anexos del boletÍn oficial n°...

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ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4156 ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 10 /SSPDRC/13 CONCEPTO: GASTOS MENORES RENDICION: 1 (INICIAL) FIRMA DEL DIRECTOR 3.- IMPORTE TOTAL A RENDIR (1 + 2) 5.- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3 - 4) 4.- TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES 3.- IMPORTE TOTAL A RENDIR: DEL RESPONSABLE FIRMA Y SELLO ACLARATORIO PLANILLA 1 ANEXO IX - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10 ANEXO I REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PEVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD TIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.- EJERCICIO: 2013 ________________________________ ____________________________ CONCEPTO IMPORTE EN PESOS $ 2.804,23 $ 7.195,77 $ 10.000,00 2.- SALDO NO INVERTIDO EJERCICIO ANTERIOR RESUMEN DE RENDICION $ 10.000,00 $ 1.198,20 $ 8.801,80 1.- RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C. AL RUBRO OBJ. DE LA RENDICION Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº1

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ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4156

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 10 /SSPDRC/13

CONCEPTO: GASTOS MENORES RENDICION: 1 (INICIAL)

FIRMA DEL DIRECTOR

3.- IMPORTE TOTAL A RENDIR (1 + 2)

5.- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3 - 4) 4.- TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES 3.- IMPORTE TOTAL A RENDIR:

DEL RESPONSABLEFIRMA Y SELLO ACLARATORIO

PLANILLA 1 ANEXO IX - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10

ANEXO I

REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PEVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDADTIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.-

EJERCICIO: 2013

________________________________ ____________________________

CONCEPTO IMPORTE EN PESOS

$ 2.804,23$ 7.195,77

$ 10.000,00

2.- SALDO NO INVERTIDO EJERCICIO ANTERIOR

RESUMEN DE RENDICION

$ 10.000,00$ 1.198,20$ 8.801,801.- RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C. AL RUBRO OBJ. DE LA RENDICION

IF-2013-00897875- -SSPDRC

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº1

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 10 /SSPDRC/13 (continuación)

RENDICION: 1 INICIAL EJERCICIO: 2013

Nº CTE FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS1 02/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,002 02/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 10,003 02/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 10,004 02/01/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 14,965 02/01/2013 RENOLANDIA SA $ 740,006 02/01/2013 PERTENECER $ 70,007 03/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 10,008 08/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,009 09/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0010 10/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0011 14/01/2013 INC SA $ 138,6012 15/01/2013 LA POSADA DE 1820 $ 310,0013 15/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0014 16/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0015 16/01/2013 WU YUEHUA $ 32,0016 16/01/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 15,7917 18/01/2013 CABLEVISION $ 588,7718 18/01/2013 VICTOR ASA $ 767,7519 21/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0020 21/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 11,0021 21/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 11,0022 21/01/2013 LIBRERÍA PATRICIOS $ 36,0023 21/01/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 13,3824 21/01/2013 PUNTA NAON $ 29,0025 22/01/2013 SAN CAYETANO $ 142,0026 22/01/2013 FARMACIA LA BOCA $ 22,7727 22/01/2013 DEL REDEDOR $ 71,0028 22/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 11,0029 23/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0030 23/01/2013 SAN CAYETANO $ 36,0031 23/01/2013 WU YUEHUA $ 65,2532 24/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0033 24/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0034 24/01/2013 BUENOS AIRES GRILL $ 78,0035 25/01/2013 SAN MIGUEL $ 63,0036 25/01/2013 LIBRERÍA SUAREZ $ 120,0037 25/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0038 26/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,00

ANEXO II

PLANILLA 2 ANEXO X - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10

RESUMEN DE COMPROBANTES POR FECHA

REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PREV. DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDADTIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.-CONCEPTO: GASTOS MENORES

IF-2013-00897927- -SSPDRC

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº2

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 10 /SSPDRC/13 (continuación)

39 27/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0040 28/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0041 28/01/2013 NEUMA CARS $ 40,0042 28/01/2013 HELADERIA MODENA $ 38,0043 28/01/2013 WU YUEHUA $ 15,5044 05/02/2013 ALMACEN DE CARNE SRL $ 900,0045 07/02/2013 EASY BARRACAS $ 144,0046 07/02/2013 WU YUEHUA $ 52,0047 07/02/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 12,7948 13/02/2013 CAJAL MAURO SEBASTIAN $ 44,0049 19/02/2013 WU YUEHUA $ 23,5050 20/02/2013 CABLEVISION $ 205,0051 22/02/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 195,0752 22/02/2013 CE SERVICIOS $ 285,0053 22/02/2013 WU YUEHUA $ 24,0054 22/02/2013 DEL REDEDOR $ 58,0055 23/02/2013 YU XUEYAN $ 84,0056 23/02/2013 PUNTA NAON $ 149,0057 23/02/2013 SAIDURGA SRL $ 66,0058 25/02/2013 DEL REDEDOR $ 49,0059 26/02/2013 AZCUENAGA 984 SA $ 24,0060 26/02/2013 TAURUSMANIA SA $ 22,5061 26/02/2013 491 CARREFOUR BARRACAS $ 45,6062 27/02/2013 GUERRIN $ 131,0063 01/03/2013 SERVIHOGAR $ 150,0064 04/03/2013 ARCO IRIS $ 75,0065 04/03/2013 CE SERVICIOS $ 95,0066 07/03/2013 CAMBALACHE BUENOS AIRES $ 40,0067 12/03/2013 WU YUEHUA $ 216,7568 12/03/2013 MUEBLES CONSTITUCION $ 419,0069 12/03/2013 TEMPO II $ 100,0070 12/03/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 12,79

$ 7.245,77

____________________________________________________________FIRMA DEL DIRECTOR

TOTAL

IF-2013-00897927- -SSPDRC

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº3

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ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 10 /SSPDRC/13 (continuación)

CONCEPTO: GASTOS MENORES RENDICION 1 (INICIAL) EJERCICIO: 2013

Nº ORDEN BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE IMPUTACION SUMATORIA POR 11 INC SA ALIMENTOS $ 138,60 21112 LA POSADA DE 1820 ALMUERZO $ 310,00 21115 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 32,00 21124 PUNTA NAON ALIMENTOS $ 29,00 21127 DEL REDEDOR ALIMENTOS $ 71,00 21131 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 65,25 21134 BUENOS AIRES GRILL MERIENDA $ 78,00 21135 SAN MIGUEL ALIMENTOS $ 63,00 21142 HELADERIA MODENA DESAYUNO $ 38,00 21144 ALMACEN DE CARNE SRL ALMUERZO $ 900,00 21146 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 52,00 21148 CAJAL MAURO SEBASTIAN MERIENDA $ 44,00 21149 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 23,50 21153 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 24,00 21154 DEL REDEDOR ALIMENTOS $ 58,00 21155 YU XUEYAN ALIMENTOS $ 84,00 21156 PUNTA NAON ALIMENTOS $ 149,00 21157 SAIDURGA SRL ALIMENTOS $ 66,00 21158 DEL REDEDOR ALIMENTOS $ 49,00 21159 AZCUENAGA 984 SA DESAYUNO $ 24,00 21162 GUERRIN ALMUERZO $ 131,00 21166 CAMBALACHE BUENOS AIRES MERIENDA $ 40,00 21167 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 216,75 211 $ 2.686,104 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 14,96 25216 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 15,79 25223 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 13,38 25226 FARMACIA LA BOCA PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 22,77 25247 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 12,79 25270 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 12,79 252 $ 92,4843 WU YUEHUA ARTICULOS DE LIMPIEZA $ 15,50 29161 491 CARREFOUR BARACAS ARTICULOS DE LIMPIEZA $ 45,60 291 $ 61,1022 LIBRERÍA PATRICIOS PRODUCTOS LIBRERÍA $ 36,00 29236 LIBRERÍA SUAREZ SELLO DE GOMA $ 120,00 292

TIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.-REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PEVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

ANEXO III

PLANILLA 3 ANEXO XI - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10

RESUMEN DE COMPROBANTES POR IMPUTACION

IF-2013-00921508- -SSPDRC

Página 1 de 2

65 C.E.SERVICIOS SELLO $ 95,00 292 $ 251,0045 EASY BARRACAS ARTICULOS DE COCINA $ 144,00 29463 SERVIHOGAR ARTICULOS DE COCINA $ 150,00 29469 TEMPO II ARTICULOS DE COCINA $ 100,00 294 $ 394,005 RENOLANDIA S.A. REPUESTOS VEHIULO OFICIAL $ 740,00 29625 SAN CAYETANO CERRADURAS $ 142,00 29630 SAN CAYETANO LLAVES $ 36,00 29641 NEUMACAR'S PARCHE $ 40,00 296 $ 958,0060 TAURUSMANIA S.A. ESTACIONAMIENTO $ 22,50 321 $ 22,506 PERTENECER LAVADO VEHICULO OFICIAL $ 70,00 33264 ARCO IRIS LAVADO VEHICULO OFICIAL $ 75,00 332 $ 145,0017 CABLEVISION SERVICIO DE CABLE $ 588,77 33950 CABLEVISION SERVICIO DE CABLE $ 205,00 339 $ 793,7718 VICTOR ASA PUBLICACION "LA NACION" $ 767,75 35352 C.E.SERVICIOS TARJETAS $ 285,00 353 $ 1.052,751 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 3592 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 10,00 3593 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 10,00 3597 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 10,00 3598 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 3599 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35910 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35913 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35914 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35919 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35920 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 11,00 35921 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 11,00 35928 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 11,00 35929 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35932 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35933 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35937 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35938 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35939 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35940 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35951 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 195,07 359 $ 370,0768 MUEBLES CONSTITUCION BIBILIOTECA $ 419,00 437 $ 419,00

$ 7.245,77

________________________________FIRMA DEL DIRECTOR FIRMA Y SELLO ACLARATORIO DEL RESPONSABLE

____________________________________________________

IMPORTE DE SUMA EN PESOS

IF-2013-00921508- -SSPDRC

Página 2 de 2

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº4

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 11 /SSPDRC/13

CONCEPTO: GASTOS MENORES RENDICION: 1 (INICIAL)

FIRMA DEL DIRECTOR

$ 10.000,00

1.- RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C. AL RUBRO OBJ. DE LA RENDICION

3.- IMPORTE TOTAL A RENDIR (1 + 2)2.- SALDO NO INVERTIDO EJERCICIO ANTERIOR

RESUMEN DE RENDICION

PLANILLA 1 ANEXO IX - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10

ANEXO I

REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PEVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDADTIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.-

EJERCICIO: 2013

3.- IMPORTE TOTAL A RENDIR:

________________________________ ____________________________

CONCEPTO IMPORTE EN PESOS

$ 10.000,00$ 1.198,20$ 8.801,80

DEL RESPONSABLEFIRMA Y SELLO ACLARATORIO

5.- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3 - 4) 4.- TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES

$ 2.754,23$ 7.245,77

IF-2013-00933191- -SSPDRC

Página 1 de 1

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº5

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 11 /SSPDRC/13 (continuación)

RENDICION: 1 INICIAL EJERCICIO: 2013

Nº CTE FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS1 02/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,002 02/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 10,003 02/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 10,004 02/01/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 14,965 02/01/2013 RENOLANDIA SA $ 740,006 02/01/2013 PERTENECER $ 70,007 03/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 10,008 08/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,009 09/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0010 10/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0011 14/01/2013 INC SA $ 138,6012 15/01/2013 LA POSADA DE 1820 $ 310,0013 15/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0014 16/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0015 16/01/2013 WU YUEHUA $ 32,0016 16/01/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 15,7917 18/01/2013 CABLEVISION $ 588,7718 18/01/2013 VICTOR ASA $ 767,7519 21/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0020 21/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 11,0021 21/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 11,0022 21/01/2013 LIBRERÍA PATRICIOS $ 36,0023 21/01/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 13,3824 21/01/2013 PUNTA NAON $ 29,0025 22/01/2013 SAN CAYETANO $ 142,0026 22/01/2013 FARMACIA LA BOCA $ 22,7727 22/01/2013 DEL REDEDOR $ 71,0028 22/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 11,0029 23/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0030 23/01/2013 SAN CAYETANO $ 36,0031 23/01/2013 WU YUEHUA $ 65,2532 24/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0033 24/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0034 24/01/2013 BUENOS AIRES GRILL $ 78,0035 25/01/2013 SAN MIGUEL $ 63,0036 25/01/2013 LIBRERÍA SUAREZ $ 120,0037 25/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0038 26/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,00

ANEXO II

PLANILLA 2 ANEXO X - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10

RESUMEN DE COMPROBANTES POR FECHA

REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PREV. DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDADTIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.-CONCEPTO: GASTOS MENORES

IF-2013-00897927- -SSPDRC

Página 1 de 2

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº6

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 11 /SSPDRC/13 (continuación)

39 27/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0040 28/01/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 8,0041 28/01/2013 NEUMA CARS $ 40,0042 28/01/2013 HELADERIA MODENA $ 38,0043 28/01/2013 WU YUEHUA $ 15,5044 05/02/2013 ALMACEN DE CARNE SRL $ 900,0045 07/02/2013 EASY BARRACAS $ 144,0046 07/02/2013 WU YUEHUA $ 52,0047 07/02/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 12,7948 13/02/2013 CAJAL MAURO SEBASTIAN $ 44,0049 19/02/2013 WU YUEHUA $ 23,5050 20/02/2013 CABLEVISION $ 205,0051 22/02/2013 AUTOPISTAS URBANAS S.A. $ 195,0752 22/02/2013 CE SERVICIOS $ 285,0053 22/02/2013 WU YUEHUA $ 24,0054 22/02/2013 DEL REDEDOR $ 58,0055 23/02/2013 YU XUEYAN $ 84,0056 23/02/2013 PUNTA NAON $ 149,0057 23/02/2013 SAIDURGA SRL $ 66,0058 25/02/2013 DEL REDEDOR $ 49,0059 26/02/2013 AZCUENAGA 984 SA $ 24,0060 26/02/2013 TAURUSMANIA SA $ 22,5061 26/02/2013 491 CARREFOUR BARRACAS $ 45,6062 27/02/2013 GUERRIN $ 131,0063 01/03/2013 SERVIHOGAR $ 150,0064 04/03/2013 ARCO IRIS $ 75,0065 04/03/2013 CE SERVICIOS $ 95,0066 07/03/2013 CAMBALACHE BUENOS AIRES $ 40,0067 12/03/2013 WU YUEHUA $ 216,7568 12/03/2013 MUEBLES CONSTITUCION $ 419,0069 12/03/2013 TEMPO II $ 100,0070 12/03/2013 ANTIGUA FARMACIA PINAL $ 12,79

$ 7.245,77

____________________________________________________________FIRMA DEL DIRECTOR

TOTAL

IF-2013-00897927- -SSPDRC

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº7

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ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 11 /SSPDRC/13 (continuación)

CONCEPTO: GASTOS MENORES RENDICION 1 (INICIAL) EJERCICIO: 2013

Nº ORDEN BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE IMPUTACION SUMATORIA POR 11 INC SA ALIMENTOS $ 138,60 21112 LA POSADA DE 1820 ALMUERZO $ 310,00 21115 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 32,00 21124 PUNTA NAON ALIMENTOS $ 29,00 21127 DEL REDEDOR ALIMENTOS $ 71,00 21131 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 65,25 21134 BUENOS AIRES GRILL MERIENDA $ 78,00 21135 SAN MIGUEL ALIMENTOS $ 63,00 21142 HELADERIA MODENA DESAYUNO $ 38,00 21144 ALMACEN DE CARNE SRL ALMUERZO $ 900,00 21146 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 52,00 21148 CAJAL MAURO SEBASTIAN MERIENDA $ 44,00 21149 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 23,50 21153 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 24,00 21154 DEL REDEDOR ALIMENTOS $ 58,00 21155 YU XUEYAN ALIMENTOS $ 84,00 21156 PUNTA NAON ALIMENTOS $ 149,00 21157 SAIDURGA SRL ALIMENTOS $ 66,00 21158 DEL REDEDOR ALIMENTOS $ 49,00 21159 AZCUENAGA 984 SA DESAYUNO $ 24,00 21162 GUERRIN ALMUERZO $ 131,00 21166 CAMBALACHE BUENOS AIRES MERIENDA $ 40,00 21167 WU YUEHUA ALIMENTOS $ 216,75 211 $ 2.686,104 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 14,96 25216 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 15,79 25223 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 13,38 25226 FARMACIA LA BOCA PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 22,77 25247 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 12,79 25270 ANTIGUA FARMACIA PINAL PRODUCTOS FARMACEUTICOS: Botiquin $ 12,79 252 $ 92,4843 WU YUEHUA ARTICULOS DE LIMPIEZA $ 15,50 29161 491 CARREFOUR BARACAS ARTICULOS DE LIMPIEZA $ 45,60 291 $ 61,1022 LIBRERÍA PATRICIOS PRODUCTOS LIBRERÍA $ 36,00 29236 LIBRERÍA SUAREZ SELLO DE GOMA $ 120,00 292

TIPO DE FONDO: CAJA CHICA COMUN $10.000.-REPARTICION: SUBSECRETARIA DE PEVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

ANEXO III

PLANILLA 3 ANEXO XI - DISPOSICIÓN Nº 9/DGCG/10

RESUMEN DE COMPROBANTES POR IMPUTACION

IF-2013-00921508- -SSPDRC

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65 C.E.SERVICIOS SELLO $ 95,00 292 $ 251,0045 EASY BARRACAS ARTICULOS DE COCINA $ 144,00 29463 SERVIHOGAR ARTICULOS DE COCINA $ 150,00 29469 TEMPO II ARTICULOS DE COCINA $ 100,00 294 $ 394,005 RENOLANDIA S.A. REPUESTOS VEHIULO OFICIAL $ 740,00 29625 SAN CAYETANO CERRADURAS $ 142,00 29630 SAN CAYETANO LLAVES $ 36,00 29641 NEUMACAR'S PARCHE $ 40,00 296 $ 958,0060 TAURUSMANIA S.A. ESTACIONAMIENTO $ 22,50 321 $ 22,506 PERTENECER LAVADO VEHICULO OFICIAL $ 70,00 33264 ARCO IRIS LAVADO VEHICULO OFICIAL $ 75,00 332 $ 145,0017 CABLEVISION SERVICIO DE CABLE $ 588,77 33950 CABLEVISION SERVICIO DE CABLE $ 205,00 339 $ 793,7718 VICTOR ASA PUBLICACION "LA NACION" $ 767,75 35352 C.E.SERVICIOS TARJETAS $ 285,00 353 $ 1.052,751 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 3592 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 10,00 3593 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 10,00 3597 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 10,00 3598 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 3599 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35910 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35913 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35914 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35919 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35920 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 11,00 35921 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 11,00 35928 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 11,00 35929 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35932 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35933 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35937 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35938 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35939 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35940 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 8,00 35951 AUTOPISTAS URBANAS S.A. PEAJE $ 195,07 359 $ 370,0768 MUEBLES CONSTITUCION BIBILIOTECA $ 419,00 437 $ 419,00

$ 7.245,77

________________________________FIRMA DEL DIRECTOR FIRMA Y SELLO ACLARATORIO DEL RESPONSABLE

____________________________________________________

IMPORTE DE SUMA EN PESOS

IF-2013-00921508- -SSPDRC

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 13 /SSPDRC/13

EXP Nº DNI CUIT N° APELLIDO Y NOMBRES DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. ÁREA FUNCIÓN OBS191196/13 10.403.315 27-10403315-1 Frigione, Maria del Carmen 01/03/2013 31/12/2013 $ 6.000 $ 60.000 MJYSGC SSPDRC Administrativa Tec. en Pract. Comercial

01/03/2013 31/03/2013 $ 15.00001/04/2013 31/12/2013 $ 5.000 Tec. en Telecomunicaciones

$ 60.000MJYSGC SSPDRC Administrativo823063/13 4156712 20-4156712-1

Colombo, Eugenio Luis

IF-2013-01065492- -SSPDRC

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EXP Nº DNI CUIT N° APELLIDO Y NOMBRES DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. ÁREA FUNCIÓN OBS191196/13 10.403.315 27-10403315-1 Frigione, Maria del Carmen 01/03/2013 31/12/2013 $ 6.000 $ 60.000 MJYSGC SSPDRC Administrativa Tec. en Pract. Comercial

01/03/2013 31/03/2013 $ 15.00001/04/2013 31/12/2013 $ 5.000823063/13 4156712 20-04156712-1

Colombo, Eugenio LuisTec. en Telecomunicaciones

$ 60.000MJYSGC SSPDRC Administrativo

IF-2013-01138188- -SSPDRC

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EXP Nº DNI CUIT N° APELLIDO Y NOMBRES DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. ÁREA FUNCIÓN OBS1171621/13 30.975.980 27-30975980-5 Lopez, Flavia Mariel 01/04/2013 31/12/2013 $ 2.600,00 $ 23.400,00 MJYSGC SSPDRC Administrativa Perito Mercantil

IF-2013-01463820- -SSPDRC

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 15 /SSPDRC/13

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 14 /SSPDRC/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº9

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 76 /SSAPM/13

PLIEG-2013-01782754- -SSAPM

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº10

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 76 /SSAPM/13 (continuación)

PLIEG-2013-01782754- -SSAPM

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº11

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 76 /SSAPM/13 (continuación)

PLIEG-2013-01782754- -SSAPM

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº12

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 76 /SSAPM/13 (continuación)

PLIEG-2013-01782899- -SSAPM

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº13

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CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Curso de Conducción vehicular de PICK-UP 4X4

-2013-

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 128 /ISSP/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº14

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Curso de Conducción Vehicular de PICK-UP 4X4

Comienzo:

- DATOS GENERALES

Denominación del Curso: CURSO de Conducción Vehicular de PICK-UP 4X4

Unidad Académica responsable: Dirección Operativa de Especialización Policial – Escuela de Conductores - ISSP-

Duración: 2 (DOS) días hábiles

Carga horaria total: 10 (DIEZ) hs. reloj - 5 (CINCO) hs reloj diarias

Modalidad: Presencial

Requisitos de Admisión:

Personal propia fuerza:

- Que desempeñen sus funciones en la especialidad de Seguridad e Investigaciones, en dependencias que cuenten con este tipo de vehículo con nota del Superior del Área o Dependencia donde presta servicios, solicitando su inclusión dirigida a la Dirección Operativa de Especialización Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCABA.

