análisis atributo desalojos
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PDHDF
− El atributo DESALOJOS cuenta con 18 líneas de
acción (823-840)
─ El conjunto de líneas de acción sobre este atributo
supone:
−Articulación entre poderes
−Participación
−Referencia de los estándares internacionales
en materia de derechos humanos
LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES SEÑALAN QUE UNA POLÍTICA DE
PREVENCIÓN DE DESALOJOS DEBE CONSTRUIRSE A PARTIR DE TRES EJES:
PREVENCIÓN PROTECCIÓN REPARACIÓN
Evitar, erradicar,
disminuir las
condiciones que
contribuyan al
riesgo de desalojos
Existencia,
accesibilidad y
eficacia de
recursos para
protegerse contra
el desalojo y sus
consecuencias
Acceder a los
medios y medidas
que permitan hacer
frente a todos los
daños provocados
por un proceso de
desalojo, así como
de reasentamiento
PREVENCIÓN ─ Monitorear y analizar el problema de los desalojos (823);
─ Crear un sistema de registro público de los mismos (823);
─ Programas de acceso a la información y transparencia (824);
─ Formación permanente a los servidores públicos de la SSP-DF, Jueces
Civiles y de Arrendamiento y a las y los Magistrados locales que
intervienen en desalojos, lanzamientos (829);
─ Monitoreo de la aplicación de los conocimientos adquiridos por parte de
las y los Jueces y Magistrados, así como de los elementos de la SSP-
DF, en las capacitaciones sobre derechos humanos (832);
─ Campañas de información y asesoría gratuita para la ciudadanía, con
miras a prevenir y reducir los desalojos y lanzamientos (836);
PROTECCIÓN ─ Protocolos de actuación en casos de desalojos (825);
─ Concluir los lineamientos del TSJDF para lanzamientos (826);
─ Celebrar un convenio entre ejecutivo y judicial para coordinar
actuación en desalojos, desocupaciones y lanzamientos (828);
─ Formación permanente a los servidores públicos de la SSP-DF,
Jueces Civiles y de Arrendamiento y a las y los Magistrados
locales que intervienen en desalojos, lanzamientos (829);
─ Monitoreo de la aplicación de los conocimientos adquiridos por
parte de las y los Jueces y Magistrados, así como de los
elementos de la SSP-DF, en las capacitaciones sobre derechos
humanos (831)
DEFINICIÓN DE DESALOJOS
“La práctica de desalojo forzoso consiste en despojar a
las personas de su casa o tierra contra su voluntad,
de modo atribuible, directa o indirectamente al
Estado. Esto supone la supresión efectiva de la
posibilidad de que una persona o un grupo vivan en
una casa, residencia o lugar determinados, y el
traslado asistido (en el caso de reasentamiento) o no
asistido (cuando no se trata de un reasentamiento) de
las personas o grupos desalojados a otro lugar”
ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN Es una violación grave a los derechos humanos, en
particular al derecho a la vivienda, a la vida digna, al proyecto de vida, a la integridad personal, a la vida personal, a tener un sitio de residencia.
Implica el incumplimiento de la obligación de respetar (en cuanto a llevar a cabo desalojos forzosos), de garantizar (inexistencia y/o inadecuada legislación y mecanismos para proteger contra los desalojos, inexistente o inadecuada legislación para garantizar la seguridad de la tenencia, por la ausencia de una política amplia e incluyente en materia de vivienda, entre otros aspectos) y de proteger (por no regular adecuadamente para evitar que terceros afecten los derechos).
Los desalojos forzosos siempre pueden atribuirse directamente a decisiones leyes o políticas de los Estados o a que éstos no hayan impedido que los terceros los lleven a cabo.
Pueden ocurrir a gran escala o a pequeña escala
ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN “Los casos de desalojos forzosos son incompatibles con
los requisitos del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales y sólo pueden
justificarse en las circunstancias más excepcionales y de
conformidad con los principios pertinentes del derecho
internacional" (párr. 18).
