renta financiera. personas fÍsicas y sucesiones indivisas

Post on 16-Jul-2022

6 Views

Category:

Documents

1 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

RENTA FINANCIERA. PERSONAS

FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS

Richard L. Amaro Gómez

MARCO NORMATIVO

Decreto N°824/2019

Decreto N°862/2019

PF y SI residentes - Renta mundial

Tipo de renta

Sujetos

PH y SI

Del País

Del exterior

Beneficiarios del exterior - fuente

Tipo de renta

Sujetos

BE Del País

Renta financiera - concepto

Valores o activos

financieros

RendimientoResultado por la enajenación

Tipo de valores o activos financieros

Valores o activos

financieros

Renta fija Renta variable

Concepto de renta

Renta

Teoría de la fuente

Teoría del balance

Categorías de ganancias

Renta de financiera

Renta

Enajenación Rendimientos

Rendimientos de valores

Fuente argentina

Art. 45 incisos “a” e

“i”

Fuente extranjera

Art. 140 inciso “a”

Art. 48

Art. 137

Enajenación de valores

Fuente argentina

Art. 45 incisos “k”

Fuente extranjera

Art. 140

Art. 48

Art. 137

Concepto de renta

Otras rentas

Art. 2.3 Bienes muebles amortizables

Art. 2.4 Valores

Art. 2.5 Inmuebles y sus derechos

Artículo 2.3 – Redacción anterior

Bienes muebles amortizables

Acciones, cuotas y participaciones sociales

Títulos, bonos y demás valores

Artículo 2.3 – Redacción actual

Valores representativos y certificado de depósito de acciones y demás valores

Cuotas partes de CFI y Certificados de fideicomisos

Monedas digitales

Art. 45 “K” redacción anterior

Texto actual Texto anterior

Artículo 2 incisos 4 y 5

Acciones, cuotas,

participaciones sociales,

títulos, bonos y demás valores

Art. 48

Concepto “demás valores”. Art. 8 bis

Legislación

anterior

Características

Valores negociables

Emitidos o agrupados en serie

Susceptibles de ser

comercializados en bolsas o

mercados

Art. 9

Concepto “demás valores”. Art. 8 bis

Legislación actual

Valores en general

Características

Títulos valores emitidos en forma

cartular y valores incorporados a un

registro de anotaciones en cuenta

Emitidos o agrupados en serie

Negociables al igual que los títulos

valores

Negociación generalizada e

impersonal en los mercados

autorizados por la CNV

Art. 9

Concepto “demás valores”. Art. 8 bis

Legislación actual

Valores en particular

Cheques de pago diferido,

certificado de depósito de

plazo fijo, facturas de crédito,

certificados de depósito y

warrants, pagarés, letras de

cambio, letras hipotecarias.

Todo título susceptible de

negociación secundaria en

mercados autorizados por la

CNV

Art. 9

Concepto “demás valores”. Art. 8 bis

Derivados. Art. 45

inciso “j”

Registrados no forman

parte de “demás valores”

Art. 9

Art. 48

Concepto “demás valores”. Art. 149.13 bis

Enajenación de valores

Sin entrega de la especie, sino de

una compensación por la variación de

su valor

Art. 45 inciso “j”

Art. 248

Exenciones – 1 ETAPA

Pre

reforma

Post

reforma

Exenciones – 1 ETAPA

Activo financiero 2017 2018Plazo fijo en pesos Exento Gravado

Plazo fijo en dólares Exento GravadoPlazo fijo con actualización Gravado Gravado

Caja de ahorro Exento ExentoTítulos públicos Exento Gravado

Obligaciones negociables Exento GravadoCuotas partes condominio FCI Exento Gravado

Cuotas partes de renta FCI Exento GravadoTítulos de deuda FF Exento GravadoCertificados de FF Exento Gravado

Acciones con cotización Exento ExentoAcciones sin cotización Gravado Gravado

Cedear Exento ExentoADR Gravado Gravado

Plazo fijo. Art. 20 inciso “H”

Plazos fijos

Cuentas especiales de

ahorro

Ley de entidades

financieras

Cuentas de ahorro

Art. 26

Títulos públicos. Art. 20 inciso “K”

Ley general o especial o

decreto del PE

Art. 98 LIGLey N° 23.576

art. 36 bis

Art. 26

Art. 109

Ley N° 23.576. Ley de ON.

