proyecto de informe de la séptima reunión de la
Post on 14-Jul-2022
17 Views
Preview:
TRANSCRIPT
1
Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco
Séptima reunión Delhi (India), 7-12 de noviembre de 2016
Punto 10 del orden del día provisional
FCTC/COP/7/37 12 de noviembre de 2016
Proyecto de informe de la séptima reunión de la
Conferencia de las Partes en el Convenio Marco
de la OMS para el Control del Tabaco
Delhi (India), 7-12 de noviembre de 2016
FCTC/COP/7/37
1. APERTURA DE LA REUNIÓN
1. La séptima reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio Marco de la OMS para el Control
del Tabaco (CMCT de la OMS) se celebró en el India Exposition Mart (IEML) de Noida (India)
del 7 al 12 de noviembre de 2016. En la reunión participaron representantes de 136 Partes en el Convenio.
También asistieron representantes de 5 Estados que no son Partes, así como 4 organizaciones
intergubernamentales y 13 organizaciones no gubernamentales acreditadas como observadores.
2. Inauguró la reunión el Presidente de la COP, el Dr. Oleg Salagay (Federación de Rusia), que, en
nombre de todos los presentes, agradeció al Gobierno de la India su hospitalidad como anfitrión de la
reunión. El CMCT de la OMS cuenta ahora con 180 Partes, incluida la ratificación más reciente de
Zimbabwe.
3. El Sr. Jagat Prakash Nadda, Ministro de Salud y Bienestar Familiar de la India, dio la bienvenida a
los participantes y expuso brevemente los desafíos que afronta su país en la lucha antitabáquica. En abril
de 2016, el Gobierno introdujo advertencias sanitarias gráficas que cubrían el 85% de la superficie del
empaquetado del tabaco, y se habían tomado medidas para regular el uso de los productos de tabaco sin
humo y penalizar las ventas de productos de tabaco a menores. La alocución del Sr. Nadda se recoge en el
anexo 3 del presente informe.
4. El Sr. Derek Walton, Asesor Jurídico de la Organización Mundial de la Salud, se dirigió a los
asistentes en nombre de la Dra. Margaret Chan, Directora General de la OMS y comentó que la corriente
en la lucha antitabáquica comenzaba por fin a inclinarse en contra de la poderosa industria tabacalera; las
ventas de tabaco experimentan un descenso lento y los gobiernos logran salir victoriosos de los litigios
pese a las actividades de presión y propaganda por parte de la industria. El Sr. Walton instó a las
organizaciones de la sociedad civil a que ayuden a subsanar la situación. La Secretaría de la OMS podría
ofrecer asesoramiento jurídico y técnico a los Estados miembros. La declaración del Sr. Walton se recoge
en el anexo 4 del presente informe.
5. Tras la proyección de un breve vídeo acerca de la celebración de la Conferencia de las Partes en el
país anfitrión en el que participaron voluntarios de la lucha antitabáquica, el Sr. C.K. Mishra, Secretario
del Ministerio de Salud y Bienestar Familiar de la India, se dirigió a los participantes para agradecer la
dedicación de la Secretaría del Convenio y del personal del país a la hora de organizar la reunión. En
especial, rindió homenaje a los funcionarios del gobierno local y a la policía del estado de Uttar Pradesh,
así como a los representantes de los medios de comunicación, que desempeñan una función crucial para
contrarrestar la propaganda de la industria tabacalera.
1.1 Adopción del orden del día y organización de los trabajos
Documentos FCTC/COP/7/1 Rev.1 y FCTC/COP/7/1 Rev.1 (anotado)
6. La Conferencia de las Partes adoptó el proyecto de orden del día que figura en el documento
FCTC/COP/7/1 Rev.1 sin introducir modificación alguna. La Conferencia de las Partes tenía ante sí los
documentos de trabajo e informativos concernientes a los distintos puntos del orden del día.
FCTC/COP/7/37
7. Al examinar la organización de su labor, la Conferencia de las Partes acordó en su primera sesión
plenaria que la Comisión A se ocuparía de los trabajos relacionados con los puntos 5 y 6 del orden del día,
y la Comisión B se centraría en las cuestiones abordadas en el punto 7. Los demás puntos del orden del día
se abordarían en sesiones plenarias.
8. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento Interior de la Conferencia de las Partes,
se eligieron los representantes siguientes como miembros de la Mesa de las Comisiones A y B (decisión
FCTC/COP7(2)):
Comisión A:
Sr. Caxton Masudi Ngeywo (Kenya), Presidente.
Dr. Pekka Puska (Finlandia) y el Sr. Behzad Valizadeh (República Islámica del Irán),
Vicepresidentes.
Comisión B:
Dra. Nuntavarn Vichit-Vadakan (Tailandia), Presidenta.
Sra. Suzy MacDonald (Canadá) y Dr. Néstor Santiago (Filipinas), Vicepresidentes.
1.2 Credenciales de los participantes
Documento FCTC/COP/7/2
9. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento Interior, la Conferencia de las
Partes decidió en su primera sesión plenaria que la Mesa de la Conferencia, con la ayuda de la Secretaría
del Convenio, examinaría las credenciales de los delegados e informaría sobre el particular a la
Conferencia de las Partes durante la reunión. El informe se elaboró puntualmente, con la signatura
FCTC/COP/7/2, el 9 de noviembre de 2016. La Conferencia de las Partes adoptó la decisión pertinente
(FCTC/7COP7(3), Credenciales de las Partes) en su tercera sesión plenaria, celebrada el 9 de noviembre
de 2016.
2. SOLICITUDES PARA ASISTIR A LA CONFERENCIA DE LAS PARTES EN
CALIDAD DE OBSERVADOR
Documento FCTC/COP/7/3
10. La Conferencia de las Partes examinó las solicitudes para obtener la condición de observador
presentadas por una organización intergubernamental, la Comunidad del África Oriental,
y 16 organizaciones no gubernamentales: All India Bidi Industry Federation, Aman-Saulyk, Cámara de
Agricultura de Sarhad, Childlink Foundation, Coalición Polaca de Pacientes con Cáncer, Consumer
Packaging Manufacturers Alliance, Federation of All India Farmer Associations, Fundación
Interamericana del Corazón, Kelab Integrasi Komuniti dan Sosial, Lega Italiana Anti Fumo, Organización
Mundial de Agricultores, Philippine Tobacco Institute, Inc., Sociedad Americana contra el Cáncer,
Tobacco Vapor Electronic Cigarette Association, Virginia Tobacco Farmers Associations y Vision
Mondiale de la Santé.
