seminario 3 integral adulto
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Seminario 3: Ética profesional y responsabilidad
legal
Alumnos: Alejandra Contreras Igor CorvalanDocente: Dra. Milena moya
Lex Artis
Ley del
Arte
Lex Artis• “Ley el arte" o ley artesanal o regla de
actuación de la profesión que sea.
• La Lex Artis Medica o “estado del arte medico” es el conjunto de normas o criterios valorativos que el medico en posesión de conocimientos, habilidades y destrezas debe aplicarlos diligentemente en la situación concreta de un enfermo y que han sido universalmente aceptadas por sus pares.
• Dado la gran variabilidad y complejidad que rodean una condición clínica concreta, algunas dependientes del profesional, otras de las condiciones particulares del paciente y finalmente por las circunstancias que la rodean, no es posible aplicar la misma normativa en todos los casos, sino que estas deben adecuarse al caso concreto. Por eso se habla de Lex Artis Medica ad.hoc, en que el medico a través de un proceso de deliberación las aplica con prudencia a la situación clínica concreta.
• El termino malpraxis medica se ha acuñado para señalar conductas impropias del profesional frente a un paciente, que no se siguen las normas que señala la Lex Artis Medica. Este tipo de conducta medica constituye un error medico inexcusable, y el medico debe responder por esta conducta inapropiada.
•La Lex Artis presupone unos elementos característicos:
Profesional idóneo
Estudio y análisis previo del paciente
Empleo de técnicas con aceptación universal
Consentimiento informado del paciente
Querellas contra odontólogosHace 30 años
enfoque médico Paternalista:
“Nosotros haremos todo por usted pero
sin usted”
Hoy relación más horizontal
Cambios sociales.-Avance científico.-comunicaciones y
redes sociales.(Pacientes más
informados)
Querellas médico- odontológicas•Actualmente el número de querellas va en
aumento.•Querellas en medicina 80%•Odontología 8%•Otras profesiones área salud
Evolución de las querellas.1980: Prácticamente no existen reportes.1987: SML peritaje por 4 querellas.1991: SML peritaje por 53 querellas.2001: SML peritaje por 273 querellas.
Principales querellas Delitos culposos
Dolo:-Forma de voluntad reprochable.-Autor tiene intención de obtener resultado determinado.-Implica malicia, mala intención, premeditación.
Culpa:-Forma de voluntad reprochable.-No implica intencionalidad.-Conduce a un resultado o efecto no deseado.-Debido a negligencia, imprudencia, impericia, inobservancia de reglamentos.
Negligencia
• Conduce al resultado no deseado por falta de previsión o no consideración de que pudiera ocurrir. Se omite o se deja de hacer algo que debió hacerse. Se hace menos de los que se debe (las acusaciones son más frecuentes por negligencia).
• Ej. • Falta de diagnóstico o diagnóstico tardío. • Falta de exámenes • Abandono del paciente • Inadvertencia de situaciones riesgosas
• • No informar al paciente de los riesgos que puede involucrar el tratamiento
imprudencia
•Conduce a resultado no deseado debido a una actuación temeraria, exagerada, sin prever los peligros concomitantes, se hace más de los debió haberse hecho.
•Ej. •Sobredosis de fármacos•Procedimientos terapéuticos peligrosos.• No tener consentimiento del paciente.• Resección quirúrgica excesiva.
Impericia
•Conduce a un resultado no deseado debido a que se desconoce lo que debió hacerse.Revela ineptitud, ignorancia, incompetencia o inhabilidad.
•Ej.:•• Falta de preparación profesional.
• Falta de actualización profesional.• Error de diagnóstico.• Error terapéutico por falta de capacitación.• Fármacos mal recetados.
Inobservancia de reglamentos• Incumplimiento de los reglamentos o deberes
a cargo del profesional, u órdenes o exigencias verbales o escritas, dispuestas con fines de prevención de un daño por un superior responsable. Subalterno no da cumplimiento, generando un resultado indeseable.
Bibliografía
•Revista Medico Legal ISSN: 0124-8286 http://www.medicolegal.com.co/pdf/esp/2001/7/3/asp_resp_2_v7_r3.pdf
•Colegio Medico de Chile: Consideraciones sobre LEX ARTIS. Error y negligencias medicas.
•Servicio médico legal http://www.sml.cl/sml/index.php?option=com_content&view=article&id=246&Itemid=232
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