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U T O P I A P A R A L O S E X C L U I D O S
EL M U L T I C U L T U R A L I S M O EN Á F R I C A Y A M É R I C A L A T I N A
PARTE
T E R R I T O R I O Y C O N F L I C T O
PROPIEDAD Y TERRITORIO
EN LA CONSTITUCIÓN DE 199T
MARÍA MERCEDES MALDONADO COPELLO
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
I N T R O D U C C I Ó N
Y a han transcurrido doce años desde que fuera expedida la Constitución de
1991. Desde entonces, gran parte del debate público en torno a los temas
territoriales se ha centrado en: i) la pertinencia, necesidad o imposibilidad de
expedir la ley orgánica de ordenamiento territorial, ii) la profundización o
reorientación de la descentralización y iii) el diseño de los instrumentos de
ordenamiento territorial desde la perspectiva de la planeación en sus variantes
urbana y ambiental. Extrañamente, poco se ha hablado de la planeación del
territorio rural.
Si se acepta que las dos instituciones centrales de la modernidad, en lo que
tiene que ver con las relaciones de los seres humanos con la tierra, son la soberanía
y la propiedad, se podría afirmar que el debate al cual me refiero le da prioridad a
1. Esta presentación hace parte de dos trabajos de investigación desarrollados en el Cider de la Univer
sidad de los Andes, que cuentan con el apoyo financiero de Colciencias: "Derecho a la ciudad y procesos de
producción normativa en Colombia" y "Referentes teóticos, epistemológicos e ideológicos de las leyes 388
de 1997, 99 de 1993 y 142 de 1994".
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MARÍA MERCEDES MALDONADO
la discusión desde la organización política del territorio, en particular sobre su
dimensión intra-nacional que, por lo demás, se ha reducido a una comprensión
restrictiva del mismo como la simple distribución de competencias entre
jurisdicciones territoriales. Entonces, la pregunta inicial es sobre las apuestas
éticas y políticas de la Constitución de 1991 en el campo de la propiedad.
Desde la historia, se debe tener en cuenta que la institución moderna de la
propiedad surgió antes que la de soberanía. A partir de la idea de apropiación
privada -caracterizada por la vocación de cubrir todo el espacio disponible y por
la búsqueda de formas más rentables de explotación- en el plano del derecho
público se produjo un movimiento paralelo de ocupación de los espacios aún
disponibles sobre los cuales se estableció el reino de la soberanía estatal, que
impuso sobre el planeta entero la apropiación y manejo exclusivo de la tierra. Lo
propio de la ideología económica, otra de las características particulares de la
modernidad, es que tiende a reducir la relación de las personas con las cosas a la
propiedad y, sobre todo, a asimilar toda autoridad sobre el suelo -sea que
corresponda a personas, a comunidades o a naciones- a la de propietarios
inmobiliarios. De hecho, el suelo político es la condición del suelo económico
[cfr. Madjarian 1991, Le Roy 1999].
Por esta razón, es inocuo abordar el debate sobre ordenamiento territorial
en cualquiera de sus acepciones, sin reconocer que las formas de ejercicio de la
p rop iedad , en calidad de mecanismo básico para el ejercicio del poder,
fundamentan tanto la generación de conflicto y violencia como su resolución.
En este marco el texto que sigue pretende identificar las importantes
transformaciones que introdujo la Constitución de 1991 en relación con la
propiedad. Haré referencia específica a los procesos urbanos y compartiré algunas
inquietudes y sugerencias para su interpretación, partiendo del supuesto de que
hemos avanzado mucho en lo que tiene que ver con el ordenamiento territorial en su
dimensión de planeación. Leyes como la 388 de 1997 han puesto en marcha ejercicios
interesantes y renovadores con respecto a la formulación de planes municipales de
ordenamiento territorial. Sin embargo, subsiste la intención de eludir el problema
central de la planeación territorial, el del contenido del derecho de propiedad.
A pesar de los sucesivos intentos por reformarla desde los espacios más
democráticos hasta los más retardatarios, la Constitución de 1991 sigue siendo
uno de los pactos políticos más importantes construidos por los colombianos, en
medio de sus ambigüedades, tensiones y contradicciones.
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Organizaré este análisis alrededor de dos de los principales desafíos éticos y
políticos de la Constitución de 1991, los cuales al parecer aún no han sido
asumidos e incorporados en las prácticas cotidianas de transformación, ocupación
y conservación de la tierra. Esos desafíos son la irrupción de la figura del derecho-
deber y la superación de principios civilistas de viejo cuño, como el de la
propiedad, que remiten a una profunda redefinición de la oposición entre lo
público y lo privado, otra de las bases de la modernidad.
REFERENCIAS A UNA HISTORIA POR LO GENERAL
MAL CONTADA
Desde la ideología y durante un largo período, la propiedad se ha presentado
como un avance de la humanidad en términos de la superación de las formas de
dominación feudales, o bárbaras y como manera de acceder a la civilización .
Los juristas participantes en el proceso de formulación del Código Civil
consideraban la propiedad como el alma universal de toda la legislación,
representación que se inscribe en los rasgos distintivos de la ciencia política
moderna: la propiedad asegura la sujeción de los ciudadanos al Estado, modera
el impuesto, sirve de criterio para determinar los ciudadanos que son llamados a
conformar la representación nacional. Portalis, como ponente del Código Civil,
concluye su intervención ante la Asamblea Legislativa con esta frase: "No es
posible amar su propiedad sin amar las leyes que la protegen, favorecer la
propiedad es inspirar el amor a las leyes" [Ost 1995]. Sin embargo, en esta visión
se ocultan trazos esenciales de esta historia: al mismo tiempo que la gente accedía
a la propiedad y se superaba la sujeción servil en el contexto feudal, se rompían
múltiples solidaridades aldeanas y rurales, y se ocultaban, desconocían o negaban
otras formas de relación entre los seres humanos y la tierra, basadas en la idea de
comunidad, y de responsabilidades compartidas.
El advenimiento de la propiedad moderna también corresponde al movimiento
que suprime la fijación política de las personas a la tierra. Madjarian [1991] precisa
que esa fijación es un fenómeno complejo que aparece a la vez en la Edad Media
2. Se hace referencia a la llamada civilización del Código Civil napoleónico, que por casi dos siglos ha
sido el soporte jurídico de la modernidad occidenral en su representación europea continental.
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europea,y en diversas comunidades indígenas, campesinas y aún urbanas a lo largo
del planeta, como obligación y como derecho. El nacimiento de la propiedad
moderna, cualquiera que sea el modo de surgimiento, produce la separación
institucional de las personas y la tierra . Se trata de una nueva forma de relación
que se caracteriza por la supresión del vínculo político que unía tanto al amo o
señor como al siervo a un terruño común .
Como bien indica Francois Ost [ 1995], la revolución francesa no sólo arrasó
con los privilegios feudales sino que procedió a la liquidación progresiva de las
solidaridades aldeanas y rurales. La liberación del siervo al igual que su
servidumbre, tiene una doble expresión: su independencia con respecto a la tierra
tiene como contrapartida que la tierra se libera de él. El derecho de circular, uno
de los rasgos esenciales de la libertad que ha adquirido, tiene por complemento
el derecho de la tierra a circular sin atadura humana. El campesino es desposeído
de sus derechos, sobre todo los comunes y a cambio adquiere el derecho a adquirir
progresivamente el derecho absoluto sobre una parcela, a volverse propietario,
se trata de una relación nueva que estará marcada por un doble efecto, el de la
libertad y la inestabilidad económica.
La delimitación de la propiedad como institución está en el centro de la
contribución de los juristas al surgimiento del paradigma de la modernidad,
estructurado -entre otros elementos- alrededor del individualismo posesivo. El
tejido jurídico, a la escala del derecho de propiedad, definido a través de los
códigos romano y napoleónico parte del supuesto de que la propiedad es el
derecho supremo sobre los bienes, y que los otros derechos solo podrían ser
limitaciones o fracciones de ese derecho total y absoluto [Madjarian 1991].
Francois Ost señala que mientras la declaración de derechos humanos de 1789
había consagrado al derecho de propiedad como "inviolable y sagrado", el Código
3. Madjarian aclara que no es en el sentido en que lo entiende Marx, de desposesión y proletarización
de los productores, ya que este proceso tiene lugar en Inglaterra, pero no es general.
4. Históricamente el campesino es desposeído de sus derechos, en particular de los comunes o comu
nales para adquirir progresivamente simplemente el derecho de llegar a ser dueño de una parcela, volverse
propietario. Aparece una relación nueva en la cual el productor ya no tiene un vínculo intangible y consue
tudinario con la tierra que trabaja. La libertad personal y la inestabilidad económica son el doble efecto de
este cambio, incluso si no son compartidas de la misma manera.
5. Que a través de Andrés Bello y su transferencia al Código Civil chileno fue adoptado en Colombia
a finales del siglo XIX.
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Civil se encarga de traducir la aspiración de situarla en el plano del derecho natural,
en el terreno del derecho positivo, garantizando el carácter absoluto, exclusivo y
perpetuo de los derechos del propietario.
Desde entonces, los occidentales vivimos con ese mito que ideó la legislación
civil, el cual tiende a hacernos creer en la supremacía del derecho de propiedad,
olvidando que inmediata y simultáneamente esa misma legislación multiplica
los límites, determinaciones y excepciones a su ejercicio [Comby 1989: 9-20].
A partir de un trabajo de revisión de los textos fundadores de esa institución,
Joseph Comby plantea que no es que haya habido una relativización reciente
de un derecho de propiedad que hubiera sufrido sucesivas amputaciones o
que hubiera sido degradado con el tiempo, sino que "(...) la propiedad territorial
absoluta nunca existió, solo fue un proyecto, por no decir que un fantasma"
[Ibid.: 10].
Esas investigaciones revelan que el lenguaje romano rechazaba la atribución
del derecho a usar, o sea el usus al dominus. También explica que Santo Tomás
de Aquino, fiel a dicha tradición clásica, planteaba que sólo el individuo se apropia
de la gestión de la cosa, y no del usus, el cual, en principio, debe conservarse
común.
Joseph Comby se refiere a la historia de ese mito sobre la concepción
absolutista de la propiedad. Demuestra que los legistas del Renacimiento lo
elaboraron creando un "derecho romano" de la propiedad, "sobre medidas",
imaginario, susceptible de hacer progresar la propiedad burguesa contra la
propiedad feudal. Sostiene que extrapolaron un pasaje anodino del Digesto de
Justiniano, y de allí extrajeron una exaltación del derecho de propiedad, en
nombre de Roma, como jus u t e n d i j j u s abutendi. Por su parte, Ourliac indica
que a mediados del siglo XVIII, sobre todo Pothier, sería quien lanzaría la fórmula
dei famoso tríptico dei usus, delfructus y del abusus que traduciría la "mística de
la omnipotencia del propietario" [Ourliac 1961 en Comby 1989].
Ost también ha mostrado cómo fueron manipulados los referentes teóricos
e ideológicos más importantes de la propiedad. Por ejemplo, John Locke , en el
capítulo consagrado a la propiedad en el "Segundo tratado del gobierno civil"
6. Investigador francés en el campo del urbanismo y, particularmente, de las políticas de suelo.
7. De acuerdo con F. Ost quizás el más imporrante representante de la delincación jurídica del pa
digma moderno.
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MARÍA MERCEDES MALDONADO
anuncia que se esforzará por establecer cómo los hombres pueden adquirir
porciones de propiedad distintas a las que Dios les dio a los hombres del común,
inclusive sin el acuerdo expreso de todos los copropietarios. Locke legitima esa
apropiación alegando que para sobrevivir (que en sí mismo es un derecho) el
hombre tiene que trabajar la tierra y hacerla fructificar. Por su trabajo, sustrae en
provecho propio parte de los recursos comunes; los pone aparte, los enriquece y
por esos hechos se crea la propiedad, título justificado porque, además del trabajo,
se apoya en la necesidad, algo dado naturalmente y remite a la libertad, constitutiva
de la naturaleza humana.
No obstante, Locke se cuida de señalar varios límites a ese derecho de
apropiación privativa de los recursos originalmente comunes: justificada por la
necesidad y el trabajo, la propiedad es igualmente medida por ellos. En otras
palabras, la propiedad deja de ser legítima si excede la parte requerida para la
satisfacción de una necesidad. También deja de serlo en el evento de que no sea
fruto del esfuerzo personal y, en adición, lo que queda debe ser suficiente para
los demás, en cantidad y calidad. Ost no deja de advertir que esto no genera
ningún problema ante los ejemplos que utiliza Locke: los peces del mar o las
tierras de América, aparentemente sin límites, pero que no se aplicaría con la
misma facilidad a otras situaciones.
Las aplicaciones posteriores de la obra de Locke retendrán la primera parte
de la demostración (la justificación de la propiedad por la libertad, el trabajo y la
necesidad) y se olvidarán de la segunda (el triple criterio de la moderación en el
uso de los recursos). Inclusive el mismo Locke al final de su estudio no deja de
señalar que la aparición de la moneda, al permitirle a los hombres "poseer más
allá de lo necesario" generó "desproporciones y desigualdades" en la posesión
de la tierra. No obstante la anterior precisión, Locke aprecia esta evolución bajo
el enfoque de los principios que él mismo fijó. Fuertemente justificado por el
orden ético y bien asegurado por el nuevo imaginario político, de ahí en adelante
y cada vez más, lo económico ganaría autonomía y la propiedad se volvería el
trampolín para la multiplicación de los intercambios, es decir, para la difusión
del mercado [Ost 1995: 53].
En efecto, uno de los rasgos distintivos de la propiedad consagrada por el
Código Civil napoleónico es el de la circulación, que bien pronto sería
transformación. De acuerdo con Francois Ost,"(...) el dinamismo de las relaciones
jurídicas hechas posibles por el Código Civil, destronó hace mucho tiempo la
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propiedad-disfrute en provecho de la propiedad especulación" . La especulación
se basa en el despojo de toda obligación, la movilidad de la tierra y su
mercantilización. Por eso, como se verá, uno de los elementos más claros de los
ajustes recientes al contenido del derecho de propiedad es el de restituir los
vínculos entre uso y obligación.
Para analizar las transformaciones que le introdujo la Constitución de 1991
a la institución de la propiedad, resaltamos algunas de las características de ese
concepto en la modernidad: lo primero, que ya hemos señalado, es su capacidad
para delinear un bien objeto de la apropiación, separado y diferenciado del ser
humano que lo posee, para que pueda circular de forma autónoma en el mercado,
lo cual contrasta con las formas no modernas de relación de los seres humanos
con la tierra. La ruptura fundamental que instaura el régimen de bienes que hoy
conocemos en occidente es el surgimiento de su alienación, versión depurada de
la idea de libre disposición .
El segundo gran cuestionamiento que hicieron los juristas al crear la noción
de propiedad se refiere a la comunidad. Para los inventores del Código Civil, el
individuo es el centro del universo, y en sentido estricto la comunidad nunca
habría existido e incluso no habría podido existir. De esta manera, los bienes
reputados comunes antes de la ocupación no son otra cosa que bienes vacantes.
En otras palabras, están sometidos a la ley del primer ocupante y por la ocupación
se vuelven propios de quien los ocupa.
La propiedad concreta una centralización individual de los derechos sobre
la tierra, por medio de ese derecho, supuestamente único, universal y absoluto,
por oposición a una gran diversidad o multiplicidad de relaciones jurídicas con
la tierra, dispersas en el grupo social.
8. De acuerdo con el trabajo ya citado de Madjarian, la propiedad no se instaura verdaderamente en su
generalidad sino con la movilización mercantil de la tierra, o más exactamente, de los derechos o títulos
inmobiliarios, la dificultad más grande de la historia de la propiedad, lo cual explica su triunfo tardío, fue
lograr pensar la tierra como una simple cosa independiente de los individuos y movilizable como todo bien
mueble, proceso que tomó varios siglos. Este autor señala que la dificultad actual, es completamente inversa:
la de comprender que la tietta no puede ser reducida, incluso en la sociedad capitalista moderna, a un bien
que se moviliza en un mercado, o sea que su estatuto no es simplemente económico, como tiende a hacetio
pensat el materialismo cotidiano de dicha sociedad.