Art. 36 ON con ciertos requisitos, entre ellos, OPA

Art. 36 bis exención para actos de disposición y resultados

Art. 36 bis – Títulos públicos

Acciones. Art. 20 inciso “W”

AccionesValores

representativos de acciones

Certificados de depósitos de

acciones

Excepciones

Personas humanas

Sucesiones Indivisas

Art. 26 “u”

Acciones. Art. 20 inciso “W”

Requisitos

Colocación con

autorización

Segmentos: precio, tiempo y por ofertas

OPA

Art. 26 “u”

Acciones. Art. 20 inciso “W”

ADR

Fuente argentina

CEDEAR

Fuente Extranjera

EXENTO

SINO

Art. 26 “u”

Acciones. Art. 20 inciso “W” (ANTERIOR)

Exención

Participaciones sociales

Títulos, bonos y demás valores

Art. 26 “u”

Proceso de conversión – Art. 42.1

Acciones extranjeras

CEDEAR

ADR Acciones con cotización

Art. 87

LEY N°24.083. FCI. ART. 25.

Los resultados de FCI provenientes tanto de su venta como de sus rentas quedan exentos,

excepto para los sujetos del Título VI de la LIG (AXI), siempre que los referidos títulos sean

colocados por oferta pública.Fuente: Ley 27.430. Art. 81.

Se eliminó

LEY N°24.441. FF. ART. 83.

Los resultados de FF provenientes tanto de su venta como de sus rentas quedan exentos,

excepto para los sujetos del Título VI de la LIG (AXI), siempre que los referidos títulos sean

colocados por oferta pública.Fuente: Ley 27.430. Art. 81.

Se eliminó

Exenciones – 2 ETAPA

Pre

emergencia

Post

emergencia

Exenciones – 2 ETAPA

Exenciones

Rendimiento / enajenación Art. 33

Enajenación Art. 34

LEY N°27.541. Art. 33. B.O.: 23/12/2019.

ExencionesPlazo fijo - Art. 20 inc. “h”

- LIG

¿VIGENCIA?

LEY N°27.541. Art. 33. B.O.: 23/12/2019.

Exenciones

ON – Art. 36 bis - Ley N°23.576

TP – Art. 36 bis – Ley N°23.576

FCI – Art. 25 – Ley N° 24.083

FF – Art. 83 – Ley N°

24.441¿VIGENCIA?

Exenciones – 2 ETAPA

Activo financiero 2017 2018 2019Plazo fijo en pesos Exento Gravado Exento

Plazo fijo en dólares Exento Gravado GravadoPlazo fijo con actualización Gravado Gravado Gravado

Caja de ahorro Exento Exento ExentoTítulos públicos Exento Gravado Exento

Obligaciones negociables Exento Gravado ExentoCuotas partes condominio FCI Exento Gravado Exento

Cuotas partes de renta FCI Exento Gravado ExentoTítulos de deuda FF Exento Gravado ExentoCertificados de FF Exento Gravado Exento

Acciones con cotización Exento Exento ExentoAcciones sin cotización Gravado Gravado Gravado

Cedear Exento ExentoADR Gravado Gravado

Exenciones – 2 ETAPA

Exenciones – 2 ETAPA

¿Qué es la retroactividad?

En general, la retroactividad es la aplicación de nuevas normas (leyes,

decretos, etc.) a actos o hechos jurídicos anteriores a la ley.

En materia impositiva, sería como aplicar una nueva ley a un hecho imponible que ya se perfeccionó.

Corte suprema de justicia de la nación

• Causa: Sambrizzi, Eduardo A. Fecha: 31/10/1989.

“Sólo existe retroactividad si el hecho imponible, incluida su dimensión temporal, se ha realizado

íntegramente antes de entrar en vigor la ley que lo convierte en imponible”.

Corte suprema de justicia de la nación

• Causa: Ventura, Alberto J.. Fecha: 26/02/1976.

“Existiendo a una fecha una determinada relación jurídica en función de la cual se efectuaron pagos

entre las partes, no puede permitirse la retroactividad de una ley impositiva que altere

derechos amparados por garantías constitucionales, en abierta violación a las normas del artículo 3º del

Código Civil y sus normas correlativas”.

Corte suprema de justicia de la nación

• Causa: Sociedad de Electricidad de Rosario. Fecha: 14/04/1975.

