reglamento de evaluaciÓn escuela violeta parra 2020
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ESCUELA VIOLETA PARRA
2020 Colegio “VIOLETA PARRA”RBD.9598-2
Pedro Prado 12351, La Pintana. Teléfonos: 22 542.92.65 (fijo)963101110(móvil).
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Introducción.
La Escuela VIOLETA PARRA, es un establecimiento Municipal, perteneciente al Departamento de Educación Municipal de La Pintana. Decreto cooperador 544 de 1986, con dirección en Pedro Prado 12351
El establecimiento imparte educación Parvularia en los niveles de transición menor y mayor y educación general básica, establecimiento posee capacidad para atender un curso por nivel con autorización ministerial de 45 estudiantes por aula.
El reglamento de evaluación ha sido revisado y sistematizado el año 2018, este instrumento se construye sobre la base de los decretos de evaluación y promoción emanados del Ministerio de Educación, la Ley General de Educación y todos los cuerpos legales que emanan de la República de Chile, en materia Evaluativa.
La confección final de este documento se ha realizado posterior a la participación de:
• Consejo de profesores y profesoras.
• Consejo escolar.
• Centro general de estudiantes.
Las consideraciones pedagógicas y evaluativas en el siguiente reglamento, persiguen como fin:
a) Reglamentar y dar a conocer a los, docentes, estudiantes, padres y apoderados los elementos que regulan el proceso de evaluación y promoción de la Escuela.
b) Evaluar los objetivos de aprendizajes propuestos por el currículo nacional.
c) Establecer criterios de evaluación para estudiantes con necesidades educativas especiales.
d) Normar los periodos y criterios de evaluación para los distintos instrumentos utilizados y que se apliquen durante el proceso formativo, curricular.
e) Apoyar e incentivar a mejorar los resultados a los estudiantes que presentan dificultad de aprendizaje o sus resultados no sean los esperados.
f) Mantener a la vista, documento conocido por toda la comunidad
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educativa, de los procedimientos y etapas como se lleva a efecto la evaluación del estudiantado.
Este reglamento, se entrega al momento de la matrícula de las y los estudiantes o en la primera reunión de marzo, además se encuentra publicado en la página web MIME.
CAPITULO I
FUNDAMENTACIÓN DE LA EVALUACIÓN.
La evaluación se comprende como un proceso continuo del proceso educativo, consistente en aplicar un diagnostico que provee de información para planificar, tomar decisiones y establecer medidas de mejora cada vez que se analizan los resultados.
Las normas para evaluar se basan en criterios de justicia, en donde se le atribuyen calificaciones a cada persona según su desempeño y de acuerdo a parámetros conocidos por los estudiantes.
Efectividad, según organización del proceso de aprendizaje que permita a los estudiantes visualizar y conocer su desempeño de manera concreta y que puedan ir paulatinamente hacerse responsables de sus resultados académicos.
Igualdad de oportunidad educativa, considerando las diferencias individuales, establecidas en el Proyecto Educativo, Manual de Convivencia y otros órganos que aludan a la plena inclusión.
TIPOS DE EVALUACIONES
Entendiendo que las evaluaciones sirven para variados propósitos, según el momento en que se aplique, de acuerdo al instrumento que se utilice, el objetivo perseguido por la evaluación, por tanto la evaluación está inserta en el proceso continuo, de la trayectoria de cada estudiante, y no significa solamente la existencia de una calificación.
Las evaluaciones entonces, se aplican según intencionalidad, periodo del proceso escolar, agente evaluativo (externo-interno), según extensión de la
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evaluación.
De la intencionalidad: 1. Diagnóstico: Se aplica en todas las asignaturas antes de comenzar el
proceso de enseñanza aprendizaje, el propósito es la verificación del nivel de avances y/o conocimientos previos de los y las estudiantes. La evaluación diagnostica pretende detectar carencias, detectar errores y establecer medidas preventivas asociadas a las actuaciones futuras de los y las estudiantes.
2. Identificar aprendizajes previos que marquen el punto de partida para nuevos aprendizajes.
3. Diseñar estrategias que permitan nivelación de los/as estudiantes 4. Ajustes posibles que se puedan realizar a los programas de estudios. 5. Establecer metas razonables sobre los logros escolares y con ello
adecuar el tratamiento pedagógico. 6. La evaluación diagnostica no es solo información para el docente, debe
ser devuelta a las y los estudiantes con las respectivas observaciones, las que posteriormente se transformarán en proceso sumativo.
Características de la evaluación diagnóstica. 1. No debe ser calificada con una nota, puesto que sería una penalización
en contra de los estudiantes, la calificación corresponde solo una vez que se tienen avances el proceso de enseñanza aprendizaje y el diagnóstico es previo a esta actividad.
2. El diagnóstico no necesariamente debe ser considerado como una prueba, existen muchas formas de aplicar diagnóstico, pero debe ser diseñada y comunicada como proceso evaluativo.
3. La evaluación diagnostica puede ser individual o grupal, dependiendo si se quiere tener una visión grupal o individual.
4. Una evaluación diagnostica debe estar basada en objetivos del programa y el aprendizaje deseado.
5. Debe seleccionarse el instrumento que se aplicara, prueba escrita, interrogación, exposición, cuestionarios, preguntas abiertas, observación y registro de ellas
6. Obtención de información, debe ser aplicado el instrumento en espacios regulados.
7. Registro y análisis de la información sobre logros y deficiencias alcanzadas y decidir sobre los aspectos que los estudiantes necesitan
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ser reforzados.1
EVALUACION FORMATIVA
La evaluación formativa se basa en un proceso de evaluación continuo que ocurre durante la enseñanza y el aprendizaje, basado en la búsqueda e interpretación de evidencia acerca del logro de los estudiantes respecto a una meta. Esto permite que el docente pueda identificar dónde se encuentran los aprendices, conocer qué dificultades enfrentan en su proceso de aprendizaje y determinar qué es lo que sigue y hacia dónde deben dirigirse para cerrar la brecha entre el conocimiento actual y las metas esperadas y cuál es el mejor modo de llegar hasta ahí.2 Suele identificarse como la evaluación continua, ya que permite ajustar y reforzar, tener claridad de la trayectoria de aprendizaje y ruta de logros con sentido de realidad, de manera previa a los cierres de ciclos escolares.
CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN FORMATIVA.
• Posibilita actuar sobre el sujeto que aprende y poner de manifiesto los errores si estos existieran.
• Permite observar con claridad la trayectoria que sigue un estudiante entre el momento de partida y su situación de llegada o actual, de acuerdo a los objetivos de aprendizajes.
• Es de Carácter procesual y continuo, permite reorientar la práctica de manera permanente
• Permite mejorar procesos y resultados de aprendizajes.
• Facilita la intervención oportuna frente a las dificultades de logros del o los estudiantes.
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN FORMATIVA.
La evaluación formativa ofrece elementos de juicio a los docentes, que le permitan tomar decisiones, por ello debe conocer las posibilidades de aprendizaje de cada uno de sus estudiantes, como aprende, cuál es su ritmo, 1Educar Chile, La evaluación diagnostica, recuperado 05-11-2018. En
ww2.educarchile.cl/UserFiles/P0001/File/Evaluación%20Inicial.pdf 2Agencia de Calidad. https://www.agenciaeducacion.cl/evaluaciones/evaluacion-formativa/ recuperado 07-11-2018
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sus dificultades, accediendo a reportes que sean interpretados, para motivar, reforzar y proporcionar ayuda. Se debe establecer claramente la diferencia entre instrumentos de evaluación y recursos didácticos, los primeros son instrumentos que permiten recoger información y los segundos son recursos que facilitan el aprendizaje. Los instrumentos de evaluación a su vez se transforman en recursos didácticos pues aportan elementos para apoyar la trayectoria de aprendizaje, pero no todos los recursos didácticos sirven como instrumentos de evaluación. Algunos instrumentos para las técnicas evaluativas son: Escala de observación, lista de control, pruebas de ejercicios de comprobación, guías de laboratorio, cuestionarios, esquemas, mapas, producciones orales, plásticas, musicales, actividades de aplicación, etc.. Algunas técnicas de evaluación formativa corresponden a: Análisis de prácticas docentes, ensayos libres, encuestas, revisión de cuadernos, observación directa, correcciones de actividades, elaboración de proyectos, desarrollo de técnicas de estudio, implementación de programas de refuerzo educativo, uso de diarios del docente y del estudiante, entrevistas, etc
INTENCIONALIDAD DE LA EVALUACION FORMATIVA:
• Permitir reflexionar al grupo sobre el rendimiento, analizando los resultados y logros como punto de referencia para las evaluaciones posteriores.
• Los análisis pueden ser individuales o grupales.
• Se deben establecer de manera conjunta procedimientos y estrategias de mejora.
• La evaluación formativa debe permitir al estudiante mejorar su proceso de aprendizaje.
• Los estudiantes deben ofrecer conclusiones, ya que la evaluación debe permitir tanto a docentes como estudiantes tomar decisiones sobre los aprendizajes.
• La toma de decisiones debe considerar los acuerdos tomados en común, tanto estudiantes como docentes deben percibir estos ajustes.
• Las acciones evaluativas deben ser fruto de los compromisos adquiridos, en función de las metas y logros de aprendizajes.
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EVALUACIÓN AUTENTICA
La evaluación autentica, está emparentada con la evaluación formativa, está basada en la noción de proceso, que va desde el conocimiento previo hacia la adquisición de nueva información, mediado por experiencias complejas, que involucran procesos emocionales, motivacionales, cognitivos y sociales. El enfoque corresponde a la enseñanza para la vida. La evaluación autentica provoca impacto en la interacción docente-estudiante, implica aprender a vivir juntos, aprender a ser, aprender a hacer, la evaluación es comprendida como un proceso consustancial a la enseñanza aprendizaje, no se separa en ningún momento del acto educativo, es decir tiene lugar cada vez que un estudiante, opina, toma la palabra, lee, escucha, opina, produce textos, en el contexto de una actividad determinada.
CARACTERISTICAS DE LA EVALUACIÓN AUTÉNTICA.
Constituye una instancia de mejora del aprendizaje, contribuye a amentar la probabilidad que todos los estudiantes aprendan, permite regular los aprendizajes, comprenderlos, retroalimentarlos. Es consustancial al proceso enseñanza aprendizaje, no se considera como separada del proceso de las actividades de enseñanza realizadas diariamente por los estudiantes. Constituye un proceso colaborativo, se concibe multidireccional, en donde los estudiantes se autoevalúan, son evaluados por sus pares, y por los docentes, en esta acción todos aprenden, todos se responsabilizan de los resultados. Debe favorecer la autonomía en el aprendizaje y la meta-cognición. La evaluación compartida se facilita el apoyo para mejorar la efectividad de los aprendizajes, participando todos y todas en la toma de decisiones, comprender sus competencias y necesidades, responsabilizarse de los aprendizajes y dominar estrategias meta cognitiva, entendiendo como aprende, que se aprende, para que se aprende. La evaluación Atentica es diferente a la tarea de calificar, se superpone a esta acción. La evaluación auténtica privilegia las actividades de los estudiantes, promueve establecer actividades diferenciadas, adaptadas a los diferentes ritmos de aprendizajes y estilos de aprendizajes. La evaluación autentica está centrada en las fortalezas de los y las estudiantes, ayuda a identificar lo que saben o dominan y lo que son capaces de lograr.
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La evaluación autentica valora el error, considerando los beneficios pedagógicos al analizar los errores, permitiendo que se presenten para trabajar a partir de ellos. La evaluación autentica, favorece la equidad educativa, respondiendo diferenciadamente a las características y necesidades del estudiantado.
INTENCIONALIDAD DE LA EVALUACION AUTENTICA.
• Evaluar aprendizajes multidimensionales, es decir, conocimientos, saber, habilidad, saber hacer, actitudes y valores, saber vivir, estos actos se denominan competencias, entendiéndola como la eficacia de actuar frente a situaciones determinadas.
• Evaluar las competencias de los estudiantes a partir de información que aportan sus desempeños, los que deben ser demostrados mediante la presentación de ejemplos de la vida real, problemas significativos, de naturaleza compleja, que requieren de soluciones y respuestas complejas, que no se pueden seleccionar de un menú de alternativas.
