tema 4 parte 1ª
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TEMA IV EL LIBRO: NOMENCLATURA Y CLASES
1. Descripcin y anlisis Definicin. Libro (del latn liber, libri) obra impresa o manuscrita, no peridica que consta de una serie de
hojas (ms de 49 segn la definicin de libro dada por la UNESCO) de papel, pergamino, vitela u otro
material, cosida o encuadernada que se rene en un volumen. Un libro puede tratar sobre cualquier tema.
Es una coleccin de uno o ms trabajos escritos usualmente impresos en papel y envueltos en tapas para
proteger y organizar el material impreso. El libro digital conocido como EBook est irrumpiendo con fuerza
cada vez mayor en el mundo del libro y en la prctica profesional bibliotecaria y documental.
La industria grfica tiene una gama muy amplia de productos pudiendo ser clasificados en tres grandes
grupos:
1.1 Impresos editoriales. Son aquellos trabajos propios de la edicin. El ms importante es el libro. El tomo o volumen es cuando una obra se divide en dos o ms partes independientes con paginacin propia, y
formaran parte de los tomos editoriales. Opsculo o folleto, se trata de una publicacin breve completa en
si misma y que ordinariamente se cose con tapas en forma de cuaderno. Entrega es la obra publicada por
partes con una determinada periodicidad en pliegos o fascculos. Ejemplar es cada una de las copias
impresas de un original. Las definiciones oficiales sugeridas por la UNESCO son las siguientes:
- Libro. Todo impreso que sin ser peridico rene en un solo volumen 49 o ms pginas, excluidas las
cubiertas.
- Folleto. Todo impreso que sin ser peridico rene en un solo volumen entre 5 y 48 pginas, excluidas las
cubiertas.
- Hoja suelta. Todo impreso que sin ser peridico no llega a 5 pginas.
Impresos editoriales son todos los realizados en una editorial y que comprenden los libros, folletos, etc.
1.2 Impresos para editoriales. Las publicaciones peridicas (diarios, revistas, boletines etc, editados por una editorial periodstica o hemerolgica.
1.3 Impresos no editoriales, extra editoriales o comerciales. Normalmente constituidos por una o muy pocas hojas y que comprenden lo que se denominan trabajos de remendera. Estos impresos pueden
clasificarse en:
- Impresos eventuales. Son los propios de algn evento o acontecimiento de la vida o de las relaciones
sociales, como por ejemplo los detalles de bautizo o comunin.
- Impresos de presentacin . tarjetas de visita, comerciales.
- Impresos para correspondencia. Tarjetas comerciales, sobres etc.
- Impresos para administracin y contabilidad. Como son las facturas, talonarios, recibos, fichas,
albaranes etc.
- Impresos para envases y expedicin. Son etiquetas, papel de envolver, fundas para discos, cajas,
estuches, etc.
- Impresos de valores. Son cheques de banco, letras de cambio, sellos de correos, papel timbrado, etc.
- Impresos de fantasa. Son el grupo de impresos que no estn sujetos a normas fijas, en cuanto a su
confeccin y acabado, por ejemplo, planos, calendarios, tarjetas de navidad, invitaciones, etc.
- Publigrafa. Son anuncios en publicidad, carteles murales, carteles de escaparates, catlogos, listas de
precios, etc.
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2. Partes externas e internas de un libro
Externas Faja. Tira de papel estrecha, que envuelve totalmente el libro. Suele contener un texto publicitario
relacionado con el propio libro (edicin). La tirada. El autor (otros ttulos).
Sobrecubierta. Capa, camisa, guardapolvo, funda, chaleco. Tira amplia de papel resistente, de la altura
de la cubierta. Sirve para proteger el libro y como reclamo publicitario.
Solapas, solapillas, aletas. Cada una de las partes laterales de la sobrecubierta que se doblan sobre el
canto de la cubierta. Texto de presentacin publicitaria de la obra. Describe la materia de que trata el
libro. El autor.
Cubierta. Envoltura que cubre el cuerpo material de libro. Puede ser de cuero, pergamino, cartulina u
otro material idneo. Si no lleva sobrecubierta, reclamo publicitario. Policroma, con acabados como
plastificado, barnizado.
Tapa. Cubierta de cartn, madera, metal, que se recubre con papel, tela o piel, se denomina tapa, y
cuando se recubre con piel se denomina pasta. Plano de delante. Texto de la portada, nombre del autro,
ttulo y editorial. Plano de detrs. Encuadernaciones clsicas: dorados y gofrados.
Boca. Abertura que se forma en la parte interior del lomo al abrir el libro encuadernado en carton.
Contracubierta, contratapa. De delante y de detrs. Parte interna de la cubierta o tapa, a la que se
pegan las guardas en obras de carton.
Angulo o punta. Esquinas de la tapa. Redondeada o roma, punta matada. Adornos; esquinazo,
cantonera, puntera, punta blanca (materiales blandos).
Bulln o cabujn. Pieza de metal que se usaba como adorno. Forma de clavo, cabeza abultada. Libros de
coro.
Broche o corchete. Pieza metlica doble colocada en cada uno de los planos. Sirve para cerrar el libro, a
veces con llave.