“Como los impuestos a los réditos y de emergencia revisten carácter anual e inciden sobre resultados

económicos producidos en el transcurso de un ejercicio, las leyes que los establecen son de

aplicación inmediata o, en otros términos, afectan a las consecuencias de las situaciones y relaciones

jurídicas existentes”.

Micrositio AFIP

ART. 5 CONCEPTO GENERAL - FA

BienesHechos o

actividades

Excepciones Art. 7

ART. 127 CONCEPTO GENERAL - FE

BienesHechos o

actividades

Excepciones Art. 7

Art. 124

ART. 7 FUENTE PARA VALORES

Fuente Tipo de instrumentos Condición en

relación al emisor

Argentina

- Acciones

- Cuotas

- Participaciones sociales

- Cuotas partes de fondos común de

inversión

- Certificados de participación de

fideicomisos

- Derechos sobre cualquier otro fideicomisos

y contratos similares

- Monedas digitales

- Títulos

- Bonos

- Demás valores

Cuando el emisor

se encuentre

domiciliado,

establecido o

radicado en la

República Argentina

ART. 7 FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

FCI

No importa composición

de los activos

subyacentes

ART. 7 FUENTE PARA VALORES

Fuente Tipo de instrumentos Condición en relación

al emisor

Argentina - Valores

representativos o

certificados de

depósitos de

acciones demás

valores (CEDEAR .

ADR)

Cuando el emisor de

las acciones y demás

valores se encuentren

domiciliado, establecido

o radicado en la

República Argentina

ADR Y CEDEAR ANTES DE REFORMA?

CEDEAR ADR

FA FE

Renta mundial

Tipo de renta

Sujetos

PH y SI residentes

Del País

Del exterior

IMPUESTO PROGRESIVO Y CEDULAR

Progresivo Cedular

Capacidad Contributiva

PF y SI

IMPUESTO PROGRESIVO Y PERSONAL

INGRESO COSTO

COMPUTABLE

GASTOS DIRECTOS E INDIRECTOS

RENTA NETA QUEBRANTOSDEDUCCIÓNES PERSONALES

Gastos de sepelio, servicio doméstico y deducciones

generales

IMPUESTO CEDULAR

INGRESO COSTO

COMPUTABLE

GASTOS DIRECTOS E INDIRECTOS

RENTA NETAQUERANTO

ESPEPECÍFIODEDUCCIÓN

ESPECIAL

Art. 149.16

Art. 261

PRINCIPIO GENERAL – ART. 17 – Título I

Fuente de ganancias

Conservar

Obtener

Mantener

Art.90.6

Art. 100

Art. 23

GASTOS – ART. 90.6

Gastos

IndirectosDirectos

No se puedecomputar:a) Gastos de sepelio.b) MNI y deducción

por cargas defamilia.

c) Deduccionesgenerales – art. 81.

Art. 90.5 - Inmuebles

Art. 100

Art. 99

GASTOS – ART. 149.15

Renta bruta

Gastos

Asignación

Directa

Proporción ganancia bruta

Art. 262

DEDUCCIÓN GENERAL ART. 81 INC. “A”

