anexo 9 plan de prevencion de riesgos y medio ambiente

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ANEXO Nº9 PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MEDIO AMBIEMTE – PLANTA ASFALTICA “Planta de Asfalto, sector San Guillermo, Puente alto” Constructora Asfalcura S.A.

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ANEXO Nº9 PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MEDIO

AMBIEMTE – PLANTA ASFALTICA

“Planta de Asfalto, sector San Guillermo, Puente alto”

Constructora Asfalcura S.A.

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CUMPLIMIENTOS LEGALES Y

GESTIÓN DE EMPRESA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS

PARA SER EJECUTADO EN EL TRASLADO Y MEJORA PLANTA DE

ASFALTO ASFALCURA S.A

CONSTRUCTORA ASFALCURA S.A.

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POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE Constructora Asfalcura S.A. considera como valor estratégico fundamental la protección de sus recursos humanos y materiales, frente a los riesgos que puedan resultar de los diferentes procesos e instalaciones. Consecuente con lo anterior Constructora Asfalcura S.A. considera como aspectos básicos de su política:

1. La responsabilidad por la seguridad y salud es de todos y cada uno de quienes componen la estructura de nuestra organización, considerando para ello que ninguna labor es tan importante y ningún servicio tan urgente que impida realizar el trabajo con seguridad.

2. Cada trabajador es responsable de velar activamente por su propia

seguridad y la de sus compañeros, y de realizar permanentemente las prácticas de trabajo seguro en cumplimiento al Plan de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente.

3. Es responsabilidad de la línea de mando de nuestra empresa el logro de los

objetivos y metas planteadas, por lo que fomentar el trabajo en equipo, el compromiso y una actitud pro activa serán valores fundamentales de quienes ejercen este liderazgo.

4. Los planes y programas implementados deben estar orientados al control

efectivo de las pérdidas y su cumplimiento permitirá el desarrollo de un mejoramiento continuo de los procesos.

5. Es necesario determinar, evaluar y administrar cualquier impacto que

nuestros procesos productivos produzca hacia EL Medio Ambiente y comunidades vecinas.

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6. Las empresas contratistas, subcontratistas y proveedores que participan en

los diferentes procesos deberán conocer y aceptar el compromiso de cumplimiento de la presente política.

7. Las actividades de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional son

consideradas como parte integral de la gestión, siendo responsabilidad de la línea ejecutiva disponer de los recursos necesarios para el desarrollo seguro de los procesos productivos.

La Gerencia General requiere la participación decidida y pro activa de todos los trabajadores de la organización para la consecuente aplicación de las políticas de modo que identifique a nuestra empresa como una organización responsable y comprometida con la seguridad y salud de las personas y comunidades vecinas.

EDUARDO AGUIRRE CABRERA GERENTE GENERAL

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VISION Ser empresa líder en efectividad y relación con el cliente, en el mercado del desarrollo y mantenimiento vial, de reconocida calidad, capacidad de respuesta y atención personalizada, asegurando de esta forma la rentabilidad de la empresa.

MISIÓN Solucionar de forma efectiva, rentable, sustentable e innovadora los requerimientos de clientes comprometidos con la mejora de la conectividad vial en proyectos nuevos y de mantenimiento, basado principalmente en la competencia y compromiso de las personas que formamos parte del equipo de trabajo y de nuestros proveedores.

NUESTRA SEGURIDAD Nos ocupamos de la integridad de nuestro personal, minimizando los riesgos de las operaciones, cumpliendo las estipulaciones de la legislación vigente y los requisitos técnicos y operativos exigidos por nuestros clientes. Implementamos la metodología de trabajo, según lo indica nuestro sistema de gestión de calidad, inculcamos en toda la organización una cultura de urbanidad representada en los valores de prevención, calidad y protección del medio ambiente.

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1.- COMPROMISO DIRECTIVO EN RELACIÓN A LA PREVENCIÓN DE RIESGO PROFESIONAL.

PROPÓSITO GENERAL: Definir y elaborar por parte de la Gerencia de la empresa la Política de Prevención de Riesgos Operacionales estableciendo con claridad los objetivos a alcanzar. 1.1- El nivel gerencial de la empresa manifestará claramente a través de una Política de Prevención de Riesgos Profesionales y Política de Medio Ambiente el espíritu y objetivos a alcanzar sobre la materia. 1.2- Definida la Política, esta será transmitida a todos y cada uno de los componentes de la empresa, en especial a su personal de supervisión, para que adquieran el compromiso en la gestión de control de los riesgos operacionales y ejerzan un efectivo liderazgo en las obras que deban ejecutar. 1.3- Para difundir, transmitir y divulgar la Política de Control de Riesgos Operacionales se hará a través de: a) Instrucciones de Hombre Nuevo. b) Charla de 5 minutos. c) Folletos – Impresos d) Pizarras Informativas 2.- ESTANDARES SOBRE LA LEGISLACIÓN GENERAL APLICABLE. PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a todas las disposiciones legales vigentes, que por sus características son aplicables a toda empresa, independiente del tipo de actividad, obra a faena a ejecutar. Los contenidos de la presente sección son los siguientes: 2.1 OBLIGATORIEDAD DEL SEGURO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.

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2.2 REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD. 2.3 DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. 2.4 RESPONSABILIDADES DENTRO DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

2.5 PROGRAMA ESPECÍFICO DE CONTROL

2.6 COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD. 2.7 CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES EN LOS LUGARES DE TRABAJO. 2.8 PRIMEROS AUXILIOS

2.9 CONTROL DE SALUD.

2.10 INSTRUCTIVO EN CASO DE ACCIDENTE 2.11 ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. 2.12 ESTADÍSTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. 2.13 ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PRESCRITAS. 2.14 ENTRENAMIENTOS Y CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. 2.15 RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LA MANIPULACIÓN DE ASFALTO. 2.1.- OBLIGATORIEDAD DEL SEGURO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES. PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1 y 2 de la Ley 16.744 que declara obligatorio el Seguro contra Accidente del Trabajo y Enfermedades Profesionales, para todo trabajador por cuenta ajena, cualesquiera que sean sus labores que ejecuten, sean ellas manuales o intelectuales. Toda obra o faena deberá contar con:

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2.1.1 Contrato de Trabajo vigente de todo su personal. 2.1.2 Pago del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales a una

Mutualidad, el cual tendrá la siguiente información:

a) Nombre de la Empresa b) Dirección de la Empresa c) R.U.T. Empresa d) Fono de la Empresa e) Nombre de la obra o faena f) Fono de la faena g) % Cotización a cancelar h) Número de adherente i) Nº de trabajadores del mes j) Remuneración imponible k) Monto a cancelar l) Mutual a la cual pertenece

2.1.3 Copia del pago correspondiente, deberá ser almacenada por Recursos Humanos de la Constructora.

2.2.- REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD. PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 153 Código del Trabajo D.F.L. Nº1 que indica que las empresas industriales o comerciales que ocupen normalmente 10 o más trabajadores permanentes, están obligadas a elaborar un Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad. El Art. 14 Ley 16.744 establece que toda empresa estará obligada a establecer y mantener al día un reglamento Interno de Higiene y Seguridad, cuyo cumplimiento será obligatorio para los trabajadores.

- Elaboración y/o actualización del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

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- Certificado de aprobación y/o ingreso del Reglamento ante el Servicio de Salud.

- Carta de ingreso del Reglamento ante la Dirección del Trabajo correspondiente.

- Elaboración de ejemplares impresos que contengan el texto del reglamento, en cantidades necesarias para todos los trabajadores de la empresa.

- La empresa entregará al momento de contratar al trabajador en forma gratuita, un

ejemplar del reglamento. Se anexará al Contrato de trabajo una copia firmada por el trabajador, que acredite su entrega.

- En lugares visibles de la empresa, sucursal o faena se publicará un extracto del

Reglamento para el conocimiento de todo el personal. 2.3.- DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE ASFALCURA. PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 66 de la Ley 16.744 y al Art. 8 Título III Decreto Nº 40. Toda empresa, obra o faena que ocupe más de 100 trabajadores deberá contar con un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales dirigido por un experto en la materia. El Departamento de Prevención de Riesgos de la empresa realizará las siguientes actividades:

- Reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes y/o enfermedades profesionales.

- Control de los riesgos en el ambiente y medios de trabajo.

- Acción educativa y de adiestramiento de los trabajadores sobre Prevención de Riesgos y Medio Ambiente.

- Registro de información y evaluación estadística de los resultados.

- Definir y satisfacer las necesidades de compra, stock y uso efectivo de los equipos de Protección Personal.