FCTC/COP/7/37
11. A petición de dos Partes de la región de África, la Conferencia de las Partes acordó aplazar su
decisión respecto a la Comunidad del África Oriental hasta su siguiente reunión.
12. La Conferencia de las Partes, habiendo examinado el documento, decidió otorgar la condición de
observador a la Fundación Interamericana del Corazón, la Sociedad Americana contra el Cáncer y Vision
Mondiale de la Santé, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Reglamento Interior. Se
denegó la condición de observador a las 12 organizaciones restantes.
13. La COP adoptó la decisión FCTC/7COP7(1) en su primera sesión plenaria celebrada el 7 de
noviembre de 2016.
3. PONENTES INVITADOS
14. El Presidente de Sri Lanka, Maithripala Sirisena, pronunció unas palabras ante la Conferencia como
ponente invitado. Una serie de cuestiones revisten especial importancia para su país, a saber: el consumo
de productos de tabaco sin humo; los cigarrillos electrónicos y las pipas de agua; las alternativas
económicamente viables al cultivo de tabaco; y los riesgos relacionados con el género en la lucha
antitabáquica. Su Gobierno adoptó en 2006 una ley única para el control conjunto del tabaco y el alcohol.
Asimismo, el Presidente designó un equipo de tareas presidencial con el propósito de vigilar la situación
en materia de drogas y estupefacientes. Las medidas antitabáquicas de su país se integraron en iniciativas
más generales encaminadas a combatir las enfermedades no transmisibles y cumplir los Objetivos de
Desarrollo Sostenible.
4. ALOCUCIÓN DE LA JEFA DE LA SECRETARÍA DEL CONVENIO E INFORME
SOBRE LOS PROGRESOS REALIZADOS A ESCALA MUNDIAL EN LA
APLICACIÓN DEL CMCT DE LA OMS: INFORME DE LA SECRETARÍA DEL
CONVENIO, SEGUIDO DE UN DEBATE GENERAL
Documentos FCTC/COP/7/4 y FCTC/COP/7/DIV/3
15. En su discurso, la Dra. da Costa e Silva, Jefa de la Secretaría del Convenio, señaló que la inclusión
de la meta 3.a en los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacía necesario impulsar la aplicación del CMCT
de la OMS. La promoción llevada a cabo por la Secretaría en colaboración con la OMS en la Tercera
Conferencia Internacional de las Naciones Unidas sobre la Financiación para el Desarrollo (Addis Abeba,
13-16 de julio de 2015) había garantizado el acuerdo relativo a que la fiscalidad del tabaco debería ser una
de las principales fuentes de financiación destinadas a implementar actividades orientadas a alcanzar los
Objetivos. Estos progresos permitieron otorgar prioridad al CMCT de la OMS y la labor de la actual
reunión en el marco de la agenda sobre salud mundial y desarrollo para el próximo decenio y ofrecieron
una gran oportunidad para acordar una actuación conjunta de la comunidad internacional.
16. Durante los dos últimos años, muchas de las Partes habían adoptado medidas firmes. El tratado y las
normas aprobados por la Conferencia de las Partes habían protegido las decisiones de los Gobiernos frente
a los recursos judiciales, en una demostración de que el comercio internacional no podía expandirse a
costa de la salud y los derechos humanos. Prácticamente ninguna de las Partes en el Convenio se opuso a
las medidas legítimas en materia de salud pública, aunque muchas sí habían rechazado la inclusión de
miembros de la industria tabacalera en las delegaciones participantes en la reunión. El número de Partes
en el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco había aumentado a 24 y
FCTC/COP/7/37
parecía probable que pudiese entrar en vigor antes de la octava reunión de la Conferencia de las Partes
de 2018.
17. La Secretaría había prestado su apoyo a diversas labores, incluidas 11 misiones de evaluación de las
necesidades y el seguimiento posterior a las Partes desde la anterior reunión, medidas destinadas a aplicar
el artículo 5.3 del Convenio relativo a la interferencia de la industria tabacalera y actividades dirigidas a
mejorar la transparencia. Entre las nuevas iniciativas se incluyeron el establecimiento de centros de
intercambio de conocimientos que proporcionan asesoramiento especializado de ámbito internacional y
observatorios que actúan como vigilantes del comportamiento de la industria tabacalera en todo el mundo.
18. Las Partes habían avanzado en la observancia del Convenio en ámbitos importantes como son la
fijación de precios, la fiscalidad y la responsabilidad. No obstante, un cuarto de las Partes que presentaron
informes todavía no habían confirmado la aplicación de las medidas sujetas a plazo en virtud del artículo 8
(protección contra la exposición al humo de tabaco), y el 40% de ellas carecía de una prohibición
completa de la publicidad. Se había hecho un llamamiento a la Secretaría del Convenio para que reforzase
la respuesta a los riesgos específicos en función del género en las políticas para el control del tabaco,
intensificase la aplicación del artículo 17 (cultivo de tabaco y apoyo a actividades alternativas
económicamente viables) y el artículo 18 (protección del medio ambiente y de la salud de las personas), y
estableciese relaciones más allá del ámbito de la salud.
19. La Secretaría había sido miembro activo del Equipo de Tareas Interinstitucional de las Naciones
Unidas sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles y participado en el
mecanismo de coordinación mundial sobre la prevención y el control de las enfermedades no
transmisibles de la OMS. No obstante, sería conveniente aclarar sus acuerdos de hospedaje con la OMS,
además de consolidar la relación entre la Conferencia de las Partes y la Asamblea Mundial de la Salud. La
Conferencia de las Partes debería valorar positivamente las modestas propuestas relativas a las
contribuciones señaladas de carácter voluntario, teniendo en cuenta el incremento del 80% del número de
Partes desde la entrada en vigor del Convenio. Mozambique estaba a punto de convertirse en la Parte
número 181 en el Convenio.
