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SÁBADO 14 DE MARZODE 2015
G UA DA L A JA R A , JA L I S COT O M O C C C L X X X I
41SECCIÓN VII
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S á b a d o 1 4 d e m a r z o d e 2 0 1 5 . N ú m e r o 4 1 . S e c c i ó n V I I
I N S T R U C T I V O
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría de Educación. Estados Unidos Mexicanos.
DGAIRE Página 1 de 21 Educación Media Superior
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO
COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
DIRECCIÓN DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA
INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA TRAMITAR RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARTIR
EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
CONVOCATORIA 2015
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INTRODUCCIÓN
En el marco de lo dispuesto por el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 54 y 55 de la Ley General de Educación, los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades; sin embargo, tratándose de educación diferente a la básica y normal, éstos deberán obtener previamente la autorización expresa del Estado, a través del reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE).
Para regular este trámite y procedimiento para obtener, refrendar o, en su caso, revocar la incorporación de escuelas particulares que impartan educación en cualquiera de los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas que establece la Ley de Educación del Estado de Jalisco, el 13 de diciembre de 2008, se publicó en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Otorgamiento, Refrendo y Revocación de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal.
Del citado Reglamento se deriva el presente I N S T R U C T I V O T É C N I C O P A R A T R A M I T A R E L R E C O N O C I M I E N T O D E V A L I D E Z O F I C I A L D E E S T U D I O S P A R A I M P A R T I R E D U C A C I Ó N M E D I A S U P E R I O R , por medio del cual la autoridad respectiva determina los elementos que constituyen el perfil de egreso del estudiante de este nivel educativo, el perfil del docente y del director de plantel, así como las características técnicas que deberán cubrir los muebles e inmuebles dedicados a la prestación de los servicios educativos, e inclusive, las especificidades de los planes y programas de estudio, así como los formatos para la tramitación del documento que acredita el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo educativo medio superior.
Ahora bien, la educación como actividad prioritaria exige responsabilidad y compromiso social de parte de los particulares que la impartan, de tal manera que una vez que obtengan la autorización o el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, se integran al Sistema Educativo Nacional y se constituyen en prestadores de un servicio público, cuyas inversiones se consideran legalmente de interés social, quedando sujetos a cumplir con todos los principios rectores del servicio educativo que establece el artículo 3° Constitucional, además de las obligaciones que se deriven de las leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y demás lineamientos que se expidan en materia educativa.
En el caso de la Educación Media Superior, existe hasta ahora una diversidad de planes y programas, que obliga a rediseñarlos, a fin de que los alumnos desarrollen un mínimo de competencias que les permita transitar de una modalidad a otra, en caso de así desearlo. Es por ello que los particulares que ofertan en este momento Educación Media Superior, y quienes deseen hacerlo, deberán cubrir los requisitos mínimos establecidos para integrar el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de respeto a esa diversidad, mismos que están referidos en los Acuerdos Secretariales 442 y 444, y sus modificaciones a través del Acuerdo Secretarial 488, así como lo dispuesto en el Acuerdo Marco de Coordinación entre la Federación y el Estado de Jalisco, que permita dar pertinencia y relevancia a los estudios correspondientes al nivel.
Este objetivo que se ha propuesto el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación, obliga a la autoridad educativa a convocar a los particulares interesados a sumarse al esfuerzo por adoptar un Marco Curricular Común, (MCC), con base en Competencias. Este MCC, por su parte, deberá permitir articular los programas de las diferentes opciones educativas de tal manera que éstos faciliten la movilidad y portabilidad en la educación media superior en Jalisco y en todo el país.
Para alcanzar estas metas, el Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación, ha sumado esfuerzos para adoptar la nueva orientación de la Educación Media con base en competencias, preocupación que se deriva de la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS). Por lo que ha firmado, con la Secretaría de Educación Pública, el Convenio Marco de Coordinación; mediante el cual, se compromete a promover y a realizar esfuerzos para que todos los planteles en los que se imparta este nivel educativo logren su incorporación al Sistema Nacional de Bachillerato (SNB), tarea que se alcanzará una vez que estos planteles cumplan cada una de las disposiciones contenidas en el Acuerdo Número 10 del Comité Directivo del SNB y a observar las disposiciones contenidas en los Acuerdos Secretariales que le dan origen, fundamento, orden y sentido a este Sistema.
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Cabe hacer mención que las disposiciones contenidas en el presente I N S T R U C T I V O , contemplan el pago de una contraprestación por los servicios prestados por el Estado en esta materia. Se aclara, asimismo, que la recepción de documentos y el pago por el mencionado trámite no implica la obligatoriedad por parte de la Secretaría de Educación de otorgar el reconocimiento al solicitante, si:
a ) Éste no cubre a cabalidad los requisitos establecidos en la normatividad referida,
b ) Ha actuado con falsedad en declaraciones o presentado documentación apócrifa.
La recepción de documentos por parte de la autoridad educativa y el pago correspondiente tampoco implica que el particular pueda ofertar los servicios para los que ha solicitado el RVOE.
Como se establece en el mencionado Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Otorgamiento, Refrendo y Revocación de Incorporación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal, y se ratifica en el presente Instructivo Técnico, queda prohibido prestar el servicio educativo o hacer la promoción de éste, si antes no se ha obtenido el referido reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.
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INDICACIONES GENERALES
1. Revisar las Indicaciones específicas de cada uno de los requisitos, que en este instructivo se describen.
2. Cuando así se especifique, se deberán llenar y firmar los formatos previamente establecidos; y para el caso de que diferentes requisitos o datos se tengan que asentar en el mismo formato, se deberán vaciar todos en el mismo documento, no es necesario imprimir y llenar varias veces el mismo formato. En la dirección web http://dgaire.jalisco.gob.mx/scejal/ podrá descargar dichos formatos, en la siguiente opción: más servicios/incorporación/instructivo de educación media superior/abrir y descargar instructivo en el equipo de cómputo.
3. Es obligación del solicitante acompañar los documentos que se relacionan posteriormente, en original para cotejo y dos copias en tamaño carta con el expediente completo, legible y acomodado conforme al orden requerido en el instructivo, (uno para entregar y otro como su acuse), deberán estar engargolados o integrados en carpeta de tres aros, con divisiones que permitan identificar de manera ágil los requisitos, así como 3 CD´S RW regrabables que contengan grabada la información y documentación ordenada y separándola por carpetas, nombrando cada archivo respetando el orden que se establece en el apartado “Requisitos para obtener reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir Educación Media Superior” del presente documento. Todos los formatos deberán presentarse impresos con la firma original del propietario o su representante legal. La prestación del servicio de Educación Media Superior se podrá proporcionar en las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta contempladas por la Ley de Educación del Estado de Jalisco y las opciones dispuestas en el Acuerdo 445 por el que se conceptualizan y definen para la educación media superior las opciones educativas en las diferentes modalidades, así como por el Acuerdo 450 que establece los lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior. De tal manera que Los particulares que soliciten a la autoridad educativa el RVOE, podrán ofertar:
Bachillerato General propedéutico y con formación para el trabajo, que opera y coordina la Dirección General de Bachillerato (DGB) de la SEP.
Bachillerato Tecnológico, esta modalidad permite al egresado incorporarse al nivel superior o al campo laboral, como profesional medio. Se caracteriza por ser una modalidad bivalente, cuyos planes y programas de estudios son operados por el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco, (CECyTEJ), a los que se debe sujetar el particular que pretenda impartir esta modalidad.
Educación Profesional Técnica que opera el CONALEP Jalisco, orientada a desarrollar competencias laborales en el campo técnico y formar al estudiante para su incorporación al ámbito de la producción de bienes y servicios, posibilitando además el ingreso del estudiante a la educación superior.
Bachillerato Intensivo Semiescolarizado, es una opción educativa del nivel Medio Superior, cuyo plan y programa corresponden al bachillerato general y particularmente a la opción intensiva, en la modalidad escolarizada. Los particulares que lo oferten deberán cumplir cabalmente con lo establecido en los Lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartan el bachillerato Intensivo semiescolarizado en Jalisco, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el 19 de junio de 2014.
Bachillerato Virtual, es una opción educativa del nivel Medio Superior, cuyo plan y programa corresponden al bachillerato general, particularmente a la opción virtual, en la modalidad no escolarizada, con característica de temporalidad intensiva. Los particulares que lo oferten
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deberán atender a cabalidad los términos de los Lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartan el bachillerato virtual en Jalisco, publicado en el Periódico Oficial. El Estado de Jalisco el 15 de noviembre de 2011. Además de lo establecido en el Acuerdo 445 por el que se conceptualizan y definen para la educación media superior las opciones educativas en las diferentes modalidades.
Por cada modalidad de Educación Media Superior, que pretenda impartir deberá presentar una solicitud diferente de reconocimiento de Validez Oficial de Estudios en los términos del presente instructivo.
En caso de que proponga diferentes modalidades de Educación Media Superior, el pago de estudio y resolución se hará por cada una de ellas.
Cabe señalar que la obligación de seguir cumpliendo con los requisitos que se establecen en el presente
instructivo, no se liberan con la expedición del acuerdo de incorporación, ya que para obtener y conservar el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios se deben continuar reuniendo las condiciones técnicas, higiénicas, pedagógicas y de seguridad que establece el artículo 120 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco y sus disposiciones reglamentarias; lo cual deberá acreditar el particular en cada ciclo lectivo en las fechas y conforme a los requisitos que para tal efecto establezca el nivel educativo correspondiente, y de omitir realizarlo no se refrendará la incorporación que haya emitido la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa.
Su solicitud y los requisitos documentales requeridos podrán ser presentados ante la Dirección de Incorporación, Revalidación y Equivalencia, dependiente de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa, cuyas oficinas se localizan en Avenida Central número 615, Colonia Residencial Poniente, Municipio de Zapopan, Jalisco, durante el periodo comprendido del día de su publicación en el periódico oficial “El Estado de Jalisco” hasta el 29 de mayo del año 2015, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
El trámite en el caso de persona física, solo podrá ser efectuado por el propietario o el representante legal
de la persona jurídica, que cuente con facultades administrativas o bien por el apoderado que cuente con testimonio extendido ante notario público que lo faculte a realizar este trámite.
REQUISITOS PARA OBTENER RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA IMPARITR EDUCACIÓN
MEDIA SUPERIOR 1.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN.
Deberá llenar y firmar el formato denominado FORMATO 1. Si el solicitante es persona física, deberá acompañar copia certificada de su acta de nacimiento e
identificación oficial con fotografía. Si el solicitante es persona jurídica, acompañará el acta constitutiva y poder notariado o acta con la
que se acredite que el solicitante tiene el carácter de representante legal, copia de la identificación oficial de éste y acta de nacimiento.