• Evaluar aprendizajes contextualizados, usando situaciones problemáticas y cercanas a la vida cotidiana, dentro y fuera de la escuela, en estos casos los docentes no pueden ofrecer un modelo estándar para la resolución de problemas, deben ser descubiertos por cada uno de ellos.
• La evaluación considera al aprendiz como un sujeto activo.
• La evaluación se transforma en un proceso colaborativo, se facilita la
interacción y apoyo de otros, enfatizando el trabajo colectivo más que el individual.
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN AUTENTICA:
Evaluaciones creadas por los docentes para medir competencias, valoración de desempeño, portafolios, autoevaluaciones, resolución de problemas, construcción de artefactos, ejecutar experimentos, creación de productos gráficos, escritos, representaciones teatrales, entrevistas orales, nueva narración de lecturas, ejemplos de tipos de escrituras, proyectos, exhibiciones, pruebas y exámenes con preguntas abiertas, que permitan análisis de casos, observaciones del docente.
EVALUACIÓN SUMATIVA.
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La evaluación sumativa es aquella realizada después de un período de aprendizaje, o en la finalización de un programa o curso. Esta evaluación tiene como propósito calificar en función de un rendimiento, otorgar una certificación, determinar e informar sobre el nivel alcanzado a los alumnos, padres, institución, docentes, etc. Se utiliza la evaluación sumativa o acumulativa, cuando pretendemos averiguar el dominio conseguido por el alumno, con la finalidad de certificar unos resultados o de asignar una calificación de aptitud o inaptitud referente a determinados conocimientos, destrezas o capacidades adquiridos en función de unos objetivos previos.3
INTENCIONALIDAD DE LA EVALAUCION SUMATIVA.
• Calificar, cuantificar el nivel de logro de un conocimiento, habilidad y/o
conducta del curriculum, de la unidad de aprendizaje, de un ciclo, curso o nivel, para certificar el nivel de logros de lo planeado para ese periodo.
• Medir y juzgar el aprendizaje de unidades, para certificar su grado de desempeño.
• Tomar decisiones para efectuar calificaciones totalizadoras de los aprendizajes, en donde cada estudiante demuestra la proporción de logro de los objetivos propuestos.
CARACTERISTICAS DE LAS PRUEBAS SUMATIVAS.
• Asegurar la coherencia entre los objetivos educativos, las actividades desarrolladas para su logro y el contenido de las pruebas.
• Debe poseer tabla de especificaciones que servirá de base en el desarrollo de las actividades del profesor a lo largo del curso y que podrá utilizar para construir las pruebas sumativas al final del semestre, materia o curso.
• Construir ítems para apreciar los niveles de logros de los alumnos en los aspectos que cubra la tabla de especificaciones. Tomando en cuenta que la cantidad de objetivo es muy diversa, el profesor debe elegir aquellos que representan niveles de calidad superior, análisis, síntesis, pensamiento crítico, razonamiento, etc.
• Utilizar algún procedimiento específico para determinar lo que se
3Samboy L 82009) Evaluación Sumativa
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pretende medir.
• Los ítemes se deben someter a prueba con un equipo de docentes o Unidad Técnico Pedagógica para determinar su validez, las coincidencias que se presenten puede ser tomada como indicio de su valor. También los profesores pueden probar la fiabilidad de los resultados. Luego de esto, los profesores podrán disponer de un banco de ítemes que se pueden utilizar durante años sucesivos.
EVALUACIÓN DIFERENCIADA.
Procedimiento pedagógico que le permite al docente, identificar los niveles de logro de aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos estudiantes que por diferentes necesidades educativas están en una situación temporal o permanente, distinta de la mayoría. Este procedimiento de evaluación, se diferencia de los aplicados a la mayoría de los estudiantes. Cada colegio aplica procedimientos, que según su criterio pedagógico, permiten dar reales oportunidades educativas a los alumnos con necesidades educativas especiales4 Al referirnos a evaluación diferenciada se debe distinguir entre cuatro fenómenos muy diversos: a) Evaluar a niños o jóvenes con discapacidad física o mental (ceguera, sordera, mudez, paraplejia, trastornos motores, síndrome de Down, retraso o deficiencia mental, autismo, psicosis, afasia, etc.), b) Evaluar a niños con dificultades de aprendizaje variadas (déficit atencional, hiperactividad, inmadurez neurocognitiva, etc.). c) Evaluar a niños o jóvenes con impedimentos o limitaciones físicas o mentales temporales (fracturas, depresión, estrés, estados medicamentosos, etc.).5 d) Evaluación diferenciada como “la aplicación de procedimientos de evaluación adecuados para atender a la diversidad de alumnos existente en cualquier grupo curso”. e) La evaluación diferenciada requiere para su aplicación, confección y revisión de trabajo colaborativo, el que debe estar a cargo de docentes de asignaturas, docentes diferenciales y otros profesionales de apoyo con una mirada multi profesional que atienda las reales necesidades de cada niño y
4Mineduc. Decreto 511/1999 5EDUCREA Evaluación diferenciada
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niña según sus diferencias particulares.
PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA
• Adecuar los instrumentos evaluativos según necesidades individuales, que permita alcanzar las metas propuestas para cada nivel y curso del currículo.
• Pretende que los educandos tengan igualdad de posibilidades escolares, independiente de sus capacidades diferentes. Justicia evaluativa, equidad en las oportunidades.
• Ofrecer tiempos, recursos, espacios físicos, materiales y estrategias distintas, para que demuestren aprendizajes y desarrollo de habilidades en los distintos ámbitos de la vida escolar.
LAS CALIFICACIONES.
Las calificaciones de las evaluaciones deben ser transformadas a una escala de nota mínima 2.0 y máxima 7.0, con todos los decimales que fluctúan entre un número entero y otro. Además las calificaciones finales de semestre serán aproximadas a la décima superior desde el 0,5 en adelante, y a la décima inferior desde 0,4, utilizando el método del redondeo. Las calificaciones que serán transformadas en escala numérica, las que se deben dejar registradas en el libro de clases, con un plazo máximo de 7 días para dejarlas consignadas en los libros de clases, contado desde el momento de la aplicación del instrumento evaluativo.
