análisis de los procesos operativos del Área de beneficios

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UNIVERSIDAD APEC ESCUELA DE GRADUADOS Monografía para Optar por el Título de: Especialización en Alta Gestión Empresarial Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios en la Administradora de Fondos de Pensiones Hodge ( AFP HODGE) del año 2009 Sustentante: Yasiris A. Mercedes M. 2009-0145 Asesora: Edda Freites, MBA Santo Domingo, D.N. Noviembre, 2009

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Page 1: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

UNIVERSIDAD APEC

ESCUELA DE GRADUADOS

Monografía para Optar por el Título de:

Especialización en Alta Gestión Empresarial

Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios en la Administradora de Fondos de Pensiones Hodge ( AFP HODGE) del año 2009

Sustentante:

Yasiris A. Mercedes M. 2009-0145

Asesora:

Edda Freites, MBA

Santo Domingo, D.N. Noviembre, 2009

Page 2: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

2

INDICE ADENDUM INTRODUCCIÓN CAPITULO I CONCEPTOS SOBRE LAS MEJORAS EN LOS PROCESOS OPERATIVOS. 1.1 Definición de procesos...................................................................... Pág.02

1.2. Otros términos relacionados con los procesos................................. Pág.02

1.3 Administración de procesos.............................................................. Pág.04

1.3.1 Definición ......................................................................................... Pág.04

1.3.2 Categorías de los procesos ............................................................. Pág.05

1.4 Mejoramiento Continuo..................................................................... Pág.10

1.4.1Definición .......................................................................................... Pág.10

1.4.2 Importancia ...................................................................................... Pág.11

1.4.3 Algunas Metodologías De Mejora Continua .................................... Pág.12

CAPITULO II ASPECTOS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL. 2.1 Objetivos de los Sistemas de Pensiones.......................................... Pág.16

2.1.1 El Sistema de Pensiones ................................................................. Pág.16

2.1.2 Los individuos carecen de una visión de largo plazo ...................... Pág.17

2.1.3 Ausencia de productos financieros adecuados ............................... Pág.18

2.1.4 Necesidad de regulación y supervisión ........................................... Pág.18

2.1.5 Reducción de la pobreza y equidad................................................. Pág.18

2.1.6 Solidaridad ....................................................................................... Pág.19

2.2 Objeto de la ley 87-01........................................................................ Pág.19

2.3 Normas reguladoras del Sistema Dominicano de Seguridad

Social .................................................................................................. Pág.19

2.4 Principios Rectores de la Seguridad Social ........................................ Pág.20

2.5 Derechos y deberes de los afiliados................................................... Pág.22

2.6 Beneficiarios, Prestaciones Y Afiliación.............................................. Pág.24

Page 3: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

2.7 Regímenes de financiamiento del SDSS............................................ Pág.26

2.7.1 Prestaciones del Régimen Contributivo........................................... Pág.27

2.7.2 Prestaciones de los Regímenes Subsidiado y Contributivo

Subsidiado ....................................................................................... Pág.27

2.8 Estructura institucional del Sistema Dominicano de Pensiones......... Pág.28

2.9 Industria de las AFP............................................................................ Pág.32

2.10 Procesos de Afiliación y Traspaso.................................................... Pág.35

2.11 Afiliación de Dominicanos Residentes en el Exterior ....................... Pág.40

2.12 Evolución y Situación Actual del Sistema Dominicano de

Pensiones ......................................................................................... Pág.42

CAPITULO III FLUJO DE TRABAJO Y DISTRIBUCIÓN DE TAREAS EN EL ÁREA DE BENEFICIOS DE AFP HODGE. 3.1 Procedimientos Emitidos Por La Superintendencia De Pensiones, A Las Solicitudes De Ingreso Tardío, Discapacidad Y Sobrevivencia. ........................... Pág.46 3.1.1 Ingreso Tardío 3.1.2 Devolución de los recursos acumulados en la Cuenta de capitalización Individual (CCI)

debido a que por su nivel socioeconómico el afiliado de ingreso tardío no requiere una pensión

del régimen subsidiado. ........................................................................... Pág.46

3.1.3 Devolución de los recursos acumulados en su CCI debido a que el afiliado de ingreso

Tardío recibe una pensión en virtud de las leyes 379, 1896 y/o por otras leyes afines o Planes de

Pensiones Existentes, debidamente registrados en la Superintendencia de Pensiones.

.................................................................................................................. Pág.49

3.2 Discapacidad 3.2.1 Solicitud de Calificación de Discapacidad a la Comisión Médica Regional.

.................................................................................................................. Pág.52

3.2.2 Respuesta de la Comisión Médica Regional ................................... Pág.53

3.2.3 Procedimiento de apelación ante la Comisión Médica Nacional..... Pág.54

Page 4: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

3.2.4 Dictamen que rechaza la discapacidad del afiliado........................ Pág.54

3.2.5 Dictamen que aprueba la discapacidad del afiliado ........................ Pág.56

3.2.6 Remisión de las Certificaciones de Discapacidad a las AFP .......... Pág.56

3.2.7 Notificación a las Compañías de Seguros....................................... Pág.57

3.2.8 Fecha en que se devenga la pensión de discapacidad................... Pág.57

3.3 Sobrevivencia 3.3.1 Notificación a la Compañía de Seguros ........................................ Pág.60

3.3.2 Traspaso del saldo de la Cuenta de Capitalización Individual a la

Compañía de Seguros. ............................................................................. Pág.61

3.3.3 Fecha a partir de la cual se devenga la pensión ........................... Pág.61

3.4 Procedimientos Operativos Del Área De Beneficios De AFP Hodge 3.4.1 Proceso operativo de las solicitudes de discapacidad ................... Pág.63

3.4.2 Proceso operativo de las solicitudes de Ingreso tardío ................... Pág.71

3.4.3 Proceso operativo de las solicitudes de Sobrevivencia................... Pág.74

CONCLUSIÓN RECOMENDACIÓN BIBLIOGRAFÍA ANEXOS

Page 5: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

ADENDUM

Dada la importancia que tiene para los dominicanos el Sistema de Seguridad

Social y lo esencial que es para las administradoras de Fondos de Pensiones el

buen funcionamiento de un departamento de beneficios, el cual tiene bajo su

responsabilidad la ejecución de todos los procesos operativos para otorgar una

pensión a los afiliados o a los beneficiarios del sistema, este proyecto tuvo

como objetivo principar analizar los procesos operativos del área de beneficios

de AFP Hodge, buscando identificar las posibles brechas y de igual forma las

posibles mejoras que garanticen el mejor aprovechamiento de los recursos.

Para tales fines se utilizó el método de investigación de análisis, donde se

realizó una investigación sobre los flujos de las operaciones llevadas a cabo en

dicho departamento, así como también el método de síntesis donde fue

realizado un análisis de las principales actividades que afectan el buen

desarrollo de los procesos y las consecuencias que las mismas generan.

Los hallazgos de esta investigación arrojaron algunas oportunidades de mejora

en cuanto a las tramitaciones de documentos, utilización de recursos en los

procesos actuales, así como también la cantidad de visitas que es preciso que el

afiliado realice a la oficina antes de obtener una respuesta a su solicitud.

Dicho todo esto este proyecto esta enfocado a la creación de un flujo más

eficiente, con procesos más flexibles que garanticen el ahorro de tiempo, así

como también la maximización de los recursos tanto materiales como

humanos.

Page 6: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

INTRODUCCIÓN

El Sistema Dominicano de Seguridad Social ha tenido como objetivo principal la

proporción al afiliado de tranquilidad en lo que respecta a salud, pensiones y

riegos laborares, este surge a raíz de que en nuestro país los envejecientes de

clase media-baja así como también las personas discapacitadas, se ven

forzadas a convertirse en totales dependientes de sus familiares, debido a que

vivimos en una sociedad carente de oportunidades en el mercado laboral para

personas que están en estas condiciones, lo que hace imposible la obtención de

recursos para poder subsistir.

Este proyecto está enfocado en lo concerniente a los fondos de pensiones y a

los procedimientos establecidos por los organismos rectores del sistema, los

cuales deben ser seguidos por las Administradoras de Fondos de Pensiones,

siempre orientados al bienestar del afiliado. Debido a lo trascendental que es

para los dominicanos el buen funcionamiento de este sistema, radica la

importancia de que las AFP, entidades responsables de administrar los fondos

de pensiones, mantengan procedimientos flexibles, dada las características que

identifican los afiliados y beneficiarios.

En este proyecto analizaremos los procesos operativos del departamento de

beneficios de AFP Hodge, el cual se encarga de tramitar todas las pensiones

solicitadas por los afiliados y beneficiarios de dicha AFP, así como también

gestionar la devolución de aportes a aquellas personas que ingresaron pasados

los 45 años al sistema y que al momento tienen mas de 60 años.

En el primer capítulo se presentará en formato conceptual lo concerniente a las

mejoras en los procesos operativos. En el segundo capítulo se abordarán los

aspectos generales del Sistema Dominicano de Seguridad Social y en el tercer

y último capítulo se examinará el flujo de trabajo y la distribución de las tareas

en el área de beneficios de AFP Hodge, donde se harán constar las posibles

mejoras que dichos procesos puedan tolerar.

Page 7: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

CAPITULO I

FORMATO CONCEPTUAL EN LO CONCERNIENTE A LAS MEJORAS DE LOS PROCESOS

OPERATIVOS

Page 8: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

2 1. 1 DEFINICIÓN DE PROCESO

Un proceso es una secuencia de actividades que tiene la finalidad de lograr

algún resultado, generalmente crear un valor agregado al cliente. Los procesos

comunes del negocio comprenden la adquisición de conocimientos sobre

clientes y mercados, llenar o surtir los pedidos de los clientes , comprar,

desarrollar nuevos productos o servicios, planeación estratégica, entrega de

productos o servicios, distribución, investigación y desarrollo, administración de

la información, medición del desempeño y capacitación, por nombrar unos

cuantos.1

Los procesos pueden ser cooperantes o independientes, en el primer caso se

entiende que los procesos interactúan entre sí y pertenecen a una misma

aplicación. En el caso de procesos independientes en general se debe a que no

interactúan y un proceso no requiere información de otros o bien porque son

procesos que pertenecen a distintos usuarios.

1.2 OTROS CONCEPTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS.

Subprocesos: son partes bien definidas en un proceso. Su identificación puede

resultar útil para aislar los problemas que pueden presentarse y posibilitar

diferentes tratamientos dentro de un mismo proceso.2

1 1 EVANS, JAMES R., Administración y Control de la Calidad, Editorial International Thomson, 4ta. Edición, México, 2000, Pág. 341 2 http://personales.jet.es/amozarrain/Gestion_procesos.htm

Page 9: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

3 Sistema: Estructura organizativa, procedimientos, procesos y recursos

necesarios para implantar una gestión determinada, como por ejemplo la gestión

de la calidad, la gestión del medio ambiente o la gestión de la prevención de

riesgos laborales. Normalmente están basados en una norma de reconocimiento

internacional que tiene como finalidad servir de herramienta de gestión en el

aseguramiento de los procesos.3

Procedimiento: forma especifica de llevar a cabo una actividad. En muchos

casos los procedimientos se expresan en documentos que contienen el objeto y

el campo de aplicación de una actividad; que debe hacerse y quien debe

hacerlo; cuando, donde y como se debe llevar a cabo; que materiales, equipos y

documentos deben utilizarse; y como debe controlarse y registrarse. 4

Actividad: es la suma de tareas, normalmente se agrupan en un procedimiento

para facilitar su gestión. La secuencia ordenada de actividades da como

resultado un subproceso o un proceso. Normalmente se desarrolla en un

departamento o función. 5

Proyecto: suele ser una serie de actividades encaminadas a la consecución de

un objetivo, con un principio y final claramente definidos. La diferencia

fundamental con los procesos y procedimientos estriba en la no repetitividad de

los proyectos. 6

3 Idem, 4 Idem, 5 Idem, 6 Idem,

Page 10: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

4

1. 3 ADMINISTRACIÓN DE PROCESOS 1.3.1 Definición

La administración de los procesos consiste en la planeación y administración de

las actividades necesarias para logran un elevado nivel de desempeño en un

proceso y en la identificación de oportunidades para mejorar la calidad y el

desempeño operacional y finalmente, en la satisfacción del cliente. Comprende

el diseño, control y mejora de los procesos claves del negocio.

El diseño se enfoca a la prevención de una mala calidad, asegurando que los

productos cumplen con las necesidades del cliente y que los procesos de

producción y entrega son capaces de alcanzar niveles elevados de rendimiento.

La esencia del control es eliminar la causa de estas situaciones anormales y

mantener un desempeño uniforme.

La mejora por otra parte, significa modificar el desempeño y elevarlo a un nuevo

nivel.

Las actividades de la administración de los procesos ayudan a evitar defectos y

errores, eliminando desperdicios y redundancias, y por lo tanto, conducen a una

mejor calidad y aun mejor desempeño de la empresa, mediante tiempos de

ciclos más cortos, mayor flexibilidad y sensibilidad más rápida hacia el cliente.

Esencialmente todo trabajo en una organización se lleva a cabo mediante algún

proceso.

Los individuos o grupos, conocidos como propietarios de procesos, son

responsables del desempeño del proceso y tienen autoridad para modificarlo y

Page 11: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

5 mejorarlo. Las empresas líderes identifican los procesos importantes del negocio

que afectan la satisfacción del cliente.7

1.3.2 Categorías de los Procesos

Generalmente se ubican en cuatro categorías:

Procesos de diseño

Proceso de producción y entrega

Procesos de apoyo

Procesos de proveeduría

Los procesos de diseño

Comprenden tanto el diseño del producto es decir el bien manufacturado o el

servicio, así como los procesos de producción y entrega que crean o entregan el

producto.

El diseño del producto Comprende todas las actividades que se llevan a cabo

para incorporar las necesidades del cliente en las especificaciones funcionales

del mismo y define por lo tanto la idoneidad del mismo para su uso. Aquellos

diseños y procesos de producción y entrega que impulsan la creación de

productos y servicios, que son determinantes para la satisfacción del cliente y

que tienen un impacto mayor sobre las metas estratégicas de una organización

sé consideran generalmente los procesos centrales del negocio. Los procesos de apoyo son vitales para la operación de un negocio, pero por lo

general no agregan valor al producto o servicio directamente. En general los

procesos centrales están impulsados por necesidades de clientes externos, en

7 EVANS, JAMES R., Administración y Control de la Calidad, Editorial International Thomson, 4ta. Edición, México, 2000, Pág. 340

Page 12: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

6 tanto que los procesos de apoyo están impulsados por necesidades de clientes

internos.

El diseño de procesos puede resultar de mayor importancia que el diseño del

producto, el objetivo del diseño del proceso es simple, desarrollar un

procedimiento eficiente para satisfacer a la vez los requerimientos tanto de los

clientes internos como de los externos.

El diseño de proceso real es la especificación de la manera en que funciona

dicho proceso. La primera fase consiste en preparar con todo detalle una lista

generalmente en forma de diagrama de flujo de la secuencia de los pasos a

seguir, actividades que agregan valor y tareas específicas en la producción de

un producto o en la entrega de un servicio. Esta representación grafica es un

excelente dispositivo de comunicación para visualizar y comprender el proceso.

