reforma tributaria 2014
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IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS
LA VERDAD SOBRE LAREFORMA TRIBUTARIA
PERSONAS NATURALES QUE NO PAGARÁN ESTE IMPUESTO
Pago de servicios,agua y luz
Retiro de cajeroselectrónicos
Pago y uso detarjetas de crédito
El pago con chequeo transferencias
menores a $1,000
Cualquier monto de:- Salario- Remesas- Pago de préstamos de cualquier tipo
$
TAMPOCO PAGARÁN EL IMPUESTO
Las Instituciones financieras por
los créditos para viviendas, para
microempresarios y avío a la
agricultura y ganadería hasta
$50,000
Los pagos del Estado, las
municipalidades y las instituciones
autónomasLos pagos realizados
por misiones diplomáticas, consulares y
personal diplomático
Los pagos que realicen las estaciones de
servicios de combustible por la compra de dicho
producto
La repatriación de capitales
y dividendos, relacionados
con una inversión extranjeraproductiva
El mercado primario de la bolsa de
valores
Las importacionesde bienes y serviciospara la producción
Ingresos porexportaciones
Préstamos personales o de
consumo hasta un monto de $10,000
$
Pagarán este impuesto aquellos quiénes realicen operaciones financieras por medio de
cheque, débito o transferencia electrónica, por un valor mayor a $1,000 a una tasa de 0.25%
PARTE I
LA VERDAD SOBRE LAREFORMA TRIBUTARIA
REFORMA A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA: PAGO MÍNIMO
PASO 1
NO ES IMPUESTO, ES UNA RETENCIÓNVa dirigida a EVASORES y ELUSORES que habitualmente reportan pérdidas o
bajas ganancias para no pagar el Impuesto Sobre la Renta que les corresponde
La empresa calcula el Impuesto Sobre la
Renta, tal como lo hace tradicionalmente.
PASO 2
Se suman todos los valores de los bienes
utilizados para producir, que son propiedad
del empresario: maquinaria, mercadería,
local, entre otros.
Se resta las deudas que se tengan sobre
esos bienes, en caso que existan y al total se
le aplica el 1%.
PASO 3
Se pagará el valor mayor entre el Impuesto
Sobre la Renta y el Pago Mínimo, en este
caso $100, y la diferencia, es decir $40, se
acreditará de forma automática para pagos
futuros del Impuesto Sobre la Renta.
Aquellas empresas que pagan el Impuesto Sobre la Renta
correctamente no se les aplicará esta retención
Cálculo del Pago Mínimo
Local $ 4,000 +
Maquinaria $ 5,000 +
Mercadería $ 3,000 =
Total $12,000 -
Deuda maquinaria $ 2,000
Total activo neto $10,000
Cómo se calcula la retención
Pago Mínimo $100
Impuesto sobre la renta $ 60
Retención para
futura renta $ 40
Cálculo del Impuesto Sobre
la Renta, tal como lo manda
la Ley
EJEMPLO
Se aplica el 1% al total, es decir:
10,000 x 0.01 = $100
Monto $60
EJEMPLO
Pago por un cheque o transferencia.
Por la compra de bienes o servicios, como por ejemplo un televisor plasma, por medio de cheque o tarjeta de débito, en un único pago. * Si la compra se hace con tarjeta de crédito: NO PAGA
Por la compra de un vehículo usado, por medio de cheque o tarjeta de débito, en un único pago.
Cálculo del impuestoMonto: $2,000 xTasa: 0.25%Total: 5Impuesto a pagar: $5
Cálculo del impuestoMonto: $1,500 xTasa: 0.25%Total: 3.75Impuesto a pagar: $3.75
Cálculo del impuestoMonto: $10,000 xTasa: 0.25%Total: 25Impuesto a pagar: $25
Por la compra de un vehículo nuevo de lujo por medio de cheque, en un único pago.
Cálculo del impuestoMonto: $100,000 xTasa: 0.25%Total: 250Impuesto a pagar: $250
IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS
LA VERDAD SOBRE LAREFORMA TRIBUTARIA
Con los NUEVOS IMPUESTOS se busca tener mayor recaudación para financiar programas sociales y satisfacer las necesidades
de las grandes mayorías.