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- Controlar el cumplimiento de adopción de medidas de seguridad prescritas por los organismos de fiscalización (Mutuales, Servicio de Salud, Dirección del Trabajo, ITO. , Mandantes, otros)

- Asesoramiento técnico a los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

- Dar cumplimiento a todas las disposiciones legales vigentes que rigen o regirán a futuro a la Prevención de Riesgos Profesionales.

- Elaborar y poner en práctica al inicio de cada obra o faena el Programa de Prevención de Riesgos Profesionales.

Designar en conjunto con el administrador de la obra, el personal que realizará la función de:

a) Experto del Departamento visitador.

b) Experto a tiempo completo en obra

c) Experto y/o Supervisor a tiempo parcial.

2.4.- RESPONSABILIDADES DENTRO DEL PROGRAMA DE CONTROL DE RIESGOS OPERACIONALES. 2.4.1.- Gerencia de Asfalcura S.A. tiene una responsabilidad fundamental dentro de este

Programa, ya que:

- Ha decidido impulsarlo incorporando a todo el personal, para lo cual entregará los recursos necesarios para su funcionamiento.

- Dará a conocer la Política de Protección de Recursos a toda la organización, ejerciendo

un liderazgo efectivo y motivador.

- Apoyará la implantación y puesta en marcha del Sistema de Gestión en Prevención de Riesgos Laborales, Medio Ambiente y Calidad, entendiendo lo relevante que es incorporar la Seguridad Industrial a las Plantas, Proyectos Constructivos en su fase de diseño y de funcionamiento.

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2.4.2.- Los Administradores de Planta son responsables de:

- Difundir y hacer cumplir tanto la Política de Protección de Recursos de la empresa como controlar el desarrollo del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Operacionales, Medio Ambiente y Calidad.

- Motivar a su línea de mando, buscando en ellos mejorar su conducta en favor de la

Prevención de Accidentes, Medio Ambiente y Calidad.

- Llevar un estricto control de la siniestralidad de sus faenas. Participar en el control de las Denuncias de accidentes.

- - Desarrollar técnicas preventivas, orientadas al control de los riesgos que puedan

provocar Accidentes del Trabajo y/o Enfermedades Profesionales, como son la realización de reuniones con la línea de mando, inspecciones a las condiciones físicas de terreno dentro de las cuales se debe destacar las medidas para evitar las caídas desde altura, control y combate de incendios, etc.

- Hacer cumplir a las empresas Subcontratistas, el Reglamento de Seguridad para

subcontratistas, así como con las normativas y procedimientos establecidos.

- Promover el desarrollo de actividades de Capacitación del personal, tanto a nivel de Línea de Mando, como de trabajadores en general, entregando los recursos y base material para alcanzar los objetivos de la instrucción.

- Cumplir con la implantación de los Procedimientos Internos de Asfalcura S.A.

- Controlar que el programa de emergencias de la planta disponga de todos los recursos

necesarios para su funcionamiento.

- Cumplir con las recomendaciones emanadas por parte del Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de la constructora, Comité Paritario, A.CH.S. y Organismos Fiscalizadores.

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2.4.3.- Los Jefes de despacho deben:

- Participar en reuniones de planta. - Desarrollar técnicas preventivas, de acuerdo a los estándares del Sistema de Gestión,

como Charlas, Inspecciones de terreno y observaciones a trabajadores periódicamente con el objetivo de detectar y controlar riesgos en la obra fundamentalmente lo relacionado a caídas desde altura, riesgos de electrocución, y prevención de incendios entre otras.

- Es el responsable del cumplimiento de las normas de seguridad de todos los camiones

subcontratistas, tanto como la documentación pertinente y el uso de sus elementos de protección personal.

- Verificar la realización de simulacro en caso de incendio, terremoto, etc.

2.4.4.- Los Jefes de Planta deben:

- Cumplir las actividades (técnicas preventivas) definidas en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos, Medio Ambiente y Calidad, como Charlas de 5 min. y operacionales a sus trabajadores, Inspecciones GEMA, Investigaciones de accidentes, recambio de los EPP de sus trabajadores.

- Velar por que la planta trabaje en perfectas condiciones y avisar de cualquier desperfecto.

2.4.5.- Los operadores de Planta deben:

- Utilizar todos sus elementos de protección personal y solicitar al jefe de planta elementos nuevos cuando estas se deterioren.

- Actividades (técnicas preventivas) definidas en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos, Medio Ambiente y Calidad, como Charlas de 5 min. y operacionales a sus trabajadores, Inspecciones GEMA, Investigaciones de accidentes, recambio de los EPP de sus trabajadores.

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2.4.6.- Los jornales deben:

- Asumir una conducta de auto-cuidado permanente, ayudando al control de los riesgos en las plantas.

- Cumplir los procedimientos, estándares de operación e instrucciones impartidas por las

Jefaturas.

- Cuidar y utilizar en todo momento de acuerdo al riesgo al que será sometido, los elementos de protección personal que se le han asignado.

- El recambio de los elementos de protección personal, se hará solo con un vale de

solicitud generado por el supervisor, entregando el elemento deteriorado a cambiar. - Denunciar inmediatamente la ocurrencia de un accidente del trabajo a su jefe directo u a

otra jefatura.

- Deben dar a conocer a su jefe directo, la existencia de condiciones de riesgo en la planta, que puedan provocar pérdidas o lesiones a las personas.

- Participar activamente en los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad si son miembros.

- Participar en las actividades de Capacitación que se desarrollen en la obra.

- Mantener limpio y ordenado tanto su lugar de trabajo como baños, comedores, etc.

2.4.7.- El Departamento de Prevención de Riesgos debe:

- Coordinará las acciones con el Departamento de Prevención de Riesgos de Asfalcura S.A

- Generar un informe de mensual de seguridad, evaluando el desempeño general de la obra, involucrando la actitud de toda la línea de mando en el cumplimiento de las actividades programadas en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos, Medio Ambiente y Calidad. Informe que será analizado por Gerencia.

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- Asesorará y colaborará con los supervisores, Comité Paritario de la obra y trabajadores en la detección de los peligros, evaluación de los riesgos, en el desarrollo de las actividades del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Medio Ambiente y Calidad y la aplicación de medidas preventivas.

- Organizará actividades de capacitación para la planta.

- Debe llevar a cabo un control de las estadísticas de la planta.

- Elaborar un plan de emergencia, una brigada de emergencias y un simulacro.

- Cumplir las recomendaciones de los Organismos Fiscalizadores, A.CH.S.

2.4.8.- Los monitores de seguridad deben:

- Verificar la realización y firma por parte de los trabajadores de las charlas diarias de 5 y las demás verificaciones contenidas en el formato.

- Mantener limpio y ordenada la zona de trabajo.

- Observar, exigir el uso y solicitar los EPP cuando existan trabajadores con los elementos en malas condiciones o sin estos.

- Verificar la aplicación de bloqueador solar y la firma por parte del trabajador del formato.

- Verificar e informar la existencia de agua potable en terreno para el consumo de los trabajadores.

- Verificar e informar la presencia de baños y su estado de limpieza.

- Dar aviso de cualquier condición o acción insegura que observe en detalle y llevar a cabo un control de las estadísticas de la planta.

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2.5.- PROGRAMA ESPECÍFICO DE CONTROL DE RIESGOS OPERACIONALES

El Programa de Control de Riesgos Operacionales, está concebido como una herramienta de gestión operacional, destinado a superar en forma sistemática y permanente las debilidades, fallas u omisiones que pudieran estar afectando el control directivo sobre los riesgos. El Liderazgo ejercido por la supervisión es de primera importancia, por lo tanto, en el desarrollo del presente Programa de Gestión de Prevención de Riesgos Operacionales se debe manifestar en forma evidente y fundamental, tanto cuantitativa como cualitativamente, con el propósito de crear un ambiente de participación de todos los trabajadores.

PLANES DE ACCION DEL PROGRAMA

2.5.1.- Actividades de la Supervisión: Este Plan de Acción será desarrollado por los Profesionales Administradores, Jefe de despacho, Jefe de Planta. • Los Administradores de Planta deben realizar: Inspecciones Planeadas (GEMA): una semanal a las condiciones de terreno.

El Administrador deberá: firmar las Declaraciones Individuales de Accidentes del trabajo

o Enfermedades Profesionales. Participar en reuniones de seguridad con la línea de mando.

Participar en reuniones de coordinación seguridad con Subcontratistas:1 mensual.

Controlar o evaluar el cumplimiento del programa mensualmente.

