tribunal electoral del estado de hidalgo · medios de impugnación, trajo consigo la creación de...
Post on 04-Oct-2018
222 Views
Preview:
TRANSCRIPT
2
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
Contenido:
I. Introducción
II. Antecedentes
III. Marco Jurídico
IV. Atribuciones
V. Estructura Orgánica
VI. Organigrama Estructural
VII. Descripción de funciones
3
I. INTRODUCCIÓN
El Tribunal Electoral por mandato constitucional es, al igual que los
tribunales superiores de Justicia y Fiscal Administrativo, depositario del
Poder Judicial en el estado de Hidalgo; máxima autoridad electoral
jurisdiccional, órgano permanente y especializado, dotado de plena
autonomía para emitir sus resoluciones en los medios de impugnación
previstos en la ley de la materia.
El Tribunal funciona en Pleno, integrado por cuatro magistrados y sus
resoluciones son sometidas a votación en sesión pública previamente
convocada por su presidente y a las cuales pueden asistir partidos políticos,
estudiantes, ciudadanos, representantes de los medios de comunicación y
público en general; el contenido de las resoluciones emitidas una vez
notificadas las partes, es publicado de manera inmediata en el portal de
Internet de esta institución.
Con la reforma electoral aprobada por el H. Congreso del estado el 11 de
mayo de 2007, el Tribunal Electoral fue transformado en su estructura y
funcionamiento tanto administrativo como jurisdiccional: por una parte,
desapareció la Sala de Segunda Instancia y fue fortalecida la estructura
interna con la conformación de nuevas áreas. Una nueva Ley Estatal de
Medios de Impugnación, trajo consigo la creación de nuevos recursos: el
de Revisión (administrativo), el de Apelación y el Juicio de Inconformidad
(jurisdiccionales).
Las atribuciones de este Tribunal se encuentran establecidas en la Ley
Orgánica del Poder Judicial del estado, así como en su reglamento interior.
Además, un esquema de organización detalla, en lo particular, las tareas
que desarrollan sus diferentes áreas.
4
II. ANTECEDENTES
La justicia electoral en el estado de Hidalgo se establece en la legislación
electoral de 1984, la que prevé lo relativo a lo “contencioso Electoral”, y
contiene una serie de recursos de carácter administrativo, con una
definición política más que jurídica, toda vez que era el Colegio Electoral
de la Cámara de Diputados el órgano calificador de la elección y resolutor
de los recursos interpuestos después de la jornada electoral. Este
procedimiento se conservó en la posterior Ley Electoral de 1992.
PRIMERA ÉPOCA
Por reforma a la Constitución Política del estado de Hidalgo de fecha 31
de agosto de 1993, se establece un sistema de medios de impugnación de
los que conocerán los órganos electorales y un Tribunal Electoral,
iniciándose la construcción de un marco jurídico con reglas claras y
precisas que dan certidumbre y confianza a los resultados electorales. Se
convocó a los partidos con registro a participar en la reforma de la ley
reglamentaria del citado artículo y de esta manera se logró una ley
consensuada cuyo objeto fue adecuar el marco jurídico a la realidad
prevaleciente. Es así como, mediante decreto número 19 de fecha 29 de
octubre de 1993, se aprueba la ley electoral que abroga la publicada el 20
de julio de 1992 y en este nuevo marco jurídico electoral que contiene el
Título Sexto denominado “De lo contencioso electoral”, resulta relevante e
histórica la creación del primer Tribunal Electoral en el Estado de Hidalgo.
El Tribunal Electoral quedó definido en la Ley Electoral como: “El organismo
jurisdiccional autónomo permanente, que tiene a su cargo la sustanciación
y resolución de los recursos previstos en el propio ordenamiento,
sujetándose siempre al principio de legalidad y que darán definitividad a
las distintas etapas de proceso electoral”.
5
La característica de autónomo es en relación a los poderes que lo crean y
que en esa tesitura lo faculta para dictar sus resoluciones con absoluta
independencia y la sola obligación para sus integrantes de responder al
mandato de la ley.
Su permanencia es con la finalidad de evitar la improvisación de los
miembros que lo integran en cada proceso electoral y, en esas
condiciones, el personal que permanece ínter procesos se dedica a
capacitarse en todos los aspectos de la materia electoral, asistiendo a
seminarios, diplomados, cursos de actualización y, a su vez, impartiendo
cursos en instituciones educativas de nivel medio superior y superior, a fin
de orientarles respecto a las prerrogativas del ciudadano y la forma como
se desarrolla la elaboración de material de información y divulgación
relacionada con el Derecho Electoral.