Los diagramas de flujo pueden convertirse en la base de las descripciones del

puesto de los programas de capacitación de empleados y de la medición del

desempeño. Ayudan a los gerentes a estimar los recursos humanos, los

sistemas de información, el equipo y la necesidad de instalación. Como

herramienta de diseño, permite a la gerencia estudiar y revisar los procesos

antes de su implementación, a fin de mejorar la calidad y el desempeño

operacional.8

Consideraciones especiales en los diseños de los procesos de servicios Los resultados de los procesos de servicios no están tan bien definidos como los

productos manufacturados. La mayoría de los procesos de servicios

comprenden una mayor interacción con el cliente, lo que frecuentemente facilita

la identificación de necesidades y expectativas. Por otra parte, a menudo los

clientes no pueden definir sus necesidades de servicio antes de tener algún

punto de referencia o de comparación. 8 Ídem, Pág. 349-359

Page 13: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

7

Los diseñadores de procesos de servicio deben concentrarse en hacer las cosas

bien desde la primera vez, minimizando las complejidades del proceso y

haciendo que el proceso sea inmune a errores humanos involuntarios,

particularmente durante la interacción con el cliente. Los procesos de servicio a

menudo comprenden actividades tanto internas como externas, factor que

complica el diseño de la calidad.

Los investigadores han sugerido que los servicios tienen tres componentes

básicos instalaciones, procesos y procedimientos físicos, comportamiento de los

empleados y juicio profesional por parte de los empleados. El diseño de

servicios esencialmente consiste en alcanzar un equilibro efectivo de estos tres

componentes. La meta es proporcionar un servicio cuyos elementos sean

uniformes internamente y estén dirigidos a cumplir las necesidades de un

segmento específico del mercado objetivo. Demasiado o muy poco cuidado en

algunos de los componentes conducir a problemas y mala percepción por parte

del cliente.

Las organizaciones de servicio deben poner especial cuidado en escoger y

mantener un equipo confiable y fácil de utilizar. Con niveles mas elevados de

contacto e interacción, el comportamiento apropiado del personal se vuelve cada

vez más importante.9

9 Idem., Pág. 361

Page 14: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

8

Control de los procesos de producción entrega y apoyo Control es el proceso continuado de evaluar el desempeño del proceso y

emprender una acción correctiva cuando sea necesario. El control es necesario

por dos razones: primero, las empresas necesitan mantener el desempeño de

sus procesos, segundo, una empresa debe tener los procesos bajo control antes

de que puedan efectuar cualquier mejora.

La necesidad de controlar tiene su razón de ser en la variación inherente a

cualquier sistema o proceso. Controlar un proceso por lo tanto, es realmente

igual a identificar y eliminar las causas especiales de las variaciones, que

pueden ser comunes y especiales.

Cualquier sistema de control tiene tres compónteles:

1) Una norma o meta,

2) un medio para medir el desempeño y

3) la comparación de los resultados reales con la norma, junto con

retroalimentación, para sentar las bases de una acción correctiva. Las metas y

estándares o normas se definen durante la los procesos de planeación y diseño.

Se define o establece lo que se supone que debe llevarse a cabo. Estas metas y

normas se reflejan mediante características medibles de la calidad, como son las

dimensiones de las piezas maquinadas, el número de piezas defectuosas,

quejas de clientes o tiempo de espera. Los métodos para la medición de estas

características de calidad, pueden ser automatizados o la fuerza de trabajo las

puede hacer manualmente.

Las mediciones proporcionan la información que corresponde a lo que realmente

se ha efectuado. Los trabajadores, supervisores y gerentes entonces evalúan si

los resultados reales cumplen con las metas y normas, de no ser así, deberá

emprenderse alguna acción correctiva.

Page 15: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

9 La acción correctiva a corto plazo a menudo pueden emprenderla los

trabajadores de piso de fábrica. La acción correctiva a largo plazo es

responsabilidad de la gerencia.

Juran y Deming manifestaron que la gran mayoría de los problemas de calidad

son controlables por la gerencia-resultado de variaciones por causas comunes.

Para la menor proporción de problemas controlables por el operador, resultado

de causas especiales, a los operadores de les deben dar las herramientas para

identificarlas y la autoridad para actuar.10

Procesos de proveeduría y asociación En los negocios de hoy, las operaciones suelen estar muy descentralizadas y

dispersas por todo el mundo. En consecuencia, la administración de toda red de

proveedores se convierte en un problema interorganizacional determinante. Los

proveedores desempeñan una función decisiva en todo el proceso y desarrollo

del producto, desde su diseño hasta su distribución.

Los proveedores pueden proporcionar tecnología o procesos de producción no

disponibles internamente, advertencias oportunas sobe diseño y mayor

capacidad, lo cual puede dar como resultado menores costos, mayor rapidez en

llegar al mercado y mejor calidad para sus clientes. A cambio se les asegura un

negocio estable y a largo plazo.

Los proveedores de éxito tienen una cultura en la cual los empleados y gerentes

comparten metas, compromisos y riesgos de sus clientes con objeto de

10 Idem., Pág. 362-365

Page 16: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

10 promover estas relaciones a largo plazo. Las relaciones estrechas clientes

proveedor se basan en tres principios guía:

1- Reconocimiento de la importancia estratégica de los proveedores en la

consecución de los objetivos del negocio, particularmente en minimizar el

costo total de la propiedad.

2- Desarrollar relaciones con las cuales todos ganan, mediante la asociación,

en vez de cómo adversarios.

3- Establecer confianza mediante apertura y honestidad, confianza que

conducirá a ventajas mutuas.11

1.4 MEJORAMIENTO CONTINÚO 1.4.1 Definición

El Mejoramiento Continuo es un proceso que describe muy bien lo que es la

esencia de la calidad y refleja lo que las empresas necesitan hacer si quieren ser

competitivas a lo largo del tiempo. La administración de la calidad total requiere

de un proceso constante, que será llamado Mejoramiento Continuo, donde la

perfección nunca se logra pero siempre se busca.

La mejora continua es una herramienta de incremento de la productividad que

favorece un crecimiento estable y consistente en todos los segmentos de un

proceso.

Mejora continua asegura la estabilización del proceso y la posibilidad de mejora.

Cuando hay crecimiento y desarrollo en una organización o comunidad, es

necesaria la identificación de todos los procesos y el análisis mensurable de

11 Ídem, Pág. 365-369

Page 17: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

11 cada paso llevado a cabo. Algunas de las herramientas utilizadas incluyen las

acciones correctivas, preventivas y el análisis de la satisfacción en los miembros

o clientes. Se trata de la forma más efectiva de mejora de la calidad y la

eficiencia en las organizaciones.

En el caso de empresas, los sistemas de gestión de calidad, normas ISO y

sistemas de evaluación ambiental, se utilizan para conseguir el objetivo de la

calidad.12

1.4.2 Importancia La importancia de esta técnica gerencial radica en que con su aplicación se

puede contribuir a mejorar las debilidades y afianzar las fortalezas de la

organización.

A través del mejoramiento continuo se logra ser más productivos y competitivos

en el mercado al cual pertenece la organización, por otra parte las

organizaciones deben analizar los procesos utilizados, de manera tal que si

existe algún inconveniente pueda mejorarse o corregirse; como resultado de la

aplicación de esta técnica puede ser que las organizaciones crezcan dentro del

mercado y hasta llegar a ser líderes.

La mejora continua asegura la estabilización del proceso y la posibilidad de

mejora. Cuando hay crecimiento y desarrollo en una organización o comunidad,

es necesaria la identificación de todos los procesos y el análisis mensurable de

cada paso llevado a cabo. Algunas de las herramientas utilizadas incluyen las

acciones correctivas, preventivas y el análisis de la satisfacción en los miembros

o clientes. Se trata de la forma más efectiva de mejora de la calidad y la

eficiencia en las organizaciones.

12 http://es.wikipedia.org/wiki/Mejora_continua

Page 18: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

12 En el caso de empresas, los sistemas de gestión de calidad, normas ISO y

sistemas de evaluación ambiental, se utilizan para conseguir el objetivo de la

calidad.

1.4.3 Algunas Metodologías de Mejora Continua Mantenimiento productivo total

Lean Manufacturing

Six Sigma

Kaizen

Reingeniería de procesos

Just In Time

Teoría de las limitaciones

Mantenimiento productivo total: es un sistema desarrollado en Japón para

eliminar pérdidas, reducir paradas, garantizar la calidad y disminuir costes en las

empresas con procesos continuos.13

Lean Manufacturing: es una filosofía de gestión enfocada a la reducción de los

7 tipos de "desperdicios" (sobreproducción, tiempo de espera, transporte,

exceso de procesado, inventario, movimiento y defectos) en productos

manufacturados. Eliminando el despilfarro, la calidad mejora, el tiempo de

producción y los costos se reducen.14

Six Sigma: es una metodología de mejora de procesos, centrada en la

reducción de la variabilidad de los mismos, consiguiendo reducir o eliminar los

defectos o fallas en la entrega de un producto o servicio al cliente. La meta de 6

13 http://es.wikipedia.o Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Mejora_continua

14 Ídem

Page 19: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

13 Sigma es llegar a un máximo de 3,4 defectos por millón de eventos u

oportunidades entendiéndose como defecto cualquier evento en que un

producto o servicio no logra cumplir los requerimientos del cliente.15

Kaizen: Hoy mejor que ayer, mañana mejor que hoy!” es la base de la milenaria

filosofía Kaizen, y su significado es que siempre es posible hacer mejor las

cosas. Su metodología trae consigo resultados concretos, tanto cualitativos

como cuantitativos, en un lapso relativamente corto y a un bajo costo (por lo

tanto, aumenta el beneficio) apoyado en la sinergia que genera el trabajo en

equipo de la estructura formada para alcanzar las metas establecidas por la

dirección de la compañía.16

Reingeniería de procesos: busca llegar a la raíz de las cosas, no se trata

solamente de mejorar los procesos, sino y principalmente, busca reinventarlos,

con el fin de crear ventajas competitivas osadas, con base en los avances

tecnológicos. 17

Just In Time: permite aumentar la productividad, permite reducir el costo de la

gestión y por pérdidas en almacenes debido a stocks innecesarios. De esta

forma, no se produce bajo suposiciones, sino sobre pedidos reales. 18

Teoría de las limitaciones: La esencia de la teoría de las restricciones se basa

en cinco puntos:

Identificar las restricciones del sistema.

Decidir cómo explotarlas.

Subordinar todo a la decisión anterior. 15 Ídem 16 Ídem 17 Ídem, 18 Ídem,

Page 20: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

14 Superar la restricción del sistema (elevar su capacidad).

Si en los pasos anteriores se ha roto una restricción, regresar al paso (1) pero no

permitir la inercia. 19

19 Idem

Page 21: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

CAPITULO II

ASPECTOS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL.

Page 22: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

16 2.1 OBJETIVOS DE LOS SISTEMAS DE PENSIONES El objetivo fundamental de un sistema de pensiones es garantizar el mayor

bienestar a la población durante el período de retiro laboral, a través del ahorro

durante su vida productiva, sea éste obligatorio o voluntario. Las dos

dimensiones fundamentales del objetivo de bienestar la constituyen la reducción

de la pobreza y la nivelación del consumo a través del horizonte de vida.20

2.1.1 El Sistema de Pensiones En lo relacionado a la reducción de la pobreza, los sistemas de pensiones

constituyen una herramienta elemental para incorporar a los grupos de menores

ingresos, que normalmente ahorran una proporción muy mínima o nula de su

ingreso, en un plan de ahorro para el retiro, a fin de que el consumo en la vejez

esté garantizado y las personas en la tercera edad que ya no sean productivas o

queden fuera de la fuerza laboral no estén desamparadas. En adición, distintos

modelos contemplan elementos de solidaridad en el ahorro, con el propósito de

que las personas de menores ingresos reciban beneficios, que les permitan

tener una vejez digna, como es el caso del Sistema Dominicano de Pensiones,

el cual incorpora un fondo de solidaridad social en el régimen contributivo.

Igualmente, un sistema de pensiones busca mantener el consumo de los

individuos, a través de su horizonte de vida, de modo que el mismo no difiera

considerablemente entre períodos. La teoría del consumidor señala que un

mayor nivel de utilidad estaría asociado con el máximo nivel de consumo

alcanzable durante cada período de su horizonte de vida o, equivalentemente,

con un consumo relativamente constante entre períodos. Por tanto, el individuo

maximizaría su función de utilidad para que no existieran años con excesivo

consumo y otros con un consumo nulo o muy reducido.21

20 SANTIAGO, EDDY, El Sistema de Pensiones ‘’Una Reforma exitosa para garantizar el bienestar de los

dominicanos”, Editora Corripio C por A., Primera edición, Republica Dominicana, 2006, Pág.23. 21 Ídem, Pág.24

Page 23: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

17 Un sistema de pensiones logra este objetivo a través del ahorro obligatorio,

exigiendo de los individuos que ahorren una pequeña porción de sus salarios

durante todos sus años activos, designando a empresas para que administren

estos fondos y tomen las mejores decisiones de inversión de los mismos,

permitiendo que las personas dispongan de un ingreso suficiente para garantizar

su consumo en la vejez, ingreso que será superior mientras mayores hayan sido

los aportes, en un sistema de contribuciones definidas como es el dominicano.

Algunos podrían alegar que no hace falta la participación estatal o la

obligatoriedad para garantizar que los individuos ahorren, sino que por sí

mismas las personas deberían tomar la decisión de nivelar su consumo.

Sin embargo, en la práctica existen individuos que no ahorran para el retiro y los

que lo hacen no siempre tienen un amplio conocimiento de los instrumentos de

inversión. A continuación se presentan distintos argumentos que justifican la

participación del Estado para establecer con carácter obligatorio que los

individuos ahorren cierta proporción de su salario:

2.1.2 Los individuos carecen de una visión de largo plazo: Primordialmente se atribuye esta planificación cortoplacista de los individuos a la

alta tasa de descuento que le asignan al consumo futuro, o, lo que es lo mismo,

a la menor valoración que le asignan a dicho consumo en comparación con el

consumo presente. Este comportamiento tiende a ser el resultado de

restricciones en el mercado crediticio, así como de distintos riesgos que se

convierten en situaciones de urgencia, como riesgos de enfermedad,

discapacidad, desastres naturales, entre otros, que implican el que los individuos

se vean forzados a disponer de más recursos en el presente. Asimismo, influye

en países en vías de desarrollo el bajo nivel de ingreso de una alta proporción

de la población, como consecuencia de la mala distribución del ingreso.22 22 Ídem, Pág.25

Page 24: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

18

2.1.3 Ausencia de productos financieros adecuados: Aún si los individuos ahorraran para el retiro con la finalidad de nivelar su

consumo, necesitan contar con instrumentos financieros adecuados que sean

consistentes con el ahorro de largo plazo que amerita el ahorro previsional.

Además, es necesaria la creación de mercados de rentas vitalicias para que los

pensionados puedan contar con un ingreso seguro frente a la incertidumbre del

momento de fallecimiento. Esto último es primordial para que los individuos en

retiro no lleguen a la etapa del fallecimiento con un monto de herencia elevado

mientras vivieron durante sus años pasivos con un ingreso mínimo o, por el

contrario, para que no pasen en la pobreza su período de vida de retiro laboral.