Bisagra, juego de tapa o cajo. Hendidura vertical a lo largo de la unin de la tapa con el lomo, sirve para
facilitar apertura. Repliegue forzado de los cuadernillos.
Lomo. Parte del libro opuesta al corte, donde se renen los pliegos y se cosen a encolar. Disposicin de
los datos, horizontal. A la latina o espaola: de abajo a arriba. A la inglesa, se lee de arriba abajo.
o Liso o plano. Articulado o fijo.
o Redondeado. Siempre articulado. Articulado, hueco y suelto.
o Datos textuales. Nombre del autor, titulo de la obra, cifra del volumen, marca del editor.
Lomera. Piel, tela o papel que se coloca en el lomo, recubrindolo. Media pasta, media piel.
Tarlatana. Gasa, tela sinttica o trozo de papel tela que se pea en el lomo de los cuadernillos para
reforzar la unin.
Vuelta o cofia. Extremos laterales del lomo de los libros con el lomo destacado, cuando el material de
encuadernacin se pliega sobre s mismo.
Cabezada. Tira de tela con un bordn de color que se coloca, pegada a la cabeza y al pie del lomo de los
pliegos unidos.
Gracia. Hendidura que queda junto a la cabezada, junto a la cabeza y al pie de la bisagra.
Tejuelo. Es un recuadro de papel, tela, piel, etc, donde va impreso el nombre del autor y el ttulo del
libro.
Nervios. Cordeles transversales con que se ha cosido el lomo. Nervios falsos. Entrenervios. Florn.
Corte. Superficie que presenta al exterior el conjunto de los cortes de las hojas de un libro, una vez que
stas han sido desviradas, desbarbadas. Corte superior o de cabeza, corte inferior, de pie, falda o cola y
corte delantero, vertical o lateral. Canal, acanaladura, teja y mediacaa (lomo redondo). Corte intonso
(libro no refilado) , bruido, dorado, jaspeado.
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Guardas. Hojas de papel que, dobladas por la mitad, sirven para unir el cuerpo del libro o tripa a las
tapas, en encuadernacin o en carton. twinfelx o lomofex. Guarda anterior o posterior (contraguarda)
guarda volante.
Ceja, cejilla o pestaa. Excedente de las tapas alrededor del corte en las encuadernaciones en carton.
Sirve para proteger la encuadernacin.
Digital, orejeta. Salientes que se hacen con tela o papel fuerte para sealar secciones o puntos
importantes.
Ua o ndice digital o dactilar. Ranuras o muescas en el corte.
Cinta de legajos, sealizador o marcador. Cinta de tela de un grosor fino que se usa para marcar la
pgina.
INTERNAS
Las partes internas del libro comprenden el conjunto de las pginas del libro delgadas del corte, desvirado o
refilado de los respectivos pliegos colocados por su orden. A lo cual profesionalmente se conoce con el nombre de
tripa. Se distinguen tres partes bien diferenciadas:
- Pliego de principio o principios del libro. Se llama as a las pginas que anteceden al cuerpo de la obra y
est formado por las siguientes partes o pginas.
o Pginas de cortesa o respeto. Suelen ser dos pginas que se dejan en blanco al principio de los
libros. Cuando ms lujosa es la edicin es ms frecuente. Se tienen en cuenta para la foliacin
pero no llevan nada impreso.
o Portadilla, anteportada, falsa portada. Primera pgina impresa del libro. Impar. Titulo de la
obra. Normalmente sin subttulo, aunque lo lleve. Nombre de la coleccin. Es una de las
primeras pginas dl libro que precede a la portada, en la que se inscribe nicamente el ttulo de
la obra y a veces el de la coleccin y otra leyenda semejante. Viene a ser como el anuncio de la
portada por lo que debe parecerse a ella en cuanto a los caracteres empleados, la misma
disposicin etc, pero en tamao ms reducido al de la portada. La anteportada no suele
colocarse en obras econmicas porque se aprovechan bien todas las pginas sin dejar ninguna
en blanco. La anteportada debe llevan tan solo el ttulo de la obra sin otras indicaciones de autor
ni de editor. Si se trata de obras en serie formando parte de una coleccin o biblioteca puede
sustituirse el ttulo del libro por el de la coleccin. La pgina siguiente se deja en blanco a no ser
que vaya en ella el retrato del autor o un grabado y las anteportadas deben ir en pgina impar.
o Contraportada. Pagina par, generalmente en blanco, posterior a la portadilla, tambin llamada
frente portada.
o Retrato del autor. Cuando aparece debe colocarse en pgina par, detrs de la anteportada y
enfrente de la portada.
o Portada o fachada. Pgina impar, siguiente a la contraportada. Nombre de autor. Titulo de la
obra, subtitulo si lleva. Pie editorial o de imprenta. Primeros libros carecan de ella,
caractersticas de los incunables. La portada es la pgina ms importante, la cara del libro por
tanto hay que estudiarla detenidamente para que ofrezca un conjunto agradable y fcilmente
legible. En toda portada hay que distinguir dos partes:
la parte superior formada por el ttulo de la obra y sus accesorios (nombre del autor)
la parte inferior o pie: est formada por el nombre y domicilio del editor. A veces se
separa con un monograma, vieta o dibujo alusivo al texto del libro, de los que se
prescinde cuando el pie editorial lo acompaa el logotipo de la editorial. El texto de una
portada puede clasificarse en cuatro tipos.
