen a una avenencia en el acto de conciliacióna celebrar ante el/la Secretario/a Judicial el mismo díaa las 9,15 horas

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Admitir la demanda presentada.

- Señalar para el próximo día 14/6/11 a las 9,15horas para la celebración del acto de conciliación anteel/la Secretario/a Judicial, y 14/6/2011 a las 09:40 parala celebración, en su caso, del acto de juicio.

- Citar a las partes en legal forma con la advertenciade que de no comparecer ni alegar justa causa quemotive la suspensión del acto de conciliación o juicio,podrá el/la Secretario/a Judicial en el primer caso y el/la Magistrado/a Juez en el segundo, tener al actor por

B.O. DE CÁCERESPágina 6 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

desistido de su demanda; y si se tratase del deman-dado no impedirá la celebración de los actos de con-ciliación y juicio, continuando éstos sin necesidad dedeclarar su rebeldía.

- Dar cuenta a S.Sª.Iltma. de la prueba propuesta enla demanda

- Citar al FOGASA y citar a la empresa POCERPLANpor edictos por estar en paradero desconocido.

- Antes de la notificación de esta resolución a laspartes paso a dar cuenta a SSª del señalamientoefectuado por el/la Sr./a Secretario/a Judicial En-cargado/a de la Agenda Programada deSeñalamientos.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso dereposición a interponer ante quien dicta esta resolu-ción, en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes asu notificación con expresión de la infracción que ajuicio del recurrente contiene la misma, sin que lainterposición del recurso tenga efectos suspensivoscon respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

CÉDULA DE CITACIÓN

TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR

JDO. DE LO SOCIAL N.º 2

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000075 /2011

PERSONA A LA QUE SE CITA

PROCERPLAN,S.L., FOGASA como parte/s deman-dada/s.

OBJETO DE LA CITACIÓN

Asistir en esa condición al/los acto/s de concilia-ción, y en su caso, juicio. Y también, si la parte contrarialo pide, y el/la Tribunal lo admite, contestar al interroga-torio que aquélla pueda formular.

LUGAR EN QUE DEBE COMPARECER

En la sede de esta Oficina Judicial, AVDA. DE LAHISPANIDAD ESQUINA RONDA DE SAN FRANCISCO

DÍA Y HORA EN LA QUE DEBE COMPARECER

14/6/2011 a las 09:40 para el acto de juicio en la salade vistas n.º 5 y la conciliación el mismo día a las 9,15horas en la sede de la UPAD en la 2.ª planta.

PREVENCIONES LEGALES

1º.- La incomparecencia del demandado, debida-mente citado, no impedirá la celebración de los actosde conciliación, y en su caso, juicio, continuando éstesin necesidad de declarar su rebeldía, (art. 83.3 LPL).

2º.- Se le hace saber que la parte demandante haindicado que acudirá al acto del juicio con abogadopara su defensa y/o representación - procurador ograduado social para su representación, lo que se lecomunica a los efectos oportunos.

3º.- Debe asistir al juicio con todos los medios deprueba de que intente valerse, (art. 82.2 LPL).

Podrán asimismo solicitar, al menos con diez díasde antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebasque, habiendo de practicarse en el mismo, requierandiligencias de citación o requerimiento (art. 90.2 LPL).

4º.- Se le advierte que la parte actora ha solicitadocomo pruebas:

5º.- Debe comunicar a esta Oficina Judicial cual-quier cambio de domicilio que se produzca durante lasustanciación de este proceso (art. 155.5 párrafo 1.º dela LEC)

6º.- También deberá comunicar, y antes de sucelebración, la existencia de alguna causa legal quejustificara la suspensión de los actos de conciliacióny/o de juicio a los que se le convoca, (art. 183 LEC).

En Cáceres, a diecisiete de marzo de dos mil once.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Se advierte al destinatario PROCERPLAN que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comuni-cación de las resoluciones que deban revestir formade auto o sentencia, o cuando se trate de emplaza-miento.

En Cáceres, a diecisiete de marzo de dos mil once.-El Secretario Judicial, Miguel Gómez de Liaño González.

1853

JUZGADO DE LO SOCIAL - 3

PLASENCIA

EDICTO

D.ª MARÍA AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, SECRE-TARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º3 DE PLASENCIA.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECU-CIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 14/2011 de este Juz-gado de lo Social, seguidos a instancia de D. CÁNDIDOPALOMO DE CLARA, contra la empresa SERVICIOSEXTREMEÑOS NAVARRO, S.L., N.E., sobre ORDINA-RIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya partedispositiva se adjunta:

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D E C R E T O

Secretaria Judicial D.ª MARÍA AUXILIADORA CAS-TAÑO RAMOS

En PLASENCIA, a veintiuno de marzo de 2011

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En el presente procedimiento seguidoentre las partes, de una como ejecutante D. CÁNDIDOPALOMO DE CLARA y de otra como ejecutada/s SER-VICIOS EXTREMEÑOS NAVARRO, S.L., N.E., se dictóresolución judicial despachando ejecución para cubrirun total de 3.127,16 euros.

SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultadodiligencia de embargo, desconociéndose tras lasnecesarias averiguaciones practicadas la existenciade bienes suficientes susceptibles de traba y dándosela preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

TERCERO.- Por resolución de fecha 4-03-11 se diótraslado al Fondo de Garantía Salarial, a fin de queinstase la práctica de nuevas diligencias cuyo resulta-do consta en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el art 274.1 y 2 de la LPL quepreviamente a la declaración de insolvencia, si elFondo de Garantía Salarial no hubiere sido llamadocon anterioridad, el Secretario judicial le dará audien-cia, por un plazo máximo de quince días, para quepueda instar la práctica de las diligencias que a suderecho convenga y designe los bienes del deudorprincipal que le consten.

Dentro de los treinta días siguientes a la práctica delas diligencias instadas por el Fondo de GarantíaSalarial, el Secretario judicial dictará decreto declaran-do, cuando proceda, la insolvencia total o parcial delejecutado, fijando en este caso el valor pericial dado alos bienes embargados. La insolvencia se entenderáa todos los efectos como provisional hasta que seconozcan bienes al ejecutado o se realicen los bienesembargados.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar al/los ejecutado/s SERVICIOS EXTRE-MEÑOS NAVARRO, S.L. N.E. en situación de INSOL-VENCIA TOTAL que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutan-te para que surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en elLibro correspondiente, y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienesdel ejecutado.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente re-solución cabe recurso directo de revisión que deberáinterponerse ante quien dicta la resolución en el plazode CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación dela misma con expresión de la infracción cometida enla misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. Elrecurrente que no tenga la condición de trabajador obeneficiario de régimen público de la Seguridad Socialdeberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, enla cuenta nº en el BANESTO debiendo indicar en elcampo concepto, la indicación recurso seguida delcódigo «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria deberá incluir tras lacuenta referida, separados por un espacio con laindicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la mismacuenta deberá especificar un ingreso por cada concep-to, incluso si obedecen a otros recursos de la mismao distinta clase indicando en el campo de observacio-nes la fecha de la resolución recurrida utilizando elformato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono entodo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comuni-dades Autónomas, las Entidades locales y los Orga-nismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma aSERVICIOS EXTREMEÑOS NAVARRO, S.L., N.E., enignorado paradero, expido la presente para su inser-ción en el Boletín Oficial de la Provincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficinajudicial, salvo el supuesto de la comunicación de lasresoluciones que deban revestir forma de auto o sen-tencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Plasencia, a veintiuno de marzo de 2011.- LaSecretaria Judicial, María Auxiliadora Castaño Ramos.

1850

PLASENCIA

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D.ª MARÍA AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, SECRE-TARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE PLASENCIA.

HAGO SABER: Que en el procedimiento DEMANDA0000151 /2010 -1 de este Juzgado de lo Social, segui-

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dos a instancias de D. SANTIAGO SERRANO MORE-NO, contra la empresa COMUNIDAD MANCHEGA DESERVICIOS, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado lasiguiente:

SENTENCIA n.° 291/10

En Plasencia, a veintiséis de noviembre de dos miidiez.

Dña. MARÍA JOSÉ JAVATO OLLERO, MagistradoJuez del Juzgado de lo Social número Tres de los deCáceres constituido en Plasencia» ha visto losautos número 151/2010 seguidos a instancia de D.Santiago Serrano Moreno, con domicilio en Navalmo-ral de la Mata, asistida del Abogado doña María MartínCandeleda, contra la empresa COMUNIDAD MAN-CHEGA DE SERVICIOS, S.L., no compareciendo lamisma y habiendo sido debidamente citada, sobrereclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: El día 24 de febrero pasado y por la parteactora se presentó demanda en el Juzgado Decano deesta ciudad, la que en virtud del turno dereparto efectuado, su conocimiento correspondió aeste Juzgado, en la que después de alegar los hechosy fundamentos legales que estimó pertinentes, termi-naba con la súplica que previos los oportunos tramiteslegales, se dicte Sentencia en la que se condene a laempresa demandada a abonarle la cantidad de4.488,45 euros en concepto de salarios adeudados, eindemnización fin de contrato, así como al abono delinterés del 10% en concepto de mora.

SEGUNDO: Admitida la demanda a trámite, seacordó señalar para que tuviera lugar el acto de juicioel día 23 de noviembre, compareciendo tan solola parte actora, no así la demandada pese a estarcitada en legal forma. Abierto el acto del juicio, la parteactora se afirmó y ratificó en la demanda.Recibido el juicio a prueba como fue interesado por laparte, propuso cuantos medios de prueba consideróoportunos, los cuales, previa su admisión, se practica-ron con el resultado que obra en las actuaciones; trasello y en el trámite de conclusiones, la parte elevó adefinitivas sus pretensiones, quedando después losautos sobre la mesa del Juzgador para dictar la corres-pondiente resolución.

TERCERO: En el presente procedimiento se hanobservado, en lo esencial, todas las formalidadeslegales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO: El actor, de las circunstancias persona-les que constan en la demanda vino prestando susservicios profesionales para la demandadadesde el 2 de octubre de 2009 hasta el 31 de diciembrede 2009 con una categoría profesional de comercial y

percibiendo un salario de 1480,87 euros mensualescon la inclusión de la parte proporcional de pagasextraordinarias.

SEGUNDO: Que la demandada no le ha satisfechoal demandante la nómina correspondiente a los me-ses de octubre, noviembre, diciembre de 2009, ni laindemnización por finalización de contrato ascendien-do el total reclamado a 4.488,45 euros.

TERCERO: Celebrado acto de conciliación la em-presa no compareció, terminando con el resultado«sin efecto».

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Reclama el actor en el presente proce-dimiento el abono de una serie de cantidades corres-pondientes a salarios pendientes de pago, y abono dela indemnización por finalización de contrato, pagosque no han sido probados por la empresa dada suincomparecencia pese a estar citada en legal forma.

Por la parte demandante sí se acredita tanto larelación laboral como el importe de las cantidadesreclamadas, las cuales tiene derecho a percibir enlos términos establecidos en el art. 29 del DE LA LEYDEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, por lo quehabrá de estimarse la demanda interpuesta en todossus extremos, incluido tanto el interés correspondien-te en concepto de mora equivalente a un 10%.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por DonSantiago Serrano Moreno, debo condenar y condeno ala demandada COMUNIDAD MANCHEGA DESERVICIOS, S.L., a que abone al actor la cantidad de4.488,45 euros más el interés correspondiente enconcepto de mora equivalente a un 10% de lacitada cantidad.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendoque contra ella podrán interponer Recurso deSuplicación ante el Tribunal Superior de Justicia deExtremadura que deberá ser anunciado por compare-cencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro delos cinco días siguientes al de la notificación de estaSentencia, o por simple manifestación de la parte o desu Abogado o representante en el momento en que sele practique la notificación. Adviértase igualmente alrecurrente que no fuera trabajador o causahabientesuyo o beneficiario del Régimen publico de SeguridadSocial, o no tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de cientocincuenta euros con veinticinco céntimos en la cuentade Depósitos y Consignaciones abierta en el BANCOESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A. (BANESTO), sito en estaciudad en la calle Talavera, n.° 26 (10600 Plasencia) anombre de este Juzgado con el número 3142, clave 65,acreditando ante la Secretaría de este Juzgado me-

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diante la presentación del justificante de ingreso en elperiodo comprendido hasta la formalización delrecurso así como, en el caso de haber sido condenadoen sentencia al pago de alguna cantidad, consignar enla citada cuenta, la cantidad objeto de condena, oformalizar aval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria del avalista,incorporándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso.