2.1.4 Necesidad de regulación y supervisión: A fin de que los mercados financieros funcionen de forma estable y transparente,

es necesaria la regulación y supervisión gubernamental. Asimismo, la

participación del Estado es crucial para garantizar que se generen instrumentos

de ahorro de largo plazo y se desarrollen mercados de rentas vitalicias y retiros

programados, que suplan las necesidades de los individuos y que muy

probablemente no serían creados si el mercado financiero se dejara trabajar por

sí solo.

2.1.5 Reducción de la pobreza y equidad: La participación del Estado se justifica también por los principios de equidad y

reducción de la pobreza. Se busca entonces que los regímenes previsionales

sean obligatorios para que los individuos que normalmente no tomarían la

decisión de ahorrar realicen aportes al sistema y cuenten con ingresos durante

su retiro laboral, reduciendo así la proporción de adultos que en la tercera edad

no poseen ingresos y se convierten en una carga para la sociedad. Por tanto, un

sistema de pensiones obligatorio tiende a reducir los niveles de pobreza en la

vejez. Más aún, la participación gubernamental es fundamental para garantizar

la redistribución del ingreso que permita lograr una mayor equidad

Page 25: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

19 2.1.6 Solidaridad: De manera similar al punto anterior, se persigue que los sistemas de pensiones

contemplen componentes de solidaridad hacia los contribuyentes de menor

ingreso. Para garantizar la regulación y la correcta aplicación de estos

programas de solidaridad es necesaria la participación estatal.23

2.2 OBJETO DE LA LEY 87-01 Tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS)

en el marco de la Constitución de la República Dominicana, para regularla y

desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en

lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los

riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia,

enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de

Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas

y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad

social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos

que los rigen. 24

2.3 NORMAS REGULADORAS DEL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se rige:

a) Por las disposiciones de la ley 87-01.

b) Por las leyes vigentes que crean fondos de pensiones y jubilaciones, así

como seguros de salud, en beneficio de sectores y grupos específicos;

c) Por las normas complementarias de la ley 87-01, las cuales comprenden:

1) El reglamento del Consejo Nacional de Seguridad Social;

2) El reglamento de la Tesorería de la Seguridad Social;

3) El reglamento sobre Pensiones;

23 Ídem, Pág.26 24 Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social

Page 26: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

20 4) El reglamento sobre el Seguro Familiar de Salud;

5) El reglamento sobre el Seguro de Riesgos Laborales;

6) El reglamento del Régimen Contributivo Subsidiado;

7) El reglamento del Régimen Subsidiado;

8) Los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Social;

9) Las resoluciones de las Superintendencias de Pensiones y de Salud y

Riesgos Laborales. 25

2.4 PRINCIPIOS RECTORES DE LA SEGURIDAD SOCIAL El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se regirá por los siguientes

principios:

Universalidad: El SDSS deberá proteger a todos los dominicanos y a los

residentes en el país, sin discriminación por razón de salud, sexo, condición

social, política o económica.

Obligatoriedad: La afiliación, cotización y participación tienen un carácter

obliga-torio para todos los ciudadanos e instituciones, en las condiciones y

normas que establece la presente ley.

Integralidad: Todas las personas, sin distinción, tendrán derecho a una

protección suficiente que les garantice el disfrute de la vida y el ejercicio

adecuado de sus facultades y de su capacidad productiva.

Unidad: Las prestaciones de la Seguridad Social deberán coordinarse para

constituir un todo coherente, en correspondencia con el nivel de desarrollo

nacional.

Equidad: El SDSS garantizará de manera efectiva el acceso a los servicios a

todos los beneficiarios del sistema, especialmente a aquellos que viven y/o

laboran en zonas apartadas o marginadas.

Solidaridad: Basada en una contribución según el nivel de ingreso y en el

acceso a los servicios de salud y riesgos laborales, sin tomar en cuenta el aporte

individual realizado; de igual forma, cimentada en el derecho a una pensión

25 Idem, Pág. 3

Page 27: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

21 mínima garantizada por el Estado en las condiciones establecidas por la

presente ley.

Libre elección: Los afiliados tendrán derecho a seleccionar a cualquier

administrador y proveedor de servicios acreditado, así como a cambiarlo cuando

lo consideren conveniente, de acuerdo a las condiciones establecidas en la ley

87-01.

Pluralidad: Los servicios podrán ser ofertados por Administradoras de Riesgos

de Salud (ARS), Proveedoras de Servicios de Salud (PSS) y por

Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), públicas, privadas o mixtas,

bajo la rectoría del Esta-do y de acuerdo a los principios de la Seguridad Social y

a la presente ley.

Separación de funciones: Las funciones de conducción, financiamiento,

planificación, captación y asignación de los recursos del SDSS son exclusivas

del Esta-do y se ejercerán con autonomía institucional respecto a las actividades

de administración de riesgos y prestación de servicios.

Flexibilidad: A partir de las coberturas explícitamente contempladas por la ley

87-01, los afiliados podrán optar a planes complementarios de salud y de

pensiones, de acuerdo a sus posibilidades y necesidades, cubriendo el costo

adicional de los mismos.

Participación: Todos los sectores sociales e institucionales involucrados en el

SDSS tienen derecho a ser tomados en cuenta y a participar en las decisiones

que les incumben.

Gradualidad: La Seguridad Social se desarrolla en forma progresiva y constante

con el objeto de amparar a toda la población, mediante la prestación de servicios

de calidad, oportunos y satisfactorios.

Equilibrio financiero: Basado en la correspondencia entre las prestaciones

garantizadas y el monto del financiamiento, a fin de asegurar la sostenibilidad

del Sistema Dominicano de Seguridad Social. 26

26 Idem,Pág. 4

Page 28: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

22 2.5 DERECHOS Y DEBERES DE LOS AFILIADOS Los beneficiarios del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) tienen el

derecho de ser asistidos por la Dirección de Información y Defensa de los

Afiliados (DIDA) en todos los servicios que sean necesarios para hacer efectiva

su protección. Esta asistencia incluye información sobre sus derechos, deberes,

recursos e instancias amigables y legales, formulación de querellas y demandas,

representación y seguimiento de casos, entre otros.

El afiliado elegirá la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que

administre su cuenta individual. Igualmente, los afiliados a planes de pensiones

existentes podrán permanecer en dicho plan bajo las condiciones de la ley 87-01

y sus normas complementarias. Ninguna AFP podrá rechazar la afiliación de un

trabajador, ni ninguna persona podrá afiliarse a más de una AFP, aún cuando

preste servicios a más de un empleador o realice cualquier otra actividad

productiva. Ninguna AFP podrá cancelar la afiliación de un trabajador, excepto

en la forma que establece la ley 87-01 y sus normas complementarias. A partir

del primer año de su entrada en vigencia, los afiliados tendrán derecho a

cambiar de Administradora de Fondos de Pensiones una vez por año, con el

sólo requisito de un preaviso de 30 días de acuerdo a las normas

complementarias. Luego de trasladarse a otra AFP deberá cotizar por lo menos

durante seis meses para tener derecho a otro cambio. Empero, podrán hacerlo

en cualquier momento si la AFP modifica el costo de administración de los

servicios. Los afiliados tienen derecho a recibir información semestral sobre el

estado de su cuenta individual, indicando con claridad los aportes efectuados,

las variaciones de su saldo, la rentabilidad del fondo y las comisiones cobradas.

El afiliado, a nombre de su familia, tendrá derecho a elegir la Administradora de

Riesgos de Salud (ARS) y/o Prestadora de Servicios de Salud (PSS) que más le

convenga. Ninguna ARS y/o PSS podrá rechazar o cancelar la afiliación de un

beneficiario por razones de edad, sexo, condición social, de salud o laboral.

Ninguna persona podrá afiliarse a más de una ARS, aún cuando preste servicio

a más de un empleador o realice otras actividades productivas. Los afiliados

Page 29: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

23 están en el deber de llevar una vida que propicie la conservación de la salud;

participar en los programas preventivos, utilizar los servicios con criterios de

economía y responsabilidad social y suministrar información cierta, clara y

completa sobre su estado de salud. Además, están en el deber de denunciar

cualquier anomalía en perjuicio de los usuarios del sistema o de sus

instituciones.

El trabajador está en el deber de observar todas y cada una de las

recomendaciones orientadas a prevenir accidentes de trabajo y/o enfermedades

profesionales. Además, debe participar y/o colaborar con los comités de

seguridad e higiene en el trabajo que se organicen en la empresa o institución

donde presta sus servicios. El retraso del empleador en el pago de las

cotizaciones de Seguro de Riesgo Laborables no impedirá el nacimiento del

derecho del trabajador a las prestaciones que le garantiza la presente ley. En tal

caso, el SNSS deberá reconocer y otorgar dichas prestaciones y proceder de

inmediato a cobrar a la entidad empleadora el monto de las aportaciones

vencidas, más las multas e intereses que correspondan. Las normas

complementarias detallarán los derechos y deberes de los afiliados, de los

empleadores, de los profesionales y técnicos del SDSS, de las ARS y de las

PSS. 27

27 Idem, Pág. 5

Page 30: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

24 2.6 BENEFICIARIOS, PRESTACIONES Y AFILIACIÓN

Beneficiarios del sistema

Tienen derecho a ser afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social

(SDSS) todos los ciudadanos dominicanos y los residentes legales en el

territorio nacional. La ley 87-01 y sus normas complementarias regularán la

inclusión de los dominicanos residentes en el exterior.28

Son beneficiarios del Seguro Familiar de Salud: Son titulares del derecho a la promoción de la salud, prevención de las

enfermedades y a la protección, recuperación y rehabilitación de su salud y

preservación del medio ambiente, sin discriminación alguna, todos los

dominicanos y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia

en el territorio nacional.

Para fines de ley 87-01, la familia del asegurado incluye:

a) El cónyuge o compañero de vida debidamente registrado; y

b) Los hijos o hijastros menores de 21 años, si fueran estudiantes, o sin

limite de edad si son discapacitados, y los padres si son dependientes,

mientras no sean ellos mismos afiliados al Sistema Dominicano de

Seguridad Social. 29

Son beneficiarios del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia: a) Los(as) trabajadores(as) dependientes y los empleadores, urbanos y

rurales, en las condiciones establecidas por la presente ley;

b) Los(as) trabajadores(as) dominicanos que residen en el exterior, en las

modalidades establecidas por la presente ley;

28 Ídem, Pág. 5 29 Ídem, Pág. 6

Page 31: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

25

c) Los(as) trabajadores(as) independientes y los empleadores, urbanos y

rurales, en las condiciones que establecerá el reglamento del Régimen

Contributivo Subsidiado;

d) Los(as) desempleados(as), discapacitados(as) e indigentes, urbanos y

rurales, en las condiciones que establecerá el reglamento del Régimen

Subsidiado.

Son beneficiarios del Seguro Contra Riesgos Laborales: a) Los(as) trabajadores(as) dependientes y los empleadores, urbanos y

rurales, en las condiciones establecidas por la presente ley;

b) Los trabajadores por cuenta propia, los cuales serán incorporados en forma

gradual, previo estudio de factibilidad técnica y financiera.

Están cubiertos por las disposiciones de la ley 87-01 los ciudadanos

dominicanos que laboran en los organismos internacionales dentro del país.

Están excluidos, el personal radicado en el país de misiones diplomáticas

extranjeras y de organizaciones internacionales y el personal expatriado de

empresas extranjeras, en la medida en que estuviesen protegidos por sus

propios regímenes de seguridad social. Estas misiones podrán acogerse a los

beneficios de la presente ley para cubrir en forma parcial o total a su personal,

como complemento a sus propios planes o como única cobertura para sus

empleados. Sin perjuicio de lo anterior, el SDSS podrá establecer convenios de

protección recíproca a los ciudadanos de otras naciones residentes en el país y

a los ciudadanos dominicanos residentes en otros países.30

30 Idem, Pág. 6

Page 32: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

26 2.7 REGÍMENES DE FINANCIAMIENTO DEL SDSS

El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) está integrado por los

siguientes regímenes de financiamiento:

a) Un Régimen Contributivo, que comprende a los trabajadores asalariados

públicos y privados y a los empleadores, financiado por los trabajadores y

empleadores, incluyendo al Estado como empleador.

Partidas Año 5 Desde Agosto 2007

Año 6 Año 7

Total 9.00% 9.47% 9.97% Cuenta Personal 7.00% 7.50% 8.00% Seguro de Vida de Afiliado 1.00% 1.00% 1.00% Fondo de Solidaridad Social 0.40% 0.40% 0.40% Comisión de la AFP 0.50% 0.50% 0.50% Operación de la Superintendencia 0.10% 0.07% 0.07% Distribución del Aporte Afiliado 2.58% 2.72% 2.87% Empleador 6.42% 6.75% 7.10%

b) Un Régimen Subsidiado, que protegerá a los trabajadores por cuenta propia

con ingresos inestables e inferiores al salario mínimo nacional, así como a los

desempleados, discapacitados e indigentes, financiado fundamentalmente por el

Estado Dominicano;

c) Un Régimen Contributivo Subsidiado, que protegerá a los profesionales y

técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos

promedio.

Page 33: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

27 2.7.1 Prestaciones del Régimen Contributivo

El Régimen Contributivo cubrirá como mínimo las prestaciones siguientes:

a) Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia;

b) Seguro Familiar de Salud;

c) Seguro de Riesgos Laborales por accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales.

El empleador y sus dependientes podrán firmar pactos o convenios colectivos,

incluyendo prestaciones superiores a las otorgadas por el Sistema Dominicano

de Seguridad Social (SDSS), siempre que una de las partes, o ambas, cubran el

costo de las mismas. Carecerá de validez jurídica cualquier pacto colectivo o

convenio particular que excluya o incluya prestaciones inferiores en cantidad o

calidad a las consignadas en la presente ley y sus normas complementarias.

2.7.2 Prestaciones de los Regímenes Subsidiado y Contributivo Subsidiado

Los beneficiarios del Régimen Subsidiado y del Régimen Contributivo

Subsidiado estarán cubiertos por las siguientes prestaciones:

a) Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia;

b) Seguro Familiar de Salud. 31

31 Idem, Pág. 8

Page 34: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

28 2.8 ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL SISTEMA DOMINICANO DE PENSIONES

El Sistema Dominicano de Pensiones se ha concebido sobre la base de

experiencias internacionales exitosas, dando como resultado una adecuada

estructura que garantiza un funcionamiento idóneo. Este sistema está integrado

por el Consejo Nacional de la Seguridad Social, la Superintendencia de

Pensiones, la Tesorería de la Seguridad Social, la Empresa Procesadora de la

Base de Datos, las administradoras de fondos de pensiones y la Dirección de

TESORERIA

DIDA

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

COMISION CLASIFICADORA DE RIESGOS Y DE LÍMITES DE INVERSION

AFPs

UNIPAGO

CNSS

Page 35: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

29 Información y Defensa de los Afiliados. A continuación se exponen las

principales características de las instituciones que intervienen en el Sistema

Dominicano de Pensiones.32

El Consejo Nacional de Seguridad Social El Consejo Nacional de Seguridad Social, CNSS, tiene a su cargo la dirección y

conducción del Sistema Dominicano de Seguridad Social. En este sentido, es la entidad responsable de establecer las políticas, regular el

funcionamiento del sistema y de sus instituciones, garantizar la extensión de la

cobertura, defender a los beneficiarios, así como de velar por el desarrollo

institucional, la integración de sus programas y el equilibrio financiero del

Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Este Consejo está integrado por 18 miembros: el Secretario de Estado de

Trabajo, quien lo preside; el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia

Social, Vicepresidente; el Director General del IDSS; el Director del Instituto de

Auxilios y Viviendas; el Gobernador del Banco Central; un representante del

Colegio Médico Dominicano; un representante de los demás profesionales y

técnicos de la salud; tres (3) representantes de los empleadores, escogidos por

sus sectores; tres (3) representantes de los trabajadores, también escogidos por

sus sectores; un representante de los gremios de enfermería; un representante

de los profesionales y técnicos, escogido por sus sectores; un representante de

los discapacitados, indigentes y desempleados; un representante de los

trabajadores de microempresas; y el Gerente General del CNSS, quien es

miembro permanente y funge como secretario, con voz, pero sin voto.