Lneas principales.
Lneas secundarias. Lneas que complementan a los principales, aclarando,
conceptos del ttulo exponiendo caractersticas de la obra y ttulos del autor.
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Lneas perdidas. Son aquellas que se forman nicamente con preposiciones y
artculos.
Pie editorial. Lo forma el nombre del editor y el lugar de residencia del mismo.
Fecha y fecha.
o Pgina de derechos, de propiedad literaria o de crditos. Nombre del poseedor del derecho de
autor (copyright) y el ao. Pie editorial (lugar, nombre, fecha) depsito legal (siglas de la ciudad
de depsito y el ao) numero de ISBN. Nombre del traductor, revisor de la traduccin, ttulo
original de la otra. Nombre del grafista.
o Dedicatoria. Texto generalmente breve, donde el autor dedica la obra.
o Tema, lema o cita. Sentencia o verso que sirve de base a un libro, artculo o captulo, que tiene
relacin con el contenido.
o Advertencia. Texto breve en que el autor o el editor indican al lector como manejar o leer la
obra. Es lo mismo que la nota preliminar (cuando sustituye al prlogo, introito, prtico,
prembulo, prefacio, prolegmenos) si el texto es extenso indica el contenido de la obra, se
denomina presentacin. No debe confundirse con el prlogo.
o Introduccin. Texto introductorio de la materia, parte por parte o captulo por captulo. se
considera parte del cuerpo del libro.
o Presentacin. Texto que encabeza una obra, escrito por una autoridad en la materia de que
trata la obra.
o Plan de la obra. Texto propio de algunas obras como las de consulta ( enciclopedias y
diccionarios) peculiaridades en cuanto a ordenacin y disposicin.
o Lista de trminos. En obras de consulta, tcnicas o cientficas. Abreviaturas, cuadros.
o ndice. General, de contenido, sumario. Lista ordenada de los ttulos de las partes, captulos,
ttulos y subttulos en que la obra se ha dividido. Nmero de pgina o folio. Novelas, ndices al
final.
- Cuerpo de la obra. El cuerpo del libro comprende el espacio utilizado por el autor para exponer el
desarrollo de su obra desde el captulo primero hasta el final de la obra.
o Sumario. Titulo explicativo ms extenso que un ttulo normal y que suele ser un resumen del
contenido que llevan los captulos o artculos.
o Libro, parte, seccin subseccin. Divisin de la obra, nmeros.
o Captulo, leccin. Divisin ms importante de la obra. Subdivididos en prrafos, apartados,
separados, a veces numerados.
o Cita, intercalo. Cuando se repiten palabras de otro autor.
o Notas. Observaciones fuera del texto, al margen, al final del captulo o del libro.
o Ultlogo. Propio de obras tcnicas y cientficas. Se coloca al final para aadir informacin de
ltima hora. Impresin.
o Posdata, adenda. Sirve para poner al da la obra de forma global, con mencin de cada captulo
por parte. Al final de cada captulo. reimpresin.
o Eplogo. Parte final de una novela, en la que con una accin posterior al relato se concluye la
obra.
o Folio. Numeracin que se pone a cada pgina del libro e indica su orden. Folios explicativos.
- Finales del libro.
Aparece solo en los libros de consulta, y sobre todo en los tcnicos y cientficos, porque es impropio en
los libros de narrativa y de poesa.
o Apndice o suplemento. Texto que el autor agrega al final de la obra como continuacin de ella.
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o Anexo. Conjunto de documentos, estadsticas, grficos, cuadros, ilustraciones o textos
relacionados con el tema, pero que no lo realiza el autor.
o ndices
De contenidos. Solamente forma parte de los finales cuando es novela en los dems
casos son colocados al principio.
Alfabticos.
Cronolgicos.
Onomsticos.
Comparativos.
Sinpticos.
o Glosario o vocabulario. Catlogos de voces desusadas, tcnicas o cientficas que ayudan a
comprender el texto.
o Fe de erratas. Se suelen imprimir en folio aparte y se insertan en el libro.
o Colofn. Algunos autores o editores no renuncian a colocar al final de la obra algunos datos en
que generalmente se registra la fecha, lugar, empresa y a veces festividad del da en que se
imprimi a imitacin de los libros antiguos.
o Bibliografa.
3. Clases de libros. En funcin de su contenido pueden ser:
- Cientficos o tcnicos.
- Religiosos.
- Oficiales.
- Literarios.
- Artsticos.
- Comerciales.
En funcin del tratamiento del contenido:
- Extensos: tratados, monografas.
- Breves: esbozos, ensayos.
- De una sola materia: tesis.
- De varias materias: coleccin, miscelneas.
- Resumidos: sntesis, extractos, sinopsis.
Por utilidad:
- De apuntes: diarios, registros, de asientos.
- De enseanza y libros didcticos: escolares, de texto, de consulta (diccionarios).
- De divulgacin: libros de bolsillo.
- De lectura: novela, poesa.
Produccin y realizacin.
- Manuscrito.
- Impreso.
- Para ciegos.
- De confeccin electrnica o informtica: libro electrnico, microfilmado, video libro. Se obtienen
mediante tcnicas que no son tipogrficas.