2.- TERNA PARA LA AUTORIZACIÓN DE NOMBRE. Deberá llenar y firmar el formato denominado FORMATO 2. Se propondrán tres nombres, en orden de preferencia. Al formato deberá acompañarse un escrito donde se expongan las razones de por qué se considera
que los nombres propuestos se refieren a valores o cuestiones relacionadas con la ciencia, el arte, la educación, hechos históricos, etc.
Deberán adjuntarse biografías, monografías, así como la bibliografía que sirva de fuente de consulta de la justificación de los nombres propuestos.
Lineamientos a que se sujetará la aprobación de nombre del plantel.
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Se autorizarán nombres que se refieran a valores culturales universales como lemas, personajes, fechas o hechos históricos, científicos, técnicos o artísticos nacionales.
No se autorizarán nombres de personas vivas, salvo acuerdo expreso del C. Secretario de Educación.
No se autorizarán nombres relacionados con credos religiosos, salvo los personajes cuya acción merezca reconocimiento social.
No se antepondrá profesión al nombre cuando éste se refiera a personas, salvo acuerdo expreso del C. Secretario de Educación.
No se podrán utilizar las palabras “nacional", "estatal", "autónoma" u otras que confundan a los educandos respecto al carácter privado de la institución.
Cuando el nombre haga alusión a un determinado nivel educativo, éste deberá corresponder al que efectivamente se imparta, ejemplo: no podrán autorizarse nombres como Liceo, Universidad o Instituto, para el nivel inicial.
Se elegirán nombres que no se repitan con los autorizados por la Secretaría para el mismo nivel educativo en la localidad.
Ratificación de nombre; Este se aplica cuando ya existe un nombre autorizado oficialmente, para impartir otro servicio educativo, siempre y cuando el nombre pueda ser aplicado para el servicio de educación media superior. 3.- CARTA COMPROMISO DE CUMPLIR OBLIGACIONES.
Deberá llenar y firmar el formato denominado FORMATO 3. El particular debe cumplir de manera puntual y permanente con las obligaciones que se establecen en
dicho formato y las que se deriven de la Ley General de Educación, Ley de Educación del Estado de Jalisco, las disposiciones reglamentarias y acuerdos que en materia de estas leyes resulten aplicables; y de no cumplir con dichas obligaciones será acreedor a las sanciones que de dicha normatividad se deriven, las cuales pueden consistir en multas, revocación de autorizaciones o hasta la clausura del plantel.
4.- DOCUMENTO QUE ACREDITE LA OCUPACIÓN LEGAL DEL INMUEBLE. Deberá acompañarse el documento con el cual se acredite la ocupación legal del inmueble, es decir,
acreditar la posesión que ostente a través de compraventa, cesión, donación, usufructo, comodato, arrendamiento, etc.
Dicho documento deberá ser extendido a nombre del solicitante, es decir, de la persona física o jurídica que comparezca a tramitar la incorporación.
En caso de que la ocupación del inmueble no se tenga en carácter de propietario, el documento con el cual se acredite la misma, deberá garantizar la ocupación por parte del solicitante, de por lo menos el ciclo escolar a partir del cual surtiría efectos la incorporación, en caso de que la Secretaría lo reconozca.
Estos documentos deberán especificar de manera precisa y detallada los datos de ubicación del inmueble, de las partes que intervienen en el contrato y su vigencia.
Para los trámites en los que se acredite la posesión del inmueble con carácter de propietario, las medidas contenidas en la documentación que se requiere en el presente instructivo deberán coincidir con las que se señalan en la escritura.
5.- PLANO ACOTADO DEL INMUEBLE, CROQUIS DE UBICACIÓN Y FOTOGRAFÍAS.
Deberá llenar y firmar el formato denominado FORMATO 4. Los planos serán digitalizados en formato PDF, escala legible, preferente 1:100.
Deberá incluir los siguientes planos: • Plano de Conjunto. • Planos arquitectónicos generales (incluye infraestructura interior y exterior). • Fachadas generales. • Cortes generales. • Planta de instalaciones hidráulicas. • Planta de instalaciones sanitarias.
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• Planta de instalaciones eléctricas, (incluir cuadro de cargas). • Planta de aire acondicionado, (en su caso). • Tablas de ubicación del equipo, indicando marca, modelo, tipo y capacidad.
El croquis deberá especificar las calles aledañas y de acceso al plantel. Las fotografías (todas a color y con fecha impresa), deberán ser actuales y de todas las áreas del
inmueble, incluyendo el equipo con que cuenta el plantel.
6.- ACREDITAR QUE EL INMUEBLE PROPUESTO PARA PLANTEL CUMPLE CON LAS NORMAS DE SEGURIDAD PARA OPERAR COMO INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y PARA TALES EFECTOS DEBERÁ PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN.
Dictamen de seguridad estructural, deberá cumplir como mínimo lo siguiente: 1. Elaborado por un perito especializado en la materia y perteneciente a un colegio de profesionistas
debidamente registrado en la Dirección de Profesiones del Estado. • Currículum verificable. • Constancia vigente del colegio de profesionistas al que pertenece.
Dicho dictamen deberá reunir los siguientes requisitos: a) Datos generales del inmueble educativo. b) Edad de las construcciones que se analizan. c) Zona sísmica en la que se ubica el inmueble y tipo de suelo. d) Revisión estructural que incluye el suelo, la cimentación y la estructura, tomando en cuenta su
emplazamiento y entorno. e) Análisis conceptual y numérico de la(s) estructura(s), con base en su estado físico, para
fundamentar el diagnóstico estructural. f) Conclusiones y en su caso recomendaciones, dictaminando la seguridad estructural de las
construcciones del inmueble educativo. g) Vigencia que para efectos de la Norma NMX-R-021-SCFI-2013 es de 5 años como máximo o
menor cuando la infraestructura estuvo expuesta a un fenómeno perturbador.
Dictamen de instalaciones eléctricas. Dictamen de verificación con la firma de responsabilidad de una unidad de verificación, con la que se constate que dichas instalaciones cumplen con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2005.
Dictamen de instalaciones de aire acondicionado. Si es el caso, que el proyecto de instalación de aire acondicionado cuente con firma de un perito en la
materia. Dictamen de instalaciones de gas LP o gas natural: Si es el caso, dictamen de conformidad de la instalación de verificación, emitido por la Unidad de
Verificación en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEDG-2004, Instalaciones de aprovechamiento de gas L.P.
Dictamen de protección civil emitido por la autoridad correspondiente. Este documento se tramita ante la Dirección de Protección Civil competente. Dicho documento deberá especificar que el inmueble sí cumple con las especificaciones legales
aplicables en materia de protección civil, que permitan reducir al máximo algún siniestro o desastre, asimismo deberá señalar la autoridad que la expide; fecha de emisión y en su caso, periodo de vigencia y la mención de que el inmueble se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo, precisando, que es para impartir Educación Media Superior.
7.- DICTAMEN DE USO DE SUELO.
Este dictamen se tramita ante la Dirección de Obras Públicas del Municipio donde se localiza el plantel.
El dictamen deberá ser expedido a nombre del solicitante de la incorporación (persona física o jurídica) y especificar el nivel educativo que se pretende impartir.
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Dicho dictamen deberá señalar que el giro de educación media superior es compatible.
8.- LICENCIA MUNICIPAL. Este documento se tramita en la oficina de Padrón y Licencias del Ayuntamiento donde se localiza el
plantel. Deberá ser una licencia definitiva emitida a nombre del solicitante (persona física o jurídica) y
especificar el servicio educativo que pretenda incorporar (educación media superior), asimismo deberá precisar el domicilio del plantel donde se impartirá el servicio.
9.- AVISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD JALISCO.
Este trámite se realiza ante la Secretaría de Salud Jalisco. Cuando en los establecimientos de educación se expidan alimentos al público; entonces se deberá dar
aviso por el giro de alimentos; no por la escuela. El aviso deberá ser extendido a nombre del solicitante de la incorporación, referirse al domicilio del
inmueble donde se va a localizar el plantel. Solo existe obligación de presentarlo cuando en las instalaciones del plantel se pretenda vender
alimentos al público, de no ser así, será necesario acompañar un documento en el cual, bajo protesta de decir verdad, señale que no se expenderán alimentos.
10.-COMPROBANTE DE LÍNEA TELEFÓNICA FIJA EN EL DOMICILIO DEL PLANTEL.
Podrá presentar el contrato que realice con la compañía telefónica o bien alguna factura de cobro, siempre y cuando esté extendida a nombre del solicitante y se especifique el domicilio del inmueble donde se va a localizar el plantel.
11.- PAGO POR ESTUDIO Y RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN. Se debe acompañar el recibo de pago con el cual acredite que ha cubierto el costo por el estudio y la
resolución de la solicitud, según la tarifa vigente de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco. La realización del pago, no obliga a la Secretaría de Educación a emitir el acuerdo de autorización o
reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. En caso de que obtenga el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, el particular está obligado a
cubrir cada año el Refrendo de dicha autorización de conformidad a la tarifa que se establezca en la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco.
12.- CONTAR CON PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE QUE CUBRA EL PERFIL ESTABLECIDO EN EL PRESENTE INSTRUCTIVO.
Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 1, de conformidad a la guía que para su llenado se especifica en dicho documento.
Es obligación del particular proponer personal que cubra con el perfil que posteriormente se especifica y asegurará bajo protesta de decir verdad, que los profesores propuestos tienen el perfil profesional de acuerdo a lo establecido en el “Profesiograma” desarrollado por la Dirección General de Bachillerato, propiciando que el docente domine las competencias didácticas, pedagógicas y de contenido de las asignaturas que permiten alcanzar el logro educativo de sus alumnos.
El profesiograma se puede consultar en la página de la DGB: http://www.dgb.sep.gob.mx/ o en el portal oficial http://estudiaen.jalisco.gob.mx/educacion-media-superior/ de la Dirección General de Educación Media Superior de Jalisco.
Es necesario que se considere que en alineamiento con la Reforma Integral a la Educación Media Superior, (RIEMS), el docente deberá entender su función mucho más allá de la práctica tradicional, meramente disciplinar, a fin de darle un enfoque basado en competencias, es decir, hacer que sus alumnos adquieran las capacidades que son parte del Marco Curricular Común, competencias que integran conocimientos, habilidades y actitudes que facilitan ambientes de aprendizaje en los que los estudiantes desplieguen sus competencias genéricas.
Las competencias docentes son, pues, las cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente y que consecuentemente definen su perfil. El concepto total al respecto se refiere en el Acuerdo 447, publicado en el Diario Oficial de la Federación, (DOF), el 29 de octubre de 2008.
