sunat fiscalizará 540000 empresas por uso de precios de transferencia
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12 martes 24 de febrero del 2015 Gestión
economía
Sunat fiscalizará 540,000 empresas por uso de precios de transferencia
La Sunat intensificará este año las acotaciones en Pre-cios de Transferencia (PT), lo que permitirá tener en ra-ya a más de 540,000 empre-sas, estima el tributarista Walker Villanueva.
La metodología de los PT busca comprobar que las transacciones entre empre-sas vinculadas o aquellas he-chas en paraísos tributarios, se ajusten a como si fuesen hechas a valor de mercado.
Villanueva detalló que la fiscalización en PT se con-centrará en los Principales Contribuyentes, en un 100%, es decir, en algo de 18,000 empresas con auditores es-pecializados (ver opinión).
A s i m i s m o , m á s d e 520,000, pequeñas y media-nas empresas (hasta 15% del total de contribuyentes de 3.5 millones), están obliga-das a cumplir con las normas de PT, pero fiscalizados en una auditoría regular, anotó.
Por ello, estarán en la mira de la Sunat, las firmas que realizan operaciones por más de S/. 200,000 entre el grupo vinculadas económi-camente (igual accionista mayoritario y similares). O
—En marzo, la Sunat pu-blicará el cronograma pa-ra la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferen-cia y a mediados de año exigirá el sustento técnico.
miguel alonso juape pintomiguel.juape@diariogestion.com.pe
aquellas que usen países o te-rritorios de baja o nula impo-sición (es decir, con un pago del impuesto menor que en el Perú hasta en un 50%).
Estas empresas deben pre-sentar una Declaración Jura-da (DJ) informativa en abril según el cronograma que la Sunat publicará en breve.
También están obligadas las compañías con operacio-nes mayores a S/. 1 millón, o que usen paraísos fiscales, o facturen por más de S/. 6 mi-llones. Además de la DJ in-formativa usualmente a me-diados de año, por norma que emitirá el fisco, deben pre-sentar un estudio técnico de PT, que sustente el valor de dichas operaciones.
El tributarista Enrique Díaz Tong, recomendó que las empresas tengan los refe-ridos estudios técnicos antes de la DJ anual del Impuesto a la Renta (IR), en marzo, ya que de lo contrario no po-drán realizar ajustes a la in-formación que presenten y serían multadas por el fisco.
Para el experto Jorge Pi-cón, es incoherente que la Su-nat exija el informe técnico en junio cuando este ya inci-de en la DJ anual del IR de marzo.
“Cuando el estudio técnico de PT se realiza luego de pre-sentar la DJ anual del IR se corre el riesgo de que no coin-cida con lo declarado; el es-tudio puede determinar que el precio de la factura era 100 y se declaró 20, por lo que se
tributario
meta. La recaudación de la fisco mermada por la baja de las tasas del IR se centrará en ajuste por Pre-cios de Transferencia, dijo Díaz Tong.
manuel melgar
debió pagar impuestos (30%) sobre el monto ma-yor”, dijo.
Además, si la empresa no realiza el estudio tiene una multa del 0.6% de los ingre-sos netos anuales con un tope de 25 UIT (S/. 96,250), una empresa que tiene S/. 15 mi-
llones de utilidades siempre estará en ese tope.
A perder el miedoDíaz Tong afirmó que se de-be perder el miedo a la DJ de PT en operaciones entre vin-culadas o en paraísos fisca-les, ya que están normas no
Préstamos y casos más usuales de acotación
Si el accionista de una em-presa es titular de una cuenta personal en un país considerado como “paraí-so fiscal” y realiza opera-ciones sujetas a las obliga-ciones de precios de trans-ferencia (PT), por ejemplo, un préstamo con una em-presa con domicilio en el país, esta deberá declarar dicha operación al fisco pe-ruano, dijo Enrique Díaz.
También se encuentran obligadas a cumplir las normas de PT las opera-ciones entre grupo de em-presas domiciliadas en el país (sector construcción, agroexportación).
Otro grupo, incluido en esta obligación, es el de las empresas que fijan el valor de sus precios a través de commodities (en bolsa de valores), como la harina de pescado, las empresas mi-neras y otras.
En este caso, el fisco de-termina el valor de la trans-ferencia a valor del commo-dities, pero la empresa no necesariamente acuerda el precio de venta a ese valor, por lo que, existen muchos casos en discusión, dijo.
Reducción. Existen ca-sos en temas de precios de transferencia en que la em-presa puede reducir el im-pacto hasta en un 80%, en casos que son discutibles, si la empresa rectifica vo-luntariamente hasta antes de la notificación de la Su-nat puede reducir el 100% de la multa.
Costo y plazo. Un estudio de precios de transferencia tiene un costo de entre US$ 3,000 y US$ 15,000, y se realiza en un plazo de uno o dos meses, en promedio, aseguró el tributarista Enri-que Díaz Tong.
Para recordar
fijan el precio que acuer-den las partes en la opera-ción real. Por ello, si se pa-ga al fisco cumpliendo esos estándares establecidos en la norma, la Sunat no fisca-lizará el origen de la ope-ración entre esas empre-sas, agregó.
Los principales contri-buyentes, estimados en 18,000 contribu-
yentes, son los que operan usualmente con grupos de empresas, a través de paraí-sos fiscales; y están por enci-ma del umbral que exigen las obligaciones de precios de transferencia.
Por ello, la fiscalización en precios de transferencia (que se usa para evitar que las em-presas aprovechen su vincu-lación en el precio pactado)
oPinión
masa cRíTIca es 18,000 emPResas
Walker Villanuevaabogado tributarista
está pensada en las grandes empresas. Los auditores en precios de Transferencia son muy especializados, y difícil-mente dirigirán sus esfuer-zos en otras empresas que no sean las grandes.
Sin embargo, las empre-sas medianas y pequeñas sí serán fiscalizadas en precios de transferencia, pero den-tro de una auditoría regular y por auditores que no son especializados pero que las exigirán.
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