DE LA CANTIDAD DE EVALUACIONES
Las calificaciones que se asignen a las asignaturas que cuentan con dos horas a la semana, se deberá aplicar a lo menos una evaluación formativa, una autentica o de proceso y una de sumativa, mínimo tres calificaciones Esta cantidad aumenta en la medida que aumentan la cantidad de horas de cada asignatura. Todas las evaluaciones que implican calificación y que se apliquen, deben ser comunicadas a los estudiantes y apoderados, a través de libreta de comunicación, informativo u otros medios tecnológicos disponible, de carácter institucional.
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Las evaluaciones sumativas, guías de apoyo, pautas de evaluación, listas de cotejos, etc, deberán ser enviadas a UTP, con 48 horas antes de su aplicación, para multicopiar, revisión y comentarios, si fuera necesario. Existirán espacios de trabajo colaborativo para acordar instrumentos de evaluaciones formativas y evaluaciones auténticas, aprobada su efectividad, se harán institucionales, dejándose registro en actas de trabajo de los acuerdos y criterios adoptados.
EL REGIMEN DE EVALUACION:
La escuela Violeta Parra, posee un régimen de evaluación semestral, esto implica que, al inicio de cada unidad u objetivos de aprendizaje, se realizará diagnóstico de los aprendizajes previos de los estudiantes. En cuanto a la periocidad de los reportes al hogar de las calificaciones, se entregará, Bimensualmente al hogar, no obstante aquello, cada docente y especialmente el/la profesor/a jefe, podrá entregar informes más frecuentes según los apoyos individuales de los y las estudiantes, que requieran mayor monitoreo, supervisión y apoyos especiales.
II.- DISPOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento de Evaluación y Promoción fue elaborado
considerando como base los siguientes documentos:
a) Decreto Exento N°511/97
b) Decreto Exento N°107/2003
c) Decreto Exento N°289/2001
d) Decreto Exento N°170/2009
e) Decreto Exento N° 83/2015, marcha a partir del 2017; NT1 a
2° básico; 2018, 3° y 4° año básico; 2019, 5° y siguientes.
f) El Proyecto Educativo de la Escuela Violeta Parra.
g) Marco Curricular, Bases curriculares, Planes y Programas.
h) Manual de Convivencia
Artículo 1: Las Disposiciones de este Reglamento sobre Evaluación,
Calificación y Promoción Escolar se aplicarán en la Escuela
Violeta Parra desde Educación Parvularia, Decreto Exento
289/2001 y Educación Básica, Decreto de Evaluación y
Promoción 511 de1997. El tipo de régimen será Semestral.
Artículo 2: Este Reglamento se dará a conocer a los estudiantes, padres y
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apoderados en el momento de la matrícula, en la 1a. Reunión de
Apoderados, así mismo se publicará en medios tecnológicos
(Facebook, otros) de la escuela.
Artículo 3: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán
resueltas por el Director o Directora del Establecimiento,
realizando la respectiva consulta al Consejo de Profesores
cuando sea necesario. Los casos que se presenten y que estén
fuera de las atribuciones del Director o Directora del
Establecimiento, serán remitidos consultadas a la Dirección de
Educación y posteriormente al Departamento Provincial
correspondiente para su resolución.
Artículo 4: Los alumnos y las alumnas con dificultades NEE (necesidades
educativas especiales), están sujetos a las disposiciones del
“Manual de Convivencia”, reglamento de evaluación y todas
las normas del establecimiento al igual que el resto de los
estudiantes.
Artículo 5: Todas las pruebas parciales o semestrales para ser aplicadas
deberán ser visadas por la Jefatura de UTP, registrando fecha,
observaciones si fuera necesario, las que se registraran en copia
de respaldo.
Artículo6: El y/o la docente deberá entregar dentro de los 10 primeros días
de marzo y los 10 primeros días de julio un calendario de
pruebas y evaluaciones de las lecturas complementarias, el que
deberá ser enviado por correo electrónico al Jefe de UTP).
Correspondiente al plan de Lectura y fomento lector.
Esta información será entregada a los apoderados en las
reuniones de apoderados en los meses correspondientes.
Artículo 7: El y/o la docente deberán entregar al jefe de UTP las pruebas
parciales o semestrales para ser revisadas y visadas, por tanto
deben ser entregadas con antelación, a lo menos 48 horas antes
de su aplicación, esto facilita la entrega al Equipo de
profesionales del PIE, para las adecuaciones que se estimen
convenientes. Siendo responsabilidad del administrativo a cargo
de las fotocopias o del apoyo técnico tener el material en la fecha
acordada.
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Artículo 8: El plazo que tendrán los docentes para entregar los resultados de
las evaluaciones a los estudiantes será de 7 días hábiles como
fecha máxima (una semana)
Artículo 9: Los docentes deben dar a conocer previamente a sus estudiantes
los criterios de evaluación que se aplicará para revisar, evaluar
y/o calificar, trabajos como carpetas, maquetas,
representaciones, trabajos en equipo, tareas, etc, en estos casos,
se debe entregar, previamente: rúbricas, lista de cotejo,
pautas de observación, especificar que se espera como producto,
evitando las arbitrariedades y subjetividades.
Artículo 10: El jefe de UTP deberá entregar al docente las pruebas de niveles
multicopiadas, en el caso que se realicen, en el bloque anterior a
su aplicación.
Artículo 11: Los estudiantes que no se presenten a rendir cualquier
evaluación, serán evaluados, siempre y cuando hayan cumplido
con lo establecido en el “Manual de Convivencia". Si el
alumno y la alumna falta a una evaluación sin justificar, se
tendrá que aplicar un nuevo instrumento inmediatamente al
retorno del estudiante al establecimiento (no existe la evaluación
en ausencia)
Artículo 12: Aquellos estudiantes que hayan justificado debidamente su
inasistencia, se les dará a ellos la posibilidad de ser evaluados
con un instrumento diferente, programándole la nueva fecha
inmediatamente después de su regreso de reposos médico.
Artículo 13: El plazo máximo para tomar o realizar la evaluación pendiente
al alumno y la alumna será una semana a contar de la fecha de
incorporación a clases del o los estudiantes. (Salvo casos muy
especiales, que cuenten con licencia médica, y hayan sido
observados por profesor jefe y jefe de UTP, Convivencia
Escolar, Dirección).