En 1993 nace a la vida jurídica el Tribunal Electoral, el cual se integró con
tres magistrados numerarios y dos supernumerarios. Los nombramientos de
los magistrados se hacían a propuesta del Gobernador Constitucional del
estado, con aprobación del Congreso. De esta manera el 18 de
noviembre de 1993 rinden protesta los ciudadanos licenciados Andrés
García Montaño, Enrique Moisés Gutiérrez Escobedo, José Luís Zúñiga
López y Claudio Salvador Rodríguez Maldonado, instalándose formal y
legalmente el órgano jurisdiccional el día 22 de noviembre de 1993, siendo
electo en sesión plenaria por sus propios compañeros magistrados como
primer presidente el magistrado Andrés García Montaño. En la misma
sesión plenaria quedaron integradas las salas “A”, con los magistrados
Claudio Salvador Rodríguez Maldonado y José Luís Zúñiga López y “B” con
los magistrados Enrique Moisés Gutiérrez Escobedo y María Luisa Oviedo
Quesada. Fue nombrado Secretario General el licenciado Mario Ernesto
Pfeiffer Islas.
SEGUNDA EPOCA
El día 13 de noviembre de 1995 la LV Legislatura expidió el decreto número
239 que contiene la nueva reforma al artículo 24 de la Constitución Política
del estado; en consecuencia, el día 16 del mismo mes y año se expide el
decreto número 240 que contiene la nueva legislación electoral,
abrogando la publicada en el mes de noviembre de 1993.
Con esta ley, el estado de Hidalgo se adelantó a la reforma federal,
innovando el procedimiento para la designación de magistrados del
Tribunal Electoral, reservándose el Congreso del Estado su nombramiento,
de entre aquellos abogados que hallan sido objeto de consenso de los
6
partidos políticos con registro, por votación de por lo menos las dos
terceras partes de los diputados presentes. En esas circunstancias el Poder
Ejecutivo ya no tiene participación en la integración de este órgano
jurisdiccional.
Se modifica la estructura y funcionamiento del Tribunal Electoral y se
establece en la ley la existencia de dos instancias.
Este nuevo funcionamiento implicó un cambio más a la integración original,
pues en la primera época, el órgano colegiado se integraba con cinco
magistrados, tres numerarios y dos supernumerarios; después fueron cuatro
magistrados que sesionaban de manera permanente entre uno y otro
proceso electoral y durante este se integran dos magistrados designados
de entre los integrantes del Tribunal Superior de Justicia a propuesta de los
partidos políticos. De este modo se conforman las salas de Primera y
Segunda Instancia, con tres magistrados cada uno, quienes substancian,
proyectan y resuelven en pleno, con absoluta autonomía.
En esa etapa fueron nombrados magistrados de la Primera Instancia María
Luisa Oviedo Quesada, José Luís Zúñiga López y Enrique Moisés Gutiérrez
Escobedo. En la segunda instancia: Mario Ernesto Pfeiffer Islas, Magistrado
Presidente, y provenientes del Tribunal Superior de Justicia los magistrados
Francisco Díaz Arriaga y Leonardo Ramírez Álvarez e integrando el pleno
como Secretaria General la licenciada Rebeca Stella Aladro Echeverría.
Vivieron tres procesos electorales: La renovación del Poder Legislativo para
el periodo 1996 – 1999; de ayuntamientos para el periodo 1997 – 2000; y
elección extraordinarias del municipio de Huazalingo, en 1997.
TERCERA EPOCA.
A propuesta de todos los partidos políticos, el Congreso del estado con
fecha 7 de julio de 2005 designa de manera unánime, como magistrados
electorales al magistrado Raúl Arroyo y a los licenciados Martha
Concepción Martínez Guarneros, Ricardo César González Baños y Fabián
Hernández García quienes cumplieron satisfactoriamente los requisitos que
establece el artículo 95 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo,
en virtud de las condiciones de honorabilidad, probidad y prestigio
profesional que les anteceden.
Posteriormente, reunidos en sesión plenaria los nuevos magistrados
electorales eligieron por unanimidad al magistrado Raúl Arroyo como
7
Presidente y a la magistrada Martha Martínez Guarneros como Presidenta
de la Sala de Primera Instancia; integrada por los magistrados Ricardo
César González Baños y Fabián Hernández García. La sala de Segunda
Instancia se integro con los magistrados Rebeca Stella Aladro Echeverria y
Jorge Antonio Torres Regnier, del Tribunal Superior de Justicia.
En uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Judicial
del Estado de Hidalgo, a propuesta del magistrado presidente Raúl Arroyo,
el Pleno ratificó al licenciado Román Suverbiel González como Secretario
General y en junio de 2006 al licenciado Sergio Antonio Priego Reséndiz
para el mismo cargo.