32 SANTIAGO, EDDY, El Sistema de Pensiones ‘’Una Reforma exitosa para garantizar el bienestar de los

dominicanos”, Editora Corripio C por A., Primera edición, Republica Dominicana, 2006, Pág.47

Page 36: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

30 La Superintendencia de Pensiones La Superintendencia de Pensiones, SIPEN, es el organismo responsable de la

supervisión y regulación de todo el sistema previsional dominicano.

Es una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio,

encargada en virtud de la Ley 87-01 de proteger los derechos de los afiliados,

vigilar la solvencia financiera de las AFP y contribuir a fortalecer el sistema

previsional dominicano.

Por considerar de especial importancia el papel de la SIPEN dentro de la

regulación y supervisión del Sistema Dominicano de Pensiones, se ha dedicado

el Capítulo VI exclusivamente a la descripción de sus funciones.33

La Tesorería de la Seguridad Social La Tesorería de la Seguridad Social es un organismo dependiente del Consejo

Nacional de Seguridad Social, y su objetivo fundamental es tener a su cargo el

Sistema Único de Información y el proceso de recaudo, distribución y pago, para

asegurar la solidaridad social, evitar la selección adversa, contener los costos y

garantizar la credibilidad y eficiencia del sistema.

La TSS tiene además las funciones de recaudar, distribuir y asignar los recursos

del SDSS y ejecutar, por cuenta del CNSS, el pago a todas las instituciones

participantes, públicas y privadas, garantizando regularidad, transparencia,

seguridad, eficiencia e igualdad. Asimismo, la TSS registra los cambios en las

nóminas de los empleadores y realiza los cálculos de los aportes mensuales de

los cotizantes.

33 SANTIAGO, EDDY, El Sistema de Pensiones ‘’Una Reforma exitosa para garantizar el bienestar de los

dominicanos”, Editora Corripio C por A., Primera edición, Republica Dominicana, 2006, Pág.23.

Page 37: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

31 La Empresa Procesadora de la Base de Datos UNIPAGO es la Empresa Procesadora de la Base de Datos del Sistema

Dominicano de Seguridad Social, EPBD. Es una empresa privada, cuyos

accionistas son las Administradoras de Fondos de Pensiones y las

Administradoras de Riesgos de Salud.

El papel de UNIPAGO dentro del Sistema Dominicano de Pensiones se enmarca

dentro del modelo centralizado adoptado en la República Dominicana, por

considerar que este mecanismo garantiza mayor eficiencia y mayor seguridad en

el manejo de las informaciones. UNIPAGO gestiona los procesos de afiliación,

traspaso, retiros, recaudación a través de las entidades financieras y

movimientos de fondos hacia las cuentas particulares; estos últimos procesos

previa aprobación de la TSS. La Tesorería de la Seguridad Social fiscaliza las

operaciones de la EPBD, en tanto que a la Superintendencia de Pensiones le

corresponde supervisar a la Tesorería de la Seguridad Social en lo relativo a la

distribución de las cotizaciones dentro de los límites y procedimientos

establecidos en la Ley 87-01 y sus normas complementarias. Igualmente, la

SIPEN está facultada para realizar inspecciones y labores de vigilancia a la TSS

y la EPBD.

La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados, DIDA, es una

dependencia técnica del Consejo Nacional de Seguridad Social, que tiene

autonomía operativa y se encarga de promover el desarrollo permanente del

Sistema Dominicano de Seguridad Social, orientado hacia la satisfacción con

equidad de las necesidades de los afiliados, ejerciendo la defensa y orientación

efectiva de los usuarios del sistema.

Entre las atribuciones de la DIDA se encuentran: promover el Sistema

Dominicano de Seguridad Social e informar a los afiliados sobre sus derechos y

deberes; recibir reclamaciones y quejas, tramitarlas y darles seguimiento hasta

su resolución final; asesorar a los afiliados en sus recursos contenciosos por

denegación de prestaciones, mediante los procedimientos y recursos

Page 38: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

32 establecidos por la Ley 87-01 y sus normas complementarias; realizar estudios

sobre la calidad y oportunidad de los servicios de las AFP y difundir sus

resultados, a fin de contribuir en forma objetiva a la toma de decisiones del

afiliado.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones Las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP, son sociedades financieras

dedicadas exclusivamente a la administración de fondos de pensiones, conforme

a los requisitos estipulados en la Ley 87-01 y sus normas complementarias. Las

AFP tienen un objetivo único según establece dicha ley, el cual contempla:

administrar las cuentas individuales de los afiliados; invertir adecuadamente los

fondos de pensiones para garantizar los mayores niveles de rentabilidad dadas

las alternativas de inversión establecidas; y otorgar y administrar las

prestaciones del sistema previsional.

2.9 INDUSTRIA DE LAS AFP La industria de las Administradoras de Fondos de Pensiones surge con

anterioridad a la promulgación de la Ley 87-01, pues se constituyeron al amparo

de principios constitucionales y disposiciones del derecho común, para

administrar fondos de pensiones y planes previsionales y de jubilación

existentes.

De conformidad con la Ley 87-01, las AFP pueden ser públicas, privadas o

mixtas y deben tener por lo menos una oficina o agencia a nivel nacional para

ofrecer servicios al público y atender sus reclamos.

Además, pueden instalar oficinas y agencias utilizando la infraestructura de otras

entidades del sector financiero y comercial y abrir agencias u oficinas de

operación en el extranjero para prestar sus servicios a los ciudadanos

dominicanos residentes en el exterior.

La Ley 87-01 ha previsto que el Estado Dominicano cuente, por lo menos, con

una AFP pública, la cual debe ser gestionada con criterios gerenciales de

Page 39: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

33 acuerdo a la Ley y sus normas complementarias. En nuestro sistema se cuenta

actualmente con una única AFP pública, AFP Reservas, la cual administra los

fondos de pensiones de sus afiliados y, en adición, administra el Fondo de

Solidaridad Social. La AFP Reservas, por su característica de AFP pública y

siguiendo el mandato del artículo 76 de la Ley 87-01, administrará también los

fondos de pensiones de los regímenes Contributivo Subsidiado y Subsidiado,

cuando éstos entren en vigencia.

El Sistema Dominicano de Pensiones presenta, por tanto, una estructura que

permite garantizar la competencia en la provisión de los servicios previsionales

por parte de las AFP, al contar con un número apropiado de empresas

administradoras de fondos de pensiones.

La Superintendencia de Pensiones ha realizado una ardua labor de regulación y

supervisión continua en todo lo concerniente al Sistema Dominicano de

Pensiones, lo cual incluye a la gestión de las AFP.

Por consiguiente, las AFP son instituciones solventes, que brindan un manejo

eficiente y que son periódicamente fiscalizadas por la SIPEN.

A continuación se presentan los principales aspectos de regulación y las

características generales del funcionamiento de estas instituciones,

fundamentales en la gestión de los fondos y los servicios previsionales para los

afiliados.34

Constitución y Autorización de una AFP Para que una AFP pueda ser parte del Sistema Dominicano de Pensiones, su

constitución y el inicio de operaciones deben ser aprobadas por la SIPEN, previo

cumplimiento de todo el proceso requerido, según establece el Reglamento de

Pensiones y las resoluciones correspondientes. La Superintendencia de

Pensiones es la entidad encargada de la evaluación de los requisitos exigidos

por la Ley 87-01 antes de autorizar el funcionamiento de las AFP y tiene además

34 Ídem, Pág. 48-50

Page 40: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

34 la facultad de establecer los que estime convenientes a los fines de garantizar la

solvencia de las entidades que administran los recursos previsionales de los

trabajadores.

Para ser autorizada por la SIPEN, de conformidad con la Ley 87-01 y sus

normas complementarias, una AFP debe contar con un capital mínimo. Este

capital fue establecido inicialmente por la Ley 87-01 en diez millones de pesos

(RD$10, 000,000), en efectivo, totalmente suscrito y pagado, el cual debe ser

indexado anualmente, con referencia al índice de precios al consumidor. El

capital mínimo requerido también debe ser incrementando en un diez por ciento

(10%) por cada cinco mil afiliados en exceso de diez mil.

En el caso de que una AFP tenga un capital inferior al mínimo requerido, la Ley

87-01 otorga un plazo no mayor de noventa (90) días para completarlo, siendo

durante este plazo objeto de una supervisión permanente. En caso de no cumplir

con este requisito, la SIPEN revocará su autorización para operar y ordenará su

disolución y liquidación.

Fondos de Pensiones Los fondos de pensiones pertenecen exclusivamente a los afiliados y se

constituyen con las aportaciones obligatorias y voluntarias, así como con sus

rendimientos. Estos fondos constituyen un patrimonio independiente y distinto

del patrimonio de las AFP, sin que éstas tengan dominio o facultad de

disposición sobre dichos fondos, salvo en las formas y modalidades consignadas

expresamente por la Ley 87-01. Es preciso destacar que los fondos de

pensiones son inembargables y las cuentas que los constituyen no son

susceptibles de retención o congelamiento judicial.

Las AFP mantienen cuentas corrientes bancarias a nombre del fondo de

pensiones de que se trate, de acuerdo al RNC del mismo, dedicadas

exclusivamente a la administración del fondo de pensiones, las cuales están

certificadas por la SIPEN y separadas de las cuentas relativas a las AFP. Las

Page 41: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

35 cotizaciones del afiliado, así como el producto de sus inversiones y cualquier

otra modalidad de ingreso en su favor, son registradas en las cuentas

personales de los afiliados y depositadas en el fondo de pensiones.35

2.10 PROCESOS DE AFILIACIÓN Y TRASPASO La afiliación al Sistema Dominicano de Pensiones inició el primero de febrero del

2003 con el período de noventa días fijado por Ley para el proceso de afiliación

masiva al Régimen Contributivo.

La afiliación es el proceso que da inicio a la entrada en operación del sistema

previsional, con el cual se crea un compromiso legal entre el trabajador y una

AFP, para que esta última le administre sus recursos en un fondo de pensiones

donde cada afiliado tiene una cuenta individual de su exclusiva propiedad.

El proceso de traspaso consiste en otorgarles a las personas con un año de

afiliación en su AFP, el derecho a traspasar el manejo de su cuenta personal

hacia una AFP distinta. Este derecho inició en junio del 2004.

A continuación, se exponen los aspectos relacionados con los procesos de

afiliación y traspaso.

Afiliación La afiliación es la relación jurídica que origina los derechos y obligaciones del

afiliado y la AFP que administra su cuenta de capitalización individual, CCI. La

Ley 87-01 establece que la afiliación del trabajador asalariado y del empleador al

régimen previsional es obligatoria, única y permanente, independientemente de

que el beneficiario permanezca o no en actividad, ejerza dos o más trabajos de

manera simultánea, pase a trabajar en el sector informal, emigre del país, o

cambie de AFP.

35 Idem, Pag. 53,54,55

Page 42: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

36 Esta afiliación se rige por el principio de la libre elección, el cual le confiere al

trabajador asalariado el derecho a seleccionar libremente la administradora de

fondos de pensiones que desea maneje su cuenta personal. La libre elección de

AFP se ha considerado en todos los países que han hecho reforma de

pensiones hacia capitalización individual en los últimos años, debido a la

importancia que reviste que el trabajador, activo o pasivo, otorgue la

administración de su cuenta individual a la AFP que mejor responda a sus

intereses.

Al Sistema Dominicano de Pensiones deben afiliarse todos los trabajadores que

inicien un contrato de trabajo bajo relación de dependencia; también pueden

optar por afiliarse al SDP aquellos trabajadores que hayan cotizado en otros

sistemas y deseen trasladarse al régimen de capitalización individual. Al

momento de entrada en vigencia la Ley 87-01 debieron afiliarse de forma

obligatoria al Sistema Dominicano de Pensiones:

1. Los trabajadores públicos y privados que se encontraban cotizando al IDSS

y/o a cualquier otro fondo básico de pensión y tenían hasta 45 años;

2. Los trabajadores asalariados de cualquier edad que no se encontraban

amparados por las leyes 379-81, 414-98 u otras leyes afines;

3. Los empleadores que recibían ingresos regulares de la empresa, ya sea en

calidad de trabajadores, de directivos y/o propietarios; La Ley 87-01 les otorgó la

opción de permanecer bajo el sistema de reparto a: los cotizantes del IDSS

mayores de 45 años; los trabajadores del sector público y de las instituciones

autónomas y descentralizadas de cualquier edad que al momento de la entrada

en vigencia de la Ley estén amparados por la Ley 379 y otras leyes afines; los

pensionados y jubilados del Estado, del Instituto Dominicano de Seguros

Sociales, del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policía y

del sector privado que estén disfrutando de una pensión de vejez, discapacidad

o sobrevivencia; y, los integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía

Nacional, quienes permanecerán en los sistemas de Seguridad Social de las

Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. A los afiliados a los planes de pensiones

Page 43: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

37 existentes, instituidos mediante leyes específicas y/o afiliados a planes

corporativos a cargo de administradoras de fondos de retiro les fue permitido por

la Ley 87-01, permanecer en los mismos, siempre que éstos les garantizaran

una pensión igual o mayor a la que disfrutarían bajo el nuevo sistema, le

aseguren la continuidad de sus prestaciones en caso de cambiar de empleo y/o

actividad y se acojan a determinados requisitos.

La afiliación se realiza sobre la base de un contrato que el trabajador suscribe

con la AFP de su elección, debidamente representada por un promotor

autorizado por la SIPEN. Esta afiliación se considera válida una vez la EPBD

aprueba su registro. Luego de este paso, la AFP incorpora al afiliado en sus

archivos y crea su cuenta de capitalización individual, CCI.

Es preciso destacar que la centralización del proceso de afiliación en la EPBD

confiere mayor orden y transparencia al sistema y evita los inconvenientes de

afiliaciones múltiples, derivadas de la suscripción de contratos por parte del

trabajador con más de una AFP.

En caso de que un afiliado no proceda a elegir libremente la AFP de su

preferencia, la Ley 87-01 ha instaurado lo que se denomina afiliación

automática. Este mecanismo constituye una herramienta de protección al

trabajador, para que no queden fuera de los beneficios del Sistema Dominicano

de Pensiones aquellos trabajadores asalariados que no han ejercido el principio

de la libre elección. El mecanismo se aplica a todos los trabajadores que no han

elegido una AFP dentro de un plazo de 30 días, tras haber iniciado una relación

laboral.