- Permiso policial con categoría Regular Patrullero Aprobada

Certificación que otorga: Permiso Policial de manejo de flota para vehículos 4x4

Cupo estimativo: 10 (DIEZ) personas

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 128 /ISSP/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº15

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PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DEL CURSO

Destinatarios:

El curso está desarrollado para personal policial con habilitación para patrullero de los diferentes servicios que posee la Policía Metropolitana y para personal de otras fuerzas interesados en capacitarse.

Fundamentación:

El mundo del todo terreno está constituido por caminos sinuosos, hondonadas profundas, grandes desniveles con superficies deslizantes, caminos llenos de lodo, cauces de agua, zanjas y pozos poco o muy profundos que dificultan el cruce.

Es en esa geografía donde el conductor demuestra sus habilidades naturales y las adquiridas por el entrenamiento para efectuar una conducción prolija y a pesar de las exigencias preservar la unidad que comanda.

Debemos necesariamente establecer la diferencia en conducir un vehículo de turismo normal y un vehículo comúnmente denominado cuatro por cuatro.

Este curso pretende capacitar en el uso correcto del vehículo pick-up 4x4, el manejo seguro y apropiado, y el traslado en emergencia destinado al transporte terrestre de personal policial.

Propósitos del Curso:

El presente curso pretende formar personal de Policía Metropolitana y/o de otras fuerzas en la conducción de vehículos policiales pick-up 4x4.

Objetivos:

- INCORPORAR en el cursante el concepto de RIESGO MINIMO, buscando que la conducta segura sea un reflejo condicionado ante situaciones críticas, y no una mera actividad intelectual.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 128 /ISSP/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº16

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- MAXIMIZAR las aptitudes personales de los conductores, posibilitando de esta manera la optimización de recursos.

- EJERCITAR la conducción en vehículos policiales.

Docentes a cargo:

VENTURINI Aníbal CABALLERO Edgardo LEON Mauricio ACCORINTI Fernando VAÑEK Sergio MARIEZCURRENA Omar PEREYRA Edgardo ARDUINI Claudio LLARRULL Ariel Contenidos:

MODULO 1:

Teórico de conducción. Cinturón de seguridad, uso correcto. La importancia de la revisión mecánica antes de partir con la unidad. Seis puntos fundamentales. El conductor y el entorno. El factor humano en la conducción La vista y el oído y su importancia. Distracciones comunes El imprevisto y las soluciones. Conducción y alcohol. Conducción y medicamentos Tiempo de reacción de maniobra-Clasificación de las reacciones Factores mecánicos. Puntos fundamentales de revisión primaria y elementos del 4 x 4. Neumáticos y presiones de inflado. Hidroplaneo. Cinturón de seguridad. Espejos y ángulos ciegos Cotas del todo terreno.

MODULO 2

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 128 /ISSP/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº17

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Clase práctica de pista de manejo Erradicación de vicios de la conducción Slalom en baja con cálculo de profundidad y distancia. Ocho en media adelante y en reversa Rebaje en rectas y giros controlados. Retención de embrague. Ángulos, ataque, ventral y salidas. Utilización de caja de transferencia, en diferentes terrenos. Frenaje controlado sin derrape. Frenaje con sensibilidad de pedaleras Evaluación final. Metodología de enseñanza:

Todos los temas serán desarrollados con un alto contenido práctico, a través de dinámicas grupales y demostraciones reales. Como complementos de los temas, se utilizará la apoyatura de videos y la reconstrucción virtual de accidentes reales, los cuales requieren para su análisis, de la participación y aporte de la experiencia conductiva de los participantes. Todos los trabajos de los vehículos se desarrollan con la preservación del parque automotor y se realizan en velocidades moderadas. Sistema de Evaluación: Se hará una evaluación teórico-práctica de cada conductor, y un informe reservado a la gerencia operativa solicitante del curso.

Cronograma estimativo:

1° Día: 5 (CINCO) hs de teoría y práctica en el ISSP. 2° Día: 5 (CINCO) hs de práctica en el ISSP.

Infraestructura y equipamiento necesarios:

Aula, sillas y proyector. Pick-Up 4x4

Recursos didácticos:

Se entregará a los asistentes al curso, una cartilla didáctica.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 128 /ISSP/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº18

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Bibliografía del Docente

- Cartilla de conducción operativa de Pick-up 4x4.

- Manual del usuario de vehículo 4x4. Manual del Instructor.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 128 /ISSP/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº19

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IF-2

013-

0164

0689

- -

ISS

PP

ágin

a 1

de 1

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 130 /ISSP/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº20

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia”

APELLIDO NOMBRE DNI1 ABBATTISTA Guillermo Hernan 32.609.6842 ACEVEDO Sergio Damian 30.313.9273 ACUÑA JIMÈNEZ Nestor Daniel 31.452.3394 AGUIRRE Alan Javier 34.554.0335 AGUIRRE Carlos Quimey 38.089.3756 AGUIRRE Melina Anabel 36.749.1087 AGUIRRE Melany Luciana 38.669.5098 ALBARENQUE Julieta Soledad 36.877.0369 ALEGRE SOTO Roman Esteban 34.403.254

10 ALFARO Juan De Dios 31.130.56911 ALLENDE Selva Elizabeth 31.307.04012 ALMADA Francisco Norberto 36.723.21613 ALMADA Sergio Hernan 36.062.29614 ALMIRON Romina Del Carmen 32.205.72615 ALONSO Damian Rodolfo 31.534.79516 ALTAMIRANDA Ivana Denise 35.880.50517 ALTAMIRANO Sergio Daniel 35.324.28418 ALTAMIRANO Yanina Edith 30.414.40719 ALVARENGA RAMOS Sergio Daniel 34.798.82420 ALVARENGA RAMOS Victor Gabriel 35.417.48721 ALVAREZ Nadia Anabella 35.204.30422 ALVAREZ Walter Antonio 34.738.05123 AMARILLA BEZERRA Daiana Cecilia 30.804.25224 AMAYA Nahuel Adrian 36.716.98725 ANDRADE Mario 35.974.18626 ANIBARRO María Soledad Alejandra 34.263.65227 ANTUNEZ Fernando Ariel 35.881.50628 AQUINO Camila Ailén 38.601.97729 ARCE Abel Santiago 30.780.64330 ARCE ZENTENO Marco Ariel 18.906.00031 ARES Daiana Belen 38.347.14132 ARGUELLO Gabriel Angel 31.144.42233 ARGÜELLO PEREIRA Franco Nicolás 37.752.36234 ARIAS Sergio Gustavo 33.668.94735 ARIAS ARAMAYO Evangelina 29.774.48236 ARONA German Andres 35.114.127

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº21

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37 ARRUA Jorge Daniel 32.850.47938 ASTRADA Ivana Noemi 33.240.66339 AYBAR Tamara Vanessa 33.610.05340 BAEZ Leonardo Hernan 34.537.54641 BAEZ NICOLAI Esteban Hugo 34.836.25742 BALBUENA Mariela Yanet 37.276.49543 BALDOVINO Marcelo Alejandro 32.554.28344 BARBERIS Ivan Adrian 37.145.14445 BARBOSA Walter Nicolas 35.167.79846 BAREIRO Bruno Dario 38.305.94247 BARNECHE Rodrigo Alejandro 33.166.00048 BARRAGAN Daiana Noelia 30.304.97949 BARRAGAN Eliana Ailen 38.426.51050 BARRAZA Damian Alejandro 36.212.44451 BARRETO Gabriel Alejandro 37.620.33852 BARRIENTOS Sabrina Alejandra 35.374.93253 BARRIOS Ruben Andres 39.554.29654 BAY Roman Lujan 40.904.64455 BENITEZ Analía Luján 34.647.54656 BENITEZ Antonella Itati 37.063.48657 BENITEZ Fernando Nahuel 33.779.18458 BENITEZ Matias Alejandro 34.967.88159 BENITEZ Matias Ezequiel 37.818.64660 BENITEZ Sebastian Ariel 38.561.28861 BENJAMIN Barbara Soledad 36.542.21162 BENTANCOUR Cesar Adriano 36.555.00763 BERNAOLA Yamila Soledad 31.522.41064 BLANCO Kevin Daniel 37.953.85865 BOGARIN Geraldine 36.441.60366 BOIGUES Alejandra Daniela 34.613.42867 BOTELLO Leandro Magin Ramon 34.251.35568 BOUCHET Maria Soledad 34.453.05969 BOYKO Romina Araceli 30.371.71970 BRANDAN Bianca Romina 36.698.75271 BRAVO SOSA Jose Maria 33.932.90372 BREST Gastón Leonel 36.179.93773 BRITEZ Noelia Edith 33.225.87674 BRUN Nestor Damian 36.376.89875 BUENAHORA Roxana Paola 39.169.85376 BUSTAMANTE Romina De Los Angeles 34.184.11477 BUSTOS Walter Alberto 32.199.15378 CABAÑA GOMEZ Micaela Daniela 36.570.63479 CABRAL Maria Vanesa 37.849.92780 CABRAL Nerina Florencia 37.660.47481 CABRAL Sandra Gabriela 31.293.431

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº22

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82 CABRERA Elias Martin 35.518.45683 CABRERA Yessica Victoria 33.456.33584 CAJAL Lucila Fernanda 38.526.10285 CALDERÓN Laureano Hector Jesus 32.756.09986 CAMERA Emilse Desiree 34.755.17687 CAMINO Nelson Ricardo 31.548.50388 CAMPO Maria Belen 30.928.79789 CANDIA Enrique Bonifacio 30.893.82790 CANFAILLA Victor Manuel 32.466.94591 CANTERO Jesica Yamila 34.580.07092 CAÑIZARES Julio Alberto 34.593.12693 CAPDEVILA Noelia Magali 37.557.87494 CAPITELLI Exequiel Alejandro 35.110.88395 CAPPARRUCCI Sofia Lucrecia 32.696.95596 CARDOZO Romina Paola 38.084.17397 CARLUCCIO Ricardo Cesar 35.339.59398 CARRANZA SCHIENKE Carla Ines 32.840.35499 CARRASCO Gisele Alejandra 31.656.772

100 CARREÑO Eliana Yanel 33.932.286101 CARREÑO Emanuel Javier Ramon 37.387.931102 CARRER JUAREZ Martin Damian 31.344.849103 CARRIZO Marilin Del Valle 35.993.498104 CASCO Eduardo Javier 34.248.176105 CASTAÑEDA Johanna Pamela 38.856.440106 CASTILLO RECALDE Matias Antonio 36.136.714107 CAYAMPI Brian Matías 37.756.016108 CEBALLOS Evelyn Mariela 37.144.377109 CEJAS Carlos Andres 35.784.129110 CENTORBI Gustavo Jorge 30.193.574111 CERINO Andrés Agustin 34.977.069112 CHAMORRO Ramon Roberto 35.020.590113 CHARBONEL Daiana 37.914.215114 CHAVAN Hernan David 32.961.697115 CISNERO Pablo Alberto 36.929.692116 CISNEROS Pablo Facundo Gabriel 36.923.077117 CLATT Jonatan Dario 32.792.657118 COLMAN Florencia Soledad 38.402.997

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº23

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119 CONCHA ACHA Lorena Magdalena 31.656.989120 CONDORI Franco Ezequiel 36.836.793121 CONTI Micaela Belen 36.900.297122 CORBALAN Walter Andres 32.425.774123 CORDOBA Elbio Rafael 36.949.537124 CORDOBA Juan Manuel 36.484.782125 CORIA Valeria Jaquelina 34.368.699126 CORONADO Marcelo Ezequiel 38.268.489127 CORONEL Gabriel Sebastian 36.078.909128 CORREA Rocio Jimena 36.916.212129 COSSIO VARGAS Coraly Cristal 18.901.996130 COSTA Agustina Maria 37.273.278131 COSTILLA Lucas Esteban 30.078.600132 COULON Edgar Maximiliano 36.592.897133 CRISPIN BONDIA Diego Hernán 37.870.311134 CRUZ Nelson Liberato 36.378.294135 CUELLAR Alejandra 34.571.852136 CUERVO Gustavo Nicolas 36.897.663137 DA SILVEIRA SENA Damian 94.119.305138 DELGADO Natalia Noemi 37.609.460139 DI CICCIO Julian Federico 36.335.999140 DI RICO Dario 35.378.312141 DIAZ Fernanda Elizabeth 35.081.167142 DIAZ Paula Isabel 35.760.890143 DIAZ MORAIZ Salvador 36.846.299144 DICHI Natalia Lorena 30.652.772145 DIRROCO Antonella Florencia 37.818.409146 DOS SANTOS Leonardo Emanuel 37.604.453147 DUARTE Ayelen Daiana 38.253.494148 DUARTE Diego Alejandro 36.237.362149 ERAZO Daniela Lujan 36.559.608150 ESCALANTE Jonatan Leandro 33.286.614151 ESCUDERO Romina Belen 35.947.855152 ESPINA María Del Pilar 34.842.316153 ESPINAR Mariano Alejandro 33.202.753154 FANDI Selene Yanina 34.779.674155 FAVA Elida Liliana 34.784.722156 FEDERICI Leonel Maximiliano 34.929.670157 FERNANDEZ Carla Carolina 40.853.287158 FERNANDEZ Damian Alejandro 33.739.162159 FERNANDEZ Emanuel Federico 34.230.691160 FERNANDEZ Federico Gabriel 40.665.789161 FERNANDEZ Jesica Belen 33.984.353162 FERNANDEZ Martin Ariel 36.168.102

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº24

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163 FERNÁNDEZ Daiana Romina 33.197.388164 FERNANDEZ Claudio Leonardo Emanuel 37.995.151165 FERNANDEZ ARCE Leonela Micaela Mariana 36.609.022166 FERRARI Alan Ivan 37.145.247167 FERRARO Sofia Alexia 33.104.226168 FERREIRA Natalia Giuliana 35.374.910169 FERREYRA Fidelina Yohana 34.272.818170 FERREYRA ANANIA Cristian Emanuel 35.860.783171 FIEL Maximiliano 30.833.680172 FIGUEROA Florencia Noemi 35.471.112173 FIGUEROA Sebastian Alejandro 32.123.583174 FLAGELLO Fernando Nicolas 31.894.765175 FLEYTA Ivan Gerardo 34.562.079176 FLORENTIN Julieta Soledad 36.664.340177 FLORES Ana Belen 34.473.095178 FLORES MEDEROS Christopher Brian 33.112.254179 FONTANES Gonzalo Andres 34.648.216180 FREIRE Maria Cristina 37.280.590181 FRIAS Eva Lujan 35.348.679182 FRIZZO Jesica Gabriela Emiliana 34.235.172183 GAGGINO Fernando Nicolas 34.948.488184 GALARZA Alejandro Emanuel 34.741.498185 GALARZA César Sebastián 31.291.146186 GALEANO Gustavo Adan 34.510.792187 GALVAN Alicia Noemi 30.716.455188 GALVAN Benito Armando 36.519.106189 GALVAN Lilian Gisele 34.683.669190 GALVÁN Germán Gerardo 35.273.662191 GAMARRA Gisela Del Carmen 34.439.482192 GAMBIN Esteban Fabian 37.985.132193 GARABENTO Guillermo Gabriel 30.991.196194 GARBARINI Dario Ezequiel 35.990.675195 GARCIA Edgardo Enrique 36.756.727196 GARCIA Johanna Yanina 38.126.426197 GARCIA Juan Manuel 33.779.536198 GARCIA NAVARRO Fernando Ezequiel 36.071.555199 GARGAGLIONE Leandro Ezequiel 38.069.448

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº25

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200 GARIBOGLIO Ezequiel Angel 35.719.159201 GARIN Sonia Alejandra 31.276.283202 GASPAR Ruben Armando 30.396.842203 GASQUEZ Gustavo Ezequiel 30.897.470204 GAUNA Alejandro Emmanuel 33.333.360205 GAUNA Sofía Belén 38.124.980206 GENTILEZZA Gimena Ester 36.289.305207 GERVASONI Federico Ezequiel 36.723.689208 GIARDA Gaspar Andres 34.014.880209 GIBEAUD Gastón Nicolás 32.315.927210 GIGENA ZITNIK Veronica Soledad 32.640.892211 GIMENEZ Diego Antonio 32.341.430212 GIMENEZ Emmanuel Yamil Maximiliano 36.183.667213 GIMENEZ LAGRAÑA Lucas Emiliano 34.584.786214 GIORDANO Rodrigo Alberto 35.139.131215 GIORGIO Mariana Victoria 34.680.646216 GODOY Carlos Cristian 31.796.724217 GOMEZ Alejandro Maximiliano 32.121.447218 GOMEZ Christian Ariel 36.897.616219 GOMEZ Cintia Marlene 34.923.483220 GOMEZ Karen Milagros 38.325.986221 GOMEZ Lucas Leonardo 48.357.829222 GOMEZ Maira Alejandra 34.779.881223 GOMEZ Orlando Javier 34.968.955224 GOMEZ CHURA Beltran Adrian 34.572.620225 GONZALEZ Alexis Sebastian 32.443.396226 GONZALEZ Eliana Tamara 36.797.400227 GONZALEZ Enzo Daniel 33.199.818228 GONZALEZ Fernando Ezequiel 33.037.254229 GONZALEZ Jonathan Ezequiel 37.432.294230 GONZALEZ Lorena Soledad 34.146.820231 GONZALEZ Lucas Ariel 36.756.009232 GONZALEZ Marta Silvina 32.161.831233 GONZALEZ Milton Nahuel 32.535.844234 GONZALEZ Oscar Alexis 33.026.267235 GONZALEZ Priscila Evelin 37.834.335236 GONZALEZ Santiago Jesus 33.027.410237 GONZALEZ Stefania Johanna 34.622.628238 GONZALEZ Valeria Yanina 32.572.615239 GORRIZ Matias Exequiel 36.069.633240 GOTELLI Nazareno 31.381.028241 GOTTIG Cynthia Denise 35.573.455242 GRANDOLI Walter Martin 33.197.919243 GRAU Jonatan Adrian 34.622.836244 GUEVARA Carla Isabel 31.516.859