El día 11 de mayo del 2007, se reformó la Ley Electoral, la Ley de Medios de
Impugnación y la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo,
dicha reforma hizo un cambio estructural por lo que ahora tiene el
carácter de uni-instancial, con cuatro magistrados, teniendo el magistrado
Presidente voto de calidad. Los medios de Impugnación ahora son:
Recurso de Revisión (administrativo), Recurso de Apelación y Juicio de
Inconformidad (jurisdiccionales) y Juicio de Revisión Constitucional y Juicio
para la protección de los Derechos Político – Electorales (federales).
CUARTA EPOCA
Por consenso de los partidos políticos y con aprobación unánime de la
diputación permanente del Congreso del Estado de Hidalgo el Lic.
Alejandro Habib Nicolás fue nombrado Magistrado de este H. Organo
Jurisdiccional quienes cumplieron satisfactoriamente los requisitos que
establece el artículo 95 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo,
en virtud de las condiciones de honorabilidad, probidad y prestigio
profesional que les anteceden.
Posteriormente, reunidos en sesión plenaria los magistrados electorales
eligieron por unanimidad al Lic. Alejandro Habib Nicolás como Magistrado
Presidente.
Con fecha 15 de octubre del 2012 se publicaron diversas modificaciones a
la Ley Electoral del Estado de Hidalgo entre las que destacan las siguientes:
8
Se estableció a efecto de garantizar la participación de ciudadanos
menores de treinta años en la vida política del estado que los partidos
políticos consideren y se obliguen a incluir en la integración de planillas de
ayuntamientos a por lo menos un candidato joven que no sea mayor a 29
años como candidato a regidor, de igual manera, se estableció la
importancia de que los partidos coaligados aparezcan de forma individual
con su propio emblema en la boleta electoral, estableciéndose que los
votos se sumaran para el candidato la coalición y contarían en lo
individual para los partidos políticos para los efectos establecidos en esa
ley; se estableció que los procesos partidistas de selección y postulación de
candidatos no podrán iniciarse antes de 65 días naturales del inicio del
periodo de presentación de solicitudes de registro de candidatos
correspondiente, debiendo concluir a mar tardar 5 días naturales antes del
inicio de ese periodo, tratándose de las elecciones de diputados y
ayuntamientos diez días en la elección de gobernador.
En uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Judicial
del Estado de Hidalgo, a propuesta del magistrado presidente Alejandro
Habib Nicolás en sesión de Pleno de fecha 21 de febrero de 2013, se
designó al Lic. Javier Ramiro Lara Salinas como Secretario General luego
de que el pleno aceptara la renuncia del Lic. Sergio Antonio Priego
Reséndiz.
Con fecha 28 de febrero 2013, la Magistrada Martha Martínez Guarneros
presentó su renuncia al cargo que venía desempeñando en este H.
Órgano Jurisdiccional
III. MARCO JURÍDICO
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
2. Constitución Política del estado Libre y Soberano de Hidalgo
3. Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Hidalgo
4. Ley Electoral del estado de Hidalgo
5. Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral del
estado de Hidalgo
6. Reglamento Interno
9
IV. ATRIBUCIONES
Constitucionales y Legales:
Como lo establece el artículo 99 –C de la Constitución Política del Estado
de Hidalgo, son Facultades del Tribunal Electoral resolver en forma
definitiva en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley
sobre:
1. Las impugnaciones que se presenten en las elecciones de
Gobernador, Diputados y ayuntamientos del Estado;
2. Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral
estatal, distintas a las señaladas en las fracciones anteriores, que violen
normas que no se ajusten al principio de legalidad;
3. Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos
político-electorales de los ciudadanos de votar y ser votado y de
afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del
Estado, en los términos que señalen las leyes aplicables y
4. Las demás que le confieran esta Constitución y las leyes que de ella
emanen.