-
Segn su forma.
- Prolongado u oblongo: cuando su altura es mayor que su anchura.
- Apaisado: cuando su anchura es mayor que su altura.
Un libro con escaso contenido no debera tener medidas muy amplias y a la inversa uno con mucha cantidad de
contenido no debera tener medidas muy pequeas con objeto de evitar que el grosor y las dimensiones cortas lo
conviertan en un ladrillo.
Segn su situacin: todos los libros atraviesan situaciones distintas bien sea durante su confeccin, su
almacenamiento o a lo largo de su venta, por eso los ejemplares van recibiendo denominaciones distintas que a los
profesionales les van diciendo en que situacin exacta y en que estado se halla un determinado libro.
- Indito. Escrito pero no publicado.
- Inconcluso. Que an se est escribiendo.
- En curso de publicacin (volmenes).
- En preparacin, la obra en prensa o en publicacin. (se est imprimiendo).
- Libro en caja. Compuesto pero an no se ha impreso.
- Libro en papel. Impreso pero sin plegar ni cortar.
- En rama. Aquel cuyos pliegos estn plegados, cortados y ordenados pero an no encuadernados.
- Censurado, expurgado.
- Clandestino.
- Plagiado.
Segn el autor.
- Originales.
- Seudnimos.
- Individuales.
- Colectivas.
- En colaboracin.
- Libros de choque. Alcanza rpidamente elevadas cifras de venta. Rentable a corto plazo. Decae poco a
poco la demanda y no es aconsejable una reedicin. Libros literarios de moda durante un periodo corto.
Segn su difusin, distribucin y venta.
- Libros de choque. Alcanzan rpidamente importantes cifras de venta, rentables a corto plazo. Decae
poco a poco la demanda, no es aconsejable una reedicin. Suelen ser libros literarios de moda durante
un periodo corto.
- Libros de fondo. Comienza con un ritmo de venta lento, sin alcanzar grandes cotas pero sin que decaigan
las cifras de venta. Rentables a largo plazo. Se realizan reediciones. Libros de texto, de literatura clsica y
tcnicos.
- Best-seller. Mezcla de los anteriores. Se inicia con una fuerte venta para seguir con un libro de fondo.
Son aconsejables varias reimpresiones. Este tipo de libros a penas representa el 3% del total de libros
editados.
- Steady-seller. Desde su primera edicin y sin interrupcin es un best-seller. La Biblia, el Quijote.
- Libros de quiosco.
- Libros de club de lectores.
- Agotados.
- Clandestinos, censurados, prohibidos.
- Antiguos, viejos, raros, invendibles.
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4. Tipos de edicin
- De biblifilo.
- De lujo.
- Normal o corriente.
- Econmica o de batalla.
- Polglota.
- Extracomercial
- Didctica.
- Tcnica.
- Religiosa.
- Literaria.
- De consulta.
- De arte.
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Tema 4 Parte 2
Depsito Legal, ISBN, Los Cdigos de Barras y El Cdigo NIPO
1. Depsito Legal: Obligacin impuesta por ley u otro tipo de norma administrativa, de
depositar en una o varias agencias especificadas (Bibliotecas Nacionales de un pas),
ejemplares de todo tipo, reproducidas en cualquier soporte, por cualquier procedimiento
para distribucin pblica, alquiler o venta.
Los principales objetivos del depsito legal son:
La recopilacin y preservacin de una coleccin nacional de materiales bibliogrficos de
todo tipo.
La redaccin y publicacin de la bibliografa nacional.
El control estadstico de la produccin editorial.
La constitucin de colecciones bibliogrficas regionales o locales.
Quin tiene la obligacin de realizar el Depsito Legal? En la actualidad los impresores o
productores de publicaciones son los sujetos obligados a efectuar el Depsito Legal en Espaa.
La obligacin, tanto de solicitar el nmero de depsito legal como de constituir posteriormente el
depsito definitivo, recaer en el impresor, cuando se trate de impresos, y en el productor,
tratndose de otra clase de obras.
1.1Historia y normativa vigente.
En Espaa el Depsito Legal se remonta a Felipe V, quien mediante la Real Cdula
de 15 de Octubre de 1716 concedi a la Biblioteca Real, denominada entonces Real
Librera Pblica de Madrid el privilegio de recibir un ejemplar de cuantos libros y papeles
se imprimiesen. Esta disposicin se reitera y confirma en aos posteriores, as en 1761 se
insiste en que los impresores deben entregar un ejemplar de todo lo que impriman y
debern hacerlo antes de poner a la venta la obra. En 1938 se incluye entre el material
que debe entregarse las reproducciones fotogrficas, obras cinematogrficas y piezas de
gramfono.
La completa organizacin del Depsito Legal se realiz mediante el reglamento del
servicio de Depsito Legal aprobado por decreto de 23/12/1957.
En la actualidad el Depsito Legal se rige en lo referente al estado por las rdenes
del Ministerio de Educacin y Ciencia de 30/10/1971 y de 20/02/1973.
A raz de la Constitucin del estado de las autonomas y de la transferencia de
competencias a las mismas bastantes comunidades autnomas han desarrollado sobre la
base de las rdenes citadas rdenes y decretos sobre el Depsito Legal de aplicacin a su
mbito territorial.