• Los Jefes de despacho deben realizar Inspecciones Planeadas (GEMA): una semanal a las condiciones de terreno.

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Instrucción a los choferes de camiones de servicio de transporte de asfalto: 1 mensual. • Los Jefes de Planta deben realizar: Inspecciones Planeadas (GEMA): 1 semanal.

Charlas de 5 minutos: 1 semanal.

Investigación de Accidentes: Cada vez que ocurran.

Cumplir con los procedimientos de operación y normas internas en forma permanente:

Cuando corresponda. • Asesor en Prevención de riesgos: Elaborar sistema de registro de la siniestralidad de la empresa: Mensual.

Inspecciones planeadas (GEMA):1 semanal.

Instruir al personal con relación a los procedimientos de operación y normativas

internas: Permanente. Realizar auditorías al programa de prevención: Mensual.

Coordinar evaluaciones de Higiene ocupacional en la Planta, al personal expuesto a

riesgos: Una vez. Participar en reuniones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad de Asfalcura: Cuando

corresponda 2.5.2.- Comité paritario de Higiene y seguridad: Reunión ordinaria:Mensual.

Investigación de Accidentes: Cuando corresponda.

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Inspecciones a terreno: Quincenales. Inspecciones enfocadas a las actividades Críticas: Quincenales.

Control de elementos de protección personal: Semanal.

Elaborar pizarra informativa: Una vez.

Difundir temas tratados en reunión:Mensual.

2.6.- COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE ASFALCURA S.A.

PROPÓSITO GENERAL: Se deberán adoptar las medidas necesarias para la constitución y funcionamiento de un Comité Paritario de Asfalcura, cuando el total de trabajadores que prestan servicios en la empresa, obra, faena o servicios propios de su giro, cualquiera sea su dependencia, sean más de 25 entendiéndose que los hay cuando dicho número se mantenga por más de treinta días. 2.6.1 El Comité Paritario de Higiene y Seguridad de obra o faena estará compuesto por:

- 3 Representantes designados directamente por la empresa. - 3 Representantes elegidos por los trabajadores. La elección será mediante votación

secreta y directa (podrán participar todos los trabajadores incluyendo a subcontratistas). - Se levantará un Acta en triplicado dejando constancia de los elegidos y los votos. - Se enviará copia a la Inspección del Trabajo de la comuna correspondiente (adjuntar

copia). - Se enviará copia a la Mutual de Seguridad afiliada (adjuntar copia). - Una copia quedará en el archivo del Comité Paritario. - El Comité designará entre sus miembros a un Presidente y un Secretario. - Gozará de fuero hasta el término del mandato uno de los representantes de los

trabajadores que será designado por los propios representantes de los trabajadores. Este lo amparará solo durante la vigencia del respectivo contrato, sea a plazo fijo, por obra o a plazo indefinido. Si en la empresa hay más de un Comité gozará de fuero solo el representante del 1º Comité elegido.

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2.6.2.- El Comité se reunirá en forma ordinaria una vez al mes:

- El Comité se reunirá cada vez que ocurra un accidente fatal o grave en la empresa o faena.

- Las reuniones se efectuarán en horas de trabajo. - Quedará constancia de lo tratado en cada reunión, en actas firmadas por los presentes. - El acta deberá ser difundido en pizarra informativa.

2.6.3.- Funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad:

- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los equipos de protección.

- Indicar la adopción de medidas de higiene y seguridad que sirvan para prevenir los riesgos.

- Vigilar el cumplimiento de las medidas tanto por parte de la empresa como de los trabajadores.

- Investigar las causas de los accidentes ocurridos, del trabajo y enfermedades profesionales.

- Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.

- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinado a la capacitación del personal.

- Cumplir las demás funciones que le encomiende el organismo administrador respectivo.

2.6.4.- Las decisiones y acuerdos del Comité adoptadas en el ejercicios de sus atribuciones, serán obligatoria para la empresa y los trabajadores. El Experto formará parte del Comité, sin derecho a voto, pudiendo delegar sus funciones.

2.6.5.- Los miembros del Comité tendrán una Capacitación que podrá ser impartida por la

Mutual y/o el Departamento de Prevención de Riesgos de la Obra.

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2.7.- CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES EN LOS LUGARES DE TRABAJO

PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 594 que obliga a la empresa a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales para proteger la vida y salud de sus trabajadores. Corresponderá a los Servicios de Salud, fiscalizar y controlar el cumplimiento de estas materias. 2.7.1.- De la provisión de agua potable:

- Todo lugar de trabajo contará, individual y colectivamente, con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal.

- Cualesquiera sean los sistemas de abastecimiento, el agua potable deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos y bacteriológicos establecidos en el Decreto Nº 594.

- En las faenas de carácter transitorio donde no exista servicio de agua potable, se deberá mantener una dotación mínima de 100 litros de agua por persona.

- La autoridad sanitaria podrá autorizar una cantidad menor de agua (min. 30 lts/días/persona).

- En todo lugar de trabajo que cuente con un sistema propio de abastecimiento, este deberá contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria.

- El consumo de agua en terreno se hará a través de dispensadores que contarán con: - Rotulación que indique Agua Potable. - Mantención y limpieza diaria.

2.7.2 De los servicios higiénicos: Todo lugar de trabajo dispondrá de los Servicios Higiénicos Mínimos dispuestos en la Tabla 1.

- Cuando la naturaleza del trabajo implique contacto con sustancias tóxicas, o cause suciedad temporal, se dispondrá de duchas con agua fría y caliente para los afectados.

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- Si se emplea un calentador a gas, este estará provisto de chimenea de descarga de los gases hacia el exterior, y será instalado fuera del recinto de los servicios higiénicos

o Los servicios higiénicos estarán provistos de: Papel higiénico. o Jabón líquido.

2.7.3 De los guardarropía:

- Todo lugar de trabajo donde el tipo de actividad requiera el cambio de ropa, debe estar dotado de un recinto destinado a vestuario.

- El recinto contará con una ventilación adecuada. - Cuando trabajen hombres y mujeres, estos deberán ser independientes y separados. - Se dispondrá de casilleros y guardarropas en número igual a los trabajadores

contratados. - Cuando los trabajadores estén expuestos a sustancias tóxicas o infecciosas, estos

contarán con dos casilleros separados (uno para la ropa de trabajo y otro para su vestimenta).

2.7.4 De los comedores:

- Cuando por naturaleza del trabajo que se realiza, los trabajadores deben consumir alimentos en el lugar de trabajo, se dispondrá de un comedor para este propósito.

- Estará completamente separado de las áreas de trabajo y fuentes de contaminación. - El recinto contará con una ventilación adecuada. - El recinto contará con una iluminación adecuada. - El comedor estará provisto de mesas con cubiertas de material lavable. - El comedor tendrá pisos lisos y fáciles de limpiar. - El comedor estará provisto de un lavaplatos que permita al personal lavar sus utensilios. - Se dispondrá de uno o más calentadores de comida para satisfacer al personal. - La instalación del servicio de gas, se hará en cumplimiento a las normas vigentes. - El recinto que albergará los balones de gas deberá estar aislado, tanto del personal como

de fuentes de combustión y/o calor. - Si por otras razones no se puede contar con comedor en la zona de trabajo se enviarán a

los trabajadores a un restauran.

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2.7.5. Del aseo y mantención sanitaria de las dependencias de la Planta:

- Toda dependencia de este elemento debe mantenerse siempre limpia y aseada. - Cada una de las dependencias contará con depósitos de basura. - Cada depósito de basura contará con su respectiva tapa. - Toda dependencia contará con un programa de higienización y sanitización, para evitar

la proliferación de hongos, insectos, roedores etc., realizada por una empresa del área. - En los trabajos en vía pública queda prohibido botar basura al medio ambiente, estas se

dispondrán en bolsas y luego será depositadas en basureros autorizados. 2.7.6.- Personal responsable:

- La empresa designará al personal responsable de mantener todas las dependencias en buenas condiciones de aseo e higiene.

- El personal deberá contar con sus elementos de protección personal para realizar sus labores.

2.7.7.- De los casinos:

- Si la obra habilitara un casino para su personal, este se regirá por las normas sanitarias. 2.7.8.- De los campamentos: - Si la obra habilitara un campamento para alojar al personal, este se regirá por las normas de construcción y sanitarias existentes.

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2.7.9.- Condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo:

Nº Trabajador W.C. Lavatorio Duchas 1 a 30 2 u. 2 u. 3 u. 31 a 50 3 u. 3 u. 5 u. 51 a 70 4 u. 3 u. 7 u. 71 a 90 5 u. 5 u. 9 u. 91 a 100 6 u. 6 u. 10 u.