20. En el debate que tuvo lugar a continuación se manifestó un amplio reconocimiento a la India por su
hospitalidad. Los participantes destacaron la relevancia del Convenio como primer instrumento
internacional legalmente vinculante en el ámbito de la salud pública, así como su contribución a la lucha
contra las numerosas consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales que tiene el consumo
de tabaco. Por otro lado, los representantes de las regiones de la OMS hicieron hincapié en progresos y
sucesos notables, como el número cada vez mayor de países que han ratificado el Protocolo para la
Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco, la exclusión de los representantes de la
industria tabacalera de las delegaciones nacionales, la introducción de medidas para hacer frente al uso de
pipas de agua y el consumo de tabaco sin humo, así como la adopción del Llamamiento a la Acción de
Argel para el Control del Tabaco. Varias regiones habían adoptado hojas de ruta o planes para fortalecer la
aplicación del Convenio. Se aportaron numerosos ejemplos de actuaciones de las Partes destinadas a
mejorar las medidas relacionadas con los precios e impuestos (artículo 6), la protección contra la
exposición al humo de tabaco (artículo 8), la aplicación de un empaquetado y etiquetado nuevo o
mejor (artículo 11) y la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco (artículo 13).
21. Si bien la salud pública ha sido la preocupación principal, no deben pasarse por alto otros aspectos
del control del tabaco, como el apoyo a medios de vida alternativos. Concretamente, tanto el
artículo 17 como las relaciones con los cultivadores de tabaco deben enfocarse desde una perspectiva
FCTC/COP/7/37
humana. Fueron muchas las Partes que hicieron hincapié en la dimensión de derechos humanos que
subyace en el control del tabaco; otras destacaron la necesidad de alcanzar un equilibrio entre los distintos
derechos enfrentados, así como de garantizar el respeto de la soberanía de los Estados y comprender sus
circunstancias particulares a la hora de aplicar el Convenio. Se señalaron a la atención de los asistentes las
dificultades que plantea la aplicación, incluida la falta de recursos suficientes y sostenibles, así como la
interferencia de la industria tabacalera, que ha mantenido una estrategia centrada en recurrir a los
tribunales. Pese a que se valoró positivamente la labor de la Secretaría del Convenio en la promoción de
los principios del artículo 5.3, se exhortó a que se introdujeran restricciones más severas con el propósito
de impedir que la industria tabacalera pueda infiltrarse en los debates de la Conferencia de las Partes.
Algunas de las Partes solicitaron información adicional sobre productos de tabaco innovadores, además de
orientaciones sobre su control.
22. Se instó a los países observadores presentes en la reunión a que se adhirieran al Convenio y a las
Partes que todavía no lo han hecho a que ratifiquen el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito
de Productos de Tabaco. Se animó asimismo a todas las Partes a que impliquen a los ministerios
necesarios de sus Gobiernos, con el propósito de aplicar el Convenio de forma exhaustiva y multisectorial,
al tiempo que se recalcó la importancia de la cooperación internacional. Asimismo, se solicitó a la
Conferencia de las Partes que elabore un plan de acción para conseguir la meta 3.a de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible; y se instó a las secretarías del Convenio y de la OMS a que mejoren su
colaboración con miras a prestar un apoyo coordinado a las Partes. Por lo que se refiere a la gobernanza,
se manifestó cierta inquietud respecto al número cada vez mayor de puntos en el orden del día y los
documentos de las reuniones de la Conferencia de las Partes, para lo que se instó a la Mesa a que asesore a
la Secretaría del Convenio sobre la posibilidad de fusionar puntos con el propósito de propiciar
discusiones más coherentes. Debería hacerse todo lo posible por evitar la celebración simultánea de
reuniones, que sitúa a las delegaciones de menor tamaño en una posición de desventaja.
23. Una de las Partes anunció que su Gobierno aportaría un importe adicional de 19 millones de dólares
de los Estados Unidos de aquí a 2021, destinado a respaldar la aplicación del Convenio en países de
ingresos bajos y medianos.
24. Un representante de una organización no gubernamental instó a la Conferencia de las Partes a que
mantuviese a la industria tabacalera al margen del ámbito de la salud pública y la excluyese de los debates,
a que adoptase nuevas medidas de promoción del artículo 5.3 del Convenio y a que exigiese
responsabilidades a la industria del tabaco con arreglo al artículo 19.
25. En su segunda sesión plenaria, la Conferencia de las Partes decidió celebrar sus reuniones en sesión
abierta, con arreglo al artículo 32 del Reglamento Interior, con lo que se excluyó, con efecto inmediato, la
participación del público general.
26. En su tercera sesión plenaria, la Conferencia de las Partes consideró la propuesta de permitir la
asistencia de miembros del público a la clausura de la reunión. Esta propuesta recibió el apoyo de algunas
delegaciones, ya que, en su opinión, el público contribuiría a fomentar la transparencia. Otras prefirieron
atenerse a la decisión anterior de excluir al público de todas las deliberaciones de la Conferencia de las
Partes. Se propuso la puesta en marcha de un mecanismo de selección de los miembros del público, a fin
de excluir a cualquier persona que representase a la industria tabacalera o trabajase con el fin de promover
sus intereses, y la posibilidad de que la COP solicitase a todos los miembros de las delegaciones la firma
de una declaración de conflicto de intereses.
FCTC/COP/7/37
27. Se decidió que la Conferencia no se abriría al público.
5. INSTRUMENTOS DEL TRATADO Y ASUNTOS TÉCNICOS
5.1 Situación del Protocolo para la eliminación del Comercio Ilícito de Productos de
Tabaco
Documento FCTC/COP/7/5
28. La Secretaría del Convenio presentó su informe sobre la situación del Protocolo y las actividades
emprendidas por la Secretaría desde la sexta reunión de la Conferencia de las Partes en relación con la
promoción de la ratificación y entrada en vigor del Protocolo, y solicitó a la Conferencia de las Partes que
facilitara nuevas orientaciones, entre otras sobre las diferentes opciones en caso de que este entre en vigor
con antelación suficiente a la octava reunión de la Conferencia de las Partes.
29. Las Partes expresaron su agradecimiento a la Secretaría por su compromiso con la promoción de la
adhesión al Protocolo y su ratificación y por el apoyo que brinda a las Partes en el desarrollo de las
capacidades y los mecanismos necesarios para aplicarlo y el desarrollo de la capacidad para hacerlo. Se
instó a la Secretaría a que continuara estas actividades. Se estimó que la asistencia a la creación de
capacidades reviste especial importancia. Las Partes hicieron hincapié en la importancia de una
ratificación o adhesión amplias, ya que el comercio ilícito de productos de tabaco tiene carácter mundial y
la cooperación internacional es necesaria para encararlo con eficacia. Representantes de varios Estados
que no son Partes indicaron que sus Gobiernos estaban tomando medidas —entre otras, la aplicación de
las disposiciones jurídicas nacionales necesarias— orientadas a permitir la ratificación del Protocolo o su
adhesión. Algunos de ellos indicaron, además, que sus Gobiernos estaban actuando para atajar el comercio
ilícito incluso antes de convertirse en Partes en el Protocolo.