En todo caso, el recurrente deberá designar Aboga-do para la tramitación del recurso, al momento deanunciarlo.

Incorpórese esta Sentencia al correspondiente li-bro y expídase certificación literal de la misma paraconstancia en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgan-do, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGALFORMA a COMUNIDAD MANCHEGA DE SERVICIOSS.L., en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia.

En PLASENCIA a dieciocho de marzo de dos milonce.

Se advierte al destinatario que las siguientes co-municaciones se harán en los estrados de este Juzga-do, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, ose trate de emplazamiento.-La Secretaria Judicial,María Auxiliadora Castaño Ramos.

1849

JUZGADOS

PLASENCIA

EDICTO

DOÑA MARÍA BELÉN GAMAZO CARRASCO, MAGIS-TRADO-JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-TANCIA N.º 3 DE PLASENCIA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue elEXPEDIENTE DE DOMINIO N.º 849/2010 a instanciade ISMAEL PÉREZ PÉREZ, para la inmatriculación dela siguiente finca:

RÚSTICA: En el Municipio de Aldeanueva del Ca-mino (Cáceres), monte de encinar y alcornoque, des-tinado a pastos, con prado de regadío y de secano, enel que hay enclavada una casa, al sitio de la Dehesillay Palancar, con una extensión superficial de cincohectáreas y cincuenta áreas aproximadamente. Lin-da: norte finca de Miguel Briz Martín que se vende aModesto Pérez Hernández; Sur, estanque de SeverianoMorales, prado de Reyes González y camino publico;este, carretera a la Estación de Aldeanueva, y oestecalleja publica.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

En Plasencia a catorce de marzo de 2011.- LaMagistrado Juez (ilegible).- La Secretario (ilegible).

1845

CORIA

Corrección de error

D. MIGUEL ÁNGEL CAVERO COLL, SECRETARIO JU-DICIAL DE JDO.1.ªINST.E INSTRUCCIÓN N.º 2 DECORIA.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en reso-lución del día de la fecha dictado en el procedimientoEJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES 837/2009que se sigue en este Juzgado a instancia de MONTEDE PIEDAD Y CAJA DE AHORROS BADAJOZ represen-tado por D. MANUEL FERNÁNDEZ SIMÓN, contraDAMIÁN TALAVERA CÓRDOBA, ARGEME CÓRDOBAROSO en reclamación de 3.654,43 euros de principale intereses moratorios y ordinarios vencidos másotros euros fijados prudencialmente para intereses yc o s t a sde ejecución, por el presente se anuncia la venta enpública subasta, con antelación de veinte días cuandomenos, de la siguiente finca propiedad del ejecutado:

URBANA, sita en Coria C/. San Francisco n.° 1,inscrita al tomo 698, libro 132, folio 88 finca registral n.°12035 del registro de la propiedad de Coria.

La subasta se celebrará el próximo día 10/06/11 alas 10 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgadosito en AVDA PUENTE NUEVO S/N, conforme con lassiguientes CONDICIONES:

1.ª- La finca embargada ha sido valorada en24.264,22 €, y una vez practicada la liquidación decargas, dicha valoración a efectos de la celebración dela subasta es de 24.264,22 €.

2.ª- La certificación registral y, en su caso, la titula-ción del inmueble o inmuebles que se subastan estaráde manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

3.ª- Se entenderá que todo licitador acepta comobastante la titulación existente o que no existan títulos.

4.ª- Las cargas o gravámenes anteriores, si loshubiere, al el solo hecho de participar en la subasta,que el licitador los admite y queda subrogado en laresponsabilidad derivada de aquellos, si el remate seadjudicare a su favor.

5.ª- Para tomar parte en la subasta los postoresdeberán depositar, previamente, en la Cuenta de De-pósitos y Consignaciones de este Juzgado en la enti-dad BANESTO, agencia n.°, cuenta n.°1151000005083709, el 30 por 100 del valor de la

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finca a efecto de subasta, devolviéndose las cantida-des, una vez aprobado el remate, a aquellos queparticipen en la misma, excepto al mejor postor, salvoque soliciten su mantenimiento a disposición del Juz-gado para el caso en que el rematante noconsignare el resto del precio, debiendo consignarasimismo en dicho resguardo si, en su caso, lascantidades ingresadas pertenecen en todo o en partea un tercero identificándole adecuadamente.

6.ª- Desde el anuncio de la subasta hasta sucelebración podrán hacerse posturas por escrito ensobre cerrado al que se deberá acompañar el resguar-do de haber realizado la consignación a que se refierela condición anterior, los cuales serán abiertos al iniciode la subasta, surtiendo los mismos efectos que lasque se realicen oralmente.

7.ª- Sólo el ejecutante podrá hacer posturas con lafacultad de ceder el remate a un tercero, pudiendotomar parte en la subasta solo cuando existan licitado-res, pudiendo mejorar las posturas que hicieren.

8.ª- Para el caso de que se hagan posturas que nosuperen al menos el 50 por 100 del valor de tasacióno aun siendo inferior cubran, al menos, la cantidad porla que se ha despachado ejecución, incluyendo laprevisión para intereses y costas, no se aprobará elremate salvo que el Tribunal acuerde otra cosa a lavista de las circunstancias concurrentes en elprocedimiento.

9.ª- No se puede hacer constar la situación posesoríadel inmueble.

10.ª- El presente edicto estará expuesto en el tablónde anuncios de este Juzgado y en los lugares públicosde costumbre hasta la fecha de celebración de lasubasta.

11.ª- Para el caso de que la notificación del seña-lamiento al ejecutado resultante infructuoso por en-contrarse en ignorado paradero, sirva la presente denotificación edictal para el mismo.

12.ª- En el supuesto que por causa de fuerza mayorno pudiere llevarse a cabo la subasta en e¿ mía y horaseñalados, se celebrará el día siguiente hábil.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presenteen CORIA, a 16 de marzo de 2011.- El SecretarioJudicial, Miguel Ángel Cavero Coll.

1894

CORIA

Corrección de error del Juzgado de Primera Instan-cia n.º 1 de Coria.

FRANCISCO NAVARRO HERNANDEZ, Procuradorde los Tribunales y de D.ª Elena Lopez Dominguez, enel Expediente de Declaración de Herederos n.º 38/11que se siguen ante el Juzgado de 1.ª de Coria, ante esaAdministración comparezco y como mejor proceda enderecho, DIGO:

Que el Boletín n.º 52 de fecha 17/03/11 viene publi-cado edicto con defecto de transcripción, pues obraerróneamente n.º 534/10, cuando debe ser n.º 38/11.

Por ello, intereso se proceda RECTIFICAR tal error.

Por lo expuesto,

SUPLICO: Que teniendo por presentado este es-crito, se acuerde la RECTIFICACIÓN de la publicaciónde edicto en el sentido interesado.

Coria a 17 de marzo de 2011.1765

ALCALDÍASGARROVILLAS DE ALCONETAR

Edicto

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día17-Marzo-2011, ha aprobado definitivamente el RE-GLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CENTRORESIDENCIAL DE MAYORES, cuyo texto íntegro sehace público, para su general conocimiento y en cum-plimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer porlos interesados recurso contencioso–administrativo,ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tri-bunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónomade Extremadura, en el plazo de dos meses contadosa partir del día siguiente al de la publicación de esteanuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

En Garrovillas de Alconétar a 18 de marzo de 2011.-El Alcalde, Pedro Martín Maldonado.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

El presente «Reglamento de Régimen Interno delCentro Residencial de Mayores» está elaborado deacuerdo con el Decreto 4/1996, de 23 de Enero, por elque se regulan los establecimientos de AsistenciaSocial Geriátrica de la Comunidad Autónoma de Extre-madura.

CAPÍTULO I

CONDICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1.- La Residencia de Mayores de Garro-villas de Alconétar se clasifica como Centro Residen-cial por estar destinado a servir de vivienda permanen-te y común, que se presta una asistencia integral ycontinuada a quienes no pudieron satisfacer estasnecesidades por otros medios.

Según las características de los usuarios, quedacatalogada como RESIDENCIA GERIÁTRICA MIXTApor acoger a personas que pueden desenvolverse de

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forma autónoma y a personas que necesitan de asis-tencia para la vida diaria.

ARTÍCULO 2.- Concretando lo establecido por elDecreto 4/1996, por el que se regulan los estableci-mientos de asistencia social geriátrica, a continuaciónse detallan:

· Actúa de acuerdo con los principios operativosen la Ley de Asistencia Social Geriátrica, y específica-mente con los principios ordenadores y los Objetivosde Planificación que establece la Junta de Extremadu-ra.

· Este Reglamento de Régimen Interno regulalos aspectos siguientes:

A.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS.B.- SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUA-

RIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.C.- ÓRGANOS DE GESTIÓN Y REPRESENTACIÓN.C.1. EL RESPONSABLE DEL CENTRO.C.2. LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIEN-

TO.D.- SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS Y

RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONESE.- SISTEMA DE ADMISIÓN.F.- SISTEMA DE COBRO DEL PRECIO DE LOS

SERVICIOS.G.- ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTER-

NO.H.- NORMAS DE CONVIVENCIA.I.- INFRACCIONES Y SANCIONES.

CAPÍTULO II

A.- CATÁLOGO DE DERECHOS Y DEBERES DELUSUARIO.

ARTÍCULO 3.- Son DERECHOS DE LOS USUA-RIOS:

1) Asistir a la Asamblea General y tomar parte desus debates con voz y voto.

2) Tener acceso a todo tipo de publicaciones quese reciban en el Centro.

3) Participar en los servicios y actividades que seorganicen en el Centro y colaborar con sus conoci-mientos y experiencia en el desarrollo de las mismas.

4) Formar parte de las Comisiones que se cons-tituyan.

5) Elevar por escrito a la Junta de Gobierno yDirector del Centro propuestas relativas a mejoras enlos servicios.

6) Beneficiarse de las prestaciones establecidaspara la atención del socio o residente en el ámbito delCentro respectivo y en las condiciones que reglamen-tariamente se determinen.

7) Participar como elector y elegible en los proce-sos electorales del Centro.

ARTÍCULO 4.- Todo Usuario tiene derecho a lainformación, a la intimidad personal, a considerar laResidencia como su domicilio a todos los efectos, a lacontinuidad de las condiciones contratadas y a no ser

discriminado por razón de sexo, raza, ideología, políti-ca, religiosa, etc...

ARTÍCULO 5.- Son DEBERES DE LOS USUARIOS:1) Conocer y cumplir el Estatuto Básico y el Regla-

mento de Régimen Interior, así como los acuerdos einstrucciones emanadas de la Junta de Gobierno y dela Dirección, respectivamente

2) Utilizar adecuadamente las instalaciones delCentro.

3) Guardar las normas de convivencia y respetomutuo dentro del Centro.

4) Poner en conocimiento de la Junta y de laDirección del Centro las anomalías e irregularidadesque se observen en el mismo.