- Cuando existan más de 100 trabajadores se agregarán: - 1 W.C. y un Lavamanos por cada 15 trabajadores y 1 ducha por cada 10 trabajadores. - Se podrá reemplazar el 50 % de los W.C. por urinarios individuales o colectivos

(Equivalencia = 60 cms. De longitud por urinario). - Se podrá reemplazar los lavatorios individuales por colectivos (Equivalencia = 1 llave por

artefacto individual). - En faenas temporales que no sea posible instalar servicios higiénicos, se proveerá de

baños químicos (equivalente 50% W.C. de la tabla anterior). - Su ubicación no será mayor a 75 mts. Del lugar de trabajo.

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1.-BAÑOS Nº Trabajadores

Promedio NÚMERO

DE W.C.

NÚMERO DE Baños

Químicos

NÚMERO DE Lavatorio

NÚMERO DE Duchas

NÚMERO DE Urinarios

Jefatura Trabajadores Damas Total 0 0 0 0 0

Papel

Higiénico Toalla de papel Jabón/dispens. Aseo/papelero Mant.

Instal.sani Jefatura Trabajadores Damas Total 0 0 0 0 0 EMPRESA DE BAÑOS QUÍMICOS DIRECCIÓN FONO TIPO DE ASEO SEMANAL QUINCENAL Observaciones 2.- COMEDOR Nº Trabajadores

Promedio Bancas /

sillas capacidad

Mesa capacidad (cubierta lavable)

Lavaplatos Instalaciones Gas- Luz- Agua

Aseo General (basurero)

Según Normas

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3.- COCINA Personal que almuerza por turno Cocinilla 1 Cocinilla 2 Aseo General

(basurero) Quemadores Capacidad de ollas Bandejas p/calentar ollas - Capacidad de ollas

4.- GUARDARROPÍA

Nº Trabajadores Promedio

Bancas de madera

Casillero de madera

Total de casillero

Aseo General (basurero)

5.- OBSERVACIONES

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2.8.- PRIMEROS AUXILIOS Y CONTROL DE SALUD. PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Código del Trabajo Libro II Art. 184 que obliga al empleador a prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidentes o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica. 2.8.1.- Cada obra o faena contará con un Procedimiento en caso de Accidente para actuar frente a la ocurrencia de un Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional. 2.8.2.- Durante el desarrollo de los trabajos, el personal en caso de lesiones menores recurrirá a su supervisor directo para recibir los Primeros Auxilios. 2.8.3.- En la obra o faena se tendrá personal capacitado en materias de Primeros Auxilios:

- La capacitación se hará en un organismo competente en la materia. - Existirá un trabajador capacitado por cada 25 trabajadores.

2.8.4.- Durante la ejecución del proyecto se contará con un botiquín de Primeros Auxilios.

TABLA 2. Ubicación en planta Responsable

Botiquín 1 Oficina Administrador Botiquín 2 Terreno Jefe de planta

2.8.5.- El traslado del trabajador accidentado se hará a través de solicitud de ambulancia a la A.CH.S. o en vehículo disponible en la Planta. 2.8.6.- En un lugar visible, destacado y de acceso rápido se tendrán los teléfonos que se requieran frente a una emergencia (A.CH.S., Hospitales, Carabineros, Bomberos, otros). 2.9.- CONTROL DE SALUD.

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PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 108 D.F.L. 1 No podrá exigirse, ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas, o que puedan comprometer su salud o seguridad. Para trabajar en faenas calificadas como riesgosas, los trabajadores necesitarán un Certificado Médico de Aptitud, otorgado por un organismo competente. 2.9.1.- Del control de la Salud:

- Todo trabajador durante la ejecución de sus trabajos deberá someterse a un examen Ocupacional para trabajo en Altura física, audiometría, etc.

- Dicho examen se realizará en la A.CH.S.

- Si la empresa considera necesario y conveniente, podrá obligar al trabajador someterse a

exámenes médicos específicos para mantener un adecuado control de su salud en actividades riesgosas que involucren ruido, polvos, humedad, altura física o geográfica, tensión nerviosa, calor, otros.

- Todo trabajador dará cuenta en forma inmediata a su supervisor directo sobre cualquier

enfermedad, molestia, infecto-contagiosas, o estado inconveniente que le afecte. 2.9.2.- Del consumo de Alcohol y Drogas:

- La empresa velará en forma permanente para evitar que todo su personal y subcontratistas, tenga en su poder y/o ingiera/consuma alcohol y drogas estupefacientes en toda área de trabajo donde deban realizarse las actividades del proyecto.

- Ante la ocurrencia de un incidente que provoque lesiones graves a personas, detención//paralización de operaciones o daños materiales considerables, todo el personal involucrado directamente en la operación, podrá ser llevado inmediatamente al Servicio Médico o a la A.CH.S., para efectuarle(s) un test/examen de control de consumo de alcohol y drogas.

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- El (los) involucrado(s) serán acompañado por el Supervisor directo del área de trabajo,

más un representante de la administración de la empresa.

- Se registrará la fecha, hora y nombre de las personas que fueron enviadas a dicho control en el Libro de Obra del proyecto.

- Previo a la realización de estos tests o exámenes, cada persona deberá dar su consentimiento por escrito. Si alguien no quisiera o no pudiera hacerse dicho examen, se dejará una constancia escrita de este hecho, identificando al o los afectados.

2.10.- INSTRUCTIVO EN CASO DE ACCIDENTE.

1. Ocurrencia de un Accidente con lesiones:

- El Supervisor del trabajador accidentado dará aviso inmediato a través de teléfono,

radio o a viva voz al Experto o al supervisor en planta, a la Of. Administrativa.

- El personal antes mencionado coordinará el traslado del accidentado desde el lugar de trabajo hacia el centro de atención ubicado en la faena, y luego a la A.CH.S. de solicitando ambulancia o a través de un vehículo disponible en obra.

2. Lesiones serias:

- Cuando un trabajador sufra lesiones serias que requieran de una atención

profesional, se le enviará en forma inmediata al centro de atención A.CH.S. más cercano.

- Cuando el accidente ocurra después de las 18 hrs., Sábado, Domingo y Festivos el trabajador será derivado hacia un Hospital más cercano.

- - Si el trabajador es derivado a su casa con reposo o queda hospitalizado, se elaborará

la DIAT confeccionada por el Dpto. Prev. de Riesgos o el Administrativo de obra si el Experto no estuviera, la cual será firmada por el Adm. de Obra.

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3. Lesiones graves: - Se solicitará en forma inmediata el envío de la Ambulancia en el orden de prioridad

descrito en el cuadro adjunto.

- El Experto o la administración de la obra se contactará con el centro asistencial derivado, para verificar el estado de salud del trabajador accidentado, comunicando al Administrador de la obra, familiares del afectado y a la Gerencia ubicada en oficina central.

4. Caso fatal en obra: - Se comunicará a la Oficina Central para informar lo sucedido.

- El encargado de la faena procederá con el SUCESO. Circular 2345.

- Se comunicarán con Leonardo Cooper Jefe Departamento de Prevención de Riesgos

de la empresa.

- Se comunicará al Hospital y al experto asesor de la A.CH.S.

- Se comunicará inmediatamente a Carabineros e Investigaciones.

5. Elaboración de Informe

- Para la elaboración y entrega del Informe de Accidente se procederá de acuerdo a lo establecido en el formulario “Investigación e informe de Accidente”.

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TELÉFONOS DE URGENCIA Y EMERGENCIAS

A.CH.S. 1404

AMBULANCIA URGENCIA 131 INVESTIGACIONES 132 CARABINEROS 133 BOMBEROS 134 Prevencionista de obra Leonardo Cooper S. 81367321 (Jefe Depto. P.R.P) GERENCIA 2701370

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2.11.- ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 48 y 49 de D.S. Nº 594 que obliga a la empresa a proporcionar a sus trabajadores, libre de costo, los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir. Los equipos y elementos de protección personal usados en los lugares de trabajo, sean de procedencia nacional o extranjera, deberán ser de calidad certificada por algún organismo nacional autorizado. Se define como Equipo de Protección Personal (EPP) los elementos de uso individual, tales como casco, barbiquejo, protección auditiva, guante, lentes, calzado, overol, chaqueta reflectante entre otros, destinados a evitar o disminuir daños físicos cuando no es posible eliminar o neutralizar algún tipo de riesgo, constituyéndose en consecuencia como la única vía de protección efectiva. 2.11.1. El Departamento de Prevención de Riesgos (D.P.R) definirá las necesidades de los EPP a través de estándares que: - Determinen la necesidad de los EPP a usar, según riesgo existente. - Determinen la calidad de los EPP a adquirir según riesgo existente - Eliminación y reposición de los EPP que no cumplan con los estándares Lo anterior se realizará a través del control de uso efectivo de los EPP. - Stock de los EPPLo anterior se realizará a través de inspección y Estado de Verificación. 2.11.2.-Todo trabajador deberá hacer uso en forma permanente de su EPP mientras que en el desarrollo de su actividad se encuentre expuesto al riesgo. 2.11.3.- Los Supervisores inmediatos (Profesionales, Técnicos, Capataces) serán directamente responsables en la supervisión y control del uso oportuno y correcto de los EPP y del cumplimiento de las normas establecidas sobre la materia. 2.11.4.- Todo trabajador es responsable por el mantenimiento eficiente de su EPP.