9. La propiedad sería el conjunto de condiciones institucionales de la alienación de las cosas, es decir,
de su conversión en mercancías. Por su parte, Ost define la inalienabilidad como la afectación de los bienes
a un patrimonio transgeneracional.
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Además, el derecho de propiedad rompe con las ideas de permanencia y
duración y las lleva hacia el consumo. En el campo, el propietario tiende a sobre
explotar el bien para sacarle provecho, pagar las deudas y los impuestos, lo cual
altera los equilibrios naturales. En la ciudad, la presión será siempre por lograr la
autorización de urbanizar y así lograr rendimientos. Por último, en su versión
original, una de las características centrales de la propiedad occidental es la
ausencia de obligaciones positivas ante los demás, puesto que se refiere a una
simple sustitución recíproca, lo cual caracteriza al intercambio mercantil. Las
obligaciones tienden a entrar en el ámbito del contrato individual, debido a que
ya no se derivan de un determinado status dentro del grupo social (tanto del bien
como de la persona). Más especificamente, la especulación tiene en su base el
despojo de toda obligación, hgado a la movilidad de la tierra y su mercantilización.
Por eso, las redefiniciones contemporáneas del derecho de propiedad tienden a
restituir los vínculos entre uso y obligación, y a recuperar el principio de solidaridad.
LOS RETOS ÉTICOS Y POLÍTICOS PLASMADOS
EN LA C O N S T I T U C I Ó N DE 1991
A lo largo de la última década, un lugar común ha consistido en destacar que la
Constitución de 1991 ha expandido los derechos que ella consagra. En efecto, se
trata de una de las Constituciones de más reciente expedición en el planeta que más
derechos reconoce, según la gran cantidad de escritos y de trabajos que resaltan a éste
como uno de sus efectos más positivos.
No obstante, el que esos derechos individuales y subjetivos aparezcan como
expresión de democracia y construcción de cohesión social, proceso cuya
importancia no desdeño, siguen anclados en la exaltación del individualismo con
el riesgo evidente de la exclusión reiterada del otro, que en general son los más
débiles de nuestro grupo social.
Al contrario de esta visión, considero que la Constitución de 1991 introdujo
un elemento aún más importante: la afirmación de derechos y deberes, ligados a
principios de solidaridad . Semejante innovación de verdad se constituye en un
10. Solidaridad aún en el lenguaje propio del universo civilista quiere decir participar en una obliga
ción común.
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reto para una sociedad que ha sido profundamente irresponsable como la nuestra,
cuyo pacto social ha sido tan precario, y cuya manera de recurrir al Estado y al
Derecho que se deriva de él más que todo ha consistido en canal para legitimar y
mantener privilegios y exclusiones. Justamente, uno de los campos dentro de los
cuales irrumpe esta nueva concepción de solidaridad es en el de las relaciones con
la tierra y particularmente la propiedad.
De acuerdo con lo que indiqué antes, un derecho que cimenta la modernidad
occidental es el de la propiedad, al cual se ligaron las representaciones de
civilización, progreso y libertad. Por ello, durante muchos años fue el único
derecho económico que reconocía la comunidad internacional. De ahí que
Boaventura de Sousa Santos muestre que uno de los axiomas centrales de la
modernidad está en la base de los problemas fundamentales con los cuales nos
enfrentamos, es el de la independencia entre la legitimidad de la propiedad privada
y el uso de esa propiedad .
Dentro de este marco, cobra mayor relevancia el cambio radical que consagró
la Constitución de 1991, así como los desarrollos legales y de jurisprudencia que
ha hecho posibles. Esas transformaciones consisten en el replanteamiento de la
idea de función social de la propiedad, la redefinición del contenido del derecho
de propiedad, la irrupción de algunos derechos colectivos, y la aproximación a la
noción de patrimonio.
Desde 1936, la fórmula de que la propiedad es una función social fue
incorporada a la Constitución. De acuerdo con Fernando Hinestrosa, mientras que
la Constitución de 1886 se inscribía en el paraíso de los civilistas, caracterizado
por los derechos adquiridos, el justo título, las expectativas, las situaciones jurídicas
concretas o en proceso de consolidación, los constituyentes de 1936 buscaban
"(...) sentar el principio de que no es posible o admisible o lícito el ejercicio arbitrario,
incontrolado, egoísta de ningún derecho, comenzando por el de dominio, y eso se
logró" [Hinestrosa 1995:136].
11. Los otros axiomas son la hegemonía que ha venido a asumir la racionalidad cienrífica y que consis
te en la transformación de los problemas éticos y políticos en problemas técnicos y cuando tal transformación no
es posible se busca una solución intermedia, la transformación de los problemas éticos y políticos en problemas
jurídicos. El tercer axioma es la soberanía de los Estados y la obligación vertical de los ciudadanos frente al Estado
que lleva a que tanto la seguridad internacional como la nacional adquieran precedencia "natural" sobre la
democracia entre estados y la democracia interna. El último es la creencia en el progreso, entendido como un
desarrollo infinito alimentado por el crecimiento económico y tecnológico. [Cfr. Santos 1998: 369-456].
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M A R Í A MERCEDES M A L D O N A D O
Sin embargo, la Constitución de 1991 fue aún más allá. En primer lugar no
sólo reafirmó la definición de la propiedad como una función social que implica
obligaciones, sino que estableció que además le era inherente una función
ecológica. Señaló que en caso de expropiación, la indemnización se fijará
consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En segundo lugar,
estableció como un derecho colectivo, la participación de las entidades públicas
en la plusvalía que genere su acción urbanística y la regulación de la utilización
del suelo urbano en defensa del interés común.
El primer efecto, ya no tiene discusión: en Colombia la propiedad dejó de
ser derecho fundamental y quedó definida como función social y ecológica.
Numerosos juristas y la Corte Constitucional han reafirmado este principio con
claridad.
Con reiteración, la Corte Constitucional ha señalado que la propiedad
privada en modo alguno es un derecho absoluto, y que su función social no debe
entenderse como simple límite externo para su ejercicio, sino como parte
sustancial de la misma . Dicho de otra manera, "la apelación sistemática al
instrumento legal para limitar la propiedad, en cumplimiento de lo dispuesto
por la Constitución, ha dado lugar a un conjunto de regímenes del dominio -
prolíficos en limitaciones y obligaciones-. De este modo, la propiedad quedó
alejada de la matriz unitaria de la concepción civilista, frente a la cual tales
regímenes ya no funcionan como excepciones o reglas especiales, sino como
superación de la misma, reducida ya a mera referencia histórica" .
Desde que fue expedida la Constitución de 1991, el concepto de propiedad
asumió nuevos elementos que le han dado una nueva connotación y un perfil de
profunda trascendencia social. La propiedad privada ha sido reconocida no sólo
como un derecho, sino como un deber que implica obligaciones. En esa medida,
el ordenamiento jurídico garantiza no sólo su núcleo esencial, sino su función
12. Sentencia de constitucionalidad C-589/95, magistrado ponente Fabio Morón Díaz. En la misma
sentencia se plantea que "La función social tiene, por una parte, el significado de moderar y restringir el
alcance del derecho de propiedad, mientras que por otra parre, le corresponde el de implicar una mayor
afirmación de ciertas clases de propiedad. (Como las formas asociativas y solidarias de propiedad)" Cfr. tam
bién las sentencias de constitucionalidad: C-223/94 y C-275/96, magistrado ponente José Gregorio Hernández;
sentencia de tutela T-523/94, magistrado ponente Alejandro Martínez Caballero; sentencia de constituciona
lidad C-389/94, magistado ponente Antonio Barrera Carbonell y las que se reseñan más adelante.
13. Sentencia de constitucionalidad C-006/93.
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social y ecológica, que permite conciliar los derechos del propietario con las
necesidades debidamente fundamentadas de la colectividad.
También debe ser entendida como deber, teniendo en cuenta que su función
social, como elemento constitutivo y no externo a la misma, compromete a los
propietarios con el deber de solidaridad que plasma la Constitución. Entonces,
la configuración legal de la propiedad, puede apuntar indistintamente a la
supresión de ciertas facultades, a su ejercicio condicionado o, en ciertos casos, al
ejercicio forzoso de algunas obligaciones .
Apartir de la expedición de la ley 388 de 1997, en las prácticas urbanas, que
son básicamente procesos de subdivisión, transformación, ocupación, habitación
y conservación de territorios, estos principios se traducen en importantes
premisas:
1) Un nuevo significado del principio de la función social de la propiedad.
Durante algún tiempo la interpretación de esta fórmula se tradujo en la
prerrogativa de expropiación que tienen las entidades públicas o en la supuesta
imposición al propietario de explotar adecuadamente su tierra o de incorporarla
al mercado, para contrarrestar la idea de una propiedad inmóvil, traducida en la
retención o el acaparamiento, que se caracterizaba como una forma de propiedad
feudal, representación, por lo demás, heredada del orden Colonial.
Esta concepción ha sido reconsiderada y superada, de manera que hoy puede
afirmarse que la función social equivale ai conjunto de limitaciones y obligaciones
que pueden ser impuestas a la propiedad en nombre de los intereses colectivos,
de urbanizar o construir en los tiempos fijados por el plan de ordenamiento, de
abstenerse de hacerlo, de conservar, de trasladar a la colectividad de manera
obligatoria y gratuita los terrenos necesarios para los usos de interés común, de
imposibilidad de lotear o subdividir sin licencias, de trasferencia a los municipios
dc hasta un 50 por ciento de los incrementos de precio de los terrenos derivados
de decisiones urbanísticas como el cambio de clasificación del suelo, o la
autorización de mejores aprovechamientos urbanísticos
Todas las normas jurídicas son tan sólo materiales para ser traducidos,
apropiados y dotados de significado en eljuego de los distintos intereses y en el
terreno de la construcción de ciudad. En consecuencia, la función ecológica de la
p rop iedad abre la inst i tución hacia contenidos aún más innovadores .
14. Sentencia de tutela T-427/98, Magistrado ponente, Alejandro Martínez Caballero.
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Infortunadamente en el trámite de la constituyente no fue posible incorporar la
noción de patrimonio que habría permitido avanzar en la superación de la
concepción de la propiedad como una relación de poder, excluyente y ausente de
responsabilidades. No obstante, la idea de función ecológica, unida a la consagración
del derecho colectivo al medio ambiente y al deber de protección de las riquezas
culturales y naturales de la Nación se aproxima a la figura del patrimonio.
Más que la posibilidad de imponer limitaciones a la propiedad, esa función
remite a la búsqueda de nuevas prácticas de relación con la tierra, la naturaleza y
los seres humanos. Al no estar atravesada por la explotación o el lucro ilimitados,
se inscribe en la reivindicación ecologista dirigida a repensar el modelo de
desarrollo y las prácticas productivistas y consumistas, tal como lo plantea la
discusión recogida en la primera parte de esta presentación. Es decir, a repensar
el uso y el disfrute, separado del abuso, no sólo vinculado al interés común, sino
reencontrando la propiedad-conservación, aparentemente sofocada por la
propiedad-transformación o especulación.
2) El derecho de urbanizar y de construir no está incorporado per se en el
derecho de propiedad, sino que se adquiere en la medida en que se asuman las
cargas que el plan de ordenamiento territorial determine a favor de la colectividad.
Más que simples limitaciones a la propiedad, hubo una redefinición profunda de
su contenido, el cual inclusive lleva al reencuentro con las visiones no modernas
de las relaciones del ser humano con la tierra, las cuales se traducen en una
diversidad de derechos, en contraposición con la visión unitaria y absoluta, que
como dice la Corte Constitucional, hoy aparece como un simple referente histórico
de un pasado superado.
Al separar el derecho de urbanizar y de construir del de la propiedad, no
sólo se controvierte el lugar común de que todo territorio está condenado a la
urbanización o a la explotación, sino que se puede hacer efectivo el carácter de
derecho-deber y se puede afirmar el principio de solidaridad.
Cada vez es más claro que la especulación no se restringe a la retención de
terrenos, sino que incluye un conjunto de prácticas tendientes a obtener el traslado
de rentas del trabajo de la mayoría de los miembros de la sociedad hacia unos
pocos propietarios de tierra. Esta capacidad se desarrolla con especial fortaleza
en sociedades caracterizadas por el rentismo , y en modo alguno está ligada a
15. Entre otros, los ttabajos de Luis Jorge Garay ilustran bien esta circunstancia.
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una visión inmóvil de la tierra sino, todo lo contrario, a la habilidad de los
operadores que en un mercado legal o ilegal altamente móvil saben imponer sus
intereses.
Es importante tener en cuenta que, a largo plazo, en América Latina y
particularmente en Colombia, la representación más nítida de ciudad no es aquella
ligada al acceso a la libertad y la emancipación frente a lo arbitrario, sino la del espacio
donde se extraen provechos, donde lo primero que cuenta es la habilidad para
aprovechar las oportunidades, tal cual fue delineada desde la Conquista y
cómodamente sostenida por nuestras élites. Como expresa Jesús Martín-Barbero
[1996: 46] la "urbanidad" en América Latina es particularmente un orden de
exclusiones y privilegios. De ahí que para disimular esta realidad inocultable, los
expertos urbanos hagan una réplica de ese discurso europeo sobre la conjunción feliz
entre el progreso de la civilización y el aprendizaje de la democracia como la máxima
creación de la humanidad.
Según ya he indicado en trabajos anteriores, la especulación es una especie
de trampa con el mercado. El diccionario de la Real Academia de la Lengua la
define como el "procurar provecho o ganancia fuera del tráfico mercantil". En
ese sentido se ajusta muy bien a las prácticas de los propietarios de tierra urbana
de nuestras ciudades. El especulador no actúa dentro sino sobre el mercado y
antes que todo, deriva sus ganancias de su capacidad para imponerles a otros
agentes el precio de un predio determinado.
Jus tamente , una interpretación democrática y transformadora de la
Constitución Política y de leyes como la de desarrollo territorial o la de medio
ambiente, así como una exigencia decidida por su aplicación pueden ayudar a
revertir semejantes prácticas.
Sin embargo, como bien lo sabemos, la Constitución o la ley no son tanto
acontecimientos sino procesos. Su promulgación hace parte de un continuum
dentro del cual todo el tiempo se manifiestan diversos conflictos de intereses
sociales y económicos, y se construyen compromisos inciertos e inestables.
Señalaré dos circunstancias que enrarecen el propósito democratizante de la
nueva noción de propiedad. La primera es la incapacidad de la mayoría de nuestros
abogados y jueces para comprender las profundas transformaciones de nuestro
derecho positivo sobre urbanismo, medio ambiente y derechos territoriales. La
segunda circunstancia consiste en que esos profesionales persisten en reinvindicar
el derecho de propiedad como símbolo del acceso al progreso y a la civilización.
[359]
M A R Í A MERCEDES M A L D O N A D O
Nuestras facultades de Derecho continúan formando abogados a partir de
visiones civilistas de la propiedad y la responsabilidad. Así, en sus largos años de
formación pocas veces entran en contacto con aquellas normas dirigidas a regular
relaciones tan cruciales y esenciales para la vida de la gente y para nuestra cohesión
social como son todas aquellas relacionadas con el territorio. De ese modo, la
abogacía se ha vuelto una profesión que, a pesar de su importancia e impacto
social, continúa encerrada en sí misma, reproduciendo cánones y principios
aprendidos de manera mecánica que por lo general tan sólo se dirigen a mantener
los privilegios e intereses de unos pocos.
