animales de servicio
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Animales de Asistencia para una Vida Independiente
Lcda. Yessica M. GuardiolaEspecialista en Asistencia Técnica de la ADA
©2014 Se prohíbe alterar el contenido total o parcial de esta presentación..
MOVIMIENTO PARA EL ALCANCE DE VIDA INDEPENDIENTE
Sin Fines de Lucro
Centro de Vida Independiente Clases de Vida Independiente Consejería Par Intercesión Información y Referido
Grupo de Apoyo y Consejería Profesional Orientación y Movilidad para Ciegos Centro de Comunicación para Sordos Clases de Lenguaje de Señas Orientación de Transportación Clases de Computadora Empleo Sostenido - ARV Sexualidad Saludable Servicios Psicológicos / Team MAVi
MOVIMIENTO PARA EL ALCANCE DE VIDA INDEPENDIENTE
Northeast ADA Center
Región 2 New Jersey New York Islas Vírgenes Puerto Rico
Cornell University 201 Dolgen Hall Ithaca, New York
14853-3901
1-800-949-4232
www.northeastada.org/
Diversos Animales de Asistencia
Animal de Servicio
Animal de Terapia
Animal de Apoyo Emocional
LA ADA Y LA ADAAA
Americans with Disabilities Act (ADA)26 de julio de 1990
ADA Amendments Act (ADAAA)25 de septiembre de 2008
Está en vigor desde el 1ro. de enero de 2009.
Contenido de la ADA
Título I - Empleo
Título II - Servicios Públicos
Título III - Servicios Privados al Público General
Título IV - Telecomunicaciones Título V - Misceláneas
Título I – Empleo
No Define Animales de Servicios, No Aplica Titulo III
Deben Considerarse como Acomodo Razonable
Aunque Se Puede Ofrecer Otra Alternativa Efectiva
Con Documentación Razonable del Entrenamiento
A Menos que Resulte Muy Difícil u Oneroso
o que Cause una Amenaza a la Salud y la Seguridad
Otros Acomodos Relacionados Serán Necesarios
El Empleado es Responsable
AGENCIAS PERTINENTES
Agencia Reguladora:Equal Employment Opportunity Commission
EEOC (787) 771-1464
www.eeoc.gov/field/sanjuan/index.cfm
Agencia Local: DTRH – Unidad Anti-Discrimen
(787) 754-5806 / www.trabajo.pr.gov
Título II y III Servicios Públicos y Privados
Cualquier perro, o caballo miniatura, que es entrenado individualmente para desempeñar tareas para el beneficio de la persona con discapacidad, incluyendo una discapacidad física, sensorial, mental o intelectual.
Menos que Sea una Amenaza a la Salud y la Seguridad
La Persona es Responsable por el Animal
Solo dos preguntas, si la respuesta no es obvia: 1) ¿Es requerido por motivo de una discapacidad? 2) ¿Qué tarea ha sido entrenado para desempeñar?
Títulos II y IIIDepartamento de Justicia Federal
Pot Correo Certificado a: 1-800-514-0301
U.S. Department of Justice950 Pennsylvania Avenue, NWCivil Rights DivisionDisability Rights - NYAVEWashington, D.C. 20530
Por Correo Electrónico a:
[email protected] Por Fax: (202) 307-1197
Título II - Transportación
Cualquier perro, u otro animal, que es entrenado individualmente para desempeñar tareas para una persona con discapacidad, incluyendo pero sin limitarse a: guiar una persona ciega, alertar a personas sordas, proveer protección y rescate mínimo, mover una silla de ruedas, alcanzar objetos.
Menos que Sea una Amenaza a la Salud y la Seguridad
La Persona es Responsable
por el Comportamiento del Animal
No aplica la Definición del DOJ
Títulos IIDepartamento Transportación
Línea Informativa sobre
Transportación del DOT:
1-888-446-4511
Para Presentar una Querella:
http://www.fta.dot.gov/12874_3889.html
Las líneas aéreas deben permitir que perros y otros animales de servicio utilizados por personas con discapacidades, le acompañen en los vuelos.
Aceptar Evidencia Razonable de que se trata de un animal de servicio, escrita o verbal
Puede estar con la persona en su asiento, a menos que obstruya el paso
La Persona es Responsable Es un Acomodo Razonable
AIR CARRIER ACCESS ACT - Vuelos
DOT – Transporte Aéreo
Aviation Consumer Protection DivisionU.S. Department of Transportation400 Seventh Street, S.W.Room 4107, C-75Washington, D.C. 20590
Oficina de HUD en PR:
(202) 366-2220
http://www.dot.gov/airconsumer
Un animal que trabaja, provee asistencia, o realiza una tarea para el beneficio de una persona con discapacidad, o provee apoyo emocional que alivia uno o mas síntomas o efectos de la discapacidad de la persona.
No tiene que estar adiestrado, ni certificado. Documentación Razonable sobre la Discapacidad La Persona es Responsable por el Animal Es un Acomodo Razonable 3 Excepciones
FAIR HOUSING ACT - Vivienda
Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD)
Oficina de HUD en PR:
(787) 766 – 5400
Para Presentar una Querella: http://portal.hud.gov/hudportal/HUD?src=/espanol/complaints/housediscrim
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Ley Núm. 51 del 29 de mayo de 1970,
según enmendada Cualquier persona con impedimentos que esté
acompañado por un animal de servicio debidamente entrenado, certificado por una autoridad competente, podrá utilizar cualquier medio de transporte y acceder a cualquier servicio disponible al publico general con este.
La Persona es Responsable por el Animal
Ley de Puerto Rico
Ley de PR - OPPI
Oficina Principal:
(787) 725 – 2333
www.oppi.gobierno.pr
Los Animales de Servicio No Son Mascotas
No los Distraigas, Están Trabajando
Recuerda que Pueden Asistir a Personas
con Condiciones Visibles e Invisibles
Aspectos Generales
Para Asistencia Técnica
El Northeast ADA Center Y MAVI
Ofrecemos Orientación Gratuita sobre la ADA
Comuníquese con la
Lcda. Yessica M. Guardiola Marrero
Especialista en Asistencia Técnica
(787) 758 – 7901 ext. 1021