30. Numerosas Partes se mostraron a favor de ampliar el mandato del grupo de expertos establecido en
cumplimiento de la decisión FCTC/COP6(6). Con relación a las opciones en caso de que el Protocolo
entre en vigor con antelación suficiente a la octava reunión de la Conferencia de las Partes, pese a
acordarse que la aplicación —en especial la del régimen de seguimiento y localización— debía suceder lo
antes posible respecto a la entrada en vigor, la idea de organizar el primer periodo de sesiones de la
Reunión de las Partes junto con una Conferencia de las Partes extraordinaria, según lo propuesto en el
párrafo 29 del documento FCTC/COP/7/5, no recibió apoyo en general. La mayoría de las Partes
mostraron preferencia por la opción propuesta en el párrafo 28, a saber, el establecimiento de un grupo de
trabajo intergubernamental u otro órgano subsidiario encargado de los preparativos del primer periodo de
sesiones de la Reunión de las Partes. Se mostró apoyo a la asignación de los fondos no gastados en el
primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el bienio actual a la financiación de actividades
relacionadas con el Protocolo, entre otras, un grupo de trabajo intergubernamental.
31. Uno de los Estados que no es Parte en el Convenio solicitó la cooperación y el intercambio de
información entre Estados vecinos con el objeto de mitigar la carga financiera que la aplicación del
Protocolo conlleva. Otro expresó preocupación por las consecuencias para su economía de la aplicación
final del Convenio y el Protocolo, ya que el cultivo de tabaco representa una contribución importante.
32. En respuesta a los puntos planteados, la Jefa de la Secretaría del Convenio comentó que un posible
uso eficaz de los fondos reservados para el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el
FCTC/COP/7/37
presupuesto actual sería la contratación de un miembro adicional del personal para ofrecer asistencia
técnica a los Estados Partes.
5.2.1 Aplicación del artículo 5.3 del CMCT de la OMS
Documento FCTC/COP/7/7
33. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes adoptó la decisión FCTC/COP6(14) y pidió a la
Secretaría que llevara a cabo diversas actividades y la informara sobre sus conclusiones en su séptima
reunión. El informe, incluido en el documento FCTC/COP/7/7, resume los progresos realizados por las
Partes en la aplicación del artículo 5.3 y detalla las tareas desempeñadas por la Secretaría del Convenio, en
colaboración con la OMS y otros asociados y expertos internacionales. Un representante de la Secretaría
del Convenio presentó el informe e hizo notar que el artículo 5.3 sigue representando el mayor obstáculo
para varias Partes a la hora de aplicar el Convenio. [añadido a la descripción del informe]
34. Se expresó apoyo a la colaboración de la Secretaría con organizaciones internacionales pertinentes
con el ánimo de fortalecer la aplicación del artículo 5.3, así como al establecimiento de centros de
supervisión de la industria tabacalera (observatorios) y centros de intercambio de conocimientos que
ayudasen a las Partes a aplicar las disposiciones del artículo. Se brindó apoyo, asimismo, al
establecimiento de un grupo de expertos que facilitase a las Partes asistencia en materia de formulación de
políticas y creación de capacidades. Al mismo tiempo, se recomendó que se sacara el máximo partido de
los mecanismos existentes, como el grupo de trabajo sobre medidas sostenibles para fortalecer la
aplicación del CMCT de la OMS. Además, se pidió a la Secretaría que facilitara el intercambio de
prácticas óptimas y la cooperación entre países, en particular, la cooperación Sur-Sur y triangular.
35. En opinión de algunas Partes, no se podía encontrar justificación en el artículo 5.3 para excluir de
las delegaciones de las Partes a representantes legítimos de los Gobiernos, ya que la selección de los
miembros de sus delegaciones constituía un derecho soberano de los Estados. Un representante mostró
especial preocupación por la práctica de enviar notas verbales, ya que, según entendía, podrían de hecho
excluir a miembros de las delegaciones a partir de la mera sospecha de sus posibles vínculos con la
industria tabacalera. Otros representantes advirtieron que, con miras a garantizar la transparencia, debía
permitirse la participación de todas las partes interesadas en la función normativa, aunque ningún grupo
debía ejercer una influencia indebida. Algunos representantes expresaron su preocupación por la exclusión
de los miembros del público y de los medios de las reuniones de la Conferencia de las Partes, dado que, en
su opinión, la decisión no favorecería la transparencia.
36. Varias delegaciones señalaron que el artículo 5.3 exigía a las Partes proteger sus políticas de los
intereses comerciales y otros intereses creados de la industria tabacalera de conformidad con la legislación
nacional, y no, cambiar su legislación; a lo que añadieron que el Convenio no prohíbe la interacción de los
Gobiernos con la industria tabacalera. En efecto, en algunos Estados, el Gobierno participa en la
fabricación de productos de tabaco, lo que da pie a un conflicto de intereses evidente entre el sector de la
salud pública y otros sectores. Se pidió a la Secretaría que proporcionara orientación sobre la forma de
hacer frente a la situación mencionada.
37. Otras delegaciones mostraron un firme apoyo a la puesta en marcha de medidas adicionales
destinadas a promover la aplicación del artículo 5.3, dado que evitar la influencia de la industria tabacalera
constituye un elemento fundamental del Convenio. En consecuencia, el cumplimiento del artículo 5.3 es
esencial tanto para la aplicación del Convenio en su integridad como para el logro de sus objetivos. Estas
FCTC/COP/7/37
delegaciones observaron, además, que las Partes habían acordado la aplicación del Convenio sin reservas.
Asimismo, consideraron que las directrices para la aplicación del artículo 5.3 eran suficientemente claras
para facilitar a las Partes la aplicación de sus disposiciones de conformidad con su legislación nacional.
Un representante opinó que debían aplicarse sanciones apropiadas a las Partes cuya legislación permitiera
ceder a la influencia de la industria tabacalera.
38. Un representante de la Organización Mundial de Aduanas comentó que cierto grado de interacción
con la industria tabacalera era inevitable, ya que sigue constituyendo un comercio legítimo. No obstante,
es importante garantizar una relación adecuada con la industria y evitar que ejerza influencia indebida en
la función normativa.