Los abogados están llamados a hacer un mayor esfuerzo para comprender y
reinterpretar los profundos cambios que reclaman las transformaciones en los modos
de vida y en las relaciones en los ámbitos globales y de las prácticas cotidianas de la
gran mayoría de la población de nuestras sociedades, sobre todo aquellas del llamado
tercer mundo. Puede ser comprensible la resistencia de un jurista occidental para
aceptar la existencia de derechos colectivos como los de los pueblos indígenas a
sus territorios. Esos derechos exigen creatividad para replantear la institución de la
soberanía, la cual, en apariencia es inamovible. Algo parecido tiene que acontecer
con los derechos de las comunidades negras. Mientras los sigamos llamando
propiedad colectiva, seguirán siendo débiles y generadores de conflictos debido a
que en una relación comunitaria con la tierra no existen los vínculos de poder y
exclusión que caracterizan a la propiedad moderna. Dentro de esos pueblos, antes
que todo, la tierra se vuelve el elemento que posibilita la pervivencia de esa realidad
comunitaria, o, en otras palabras, primero está la relación de los seres humanos
entre sí que la relación con la tierra.
También se puede entender la resistencia a repensar la noción de
responsabilidad ya no como la relación causal entre una falta o acción y un daño,
sino como un llamado o compromiso hacia el futuro, tal como lo plantea la
legislación ambiental. Aparece también la resistencia a deslindar el derecho de
p r o p i e d a d del derecho de construir o reafirmar en algunas decisiones
administrativas y sentencias un supuesto derecho absoluto, que nunca existió.
Como es justamente en el terreno ético y político que esos principios deberán
ser afirmados, para los abogados es un reto inmediato comprender esas
transformaciones y avanzar en la renovación de sus prácticas. De esa manera
contribuirán en la construcción de la sociedad radicalmente distinta que
necesitamos con urgencia.
[360]
PROPIEDAD Y TERRITORIO EN LA C O N S T I T U C I Ó N DE 1 9 9 1
El otro tema es el de la persistencia en la reivindicación del derecho
generalizado a la propiedad. En América Latina, Hernando De Soto ha
contribuido a difundir la idea de que nuestros países deben convertirse en
sociedades de propietarios. Pese a que en Colombia las innovaciones discutidas
habían alejado esa trampa, la administración del presidente Uribe la convirtió en
meta de varios programas. Dentro de este nuevo marco político, urge plantear
discusiones que resalten que lo importante de esas políticas no es tanto el convertir
a todos en propietarios sino, sobre todo, redefinir el contenido y la naturaleza del
derecho de propiedad, de la manera que he planteado aquí.
Mi investigación reciente sobre el significado del derecho a la ciudad, dentro
de otros eventos urbanos en Bogotá, indica que la lucha por la incorporación a la
ciudad de los habitantes más desprotegidos no radica tanto en el acceso a la
propiedad titulada y registrada, sino a un espacio o lugar donde existir, facilitado
por los servicios públicos y sociales, y complementado por el trabajo (marcando
incluso su diferencia con el empleo). Así no sea manifiesto o explícito, el reclamo
es sobre todo a ser considerados como sujetos, que exigen ser oídos y tenidos en
cuenta. En muchos casos, la confusión entre el derecho a la vivienda con el derecho
a la propiedad debilita procesos comunitarios y formas de solidaridad. También
lleva a que esas personas ingresen a nuevas formas de exclusión debidas al pago
de créditos, impuestos, y altas tarifas de servicios públicos, entre otras. Pero sobre
todo la insistencia en el derecho de propiedad como el más importante de los
derechos le da legitimidad permanente a la propiedad de quienes ostentan los
poderes excluyentes, irresponsables y destructivos.
PARA CONCLUIR
Al analizar ese derecho que se supone absoluto pero al cual, desde su
consagración, lo marcan limitaciones y relativizaciones, Comby señala que en el
centro existe la paradoja referente a la imposibilidad de aplicarle al espacio la
concepción absolutista de la propiedad, debido a que el espacio no es un objeto
sino un lugar donde se ejercen derechos. Esta apreciación coincide con la de
Christian Topalov, uno de los especialistas franceses en el tema de las rentas
territoriales, quien afirma que en el mercado inmobiliario no se vende un producto
sino un derecho o un conjunto de derechos.
[361]
MARÍA MERCEDES MALDONADO
Estos planteamientos ratifican la importancia de las reformas jurídicas en el
terreno de los derechos territoriales. Si se acepta que el Derecho permite
comprender cómo una sociedad se piensa y asegura las condiciones de su
reproducción se podrá entender la magnitud del reto de la aplicación de los
principios constitucionales aquí comentados y, de otra parte, el impacto que
genera la resistencia a su aplicación en términos de violencia y disolución del
vínculo social.
Por ahora, mientras el urbanismo siga siendo un simple ejercicio técnico
empeñado en construir murallas visibles e invisibles, prácticas de fragmentación
y exclusión (entre campo y ciudad, entre naturaleza y sociedad, entre pobres y
ricos, entre propietarios y no propietarios) será difícil acceder a condiciones
duraderas y sólidas de convivencia. Partiendo de que el derecho escrito ya produjo
el material jurídico, surge la pregunta de si podremos modificar los modelos de
conducta y los sistemas de disposiciones durables hacia una práctica real de la
contemporaneidad, entendida antes que todo como el reconocimiento a la
diversidad; como el encuentro con el otro, no como un simple otro sino como un
otro legítimo [Maturana s.f: 70-71]; como la integración a nuestras prácticas
supuestamente modernas de los principios de vida de nuestras comunidades
tradicionales, a saber, la reciprocidad, la redistribución y la complementariedad.
A mi modo de ver en ese mismo sentido trabajan las normas que examiné aquí y
esta es una de nuestras apuestas más importantes para reconstruirnos como grupo
social.
16. Se entiende la juridicidad como la confluencia de tres elementos, las normas generales e imperso
nales, los modelos de conducta y las micronormas o sistemas de disposiciones durables.
[362]
PROPIEDAD Y TERRITORIO EN LA C O N S T I T U C I Ó N DE 1 9 9 1
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[363]
ACERCA DE LA LEY ORGÁNICA
DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
MAURICIO VASCO
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Después de doce años de la adopción de la Constitución Política de 1991, aún
cursa en el Congreso de la República el proyecto de Ley Orgánica de Ordena
miento Territorial, LOOT, presentado por el Gobierno Nacional, a través del
Ministerio del Interior . No obstante que dentro del proceso de definición de la
Carta fueron muchos los aspectos que modificaron el ámbito legal del ordenamiento
territorial en Colombia, y que en la misma hay un conjunto amplio de temas deter
minantes de la Constitución que debían ser desarrollados por la LOOT.
Desde mi campo de acción, he tenido que ver con desarrollos legales sobre
este tema, en particular con el tema de región, el diseño de las Regiones de Plani
ficación, creadas antes de la actual Constitución, e iniciativas de reglamentación
de la figura regional, prevista también en la nueva Carta Política, y que tampoco
ha llegado a plasmarse en leyes vigentes. Al atender la invitación a participar en
este simposio, quiero resaltar algunos elementos que permiten ver cuáles son los
rasgos principales de los proyectos de ley presentados y subrayar algunas inno-
1. El proyecto de ley en curso es la décima versión presentada, incluyendo los proyectos de iniciativa
parlamentaria presentados, uno por Juan Camilo Restrepo y el otro, por Juan Martín Caicedo, todos ellos
con esttuctura similar, más o menos con el mismo corte, y con los mismos enfoques.
[365]
M A U R I C I O VASCO
vaciones introducidas al actual, que evidencian lo que quizá ha sido el vacío prin
cipal de los proyectos anteriores.
Un primer aspecto es que los sucesivos proyectos de ley se han centrado princi
palmente en el desarrollo de las competencias y en la definición de las formas de
creación y funcionamiento de las entidades territoriales previstas en la Constitución
Política. Se trata de varias figuras de entidades territoriales, algunas preexistentes a
ésta y otras nuevas. La lista que introdujo la Constitución de 1991 fue diversa, pues
además de las ya creadas -departamentos y municipios- se introdujeron las regiones,
las provincias y las Entidades Territoriales Indígenas. Con esto, de alguna manera se
estaba retomando una tradición y, al mismo tiempo, se le daba juego a algo tan recien
te como las regiones. También, se reconocía algo que estaba excluido: lo indígena, las
minorías y el regionalismo. Sin embargo, en el debate de la Constitución, todo ello se
produjo en medio de un juego de transacciones (políticas) dentro de la Asamblea
Constituyente en la cual el reconocimiento de esta diversidad de figuras se lograba
con mayorías casi siempre precarias, predominando su simple inserción sin que se
estableciera un eje - guía para armarlas.
M O D E L O PARA ARMAR
El resultado fue el de una Constitución Política que incluye todo tipo de tenden
cias, un modelo para armar, pero sin claves manifiestas para armarlo. Quedaron,
sin embargo, algunos elementos que deben enmarcar y orientar el camino a se
guir. En efecto, y aunque en todos los proyectos de ley presentados se señaló con
claridad que Colombia era una república unitaria de carácter social, no se intro
dujo de manera suficientemente clara el p rob lema de las re laciones
intergubernamentales. Si bien se le dio importancia al incremento de las transfe
rencias de los ingresos corrientes de la Nación a departamentos y, principalmente,
a los municipios, no quedó clararamente establecido el engranaje entre unos y
otros y menos la relación del Estado central con las entidades territoriales. Es el
caso, por ejemplo, del tema de la desconcentración, en el cual el Estado central
tiene la posibilidad de hacer presencia en el territorio y de actuar como interlo
cutor válido de los entes territoriales autónomos.
Este tema no tiene más que un par de menciones en la Constitución, de por
sí insuficientes, y su desarrollo ha sido más bien precario. En contraste, ha reci-
[366]
A C E R C A DE LA LEY O R G Á N I C A DE O R D E N A M I E N T O T E R R I T O R I A L
bido mayor atención un tema, que ha desorientado e incluso sesgado el proyec
to: la creación y distribución de competencias entre la Nación y las entidades
territoriales que le corresponde establecer a la Ley Orgánica de Ordenamiento
Territorial, según el artículo 288 de la Carta política.
Una ausencia fundamental en este enfoque predominante lo constituye el mapa:
nunca sabemos bien a que país nos estamos refiriendo cuando hablamos de departa
mento, municipio o región, pues cada quien tiene una referencia distinta del propio
territorio, o del país que creemos conocer. Y aquí, las discusiones no se han dado con
base en un anáfisis profundo sobre el mapa del país, como tampoco se hizo en la
Asamblea Constituyente. Sin embargo, esto es precisamente lo que determina la in
novación del actual proyecto de ley. Este tiene la misma estructura, los mismos temas,
y es casi una fotocopia de los proyectos anteriores al referirse a las competencias y sus
formas de creación, pero introduce dos figuras nuevas que responden a un enfoque
también nuevo y al reconocimiento de un vacío en los proyectos anteriores.
Antes de exponerlas, es preciso anotar que en la exposición de motivos del actual
proyecto de ley resaltan dos aspectos importantes. Primero, que el ordenamiento
territorial se refleja, por una parte, en el ajuste de la división político-administrativa
derivada de los desarrollos constitucionales y legales -esto es la visión tradicional- y,
por otra parte, -el nuevo enfoque- en los cambios de la ocupación física del territorio
como resultado de la acción humana y de la naturaleza. Estos elementos del
ordenamiento territorial son interdependientes y se observa que desde el punto de
vista de la organización pofitico-administrativa es indispensable contar con entidades
territoriales surgidas de la evolución económica, social, política y cultural. Segundo,
que las entidades territoriales y las figuras administrativas existentes, requieren
actualizarse y proyectar su organización para ajustarse a los cambios económicos
sociales y culturales que marcan el inicio del siglo XXI. No obstante estos
planteamientos se incorporan al mismo cuerpo conceptual que viene trasegando
desde hace doce años en el país, trazan, sin lugar a dudas, una línea nueva y son, en
cierto sentido, una crítica a todo lo actuado anteriormente.
PONERLE MAPA AL PAÍS
Para desarrollar este nuevo enfoque, el proyecto introduce, como se mencionó,
dos figuras principales. Una es lo que se ha denominado "Plan Estratégico Na
cional de Ordenamiento Territorial", Penot, es decir, pensar el país, ponerle mapa
[367]
M A U R I C I O VASCO
al país, ponerlo como referencia para la definición de la función de las entidades
territoriales.
Esto, que en realidad ha debido ser un ejercicio previo de la constituyente
-en donde el tema se discutió a las carreras, como todo lo demás-, hasta ahora
se plantea, después de la reglamentación de las competencias, y la creación y
funcionamiento de las entidades territoriales. De todas maneras, la confrontación
de estas competencias con el mapa es algo por hacer, se apruebe o no la ley. Es un
problema pendiente desde 1991 -o incluso antes-, y en sí es vital y urgente su
rescate como tarea del Estado y de la sociedad.
Según la exposición de motivos del proyecto de ley, el Plan Estratégico Na
cional de Ordenamiento Territorial debe incluir temas como: i) los escenarios de
ordenamiento territorial más probables; ii) las líneas estratégicas de ordenamiento
territorial; iii) la zonificación general; iv) la conservación del patrimonio cultural
y ambiental; v) la priorización de territorios de mayor fragilidad social, económi
ca y ambiental; vi) los escenarios de disposición espacial de la población y los
asentamientos humanos con criterio de equilibrio territorial; vii) los grandes pro
yectos de infraestructura y ejes funcionales y desarrollo estratégico determinantes
del modelo de desarrollo territorial; viii) las áreas fronterizas de integración bi
nacional internacional y desarrollo regional fronterizo; ix) los mecanismos para
la ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones establecidas en el plan
estratégico. Cuando se observa el recorrido de los sucesivos proyectos de ley,
esto es lo que siempre ha faltado, a pesar de ser un elemento estructural que solo
hasta ahora se introduce.
ÁREAS DE DESARROLLO TERRITORIAL
La otra figura nueva que se introduce es una especie de "comodín". No es ninguna
de las previstas en la Constitución -departamento, municipio, región, Entidad Te
rritorial Indígena, o provincia- sino una denominada "Áreas de Desarrollo
Territorial", que se crearían con el propósito de flexibilizar la organización territo
rial y propiciar el desarrollo endógeno de las entidades territoriales, facilitando la
participación del sector privado y de la comunidad. Se acude a esa figura para darle
instrumentos a las entidades territoriales y a las comunidades, en la alianza entre
gobiernos y sociedad, para propósitos específicos de conformar en el territorio
nuevos espacios, los cuales institucionalmente están atados a las entidades territo-
[368]
A C E R C A DE LA LEY O R G Á N I C A DE O R D E N A M I E N T O T E R R I T O R I A L
ríales, pero no necesariamente tienen que respetar la división político-administra
tiva existente. Esta figura se fundamenta en el artículo constitucional 285, según el
cual para el cumplimiento de funciones estatales es posible crear divisiones del
territorio diferentes a las establecidas para efectos político-administrativos. Casual
mente, esta figura fue la misma que en la Constitución anterior (artículo 7) permitió
la creación de las regiones administrativas y de planificación (Corpes), como alter
nativa de administración y gestión de los asuntos territoriales, respecto al
anquilosado sistema departamental que existía en el país.
Llama la atención, además, que aparte de éstas regiones de planificación, en el
pasado operaron en Colombia otras figuras que buscaban darle juego a entidades
promotoras del desarrollo regional, tales como las Corporaciones Autónomas Regio
nales, que antes de la ley 99 de 1993 eran corporaciones de desarrollo. Esta ley las
transformó en autoridad ambiental y el propósito de desarrollo desapareció de su
responsabilidad funcional, cuando había sido una figura que operaba para la aplica
ción de políticas nacionales, regionales y locales. Se trataba, en todo caso, de una
figura bastante versátil, flexible y, de alguna manera, emparentada con la propuesta de
las Áreas de Desarrollo Territorial que ahora propone el nuevo proyecto de ley. Un
aspecto adicional que vale la pena mencionar es que esta figura es prestada de una
creada recientemente en Francia llamada Pays (país), que es un mecanismo para reco
nocer realidades, espacios y procesos regionales que de alguna manera no encuentran
cabida en los espacios tradicionales, pero que, además, permiten una operación institu
cional más flexible,y una forma de asociación bastante ágil entre los actores involucrados.
