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www.profepa.gob.mx

PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

DELEGACIÓN JALISCO

ALCANCES DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL FEDERAL EN EL MANEJO DE LOS RESIDUOS

Vigilar y Evaluar el Cumplimiento de la

Legislación AmbientalInspección y

Vigilancia

Gestión y Control

Misión de la PROFEPA

Objetivos de la PROFEPA

Lograr la participación

decidida, informada y

responsable de la sociedad y sus organizaciones, en la vigilancia e

inducción del cumplimiento de la ley ambiental.

Contener la destrucción de

nuestros recursos

naturales y revertir los

procesos de deterioro

ambiental.

Procurar el pleno acceso de la sociedad a la impartición de

una justicia ambiental pronta

y expedita.

Fortalecer la presencia de la Procuraduría y

ampliar su cobertura

territorial, con criterio

federalista.

Acciones de la PROFEPA

Recursos Naturales

Inspección IndustrialAuditoría Ambiental

Justicia Social

Acciones de la PROFEPA

Recursos Forestales Impacto Ambiental Vida Silvestre

Áreas Naturales Protegidas Zona Federal Marítimo Terrestre Industria

RESIDUOS PELIGROSOS Metal Mecánica Componentes

Eléctricos y Electrónicas

Curtiduría Unidades Médicas

( Hospitales, Clínicas y Laboratorio)

Minería Otros Generadores de

Residuos Peligrosos (Alimentos, Textil, Plástico, etc.)

ATMÓSFERA

Vidrio Asbesto Pinturas Automotriz Cal

Química Petroquímica Celulosa y Papel Metalúrgica Azucarera Generación de

Energía Eléctrica Cemento Tratamiento de

Residuos Peligrosos

IMPACTO AMBIENTAL

Materias de Jurisdicción FederalIndustria

Legislación Ambiental

Conjunto de Leyes, Reglamentos y Normas que establecen

medidas para la conservación, uso y aprovechamiento de los

recursos naturales.

Protección del Capital Natural del País

Durante décadas, el proceso de industrialización en nuestro país se

desarrolló sin que existiesen restricciones legales para el manejo integral de materiales y residuos peligrosos.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) define como peligroso a

todo a aquel residuo, en cualquier estado físico que por sus características corrosivas, tóxicas,

reactivas, explosivas, inflamables, biológicas infecciosas, representan un peligro para el

ambiente.

Corrosividad Reactividad Explosividad

Toxicidad Inflamabilidad Biológico infeccioso

Características CRETIB

Clasificación de los RP de acuerdo a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR)

Residuos Peligrosos

Corrosivos

Ácidos Fuertes Bases

Fuertes

Bromo Hidracina

Explosivos

Peróxidos Ácido pírico

Teinitrolluceno (TMT)

Cloratos Percloratos

Inflamables

Hidrocarburos aromáticos

Alcoles Éteres

Aldehídos Cetonas

Reactivos

Metales alcalinos

Metil Isocianato Cloruro de acetileno

Magnesio Nitratos

Tóxicos

Cianuros Arsénico y

sales de plomo

Anilina Plaguicidas

RPBI

Sangre Muestras Bilógicas (orina)

Jeringas, Tejidos,

órganos, etc.

Principales fuentes de contaminación por residuos peligrosos

Aplicación de Plaguicidas Actividad Minero metalúrgica Desechos Industriales de la macroindustria Desechos de la microindustria

Aguas residuales Residuos de la Industria Petrolera Residuos Hospitalarios Residuos municipales

La estimación más reciente sobre el

volumen de generación de RP,

para el periodo 2004-2008, equivale a millón 25 mil 128

toneladas.

Esta basada en los reportes de 27 mil

465 empresas incorporadas al

Padrón de Generadores de

Residuos Peligrosos (PGRP) y con

registro ante la SEMARNAT.

Sin embargo, la cifra no debe

considerarse como el volumen total de RP generados en el país es ese periodo,

debido a que el PGRP no incluye a la

totalidad de las empresas que

producen estos residuos en el

territorio. Generación de Residuos Peligrosos

Obligaciones ambientales del generador de Residuos Peligrosos

1. Determinar si los residuos son peligrosos y, en su caso, manifestarlo a la SEMARNAT.

2. Manejarlos de acuerdo a sus características de compatibilidad, en recipientes que reúnan las condiciones de seguridad necesarias para que durante las operaciones de manejo, incluyendo su almacenamiento dentro de sus instalaciones, no sufran ninguna pérdida o escape.

3. Evitar la exposición de los operarios al residuo e identificar los residuos señalando su nombre y sus características de peligrosidad.

4. Almacenarlos en condiciones de seguridad, así como llevar bitácoras de residuos peligrosos.

5. Darles el tratamiento o disposición final que corresponda, en cuyo caso, los vehículos deberán contar con autorización tanto de la SEMARNAT como a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a cuyos operarios debe entregar el manifiesto para entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos.

6. Si en treinta días naturales a partir de la fecha en que la empresa de servicios de manejo correspondiente reciba los residuos peligrosos para su transporte, el generador no recibe copia del manifiesto debidamente firmado por el destinatario de los mismos, el generador deberá informar a la SEMARNAT, para que dicha dependencia determine las medidas que procedan

7. El original del manifiesto debe ser conservado por el generador durante diez años, contados a partir del momento en el que el destinatario entregue al primero el original del manifiesto.

8. Debe conservar los registros de los resultados de cualquier prueba, análisis u otras determinaciones de residuos peligrosos durante diez años, contados a partir de la fecha en que hubiere enviado los residuos al sitio del tratamiento o de disposición final

Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados,

y ubicados en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles

emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones.

Contar con muros de contención y fosas de retención para la

captación de los residuos o de los lixiviados con capacidad para

contener una quinta parte de lo almacenado, así como con trincheras o canaletas que

conduzcan los derrames a tales fosas.

Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que

permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales,

así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia, y con sistemas

de extinción contra incendios

Contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad

de los mismos, en lugares y formas visibles

Obligaciones Ambientales

Almacenamiento

Obligaciones ambientalesÁreas Cerradas

Deben cumplir con las siguientes condiciones adicionales:

No deben existir aperturas que pudieran permitir que los líquidos fluyan fuera del área protegida;

Las paredes deben estar construidas con materiales no inflamables;

Contar con ventilación natural o forzada. En los casos de ventilación forzada debe tener una capacidad de recepción de por lo menos seis cambios de aire por hora

Estar cubiertas y protegidas de la intemperie y, en su caso, contar con ventilación suficiente para evitar acumulación de vapores peligrosos y con iluminación a prueba de explosión.

DELEGACIÓN JALISCO

Av. Plan de San Luis # 1880

Col. Chapultepec CountryGuadalajara, Jalisco

Tel. 3824-6508www.profepa.gob.mx

Ing. Alejandro González ZepedaSubdelegado de Inspección Industrial

de la PROFEPA en Jaliscoazepeda@profepa.gob.mx

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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