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº26

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245 GUILLEN Anabela Carolina 38.693.556246 GUZMAN Barbara Belen 35.659.566247 HERRERA Maria Belen 37.120.034248 HINDING Diego Emiliano 31.684.067249 HOYOS Cristian Juan Alberto 38.046.820250 HUARANCA AGUILERA Celia Hortencia 32.355.665251 HUERTA PEREZ Eliana Ayelen 37.022.439252 HUMHOFFE Matias Enrique 34.979.001253 IBARRA PALACIOS Daniela Celeste 35.948.084254 INOUE Iván Andres 37.606.654255 IÑIGUEZ Anselmo De Jesus 38.228.089256 JÁUREGUI María Celeste 34.523.864257 JAZMIN Hilda Florencia 31.107.441258 JAZMIN Julieta Del Carmen 36.088.685259 JORGE Andrea Noemi 30.744.419260 JUGO Angel Emanuel 36.158.505261 JULIAN Ivo 36.921.465262 KEMPES GARCIA Jairo Nahuel 32.843.915263 KISS Nicolas Miguel 32.265.034264 KLAJNSCEK Fabricio Adrian 31.415.402265 KOLESNIK Hector Nicolas 34.529.852266 KURIS Ezequiel Isaac 36.161.810267 KUSCHUK Fernando Ezequiel 32.784.293268 LACUADRA Alan Lionel 37.661.430269 LANZA Tatiana Yael 34.214.793270 LAVANDERA Maria Florencia 37.492.374271 LEDESMA Andres Jesus Nicolas 30.602.874272 LEDESMA Gaston Emmanuel 32.007.378273 LEDESMA Jorge Francisco 30.896.482274 LEDESMA Mayra Alejandra 38.548.982275 LEDEZMA Marilina Ruth 32.790.690276 LEIVA Diego Marcelo 36.835.035277 LEIVA Juan Mauricio 37.252.524278 LEIVA Lucas Daniel 37.026.539279 LESCANO Juan Pablo 34.264.948280 LESCANO Lucas Gabriel 34.264.947

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº27

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281 LEVENZON GARRIDO Leandro Javier 33.786.899282 LIZARRAGA Damian Alejandro 35.417.645283 LLANOS Maximiliano Nicolas 38.068.521284 LOGLEN Martin Sebastian 30.176.188285 LOPEZ Cynthia Debora 36.897.885286 LOPEZ Justo Daniel 33.010.293287 LOPEZ Lucas Emmanuel 35.056.414288 LOPEZ Luis Adrian 40.291.086289 LOPEZ Pamela Rocio 37.744.306290 LOPEZ Roxana Viviana 38.070.773291 LOPEZ Sergio Sebastian 36.607.592292 LÓPEZ María De Los Milagros 34.889.046293 LOPEZ ESCOBAR Elena Elisabeth 34.043.853294 LOVINO Antonella Elizabeth 34.533.412295 LUBERCHO German Ezequiel 34.516.582296 LUGO Jesica Mariel 35.322.889297 LUNA Federico Manuel 35.360.923298 LUNA Jonathan David 37.840.300299 LUNA Mauro 35.184.760300 MACHACA Gustavo Ezequiel 37.632.563301 MACHUCA Braian Rafael 36.522.112302 MAIDANA Nair Belen 38.670.079303 MAIDANA Sergio Maximiliano 33.086.105304 MAIOLINO Cristian Cesar 33.961.077305 MANAZZA Juan Ignacio 34.295.726306 MANFRIA Micaela 36.345.178307 MANKOFF Alejandro Ivan 35.359.039308 MANZINI Leonardo Ezequiel 34.862.945309 MANZONI Nicolas Ezequiel 37.938.881310 MARCHEGIANI Sofía 34.905.613311 MARIGNAC Carlos Esteban 32.497.526312 MARQUES Rocio Marisol 38.606.421313 MARQUEZ MARIÑO Cynthia Silvina 31.522.532314 MARTELL BLAS Julio Pablo 36.786.421315 MARTINEZ David Alejandro 32.423.821316 MARTINEZ Diego Luis 34.661.387317 MARTINEZ Leandro Javier 31.376.229318 MARTÍNEZ Cinthia Soledad 34.558.201319 MARTINEZ LINARES Cesar Alejandro 35.730.196320 MASERA Flavio Hernan 30.652.924321 MAXIT PARODI Maria Victoria 30.680.254322 MAYA Matias Ariel 36.149.588323 MAZZUCCO Leandro Ariel 31.470.950324 MEDINA Ezequiel De Jesús 30.859.655325 MEDINA Jonathan Lionel 35.232.724

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº28

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326 MEDINA Melina Valeria 33.260.523327 MELNICZUK Juan Jose 32.394.433328 MENDÉZ Cristian Ezequiel 34.963.783329 MENDOZA Mariano Nicolas 37.384.386330 MENGUAL LIMA Brenda Nerina 37.621.841331 MERCADO Brenda María Julieta 35.387.518332 MERCADO Mauro Daniel 34.813.560333 MERLO Nicolas Albano 36.496.431334 METALLO Matias Ezequiel 37.711.360335 MEZA Franco Alberto 33.725.407336 MEZA Pablo Ezequiel 32.465.097337 MILLACI Flavia Georgina Lilian 35.536.193338 MIÑO Gisela Melina 36.535.881339 MOLINA Cristian Marcelo 30.306.725340 MOLINA Facundo Damián 38.691.135341 MOLINA Juan David 33.191.474342 MOLINAS Nicolas Liber 35.675.176343 MONACO Aaron, Natanael 34.213.433344 MONCADA Natalia Ines 31.035.741345 MONTIEL Maximiliano Alejandro 35.376.588346 MONTIEL Miguel Sebastian 33.286.670347 MORALES Erika Giselle 36.755.960348 MORENO Caterina Jeanette 36.624.064349 MORENO Mariano 32.091.094350 MORENO Yanina Alejandra 34.556.295351 MORGUN Vanesa Romina 36.458.408352 MORIS Brenda Lia 33.906.583353 MUÑOZ Christian Denis 38.377.067354 MUSIK Rosik Emiliano 32.588.683355 NACIF Jimena Elizabeth Esther 33.779.841356 NASSO Ezequiel Axel 36.296.994357 NAVA Facundo Nicolas 36.295.533358 NAVARRETE Marcelo Alejandro 35.139.328359 NAVARRO Gabriel Alejandro 32.671.649360 NEGRETE Ezequiel Jorge 42.359.186361 NEGRONE Jonathan Atilio 33.739.404362 NIEVA Agustin 36.995.078

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº29

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363 NIEVA Alan Daniel 38.027.382364 NIEVA Cristian Abel 30.167.627365 NIEVA Federico Nahuel 35.533.918366 NUÑEZ Deborah Yanina 33.155.721367 NUÑEZ Lucas Ezequiel 37.941.624368 NUÑEZ Matias Ezequiel 36.721.897369 NUÑEZ Sonia Celeste 36.067.627370 OBREDOR Tania Gisela 35.352.431371 OBREGON Daniela Yanet 36.884.387372 OCAMPO Ursula Claudia 33.200.391373 OCANTO Jose Camilo 29.978.668374 OJEDA Melany Irene 39.958.611375 OLAZARRI BATISTA Luis Mariano 34.359.472376 OLEA Gustavo Ezequiel 37.877.087377 OLIVERA Debora Eliana 33.400.179378 OLIVERI Osvaldo Damian 36.404.570379 ORELLANA Pablo Miguel 33.465.121380 ORTIZ Veronica Denisa 32.964.418381 OSORES Tamara Berenice 36.847.459382 OVANDO Rodolfo Daniel 31.168.278383 PAEZ Claudia Elizabeth 37.669.466384 PALACIOS Andres Emiliano 35.025.553385 PALACIOS Federico Miguel 32.400.102386 PALLADINO Omar Fernando Gabriel 34.554.030387 PALLADINO Pablo Emanuel 36.729.145388 PALUMBO Julieta 34.437.841389 PANIAGUA Diego Adrian 32.610.522390 PANIAGUA Leandro Matias 36.989.281391 PAREDES Patricia Elizabeth 35.485.605392 PAULUK Jonathan Alexis 35.369.173393 PAZ Guillermo Antonio 34.248.813394 PAZ Rubén Orlando 32.400.567395 PAZ JOFRE Magdalena 34.979.018396 PECI Jorge Alejandro 36.530.710397 PECKO Flavio Sebastian 30.708.483398 PEDALINO Jonatan Daniel 37.674.377399 PEDASCOLL Evelyn Yanina 37.360.568400 PEDERNERA Lucia Leonor 34.514.429401 PEDRACCINI Carlos Emanuel 37.199.707402 PEDRAZA Laura Andrea 36.520.139403 PELAYO Juan Eduardo 32.012.301404 PELINSKI Ivan Dario 34.520.088405 PELLEGRINI Santo Epifanio 31.773.390406 PELOSO Nicolas Ezequiel 36.441.372407 PENAYO Maria Belen 94.575.797

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº30

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408 PERALTA Juan Pedro 37.171.765409 PERALTA Patricio 37.803.708410 PEREIRA MONASTERIOS Eliana Magali 36.723.588411 PEREYRA Mariana Celeste 34.732.200412 PEREZ Camila Florencia 37.578.480413 PEREZ Damian Rodrigo 36.396.779414 PEREZ Leandro Daniel 34.419.647415 PEREZ Walter Fernando 33.405.464416 PEREZ Yamila Luciana 31.447.928417 PEREZ Yasmin Eliana Elizabeth 33.062.455418 PEREZ CUELLO Julieta Magali 33.302.126419 PERI Clarivel Yanel 34.255.139420 PIERI Facundo Rubén 35.269.651421 PIGNATARO Pablo Nicolas 32.930.738422 PIÑOL PALINA Franco Ezequiel 34.133.901423 PIROLA Matias Gustavo 37.242.991424 PIZZO Sergio Ariel 33.483.052425 PONCE Carlos Roberto 36.717.529426 PONCE Leandro Ismael 37.377.501427 PONCE Matias Jose 33.109.888428 PORTILLO Damian Manuel 34.973.603429 PORTILLO Gladys Patricia 30.321.592430 PRIETO Evelyn Siomara 38.400.042431 PRIETO Leonardo Emmanuel 39.672.775432 PROVENZANO Gabriel Axel 36.905.299433 PUGLIA Claudio Ruben 32.197.352434 PUIG Daniel David 36.212.597435 PURVES Claudio Ricardo 33.252.266436 QUIROGA Juan Alberto 33.170.422437 QUIROGA Leonel Alejandro 32.597.334438 QUIROGA Marcelo Sebastian 32.091.925439 QUISPE Monica Eugenia 33.455.265440 RAMIREZ Gonzalo Raul 30.481.062441 RAMIREZ Jonathan Alexis 31.470.520442 RAMIREZ Lionel Emiliano 36.483.451443 RAMIREZ Nicolas Martin 36.988.866444 RENDO Karin Micaela 38.528.473

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº31

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445 REYBAUD Karina Soledad 34.432.635446 RIOS Ariel Emiliano 34.690.804447 RÍOS Carlos Matias 35.984.802448 RIQUELME Cesar David 18.875.141449 RIQUELME Sonia Adriana 31.878.462450 ROBLE Mariel Ines 32.911.799451 RODAS GIMENEZ Maximiliano Javier 36.948.432452 RODRIGUEZ Alexis Daniel 30.833.483453 RODRIGUEZ Cintia Anahi 32.559.331454 RODRIGUEZ Daniela Soledad 33.238.392455 RODRIGUEZ Jonatan Emiliano 33.338.806456 RODRIGUEZ Silvia Alejandra 31.421.672457 RODRIGUEZ ARAUZ Cecilia Noelia Estefania 36.229.282458 RODRIGUEZ DURAN Lucas Alejandro 33.715.427459 RODRIGUEZ ZAPICO Rodolfo Carlos Ezequiel 31.071.672460 ROJAS Paula Tatiana 37.620.648461 ROJAS Roque Oscar 30.467.792462 ROLDAN Rosario Edith 38.709.964463 ROLON Jaqueline Veronica 32.792.562464 ROLON Natalia Haydee 30.911.978465 ROMERO Brian Ezequiel 37.362.444466 ROMERO Claudio Alexander 34.907.137467 ROMERO Delia Geraldine 35.409.682468 ROMERO Leonardo Martin 32.261.521469 ROMERO Maria Fernanda 30.292.899470 ROMERO Maria Lujan 30.861.705471 ROMERO Yanina Paola 33.209.613472 RONCATI Carlos Alberto 31.061.615473 ROSALES Luz Maria Belen 33.363.309474 ROSMARINO Marilyn Grisel 37.098.876475 RUBIO GONZALEZ Mayra Tatiana 36.699.921476 RUIZ Debora Daiana 36.585.734477 RUIZ DIAZ Gustavo Fernando 36.570.989478 RUIZ DIAZ Jose Benito 32.013.693479 RUIZ GONZALEZ Ever Heriberto 18.895.744480 RUSSO Nicolas Leandro 31.607.238481 SAAVEDRA GRIOTT Daniel Ernesto 35.836.655482 SALAZAR David Alejandro 36.339.925483 SALAZAR Lucas Emmanuel 35.147.202484 SALINA Leonardo David 32.323.764485 SANCHEZ Andrea Paola 33.641.597486 SANCHEZ Cristian Rolando 30.910.224487 SANCHEZ Leonel Marcelo 30.183.054488 SANCHEZ FORMISANO Micaela Daniela 37.104.096489 SANDOVAL Silvana Mailen 38.957.794

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº32

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490 SANTANA Emiliano Hernan 35.242.189491 SANTANDER Ana Maria Florencia 38.881.174492 SANTANDER Isabel Vanesa 31.461.780493 SANTILLAN Hector Ezequiel 36.852.162494 SANTORO Julian Francisco 33.530.267495 SANTUCHO Veronica Del Pilar 38.362.671496 SANZIO Emanuel Gaston 35.793.935497 SAUCEDO Cristian Marcelo 33.197.317498 SCORZA Solange Avelina 33.210.689499 SEGOVIA Jonatan Emanuel 32.548.582500 SENA Juliana Belen 36.038.465501 SERRANO Mara Giselle 37.067.335502 SILVA Walter Ezequiel 34.135.122503 SMORZEÑUK Oscar Angel Gabriel 38.126.068504 SOCA BELIZAN Johanna Emilse 35.363.220505 SOLAN Daniel Ezequiel 34.210.143506 SORIA Hector Alfredo 31.001.650507 SORIA Lucas David 33.024.855508 SORIA Silvana Gabriela 33.199.971509 SOSA Francisco Javier 36.399.599510 SOSA Sergio Mariano 37.250.308511 SOSA MORANDO Carolina Del Valle 33.545.728512 SOUZA Alan Matias Brian 38.070.793513 STANCANELLO Luciano Dario Daniel 32.714.859514 STIER Aldana Daniela 39.554.035515 STRANGES Adrián Javier 33.419.850516 SUELDO Alejandra Lorena 30.915.822517 TABORDA Walter Sebastian 34.904.806518 TALAVERA Gustavo Alejandro 38.842.504519 TAPIA Abraham Enrique 30.854.502520 TAPIA Maximiliano Daniel 33.297.402521 TOLOZA Andrea Elizabeth 35.582.288522 TORRES Emiliano Ezequiel 34.967.843523 TORRES Leandro Gaston 32.655.557524 TORRES Vanesa Cecilia 34.835.833

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº33

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525 TORTORELLI Alejandro Juan 30.053.355526 TREJO Juan Carlos 36.789.594527 TULA BELLIDO Mariano Ariel 33.080.942528 UNZIEN Gonzalo Nicolas 35.399.829529 UÑO TORRES Leonardo 33.719.650530 URANGA Gabriel Emmanuel 32.982.636531 VACA Jonatan Manuel 35.081.396532 VALDEZ Jonathan Gabriel 37.215.805533 VALDEZ Mariela Soledad 38.444.511534 VALDEZ Paula Victoria 35.204.345535 VALENZUELA Jonathan Javier 36.897.705536 VALLEJOS Claudio Javier 30.930.313537 VALLEJOS Sergio Alejandro 33.532.403538 VARELA Alan Horacio 37.066.167539 VARGAS Diego Federico 33.300.621540 VARGAS Nicolas Martin 34.209.335541 VASQUEZ ROLDAN Jeremias Gabriel 33.031.843542 VEGA Rolando Federico 32.673.754543 VEGA Edgardo Emanuel 35.113.587544 VELASCO Leandro Omar 31.303.181545 VELAZQUEZ Nestor Sebastian 30.868.620546 VELOSO Marcelo Alejandro 35.701.075547 VERA Oscar Anibal 32.227.566548 VERDUN Nicolas Alfredo 37.354.614549 VEXENAT Juan Manuel 36.162.392550 VIEYRA Sebastian Matias 34.508.525551 VILLAGRAN Matias Andronico 36.722.374552 VILLALBA Lucas Ezequiel 32.198.792553 VILLALBA Pablo Hernan 34.997.483554 VILLALBA Sara Marilyn 29.928.367555 VILLANUEVA Fabian Marcelo 31.424.411556 VILLAR Pablo Fabian 31.690.369557 VILLARREAL Karen Roxana 37.366.009558 VILLASANTI Marcelino David 38.189.050559 VILLATA Matias Nicolas 32.317.747560 VIRAG Nancy Noelia 32.496.833561 WARLE Emilse Romina 31.883.028562 YBAÑEZ Jonathan Gabriel 35.417.066563 ZABALA Rocio Celeste 34.402.441564 ZABALA MAGALLAN Gustavo Matias 32.666.046565 ZALAZAR Oscar Antonio 30.433.861566 ZALAZAR Romina Alejandra 32.321.190567 ZALAZAR Victoria Elizabeth 36.676.887568 ZANFINI Luciano Raul 36.720.538569 ZAPATA Emanuel Omar 30.131.977

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº34

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570 ZAVALA GARCIA Leonel Alejandro 34.800.229571 ZELARAYAN Maria Laura 37.609.519

ANEXO

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 247 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº35

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

“2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia”

ANEXO 1) Condiciones de Admisibilidad: Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan para acceder al cargo en el apartado 2.a) del presente, el aspirante deberá acreditar las condiciones de admisibilidad previstas en los artículos 7 y 12 de la Ley Nº 471 y en los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Resolución Nº 2778/MHGC/10.

2) Responsabilidades del cargo:

a) Brindar apoyo al Director General, y a las áreas que le dependen. b) Atender a la tramitación y registro de las actuaciones que ingresan a las

Unidades Administrativas de Control de Faltas. c) Cumplimentar las diligencias para asegurar la asistencia técnica y administrativa

a los Controladores Administrativos de Control de Faltas. d) Derivar expedientes y realizar trámites internos. e) Mantener comunicación con otras áreas y organismos. f) Atender al público en el servicio de Orientación al Público respecto de los

trámites relacionados con infracciones. Proporcionar información y emitir comprobantes de pago voluntario.

2. a) Requisitos específicos para el cargo:

REQUISITOS DEL CARGO

Nivel Educativo

Secundario completo o en curso (Excluyente)

Experiencia Laboral

Acreditada

Contar con un mínimo de tres (3) años de experiencia laboral como auxiliar administrativo de atención al público en organismos públicos y/o privados, relacionados con la atención al ciudadano, de los cuales al menos dos (2) deberán ser en la Dirección General Administración de Infracciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. (Excluyente)

Conocimientos Técnicos

• Ley Nº 451. • Ley Nº 1217. • Decreto Nº 1510/GCBA/97. • Conocimiento de herramientas de informática (Office). • Sistemas Informáticos de Gestión y Administración

utilizados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Sistema de Administración de Infracciones, Sistema de Administración de Expedientes, Generador de Documentos Electrónicos Oficiales).