PARTE II
La LIBERTAD DE EXPRESIÓN tendrá como siempre las garantías que le concede nuestra CONSTITUCIÓN.
REFORMA A LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
¿CUÁL ES EL CAMBIO QUE SE HA HECHO A LA LEY?
DIRIGIDA A LOS PROPIETARIOS DEIMPRENTAS Y PERIÓDICOS
LA VERDAD SOBRE LAREFORMA TRIBUTARIA
Ahora los propietarios de imprentas y periódicos pagarán el Impuesto Sobre la Renta, tal como lo hacen todos los empresarios y trabajadores.
SEGUIRÁN SIN PAGAR LOS DERECHOS ARANCELARIOS DEIMPORTACIÓN (DAI) Y EL IMPUESTO DE IVA IMPORTACIÓN:
Y todos los materiales para la producción de libros, revistas y periódicos, es decir, mantendrán las exenciones tal como ha sido tradicionalmente.
Libros Editoriales Periódicos Equipos Papel Tinta
El resto de medios de comunicación, tradicionalmente han pagado y seguirán pagando el Impuesto Sobre la Renta. Radio Televisión Periódicos
digitales
NO TENDRÁ LA
RETENCIÓN
LA RETENCIÓN
RECAE SOBRE EL
EXCESO
RETENCIÓN* PARA EL CONTROL DE LA LIQUIDEZ
DIRIGIDA A LOS GRANDES COMERCIANTES DEL
SECTOR INFORMAL
Retención que se realiza a personas que hagan depósitos y/o retiros en efectivo
superiores a $5,000 en cuentas de bancos o instituciones financieras
CÓMO SE APLICARÁ LA RETENCIÓN:
El Gobierno de El Salvador exhorta a los grandes comerciantes del
sector informal a que se registren como contribuyentes formales.
Quienes permanezcan en el sector informal, no podrán acreditar la
nueva retención y quedará como impuesto definitivo.
Uno o varios depósitos y/o retiros en efectivo, por una suma menor a $5,000 al mes.
Uno o varios depósitos y/o retiros en efectivo, por una suma por $7,000 al mes: LA RETENCIÓN RECAE SOBRE EL
EXCESO DE LOS $5,000 así:
* Retención: es un anticipo para futuros pagos de impuestos.
$ 7,000 -$ 5,000 $ 2,000
$2,000 X 0.25%= $5.00 DE RETENCIÓN
A quiénes NO se les aplicará la retención:Las asociaciones cooperativas, sus federaciones y confederaciones, usuarios de Zonas
Francas, Municipalidades, Fondos de Pensiones, Estado y Organismos Internacionales.
TASA DE RETENCIÓN:
La tasa es del 2.5 por mil, es decir 0.25%
LA VERDAD SOBRE LAREFORMA TRIBUTARIA
EJEMPLO
REFORMA AL CÓDIGO TRIBUTARIO
1
2
3
LA VERDAD SOBRE LAREFORMA TRIBUTARIA
Regulación de precios de transferenciaLa compra y venta de bienes o servicios entre empresas que tenga un mismo propietario deben de realizarse utilizando los precios del mercado. De esta forma, se evitará que trasladen gastos de una a otra, con el fin de tributar menos.
Registro de dispositivos electrónicos (POS) en el Ministerio de HaciendaSe deberán registrar ante el Ministerio de Hacienda los dispositivos electrónicos (POS), para evitar que las empresas deriven los ingresos hacia otros países cuando reciban pagos con tarjeta de crédito o débito.
Publicación de resoluciones, fallos y sentencias tributariasSe publicará en los periódicos del país y en el portal del Ministerio de Hacienda, las resoluciones tributarias que emita la Dirección General de Impuestos Internos, las sentencias del Tribunal de Apelaciones y los fallos de la Corte Suprema de Justicia.
La Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda publicará en los periódicos el listado de los contribuyentes que tengan deuda tributaria.
La solvencia que emita el Ministerio de Hacienda será por obligaciones de Impuestos (DGII) y aduana (DGA)4
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