En la afiliación automática la EPBD, actuando como mandataria del empleador,

procede a afiliar al trabajador en la AFP a la que se haya afiliado la mayor parte

de los empleados de una empresa, dentro de un plazo de 10 días contados a

partir de la fecha de vencimiento establecida.

La afiliación automática implica que la AFP deberá posteriormente obtener la

firma de los contratos por parte de los trabajadores así afiliados.

Page 44: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

38 En el contrato de afiliación constan todos los derechos y obligaciones de la AFP

y el trabajador, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 87-01, el Reglamento

de Pensiones y demás disposiciones aplicables. La estructura y contenido

estándar de los contratos, así como la numeración aleatoria de los mismos, es

regulada por la SIPEN, a fin de garantizar la seguridad del proceso de afiliación.

Con la finalidad de evitar la pre-afiliación, para de esa manera garantizar la libre

elección del afiliado y, además, una sana competencia entre las AFP y

transparencia en las operaciones, la SIPEN elaboró un formato estándar del

contrato de afiliación al Régimen Contributivo, de uso obligatorio para todas las

AFP, con asignación de un código alfanumérico correlativo de cuatro caracteres

alfabéticos y siete dígitos numéricos. Los cuatro caracteres alfabéticos son para

identificar a las AFP, en tanto que los dígitos numéricos constituyen un

mecanismo de seguridad adicional, siguiendo un orden secuencial que fue

asignado a las AFP mediante sorteo aleatorio en presencia de Notario Público.

Es preciso destacar, que la impresión de los contratos de afiliación para el

período de afiliación masiva se efectuó de manera centralizada con modernos

criterios de seguridad, cuyo proceso fue supervisado por técnicos de la SIPEN y

un equipo de seguridad, prestando servicios las veinticuatro horas del día con

turnos rotatorios, en la editora que realizó la referida impresión.

Asimismo, la entrega de dichos contratos se realizó el día anterior a la afiliación,

mediante sorteo en la imprenta que fue supervisado por personal de la SIPEN, la

Contraloría General de la República y notario público.

De esta manera, se inició exitosamente el proceso de afiliación, el cual estuvo

supervisado permanentemente por la Superintendencia de Pensiones.

Asimismo, la EPBD implementó el proceso de validación y registro de solicitudes

de afiliación enviadas por las AFP hasta certificar las afiliaciones que procedían

de acuerdo al software desarrollado e instalado para tales fines, creándose con

esto la base de datos del sistema previsional.

Page 45: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

39 Traspaso

El derecho a traspaso permite, tanto al trabajador que ha ejercido la libre

elección de AFP como al que ha sido afiliado de forma automática, traspasar los

recursos acumulados en su Cuenta de Capitalización Individual, CCI, desde el

fondo de pensiones que administra esa AFP hasta el fondo de la AFP de su

nueva preferencia. Desde el 1 de junio del año 2004 se habilitó el derecho anual

a traspaso ordinario. A partir de entonces, todo trabajador que desee

traspasarse de AFP, puede hacerlo, siempre que cumpla con los requisitos

siguientes:

Haber realizado un mínimo de seis cotizaciones en la AFP en la que está afiliado

en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha en que solicita el

traspaso; y, no haber realizado otro traspaso en ese mismo año calendario.

Se permite el traspaso hacia otra AFP, si la AFP en la que se encuentra afiliado

el trabajador eleva su estructura de comisiones, o si esta AFP resulta disuelta o

absorbida por otra en un proceso de fusión. Por último, la Ley 87-01 permite

también que los afiliados pensionados bajo la modalidad de retiro programado,

puedan traspasarse de AFP una vez al año.

El proceso de traspaso es también tramitado a través de la EPBD, a la cual le

corresponde procesar y certificar los traspasos. Lo anterior se realiza mediante

el cruce de información recibida de las AFP Origen y Destino de cada afiliado

que ha solicitado un traspaso. El traspaso de los recursos se realiza mediante un

sistema de compensación de saldos a traspasar entre las AFP, bajo las

instrucciones de la EPBD. Junto con el traspaso de los recursos, también la AFP

Origen traspasa a la Destino. La AFP Origen es la AFP en la que se encuentra

afiliado el trabajador al momento de solicitar el traspaso hacia otra AFP,

denominada la AFP Destino.

Page 46: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

40 2.11 AFILIACIÓN DE DOMINICANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR Los ciudadanos dominicanos residentes en el exterior también tienen derecho a

afiliarse al sistema previsional, para de esta forma poder percibir los beneficios

de este sistema al momento del retiro. Esta afiliación será efectiva tan pronto

como entre en vigencia la implementación del Sistema Previsional para los

Dominicanos Residentes en el Exterior y aplicará a todos aquellos ciudadanos

dominicanos que residan en el extranjero y opten voluntariamente por afiliarse,

independientemente de si son trabajadores asalariados bajo relación de

dependencia o trabajadores independientes.

La cotización de las contribuciones al sistema previsional para dominicanos

residentes en el exterior estará a cargo del interesado y podrá efectuarse en

forma directa a través del sistema financiero o en agencias del exterior, cuando

las hubiere. Estas contribuciones podrán ser en divisas, bajo el entendido de que

también lo serán las prestaciones y de que las AFP podrán tener una cartera en

moneda nacional y otra en divisas. Sin embargo, los afiliados al sistema

previsional para dominicanos residentes en el exterior no podrán cotizar para el

seguro de discapacidad y sobrevivencia.

El marco regulatorio para el funcionamiento de este sistema previsional ha sido

emitido por la SIPEN a través de la Resolución No. 251-05 de diciembre 2005,

que regula la incorporación de los dominicanos residentes en el exterior al

régimen contributivo del Sistema Dominicano de Pensiones. Durante el año

2006 se trabajará en la implementación de los procesos de afiliación, traspaso,

recaudo e inversión, a fin de que pueda dar inicio este sistema y se amplíe así la

cobertura del sistema previsional.

De acuerdo a lo expuesto en este capítulo, es evidente que los procesos de

afiliación y traspaso en la República Dominicana han sido cuidadosamente

Page 47: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

41 estructurados. Los mecanismos para la realización de ambos procesos se han

basado en prácticas reconocidas internacionalmente para sistemas previsionales

del tipo centralizado como lo es el dominicano. Debido a esta adecuada

estructura, el desempeño de los procesos ha sido exitoso en garantizar la

administración, seguridad y eficiencia de todos los trámites relacionados con la

CCI de los afiliados.36

36 Idem, Pag.87-93

Page 48: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

42 2.12 EVOLUCIÓN Y SITUACIÓN ACTUAL DEL SISTEMA DOMINICANO DE PENSIONES El trayecto recorrido por la reforma previsional dominicana ha evidenciado

notables resultados desde la aprobación de la Ley 87-01.

A continuación presentaremos el comportamiento de las principales estadísticas

del Sistema Dominicano de Pensiones, así como un panorama de la situación

actual del mismo.

Evolución de Afiliados y Cotizantes

La población afiliada al Sistema Dominicano de Pensiones ascendió a 2,

079,161 al 30 de junio del 2009, registrándose un incremento de 9.7% con

respecto a junio 2008. Asimismo, el total de cotizantes se situó en 1, 019,428

personas, lo que representa el 49.0% del total de afiliados a esta fecha. En

cuanto a la participación de mercado del régimen de capitalización individual, se

observa que AFP HODGE y Scotia Crecer AFP concentran el 64.8% de los

afiliados y un 63.9% de los cotizantes al 30 de junio de 2009.

Al mes septiembre 2009 el sistema de pensiones cuenta con 2, 147,560

afiliados al régimen de capitalización individual, cifra que triplica la cantidad de

afiliados existentes al inicio del proceso de afiliación. Por su parte, las

cotizaciones al régimen contributivo iniciaron en julio 2003, con un total de

433,537 cotizantes, para luego situarse en un total de 995,191 cotizantes a

Septiembre 2009.37

37 http://www.sipen.gov.do/documentos/estadistico_Sept-09.pdf

Page 49: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

43 Distribución de Afiliados y Cotizantes por Género

En cuanto a la composición por género de los afiliados al régimen contributivo,

se evidencia una mayor participación del sexo masculino, comportamiento en

concordancia con la estructura del mercado laboral en nuestro país. Del universo

de afiliados al 30 de junio de 2009, la población masculina supera a la femenina

en 352,999 personas, con representaciones de un 58% y un 42% del total de

afiliados, respectivamente.

Los cotizantes al 30 de junio de 2009, el 57% corresponde al género masculino y

el 43% al femenino reflejando así resultados similares a la composición laboral

por género en la República Dominicana, según información de la Encuesta de

Fuerza de Trabajo de Octubre 2008 preparada por el Banco Central.

Distribución de Afiliados al Sistema de Capitalización Individual por Provincia

Al evaluar la distribución geográfica de los afiliados al Régimen de Capitalización

Individual se observa una mayor concentración de los trabajadores en el Distrito

Nacional, con un 33.4% del total de afiliados a nivel nacional. Le sigue Santo

Domingo, provincia en la que se encuentran afiliados un15.0% del total de

trabajadores registrados en el Sistema de Capitalización Individual.

La provincia Santiago, contiene el 13.3% del total de afiliados, seguida del resto

de las provincias del país, con menos del 5% del total de afiliados cada una.

En el Sistema Dominicano de Pensiones existen actualmente siete AFP en

funcionamiento, entre las que destacan tres con la mayor concentración de

afiliados y cotizantes del mercado: AFP Hodge, BBVA Crecer AFP y AFP

Siembra concentraron el 80.5 por ciento de los afiliados y el 85.6 por ciento de

los cotizantes, mientras que el porcentaje restante se distribuía entre AFP

Reservas, AFP Caribalico, AFP León y AFP Romana.

Page 50: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

44 Distribución de Afiliados y Cotizantes del Sistema de Capitalización Individual por edad.

De acuerdo con la distribución por edades, la población afiliada bajo el esquema

de Capitalización Individual al 30 de junio 2009, con 44 años de edad o menos,

representa el 84% del total, destacándose que en el tramo de edad hasta los 34

años se concentra el mayor número de afiliados, con un 56.03%. La elevada

población joven del sistema y, por consiguiente, su amplio horizonte de

acumulación favorecen el otorgamiento de montos de pensiones superiores

durante su retiro laboral. Para el total de cotizantes del Sistema de

Capitalización Individual, el 77% de los cotizantes se encuentran en los grupos

de edad hasta los 44 años, mientras que un 23% de los mismos, se encuentra

en los grupos de edad superior a los 45 años.38

38 http://www.sipen.gov.do/documentos/Boletin24_Sipen.pdf

Page 51: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

CAPITULO III

EXAMINAR EL FLUJO DE TRABAJO Y LA DISTRIBUCIÓN DE LAS TAREAS EN EL ÁREA DE

BENEFICIOS DE AFP HODGE.

Page 52: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

46 3.1 PROCEDIMIENTOS EMITIDOS POR LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, A LAS SOLICITUDES DE INGRESO TARDÍO, DISCAPACIDAD Y SOBREVIVENCIA. 3.1.1 ingreso tardío. Serán considerados como afiliados de ingreso tardío, aquellos que al momento

de su afiliación tenían cuarenta y cinco años (45) o más de edad. Para tales

fines la AFP verificará mediante la cédula de identidad, que el afiliado tenía esta

edad al momento de la emisión de la certificación de afiliación por parte de la

Empresa Procesadora de Base de Datos (EPBD).

La AFP deberá solicitar a la Tesorería de Seguridad Social la Certificación que

da constancia de que el afiliado no se encuentra pendiente en una nómina y que

a su vez cumple con el requisito de tener como mínimo tres (3) meses sin cotizar

en el sistema.

3.1.2 Devolución de los recursos acumulados en la Cuenta de capitalización Individual (CCI) debido a que por su nivel socioeconómico el afiliado de ingreso tardío no requiere una pensión del régimen subsidiado. Requisitos Se adquiere derecho a la devolución de los recursos acumulados en su CCI,

cuando los afiliados de ingreso tardío cumplan con los requisitos siguientes:

Acreditar una edad de sesenta (60) años o más.

Los recursos en su CCI no le permiten pensionarse con un monto igual o

superior al cien por ciento (100%) de la pensión mínima del régimen contributivo.

No calificar para una pensión del régimen subsidiado debido a su nivel

socioeconómico, esto es cuando sus ingresos sean superiores al 50% del salario

Page 53: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

47 mínimo nacional, según lo estipulado en el literal b) del artículo 37 del

Reglamento del Régimen Subsidiado.

Solicitud de Pensión Los afiliados que deseen solicitar la devolución de los recursos de su CCI,

deberán seguir los pasos siguientes:

Concurrir personalmente a la AFP en que se encuentre afiliado. Deberá

identificarse a través de su cédula de identidad.

Suscribir, en dicha oficina, el formulario de “Solicitud de Pago de Beneficios por

Ingreso Tardío” El formulario debe ser suscrito en original y copia y debe ser

completado por personal debidamente acreditado de la AFP.

El afiliado debe entregar copia de la cédula de identidad. Si existiera

discrepancia entre la información de la cédula de identidad y la información del

afiliado disponible en la base de datos, la AFP podrá requerir que el afiliado

suministre un acta de nacimiento debidamente legalizada.

Suscribir un documento bajo firma privada en la AFP en la que declare bajo fe

de juramento que al momento de solicitar la devolución de los recursos, no

califica para una pensión del régimen subsidiado debido a su nivel

socioeconómico.

La AFP deberá solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social una certificación

en la que se indique que el afiliado ha sido dado de baja en la nomina registrada

en la Tesorería desde los tres (3) meses anteriores a la fecha de su solicitud,

indicando la fecha en que el afiliado ha sido dado de baja. . En caso en que el

afiliado se encuentre activo en nómina debe certificarse este estatus, y se

incluirán los datos correspondientes al empleador que mantiene al afiliado

Page 54: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

48 activo. Esta certificación debe ser emitida en un plazo no mayor de tres (3) días

hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud realizada por la AFP.

La AFP deberá entregar al afiliado:

• Estado de Cuenta de Capitalización Individual cortado a la fecha de la solicitud

• Copia del formulario, con sello y firma del personal acreditado de la AFP

• Acuse de recibo de los documentos entregados.

Verificación requisitos En un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de

recepción de la solicitud de pensión con la documentación requerida, la AFP

deberá verificar el cumplimiento de los requisitos para esta modalidad e informar

al afiliado el resultado de la solicitud mediante comunicación escrita con acuse

de recibo.

Forma, monto y fecha de pago La forma de pago será elegida por el afiliado, ya sea mediante cheque o

transferencia bancaria. Cuando el afiliado elija transferencia bancaria como

modalidad de pago, el documento de elección deberá contener espacio para la

indicación del número de cuenta en un banco domiciliado en República

Dominicana a la que se realizará la transferencia y declaración de descargo a

favor de la AFP al momento en que acrediten los fondos a la cuenta señalada.