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Es necesario que se proporcionen los datos y se acompañen los documentos que se puntualizan en los siguientes párrafos:
Datos:
Nombre completo del docente. Formación profesional en la asignatura que se propone. Puesto a desempeñar.
Documentos: Acta de nacimiento. Identificación oficial (credencial para votar o pasaporte). El personal docente y directivo deberá presentar en copia el título y la cédula profesional de
licenciatura o, en su caso, el título o certificado con el que acredite los conocimientos técnicos, artísticos o lingüísticos correspondientes, de conformidad a los perfiles que posteriormente se establecen.
Constancias que acrediten la experiencia laboral y aquellas que acrediten haber cursado el PROFORDEMS O CERTIDEMS. NOTA. Esta información y documentos correspondientes a la plantilla docente se deberán mantener permanentemente actualizados y serán presentados a la Dirección General de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación.
En caso de extranjeros: El particular deberá acreditar que el personal extranjero que labore en el plantel, cuenta con la calidad migratoria para desempeñar las funciones que se le encomienden:
Para ser docente: Presentar copia de forma migratoria correspondiente con permiso para trabajar como docente. En caso de que dicho personal, sea profesionista con estudios cursados en el extranjero deberá
contar con revalidación de estudios. PERFILES DESCRIPTIVOS:
DIRECTOR: Poseer título. Cédula profesional federal o estatal, de la licenciatura. Acreditar experiencia docente o administrativa de cinco años como mínimo, de preferencia en
el nivel medio superior. Dedicar su tiempo completo al plantel. Acreditar experiencia en el desarrollo de proyectos de gestión, innovación y mejora continua en la educación. Conocer el modelo educativo que se ofrecerá en el plantel a su cargo.
Contar con competencias (habilidades, conocimientos, cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social) que aborden los siguientes ejes:
Coordinar, asistir y motivar a los docentes en su trabajo. Diseñar, implementar y evaluar los procesos de mejora continua. Propiciar un ambiente escolar conducente al aprendizaje.
Dominio absoluto de las competencias, motivo del Acuerdo 449, generado dentro del marco de la Reforma Integral al Bachillerato, en el DOF del 2 de diciembre de 2008.
PERSONAL DOCENTE:
Ser profesionista titulado de alguna carrera del tipo Superior, Profesor Normalista, Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado.
En alineamiento con la Reforma Integral a la Educación Media Superior, RIEMS, el docente deberá entender su función mucho más allá de la práctica tradicional, meramente disciplinar, a fin de darle un enfoque basado en competencias, es decir, hacer que sus alumnos adquieran las capacidades que son parte del Marco Curricular Común, competencias que integran conocimientos, habilidades y actitudes que facilitan ambientes de aprendizaje en que los estudiantes desplieguen sus competencias genéricas.
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Las competencias docentes son pues, las cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente y que consecuentemente definen su perfil. El concepto total al respecto se refiere en el Acuerdo 447, publicado en el Diario Oficial de la Federación, (DOF), el 29 de octubre de 2008.
PERSONAL DOCENTE DE ASIGNATURAS DE AREAS DIFERENTES A LAS CIENCIAS BÁSICAS O HUMANÍSTICAS. Tales como talleres o actividades artísticas, deberán contar con certificado de competencia laboral expedido por autoridad competente, o bien, acreditar experiencia laboral o docente de por lo menos tres años en el área respectiva emitida por una Institución diferente a la que se propone laborar.
PERSONAL DOCENTE LENGUA EXTRANJERA: Contar con título o certificado de estudios expedido por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional, en el área de idiomas y particularmente de la lengua que pretenden impartir o, en su caso, contar con alguno de los estándares internacionales que para medir el conocimiento de idiomas y la habilidad para enseñarlos recomiende la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa de la Secretaría de Educación Pública.
Nota: El solicitante tiene la obligación de consultar y revisar en la página de la Dirección General de Profesiones el número de cédula de cada uno de sus profesionistas propuestos, ya que en caso de haber falsedad en la plantilla propuesta, la solicitud de incorporación quedará cancelada. www.cedulaprofesional.sep.gob.mx
13.- CONTAR CON MOBILIARIO Y EQUIPO.
Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 2. El plantel deberá contar con el mobiliario y equipo que se especifica en el recuadro que aparece
transcrito en el punto 15 del presente instructivo. 14.- RELACIÓN DE LOS MEDIOS E INSTRUMENTOS NECESARIOS PARA PRESTAR LOS PRIMEROS AUXILIOS Y LISTADO DE INSTITUCIONES DE SALUD ALEDAÑAS, DE AMBULANCIAS U OTROS SERVICIOS DE EMERGENCIA A LOS CUALES SE PUEDA ACUDIR EN CASO DE NECESARIO.
Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 2, donde se establece el apartado para cumplir con este requisito.
15.- CONTAR CON UN INMUEBLE QUE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, HIGIÉNICAS Y PEDAGÓGICAS NECESARIAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO.
Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 2. Las instalaciones en las que se ofrezca el servicio de Educación Media Superior, así como el
equipamiento utilizado, deberán cumplir con las más altas especificaciones para favorecer el proceso de enseñanza aprendizaje dentro y fuera del aula. Por tal motivo, se deberán tener instalaciones óptimas, apegándose a las normas técnicas vigentes para construcción e instalación de escuelas, las cuales se podrán consultar y descargar en la página www.inifed.gob.mx de manera gratuita.
Apegarse a lo expuesto en el volumen 3, tomo II “Norma de Accesibilidad”, de INIFED. En el caso de servicios sanitarios, apegarse a lo establecido en el REZ (Reglamento Estatal de
Zonificación del Estado de Jalisco), que establece en su artículo 214, dentro del Cuadro 37:
Cuadro 37 SANITARIOS
GÉNERO MAGNITUD EXCUSADOS MIGITORIOS LAVABOS EDUCACIÓN Y CULTURA
Hasta 50 alumnos.
Hombres 2 3
Mujeres 4 6
2 3
Hombres 2 3
Mujeres 2 3
13
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Hasta 75 alumnos. De 76 a 150 alumnos Cada 75 adicionales o fracción.
4 2
8 4
4 2
4 2
4 2
Para seguridad estructural, apegarse a lo establecido en el reglamento de construcción del municipio
correspondiente. Tomar en cuenta el volumen 2, tomo III “Selección del Terreno” en su apartado 7 requisitos, en donde se
establecen las condiciones bajo las que no se autorizarán servicios educativos: MEDIO FÍSICO NATURAL. Condiciones hidrometereológicas:
a) Terrenos susceptibles a inundarse (como depresiones, márgenes de ríos o arroyos y planicies de inundación). b) Los ubicados en áreas con peligro de desbordamiento de ríos. c) Dentro del área de divagación de los meandros del cauce. d) En cañadas donde se encuentre aluvión suelto o bien fragmentos, cuyo tamaño sea mayor de 0.40 m (lo anterior indica que ahí se presentan escurrimientos mayores de 5.00 m/s cuya fuerza de arrastre es importante y pueden provocar decesos en la población). e) Los ubicados en cuencas, cañadas, barrancas, cañones susceptibles a erosión y asociados a intensas precipitaciones pluviales. f) Los localizados en zona de marea de tormenta y de oleaje, particularmente los generados por ciclones tropicales en planicies costeras. g) Los ubicados en áreas reservadas para recargas de acuíferos. h) Los ubicados a menos de 500 m. de cuevas o meandros de ríos que no sean estables.
NOTA 1: Para las costas de Baja California, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, debe elegirse particularmente un predio que se ubique a una altura de 10 m. o a un 1 km. de distancia de la línea de costa, que en su caso debe incluir desembocaduras de ríos. Esto en vista de que, ante la ocurrencia de un sismo de gran magnitud, existe la posibilidad de generarse un maremoto. De acuerdo a las experiencias ocurridas en Ensenada, Baja California; Zihuatanejo, Guerrero y Salina Cruz, Oaxaca, la altura máxima reportada de las olas varió entre 7 y 11 m., y la referencia de penetración de un maremoto ocurrido en Cuyutlán, en las costas de Colima, fue de 1 km.
Condiciones geológicas y geotécnicas: a) Los terrenos ubicados sobre fallas geológicas. b) Los propensos a deslizamientos del suelo o aquellos cercanos a una posible zona de deslizamiento y que puedan ser afectados por el mismo. c) Los ubicados en las laderas de un volcán activo o no activo. d) Los que contengan suelos de arenas o gravas no consolidadas y con nivel freático inferior a 600 mm. e) Los dispersivos. f) Los colapsables. g) Los cercanos a bloques rocosos, en laderas o partes altas de cerros, con posibilidades de rodar o desprenderse, ya sea por efecto de sismo o por fenómenos erosivos. h) Los ubicados en zonas donde haya existido o exista explotación de minas. i) Los ubicados sobre cuevas o cavernas. j) Los ubicados en zonas pantanosas, ciénagas y esteros. k) Los ubicados en zonas donde se pueda manifestar el fenómeno de subsidencia, hundimiento regional y agrietamiento del terreno, ya sea por un proceso natural o antrópico.
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l) Los ubicados en áreas reservadas para recargas de acuíferos. m) Los ubicados sobre antiguas minas de arena. n) Los que no están dentro de los programas de desarrollo urbano municipales, estatales y federales.
NOTA 2: En caso de terrenos localizados al hombro o al pie de una ladera, se debe verificar la susceptibilidad a deslizarse, mediante inspección geológica y pruebas geotécnicas. En caso de que la ladera presente condiciones de inestabilidad, se puede considerar la factibilidad de su estabilización en función de los resultados de las pruebas realizadas y avaladas por los laboratorios certificados.
MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO. 7.2.1 Condiciones no aptas para la construcción de escuelas: Para la construcción de escuelas, sin menoscabo de las disposiciones legales aplicables, debe evitarse la selección de terreno que presente alguna o varias de las siguientes condiciones. a) Los ubicados a una distancia igual o menor a 500 m. del lindero más cercano a los depósitos de basura y/o de plantas de tratamiento de basura o de aguas residuales. b) Los ubicados a una distancia igual o menor a 1 km. del límite de depósitos de combustible. c) Los ubicados a una distancia igual o menor a 50 m. de las estaciones de servicios (gasolineras o gaseras). d) Los ubicados a una distancia igual o menor a 500 m. de ductos en los que fluyan combustibles (gasoductos, oleoductos, etc.), así como de instalaciones industriales de alta peligrosidad. e) Los ubicados a menos de 50 m. de las líneas de electrificación de alta tensión. f) Los ubicados a menos de 30 m. de líneas troncales de electrificación. g) Los ubicados a menos de 3 m. de ramales o líneas de distribución de alumbrado público, teléfono, telégrafo o televisión por cable. h) Los ubicados dentro de los límites de influencia de campos de aviación, según las regulaciones aplicables. i) Los ubicados en áreas de relleno provenientes de residuos industriales, químicos, contaminantes o de basura en general. j) Los ubicados en áreas que fueron cementerios. k) Aquellos que se encuentren en el área de influencia del desfogue o del embalse de una presa. l) Los ubicados dentro del derecho de vía de ductos o tuberías que conduzcan a materiales peligrosos, así como de caminos, vías de ferrocarril y cuerpos superficiales de agua, por donde se transporten materiales peligrosos. m) Los ubicados dentro del radio de afectación por radiación de centrales núcleo-eléctricas o industrias que operen productos radioactivos. n) Los ubicados sobre rellenos que contengan desechos sanitarios, industriales o químicos. o) Los que hayan sido utilizados como depósitos de materiales corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, infecciosos o radiactivos. p) Los ubicados dentro del radio de afectación derivado de algún desastre químico causado por fuga, derrame, explosión o incendio de industrias localizadas en la vecindad del mismo. q) Los ubicados en intersecciones con carreteras, vialidades primarias o vías férreas.
En el caso de construcciones exprofeso, deberá de apegarse a lo establecido en las tablas 4.2, 4.3, 4.4 o
4.5 según corresponda, del Volumen 2, Tomo I “Planeación, Programación y Evaluación”, para los requisitos dimensionales mínimos de cada terreno según su nivel de enseñanza:
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En caso de no cumplir con las dimensiones de infraestructura que se precisan en el presente instructivo y en el ANEXO 2, se deberá restringir la matrícula de acuerdo con las áreas disponibles y la autoridad educativa evaluará si las condiciones del inmueble son adecuadas, es decir, si se cumple el área de 1.41 m2 por alumno; sin embargo, en ningún caso se autorizará un número menor de 3 aulas como lo indica el ANEXO 2 antes mencionado.
Los espacios de la institución, es decir, los laboratorios, talleres y en general el plantel, deberán guardar una estricta relación entre la matrícula que puede albergar el mismo, sus dimensiones y el equipo instalado, de tal manera que se propicie el adecuado desarrollo del proceso educativo y se cumpla con lo prescrito en este Instructivo técnico.
Las instalaciones en las que se pretenda impartir Educación Media Superior deberán contar con los espacios que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas y con el equipamiento necesario que permitan el adecuado desarrollo del proceso educativo, según lo establecido en la Segunda Sección “Instalaciones” del Acuerdo 450 por el que se establecen los Lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior.
Para los efectos anteriores, el particular deberá cumplir con las especificaciones que se describen en el recuadro que se transcribe a continuación:
AULAS
CANTIDAD
Las suficientes para cubrir todos los ciclos escolares que indiquen los programas académicos, teniendo en cuenta el uso racional de los espacios, el número de alumnos que se pretende inscribir, horarios y calendarios; mínimo tres al inicio.
DIMENSIONES 6 m x 8m y 2.70 m de altura. Siendo ésta la dimensión mínima para aulas.
CAPACIDAD Máximo 34 alumnos (1.41 m2 por cada alumno). ÁREA DEL PROFESOR 1.80 m2
PASILLOS 2 Pasillos de circulación de 60 cm cada uno.
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PUERTA 1.20 m Todas las puertas para espacios utilizados por alumnos deben ser de 1.20m libres sin incluir el marco de la puerta.
ASIMISMO: ILUMINACIÓN: • Para asegurar una iluminación natural uniforme, la superficie de ventanas debe ser, por lo
menos, de 1/3 (un tercio) del área del aula. • Según INIFED 2011, la iluminación artificial en aulas debe ser entre 300 y 350 luxes. • Ventilación: Proporcionar ventilación natural cruzada de por lo menos 1/3 (un tercio) del
área de ventanas o 1/9 (un noveno) del área del aula. Para un aula de 6 x 8 x 2.7 m3
deberán renovarse 315 m3 por hora del aire del interior del aula. (Norma INIFED 2009). MOBILIARIO Y EQUIPO: • Un pintarrón o pizarrón de 2.44 m x 1.22 m. • Sillas tipo universitario (con paleta) para cada alumno, o mesas individuales o binarias. • Escritorio y silla para el maestro. • Cesto de basura.
CENTRO DE DOCUMENTACIÓN O BIBLIOTECA
DIMENSIÓN: 8m x 8m CAPACIDAD MÍNIMA: UN GRUPO COMPLETO
ACERVO BIBLIOGRÁFICO:
Acervo bibliográfico del primero y segundo semestres o módulos: 3 Títulos por asignatura y 3 ejemplares de cada título. Dicho listado deberá contener por lo menos 3 apoyos bibliográficos por asignatura o unidad de aprendizaje del plan de estudio; podrán consistir en libros, revistas especializadas o cualquier otro apoyo documental para el proceso educativo la edición de cada título deberá tener menos de cinco años de antigüedad. Dentro del centro de documentación o biblioteca, la función como centro de consulta e información documental, deberá contar con el acervo y el equipo necesarios para facilitar los servicios de búsqueda, consulta, préstamo y reproducción de documentos para las funciones académicas de la institución. Dado el carácter estratégico que un espacio así tiene para la investigación, éste deberá estar equipado con herramientas de búsqueda y demostrar la actualidad y pertinencia del acervo. En ese orden, la biblioteca deberá además servir como sala de lectura aislada del ruido, con iluminación natural y artificial. Disponer de sillas y mesas de estudio individuales o colectivas (máximo 6 alumnos por mesa).
CUBÍCULOS DE ORIENTACIÓN
DIMENSIONES: 4m x 4m
MOBILIARIO: Necesario para el orientador y dos alumnos como mínimo.
SERVICIOS SANITARIOS ZONA DE SANITARIOS PARA DOCENTES:
Un baño para hombres y uno para mujeres, independientes a los del servicio de alumnos, con un wc y un lavabo cada uno.
ZONA DE SANITARIOS PARA ALUMNOS:
Para alumnos: 3 wc, 2 mingitorios y dos lavabos. Para alumnas: 5 wc y dos lavabos. Estas cantidades son las mínimas requeridas hasta para 15 grupos. (Norma INIFED 2009) En todos los casos, el área de sanitarios deberá contar con despachadores de papel higiénico, toallas desechables para manos y despachador de jabón. Cestos de basura en cada sanitario, sistema de desodorante
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automático por zona de sanitarios. Iluminación y ventilación, tanto natural como artificial.
ÁREA DE CIRCULACIÓN EN AULAS
PASILLOS: 1.50 m
ESCALERAS: 1.50 m de ancho, con barandal a ambos lados y pasamanos a doble altura (75 y 90cm) e iluminación artificial (150 luxes) y ventilación natural.
ÁREA DE CIRCULACIÓN EN LA INSTITUCIÓN
PASILLOS: 1.50 m mínimo.
ESCALERAS:
1.50 m. Con doble pasamanos, iluminación artificial y ventilación natural, bordes laterales, escalones completos (apegarse a norma INIFED (Volumen 3, Tomo II)
RAMPAS:
1.00 m mínimo libres siempre y cuando exista otra forma de circulación, o bien 1.50 m libres si es el único medio de circulación. Las rampas son OBLIGATORIAS para cualquier paso que incluya un desnivel. En caso de contar con edificios y construcciones con más de un nivel, se colocará por lo menos una rampa de acceso por cada edificio siempre que estos no se encuentren conectados. En estos casos se puede optar por rampa o elevador.
ELEVADORES (opcionales):
En caso de edificios de más de un nivel puede optarse por elevador o rampa, en el caso de elevador este puede ser de tipo “montacargas” con capacidad para una persona en silla de ruedas.
ÁREAS DEPORTIVAS Y DE RECREO Mínimo una cancha de voleibol, fútbol, etc., o bien, una cancha de usos múltiples, así como áreas verdes por lo que el solicitante está obligado a contar con estas áreas dentro del plantel e invariablemente deberán de localizarse en planta baja. En caso de que el platel no cuente con canchas deportivas propias podrá utilizar otras que le sean facilitadas por cualquier otro medio (préstamo o renta), siempre y cuando lo compruebe ante la Dirección General de Educación Media Superior, y su localización estará accesible a los alumnos.
OTROS
Cooperativa escolar, alojamiento para el conserje, bodega y/o almacén para albergar enseres de aseo general, jardinería, mantenimiento, pintura, etc., área para archivo muerto.
SEÑALIZACION GENERAL Se deberá contar con la señalización tanto preventiva como de información en todo el plantel. La señalización preventiva se realizará de acuerdo a normatividad vigente (Ver Manual de Imagen y Señalización de INIFED) y marcará salidas de emergencia y áreas de encuentro. La señalización informativa se realizará colocando un rótulo en cada espacio, pudiendo ser este en cada puerta o al margen lateral de esta, contará con los requisitos mínimos para débiles visuales y/o invidentes tomando en cuenta lo requerido por la norma INIFED (Volumen 3, Tomo II).
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ÁREA ADMINISTRATIVA • De fácil acceso al público y comunicada con la zona escolar. • Con cubículos destinados a la dirección y subdirección, así como al coordinador
académico. • Con espacio físico independiente y seguro para el manejo de información administrativa. • Cubículo o sala de maestros. • Cubículos de orientación educativa. • Área de control escolar, con mobiliario exclusivo para esta actividad, con archiveros que
resguarden los kardex y documentación oficial. • Zona de recepción o atención al público.
TALLERES Y LABORATORIOS (LABORATORIO POLIFUNCIONAL)
CANTIDAD MÍNIMA Uno. Por seguridad los laboratorios deberán estar instalados en planta baja.
CAPACIDAD PARA ALBERGAR
Un grupo
ÁREA MÍNIMA 64m2 (1.50m2 por alumno) con espacio suficiente para delimitar áreas de circulación y áreas de trabajo.
DIMENSIÓN 8m x 8m MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO:
• Mesas para alumnos y maestros (de material incombustible y fijas al piso, con instalación de gas, agua y energía en cada una de ellas) y bancos para cada alumno y para el maestro.
• Regadera de seguridad de 8” de diámetro con cadena, instalada en una esquina de fácil acceso y con el desagüe con pendiente.
• Extintor de polvo químico seco ABS. • Botiquín de primeros auxilios colocado a la vista de los alumnos y maestros. • Reglamento de seguridad interno de laboratorio. • Área para guardar, bajo llave, sustancias químicas o peligrosas. • Señalización de salidas, ruta de evacuación y señalamientos para reunión en caso de
siniestros.