Afectación patrimonial

Intereses

Art. 85

DEDUCCIÓN ESPECIAL – ART. 90.6

Proporción

Rendimiento producto de la colocación de capital

Enajenación de activos financieros

No genera quebranto

Equivalente al MNI

Excedente no trasladable

Art. 100

DEDUCCIÓN ESPECIAL – ART. 149.7

Proporción

Intereses brutos

Ganancias brutas

Ingreso

Costo

Renta bruta

Art. 262

RETENCIONES – RG (AFIP) N° 4190/2018

RG N° 830 Art. 90.1

RG N° 2139Cuotas y

participaciones sociales

RG N° 4094

RG N° 4095

Activos financieros

fijos y variables

RETENCIONES – RG (AFIP) N° 4478/2019

Dividendos

Excepción

RETENCIONES – RG (AFIP) N° 4394/2019

RÉGIMEN DE INFORMACIÓN

a) INTERESES Y RENDIMIENTO

b) ENAJENACIÓN

Período fiscal 2018

RG N°4298/2018

RETENCIONES – RG (AFIP) N° 4395/2019

DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA

Por ej. Plazo fijo

Comprobante de depósito o

resumen bancario

IMPUESTOS CEDULARES

90.1 - Rendimiento producto de la colocación de capital

90.3 – Distribución de dividendos y utilidades asimilables

90.4 – Enajenación de activos financieros

90.5 – Enajenación de inmuebles y derechos

Art. 95

Art. 97

Art. 98

Art. 99

IMPUESTOS CEDULARES

Supuestos de

aplicación

Fuente argentina

PF y SI

IMPUESTOS CEDULARES – ART. 90.2

Base imponible

Fuente argentina

Fuente extranjera

PrimaDescuentoIntereses

Art. 96

IMPUESTOS CEDULARES – ART. 90.2

Activos de renta fija

Fuente Argentina

Art. 90.1

Art.90. 4Fuente

Extranjera

Art. 96

BASE IMPONIBLE ART. 90.2

Interés

Común

Corrido

Art. 96

DEVENGADO VS PERCIBIDO – ART. 18

CRITERIO

Devengado

Percibido

Art. 24

INTERESES COMUNES

CONDICIONES DE PAGO IMPUTACIÓN

Intereses con plazos de pago

hasta un año

Con el pago, la puesta a

disposición o su

capitalización, lo que ocurra

primero

Intereses con plazos de pago

superior a un año

Con su devengamiento en

función del tiempo

INTERESES CORRIDOS

Venta

Compra

Art. 149.1 Títulos –

renta extranjera

Art. 233

Intereses corridos

VENDEDOR

INTERESES CORRIDOS - VENDEDOR

Precio de venta: $ 2000 (sin intereses corridos)

Costo del título: $ 1000

Interés mensual: $ 100

Día 1 Día 15 Día 30

Interés devengado:

$ 50

Interés devengado:

$ 50

VENTA

INTERESES CORRIDOS - VENDEDOR

Opción A

Precio de venta 2.050

Precio de compra 1.000

Resultado bruto 1.050

Impuesto 5% 53

NO SEGREGAR INTS. CORRIDO

INTERESES CORRIDOS - VENDEDOR

Opción B

Precio de venta 2.000

Precio de compra 1.000

Resultado bruto 1.000

Impuesto 5% 50

SEGREGAR INTS. CORRIDO

INTERESES CORRIDOS - VENDEDOR

Opción B

Intereses 50

Costo computable

Resultado bruto 50

Impuesto 5% 3

INTERESES CORRIDOS - RESUMEN

Opcion A Opción B

Precio venta 2.050,00 2.000,00

Costo venta 1.000,00 1.000,00

Resultado bruto 1.050,00 1.000,00

Intereses 0,00 50,00

Resultado total 1.050,00 1.050,00

Intereses corridos

COMPRADOR

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Precio de compra: $ 2050

Interés mensual: $ 100

Precio de venta: $ 3000

Día 1 Día 15 Día 30

Interés devengado:

$ 50

Interés devengado:

$ 50

VENTA

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Opción A

Intereses 100

Intereses corridos

Resultado bruto 100

Impuesto 5% 5

NO SEGREGAR INTS. CORRIDO

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Opción A

Precio de venta 3.000

Precio de compra 2.050

Resultado bruto 950

Impuesto 5% 48

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Precio venta 3.000,00

Costo venta 2.050,00

Resultado bruto 950,00

Impuesto 5% 48

Intereses 100,00

Intereses corridos 0,00

Resultado 100,00

Impuesto 5% 5

Impuesto total 53

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Opción B

Intereses 100

Intereses corridos -50

Resultado bruto 50

Impuesto 5% 3

SEGREGAR INTS. CORRIDO

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Opción B

Precio venta 3.000,00

Costo venta 2.000,00

Resultado bruto 1.000,00

Impuesto 5% 50,00

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Precio venta 3.000,00

Costo venta 2.000,00

Resultado bruto 1.000,00

Impuesto 5% 50

Intereses 100,00

Intereses corridos -50,00

Resultado 50,00

Impuesto 5% 3

Impuesto total 53

INTERESES CORRIDOS - COMPRADOR

Opcion A Opción B

Precio venta 3.000,00 3.000,00

Costo venta 2.050,00 2.000,00

Resultado bruto 950,00 1.000,00

Impuesto 5% 48 50

Intereses 100,00 100,00

Intereses corridos 0,00 -50,00

Resultado 100,00 50,00

Impuesto 5% 5 3

Impuesto total 53 53

TIPOS DE VALORES

Intereses comunes o corridos

Sobre la par

A la par

Debajo la par

TIPOS DE VALORES

A la par Cuando el precio de adquisición o suscripción del valor,

netos de intereses corridos, es igual al precio nominal

residual del valor (capital que resta amortizar)