“Por su propio carácter, el desplazamiento es un proceso
perturbador y doloroso. Económica y culturalmente... crea un
elevado riesgo de empobrecimiento, que suele producirse en
uno o varios de los aspectos siguientes: falta de tierras,
desempleo, carencia de vivienda, marginación, inseguridad
alimentaria, morbilidad y desorganización social"
CASOS DE EXCEPCIÓN- Declaraciones, ataques o tratos racistas o
discriminatorios de un arrendatario o residente
contra otro;
- La destrucción injustificable de bienes de alquiler;
- La persistente morosidad en el pago del
arrendamiento a pesar de que se ha demostrado
la capacidad de pago y sin que medie el
incumplimiento de los deberes del propietario en
cuanto a la habitabilidad de la vivienda;
CASOS CUESTIONABLES
- Proyectos de desarrollo o infraestructura
- Producción de energía
- Acontecimientos internacionales (juegos
olímpicos, exposiciones internacionales)
- Proyectos turísticos
ELEMENTOS PARA EJECUTAR CASOS
DE EXCEPCIÓN: PROTOCOLOS
- En lo posible hay que evitar el traslado o, en todo caso, reducirlo al
mínimo.
- Cuando el traslado es inevitable, hay que formular y seguir un plan de
reubicación/reasentamiento en que se asignen suficientes recursos para
la justa indemnización y reintegración de las y los afectados, que deben
poder aprovechar el proceso de desarrollo de modo sostenible. Como
mínimo, su situación no debe ser peor que la anterior al traslado.
- Las principales partes interesadas, en especial las comunidades
afectadas, deben participar plenamente en el proceso de planificación y
gestión.
- Las y los favorecidos con el proyecto que da lugar al traslado deben
pagar todos los gastos del proceso, incluida la reinserción
socioeconómica de los afectados hasta alcanzar, por lo menos, el nivel
anterior.
UNA POLÍTICA DE DESALOJOS CON
ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS SUPONE
…
- Asumir clara y decididamente el cumplimiento de las
obligaciones en materia de derechos humanos a la
vida digna y a la vivienda
- Asumir el desalojo como una medida excepcional
- Armonizar y fortalecer la legislación y mecanismos de
protección y defensa legal contra el desalojo
- Ampliar y fortalecer los mecanismos de protección y
defensa legal contra los desalojos
- Incluir de manera efectiva las resoluciones y principios
de derechos humanos en las decisiones públicas
- Uso máximo de recursos
UNA POLÍTICA DE DESALOJOS CON
ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS
SUPONE …
- Transparentar los proyectos de desarrollo económico o
cualquier otro y probar irrefutablemente su beneficio social
- Garantizar la gestión y vigilancia social en los proyectos de
desarrollo o cualquier otro que interesen al gobierno
(adopción democrática de decisiones: derecho a la consulta
y a la participación)
- Fortalecer los procesos de participación democrática y
popular
- Acotar las facultades del Estado para confiscar y expropiar
- Medidas de prevención para que terceros no afecten los
derechos de las personas
UNA POLÍTICA DE DESALOJOS CON
ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS
ERRADICA …
- La multiplicación de la pobreza particular y colectiva, incluida
la falta de vivienda y el desarrollo de nuevos barrios de
tugurios;
- Los traumas físicos, psíquicos y emocionales;
- Un futuro incierto;
- Las dificultades de orden médico y la aparición de
enfermedades;
- La pérdida del sustento y de las tierras tradicionales;
- El empeoramiento de las condiciones de vivienda;
- Las lesiones físicas o la muerte por actos de violencia
arbitraria;
UNA POLÍTICA DE DESALOJOS CON ENFOQUE
DE DERECHOS HUMANOS ERRADICA …
- La necesidad de retirar a los niños de las escuelas;
- La detención o prisión de quienes se oponen al desalojo;
- El descenso del número de viviendas para personas de renta
baja; la segregación racial;
- La pérdida de lugares de importancia cultural; la confiscación
de efectos personales y bienes particulares;
- El aumento considerable del costo de la vivienda;
- La falta de otras posibilidades de alojamiento;
- El incremento del aislamiento social, y la tirantez con las
personas que ya residen en los lugares de reasentamiento
UNA POLÍTICA DE DESALOJOS CON
ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS
GARANTIZA …
- El agotamiento de todas las
posibilidades antes del desalojo
- Derecho a la vida
- A la libertad de expresión
- A organizarse
- Debido proceso
- Integridad personal
- Seguridad personal
- Vivir en paz
- Consulta y negociación con los
afectados
- Reparación del daño en los
términos del DIDH
- Resguardo de los bienes
- aparejada a la decisión de
desalojo
- Elegir el lugar de residencia
- Participar en las decisiones que
afecten a las personas
interesadas
- Proporcionalidad en el uso de la
fuerza
- Soluciones de vivienda adecuada