CENTRO DE CÓMPUTO CANTIDAD DE COMPUTADORAS COMO MÍNIMO:
Entre 12 y 15 computadoras, una por cada dos alumnos. Si un grupo está conformado por 34 alumnos, se debe tener al menos 17 computadoras para que todos los alumnos tengan acceso.
CARACTERÍSTICAS DE CAPACIDAD:
Mismas que el laboratorio polifucional, para albergar un grupo.
ASIMISMO: • Una impresora conectada en red para impresión de trabajos en clase y una de reserva para
uso interno del centro de cómputo. • Espacio suficiente para delimitar áreas de circulación y áreas de trabajo. • Mesas de cómputo para alumnos y maestros, de material incombustible con cableado
oculto y conexión de tierra. • Debe tener un extintor con fluido que no dañe a los sistemas de cómputo.
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EN TODOS LOS ESPACIOS Tomar en cuenta que las instalaciones eléctricas generales deberán estar capacitadas para
que todos los alumnos se encuentren conectados con equipos del plantel o propios a la corriente eléctrica al mismo tiempo.
Todas las puertas deberán de ser de 1.00m libres más el marco como mínimo, preferentemente de 1.20m libres y abatibles a ambos lados.
Las rampas y escaleras deberán contar con doble barandal, descansos obligatorios y sin huecos entre escalones.
Deberá contar con un mínimo de 2 bebederos por cada 1000 alumnos. Todo el plantel deberá contar con guías podotáctiles. Tomar en cuenta núcleos para personas con discapacidad. Apegarse a Normativa de INIFED Vigente. Para bachillerato, en cualquier modalidad, se deberá contar con centro de cómputo para
la asignatura de informática.
El área de control escolar forzosamente deberá contar con equipo de cómputo, al resultar indispensable para todas las actividades que se realizan, ya que los reportes que se entregarán a esta Secretaría serán a través de archivos digitales.
El plantel deberá contar con laboratorio polifuncional para prácticas de química, física y biología y con
la instrumentación y reactivos necesarios para la realización de las prácticas.
Para el caso del bachillerato virtual, es obligado referirse a lo dispuesto por el artículo 18 del Reglamento en Materia de Otorgamiento, Refrendo y Revocación de Incorporación de Instituciones particulares al Sistema Educativo Estatal, donde se encuentran los requisitos para esta opción. En ningún caso se podrá considerar que la virtualidad es del cien por ciento. Para esta opción será indispensable además ajustarse a lo establecido en los Acuerdos Secretariales 445, particularmente al artículo 4, fracción III y los artículos 16 y 18 del Acuerdo 450 por el que se establecen los lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior, deberá contar con el software correspondiente para los laboratorios de química y física, además de un módulo mínimo de laboratorio polifuncional.
Para bachillerato tecnológico: Dentro de las instalaciones, se deberá contar con talleres equipados de
acuerdo con las especialidades que ofrecerá el bachillerato, así como los talleres para computación. Estas instalaciones estarán sujetas a la visita de inspección para su autorización.
En razón de lo anterior y, en los mismos términos, la autoridad educativa autorizará o negará el uso de las instalaciones presentadas para prestar servicios educativos y, en su caso, señalará la población estudiantil máxima que podrá ser atendida en el plantel en condiciones higiénicas, seguras y pedagógicas.
En caso de pretender impartir el bachillerato en opción virtual, adicionalmente a lo antes descrito, el particular deberá especificar en la solicitud lo siguiente:
El equipo, los materiales y las tecnologías de la información, señalando la capacidad y características de la plataforma y del servidor, el cual deberá garantizar la atención a un número simultáneo de docentes y alumnos;
La población estudiantil máxima que podrá ser atendida, en función de la capacidad tecnológica con que cuente;
Las instalaciones para la atención de alumnos con fines de orientación y asistencia; consulta bibliográfica de manera física o a través de bases remotas, y para aplicación de evaluaciones, según se indica en el ANEXO 3, parte 2 del presente instructivo.
Otras instalaciones y equipamiento necesarios, en función del servicio educativo que el particular pretende brindar en la opción virtual, y que permita llevar a cabo las actividades de aprendizaje descritas en cada programa de estudios.
Conforme al acuerdo legislativo número 264-LXI-10, las escuelas deberán garantizar, el acceso, movilidad y desplazamiento para personas con capacidades diferentes,
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ANEXO 5. Se deberán apegar a la normatividad VIGENTE de accesibilidad universal de acuerdo con lo establecido por INIFED. 16.- APEGARSE A LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO OFICIALES.
Deberá llenar y firmar el formato denominado ANEXO 3 parte 1 y parte 2 que contiene la carta compromiso para impartir los planes y programas de estudios oficiales, y la bibliografía que se utilizará en el curso.
ANEXO 3, parte 1 Plan y Programa. Carta–compromiso para el caso en que el particular desee impartir el plan y programas de estudio establecido por la autoridad educativa y mapa curricular de la oferta educativa para previa revisión por la autoridad educativa. Una vez que se cuente con la autorización del acuerdo de incorporación y la clave de centro de trabajo, deberá presentar a la Dirección Académica de Educación Media Superior la solicitud de autorización en el formato oficial requerido para cada modalidad y opción educativa una vez solventadas las observaciones hechas en la revisión, en caso de existir.
ANEXO 3, parte 2 Bibliografía. Descripción del acervo bibliográfico. La edición de cada título deberá tener no más de 5 años de antigüedad. Este formato deberá llenarse de conformidad a la guía que se acompaña a dicho documento.
17.- FUNDAMENTACIÓN DE LA CREACIÓN DE LA NUEVA INSTITUCIÓN.
Es necesario fundamentar la creación de una nueva institución o la ampliación de un servicio educativo que se ofertará a través de una institución particular.
La propuesta deberá ser sólida y basada en necesidades específicas que permitan dar soluciones efectivas y oportunas a la demanda de Educación Media Superior, es por ello que dentro de la solicitud deberá mencionarse este punto, haciendo un análisis profundo a fin de conocer la opción que se pretende ofertar por el particular en este nivel.
La identificación de las necesidades debe comprender el ámbito social, profesional e institucional. Se hará referencia a las necesidades de atención en educación media superior que serán resueltas por el ejercicio profesional del egresado y, si es necesario, verificar si presenta un análisis cualitativo y cuantitativo, así como las fuentes de información correspondientes, donde se señalarán las demandas sociales que deben cubrir las instituciones para la atención de necesidades de Educación Media Superior.
Deberá presentar el ideario, los principios y la filosofía educativa de la Institución, los objetivos que orientan las actividades de la misma y sus líneas generales de acción, resaltando los valores, la misión y la visión; y en el plano normativo.
18.- PERFIL DE INGRESO Y DE EGRESO. Independientemente de la modalidad y de la opción educativa para la que se solicita el
reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, los planes y programas deberán cubrir las competencias genéricas y las disciplinares básicas. Éstas constituyen, a partir de ahora, el Marco curricular que será común a todo bachillerato; permitirá asimismo, que dentro de las diferentes modalidades y opciones, se puedan dar la movilidad y la portabilidad de los alumnos en todo el territorio nacional, incluso en el extranjero. En todo caso, se deberá sujetar a lo previsto en el Acuerdo Secretarial 444, por el que se establecen las competencias que constituyen el Sistema Nacional de Bachillerato.
Se presentará igualmente una propuesta del perfil del egresado, que deberá contener necesariamente las nociones que expresan conocimientos, habilidades y actitudes que se consideran los mínimos necesarios de cada campo disciplinar para que el egresado se desarrolle de manera eficaz en diferentes contextos y situaciones a lo largo de su vida. Este perfil de egreso deberá contener el conjunto de competencias que expresan las capacidades que todo estudiante debe adquirir, independientemente del plan y programa de estudios que curse, así como la trayectoria académica o laboral que elija al terminar sus estudios de bachillerato.
En este apartado, se deberá hacer énfasis en el nivel de oportunidad de ingreso a las diversas opciones de educación superior que se localizan en las diferentes zonas del estado y considerando la
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posibilidad de un mercado de trabajo real, vinculado con la necesidad y problemática a atender de la población que sólo realice estudios a nivel medio superior.
19.- REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN. Deberá elaborar y presentar el reglamento interno de la institución, el cual deberá marcar los
aspectos normativos que regulan la formación y el funcionamiento con el fin de manifestar un desarrollo conjunto entre la institución y los alumnos.
La reglamentación de la institución deberá basarse en la no discriminación y trato equitativo a los educandos, además de apegarse a las disposiciones legales y administrativas dictadas por ésta Secretaría.
Dicho reglamento debe contener al menos los siguientes componentes: Requisitos de ingreso, promoción y permanencia de alumnos; Periodos de inscripciones y reinscripciones; Calendario escolar; Colegiaturas, formas y periodos de pago; Derechos y obligaciones de los alumnos; Tipos de baja de los alumnos; Reglas para el otorgamiento de becas; Requisitos y procedimientos de evaluación:
Escalas de calificaciones. Exámenes ordinarios y extraordinarios. Acreditación de las asignaturas. En su caso, exámenes a título de suficiencia u otros tipos de evaluación.
Movilidad estudiantil; Requisitos para el servicio social, en su caso; Expedición de certificado parcial o total, y en su caso, de título de profesional técnico, así
como costos y formas de pago; Reconocimientos académicos, en su caso; Aspectos de comercialización del servicio educativo, conforme a lo dispuesto en el acuerdo
que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de marzo de 1992;
Infracciones, medidas disciplinarias y sanciones. Procedimiento para la aplicación de sanciones.
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INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIOS CUANDO SE CUENTE CON AUTORIZACIÓN O RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS
De conformidad a lo que dispone el artículo 50 del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Jalisco en materia de Otorgamiento, Refrendo y Revocación de Instituciones Particulares al Sistema Educativo Estatal, los particulares que ya cuentan con acuerdo de autorización o reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, por ningún motivo podrán implementar cambios en cuanto a representante legal, domicilio o turno, entre otros, si de manera previa no cuentan con autorización por parte de la autoridad educativa, en este caso de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa, para realizarlos. GENERALIDADES:
La solicitud de cambios contenida en el formato denominado COTEJO PARA CAMBIOS deberá ser suscrita por el titular del acuerdo de incorporación (persona física o jurídica), en este último supuesto a través del representante legal, en términos del punto anterior.
Dicha solicitud se presentará ante la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Educativa.
A la petición deberá acompañarse copia del acuerdo mediante el cual se otorgó autorización o reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.
Los requisitos que se precisan en cada supuesto, deberán presentarse en original para cotejo y 2 copias simples en tamaño carta) con el expediente completo, legible y acomodado conforme al orden requerido en el instructivo (uno para entregar y otro como su acuse), deberán estar engargolados o integrados en carpeta de tres aros, con divisiones que permitan identificar de manera ágil los requisitos, y 2CD´S RW regrabables que contengan grabada la información y documentación ordenada y separándola por carpetas, nombrando cada archivo ajustándose al orden requerido en el presente instructivo.