Para fines de determinar si los recursos de la CCI del afiliado le permiten

pensionarse con un monto igual o superior al cien por ciento (100%) de la

pensión mínima del régimen contributivo, se considerará el cálculo conforme lo

especificado en la Resolución 272-07.

En estos casos la AFP realizará en un sólo pago la totalidad de los recursos

acumulados en su CCI a más tardar dos (2) días hábiles después de la

notificación al afiliado.

Page 55: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

49 3.1.3 Devolución de los recursos acumulados en su CCI debido a que el afiliado de ingreso Tardío recibe una pensión en virtud de las leyes 379, 1896 y/o por otras leyes afines o Planes de Pensiones Existentes, debidamente registrados en la Superintendencia de Pensiones

Requisitos Se adquiere derecho a la devolución de los recursos, cuando los afiliados de

ingreso tardío cumplan con los requisitos siguientes:

Acreditar una edad mayor de sesenta (60) años.

Los recursos en su CCI no le permitan pensionarse con un monto igual o

superior al cien por ciento (100%) de la pensión mínima del régimen contributivo.

Recibir una pensión en virtud de las leyes 379, 1896 y/o por otras leyes afines o

Planes de Pensiones existentes debidamente registrados en la Superintendencia

de Pensiones.

Al momento de su solicitud, no se encuentra cotizando en el régimen

contributivo.

Solicitud de Pensión Los afiliados que deseen solicitar esta pensión, deberán seguir los pasos

siguientes:

Concurrir personalmente a la AFP en que se encuentre afiliado. Deberá

identificarse a través de su cédula de identidad.

Suscribir, en dicha oficina, el formulario de “Solicitud de Pago de Beneficios por

Ingreso Tardío” El formulario debe ser suscrito en original y copia y debe ser

completado por personal debidamente acreditado de la AFP. El afiliado debe

entregar copia de la cédula de identidad.

Presentar una certificación de la Secretaría de Estado de Finanzas o del Plan

que corresponda, en la que conste el hecho de estar recibiendo una pensión.

La AFP deberá solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social una certificación

en la que se indique que el afiliado ha sido dado de baja en la nomina registrada

en la Tesorería desde los tres (3) meses anteriores a la fecha de su solicitud,

Page 56: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

50 indicando la fecha en que el afiliado ha sido dado de baja. En caso en que el

afiliado se encuentre activo en nómina debe certificarse este estatus, y se

incluirán los datos correspondientes al empleador que mantiene al afiliado

activo. Esta certificación debe ser emitida en un plazo no mayor de tres (3) días

hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud realizada por la AFP.

La AFP debe entregar al afiliado:

• Estado de Cuenta de Capitalización Individual cortado a la fecha de la solicitud

• Copia del formulario, con sello y firma del personal acreditado de la AFP

• Acuse de recibo de los documentos entregados.

Verificación requisitos En un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de

recepción de la solicitud de pensión con la documentación requerida, la AFP

deberá verificar el cumplimiento de los requisitos para esta modalidad e informar

al afiliado el resultado de la solicitud mediante comunicación escrita con acuse

de recibo.

Forma, monto y fecha de pago La forma de pago será elegida por el afiliado, ya sea mediante cheque o

transferencia bancaria. Cuando el afiliado elija transferencia bancaria como

modalidad de pago, el documento deberá contener espacio para la indicación

del número de cuenta en un banco domiciliado en República Dominicana a la

que se realizará la transferencia y declaración de descargo a favor de la AFP al

momento en que acrediten los fondos a la cuenta señalada.

Para estos fines la AFP realizará en un sólo pago la totalidad de los recursos

acumulados en su CCI a más tardar dos (2) días hábiles después de la

notificación al afiliado.39

39 Resolución 272-07 Sobre el Sistema Dominicana de Seguridad Social.

Page 57: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

51 3.2 Discapacidad El objetivo principal de este beneficio es proveer al afiliado, de una pensión por

discapacidad, cuando esté cubierto por el seguro de discapacidad y cuente con

una evaluación emitida por las comisiones medicas, que lo certifique como

discapacitado en forma parcial o total.

Solicitud de Pensión por Discapacidad Para obtener la pensión de discapacidad los afiliados deberán suscribir el

formulario de “Solicitud de Pensión por Discapacidad” anexando la

documentación siguiente:

Extracto del Acta de Nacimiento del afiliado, debidamente certificada.

Copia de la cédula de identidad o del carné de seguridad social.

El formulario de “Solicitud de Pensión por Discapacidad” deberá ser

confeccionado por la AFP en un (1) original y tres (3) copias. El original deberá

ser incluido en el expediente individual del afiliado, una copia se enviará a la

Comisión Médica Regional, otra a la Compañía de Seguros que tiene la

cobertura de discapacidad y sobrevivencia y la copia restante quedará en poder

del afiliado. Tanto el original como las copias deberán llevar la fecha de

recepción por la AFP debidamente respaldada con el sello y la firma de un

funcionario responsable autorizado para esos fines.

La AFP iniciará los trámites para el otorgamiento de la pensión por discapacidad

sólo después de haber revisado que el afiliado haya presentado la totalidad de la

documentación requerida.

Page 58: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

52 3.2.1 Solicitud de Calificación de Discapacidad a la Comisión Médica Regional La AFP deberá solicitar a la Comisión Médica Regional correspondiente al lugar

de residencia del afiliado la calificación de discapacidad del afiliado dentro de los

cinco (5) días calendario de haber recibido la Solicitud de Pensión por

Discapacidad.

Las calificaciones de discapacidad serán dictaminadas por las comisiones

médicas competentes en base a las normas, criterios y parámetros para evaluar

y calificar el grado de discapacidad que sean establecidas por la Comisión

Técnica sobre Discapacidad a partir de lo dispuesto en la Ley.

La Solicitud de Calificación de Discapacidad deberá realizarla la AFP, enviando

al Presidente de la Comisión Médica Regional que corresponda, el formulario

“Solicitud de Calificación de Discapacidad”,

Los formularios "Solicitud de Calificación de Discapacidad" se identificarán

mediante un código alfanumérico de cuatro (4) letras y siete (7) dígitos. Las

cuatro letras identificarán a la AFP que realiza la solicitud de calificación de

discapacidad y corresponden a las primeras cuatro letras del nombre comercial

de la misma, mientras que los siete dígitos identificarán el número del formulario.

Junto al formulario “Solicitud de Calificación de Discapacidad” la AFP deberá

anexar una copia del formulario de “Solicitud de Pensión por Discapacidad”

suscrito por el afiliado.

Cualquier otro antecedente en poder del afiliado que sea considerado por éste

como relevante para establecer el dictamen sobre la discapacidad, deberá ser

entregado personalmente por el afiliado a la Comisión Médica Regional mientras

dure el proceso de evaluación de la discapacidad por dicha Comisión.

La AFP deberá enviar al afiliado por el medio que el afiliado haya elegido para el

envío de sus estados de cuenta, una copia del formulario “Solicitud de

Calificación de Discapacidad” que en respuesta a su solicitud de pensión fue

remitido a la Comisión Médica Regional correspondiente para fines de evaluar y

Page 59: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

53 calificar la misma. Esta copia deberá ser enviada al afiliado a más tardar en un

plazo de cinco (5) días calendario luego de que haya sido remitida a la Comisión

Médica Regional.

La Comisión Médica Regional deberá convocar al afiliado a más tardar 10 días

calendario después de haber recibido la Solicitud de Calificación de

Discapacidad para fines de iniciar el proceso de evaluación y calificación de la

discapacidad.

3.2.2 Respuesta de la Comisión Médica Regional El dictamen de la Comisión Médica Regional respecto de la solicitud de

calificación de discapacidad presentada por una AFP con relación a uno de sus

afiliados, se producirá dentro de los sesenta (60) días contados desde la fecha

en que el afiliado concurre por primera vez ante la Comisión Médica Regional

para ser examinado. Los resultados del dictamen serán remitidos a la AFP a

más tardar (3) días hábiles después de originarse el mismo y ésta a su vez

deberá remitir el mencionado dictamen al afiliado y a la Compañía de Seguros

correspondiente, a más tardar tres (3) días hábiles después de haber recibido el

mismo. La Comisión Médica Regional notificará a la AFP el resultado de su

evaluación mediante una de las repuestas siguientes:

Suspensión temporal o ampliación del plazo para evaluar la discapacidad.

La Comisión Médica Regional podrá suspender el plazo de sesenta (60) días

para dictaminar, en los dos (2) casos que se señalan a continuación:

• Existen atenciones médicas pendientes por haber sido postergadas por

razones administrativas en los servicios médicos a los que debe recurrir el

trabajador.

• Existen razones clínicas que precisan la postergación de los exámenes

que deban practicarse al afiliado.

Page 60: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

54 La suspensión del plazo de dictamen será comunicada a la AFP por parte de la

Comisión Médica Regional. Dicha suspensión no podrá ser mayor a sesenta (60)

días adicionales.

La AFP deberá esperar el resultado del trámite, archivando la comunicación de

extensión del plazo de evaluación recibida de la Comisión Médica Regional en el

expediente individual del afiliado. Una vez recibido el dictamen deberá ceñirse al

procedimiento que corresponda.

3.2.3 Procedimiento de apelación ante la Comisión Médica Nacional Los afiliados podrán apelar ante la Comisión Médica Nacional los resultados del

dictamen de discapacidad emitido por la Comisión Médica Regional

correspondiente, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, luego de ser

comunicado el dictamen al afiliado. La apelación debe de realizarse mediante

comunicación escrita dirigida al Presidente de la Comisión Médica Nacional con

copia a la AFP correspondiente.

Las Compañías de Seguros también podrán apelar los dictámenes que emitan

las Comisiones Médicas Regionales ante la Comisión Médica Nacional. Para

estos efectos, igual que en el caso de los afiliados, deberán interponer el

reclamo por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de

notificación del dictamen.

3.2.4 Dictamen que rechaza la discapacidad del afiliado

El dictamen podrá rechazar la solicitud de pensión de discapacidad del afiliado

por alguna de las causas siguientes:

1) Rechazo porque el afiliado no presenta el requisito de la pérdida de por lo menos el cincuenta porciento (50%) de su capacidad de trabajo. En este caso, el afiliado podrá reclamar el dictamen ante la Comisión Médica

Page 61: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

55 Nacional de acuerdo al procedimiento descrito en el literal f) anterior de no estar

conforme con el resultado del mismo.

Si no se presentare reclamo o si después de interpuesto el mismo, la Comisión

Médica Nacional no aprobara la discapacidad del afiliado, la AFP deberá

archivar en el expediente del afiliado el dictamen, dando por finalizado el trámite

de pensión de discapacidad, comunicándoselo a la Compañía de Seguros

correspondiente.

2) Rechazo por discapacidad de naturaleza laboral. En este caso, el afiliado deberá solicitar las prestaciones que establece la Ley

para el caso de la discapacidad surgida a partir de riesgos de índole laboral. La

AFP deberá archivar el dictamen en el expediente del afiliado y dará por

finalizado el trámite de pensión de discapacidad comunicándoselo a la

Compañía de Seguros correspondiente.

3) Fallecimiento del afiliado. Una vez notificada la AFP del fallecimiento del afiliado durante el proceso de

evaluación de la discapacidad, ésta deberá proceder a abrir un Expediente de

Pensión de Sobrevivencia con el dictamen y el certificado de defunción

correspondiente.

4) No concurrencia del afiliado a la Comisión Médica Regional para fines de ser evaluado. En este caso la AFP deberá archivar el dictamen en el expediente del afiliado y

dará por finalizado el trámite de solicitud de pensión de discapacidad. La

reclamación de la pensión por discapacidad deberá realizarse dentro de los dos

(2) años siguientes a la fecha de inicio de la discapacidad. La Compañía de

Seguros no será responsable del pago de la Pensión, de no haber sido

efectuada la reclamación dentro del período antes señalado.

Page 62: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

56 5) Rechazo originado porque el trabajador califica para pensión por vejez. La AFP deberá archivar el dictamen en el expediente del afiliado y notificar a

éste de tal situación, indicándole que puede solicitar el beneficio de pensión por

vejez.

6) Discapacidad originada con anterioridad a la cobertura del seguro.

Si se probara que la discapacidad se originó en una fecha anterior al inicio de la

cobertura, la AFP deberá archivar el dictamen en el expediente del afiliado y

dará por finalizado el trámite de solicitud de pensión de discapacidad

comunicándoselo a la Compañía de Seguros correspondiente.

3.2.5 Dictamen que aprueba la discapacidad del afiliado

Si la Compañía de Seguros interpusiera un reclamo ante la Comisión Médica

Nacional y ésta revocara el dictamen de discapacidad ya aprobada, esto es,

rechaza la discapacidad del afiliado, la AFP deberá archivar en el expediente del

afiliado el dictamen y dará por finalizado el trámite de solicitud de pensión de

discapacidad. Si no se presentare reclamación o si interpuesta una apelación, la

Comisión Médica Nacional no acogiera la misma, esto es, confirmara el

dictamen de la Comisión Médica Regional, la AFP deberá enviar a la Comisión

Técnica sobre Discapacidad el dictamen que aprueba la discapacidad para que

ésta última, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario luego de haber

recibido dicho dictamen emita la certificación de discapacidad que dará inicio a

la pensión por este motivo.

3.2.6 Remisión de las Certificaciones de Discapacidad a las AFP La Comisión Técnica de Discapacidad remitirá a las AFP las certificaciones

correspondientes a los dictámenes sobre discapacidad de sus afiliados a más

tardar cinco (5) días hábiles después de ser emitidas.

Page 63: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

57 3.2.7 Notificación a las Compañías de Seguros

Dentro de los diez (10) días calendario siguientes de recibida la certificación que

declara la discapacidad del afiliado, la AFP deberá informar a la Compañía de

Seguros lo siguiente:

1. Documento con salario base del afiliado, equivalente al promedio del salario

cotizable indexado de los últimos tres (3) años. La referida indexación se

realizará de conformidad a la variación del Índice de Precios al Consumidor

informada por el Banco Central de la República Dominicana.

2. La Cédula de Identidad y el Carné de Seguridad Social del discapacitado para

los fines de que la Compañía de Seguros pase a fungir como agente de

retención de los pagos a la Seguridad Social a través de la Tesorería, y continúe

pagando las contribuciones deduciendo del monto de la pensión por

discapacidad, los porcentajes establecidos en la Ley hasta que el discapacitado

cumpla con los requisitos para optar por una pensión por vejez. Los pagos

correspondientes a la cobertura del seguro de discapacidad y sobrevivencia

seguirán siendo realizados por las AFP a las Compañías de Seguros de forma

normal a más tardar el día hábil siguiente a que hayan recibido los recursos

correspondientes a ese concepto.

3.2.8 Fecha en que se devenga la pensión de discapacidad El afiliado tendrá derecho a la pensión por discapacidad total o parcial a partir

del primer pago realizado por la AFP a la Compañía de Seguros contratada a tal

efecto. La AFP tendrá un día hábil para hacer el pago de la prima a la Compañía

de Seguros, luego de recibidos los recursos correspondientes. La Comisión

Técnica sobre Discapacidad establecerá las normas, criterios y parámetros para

evaluar y calificar el grado de discapacidad.

Page 64: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

58 La pensión de discapacidad se devenga a contar de la fecha en que ocurre el

siniestro que da origen a la discapacidad, fecha que estará consignada en la

Solicitud de Pensión por Discapacidad.