• Cursos, seminarios y talleres vinculados con las tareas y funciones a cumplir.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 254 /MJYSGC/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº36

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3) Etapas del proceso de selección: El proceso de selección comprenderá las siguientes etapas: a) Inscripción y recepción de los antecedentes de los aspirantes. b) Identificación de aspirantes que cumplen los requisitos excluyentes exigidos en el perfil correspondiente a la convocatoria. c) Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales de los postulantes, en la que se evaluará la adecuación del postulante al perfil del cargo al cual se postuló. d) Entrevista personal. 3. a) Inscripción Al momento de la inscripción deberán presentarse en la Dirección General Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, sita en Carlos Pellegrini 291, 1º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con original y dos (2) juegos de copias de la siguiente documentación:

- Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento. - Título requerido, o certificado de estudios - Ficha de Inscripción, cuyo modelo se detalla en el Anexo II de la Resolución Conjunta Nº 152/MMGC-MJySGC/13, y la que se podrá retirar en la Dirección General Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, sita en Carlos Pellegrini 291, 1º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No podrán dejarse espacios en blanco, no admitiéndose raspaduras o enmiendas, debiéndose cruzar con una línea el renglón o espacio correspondiente al ítem para el que no se consigne dato alguno y estar firmado por el aspirante. Asimismo los aspirantes deberán incluir una casilla de correo electrónico en donde le serán informadas todas las cuestiones relativas al proceso de selección. - Documentación respaldatoria de los antecedentes curriculares consignados en la Ficha de Inscripción. - Certificados de antecedentes laborales requeridos en la respectiva convocatoria.

La omisión de presentación de los originales obsta a la recepción de los antecedentes. Todas las hojas deben ser debidamente firmadas por el aspirante. Todo el contenido de la presentación tendrá carácter de declaración jurada y, de comprobarse falsedad, inconsistencia o falta de debida prueba de los datos suministrados en la misma, ocasionará la exclusión automática y oficiosa en cualquier etapa del proceso. Vencido el plazo de inscripción, el Comité de Selección revisará si los aspirantes cumplen con los requisitos excluyentes exigidos en el la presente convocatoria. Labrará un acta de cierre de inscripción en la que constará la totalidad inscriptos y detallará la nómina de postulantes y aspirantes no admitidos.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 254 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº37

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Los postulantes serán evaluados de acuerdo a los siguientes puntajes:

- Antecedentes curriculares veinte (20) puntos. - Antecedentes laborales cuarenta (40) puntos. - Entrevista personal cuarenta (40) puntos.

3.b) Evaluación de Antecedentes Laborales y Curriculares El Comité de Selección evaluará los antecedentes curriculares y laborales de aquellos aspirantes que hayan sido elevados a la categoría de postulantes. Los puntajes obtenidos por los mismos constarán en un acta, en Ia que se consignará el orden de mérito y se fijará fecha para la realización de las entrevistas personales. El acta mencionada será publicada en la cartelera del organismo convocante. 3.c) Entrevista Personal El Comité de Selección convocará a entrevista personal a todos los postulantes que hayan obtenido al menos 30 puntos en la Evaluación de Antecedentes Laborales y Curriculares. Efectuadas las entrevistas, el Comité de Selección elaborará un acta en la que consignará los puntajes obtenidos por cada postulante y establecerá asimismo, el orden de mérito definitivo resultante de la sumatoria de los puntajes obtenidos en las diversas etapas del proceso. Para estar en condiciones de ser nombrado, el postulante que integre el orden de mérito definitivo deberá haber obtenido al menos 22 puntos en la entrevista personal. El acta con el orden de mérito definitivo, será notificada a todos los postulantes mediante el envío de un correo electrónico a la casilla que los mismos declararon en la ficha de inscripción. 4) Metodología de evaluación. 4.a) Evaluación de antecedentes Curriculares: 20 puntos

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 254 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº38

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Puntaje

máximo subfactor

Puntaje máximo Factor

Antecedentes curriculares

Nivel educativo requerido 5

20

Nivel educativo superior al requerido 5

Curso, congresos, jornadas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera 5

Cursos, congresos jornadas dictadas en la DGAI relacionadas con el cargo a

concursar 4

Otros 1 4.b) Evaluación de antecedentes Laborales: 40 puntos

Puntaje Máximo

Subfactor

Puntaje Máximo Factor

Antecedentes Laborales

Experiencia Laboral en la Dirección General

Administración de Infracciones relacionada con los requisitos

específicos del cargo.

24

40

Experiencia en el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

relacionada con los requisitos específicos del cargo.

10

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los requisitos específicos

del cargo. 6

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 254 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº39

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4.c) Entrevista personal: cuarenta (40) puntos El Comité de Selección convocará a entrevista personal a todos los postulantes que integren el orden de mérito y hayan obtenido al menos 30 (treinta) puntos en la evaluación de antecedentes curriculares y laborales. Efectuadas las mismas, el Comité de Selección elaborará un acta en la que consignará los puntajes obtenidos por cada postulante en la presente etapa y establecerá el orden de mérito definitivo resultante de la suma de los puntajes de las diversas etapas del proceso. El acta con el orden de merito definitivo, será notificada a todos los postulantes mediante el envío de un correo electrónico a la casilla que los mismos declararon en la ficha de inscripción. 5) Inasistencia. La inasistencia del postulante a cualquier etapa del proceso, dará lugar a su exclusión oficiosa y automática, sin necesidad de acto administrativo o notificación particular al interesado.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 254 /MJYSGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº40

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ANEXO FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOS EN EL

MARCO DE LAS DISCIPLINAS LARGOMETRAJES Y CORTOMETRAJES Pueden presentarse personas físicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC o personas jurídicas con domicilio registrado en la Ciudad de Buenos Aires, por un monto máximo de hasta pesos ochenta mil ($ 80.000) para largometrajes y veinte mil ($20.000) para cortometrajes. La normativa en la que se encuadra corresponde a los Decretos Nº 1020-04, 115-05 y 660-11, y la Resolución Nº 1319-MCGC-13; y puede ser consultadas en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias. Las disciplinas Los solicitantes de subsidios en el marco de la Línea Audiovisuales, deben inscribir su proyecto optando por una de las Disciplinas. Las Disciplinas incluídas en el presente instructivo presentan las siguientes características: a) Largometrajes: Destinada a solventar costos de post-producción para la finalización de procesos de post producción de imagen y / o sonido (hasta tercera película) que cumplan en un todo con el reglamento oficial del Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente; b) Cortometrajes: Destinada a solventar costos de post-producción para finalización de procesos de post producción de imagen y / o sonido de cortometrajes que cumplan en un todo con el reglamento oficial del Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente.

Presentación Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 (o Rivadavia 576) – Piso 6 oficina 605, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, desde el 27 de mayo hasta el 29 de noviembre de 2013. Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido debe realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante. Documentación requerida La presentación debe respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2013/01)

2. Índice

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº41

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3. Si el solicitante es una persona física: DNI original y fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio, etc.; si el solicitante es una persona jurídica: original o copia certificada de estatuto, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda, en dichos instrumentos debe constar que el domicilio de la entidad solicitante se encuentra en la Ciudad de Buenos Aires

4. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2013/02)

5. Ficha de presentación de datos del presentante (se adjunta modelo F2013/03)

6. Proyecto:

- Síntesis argumental del proyecto - Copia DVD conteniendo el corte final de la obra, el que deberá estar originalmente rodado en alguno de los siguientes formatos: VHS, MiniDv, DVCAM, BETACAM SP, BETACAM DIGITAL, HD, cualquier formato digital superior a los anteriores, 16 mm, SUPER 16 mm, 35 mm o S35 - Ficha técnica de la obra - Currículum Vitae del realizador de la obra, incluyendo sus datos de filiación, domicilio, teléfono, correo electrónico, y cualquier otro dato que facilite la posterior comunicación - Currículum Vitae del productor de la obra, incluyendo sus datos de filiación, domicilio, teléfono, correo electrónico, y cualquier otro dato que facilite la posterior comunicación - Copia para ser constatada con el original, del certificado expedido por la Dirección Nacional del Derecho de Autor (se solicita a través del formulario G) del que resulte que no existen cesiones de derechos registradas respecto de la obra - Presupuesto, plan económico y financiero, y descripción de los procesos de producción faltantes. Deben presentarse dos presupuestos por ítem, expedidos por los proveedores de los bienes o servicios que se pretendan adquirir o contratar. A excepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar un segundo presupuesto. - Monto máximo solicitado: Sumatoria de los gastos a realizar con el dinero del s subsidio - Monto mínimo solicitado: Mínimo indispensable para la concreción del proyecto sin el cual su realización devendría imposible (aclarar que gastos se solventarían con este monto)

7. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L. del solicitante

8. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc.) deben estar debidamente asegurados, foliados y firmados como parte de la carpeta. No se acepta material suelto. En el índice debe consignarse el material que se adjunta.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº42

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Importante: La amplitud de la descripción que se realice en la solicitud favorecerá el

conocimiento del solicitante y del proyecto presentado para la posterior evaluación de ambos.

Los beneficiarios del subsidio quedan comprometidos a realizar el estreno

mundial de su obra en la edición 2013 del Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente (BAFICI) y deberán hacerlo en copia 35 mm o formato digital de convenido con la producción del Festival. La solicitud de subsidio implica la autorización para su emisión en la señal “Ciudad Abierta” del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Para el caso de los largometrajes dicha emisión se estima con tres meses de posterioridad a su estreno comercial en las salas argentinas.

Toda documentación en otro idioma (invitaciones, aceptación de participación,

etc.) debe estar acompañada por una copia traducida por traductor público matriculado.

En caso de ser subsidiado, el beneficiario debe utilizar el dinero adjudicado y

rendir cuenta documentada de los gastos en el plazo establecido y forma establecidos en la norma.

Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con

posterioridad al ingreso del proyecto. Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno

de la Ciudad de Buenos Aires y en la página oficial del BAFICI (www.buenosaires.gov.ar/Cultura y www.bafici.gov.ar ).

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº43

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F2013/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA AUDIOVISUALES

2013 DISCIPLINA: TITULO DEL PROYECTO: NOMBRE Y APELLIDO:

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº44

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MINISTERIO DE CULTURA

F2013/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2013

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernán Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios ……………………………..……….., Disciplina

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos

Nº 1.020-04 y Nº 115-05 y la resolución Nº 1319-MCGC-19.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº45

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F2013/3

Titulo del Proyecto

LINEA

AUDIOVISUALES

DISCIPLINA

Monto solicitado

$

Monto Mínimo Solicitado

$

Datos del Solicitante Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (último cambio)

Domicilio constituido para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS

LINEA AUDIOVISUALES – PERSONAS FÍSICAS

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº46

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F2013/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS

LINEA AUDIOVISUALES – PERSONAS JURÍDICAS

Título del Proyecto

Línea

Disciplina

Monto Solicitado

$ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante Razón Social

Domicilio Legal

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 1.786 /MCGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº47

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 2.109 /MCGC/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº48

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 253 /MAYEPGC/13

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO

"Año 2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia.”

1

Anexo IADDENDA AL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA COOPERATIVA DE TRABAJO LAS MADRESELVAS LIMITADA

”Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección deResiduos Sólidos Urbanos Secos”

La DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO, dependiente del MINISTERIO DE

AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, representada por el DIRECTOR GENERAL DE RECICLADO, Sr.

JAVIER URETA SAENZ PEÑA, DNI Nº 29.480.711, con domicilio en la calle Balcarce

362, piso 4°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “la DGREC”, por

una parte y, por la otra, COOPERATIVA DE TRABAJO LAS MADRESELVAS LIMITADA, representada por el presidente de su Consejo de Administración, Sr.

Carlos Mancilla, DNI Nº 13.514.669, carácter que acredita mediante copias certificadas

del estatuto social y del acta de distribución de cargos, con domicilio en la Avenida

Independencia N° 766 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante

denominada “la COOPERATIVA”, y conjuntamente denominadas “las PARTES”,

acuerdan celebrar la presente ADDENDA al CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE

LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA COOPERATIVA DE TRABAJO

LAS MADRESELVAS LIMITADA, vinculado al “Proyecto Global de Recuperación y

Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos”, y al “Subproyecto de Logística Vehicular

para el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos”, suscripto en el

mes de mayo de 2012, en adelante “el CONVENIO”.

IF-2013-01700446- -DGTALMAEP

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº49

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 253 /MAYEPGC/13 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO

"Año 2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia.”

2

ANTECEDENTES: Mediante la Resolución Nº 1.041/MAYEPGC/2010 el Sr. Ministro

de Ambiente y Espacio Público del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires

aprobó el “Proyecto Global de Recuperación y Tratamiento de Residuos Sólidos

Urbanos” presentado por la COOPERATIVA en el marco de las previsiones del

Decreto Nº 424/GCBA/2009 y de su reglamentación, aprobada mediante Resolución

Nº 971/MAYEPGC/2009.----------------------------------------------------------------------------------

Por Resolución N° 567/MAYEPGC/2012 se aprobó el “Subproyecto de Logística

Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos” donde

se le otorgó PESOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES ($ 38.143)

mensuales, a fin de afrontar los costos del subproyecto aprobado.--------------------------

Por Resolución N° 171/MAYEPGC/2013 se incrementó el subsidio en PESOS CIENTO

SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($168.858.-) a los

fines de afrontar los costos por la incorporación de 3 camiones en comodato.-------------

Por Resolución Nº 493/MAYEPGC/2013 se aumentó el subsidio del Subproyecto de

Logística Vehicular en hasta PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS

OCHENTA Y SEIS ($56.286.-) a partir de diciembre de 2012 por la incorporación de 1

camión destinado a la actividad de recolección diferenciada.-----------------------------------

Posteriormente, por resolución N° 82/MAYEPGC/2013 se prorrogó dicho subproyecto

por todo el año 2013.---------------------------------------------------------------------------------------

Recientemente, mediante la resolución N° /MAyEPGC/2013 se el otorgó a la

Cooperativa PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE

($84.429,00.-) en concepto de tres camiones brindados en comodato, vinculados al

“Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos

Sólidos Urbanos Secos”.-----------------------------------------------------------------------------------

En virtud de lo establecido en esta resolución, las PARTES acuerdan complementar al

“CONVENIO” los aspectos que a continuación se indican:

IF-2013-01700446- -DGTALMAEP

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº50

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO

"Año 2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia.”

3

PRIMERO: Las partes acuerdan que para el funcionamiento de los camiones

brindados en comodato, dominios MFN-777, MEC-188 y MEC-189, cuyos comodatos

acompañan esta Addenda como Anexo II, Anexo III y Anexo IV, para realizar

exclusivamente la actividad de recolección diferenciada de material reciclable en los

recorridos de generadores especiales que específicamente la DIRECCIÓN GENERAL

DE RECICLADO indique por escrito; los mismos deberán contar con tres

coordinadores que tendrán un sueldo de PESOS CINCO MIL ($5.000.-) cada uno, tres

choferes con un sueldo de PESOS SEIS MIL ($6.000.-) cada uno y seis operarios que

tendrán un sueldo de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($4.800.-) cada uno.

Dichos montos serán otorgados por “la DGREC”.-------------------------------------------------

SEGUNDO: “La DGREC” otorgará PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS

VEINTINUEVE ($15.429.-) en concepto de gasto por Gasoil y PESOS SIETE MIL

DOSCIENTOS ($7.200.-) en concepto de mecánica.----------------------------------------------

TERCERO: “La DGREC” otorgará un total mensual de PESOS OCHENTA Y CUATRO

MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE ($84.429,00.-), a los fines de dotar del

personal necesario y cubrir los costos correspondientes al uso del camión entregados

en comodato.-----------------------------------------------------------------------------------------------

CUARTO: Los términos del CONVENIO mantienen su vigencia en todo lo que no ha

sido objeto de modificación por la presente.----------------------------------------------------------

En prueba de conformidad, se firman CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor y a

un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de de

2013.

IF-2013-01700446- -DGTALMAEP

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 253 /MAYEPGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº51

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 254 /MAYEPGC/13 G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO

"Año 2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia.”

1

Anexo IADDENDA AL

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA COOPERATIVA DE TRABAJO AMANECER DE LOS

CARTONEROS LIMITADA”Plan Integral de Logística para Recolección Diferenciada”

La DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO, dependiente del MINISTERIO DE

AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, representada por el DIRECTOR GENERAL DE RECICLADO, Sr.

JAVIER URETA SAENZ PEÑA, DNI Nº 29.480.711, con domicilio en la calle Balcarce

362, piso 4°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “la DGREC”, por

una parte y, por la otra, COOPERATIVA DE TRABAJO AMANECER DE LOS CARTONEROS LIMITADA, representada por el presidente de su Consejo de

Administración, el Sr. Sergio Alejandro Sánchez, DNI Nº 16.893.667, carácter que

acredita mediante copias certificadas del estatuto social y del acta de distribución de

cargos, con domicilio en la calle Balcarce Nº 362, piso 4º, de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en adelante denominada “la COOPERATIVA”, y conjuntamente

denominadas “las PARTES”, acuerdan celebrar la presente ADDENDA al CONVENIO

ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA

COOPERATIVA DE TRABAJO AMANECER DE LOS CARTONEROS LIMITADA,

vinculado al “Plan Integral de Logística para Recolección Diferenciada”, en adelante “el

CONTRATO”.

ANTECEDENTES: Mediante la Resolución Nº 1.285/MAYEPGC/2009 el Sr. Ministro

de Ambiente y Espacio Público del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires

aprobó el “Proyecto Integral de Logística para Recolección Diferenciada” presentado

IF-2013-01721870- -DGTALMAEP

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº52

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 254 /MAYEPGC/13 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICODIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO

"Año 2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia.”

2

por la COOPERATIVA en el marco de las previsiones del Decreto Nº 424/GCBA/2009

y de su reglamentación, aprobada mediante Resolución Nº 971/MAYEPGC/2009,

otorgándose a dicha Cooperativa el subsidio correspondiente para hacer frente a dicho

plan.

Posteriormente, dicho subsidio fue incrementado por distintos actos administrativos,

ascendienco a un total de PESOS DOS MILLONES NOVENTA MIL SETECIENTOS

CINCUENTA Y TRES CON 17/100 ($2.090.753,17), de acuerdo a lo establecido en la

Resolución N° 172/MAYEPGC/13.

Posteriormente, mediante Resolución Nº /MAyEPGC/2013 se aprobó un aumento

del subsidio en cuestión para el otorgamiento de 3 camiones en comodato. ---------------

En virtud de lo establecido en esta resolución, las PARTES acuerdan complementar al

“CONVENIO” los aspectos que a continuación se indican:

PRIMERO: Las partes acuerdan que para el funcionamiento de los camiones

brindados en comodato, dominios MFN 775, MFN 792 y MFN 793, cuyos comodatos

acompañan esta Addenda como Anexo II, Anexo III y Anexo IV, para realizar

exclusivamente actividades de recolección diferenciada de material reciclable en los

recorridos de generadores especiales que específicamente la DGREC indique por

escrito; los mismos deberán contar con tres coordinadores que tendrán un sueldo de

PESOS CINCO MIL ($5.000.-) cada uno, tres choferes con un sueldo de PESOS SEIS

MIL ($6.000.-) cada uno y seis operarios que tendrán un sueldo de PESOS CUATRO

MIL OCHOCIENTOS ($4.800.-) cada uno. Dichos montos serán otorgados por “la

DGREC”.------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO: “La DGREC” otorgará PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS

VEINTINUEVE ($15.429.-) en concepto de gasto por Gasoil y PESOS SIETE MIL

DOSCIENTOS ($7.200.-) en concepto de mecánica.--------------------------------------------

IF-2013-01721870- -DGTALMAEP

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Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº53

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 254 /MAYEPGC/13 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICODIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO

"Año 2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia.”