1.2 Tipos de materiales bibliogrficos recibidos por Depsito Legal.
La Biblioteca Nacional as como las otras Bibliotecas depositarias (Bibliotecas
Pblicas del Estado y Bibliotecas Autonmicas) reciben los materiales bibliogrficos que
se depositan en las 55 oficinas que gestionan el Depsito Legal.
-
Se reciben por este procedimiento todo tipo de documentos impresos o producidos
en Espaa:
Libros, cualquiera que sea su contenido y forma de impresin y estn o no destinados a la
venta.
Folletos (escritos que tengan entre 4 y 50 pginas)
Hojas impresas con fines de difusin que no constituyan propaganda esencialmente
comercial.
Publicaciones peridicas (revistas y diarios).
Partituras.
Grabados (lminas sueltas, lminas en calendario, estampas, cromos, tarjetas de
Navidad, anuncios artsticos).
Mapas y planos.
Carteles anunciadores, siempre que lleven grabados artsticos, bandos y edictos.
Postales ilustradas.
Naipes.
Diapositivas.
Impresiones o grabaciones sonoras realizadas por cualquier procedimiento o sistema
empleado en la actualidad o en el futuro.
Producciones cinematogrficas, tanto de tipo argumental como documental.
Nuevos soportes (cintas magnticas, disquetes, CD-ROOM, CD-I, cintas DAT y cofres,
publicaciones constituidas por distintos tipos de materiales bibliogrficos, por ejemplo, libro,
video y CD).
Quedan excluidos de la obligacin de constituir el Depsito Legal:
Sellos de correos.
Publicaciones llevadas a cabo por rdenes religiosas y sin que rebasen el mbito de la
comunidad.
Impresos de carcter social, como invitaciones de boda y bautizo, esquelas de
defuncin, tarjetas de visita, carnet de identidad, ttulos, diplomas
Impresos de carcter comercial. Que no vayan acompaados de grabados artsticos y
textos explicativos de tipo tcnico o literario.
Impresos de oficina.
1.3 Normas para realizar el Depsito Legal.
La obligacin, tanto de solicitar el nmero de depsito legal como de constituir
posteriormente el depsito definitivo, recaer en el impresor, cuando se trate de impresos,
y en el productor, tratndose de otra clase de obras.
Los pasos a dar son los siguientes:
Cuando una obra est prxima a su terminacin el peticionario rellenar, firmar y
presentar la solicitud con arreglo al modelo que se le facilite en la oficina respectiva,
solicitando la adjudicacin del nmero de depsito. Examinada la solicitud el funcionario
procurar evitar la duplicacin de nmeros de Depsito Legal a publicaciones peridicas o
a tomos sucesivos de una misma obra y la inscribir en el libro registro y en la ficha
correspondiente del depositante entregndose a este el oportuno resguardo en el que
-
figurar el nmero asignado a la obra y el plazo calculado para la terminacin de la obra,
que no ser nunca superior a dos meses.
Una vez terminada la obra, antes de procederse a su distribucin o venta, el
solicitante deber constituir el depsito de:
3 ejemplares, si se trata de obras impresas.
2 ejemplares, producciones sonoras.
1 ejemplar, producciones cinematogrficas.
Estos ejemplares se destinan a diferentes centro bibliogrficos donde estn a disposicin a
disposicin de todo aquel que desee realizar una consulta.
Si transcurrido el plazo de dos meses el interesado no constituye ese depsito o no
formulase su renuncia, se le conceder de oficio un plazo de 8 das al solicitante, para solicitar
dicho depsito o alegar lo que proceda. Dentro de este plazo el interesado manifieste que la obra
no se publicar ser anulado el nmero asignado a la misma. Si al cabo de estos 8 das no se
obtuviese contestacin o existir la certeza de que la obra ha sido publicada se iniciar el
expediente de sancin.
1.4 Infracciones y sanciones en el mbito del Depsito Legal.
1) Se considerarn infracciones leves:
a) La ausencia de constitucin del depsito de una publicacin objeto de Depsito
Legal en los plazos y respecto del n de ejemplares establecidos
reglamentariamente.
b) La distribucin de ejemplares de una publicacin sujeta a Depsito Legal que
carezca del n correspondiente o que no haya sido objeto de depsito.
2) Se considerarn infracciones graves:
a) La presentacin de datos falsos incompletos o inexactos por las personas
obligadas a facilitarlos para la constitucin del Depsito Legal.
b) La ausencia de constitucin del depsito de ms de una publicacin objeto de
Depsito Legal en los plazos y respecto del n de ejemplares establecidos
reglamentariamente.
c) La reincidencia en la comisin de una infraccin leve cuando as haya sido
declarado por resolucin firme.
d) La distribucin de ejemplares de ms de una publicacin sujeta a Depsito Legal
que carezca del n correspondiente o que no haya sido objeto de depsito.
Por la comisin de las infracciones leves recogidas en este artculo se impondr la sancin de
multa de 1.000 a 2.000.
Por la comisin de las infracciones graves se impondr la sancin de multa de 2.001 a 30.000.