Por otra parte, quienes redactaron el actual proyecto de ley y en especial el Penot,
tomaron prestada en gran medida otra figura francesa llamada "esquema nacional de
ordenamiento del territorio", desarrollada casi simultáneamente con la Pays.
De todas maneras, lo que vale la pena resaltar del Penot y de las Áreas de Desa
rrollo Territorial, es que se presentan nuevamente como una alternativa para darle
cabida y reconocer espacios frente a algo que parece muy pesado, que no funciona,
que no tiene acogida, o no tiene atractivo para quienes están pensando en transfor
mar la realidad de nuestros territorios. Se ofrece así una posibilidad de acudir a figuras
totalmente diferentes, casi ajenas al esquema de organización territorial tradicional,
incrustándolas, así sea, dentro de un texto que transita por inercia entre el Gobierno
Nacional y el Congreso de la República desde hace doce años.
Otro aspecto interesante del Área de Desarrollo Territorial, consiste en que
es la figura que más se acerca a la práctica y a la realidad actual del país. Podría
[369]
M A U R I C I O V A S C O
decirse que casi no se necesita que sea aprobada -y es muy posible que no lo sea-,
pues hoy en Colombia existen muchos ejemplos e iniciativas de procesos de
integración regional entre municipios que demuestran que esta figura opera sin
nombre, y aún, sin contenido legal. Se registran múltiples proyectos de desarrollo
o de ordenamiento local, liderados por alcaldes que, ante la crisis, están buscando
no sólo soluciones conjuntas, sino también integrar recursos y movilizar diversos
sectores sociales. Estos, a su vez, están motivando a las administraciones a
emprender proyectos regionales y locales innovadores. En este sentido el proyecto
de ley reconoce una realidad que viene avanzando en la práctica en el país.
LOS ASUNTOS FINANCIEROS
En el marco de las relaciones intergubernamentales, es importante mencionar
otro tema, también ausente en el actual proyecto de la LOOT y en todas las versio
nes producidas hasta ahora: los asuntos financieros. Al respecto, el planteamiento
del Proyecto de ley, como se mencionó, se reduce prácticamente a la transferen
cia de los ingresos corrientes de la Nación, lo cual ha provocado una situación en
la cual la mayoría de municipios del país viven de estas transferencias, y que
constituyen el 80% de sus recursos, dado que los recaudos propios son muy
débiles. Simultáneamente, las entidades territoriales están sujetas a las normas
de su distribución en salud, educación y saneamiento ambiental, generando siem
pre gran inquietud en el nivel central acerca de su destino final. Por ello, el Estado
busca de manera permanente mecanismos para su control. Por ejemplo, instru
mentos de seguimiento como el sistema de información territorial, que pretende
saber qué están haciendo los departamentos y municipios con estos recursos y
así poder enmarcar las tendencias de gasto territorial dentro del análisis y la for
mulación de políticas macroeconómicas.
El problema radica en que todo esto se produce sin un marco institucional
apropiado. No existe en realidad un instrumento de diálogo entre el Estado cen
tral y estos grandes gastadores -generalmente recriminados- que son las entidades
territoriales, para llegar a acuerdos de estabilidad macroeconómica. En lugar de
habilitar mecanismos que permitan alguna presencia de las entidades territoria
les dentro de instancias como el Consejo Nacional de Política Fiscal, se buscan
cada vez más mecanismos de control o de seguimiento que realmente no tienen
ningún efecto para estos propósitos.
[370]
A C E R C A DE LA LEY O R G Á N I C A DE O R D E N A M I E N T O T E R R I T O R I A L
NUEVAS PRÁCTICAS
Lo último por mencionar es que todo este proceso de definición de las reglas de
ordenamiento territorial, impulsó nuevas prácticas de construcción de tejido insti
tucional en los territorios y entre los territorios y el Estado central, frente a las cuales
parecen secundarias o inaplicables las propuestas formalistas predominantes en
todos los proyectos de ley presentados. Salvo las innovaciones antes mencionadas,
especialmente frente a situaciones como por ejemplo, el mapa de Antioquia mos
trado por el Dr. Gilberto Echeverri, atravesado por 6 o 7 guerras, no parece
relacionarse con los criterios que dirigen la concepción de los proyectos de ley, que
no reconocen los conflictos territoriales ni origina propuestas adecuadas o sufi
cientes para el desarrollo institucional y el ordenamiento territorial y, sobre todo,
para la construcción de prácticas de gestión territorial que permitan el reconoci
miento de espacios para proyectos sociales, económicos, políticos.
Estas guerras ocurren en todo el país y frente a ellas es necesario insistir en la
construcción del tejido social, económico, político e institucional a través de
figuras y de instrumentos que vayan más allá de los mecanismos formales y
tradicionales, y en realidad insuficientes, para establecer el marco de ordenamiento
territorial que Colombia requiere. Al final de cuentas, mientras la guerra avanza,
estos asuntos deben manejarse como parte de la solución y no como un factor,
por mal entendido y atendido, que intensifique el problema.
[371]
ETNIA, CULTURA, TERRITORIO
Y CONFLICTO ARMADO
EN EL PACÍFICO COLOMBIANO
RUDESINDO CASTRO HINESTROZA
ORGANIZACIÓN DE COMUNIDADES NEGRAS
Hay que recurrir al pasado cuando
el presente hace daño
BENKOS BIOHO
(el africano que en Colombia
se volvió héroe)
INTRODUCCIÓN
A lo largo de la historia política del país, su clase dirigente se ha caracterizado
por la intolerancia e intransigencia, lo cual ha contribuido a generar un largo
ciclo de violencia política. De este distinguimos cuatro etapas que definen -en
distintos contextos y con diferentes características- el tortuoso y largo proceso
de violencia que ha sufrido Colombia, y que en la actualidad nos ha conducido a
una situación catastrófica, en la cual, los afrocolombianos, en especial los del
Pacífico, estamos llevando la peor parte.
La primera etapa caracterizada por el sistema colonial esclavista a partir de
1550, en la cual los pueblos y descendientes africanos fueron denominados, to
dos por igual, como negros. Se inició así el despojo forzoso de nuestra identidad
cultural, el irrespeto por nuestra dignidad humana y el exterminio masivo de
nuestros pueblos a través de la trata de esclavos y la prolongación de la esclaviza
ción en América.
[373]
RUDESINDO CASTRO
Las guerras civiles a par t i r de 1810 (independencia de Colombia de España),
marcan una segunda etapa. Mediante ellas se pretendía solucionar las rivalidades
partidistas de la clase dirigente criolla descendiente de europeos.
Una tercera etapa, conocida como La Violencia en Colombia, tuvo su máxi
mo nivel de confrontación a mediados de siglo XX. Sus inicios datan de la década
de 1920, con el conflicto agrario generado por la tenencia y el derecho a la tierra,
y que produjo los primeros movimientos campesinos. Desde entonces, los con
flictos por la posesión de tierra han sido una constante en la historia nacional,
protagonizados por los grandes terratenientes y arrendatarios, contra colonos,
peones asalariados, pequeños campesinos, indígenas y afrocolombianos. Sin
embargo, es en la década de 1950 cuando la violencia política se recrudece con
la confrontación bipartidista por el poder, hasta culminar con el acuerdo del 'Tren
te Nacional", mediante el cual se consolida la clase política empresarial liberal y
conservadora, bajo el reparto exclusivo entre ambos de la burocracia, el produc
to nacional, y el gobierno cada cuatro años, superando así su rivalidad interna
como clase dirigente.
Esta confrontación tuvo características especiales. La orientación ideológi
ca la ejercían los sectores de la clase dirigente por medio de los partidos políticos
Liberal y Conservador, mientras la confrontación militar la sufrieron los esta
mentos populares, particularmente campesinos, quienes -una vez firmado el
acuerdo bipartidista- sólo lograron un armisticio, desapareciendo luego como
protagonistas políticos.
Por último, está la cuarta etapa, de la insurrección armada. Si bien, en las
etapas anteriores, el ciclo violencia-amnistía-rehabilitación se cerraba con levan
tamiento del estado de sitio y la vigencia del estado de derecho, libertades políticas
o sindicales, libertad de expresión, desarme de la contraguerrilla (hoy paramili
tares), ello era resultado de demandas aceptadas por el régimen.
En el proceso insurreccional, los grupos rebeldes o guerrilleros plantean el
control ideológico, político y militar desde la perspectiva de la lucha de clases, y
por lo tanto, sus demandas no son compatibles con el régimen. Desde luego,
estas implican un cambio del régimen político, social y económico, que puede ir
desde una incorporación del sector insurgente, hasta una sustitución del régi
men actual.
Así, frente a un eventual proceso de paz, surgen varios interrogantes. Prime
ro, ¿hasta donde la insurgencia está dispuesta a ceder en sus pretensiones frente
[374]
ETNIA, CULTURA, TERRITORIO Y CONFLICTO ARMADO EN EL PACIFICO COLOMBIANO
al régimen o a convertirse en alternativa política de poder? ¿ hasta donde llega la
capacidad del Estado colombiano y su sistema político para transformarse, y dar
participación real a los insurgentes sin asesinarlos una vez firmado un acuerdo?
Segundo, ¿en qué situación quedaríamos los afrocolombianos en ese nuevo país,
si se tiene en cuenta que hasta el momento hemos sido invisibilizados en todas
las comisiones de negociación que el Estado y la sociedad civil han planteado
con los insurgentes? Hasta el momento, no se cuenta con los apoyos políticos y
logísticos necesarios para nuestra participación en ese tipo de decisiones, de acuer
do con nuestras particularidades culturales.
En los últimos 60 años, en todos esos ciclos de violencia-amnistía-rehabili
tación, hemos tenido alrededor de 50 amnistías y 60 indultos, lo cual hace
característico en el Estado una tradición política cargada de una herencia cultu
ral de violencia, ia cual, en la actualidad, nos ha conducido al actual estado de
crisis y conflicto generalizado. En ella, los afrocolombianos, y en especial los del
Pacífico -que somos personas que persistimos en las formas dialogales y arbítra
les para resolver cualquier tipo de diferencia, ya sean territoriales, políticas,
culturales e interétnicas- estamos llevando la peor parte, sin ser actores o promo
tores, ni pertenecer a las cúpulas de alguno de los grupos combatientes, llámense
guerrilla, fuerzas militares o paramilitares.
LOS A F R O C O L O M B I A N O S ¿QUIÉNES SOMOS?
Aunque en el país no existen estadísticas oficiales confiables, se calcula que las
comunidades negras podríamos representar el 25% del total de la población na
cional. En el Pacifico somos el 90 %; en la costa Caribe el 60%; en el sur del Valle,
en el norte y sur del Cauca, el 60%; el 30% del Magdalena Medio y el 65% del
Urabá. Además, tenemos presencia en las grandes ciudades como Bogotá, Me
dellín y Cali.
ASPECTOS SOCIALES, É T N I C O S Y TERRITORIALES
El Chocó biogeográfico es una región que no sólo posee características
ambientales excepcionales, sino que también en él se encuentra una gran
[375]
RUDESINDO CASTRO
diversidad étnica y cultural. De acuerdo con el censo de 1993, está poblado por
2'082.022 personas que representan aproximadamente el 6% de la población
colombiana. En el área rural viven 1'300.000 personas que representan el 12%
de la población rural del país. Étnicamente, está representado por tres grupos
humanos, cada uno con visiones y concepciones particulares respecto al desarrollo
social y económico de la región del Pacífico. Entre estos grupos los afrocolombianos
representan el 90% de la población, los indígenas el 7% y los blancos o mestizos
el 3% restante.
La población de afrocolombianos del Chocó Pacifico biogeográfico, se en
cuentra localizada en su mayoría en los centros urbanos de Buenaventura, Tumaco,
Guapi y de Quibdó e Itsmina en el departamento del Chocó. En las zonas rurales
se encuentran dispersos a lo largo de los ríos que conforman la región del Pacífi
co, asentados en las partes bajas y en los diques, en donde apropian extensas
áreas para la extracción de recursos forestales, mineros, de pesca y cacería de
subsistencia, los cuales complementan con ia producción de pequeñas parcelas en
donde desarrollan una agricultura de subsistencia. Vale decir que, últimamente y
debido a la situación de orden público, el crecimiento demográfico muestra una
tendencia a la concentración de la población en los centros urbanos.
Para los afrocolombianos étnico-territoriales del Pacífico, los conceptos de
etnia, cultura y territorio, representan una relación de interdependencia. Para
ellos el territorio se define como el espacio biofísico donde se establecen o desa
rrollan relaciones de apropiación respecto a relaciones de pertenencia, al
parentesco y al aprovechamiento de los recursos naturales.
Estas relaciones en su conjunto dan razones de una lógica cultural del terri
torio, al interior del cual se hacen clasificaciones de acuerdo con el uso del mismo
por medio de demarcaciones simbólicas y de las prácticas tradicionales de pro-
1. Una organización étnico-territorial es aquella conformada por varias comunidades en tierra de comu
nidades negras, que tiene un área de influencia determinada y/o delimitada en una zona tutal, en la cual sus
miembros organizados ejercen la defensa y reafirmación del territorio y de los recursos naturales, y en donde
desarrollan sus prácticas tradicionales de producción, tituladas o susceptibles de ser tituladas colectivamente.
Es un espacio social y culturalmente construido, multifuncional, cuya definición implica una comunidad y no
un individuo o grupo de individuos que se dedican a una u otra actividad. Es una organización cuya legitimi
dad puede ser múltiple (ancesttalidad, mitos de origen, economía, política, etc.). En este contexto, los asociados
renacen con sus terrirorios y, por lo tanto, no son simples campesinos sino reconocidos como pueblos con un
tetritorio propio, en donde consttuyen y recrean su propia cultura y sus planes de vida de acuerdo con las
enseñanzas de su experiencia histórica, a sus potencialidades territoriales y a sus propios valores.
[376]
ETNIA, CULTURA, TERRITORIO Y CONFLICTO ARMADO EN EL PACIFICO COLOMBIANO
ducción de acuerdo con las épocas. Estas dinámicas responden también a estra
tegias para apropiarse del territorio, como la extensión demográfica reflejada en
la gran familia extendida. Otro elemento característico de este grupo étnico es la
forma de producción del conocimiento o saber tradicional, el cual se constituye
por su génesis en un valor cultural al servicio de la comunidad.
Como ya se mencionó, una característica fundamental de los afrocolombia
nos del Pacífico, son sus formas de resolución pacífica de sus conflictos políticos,
sociales, territoriales e inter-étnicos. Nosotros privilegiamos las formas dialoga
les de resolver nuestros conflictos, lo cual, hasta hace poco, nos había constituido
en un laboratorio de paz y convivencia pacífica; puesto que en el resto del país,
día a día los contradictores privilegian la amenaza y el asesinato como medio de
resolver sus disputas.
No obstante esta trayectoria de convivencia pacífica, durante los últimos 7
años han penetrado a la zona agentes externos que están acabando con las for
mas dialogales y culturales de resolver nuestras diferencias, poniendo en peligro
nuestra identidad cultural y la permanencia en el territorio.
Por otra parte, sentimos que una forma de violencia que nos afecta, consiste
en las condiciones materiales, culturales y espirituales de existencia de los afro-
colombianos del Pacífico, región caracterizada por ser marginal y marginada, y
vulnerable económicamente debido a los efectos de la economía extractiva. Ade
más, es dependiente políticamente de las regiones circunvecinas como Antioquia,
el eje cafetero y el Valle del Cauca.