Así mismo, señala en artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que
son atribuciones del Tribunal Electoral, las siguientes:
Artículo 101.- Corresponde al Tribunal Electoral, de conformidad con lo que
señala la Constitución Política del Estado y las Leyes aplicables:
1. Resolver en forma definitiva las impugnaciones interpuestas en las
elecciones de Gobernador, Diputados, y Ayuntamientos que se
celebren en el Estado;
2. Resolver en forma definitiva las impugnaciones interpuestas en
contra de los actos y resoluciones de los órganos electorales;
3. Resolver en definitiva las impugnaciones de actos y resoluciones que
violen los derechos político-electorales de los ciudadanos de votar,
ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los
10
asuntos políticos del Estado, en los términos que señalen las leyes
aplicables;
4. Declarar la nulidad de la elección o confirmar la validez de la misma;
5. Establecer jurisprudencia y emitir criterios de interpretación de los
asuntos que tenga conocimiento;
6. Expedir su Reglamento Interior y los Acuerdos generales necesarios
para su funcionamiento;
7. Promover las tareas de formación, investigación, capacitación y
divulgación en la materia;
8. Celebrar Convenios de Cooperación y Colaboración
Interinstitucionales, para el mejoramiento en la impartición de justicia,
así como para la celebración de exámenes profesionales en su fase
practica;
9. Editar periódicamente publicaciones de información e investigación
electoral y participar en la edición del Boletín Judicial;
10. Ejercer su presupuesto de Egresos de manera autónoma. Entregando
la documentación correspondiente para efectos de la cuenta
pública, lo cual estará sujeto a los principios de transparencia y
rendición de cuentas del Poder Judicial de conformidad con el Plan
de Fortalecimiento Institucional;
11. Informar a la ciudadanía sobre sus actividades relativas a los
Procesos Electorales en breve plazo posterior a la conclusión de éstos,
y
12. Las demás obligaciones, atribuciones y facultades que le señalen las
leyes.
Del pleno:
El artículo 104 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que
corresponde al Pleno:
1. Elegir, de entre los Magistrados Electorales, al Presidente del mismo;
2. Designar al Presidente Interino o sustituto;
11
3. Nombrar a propuesta del Presidente, al Secretario General y al Jefe
de la Unidad Administrativa;
4. Emitir los Acuerdos que sean necesarios para garantizar el
funcionamiento del Pleno en todo aquello no previsto por esta Ley y el
Reglamento Interior del Tribunal Electoral;
5. Sustanciar y resolver los medios de impugnación sometidos a su
competencia, asó como proveer la ejecución de las resoluciones que
pronuncie;
6. Aprobar y en su caso, modificar el Reglamento Interior y los demás
ordenamientos que sean necesarios para el buen funcionamiento del
mismo;
7. Establecer Jurisprudencia, la cual será obligatoria para todos los
Órganos Electorales de la Entidad, así como resolver la contradicción
de tesis, conforme a lo previsto por esta Ley;
8. Aprobar, en su caso, el informe que anualmente rinda el Presidente;
9. Discutir, aprobar o modificar, el proyecto de presupuesto anual que le
presente el Magistrado Presidente, para su inclusión en el presupuesto
del Poder Judicial del Estado;
10. Requerir a través de su Presidente, a las Autoridades Estatales y
Municipales, los documentos necesarios para el cumplimiento de sus
funciones y resoluciones;
11. Calificar y resolver las excusas que presenten los Magistrados;
12. Constituirse en Consejo Editorial para estructurar el Órgano de
Difusión del Tribunal, y
13. Las demás obligaciones, facultades y atribuciones que le confieran
esta Ley, el Reglamento Interior del Tribunal y los ordenamientos
aplicables.
12
V. ESTRUCTURA ORGÁNICA
1 Pleno (Cuatro Magistrados)
1.1 Presidencia
1.2 Secretaría General
1.3 Secretaría de Acuerdos
1.4 Oficialía de Partes
1.5 Actuaría
1.6 Unidad Administrativa
VI. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
13
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES
Nombre del
Puesto:
Magistrado Presidente
Objetivo: Representar al Tribunal Electoral ante toda clase de
autoridades; coordinar y dirigir la buena marcha y
funcionamiento del Tribunal.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatu
ra en
Derecho
40
25 años
Masculin
o
15
Materia
Constitucio
nal y
Electoral.
Eficiencia y
probidad en
la
administraci
ón de
Justicia.
Reporta a: Integrantes del Pleno.
Le reportan: Los demás integrantes del Pleno, el Secretario General,
los Secretarios de Acuerdos y el Jefe Administrativo y
Secretarios Proyectistas.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Con los Magistrados Electorales de los Tribunales de la
República Mexicana, Partidos Políticos, Organismos
Electorales, Instituciones Educativas públicas y
privadas, Instituciones Extranjeras.
Funciones
Representar al Tribunal y celebrar los actos jurídico-administrativos
que se requieran.
Presidir las sesiones del Pleno.
Proponer al Pleno, para su aprobación, el nombramiento del
Secretario General.
Designar a los Secretarios de Acuerdos y a los Actuarios.
Someter a consideración del Pleno, el proyecto de presupuesto
anual.
Vigilar que el Tribunal cuente con los recursos humanos, materiales y
financieros necesarios para su buen funcionamiento.
Convocar a sesiones plenarias, así como a reuniones internas.
Fijar los días y horas en que deba sesionar el Pleno para resolver los
asuntos de su competencia.