La revalorizacin de estas sanciones se efectuar con fecha 1de Enero de cada ao con
forme al IPC (ndice de precios al consumo) publicado en esa fecha.
-
Los sujetos obligados a la constitucin del depsito no podrn recibir subvencin alguna de
las administraciones pblicas durante el ao siguiente desde que sea firme la resolucin
administrativa sancionadora. Estas infracciones y sanciones constituyen tipos bsicos sin
perjuicio de su desarrollo normativo por las Comunidades Autnomas.
1.5 Constitucin del depsito y destino de las obras. (Comunidad de Madrid).
Segn el decreto 136/1988 de 29/12 por el que se establecen las normas reguladoras de
Depsito Legal en la Comunidad de Madrid las obras terminadas objeto de depsito legal en la
Comunidad de Madrid debern ser entregadas para la constitucin del mismo en la oficina de
depsito legal de la conserjera de cultura antes de proceder a su distribucin o venta.
Cuando se trate de obras sujetas al nmero ISBN deber constituirse el depsito de 5
ejemplares, de 4 ejemplares si son partituras musicales, de 3 ejemplares para las publicaciones
peridicas, de 3 tambin para el resto de obras impresas, 3 tambin en el caso de producciones
sonoras, audiovisuales o electrnicas y un ejemplar en producciones cinematogrficas
convencionales.
La oficina de depsito legal de la Comunidad de Madrid, entregar uno de los ejemplares para
constituir el fondo de la Biblioteca Regional de Madrid, y otro a la Biblioteca Pblica de Titularidad
Estatal gestionada por la Comunidad de Madrid, el resto se remitir al departamento de proceso
bibliogrfico de la Biblioteca Nacional. Los cinco ejemplares de las obras impresas sujetas a
ISBN, recibidos en el Depsito Legal, tendrn el siguiente destino:
1) 3 ejemplares a la Biblioteca Nacional.
2) 1 ejemplar para el Fondo de la Biblioteca Regional de Madrid.
3) 1 ejemplar para la Biblioteca Pblica de titularidad estatal gestionada por la Comunidad de
Madrid.
De los 3 ejemplares de las obras no sujetas a ISBN presentados a Depsito Legal, 2 sern
enviados a la Biblioteca Nacional y 1 a la Biblioteca Pblica de Titularidad Estatal de Madrid. De
los 4 ejemplares partituras musicales, 2 sern enviados a la Biblioteca Nacional, 1 se destinar al
fondo de la Biblioteca Regional de Madrid y otro a la Biblioteca del Conservatorio de Msica de
Madrid. De los 3 ejemplares de publicaciones sonoras, 1 se destinar a la Biblioteca Nacional,
otro a la Biblioteca Pblica de Titularidad de Madrid y otro para el fondo Biblioteca Regional de
Madrid. De los 3 ejemplares de cada uno de los sistemas de video depositados. Uno a la
Biblioteca Nacional, otro a la Biblioteca Pblica de Titularidad Estatal de Madrid. Y otro para el
fonde d la Biblioteca Regional de Madrid.
2. El ISBN o Sistema Internacional de Numeracin de Libros.
a) Antecedentes. En la 3 Conferencia Internacional sobre investigacin y Racionalizacin del Mercado del
Libro, celebrada en Berln en Noviembre de 1966, se discuti por vez primera la necesidad y la viabilidad de un sistema numrico internacional para los libros. Ciertos editores y distribuidores europeos consideraban, en aquel momento la conveniencia de utilizar ordenadores para el proceso y el control del inventario, y resultaba evidente que para conseguir, un sistema automatizado y eficiente, era indispensable un nmero de identificacin y nico y simple para cada ejemplar publicado. El sistema que cumpla tal requisito y que pas a conocerse como el International Standar Book Number (ISBN), se desarroll a partir del mtodo introducido por J. Whitaker & Sons Ltd. en el Reino Unido en 1967, y en los EEUU por la Compaa R.R. Bowker, en 1968. En 1968 y 1969 se celebraron varias reuniones entre representantes de diversos pases europeos y de los EEUU. Como fruto de estas reuniones, se aprob el ISBN como norma ISO
-
2108. El objetivo de la norma internacional es coordinar y normalizar la utilizacin de un sistema de numeracin de libros. El ISBN permite identificar el ttulo y la edicin de una obra publicada por una determinada editorial mediante la adjudicacin de un exclusivo a esa edicin concreta.
b) Ventajas.
El ISBN es un identificador nico para las publicaciones. Sustituye a los largos registros de
descripcin bibliogrfica, se ahorra tiempo y gastos de personal y se evitan los errores de copia.
El ISBN permite la actualizacin de directorios sobre ventas de libros, se puede encontrar
fcilmente la informacin sobre los libros disponibles. El pedido y distribucin de libros se hace
fundamentalmente a travs de ISBN, es un mtodo rpido y eficaz. La gestin de derechos se
realiza fundamentalmente sobre la base ISBN. Las cifras de venta se controlan gracias al ISBN.
Las bibliotecas se benefician de la catalogacin de copias que facilita el ISBN. El derecho de
prstamo nacional de determinados pases se basa en el ISBN
c) Estructura.