Artículo 14: En el caso de los estudiantes que se presenten sin los materiales
de trabajo, el docente de la asignatura entregará una actividad
alternativa (escrita u oral) y siendo evaluado y/o calificado de
acuerdo a los logros obtenidos en esa actividad, a través de una
rúbrica. Se dejará registro de la falta, en la hoja de vida del
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estudiante del libro de clases, pero no se debe calificar la falta
de materiales.
Artículo 15: Si los estudiantes se negasen a realizar la actividad alternativa
propuesta por el docente éste podrá calificarla con nota mínima
2.0 y deberá ser registrado la anotación correspondiente en la
hoja de vida, según sea el caso. Para que sea efectivo, se
sugiere que el estudiante rotule en su hoja de trabajo con su
nombres y negatividad
Artículo 16: Aquellos estudiantes a los cuales su proceso evaluativo se vea
afectado por estar sujeto a alguna medida establecida en el
Manual de Convivencia”, se le entregará a su apoderado bajo
firma y dejando constancia en su hoja de vida del leccionario,
un calendario de las evaluaciones pendientes o por rendir.
Cualquier medida disciplinaria que se aplique al estudiante debe
ser comunicado por Inspectoría General a UTP, y profesor jefe,
para comunicar al docente de asignatura.
El calendario de evaluaciones será de responsabilidad del
profesor jefe y de asignatura, deberá ser entregado a UTP dentro
de un plazo máximo de dos días.
Artículo 17: Las conductas disciplinarias que afecten e impidan el normal
desarrollo de una evaluación, serán de acuerdo al Manual de
Convivencia del establecimiento, pero en ningún caso la
situación evaluativa deberá constituir un castigo, o verse
afectada por el comportamiento del estudiante.
Artículo 18: En situaciones de "copia", el estudiante podrá acceder a una
calificación de acuerdo a lo que en el momento de ser
sorprendido haya contestado de la evaluación, además el
docente a cargo del proceso deberá consignar en la hoja de vida
del estudiante la situación, pues corresponde a un acto de
deshonestidad escolar y la nota máxima que podrá optar es a un
4.0
Artículo 19: Los estudiantes que por representar al establecimiento en
eventos culturales diversos, (Olimpíadas, Concursos, Debates,
desfiles, etc.,) se vean impedidos de participar del proceso
evaluativo, serán evaluados en otra instancia acordada y
autorizada por jefe de UTP.
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Artículo 20: Respecto a la asignatura de Educación Física los estudiantes que
estén eximidos por prescripción médica temporal o indefinida
del ejercicio físico deberán observar la clase, realizando una
actividad escrita relacionada con ella, entregando el informe al
término de ésta la que será evaluada por el docente.
Artículo 21: Los estudiantes tendrán procesos de evaluación semestral con un
número de calificaciones acorde con el número de horas
semanales de la asignatura.
a) Sector y/o asignatura de 1 hora semanal: requerirá un mínimo de 2 notas de proceso, cuya porcentaje de aprobación corresponderá al 60%, que equivale a la nota 4.0., es decir la cantidad de calificaciones por asignatura será la cantidad de horas más una. (Ej 2 horas = 3 notas, 3 horas 4 notas, 4 horas 5 notas, etc)
b) Los Talleres o asignaturas de la JEC, serán evaluados de acuerdo a la cantidad de horas pedagógicas, ésta evaluación estará asociada a un subsector y/o asignatura, de acuerdo a la temática de la extensión horaria (polideportivo, Tic’s, talleres culturales, talleres científicos, tecnológicos, idiomas, otros).
Artículo 22: El registro de las evaluaciones en el Libro de clases por parte de
los docentes, deberán ser consignadas una semana después de
haber aplicado instrumentos de evaluación, como fecha máxima.
Artículo 23: Cualquier evaluación que exceda del 30% de notas insuficientes
en un curso cualquiera sea la asignatura involucrada, podrá ser
registrada en el leccionario, pero deberá informarse por escrito
las remediales y el instrumento con el que volverá a evaluar los
aprendizajes esperados o los no logrados, pudiendo el docente
adoptar la medida de promediar ambas notas, o registra el mejor
resultado de las dos evaluaciones, considerando compromiso,
voluntad y capacidad de mejora de los estudiantes. Si el
instrumento no fue visado o no cumple con los criterios
mencionados en los artículos anteriores y arroja estos resultados,
la calificación será invalidada.
Artículo 24: Las calificaciones parciales, corresponderán a las calificaciones
de todas las actividades de aprendizajes evaluadas por el o la
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Docente y co evaluaciones alumno - profesor (pruebas escritas,
interrogaciones orales, desarrollo de guías, actividades de los
textos, dramatizaciones, disertaciones, co evaluaciones, etc.).
Artículo 25: Los promedios semestrales por asignatura corresponderán al
promedio de las notas parciales obtenido por los estudiantes.
Artículo 26: El promedio General Semestral, corresponde a la suma de todos
los promedios semestrales dividido por el número de asignatura.
Artículo 27: El Promedio Anual por Asignatura, corresponde a la suma del
promedio del Primer y Segundo Semestre.
Artículo 33: El Promedio General Anual, es la suma del Promedio General
trimestral, dividido en la cantidad de trimestres (3).
Artículo 28: Los resultados de las evaluaciones se anotarán en una escala
numérica de 2,0 a 7,0 hasta con un decimal.
Artículo 29: La calificación de aprobación mínima será un cuatro (4,0)
Artículo 30: Los Objetivos de Aprendizajes Transversales (OAT) tienen un
carácter comprensivo y general orientando el desarrollo
personal, cultural, moral y social de los estudiantes. Los logros
de éstos se registrarán mediante conceptos: Siempre (S),
Generalmente (G), Ocasionalmente (O) y Nunca (N), los que se
registran en el Informe de Desarrollo Personal y Social de los y
las estudiantes.
Artículo 31: La asignatura de Religión será calificada en la escala de 2.0 a
7,0; y su promedio final será expresado en conceptos: MB, B, S
e I.-
Muy Bueno = 6,0 – 7,0 Bueno = 5,0 – 5,9 Suficiente = 4,0 – 4,9 Insuficiente = 2,0 – 3,9
Artículo 32: Las calificaciones obtenidas en las asignaturas de Religión no
incidirán en la promoción de los estudiantes
Artículo 33: Los Talleres JECD serán evaluados y calificados de 2,0 a 7,0 de
acuerdo a la cantidad de horas pedagógicas, cabe señalar que
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tanto la evaluación como la calificación estará asociada a una
asignatura y su promedio final será expresado en una nota
coeficiente 1 en la asignatura asociada.
