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De acuerdo a los motivos de la disolución del matrimo-
nio, la nacionalidad de los cónyuges y su lugar de residen-
cia, la ley dominicana reconoce tres tipos de divorcios:
el Divorcio Especial o al Vapor (proceso no apelable solo
a disposición de extranjeros y Dominicanos residentes
en el exterior), Divorcio por Mutuo Consentimiento (di-
vorcio no apelable para locales y extranjeros) y el Divor-
cio por Causa Determinada ... Leer Más>>
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Guía Básica
Divorcio republicaDominicanaen
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los cónyuges y su lugar de residencia, la ley
dominicana reconoce tres tipos de divorcios:
el Divorcio Especial o al Vapor (proceso no
apelable solo a disposición de extranjeros y
Dominicanos residentes en el exterior), Di-
vorcio por Mutuo Consentimiento (divorcio
no apelable para locales y extranjeros) y el
Divorcio por Causa Determinada (divorcio
usualmente por razones de incompatibilidad
de caracteres, ausencia de uno de los cón-
yuges, entre otras). A continuación, veremos
más de cerca las características y proced-
imientos a seguir en cada caso.
Divorcio Especial o al Vapor
Este es un proceso inapelable disponible sólo
para extranjeros o dominicanos residentes
en el exterior, siempre que ambos cónyuges
estén de acuerdo con los términos de la dis-
olución de su matrimonio.
Las ventajas de este tipo de divorcio son:
a. No tiene restricción de edades de los
esposos;
b. No tiene restricción del tiempo de mat-
rimonio y;
c. la duración del proceso es mas corta;
El tiempo de finalización del Divorcio al Va-
por es usualmente de 3-30 días luego de
sometidos los documentos, y al menos uno
de los esposos deberá estar presente al mo-
mento de dictar la sentencia.
Los documentos esenciales requeridos son:
a. Copia completa de cédula (dominicanos) o
pasaporte (extranjeros);
b. Original o copia certificada del acta de
Matrimonio legalizada con la Apostilla o por
el Consulado Dominicano mas cercano si
fueron emitidos en el exterior;
c. Acta de Nacimiento de los hijos menores
en original o copia certificada legalizada con
la Apostilla o por el Consulado Dominicano
mas cercano si fueron emitidos en el exterior;
d. Acuerdo de separación suscrito ante un
Notario Público.
Divorcio por Mutuo Consentimiento
Para el divorcio por causa determinada, al
menos uno de los esposos deberá ser ciu-
dadano Dominicano o haber contraído mat-
rimonio en el país. La causa mas común es la
incompatibilidad de caracteres justificada
por la infelicidad de los cónyuges.
el divorcio en República Dominicana es regi-
do por la Ley no. 1306-BIS de fecha 21 de
mayo de 1937 – modificada mediante la Ley
No. 3932 del 20 de septiembre de 1954; la
Ley especial 142 del 4 de junio de 1971; y
por el Código Civil de la República Domini-
cana. De acuerdo a los motivos de la dis-
olución del matrimonio, la nacionalidad de
Divorcio en República Dominicana:Guía Básica
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Este es también un proceso inapelable y por lo general no requiere la presencia de los cónyuges
en la audiencia de divorcio. Los documentos necesarios son similares a los exigidos para el di-
vorcio al vapor y en general, el tiempo para la finalización de este proceso es de 3-5 meses.
NOTA: Es importante que los extranjeros consulten con un abogado local si el divorcio
Dominicano es reconocido en el país en el que se hará efectivo y si existen requisitos
adicionales para validarlo.
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Divorcio en República Dominicana:Guía BásicaPublicaciones
Divorcio por Causa Determinada
Para el divorcio por causa determinada, al
menos uno de los esposos deberá ser ciu-
dadano Dominicano o haber contraído mat-
rimonio en el país. La causa mas común es la
incompatibilidad de caracteres justificada
por la infelicidad de los cónyuges.
En primera instancia, el tiempo estimado es
de 6-9 meses, sin embargo, la duración de
este proceso dependerá de la complejidad
del caso y del número de audiencias nece-
sarias para determinar la distribución de los
bienes, la custodia de los hijos menores y el
pago de la pensión alimenticia.
Los documentos imprescindibles para iniciar
el divorcio por causa determinada son:
a. Copia completa de cédula (dominicanos) o
pasaporte (extranjeros);
b. Original o copia certificada del acta de
Matrimonio;
c. Acta de Nacimiento de los hijos menores
en original o copia certificada, legalizada con
la Apostilla o por el Consulado Dominicano
más cercano si fueron emitidos en el exterior.
Una vez dictada la sentencia de divorcio, la
misma es apelable dentro del plazo de dos
meses, contados a partir de la notificación de
dicha sentencia.
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