Bajo la par Cuando el precio de adquisición o suscripción del valor,

netos de intereses corridos, es inferior al precio nominal

residual del valor (capital que resta amortizar). Además, la

ley requiere el valor se haya emitido bajo la par

Sobre la par

Cuando el precio de adquisición o suscripción del valor,

netos de intereses corridos, es superior al precio nominal

residual del valor (capital que resta amortizar)

TIPOS DE VALOR - A LA PAR

Intereses corridos

Intereses comunes

A la par

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

PrimaInterés

deducible

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 1300

Prima: $ 300

Interés mensual: $ 200

Precio de venta: $ 3000 (30 de diciembre 2 año)

1 año 2 año 3 año

Intereses

200

Intereses

200Intereses

200

Opción A

DEVENGAR PRIMA

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 1300

Prima: $ 300

1 año 2 año 3 año

Intereses

200Intereses

200

Intereses

200

Prima

(100)

Prima

(100)

Prima

(100)

VENTA

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Precio venta 3.000,00

Costo venta 1.000,00

Resultado bruto 2.000,00

Impuesto 5% 100

Intereses 400,00

Prima -300,00

Resultado 100,00

Impuesto 5% 5

Impuesto total 105

Opción B

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 1300

Prima: $ 300

1 año 2 año 3 año

Intereses

200Intereses

200

Intereses

200

VENTA

$ 3000

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Precio venta 3.000,00

Costo venta 1.300,00

Resultado bruto 1.700,00

Impuesto 5% 85

Intereses 400,00

Intereses corridos

Resultado 400,00

Impuesto 5% 20

Impuesto total 105

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Opción A Opción B

Precio venta 3.000,00 3.000,00

Costo venta 1.000,00 1.300,00

Resultado bruto 2.000,00 1.700,00

Impuesto 5% 100 85

Intereses 400,00 400,00

Intereses

corridos -300,00

Resultado 100,00 400,00

Impuesto 5% 5 20

Impuesto total 105 105

SOBRE LA PAR – ART. 149.5

Devengado diferido

Art. 237

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 1300

Prima: $ 300

1 año 2 año 3 año

Intereses

100Intereses

50

Intereses

200

$ 100 $ 100 $ 100Prima

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

1 año 2 año 3 año

Intereses

percibidos 100,00 50,00 200,00

Prima 100,00 100,00 100,00

Excedente 50,00

Prima deducible 100,00 50,00 150,00

Base imponible 0,00 0,00 50,00

TIPOS DE VALOR - BAJO LA PAR

Descuento Interés ficto

BAJO LA PAR - ART. 149.4

VALOR BAJO LA PAR EXCEPCIONES

El descuento no tendrá el

tratamiento de intereses fictos,

sino que conformará el costo de

adquisición del título, cuando:

Los valores se enajenan con

anterioridad a la fecha de cierre del

periodo fiscal en que se hubieran

adquirido.

El porcentaje del descuento,

computado por cada valor, fuera

inferior al 10% del valor nominal

residual de suscripción o

adquisición.

Art. 236

BAJO LA PAR – ART. 149.3

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 700

Descuento : $ 300

Interés mensual: $ 200

Precio de venta: $ 3000 (30 de diciembre del 2 año)

1 año 2 año 3 año

Intereses

200

Intereses

200Intereses

200

Art. 235

D. 100 D. 100 D. 100

TIPOS DE VALOR - BAJO LA PAR

1 año 2 año Total

Intereses reales 200,00 200,00 400,00

Intereses fictos 100,00 200,00 300,00

Resultado total 300,00 400,00 700,00

Impuesto 5% 15,00 20,00 35,00

Precio venta 3.000,00 3.000,00

Costo venta 1.000,00 1.000,00

Resultado bruto 2.000,00 2.000,00

Impuesto 5% 100 100,00

Impuesto total 15,00 120,00 135,00

BAJO LA PAR – ART. 149.3

Devengado adelantado

Art. 235

TIPOS DE VALOR - BAJO LA PAR

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 700

Prima: $ 300

1 año 2 año 3 año

Intereses

100Intereses

100

Intereses

100

$ 100 $ 100 $ 100Descue

nto

Amortización parcial: $ 150 Fecha: 2 de enero.