5) Abonar puntualmente el importe de los servi-cios y tasas según la normativa.

CAPÍTULO III

B.- SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LOS USUA-RIOS EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN.

ARTÍCULO 6.- El sistema de participación de losusuarios en los órganos de gestión se concreta me-diante la Asamblea General.

La Asamblea General se constituye por los usua-rios del Centro y por los trabajadores del Centro, estosúltimos con voz pero si voto.

La Asamblea General se reunirá en sesión ordina-ria una vez trimestralmente, y en sesión extraordinariacuantas veces sean necesarias, a petición del 25% delos residentes o socios.

ARTÍCULO 7.- La convocatoria de cada Asamblease realizará por el Presidente de la misma o por laDirección del Centro, con una antelación mínima desiete días. Se hará pública en el tablón de anuncios delCentro, haciéndose constar su carácter, la hora y elorden del día.

La Asamblea quedará formalmente constituidacon la presencia de al menos el 10% de los socios oresidentes en primera convocatoria y en segunda, quenecesariamente se realizará media hora después,cualquiera que sea el número de asistentes.

ARTÍCULO 8.- Una vez reunida, se efectuará laoportuna elección del Presidente y del Vicepresidentede la Asamblea General por el procedimiento de manoalzada, previa presentación de los candidatos a cadacargo. La duración del mandato será de dos años, ohasta que cause baja en el Cetro alguno de susmiembros.

ARTÍCULO 9.- Los acuerdos de la Asamblea setomarán por mayoría simple de los presentes.

ARTÍCULO 10.- En cada reunión de la Asamblea selevantará un acta donde figure:

a) Número de asistentes.b) Desarrollo de Orden del díac) Acuerdos tomados.

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Una copia del acta deberá hacerse pública en eltablón de anuncios del Centro.

ARTÍCULO 11.- Son facultades de la AsambleaGeneral:

1) Elaborar programas anuales de actividades.2) Acordar por mayoría de 2/3 la renovación de los

cargos de la Asamblea General, siempre que mediecausa justificada.

3) Planteamiento y resolución de posibles proble-mas que pudieran surgir en el Centro, con el objeto deprocurar y mejorar el buen funcionamiento del Centro.

4) Elaborar un acta o informe sobre el funciona-miento del Centro.

5) Velar por unas relaciones de convivencia parti-cipativas y democráticas entre los usuarios.

6) Adoptar los acuerdos pertinentes en materia depremios y sanciones.

7) Estimular la solidaridad entre los socios y resi-dentes.

CAPÍTULO IV

C.-ÓRGANOS DE GESTIÓN Y REPRESENTACIÓN.Los Órganos de Gestión y Representación son:C.l. Responsable o Director del Centro.-Este cargo será ostentado por el Alcalde o Conce-

jal de Bienestar Social, cuando sea el Ayuntamientoquien gestione el servicio del Centro, en caso contrarioserá el adjudicatario.

Funciones:-Hacer cumplir el pliego de condiciones.-Recibir propuestas relativas a la mejora de los

servicios que se presentan en la Residencia.-Recibir de los usuarios las anomalías e irregula-

ridades observadas por los mismos en el Centro, tantorelativas a las instalaciones/servicios como a las rela-ciones entre usuarios y entre éstos y el personal delCentro.

C.2 La comisión de Evaluación y Seguimiento:Composición:-El Alcalde-Presidente o Concejal de Bienestar

Social.-Un miembro por cada grupo político con represen-

tación en el Ayuntamiento, y uno de ellos será obliga-toriamente el Concejal de Bienestar Social.

-El/ La T.S. del S.S.B., participará como personaltécnico, con voz pero sin voto.

-Presidente de la Asamblea General.-El adjudicatario del servicio, en su caso, asistirá a

la Comisión, con voz pero sin voto.También formarán parte de la comisión, el secre-

tario de la Corporación a efectos de asesoramiento yfedatario.

El número de representantes de este órgano direc-tivo será siempre impar.

La comisión de Evaluación y seguimiento quedaráconstituida en primera convocatoria, cuando se en-cuentren presentes la mitad más uno de sus miem-bros, y en segunda, transcurrido al menos cuarenta yocho horas, en cuyo caso se entenderá válidamente

constituida con cualquiera que sea el número deasistentes.

La convocatoria la realizará el Presidente con unaantelación mínima de 48 horas, señalando el orden deldía, lugar y hora de la reunión.

Los acuerdos del Órgano Directivo se adoptaránpor mayoría simple, decidiendo en caso de empate elvoto del Presidente.

Se levantará acta de las sesiones, en la que figura-rán los asistentes a la reunión, desarrollo del orden deldía y acuerdos tomados.

La comisión se reunirá con carácter ordinario unavez al trimestre, y con carácter extraordinario, cuantasveces se considere necesario, siempre que existamayoría simple o lo soliciten por escrito el 25% de losresidentes.

CAPÍTULO V

D.- SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS YCANALIZACIÓN Y RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RE-CLAMACIONES.

ARTÍCULO 12.- El sistema de recogida de sugeren-cias, canalización y resolución de quejas y reclamacio-nes se llevará a cabo de forma directa mediante unbuzón de sugerencias y quejas que será atendido ypuesto en conocimiento de la Dirección del Centrodiariamente a través de la Hoja de Reclamaciones y/o Sugerencias.

La resolución de las reclamaciones y el estudiode las sugerencias se realizarán de forma inmediataponiéndolo en conocimiento de las personas respon-sables, así como de los usuarios afectados.

ARTÍCULO 13.- Cuando la queja afecte a más de unusuario o a la organización del Centro y la resoluciónde la misma requiera cierta complejidad, será convo-cado por la Dirección del Centro una Asamblea Gene-ral que tendrá como orden del día la problemáticaplanteada.

En la página siguiente se produce un Modelo deHoja de Reclamaciones y Sugerencias:

Nº de Orden...........................Fecha:....................................

HOJA DE RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS

DATOS DE IDENTIFICACIÓN

NOMBRE:.........................................................................APELLIDOS:...................................................................D.N.I.:....................................................................................HABITACIÓN:.....................................................................OTROS DATOS:.............................................................

MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

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...................................................................................

...................................................................................

DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA..................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

FIRMA:RECLAMANTE RECLAMADO

Fdo.................................. Fdo.- ........................

CAPÍTULO VI

E.- SISTEMA DE ADMISIONES.

ARTÍCULO 14.- La admisión en la Residencia deMayores de Garrovillas de Alconétar se llevará a caboteniendo en cuenta los siguientes aspectos:

1) Los requisitos establecidos para ser usuariosde la Residencia de mayores con Centro de día son:

-Tener 65 años cumplidos. -Pensionistas con 60 años cumplidos.-La edad mínima se podrá reducir a 50 años en

personas cuyas circunstancias personales, familia-res o sociales así lo aconsejen.

-No padecer enfermedad infectocontagiosa. -No padecer trastorno mental que impida la normal

convivencia con los otros usuarios.-No haber sido sancionado con expulsión de nin-

gún centro.2) La admisión de las solicitudes se efectuará, por

riguroso orden de puntuación una vez valorados losexpedientes, a excepción de aquellos casos en losque sea debidamente acreditada la urgencia.

En caso de no existir plazas libres, la fecha desolicitud de entrada quedará registrada en el fichero deposibles ingresos y por riguroso orden de puntuaciónse procederá a llamar a los teléfonos de contactoregistrado en la solicitud de ingreso.

3) Las solicitudes deberán ser formalizadas en elmodelo oficial al efecto, junto con la documentacióncorrespondiente y deberán presentarse en el mismoAyuntamiento.

Se establecen tres tipos de usuarios:-Residente con dependencia-Residente con autonomía -Residente de Centro de día.

ARTÍCULO 15.- Para admisión de nuevos residen-tes en la Residencia, ASISTIDA, NO ASISTIDA O MIXTAY CENTRO DE DIA se observarán las siguientes re-glas:

a) La firma del contrato de Admisión como Residen-te del interesado o familiar, persona responsable orepresentante, y en el que constarán los aspectossiguientes:

1. Filiación del interesado y familiar.2. Datos identificativos del familiar, persona res-

ponsable o representante.3. Descripción del estado físico y psíquico del

nuevo Residente.4. Acuse de recibo del presente Reglamento y

firma en cada una de sus hojas en prueba de confor-midad.

b) El futuro nuevo Residente aportará certificadomédico de su estado físico y psíquico. En caso contra-rio, se someterá a una revisión por el Médico Titular delCentro, quien emitirá informe que se unirá al expedien-te personal del Residente y que tendrá carácter vincu-lante para ambas partes, sometiéndose, por tanto,expresamente al mismo.

c) En el caso de que por el nuevo Residente seaporte certificado del médico sobre su estado físico ypsíquico, se practicará revisión previa a su ingreso, acargo de la Residencia, para corroborar o no la infor-mación aportada. En caso de discrepancia entre am-bos informes prevalecerá éste sobre aquel.

ARTÍCULO 16.- La condición de socio o residentese perderá por alguna de las siguientes causas:

1) A petición propia2) Por sanción disciplinaria3) Por fallecimiento

ARTÍCULO 17.- Si el solicitante del ingreso porcualquier motivo no se acogiese al derecho que leasiste de reserva de plaza, se corre el turno hasta elsiguiente, así sucesivamente hasta que la plaza va-cante quedase ocupada.

ARTÍCULO 18.- Entre la Residencia, el interesadoy, en su caso, la persona responsable del mismo, seformalizará un contrato que regulará todos los aspec-tos de la relación entre las partes contratantes desdeel nuevo residente hasta su baja.

ARTÍCULO 19.- En caso de que el nuevo residenteno pueda firmar el Contrato por imposibilidad física opsíquica, firmará su representante.

ARTÍCULO 20.- Si el residente no supiese firmar,colocará la huella dactilar del índice derecho en el lugarreservado para su firma, delante de los testigos quefirmarán debajo de la impresión dactilar. De no saberfirmar el responsable o representante, se actuará deidéntica forma que para el Residente.

ARTÍCULO 21.- El contrato podrá rescindirse ainstancia de la Residencia cuando el residente incurraen alguna de las siguientes circunstancias:

a) El impago de dos recibos por su estancia en elCentro.

b) No respetar las normas de convivencia delCentro de forma reiterada.

c) La embriaguez habitual o la drogadicción.d) La desidia y abandono de su higiene personal,

negándose a recibir la asistencia del personal de laResidencia.

B.O. DE CÁCERESPágina 14 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

e) El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa,o cualquier otro tipo de vejaciones a otro residentepersonal de la Residencia.

f) Ante un cambio del estado físico ó psíquico delresidente que lo lleve a la consideración de asistido, siel Centro no contara con plaza libre de esta considera-ción en un tiempo máximo de 15 días, ni la previsión detraslado inmediato a un centro de dependientes, losfamiliares directos y/o responsables se harán cargo delmismo.

CAPÍTULO VII

F.- SISTEMA DE COBRO DEL PRECIO DE LOSSERVICIOS.

ARTÍCULO 22.- El régimen de precios se regularápor las tarifas establecidas en el Centro y aprobadas porel Ayuntamiento y Junta de Extremadura.

ARTÍCULO 23.- EL SISTEMA DE COBRO se llevaráa cabo mensualmente dentro de los primeros cincodías de cada mes, mediante domiciliación bancaria.

ARTÍCULO 24.- El pago de las distintas mensualida-des se efectuará por adelantado, dentro de los cincodías de cada mes, mediante domiciliación bancaria,emitiendo la correspondiente factura acreditativa delpago, previa comprobación del mismo en los dos últi-mos casos, no procediendo, en ningún supuesto ni porningún concepto o causa, la devolución total o parcial decantidad alguna relativa a la mensualidad abonada.