Todos los formatos exigidos en este apartado deberán presentarse impresos con la firma original del propietario o su representante legal. Para su presentación deberán atender a las instrucciones generales del presente documento.
Las solicitudes de autorizaciones de cambio de domicilio o de cambio de representante legal, podrán presentarse en cualquier tiempo.
Las solicitudes de autorización para ampliación de turno, se sujetan a las fechas de la convocatoria para obtener autorización o reconocimiento de validez oficial publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.
Cambio de Domicilio: Deberá presentarse la solicitud contenida en el formato COTEJO PARA CAMBIOS acreditando su
personalidad en los términos del punto 1 de Indicaciones Generales, asimismo deberá cubrir los puntos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado “Requisitos para obtener el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir Educación Media Superior”, que se precisan en el presente documento.
Cambio de Representante Legal:
Deberá presentarse solicitud por escrito, la que firmará quien tenga personalidad para realizar el trámite, en favor de la persona jurídica correspondiente, a la que se acompañará la siguiente documentación:
a) Acta de Protocolización Notariada, por los que se acredite la personalidad de quien fungirá como nuevo representante legal; en su caso, el poder notarial respectivo.
b) Constancia o documento que acredite que el particular solicitante ha realizado el refrendo inmediato anterior a la fecha de la solicitud (si la solicitud se presenta del 2 de marzo al 30 de septiembre de 2015, además de la constancia de refrendo 2014, deberá acompañar:
1. El documento que acredite la ocupación legal del inmueble, conforme a las especificaciones del apartado 10 de los “Requisitos para obtener el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir Educación Media Superior “.
2. Licencia Municipal definitiva por el año 2015, respecto al giro y nivel educativo. 3. Recibo de pago por el estudio y la resolución de la solicitud
(si la solicitud se presenta del 1 de octubre al 18 de diciembre de 2015 además del
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documento notariado descrito, se deberá acompañar la constancia de refrendo 2015 y el pago por el estudio y la resolución de la solicitud).
Ampliación de Turno:
Deberá presentarse la solicitud contenida en el formato COTEJO PARA CAMBIOS acreditando su personalidad en los términos del punto 1 de indicaciones generales, asimismo deberá cubrir los puntos 3, 4, 10, 11, 12 y 13 del apartado “Requisitos para obtener el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Educación Media Superior”, debiendo acompañar la constancia o documento que acredite que el particular solicitante ha realizado el refrendo inmediato anterior a la fecha de la solicitud el acuerdo de incorporación que se precisan en el presente documento.
Modificaciones a la currícula:
Cuando el particular pretenda cambiar la currícula autorizada, los objetivos generales, el perfil de egreso y deberá presentar la solicitud contenida en el Formato; el perfil de egreso; deberá presentar la solicitud contenida en el formato COTEJO PARA CAMBIOS, acreditando su personalidad en los términos del punto 1 de indicaciones generales, asimismo deberá cubrir los puntos 11, 12 y 16, del apartado “Requisitos para obtener el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Educación Media Superior”, debiendo acompañar la constancia o documento que acredite que el particular solicitante ha realizado el Refrendo inmediato anterior a la fecha de la solicitud el acuerdo de incorporación, el acuerdo mediante el cual se otorgó el reconocimiento de Validez Oficial de Estudios motivo de su modificación, la currícula aprobada para operar el curso en cuestión y cualquier otro documento que al efecto indique en nivel educativo.
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DGAIRE/2015
PRESENTE:
TIPO DE TRÁMITE (SELECCIONE ÚNICAMENTE UN TIPO)
BACHILLERATO GENERAL MATUTINO ESCOLARIZADA CUATRIMESTRALBACHILLERATO TECNOLÓGICO VESPERTINO NO ESCOLARIZADA SEMESTRALBACHILLERATO INTENSIVO SEMIESCOLARIZADO NOCTURNO MIXTA ANUALBACHILLERATO VIRTUAL DISCONTINUO MODULAREDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA OTRO (ESPECIFIQUE)OTRO (ESPECIFIQUE) PRESENCIAL
INTENSIVAFEMENINO VIRTUALMASCULINO AUTOPLANEADAMIXTO MIXTA
R.F.C.
TRABAJO
DATOS GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL SI ES PERSONA JURÍDICA*ACOMPAÑAR: ACTA DE NACIMIENTO DEL REPRESENTANTE LEGAL, IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE ,
CÉDULA FISCAL, ACTA CONSTITUTIVA, PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL
RAZÓN SOCIALR.F.C. DE LA RAZÓN SOCIAL
TELÉFONO (LADA + NÚMERO) FAX (LADA + NÚMERO) CORREO ELECTRÓNICO
CALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA
CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD FEDERATIVA
NACIONALIDADDOMICILIO DE LA PERSONA FÍSICA
TIPO DE DOMICILIO CASA FISCAL
Dicho inmueble se encuentra libre de controversias legales y administrativas que impidan la prestación del servicio educativo, así mismo lavigencia del contrato que da origen a su ocupación se asegura para el ciclo escolar 2015-2016.
DATOS GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL SI ES PERSONA FISICA*ACOMPAÑAR: ACTA DE NACIMIENTO, IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE, CÉDULA FISCAL
APELLIDO PATERNO , MATERNO Y NOMBRE (S)FECHA DE NACIMIENTO
TELÉFONO (LADA + NÚMERO), DOS POR LO MENOS FAX (LADA + NÚMERO) CORREO ELECTRÓNICO (TRES POR LO MENOS)
CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD FEDERATIVA
OPCIONES
ALUMNADO
DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓNCALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA
NOMBRE COMPLETO DEL PLAN DE ESTUDIOS
NIVEL DE ESTUDIOS TURNO MODALIDAD CICLO
RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS CAMBIO DE REPRESENTANTE LEGALAUTORIZACIÓN CAMBIO DE DOMICILIO
OTRO (ESPECIFIQUE)
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA INSTITUCIONES PARTICULARES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO
FECHA:
(DÍA / MES / AÑO)
Con fundamento en los artículos 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 117 y 120 de la Ley de Educación del Estado deJalisco, comparezco a solicitar el reconocimiento de validez oficial de estudios para impartir Educación Media Superior, para efecto de lo cual,BAJO PROTESTA DE CONDUCIRME CON VERDAD HAGO DE SU CONOCIMIENTO QUE LOS DATOS QUE A CONTINUACIÓN SE PROPORCIONAN SONCIERTOS.
FORMATO 1
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1.-2.-3.-
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
TELÉFONOSCORREO ELECTRÓNICO
EN TÉRMINOS DE LO ANTES EXPUESTO DECLARO QUE TENGO CONOCIMIENTO DE LAS PENAS EN QUE INCURREN LAS PERSONAS QUE DECLARAN CONFALSEDAD ANTE UNA AUTORIDAD DISTINTA A LA JUDICIAL Y ACEPTO QUE EL DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN SEA EL MISMO DOMICILIO PARA RECIBIRNOTIFICACIONES Y QUE AUTORIZO PARA OÍRLAS Y RECIBIRLAS A LA(S) SIGUIENTE(S) PERSONA(S):_________________________________________________.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD
NOMBRE DEL PLANTEL EDUCATIVO (EN CASO DE CONTAR CON OTROS RECONOCIMIENTOS)
PERSONAL DESIGNADO PARA REALIZAR LAS DILIGENCIAS PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE ESTA SOLICITUDAPELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE (S)
NOMBRES PROPUESTOS PARA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA (SÓLO PARA NUEVAS INSTITUCIONES)
TELÉFONO (LADA + NÚMERO) FAX (LADA + NÚMERO) CORREO ELECTRÓNICO
DOMICILIO DE LA PERSONA JURÍDICACALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA
CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD FEDERATIVA
NOMBRE DEL REPRESENTANTENOMBRE DEL APODERADO LEGAL CORREO ELECTRÓNICO
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCOPRESENTE: FECHA
1.- DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
1.-
2.-
3.-
1.-NOMBRE SOLICITADO
2.-NOMBRE AUTORIZADO
3.- NIVEL EDUCATIVO
4.-CLAVE DE CENTRO DE TRABAJO
5.-NÚMERO DE ACUERDO
6.-AUTORIDAD QUE LO OTORGA
** ANEXAR JUSTIFICACIÓN POR CADA NOMBRE (BIOGRAFÍA Y BIBLIOGRAFÍA)
** EN CASO DE SOLICITAR RATIFICACIÓN DE NOMBRE , DEBERÁ ANEXAR COPIA DEL ACUERDO DE INCORPORACIÓN OTORGADO PARA OTRO NIVEL
NOMBRES PROPUESTOS
COLONIA
NOMBRES PARA RATIFICACIÓN ESTE CAMPO SE LLENA EN CASO DE CONTAR CON OTRA INCORPORACIÓN Y DESEE CONSERVAR EL MISMO NOMBRE
CORREO ELECTRÓNICO (TRES POR LO MENOS)
TELÉFONO (LADA + NÚMERO)
(DOS POR LO MENOS)FAX
FORMATO 2SOLICITUD PARA LA AUTORIZACIÓN DE NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN
NOMBRE (S)APELLIDO PATERNO
CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO ENTIDAD FEDERATIVA
APELLIDO MATERNO
DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓNCALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR
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BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
ACEPTO QUE EL REGISTRO DEL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN O PLANTEL NO ENTRAÑA NINGUNA OBLIGACIÓN
PARA LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO, CON RESPECTO AL RECONOCIMIENTO DE
VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS, NI LE CONFIERE AL SUSCRITO DERECHO O PRERROGATIVA ALGUNOS, YA QUE DE
ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 3º CONSTITUCIONAL Y 54 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, DEBERÁ
OBTENERSE EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS PARA CADA PROGRAMA ACADÉMICO
QUE IMPARTAN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES.
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FORMATO 3
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
Facilitar y colaborar en las actividades de evaluación que la Secretaría realice u ordene.
Contar con un documento normativo propio de la institución en la que se incluyen los requisitos de admisión, inscripción,reinscripción, permanencia, acreditación de los alumnos, y las características académicas que deben reunir los docentes queparticipen en el programa.
Observar lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco, referente a la obligación de mencionar,en toda su documentación y publicidad que expida, la fecha y número del acuerdo por el cual se otorgó el Reconocimiento deValidez Oficial de Estudios, así como la Institución que lo expidió.