Es, igualmente, una zona marginada de los beneficios del "bienestar",
situación que se traduce en que el nivel de su calidad de vida -expresado en
términos de pobreza, inequidad, violencia, discriminación, debilidad de su capital
humano y fragmentación del tejido social- sea uno de los más críticos que presenta
la población colombiana.
La inequidad general a la que está sometida la comunidad afropacífica, se ve
reflejada en las condiciones de su existencia. Así, por ejemplo, en la educación,
el analfabetismo alcanza un 43% en la zona rural y 20% en la zona urbana, el
doble del promedio nacional [Presidencia de la República 2000]. Por su parte,
la cobertura de la educación primaria es de 60% en las áreas urbanas y 4 1 % en
las áreas rurales, cuando el promedio nacional es del 87% y 73% respectivamen
te. En la región por cada 100 jóvenes afrocolombianos que terminan la secundaria
sólo dos ingresan a la universidad; el 95% de las familias no pueden enviar sus
[377]
RUDESINDO CASTRO
hijos a la universidad por carecer de recursos, y la calidad de la educación secun
daria es inferior en un 40% respecto a otras regiones del país.
También, es la región con mayor índice de pobreza y de necesidades básicas
insatisfechas, NBI. En cuanto al promedio de calidad de vida y de desarrollo hu
mano se encuentra por debajo del promedio nacional. La taza de mortalidad
infantil muestra diferencias superiores al 10% con respecto al promedio del país
(200 por 1.000). A su vez, la esperanza de vida es inferior en un 20% respecto al
promedio nacional. El patrón epidemiológico de esta zona se caracteriza por una
morbilidad y una mortalidad de alta incidencia con prevalencia de enfermeda
des transmisibles como la tuberculosis, el paludismo, la infección respiratoria
aguda y la enfermedad diarréica aguda. Presenta, además, un marcado déficit en
los servicios de agua potable, saneamiento básico, sistemas de recolección y ma
nejo de desechos sólidos.
De la situación económica se puede decir que en la comunidad afropacífica se
encuentran maximizadas las condiciones de inequidad. El 80% de esta población
vive en extrema pobreza, lo cual no le permite el cubrimiento de necesidades bási
cas. El ingreso per cápita está tres veces por debajo del promedio nacional, y el
74% recibe salario inferior al promedio legal. En 1993, el nivel de pobreza alcanzó
el 78.4% de la población, frente a un nivel promedio de 37% en todo el país.
El desarrollo y cumplimiento de acuerdos, leyes, decretos y convenios para
proteger y mejorar la calidad y el nivel de vida de estas comunidades ha sido muy
escaso y precario. Igualmente, la garantía y los mecanismos para la participación
en el diseño de proyectos socioeconómicos en esta región son prácticamente
inexistentes, lo cual ha impedido fortalecer la identidad cultural, la capacidad
organizativa y la autogestión.
En particular, los afrocolombianos del Chocó han venido sufriendo el des
plazamiento forzoso de sus tierras a causa de los violentos que han llegado a raíz
del conflicto armado. Especialmente, en el río Baudó tenemos más de 4.000 fa
milias desplazadas; mientras que varios líderes del proceso organizativo del
Consejo Comunitario General del Río Baudó han sido asesinados, y otros se
encuentran huyendo por haber sido declarados objetivo militar por paramilita
res y guerrilleros. Es así como, en la situación particular de Colombia, las
comunidades negras constituyen uno de los sectores en condiciones de más alto
riesgo, y en las que sus derechos fundamentales, políticos, sociales, económicos
y culturales son más vulnerados impunemente.
[378]
E T N I A , C U L T U R A , T E R R I T O R I O Y C O N F L I C T O A R M A D O EN EL P A C I F I C O C O L O M B I A N O
La existencia de derechos consagrados en la Constitución, la ley y en diver
sos instrumentos del derecho internacional, no han estado acompañados de la
voluntad del Estado, ni por la adopción de mecanismos de garantía que permi
tan a los afrocolombianos la protección y el pleno disfrute de sus derechos.
Las profundas desigualdades económicas y sociales entre los afrocolombia
nos y el conjunto de la sociedad son muestra de la discriminación racial. La falta
de información sobre la situación de los derechos de estas comunidades, la co
rrupción y la impunidad se constituyen en serios obstáculos para el ejercicio de
los derechos humanos de los afrocolombianos.
Según se vayan consolidando las políticas estatales, el poder de los inversionis
tas nacionales y extranjeros, el narcotráfico, la guerrilla y el paramilitarismo en áreas
de asentamientos de afrocolombianos, especialmente en el Pacífico, la situación
del conflicto crecerá y se ampliará. Atrapados en una maraña de intereses y dispa
ros, a los afrocolombianos y a sus organizaciones, les cobran en vida y en sangre el
costo de tener derechos territoriales en el país que hemos ayudado a construir.
Con profunda preocupación, enfrentamos permanentemente crisis huma
nitarias producto de la guerra en el Pacífico y de un masivo desplazamiento de
miles de campesinos provenientes de numerosas comunidades del Alto Baudó,
tras las amenazas de muerte proferidas por los paramilitares de las Autodefensas
Unidas de Colombia.
Este desplazamiento ha afectado, por citar un caso, a todos los 6.000 habi
tantes de las veredas, corregimientos y cabecera municipal de Pie de Pato. Los
campesinos fueron obligados a abandonar su territorio en el término de 24 horas
bajo la amenaza de que quien permaneciera en la zona, sería asesinado, justo
cuando los baudoseños habíamos conseguido el último título colectivo de 174
mil hectáreas. Coincidencialmente sucedió lo mismo en el Medio Atrato con la
entrega de un titulo colectivo por 700.000 has.
Otro caso de desplazamiento masivo fue el de 4.000 afrobaudoseños que, des
pués de tres meses de estar en Quibdó hacinados y en precarias condiciones de
sanidad y alimentación evocando los días de la trata de esclavos, tomaron la deci
sión de regresar a sus territorios sin ningún tipo de garantías por parte del Estado.
De nuevo en sus tierras no encontraron sus animales, las cosechas se perdieron,
las canoas (único medio de transporte) desaparecieron, los sembrados se amon
tonaron y murieron. Es decir, pasaron de un estado de pobreza relativa a uno de
miseria total. Nunca alguna entidad del Estado colombiano dio respuesta a los
[3791
RUDESINDO CASTRO
acuerdos de reactivación económica, según la propuesta "Faros agroecológico y
sus unidades familiares productivas sostenibles", presentada por los desplazados
como estrategia no sólo de producción si no de recomposición del tejido social,
de resistencia pacífica en el territorio y de sostenibilidad ambiental.
Así pues, estamos entre la espada y la pared. El territorio del Alto Baudó
está dividido militarmente: la parte media y baja por el paramilitarismo autode
nominados denominados, AUC, y la parte alta por los insurgentes de las FARC y
ELN. No se permite la movilidad libre de embarcaciones con alimentos, combus
tible, ni el transporte de los habitantes nativos.
A pesar de esta grave crisis humanitaria, persistente hasta hoy, las institucio
nes estatales no han asumido con la responsabilidad y la eficacia que se requiere,
la atención digna de estas personas, como se demuestra con:
• La ausencia total del Estado colombiano en la zona origen de la crisis.
• La falta de presencia para suplir las necesidades mínimas en salud, alimenta
ción y alojamiento de las personas que aún permanecen huyendo.
• La negligencia y la falta de eficacia de las instituciones y organismos del Es
tado en las ciudades de Quibdó e Itstmina. No obstante numerosas reuniones
de coordinación interinstitucional, y se han tomado algunas medidas, las ayu
das han sido insuficientes para dar respuesta a las necesidades más urgentes
que la población está demandando.
CONCLUSIONES
1. Los indicadores socioeconómicos de los asentimientos de los afrocolom
bianos son los más bajos del país. Históricamente los afrocolombianos hemos
contribuido significativamente a la construcción económica de la Nación, y
sin embargo, las retribuciones e inversión estatal son mínimas y deficientes.
La situación de pobreza y de desigualdad económica y social limitan el ejer
cicio pleno de los derechos.
2. En el mapa de la violencia del país y en los análisis e interpretaciones que al
respecto se hacen, el componente étnico no está contemplado. Varias zonas
de asentamiento de comunidades negras urbanas y rurales figuran dentro de
las más violentas del país y en las que más se viola el derecho a la vida.
[380]
ETNIA, CULTURA, TERRITORIO Y CONFLICTO ARMADO EN EL PACÍFICO COLOMBIANO
3. Por su importancia económica y estratégica, las áreas en las que están asen
tados los afrocolombianos son presionadas por planes y políticas de
desarrollo, la apertura de vías de penetración, procesos de colonización, im
plementación de grandes proyectos turísticos y agroindustriales, concesión
de permisos y licencias de aprovechamiento de recursos naturales, que en
conjunto generan perdidas territoriales a las comunidades negras, especial
mente las del pacífico colombiano. La explotación de los recursos naturales
en las comunidades afrocolombianas y los conflictos derivados por estas
constituyen una amenaza permanente a los derechos de las comunidades y
ponen en riesgo la vida de los pobladores y de los miembros de las organiza
ciones comunitarias.
4. El sistema educativo y la educación que se imparte en áreas de asentamiento
de afrocolombianos no corresponden con su realidad, no fortalecen su iden
tidad, ni el conocimiento de su historia.
5. La formulación de políticas y la intervención institucional en asentamientos
de comunidades negras no han tenido en cuenta las particularidades cultu
rales de los pobladores, y han contribuido, más bien, al erosionamiento de la
entidad cultural de estas comunidades.
6. La igualdad está consagrada en la constitución y en la ley colombiana; sin
embargo, respecto a las comunidades negras existen diferencias de trato y
de oportunidades que se constituyen en obstáculos poderosos para el acce
so y disfrute pleno de sus derechos.
Sin embargo, del fondo de esta misma crisis han surgido fuerzas sociales con alto
nivel de organización. Por medio de consejos comunitarios y sus propiedades
colectivas, tratan de elaborar una forma diferente de ver la región, que proyecte
su propio modelo de desarrollo, como una única esperanza para la continuidad
de su existencia. Se destacan los "Faros agroecológico y sus unidades familiares
productivas sostenibles, UFPS", como estrategia no sólo de seguridad alimenta
ria si no de recomposición del tejido social, de conservación de la biodiversidad
y de resistencia pacifica en el territorio.
EN CONSECUENCIA:
1. Frente al Estado Colombiano:
[381]
RUDESINDO CASTRO
• Exigimos el respeto a los procesos organizativos de las comunidades negras que
luchan por la reivindicación de sus derechos étnicos, territoriales, sociales.
• Que en nuestra región, por la posición geoestratégica que tiene y por los prin
cipios autónomos de las comunidades basados en sus tradiciones culturales,
no se aplique ni se consideren las políticas e intenciones planteadas en el Plan
Colombia, y más bien se consulte y concerté con las comunidades qué tipo de
acciones se van a plantear dentro de sus territorio, teniendo en cuenta los pla
nes de etnodesarrollo elaborados por los Consejos Comunitarios.
• Exigimos que el Estado cumpla con su deber constitucional y legal de de
fender la vida honra y bienes de los ciudadanos, lo mismo que de la protección
de los derechos humanos y de los pueblos.
2. Frente a los organismos intergubernamentales y cuerpo diplomático:
• Exigimos que asuman el compromiso de hacer las denuncias de todos los
problemas que viven nuestras comunidades.
• Exigimos que su cooperación económica en nuestros territorios se haga a
través de los Consejos Comunitarios y/o sus organizaciones.
• Que realicen un acompañamiento permanente o periódico a las comunida
des que se encuentren en riesgo de desplazamiento o que han retornado a
sus territorios, para verificar la situación en que se encuentran y emitir su
pronunciamiento.
• Hacer recomendaciones al gobierno nacional para que cumpla con el respe
to a los derechos humanos y de los pueblos y se realicen inversiones sociales
concertadas y consentidas por las comunidades.
• Que las embajadas de los diferentes países acreditados en Colombia sigan
apoyando el fortalecimiento de los Consejos Comunitarios para fortalecer la
autonomía de los pueblos existentes en esta región. Reconocemos y agrade
cemos la ayuda política y económica que algunos países nos han brindado.
• Difundir en el contexto internacional la problemática de los pueblos afroco
lombianos, de tal manera que se conozca nuestra realidad más allá de nuestras
fronteras nacionales para obtener la solidaridad de otros países pueblos y
organizaciones.
• Establecer comunicación directa con los Consejos Comunitarios para brin
dar mayor eficacia y veracidad a la difusión de nuestros problemas.
[382]
ETNIA , C U L T U R A , TERRITORIO Y CONFLICTO A R M A D O EN EL PACIFICO C O L O M B I A N O
• Generar apoyo nacional e internacional para que en la nueva ley de
Ordenamiento Territorial, los derechos de los afrocolombianos sean
equiparados a los de los otros grupos étnicos del país, especialmente en la
transformación de los consejos Comunitarios a Entidades Territoriales
Afrocolombianas, ETAS.
3. Frente al conflicto armado:
• Exigimos de los actores armados el respeto a la vida, dignidad y autonomía
de los consejos Comunitarios y procesos organizativos en sus territorios.
• Exigimos que todos los actores armados no hagan presencia en nuestras
comunidades.
• Que no involucren a la población civil en el conflicto y se respeten los regla
mentos internos de los Consejos Comunitarios, así como los derechos étnicos
de los pueblos negros.
Finalmente, convocamos a quienes de una u otra forma creemos en la justicia
social, en una democracia que permita la libertad con igualdad social étnica y
cultural, para procurar una sociedad mundial en donde quepamos todos y se
respete la diversidad cultural, el libre desarrollo de los pueblos y en particular la
dignidad de la vida humana.
Somos ustedes y nosotros quienes tenemos la responsabilidad histórica de
construir una sociedad diferente yjusta donde el bien común sea también el bien
individual, y en donde el valor de la vida esté por encima de los valores e intere
ses económicos. Es decir, donde la vida no esté al servicio de la economía e
intereses individuales, sino de la economía construida al servicio de los seres
humanos.
Confiamos en la solidaridad de todos y en el compromiso político para im
pulsar nuestras propuestas y procurar el desarrollo de las mismas de tal manera
que, en el futuro, nuestra conciencia nos pueda decir que hicimos lo correcto,
como parte de la responsabilidad histórica con nuestros pueblos, la sociedad y
con nosotros mismos.
[383]
RUDESINDO CASTRO
BIBLIOGRAFÍA
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[384]
LA GUERRA Y SU IMPACTO SOBRE
LAS COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL CAUCA
JOSÉ D O M I N G O G A L D Ó N
ADALID DE LA ETNONACIÓN COCONUGA, CAUCA
I N T R O D U C C I Ó N
Según datos no oficiales provenientes de distintas fuentes se estima que en el
Cauca somos doscientos mil indígenas pertenecientes a ocho pueblos diferen
tes, y localizados en regiones igualmente distintas. Los más numerosos son los
paeces, pero también en cantidad son significativos los Guambíanos, los Epera-
ras en la costa pacífica, los Ingas localizados hacia el sur en la denominada bota
caucana, los Yanaconas al sur del departamento, y nosotros los Coconucos, quie
nes habitamos la parte central, cerca a Popayán, centro de la élite dominante.
El departamento del Cauca es rico en su diversidad étnica y cultural. Ade
más de la presencia indígena, existe una gran población de personas no sólo
afrocolombianas sino campesinas, las cuales, se considera, corresponden al 80%
de la población.
Respecto al impacto de la guerra en las comunidades indígenas, considera
mos que sus causas provienen no de tiempos recientes, sino de quinientos años
atrás y producto de la imposición de modelos culturales ajenos no sólo a los indí
genas, sino a toda la población. Por esto, pensamos que también la imposición de
[385]
JOSÉ DOMINGO GALDÓN
modelos territoriales, económicos, políticos, educativos y de salud, ha sido un
factor de desintegración de la vida social y cultural de nuestros pueblos.