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2.11.5.- Todo trabajador debe informar a su jefe directo sobre cualquier deficiencia o deterioro del EPP. 2.11.6.- Aquellos trabajadores que no utilicen o hagan mal uso de su EPP, quedará expuesto a las medidas disciplinarias y sanciones establecidas por la Ley 16.744 y en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad de la empresa.

2.12. ESTADÍSTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 12 y 13 de la Ley 16.744 que establece que los Departamentos de Prevención de Riesgos de las Plantas, Obras o Faenas, están obligados a llevar una estadística de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. 2.12.1 El Departamento de Prevención de Riesgos elaborará mensualmente la siguiente

Estadística. Indicadores Estadística Gráfico Análisis - Tasa de Siniestralidad X - Tasa de Accidentabilidad X -Tasa de Frecuencia X - Tasa de Gravedad X - Investigación accidentes X

2.12.2.- La Estadística elaborada será enviada mensualmente a: - Leonardo Cooper Jefe Departamento de Prevención de Riesgos de la empresa. - Administrador de la Planta. - Gerencia general.

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2.12.3.- Para la elaboración de las estadísticas se requiere la siguiente información que será. Proporcionada por el Jefe Administrativo de la sucursal o faena:

- Número de trabajadores del mes. - Horas Hombre trabajadas en el mes. - Número de accidentados o enfermos profesionales en la Mutualidad. - Número de días perdidos por trabajadores con licencia médica en la Mutualidad.

Para la entrega de la información, se empleará el formulario apropiado para tal efecto. 2.12.4.- La Información del punto anterior deberá ser enviada al Departamento de Prevención de Riesgos de la empresa, al término del mes. La siguiente información deberá ser remitida al Departamento de Prevención a más tardar los días 05 del mes entrante, por el Jefe Administrativo de la sucursal/faena. 1.- Número de trabajadores. -Total de trabajadores con contrato que laboran en el mes (vigentes más finiquitados) -Este total coincidirá con el número de trabajadores indicados en la planilla de pago a la Mutualidad. - Copia de ese pago, será remitido junto con ese formulario. 2.- Horas Hombres (H.H) trabajadas en el mes. - Corresponden al número horas efectivamente trabajadas, multiplicado por 210 horas el número de trabajadores (datos estimativos). 3.- Días Perdidos en el mes. - Corresponden a los días de licencia médica otorgados por la A.CH.S. por cada trabajador que haya sufrido un accidente del trabajo o enfermedad profesional. - Se deberá incluir los días de licencia de los accidentados del mes, como asimismo los accidentados de los meses anteriores, que aún se encuentran con licencia médica. Todo trabajador lesionado que sea dado de alta por la mutual, se le exigirá al momento de reintegrarse al trabajo el Certificado de Alta otorgado por dicho organismo. - Copia del Certificado de Alta deberá ser remitido al Departamento de Prevención de Riesgos de la empresa. Junto a este formulario.

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2.12.5.- DATOS Mes Nº trabajador Horas normal Horas extras Total horas

Días perdidos periodo Accidentados Del mes Mes anterior Total

1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.- Fecha: Fecha: Administrativo Firma Administrador de

obra Firma

2.13 ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PRESCRITAS PROPÓSITO GENERAL: Dar cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 65 y 68 de la Ley 16:744 que obliga a las empresas a implantar todas las medidas de higiene y seguridad que les prescriban el Servicio de Salud o el organismo administrador a que se encuentre afecta (Mutualidades) El Art. 184 de la Ley 19.481 establece que corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo.

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2.13.1. La obra o faena dará las facilidades necesarias para que el personal de los organismos fiscalizadores inspeccionen los lugares de trabajo. 2.13.2.- El administrador de la obra, deberá disponer que el personal de nivel profesional, lo acompañe durante su visita a terreno. 2.13.3.- El administrador de la obra implementará todas las medidas de higiene y seguridad señaladas y recomendadas por los organismos fiscalizadores, en forma oportuna cuando corresponda. 2.13.4.- Una copia de las medidas indicadas, será remitida al Departamento de Riesgos quién coordinará con el Administrador de la obra y el organismo fiscalizador, el cumplimiento de las medidas solicitadas. 2.13.5.- Todas las medidas corregidas serán comunicadas por escrito al organismo fiscalizador a través de una carta respuesta enviada por el Administrador de obra dentro de los plazos establecidos. 2.14.- ENTRENAMIENTOS Y CAPACITACIÓN DEL PERSONAL

PROPÓSITO GENERAL Dar cumplimiento a lo establecido en:Art. 21 – 24 DS 50 Los empleadores tienen la obligación de informar oportunamente a sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas, y de los métodos de trabajos correctos. Art. 8 Ley 16.744. El Departamento de Prevención de Riesgos de la obra o faena deberá realizar acciones educativas y de promoción de los trabajadores.

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2.14.1.- Instrucción de Hombre Nuevo - La empresa entregará al momento del ingreso de un trabajador nuevo a la planta, una capacitación de “Instrucción Inicial de Seguridad” o D.A.S. - La instrucción cubrirá lo dispuesto en el D.S 50 “Derecho a Saber” por lo que se registrará cada charla en el formulario dispuesto para ello. - La Instrucción será entregada por el Departamento de Prevención de Riesgos de la empresa o en su efecto por la línea de mando de la planata si el prevencionista no estuviera y tendrá una duración de 1 hora. - Temario: Causas y consecuencias de los accidentes, uso y mantención de los EPP., Ley 16.744, Riesgos Inherentes de las actividades a ejecutar, formas de control, normativa medio ambiental interna. 2.14.2.- Instrucción Diaria (Charla de 5 Minutos). - Todo trabajador recibirá una instrucción diaria de 5 min. Que será entregada por el Supervisor directo del trabajo, sobre en qué consisten las actividades del día, de los métodos de trabajo a emplear, riesgos que se puedan generar en su desarrollo y de las medidas de control. 2.14.3.- Instrucción Específica. - Cada vez que se inicie una faena que implique nuevos trabajos específicos, se elaborará un “Procedimiento de Trabajo” que indique los nuevos riesgos y sus métodos de control. - En la elaboración de estos procedimientos participaran los supervisores de la planta junto al Departamento de Prevención de Riesgos. 2.14.4.- Curso Específico de Prevención de Riesgos. - La Gerencia/Administración y Supervisión de la planta, recibirá mensualmente un curso específico de seguridad, con una duración de 1 hora máxima. - Tema: Técnicos y motivacionales de seguridad y medio ambiental. 2.14.5.- Charla a Subcontratistas - El Departamento de Prevención de Riesgos dictará una charla a todo el personal de subcontratista cuando ingresen por primera vez a la obra.

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2.15. RIESGOS GENERALES EN LA MANIPULACIÓN DE PRODUCTOS ASFÁLTICOS

A pesar de que al asfalto, en condiciones ambientales normales, se le considera como atóxico, sustancialmente, su contacto con la piel puede provocar inflamación o dermatitis en algunas personas. Asimismo, cuando para su uso industrial se calienta o se mezcla con diversos solventes, puede presentar los siguientes riesgos: a) PELIGROS DE INCENDIO Todos los materiales asfálticos pueden producir combustión si se los calienta suficientemente. El peligro de incendio que encierran los asfaltos diluidos varía de acuerdo con la clase y el grado del producto. Entre los principales factores que influyen sobre su inflamabilidad está la volatilidad de los solventes del petróleo mezclados con los materiales de base.

b) QUEMADURAS

El contacto de la piel con el asfalto caliente (160º C) puede provocar graves quemaduras. Si el asfalto fundido se pone en contacto con la piel, se la debe enfriar rápidamente con agua fría o mediante algún otro método recomendado por los médicos. La remoción del asfalto de la piel sólo debe ser realizada por un médico. En caso de quemaduras extensas, se las debe cubrir con paños esterilizados y llevar al paciente inmediatamente al hospital.

