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  • El Peruano

    544511 Sbado 10 de enero de 2015

    Aprueban criterio tcnico densidad poblacional de cumplimiento obligatorio para toda entidad involucrada en formulacin, evaluacin y aprobacin de programas o proyectos de agua potable y saneamiento para centros poblados del mbito rural

    RESOLUCIN MINISTERIAL N 002-2015-VIVIENDA

    Lima, 8 de enero de 2015

    VISTOS, el Memorndum N 196-2014-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Direccin General de Polticas y Regulacin en Construccin y Saneamiento y los Informes Ns. 073 y 097-2014-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS, de la Direccin de Saneamiento de la mencionada Direccin General;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Ley N 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, se declara a los servicios de saneamiento como servicios de necesidad y utilidad pblica y de preferente inters nacional, cuya finalidad es proteger la salud de la poblacin y el ambiente;

    Que, el artculo 2 de la citada Ley establece que, la prestacin de los servicios de saneamiento comprende la prestacin regular de servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial y disposicin sanitaria de excretas, tanto en el mbito urbano como en el rural;

    Que, el literal a)del artculo 11 del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley N 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento (TUO), aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, prev que corresponde al Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento - MVCS formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la poltica nacional y acciones del sector en materia de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones y dems medidas que correspondan;

    Que, el artculo 164 del mencionado TUO, dispone que se entender como centro poblado rural a aqul que no sobrepase de dos mil (2,000) habitantes;

    Que, el artculo 6 de la Ley N 30156, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, establece que el Ministerio es el rgano rector de las polticas nacionales y sectoriales dentro de su mbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralizacin, y en todo el territorio nacional;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 184-2012 VIVIENDA, se aprob la Gua de opciones tcnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para los centros poblados del mbito rural', con el objetivo de contar con un documento que consolide las opciones tcnicas apropiadas, tanto en agua potable como en saneamiento para los centros poblados del mbito rural; sin embargo, resulta necesario determinar el criterio tcnico para establecer la lnea de corte entre las soluciones tcnicas individuales o colectivas disponibles para brindar los servicios de agua potable y saneamiento en el mbito rural, de tal forma que se defina la alternativa econmicamente ms adecuada para cada localidad rural en particular;

    Que, segn la documentacin sealada en vistos, la Direccin General de Polticas y Regulacin en Construccin y Saneamiento del MVCS solicita la aprobacin del Criterio Tcnico para definir la lnea de corte en los proyectos de agua potable y saneamiento para los centros poblados del mbito rural';

    De conformidad, con la Ley N 30156, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, la Ley N 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, el Decreto Supremo N 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de

    Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento; y el Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley N 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento aprobado mediante el Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Objeto Aprubase el criterio tcnico densidad poblacional',

    entendido ste como la medida en nmero de habitantes por kilmetro cuadrado en un determinado mbito geogrfico.

    Dicho criterio ser utilizado para efectos de establecer una lnea de corte que permita una eficiente seleccin de soluciones tcnicas individuales o colectivas para los servicios de agua potable y saneamiento en los centros poblados del mbito rural.

    Artculo 2.- Seleccin de las Soluciones Tcnicas La seleccin de la solucin tcnica individual o

    colectiva en agua y saneamiento en un determinado centro poblado rural se realizar en base a las siguientes categoras:

    a) Centro poblado rural con muy baja y baja densidad poblacional;

    b) Centro poblado rural con regular densidad poblacional; y,

    c) Centro poblado rural con alta densidad poblacional.

    Los indicadores de cada categora y la solucin tcnica segn cada indicador, son los siguientes:

    CATEGORIAS DENSIDAD

    POBLACIONAL (HAB/KM2)

    SOLUCIN TCNICA

    CENTRO POBLADO RURAL

    MNIMO MXIMO AGUA

    POTABLE SANEA- MIENTO

    a) CON MUY BAJA Y BAJA DENSIDAD POBLACIONAL

    1 30 INDIVIDUAL INDIVIDUAL

    b) CON REGULAR

    DENSIDAD POBLACIONAL

    MS DE

    30 60 COLECTIVA INDIVIDUAL

    c) CON ALTA DENSIDAD

    POBLACIONAL

    MS DE 60 COLECTIVA COLECTIVA

    Artculo 3.- mbito de aplicacin El criterio tcnico contemplado en el artculo 1 de la

    presente resolucin, es de cumplimiento obligatorio para toda entidad pblica o privada involucrada directa o indirectamente, en la formulacin, evaluacin y aprobacin de los programas o proyectos de agua potable y saneamiento para los centros poblados del mbito rural.

    Artculo 4.- Publicacin Disponer la publicacin de la presente Resolucin en el

    Portal Electrnico del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento (http://www.vivienda.gob.pe).

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

    Primera.- De la aplicacin normativa La presente norma rige desde su vigencia para todos

    los proyectos de agua potable y saneamiento en los centros poblados del mbito rural, excepto para aquellos que, a la entrada en vigencia de la presente Resolucin Ministerial, se encuentren registrados en el Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP).

    Segunda.- De las situaciones de excepcin Para el caso de algn centro poblado rural, que por

    sus caractersticas particulares, durante el desarrollo del estudio, determine una opcin diferente a la establecida

  • 544512 El Peruano

    Sbado 10 de enero de 2015

    en el artculo 2 de la presente Resolucin Ministerial, deber justificar tcnica y econmicamente tal decisin, tomando en consideracin los criterios establecidos por las normas del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP).

    Tercera.- De la aprobacin de los criterios de seleccin

    El Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, en un plazo no mayor de noventa (90) das hbiles, contados desde el da siguiente de la publicacin de la presente Resolucin Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, aprobar los Criterios de Seleccin e Implementacin de Opciones Tcnicas en Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento para los Centros Poblados del mbito Rural.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construccin y Saneamiento

    1185839-1

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 073 2014-VIVIENDA, se encarg a la servidora Elia Janne

    Daz Dvila, el puesto de Asesor I del Despacho del Viceministerio de Construccin y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, siendo necesario dar por concluido el encargo efectuado;

    Que, es necesario designar un Asesor II de la Secretara General del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 30156, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado por Decreto Supremo N 010-2014-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Pblico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Dar por concluido el encargo efectuado por Resolucin Ministerial N 073-2014-VIVIENDA, dndose las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Designar a la abogada Elia Janne Daz Dvila, en el cargo de Asesor II de la Secretara General del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento.

    Artculo 3.- Al trmino de la designacin a que se refiere el artculo 2 de la presente Resolucin, la abogada Elia Janne Daz Dvila retornar a su plaza de origen N 0042, Unidad Orgnica Gabinete de Asesores.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construccin y Saneamiento

    1185839-2

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