3

TERCERO: “La DGREC” otorgará un total mensual de PESOS OCHENTA Y CUATRO

MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE ($84.429,00.-), a los fines de dotar del

personal necesario y cubrir los costos correspondientes al uso del camión entregados

en comodato.-------------------------------------------------------------------------------------------------

CUARTO: Los términos del CONVENIO mantienen su vigencia en todo lo que no ha

sido objeto de modificación por la presente.----------------------------------------------------------

En prueba de conformidad, se firman CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor y a

un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de abril

de 2013.

IF-2013-01721870- -DGTALMAEP

Página 3 de 3

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº54

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ANEXOS - RESOLUCIÓN N° 29 /SSAFED/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº55

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ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº56

Page 57: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4156boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2013/05/... · anexos del boletÍn oficial n° 4156 anexo i - resoluciÓn n° 10 /sspdrc/13

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº57

Page 58: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4156boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2013/05/... · anexos del boletÍn oficial n° 4156 anexo i - resoluciÓn n° 10 /sspdrc/13

C L Á U S U L A S P A R T I C U L A R E S OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Art. 1°- Contratación del servicio de mantenimiento de los equipos de monitoreo de

aire y ruido (Torres de Monitoreo Inteligente (TMIs) y estaciones OPERA) que posee el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), de forma tal de asegurar su correcto y continuo funcionamiento a fin de permitir el óptimo desarrollo del Programa de Monitoreo de Aire y Ruido, conforme a las condiciones establecidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas y en este Pliego.

DURACIÓN E INICIACIÓN DEL SERVICIO Art. 2°.- El plazo de duración del servicio será de veinticuatro (24) meses

consecutivos. La prestación del servicio se iniciará dentro de los cinco (5) días hábiles de haber sido recepcionada por el adjudicatario la correspondiente Orden de Compra. El adjudicatario suscribirá de conformidad la Orden de Compra y comunicará en forma fehaciente a la DGEAMB la fecha y horario en que dará comienzo la prestación. Previo a dar inicio a la misma el adjudicatario deberá haber presentado la documentación establecida en el artículo 20 del presente.

PRÓRROGA Y AMPLIACIÓN DEL CONTRATO Art. 3º.- El órgano contratante podrá prorrogar la vigencia del contrato objeto de esta

Licitación por un plazo de hasta doce (12) meses calendario adicionales contados a partir de la fecha de finalización del plazo establecido en el artículo 2, conforme a lo establecido en el artículo 117 de la Ley N° 2.095, y el adjudicatario presta su conformidad a dicha prórroga mediante la presentación de su oferta bajo los términos de este Pliego.

Asimismo, el GCBA se reserva el derecho de aumentar o disminuir el total adjudicado hasta en un quince por ciento (15%) de su valor original. Dichas opciones serán notificadas al adjudicatario con una antelación no menor a treinta (30) días corridos de la fecha de vencimiento del contrato original. LUGAR Y HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Art. 4º.- La prestación del servicio deberá llevarse a cabo (i) respecto de las TMIs

instaladas, en las ubicaciones donde se encuentren, según se detalla en el Pliego de Especificaciones Técnicas, (ii) respecto de las TMIs no instaladas, en el predio del Centro de Información y Formación Ambiental (CIFA), sito en Av. Escalada y Av. Castañares s/n, Parque Indoamericano, Villa Soldati, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y (iii) respecto de las estaciones

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº58

Page 59: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4156boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2013/05/... · anexos del boletÍn oficial n° 4156 anexo i - resoluciÓn n° 10 /sspdrc/13

OPERA, en las distintas ubicaciones donde se encuentren las mismas, todo conforme a lo estipulado en las Especificaciones Técnicas, en los días y horarios allí establecidos. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

Art. 5º.- La prestación del servicio deberá ajustarse a lo establecido en este Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. El desarrollo de todas las tareas deberá coordinarse con la Dirección General de Estrategias Ambientales en adelante (DGEAMB). ANTECEDENTES COMERCIALES, CAPACIDAD TÉCNICA Y SOLVENCIA DE LOS OFERENTES

Art. 6º.- (a) Antecedentes: Los oferentes deberán contar con antecedentes que acrediten la experiencia de la empresa en la realización de tareas de mantenimiento y reparación de equipos similares a los que son objeto de esta contratación. A tales fines, deberán presentar junto con la oferta, con carácter de Declaración Jurada, con firma certificada por Escribano Público, un detalle de todas las prestaciones de servicios similares al objeto de esta contratación que se encuentre desarrollando o hubiera desarrollado, por períodos de al menos doce (12) meses calendario consecutivos, en los últimos cinco (5) años, tanto para clientes privados como públicos, conforme al modelo adjunto como Anexo 2 al presente. En el caso de Uniones Transitorias de Empresas (UTEs) u otros consorcios oferentes, los antecedentes deberán ser los individuales de cada empresa que la conforma. El referido detalle deberá incluir, como mínimo, los siguientes datos: 1) Identidad del contratante del servicio; y 2) Período de prestación del servicio. La falsedad de los datos brindados tendrá las consecuencias previstas en el artículo 13. (b) Referencias: Asimismo, cada oferente deberá presentar al menos tres (3) referencias de servicios iguales o similares prestados e incluidos en el detalle referido en el apartado anterior, que hubiere desarrollado en los últimos tres (3) años. Dichas referencias deberán acreditarse mediante certificaciones, exclusivamente conforme al modelo adjunto como Anexo 3 al presente. La falsedad de los datos brindados tendrá las consecuencias previstas en el artículo 13. (c) Balances y facturación: Los oferentes deberán acreditar la solvencia suficiente para llevar a cabo las tareas previstas en el presente y cumplir con la totalidad de sus obligaciones y responsabilidades eventuales. A tales fines, la oferta deberá adicionalmente contener: 1) Estados contables, con sus respectivos anexos, correspondientes a los

tres (3) últimos ejercicios y dictamen de razonabilidad (no certificación literal) de Contador Público, cuya firma deberá estar certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda. Se considerará “último ejercicio económico” a aquel cuya fecha de cierre sea la más próxima a la fijada como límite para la

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº59

Page 60: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4156boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2013/05/... · anexos del boletÍn oficial n° 4156 anexo i - resoluciÓn n° 10 /sspdrc/13

presentación de las ofertas. La referida documentación contable deberá representar en forma razonable la situación patrimonial, financiera y los resultados de las operaciones del oferente a dicha fecha. Si, a la fecha de apertura de los sobres, los estados contables correspondientes al cierre del último ejercicio tuviesen una antigüedad superior a los seis (6) meses, deberán asimismo presentarse estados contables parciales con fecha de cierre al mes anterior de la citada fecha de apertura.

2) Constancia suscripta por un Contador Público debidamente certificada

por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda de la cual surja que la facturación anual de la empresa (o la facturación combinada de los miembros de la UTE o consorcio) correspondiente al año 2012 sea no inferior a la suma de pesos tres millones ($ 3.000.000).

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO RESPECTO DE SU PERSONAL

Art. 7º.- (a) Personal afectado al servicio: El adjudicatario será el único responsable ante el GCBA por el servicio que se contrata y deberá afectar para la prestación del mismo la cantidad de personal necesario para cubrir cada una de las tareas que se detallan en las Especificaciones Técnicas (incluyendo, en su caso, el personal suplente necesario), a los efectos de cumplir en forma eficiente cada una de las exigencias detalladas en las mismas. La operación de los equipos objeto de esta contratación debe ser efectuada exclusivamente por personal altamente calificado y con amplia experiencia en este tipo de trabajos. En consecuencia, todo el personal afectado al servicio deberá contar con la capacitación y experiencia necesarias para llevar a cabo las tareas a su cargo (sean de relevamiento y/o de reparación, instalación o reemplazo) en forma eficiente y adecuada. El personal del adjudicatario deberá ser estable, por razones de seguridad y servicio. El adjudicatario será el único responsable de la idoneidad y cumplimiento de las obligaciones del personal que afecte a la prestación del servicio. (b) Nómina de personal: En forma previa a dar comienzo a la prestación del servicio, y adicionalmente a lo previsto en el punto (11) del artículo 12 de este Pliego, el adjudicatario deberá presentar en la DGEAMB una planilla conteniendo la nómina de todo el personal de la empresa que vaya a ser afectado al servicio, identificando además al Representante Técnico requerido en el apartado (f) de este artículo, indicando los siguientes datos de cada uno de ellos:

‐ Nombre y apellido

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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‐ Tipo y número de documento de identidad ‐ Antigüedad en la empresa ‐ Cargo o función que desempeña (operario, encargado, etc.) ‐ Identificación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo a la que se

encuentra afiliado cada empleado ‐ Identificación, en el caso de personal técnico, de los respectivos títulos

habilitantes y habilitaciones o matriculaciones que posean.

Junto con la referida planilla, el adjudicatario deberá presentar en la DGEAMB, con relación a cada empleado incluido en la planilla en cuestión, la siguiente documentación:

‐ Certificado de Aseguradora de Riesgos del Trabajo vigente ‐ Copia de los últimos seis (6) recibos de haberes. ‐ Para el caso de personal técnico, copia certificada de título habilitante y

de las habilitaciones o matriculaciones que correspondan.

El adjudicatario deberá mantener actualizada la nómina de personal, debiendo notificar inmediatamente (a más tardar, dentro de las veinticuatro (24) horas) a la DGEAMB en forma fehaciente cualquier variante que se produzca al respecto y notificándolo inmediatamente a la DGEAMB por medio del Libro de Órdenes, donde deberá justificarse la ausencia de alguno de los empleados que figuren en el listado al momento de prestarse el servicio de que se trate. (c) Vestimenta e identificación personal: El personal del adjudicatario que preste el servicio deberá vestir uniformemente con ropa adecuada al trabajo (pantalón, camisa, botas de goma, guantes, etc.), de un mismo color, que deberá estar en todo momento en perfecto estado de presentación e higiene. Asimismo, el mencionado personal deberá llevar en todo momento su Documento Nacional de Identidad y lucir una identificación, de modo que lo diferencie del personal del GCBA y del de otros contratistas, así como del público en general. La misma deberá contener siguientes datos: - Denominación de la firma adjudicataria. - Apellido y nombres. - Función (operario, representante, encargado, etc.). (d) Comportamiento: El personal del adjudicatario deberá en todo momento comportarse en forma correcta y eficiente, pudiendo la DGEAMB emplazar al adjudicatario para la separación de aquel empleado que así no lo hiciere. (e) Obligaciones sanitarias: El personal que preste el servicio deberá estar en perfectas condiciones de salud físicas y psíquicas, de acuerdo con las responsabilidades que implican las tareas a su cargo. El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las leyes en materia sanitaria que estén en vigencia (Libretas Sanitarias actualizadas, exámenes físicos, etc.). En caso de ser requeridas por el organismo usuario, el adjudicatario deberá presentar todas las Libretas del personal que destaque para la realización del servicio, junto con una fotocopia de las mismas, en el mismo momento en que entregue la nómina de su personal. Una vez que el organismo usuario

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº61

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verifique la autenticidad de los documentos, devolverá al adjudicatario los originales. Las citadas libretas deberán encontrarse siempre a disposición del responsable del organismo usuario y demás autoridades competentes para controlar el servicio. (f) Designación de un Representante Técnico: El adjudicatario deberá designar (e incluir en su oferta) y mantener en forma permanente durante todo el plazo de la prestación del servicio aquí contemplado, a un Representante Técnico. La designación deberá quedar asentada en el Libro de Órdenes, previo a dar comienzo a la prestación del servicio. El Representante Técnico revestirá carácter de autoridad responsable a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las novedades que le impongan las autoridades de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) a través de la DGEAMB. Dicho representante deberá estar presente en cada oportunidad en que se realicen tareas de acuerdo a lo aquí previsto, concurriendo a las ubicaciones donde se encuentren los equipos en cuestión, acompañado por la persona que las antedichas autoridades determinen, a fin de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario y tomar conocimiento de las deficiencias, si las hubiere, para proceder a subsanarlas. Si por cualquier causa fuere necesario el reemplazo del Representante Técnico, el adjudicatario deberá de inmediato designar a otro profesional que cumpla con las mismas condiciones señaladas anteriormente y notificarlo a la DGEAMB a los fines de su aceptación. (g) Régimen de responsabilidad con el personal y con terceros: El personal afectado a la prestación del servicio será de exclusiva relación de dependencia del adjudicatario. Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, incluyendo jornales, salarios, seguros, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios y cargas sociales y previsionales y otros costos o erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro o de cualquier otra norma o autoridad, así como todo lo concerniente al cumplimiento de la normativa laboral y previsional, quedando expresamente liberado el GCBA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre el adjudicatario y el GCBA. De acuerdo a lo antedicho, el personal o terceros afectados por el adjudicatario al cumplimiento sus obligaciones carecerán de relación alguna con el GCBA. En consecuencia, queda debidamente entendido que el GCBA no asumirá responsabilidad alguna (y el adjudicatario mantendrá al GCBA indemne) por cualquier conflicto, reclamo o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº62

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que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y/o que pudiera implicar la intervención del gremio que nuclea a dicho personal y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas por la legislación laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario. Asimismo, el GCBA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego y/o que se relacionen con la prestación del servicio. RESPECTO DE LAS HERRAMIENTAS Y MATERIALES

Art. 8º.- El adjudicatario deberá proveer a su personal, bajo su exclusivo cargo y responsabilidad, las máquinas, herramientas y útiles de trabajo necesarias y suficientes para la ejecución de las tareas a desempeñar, incluyendo inspecciones oculares, trabajos en altura, ajustes mecánicos de piezas y mediciones de parámetros eléctricos del sistema, entre otras. Las máquinas, herramientas y útiles a emplear deberán estar en buenas condiciones de uso y reunir condiciones óptimas de calidad de forma tal de evitar cualquier daño o riesgo para la salud y/o seguridad de las personas y para la conservación de los equipos e instalaciones, así como cualquier alteración o daño al medio ambiente. En particular, el adjudicatario deberá contar con todos los implementos de seguridad para la circulación y el desarrollo del trabajo en la vía pública, incluyendo conos, arneses, corrales y todos los accesorios que sean necesarios para señalizar que se está llevando a cabo una tarea en la vía pública, alertando tanto al peatón como a los vehículos, y contar en todo momento con todos los permisos necesarios para la circulación dentro de la Ciudad, tales como los seguros de altura de los operarios. El GCBA no se responsabilizará por la rotura, desperfectos o falta de instrumentos y/o herramientas de propiedad del adjudicatario. En caso de ser requerido expresamente por el adjudicatario, la DGEAMB podrá proveer un espacio físico necesario para la guarda de dichos elementos, los cuales quedarán exclusivamente bajo la custodia del adjudicatario. OBLIGACIÓN DE VISITA

Art. 9º.- Los oferentes deberán visitar al menos una TMI instalada y una estación OPERA, a ser designadas por la DGEAMB, así como el depósito de TMIs no instaladas ubicado en el predio del CIFA, a fin de observar los equipos que serán objeto de los servicios cotizados e imponerse de todas las características que hacen a la prestación de los servicios, para su cotización. A los efectos de combinar el día y horario designado para efectuar la visita, cada oferente deberá contactarse con la Gerencia Operativa de Cambio Climático y Energía, Dirección General de Estrategias Ambientales (Tel: 4887-9100, int. 120/148, atención: Ing. Florencia González Otharán), en el horario de 9:00 a 15:00 horas.

La DGEAMB designará a un funcionario para que acompañe y asesore a los interesados en la realización de la visita, de modo tal que el adjudicatario no

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº63

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podrá alegar posterior ignorancia y/o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará y cumplirá el contrato.

Una vez realizada la visita, la DGEAMB extenderá el Certificado de Visita al edificio, conforme al Anexo 1 al presente, el cual deberá ser acompañado con la oferta. La ausencia de la constancia de visita será motivo suficiente para la desestimación de la oferta.

Como consecuencia de lo establecido en este artículo, los oferentes

reconocen y aceptan que la presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento de las condiciones ambientales y demás condiciones en las que se desarrollarán las tareas que se contraten.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Art. 10°.- Las ofertas deberán ser presentadas en los días y horarios establecidos en el

llamado a esta Licitación y hasta la fecha y hora límite previstas en el mismo. Deberán entregarse en el Departamento de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal (DGTAL) de la APRA, sita en Moreno 1379, piso 3 (Departamento de Compras y Contrataciones). Sólo se admitirán las ofertas presentadas en mano, rechazándose las que se envíen por correo o por cualquier otro medio. El GCBA entregará constancia de la recepción de las ofertas, indicando la fecha y hora de su presentación. No recibirá ningún sobre que se presente después de la hora límite establecida para su recepción, cualquiera sea la causa de la demora.

Las ofertas deberán indicar como referencia, en su cubierta, la leyenda “Licitación Pública N° 778/13”, así como el día y hora de apertura. Deberán presentarse en sobre o paquete perfectamente cerrado y lacrado.

Toda la documentación requerida se confeccionará en dos (2) ejemplares, en carpetas separadas incluidas dentro del sobre o paquete antes referido, una caratulada como “ORIGINAL” y otra como “COPIA”. En caso de discordancia entre los originales y copias, prevalecerá el original de la propuesta. Todo el contenido de ambas carpetas deberá estar debidamente foliado en forma correlativa y firmado y sellado en todas sus hojas por el oferente o su representante legal o apoderado, con la firma debidamente aclarada indicando el carácter del firmante. No se admitirán enmiendas o raspaduras que no estén debidamente salvadas. La documentación a confeccionar por el oferente (propuesta económica y Declaraciones Juradas) será confeccionada en papel con membrete de la empresa y/o computarizado, preferiblemente con letra tipo imprenta. Todas las copias requeridas deberán estar debidamente legalizadas por Escribano Público o, en caso de corresponder,

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº64

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por los organismos de alcance internacional pertinente. Toda documentación e información que se acompañe deberá estar redactada en idioma español, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.

Deberá además presentarse una copia digital de la oferta en un único archivo en formato PDF, la cual deberá contener la oferta completa.

El no cumplimiento de estos recaudos será causal de rechazo de la oferta. Asimismo, cualquier condicionamiento a la prestación de los servicios o su alcance o forma, al mantenimiento de la oferta, a la forma de pago o a cualquier otro requisito exigido en este Pliego, incluyendo, entre otros, los supuestos previstos en el artículo 15 del presente, será causal de rechazo de la oferta.

FORMA DE COTIZAR Art. 11°.- Las ofertas deberán incluir la propuesta económica, conforme a lo

establecido a continuación: ‐ Los oferentes deberán cotizar obligatoriamente el precio unitario

mensual y totalizado (en números y en letras) para el Renglón a cotizar, abarcando la totalidad de las tareas que se encuentran comprendidas en las Especificaciones Técnicas. No se aceptarán ofertas parciales.

‐ La oferta deberá ser formulada en pesos y deberá representar el importe total. No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera.

‐ Los precios cotizados (unitarios y totales) deberán incluir el IVA, así

como los gastos de traslado, flete, entrega, descarga, acarreo, importación, sellado, protocolización y todo otro costo de entrega, armado, instalación y similares que demande la provisión del servicio, todos los cuales serán por cuenta del adjudicatario. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dichos valores se hallan incluidos en la misma. Atento a lo señalado, no se reconocerán bajo ningún concepto costos adicionales a los ofertados originalmente.

‐ NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN

ESTRICTAMENTE A LOS PRINCIPIOS DE COTIZACION PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDOS.

Adicionalmente, cada oferente deberá presentar junto con su oferta la

estructura real de costos que respalda el precio ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista, así como el monto ofertado en forma desagregada o desglosada conforme al cuadro de incidencia de precios detallado en el artículo 34. También se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección de Estadística

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº65

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dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA o el organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta (conforme al artículo 9 de la Ley N° 2.809).