2.15.1. DESCARGA DE ASFALTO A ESTANQUES Cuando se abren las tapas de la cúpula de cualquier vagón o camión-cisterna, el operario debe colocarse del lado por donde sopla el viento para reducir a un mínimo el peligro de inhalar los gases y vapores que salen de la cúpula.

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Debido a que un exceso de presión de un camión cisterna puede esparcir su contenido, el personal que saca los pernos de la tapa de la cúpula tiene que apartarse de ésta. El personal debe sacar los pernos o aflojar la tapa lentamente y usar siempre un protector facial y guantes. También es preciso preocuparse de controlar la hermeticidad de tambores y válvulas de servicio.

a) INHALACIÓN DE VAPORES Y GASES DEL ASFALTO CALIENTE En las etapas de carga/descarga de asfalto se producen emanaciones de gases y vapores, derivados del cemento asfáltico o de algunos de sus solventes. b) Riesgos para la salud - Los vapores pueden causar mareos o sofocación. - El contacto con la piel y/o los ojos puede irritar o quemar. - Puede producir gases irritantes o venenosos al contacto con el fuego. c) Primeros Auxilios - En caso de inhalación de vapores sacar a la víctima al aire fresco y alejarla del lugar. - Aplicar respi rac ión artificial y si respira con dificultad, aplicar oxígeno. - Trasladar a un centro asistencial. - En caso de contacto con el material, enjuagar inmediatamente la piel o los ojos con abundante agua corriente por lo menos por 15 minutos. - Lavar la piel con jabón y agua, quitar los zapatos y ropa contaminada. d) MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE - Uso de protección personal: cuerpo, manos, brazos, pies, rostro, ojos y cabeza. - En el trasvasije del asfalto se debe utilizar máscara protectora con filtro químico. - El trabajador debe ubicarse a favor del viento para evitar la inhalación de vapores. NOTA

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Los cementos asfálticos no arden a temperatura ambiente, salvo que se les caliente sobre los 260º C. Hay que recordar que en el proceso de la preparación de mezclas asfálticas en planta se utiliza una temperatura de 160 C. 2.15.2 PLANTAS DE PRODUCCIÓN DEL ASFALTO

INSTALACIÓN Y MONTAJE DE LA PLANTA (MOVIL) a) Ubicación de la Planta Las instalaciones deben ubicarse en terrenos parejos y estables, de fácil acceso, que estén a cubierto de la crecida de ríos, de caída de materiales y desprendimientos de rocas y/o avalanchas. Es importante considerar los vientos predominantes, de manera de no causar molestias a las propiedades cercanas y a los trabajadores con el polvo del traslado de agregados pétreos y los gases de la planta. b) Superficie disponible La superficie se estimará de acuerdo al proyecto y a las dependencias que se requieran. Deben considerarse áreas para oficinas, bodegas, talleres, acopio de materiales, emplazamiento de estanques de combustibles, áreas para estacionamiento de vehículos de carga y de transporte, casinos y pasillos de circulación de máquinas y vehículos. c) Venteo normal de estanques sobre nivel de terreno Para la evacuación de gases es necesario ubicar cañerías de ventilación con un diámetro mínimo de 38 mm. y disponer de válvulas de cierre hermético ubicadas tan cerca del estanque como sea posible. d) Circulación de vehículos y máquinas

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Es imprescindible planear la circulación de los vehículos al interior de la planta, siendo conveniente que sea en un solo sentido, para evitar accidentes por choques y atropellos.Esta planificación debe incluir la elección de los accesos y salidas y la adecuada señalización. e) INSTALACIÒN ELÉCTRICA El abastecimiento de energía eléctrica para una planta puede lograrse a través de generadores propios o a través de conexiones a la red pública. La instalación eléctrica de la planta se deberá regir por las Normas Eléctricas, Nch.Elec. 4/84, sobre instalaciones interiores en baja tensión (menos de 1.000 Volts). En caso de una insta lac ión prov is ional t iene que contemplar lo siguiente:

• Todos los circuitos o equipos deberán contar con protectores diferenciales.

• No se aceptará la existencia de ninguna canalización eléctrica colocada sobre el piso o suelo.

• Los tendidos aéreos tendrán alturas no inferiores a 2.50 m.

• Las instalaciones permanentes de la planta deben asimilarse a lo indicado en esta

norma incluyendo, además, la puesta a tierra de protección para los motores y las estructuras metálicas.

f) CONSIDERACIONES EN EL MONTAJE Se deben tomar las siguientes precauciones generales para la instalación de cualquier estructura metálica.

• Es necesario examinar cuidadosamente el equipo de levantamiento incluyendo las cuerdas y líneas, antes y durante su uso, para asegurarse de que están bien atadas y que los ganchos de protección que llevan los cabos están sujeto firmemente a las cuerdas.

• Los cables de acero utilizados deben ser de procedencia conocida, de manera que el fabricante entregue las especificaciones de seguridad necesarias para las operaciones de carga y descarga. Esto significa que el cable y la grúa estén calculados

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para el peso del equipo a levantar y transportar.

• Además, estos elementos deben revisarse constantemente para verificar su buen estado de uso, lo mismo que las eslingas y accesorios de cables, tales como ganchos, guardacabos, mordazas, etc.

g) RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS Para este efecto se la dividirá en cuatro sectores o áreas básicas. 1º Descarga de materias primas (áridos y asfalto). 2º Alimentación y secado de áridos. 3º Mezclado de áridos y asfalto. 4º Transporte de la mezcla al silo de almacenamiento final. Además, se incluyen los riesgos presentes en el control de calidad (laboratorio de

control) tanto por los materiales como por los equipos que se emplean. h) DESCARGA DE MATERIAS PRIMAS En el área de descarga de materias primas, se deben depositar los áridos en la planta y su traslado y descarga a los buzones de acopio, proceso será efectuado con maquinaria pesada, así como también la llegada del asfalto y su descarga a los estanques de almacenamiento, y descarga de combustible. 2.15.3 PRIMER SECTOR

Estanque de asfalto, petróleo, caldera (Calentamiento de aceite térmico) a) Descarga de Asfalto El cemento asfáltico que se empleará en la elaboración de las mezclas debe ser llevado a la planta en camiones cisterna que lo descargarán en estanques destinados para este efecto. Estos

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estanques se encontrarán próximos a las instalaciones del proceso de secado de áridos y mezclado. b) Descarga de Combustible El petróleo necesario para el funcionamiento de la planta será llevado en camiones y se descargará en estanques destinados a este efecto. Estos estanques se encuentran próximos al resto de las instalaciones, formando un circuito con la caldera alimentada por este combustible y los estanques de asfalto. Este combustible alimentará, además, el quemador-soplador del horno secador de áridos. También alimenta el equipo generador de electricidad, cuando no se cuenta con energía externa. c) Caldera Esta caldera a petróleo calienta el aceite térmico, que se hace circular por serpentines a una temperatura de 220°C dentro de los estanques de asfalto, a fin de mantener el asfalto a una temperatura de alrededor de 160°C. Los principales riesgos y medidas preventivas de este sector son: d) RIESGOS

• Derrame de líquidos en el piso. • Caída de trabajadores desde los estanques. • Posibles incendios de combustibles • Quemaduras al operar la caldera y cañerías de aceite y asfalto calientes. • Sobrecalentamiento del aceite y asfalto. • Descarga de combustibles/asfalto a desnivel puede significar el desplome de

camiones al descargar asfalto y/o petróleo. e) MEDIDAS PREVENTIVAS

• Verificar niveles de estanques. Ubicar adecuadamente los acoples de las mangueras de llenado. Mantener mangueras en buen estado.

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• Instalar y mantener plataformas de tránsito y barandas sobre estanques. • Alejar llamas abiertas y disponer de equipo de extinción de incendios para fuegos

clase B. • Colocar aislación térmica para ductos; proporcionar y exigir el uso de elementos de

protección personal. • Controlar en forma permanente los sistemas de medición de temperatura y

funcionamiento de la caldera • Cuando la descarga de combustibles/asfalto se haga a desnivel, colocar barreras de

protección, barandas en los costados de las rampas y topes en el borde de descarga.