ARTÍCULO 25.- El precio establecido inicialmente,se verá incrementado cada primero de año, tomándosecomo referencia el Índice de Precios al Consumo,publicado por el Instituto Nacional de Estadística uOrganismo que pueda sustituirle.

ARTÍCULO 26.- No está incluido en el precio de laestancia.

a) Todo el material que precise el Residente parasu uso personal: silla de ruedas, andadores, útiles deaseo personal, etc.

b) Los costes de las excursiones programadas porla Entidad a las que el Residente podrá acogerse deforma voluntaria.

c) Otros servicios prestados por profesionales aje-nos a la Residencia (odontológicos, podólogo, pelu-quería etc).

d) Teléfono y análogos.

ARTÍCULO 27.- En el supuesto de que dos recibosde estancia mensual resultaran impagados se pasa-rían al cobro por segunda vez, añadiéndole los gastosocasionados por la devolución.

En tal caso, ésta circunstancia se pondrá en cono-cimiento del Residente, de la persona responsable odel representante, con objeto de proceder a su regula-rización.

Si en el plazo de 15 días a contar desde el segundocobro, no se llegase al total resarcimiento de la deuda,el contrato se resolverá de forma automática.

ARTÍCULO 28.- En el caso de que el residentedecidiera causar baja de forma voluntaria en la Resi-dencia por cualquier motivo, deberá ponerlo en cono-cimiento de la misma con una antelación mínima de 15días, no procediendo la devolución del mes abonado.

ARTÍCULO 29.- La baja del Residente, cualquieraque fuere la causa, no implicará la devolución de laparte no consumida de la mensualidad abonada,quedando ésta, por tanto, en poder de la Residencia.

ARTÍCULO 30.- En el caso de defunción, en laliquidación final se contemplará:

a) El cobro, por parte de la Residencia, de losgastos ocasionados y no pagados efectivamente porel óbito, puesto que todos ellos son de cargo y cuentadel Residente.

CAPÍTULO VIII

G.- LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IN-TERNO.

ARTÍCULO 31.- Con el objeto de garantizar el buenfuncionamiento de la Residencia, así como preservarlos derechos de los Residentes, se establecen loshorarios siguientes para las actividades que se deta-llan:

VISITAS.- El horario de visitas se regirá según elexpuesto en el tablón de anuncios de la Residencia.

COMIDAS.- (Horario aproximado). Siempre preva-lecerá el horario expuesto en el tablón de anuncios dela Residencia:

* Desayuno De 9:00 a 10:30 horas· Entre el desayuno y la comida se servirá un

«refrigerio a las 11:30 horas de la mañana.· Almuerzo

Dependientes A las 12:30 horas Autónomos 13:30

· Merienda A las 17:00 horas· Cena Dependientes 19:30· Autónomos A las 20:00 horas

Por prescripción facultativa, pueden alterarse es-tos horarios para los Residentes que así lo precisen.

Asimismo, se debe tener en cuenta, que estoshorarios pueden variar, debido a la gran variedad denecesidades asistenciales que requieren los Resi-dentes, y por ello el horario de levantarse y acostarsevaría en función del estado del Residente.

En el caso de que el Residente tenga previstocualquier retraso respecto del horario señalado, debe-rá ponerlo en conocimiento de ésta a fin de que, a sullegada, pueda ser debidamente atendido.

SALIDAS Y COMUNICACIÓN DE LOS RESIDEN-TES CON EL EXTERIOR.- Tanto las salidas como lacomunicación con el exterior de los Residentes es librey sin ningún tipo de impedimento por parte de laResidencia para las personas válidas, siempre que nose perturbe el normal funcionamiento del Centro. No

B.O. DE CÁCERES Página 15Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

obstante y en relación con las salidas, a las personasasistidas deben pedir permiso a Dirección y comuni-car la hora de salida y llegada y quien se hace respon-sable del residente, al mismo tiempo ésta no se haceresponsable de los daños, perjuicios, etc, que recibao provoque el Residente a terceros, cuando se encuen-tre fuera del Centro.

HORARIO GENERAL DE CENTRO.- Dado el carác-ter de servicio permanente que efectúa la Residencia,su horario de funcionamiento es continuo las 24 horasdel día, si bien, a fin de garantizar el descanso de losResidentes, se ruega a los familiares y amigos abste-nerse de efectuar visitas del horario establecido paralas mismas.

ARTÍCULO 32.- En caso de fallecimiento del Resi-dente, se avisará inmediatamente a sus familiaresmás allegados para que gestionen su traslado alservicio de Pompas Fúnebres, la Residencia pondráa disposición de los familiares todos los medios a sualcance.

ARTÍCULO 33.- En cuanto a la Organización Internadel Centro, éste dispone de un personal altamentecualificado para tratar y ayudar a los Residentes. Orga-nización compuesta por las siguientes personas:

· Director/a Gerente· A.T.S./DUE· Auxiliares de Enfermería· Otros:- Cocinero/a- Limpiadores/as- Personal de Mantenimiento

No obstante, el cuidado diario de los Residentes serárealizado por los Auxiliares de Enfermería, mientras quela atención sanitaria corresponde al A.T.S./DUE.

CAPÍTULO IX

H.- NORMAS DE CONVIVENCIA.

ARTÍCULO 34.- Todo Residente debe respetar loestablecido en el presente Reglamento de RégimenInterno.

ARTÍCULO 35.- Para una mejor convivencia serespetarán las siguientes normas:

a) Cuando esté en zonas comunes, comedor,sala de estar ..., hágalo en ropa de calle.

b) Cualquier objeto que se encuentre entrégueloen Recepción inmediatamente, por tanto si Vd. haperdido algo diríjase a Recepción.

c) Está totalmente prohibido entregar propinas alpersonal trabajador del Centro.

d) No utilice los sillones de las zonas comunespara dormir, recuerde que es una zona de usos múl-tiples. El lugar adecuado es su habitación.

e) La capacidad del ascensor, donde lo tengan, eslimitada. Para evitar averías que perjudiquen a todos,

ajústese al número de personas que señala la cabina.f) La corriente eléctrica del Centro es de 220 V.

Antes de utilizar cualquier aparato eléctrico, cercióresede que el voltaje de éste es el adecuado.

g) Cuide de que en cada momento sólo perma-nezcan encendidas aquellas luces que son necesa-rias y colabore en apagar las que no deben serlo.

h) Procure no utilizar las zonas comunes durantelas horas de limpieza con el fin de facilitar las tareasencomendadas a este personal.

i) Las puertas del Centro permanecerán cerra-das de las 23 a las 8 horas de la mañana. Si porcualquier causa Vd. debiera regresar más tarde, debe-rá comunicarlo en Recepción.

j) Cuando se ausente del Centro, deberá entregarsiempre las llaves en recepción, por si se le extravíanen la calle.

k) Si por cualquier cosa pernoctase fuera del Cen-tro deberá comunicarlo en Secretaría con un día, almenos de antelación.

l) Tanto el resto de los residentes, como lostrabajadores del Centro, merecen su respeto y consi-deración, cuando se dirija a ellos, hágalo con amabi-lidad.

m) Cuando tenga algún problema con su compa-ñero de habitación u otro residente o trabajador delCentro, procure evitar cualquier tipo de enfrentamiento,póngalo en conocimiento del Responsable del Centro.

n) Está totalmente prohibido fumar en las depen-dencias del Centro, salvo las destinadas a tal efecto,con el fin de evitar posibles molestias a aquellaspersonas que le pueda perjudicar el humo.

H1.- COMEDORa) El menú es único para todos, salvo los regíme-

nes prescritos por su médico.b) Los horarios deben cumplirse con la mayor

rigurosidad, para evitar trastornos en el servicio, si poralguna circunstancia prevé la imposibilidad de hacer-lo, deberá comunicarla con la debida antelación.

c) Los residentes que no deseen hacer uso deuno de los servicios del comedor lo notificarán con almenos cuatro horas de antelación.

d) No está permitido sacar utensilios del come-dor, tales como cubiertos, vasos, servilletas, etc ..., nientrar alimentos que sean propios del Centro.

e) Recuerde que su plaza en el comedor es fija, noobstante el Responsable del Centro, por necesidadesde servicio podrá efectuar los cambios que se consi-deren oportunos.

Si por cualquier causa desea una modificacióndeberá canalizar su petición a través de los caucesestablecidos en este Reglamento de Régimen Interno.

H2.- HABITACIONESa) En la habitación el residente repartirá equitati-

vamente el espacio con su compañero, facilitándole entodo momento la colocación de prendas y utensilios.Repartirán su horario de forma que puedan disponer,en igualdad de tiempo, del servicio común, facilitandolas necesidades urgentes del compañero y mante-niendo la debida limpieza.

B.O. DE CÁCERESPágina 16 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

b) Se permite la colaboración en la limpieza de lahabitación en aquellas tareas que se encuentre capa-citado. En cualquier caso, deberá abandonarla duran-te el tiempo que el personal de limpieza permanezcaen ella.

c) No se permitirá, salvo caso de enfermedad, ydebidamente autorizado estar en ella y servirle comi-das en la misma.

d) Se abstendrá de modificar las instalaciones delas habitaciones y de utilizar aparatos eléctricos noautorizados por el Responsable del Centro, comoradiadores, neveras, etc. ...

e) Si observa alguna anomalía que se produzca ensu habitación (fontanería, electricidad, etc. ...) deberácomunicarla al personal responsable.

f) La utilización de aparatos de radio y T.V. estarácondicionada a que no molesten a los vecinos ocompañeros de habitación. Se utilizarán para este tipode aparatos antenas portátiles, el Centro no modificarálas instalaciones para tal efecto.

g) Se podrán tener macetas protegiendo la basede las mismas debidamente, para no deteriorar mue-bles o pavimento.

h) No está permitido tender, ni lavar ropa dentro delas habitaciones así como utilizar las ventanas parasecar las prendas.

i) No se guardarán en las habitaciones alimentossusceptibles de descomposición, o que puedan pro-vocar malos olores, con el fin de evitar intoxicacioneso enfermedades. Utilice las dependencias que el Centrotiene destinadas a tal fin.

j) Para evitar posibles accidentes, se pondrá es-pecial cuidado en dejar los grifos cerrados y las lucesapagadas al salir de la misma.

k) Durante las horas de descanso evite todo aque-llo que pueda molestar al resto de los residentes.

l) Los residentes serán responsables de la lim-pieza y cuidado de los objetos de su propiedad queestén colocados en su habitación.

m) Queda totalmente prohibido fumar en las habi-taciones por razones de higiene, seguridad y salud.

n) No se podrán utilizar braseros, infiernillos, es-tufas, planchas, etc.

H3.- LAVANDERÍAa) El cambio de sábanas se efectuará una vez por

semana, en las habitaciones de Autónomos y cada vezque sea necesario en las de dependientes.

b) La ropa de los residentes será marcada consus iniciales antes de ser ingresados en el Centro.Este servicio no se hace responsable del extravío delas prendas que los residentes no tengan marcadas.

c) No está permitido entregar para su lavado pren-das ostensiblemente estropeadas o injustificadamen-te sucias. Al respecto se le recuerda al residente laobligación de renovar su vestuario cuando le seanecesario.

H4.- SERVICIO MÉDICOa) Siempre que el estado físico de un residente así

lo exija, recibirá visita del médico de cabecera en suhabitación.

b) Los residentes deberán acudir a la consulta porsí mismo siempre que puedan hacerlo.

c) Cuando el residente necesite trasladarse aalgún centro especializado, deberá hacerlo por sucuenta o contando con la ayuda de sus familiares, encaso de no tenerla, y ser urgente, un trabajador delCentro podrá acompañarlo.

d) Los familiares serán quienes se hagan cargodel residente si es hospitalizado.

e) Cualquier petición por parte del residente ofamiliar de acompañamiento se abonará con la cuotadel mes. El acompañamiento asciende a la cantidadde 10 euros hora si es fuera del pueblo, 7 euros horasi es en la localidad.