CONTENIDO DE LA OFERTA Y DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR Art. 12°.- La oferta deberá contener la siguiente información e incluir toda la

documentación que a continuación se detalla, en el mismo orden establecido, la que contará con un índice con solapas para facilitar su revisión en el acto de apertura de las ofertas:

(1) Solicitud de admisión dirigida a la Agencia de Protección Ambiental del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que no deberá estar sometida a fórmula sacramental alguna, bastando que contenga la correcta individualización del oferente, la constitución de domicilio en el ámbito de la CABA y la denuncia del domicilio real, la manifestación de voluntad de participar en el llamado a Licitación Pública y el detalle de su teléfono, fax y correo electrónico.

(2) Constancia de retiro del Pliego de la presente Licitación Pública.

(3) Copia del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, de este Pliego, sus anexos y circulares aclaratorias si las hubiere, firmado en todas sus fojas en la forma requerida para toda la documentación adjunta.

(4) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar, conforme al artículo 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (para el oferente y para sus directores o miembros del órgano de administración), certificada por Escribano Público.

(5) Documentación que demuestre la representatividad legal del o los

firmantes de la oferta y sus facultades para obligar al oferente, mediante la presentación de copias certificadas por Escribano Público del: a) acta de Directorio u órgano de administración de donde surja la decisión social de presentarse a la Licitación; b) Estatuto de la sociedad, cuyo objeto deberá estar claramente relacionado con el objeto de la Licitación y que deberá contemplar un plazo de duración de la sociedad que abarque al menos hasta la finalización del servicio; y c) acta de Directorio u órgano de administración de la que surja la designación de

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº66

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los firmantes en sus cargos y/o poder especial que otorgue a los mismos la facultad para suscribir la oferta.

(6) Propuesta económica conforme a lo establecido en el artículo 11 del

presente.

(7) Certificado de Visita conforme al artículo 9 del presente.

(8) Propuesta de Trabajo y Cronograma Tentativo de Tareas conforme al artículo 25 del presente.

(9) Declaración Jurada de antecedentes comerciales y certificación de

referencias conforme al artículo 6, apartados (a) y (b), del presente.

(10) Estados contables y certificación de Contador Público conforme al artículo 6(c) del presente.

(11) Nómina de personal y antecedentes conforme al artículo 7(b) del

presente, incluyendo la designación del Representante Técnico y la documentación adicional establecida en dicho artículo, así como la Declaración Jurada donde conste que todo el personal afectado a la prestación se encuentra cubierto por el seguro referido en el artículo 24(a), conforme a lo establecido en dicho artículo.

(12) Garantía de Mantenimiento de Oferta.

(13) Constancia de inscripción en la AFIP y en la AGIP.

(14) Constancia de inicio del trámite de inscripción ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP) (o, en su caso, certificado de inscripción o preinscripción), conforme a lo establecido en el artículo 5 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y, en caso de no haber sido aún presentado ante el RIUPP, Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (para el oferente y para sus directores o miembros del órgano de administración). La documentación e información presentada en el RIUPP deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta.

(15) Declaración Jurada donde se declare la inexistencia de demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que (individualmente o en su conjunto) involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa, certificada por Escribano Público, conforme al modelo adjunto como Anexo 5 al presente.

(16) Declaración Jurada en la que el oferente acepte expresamente, para cualquier conflicto que se suscite, la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia (art. 30 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), certificada

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº67

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por Escribano Público, conforme al modelo adjunto como Anexo 6 al presente.

(17) En el caso de UTEs u otros consorcios oferentes, se deberá acompañar,

además: (i) una Declaración Jurada (con firma certificada por Escribano Público) que contenga claramente el compromiso de su constitución en caso de resultar adjudicataria; (ii) un original por cada miembro de la UTE o consorcio de cada una de las Declaraciones Juradas referidas en los puntos precedentes de este artículo; (iii) el compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada uno de los miembros de la UTE o consorcio durante el proceso de Licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad frente a terceros y todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales; (iv) el compromiso de mantener la vigencia de la UTE o consorcio hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del contrato, así como el de mantener su composición en idénticas condiciones, salvo expresa conformidad del GCBA; y (v) la designación de uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.

FALSEAMIENTO DE DATOS

Art. 13°.- El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. Si la falsedad fuese advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.

CRITERIOS DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE OFERTAS Art. 14°.- Realizada la apertura de los sobres, la documentación contenida en la oferta

será analizada por una Comisión de Evaluación de Ofertas actuante. Previo a la evaluación económica de las ofertas, se analizará la información

aportada por los oferentes, a fin de determinar el cumplimiento de las condiciones particulares establecidas en este Pliego y en las Especificaciones Técnicas, a fin de considerar la admisibilidad de las ofertas.

En oportunidad de analizar el contenido de las ofertas, la Comisión de

Evaluación de Ofertas podrá requerir a los oferentes información adicional o aclaratoria que, a su exclusivo criterio, no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni el quebrantamiento del principio de igualdad y podrá intimar a la subsanación de errores formales o de falta de información

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº68

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adjunta, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la oferta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión determine, conforme a la normativa vigente.

VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Art. 15°.- La Comisión de Evaluación de Ofertas excluirá toda oferta que adolezca de

uno o más de los siguientes vicios (sujeto, en su caso, a lo establecido en el último párrafo del artículo 14 del presente):

a) Que se presente después de la hora límite fijada para la apertura de las ofertas y/o en un lugar distinto del que se señala en el respectivo llamado. b) Que no incluya la Garantía de Mantenimiento de Oferta en cualquiera de las formas establecidas en este Pliego. c) Que se presente sin firma, aclaración de firma, o en la que no fuese posible identificar sin duda alguna al oferente. d) Que se presente firmada por personas sin capacidad suficiente para obligar al oferente. e) Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la oferta. f) Que contenga una propuesta económica que no cumpla con lo establecido en el artículo 11 del presente. g) Que contenga copias que no estén debidamente certificadas por Escribano Público o de otra forma no cumpla con lo establecido en el artículo 10. h) Que constituya una oferta parcial que no incluya la totalidad de los servicios cuya contratación se licita, bajo la modalidad prevista en este Pliego, o se aparte de los términos y condiciones establecidos en este Pliego y demás documentación de la Licitación. i) Que incurra en alguna de las causales establecidas en el artículo 104 de la Ley N° 2.095. La enumeración precedente es meramente ejemplificativa, pudiendo rechazarse las ofertas que no cumplan con lo previsto en este Pliego, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y/o la legislación aplicable a exclusivo criterio de la Comisión de Evaluación de Ofertas.

Sin perjuicio de lo anterior, no serán desestimadas las ofertas que contengan

defectos de forma, en tanto no impidan su exacta comparación con las demás ofertas presentadas y/o que puedan ser objeto del requerimiento de información adicional o aclaratoria referido en el último párrafo del artículo 14 del presente, a exclusivo criterio de la Comisión de Evaluación de Ofertas.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº69

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IMPUGNACIONES Art. 16°.- Las impugnaciones al Dictamen de Preadjudicación se harán conforme a los

artículos 17 y 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y a lo dispuesto en la reglamentación del artículo 108 de la Ley N° 2.095 dispuesta por el Decreto N° 754/08.

Las impugnaciones deberán presentarse en la sede de la APRA (Moreno

1379, 3º piso, CABA, Departamento de Compras y Contrataciones), de lunes a viernes de 9:30 a 13:00 horas, dentro del plazo establecido en el citado artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y previa acreditación, como condición de admisibilidad de la impugnación, de la debida constitución de la garantía de impugnación, conforme a los artículos 14 y 18 del referido Pliego, por un monto equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total preadjudicado (o del precio total de la oferta del impugnante, en caso de no haberse concretado la preadjudicación).

El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Corriente Nº 26.678/7

“Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la jurisdicción respectiva, el que será reintegrado a los oferentes solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán presentarse acompañadas de una copia de la boleta de depósito correspondiente, debiendo exhibirse también el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.

La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas. En caso de impugnación de este Pliego, se procederá de acuerdo a lo

establecido en los artículos 17 y 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La impugnación podrá ser recibida hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de apertura de las ofertas y tramitará por cuerda separada. El depósito de la impugnación será equivalente a tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación.

PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS Art. 17°.- Los oferentes deberán mantener la oferta por el término de treinta (30) días

hábiles, contados a partir de la fecha de apertura de los sobres. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éstas se prorrogarán automáticamente por igual plazo, salvo manifestación expresa en contrario por parte del oferente, la que deberá constar junto con su oferta económica. El oferente tendrá la posibilidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo estipulado en el presente artículo (incluyendo la prórroga

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº70

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automática aquí prevista), mediante comunicación fehaciente con una anticipación no menor a los diez (10) días hábiles.

PREADJUDICACIÓN Art. 18°.- Luego del análisis de los aspectos formales y técnicos de las ofertas se

procederá a preadjudicar a un solo oferente por Renglón, cuya cotización, ajustada a las bases y condiciones establecidas en el presente Pliego, resulte la propuesta más conveniente para el organismo contratante, conforme a los criterios establecidos en el artículo 14. A tales fines, la Comisión de Evaluación de Ofertas emitirá el Dictamen de Preadjudicación, el cual será notificado a todos los oferentes y se anunciará en la forma prevista en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre debidamente inscripto en el RIUPP.

ADJUDICACIÓN Art. 19°.- La adjudicación recaerá íntegramente en un solo oferente por Renglón. El

contrato se perfeccionará con la suscripción por ambas partes de la correspondiente Orden de Compra. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO ANTES DEL COMIENZO DE LA PRESTACIÓN

Art. 20º.- Al menos dos (2) días hábiles antes de dar inicio a la prestación de los servicios, el adjudicatario deberá entregar obligatoriamente en la DGTAL: (i) La constancia de haber constituido la Garantía de Cumplimiento del

Contrato, conforme se exige en el artículo 27(b) del presente; (ii) Una copia de la constancia de recepción por parte del organismo usuario

de las pólizas correspondientes a los seguros exigidos en el artículo 24; (iii) La nómina de personal actualizada establecida en el artículo 7(b); (iv) Los originales y copias de las Libretas Sanitarias que correspondan

conforme al artículo 7(e); (v) El Libro de Órdenes establecido en el artículo 26; y (vi) La Propuesta de Trabajo y Cronograma Tentativo de Tareas

actualizados, conforme a lo previsto en el artículo 25.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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RECEPCIÓN DEFINITIVA, PAGO Y FACTURACIÓN Art. 21°.- El Parte de Recepción Definitiva será extendido en forma mensual por la

DGEAMB, ajustado a los remitos conformados por el organismo usuario, los que deberán estar en un todo acuerdo con la normativa vigente.

Los servicios deberán facturarse mensualmente, una vez recibido el Parte de Recepción Definitiva mencionado en el párrafo anterior. El pago se realizará dentro del plazo de treinta (30) días corridos de la fecha de presentación de la respectiva factura (artículo 116 de la Ley N° 2.095 y reglamentación conforme al Decreto N° 754/08), previo cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Las facturas deberán emitirse conforme al artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y acompañarse de la documentación prevista en el artículo 22 del mismo. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

Art. 22º.- En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del contrato, ni lo eximirá de las sanciones y penalidades que por incumplimiento estén previstas en los mismos y/o en la legislación aplicable. DESPERFECTOS Y AVERÍAS

Art. 23º.- Los desperfectos, roturas, deterioros y/o averías que se produzcan en los equipos, repuestos, muebles o instalaciones del GCBA o de terceros, así como la desaparición de todo o parte de los mismos o de cualesquiera elementos personales, que fuesen provocados por (o se relacionen con) la ejecución de los trabajos, o la negligencia o incapacidad del personal contratista, deberán ser reparados a exclusivo cargo y costa del adjudicatario, quien reparará o repondrá de inmediato los elementos afectados, a satisfacción del GCBA. En caso contrario, la DGEAMB, previa intimación y sin más trámite, dispondrá su reparación o reposición en forma directa con cargo al adjudicatario y por el monto que resulte, el cual se hará efectivo conforme lo establecido en el artículo 127 de la Ley N° 2.095.

SEGUROS

Art. 24º.- (a) Accidentes de Trabajo: El adjudicatario será responsable de su personal

por accidentes de trabajo, para lo cual deberá contratar un seguro que cubra la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus decretos reglamentarios. El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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(incluyendo trabajos en altura) amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente "in-itinere" y prestación médico-farmacéutica y toda otra contingencia y/o prestación contemplada en la citada Ley y sus reglamentaciones, por el monto máximo que fije la legislación vigente. Además, el adjudicatario deberá presentar una Declaración Jurada, certificada por Escribano Público, conforme al modelo adjunto como Anexo 4, donde conste que todo el personal afectado a la prestación se encuentra cubierto por este seguro, indicando el número de la póliza correspondiente y el nombre de la compañía aseguradora. En tal sentido, en cada oportunidad en que se produzca alguna modificación en la dotación de personal afectada a los servicios, deberá comunicarlo dentro de las veinticuatro (24) horas de producida la misma, asentándolo debidamente en el Libro de Órdenes.

(b) Responsabilidad Civil comprensiva: El adjudicatario deberá contratar

un seguro de responsabilidad civil comprensiva por la suma mínima de $ 300.000 (pesos trescientos mil), por hecho y por persona, que cubra los riesgos de Responsabilidad Civil por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasionen a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del GCBA. Dicha póliza deberá ser debidamente endosada a favor del GCBA. En caso que el monto del seguro no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del adjudicatario.

(c) Transporte de los equipos: El adjudicatario deberá contratar un seguro

que cubra cualquier daño o pérdida de los equipos que deban ser trasladados (sea para su reparación o debido al cambio de ubicación de los mismos, conforme a lo previsto en las Especificaciones Técnicas), presentando copia del mismo al organismo contratante. La póliza deberá ser debidamente endosada a favor del GCBA.

(d) Contratación de los seguros: A fin de garantizar la solvencia y

regularidad de la aseguradora que contrate el adjudicatario, se establece como requisito que las pólizas de seguro referidas en este artículo sean contratadas con aseguradoras que se encuentren inscriptas en las respectivas Superintendencias de Seguros de la Nación Argentina. Se deberá adjuntar la respectiva póliza de seguros y su pago vigente al mes en curso a la fecha de apertura de las ofertas. En caso que las primas sean abonadas en cuotas, las respectivas pólizas no deberán contener cláusula restrictiva alguna, de existir incumplimiento en el pago de las mismas. Los requisitos exigidos para la constitución de los seguros deberán ser cumplimentados por el adjudicatario con una antelación no menor a dos (2) días hábiles de la fecha fijada para el comienzo de la prestación de los servicios. El incumplimiento dentro del plazo fijado para la presentación de las pólizas motivará en todos los casos la postergación del comienzo de la prestación del servicio y la consiguiente aplicación de sanciones al adjudicatario. Las pólizas referidas en este artículo deberán ser presentadas en el organismo usuario dentro del plazo establecido en el punto (ii) del artículo 20 de este Pliego.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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(e) Renovación de las pólizas: Si durante la prestación del servicio se produjera el vencimiento de cualquiera de las pólizas a que se refiere este artículo, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de los trabajos encomendados, con una antelación no menor a dos (2) días hábiles a la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de dichas pólizas dará lugar a la interrupción de la prestación, pudiendo dicha situación provocar la rescisión contractual. PROPUESTA DE TRABAJO Y CRONOGRAMA TENTATIVO DE TAREAS

Art. 25º.- En forma previa a dar comienzo a la prestación del servicio, y sin perjuicio de lo previsto en el punto (8) del artículo 12 de este Pliego, el adjudicatario deberá presentar en la DGEAMB una Propuesta de Trabajo y Cronograma Tentativo de Tareas que contenga el detalle de las tareas que propone realizar, así como la metodología a emplear, sobre la base de lo establecido en las Especificaciones Técnicas, incluyendo el detalle del personal que asistirá a las visitas que deban efectuarse y las tareas específicas a realizarse respecto de cada equipamiento a relevar o reparar. También deberá estipularse el tiempo máximo esperado de respuesta frente a cualquier evento que requiera efectuar reparaciones (es decir, el tiempo máximo esperable desde la recepción por el adjudicatario de la respectiva Orden de Compra hasta la presencia del personal adecuado para solucionar el problema en cuestión en la ubicación de que se trate).

El adjudicatario estará obligado a aceptar las modificaciones de la Propuesta

de Trabajo y Cronograma Tentativo de Tareas que la autoridad de aplicación determine previo al inicio del servicio y/o durante la ejecución contractual sin que ello implique cambios en el plazo o importe final de la prestación contratada, siempre que sea a fin de una mejor prestación y no altere sustancialmente las condiciones fijadas en el presente.

LIBRO DE ÓRDENES

Art. 26º.- El adjudicatario proveerá a la DGEAMB un Libro de Actas con hojas numeradas, que será habilitado como “Libro de Órdenes”, en el cual se asentarán todas las novedades que surjan de la prestación: órdenes de compra, comunicaciones, incumplimientos, sanciones, penalidades, visitas a las TMIs, al CIFA o a las estaciones OPERA, etc. Dicho Libro de Órdenes será rubricado por la DGEAMB.

Las observaciones o anotaciones que se efectúen en el mismo revestirán

carácter de notificación suficiente para el adjudicatario, obligándose éste a subsanar, cuando así se requiera y de inmediato, las situaciones denunciadas. El Representante Técnico (o el personal debidamente autorizado al efecto) deberá firmar el mencionado Libro en cada visita que el

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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personal del adjudicatario realice a las instalaciones, toda vez que éste será el medio fehaciente por el cual procederá a tomar conocimiento de todas las novedades que surjan. Revestirá dicha notificación carácter suficiente para que dentro de los cinco (5) días corridos de la misma el adjudicatario formule, en el caso de corresponder, el descargo pertinente. En caso de requerirse alguna reparación, la DGEAMB lo comunicará telefónicamente al adjudicatario y asentará fecha hora del pedido. El Representante Técnico (o el personal debidamente autorizado al efecto) deberá suscribir el Libro al presentarse a brindar el servicio, a fin de dejar constancia del cumplimiento o no de los plazos de respuesta establecidos en las Especificaciones Técnicas.

GARANTÍAS Art. 27º.- (a) Garantía de Mantenimiento de Oferta: Los oferentes deberán presentar

junto con su oferta la correspondiente Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, en los términos del artículo 99, inciso a) de la Ley N° 2.095. La garantía deberá constituirse al momento de la presentación de la oferta, en la forma prevista en el apartado (c) de este artículo y será devuelta al adjudicatario en oportunidad de integrarse la Garantía de Cumplimiento del Contrato, y a los oferentes que no hubieren resultado adjudicatarios, una vez aprobada la contratación. La falta de presentación en término de esta garantía en la forma aquí establecida será causal de rechazo de la oferta.

(b) Garantía de Cumplimiento del Contrato: Dentro del plazo establecido

en el artículo 20(i), el adjudicatario deberá presentar en la DGTAL la Garantía de Cumplimiento del Contrato por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación, en los términos del artículo 99 de la Ley N° 2.095. La garantía deberá constituirse en la forma prevista en el apartado (c) de este artículo y será devuelta al adjudicatario dentro del plazo de diez (10) días hábiles de finalizado el contrato a entera satisfacción de la APRA. En caso que el adjudicatario no integre la garantía de cumplimiento de contrato tal y como se establece en el artículo 113 del Decreto Nº 754/08 o no se presente a formalizar el contrato, se procederá a la incautación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

(c) Formas de constitución de las garantías: Las garantías referidas en los

apartados (a) y (b) del presente deberán ser constituidas sin límite de validez, admitiéndose su constitución únicamente en las formas que prevé el artículo 100 de la Ley N° 2.095. Cuando la garantía se efectúe mediante depósito en efectivo (conforme al apartado a) del citado artículo), el mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y, cuando se opte por el cheque certificado (conforme al apartado b) del artículo en cuestión), el mismo deberá estar emitido a favor de la precitada entidad bancaria. En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Sarmiento 630, 2º piso, Sector Títulos y Valores, y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco dentro de las cuarenta y ocho (48) horas un comprobante que, en el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, deberá adjuntarse a la oferta.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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No se aceptarán pagarés ni otras formas de garantía distintas de las enumeradas en el artículo 100 de la Ley N° 2.095.