2.15.4 SEGUNDO SECTOR

Descarga y acopio de áridos en planta, transporte de áridos a buzones de Almacenamiento y cintas transportadoras a) DESCARGA Los áridos son descargados en la planta y depositados en sectores (canchas) previamente establecidos (libres de contaminación) y debidamente clasificados según tipo de árido. Desde estas áreas se retira el árido, de acuerdo a las necesidades de la mezcla, y es transportado por un cargador frontal hasta los buzones. Buzones de almacenamiento de áridos Se utilizan 4 buzones o silos, cada uno con una granulometría (tamaño) de árido diferente, según necesidades de la mezcla asfáltica. b) RIESGOS

• Atropello. • Golpes por proyección de partículas. • Colisión de maquinaria y camiones.

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c) MEDIDAS PREVENTIVAS

• Vehículos deben transitar a velocidad moderada y utilizando bocina y alarma. • Personal debe ubicarse en lugares protegidos. • Uso de antiparras, zapatos de seguridad, casco y chalecos reflectantes. • Los camiones y cargadores deben respetar su derecho a vía y señalizar. Además debe

dirigir las maniobras un banderero. d) ALIMENTACIÓN Y SECADO DE ÁRIDOS Cuando la cinta general de los buzones deposita el árido dosificado en otra cinta transportadora que eleva los áridos hasta el secador/mezclador, produciendo el proceso de secado y calentamiento del árido. En la cinta transportadora está incorporado el mecanismo de pesaje del árido, que controla la cantidad necesaria para la posterior mezcla. El tambor secador y mezclador es un cilindro que gira en forma inclinada, Está apoyado sobre polines. Su sistema motriz es mediante aro dentado montado alrededor del cilindro y engranajes (moto-reductor) con aspas interiores que desplazan los agregados pétreos hacia abajo. En la parte superior, por donde ingresa el árido, se encuentra el soplador-quemador que tiene como función principal secar completamente el árido. Luego lo calienta para que alcance la temperatura de mezclado (160ºC aproximadamente), para luego ser mezclado con el asfalto. Los principales riesgos y medidas preventivas de esta etapa son: e) RIESGOS

• Contacto con elementos en movimiento del personal que transita por debajo o sobre las cintas transportadoras.

• Contacto con equipos energizados, posible choque eléctrico. • Exposición a niveles de ruido sobre 85db (A).

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• Exposición a quemaduras en el sector quemador – cámara de combustión. • Caída de altura en sector alimentación de áridos.

f) MEDIDAS PREVENTIVAS

• No usar ropa suelta. • No efectuar reparación, ni lubricación de mecanismos con equipos en movimiento. • Revisar periódicamente instalación eléctrica de motores. • Uso de protectores diferenciales en tableros eléctricos. • Si la planta es permanente, debe efectuar instalación de tierra. • Proporcionar y exigir el uso de protección auditiva (fonos). • Operar quemador según instrucciones del fabricante. • Mantener superficies de trabajo en condiciones seguras, revisarlas continuamente. • Planificar la mantención de equipos.

g) PROCESO DE MEZCLADO DE ARIDOS Y ASFALTO • En esta fase se produce la mezcla de los áridos con el asfalto.

• El asfalto caliente a 160 ºC ingresa por la parte inferior del tambor, donde se mezcla con

el árido que ha llegado a esta parte del proceso con igual temperatura.

• Todo es controlado en la cabina de control de la planta, donde se llevan todos los registros del proceso.

h) RIESGOS

• Quemaduras por asfalto caliente. • Riesgo de incendio por inflamación de vapores combustibles.

i) MEDIDAS PREVENTIVAS • Controlar escapes y/o filtraciones de asfalto. • Proporcionar y exigir el uso de elementos de protección personal, especialmente

mascaras con filtros para gases tóxicos. • Mantener equipos de extinción de incendio para fuego clase B – C en buen estado y

ubicados en lugar de fácil acceso.

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Nota: “el personal del área tiene que estar debidamente entrenado en el uso de extintores y combate de incendios” 2.15.5. DESCARGA DE LA MEZCLA Y TRANSPORTE A SILO DE ALMACENAMIENTO FINAL PRIMER SECTOR Una vez que se ha producido la mezcla, ésta es extraída del tambor mezclador y a través de una cinta transportadora es elevada hasta el silo de acopio. Este silo esta diseñado de manera que por debajo de él puedan ubicarse los camiones para recibir la mezcla y luego trasladarla al lugar de colocación en obra. SEGUNDO SECTOR

• Previo al carguío de la mezcla caliente es necesario el limpiado y/o lavado de las tolvas de los camiones para eliminar costras o restos de mezcla sucia.

• Luego, los camiones se colocan debajo del silo para recibir la carga de

mezcla.

• En esta operación el operador del silo se ubica en una plataforma lateral elevada que le permite verificar el carguío homogéneo del vehículo.

• Además, en esta etapa, el personal del laboratorio saca muestras de mezclas para ser analizadas como control de calidad.

• Luego, el camión tolva se ubica en un sector lateral de la planta, donde es cubierto con

una carpa de protección antes de emprender su viaje.

Los principales riesgos y medidas preventivas de este sector son: a) RIESGOS

• Quemaduras por mezcla, inhalación de vapores e irritación de ojos y piel.

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• Caídas de distinto nivel, tanto de la plataforma como del vehículo. b) MEDIDAS PREVENTIVAS

• Mantener en buen estado la superficie de trabajo de la plataforma. • Ubicación correcta de los trabajadores y uso de elementos de protección, principalmente

protección respiratoria. • No subirse a la tolva para encarpar.

c) SISTEMAS DE CAPTACIÓN DE POLVO

• En el proceso de secado y mezclado de los áridos y el asfalto se produce desprendimiento de polvo, debiendo evitarse su propagación al aire (contaminación atmosférica).

• Se utiliza un Sistema de Captación Vía Seca. Consiste en un sistema de captura del polvo, al final del proceso de mezclado, haciéndolo pasar a través de filtros de mangas donde se capta el polvo impulsado por extractores.

• Al final del proceso sale vapor, producto del secado de los áridos. Los principales riesgos y medidas preventivas de este sector son: d) RIESGOS

• Exposición a polvo al limpiar mangas. • Exposición a ruido del equipo

e) MEDIDAS PREVENTIVAS

• uso de protectores respiratorios, con filtro (no debe usarse mascarillas de género o papel).

• Uso de protectores auditivos, tipo fono. 2.15.6 LABORATORIO

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El laboratorio de control tiene por objetivo controlar la calidad de los materiales que ingresan a la planta y de las mezclas que se producen. Para las pruebas de control de las mezclas se emplean fuertes solventes que separan el asfalto de los agregados. El solvente empleado es Cloruro de Metileno. Para el uso de estos compuestos deberán adoptarse estrictas medidas de control:

• Adecuada ventilación del lugar. • Uso de protección respiratoria a base de mascaras con filtro para solventes.

• Depósito del solvente con tapa antillama y cierre hermético. • Uso de protección respiratoria a base de máscaras con filtro para solventes. • Restringir su uso sólo a personal autorizado.

Nota: “Se prohíbe el uso de gasolina para diluir el asfalto, en el método de extracción, por ser altamente inflamable” a) MANTENCIÓN DE LA PLANTA El personal de mantención de una planta asfáltica está permanentemente ejecutando actividades como:

• Revisión y recambio de correas/poleas en las cintas transportadoras. • Revisión y reparación de cadenas y motores. • Revisión, reparación o recambio de cañerías de asfalto, petróleo, aceite

térmico, etc. • Reparación de estructuras soportantes del equipo. • Revisión y reparación de instalaciones eléctricas. • Lubricación y engrase de mecanismos. • Construcción de elementos para la planta.

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• Reemplazo y limpieza de las paletas elevadoras del tambor mezclador al silo de almacenamiento.

Los principales riesgos y medidas preventivas en esta área de trabajo son: b) RIESGOS

• Atrapamiento de manos. • Caídas de estructuras. • Dermatitis por contacto • Quemaduras por contacto con elementos calientes • Choque eléctrico • Exposición a partículas y chispas a los ojos. • Golpes a los pies.

c) MEDIDAS PREVENTIVAS

• Uso adecuado de herramientas y equipos • Uso de elementos de protección personal en: manos / rostro / cuerpo / cabeza / pies. • Detección de equipos para intervenir y/o avisar de trabajos (tarjeta candado). • Posición de trabajo correcta. • Mantener cubiertas de protección de motores, correas y poleas. • Mantener despejadas y en buen estado pasarelas y plataformas de trabajo.

2.15.6 SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN PLANTA (Decreto 594) SANEAMIENTO BÁSICO DE LOS LUGARES DE TRABAJO a) De las Condiciones Generales de Construcción y Sanitarias.