H5.- VISITASa) Los residentes podrán recibir visitas en los

salones destinados a tal efecto.b) Las visitas se ajustarán a las siguientes nor-

mas.· Una vez que se comunique la visita, esta espe-

rará en la sala destinada al efecto hasta la llegada delresidente, quien le acompañará durante el tiempo quedure la misma y dentro del horario establecido, salvoen circunstancias especiales.

· Procurará espetar las instalaciones del Centro,teniendo especial cuidado si vienen acompañados demenores, haciéndose responsables los familiares delos posibles desperfectos que se pudieran ocasionar.

· No podrán subir a las habitaciones salvo quetuvieran autorización expresa en todo caso permane-cerán en ella el tiempo estrictamente necesario.

CAPITULO X

I.-INFRACCIONES Y SANCIONES.

A) DE LAS INFRACCIONES:La actuación anómala de los usuarios en el Centro

o en las actividades desarrolladas por los mismos,serán recogidas en el libro de incidencias habilitadopara tal fin, donde se recogerán diariamente por partedel personal auxiliar que trabaja en el mismo, conindicación de algún testigo de los hechos, si lo hubiera.

A.1. INFRACCIONES LEVES.1.-Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo

creando en el Centro situaciones de malestar.2.-Utilizar inadecuadamente las instalaciones y

medios de Centro o perturbar las actividades del mis-mo.

3.-Promover y participar en altercados, riñas , pe-leas de cualquier tipo, con usuarios y/o personal delCentro, siempre que no deriven daños graves a terce-ros.

4.-Falta de respeto a otros usuarios o personal delCentro.

A.2. INFRACCIONES GRAVES.1.-La reiteración de tres faltas leves.2.-El deterioro intencionado de instalaciones o

enseres del Centro.

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3.-La sustracción de objetos propiedad de uno delos usuarios, de los trabajadores o del Centro.

4.-Demora injustificada de un mes en el pago de laestancia.

5.-Utilizar aparatos o herramientas no autorizadasen el Centro.

6.-Falsear u ocultar datos en relación con el disfrutede cualquier prestación o servicio.

A.3.-INFRACCIONES MUY GRAVES.1.-La reiteración de tres faltas graves.2.-Agresión física o malos tratos graves a otros

usuarios o personal del Centro.3.-La embriaguez habitual, siempre que deteriore

la normal convivencia en el Centro.4.-Demora injustificada de dos meses en el pago

de las cuotas.5.-Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos

inexactos y relevantes en relación con la condición deresidente.

B) DE LAS SANCIONES.Sin perjuicio de las demás responsabilidades a

que hubiera lugar, las sanciones que se podrían impo-ner a los usuarios que incurran en algunas de las faltasmencionadas en el apartado anterior, serían las si-guientes:

B.1.- Por INFRACCIONES LEVES:1.-Amonestación verbal privada.2.-Amonestación individual por escrito.3.-Suspensión de los derechos de usuario por un

periodo de 15 días a dos meses.4.-Prohibición del derecho al disfrute de servicios

lúdicos y de participación en actividades del Centro enun tiempo no superior a seis meses.

B.2.-Por INFRACCIONES GRAVES:1.-Suspensión de los derechos de los usuarios por

un tiempo no superior a seis meses.2.-Prohibición del derecho de disfrute de servicios

lúdicos y de participación en actividades del Centro enun tiempo no superior a seis meses.

B.3.-Por INFRACCIONES MUY GRAVES:1.-Suspensión de los derechos de usuarios por un

periodo de seis meses a dos años.2.-Pérdida definitiva de la condición de socio del

Centro,

C) IMPOSICIÓN DE SANCIONES:l. Las sanciones por infracciones leves, graves y muy

graves, serán impuestas por la Comisión de Evaluacióny Seguimiento, mediante, el correspondiente expedien-te disciplinario, comunicándole al usuario los corres-pondientes recursos contra la sanción impuesta, alobjeto del posible recurso administrativo o contenciosoadministrativo que el residente pueda imponer.

2. En los casos de riesgo inmediato para la integri-dad física de los usuarios o personal del Centro, elResponsable del mismo adoptará las medidas caute-lares que considere oportunas, comunicándolo inme-diatamente a la Comisión de Evaluación y seguimientodel Centro.

D) PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES:1.-Las infracciones leves prescribirán a los dos

meses.2.-Las infracciones graves prescribirán a los cuatro

meses.3.-Las infracciones muy graves prescribirán a los

seis meses.4.-El plazo para el inicio de la prescripción empeza-

rá a contar desde el día en que se hubiese cometido.5.-El plazo de la prescripción se interrumpe cuando el

usuario reciba la comunicación de la incoación del expe-diente disciplinario y el nombramiento del Instructor.

6.-En el caso de la paralización del expediente porcausas ajenas a la voluntad del expeditado, y trascu-rrido un periodo de 60 días sin reanudarse, seguirácontado el plazo para la prescripción.

E) DE LA CANCELACIÓN DE LAS SANCIONES.En el caso de la firmeza de las sanciones impues-

tas, y una vez anotado en su expediente personal, secancelarán de oficio o por petición del usuario, una veztranscurrido los siguientes plazos:

a) En las sanciones por infracciones leves, DOSMESES.

b) En las sanciones por infracciones graves, CUA-TRO MESES.

c) En las sanciones por infracciones muy graves,SEIS MESES. Estos plazos serán contados a partir delcumplimiento de la sanción.

Los sancionados por faltas graves o muy graves nopodrán participar como elegibles en los procesoselectorales que se celebren en el Centro mientras queno quede cancelada la anotación a la cual se refiere elpárrafo anterior

DILIGENCIA: Para hacer constar que el presenteReglamento, fue aprobado definitivamente por el Ple-no del Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar, ensesión de fecha 17-Marzo-2011,

Garrovillas de Alconétar a 18-marzo-2011.- El alcal-de, Pedro Martín Maldonado.- El Secretario, DionisioAcuña Limón.

1785

GUIJO DE SANTA BÁRBARA

Edicto

Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Guijode Santa Bárbara de 2 de marzo de 2011, por la que serevoca el nombramiento como miembro integrante dela Junta de Gobierno Local al concejal D. AntonioBorreguero Solís y se efectúa nombramiento a favor delconcejal D. Emilio Jiménez Díaz DECRETO 10/2011.

En uso de las facultades que confieren los artículos21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguladorade las Bases del Régimen Local, modificado por Ley11/99 y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

B.O. DE CÁCERESPágina 18 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales,

HE RESUELTO,

PRIMERO.- Revocar el nombramiento del ConcejalD. Antonio Borreguero Solís como miembro integrantede la Junta de Gobierno Local.

SEGUNDO.- Designar como miembro integrantede la Junta de Gobierno Local a D. Emilio Jiménez Díaz.

TERCERO.- Notificar personalmente la resoluciónal Concejal designado que, salvo manifestación ex-presa, se considerará aceptada tácitamente.

CUARTO.- Remitir la Resolución del nombramien-to al Boletín Oficial de la Provincia para su publicaciónen el mismo, igualmente publicar la Resolución en eltablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio desu efectividad desde el día siguiente de la firma de laresolución por el Alcalde, según lo dispuesto en losartículos 43 y 44 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28de noviembre.

QUINTO.- Dar cuenta al Pleno de esta resoluciónen la primera sesión ordinaria que se celebre.

Lo que se publica para general conocimiento.

Guijo de Santa Bárbara a 8 de marzo de 2011.- ElAlcalde, Francisco Bernardo Huertas.

1752

TALAYUELA

Edicto

El Pleno de la Corporación en sesión celebrada eldía 10 de marzo de 2011, acordó aprobar inicialmentela modificación puntual n.º 31 de las Normas Subsi-diarias de Planeamiento Municipal, la que tiene porobjeto la modificación de la normativa de usos delSuelo No Urbanizable para posibilitar la implantaciónde instalaciones generadoras de energías renovablesde biomasa e instalaciones de transformación vincu-ladas a la explotación, disponiendo someter a infor-mación pública la documentación integrante de lamisma por plazo de 1 mes, a contar desde la publica-ción de este anuncio.

Durante dicho plazo cualquier entidad o personainteresada podrá conocer y examinar la documenta-ción integrante de la modificación y presentar losescritos y alegaciones que estimen convenientes.

De conformidad con el acuerdo del Pleno de laCorporación, de no presentarse reclamaciones du-rante el trámite de información pública esta modifica-ción se considerará aprobada provisionalmente.

Talayuela a 17 de marzo de 2011.- El Alcalde. RaúlMiranda Manzano.

TALAYUELA

Edicto

El Pleno de la Corporación en sesión celebradael día 10 de marzo de 2011, acordó aprobar inicial-mente la modificación puntual n.º 32 de las NormasSubsidiarias de Planeamiento Municipal, la que tie-ne por objeto la reclasificación de Suelo NoUrbanizable de protección del regadío (SNUP-4)para la creación del Polígono Industrial situado alnoreste de la Pedanías de Santa María de lasLomas y su ordenación detallada homologada parasu posterior desarrollo, disponiendo someter a in-formación pública la documentación integrante de lamisma por plazo de 1 mes, a contar desde la publi-cación de este anuncio.

Durante dicho plazo cualquier entidad o personainteresada podrá conocer y examinar la documenta-ción integrante de la modificación y presentar losescritos y alegaciones que estimen convenientes.

De conformidad con el acuerdo del Pleno de laCorporación, de no presentarse reclamaciones du-rante el trámite de información pública esta modifica-ción se considerará aprobada provisionalmente.

Talayuela a 17 de marzo de 2011.- El Alcalde, RaúlMiranda Manzano.

TALAYUELA

Edicto

El Pleno de la Corporación en sesión celebrada eldía 10 de marzo de 2011, acordó aprobar inicialmentela modificación puntual n.º 33 de las Normas Subsi-diarias de Planeamiento Municipal, la que tiene porobjeto modificar la Ordenanza tipo 6, mediante lacreación de la categoría 5.ª Dotacional-Equipamientopara posibilitar la instalación de tanatorios y serviciosfunerarios, incluso oficinas de servicios, disponiendosometer a información pública la documentación inte-grante de la misma por plazo de 1 mes, a contar desdela publicación de este anuncio.

Durante dicho plazo cualquier entidad o personainteresada podrá conocer y examinar la documenta-ción integrante de la modificación y presentar losescritos y alegaciones que estimen convenientes.

De conformidad con el acuerdo del Pleno de laCorporación, de no presentarse reclamacionesdurante el trámite de información pública estamodificación se considerará aprobada provisio-nalmente.

Talayuela a 17 de marzo de 2011.- El Alcalde, RaúlMiranda Manzano.

1769

B.O. DE CÁCERES Página 19Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

EL TORNO

Edicto

Transcurrido el plazo de exposición al público delacuerdo de aprobación inicial por el Pleno de esteAyuntamiento, en sesión celebrada el día 26-01-2011de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora dela Tasa por el servicio de Cementerio, al no habersepresentado reclamaciones, el mismo se eleva a defi-nitivo, conforme dispone el art. 17.º 4 del Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,procediéndose a la publicación del texto íntegro,señalándose que los interesados en el expedientepueden interponer recurso contencioso-administrati-vo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadu-ra, en el plazo de dos meses, contados a partir del díasiguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. deCáceres.

TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO.

Se modifica el art. 5.º que queda redactado de lasiguiente forma:

Artículo 5.- Cuota tributaria.1. Nicho a perpetuidad: 400,00 €.2. Columbario a perpetuidad: 110,00 €.3. Inhumación en fosa: 120,00 €. Inhumación en

nicho: 60,00 €.