TIPOS DE VALOR - SOBRE LA PAR

1 año 2 año 3 año Total

Intereses

percibidos 100,00 100,00 100,00 300,00

Descuento ficto I 100,00 100,00

Devengado

adelantado 150,00 150,00

Descuento ficto II 25,00 25,00 50,00

200,00 275,00 125,00 600,00

BAJO LA PAR - ART. 149.4 Art. 236

Decreto N°

862/2019

Agregado

Descuento Rendimiento

En todos los casos

TIPOS DE VALOR - BAJO LA PAR

Emitido a la par

Valor nominal: $ 1000.

Valor de adquisición: $ 910

Prima: $ 90 = 9%

1 año 2 año 3 año

Intereses

100Intereses

100

Intereses

100

Amortización parcial: $ 500 Fecha: 2 de enero.

TIPOS DE VALOR - BAJO LA PAR

Valor adquisición 910,00

Valor nominal 1.000,00

Ganancia 90,00

% ganancia / VN 9%

1 amortización parcial 500,00

Ganancia de la amort. parcial 45,00

TIPOS DE VALOR - RESUMEN

Tipo de adquisición Diferencia de precio

A la par -

Bajo la par Descuento = intereses

fictos = ingreso

Sobre la par Prima = intereses

pagados = deducción

CUESTIONES EN PARTICULAR

Títulos en stock al 31/12/2017

Bono perpetuos

Títulos a corto plazo: lebac, letes, lecap, etc.

CAMBIODR art. 234

CUESTIONES EN PARTICULAR II

Título con plazo de gracia

Renegociación del título

Título de deuda FF

Art. 95

IMPUESTO CEDULAR

INGRESO COSTO

COMPUTABLE

GASTOS DIRECTOS E INDIRECTOS

RENTA NETA QUEBRANTOSDEDUCCIÓN

ESPECIAL

Art. 149.16

Art. 261

IMPUESTO CEDULAR - RELACIÓN

90.1

90.4

Art. 95

Art. 98

CRITERIO DE IMPUTACIÓN ART. 18

Criterio

Percibido/

DevengadoExigibilidad

Art. 24

DOS GRUPOS

Moneda nacional

sin clausula de ajuste

Moneda extranjera o nacional

con clausula de ajuste

A) Moneda nacional sin clausula de ajuste

Plazo fijo, títulos públicos, bonos,

obligaciones negociables, títulos

de deudas FF y contratos similares, cuotas FCI y demás

valores

5%

A) Moneda extranjera o nacional con

clausula de ajuste

Plazo fijo, títulos públicos, bonos,

obligaciones negociables, títulos

de deudas FF y contratos similares, cuotas FCI y demás

valores

15%

Art. 98

DOS GRUPOS

Activos financieros de renta fija

Activos financieros de renta variable

IMPUESTO CEDULAR - RELACIÓN

90.1 / 90.3

90.4Art. 98

Art. 95

Art. 97

IMPUESTO CEDULAR

INGRESO COSTO

COMPUTABLE

GASTOS DIRECTOS E INDIRECTOS

RENTA NETA QUEBRANTOSDEDUCCIÓN

ESPECIAL

Art. 149.16

Art. 261

CRITERIO DE IMPUTACIÓN ART. 18

Criterio

Percibido Exigibilidad

Art. 24

INTERESES – ART. 149-13

Venta financiada

Ganancias = intereses?

Art. 248

RENTA FIJA – EN PESOS SIN AJUSTE

Títulos públicos, bonos, obligaciones negociables, títulos de deudas, cuotas FCI abiertos y FCI

cerrados –cuotaparte de

renta, y demás valores

5%

RENTA FIJA – EN M.E. O PESOS CON AJUSTE

Títulos públicos, bonos, obligaciones negociables, títulos de deudas, cuotas FCI abiertos y FCI

cerrados cuotaparte de renta, MONEDAS DIGITALES, demás

valores

15%

RENTA VARIABLE

Acciones, valores representativos de

acciones, certificados de depósitos de acciones,

certificados de FF, todo derecho sobre F y otros contratos similares, FCI cerrados – cuota parte

de condominio y demás valores

15%

RENTA BRUTA – ACTIVOS DE RENTA FIJA

Ingreso

Costo

Renta bruta

No incluye FX ni

actualización

Norma de transición: precio de

adquisición o valor de

cotización al 31/12

RENTA BRUTA – ACTIVOS DE RENTA VARIABLE

Ingreso

Costo

Renta bruta

COSTO ACTUALIZA

DO

Norma de transición:

Certificados de FF,

cualquier otro

derechos ore F y contratos

similares, FCI cerrados.