PEDIDOS DE ACLARACIONES Y/O INFORMACIÓN ADICIONAL Art. 28°.- Los pedidos de aclaraciones y/o información adicional deberán efectuarse

por escrito, con al menos setenta y dos (72) horas de anticipación a la fecha de apertura de las ofertas, mediante nota dirigida exclusivamente a través de correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]. No se aceptarán consultas telefónicas ni en forma personal y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera del término indicado o por cualquier otro medio distinto del indicado.

Las Circulares de oficio o en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o

consultas emitidas por el GCBA formarán parte de los documentos de la Licitación y serán notificadas a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de Licitación, quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular, mediante firma. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.

PENALIDADES Art. 29°.- El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato y/o de este

Pliego, del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y/o del Pliego de Especificaciones Técnicas colocará al adjudicatario en estado de mora y, por lo tanto, el mismo quedará sujeto a la aplicación de las multas que correspondan conforme a la Ley N° 2.095 y al Decreto N° 754/08.

RESCISIÓN Art. 30°.- El GCBA podrá rescindir el contrato de pleno derecho en caso de verificarse

alguna de las causales establecidas en la Ley N° 2.095 y/o en el Decreto N° 754/08.

La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. En caso que el importe resultante supere el monto de dicha garantía, se procederá a su cancelación por cualquiera de los otros procedimientos establecidos en el artículo 126 de la Ley N° 2.095. En caso que resultaren diferencias a favor del GCBA, se formulará por las mismas el cargo correspondiente.

CONOCIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS QUE RIGEN LA CONTRATACIÓN

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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Art. 31°.- La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el

pleno conocimiento de las cláusulas y condiciones que rigen la Licitación y la eventual contratación posterior, por lo que el GCBA no será responsable por cualquier error u omisión del oferente en la presentación de la oferta. Los oferentes no podrán alegar desconocimiento ni ignorancia en la interpretación de las cláusulas de este Pliego o las restantes normas aplicables a este procedimiento de contratación, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

Asimismo, mediante la presentación de su oferta, cada oferente reconoce

que, en caso de resultar adjudicatario, su contratación implicará la prestación de un servicio público, el cual reviste carácter de esencial, necesario y continuo, y que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, afectando la salud del personal que asiste diariamente a las instalaciones de la repartición contratante, aceptando por ello la aplicación de las leyes de orden público existentes, que no permiten al adjudicatario por ninguna causa interrumpir o suspender el servicio.

CÓMPUTO DE PLAZOS Art. 32°.- El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/ 1997.

EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Art. 33°.- Serán causales de extinción del contrato las siguientes:

a) Expiración del plazo del contrato, según lo estipulado en el presente Pliego;

b) Mutuo acuerdo, previa autorización legal o administrativa que corresponda;

c) Quiebra del adjudicatario; d) Rescisión por incumplimiento del adjudicatario, en los términos

establecidos en el presente Pliego. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO Art. 34°.- La contratación objeto de la presente Licitación se encuentra alcanzada por

el régimen de adecuación provisoria de precios normado por el artículo 7 de la Ley N° 2.809, reglamentado por el artículo 6 del Anexo al Decreto N° 1312/08 y conforme la metodología establecida en el Anexo I de la Resolución N° 4271- MHGC/08.

El precio de la contratación objeto de la presente Licitación es fijo e invariable

y no admite el reconocimiento de mayores costos, salvo que los costos de los factores principales que componen dicho precio reflejen una variación de referencia promedio superior en un siete por ciento (7%) a los del contrato, o al precio surgido de la última redeterminación, de corresponder.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación) Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº77

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Se tendrá por concretada dicha situación cuando las distorsiones operadas en los precios de los ítems que conforman la Estructura de Costos Estimada, cuya incidencia y parámetros de variación se detallan a continuación superen, en conjunto, el siete por ciento (7%).

ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA (ejemplo) ITEM INCIDENCIA PARÁMETROS

Mano de Obra 50% Básico de la Categoría……..Convenio Colectivo Nº…

Insumos 20% Índice de Precios Internos al por Mayor, Nacional, Manufacturados y Energía Eléctrica (Agregar el Código del Indice).

Vehículos y repuestos 14% Índice de precios internos, mayoristas vehículos,

carrocerías y repuestos (Agregar el Código del Indice)

Combustibles y lubricantes 5% Índice de precios internos, mayoristas productos refinados

del petróleo (Agregar el Código del Indice)

Neumáticos 1% Índice de precios internos, mayoristas productos de caucho (Agregar el Código del Indice)

Otros Gastos 10% Índice de Precios Internos al por Mayor - Nivel General. (Agregar el Código del Indice)

Al sólo efecto de verificar las distorsiones que se pudieren producir, se aplicará a los ítems expuestos la variación operada, conforme la incidencia y los parámetros fijados precedentemente, tomando como base los Índices correspondientes al mes anterior al de la presentación de la oferta o de la última redeterminación, de corresponder. Es decir, que se aplicarán los porcentajes de variaciones operados, al porcentaje de incidencia de los ítems en cuestión detallados en el cuadro.

Una vez habilitado el procedimiento, el adjudicatario podrá solicitar la

redeterminación definitiva de precios. A dicho efecto deberá redeterminar la Estructura Real de Costos, presentada conjuntamente con la oferta económica, tomando como base los precios de referencia asociados con cada insumo, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, desde el mes anterior a la presentación de la oferta o al mes de la última redeterminación aprobada, según corresponda. En la presentación que se efectúe al efecto deberá respetarse estrictamente la Estructura de Costos Real presentada con la oferta y adjuntar un detalle de cálculo que permita su análisis, conforme lo normado en el Anexo II de la Resolución N° 4271-MHGC/2008. El adjudicatario presentará la solicitud de redeterminación de

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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precios definitiva ante la Unidad de Proyectos Especiales Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda. Este organismo analizará y resolverá la admisibilidad de la petición.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº79

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Anexo 1

CERTIFICADO DE VISITA Fecha: ___ de _____ de ____ Por medio del presente, se certifica que el Sr. ___________________________________, DNI N°: ____________, representante de la Empresa __________________________________________, ha concurrido en el día de la fecha a visitar la Torre de Monitoreo Inteligente (TMI) ubicada en __________________, el depósito de TMIs ubicado en el predio del Centro de Información y Formación Ambiental (CIFA) y la estación OPERA ubicada en __________________, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente a la Licitación Pública N° ______. ___________________________________ Firma y Sello del Funcionario Responsable

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº80

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Anexo 2

DECLARACIÓN JURADA DE ANTECEDENTES DE CONTRATACIONES REALIZADAS EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS

El que suscribe, [NOMBRE Y APELLIDO DE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO], con facultades suficientes para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, con relación a la Licitación Pública N° ___/__, que [IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE], CUIT N° _________, cuenta con los antecedentes y experiencia requeridos en el artículo 6(a) del Pliego de Condiciones Particulares correspondiente, fundado en que el mismo ha llevado a cabo las siguientes prestaciones de servicios similares al objeto de dicha Licitación, por períodos de al menos doce (12) meses calendario consecutivos, en los últimos cinco (5) años: 1) Antecedente N° 1 IDENTIDAD DEL CONTRATANTE

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS O ADQUISICIONES1

FECHA DE INICIO Y FINALIZACIÓN DEL SERVICIO O FECHA DE LA ADQUISICIÓN

OBSERVACIONES2

2) Antecedente N° XX [REPETIR EL CUADRO PARA CADA UNO DE LOS

ANTECEDENTES A INCLUIR]

___________________________________ Firma Aclaración: Carácter: [CERTIFICACIÓN DE FIRMA Y CARÁCTER POR ESCRIBANO PÚBLICO]

1 Se describirá el objeto de  la contratación o servicio  indicando  los datos más  importantes del mismo, así como sus características más relevantes. 2 Se efectuarán las observaciones y comentarios que se estimen procedentes. 

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº81

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Anexo 3

REFERENCIAS RESPECTO DE ANTECEDENTES DE CONTRATACIONES REALIZADAS EN LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS

Por la presente, certifico que la Empresa ….............................................................. ha ejecutado para …………………………………………….…………………. la prestación de servicios …………........................................................................... que consistieron en: DESCRIPCIÓN3

CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS O ADQUISICIONES4

DATOS DEL CONTRATO Monto Total Adjudicado (facturación en pesos) Monto de las Ampliaciones de Contrato (en pesos) Multas aplicadas (en pesos). Fecha de Terminación (en el caso de servicios) CONCEPTOS5 Cumplimiento de las Plazos de entrega. MB B R M Calidad del Servicio Prestado. MB B R M Capacidad Técnica Demostrada. MB B R M OBSERVACIONES6

Lugar y fecha: Domicilio: Teléfono: Firma y sello del Representante [CERTIFICACIÓN DE FIRMA Y CARÁCTER POR ESCRIBANO PÚBLICO]

3 Se describirá el objeto de la contratación o servicio indicando los datos más importantes del mismo. 4 Se indicarán las características particulares del servicio restado la obra ejecutada o la adquisición. 5 Se marcará con una cruz el casillero que corresponda. 6 Se efectuarán las observaciones y comentarios que se estimen procedentes. 

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº82

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Anexo 4

DECLARACIÓN JURADA DE COBERTURA DEL PERSONAL

CONTRA ACCIDENTES DE TRABAJO

El que suscribe, [NOMBRE Y APELLIDO DE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO], con facultades suficientes para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, con relación a la Licitación Pública N° ___/__, que la totalidad del personal que [IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE], CUIT N° _________, afecte en cualquier momento a la prestación de los servicios objeto de la referida Licitación se encuentra y encontrará cubierto por el seguro referido en el artículo 24(a) del Pliego de Condiciones Particulares correspondiente, el cual cubre la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus decretos reglamentarios conforme a lo establecido en dicho artículo y ha sido contratado en la forma prevista en el artículo 24(d) de dicho Pliego y con una aseguradora que cumple con lo establecido en el mismo, conforme al siguiente detalle:

- Número de póliza:

- Compañía aseguradora:

___________________________________ Firma Aclaración: Carácter: [CERTIFICACIÓN DE FIRMA Y CARÁCTER POR ESCRIBANO PÚBLICO]

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº83

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Anexo 5

DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE LITIGIOS

El que suscribe, [NOMBRE Y APELLIDO DE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO], con facultades suficientes para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, con relación a la Licitación Pública N° ___/__, que [IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE], CUIT N° _________, no está sujeto ni es parte (como actor, demandado o de otra forma), a demandas, procesos de arbitraje u otro tipo de litigios que involucren o puedan tener (individualmente o en su conjunto) impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa. ___________________________________ Firma Aclaración: Carácter: [CERTIFICACIÓN DE FIRMA Y CARÁCTER POR ESCRIBANO PÚBLICO]

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº84

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Anexo 6

DECLARACIÓN JURADA DE SOMETIMIENTO A JURISDICCIÓN

El que suscribe, [NOMBRE Y APELLIDO DE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO], con facultades suficientes para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, con relación a la Licitación Pública N° ___/__, que [IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE], CUIT N° _________, acepta expresa e incondicionalmente someterse, para cualquier conflicto que se suscite en relación con la Licitación en cuestión, a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia (conforme a lo dispuesto en el art. 30 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). ___________________________________ Firma Aclaración: Carácter:

[CERTIFICACIÓN DE FIRMA Y CARÁCTER POR ESCRIBANO PÚBLICO]

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº85

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. Descripción del objetivo: Se contrata el servicio de mantenimiento de los equipos de monitoreo de aire y ruido (Torres de Monitoreo Inteligente (TMIs) y estaciones OPERA) que posee el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), de forma tal de asegurar su correcto y continuo funcionamiento a fin de permitir el óptimo desarrollo del Programa de Monitoreo de Aire y Ruido, conforme a las condiciones establecidas en estas Especificaciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares.

2. Descripción de los equipos objeto del servicio

20 TMIs instaladas, de emplazamiento fijo, posibilitando la toma instantánea de los valores obtenidos en el lugar juntamente con la correlación paralela de las condiciones atmosféricas del lugar del muestreo. La altura estimada de las TMIs es de 7 a 10 metros. Estos equipos poseen sensores de estado sólido que miden la concentración de diferentes gases contaminantes, sonómetros que miden el ruido ambiental y equipos meteorológicos para medir los siguientes parámetros: temperatura, humedad, presión atmosférica, lluvia, dirección del viento y velocidad.

21 TMIs no instaladas, que se encuentran en depósito en el predio del Centro de Información y Formación Ambiental (CIFA) sito en Av. Escalada y Av. Castañares s/n, Parque Indoamericano, Villa Soldati, CABA, a fin de verificar y mantener su cpacidad operativa.

4 equipos de medición de ruido (estaciones OPERA), que miden exclusivamente los niveles de ruido. Los equipos se trasladan a diferentes lugares de la ciudad (su permanencia en cada sitio es entre 3 y 4 meses).

3. Ubicación de las TMIs instaladas

Comuna Dirección Ente Descripción TMI

N° 4 Av.

Amancio Alcorta 3000

CEAMSE Ubicada en la terraza del edificio, sobre la calle Zabaleta.

1310

4 Quilmes 436

Comisaría N°34

Ubicada frente a la Comisaría. 1286

4 Av. Caseros 2526

Museo Naval

Ubicada en el patio de entrada del museo.

1291

7 San Pedrito 60

Bingo de Flores

Ubicada frente al bingo. 1316

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº86

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8 Av. Roca

5252 CGP8 Ubicada en la terraza del CGP. 1309

8 Av. Eva Perón 5251

Sudam Fos

Ubicada en el patio de entrada de la fábrica.

1282

9 Remedios 3748

Comisaría N°40

Ubicada frente a la Comisaría. 1292

9 Lisandro de la Torre 39 (y Rivadavia)

Calle - 1283

10 Av. Segurola 726

Calle - 1284

5 Rivadavia 3883

Calle Frente a confitería “Las Violetas” 1305

3 Corrientes 2937

Calle - 1304

11 Av. Beiró 3994

Calle - 1296

12 Congreso 4364

Calle Ubicada en diagonal a la Comisaría N°49

1295

14 Av. Cnel. Niceto Vega

Calle - 1294

13 Juramento 2427

Calle - 1289

12 Valdenegro 4281

Calle Ubicada en Plaza 1288

14 Santa Fé 3259

Calle - 1313

2 Santa Fé 1748

Calle - 1314

2 J.M. Moreno 121

Calle Ubicada frente a la Facultad de Cs. De la Criminalística, Instituto Univ. De la Pol. Federal

1315

1 Viamonte 808

Calle - 1318

4. Descripción de las tareas a efectuar

(A) Servicio de mantenimiento: El adjudicatario deberá efectuar revisiones

mensuales programadas, conforme a un cronograma a ser acordado previamente con la DGEAMB, con ejecución de las tareas necesarias para mantener en servicio (y/o capacidad operativa) los equipos, accesorios e instalaciones complementarias, en condiciones de funcionamiento óptimo, seguro y efectivo. Como mínimo, el adjudicatario deberá realizar las tareas que se indican a continuación, sin perjuicio de las restantes tareas que sean necesarias o convenientes para el adecuado cumplimiento del objeto de la contratación:

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº87

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‐ Para las TMIs instaladas:

Verificación del alimentador de tensión. Desmontaje y montaje de sonómetros o equipos meteorológicos para su

calibración en laboratorio. Control de funcionamiento del módem que comunica las estaciones. Desmontaje y montaje en el mismo momento de los equipos

meteorológicos para su limpieza “in situ”. Desmontaje y montaje de la consola receptora (Envoy) de datos

meteorológicos, lo cual implica abrir la caja dentro de la Estación Central.

Detección de problemas en cuanto a funcionamiento de equipos de monitoreo y transmisión de datos de la estación.

‐ Para las TMIs no instaladas:

Verificación del funcionamiento eléctrico. Prueba y calibración de sonómetros o equipos meteorológicos. Revisión de la consola receptora (Envoy) de datos meteorológicos. Detección y corrección de problemas en cuanto a funcionamiento de

equipos de monitoreo y transmisión de datos de la estación. Reemplazo de partes defectuosas.

‐ Para las estaciones OPERA:

Traslado, desmontaje y montaje de los equipos a distintos lugares dentro

de la Ciudad (permanecen en el lugar de destino entre 3 y 4 meses). Detección de problemas en cuanto a funcionamiento de equipos de

monitoreo y transmisión de datos de la estación. Limpieza y chequeo de todas sus partes.

En todos los casos, el servicio deberá incluir, además, la verificación del adecuado funcionamiento y calibración de cada parte del equipamiento (incluyendo su alimentación eléctrica y su conectividad), la detección de problemas de funcionamiento o rendimiento y su limpieza.

Las visitas de personal del adjudicatario a las instalaciones donde se encuentren los equipos a los fines de lo previsto anteriormente se desarrollarán de lunes a viernes (siempre en días hábiles) en el horario de 9:00 a 17:00 horas y se coordinarán con la DGEAMB, debiendo notificarse debidamente la asistencia del personal que corresponda de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares.

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº88

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El traslado de equipos para su reparación o cambio de locación que deba efectuarse conforme a estas Especificaciones Técnicas será realizado a costa y cargo del adjudicatario.

(B) Reparaciones: El servicio de mantenimiento objeto del presente incluye las

tareas de reparación que le sean requeridas a demanda al adjudicatario por la DGEAMB o que surjan de las revisiones que efectúe durante sus tareas de mantenimiento sobre la totalidad de los equipos (y sus partes) indicados en el punto 2 de estas Especificaciones Técnicas.

El servicio deberá estar disponible para ser prestado durante las 24 horas, los 365 días del año, y deberá garantizar la presencia de personal idóneo para su prestación dentro de las cuatro (4) horas de notificado el pedido. Las reparaciones a efectuarse deberán ser acordadas con la DGEAMB.

El servicio incluirá el recambio de las partes del equipamiento que sea necesario o conveniente reemplazar por fallas de funcionamiento o rendimiento o desperfectos de la solución instalada o debido a la rotura de alguna de las partes. Los reemplazos deberán siempre efectuarse por partes nuevas o equipamiento nuevo de la misma marca que el instalado originalmente, los cuales deberán ser aportados por el adjudicatario sin costo adicional alguno. Si la parte o equipamiento en cuestión no se encontrara en stock, deberá instalarse un componente provisorio que garantice el funcionamiento adecuado del equipo hasta que esté disponible la parte o equipamiento original correspondiente, la cual deberá estar instalada en un máximo de sesenta (60) días corridos desde la fecha de notificación de la orden de pedido de la reparación en cuestión. En cualquier caso, las piezas o partes que se utilicen deberán reunir características iguales o superiores a los elementos que se reemplazan.

Si fuese necesario, deberán realizarse los cambios y/o arreglos necesarios en toda parte del sistema (desde la alimentación eléctrica hasta la conectividad de todo el sistema de módems), ya sea por la necesidad de reconfigurar sus conexiones, por desgaste o debido a inclemencias climáticas u otros hechos. El adjudicatario será responsable por el adecuado funcionamiento de todo el sistema. El traslado de equipos para su reparación será realizado a costa y cargo del adjudicatario.

(C) Informe de trabajos realizados: El adjudicatario deberá presentar un informe

mensual que detalle (i) los trabajos realizados durante el mes precedente; (ii) el estado de funcionamiento de cada una de las partes y equipos relevados; y (iii) las modificaciones del cronograma que se hallan realizado, indicando su causa y toda otra novedad u observaciones que surgiera en cumplimiento de las tareas estipuladas. El informe correspondiente a cada mes deberá presentarse a más tardar hasta el día 5 del mes siguiente al relevado y será sometido a consideración de la DGEAMB.

(D) Trabajos adicionales: Únicamente serán considerados adicionales aquellos

trabajos que sean consecuencia de modificaciones o ampliaciones que sean ordenadas expresamente por la DGEAMB, la que en caso de producirse el

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

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requerimiento dará las instrucciones correspondientes al adjudicatario, a los efectos de su realización de acuerdo a las normas en vigencia.