El primer pago de la pensión por discapacidad considerará el monto de la

pensión devengada desde el momento del siniestro hasta el momento en que la

Compañía de Seguros hace efectivo el pago de la misma. Los pagos por

concepto de pensión por discapacidad deberán realizarse a más tardar el último

día hábil de cada mes.40

40 Resolución 72-03 Sobre Sistema Dominicano de Seguridad Social

Page 65: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

59

3.3 Sobrevivencia

Requisitos Al fallecimiento de un afiliado activo, los beneficiarios tendrán derecho a una

pensión de sobrevivencia siempre y cuando el afiliado haya estado cubierto por

el seguro de discapacidad y sobrevivencia.

Solicitud de Pensión de Sobrevivencia Los beneficiarios de un afiliado fallecido deberán ejercer su derecho a obtener

pensión de sobrevivencia mediante la suscripción del formulario “Solicitud de

Pensión de Sobrevivencia Declaración de Beneficiarios”, anexando los

documentos siguientes:

Extracto del Acta de Defunción del afiliado activo, debidamente legalizada.

Extracto del Acta de Nacimiento del Cónyuge.

Extracto del Acta de Matrimonio del Cónyuge. De existir una unión de hecho

deberá de anexarse una Declaración Jurada ante Notario Público Autorizado con

la firma de siete (7) testigos legalmente hábiles.

Extracto del Acta de Nacimiento de todos los hijos del afiliado fallecido. Si

hubieren hijos adoptivos se deberá presentar además la documentación legal

que los acredite como tales.

De existir hijos discapacitados de cualquier edad, deberá de someterse a la

Comisión Médica Regional que corresponda, una Solicitud de Calificación de

Discapacidad para los fines de contar con un dictamen que permita otorgarles

una pensión vitalicia en el porcentaje establecido en la Ley.

El formulario “Solicitud de Pensión de Sobrevivencia Declaración de

Beneficiarios” deberá ser confeccionado en original y copia. A los beneficiarios

deberá entregárseles la copia del formulario, con sello y firma del representante

de la AFP y acuse de recibo de los documentos anexados.

Page 66: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

60 Recibida la solicitud de pensión de sobrevivencia y siempre que el fallecimiento

del causante no se haya producido por un accidente de índole laboral o por

enfermedad profesional, la AFP una vez verificados los documentos requeridos

dará inicio de reclamación a la Compañía de Seguros.

Beneficiarios a) El (la) cónyuge sobreviviente

b) Los hijos solteros menores de 18 años.

c) Los hijos solteros mayores de 18 años y menores de 21 años que demuestren

haber realizado estudios regulares durante los seis meses anteriores al

fallecimiento del afiliado.

d) Los hijos de cualquier edad considerados discapacitados.

Los hijos beneficiarios deberán demostrar su soltería mediante una Declaración

Jurada ante Notario Público y una Certificación de la Junta Central Electoral.

Aquellos mayores de 18 años y menores de 21 años al momento del

fallecimiento del afiliado deberán comprobar su estatus estudiantil mediante una

certificación del Centro de Estudios donde han estado asistiendo de forma

regular durante los seis (6) meses anteriores al fallecimiento.

3.3.1 Notificación a la Compañía de Seguros Dentro de los diez (10) días calendario siguientes de recibida la Solicitud de

Pensión de Sobrevivencia con toda la documentación anexa requerida la AFP

deberá informar a la Compañía de Seguros lo siguiente:

1. Salario base del afiliado, equivalente al promedio del salario cotizable

indexado de los últimos tres (3) años.

2. Número de beneficiarios, identificación de los mismos, relación o parentesco,

fechas de nacimiento, sexo y condición de discapacidad, de ser el caso,

informando si existe algún potencial beneficiario con solicitud de evaluación de

discapacidad en trámite.

Page 67: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

61 3. Copia del Extracto del Acta de Defunción del afiliado debidamente certificada.

4. Monto acumulado por el afiliado fallecido en su cuenta de capitalización

individual a fin de que la compañía de seguros aporte los recursos necesarios

para completar el monto constitutivo que garantice el otorgamiento de los

beneficios.

3.3.2 Traspaso del saldo de la Cuenta de Capitalización Individual a la Compañía de Seguros. La Administradora de Fondos de Pensiones deberá transferir, en el caso de

muerte del afiliado activo, el saldo acumulado en su cuenta de capitalización

individual a la Compañía de Seguros que está cubriendo el Seguro de

Sobrevivencia a más tardar en los dos (2) días hábiles siguientes de que la

Compañía de Seguros haya recibido la información listada anteriormente. Cuando el monto acumulado en la CCI del afiliado sobrepase el capital requerido

para la obtención del beneficio estipulado como mínimo en la Ley, se

incrementará el monto de la pensión con el total del diferencial del excedente de

la CCI del afiliado

3.3.3 Fecha a partir de la cual se devenga la pensión La pensión de sobrevivencia se devenga a contar de la fecha del fallecimiento

del afiliado, fecha que estará consignada en el Extracto de Acta de Defunción

que se presentará a la AFP.

El primer pago de la pensión por sobrevivencia considerará el monto de la

pensión devengada desde el momento del fallecimiento hasta el momento en

que la Compañía de Seguros hace efectivo el pago de la misma. Para estos

fines las Compañías de Seguros realizarán los pagos a los beneficiarios el último

día hábil de cada mes, siempre y cuando hayan transcurrido al menos cinco (5)

días hábiles entre la fecha de recepción de los recursos acumulados en la

Page 68: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

62 Cuenta de Capitalización Individual del afiliado fallecido y el último día hábil del

mes. En su defecto deberá iniciarse el pago a partir del mes subsiguiente.41

41 Resolución 72-03 Sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social

Page 69: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

63 3.4 PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DEL AREA DE BENEFICIOS DE AFP HODGE. 3.4.1 Proceso operativo de las solicitudes de discapacidad. Antecedentes

• Dado que el flujo en la actualidad de las solicitudes de discapacidad se

caracteriza por el elevado manejo de documentos impresos y copias,

desde la recepción de la solicitud hasta la conclusión del caso con la

respuesta al cliente.

• Dado que el sistema de seguridad social cuenta con un sistema

centralizado que involucra a todos los entes del sistema AFPs, TSS, etc.

que permite el intercambio de información entre las partes.

• Dado que AFP Hodge cuenta con un site de Internet en el que se puede

solicitar un acceso personal que podría permitir que el cliente pueda

acceder no solo a la información pertinente a su estado de cuenta si no

también al estado de las solicitudes que esté tramitando con la AFP

acorde a la normativa establecida.

• Dado que según la normativa vigente debe existir por cada afiliado un

expediente digital que incluya la historia del cliente en la empresa.

• Dado que según el volumen de solicitudes con que cuenta AFP Hodge

hace imperante la habilidad de manejar adecuadamente la información

como un requisito para el éxito.

• Dado los altos costos de material gastable, mantenimiento de equipo de

fotocopiado, tóner, entre otros.

• Dado el interés de la compañías de este siglo en minimizar el impacto

ambiental con campañas de reciclaje y el concepto de “oficina cero papel”

• Dado que el manejo de documentos físicos tiende a reducir la eficiencia

de la empresa dificultando el análisis de la información que estos

contienen e incrementado los costos de archivo físico.

Page 70: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

64

Entendemos que el flujo operativo en las solicitudes de discapacidad puede

mejorar significativamente manejando el concepto vanguardista de oficina

cero papel valiéndose del sistema centralizado SUIR que maneja intercambio

de información y documentos adjuntos de manera eficiente entre las distintas

entidades del sistema.

Observaciones al Flujo

A continuación presentamos el flujo actual y el modificado con las observaciones

realizadas.

En la actualidad los pasos que se siguen en la tramitación de la solicitud son como sigue:

1. El cliente se dirige a la oficina de atención al publico con su acta de

nacimiento, certificado médico y copia de cedula.

2. La oficial de servicio verifica los documentos, si todo esta acorde

completa los datos del cliente en el sistema e imprime tres juegos de la

solicitud, repartidos unos para el cliente, uno para la AFP, uno para la

CMR.

3. La subgerente de beneficios completa en el sistema la solicitud de

calificación de la discapacidad, la imprime y la entrega a la oficial de

servicio al cliente.

4. La subgerente de beneficios completa en el sistema la solicitud de

certificación de aportes de la TSS la imprime y la envía físicamente a la

TSS.

5. la oficial saca copia a los documentos proporcionados por el afiliado y a la

calificación de discapacidad entregada por al subgerente de beneficios

haciendo dos juegos completos del expediente uno reposa en la AFP, el

otro se envía a la CMR cero.

Page 71: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

65

6. En la CMR cero verifican el expediente si está acorde sacan copia al

formulario de calificación de discapacidad consignando el número de caso

y lo envía a la AFP.

7. La AFP saca dos copias al formulario de calificación de discapacidad con

el no. de caso y envía por mensajería uno al afiliado, otro a la CIA. de

seguros y el recibido por la CMR se incluye en el expediente que reposa

en la AFP.

8. La CMR llama al afiliado para que acuda a la cita médica.

9. Luego de evaluado el paciente la CMR completa el dictamen y envía por

mensajería a la AFP.

10. la AFP recibe dictamen y saca dos copias y envía por mensajería uno al

afiliado, otro a la CIA. de seguros y el recibido por la CMR se incluye en el

expediente que reposa en la AFP.

11. La AFP espera el plazo de apelación de 10 días hábiles

12. Luego de vencido el plazo de apelación la AFP saca copia al expediente

completo y envía comunicación a la CTD solicitando sea incluido en la

próxima sesión de la misma

13. La CTD certifica la discapacidad y envía certificación a la AFP

14. la AFP saca dos copias a la certificación y envía por mensajería uno al

afiliado, otro a la CIA. de seguros y el recibido por la CTD se incluye en el

expediente que reposa en la AFP.

15. Ya con el expediente completo la AFP digitaliza el mismo.

Page 72: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

66 Actual

Flujograma Solicitud Pensión Discapacidad CMR

Verificar expediente

Solicitar certificación

TSS

Verificar Documentación e

identificación

Aplica Solicitud presentando:

CédulaActa de nacimiento

Carta empresa (no es obligatorio)

Certificado médico

Llenar Solicitud de calificación

Discapacidad, conformar expediente

Remitir a la CMR Cero

Inicio

Completa

Imcompleta

Datoscorrectos

Datos Incorrectos

Flujograma Solicitud Pensión Discapacidad CMR

CTD

Cia

. de

Segu

ros

CM

RA

FPAf

iliado

Calificar grado de discapacidad,

preparar dictamen y enviar

Confirmar Cita

Conformar expediente y citar

al afilaido

Notificar al afilaido y a la cia. de seguros

no. de caso

Preparar expediente de citas y Realizar evaluaciones de

lugar

Acusar recibo y asignar número

de caso

Recibir copia del dictamern

Recibir copia del dictamern

Recibir copia del dictamern y entregar al

afiliado y a la cia. de seguros

Espera Periodo de

apelación (10 dias Hábiles)

Page 73: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

67

Flujograma Solicitud Pensión Discapacidad CMRC

TDC

ia. d

e Se

guro

sC

MR

AFP

Afili

ado

Solicita incluir en agenda para ser

CertificadoFin

Recibe cerificacion y envia al afilaido y

a la cia. de Seguros

Certifica el caso y emite resolución con certificación

Según nuestro proyecto de oficina cero papel la modificación de los pasos en la

tramitación de la solicitud seria:

1. El cliente se dirige a la oficina de atención al público con su acta de

nacimiento, certificado médico y copia de cédula.

2. La oficial de servicio verifica los documentos si todo esta acorde completa

los datos del cliente en el sistema imprime una solicitud para el cliente,

graba la solicitud en *PDF y le crea un acceso personal por donde el

cliente podrá verificar el estado de su solicitud por el site de AFP Hodge.

3. La oficial de servicio digitaliza los documentos entregados por el cliente.

4. La subgerente de beneficios completa en el sistema la solicitud de

calificación de la discapacidad y la graba en *PDF.

5. La subgerente de beneficios envía por el sistema centralizado SUIR a la

CMR los documentos digitalizados, la solicitud de pensión y la calificación

Page 74: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

68

de discapacidad como datos adjuntos, una vez recibidos el SUIR acusa

recibo dándole el no. de caso de la CMR.

6. La subgerente de beneficios completa en el sistema la solicitud de

certificación de aportes de la TSS y la envía en *PDF a la TSS, por el

SUIR.

7. La AFP notifica al cliente por vía telefónica el no. de caso además de

cargar el mismo a la página del afiliado según la notificación con el

número recibido por el SUIR, la AFP informa el no. de caso a la CIA. de

seguros electrónicamente.

8. La CMR llama al afiliado para que acuda a la cita médica. Consigna en el

SUIR la hora y fecha de la cita establecida.

9. El SUIR envía notificación a la AFP sobre los datos de la cita y la AFP

carga a su sistema y a la página para información del cliente.

10. Luego de evaluado el paciente la CMR completa el dictamen, lo digitaliza

y envía por El SUIR a la AFP.

11. la AFP recibe el dictamen y lo carga a la página para información del

cliente y envía electrónicamente a la CIA. de seguros.

12. La AFP espera el plazo de apelación de 10 días hábiles

13. Luego de vencido el plazo de apelación la AFP envía el expediente

completo en digital por el SUIR a la CTD solicitando sea incluido en la

próxima sesión de la misma

14. La CTD certifica la discapacidad y digitaliza la certificación para enviarla

por el SUIR a la AFP

15. la AFP notifica electrónicamente la certificación al afiliado y a la CIA. de

seguros compila todos los documentos digitales y consolida expediente

digital.

Page 75: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

69 Modificado

Flujograma Solicitud Pensión Discapacidad CMR

Verificar expediente

Solicitar certificación

TSS

Verificar Documentación e

identificación

Aplica Solicitud presentando:

CédulaActa de nacimiento

Carta empresa (no es obligatorio)

Certificado médico

Llenar Solicitud de calificación

Discapacidad, conformar expediente

Remitir a la CMR Cero

Inicio

Completa

Imcompleta

Datoscorrectos

Datos Incorrectos

En nuestro proyecto de Oficina Cero papel

entendemos que la solicitud de discapacidad debe

generarse y grabarla en *PDF, proceder a digitalizar los documentos, a fin de que la misma sea enviada por el

SUIR

La solicitud y recepción de la certificacion de la TSS debe

realizarse por correo electrónico

El mismo seria enviado por el SUIR que es el sistema

centralizado de las AFP para intercambio de información

Flujograma Solicitud Pensión Discapacidad CMR

CTD

Cia

. de

Segu

ros

CM

RA

FPAf

iliado

Calificar grado de discapacidad,

preparar dictamen y enviar

Confirmar Cita

Conformar expediente y citar

al afilaido

Notificar al afilaido y a la cia. de seguros

no. de caso

Preparar expediente de citas y Realizar evaluaciones de

lugar

Acusar recibo y asignar número

de caso

Recibir copia del dictamern

Recibir copia del dictamern

Recibir copia del dictamern y entregar al

afiliado y a la cia. de seguros

Espera Periodo de

apelación (10 dias Hábiles)

Una vez el caso es enviado el SUIR asigna numero de

caso, como acuse de recibo electronico del mismo

Esta notificacion se realizaría via telefónica para el afiliado, en el caso de no

poseer un acceso personal e la pagina de la AFP y

electronicamente a la cia. de seguros

El sistema centralizado SUIR enviaría una

notificación a la AFP correspondiente con los datos sobre la cita del

cliente

El dictamen es digitalizado y enviado por el SUIR a la

AFP correspondiente

Page 76: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

70

Flujograma Solicitud Pensión Discapacidad CMRC

TDC

ia. d

e S

egur

osC

MR

AFP

Afili

ado

Solicita incluir en agenda para ser

CertificadoFin

Recibe cerificacion y envia al afilaido y

a la cia. de Seguros

Certifica el caso y emite resolución con certificación

La resolucion se digitaliza y envia a la AFP por el SUIR

Page 77: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

71 3.4.2 Proceso operativo de las solicitudes de Ingreso tardío

Antecedentes

• Dado que los afiliados que solicitan ingreso tardío son personas cercanas

a la tercera edad.