Vigilar que se adopten y cumplan las medidas necesarias para
14
coordinar las funciones jurisdiccionales y administrativas del Tribunal.
Ordenar las diligencias necesarias para mejor proveer.
Rendir informe anual ante el Pleno.
Suscribir convenios con Instituciones Educativas de Nivel Superior
para aplicar exámenes profesionales prácticos en materia electoral
a Pasantes de la Licenciatura en Derecho.
Proponer al Pleno, para su aprobación, el nombramiento del Jefe de
la Unidad Administrativa.
Autoridad Responsabilidad
Votar los proyectos de
resolución presentados ante el
pleno; y en caso de empate en
la votación cuenta con voto
de calidad.
Apegarse a los preceptos
constitucionales y legales de
la materia, al emitir sus
resoluciones.
Nombre del
Puesto:
Magistrado
Objetivo: La correcta aplicación del Derecho Electoral y apegar
las resoluciones conforme a las normas
constitucionales y legales de la Materia Electoral.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Doctorad
o en
Derecho
51
23 años
Masculin
o
13
Materia
Electoral
Eficiencia y
probidad en
la
administraci
ón de
Justicia.
Reportan a: Integrantes del Pleno.
Le reportan: Los demás integrantes del Pleno, Secretario General,
Secretarios Proyectistas y Secretarios de Acuerdos.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Con los Magistrados Electorales de los Tribunales de la
República Mexicana, Partidos Políticos, Organismos
Electorales, Instituciones Educativa públicas y privadas,
Instituciones Extranjeras.
15
Funciones
Elegir al Magistrado Presidente
Designar Presidente Interino o Sustituto
Nombrar a propuesta del Presidente, al Secretario General y al Jefe
de la Unidad Administrativa
Emitir los Acuerdos que sean necesarios para garantizar el
funcionamiento del Pleno.
Substanciar y resolver los medios de impugnación sometidos a su
competencia, así como proveer la ejecución de las resoluciones que
pronuncie.
Aprobar y en su caso, modificar el Reglamento Interior y los demás
ordenamientos que sean necesarios para el buen funcionamiento
del mismo.
Establecer Jurisprudencia.
Aprobar, en su caso, el informe que anualmente rinda el Presidente.
Discutir, aprobar o modificar, el proyecto de presupuesto anual que
le presente el Magistrado Presidente.
Requerir a través de su Presidente, a las Autoridades Estatales y
Municipales, los documentos necesarios para el cumplimiento de sus
funciones y resoluciones.
Calificar y resolver las excusas que presenten los Magistrados.
Constituirse en Consejo Editorial para estructurar el Órgano de
Difusión del Tribunal.
Autoridad Responsabilidad
Votar los proyectos de
resolución presentados al
Pleno.
Apegarse a los preceptos
constitucionales y legales de
la materia, al emitir sus
resoluciones.
Nombre del
Puesto:
Magistrado
Objetivo: La correcta aplicación de la Materia Electoral y
apegar las resoluciones conforme a Derecho.
16
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Mestría en
Derecho
Constitucio
nal y
Derecho
Electoral
50
19
Masculin
o
12
Materia
Electoral
Eficiencia y
probidad en
la
administraci
ón de
Justicia.
Reportan a: Integrantes del Pleno.
Le reportan: Los demás integrantes del Pleno, Secretario General,
Secretarios Proyectistas y Secretarios de Acuerdos.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Con los Magistrados Electorales de los Tribunales de la
República Mexicana, Partidos Políticos, Organismos
Electorales, Instituciones Educativas públicas y
privadas, Instituciones Extranjeras.
Funciones
Elegir al Magistrado Presidente
Designar Presidente Interino o Sustituto
Nombrar a propuesta del Presidente, al Secretario General y al Jefe
de la Unidad Administrativa
Emitir los Acuerdos que sean necesarios para garantizar el
funcionamiento del Pleno.
Substanciar y resolver los medios de impugnación sometidos a su
competencia, así como proveer la ejecución de las resoluciones que
pronuncie.
Aprobar y en su caso, modificar el Reglamento Interior y los demás
ordenamientos que sean necesarios para el buen funcionamiento
del mismo.
Establecer Jurisprudencia.
Aprobar, en su caso, el informe que anualmente rinda el Presidente.
Discutir, aprobar o modificar, el proyecto de presupuesto anual que
le presente el Magistrado Presidente.
Requerir a través de su Presidente, a las Autoridades Estatales y
Municipales, los documentos necesarios para el cumplimiento de sus
funciones y resoluciones.
Calificar y resolver las excusas que presenten los Magistrados.