Cumplir y hacer cumplir, con el personal de la institución, las disposiciones del artículo 3º de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Ley de Educación del Estado y las normas correlativas que se dicten enmateria educativa, en el entendido de no aceptarlas o de no cumplir con lo señalado en esta solicitud, la Secretaría deEducación estará en facultad de retirar el reconocimiento de validez oficial que, en su caso, se haya concedido.
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS OBLIGACIONES QUE ADQUIERE EL PARTICULAR
El (la) suscrito (a) ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL,según sea el caso**** de ****EN CASO DE PERSONA JURÍDICA, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , Representante Legal de laInstitución declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente solicitud son ciertos y declara también queel inmueble reúne las condiciones de seguridad e higiénicas necesarias para impartir el plan y programa de estudio que es objeto de lapresente solicitud, asimismo, manifiesta que la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco, le ha dado a conocer previamente losrequisitos y lineamientos necesarios para la obtención del reconocimiento de validez oficial de estudios, y manifiesta su conformidadcon éstos. De igual forma, el suscrito acepta cumplir y se compromete con las siguientes obligaciones derivadas del otorgamiento, en su caso, del reconocimiento que se solicita:
Cumplir con el plan y los programas de estudios, objeto de este reconocimiento de validez oficial de estudios, que la Secretaríade Educación del Estado de Jalisco considere procedente.
Contar con una plantilla de profesores que acredite la preparación adecuada para impartir el programa académico dereferencia, de conformidad con los requisitos que la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco señale.
Facilitar y colaborar en las actividades de inspección y vigilancia que la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco realice uordene.
Proporcionar las becas en los términos que señala la Ley de Educación de Jalisco y de los lineamientos generales, que estaSecretaría determine.
Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Diario Oficial de la Federacióndel 4 de septiembre de 1986.
Guardar una relación armónica y complementaria entre las funciones de docencia, investigación y difusión de la cultura.
Contar con el acervo bibliográfico y los recursos didácticos requeridos para el desarrollo del plan de estudios y sus respectivosprogramas.
Presentar ante la Secretaría de Educación, para su registro y autentificación los formatos oficiales de registro de inscripciones,altas, bajas o cambios de calificaciones y las certificaciones de estudio respectivas.
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BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Observar lo dispuesto en el Acuerdo 488 por el que se modifican los diversos números 442, 444 y 447 por los que se establecen:el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad; las competencias que constituyen el marco curricular común delSistema Nacional de Bachillerato, así como las competencias docentes para quienes impartan educación media superior en lamodalidad escolarizada, respectivamente.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo 656 por el que se reforma y adiciona el Acuerdo número 444 por el que se establecen lascompetencias que constituyen el marco curricular común del Sistema Nacional de Bachillerato, y se adiciona el diverso número486 por el que se establecen las competencias disciplinares extendidas del bachillerato general.común del Sistema Nacional de Bachillerato, así como las competencias docentes para quienes impartan educaciónmedia superior en la modalidad escolarizada, respectivamente..
Observar lo dispuesto en el Acuerdo que establece los lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartanel bachillerato en la modalidad intensiva semiescolarizada en Jalisco
Observar lo dispuesto en el Acuerdo que establece los lineamientos de operación a los que se deberán ajustar quienes impartanel bachillerato virtual en Jalisco.
Se compromete a no ofrecer este servicio, hasta contar con el reconocimiento por escrito por parte de la Dirección General deAcreditación, Incorporación y Revalidación Educativa. Si ya lo ofrece deberá indicar en su publicidad la leyenda“Estudios sin Reconocimiento de Validez Oficial”. El haber iniciado este trámite no le asegura la Incorporación y ésta, en caso deobtenerla, no será retroactiva.
Soy conocedor de que las obligaciones señaladas en el presente documento son enunciativas más no limitativas, por lo que enestos momentos me comprometo a cumplir con todas y cada una de las disposiciones que se deriven del presente documento,así como de la Ley General de Educación, Ley de Educación del Estado de Jalisco; y de las disposiciones reglamentarías yacuerdos que en materia de estas leyes resulten aplicables, y en estos momentos me doy por enterado de que, de no cumplircon dichas obligaciones seré acreedor de las sanciones que de dicha normatividad se deriven; las cuales pueden consistir enmultas, revocación de autorizaciones o hasta la clausura del plantel, sin perjuicio de las penales y de otra índole que puedanresultar.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo 486 por el que se establecen las competencias disciplinares extendidas del BachilleratoGeneral.
Acatar las normas, que en materia de reconocimiento de validez oficial de estudios establezca la Secretaría de Educación.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo número 442 por el que se establece el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco dediversidad.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo número 444 por el que se establecen las competencias que constituyen el MarcoCurricular Común del Sistema Nacional de Bachillerato.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo número 445 por el que se conceptualizan y definen para la Educación Media Superior lasopciones educativas en las diferentes modalidades.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo número 449 por el que se establecen las competencias que definen el perfil de Directoresen los planteles que imparten educación de tipo Media Superior.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo 450 por el que se establecen los lineamientos que regulan los servicios que los particularesbrindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior.
Observar lo dispuesto en el Acuerdo número 447 por el que se establecen las competencias docentes para quienes impartaneducación media superior en la modalidad escolarizada.
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FORMATO 4
LOCALIDAD
CÓDIGO POSTAL
¿El inmueble comparte espacio con otros giros comerciales? No ( )
Si ( ) Anote que tipo de giro: ________________________________________________________
Croquis 2 Observaciones
CROQUIS DE UBICACIÓN DE INMUEBLE
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGALNOMBRE (S) APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO
CALLE Y NÚMERO COLONIA MUNICIPIO
PROPUESTA DE NOMBRE PARA EL PLANTEL TELÉFONO / EXT. FAX / EXT.
Si ( ) Especifique a cuantos metros se encuentra: ___________________
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Nota: Marcar el número de inmueble ubicado, según la calle
En las cercanías del plantel ¿existen centros de entretenimiento exclusivamente para adultos? (cantinas, billares, centros de apuestas o espectáculos para adultos y similares) No ( )
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**PRESENTAR EL DOCUMENTO QUE ACREDITE LA POSESIÓN LEGAL
NÚMERO DE LÁMPARAS:
VENTILACIÓN
NÚMERO DE BUTACAS:
PLAN DE ESTUDIOS QUE SE IMPARTE AULA 1 AULA 2 AULA 3
ILUMINACIÓN
OTROS
ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN EN LAS AULAS
ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN EN LAS AULAS MUY BUENA = MB SUFICIENTE = S INSUFICIENTE = I
CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO MIXTONINGUNO
EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR VESPERTINOEDUCACIÓN SUPERIOR NOCTURNO
ACERCA DE LAS AULAS
ESTUDIOS QUE SE IMPARTEN EN EL INMUEBLE ACTUALMENTE
CANTIDAD DE ALUMNOS
TURNOS EN QUE SE IMPARTE EDUCACIÓN ACTUALMENTE
CANTIDAD DE ALUMNOS
EDUCACIÓN BÁSICA MATUTINO
AUTORIDAD QUE EXPIDIÓ EL OFICIO:
NOMBRE DE LA DEPENDENCIA QUE LO EXPIDIÓ:
AYUNTAMIENTO QUE OTORGÓ EL USO DE SUELO:
AUTORIDAD QUE EXPIDIÓ EL REGISTRO: VIGENCIA DEL REGISTRO:
OFICIO DE USO DEL SUELO
FECHA DE EXPEDICIÓN DEL OFICIO:
FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA: VIGENCIA DE LA CONSTANCIA:
NOMBRE DEL PERITO: REGISTRO DEL PERITO:
OTRO (ESPECIFIQUE)
CONSTANCIA DEL PERITAJE DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL DEL INMUEBLE
DATOS DE LA AUTORIDAD Y DEL PERITO QUE EXPIDIÓ LA CONSTANCIA
AUTORIDAD QUE EXPIDIÓ LA CONSTANCIA:
RENTADO ADAPTADO CONSTRUIDOSEN COMODATO MIXTO
CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE DIMENSIONES EN M2
PROPIO CONSTRUIDO PARA ESCUELA PREDIO
PÁGINA WEB
FAXTELÉFONO (LADA + NÚMERO) (ANOTAR DOS POR LO
MENOS)CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL
CÓDIGO POSTAL DELEGACIÓN O MUNICIPIO
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FORMATO 6
DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓNCALLE Y NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA
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**AGREGUE LOS CUADROS QUE SEAN NECESARIOS DE ACUERDO A LA CANTIDAD DE AULAS EXISTENTES**
SEÑALIZACIÓN DE SALIDAS, RUTAS DE EVACUACIÓN Y PUNTOS DE REUNIÓN EN CASO DE SINIESTRO
BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS
REGADERA DE CADENA DE 8" DE DIÁMETROEXTINTOR DE POLVO QUÍMICO SECO ABS
ÁREA DE TRABAJO PARA EL PROFESOR Y LOS ALUMNOSMESA CENTRAL CON SERVICIO DE GAS, AGUA Y CORRIENTE ALTERNA
DESCRIPCIÓN SI NO
ÁREA PARA GUARDAR SUSTANCIAS QUÍMICAS O PELIGROSAS
EQUIPAMIENTO
MOBILIARIO Y EQUIPO DEL LABORATORIO POLIFUNCIONAL
NÚMERO DE BANCOS TIPO RESTIRADOR
CONCEPTO LABORATORIO POLIFUNCIONAL LAB. DE ESPECIALIDADES TALLERES
MOBILIARIO
AIRE ACONDICIONADO ¿EN QUÉ ÁREA?:
ACERCA DE TALLERES Y LABORATORIOS
ESTADO DEL MOBILIARIO Y EQUIPO DE TALLERES Y LABORATORIOSESTADO BUENO = B MALO = M REGULAR = R
CAJONES DE ESTACIONAMIENTO
ÁREAS RECREATIVASÁREAS DEPORTIVAS
CAFETERÍAAUDITORIO O AULA MAGNABIBLIOTECA SALA DE JUNTASSALA DE MAESTROSATENCIÓN A PADRES DE FAMILIAATENCIÓN A ALUMNOS OFICINAS ADMINISTRATIVAS