39. Un representante de la Secretaría del Convenio aclaró que la función principal de los observatorios
consistiría en vigilar las prácticas de la industria tabacalera y la difusión de información a las Partes,
mientras que los centros de intercambio de conocimientos se ocuparían más directamente de prestar
asistencia a las Partes a través de la formación, la creación de capacidades y la documentación técnica,
entre otras actividades. Los dos conjuntos de redes de conocimiento colaborarían para ofrecer apoyo a las
Partes en la aplicación del artículo 5.3. Idealmente, la sede de las redes se situaría en instituciones
académicas y otros organismos de las Partes que pudieran ofrecer apoyo adicional de manera voluntaria a
fin de garantizar su sostenibilidad.
40. Se celebraron consultas oficiosas acerca de un proyecto de decisión propuesto por varias Partes de
América Latina.
41. [más adelante se añadirá información sobre la discusión y la aprobación]
5.4. Elaboración más detallada de las directrices parciales para la aplicación de los
artículos 9 y 10 del CMCT de la OMS: «Reglamentación del contenido de los
productos de tabaco» y «Reglamentación de la divulgación de información sobre los
productos de tabaco»: informe del grupo de trabajo e informe de la OMS.
Documentos FCTC/COP/7/8, FCTC/COP/7/9 y FCTC/COP/7/INF.DOC/1
42. El informe del grupo de trabajo incluido en el documento FCTC/COP/7/8 se elaboró de acuerdo con
los mandatos otorgados en la decisión FCTC/COP6(12) de la sexta reunión de la Conferencia de las
Partes. Un facilitador principal de grupo de trabajo solicitó a la Conferencia de las Partes que considerara
la conveniencia de adoptar el documento con la elaboración más detallada de las directrices parciales para
la aplicación de los artículos 9 y 10 propuesto por el grupo de trabajo.
43. Algunos representantes aprobaron las modificaciones de las directrices parciales contenidas en los
anexos 1 a 3 del informe, mientras que otros estimaron que no aún no existían pruebas científicas
suficientes para justificar su aprobación, en especial, debido a la falta de una definición científica e
integral de la adicción. Algunas Partes sugirieron que el anexo 4 debía incluirse como informe sobre los
progresos. Los representantes destacaron la necesidad de examinar el diseño de los productos de tabaco,
incluidos los cigarrillos finos dirigidos a las mujeres, y los productos de tabaco sin humo, junto con otros
productos de tabaco emergentes. Un representante, que hizo uso de la palabra en nombre de las Partes de
la región de África de la OMS, solicitó asistencia técnica a la OMS a efectos de promover la capacidad de
análisis y pruebas de laboratorio, ya que en numerosos países los únicos laboratorios disponibles
FCTC/COP/7/37
pertenecen a la industria tabacalera. Se recalcó la importancia de contar con la participación de las
autoridades locales en las iniciativas de medición de los contenidos y las emisiones de los cigarrillos.
44. Asimismo, la Conferencia de las Partes tomó nota de los informes contenidos en los documentos
FCTC/COP/7/9 y FCTC/COP/7/INF.DOC/1, preparados por la OMS a invitación de la Secretaría del
Convenio, a petición de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes. Las Partes acogieron con
satisfacción los progresos en la validación de los métodos analíticos químicos de análisis y medición de
los contenidos y las emisiones de los cigarrillos. Un representante señaló que era necesario investigar los
posibles conflictos con el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial
del Comercio en relación con una prohibición futura sobre los cigarrillos finos y ultrafinos.
45. La Comisión A debatió un proyecto de decisión sobre la elaboración más detallada de las directrices
parciales para la aplicación de los artículos 9 y 10 del CMCT de la OMS. Una Parte expresó su
preocupación por la condición y las actividades de diversos grupos de partes interesadas que se mencionan
en el texto, y otra comentó que las organizaciones no gubernamentales debían estar incluidas entre las
partes interesadas. Se sugirió que el proyecto de decisión no debía abarcar la adicción. Se estableció un
grupo de redacción abierto con carácter oficioso encargado de la consideración adicional del texto.
46. [más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
5.5 Control y prevención de los nuevos productos de tabaco que aparecen a nivel
mundial
5.5.1 Control y prevención de los productos de tabaco para pipas de agua: informe de la
OMS
Documento FCTC/COP/7/10
47. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes pidió a la Secretaría, en su decisión
FCTC/COP6(10), que invitara a la OMS a preparar un informe, incluido en el documento
FCTC/COP/7/10, que presentara las opciones de políticas y las mejores prácticas en el control del
consumo de productos de tabaco para pipas de agua a la luz del CMCT de la OMS; y a que facilitase
nuevas orientaciones sobre las medidas que podrían adoptarse a fin de fortalecer las respuestas a esta
epidemia mundial emergente. Un representante de la Secretaría de la OMS se encargó de presentar el
informe.
48. Las Partes consideraron que los productos de tabaco para pipas de agua debían regularse de igual
modo que otros productos de tabaco y contemplarse en las disposiciones del CMCT. Se acogieron con
satisfacción las opciones de políticas y medidas propuestas en el informe. No obstante, dos Partes se
mostraron sorprendidas de que no se hubiera incluido la importación, venta y distribución de productos de
tabaco para pipas de agua. Se expresó preocupación por el aumento del uso de pipas de agua en todo el
mundo, en especial, entre los jóvenes; la permanencia de las ideas erróneas acerca de su seguridad en
relación con otros productos de tabaco; sus contenidos y emisiones, y los riesgos para la salud asociados a
su uso. Se observó la existencia de retos normativos derivados de la heterogeneidad de los productos y del
contexto de su consumo y elaboración. Se reconoció el derecho soberano de los Estados a elegir el nivel
de protección de la salud pública para sus ciudadanos, y una Parte no se mostró de acuerdo con someter al
tabaco para pipas de agua a la misma política tributaria que los cigarrillos.
FCTC/COP/7/37
49. Varias Partes expusieron las medidas tomadas por sus Gobiernos, como imponer los mismos
requisitos de etiquetado de otros productos de tabaco al tabaco para pipas de agua, prohibir el consumo de
tabaco para pipas de agua en los lugares públicos, e incrementar el precio para este tipo de tabaco. Se
acogió con satisfacción el establecimiento de un centro mundial de intercambio de conocimientos sobre el
uso de pipas de agua en la Universidad Americana de Beirut, y se solicitó a la Secretaría del Convenio y a
la OMS que promovieran el intercambio de experiencias y prácticas óptimas. Se reconoció la necesidad de
hacer lo posible por diseñar métodos normalizados que permitan determinar las repercusiones en la salud
de los productos de tabaco emergentes y los productos de tabaco sin humo; establecer las prioridades de
actuación; verificar los métodos de análisis, y subsanar las lagunas en el ámbito de la investigación
científica.