Constituirse en Consejo Editorial para estructurar el Órgano de
Difusión del Tribunal.
17
Autoridad Responsabilidad
Votar los proyectos de
resolución presentados al
Pleno.
Apegarse a los preceptos
constitucionales y legales de
la materia, al emitir sus
resoluciones.
Nombre del
Puesto:
Secretario General.
Objetivo: Cumplir con las responsabilidades que le señalan la
Ley Orgánica del Poder Judicial el reglamento interno
y el Pleno del Tribunal.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Diplomad
o y
Especialid
ad
44
años
25 años
Masculin
o
11
Materia
Electoral,
Civil, Fiscal,
Penal,
Mercantil y
Administrati
va
Capacidad
para realizar
cualquier
trabajo que
se le
encomiende
honorable y
humano.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral.
Le reportan: Secretarios de Acuerdos, Oficial de Partes y Actuarios
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Con los Magistrados Electorales de los Tribunales de la
República Mexicana, Partidos Políticos, Organismos
Electorales, Instituciones Educativas públicas y
privadas, Instituciones Extranjeras.
Funciones
Dar cuenta, tomar las votaciones y formular el Acta respectiva en las
Sesiones del Pleno;
Autenticar con su firma las actuaciones del Pleno;
18
Cumplir con las tareas que le encomiende el Pleno del Tribunal o su
Presidente.
Llevar el control del turno de los Magistrados en los asuntos de la
competencia del Pleno, fuera de los procesos electorales.
Autorizar los libros oficiales del Tribunal
Realizar la Publicación de los listados de resolución ordenados por el
Presidente
Llevar el registro de los criterios de interpretación de la Ley, que se
adopten en relación con las resoluciones que emita el Tribunal.
Supervisar el debido funcionamiento de la Oficialía de Partes.
Autorizar y registrar la expedición de credenciales de identificación a
los servidores públicos del Tribunal, que en razón de sus funciones lo
requieran.
Supervisar el debido funcionamiento del archivo de los expedientes
formados con motivo de los asuntos de la competencia del Tribunal,
y en su momento, la concentración y preservación de los mismos.
Expedir las certificaciones y constancias que se requieran.
Coordinar en lo que corresponda, previo acuerdo con el Presidente
las actividades de los Secretarios de Acuerdos.
Autoridad Responsabilidad
Dar fe y autenticar los actos del
Pleno del Tribunal Electoral.
Mantener el resguardo de los
expedientes concluidos, los
documentos y libros de
Registro del Tribunal.
Nombre del
Puesto:
Secretario de Acuerdos.
Objetivo: Atender sus obligaciones y atribuciones en la
substanciación de los expedientes a su cargo.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatu
ra en
Derecho
34
años
11 años
Femenin
o
9
Materia
Electoral,
Civil
Capacidad
de
organización
y de
argumentaci
ón e
interpretació
19
n jurídica.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente y Secretario
General.
Le reportan: Actuarios y Secretarios Proyectistas.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Con los Magistrados Electorales de los Tribunales de la
República Mexicana, Partidos Políticos, Organismos
Electorales, Instituciones Educativas públicas y
privadas, Instituciones Extranjeras.
Funciones
Cumplir con las tareas que le encomiende el Pleno o su Presidente.
Realizar los engroses de las resoluciones cuando así lo ordene el
Presidente.
Supervisar el debido funcionamiento del archivo de los expedientes
en trámite.
Autenticar con su firma las actuaciones de los Magistrados
Electorales, cuando actúen como magistrados instructores.
Supervisar que las notificaciones se realicen en tiempo y forma.
Expedir las certificaciones y las constancias que se requieran.
Informar permanentemente al Presidente sobre el funcionamiento de
las áreas a su cargo y el desahogo de los asuntos de su
competencia.
Elaborar y autorizar diariamente la lista de acuerdos de los
expedientes con número par y la de los expedientes con número
non, y de sus resoluciones.
Turnar al Actuario los Acuerdos y resoluciones para su diligenciación
o notificación de inmediato.
Vigilar que los demás empleados asistan con puntualidad al Tribunal
y cumplan sus deberes.
Cubrir las guardias cuando así lo requiera el servicio
Remitir mediante oficio, los expedientes concluidos al Archivo del
Tribunal.
Autoridad Responsabilidad
Autenticar con su firma las
actuaciones del Magistrado
Instructor.
Mantener los expedientes
actualizados en la
elaboración de los acuerdos.
20
Nombre del
Puesto:
Secretario de Acuerdos.