En los trabajos que necesariamente deban realizarse en lugares descubiertos o en sitios a cielo abierto, se tomarán las precauciones adecuadas que protejan a los trabajadores contra

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las inclemencias del tiempo.

b) De la provisión de agua potable y servicios higiénicos, comedores, etc. será abastecida de acuerdo a lo mencionado en los puntos 5.1 al 5.8

c) De la disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos. No podrán vaciarse en la red pública de desagües de aguas servidas, sustancias inflamables o explosivas, aguas corrosivas, incrustantes o abrasivas y en general ninguna sustancia o residuo industrial susceptible de ocasionar perjuicio, obstrucciones, o alteraciones que dañen canalizaciones internas y que den origen a un riesgo o daño para la salud de los trabajadores o u deterioro al medio ambiente. En ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterráneas de los subsuelos o arrojarse a los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, etc. Sin ser previamente sometidos a un sistema de neutralización o depuración que prerscriba la autoridad sanitaria. La descarga de residuos sólidos que se desprendan de la planta deberá ser tratados mediante decantación y filtrados antes de incorporarlos al sistema de alcantarillado público. Los requisitos que deberán cumplir los efluentes industriales incorporados al alcantarillado deberán tener a lo menos los siguientes valores límites, de acuerdo a las normas vigentes. Sin embargo se entregan algunos valores determinados por especialistas.

PARAMETROS VALORES LÍMITES Temperatura 35 ·c Sólidos en suspensión 100mg/l Aceites y grasas 2 mg/l Hidrocarburos 20 mg/l Sulfuros 1 mg/l Ph 6,5 – 9,0

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d) De las condiciones Generales de Seguridad. Los elementos estructurales de la construcción, maquinaria, instalaciones, herramientas y en general elementos de trabajos se deben mantener en condiciones seguras de funcionamiento para el personal de la planta. Las partes móviles como poleas, correas transmisiones y puntos de operación de transportadores tienen que estar debidamente protegidos para evitar atrapamientos.

“Esto se aplica a todas las correas y poleas incorporadas a las cintas transportadoras de áridos y mezclas en una planta asfáltica.”

Las instalaciones en motores y tableros eléctricos y circuitos en general deberán estar conectados a una línea de protección a tierra de acuerdo a las normas sobre instalaciones eléctricas y de gas impartidas por la Superintendencia de Servicios Eléctricos y Combustible. El personal que labora en las plantas no deberá utilizar ropa suelta, cabello largo y suelto ni adornos susceptibles de ser atrapados por partes en movimiento. Los equipos a presión como calderas y calentadores serán debidamente revisados de acuerdo al programa de mantención y contarán con su respectiva autorización. Los operadores de equipos pesados como retroexcavadora, cargador frontal y otros motorizados deberán poseer licencia de conducir clase D de acuerdo a la ley de tránsito. e) De la Prevención y Protección Contra Incendios.

• Para el caso de incendio de asfalto se contará con extintores para clase B de líquidos inflamables, grasas y materiales similares que son los utilizados como combustibles en quemadores del SECADOR Y CALDERA, además de la utilización de aceite para el calentamiento del asfalto.

• Además debe disponerse de extintores clase C (de CO2) para posibles incendios en motores y equipos eléctricos energizados.

• Los extintores se ubicarán en lugares de fácil acceso, identificado y a una altura máxima de 1.30 m.

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• La capacidad de de los extintores que se ubicarán cerca de los estanques de combustibles y asfalto debe ser de 10 kg.y capacidad de apague 20 B (Bicarbonato de Potasio).

• Se colocará un extintor a lo menos en un carro rodante de 100kg. Con una capacidad de apague de 40 B.

• Cuando los extintores se encuentren a la intemperie, estarán protegidos en un nicho que permita su retiro expedito.

f) De los Equipos de Protección Personal

Los equipos de protección personal para la planta asfáltica son los siguientes: • Casco de seguridad con barbiquejo. • Antiparras para el uso general de planta. • Careta protectora para personal que está en contacto con quemadores y caldera • Guantes de cuero ( térmicos, cabritilla, descarne y PVC) • Tenida completa para soldador (trabajos de mantención). • Arnés de seguridad. • Calzado de seguridad. • Protector de oídos, (fono), para uso en lugares que sobrepasan los límites

permisibles. Sector secador /mezclador. • Respirador de polvo y respirador de gases según el lugar de trabajo con filtros

adecuados a la labor respectiva.

2.15.7. DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL

a) Disposiciones generales Los límites permisibles de las sustancias químicas y agentes físicos de las sustancias a que están expuestos los trabajadores y que se indican en este decreto (594) no deben sobrepasarse a fin de permitir el trabajo seguro. En el caso que estos agentes sean sobrepasados, se deberán iniciar las acciones de control en su origen o bien proporcionar la protección apropiada al trabajador. Se prohíbe la realización de trabajos sin al protección personal correspondiente, en ambientes

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en que la atmósfera contenga menos de 18% de oxígeno. Para aquellas áreas donde se produce el polvo por secado de material, se utilizan sistemas de captación del polvo, mediante extractores y filtros de manga para evitar su dispersión en el ambiente.

b) Contaminantes Químicos El promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químico durante la jornada normal de 45 hrs. semanales, no deberá exceder los límites permisibles ponderados que se señalan en el artículo 60 del 594. Las concentraciones ambientales de sustancia capaces de causar rápidamente efectos narcóticos, cáusticos o tóxicos de carácter grave o fatal, no podrán exceder en ningún momento los límites permisibles absolutos indicados para ella en el artículo 60. Para aquella sustancia en que no se indica límite permisible absoluto, se entenderá por tal un valor equivalente a 5 veces el límite permisible ponderado. Para los efectos de sustancias que se encuentren presentes en las plantas, se indican los límites permisibles siguientes.

SUSTANCIA Límite permisible ponderado Limite permisible absoluto

p.p.m Mg/m3 Mg/m3 Asfalto (deriv. Petróleo) 4 Tricloroetano (*) Ca3 Piel 8 44 Tricloroetileno (*) Ca3 40 215 1070 Piel = Pueden ser absorbidas por la piel. Ca3 = Sospechosas de ser cancerígenas. La exposición del trabajador debe ser mantenida en el nivel más bajo posible.

c) Agentes físicos

1. Del Ruido La exposición ocupacional a ruido continuo será controlada, de manera que una jornada

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de 9 hrs. ningún trabajador podrá estar expuesta a un nivel de presión sonora mayor de 85 decibeles, medidos a la altura del oído con el filtro de ponderación “A”. Los niveles de presión sonora superiores a 85 db(A) se permitirán siempre que el tiempo de exposición del trabajo no exceda los valores indicados en la siguiente tabla. Nivel de Presión Sonora db (A) lento Tiempo máximo de exposición

por jornada (hora) 85 8.00 86 6.97 87 6.06 88 5.28 89 4.60 90 4.00 91 3.48 100 1.00 105 0.50 110 0.25

En las plantas asfálticas debe controlarse periódicamente el nivel de ruido en los siguientes sectores:

• Sector secador/quemador • Sector mezclador

Todo trabajador que realice labores cerca de estos sectores deben utilizar protección auditiva. 2.- La Iluminación Los valores mínimos de iluminación que se requieren están determinados según el lugar y la faena que sea realizada por el trabajador.

Los lugares que requieren iluminación artificial y el nivel lumínico recomendado son:

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Elaborado por: Leonardo Cooper S Jun/2010 Versión 1

Página 54 de 55 Aprobado por: Eduardo Aguirre C. Ago/2010

LUGAR ILUMINACIÓN (LUX) . Laboratorio de control 300 . Cabina de operación 300 . Oficinas 150 . Sector Planta 100 . Sectores de tránsito peatonal y de maquinaria

100

3. Las radiaciones ionizantes

• Los límites de dosis individual para las personas ocupacionalmente expuestas a radiaciones ionizantes son aquellas que determina el reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas o el que lo reemplace en el futuro.

• Los densímetros nucleares son almacenados en un bunker de hormigón señalizado y

autorizado por la Seremi de Salud.

• Los trabajadores expuestos a radiaciones se encuentran capacitados, con sus respectivos dosímetros los cuales son analizados trimestralmente.

Page 55: Anexo 9 Plan de Prevencion de Riesgos y Medio Ambiente

Constructora Asfalcura S.A. Av. Las parcelas 7950 - Peñalolén Chile Fono (562) 2701370 Fax (562) 2701371

PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MEDIO AMBIEMTE – PLANTA ASFALTICA REV. 1

Elaborado por: Leonardo Cooper S Jun/2010 Versión 1

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DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE

CONSTRUCTORA ASFALCURA S.A.