50. El Presidente del Grupo de Estudio de la OMS sobre Reglamentación de los Productos de Tabaco
señaló que el tema de los enfoques de carácter tributario correspondía a las Partes, al tiempo que observó
que, en algunos países, el tabaco para pipas de agua y el tabaco sin humo no se incluyen en las mismas
políticas tributarias que los cigarrillos. Ya existe una cantidad considerable de información acerca de las
consecuencias para la salud, las necesidades de investigación y las medidas recomendadas, por ejemplo,
en la nota de orientación de 2015 del Grupo de Estudio sobre el consumo de tabaco para pipas de agua.
5.5.2 Sistemas electrónicos de administración de nicotina y sistemas electrónicos sin
nicotina: informe de la OMS
Documento FCTC/COP/7/11
51. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes pidió a la Secretaría, en la decisión
FCTC/COP6(9), que invitara a la OMS a preparar un informe de expertos. El informe, que figura en el
documento FCTC/COP/7/11, ofrecía una actualización sobre las pruebas relativas a las consecuencias para
la salud del uso de los sistemas electrónicos de administración de nicotina y sistemas similares sin
nicotina (SEAN/SSSN), su posible función en el abandono del consumo de tabaco y su repercusión en las
actividades de control del tabaco. Además, exponía algunas de las opciones normativas encaminadas a
lograr los objetivos señalados en el párrafo 2 del documento FCTC/COP6(9). Se pidió a la Conferencia de
las Partes que proporcionara nuevas orientaciones.
52. Las Partes abogaron por el aumento de la investigación científica, imparcial e independiente desde
el punto de vista comercial con el ánimo de corroborar la repercusión general sobre la salud y los riesgos
para la salud pública a largo plazo de los SEAN/SSSN, así como el papel que estos sistemas de
administración desempeñan en el inicio y el abandono del consumo de tabaco. Algunas Partes expresaron
preocupación por el uso de reclamos sanitarios en los SEAN/SSSN como herramienta de
comercialización. Se estimó que su regulación entrañaba dificultades —dada la amplia variedad y la
evolución constante de la gama de productos— y se consideró útil la lista de opciones normativas. Muchas
de las medidas ya tomadas por las Partes en favor de los objetivos relativos a los SEAN/SSSN eran
congruentes con las opciones de normativas expuestas en el informe. Si bien algunas Partes consideraban
que, del mismo modo que los alimentos, los medicamentos o los productos de tabaco, los SEAN/SSSN
debían someterse a la legislación nacional, otras solicitaron su prohibición total. Se propuso pedir a la
OMS que promoviera la investigación científica continuada con base empírica y preparara un informe de
expertos para la octava reunión de la Conferencia de las Partes.
53. La Comisión A examinó un proyecto de decisión propuesto por una Parte, el cual invitaba a las
Partes a considerar la posibilidad de regular los SEAN/SSSN, por ejemplo, como productos de tabaco,
FCTC/COP/7/37
productos medicinales, productos de consumo u otras categorías, mediante la aplicación de medidas como
las mencionadas en el informe. Otra Parte propuso que, conforme a las opciones de reglamentación
presentadas en el informe, debía invitarse a las Partes que no hubieran prohibido la importación, venta y
distribución de los SEAN/SSSN a que estudiaran la posibilidad, bien de prohibir, bien de regular dichos
productos. Esta propuesta recibió el apoyo de varias Partes. Un representante señaló, no obstante, que si la
reglamentación relativa a los SEAN/SSSN es distinta en países vecinos, es posible que se desvirtúen las
intervenciones para el control del tabaco y aumente el comercio ilícito transfronterizo. Por ello, propuso
que la Conferencia de las Partes acordara regular los SEAN/SSSN del mismo modo que los productos del
tabaco.
[más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
5.6 Alternativas económicamente viables al cultivo del tabaco (en relación con los
artículos 17 y 18 del CMCT de la OMS)
Documento FCTC/COP/7/12
54. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes adoptó las opciones de políticas y
recomendaciones en materia de alternativas económicamente viables al cultivo del tabaco (en relación con
los artículos 17 y 18 del CMCT de la OMS) recogidas en la decisión FCTC/COP6(11). El informe de la
Secretaría contenido en el documento FCTC/COP/7/12 resumía el progreso logrado en la aplicación de la
decisión y pedía a la Conferencia de las Partes que proporcionara más orientación. Un representante de la
Secretaría del Convenio presentó el informe y observó que los informes nacionales sobre la aplicación
revelaban que un número cada vez mayor de Partes había tomado medidas con el fin de ayudar a los
cultivadores de tabaco a optar por medios de vida alternativos.
55. Durante las deliberaciones posteriores, los representantes reconocieron la importancia fundamental
de los artículos 17 y 18 en el marco de una política exhaustiva para el control del tabaco y expresaron su
agradecimiento al Brasil por compartir sus estrategias para fomentar la diversificación agrícola en las
zonas de cultivo de tabaco. Un representante que hizo uso de la palabra en nombre de la región de África
de la OMS propuso que la Secretaría trabajara con la Oficina Regional de la OMS para África en el
establecimiento de proyectos piloto sobre medios de vida alternativos para los cultivadores de tabaco en al
menos dos países africanos; facilitara oportunidades para el intercambio de información sobre buenas
prácticas de cultivos alternativos; y pusiera en marcha programas de información dirigidos a los
cultivadores de tabaco en cuanto a los problemas de salud, ambientales y sociales ligados a la producción
de tabaco. Un representante instó a fomentar la participación de los trabajadores del sector del tabaco en
las decisiones sobre la transición a cultivos alternativos, aunque habría que evitar cualquier interferencia
de la industria tabacalera.
56. Varios representantes de Estados que no son Partes describieron su dependencia económica del
cultivo de tabaco, mientras que otro señaló que las consecuencias para la salud y el medio ambiente
resultarían mucho más costosas a la larga.