Para nosotros, el llamado modelo neoliberal o de apertura económica y pri
vatización, que ha venido sucediendo, hoy tiene un efecto muy grande sobre la
población en general. Sin embargo, específicamente, el impacto del conflicto ar
mado se relaciona con la imposición de esos modelos, los cuales sólo han
beneficiado a unas minorías y que, además, degradan el territorio, la tierra, y no
tienen en cuenta para nada la existencia del ser humano. Así, los principales efec
tos tienen que ver con la imposibilidad de la población menos favorecida de cada
una de las regiones para acceder a mejores condiciones de vida, y la generación
de mayor acumulación justo en las zonas donde la guerra se desarrolla con más
intensidad. Desde nuestro punto de vista este es un interés de carácter mundial
muy bien asimilado por quienes siempre han estado en el poder.
EL TERRITORIO
Consideramos aquí varios aspectos que a nuestro parecer inciden en gran medi
da en la lucha por la pervivencia como pueblo. En primer lugar está el problema
territorial, el cual desde tiempos inmemoriales ha estado presente en las luchas
de los indígenas. La lucha por la tierra ha sido una razón válida no sólo para las
comunidades indígenas sino para todos los seres en el mundo, llámense comuni
dad indígena, comunidad negra, comunidad urbana o, sencillamente llámense
comunidad de hormigas: si no existe el territorio, ¿en dónde vamos a vivir?
De tal manera, el territorio para los pueblos indígenas es la base de la subsis
tencia y por eso la denominación de nuestra madre tierra, como dicen los indígenas
en Colombia, o como dicen los hermanos Kunas en Panamá, nuestra Pacha-Mama,
puesto que de ella recibimos nuestro sustento. Pero este concepto de territorio
tiene diferencias muy grandes frente a otros, y ello seguramente puede ser un
elemento enriquecedor desde el punto de vista de su conceptualización. Sin
embargo, en la práctica también se presentan diferencias importantes.
Los pueblos indígenas siempre han considerado que la tierra no tiene pro
piedad privada. Creo que este es un concepto y una práctica que compartimos y
vivimos todos los pueblos indígenas no sólo del Cauca, sino del todo el país,
incluso de Latinoamérica y porque no decirlo, también de las comunidades Afro-
[386]
LA GUERRA Y SU IMPACTO SOBRE LAS C O M U N I D A D E S INDÍGENAS DEL CAUCA
colombianas. Es como si paseáramos por algún parque de Bogotá, que no co
nozco, pero en el que seguramente hay algunas sillas en donde descansar. Son de
todos pero de ninguno en particular.
En ese sentido el territorio es colectivo, es comunitario, se entrega en usu
fructo y el trabajo allí realizado se hace aprovechando la riqueza que contiene.
Sin embargo, la concepción de quienes gobiernan está limitada al establecimien
to de unos linderos o límites. A los pueblos indígenas les ha tocado, después de
la lucha por el reconocimiento de sus territorios, ir mucho más allá, porque com
prenden que el territorio tiene que ver con el habitat social, económico y cultural.
Incluso, en términos de la convivencia y del desarrollo de un Estado de derecho
ha sido necesario recurrir a mecanismos jurídicos, como ha sido el caso del reco
nocimiento legal de los resguardos indígenas. Esta figura, surgida desde 1890, se
ha venido consolidando hasta su inclusión en la Constitución Política de 1991,
en la cual no sólo se les ha dado un pisojurídico, sino que han sido jerarquizados
en función del propio desarrollo de la Constitución.
No obstante, aquí se presentan intereses particulares. Hay un interés del
Estado colombiano y de los países desarrollados -porque suponemos que ellos
ya han acabado con todos sus recursos naturales de la biodiversidad y con segu
ridad sus reservas hídricas ya escasean- por regiones como el Pacífico, la
Amazonia y otros territorios de Latinoamérica. Bastaría con recordar porqué fue
ron declaradas la Amazonia y el Pacífico como "pulmones" de la tierra.
Por ello, creo que el mundo desarrollado tiene puestos sus ojos sobre territo
rios en los cuales específicamente puedan explotar recursos naturales. Así, una razón
fundamental de la guerra es la lucha por esos territorios. También creo, sin lugar a
equivocarme, que nuestros dirigentes están buscando mecanismos para entregar
los recursos del país, por medio de los distintos tratados de libre comercio y de los
acuerdos de cooperación económica internacional que el gobierno está realizando.
Y aquí, un aspecto central a considerar es cómo, a nombre del desarrollo, se pre
tenden desconocer -en el caso indígena- los avances en cuanto al reconocimiento
de resguardos y territorios, y en el caso de las comunidades negras, la aplicabilidad
de la ley 70 de 1993, en detrimento de los grupos étnicos de las distintas regiones.
Lo anterior es evidente cuando, en nuestro caso, por lo menos desde hace
seis años no se ha entregado un solo predio para constitución de resguardos,
precisamente porque esa es una de las figuras que entorpece la posibilidad de
explotación de los recursos naturales existentes en estos territorios.
[387]
IOSE DOMINGO CALDON
También, hay que mencionar cómo la construcción de grandes obras de
infraestructura afecta los territorios indígenas. En nuestro caso, en la zona sur-
occidental del departamento, en el municipio de Morales, hace unos 15 ó 16
años se construyó la represa "La Salvajina" en territorio indígena y campesino,
con el propósito de producir agua y energía. Se tenía la idea de que toda la región
iba a estar muy bien surtida de energía; pero lo cierto es que la mayoría de la
gente que habita alrededor de la represa todavía alumbra con velas y solamente
ven pasar las cuerdas. Esto es un ejemplo que nos indica cómo la construcción
de grandes obras no son para el desarrollo de la comunidad, ni para su beneficio
directo. Más bien, degradan la tierra y no representan ganancias ni aprovechamiento
alguno para la gente que allí habita. Basta recordar también la construcción de la
represa de Urrá en Córdoba, por la cual se inundó un gran territorio perteneciente
a comunidades indígenas y campesinas quitándoles prácticamente la subsistencia
que fuera el río Sinú. Hoy lo que existe es un enfrentamiento gravísimo entre las
mismas comunidades y, además, un gran desplazamiento.
Entonces, creo que existe una política del Estado en términos legales y de
construcción de obras, que provocan ahora la expulsión de la gente del campo
hacia la ciudad, al contrario de la época de la colonización en la cual las ciudades
expulsaban la gente hacia el campo. Pero al mismo tiempo que constatamos el
interés por parte del Estado y de los pueblos indígenas por reafirmarse en sus
territorios, también nos encontramos con otro actor, producto de la situación
social, económica y política del país, en el que por demás no existen posibilida
des para la oposición o, incluso, de cambios desde el punto de vista democrático.
Lo que hemos visto aquí son más bien ejercicios de lucha por reivindicacio
nes especificas. No obstante, en nuestro caso, después de treinta años de lucha, y
luego de realizar un balance de las conquistas alcanzadas, con muchos sacrifi
cios, más de quinientos compañeros líderes han sido asesinados. Y si miramos
toda la organización social, lo mismo ha sucedido con los compañeros campesi
nos, cuya organización -acaso una de las más importantes en Colombia durante
la década de los años de 1970- hoy no existe, y en la práctica liquidada física
mente. A su vez, observando al mundo obrero, hoy en día persiste una guerra
declarada contra el sindicalismo y sus principales líderes. Si miramos también
las luchas de la oposición política, cabría preguntarse qué pasó con la UP, la Alianza
Democrática M-19 y Esperanza, Paz y Libertad, que si no liquidadas totalmen
te, no existen políticamente. En Colombia no ha existido y no existe una
[388]
LA G U E R R A Y SU I M P A C T O SOBRE LAS C O M U N I D A D E S I N D Í G E N A S DEL C A U C A
mentalidad de equidad, desde el punto de vista del diálogo, la negociación y de
la concertación política.
En Colombia se presentan condiciones para que se den diversas formas de
lucha. Así, observamos el desarrollo y crecimiento de grupos armados político -
militares, como las FARC -con una presencia territorial importante en el Cauca- y
el ELN con menor presencia regional. Su concepción sobre el territorio es
absolutamente contraria a la nuestra. Para ellos el territorio es el país y ven a los
territorios indígenas como islas, casi como los vería el Estado mismo. Además, si
se trata de construir Estado, no cabrían ghettos o naciones dentro de la Nación.
Nosotros como indígenas no planteamos separarnos del país, ni del departamento.
Yo soy de la vereda de Guare, del municipio de Puracé y quiero a mi municipio,
quiero a mi departamento, quiero a mi país, pero lo que no quiero es este modelo,
y esas formas de imposición de las cosas.
No es cierto el argumento estatal según el cual nosotros queramos separar
nos, o constituirnos como naciones aparte, o que no queramos el desarrollo para
el país. Recuerdo una conferencia del señor Juan Meyer, Ministro de Medio
Ambiente, en la que decía que en Colombia había cuarenta millones de colom
bianos y que en el territorio U'wa 17 familias estaban peleando por la explotación
de un pozo petrolero. Pero qué prevalecía más, si esas familias o los cuarenta
millones de colombianos. Por supuesto, pienso que esa no es la discusión, sino el
sentido que los indígenas damos al aprovechamiento y a la explotación de nues
tro territorio y sus riquezas; siempre y cuando se busquen mecanismos para evitar
impactos culturales y económicos que degraden la convivencia y el territorio.
AUSENCIA ESTATAL, REFORMA AGRARIA
l L U L 1 1 V U 5 1 L 1 U 1 U 5
Aquí nos encontramos con un nuevo elemento producto del abandono estatal.
Nosotros sentimos una ausencia total de políticas agrarias. Así, en la medida en
que no existe una política de Estado sino políticas de gobiernos de turno, no es
posible que exista una reforma agraria que realmente contribuya a la distribu
ción equitativa de la tierra, y que tenga relación con lo que nosotros denominamos
una reforma agraria integral. Que no sólo plantee la entrega de la tierra, porque
es como si ustedes vinieran con el cuaderno pero sin traer el lápiz. La reforma
[389]
JOSÉ DOMINGO GALDÓN
que necesitamos tiene que ver con la educación, la salud, la vivienda, el mejora
miento de vías, los créditos, los subsidios para las cosechas, etc. No sacamos
absolutamente nada con recibir tierras únicamente y acordar programas de pro
ducción, si en últimas terminamos como los campesinos, más endeudados que
antes.
Por ello, la gente ha recurrido a otros mecanismos porque si bien es cierto
que la producción de papa o fríjol pueden ser rentables, en el Cauca estamos
invadidos de la papa proveniente del Perú y Ecuador, resultado de la apertura
económica. Así, la gente que podría producirla ya no la está sembrando, sino que
recurrió a la siembra de la coca, teniendo en cuenta que, en el caso indígena, su
cultivo no es ilícito, sino que hace parte de la vida cultural. El problema no es de
los indígenas. Hubo un tiempo en que ellos lucharon para que ese elemento cul
tural no se acabara, y de ahí surgió una ley que permitía tener un determinado
número de matas de coca en la huerta. Después vino el problema de no poder
vender su cebolla o su papa y demás cultivos a precios reales y por tanto recu
rrieron a la siembra de la coca y, posteriormente, de la amapola.
Esta última también ha traído consecuencias negativas para las comunida
des y la región, puesto que como cultivo ilícito ha sido apoyado por gentes
extrañas, o externas a las comunidades, e incluso por los movimientos insurgen
tes. Tenemos que decir que tanto las FARC como los paramilitares ayudan a su
promoción e incentivan los cultivos. De alguna manera, ia ausencia estatal y la
política de erradicación de los cultivos ilícitos han contribuido con los proble
mas de la región. Por nuestra parte, somos conscientes que su siembra genera
serias consecuencias tanto para la tierra y para nuestra cultura, así como para la
gobernabilidad. Pero no existe otra alternativa, a pesar de compromisos, plantea
mientos y propuestas de las mismas comunidades sobre cual debería ser el
mecanismo de su erradicación. El gobierno ha manifestado el apoyo, pero no ha
cumplido con su palabra.
LA LUCHA POR LA IDENTIDAD Y LA GUERRA
Otra problema es el de la identidad y el conflicto ideológico tanto con el Estado
como con los grupos insurgentes. El movimiento indígena lucha por su persisten
cia como pueblo, por conservar muchos elementos y valores culturales -el idioma
[390]
LA GUERRA Y SU IMPACTO SOBRE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS DEL CAUCA
por ejemplo - importantes no sólo para las propias comunidades sino para todo el
país. Pero también lucha por la cohesión de los pueblos indígenas. En esto tene
mos una gran divergencia con el Estado, relativa al sentido de la homogenización.
Se pretende que volvamos a la época anterior a 1991 cuando este país se conside
raba homogéneo, pero en realidad era totalitario, y en el que no existían
particularidades de ninguna naturaleza. Cuando se habla, por ejemplo, de regíme
nes especiales de salud o de educación, recuerdo que el ministro del medio ambiente
decía que en Colombia no debería haber privilegios. Por el contrario, pensamos
que en el caso indígena no se trata de privilegios sino de diferencias culturales. Por
su parte, los movimientos armados también insisten en una orientación e inciden
cia política e ideológica. Especialmente los "farianos" dicen que los asuntos del
trabajo indígena, negro y de las mujeres son elementos distractores de la lucha por
el cambio, porque todos somos sectores populares y, por tanto, no debe haber dife
rencias. En parte pueden tener razón, pero el que todos seamos iguales como
sectores populares no nos exime de nuestras luchas por preservar los elementos
culturales de cada uno de los pueblos.
Con el gobierno, porque si bien es cierto que existe un ordenamiento jurídi
co, también existen unas prácticas cotidianas de cada pueblo en razón a que en
cada parcialidad, en cada resguardo, en cada comunidad existe un gobierno pro
pio llamado cabildo. Este ha venido consolidándose y no admite presencia e
incidencia ni de la iglesia, ni de los partidos políticos tradicionales, ni de los
movimientos armados que quieren incidir dentro de la jurisdicción especial in
dígena o en problemas propios de las comunidades, pero que sólo ellas tienen
que resolverlos.
Otro aspecto relacionado, es la consolidación de las luchas que se vienen
dando desde hace mucho tiempo en torno a la autonomía de los pueblos indíge
nas. Se trata de una lucha vital en la que se ha venido ganando legitimidad nacional
e internacional. Es el caso del convenio 169 de la OIT, reconocido por Colombia
mediante la Ley 21 de 1991. Se trata del reconocimiento a los pueblos del dere
cho a definir y a construir su propio destino. Es decir, nuestro destino no nos lo
va a quitar nadie, lo construimos nosotros mismos. Eso no significa que estemos
cerrados a compartir y recoger muchos elementos de la vida occidental o de otras
culturas que enriquezcan nuestra propia cultura. En tal sentido, aparece de nue
vo la apreciación del Estado según la cual los indios quieren aislarse o quieren
conformar naciones propias en determinados territorios, y sobretodo en regio-
[391]
)OSE DOMINGO GALDÓN
nes como la Amazonia en donde son millares de hectáreas como es el caso del
resguardo en Mitú, en el Vaupés, cuestionando la autonomía que como resguar
do tienen los indígenas. Por supuesto, el problema no es de la definición cultural,
sino de las riquezas económicas y de la biodiversidad que existe en esos territo
rios. Así, el Estado quiere liquidar el asunto de la autonomía y el control territorial.
Por tanto, creemos que la situación social, económica y política resultado de la
imposición de modelos, de la discriminación social, de la falta de oportunidades,
es muy complicada y muy grave. Diría entonces, que su impacto es el que genera
los actores de la guerra y sus consecuencias.