VENTA DE VALORES PARTICULARES. ART. 149.13

Ganancia de la enajenación con liquidación o

entrega diferida de los valores,

Ganancia de la enajenación en la que a su

término, no exista entrega de la especie sino

el pago de una compensación con motivo de

la variación del precio del valor.

Art. 248

COSTO COMPUTABLE. ART. 149.11

Venta y adquisición de un nuevo valor similares

• Dentro de las 72 hs

Quebranto computable al nuevo costo de adquisición

• Emisor, tasa, plazo y la moneda.

Art. 246

TÍTULO PÚBLICOS Y OBLIGACIONES

NEGOCIABLES – PF 2018 – Art. 95 D. 1170/2018

Intereses

PERÍODO FISCAL

2018

Costo computable

LEY N°27.541. Art. 33. B.O.: 23/12/2019.

Art. 47Títulos públicos y

obligaciones negociables

Período fiscal 2019

2 CAMBIOS DE LA REFORMA

REFORMA

Determinación de base imponible –

ART. 90.2

Alícuota proporcional –

Art. 90

Art. 96

Art. 94

DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE

Intereses

Comunes Corridos

Títulos

Sobre la par

A la par

Bajo la par

ALÍCUOTA PROPORCIONAL

-Acciones, Cuotas y Participaciones sociales.-Valores representativos y certificados dedepósito de acciones y demás valores.-Certificados de participación enfideicomisos financieros , otros derechossobre fideicomisos y contratos similares.-Cuotas partes de fondo común de inversión.-Monedas digitales.-Títulos, bonos y demás valores.-Inmuebles y derechos sobre inmuebles.

QUEBRANTO FA VS FE

Quebranto

Fuente argentina

Fuente extranjera

QUEBRANTO FUENTE ARGENTINA

Quebranto

General Específico Cedular

QUEBRANTO FUENTE EXTRANJERA

Quebranto

General Específico

QUEBRANTO ESPECÍFICO

2 límitesFuente

Operación

QUEBRANTO CEDULAR

2 límitesFuente

Clase

QUEBRANTO ESPECÍFICOS FA

Quebrantos específicos de fuente argentina

Artículo de la ley Tipo

Art. 19 (art. 25) Quebranto por derechos y obligaciones de contratos

derivados, a excepción de operaciones de cobertura.

Art. 90.1 (art. 95) Quebranto producto de la colocación del capital en

valores.

Art. 90.3 (art. 97) Quebranto de dividendos y utilidades asimilables.

Art. 90.4 (art. 98) Quebranto proveniente de actos de disposición sobre

activos financieros (de renta fija y variable)

Art. 90.5 (art. 99) Quebranto de la enajenación y transferencia de

derechos sobre inmuebles.

QUEBRANTO ESPECÍFICOS FE

Quebrantos específicos de fuente extranjera

Artículo de la ley Tipo

Art. 135

(art. 132)

Quebranto de la enajenación de acciones,

valores representativos y certificados de

depósito de acciones y demás valores, cuotas

y participaciones sociales —incluyendo fondos

comunes de inversión o entidades con otra

denominación que cumplan iguales funciones y

fideicomisos o contratos similares—, monedas

digitales, Títulos, bonos y demás valores.