[más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
5.7 Aplicación del artículo 19 del CMCT de la OMS: «Responsabilidad»: informe del
grupo de expertos
Documento FCTC/COP/7/13
FCTC/COP/7/37
57. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes amplió el mandato del grupo de expertos, tal como
recoge la decisión FCTC/COP6(7). El grupo de expertos presentó su informe final, contenido en el
documento FCTC/COP/7/13, en el que se detallaron los progresos realizados y se propuso un conjunto de
herramientas como mecanismo de asistencia a las Partes que puedan requerirla de cara a la aplicación del
artículo 19. La Presidenta del grupo de expertos presentó el informe y señaló que el conjunto de
herramientas pretendía ser un documento vivo, que evolucionaría con el desarrollo las prácticas jurídicas.
Se trataría de un recurso en línea disponible para las Partes a través de la plataforma de información del
CMTC de la OMS.
58. En los debates posteriores, los representantes reafirmaron la necesidad de reforzar la capacidad de
las Partes para exigir responsabilidades a la industria tabacalera y varios de ellos señalaron que esta lleva
tiempo empleando la amenaza de recurrir a los procedimientos judiciales para socavar las iniciativas
encaminadas a luchar contra el tabaco de los Gobiernos. De forma simultánea, se señaló que era poco
probable que las demandas judiciales contra la industria tabacalera impidieran que los consumidores de
tabaco dejasen de fumar y que contar con una regulación sólida podía ser un medio más eficiente que
recurrir al litigio para dar forma a las políticas de control del tabaco.
59. Se consideró que el conjunto de herramientas podría ser útil para el intercambio de información, así
como para ayudar a las Partes en el desarrollo de capacidades en materia de responsabilidad civil; no
obstante, se hizo hincapié en que las herramientas deberían considerarse una referencia y no como un
conjunto de directrices o recomendaciones, dada la diversidad de los sistemas jurídicos nacionales que
impide que un único enfoque sea válido para todas las Partes. La Secretaría debería actualizar el conjunto
de herramientas de forma regular, a medida que se disponga de nuevos recursos e información.
60. La mayoría de las Partes consideraron que el grupo de expertos había cumplido su mandato y no
debía continuar; la Secretaría del Convenio debería asumir todo el trabajo adicional relacionado con la
aplicación del artículo 19, o realizarse mediante contactos directos entre las Partes.
[más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
5.8 Consideración de los riesgos en función del género en el desarrollo de estrategias para
el control del tabaco (punto propuesto por una Parte)
Documento FCTC/COP/7/14
61. Este punto del orden del día fue propuesto por una Parte de conformidad con el artículo 7 del
Reglamento Interior de la Conferencia de las Partes. Los principios rectores del CMCT de la OMS,
recogidos en el artículo 4, hacen referencia al «compromiso político firme» requerido para el desarrollo de
medidas multisectoriales de control del tabaco y hacen hincapié en la necesidad de tener en cuenta los
«riesgos relacionados específicamente con el género» al elaborar estrategias en este ámbito. Ha sido la
primera vez que la Conferencia de las Partes aborda esta cuestión. La Secretaría presentó el informe que
se recoge en el documento FCTC/COP/7/14.
62. Los representantes identificaron una serie de riesgos específicos para las mujeres, incluida la
exposición al humo ajeno, las campañas promocionales dirigidas directamente a las mujeres y los riesgos
concretos a los que se enfrentan en países de ingresos bajos y medianos, así como aquellas con una
condición socioeconómica más baja, incluso en países en los que el porcentaje global de consumo de
tabaco entre las mujeres es escaso.
FCTC/COP/7/37
63. Un representante de un grupo regional afirmó que era importante consolidar la información y las
recomendaciones relativas al género hechas por otros órganos del CMCT, incluidos los distintos grupos de
expertos. En la recopilación y el uso de datos sobre el tabaco deberían utilizarse indicadores específicos
desglosados por género.
64. [más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
5.9 Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco: representaciones del tabaco en los
medios de entretenimiento (punto propuesto por una Parte)
Documento FCTC/COP/7/38
65. Este punto del orden del día fue propuesto por una Parte de conformidad con el artículo 7 del
Reglamento Interior de la Conferencia de las Partes. El informe, que se recoge en el documento
FCTC/COP/7/38, expone las representaciones del tabaco en los medios de entretenimiento en relación con
las directrices para la aplicación del artículo 13, identifica las brechas en la aplicación, hace hincapié en el
problema cada vez mayor de la publicidad, la promoción y el patrocinio de alcance transfronterizo y
solicita a la Conferencia de las Partes que proporcione orientaciones sobre las medidas futuras.
66. Los representantes destacaron los nuevos problemas asociados con el uso cada vez mayor de la
tecnología móvil, muy extendida entre los jóvenes. La principal inquietud tenía que ver con la regulación
de la publicidad transfronteriza. Una Parte manifestó su disposición a ejercer de anfitriona de dos
reuniones del grupo de expertos.
67. La Comisión A examinó un proyecto de decisión elaborado por una Parte y lo modificó de forma
adicional para dotarlo de mayor flexibilidad.
68. [más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
6. PRESENTACIÓN DE INFORMES, ASISTENCIA A LA APLICACIÓN Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
6.1 Disposiciones del CMCT de la OMS en materia de presentación de informes: informe
del grupo de expertos
Documento FCTC/COP/7/15
69. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes creó un grupo de expertos para que examine las
disposiciones del CMCT de la OMS en materia de presentación de informes por medio de la decisión
FCTC/COP/6(15). El informe del grupo de expertos, recogido en el documento FCTC/COP/7/15, presenta
los resultados del trabajo del grupo de expertos, incluida la recomendación a la Conferencia de las Partes
de que establezca una Comisión de Examen de la Aplicación del CMCT de la OMS y el mandato de dicha
Comisión para su examen por la Conferencia de las Partes.