Las tomas violentas a los pueblos por guerrilleros o paramilitares, -y noso
tros no discutimos si lo están haciendo con armas convencionales o no- , son un
acto de guerra. Y desde luego, es la población civil la mayor afectada. Y si habla
mos del Derecho Internacional Humanitario, ¿qué decir si los puestos de policía
están en el centro del pueblo? ¿Acaso la protección de los puestos de policía no
son las mismas casas de la gente? Muchos puestos de policía y del ejército son
construidos sobre las casas de los compañeros o sobre escuelas comunitarias.
Pero eso lo practican unos y otros. Otro problema son los enfrentamientos que
se presentan en los territorios indígenas en donde quien realmente lleva del bul
to, como decimos nosotros, son nuestros compañeros. La guerrilla enfrenta al
ejercito y se va. Luego el ejército llega y coge a los indígenas, y por el solo hecho
de andar con botas ya son guerrilleros. Entonces los matan, les ponen un unifor
me camuflado y los presentan como subversivos. Varios has sido los cadáveres
que nuestros compañeros gobernadores han reclamado como guerrilleros, cuando
en realidad han sido compañeros indígenas, gobernadores o integrantes de ca
bildo.
De la misma manera actúan los paramilitares, y por tanto uno no entiende
realmente en qué se diferencian. Hay quienes dicen que el movimiento indígena
se equivoca en el asunto de la autonomía y en el asunto de la guerra. En nuestro
caso, denunciamos a quien sea. Pero entonces, allí preguntan: ¿al fin los indios
de qué lado están, son neutrales? Nosotros hemos dicho, en el caso del Cauca,
que no somos neutrales. ¿Quién de ustedes es neutral cuando alguien distinto
entra a su casa, a dañar su organización interna, o a poner su cama, su escritorio
y su computador en otro lado? ¿Esto a quién le gusta y cómo va a ser neutral? En
nuestro caso, nuestra casa es nuestro resguardo y nosotros no somos neutrales
ante ello y por eso es nuestra pelea.
[392]
LA GUERRA Y SU IMPACTO SOBRE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS DEL CAUCA
Existen sin duda otra gran cantidad de problemas derivados de la situación
de guerra. Uno muy serio es la cantidad de lugares minados que hay. Han sido
demasiados los indígenas muertos o mutilados por las minas que dejan uno y
otro bando. Otro aspecto es el del reclutamiento. Esto no sólo se le ha peleado al
gobierno, sino también a los movimientos insurgentes. Hace ya tiempo que los
indígenas pelearon y creo que acordaron con la columna Simón Bolívar que los
indígenas no iban a pagar más servicio. Los indígenas cuando quieren hacerlo
voluntariamente se van, pero cuando no quieren, no lo hacen. Cuando se paga
servicio militar o se está en la Policía algo distinto se aprende. Y luego llega con
elementos y conceptos distintos a los de la comunidad; y por el hecho de que se
haya puesto un uniforme oliva y que haya andado con armas ya quiere venir a
ponerse de autoridad al cabildo.
Si los muchachos se fueran conscientes a la guerrilla no habría discusión. El
problema es que la gente no tiene ni idea para qué coge un fierro. Muchas veces se
van porque no hay tierra donde trabajar, porque hubo maltrato por la familia, por
que fueron castigados por el cabildo, o porque simplemente llegó la guerrilla o los
paramilitares y el muchacho se enamoró de la muchacha o viceversa y se fueron. Es
un problema mayor cuando son menores de edad. Los indígenas caucanos siem
pre pelean y cuando se llevan los muchachos, los indios se organizan en comunidad,
en minga y se van detrás de la guerrilla a recuperar los muchachos.
LA CONVIVENCIA
Finalmente, existe otro elemento que tiene que ver con las posibilidades de con
vivencia. Realmente el movimiento indígena y el movimiento campesino han
buscando mecanismos y espacios de construcción de un Cauca posible para to
dos. Hemos planteado alternativas respecto al problema agrario, la producción,
la erradicación de cultivos ilícitos. Cuando se anunció el plan Colombia fuimos
los primeros en plantear alternativas, lideradas por nuestro gobernador Floro Al
berto Tunubalá. Con nuestras marchas, movilizaciones y denuncias permanentes,
logramos conformar el Bloque Social Alternativo, participar en las elecciones y
llevar a Floro a la gobernación. Pero créanme compañeros que este proceso ha
sido muy complicado. Después de ciento cincuenta años de gobierno de los parti
dos tradicionales del Cauca, y de haber sido la cuna de 17 presidentes, pudo llegar
[393]
JOSÉ DOMINGO CALDON
a la gobernación un indio patirrajao oliendo a cebolla, como lo decían los de la
casta de Popayán. Más difícil aún, ha sido encontrar una serie de leyes prefabrica
das que no permiten invertir ningún recurso, porque ya están destinados a pagar
deudas y, por supuesto, no hay dinero para inversión social. Así, al gobernador le
ha tocado buscar posibilidades de apoyo político y económico. Es decir, también
él encontró la casa de administración con las sillas y mesas patas arriba y las ollas
raspadas ¡y no solo raspadas sino rotas!
Por último, también hay que denunciar la lucha descarada de los poderes de
los partidos tradicionales por recobrar la gobernación. La dirigencia de los com
pañeros campesinos del CIMA, de los compañeros profesores, de los compañeros
indígenas, incluso el gabinete del Gobernador han sido amenazados. Este es un
claro ejemplo del enorme impacto del conflicto armado. Aparte de todo esto, y
aunque no es una tarea sencilla, hemos planteado constituir un resguardo indí
gena como un espacio de convivencia y de construcción de alternativas. Nos ahoga
la esperanza de que algún día -entre todos los colombianos, las colombianas,
indios, negros, mestizos y todos- tendremos que cambiar, pero si cambiamos de
mentalidad.
[394]
MIGRACIÓN Y DESPLAZAMIENTO FORZADO.
De la exclusión a la desintegración
de las comunidades indígenas, afrocolombianas y campesinas
M A R T H A N U B I A BELLO
NAYIBE PEÑA FRADE
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
E n la reflexión sobre los avances incluyentes de la Constitución de 1991 y las
posibilidades para la multiculturalidad y el ejercicio de la diferencia, no puede
dejar de considerarse que el desplazamiento forzado no sólo elimina y niega la
existencia física del otro y los otros, sino que pone fin a la reivindicación de in
clusión de grupos históricamente excluidos, porque los destruye como grupos
que "ya no están", "ya no son". Después del desplazamiento son otros porque
habitan lugares distintos. Para seguir viviendo se vieron obligados a inventar
nuevos oficios, transformar sus roles, confrontar sus cosmovisiones y construir
nuevos lenguajes sobre si mismos, que, en ocasiones, niegan o contradicen los
anteriores.
En Colombia, miles de campesinos pobres han abandonado sus lugares de
origen y residencia para pasar a engrosar los cinturones de miseria de las peque
ñas y grandes ciudades del país. La mayoría lo han hecho en calidad de migrantes,
empujados por la miseria y la falta de oportunidades en el campo, acentuada en
la última década por una severa crisis del agro, la cual, ajuicio de algunos, obede
ce a la consolidación de la apertura que acabó con sectores tradicionales de la
economía agraria como el algodón y el arroz, entre otros.
[395]
M A R T H A N U B I A BELLO y NAYIBE PEÑA FRADE
Esta crisis ocurre en el marco del fenómeno denominado "descampesiniza-
ción", en su relación con los procesos de "relatifundización". Esto es, que desde
1990 se ha acentuado la tendencia de dominio de la gran propiedad: mientras
que en 1984 los predios de menos de 100 ha ocupaban el 40% del área y los de
más de 500 ha el 32.5% de la superficie, en 1997 los primeros se habían reduci
do al 34.5% del área y los segundos se habían ampliado al 45%. En otras palabras,
de cada 100 campesinos que poseían tierra, 97 eran dueños de fincas que no
excedían las 100 hectáreas. Pero, los tres propietarios que tenían fincas de más
de 100 ha ocupaban casi la mitad de la superficie rural .
Lo que ese proceso de relatifundización expresa, o mejor, reitera, es que aún
se mantiene el poder tradicional político que confiere la propiedad de la tierra.
En el país no ha logrado imponerse un sistema modernizante y modernizador
que oriente la actividad agrícola con un sentido estratégico, y que supedite la
tenencia y el uso de la tierra a modelos productivos y sostenibles económica y
socialmente. Los hacendados y latifundistas encuentran en la propiedad de la
tierra y en la ganadería extensiva, la comodidad y la seguridad para sus inversio
nes, a costa del desarrollo regional y nacional.
DESPLAZAMIENTO Y CONFLICTO
Desde mediados de los años de 1980, pero en especial en la década de 1990, el
narcotráfico contribuyó a la concentración de la tierra y por lo tanto a la descam-
pesinización. En manos de los narcotraficantes -quienes han comprado tierras
en el 42% de los municipios del país- está concentrada la definición de las pau
tas de inversión rural y una parte importante de la seguridad agroalimentaria del
país. Por ejemplo, en Córdoba han adquirido tierras en 84.6% de los munici
pios; en el Meta, 39%; en el Chocó, el 31.5%; en el Putumayo, 23%; en Santander,
22% y en Norte de Santander en 7.5% [Fundación Social 1998].
Las tierras adquiridas y concentradas se han destinado a la ganadería exten
siva -que en la actualidad ocupa 68.5% de la tierra nacional- y a usos
1. Por otra parte, en 1996 el 50% de fincas que menos de 5 hectáreas ocupaban apenas el 3.7% de la
superficie disponible y dedicaban a la agricultura el 32.8% de su extensión. Mientras tanto, el 2.2% de las
fincas existentes tenía más de 200 hectáreas, ocupaba el 43% de la superficie y dedicaba apenas el 1.7% (tres
hectáreas y media) al uso agrícola.
[396]
M I G R A C I Ó N Y D E S P L A Z A M I E N T O F O R Z A D O : DE LA E X C L U S I Ó N A LA D E S I N T E G R A C I Ó N
improductivos como fincas de recreo, en detrimento de la agricultura, la cual
apenas ocupa el 8.5% de la tierra disponible [Reyes, 1997], los bosques y la
sostenibilidad ambiental . La sobrevaloración de la tierra, a causa de tales usos,
ha desestimulado la aparición de empresas y empresarios agrícolas y ganaderos
con capacidad para dinamizar los mercados regionales: "la sobrevaloración de la
tierra como activo, apreciada en términos especulativos y no por su potencial
productivo dimensionó los precios de las transacciones por encima de los ingre
sos que podrían obtenerse con el desarrollo de proyectos productivos" [Fajardo
2001].
Pero el problema actual, no obedece únicamente a la presión que los tradi
cionales hacendados o los narcotraficantes ejercen sobre los modelos de uso y
tenencia. También, el modelo neoliberal exige una infraestructura que el país
apenas empieza a construir a unos costos sociales y económicos aún no calcula
dos: puertos y aeropuertos, vías troncales nacionales y regionales, zonas francas,
plantas eléctricas, sistemas de comunicación y equipamientos urbanos para ser
vicios de punta. La localización de parte de esa infraestructura ha afectado
territorios ancestrales -muchos de ellos ocupados por población indígena y afro-
colombiana- con una dinámica económica, demográfica y cultural propia.
Las actividades económicas, legales e ilegales, significan una alteración defi
nitiva en el uso y tenencia de la tierra en diversas partes del país. La inversión de
capitales valoriza determinadas zonas y actividades en detrimento de otras. La
mayor parte del territorio nacional resulta atractivo para cualquier interés econó
mico nacional o transnacional, ya sea por sus recursos minerales, por su
biodiversidad, por la calidad de sus tierras, por su importancia geoestratégica o
porque sus difíciles condiciones de acceso y la precaria presencia estatal facilitan
los cultivos ilícitos.
Una vez el capital define una zona por algún potencial de riqueza, comienza
el proceso de su apropiación con la consecuente expulsión de la población allí
asentada o la eliminación de cualquier obstáculo humano o legal. Se ha compro
bado que la violencia es más intensa en los municipios donde son más altas las
posibilidades de obtener mejores ingresos [DNP 1998] o de nuevos potenciales
2. Aunque hay más cantidad de predios pequeños y medianos (90%), son los predios grandes (10%)
los que ocupan más tierra (71%) y los que dedican una cantidad más ínfima al uso agrícola (9%). El 64%
del uso agrícola existe en el 28% de la tierra disponible. En otras palabras, es la economía campesina la que
sustenta al país lo cual se comptueba en el rápido y sostenido aumento de las importaciones de alimentos.
[397]
MARTHA NUBIA BELLO y NAYIBE PEÑA FRADE
de acumulación de riqueza. La violencia tiende a reproducirse con más rapidez
en sectores con altas posibilidades de acumulación económica y con una presen
cia débil o traumatizante del Estado. En consecuencia, "todos los protagonistas
con capacidad de acción armada se encaminan desde ahora, como medio o como
fin, al control de los polos de producción económica del país" [Pécaut 1997].
Los últimos gobiernos han cohonestado este proceso de acumulación y con
centración de capitales y tierras. Han permitido -con absoluta impunidad-
múltiples formas de despojo, e incluso han ayudado a perpetrarlas y fortalecer
las. Ello es una de las lecturas del paramilitarismo. El país ha sufrido una
transformación radical en la tenencia y el uso de la tierra rural y el suelo urbano,
una contrarreforma agraria paraestatal que ha significado la expulsión de la po
blación, la repoblación de territorios, y procesos demográficos no cuantificados
ni analizados porque deliberadamente han sido invisibilizados. Colombia afron
ta un periodo de absoluta movilidad predial, económica y poblacional que, entre
otras cosas, dificulta o impide cualquier proceso de planificación o empodera-
miento social.
Los efectos de estas múltiples y complejas situaciones se sienten en muchos
aspectos: un país sometido a la importación de alimentos teniendo condiciones
geográficas excepcionales; un campo abandonado o subutilizado; una concen
tración de población en las ciudades en condiciones precarias e indignantes; un
desempleo incontrolable y un futuro completamente adverso para los colectivos
humanos expulsados.
Todos estos procesos expulsan población, ya sea porque eliminan empleos
rurales, despojan a los pequeños y medianos propietarios, encarecen los medios
de subsistencia y reproducción del trabajo o, porque, desatan la violencia:
"La crisis de productividad en el campo se expresa en dos extremos: la mayor parte de
la gran propiedad usa la tierra en ganadería extensiva, paga pocos impuestos, genera
poco empleo y aporta muy poco al producto global con una gran destrucción ambien
tal. Por otro lado, muchos de los pequeños propietarios y campesinos sin tierra ocupan
áreas empobrecidas, con severas limitaciones naturales y no obtienen ingresos sufi
cientes para elevar su nivel de vida" [DNP, 1998].
Sin embargo, el fenómeno más visible se concentra hoy en los 2'400.000 pobla
dores que han sido expulsados de sus zonas por causa del conflicto armado
interno. Las cifras por sí solas son dramáticas, si se tiene en cuenta que desde
[398]
MIGRACIÓN Y DESPLAZAMIENTO FORZADO: DE LA EXCLUSIÓN A LA DESINTEGRACIÓN
1985 y de manera continua se expulsan en promedio 17 personas por hora . Por
supuesto, también es alarmante el drama de quienes son víctimas de este flagelo,
caracterizado hoy como una verdadera catástrofe humanitaria.
En definitiva, este desplazamiento forzado es el resultado de los intereses y
dinámicas económicas expuestas anteriormente, las cuales intensifican y extien
den el conflicto armado interno que, sobre todo en la última década, se ha
complejizado y degradado.
Pero también, la escalada del conflicto no sólo se expresa en el creciente
número de municipios afectados, sino en la cantidad de muertos y de acciones
violentas. La dinámica del conflicto multiplica el número de enemigos, "el surgi
miento de nuevos grupos armados trae consigo la creación de grupos de apoyo
generándose así un proceso en el que se involucran incluso actores no armados"
[Blair 1999]. Es así como el armamentismo y la apelación a la violencia -como
recurso para solucionar los conflictos- se extienden e intensifican.