Artículo 34: Las evaluaciones calendarizadas solo podrán ser suspendidas
por motivos de fuerza mayor, siendo autorizada esta suspensión
por la Directora o Director del establecimiento o Jefe UTP.
Artículo 35: Ante la suspensión de una prueba u otra evaluación, el Profesor
de Asignatura deberá reprogramarla para una nueva fecha, cuyo
plazo no deberá exceder los 7 días hábiles, avisando a los padres,
apoderados, alumnos y alumnas por escrito.
Artículo 36: La calificación final 3,9 deberá evitarse, en los promedios
finales de semestre, No obstante, si ésta se produjese, el docente
de asignatura deberá informar al profesor jefe y si esta
calificación incide en la repitencia, entonces se realizará una
prueba, trabajo o evaluación para promediarlo con la
calificación mencionada.
Artículo 37: En cuanto al embarazo
1. La Ley N° 20.370/2009 (LGE) General de Educación, Art. 11, señala: “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”.
2. A que se le otorguen facilidades en la evaluación. Apoyos pedagógicos especiales y un calendario flexible que les permita rendir todas las pruebas. (art. 5° DS 79 de Educación de 2004)
3. A que no se le exija el 85% de asistencia cuando sus ausencias sean por enfermedades producidas por el embarazo, parto, post parto, enfermedades del hijo menor de un año, asistencias a controles, siempre que sean justificadas por los médicos tratantes. (art. 11 DS 79 de Educación de 2004)
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IV. - DE LA PROMOCIÓN
Artículo 38: Serán promovidos todos los estudiantes de Enseñanza Básica
que cumplan con el requisito de nota mínima cuatro (4,0) y
hayan asistido al menos al 85% de las clases.
Artículo 39: Serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado una
asignatura, siempre que su Promedio General Anual
corresponda a un promedio mínimo 4,5 incluida la asignatura no
aprobada.
Artículo 40: Igualmente, serán promovidos los estudiantes que no hubieren
aprobado 2 asignaturas, siempre que el resultado del Promedio
General Anual corresponda a un promedio mínimo 5,0 incluidas
las asignaturas no aprobadas.
Artículo 41: El Director o Directora de la Escuela, en conjunto con el Consejo
de Profesores, podrán autorizar la promoción de estudiantes con
una asistencia inferior al 85% según razones de salud y otras
causas debidamente justificadas.
Artículo 42: Todas las situaciones especiales de Evaluación y Promoción de
los estudiantes deberán ser analizadas por el Consejo de
Profesores en calidad de Consejo Consultivo y finalmente
resueltas por la Dirección del Establecimiento.
Artículo 43: La situación final de los estudiantes deberá estar resuelta al
término del año escolar. Una vez finalizado el proceso, el
establecimiento entregará al apoderado un Certificado de
Estudios Anual que indique las correspondientes evaluaciones y
la situación del estudiante en cuanto a promoción.
Artículo 44: El establecimiento no podrá retener los certificados o Informes
de Progreso de los estudiantes por ningún motivo.
Artículo 45: El establecimiento confeccionará las Actas de Registro de
Calificaciones en el SIGE y enviará una copia impresa de éstas
al departamento de Educación si este lo solicitara.
20
V. - DE LAS APELACIONES
Artículo 46: Los estudiantes que no estén de acuerdo con su calificación y/o
evaluación podrán apelar dentro de un plazo máximo de cinco
días hábiles a contar de la fecha en que el docente entregó los
resultados a los estudiantes, esta apelación podrá ser realizada
tanto por los alumnos y las alumnas como por su apoderado en
forma escrita.
Artículo 47: Toda apelación debe ser elevada a la Jefa de UTP presentando
un escrito en el cual se deberá detallar claramente la situación,
anexando con ellos los medios de prueba.
Artículo 48: Toda apelación deberá ser respondida al apoderado por escrito
por la jefa de UTP, visada por la dirección del establecimiento
dentro de un plazo máximo de siete días hábiles.
VI. - DE LOS APODERADOS
Artículo 49: El Apoderado conocerá el Avance de los logros académicos de
su pupilo/a por medio del Informe de Notas Parciales,
Semestrales y Certificado Anual de estudios. En caso de que él
o los estudiantes obtengan notas deficientes durante el
transcurso del proceso, éstas se comunicarán mensualmente al
apoderado a través del Profesor de Asignatura o Profesor Jefe,
si así lo amerita el caso.
Artículo 50: Es obligación de los padres y apoderados justificar mediante
certificado médico las inasistencias de su pupilo y pupila, para
que esto sea considerado en el proceso evaluativo y dar las
facilidades que este reglamento establece para aquellos
estudiantes que se ausenten a las evaluaciones por problemas
médicos u otros emergentes de urgencia.
VII.- DE LA ASISTENCIA
Artículo 51: Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir a lo menos el
85% de las clases establecidas en el Calendario Escolar. No
obstante, por razones debidamente justificadas, el Director del
Colegio, consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar
21
la promoción de los alumnos con porcentajes menores de
asistencia, para el cual se determina el siguiente procedimiento:
Artículo 52: En caso de inasistencia del alumno por motivos de salud, el
apoderado deberá presentar el Certificado Médico
correspondiente, en el cual se indicarán los días de ausencia,
éstos se computan estadísticamente como días de ausencia con
justificación.
Artículo 53: La presentación del Certificado se hará en Inspectoría General,
con un plazo no superior a 48 horas, a contar del reintegro del
alumno. No se aceptarán certificados presentados fuera de este
plazo.
Artículo 54: Inspectoría informará al Profesor Jefe respectivo y Unidad
Técnica Pedagógica, sobre la situación anterior para ser
presentado en Consejo de Profesores de manera periódica, para
no ver afectado al estudiante al término del año lectivo.
En caso de inasistencia del alumno por motivos de viaje, el apoderado deberá justificar con antelación este hecho al Inspector General, quien informara al Profesor jefe respectivo y Unidad Técnica, de los días de ausencia de los y las estudiantes. Se sugiere informar al apoderado que una ausencia extendida puede perjudicar el proceso de enseñanza-aprendizaje de su pupilo y ser causalidad de repitencia.