La presente Ordenanza Fiscal, aprobada por elAyuntamiento Pleno, en sesión de fecha 26-01-2011entrará en vigor y será de aplicación a partir de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, perma-neciendo en vigor hasta su modificación o derogaciónexpresa.

El Torno a 17 de marzo de 2011.- El Alcalde, JuliánElizo Muñoz.

1764

SERRADILLA

Anuncio

Al no haberse presentado reclamaciones duranteel plazo de exposición al público, queda automática-mente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisio-nal del Ayuntamiento de 28 de enero de 2011, sobre lamodificación de la Ordenanza fiscal reguladora de latasa de CEMENTERIO MUNICIPAL, cuyo texto íntegrose hace público en cumplimiento del artículo 17.4 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR CEMENTERIO MUNICIPAL

ARTICULO 1 Fundamento y Naturaleza.En uso de las facultades concedidas por los arts.

133.2 y 142 de la Constitución Española y por el art.

106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de lasBases de Régimen Local, y de conformidad con lodispuesto en los artículos 20.4 p) del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, este Ayuntamiento establecela establece la TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL,que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyasnormas se atienen a lo prevenido en el artículo 57 delReal Decreto Legislativo 2/2004.

ARTICULO 2.- Hecho Imponible.1.- Lo constituye la prestación de los servicios del

cementerio municipal que de conformidad con lo pre-venido en el Reglamento de Policía Sanitaria yMortuoria aprobado por Decreto 161/2002, de 19 denoviembre, de la Consejería de Sanidad y Consumode la Junta de Extremadura, sean procedentes o seautoricen a instancia de parte.

Lo constituye la prestación de los servicios delcementerio municipal que de conformidad con lo pre-venido en el Reglamento de Policía Sanitaria y Mortuoriade 20 de julio de 1974, sean procedentes o se autori-cen a instancia de parte.

2.- A tenor de lo preceptuado en el artículo 20 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba elTexto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, se declara que estaactividad administrativa es de competencia municipal,según se establece en el art. 25 de la Ley 7/1985.

3.- La prestación pecuniaria que se satisfaga poreste concepto tiene la consideración de tasa, porquela actividad administrativa correspondiente si bien esde solicitud o recepción voluntaria, al no estar decla-rada la reserva a favor de las Entidades locales por elart. 86 de la Ley 7/85, la misma no es prestada en estalocalidad por el sector privado, todo ello a tenor de loestablecido en el art. 20.1 del Real Decreto Legislativo2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales.

ARTICULO 3.- Sujeto Pasivo.Son contribuyentes los solicitantes de la concesión

de la autorización o de la prestación del servicio, o ensu caso los titulares de la autorización concedida.

ARTICULO 4.- Exenciones subjetivas. Los enterramientos de los asilados procedentes

de la Beneficencia, siempre que la conducción severifique por cuenta del establecimiento mencionadoy sin ninguna pompa fúnebre que sea costeada porlos familiares del fallecido.

Los enterramientos de cadáveres de pobres desolemnidad.

Las inhumaciones que ordene la autoridad judicialy que se efectúen en la fosa común.

ARTICULO 5.- Cuota Tributaria.Se determina por las siguientes tarifas:a) Perpetuos:1.- Nichos: Para todas las filas de nichos y altura:

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600 euros.2.- Columbarios: para todas las filas y altura: 300

euros.b) Temporales:1.- Cesión Temporal de nichos por 10 años: 300

euros.2.- Cesión Temporal de nichos por 5 años: 150

euros.Notas Comunes.- Toda clase de sepultura o nichos

que por cualquier causa queden vacantes, revierte afavor del Ayuntamiento a los diez años, o a los tres deimpago de la cuota anual, siempre que hayan transcu-rrido cinco o siete años, según se trate de sepultura onicho, respectivamente.

El derecho que se adquiere mediante el pago de latarifa correspondiente a sepulturas, nichos, mauso-leos o panteones de los llamados perpetuos, no es dela propiedad física del terreno, sino de conservación aperpetuidad de los restos en dichos espaciosinhumados.

ARTICULO 6.- Devengo.Nace la obligación, cuando se inicia la prestación

de los servicios sujetos agravamen.

ARTICULO 7.- Gestión.Los sujetos pasivos solicitarán la prestación de los

servicios de que se trate, aportando cuanta documen-tación se les requiera y reintegrándolos a las arcasmunicipales de forma individual y autónoma.

No se tramitará ninguna solicitud sin el previoingreso de la tasa en la Tesorería Municipal o en lascuentas bancarias señaladas al efecto.

La concesión de nichos perpetuos se hará siemprede forma correlativa, comenzando por el nicho de laplanta inferior y terminando con la superior, la conce-sión temporal de nichos se hará en primer lugar la delos nichos que queden vacíos y en el caso de estartodos ocupados se arrendarán en la zona nueva, en lacuarta planta y en lo que respecta a la concesión deterrenos para la construcción de panteones ésta sehará siempre y cuando haya terrenos que por suextensión o ubicación no puedan servir para la cons-trucción de nichos.

En todo lo que respecta a la calificación de infrac-ciones tributarias y sus sanciones, se estará a lodispuesto en el art. 178 y siguientes de la Ley GeneralTributaria.

DISPOSICIÓN FINAL.La presente Ordenanza entrará en vigor el mismo

día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provin-cia, permaneciendo en vigor hasta su modificación oderogación expresa.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales, se podrá interponerpor los interesados recurso contencioso-administra-tivo, en el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el

Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superiorde Justicia de Extremdura.

Serradilla a 18 de marzo de 2011.-El Alcalde, FélixBravo Gómez.

1781

CORIA

Anuncio de aprobación definitiva de modificación deordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento de Coria, en sesióncelebrada el día 27 de enero de 2011, acordó laaprobación inicial de la modificación de la OrdenanzaFiscal de la Tasa por expedición de documentos admi-nistrativos, y en cumplimiento de lo dispuesto en losartículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en losartículos 17 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sesometió el expediente a información pública por elplazo de treinta días, a través de los correspondientesanuncios en el BOP, en un diario regional y en el Tablónde Anuncios del Ayuntamiento de Coria, sin que sepresentaran reclamaciones, por lo que el acuerdo seconsidera definitivo, y a tal efecto se hace público eltexto modificado de la Ordenanza, que se inserta acontinuación:

En el artículo 1 se elimina el texto: "cuyas normasatienden a lo previsto en el artículo 57 del citado TextoRefundido"

El artículo 5 queda como sigue:

"Artículo 5.- Exenciones.

Gozarán de exención los documentos requeridospor los Servicios Sociales de este Ayuntamiento paraexpedientes tramitados por dicho Servicio, y la compul-sa de los documentos que se exijan por este Ayunta-miento para surtir efecto ante este Ayuntamiento ocualquiera de sus Organismos Autónomos."

El artículo 7 queda como sigue:

"Artículo 7.- Tarifa.

La Tarifa a que se refiere el artículo anterior seestructura en los siguientes epígrafes:

Epígrafe 1.- Certificaciones, compulsas y docu-mentos:

1.- Certificaciones de empadronamiento, conviven-cia y residencia.........................................................1,20 €

2.- Volantes de empadronamiento………….1,00 €

3.- Informes de convivencia……………….....3,00 €

B.O. DE CÁCERES Página 21Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

4.- Declaraciones juradas, reconocimientos defirma ante autoridad o funcionario municipal, y simi-lares...........................................................................1,20 €

5.- Cotejo de documentos, por hoja...............0,70 €

6.- Tramitación de tarjetas de carabinas o de ven-dedores en los mercadillos.................................20,00 €

7.- Traslado de documentos a otras Administracio-nes ……………………………3,00 €, y si la documenta-ción excede de 2 kg. de peso: 10,00 €

8.- Por cada hoja de informe de la Policía Localsobre asuntos de su competencia.........................16 €

9.- Por cada copia o fotocopia de documentos...0,15 €

10.- Certificaciones de cualquier clase de docu-mentos, libros o antecedentes o acuerdos obrantesen el archivo municipal, con antigüedad de hasta 5años...........................................................................5,00 €

11.- Certificaciones de cualquier clase de docu-mentos, libros o antecedentes o acuerdos obrantesen el archivo municipal, con antigüedad de más de5 años.........................................................................8,00 €

12.- Por solicitud de tramitación previa a expediciónde certificado catastral............................................5,00 €

13.- Por solicitud de Informes emitidos a instanciade parte sobre datos estadísticos derivados de laactividad municipal, sean plasmados en soporteinformático, telemático, electrónico o papel …30,00 €

14.- Por solicitud de Bastanteo de poderes...10,00 €

15.- Por solicitud de licencias de instalación deterrazas, mesas, sillas o similares....................15,00 €

16.- Por solicitud de Informes que se emiten porel Ayuntamiento y que hayan de surtir efectos enasuntos cuya gestión no sea de la competenciamunicipal................................................................30,00 €

17.- Por solicitud de Visados, legitimaciones osimilares de documentos de cualquier índole que porministerio de la Ley tenga que ser realizado por auto-ridades o funcionarios municipales..................10,00 €

18.- Por solicitud de certificación que requiera des-plazamiento para comprobación in situ por la Secreta-ría..............................................................................50,00 €

19.- Por solicitud de cualquier otro expediente noexpresamente tarifado..............................................5,00 €

20.- Por inserción de anuncios en los boletinesoficiales o en algún diario, cuando los anuncios deri-ven de procedimientos sujetos al pago por la insercióny sean de publicación obligatoria....................El coste

de la publicación más un 10% en concepto de gestiónmunicipal por los trámites de la publicación.

Epígrafe 2.- Bodas Civiles:

1.- Por cada boda que se solicite celebrar en elSalón de Plenos u otro lugar del Ayuntamiento que norequiera traslado de mobiliario....................... 100,00 €

2.- Por cada boda que se solicite celebrar en el patiou otro lugar del Ayuntamiento que implique traslado demobiliario..............................................................150,00 €

Epígrafe 3.- Remisión de documentación:

- Por remisión al lugar que se señale de alguno delos documentos anteriores …….. 2,00 €, y si la docu-mentación excede de 2 kg. de peso: 10 €

Epígrafe 4.- Garantías:

- Por cada garantía constituida en aval bancario,hipoteca real u otras, siempre que no se deposite enmetálico en la Tesorería Municipal,...........El 1% de suimporte.

Epígrafe 5.- Pruebas selectivas:

- Por solicitud de participación en pruebas selecti-vas para el acceso a la función pública local o a lacontratación laboral fija o temporal.

*.- Para acceso al Grupo A1 o asimilados........35 €*.- Para acceso al Grupo A2 o B o asimilados...30 €*.- Para acceso al Grupo C1 o asimilados......25 €*.- Para acceso al Grupo C2 y Agrupaciones Profe-

sionales o asimilados...............................................20 €*.- En pruebas selectivas para acceso a contratos

de trabajo financiados por el Fondo Social Europeo,por la Junta de Extremadura o cualquier otra Adminis-tración Pública que financie todo o parte del contrato,o incluso para aquellos puestos que convoque elAyuntamiento y no tengan carácter fijo......................1 €

Epígrafe 6.- Contratación.

Por redacción de Proyectos, Dirección de Obras yCoordinación de Seguridad y Salud de Contratos Ad-ministrativos, el 1 por 100 de cada certificación de obra.

Los importes de este epígrafe se calcularán dedu-ciendo el Impuesto sobre el Valor Añadido repercutidosobre los mismos.

El funcionario encargado del Registro General cui-dará que las solicitudes presentadas lleven adheridaslas cartas de pago de la Tasa que exige este artículo."

El artículo 10 queda como sigue:

"Artículo 10.- Declaración e ingresos.