Objetivo: Atender sus obligaciones y atribuciones en la
substanciación de los expedientes a su cargo.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatu
ra en
Derecho
40
años
18 años
Masculin
o
9
Materia
Electoral,
Civil,
Laboral,
Mercantil,
Penal,
Agrario
Capacidad
de
organización
y de
argumentaci
ón e
interpretació
n jurídica.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente y Secretario
General.
Le reportan: Actuarios y Secretarios Proyectistas.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Con los Magistrados Electorales de los Tribunales de la
República Mexicana, Partidos Políticos, Organismos
Electorales, Instituciones Educativas públicas y
privadas.
Funciones
Cumplir con las tareas que le encomiende el Pleno o su Presidente.
Realizar los engroses de las resoluciones cuando así lo ordene el
Presidente.
Supervisar el debido funcionamiento del archivo de los expedientes
en trámite.
Autenticar con su firma las actuaciones de los Magistrados
Electorales, cuando actúen como magistrados instructores.
Supervisar que las notificaciones se realicen en tiempo y forma.
Expedir las certificaciones y las constancias que se requieran.
Informar permanentemente al Presidente sobre el funcionamiento de
las áreas a su cargo y el desahogo de los asuntos de su
competencia.
Elaborar y autorizar diariamente la lista de acuerdos de los
expedientes con número par y la de los expedientes con número
21
non, y de sus resoluciones.
Turnar al Actuario los Acuerdos y resoluciones para su diligenciación
o notificación de inmediato.
Vigilar que los demás empleados asistan con puntualidad al Tribunal
y cumplan sus deberes.
Cubrir las guardias cuando así lo requiera el servicio
Remitir mediante oficio, los expedientes concluidos al Archivo del
Tribunal.
Autoridad Responsabilidad
Autenticar con su firma las
actuaciones del Magistrado
Instructor.
Mantener los expedientes
actualizados en la
elaboración de los acuerdos.
Nombre del
Puesto:
Actuario
Objetivo: Notificar dentro de los plazos legales los diversos
expedientes y documentos que así se requieran.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatu
ra en
Derecho
28
5 años
Femenin
o
8
Materia
Electoral
Capacidad
de
organización
y buen
manejo de
los
expedientes.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente, Secretario
General y Secretario de Acuerdos.
Le reportan: Secretarios Proyectistas.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Partidos Políticos, Organismos Electorales, Instituciones
Educativas públicas y privadas.
Funciones
22
Recibir de los Secretarios de Acuerdos de las Salas, los expedientes
para la realización de notificaciones y diligencias.
Realizar las notificaciones en tiempo y forma, asentando en el
expediente la razón que corresponda.
Realizar las diligencias que se les encomiende, levantando las actas
respectivas.
Llevar un registro de los expedientes que les sean turnados, dando
cuenta de sus actuaciones al Secretario de Acuerdo que
corresponda.
Autoridad Responsabilidad
Actuar con fe pública en las
diligencias y notificaciones que
practica.
Emitir el rezago en las
notificaciones de los
expedientes que se
substancian.
23
Nombre del
Puesto:
Actuario
Objetivo: Notificar dentro de los plazos legales los diversos
expedientes y documentos que así se requieran.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciad
o en
Derecho
51
19 años
Masculin
o
8
En materia
Electoral,
Familiar,
Penal,
Mercantil,
Civil
Capacidad
de
organización
y buen
manejo de
los
expedientes.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente, Secretario
General y Secretario de Acuerdos.
Le reportan: Secretarios Proyectistas.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Partidos Políticos, Organismos Electorales, Instituciones
Educativas públicas y privadas.
Funciones
Recibir de los Secretarios de Acuerdos de las Salas, los expedientes
para la realización de notificaciones y diligencias.
Realizar las notificaciones en tiempo y forma, asentando en el
expediente la razón que corresponda.
Realizar las diligencias que se les encomiende, levantando las actas
respectivas.
Llevar un registro de los expedientes que les sean turnados, dando
cuenta de sus actuaciones al Secretario de Acuerdo que
corresponda.
Autoridad Responsabilidad
Actuar con fe pública en las
diligencias y notificaciones que
practica.
Emitir el rezago en las
notificaciones de los
expedientes que se
substancian.
24
Nombre del
Puesto:
Oficialía de Partes.
Objetivo: Recibir y registrar la documentación que ingrese al
Tribunal Electoral.
Escolarida
d
Edad Experien
cia
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatur
a en
Derecho
34
6 años
Masculin
o
4
En materia
Electoral.
Capacidad
de
organización
y buen
manejo de
documentos
.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente, Secretario
General.
Le reportan:
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Partidos Políticos, Organismos Electorales, Instituciones
Educativas públicas y privadas, Gobierno del Estado
de Hidalgo, Organismos Descentralizados y Público en
General.