El conflicto es cada vez más complejo por la diversidad de actores y de inte
reses que intervienen. Esta heterogeneidad no permite establecer con claridad si
se trata de móviles políticos o económicos; si son acciones delincuenciales o re
beldes; si se persiguen fines privados o colectivos; o si los actores se orientan por
estrategias políticas o acciones de venganza, etc. "El conflicto es cada vez más
complejo por el ingreso permanente de actores autónomos en lo ideológico, lo
político y lo organizativo; la tendencia que predomina entre los grupos armados
es adquirir autonomía respecto del carácter puramente instrumental que pudie
ran haber tenido en sus orígenes" [Cubides 1998].
A su vez, la degradación se refiere al uso por parte de todos los actores en
conflicto, de estrategias de guerra violatorias del Derecho Internacional Huma
nitario y de métodos cada vez más caracterizados por la barbarie y la sevicia.
Las acciones que provocan el desplazamiento no sólo responden a una ra
cionalidad económica, como por ejemplo desplazar para posesionarse de tierras
potencialmente valorizables, o para expandir cultivos, o para acometer megapro
yectos. También se desplaza para ejercer y consolidar un dominio político y militar
que supone no únicamente la posesión de la tierra, sino el control de las relacio
nes sociales y, en consecuencia, la redefinición de normas y pautas en el espacio
público y privado.
3. Cálculos de las autoras con base en datos suministradas por Codhes.
[399]
MARTHA NUBIA BELLO y NAYIBE PEÑA FRADE
VIOLENCIA Y C O N T R O L SOCIAL
Los grupos armados, sin distingo alguno, pretenden someter a las poblaciones
locales de los territorios que controlan militarmente mediante patronaje o a la
fuerza. Para lograrlo realizan trabajos de "inteligencia", penetran o crean organi
zaciones y hacen proselitismo. Se forman así complejas redes de militantes,
activistas, simpatizantes, colaboradores y delatores que desintegran y enfrentan
entre sí a la población. "Ello conduce a un proceso casi imperceptible de articu
lación y legitimación de la población con los grupos armados, que restringe la
toma de distancia crítica con éstos, al tiempo que el conjunto de la localidad va
siendo identificada y homologada por el resto de la sociedad, al grupo que con
trole el territorio» [Osorio 2000].
En los territorios en disputa, la atomización es mayor y tiene un costo aún más
alto. La estrategia de los actores armados es crear confusión y desconfianza entre
los vecinos que conforman una comunidad, creada a través de los años, por mu
chas generaciones, y en situaciones adversas o felices. Al provocar terror y sospecha
destruyen las redes de solidaridad, quiebran la confianza del individuo y la familia
en los otros y, además, los hacen reticentes a formas de trabajo colectivo.
Las simpatías y filiaciones de las comunidades también son disputadas, pues
de ello depende el apoyo a los proyectos e intereses que encarnan los actores arma
dos , de tal forma que sus diferencias o similitudes las convierte en comunidades
"amigas" o "enemigas". La configuración de las poblaciones como aliadas, simpa
tizantes o bases de apoyo, las coloca a la fuerza como parte del conflicto: "los grupos
armados, desde sus distintos intereses, van imponiendo a los pobladores rurales la
obligación de adherirse a uno u otro bando, bajo el argumento que en la guerra no
se pueden tomar posiciones neutrales" [Osorio y Lozano 1998].
El que se considere a una comunidad "amiga", en general por la presencia
del actor armado durante largo tiempo a la par con su proceso de formación, no
la hace objeto de respeto y menos aún se le garantiza protección. Más bien, el
tipo de relaciones que se establecen están mediadas por la fuerza de las armas,
razón por la cual la obediencia surge del miedo. En consecuencia,"(...) no dejan
4. "Ganarle al enemigo significa, cada vez menos, ganar las confrontaciones entre ejércitos y las bajas
que se puedan causar. Ganar implica controlar una mayor extensión de territorio con relativa sostenibilidad,
lo cual se logra si efectivamente se avanza en legitimar la dominación o se desocupa la zona para repoblarla
con gente de confianza" [Osorio y Lozano 1998].
[400]
MIGRACIÓN Y DESPLAZAMIENTO FORZADO: DE LA EXCLUSIÓN A LA DESINTEGRACIÓN
resquicios a la autonomía individual, ni reconocen algún derecho humano o al
guna forma de disidencia política" [Uribe 2000b], Desde afuera, las comunidades
"amigas" van configurándose como bases de apoyo, resultan marcadas y estig
matizadas como simpatizantes. Esto es, terminan siendo objetivo militar de grupos
armados rivales que entran a disputar el dominio del grupo establecido.
A su vez, el que una comunidad sea considerada como "enemiga" la hace
objeto del exterminio justificado, toda vez que el enemigo, en la mente de su
creador, es exponente del mal. Una vez constituida como tal el propósito ya no es
tan sólo expulsarla. El objetivo es "exterminarla", "acabarla", "destruirla" o, en
el mejor de los casos, "transformarla". Es desde esta perspectiva como mejor se
comprende la degradación y el escalamiento del conflicto, así como el discurso
legitimante que lo acompaña.
La lógica de la guerra -en nombre de la justicia social, de la venganza, del
retorno a la normalidad o simplemente del orden- apela a los métodos más bár
baros y atroces. Esta dinámica cotidiana de barbarie, conduce a que ya ni siquiera
se repudie el asesinato y el destierro en sí mismos, sino la forma como se realiza
ron; ya no es extraño que quienes viven la guerra o la observen digan: "el problema
no es que los saquen, sino la forma en que los sacan" o "el problema no es que los
maten, sino la forma en que los matan".
DESPLAZAMIENTO Y TERRITORIO
Aun cuando es difícil establecer la cantidad o dosis de terror suficiente para des
terrar una comunidad, sin duda alguna hay un exceso, una sobredosis, que se
explica en cuanto las relaciones particulares e históricas que se han configurado
justifican, corno en épocas anteriores, el deseo por eliminar al enemigo presente
y futuro. En ese proceso, el contradictor es despojado de sus rasgos de humani
dad y es asimilado al mal.
Por lo tanto, se requiere leer el desplazamiento como un proceso que se
arraiga en el ya histórico abandono del campo y en la falta de legitimidad del
Estado, y que continúa con la penetración y consolidación de un orden impues
to por los actores armados. Se acentúa cuando el territorio entra en disputa, con
el éxodo, y con los esfuerzos posteriores de reubicación o de reinserción en las
más precarias e indignantes condiciones.
[401]
M A R T H A N U B I A BELLO y NAYIBE PEÑA FRADE
Teniendo en cuenta la diversidad sociocultural y económica de los departa
mentos expulsores , es evidente la gran heterogeneidad de las poblaciones
desplazadas y, por lo tanto de la carencia de "identidades preexistentes" [Uribe
2000b]. Sin embargo, para el 70% de las personas desplazadas, el común deno
minador es su "vínculo rural", el cual, justamente, es el que rompe y destruye el
desplazamiento.
El vínculo rural supone que la relación con la tierra es uno de los aspectos
que ha permitido a las personas desplazadas configurar su identidad. Indepen
dientemente de su condición de colonos, propietarios o de comunidad ancestral,
y a pesar de las diferencias culturales, el habitar en el campo y el trabajar la tierra,
determinan formas particulares de relación con el tiempo y el espacio, y de ma
nejo del medio ambiente, muy diferentes a las condiciones propias de contextos
más urbanizados. "La vida en el campo y el trabajo a partir de la tierra generan
una forma de identidad, como campesinos o colonos, a veces implícita, a veces
manifiesta; una condición que se ve profunda e involuntariamente modificada
por el desplazamiento". [Osorio y Lozano 1998].
El desplazamiento forzado es un fenómeno de desterritorialización, de per
dida y abandono del territorio. La tierra, en este caso el bien perdido, significa
para estos grupos poblacionales, mucho más que la fuente que provee los recur
sos para la subsistencia. La tierra es una dimensión, con distintos significados,
sobre la cual se construyen las identidades campesinas, indígenas y afrocolom
bianas. Y es justamente sobre estas dos últimas en las que el desplazamiento
mantiene un impacto sostenido: "El 38% de la población desplazada correspon
de a grupos étnicos. Comparando lo ocurrido en el año 2000 y el primer trimestre
del 2001 , se observa que el impacto sobre las comunidades negras e indígenas ha
aumentado en un 80%" [Grupo Temático de Desplazamiento 2001].
5. En términos territoriales, durante el año 2000, 322 municipios expulsaron población y 322 muni
cipios fueron lugares de llegada. En total hubo 480 municipios afectados pot el desplazamiento, de los
cuales 138 son sólo de expulsión, 158 son sólo de llegada y 164 presentan la doble condición. Además, en
159 municipios se ha presentado más de un evento de desplazamiento al año.
6. "Para nadie es un secreto que la mayoría de la población desplazada por la violencia se origina en
zonas rurales. Es decir en municipios que en general no tiene más de 50.000 habitantes. Básicamente, se
trata de municipios prestadotes de servicios a un área rural, donde la población se dedica a oficios rurales"
[Medellín y Rianudo, 2000].
[402]
MIGRACIÓN Y DESPLAZAMIENTO FORZADO: DE LA EXCLUSIÓN A LA DESINTEGRACIÓN
DESPLAZAMIENTO E IDENTIDADES
Por lo tanto, el desplazamiento constituye ya no un fenómeno de exclusión social,
sino de desarticulación social, dado que acaba con comunidades , rompe lazos y
relaciones, desestructura procesos y fragmenta colectivos humanos. El desplaza
miento significa "una degradación acelerada de la vida de la población étnica, dado
que el desarraigo territorial altera gravemente su identidad, integridad y cultura" .
Cuando una comunidad es forzada a abandonar su tierra emprendiendo un
éxodo masivo y no tiene la posibilidad de retornar prontamente, tiende a su
desintegración porque la mayoría de personas busca salidas familiares. Se debi
litan así los lazos comunitarios y derivan en familias dispersas, repartidas por la
geografía nacional, aisladas e incomunicadas.
Son excepcionales los casos en los que las comunidades desplazadas logran
reivindicar derechos colectivos. Ello depende de su grado de cohesión social y
del acompañamiento efectivo de organismos nacionales e internacionales. Sin
embargo, como
(...) los desplazamientos individuales y familiares constituyen la modalidad más usual
de desplazamiento , es inevitable en estos casos que sé de un proceso de destrucción
de las comunidades y de sus identidades colectivas por efecto de la fragmentación y
desintegración de sus miembros. El desplazamiento implica un costo social y cultural
por cuanto al obligar a los miembros de una comunidad a emprender rumbos distintos
de manera individual y fragmentada se rompen las relaciones, destruyéndose no solo
sistemas de producción agrícola sino también de producción social y cultural [Bello,
2000].
7. El Tiempo denuncia la desaparición de 42 municipios.
8. Informe presentado en julio 2001 por parte de la Defensoría Delegada para Indígenas y Minorías
Étnicas de la Oficina del Defensor del Pueblo.
9. Según el decreto 2569 de diciembre de 2000, se considera desplazamiento masivo cuando diez o
más familias, o, más de cincuenta personas se desplazan en las mismas circunstancias de modo, tiempo y
lugar.
10. De enero a junio de 2000 se presentaron 97 desplazamientos masivos (equivalentes al 20% de los
desplazamientos del semestre) y 370 eventos individuales o familiates. En el segundo semestte, el 18% de
los desplazamientos ocurrió en hechos masivos (157) y el 82% en hechos individuales o familiares (722), Si
bien porcentualmente los eventos de desplazamiento individual o familiar fueron muy superiores a los
masivos, en estos últimos se desplazó el 94% de la población en el primer semestre y el 93% en el segundo
semestre [Red de Solidaridad Social 2001].
[403]
MARTHA NUBIA BELLO y NAYIBE PENA FRADE
Los procesos de globalización de la economía ya determinaron que el grupo
humano que tiene vínculos con la tierra, está entre las poblaciones "no viables";
y el Estado y la sociedad colombianos no ha construido alternativas que repre
senten oportunidades de inclusión y para reparar las injusticias históricas de las
que han sido objeto grupos sociales considerados de esa manera.
Así, el desplazamiento forzado se suma a la larga cadena de vulneraciones
contra indígenas, afrocolombianos, colonos, aparcerosjornaleros y campesinos,
quienes han sido puestos al margen de los beneficios de la economía y el "desa
rrollo". Sus territorios ancestrales atraen hoy las miradas rapaces de intereses
multinacionales y nacionales, que ven en sus tierras riquezas minerales y natura
les, o ventajas geoestratégicas. Las comunidades son disputadas como bases de
apoyo y conocen al Estado no por su presencia social, sino represiva. En otras
palabras, estas comunidades permanecieron por muchos años al margen y hoy
son "incluidas" para la explotación y el control.
En estas condiciones, la superación de la profunda inequidad que se expre
sa en la apropiación de la tierra, del ingreso y de las oportunidades, elementos
necesarios para lograr un proceso de inclusión social, esta lejos de ser realidad. A
los tradicionales sobre la marcada exclusión social de la población campesina,
sobre todo la ubicada en departamentos como Chocó, Córdoba, Sucre, Cauca y
Nariño [PNUD 2000], se suman y acentúan en la década de los años de 1990, los
fenómenos de la guerra. La violencia no sólo aumenta la exclusión de la pobla
ción campesina, indígena y afrocolombiana, sino que provoca su desarticulación
y, por lo tanto, pone en riesgo su propia existencia.
El problema ya no reside exclusivamente en la reiterada denuncia de ausen
cia del Estado que se traduce en precarios servicios y equipamientos. Ahora se
cuestiona la presencia de uno o varios actores armados que pretenden imponer
su propia soberanía normativa, moral y militar sobre las comunidades.
CIERRE
En síntesis, el desplazamiento forzado no es episódico ni temporal. No es un
resultado no deseado de los combates, ni es una catástrofe similar a las produci
das por fuerzas de la naturaleza; la población desplazada no es damnificada ni
sus expulsores anónimos. Las causas de la expulsión son cognoscibles, es más, el
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MIGRACIÓN Y DESPLAZAMIENTO FORZADO: DE LA EXCLUSIÓN A LA DESINTEGRACIÓN
desplazamiento actual es una fase del desplazamiento histórico que responde a
un proceso en marcha de reconfiguración del territorio, la Nación, la sociedad y
la cultura, en el cual las poblaciones indígenas, afrocolombianas y campesinas no
se consideran viables.
Existe una gran diferencia entre el desplazamiento generado por la violencia
de los años 50 y 60 del siglo pasado y el actual. Para los desplazados de aquel
entonces había tierra disponible en las extensas zonas de colonización de los
Llanos o el Magdalena Medio. Para los desplazados actuales el único camino
posible parece ser las ciudades. Tanto es así que la primera oleada de desplaza
miento adoptó la forma de una recampesinización: era posible "arraigarse a una
tierra, hacerla suya no sólo legal y económicamente, sino también apegarse a una
cultura" [Osorio 1993].
De esta manera, indígenas, afrocolombianos y campesinos entran a las pe
queñas y medianas ciudades, con su impronta cultural, regional y personal. Las
reformas constitucionales de 1991 relacionadas con la legitimación de la territo
rialidad étnica y campesina se van convirtiendo en letra muerta a medida que,
primero los desterrados deben reconstruirse en un medio en el que los referen
tes que confieren identidad se relacionan con roles, repertorios y recursos distintos
a los tradicionales. Segundo porque ahora son renombrados no por su pertene
cía étnica o procedencia regional sino por las exigencias que hace la ley para que
sean catalogados como "desplazados".
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MARTHA NUBIA BELLO y NAYIBE PEÑA FRADE
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