COMPENSACIÓN DE QUEBRANTOS

TIPOGANANCIA

COMPENSACIÓN

Quebranto FA Quebranto FE

General Específico Cedular General Específico

GENERAL FA

ESPECÍFICA FA

CEDULAR FA

GENERAL FE

ESPECÍFICA FE

FORMAS DE PRESENTAR

TIPOS

Integrada RG 4468

Simplificada RG 4478

FORMAS DE PRESENTAR

INTEGRADA

RG (AFIP) N° 4468/2019

Ganancias personas humanas –Portal Integrado

Art.90.4

Art. 90.5

Art. 90.1

RG (AFIP) N° 4468/2019

Presentación Impuesto determinado

Alta oficio

Art. 90.4Art. 90.1

F. 2022

F. 2023

FORMAS DE PRESENTAR

SIMPLIFICADA

RG (AFIP) N° 4488/2019

Requisitos Condiciones

Alta oficio

Art. 90.4Art. 90.1

F. 2022

F. 2023

RG (AFIP) N° 4488/2019

DDJJ presentaciones y pagos

Art.90.4Art. 90.1

RG (AFIP) N° 4468/2019

F. 2021

Original RectificativaPlan de

pago

FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

Concepto: es el patrimonio de titularidad de diversas personas a las cuales se les reconocen

derechos de copropiedad representados por cuotapartes, las que podrán emitirse de

manera cartular o escritural. Estos fondos no constituyen sociedades y carecen de

personería jurídica.

TIPOS DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

FCI

Abiertos Cerrados

TIPOS DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

Cuota partes

Condominio De renta

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN ABIERTO

FCI abietos

Rendimiento producto de la colocación de

capital - art. 90.1

Dividendos y distribución de utilidades - art.

90.3

Enajenación de activo financiero -

art. 90.4

Art. 95

Art. 97

Art. 98CAMBIO

DR art. 234

FCI – DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS Y UTILIDADES

ASIMILABES. ART. 90.3

AlícuotaUtilidadesFCI abierto

Cuotaparte

Gravadas a la tasa del 30% 7%

Gravadas a la tasa del 25%

14%

Art. 97

FCI – ENAJENACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS. ART.

90.4

AlícuotaEmisiónFCI abierto

Cuotaparte

En pesos sin clausula de

ajuste5%

En monedaextranjera o nacional con

ajuste

15%

Art. 98

FCI ABIERTOS - ACTIVO SUBYACENTE PRINCIPAL

[1] Las sociedades gerentes deberán suministrar al beneficiario la información que permita determinar la proporción de esas ganancias exentas contenida en el total del rendimiento del fondo.

Tratamiento excepcional 90.1 y 90.2

Renta exenta y gravada

Activo subyacente

FF

FCI ABIERTOS - ACTIVO SUBYACENTE PRINCIPAL

[1] Las sociedades gerentes deberán suministrar al beneficiario la información que permita determinar la proporción de esas ganancias exentas contenida en el total del rendimiento del fondo.

Beneficiario del exterior

Diferente %

Activo subyacente

FF

FCI CERRADO – SOCIEDAD DE CAPITAL – Art. 69 Inciso

“A” punto 7

[1] Las sociedades gerentes deberán suministrar al beneficiario la información que permita determinar la proporción de esas ganancias exentas contenida en el total del rendimiento del fondo.

Sociedad de capital

Puesta a disposición

de utilidades

Distribución de utilidades

Art. 73

FCI CERRADO – DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES

[1] Las sociedades gerentes deberán suministrar al beneficiario la información que permita determinar la proporción de esas ganancias exentas contenida en el total del rendimiento del fondo.

AlícuotaTratamientoFCI cerrado

Cuotaparte Dividendo7% o 13%

según el caso

¿QUÉ SUCEDE CON LOS OTROS IMPUESTOS

CEDULARES?

[1] Las sociedades gerentes deberán suministrar al beneficiario la información que permita determinar la proporción de esas ganancias exentas contenida en el total del rendimiento del fondo.

Art. 90.1

Art. 90.4

Art. 95 Art. 98

CONCEPTO GENERAL

Principio general

ART. 133 INCISO D) – LIG – ENTES PARTICULARES

Requisitos

Administración de activos

Control

Art. 130

ART. 133 INCISO E) – LIG – SOCIEDAD SIN

PERSONALIDAD FISCAL

RequisitosSociedades o entes sin personalidad

fiscal

Art. 130

ART. 133 INCISO F) – LIG – SOCIEDAD SIN

PERSONALIDAD FISCAL

Requisitos

Residual

Control directo e indirecto

Rentas pasivas

Ubicación

Art. 130

FORMA DE IMPUTACIÓN

Criterios

Directo Indirecto

RENTA FINANCIERA. PERSONAS

FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS

Richard L. Amaro Gómez

top related