análisis de los aspectos legales que benefician al trabajador
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Análisis de los Aspectos Legales que benefician al
trabajador en cuanto a Protección, Seguridad e
Higiene Laboral
UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICERECTORADO ACADEMICO
DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALESESCUELA DE RELACIONES INDUSTRIALES
Faustino José Padrón Rondón C.I. 19640912Catedra: Seguridad Industrial
CABUDARE, JUNIO DEL 2016
INTRODUCCION Las Instituciones que desean mantenerse en el amplio mundo de la competitividad deben acogerse a las medidas y reglas adoptadas con la finalidad de prevenir accidentes y minimizar los riesgos, para el establecimiento de condiciones seguras en el ambiente de trabajo.
El ambiente laboral, mantenerlo seguro e higiénico para el buen desenvolvimiento del empleado dentro de las instalaciones de la Institución, no debe presentar una problemática, sino un beneficio para el empleado y también para cualquier empresa, independientemente del ramo al que se dedique.
La higiene y la seguridad están estrechamente ligadas a los aspectos legales, ya que nos encontramos con disposiciones existentes en la Constitución de Venezuela, así como en tratados y convenios internacionales.
CONSIDERACIONES LEGALESTodo Estado ha considerado al riesgo como causa de regulaciones y Venezuela no ha sido la excepción. La Constitución ha incluido en su articulado disposiciones que tocan estos temas.
En primer lugar, reconoce al trabajo como hecho social, actividad económica generadora de riqueza; en segundo término, lo define como un derecho y un deber. Esto conlleva que el Estado deberá adoptar las medidas necesarias para que toda persona tenga ocupación digna y decorosa, con la que pueda proveerse del sustento, lo que incluye a la seguridad e higiene del trabajo, como componente fundamental para el cumplimiento de estos altos fines del Estado, por cuanto son condicionantes indispensables para el mejoramiento de la calidad de vida y la satisfacción de las necesidades de sus ciudadanos, razón de ser del Estado
Los conceptos de higiene, seguridad, riesgo, accidentes; son objeto de tratamiento por parte del legislador en diversos textos, tales como: Ley Orgánica del Trabajo, Ley Orgánica para la Seguridad Social Integral, Ley Orgánica para la Prevención de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley Orgánica del Ambiente, Ley Orgánica para la Protección de los Derechos del Niño y del Adolescente; entre muchas otras. Cada una con un enfoque desde el punto de vista de la materia de regulación. Se han creado en esas leyes instituciones públicas destinadas al cumplimiento de esos mandatos constitucionales. Es allí donde el Derecho Social se ocupa a través de variados mecanismos: doctrina, jurisprudencia, legislación; para hacerlos realidad.
Disposiciones Legales y Normas que benefician al Trabajador
Dis
posi
cion
es
Lega
les
Constitución Bolivariana de la
Republica de Venezuela
Ley Orgánica del Sistema de Seguro
Social
LOTTT
Normas Covenin
LOPCYMAT
Convenios Contractuales
Tratados y Convenios
Internacionales. OIT
CUADRO COMPARATIVO DE LOS ASPECTOS LEGALES
• La base de todas las Leyes en el País.
Constitución Bolivariana de la Republica de
Venezuela• Orientada a la Seguridad Social del
TrabajadorLey Orgánica del
Sistema de Seguridad Social
• Orientada hacia los Derechos y Deberes del TrabajadorLOTTT
• Orientada hacia el Bienestar Físico y Psicológico del TrabajadorLOPCYMAT
• Orientada hacia la estandarización de normas en materia de Seguridad Laboral
Normas COVENIN
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Art, 87
“Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.”
Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Recomendación 164 Convenio 155 sobre Salud y Seguridad de los Trabajadores: Establece el derecho de consulta y cooperación de los trabajadores en la prevención y control de los riesgos laborales que puedan afectar su seguridad y salud, incluyendo el nombramiento de “Comités Obreros de Seguridad e Higiene o Comités Paritarios de Seguridad e Higiene”
LOPCYMATArt. 41En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, los trabajadores y trabajadoras elegirán delegados o delegadas de prevención, que serán sus representantes ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral, mediante los mecanismos democráticos establecidos en la presente Ley, su Reglamento y las convenciones colectivas de trabajo.artículo 46Establece que en todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o instituciones públicas o privadas, debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud Laboral.
LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 2. El Estado, por medio del Sistema de Seguridad Social, garantiza a las personas
comprendidas en el campo de aplicación de esta Ley, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la misma.
Artículo 3. La presente Ley rige las relaciones jurídicas entre las personas y los órganos y
entes del Sistema de Seguridad Social por el acaecimiento de las contingencias objeto de protección por dicho Sistema, a los fines de promover el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y su bienestar, como elemento fundamental de política social.
Artículo 4.
La seguridad social es un derecho humano y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad y a los términos establecidos en la Constitución de la República y en las diferentes leyes nacionales, tratados, pactos y convenciones suscritos y ratificados por Venezuela.