(E) Garantía técnica: Cada tarea que se ejecute, así como cada parte, repuesto

o equipo que se coloque, deberá contar con una garantía de por lo menos un (1) año, contado a partir de la realización de la misma.

Responsable de Coordinar el Servicio: Ing. Florencia González Otharán (teléfono 4887-9100 int 120/148 de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 hrs)

ANEXOS - DISPOSICIÓN Nº 92 /DGTALAPRA/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº90

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ANEXOS - LICITACIÓN PÚBLICA N° 7 /IVC/13

Se adjunta Anexo con Ley 2809 y sus modificatorias.

ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN

ITEM INCIDENCIA PARAMETROS

Mano de Obra 85%Paritarias aprobadas de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS).

Infraestructura tecnológica

7% Índice Decreto 1295/02, Art. 15, inciso j).

Gastos generales 5% Índice Decreto 1295/02, Art. 15, inciso p).

Gastos Financieros 3%Tasa Nominal Anual Activa del Banco de la Nación Argentina.

ITEM: SERVICIO DE CALL CENTER. PRECIO UNITARIO MENSUAL

Códigos Descripción Unidad Cantidad Precio Total Índice de referencia

MO MANO DE OBRA

Jefe de cuenta hs

CS Carga Social % %

Supervisor hs

CS Carga Social % %

Operario hs

CS Carga Social % %

Etc

I MATERIALES Y/O SUBCONTRATOS

Material 1 gl

Material 2 gl

Etc.

E EQUIPOS / OTROS

Equipo 1 hs

Equipo 2 hs

Etc

1 Subtotal $ X

2 Gastos Generales (sobre 1) %

3 Utilidad (sobre 1) %

4 Subtotal General (1+2+3) $

5 Impuestos %

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ANEXOS - EO Nº 432

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº94

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº96

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº97

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº98

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ANEXOS - EO Nº 432 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº99

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ANEXO I

Procedimiento de selección para personas inscriptas en el Registro de Aspirantes a Empleo Público dela Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS).

Título I

Del llamado al proceso de selección.

Capítulo I

Disposiciones Generales.

Artículo 1º.- Etapas. El proceso para seleccionar a personas con discapacidad inscriptas en el Registro deAspirantes a Empleo Público, dependiente de la COPIDIS comprenderá las siguientes etapas:

a. Llamado al proceso de selección.b. Inscripción y Recepción de los antecedentes de los aspirantes.c. Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales de los postulantes.d. Entrevista personal a cargo del Comité de Selección, en la que se evaluará la adecuación del

postulante al perfil del cargo.

Artículo 2º.- Inasistencia. La inasistencia por parte del postulante a cualquiera de las etapas, implicará suexclusión del proceso de selección.

Artículo 3°.- Aspirante. Postulante. A los efectos del presente proceso de selección se entiende por: a)“aspirante” a toda aquella persona que se presente al proceso de selección, y b) “postulante” a todo aquelaspirante que sea admitido al proceso de selección por reunir los requisitos mínimos de admisibilidadprevistos en el perfil para el cargo, detallado en el Anexo II de la presente norma.

Podrán presentarse como aspirantes al proceso de selección, todas aquellas personas con discapacidadinscriptas en el Registro de Aspirantes a Empleo Público, dependiente de la COPIDIS que acrediten lascondiciones exigidas en el perfil del cargo que se adjunta al presente como Anexo II.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 337 /MMGC/13

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº100

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Capítulo II

Del Comité de Selección

Artículo 4º.- Composición. El Comité de Selección estará compuesto por tres (3) miembros titulares y dos(2) suplentes.

Artículo 5º.- Atribuciones. El Comité de Selección tendrá las siguientes atribuciones:

a) Identificar a los aspirantes que reúnan los requisitos para cubrir el cargo vacante.

b) Evaluar los antecedentes curriculares y laborales de los postulantes.

c) Realizar una entrevista personal a los postulantes.

d) Elaborar el orden de mérito final de los postulantes y remitirlo al Ministro de Modernización paraque efectúe los respectivos nombramientos.

e) Resolver las impugnaciones que se interpusieren.

Artículo 6º.- Objetividad. Imparcialidad. Los integrantes del Comité de Selección deberán ajustarse a losprincipios de objetividad e imparcialidad, durante todo el procedimiento de la selección.

Capítulo III

De las Excusaciones y Recusaciones

Artículo 7º.- Excusación. Recusación. Los integrantes del Comité de Selección deberán excusarse opodrán ser recusados, únicamente por escrito y con expresión de causa, resultando de aplicación, a talefecto, los artículos 11º y 23º del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de BuenosAires.

Art. 8º.- Oportunidad. La excusación de los miembros del Comité deberá deducirse en ocasión delconocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante dentro de los dos (2) días hábiles administrativossiguientes al día de su inscripción.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las excusaciones y recusaciones deberáninterponerse dentro del plazo de dos (2) días hábiles contados a partir de su conocimiento.

Artículo 9º.- Traslado. De la recusación se dará traslado al recusado para que haga su descargo en el plazode tres (3) días hábiles administrativos.

Las recusaciones y excusaciones interpuestas serán sustanciadas y resueltas por los miembros del Comité de

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 337 /MMGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº101

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Selección que no hubiesen sido recusados.

El plazo para resolver las recusaciones será de cinco (5) días hábiles administrativos, contados desde lapresentación del descargo efectuado por el recusado.

En caso de que se haga lugar a la recusación interpuesta, y únicamente a los fines de la evaluación delrecusante, el/los integrante/s del Comité de Selección que fuera/n recusado/s, será/n remplazado/s pormiembro/s suplente/s.

En el caso de ser rechazada la recusación la decisión podrá ser recurrida por escrito y con la debidafundamentación, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos de comunicado dicho rechazo.

El recurso será resuelto por el Señor Ministro de Modernización.

Título II.

Del Proceso de Selección.

Capítulo I

De la etapa de inscripción.

Artículo 10.- Inscripciones. Las fechas, horarios y lugar de inscripción son los fijados en el Artículo 4º delllamado al presente proceso de selección.

Artículo 11.- Formulario. Contenido. Alcance. En el momento de la inscripción se deberá presentar laimpresión de la Ficha de Inscripción cuyo modelo se adjunta como Anexo III de la presente Resolución.Los aspirantes podrán retirar la Ficha de Inscripción de la sede de la COPIDIS, sita en Av. Roque SaenzPeña 832, piso 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La misma deberá completarse sin dejar blancos, no admitiéndose raspaduras o enmiendas, debiéndosecruzar con una línea el renglón o espacio correspondiente al ítem para el que no se consigne dato alguno yestar firmada por el aspirante.

La Ficha de Inscripción tiene carácter de declaración jurada y cualquier falsedad dará lugar a la exclusióndel aspirante durante cualquier instancia del proceso de selección.

Artículo 12.- Documentación. Al momento de la inscripción deberán presentarse original y dos juegos decopias de la siguiente documentación:

Ficha de Inscripción.Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.Certificado de Discapacidad.Constancia de Inscripción al Registro de Aspirantes a Empleo Público (COPIDIS).Titulo requerido.Certificados de programas, cursos, congresos, jornadas o capacitaciones de instituciones dereconocido prestigio, solo en caso de corresponder.

La exhibición de los originales de la documentación aportada por el postulante podrá ser exigida por losmiembros del Comité, durante cualquier instancia del proceso de selección.

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 337 /MMGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº102

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Todas las hojas deben ser debidamente firmadas por el aspirante.

El Comité de Selección podrá solicitar a los aspirantes que acompañen un Certificado de Historial Laboralemitido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en los casos que estimecorresponder.

Artículo 13.- Aceptación del Proceso de Selección. La presentación de la Ficha de Inscripción implicará,por parte del aspirante el conocimiento y la aceptación del presente proceso de selección.

Artículo 14.- Prohibición. Requisito de admisibilidad. No se aceptarán solicitudes de inscripción deaspirantes que se encuentren en condiciones de ser intimados a iniciar los trámites jubilatorios, conforme loprevisto por el artículo 61° de la Ley Nº 471.

Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan en el presente llamado, para acceder a los cargos elaspirante deberá cumplir las condiciones de admisibilidad previstas en los artículos 7º y 12 de la Ley Nº471 y en los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Resolución Nº2778/MHGC/10.

Artículo 15.- Constancia de Recepción. La Oficina Receptora de las inscripciones extenderá unaconstancia de la recepción debidamente conformada, en la que se consignará la fecha y hora de recepción yel total de hojas presentadas.

Artículo 16.- Vencimiento del Plazo. Vencido el plazo de inscripción, no se recibirán Fichas deInscripción. El Comité de Selección revisará si los aspirantes cumplen con las condiciones de admisibilidadexigidas en el presente llamado.

Artículo 17.- Exclusión. Aquellos aspirantes que no cumplan con las condiciones mínimas deadmisibilidad exigidas, serán excluidos del proceso de selección.

Artículo 18.- Acta. Efectuado el control, el Comité de Selección labrará un acta en la que hará constar lanómina de postulantes y de aspirantes excluidos. La misma se pondrá a disposición de cualquier interesadoen la sede de la COPIDIS y se publicará en la cartelera del mencionado organismo.

Capítulo II

Evaluación de Antecedentes.

Artículo 19.- Evaluación de antecedentes. Por sus antecedentes, los postulantes serán calificados con unmáximo de quince (15) puntos, de acuerdo a los siguientes parámetros:

Antecedentes laborales similaresal cargo concursado.

De 2 a 3 años 4 puntosDe 3 a 5 años 6 puntosMás de 5 años 10 puntos

Programas, Cursos, Congresos y/o

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 337 /MMGC/13 (continuación)

Nº 4156 - 20/05/2013 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº103

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Antecedentes curriculares.Jornadas en el Instituto Superior

de la Carrera o en instituciones dereconocido prestigio. (Se

evaluarán hasta 5)

5 puntos

Capítulo III

De la entrevista personal.

Artículo 20.- Entrevista personal. En la entrevista personal a cargo del Comité de Selección se evaluarála adecuación del postulante al perfil del cargo, conforme los lineamientos fijados en el Anexo II de lapresente Resolución. Los postulantes serán calificados con un máximo de veinticinco (25) puntos.

Una vez finalizadas las entrevistas, el Comité de Selección labrará un acta en la que hará mención de lospostulantes que se presentaron, y los puntajes obtenidos por los mismos. El acta mencionada será puesta adisposición de cualquier interesado en la sede de la COPIDIS y se publicará en la cartelera del mencionadoorganismo.

Capítulo IV

Orden de mérito definitivo

Artículo 21.- Orden de mérito definitivo. Una vez finalizadas las entrevistas personales, el Comité deSelección labrará un acta estableciendo el orden de mérito definitivo resultante de la sumatoria del puntajeobtenido por los postulantes en la evaluación de antecedentes y en la entrevista personal.

Artículo 22.- Publicación. El orden de mérito definitivo conjuntamente con el puntaje resultante de laevaluación de antecedentes y de la entrevista personal, será puesto en conocimiento de los postulantesmediante notificación fehaciente a cada uno de ellos. Asimismo, será puesto a disposición de cualquierinteresado en la sede de la COPIDIS.

Artículo 23.- Impugnación. Dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación, los postulantes podránimpugnar el orden de mérito definitivo ante el Comité de Selección, el que deberá expedirse dentro de loscinco (5) días hábiles siguientes.

Las impugnaciones sólo podrán basarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en laexistencia de arbitrariedad manifiesta.

No serán considerados los que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con elpuntaje adjudicado.

Artículo 24.- Remisión al Ministro de Modernización. Ratificado o rectificado el orden de mérito

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definitivo, el Comité de Selección remitirá un informe con todos los antecedentes al Ministro deModernización, quien deberá coordinar con la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto la realización delos trámites por ésta requeridos e instrumentar las gestiones previstas por los artículos 7º y 12 de la Ley Nº471 y, los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Resolución Nº2778/MHGC/10, previo a efectuar el respectivo nombramiento.

Artículo 25.- Designación. El señor Ministro de Modernización podrá nombrar, hasta cubrir la cantidad decargos concursados, a aquellos postulantes que integrando el Orden de Mérito Definitivo, hayan obtenido almenos veinte (20) puntos en la sumatoria de las dos instancias de evaluación mencionadas en los artículos19 y 20 de la presente Resolución.

Artículo 26.- Recursos. Contra el acto de designación, podrán interponerse los recursos administrativosprevistos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lainterposición de los recursos no suspenderá la ejecución y efectos del acto de designación.

Artículo 27.- Requisitos para la designación. La designación en la Planta Permanente del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires se efectuará luego de cumplimentados los requisitos establecidos en losartículos 7º y 12 de la Ley Nº 471 y, en los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajohomologado por Resolución Nº 2778/MHGC/10 y demás normas vigentes en la materia.

Artículo 28.- Baja automática. Constancia certificada. Cuando el/la postulante propuesto/a perteneciesea la planta permanente de algún organismo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sudesignación en la planta permanente del Ministerio de Modernización supondrá la baja automática y deoficio por incompatibilidad en el cargo de planta permanente que mantenía conforme determina el artículo12 de la Ley Nº 471.

Si el/la postulante propuesto/a fuera agente de planta permanente de algún organismo del orden nacional,provincial o municipal, deberá acompañar previo al ingreso a la dotación del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, la constancia certificada de la aceptación de la renuncia por parte delorganismo en que se desempeñase.

Artículo 29.- Agentes designados. Los Agentes designados deberán asumir su cargo dentro del plazo desesenta (60) días corridos, computados a partir del día en que fueran notificados de su designación.

Artículo 30.- El ingreso se efectuará en el primer tramo y nivel escalafonario del agrupamientocorrespondiente, según lo dispuesto por el Decreto Nº 986/GCBA/04.

ANEXO II

Perfil

Nombre del cargo AdministrativoAtención al público.

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Responsabilidades

del cargo

Atención telefónica.Carga de novedades en diversos sistemas electrónicoshabilitados.Redacción de informes / documentos / minutas.Análisis de información vinculada a la repartición.Proveer asistencia general a la oficina (fotocopiado, escaneo,recepción y distribución de documentos).Realizar el seguimiento de los trámites que se generan en laoficina hasta su resolución, informando de los desvíos quepudiera ocurrir.Preparación de presentaciones.Solicitar presupuestos.Administración de archivo de documentos electrónicos y físicos.

Horario de trabajo 35 horas semanales (7 horas diarias)

REQUISITOS PARA EL CARGO

Nivel

Educativo

Título Secundario. (Excluyente)

Otros estudios

(Deseable)

Se valorarán Programas, Cursos, Congresos y/oJornadas en el Instituto Superior de la Carrera o eninstituciones de reconocido prestigio relacionadoscon el cargo concursado.

Experiencia

Laboral Acreditada

Contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia, preferentementeen organismos públicos, en tareas administrativas y/o de atención alpúblico. (Excluyente)

Nivel informático Windows Office.

Habilidades

requeridas

Vocación de servicio.Tolerancia al trabajo bajo presión.Capacidad de análisis.Capacidad de expresión verbal y escrita.Trabajo en equipo.Realizar tareas en forma autónoma.

ANEXO III

FICHA DE INSCRIPCIÓN

1. DATOS PERSONALES Apellido/s y Nombre/s: Nº y Tipo de Documento (DNI, LE, LC): Nº de CUIT/CUIL:

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Fecha de Nacimiento:

Domicilio Real: Nº Piso Dpto.

Código Postal: Localidad:

Domicilio Constituido en la C.A.B.A.(*): Nº Piso Dpto.

Código Postal: Localidad: Teléfono Particular: Otro teléfono: Correo Electrónico: ¿Posee certificado de discapacidad expedido por autoridad competente? Sí No

¿Cumple con las condiciones de admisibilidad dispuestas por el art. 14 del Procedimiento de Selección? Sí No

(*)Los aspirantes deberán denunciar su domicilio real. Asimismo para todos los efectos del presenteproceso de selección, deberán constituir domicilio especial dentro del perímetro de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, donde resultarán válidas todas las notificaciones que deben realizarse. Si el domicilioreal se encuentra dentro del perímetro de la C.A.B.A. podrá coincidir con el domicilio especial.

2. FORMACIÓN ACADÉMICA

ESTUDIOS AÑO EXPEDICIÓN TÍTULO OBTENIDO ESTABLECIMIENTO Universitario Terciario Secundario 3. EXPERIENCIA LABORAL Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso: Fecha de Egreso: Nombre del Puesto:

Tareas desarrolladas:

Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso: Fecha de Egreso: Nombre del Puesto:

Tareas desarrolladas:

Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso: Fecha de Egreso: Nombre del Puesto: Tareas desarrolladas:

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Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso: Fecha de Egreso: Nombre del Puesto:

Tareas desarrolladas:

Información adicional:

4. CAPACITACIONES

(Certificados de programas, cursos, congresos, jornadas o capacitaciones de instituciones dereconocido prestigio que tengan directa relación con el cargo al que postula)

Curso / Nombre de la actividad:…………………………………………………………………………………………………………....

………………………………………………………………………………………………………….……………………………………………………………………………………………………………….

Organismo:……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

Fecha: ............/………./………….Nro. Horas: ……………………………….Lugar (País): …………….………………………………………………………………………………………………

Curso / Nombre de la actividad:…………………………………………………………………………………………………………....

………………………………………………………………………………………………………….……………………………………………………………………………………………………………….

Organismo:

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……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

Fecha: ............/………./………….Nro. Horas: ……………………………….Lugar (País): …………….………………………………………………………………………………………………

Curso / Nombre de la actividad:…………………………………………………………………………………………………………....

………………………………………………………………………………………………………….……………………………………………………………………………………………………………….

Organismo:……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

Fecha: ............/………./………….Nro. Horas: ……………………………….Lugar (País): …………….………………………………………………………………………………………………

Curso / Nombre de la actividad:…………………………………………………………………………………………………………....

………………………………………………………………………………………………………….……………………………………………………………………………………………………………….

Organismo:……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

Fecha: ............/………./………….Nro. Horas: ……………………………….Lugar (País): …………….………………………………………………………………………………………………

Curso / Nombre de la actividad:…………………………………………………………………………………………………………....

………………………………………………………………………………………………………….……………………………………………………………………………………………………………….

Organismo:……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

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Nombre y Apellido del aspirante: ………………………………………………………………

DNI: …………………………………………………………………………………………….....

Fecha: ............/………./………….Nro. Horas: ……………………………….Lugar (País): …………….………………………………………………………………………………………………

5. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA / DEBERÁ PRESENTAR ORIGINAL Y 2COPIAS (Reservado para completar por la oficina receptora)

Datos Personales Documento de Identidad (1º y 2º hoja) original y 2(dos) copias 1

Educación

Títulos Universitarios (Original y 2 (dos) copias) 1

Títulos de Estudios Terciarios (Original y 2 (dos)copias) 1

Titulo Secundario (Original y 2 (dos) copias) 1

Diplomas/ Certificados de Capacitaciones (Originaly 2 (dos) copias) 1 2 3 4

5

Información adicional

Constancia de Inscripción en el Registro deAspirantes a Empleo Público de la Comisión parala Plena Participación e Inclusión de Personas conDiscapacidad (COPIDIS). (Original y 2 (dos)copias)

1

Certificado de discapacidad. (Original y 2 (dos)copias) 1

Yo, el abajo firmante, declaro bajo juramento, haber completado con información verídica y comprobable elpresente formulario. Declaro conocer que todo el contenido del presente reviste el carácter de declaraciónjurada y que cualquier falsedad dará lugar a la exclusión del proceso de selección, cualquiera sea la instanciaen la cual se encuentre.

Declaro que he presentado, junto con el presente, los documentos originales y dos juegos de copias de ladocumentación detallada en el punto 5.

Declaro conocer y aceptar las condiciones establecidas para el presente proceso de selección.

Buenos Aires, ……./……./ 2013 Hora: Nº de fojas:

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