VENTILACIÓN
DIRECCIÓN
ACERCA DE LAS ÁREAS
ÁREAS EN EXISTENCIA ANOTAR: MB, S, IDESCRIPCIÓN DEL ÁREA CANTIDAD SI NO ÁREA EN M2 ILUMINACIÓN
SEÑALIZACIÓN DE SALIDAS, RUTAS DE EVACUACIÓN Y PUNTOS DE ENCUENTRO
CESTO PARA BASURAOTRO MATERIAL DIDÁCTICOVIDEOGRABADORA O DVDTELEVISIÓNPIZARRÓN O PINTARRÓNESCRITORIO PARA MAESTRO
DESCRIPCIÓN AULA 1 AULA 2 AULA 3SI NO SI NO SI NO
**AGREGUE LOS CUADROS QUE SEAN NECESARIOS DE ACUERDO A LA CANTIDAD DE AULAS EXISTENTES**.
EQUIPO Y MOBILIARIO EN AULAS
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LAVABOS
MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO EN SANITARIOS
MOBILIARIO: CANTIDAD
TECHOSTIPO DE MATERIAL:
ESTADO:
EXCUSADOS CON ASIENTO
MUROSTIPO DE MATERIAL:
ESTADO:
PISOSTIPO DE MATERIAL:
ESTADO:
ESTADO: BUENO = B MALO = M REGULAR = R
DESCRIPCIÓN CONCEPTOCOMUNITARIOS (USADOS
POR ALUMNOS Y MAESTROS)PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO
ALUMNOS
HOMBRES MUJERES
TECHOS: CONCRETO = 1 METÁLICO = 2MADERA =
3ASBESTO = 4 PLÁSTICO = 5
MUROS: CONCRETO = 1 TABLA ROCA = 2MADERA =
3
EXTINTOR
SANITARIOS
TIPO DE MATERIALES Y ESTADO DE LA CONSTRUCCIÓN
PISOS: LOSETA = 1 CEMENTO = 2MADERA =
3VINIL = 4
SEÑALIZACIÓN DE SALIDAS, RUTAS DE EVACUACIÓN Y PUNTOS DE REUNIÓN EN CASO DE SINIESTRO
BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS
HERRAMIENTA Y/O EQUIPO ES OBSOLETOCESTOS DE BASURA
HERRAMIENTAS Y/O EQUIPOS DE ESPECIALIDADESHERRAMIENTAS Y/O EQUIPOS EN BUENAS CONDICIONES Y FUNCIONANDO
EXTINTOR
EQUIPO Y HERRAMIENTAS EN EL TALLER
DESCRIPCIÓN SI NO
SEÑALIZACIÓN DE SALIDAS, RUTAS DE EVACUACIÓN Y PUNTOS DE REUNIÓN EN CASO DE SINIESTRO
BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS
TELEVISIÓNREPRODUCTOR DE VIDEOCASETES O DVD
PROYECTOR O CAÑÓNPANTALLA
CONEXIÓN PARA COMPUTADORAS EN REDCONEXIÓN A INTERNET PARA LAS COMPUTADORAS
DESCRIPCIÓN SI NO
ESCRITORIO PARA MAESTRO CON SILLA
MOBILIARIO Y EQUIPO DEL LABORATORIO DE ESPECIALIDADES
NÚMERO DE BANCOS TIPO RESTIRADORNÚMERO DE LÁMPARAS
NÚMERO DE COMPUTADORAS
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DGAIRE/2015
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados son ciertos, que el inmueble se encuentra libre de controversias administrativas ojudiciales, que he realizado los trámites exigidos por autoridades no educativas, que se cuenta con el documento que acredita la legal ocupacióndel inmueble, y que se destinará al servicio educativo. De igual forma, me comprometo a cumplir con las obligaciones que a futuro se requieran anteotras autoridades.
CESTOS DE BASURA
RELACIÓN DE INSTITUCIONES DE SALUD ALEDAÑAS, SERVICIOS DE AMBULANCIA U OTROS SERVICIOS DE EMERGENCIA A LOS CUALES RECURRIRÁ LA INSTITUCIÓN EN CASO DE ALGUNA CONTINGENCIA
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN TIEMPO APROX. (MINUTOS) PARA LLEGAR A LA ESCUELA
DESPACHADOR DE TOALLAS DE PAPEL PARA SECAR MANOS O SECADORAPORTARROLLOS PARA PAPEL HIGIÉNICO
ESPEJOSJABONERAS
PUERTAS Y MAMPARAS PARA SEPARAR EXCUSADOSMAMPARAS PARA SEPARAR MINGITORIOS
EQUIPAMIENTO: SI NO
MINGITORIOS
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FORMATO 6.1
CANTIDAD CAPACIDAD EQUIPAMIENTO
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LOS DATOS ASENTADOS SON CIERTOS Y QUE HE REALIZADO LOS TRÁMITES EXIGIDOSPOR AUTORIDADES NO EDUCATIVAS.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDADNOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES ASIGNATURA QUE ATIENDE
DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES ESPECIALES
NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O PERSONA JURÍDICA
NOMBRE COMPLETO DEL PLAN DE ESTUDIOS
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Página 18 FORMATO COTEJO SOLICITUD
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
***Nota: Deberá llenar los espacios con la información contenida en el documento exhibidos.
a) Acta de nacimiento e identificación oficial con fotografía con folio ******* a nombre de *******.
b) Acta constitutiva número *******, extendida ante la fe del Lic. *******, Notario Público número ****** del Municipio de *******, queacredita al C. *******como representante legal del (la) ********.
c) El contrato de *******, celebrado con ****************, que acredita a ****ESCRIBA EL NOMBRE DEL PROPIETARIO O REPRESENTANTELEGAL**** , como ***TRANSCRIBA LA LEYENDA POSEEDOR O PROPIETARIO, de acuerdo a la calidad con que ocupe el inmueble *****, delinmueble ubicado en *******, colonia *******, Municipio *******, que cubre la vigencia del ciclo escolar motivo de la presente solicitud.
d) Dictamen de seguridad estructural emitido el día ************* por el (la) C. ***NOMBRE DEL PERITO***, en su carácter de peritoespecializado que pertenece al Colegio de Profesionistas denominado ***************, Colegio que está debidamente registrado ante laDirección de Profesiones del Estado, lo cual se acredita con *********; dictamen que advierte que el inmueble cumple con las normas deconstrucción.
e) El dictamen favorable de uso de suelo con folio ********* de fecha *********** con clave ********* en el que se especifique el niveleducativo que se pretende impartir.
f) Licencia municipal de fecha ******** con número de folio ******** la cual deberá especificar el nivel educativo que se desea impartir.
g) El aviso de funcionamiento a la Secretaría de Salud, con fecha de expedición ************** con clave **************** mismo quedeberá especificar el nivel educativo que ha de impartirse.
h) Documento con el que acredito que se cuenta con una línea telefónica fija en el inmueble donde se instalará el plantel. Contratocelebrado con la empresa *********** de fecha *********** con número telefónico ***************** en el domicilio ************ o factura deservicio telefónico extendido por la empresa ************, respecto a la línea telefónica *********** que se localiza en el domicilio **********.
i) El recibo de pago por el estudio y resolución de la solicitud de fecha ************ con número de folio **************, extendido por laSecretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco.
j) Dictamen emitido por la Dirección de Protección civil del Municipio de ************, de fecha ************, con número de oficio**************. (SI ES QUE SE SOLICITA EN EL INSTRUCTIVO).
El (La) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL,según sea el caso**** de ****EN CASO DE PERSONA MORAL, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , en relación a mi solicitud dereconocimiento de validez oficial de estudios para impartir Educación Media Superior, bajo protesta de conducirme con verdad hagode su conocimiento que en estos momentos exhibo ante esta autoridad los originales de los siguientes documentos:
Este documento deberá acompañarse a la solicitud de incorporación.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS PRESENTADOS PARA COTEJO
DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO.
P R E S E N T E .
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FORMATO COTEJO CAMBIOS Página 19
c) El contrato de *******, celebrado con ****************, que acredita a ****ESCRIBA EL NOMBRE DEL PROPIETARIO OREPRESENTANTE LEGAL**** , como ***TRANSCRIBA LA LEYENDA POSEEDOR O PROPIETARIO, de acuerdo a la calidad con queocupe el inmueble *****, del inmueble ubicado en *******, colonia *******, Municipio *******, que cubre la vigencia del cicloescolar motivo de la presente solicitud.
g) El aviso de funcionamiento a la Secretaría de Salud, con fecha de expedición ************** con clave **************** mismoque deberá especificar el nivel educativo que ha de impartirse.
h) Documento con el que acredito que se cuenta con una línea telefónica fija en el inmueble donde se instalará el plantel.Contrato celebrado con la empresa *********** de fecha *********** con número telefónico ***************** en el domicilio************ o factura de servicio telefónico extendido por la empresa ************, respecto a la línea telefónica *********** quese localiza en el domicilio **********.
i) El recibo de pago por el estudio y resolución de la solicitud de fecha ************ con número de folio **************, extendidopor la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco.
j) Dictamen emitido por la Dirección de Protección civil del Municipio de ************, de fecha ************, con número deoficio **************.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
f) Licencia municipal de fecha ******** con número de folio ******** la cual deberá especificar el nivel educativo que se deseaimpartir.
d) Dictamen de seguridad estructural emitido el día ************* por el (la) C. ***NOMBRE DEL PERITO***, en su carácter deperito especializado que pertenece al Colegio de Profesionistas denominado ***************, colegio que está debidamenteregistrado ante la Dirección de Profesiones del Estado, lo cual se acredita con *********; dictamen que advierte que elinmueble cumple con las normas de construcción.
e) El dictamen favorable de uso de suelo con folio ********* de fecha *********** con clave ********* en el que se especifique elnivel educativo que se pretende impartir.
a) Acta de nacimiento e identificación oficial con fotografía con folio ******* a nombre de *******.
b) Acta constitutiva número *******, extendida ante la fe del Lic. *******, Notario Público número ****** del Municipio de *******,que acredita al C. *******como representante legal del (la) ********.
Este documento deberá acompañarse a la solicitud de incorporación.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS PRESENTADOS PARA COTEJO
DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN EDUCATIVA DE LA SECRETARÍA EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO.
P R E S E N T E.
El (La) que suscribe ****ESCRIBA SU NOMBRE****, en mi carácter de *** TRANSCRIBA LA LEYENDA: PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL, según sea el caso**** de ****EN CASO DE PERSONA MORAL, ESCRIBA EL NOMBRE DE LA MISMA**** , en relación a mi solicitud de cambio al acuerdo de Reconocimiento de validez oficial de estudios para Educación Media Superior, bajo protesta de conducirme con verdad hago de su conocimiento que en estos momentos exhibo ante esta autoridad los originales de los siguientes documentos:
***Nota. En virtud de que los requisitos para cambios de los acuerdos son variados, deberá llenar el presente formato, solo con los que le son requeridos en el Instructivo. Los que no correspondan deberá borrarlos del formato.
S U M A R I OSÁBADO 14 DE MARZO DE 2015
NÚMERO 41. SECCIÓN VIITOMO CCCLXXXI
I N S T R U C T I V O T é c n i c o p a r a T r a m i t a r Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para Impartir Educación Media Superior (Convocatoria 2015). Pág. 3
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