B.O. DE CÁCERESPágina 22 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

1.- La Tasa se exigirá mediante su pago en efectivoen las Oficinas Municipales, o en las entidades finan-cieras habilitadas al efecto, en el momento de presen-tación de los documentos que inicien el expediente.

2.- Los escritos recibidos por los conductos a quehace referencia el artículo 38 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, que no vengan debi-damente reintegrados, serán admitidos provisional-mente, pero no podrá dárseles curso sin que sesubsane la deficiencia, a cuyo fin se requerirá al inte-resado para que, en el plazo de diez días, abone lascuotas correspondientes con el apercibimiento deque, transcurrido dicho plazo sin efectuarlo, se tendránlos escritos por no presentados y será archivada lasolicitud.

3.- Las certificaciones o documentos que expida laAdministración Municipal en virtud de oficio de Juzga-dos o Tribunales para toda clase de pleitos, no seentregarán ni remitirán sin que previamente se hayasatisfecho la correspondiente cuota tributaria.

4.- Los certificados o documentos que expida esteAyuntamiento y que hayan sido objeto del pago de laTasa que se regula en esta Ordenanza Fiscal deberánser retirados por los interesados en las dependenciasmunicipales correspondientes en el plazo de 10 díasdesde la presentación de la solicitud en el Registro delAyuntamiento, custodiándose, no obstante, en lasdependencias municipales a las que corresponda suentrega hasta un plazo máximo de tres meses, a contardesde su expedición.

Transcurrido este plazo sin que el documento deque se trate haya sido retirado, se procederá a sudestrucción, devengándose nuevamente la Tasa si elinteresado pretendiese su retirada con posterioridad,por iniciarse nuevamente el procedimiento.

Asimismo, las certificaciones o documentos po-drán ser remitidos al lugar señalado por los interesa-dos, si así lo solicitasen expresamente, y hubiesenabonado el importe correspondiente reflejado en elepígrafe 4 del art. 7 de esta Ordenanza por los gastosque ocasione la remisión."

Las Disposiciones finales quedan redactadascomo sigue:

"Disposiciones finales

PRIMERA.- Esta tasa quedará incrementada anual-mente por aplicación a la misma del I.P.C. anualcorrespondiente.

SEGUNDA.- La presente Ordenanza Fiscal entraráen vigor el mismo día de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia y será de aplicación hasta sumodificación o derogación expresas."

Coria, 18 de marzo de 2011.- El Alcalde-Presidente,Juan Valle Barbero.

1786

MALPARTIDA DE PLASENCIA

Anuncio

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesiónordinaria celebrada el día 17 de marzo de 2011, seaprobó inicialmente la modificación de la Relación dePuestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Conforme determina el artículo 169 del Real De-creto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, se somete el expediente a informaciónpública por plazo de quince días, a contar desde el díasiguiente al de publicación del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia , durante el cual losinteresados podrán presentar las alegaciones queestimen oportunas.

La modificación de la Relación de Puestos deTrabajo se considerará definitivamente aproba-da si durante el citado plazo no se hubierenpresentado reclamaciones; en caso contrario, elPleno dispondrá del plazo de un mes para resol-verlas.

Malpartida de Plasencia a 18 de marzo de 2011.- ElAlcalde, Fernando Sánchez Canelo.

1790

MALPARTIDA DE PLASENCIA

Anuncio

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión or-dinaria celebrada el día 17 de marzo de 2011,acordó la aprobación inicial de la Modificación delREGLAMENTO DE USO Y FUNCIONAMIENTO DELGIMNASIO MUNICIPAL DE MALPARTIDA DE PLA-SENCIA, y en cumplimiento de lo dispuesto enlos artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Lo-cal, y en el artículo 56 del Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia deRégimen Local, aprobado por Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete elexpediente a información pública por el plazo detreinta días, a contar desde el día siguiente a lainserción de este anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia, para que pueda ser examinado y sepresenten las reclamaciones que se estimenoportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definitiva-mente dicho acuerdo.

Malpartida de Plasencia a 18 de marzo de 2011.- AlAlcalde, Fernando Sánchez Canelo.

1791

B.O. DE CÁCERES Página 23Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

MALPARTIDA DE PLASENCIA

Anuncio

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Ple-no de este Ayuntamiento, de fecha 17 de marzo de2011, el expediente de Modificación de Créditos n.º 3/2011, del Presupuesto 2011, con arreglo a lo previstoen el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Regu-ladora de Haciendas Locales, aprobado por RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, seexpone al público el expediente y la documentaciónpreceptiva por plazo de quince días desde la publica-ción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presu-puesto se considerará definitivamente aprobado, sidurante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Malpartida de Plasencia a 18 de marzo de 2011.- ElAlcalde, Fernando Sánchez Canelo.

1792

MALPARTIDA DE PLASENCIA

Anuncio

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Ple-no de este Ayuntamiento, de fecha 17 de marzo de2011, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, yla plantilla de personal funcionario y laboral para elejercicio económico 2011, con arreglo a lo previsto enel artículo 169 del Texto Refundido de la ley Regula-dora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decre-to Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 delReal Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone alpúblico el expediente y la documentación preceptivapor plazo de quince días desde la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a losefectos de reclamaciones y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado, el Pre-supuesto se considerará definitivamente aprobado, sidurante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Malpartida de Plasencia a 18 de marzo de 2011.- ElAlcalde, Fernando Sánchez Canelo.

1793

SANTIAGO DE ALCÁNTARA

Edicto

Aprobado por esta Alcaldía el Padrón Fiscal corres-pondiente a los siguientes conceptos:

Tasa por el Servicio de Abastecimiento de Agua aDomicilio y Recogida Domiciliaria de Basura corres-pondientes al 4º trimestre 2010

Se expone al público para la notificación colectivade las liquidaciones incluidas en los mismos.

El plazo de cobro en periodo voluntario será de dosmeses, contados a partir del día siguiente de la publi-cación del presente anuncio en el B.O.P. transcurridodicho plazo las cuotas pendientes se cobrarán por elprocedimiento de apremio, devengándose recargo deapremio, intereses de demora y las costas correspon-dientes.

los interesados podrán interponer, en el plazo de unmes, contado a partir del día siguiente a la publicaciónde este anuncio en el B.O.P., recurso de reposiciónante esta Alcaldía.

Contra la desestimación expresa o presunta delrecurso de reposición, podrá interponerse recursocontencioso-administrativo ante los Juzgados Con-tencioso-Administrativos de la provincia de Cáceresen el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente a la recepción de la notificación de la deses-timación cuando ésta sea expresa o en el plazo de seismeses a contar desde el día siguiente en que elreferido recurso de reposición se entienda desestima-do en forma presunta.

En Santiago de Alcántara a 16 de marzo de 2011. -El Alcalde, Juan Garlito Batalla.

1789

SANTIAGO DE ALCÁNTARA

Anuncio

Aprobado por acuerdo del Pleno en sesión extraor-dinaria celebrada el 16 de marzo de 2011 el expedientede contratación correspondiente al CONTRATO DESERVICIOS PARA GESTIÓN INDIRECTA DEL COM-PLEJO DE INTERPRETACIÓN DE LA PREHISTORIARECIENTE DEL TAJO - INTERNACIONAL y el Pliego decláusulas, se expone al público por plazo de 15 díasnaturales, contados a partir de la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Cácerespara presentación de las ofertas de los licitadores.

1. Entidad adjudicadora: AYUNTAMIENTO DE SAN-TIAGO DE ALCÁNTARA

2. Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: El contrato tiene por

objeto la gestión del Complejo de Interpretación de laPrehistoria Reciente del Tajo - Internacional existenteen la localidad .

b) Duración del Contrato: SEIS AÑOS pudiendorealizarse prórrogas anuales hasta los QUINCE años,máximo del contrato.

3. Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto, varios criterios de adju-

dicación.

B.O. DE CÁCERESPágina 24 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

4. Presupuesto base de licitación. Se estable uncanon por importe mínimo anual de 4.000 €.

5. Obtención de documentación e información.a) Entidad: Ayuntamiento de Santiago de Alcántara.b) Domicilio: Plaza de España, S/Nc) Localidad y código postal: Santiago de Alcántara

(Cáceres) - 10.510.d) Teléfono: 927592029e) Fax: 927592267f) E-mail: [email protected];

[email protected]

6. Requisitos específicos del contratista.Solvencia económica y financiera y solvencia técni-

ca o profesional.

7. Presentación de las ofertas o de las solicitudesde participación.

a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales apartir del siguiente a la publicación del anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en horario deoficina. En el caso de que el último día de presentaciónde ofertas coincida con sábado, domingo o festivo en lalocalidad de destino (Santiago de Alcántara), el plazo seconsiderará que termina el primer día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar: La que se especi-fica en el Pliego de Cláusulas.

c) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Santia-go de Alcántara.

8. Apertura de las ofertas.Se comunicará lugar, día y hora de apertura a los

licitadores.

9. Gastos de anuncios.A cargo del adjudicatario del contrato.

10.- Correo electrónico en el que obtener la informa-ción: [email protected];[email protected]

En Santiago de Alcántara a 16 de marzo de 2011. -El Alcalde, Juan Garlito Batalla.

1807

SANTIAGO DE ALCÁNTARA

Edicto

Dictaminada Favorablemente por la ComisiónEspecial de Cuentas, la Cuenta General del Presu-puesto del año 2010, con sus anexos, incluido el deAdministración del Patrimonio se somete a informa-ción Pública, por periodo de quince días, más ocho, aefectos de su examen y reclamaciones

En Santiago de Alcántara a 17 de marzo de 2011. -El Alcalde, Juan Garlito Batalla.

1788

CARRASCALEJO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebra-da el día 18 de marzo de 2011, aprobó provisionalmen-te la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladorade la tasa por la estancia y uso de los servicios deResidencia de Mayores y Centro de Día de Carras-calejo, cuyo expediente se encuentra de manifiesto enla Secretaría de la Corporación.

Lo que se hace público a efectos de que cualquierpersona interesada pueda examinar el expediente yformular cuantas alegaciones o reclamaciones esti-me oportunas, durante un plazo de treinta días hábilesa contar desde el siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,entendiéndose que, una vez transcurrido el periodo deexposición pública a que se hace referencia sin quese hayan formulado reclamaciones, dichos acuerdosse entenderán aprobados de forma definitiva, todo elloen concordancia con lo establecido en el artículo 17 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,TRLRHL.

Carrascalejo a 18 de marzo de 2011.- El AlcaldePresidente, Amador Álvarez Álvarez..

1815

CARRASCALEJO

Edicto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebra-da el día 18 de marzo de 2011, acordó aprobar provi-sionalmente la modificación el Reglamento de Régi-men Interior de la Residencia de Mayores "Virgen deGuadalupe", de Carrascalejo (Cáceres). Queda el mis-mo expuesto al público por plazo de un mes a efectosde alegaciones y reclamaciones. En caso de no pre-sentarse ninguna, el reglamento se considerará defi-nitivamente aprobado.

Carrascalejo a 18 de marzo de 2011.- El Alcalde-Presidente, Amador Álvarez Álvarez.

1816

CARRASCALEJO

Edicto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebra-da el día 18 de marzo de 2011, acordó aprobar provi-sionalmente el Reglamento de Régimen Interior delCentro de Día "Virgen de Guadalupe", de Carrascalejo(Cáceres). Queda el mismo expuesto al público porplazo de un mes a efectos de alegaciones y reclama-ciones. En caso de no presentarse ninguna, el regla-mento se considerará definitivamente aprobado.

Carrascalejo a 18 de marzo de 2011.- El Alcalde-Presidente, Amador Álvarez Álvarez.