Hasta enero del 2007 el ISBN estaba formado por tan solo 10 dgitos pero a partir de esa
fecha se incorporaron 3 dgitos ms de modo que ahora todos los ISBN se conforman por 13
cifras:
978 Prefijo Bookland EAN. Este cdigo acompaa desde 2007 a todos los ISBN como un
modo de identificar un producto editorial entre los dems productos que se comercializan de
modo que se consiga la compatibilidad total del ISBN con el cdigo EAN-13, el sistema de cdigo
de barras ms utilizado en el mundo. El formato EAN es un cdigo de barras que se encuentra en
la contraportada de los libros o tras la cubierta en las ediciones de bolsillo. Es un formato en
ingls que identificamos con formato 978.
Identificador de grupo. Identifica el grupo nacional, geogrfico o lingstico de las editoriales.
A Espaa se asign el 84.
Prefijo Editorial
978-90-70002-34-5 Dgito de comprobacin
Cdigo Identif. Identificador
EAN de grupo de Ttulo
Algunos pases forman reas lingsticas, por ejemplo n 3 es igual al grupo de lengua
alemana, o unidades regionales, por ejemplo Pacfico Sur aade el n 982 para toda la regin.
Todos los identificadores de grupo son asignados por la Agencia Internacional ISBN de Berln.
Prefijo Editorial. Identifica a una editorial concreta de cada grupo. El prefijo editorial
normalmente indica la identificacin exacta de la editorial y su direccin. Los prefijos editoriales
son asignados por la agencia del grupo ISBN responsable de la gestin del sistema ISBN en el
pas rea geogrfica o rea lingstica en el que tenga su sede oficial el editor.
Identificador de grupo (identificador de ttulo). Identifica el ttulo especfico o la edicin de
una obra publicada por una editorial concreta.
Dgito de comprobacin. No se realiza de forma aleatoria. Consta de un solo dgito, que
garantiza la correcta utilizacin de todo el sistema.
-
Identificador De grupo
Prefijo Editorial
Identificador Del Ttulo
Dgito De Comprobacin
ISBN 0 Ponderacin 10 Productos 0
8 4 3 6 9 8 7 6
+72 +32 +21 +36
1 0 7 2 5 4 3 2
+5 +0 +21 +4
7
+7
Total: 198
Como 198 puede dividirse por 11 sin resto, 0-8436-1072-7 es un ISBN vlido. El 7 es el dgito de
comprobacin vlido.
El dgito de comprobacin es el ltimo n de ISBN y se calcula mediante un mdulo 11 con
ponderaciones 10 2, esto significa que cada uno de los primeros nueve dgitos del ISBN
excluyendo el de comprobacin se multiplica por un n que va desde el 10 hasta el 2 y la suma de
los productos ms el dgito de comprobacin debe ser divisible exactamente por 11.
3. Quin tiene que pedir el ISBN?
El n de ISBN puede ser solicitado por editores, empresas, asociaciones, instituciones
educativas, fundaciones, organismos administrativos, etc, para cada una de sus publicaciones, o
bien por los autores responsables de la edicin de sus propias obras. La Agencia asigna,
gratuitamente, a cada editorial su prefijo segn su produccin editorial. La agencia facilita a los
editores un listado con los nmeros disponibles. Los propios editores son los responsables de
asignar los nmeros del ttulo a sus publicaciones y de informar puntualmente a la Agencia de los
nuevos libros editados y de lar variaciones que se produzcan (libros agotados).
3.1 Qu publicaciones deben llevar ISBN?
Libros y folletos impresos (no publicitarios ni temporales)
Materiales no librarios con texto, grficos estadsticos, imgenes mviles, obras de
referencia, etc. Cuyo contenido sea informacin similar a la de los libros y/o educativos.
Publicaciones en material electrnico, como cintas, CD-ROM, obras monogrficas
publicadas en Internet, etc.
Publicaciones en multimedia de venta en libreras o grandes almacenes: pelculas y vdeos
educativos, diapositivas escolares, polticas, teatrales, etc.
Publicaciones en Braille.
Publicaciones en Microformas.
Libros en cassettes.
Mapas.
3.2 Qu publicaciones estn exentas de ISBN?
Agendas, calendarios y almanaques.
lbumes de cromos, de fotos, sellos, etc (sin texto)
Anuarios telefnicos.
Catlogos de libreras y editoriales.
Catlogos comerciales y publicitarios.
Estatutos de sociedades.
Folletos tursticos.
Folletos publicitarios y de carcter temporal: cancioneros, cinematogrficos, deportivos,
escolares, polticos, teatrales, propagandsticos, etc.
Guiones de cine, radio y televisin.
Libros de colorear y de pegatinas.
-
Libros y folletos impresos con motivos publicitarios y/o temporales (ediciones especiales
para determinados colectivos, de regalo, etc)
Listas de precios.
Pasatiempos (crucigramas, sopas de letras, etc..)
Programas de estudios.
Programas de actos culturales, de fiesta, conmemorativos, cinematogrficos, deportivos,
de conciertos, teatrales, etc.
Programas informticos.
Publicaciones peridicas (no anuarios) o selladas.
Publicaciones gratuitas.
Recortables.
Tebeos y Cmics (cuando no son monogrficos).
Tarjetas Postales, lminas, carteles.
