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Oficina Internacional del Trabajo
LA OIT Y LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS
FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO
Calca, Perú, 6 de diciembre de 2007www.oit.org.pe
Jesús García JiménezCTP OIT Lima
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QUE ES LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
-OIT
La OIT fue creada en 1919 en un esfuerzo conjunto de gobiernos, empleadores y trabajadores, con el fin de mejorar las condiciones de trabajo de los seres humanos sin distinción y contribuir a fomentar la justicia social y los derechos humanos y laborales. En 1946 se convirtió en el primer organismo especializado de las Naciones Unidas y hoy cuenta con 175 Estados Miembros.
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QUE HACE LA OIT
TRABAJADORES GOBIERNO EMPLEADORES
PROMOVER LA JUSTICIA SOCIAL
MEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJOMEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO
ACTIVIDADES NORMATIVAS
•Elaboración de Normas Internacionales del Trabajo (NIT)
•Adopción por la Conferencia Internacional del Trabajo
•Control de la aplicación por los Estados Miembros
COOPERACION TECNICA•Promover los objetivos fijados por las NIT
•Mejorar las condiciones de vida y trabajo
•Promover el pleno empleo
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EL TRIPARTISMO
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188 CONVENIOS OIT(y 199 Recomendaciones)
Libertad sindical, negociación colectiva y relaciones de trabajo
Trabajo forzoso Eliminación del trabajo infantil y protección de los
niños y los menores Igualdad de oportunidades y de trato Consultas tripartitas Administración e inspección del trabajo Política y promoción del empleo Orientación y formación de profesionales Seguridad del empleo Salarios Horas de trabajo
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188 CONVENIOS OIT(y 199 Recomendaciones)
Seguridad y salud en el trabajo Seguridad social Protección de la maternidad Política social Trabajadores migrantes Gente de mar Pescadores Trabajadores portuarios Pueblos indígenas y tribales Categorías específicas de trabajadores
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Promover y cumplir las normas, y los principios
y derechos fundamentales en el
trabajo
Promover y cumplir las normas, y los principios
y derechos fundamentales en el
trabajo
Crear mayores oportunidades para mujeres y hombres, con objeto de que dispongan de unos ingresos y un empleo
decorosos
Crear mayores oportunidades para mujeres y hombres, con objeto de que dispongan de unos ingresos y un empleo
decorosos
Realzar el alcance y la eficacia de la protección social para todos y todas
Realzar el alcance y la eficacia de la protección social para todos y todas
Fortalecer el tripartismo y el diálogo social
Fortalecer el tripartismo y el diálogo social
TRABAJO TRABAJO DECENTEDECENTE
MARCO ESTRATÉGICO
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TRABAJO DECENTE
“El trabajo decente es aquella ocupación productiva que es justamente remunerada y que se ejerce en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto a la dignidad humana”
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¿Cuáles son los Principios y Derechos fundamentales del
trabajo?
Libertad sindical y negociación colectiva
Erradicación del trabajo infantil Igualdad y no discriminación Eliminación del trabajo forzoso
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C.87: LIBERTAD SINDICAL Y PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN, 1948
C.98: DERECHO DE SINDICACIÓN Y DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, 1949
NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
LIBERTAD SINDICAL
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SU OBJETIVO: ASEGURAR LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS EMPLEADORES SIN INJERENCIA DE LOS PODERES PÚBLICOS
LIBERTAD SINDICALCONVENIO 87. LIBERTAD SINDICAL Y PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN, 1948
DERECHO LIBREMENTE EJERCIDO DE LOS TRABAJADORES Y LOS EMPLEADORES, SIN DISTINCIÓN ALGUNA, A ORGANIZARSE PARA FOMENTAR Y DEFENDER SUS INTERESES RESPECTIVOS.
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SINDICACIÓN Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA
CONVENIO 98. DERECHO DE SINDICACIÓN Y DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, 1949.
ESTE CONVENIO COMPLEMENTA EL CONVENIO 87 Y SE REFIERE A LAS RELACIONES ENTRE LOS TRABAJADORES Y EMPLEADORES.
PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES EN EJERCICIO DEL DERECHO DE SINDICACIÓN.PROTECCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y DE EMPLEADORES CONTRA ACTOS DE INJERENCIA DE UNAS RESPECTO DE LAS OTRAS.FOMENTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA VOLUNTARIA.
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C.29: TRABAJO FORZOSO, 1930
C.105: ABOLICIÓN DEL TRABAJO FORZOSO, 1957
NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
PROTECCIÓN CONTRA EL TRABAJO FORZOSO
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ERRADICACIÓN TRABAJO FORZOSO
CONVENIO 29. TRABAJO FORZOSO, 1930
ABOLICION EN TODAS SUS FORMAS DEL TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO IMPUESTO CON DETERMINADOS FINES
CONVENIO 105. ABOLICION DEL TRABAJO FORZOSO, 1957
SUPRESIÓN DEL TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO
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C.100: IGUALDAD DE REMUNERACIÓN, 1951
C.111: NO DISCRIMINACIÓN (EMPLEO Y OCUPACIÓN), 1958
NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS
FUNDAMENTALESPROTECCIÓN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN
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NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
CONVENIO 100. IGUALDAD DE REMUNERACIÓN, 1951
REMUNERACIÓN IGUAL PARA HOMBRES Y MUJERES POR UN TRABAJO DE IGUAL VALORCONVENIO 111. NO DISCRIMINACIÓN (EMPLEO Y OCUPACIÓN),1958
PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO EN MATERIA DE EMPLEO Y DE OCUPACIÓN CON OBJETO DE ELIMINAR TODA DISCRIMINACIÓN
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