VIII. DE LAS CALIFICACIONES ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCION ESCOLAR.
Artículo 55: El establecimiento, al término del año escolar, extenderá a sus
alumnos un certificado anual de estudios que indiquen las
asignaturas y, las calificaciones obtenidas y la situación final
correspondiente.
Artículo 56: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción
consignarán, en cada curso, tanto las calificaciones finales de
cada asignatura como la situación final de las y los estudiantes.
22
IX. - ARTICULOS TRANSITORIOS.
Artículo 57: Todos los aspectos no considerados en este reglamento se
resolverán en consejos consultivos de profesores y el Director
según los criterios y observaciones dadas por los docentes,
establecerá la resolución correspondiente.
Artículo 58: Los estudiantes con NEE, atendidos por el proyecto de
Integración, pueden repetir curso, siempre que exista la
justificación técnica del equipo de apoyo profesional, en
conjunto con profesores de aula, teniendo a la vista aspectos de
asistencia, apoyos brindados y facilidades de oportunidades
pedagógicas.
ANEXO EXCEPCIONAL DE EVALUACIÓN
ANTE SITUACIÓN DE PANDEMIA COVID – 19
LICEO VIOLETA PARRA, LA PINTANA
Título I: Disposiciones generales.
Ante la situación actual que atraviesa el país por la pandemia provocada por
COVID-19, es necesario generar un anexo al "Reglamento de Evaluación" de
acuerdo con el nuevo modelo de enseñanza remota “online” dispuesta por el
Ministerio de Educación, considerando la protección de los y las estudiantes
en el desarrollo académico y socioemocional. Frente al nuevo contexto
sanitario, la comunidad educativa ha considerado implementar estrategias
que nos permitan continuar evaluando y monitoreando el avance de los
estudiantes, para obtener las evidencias necesarias de su progreso y así tomar
decisiones oportunas respecto del proceso de Enseñanza- Aprendizaje.
Las disposiciones del presente anexo del reglamento de evaluación se
aplicarán en el establecimiento “Liceo Violeta Parra”, estableciendo las
normas sobre evaluación, calificación y promoción, de todos los niveles y
modalidades de enseñanza de acuerdo al decreto supremo 67/2018 De aquí
23
en adelante, serán difundido a las/os docentes a estudiantes, padres y
apoderados.
Dicho anexo regirá, de manera transitoria, mientras lo disponga el Ministerio
de Educación. Los ámbitos del proceso de Enseñanza – Aprendizaje se detallan
en este documento.
Es preciso señalar, que durante el contexto sanitario el Mineduc ha entregado
lineamiento en el área curricular como son la “Priorización de Objetivos de
Aprendizaje”, “Orientaciones en Tiempos de Covid”, “Orientaciones para la
Implementación de la Priorización Curricular en Forma Remota y Presencia “y
Decreto 67 las cuales se consideran dentro del proceso enseñanza –
aprendizaje.
24
Título II: Evaluación.
Artículo 1: El año escolar está dividido en 3 trimestres, por lo cual, según lo
emanado en el Calendario Escolar del Ministerio Educación, se consideran las
siguientes fechas:
1er trimestre: 01 de marzo al 28 de mayo.
2do trimestre: 31 de mayo al 10 de septiembre.
3er trimestre: 13 de septiembre al 03 de diciembre.
Vacaciones de invierno: 12 al 23 de Julio.-
El primer trimestre se destinará para la etapa de diagnóstico y nivelación, ya
se OA no abordados o deficientes del año anterior, además de la
implementación de un plan de nivelación de aprendizaje desde NT1 a octavo
año de Enseñanza Básica en las asignaturas de Lenguaje y Matemática,
principalmente, no obstante se aplica el mismo criterio de nivelación y
priorización para todo el currículo.
En el segundo y tercer trimestre se trabajará con la priorización curricular
correspondiente al año escolar lectivo en curso, los cuales abarcan el nivel 1 y
2 según lo considerado por el Ministerio de Educación, entendiendo que el
nivel 1, corresponde a los objetivos obligatorios de aprendizaje y los de nivel
2, corresponden a los objetivos integradores y significativos.
Artículo 2: Las evaluaciones se realizarán de las siguientes formas:
Diagnostica: Se aplicará el “Diagnóstico Integral de Aprendizaje” de la
Agencia de la Calidad en el área de la Lectura, Matemática y
Socioemocional. Y en las asignaturas de Ciencias e Historia instrumentos
confeccionados por cada docente de la asignatura, se aplicarán durante
el mes de Marzo lo que permitirá disponer de la información sobre los
aprendizajes adquiridos por los y las estudiantes, considerando los OA
priorizados y trabajados en el año escolar anterior, la evaluación debe
abarcar al 100% de los estudiantes de cada curso y un mínimo de 75%,
cifra que considera la Agencia de la Calidad para validar datos de los
instrumentos, es el mínimo para entregar sugerencias sobre la
aplicación plan de superación remedial pedagógica
25
Sumativa: Se aplicarán evaluaciones con el objetivo certificar mediante
una calificación numérica, los aprendizajes logrados por los estudiantes;
considerando los lineamientos del curriculum nacional a través de las
priorizaciones curriculares 2021-2022 y las adecuaciones
implementadas y consideradas por el establecimiento educacional,
ajustado a los lineamientos ministeriales
Formativa: Se aplicarán evaluaciones formativas, permanentes,
dejando registro cuantitativo o cualitativo de este proceso, con el
objetivo de monitorear y acompañar el aprendizaje de los y las
estudiantes; lo cual permitirá ir tomando decisiones sobre el proceso
educativo y establecer estrategias de constante retroalimentación con
cada estudiante y sus familias.
Artículo 3: Las calificaciones serán definidas por el régimen trimestral en cada
una de las asignaturas desarrolladas según el plan de estudio y en el
reglamento de evaluación vigente del establecimiento.
Se solicita una cantidad mínima de notas según el número de horas del plan
de estudio. Este guarismo ha sido definido por Departamento de Educación en
conjunto con UTP de la comuna. Donde se debe considerar evaluaciones de
proceso, autoevaluación y coevaluación, según los acuerdos establecidos en
jornada de reflexión.