1817

B.O. DE CÁCERES Página 25Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

MANCOMUNIDAD TRASIERRA TIERRAS DDEGRANADILLA

PANTANO DE GABRIEL Y GALÁN

CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOSDE CARÁCTER PERSONAL

Transcurrido el plazo de exposición al público de laaprobación inicial de la disposición de carácter gene-ral de creación de los ficheros de la MancomunidadTrasierra-Tierras de Granadilla, que contienen datosde carácter personal, y no habiéndose producido recla-mación alguna, queda elevado a definitivo el acuerdo,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, y se procede a la publicacióníntegra de la disposición, significando que, contra laaprobación definitiva, los interesados podrán interpo-ner recurso contencioso administrativo en el plazo dedos meses ante la Sala de lo Contencioso Administra-tivo del Tribunal Superior de Justicia de la ComunidadAutónoma.

Por el Pleno de la Corporación de fecha 27 dediciembre de 2010, se ha procedido, en cumplimientode lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección datos decarácter personal, a la creación de los siguientesficheros que contienen datos de carácter personal:

Personal y recursos humanos, número 1:· Descripción de la finalidad y usos previstos:

Gestión del personal y trabajadores que prestan susservicios a la Mancomunidad, así como de los miem-bros de la Corporación Municipal y participantes enprocesos de selección. Comprende la gestión depersonal, nóminas, formación profesional, accionessociales, promoción y selección del personal, preven-ción de riesgos laborales, relaciones funcionariales ylaborales, ayudas económicas y otras materias.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal, Administraciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Personal y trabajadoresde la Mancomunidad, funcionarios o laborales, miem-bros de la Corporación con dedicación exclusiva, per-sonal eventual y otros, solicitantes.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Manifestación o declaración delinteresado o de su representante legal, entrevistas,formularios o transmisión de datos de otras adminis-traciones públicas.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos especialmente protegidos: Afiliación sin-dical, salud. (Art. 81.5 y 6 Reglamento)

o Datos identificativos: NIF/DNI, número de laSeguridad Social y de registro de personal, nombre yapellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y fir-ma.

o Datos de características personales: Estadocivil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento,edad, sexo, nacionalidad.

o Datos de empleo: Cuerpo, escala, categoría,grado, datos no económicos de nómina, historial delfuncionario o trabajador.

o Datos académicos y profesionales: formación,titulaciones, experiencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios, eco-nómicos de la nómina, deducciones impositivas, deseguros.

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: A otros órganos de la administración delEstado, otros órganos de la administración de la Co-munidad Autónoma, Diputación Provincial, Bancos yCajas de Ahorros, entidades aseguradoras, y empre-sas de gestión de prevención de riesgos laborales y devigilancia de la salud.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel básico.

Registro de entrada y salida de documentos, nú-mero 2:

· Descripción de la finalidad y usos previstos:Procedimiento administrativo. Registro por asientosde los escritos y documentación recibida en la Manco-munidad, así como de los que este dirige a otrasadministraciones públicas o particulares.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal, Administraciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Particulares que se comu-nican con la Mancomunidad, otras administracionespúblicas.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Escritos de los interesados o susrepresentantes legales, formularios e impresos.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apelli-dos, dirección, teléfono y firma.

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: No están previstas cesiones.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel básico.

B.O. DE CÁCERESPágina 26 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

Gestión económica, número 3:· Descripción de la finalidad y usos previstos:

Gestión económica y contable, fiscal y administrativa.· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal, Administraciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Proveedores, empleados,ciudadanos y residentes, terceros en relación conta-ble, contribuyentes y sujetos obligados al pago.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Facturas, nóminas, liquidaciones,formularios e impresos, transmisión de datos de otrasadministraciones públicas.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apelli-dos, dirección, teléfono, correo electrónico y firma.

o Datos de información comercial: Actividades ynegocios.

o Datos económico-financieros y de seguros:Datos bancarios, datos económicos de nómina.

o Datos de transacciones de bienes y servicios:Bienes y servicios suministrados o recibidos por elafectado, transacciones financieras.

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: Organismos de la seguridad social, hacien-da pública y administración tributaria, tribunal de cuen-tas, bancos, cajas de ahorros y cajas rurales, entida-des aseguradoras, otros órganos de la administraciónde la Comunidad Autónoma, Diputación Provincial.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición:Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel básico.

Gestión tributaria y otros ingresos, número 4:· Descripción de la finalidad y usos previstos:

Gestión, inspección y recaudación de recursos tributa-rios y no tributarios, gestión económico-financierapública.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal, Administraciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Contribuyentes y sujetosobligados al pago y sus representantes legales.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Formularios e impresos, y datosprocedentes de registros públicos y otras administra-ciones públicas.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos relativos a la comisión de infraccionesadministrativas.

o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apelli-dos, dirección, teléfono, correo electrónico y firma.

o Datos de información comercial: Actividades ynegocios.

o Datos de circunstancias sociales: Propieda-des, posesiones.

o Datos económico-financieros: Ingresos, ren-tas, inversiones, bienes, datos bancarios,

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: Organismos de la seguridad social, hacien-da pública y administración tributaria, bancos, cajas deahorros y cajas rurales, entidades aseguradoras, or-ganismo de recaudación.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel medio.

Registro de intereses de miembros de la Corpora-ción, número 5

· Descripción de la finalidad y usos previstos:Gestión del registro municipal de intereses de miem-bros de la Corporación. El Art. 75.7 de la Ley 7/85,Reguladora de las Bases del Régimen Local, estable-ce que los representantes locales, así como los miem-bros no electos de la Junta de Gobierno Local, formu-larán declaración sobre causas de posible incompa-tibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcio-ne o pueda proporcionar ingresos económicos. For-mularán asimismo declaración de sus bienes patri-moniales y de la participación en sociedades de todotipo, con información de las sociedades por ellasparticipadas y de las liquidaciones de los impuestossobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Miembros de la Corpora-ción Municipal o miembros no electos de la Junta deGobierno Local.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Formularios e impresos, debida-mente aprobados por el Pleno de la Corporación.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos especialmente protegidos: Ideología.o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apelli-

dos, dirección, teléfono, correo electrónico y firma.o Detalles del empleo: Puesto de trabajo.o Circunstancias sociales: Propiedades, pose-

siones.o Información comercial: Actividades, negocios,

sociedades participadas.o Económicos, financieros y de seguros: Ingre-

sos, rentas, inversiones, bienes patrimoniales, datosbancarios.

B.O. DE CÁCERES Página 27Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: El registro tiene carácter público por ley, art75.7 LRBRL.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra- Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel alto.

Expedientes sancionadores, número 6.· Descripción de la finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes sancionadores que re-suelvan los distintos órganos municipales, por incum-plimiento de disposiciones legales de distinto rango,incluidos los expedientes de restauración de la lega-lidad urbanística, excepto los correspondientes a san-ciones en materia de tráfico.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal, Administraciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Personas objeto del expe-diente sancionador, denunciantes, otros afectadospor el expediente.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Formularios, impresos y escritosdirigidos a la Administración, datos procedentes deotras administraciones.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos relativos a la comisión de infraccionesadministrativas.

o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apelli-dos, dirección, teléfono, firma y correo electrónico.

o Datos de circunstancias sociales: Licenciaspermisos autorizaciones, propiedades, característi-cas de alojamiento, vivienda.

o Información comercial: Actividades y negocios.o Económico financieros y de seguros: Bienes

patrimoniales.· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: Comunidad Autónoma, Diputación Provin-cial, Registro de la Propiedad.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel medio.

Alumnos cursos, actividades culturales y talleresde empleo, número 7

· Descripción de la finalidad y usos previstos:Gestión de los datos de los alumnos de cursos y

módulos de actividades culturales de toda clase queorganice la Mancomunidad.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal, Administraciones Públicas.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Alumnos y participantesen actividades.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Declaraciones, formularios e im-presos.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos especialmente protegidos: Salud. (Art.81.5 y 6 Reglamento)

o Datos identificativos: NIF/DNI, número de laSeguridad Social, nombre y apellidos, dirección, co-rreo electrónico, teléfono y firma.

o Datos de características personales: Estadocivil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento,edad, sexo, nacionalidad.

o Datos académicos y profesionales: formación,titulaciones, experiencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios.· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: órganos de la administración pública queconceden ayudas económicas, Seguridad Social,Entidades Aseguradoras.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel básico.

Alumnos y participantes en actividades deportivas,número 8

· Descripción de la finalidad y usos previstos:Gestión de los datos de los alumnos y participantes deactividades deportivas de toda clase que organice laMancomunidad.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Alumnos y participantesen actividades.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Formularios, impresos y escritosdirigidos a la Administración.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apelli-dos, dirección, correo electrónico, teléfono y firma.(Datos de los padres en el supuesto de autorización amenor de 14 años).

B.O. DE CÁCERESPágina 28 Viernes 25 Marzo 2011 - N.º 59

o Datos de características personales: Estadocivil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento,edad, sexo, nacionalidad.

o Datos académicos y profesionales: formación,titulaciones, experiencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios.· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: órganos de la administración pública queconceden ayudas económicas, Federaciones depor-tivas, Entidades Aseguradoras.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel básico.

Ayudas y subvenciones, número 9· Descripción de la finalidad y usos previstos:

Registro, trámite y archivo de datos de los expedientesde ayudas y subvenciones que concede la Mancomu-nidad.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Particulares que solicitanlas ayudas y subvenciones.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Declaraciones, formularios e im-presos.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos identificativos: NIF/DNI, número de laSeguridad Social, nombre y apellidos, dirección, co-rreo electrónico, teléfono y firma.

o Datos de características personales: Estadocivil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento,edad, sexo, nacionalidad.

o Datos de circunstancias sociales: Característi-cas de alojamiento, vivienda, propiedades, posesio-nes.

o Datos académicos y profesionales: Formación,titulaciones, experiencia laboral.

o Datos económico financieros: Ingresos, ren-tas, pensiones, bancarios, económicos de la nómina,deducciones impositivas, de seguros.

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: órganos de las administraciones públicasque conceden ayudas económicas.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel medio.

Ayuda a domicilio y otros servicios asistenciales,número 10

· Descripción de la finalidad y usos previstos:Registro y archivo de datos de los usuarios de losservicios de ayuda a domicilio y otros servicios asisten-ciales.

· Origen o procedencia de los datos:o Origen: El propio interesado o su representante

legal.o Personas o colectivos sobre los que se preten-

de obtener datos de carácter personal, o que resultenobligados a suministrarlos: Particulares a los que seles prestan los servicios asistenciales.

o Procedimiento de recogida de los datos decarácter personal: Declaraciones, formularios e im-presos.

· Estructura básica del fichero y descripción delos tipos de datos de carácter personal incluidos en el:

o Datos especialmente protegidos: Salud.o Datos identificativos: NIF/DNI, número de la

Seguridad Social, nombre y apellidos, dirección, co-rreo electrónico, teléfono y firma.

o Datos de características personales: Estadocivil, composición familiar, fecha y lugar de nacimiento,edad, sexo, nacionalidad.

o Datos de circunstancias sociales: Característi-cas de alojamiento, vivienda, propiedades, posesio-nes.

o Datos académicos y profesionales: formación,titulaciones, experiencia laboral.

o Datos económico financieros: Bancarios, eco-nómicos de la nómina, deducciones impositivas, deseguros.

· Sistema de tratamiento: Mixto.· Cesiones de datos de carácter personal, y en su

caso transferencias de datos que se prevean a paísesterceros: A Entidades Sanitarias, Órganos de la Comu-nidad Autónoma, Seguridad Social.

· Órganos de las administraciones responsa-bles: Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.

· Servicios o unidades ante los que pueden ejer-citarse los derechos de acceso, rectificación, cancela-ción y oposición: Presidencia.

· Medidas de seguridad, con indicación del nivelexigible: Nivel alto.

En Pantano de Gabriel y Galán a 14 de marzo de2011.- EL PRESIDENTE, Miguel Ángel González Pa-niagua.

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