3.3 Dnde y cmo debe aparecer el ISBN en una publicacin?
En el reverso de la portada, en la parte inferior de la contracubierta. En el pie de portada, si es
que no hay espacio en ningn otro lugar. En la parte inferior del reverso de la sobrecubierta, o de
cualquier otra funda protectora o envoltura. En la base del lomo (slo si el producto es un libro de
rstica). En la etiqueta de la caja si es que la hay (casette, disquete, CD-ROM, etc). En la pantalla
de visualizacin del ttulo, o en la primera pantalla (CD-ROM, publicaciones en Internet). En los
ttulos de crdito (pelculas, videos). El ISBN debe imprimirse siempre con un tipo de imprenta lo
suficientemente grande para que sea legible (no menor de 9 puntos).
4. Aplicacin del ISBN.
4.1 Norma General
Debe asignarse un ISBN distinto a cada ttulo o edicin de un libro por parte de cada editorial
pero NO a las impresiones o reimpresiones inalteradas del mismo libro que mantengan el mismo
formato y que estn publicadas por el mismo editor. Las ediciones revisadas requieren un nuevo
ISBN. Las variaciones de precio no requieren un ISBN nuevo. Los cambios de formato exigen un
ISBN nuevo. Si un mismo ttulo se publica dentro de una serie y de manera individual se
considerar que se trata de dos ediciones diferentes.
4.2 Reimpresiones facsimilares.
Debe asignarse un ISBN distinto a las reimpresiones facsimilares publicadas por un editor
diferente.
4.3 Libros en formatos diferentes.
Debe asignarse a cada uno de los formatos en los que se publique un ttulo especfico, por
ejemplo las ediciones en papel, tela, braille, microfilm o software de ordenador del mismo ttulo,
reciben un ISBN distinto cada una de ellas.
4.4 Publicaciones en hojas sueltas.
Si una publicacin aparece en hojas sueltas se asignar un ISBN para la edicin en su conjunto.
As mismo, se adjudicar un ISBN a las ediciones concretas de aadidos u hojas suplementarias
cuando se suministren por separado.
-
4.5 Obras en varios volmenes.
Debe asignarse un ISBN al conjunto de la obra. Adems si los tomos se venden por separado,
cada volumen deber tener su propio ISBN. De esta forma se puede vender individualmente cada
volumen, incluso cuando las obras en varios volmenes se vendan como un conjunto se
recomienda, que se asigne un ISBN a cada volumen. Se facilita as el tratamiento de las
devoluciones y el proceso de envos cuando no se publica o distribuyen todos los volmenes al
mismo tiempo.
4.6 Publicaciones en colaboracin.
Una obra publicada en coedicin o en colaboracin con otros editores obtiene el ISBN del
editor que se encargue de su distribucin. Los dems coeditores pueden asignar sus ISBN si lo
desean.
4.7 Libros vendidos o distribuidos por agentes.
De acuerdo con los principios del sistema ISBN una edicin concreta publicada por un
determinado editor recibe un solo ISBN. Dicho ISBN debe conservarse siempre con
independencia del lugar o del agente que venda el libro. En el caso de libros importados por un
distribuidor procedentes de un rea en la que an no se ha implantado el sistema ISBN y que
carecen del mismo, el distribuidor podr asignarle el ISBN correspondiente. En el caso de libros
importados por un distribuidor a los que se les ha agregado una nueva portada con el pie de
imprenta del distribuidor en lugar de la portada original el distribuidor debe asignarle un nuevo
ISBN y tambin debe figurar el ISBN del editor original.
4.8 Adquisicin de una editorial por otra.
Una editorial que adquiera a otra deber seguir utilizando el ISBN asignado en un principio
hasta que se reimprima el libro con el pie de imprenta de la nueva compaa.
4.9 Adquisicin de las existencias completas de un editor.
Una editorial que adquiera las existencias completas de otra compaa deber utilizar el ISBN
asignado a la editorial original hasta que la nueva compaa realice una reimpresin con su propio
pie de imprenta.
5. La Agencia Espaola y el mbito del ISBN.
Espaa se adhiri al ISBN en 1972. La Agencia Espaola ISBN fue creada por el Decreto
2984/1972 y reformada en 1987 y perteneca al Ministerio de Cultura. Desde 23/12/2010 la
Federacin de Gremios de Editores de Espaa ha asumido la gestin del ISBN.
6. ISSN (977) International Standard Serial Number.
Sistema de numeracin par a las publicaciones seriadas. ISO 3297:1998.
-
7. El Cdigo Nipo.
NIPO es un cdigo de identificacin de las publicaciones oficiales. Sus funciones son:
- Control de las publicaciones emanadas de la administracin pblica y facilitar la
coordinacin del sector.
La adjudicacin del NIPO obliga desde 1986 por Orden Ministerial. La asignacin del NIPO
corresponde a la Secretara de la Junta de Coordinacin de Publicaciones Oficiales (Ministerio de
la Presidencia). Se debe hacer constar en publicaciones unitarias y peridicas, material
audiovisual e informtico, folletos, mapas, hojas y carteles. Editadas por la administracin general
y sus entidades de Derecho Pblico. De este control de identificacin quedan excluidas las
publicaciones que tengan carcter reservado y las restringidas al mbito interno de la
Administracin del Estado.
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