N° HORAS POR
ASIGNATURAS
N° NÍMIMO DE NOTAS POR
TRIMESTRE
8 3
6 3
4 2
3 2
2 2
1 2
26
Los instrumentos evaluativos aplicados deberán tener una exigencia de
aprobación a lo menos un 60 % de logros en los objetivos planteados.
Las calificaciones utilizarán una escala numérica. Esta será de 2,0 a 7,0. La nota
mínima de aprobación será 4,0. Considerando que, la normativa indica como
evaluación mínima la cifra 1.0, el establecimiento en consideración a los
aspectos socio educativos y de contexto, asume que es demasiado
castigadora y de difícil recuperación para cualquier estudiante.
Las asignaturas que opten en sus calificaciones por una escala conceptual,
utilizarán la siguiente nomenclatura: Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente
(S), Insuficiente (I). La calificación mínima de aprobación será (S), Suficiente.
Título III: Responsabilidades pedagógicas.
Artículo 4: RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO:
El establecimiento se compromete a entregar de manera física, todo el
material pedagógico a utilizar en las actividades online. El cual será
entregado todos los días viernes de 10 a 12 horas en el
establecimiento.
El establecimiento dispone un horario por curso de clases virtuales,
estas son de carácter obligatoria, ya que se pretende entregar la
cobertura curricular señalada por el Ministerio de Educación.
El material pedagógico entregado, será trabajado clase a clase con los
distintos profesores, para apoyar el desarrollo de las actividades. Las
cuales pueden ser revisadas en clases, o retroalimentadas con
posterioridad a través de los medios de comunicación establecidos por
cada docente.
El establecimiento pondrá a disposición de los apoderados y estudiantes
una carpeta Drive, donde se podrá tener acceso al material de las
diferentes clases, ya sean guías de trabajo, presentaciones en
PowerPoint, grabación de las clases online.
El establecimiento hará entrega de los contactos de los docentes,
preferentemente correo electrónico o contacto telefónico para
27
mantener directa comunicación con los apoderados y estudiantes, y
serán los medios oficiales para que nuestras familias hagan envió de las
actividades trabajadas por los estudiantes.
Artículo 5: RESPONSABILIDADES DE LAS FAMILIAS Y ESTUDIANTES:
Asistir todos los viernes entre las 10 y las 12 horas, a retirar el material
pedagógico para sus hijos/as según lo señalado por cada profesor jefe.
Participar de manera activa y constante en las clases virtuales.
Manteniendo la cámara encendida durante las clases y activando los
micrófonos y dando su opinión y/o participando de lo que el/la
docente le solicite.
Asistir a toda la jornada escolar, ya que todos los días en el primer
periodo de clases correspondiente a las 09 hrs. el equipo de inspectoría
pasará tomando la asistencia por cada curso y si el estudiante no está
presente, quedará ausente todo el día.
Acceder a las carpetas DRIVE en caso de tener problemas de
conectividad. De esa forma los estudiantes podrán acceder a las
actividades trabajas en cada clase.
Disponer diariamente del material para las clases, según horario
entregado por el profesor jefe.
Trabajar el material en clases, con el/la profesor/a, o de manera
independiente y luego de cada clase enviar el material trabajado por los
medios de comunicación establecidos por cada docente.
Supervisar el trabajo virtual que hacen sus hijos, evitando actos
disruptivos y faltas de respeto entre compañeros y los miembros de la
comunidad educativa.
Cumplir con los plazos semanales de entrega de la evidencia
pedagógica. De no ser así, se dejará constancia del no cumplimiento
académico. Ya que parte fundamental del proceso pedagógico es la
revisión y retroalimentación de las actividades realizadas por los
estudiantes. El único medio de verificación de dichas actividades, es que
a través de los medios de comunicación establecidos con los docentes,
28
los apoderados o estudiantes hagan envió de sus actividades de forma
periódica.
La asistencia a clases se compone de 3 instancias: 1º Participación en clases
virtuales, 2º Retiro de material pedagógico, 3º Envió de evidencias de las
actividades realizadas. Faltar a uno de estos procesos, implicará monitoreo y
firma de compromisos, por parte de los equipos de Inspectoría general o
Convivencia Escolar. Incurrir en la falta de estos compromisos, implicará la
intervención directa de Convivencia escolar por vulneración de derechos.
Título IV: Promoción.
Artículo 6: Los conceptos de promoción escolar se mantienen tal cual se señala
en el reglamento de evaluación vigentes, desde al artículo n° 39 al 45.
Se detallan a continuación algunos puntos:
Serán promovidos todos los estudiantes de Enseñanza Básica que
cumplan con el requisito de nota mínima cuatro (4,0) y hayan asistido al
menos al 85% de las clases. Entendiendo en el contexto actual, clases
hibridas, retiro de materiales y respuesta a lo establecido en el capítulo
anterior.
Serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado una
asignatura, siempre que su Promedio General Anual corresponda a un
promedio mínimo 4,5 incluida la asignatura no aprobada.
Igualmente, serán promovidos los estudiantes que no hubieren
aprobado 2 asignaturas, siempre que el resultado del Promedio General
Anual corresponda a un promedio mínimo 5,0 incluidas las asignaturas
no aprobadas.
El Director o Directora de la Escuela, en conjunto con el Consejo de
Profesores, podrán autorizar la promoción de estudiantes con una
asistencia inferior al 85% según razones de salud y otras causas
debidamente justificadas.
29
Título V: Información a los Padres y Apoderados.
Artículo 7: Toda información, comunicados, protocolos y medidas a tomar,
serán difundidas a su debido tiempo por los medios de comunicación
establecidos: Correos institucionales, redes sociales y panel informativo del
establecimiento. Dicha información es difundida cuando el equipo directivo
autoriza su difusión según acuerdos establecidos y los/as encargados/as de
difundir la información son solo las profesoras jefas de cada curso.
Artículo 8: Cualquier reunión individual con algún apoderado y estudiante,
debe ser agendada y avisada con antelación al equipo de gestión, de la cual se
debe dejar registro del objetivo de la reunión y los acuerdos establecidos a
través de un acta que cada participante debe firmar.
La Pintana, Marzo 2021
ESCUELA VIOLETA PARRA
DIRECCIÓN
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