• Dado que el fin de la resolución de Ingreso tardío es devolver los fondos

a aquellas personas que no califican para ser pensionados del sistema.

Entendemos que el flujo operativo en las solicitudes de Ingreso Tardío debe

estar atado a que la AFP valide las condiciones del afiliado para ver si el mismo

aplica para la devolución antes de que el mismo se apersone a completar la

solicitud.

Observaciones al Flujo

A continuación presentamos el flujo actual y el modificado con las observaciones

realizadas.

En la actualidad la tramitación de los expedientes de Ingreso tardío esta aunada

a los siguientes pasos:

1. El cliente se presenta en la ofician con su cédula, la declaración jurada o

la certificación de pensión según aplique.

2. El oficial de servicio revisa que los documentos estén de acuerdo a la

normativa vigente, completa la solicitud y entrega copia de la misma al

afiliado.

3. El Subgerente de beneficios solicita certificación de la TSS de que el

afiliado tiene más de tres meses cesante en nómina.

4. Cuando el Subgerente recibe la certificación por parte de la TSS, emite

carta de respuesta al cliente aprobando o declinado la solicitud.

Page 78: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

72

5. Si el caso es aprobado solicita cheque y entrega carta de respuesta, si el

caso es declinado llama al Cliente para que pase a buscar la carta de

respuesta.

Actual

AFP

TSS

Afilia

do

TSS

AFP

Afilia

do

Según nuestro proyecto en el que solo se tramitarían los casos luego de validar

que el Cliente aplica para el beneficio:

1. El Cliente solicitaría a la AFP vía la página Web, telefónica o email que

verifiquen con la TSS si está cesante más de tres meses

Page 79: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

73

2. Si el Cliente está Cesante más de tres meses la AFP solicita a la TSS

envíe vía electrónica la certificación y la AFP llama el cliente para que

traiga documentos y llene la solicitud.

3. El subgerente de beneficios solicita cheque a contabilidad y cuando está

listo llama al cliente para que pase a retirarlo.

Modificado

AFP

TSS

Afilia

do

TSS

AFP

Afilia

do

Page 80: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

74 3.4.3 Proceso operativo de las solicitudes de Sobrevivencia.

En nuestro análisis al flujo de sobrevivencia pudimos comprobar que AFP Hodge

trabaja con gran eficiencia y no tenemos observaciones de mejoras a aplicar. A

continuación presentamos el flujo de sobrevivencia.

AFP

Cia

. de

Segu

ros

Afilia

do

Page 81: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

CONCLUSIÓN

La sociedad dominicana esta inmersa en una constante lucha de supervivencia,

aunada a una serie de obstáculos que inhabilitan su bienestar.

El Sistema Dominicano de Seguridad Social, viene a alivianar la problemática

existente en nuestra sociedad, para dar así mejor calidad de vida a los

dominicanos, en cuanto a lo que concierne a Salud, Pensiones y Riesgos

Laborales.

Con los desafíos que implica el proceso de globalización, el cual ha despertado

el interés de los clientes en que los servicios que una institución les preste

deben estar diferenciados por la rapidez y calidad de los resultados si desean

contar con su fidelidad, las empresas se han visto obligadas a tener que

flexibilizar sus procesos siempre en búsqueda de la satisfacción de los

clientes.

Con esta investigación se pudo evidenciar las mermas en algunas etapas de los

procesos operativos en el área de beneficios de AFP Hodge, así como también

el innecesario uso de recursos materiales y humanos en actividades que no

agregan valor al proceso, sino por el contrario van en detrimento de la eficiencia

de la empresa por agregar sobre-costos y tiempos al proceso

Este proyecto ha sido realizado con la finalidad de simplificar los flujos de los

procesos actuales para las solicitudes de beneficios de AFP Hodge, buscando

con esta práctica optimizar el tiempo que conlleva el desarrollo de dichos

procesos, así como también el uso eficaz de los recursos, garantizando de esta

forma que los afiliados a dicha AFP reciban un servicio cuyas características

principales sean: la calidad y la eficiencia.

Page 82: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

76

RECOMENDACIONES

Luego de realizar un análisis exhaustivo sobre los procesos operativos en el

área de beneficios de AFP Hodge, entendemos que el flujo operativo en las

solicitudes puede mejorar significativamente manejando el concepto

vanguardista de oficina cero papel, valiéndose del sistema centralizado SUIR

que maneja intercambio de información y documentos adjuntos de manera

eficiente entre las distintas entidades del sistema; así como también utilizar la

herramienta de la página Web de AFP Hodge motivando al uso de la misma de

forma tal que los clientes se dirijan inicialmente a esta fuente para canalizar sus

solicitudes, sin tener que desplazarse a la oficina hasta tanto no se haya

realizado en la AFP la revisión inicial de si el cliente aplica para la solicitud, esto

además de mejorar el proceso implicaría para el cliente ahorro de tiempo,

recursos y esfuerzo físico en la tramitación de sus solicitudes. Las solicitudes de beneficios se definen por el elevado manejo de documentos

físicos, que traen como consecuencia altos costos de materiales así como

aumento en el tiempo de respuesta. Es por esto que nuestras recomendaciones

están sustentadas fundamentalmente en el óptimo aprovechamiento de los

recursos existentes, tanto humanos como herramientas electrónicas, mejorando

el flujo operativo.

Page 83: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

77

BIBLIOGRAFIA

EVANS, JAMES R. (2000).Administración y Control de la Calidad. (4ta. Edición), México: Editorial International Thomson. Ley 87-01, (2001). Sistema Dominicano de Seguridad Social, Santo Domingo, República Dominicana. SANTIAGO, EDDY, (2006) El Sistema de Pensiones ‘’Una Reforma exitosa para garantizar el bienestar de los dominicanos”, Santo Domingo, República Dominicana: Editora Corripio C por A., Gestión Por Procesos http://personales.jet.es/amozarrain/Gestion_procesos.htm La Mejora Continua http://es.wikipedia.org/wiki/Mejora_continua, 07 de Octubre 2009.

http://es.wikipedia.o Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Mejora_continua

Superintendencia de Pensiones http://www.sipen.gov.do/documentos/estadistico_Sept-09.pdf Superintendecia de Pensiones http://www.sipen.gov.do/documentos/Boletin24_Sipen.pdf Resolución 272-07, (2007) Sobre el Sistema Dominicana de Seguridad Social, Santo Domingo, República Dominicana Resolución 72-03, (2003) Sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, Santo Domingo, República Dominicana

Page 84: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

ANEXOS

Page 85: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

UNIVERSIDAD APEC

ESCUELA DE GRADUADOS

Proyecto de Monografía para Optar por el Título de:

Especialización en Alta Gestión Empresarial

Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios en la Administradora de Fondos de Pensiones Hodge ( AFP HODGE) del año 2009

Sustentante:

Yasiris A. Mercedes M. 2009-0145

Asesora:

Edda Freites, MBA

Santo Domingo, D.N. Noviembre, 2009

Page 86: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

1

INDICE TEMÁTICO DEFINICIÓN DEL PROBLEMA Pág. 1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Pág. 1 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN Pág. 2 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN Pág. 3 MARCO DE REFERENCIA (ANTECEDENTES) Pág. 3 MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN Pág. 6 BIBLIOGRAFÍA Pág. 6

Page 87: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

2

Definición del Problema

El manejo intrínseco de las solicitudes de beneficios principalmente aquellas

correspondientes a la cobertura del seguro (sobrevivencia y discapacidad) se

caracteriza por un alto flujo de documentos entre los diferentes entes

involucrados, se visualiza como una oportunidad de mejora para AFP Hodge el

implementar un sistema de “cero papel” en el cual se pueda contar con los

niveles de control y seguimiento eficiente en el flujo de documentos al mismo

tiempo que se logren mejoras en las medidas del desempeño ligadas a la

economía de costos y al manejo eficiente de documentos;

Por otro lado, dado que los plazos de respuesta están regidos por la autoridad y

son pasibles de sanciones de alto costo, entendemos que podemos lograr

mejoras significativas implementando alertas y protocolos de seguimiento.

Planteamiento del Problema

La sociedad Dominicana se ha ido orientando a conocer con detalle todo lo

concerniente al Sistema de Seguridad Social, por lo que es un deber de las

Administradoras de Fondos de Pensiones, como parte importante de este

sistema, mantenerse actualizadas y con una velocidad de desarrollo que

garantice su permanencia en el mercado y la satisfacción de sus afiliados.

Cada día son mas las personas que se suman al número de cotizantes al

sistema de seguridad social, lo que lleva a las Administradoras a trabajar con

visión y proactividad, con el objetivo de estar preparadas para los cambios y

exigencias futuras.

El área de beneficios de AFP Hodge es un pilar dentro de la empresa, dado que

en ella es donde se les da curso a todas las solicitudes de pensiones que son

capturadas por servicio al cliente, ya sean solicitudes de pensión por

Page 88: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

3

Discapacidad, Sobrevivencia, así como también las solicitudes de devoluciones

de aportes por Ingreso tardío.

Objetivos de la Investigación

Objetivo General Analizar los procesos operativos del área de beneficios en la Administradora de

Fondos de Pensiones Hodge (AFP Hodge) del año 2009.

Objetivos Específicos.

Presentar en formato conceptual lo concerniente a las mejoras en los procesos

operativos.

Presentar los aspectos Generales del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Examinar el flujo de trabajo y la distribución de las tares en el área de

beneficios de AFP Hodge.

Page 89: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

4

Justificación de la Investigación Con la implementación del Sistema Dominicano de Seguridad Social donde

tanto los empleadores como los empleados juegan un papel fundamental, nos

encontramos con afiliados mas conocedores y por tanto mas exigentes, dicha

situación a forzado a las AFP a mantenerse actualizadas, suministrando sus

servicios acorde a las exigencias del mercado, el cual es cada vez más voluble y

un severo buscador de rápidas soluciones. Entendiendo que es un sistema que

ha ido creciendo considerablemente, si las empresas no se modernizan no será

posible mantenerse en el mercado. Es preciso que los procesos sean flexibles y

siembre en busca del desarrollo eficaz de las operaciones.

Basándome en lo antes expuesto se justifica la investigación a realizar, con el

propósito de analizar los procesos operativos del área de beneficios de AFP

Hodge, ya que esto ayudará a la institución a tener mayores rendimientos y a ser

más competitiva, lo que arrojará clientes más satisfechos.

Marco de Referencia (Antecedentes) Con la promulgación de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de

Seguridad Social, como resultado del consenso entre los sectores público y

privado, a través de un esquema abierto y participativo, la República Dominicana

se une al grupo de países Latinoamericanos que en décadas recientes han

implementado una de las reformas estructurales de mayor trascendencia en el

área social y humana, orientada a transformar los sistemas existentes de

previsión, salud y riesgos laborales, para proteger a los trabajadores y a toda la

población, contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad

avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. La administración del Sistema de pensiones se sustenta en la capitalización

individual, que se caracteriza por la aplicación del interés compuesto a los

montos acumulados en la cuenta individual propiedad exclusiva del afiliado,

Page 90: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

5

compuesta tanto por los aportes obligatorios y voluntarios realizados por el

trabajador y el empleador, como por la rentabilidad que se genera como

consecuencia de las inversiones de los Fondos de Pensiones.

La Ley 87-01 consagra los principios de universalidad y de gradualidad para

garantizar la cobertura de toda la población mediante el establecimiento de tres

regímenes:

• Régimen Contributivo, que beneficia a los trabajadores asalariados públicos y

privados y a los empleadores. 1

• Régimen Subsidiado, que protege a los trabajadores por cuenta propia con

ingresos inferiores al salario mínimo, así como a los desempleados,

discapacitados e indigentes, financiado por el Estado.2

• Régimen Contributivo-Subsidiado, que comprende a los profesionales y

técnicos independientes, así como a los trabajadores por cuenta propia con

ingresos superiores al salario mínimo.3

AFP Hodge

La Administradora de Fondos de Pensiones Hodge es una empresa filial del

Grupo MAX, cuyo objetivo es diseñar y administrar Planes de Pensiones bajo el

esquema de Cuentas de Capitalización Individual.

Surge de una alianza estratégica entre el Grupo MAX de República Dominicana

y La Administradora de Fondos de Pensiones Integra del Perú, como la primera

Administradora de Fondos de Pensiones instaurada bajo el esquema voluntario,

del cual se constituyo en Líder en la Administración de Fondos Previsionales.

Con la implementación del nuevo Sistema de pensiones instaurado por la Ley

87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, AFP Hodge

debidamente habilitada por ante la Superintendencia de Pensiones, inició sus

1 Ley 87-01 Sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social 2 Ídem 3 Ídem

Page 91: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

6

operaciones bajo el esquema obligatorio, contando con un equipo de

profesionales altamente capacitado y dotado de la experiencia adquirida durante

el esquema voluntario en la administración de Fondos de pensiones.

La trayectoria de AFP Hodge como Administradora de Fondos de Pensiones, fue

consolidada con la Confianza depositada por sus afiliados, al alcanzar el

liderazgo del mercado previsional al recibir el mayor numero de afiliados

cotizantes al Nuevo Sistema.

AFP Hodge reafirmó su liderazgo en el mercado previsional cerrando el año

2008 con una rentabilidad nominal de 12.28% y una rentabilidad real de 7.43%,

superando, a su vez la tasa objetiva del 6% real y logrando la mejor rentabilidad

del sistema previsional del periodo. Reflejó, además, un incremento de 12% en

el total de afiliados, con una tasa promedio del 51.68% de los cotizantes del

sistema. Esto se traduce en que la empresa concluyó el pasado año con fondos

administrados por valor de RD $17,646MM, para un crecimiento de 47% con

respecto al cierre del 2007.

Page 92: Análisis de los Procesos Operativos del Área de Beneficios

7

Métodos de Investigación Análisis Esta investigación se llevará a cabo bajo el método de análisis, donde se

estudiaran todos los datos recopilados producto de las investigaciones

realizadas, con el propósito de convertirlos en información útil para la mejora de

los procesos.

Síntesis Se analizarán las causas y las consecuencias del objeto de investigación.

Bibliografía Ley 87-01 Sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social

Pagina Web Superintendencia de Pensiones, www.sipen.gov.do

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