Funciones
Verificar el número de fojas y anexos que se acompañen a las
promociones.
Anotar el número de anexos exhibidos, tanto en el original como en
las copias, sellando de recibido.
Firmar la promoción, tanto el original como en las copias.
Al recibir las promociones, devolver debidamente selladas las copias
de las promociones que se le presenten y describir los anexos si los
hubiere.
Anotar el ingreso de la promoción en el libro de registro, el cual
de3berá estar debidamente autorizado, foliado y encuadernado.
Dar cuenta en forma inmediata al Secretario General del Tribunal, de
las promociones recibidas.
Elaborar los informes y estadísticas que le sean solicitados por el
Secretario General del Tribunal.
Auxiliar al Secretario General del Tribunal, en la elaboración del
Manual de la Oficialía de Partes.
Autoridad Responsabilidad
Registrar el ingreso de Detallar, sellar y firmar la
25
documentación al Tribunal. documentación que se
recepcione y turnarla
oportunamente a las áreas
competentes del Tribunal
26
Nombre del
Puesto:
Jefe de la Unidad Administrativa
Objetivo: Coordinar con la Presidencia y el Consejo de la
Judicatura las actividades administrativas del Tribunal
Electoral.
Escolaridad Eda
d
Experienci
a
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatura
en
Contaduría
42
16 años
Masculin
o
11
En
contabilida
d
Capacidad
de
organización
y buen
manejo de
las finanzas.
Honorable y
honesto.
Reporta a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente y Consejo de la
Judicatura
Le reportan: Auxiliares Administrativos
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación.
Relaciones
Externas:
Partidos Políticos, Organismos Electorales, Instituciones
Educativas públicas y privadas, Gobierno del Estado de
Hidalgo, Organismos Descentralizados.
Funciones
Ser el vínculo entre el Tribunal Electoral y el Consejo de la Judicatura
Acordar con los Presidentes del Tribunal Electoral y del Consejo de la
Judicatura o quien éste designe, los asuntos que corresponda tratar
con cada uno de ellos.
Llevar a cabo los tramites correspondientes a la partida presupuestas.
Vigilar el mantenimiento, conservación y acondicionamiento de las
instalaciones al servicio del Tribunal.
Controlar y mantener actualizado el inventario de mobiliario y equipo,
vigilando su conservación.
Auxiliar al Presidente en la elaboración del anteproyecto de
presupuesto.
Procurar lo necesario para la instalación oportuna del Pleno del
Tribunal en los procesos Electorales.
Proponer a los presidentes del Tribunal Electoral y del Consejo de la
Judicatura, las acciones para modernizar las estructuras orgánicas del
Tribunal, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así
como los servicios al público.
Controlar, vigilar y supervisar el desempeño del personal administrativo
27
y de apoyo.
Custodiar y conservar el acervo bibliográfico, hemerográfico y demás
medios electrónicos de registro, en auxilio de la Secretaría General.
Autoridad Responsabilidad
Gestionar ante las Instancias
Gubernamentales los trámites
relativos al presupuesto del
Tribunal.
Coordinar junto con el
Presidente el buen manejo de
las finanzas del Tribunal.
28
Nombre del
Puesto:
Jefe de Informática
Objetivo: Cuidar la instalación de los programas informáticos, el
mantenimiento y supresión de los equipos de cómputo
del Tribunal.
Escolarida
d
Edad Experienci
a
Sexo Niv
el
Conocimie
ntos
Habilidades
Licenciatur
a en
Computac
ión
35
años
11 años
Masculin
o
9
En
Computaci
ón
Capacidad
de
organización
y
conocimient
os en
paquetes de
software y
hadware.
Reportan a: Pleno del Tribunal Electoral, Presidente y Secretaría
General
Le reportan: Auxiliares Administrativos.
Relaciones
Internas:
Magistrados del Poder Judicial, Consejeros de la
Judicatura, Instituto de Capacitación, Informática del
Poder Judicial.
Relaciones
Externas:
Partidos Políticos, Organismos Electorales, Instituciones
Educativa públicas y privadas, Gobierno del Estado de
Hidalgo, Organismos Descentralizados.
Funciones
Superación y mantenimiento del Portal de Internet del Tribunal.
Tener el equipo de cómputo actualizado.
Dar el debido mantenimiento al equipo de cómputo
Subir la información electoral a la página web del Tribunal Electoral
Apoyar a todas las áreas en lo necesario en cuestión del equipo de
cómputo.
Autoridad Responsabilidad
Manejo de programas y equipo
de cómputo.
Mantener en optimas
condiciones el equipo de
cómputo y la superación de
los programas y portal
informático del Tribunal.
top related