analisis de jurisprudencia

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UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI CATEDRA: OBLIGACIONES TEMA: DACION EN PAGO. SENTENCIA T-1157/00 A. ANALISIS CONCEPTUAL I. IDENTIFICACION DE LA PROVIDENCIA Corte constitucional, Sentencia T-1157 -2000, Magistrado ponente Dr. Antonio Barrera Carbonell, Bogotá D.C 4 de septiembre de 2000 II. HECHOS RELEVANTES A para solventar la deuda adquirida con B, decide dar en dación en pago el inmuebele hipotecado en garantía de un prestamo de vivienda, de conformidad con el articulo 14 del decreto 2331-1998, B decide negarse a recibir el inmueble en dación en pago, alegando que el citado decreto solo rige para entidades financieras Colombianas y esté esta constituido bajo la ley panameña. III. ASPECTO JURIDICO CONSIDERADO Derecho a la igualdad, debido proceso y la defensa IV. PARTES

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Modelo para realizar análisis de sentencias. - Universidad Santiago de Cali -

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Page 1: Analisis de Jurisprudencia

UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI

CATEDRA: OBLIGACIONES

TEMA: DACION EN PAGO. SENTENCIA T-1157/00

A. ANALISIS CONCEPTUAL

I. IDENTIFICACION DE LA PROVIDENCIA

Corte constitucional, Sentencia T-1157 -2000, Magistrado ponente Dr. Antonio Barrera Carbonell, Bogotá D.C 4 de septiembre de 2000

II. HECHOS RELEVANTES

A para solventar la deuda adquirida con B, decide dar en dación en pago el inmuebele hipotecado en garantía de un prestamo de vivienda, de conformidad con el articulo 14 del decreto 2331-1998, B decide negarse a recibir el inmueble en dación en pago, alegando que el citado decreto solo rige para entidades financieras Colombianas y esté esta constituido bajo la ley panameña.

III. ASPECTO JURIDICO CONSIDERADO

Derecho a la igualdad, debido proceso y la defensa

IV. PARTES

Sujeto activo: Eduardo Ocampo Charry Accionante

Sujeto Pasivo el Bancafé Panamá S.A. Demandado

Eduardo Ocampo Sujeto Acitvo . A

Bancafé Panamá S.A Sujeto Pasivo B

Page 2: Analisis de Jurisprudencia

V. PROBLEMA JURIDICO

¿Es viable juridicamente la acción de tutela que A interpone en contra de B con el fin de que se le garantice su derecho a la igualdad, al B negarse a recibir en dación en pago el inmueble hipotecado en garantía de un préstamo de vivienda?

VI. TESIS.

Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca -Sala Disciplinaria: No.

Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria: No.

Corte Constitucional. Si.

VII. EXPLICACION DE LA TESIS

En primera Instancia por parte del CSJ de cundinamarca, Niega la acción de tutela por considerarla improcendente ya que lae obligatoriedad de recibir el inmueble en pago de la obligación hipotecaria, es un mecanismo exclusivo para los deudores del UPAC(actual UVR) y no para deudores que adquieren la obligación en dolares, además resuelve sobre la acción de tutela, este no ser el mecansmo más idoneo para determinar la posible transgresion sino la Superintendencia Bancaria quien es el ente regulador en caliidad de supervisor

En segunda instancia por parte del CSJ en sala disciplinaria, ractifica la decisión del juez de tutela, indicando que no compete a esté, establecer si se iguala o no los alivios dispuestos por el ejecutivo (La dación en pago), ni la obligatoriedad al este ser una entidad financiera con domicilio en el exterior y oficina de representación con permiso para actuar en Colombia, además aclara que el accionante puede acudir a la aplicación del artículo 2 del decreto 1284 de 1994, según el cual la Superintendencia Bancaria ejerce funciones de vigilancia e inspección sobre las oficinas de representación de los organismos financieros y de reaseguradores del exterior.

Page 3: Analisis de Jurisprudencia

En ultima instancia, la alta corporación (corte constitucional), resuelve que aunque hay otros mecanismos como la superintendencia Bancaria encargadas de supervisar y regular, sobre la acción de tutela; cuando se trata de nacionales Colombianos o extranjeros y estos han celebrado negocios jurídicos sometidos al ordenamiento jurídico colombiano, igualmente en materia de derechos y deberes se rigen por la Constitución, Por lo tanto señala, estos tienen derecho a que se les aplique plenamente el régimen constitucional que reconoce y efectiviza los derechos constitucionales fundamentales, entre otros el de igualdad, así como el derecho económico social que garantiza a los colombianos la vivienda digna. Es el Estado Colombiano el garante de la efectiva vigencia y goce de los derechos fundamentales, economicos y sociales, esté esta en la obligación de asegurar su protección a través de los medios o mecanismos dispuestos para aquello y es la tutela el mecanismo más idoneo para defender el derecho de igualdad.

Así mismo la corte constitucional resalta que el negocio juridico se llevo acabo en el terriotorio así la entidad financiera estuviera constituida con leyes extranjeras; Que el bien objeto de la hipoteca, que garantiza la obligación contraída por el actor con la demandada, está situado en el territorio colombiano y está hace claridad respecto al aspecto de territoriedad de la ley aluciendo al articulo 26 del tratado civil internacional de Montevideo de 1889, “Los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son exclusivamente regidos por la ley del lugar donde están situados en cuanto a su calidad, a su posesión, a su inenajenabilidad absoluta o relativa y a todas las relaciones de derecho de carácter real de que son susceptibles”. Dandole la razón al sujeto A ordenandole al sujeto B aceptar la oferta de dación en pago.

VIII. METODO

SISTEMATICO (no estoy seguro)

IX. SALVAMENTO DE VOTO

No se presenta

Page 4: Analisis de Jurisprudencia

B. ANALISIS CRITICO

(El estudiante debe sentar su posición frente al fallo de la Corporación. Debe manifestar si está o no de acuerdo con el fallo de la alta corte. Además en el análisis debe incluir jurisprudencias relacionadas con el aspecto jurídico debatido y doctrina que permita identificar que el estudiante analizó e investigó acerca del derecho debatido por la alta Corporación).