70. Las Partes reconocieron la importancia de la elaboración de informes a fin de identificar las
deficiencias en la aplicación y los retos que deben abordarse. Algunas de las Partes acogieron con
satisfacción que se propusiese establecer una Comisión de Examen de la Aplicación del CMCT de la
OMS que, en su opinión, debería financiarse con cargo a los recursos principales. Muchas otras Partes
manifestaron su inquietud respecto a que se estableciese este órgano subsidiario de la Conferencia de las
FCTC/COP/7/37
Partes. Entre los problemas que se plantearon se incluyeron: la legalidad, ya que no se trataría de un
órgano intergubernamental; el número de informes de aplicación que deberían ser revisados y cómo se
seleccionarían. Fueron varias las Partes que llamaron la atención sobre la necesidad de abordar las
disposiciones en materia de presentación de informes conjuntamente con otros puntos del orden del día, en
especial el punto 6.3 (cooperación Sur-Sur y cooperación triangular), el punto 6.4 (medidas sostenibles
para fortalecer la aplicación del CMCT de la OMS: informe del grupo de trabajo) y el punto 6.5 (recursos
financieros y mecanismos de asistencia) con el fin de evitar duplicidades. Se sugirió que la Conferencia de
las Partes debería centrarse en los métodos de mejora del proceso de presentación de informes, como es la
reducción de su longitud, hacer más accesible y fácil de usar la presentación de informes en línea y
facilitar la modificación de informes previos que puedan utilizarse en posteriores ciclos de presentación de
informes.
71. Tras obtener la aclaración del representante de la Oficina del Asesor Jurídico de la OMS respecto a
la legalidad del órgano subsidiario, la Comisión acordó retomar los puntos 6.3, 6.4 y 6.5 antes de
establecer un grupo de redacción para elaborar un proyecto de decisión para los cuatro puntos del orden
del día.
6.2 Cooperación internacional en la aplicación del CMCT de la OMS, incluida la
aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, los objetivos mundiales
relativos a las enfermedades no transmisibles y los derechos humanos
Documento FCTC/COP/7/16
72. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes solicitó a la Secretaría que informara sobre las
actividades de las Partes encaminadas a lograr la meta mundial de reducción del consumo de tabaco en el
marco de la lucha contra las enfermedades no transmisibles en su decisión FCTC/COP6(16). En el
informe, incluido en el documento FCTC/COP/7/16, se analizaron los avances en la adopción y aplicación
de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el logro de la meta mundial de reducción del consumo de
tabaco en el marco de la lucha contra las enfermedades no transmisibles, y la importancia de los derechos
humanos en la aplicación del CMCT de la OMS. Asimismo, se propuso un marco de cooperación
internacional para el examen de la Conferencia de las Partes.
73. Las Partes elogiaron los esfuerzos de la Secretaría del Convenio en aras de la colaboración
internacional. Se expresó apoyo a la recopilación de información relacionada con las iniciativas de
entidades internacionales orientadas a impulsar la aplicación del CMCT de la OMS, y una Parte solicitó
unas bases para evaluar los progresos en la consecución de la meta de una reducción relativa del 30% de la
prevalencia del consumo actual de tabaco en el marco de la lucha contra las enfermedades no
transmisibles. Varias Partes hicieron hincapié en la importancia del componente de derechos humanos en
la lucha antitabáquica, aunque una Parte estimó que la Conferencia de las Partes no era el foro más
apropiado para debatir cuestiones relacionadas con los derechos humanos. Se observó que la lucha contra
el tabaco guardaba relación con varias metas y Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), más allá de la
meta 3.a, y que las Partes debían establecer libremente sus propias prioridades en relación con los ODS.
74. La Comisión consideró los proyectos de decisión preparados por dos Partes.
6.3 Cooperación Sur-Sur y cooperación triangular
Documento FCTC/COP/7/17
FCTC/COP/7/37
75. La sexta reunión de la Conferencia de las Partes solicitó a la Secretaría del Convenio que
promoviera la cooperación Sur-Sur en el intercambio de conocimientos especializados de carácter
científico, técnico y jurídico de utilidad en la aplicación del Convenio (en la decisión FCTC/COP6(27)
sobre el plan de trabajo y presupuesto). En el informe, incluido en el documento FCTC/COP/7/17, se
examinaron los logros cosechados, se analizó la importancia de la cooperación Sur-Sur y triangular de
cara a la aplicación del CMCT de la OMS, y se solicitó a la Conferencia de las Partes nuevas
orientaciones al respecto.
76. Las Partes otorgaron gran importancia a la cooperación Sur-Sur y triangular como instrumento para
favorecer el intercambio de experiencias y prácticas óptimas y la promoción de la aplicación del
Convenio. Varias Partes destacaron los beneficios que estos intercambios les habían reportado. Se expresó
apoyo a la consolidación de los centros de intercambio de conocimientos existentes con los recursos
actuales.
6.4 Medidas sostenibles para fortalecer la aplicación del CMCT de la OMS: informe del
grupo de trabajo.
Documento FCTC/COP/7/18
77. En la decisión FCTC/COP6(17), adoptada en su sexta reunión, la Conferencia de las Partes
prorrogó el mandato del grupo de trabajo establecido a tenor de la decisión FCTC/COP5(17) de la quinta
reunión de la Conferencia de las Partes. El informe del grupo de trabajo, contenido en el documento
FCTC/COP/7/18, presentó para la consideración por la Conferencia de las Partes las orientaciones
estratégicas en materia de asistencia a la aplicación. Uno de los facilitadores principales se encargó de
presentar el informe.
78. Las Partes convinieron en la necesidad de acelerar la aplicación del Convenio. Era preciso priorizar
las medidas propuestas en el informe con el objeto de asistir a las Partes en la aplicación de las políticas
para el control del tabaco. Se propuso encomendar a la Secretaría que relacionara las necesidades de las
Partes con la asistencia para el desarrollo disponible y que la Conferencia de las Partes aprobara una
selección de prioridades de aplicación. Se brindó apoyo a la creación de un plan de acción detallado para
la asistencia a la aplicación y al desarrollo de un marco estratégico a mediano plazo que orientase la
elaboración de los planes de trabajo y presupuestos bienales de la Conferencia de las Partes.
6.5 Recursos financieros y mecanismos de asistencia
Documento FCTC/COP/7/19
79. El informe de la Secretaría, incluido en el documento FCTC/COP/7/19, examinó los recursos y
mecanismos de asistencia en tres secciones, a saber: i) los recursos para apoyar la aplicación de los planes
de trabajo y los presupuestos, ii) los mecanismos de asistencia de la Secretaría del Convenio dirigidos a
apoyar la aplicación de los planes de trabajo y los presupuestos aprobados por la Conferencia de las
Partes, y iii) la asistencia a las Partes mediante la coordinación y la colaboración con otras entidades con
el fin de maximizar los recursos disponibles.
80. Algunas Partes consideraron que los recursos financieros y los mecanismos de asistencia debían
conceder prioridad al trabajo en el ámbito nacional. Se propuso que la Secretaría del Convenio y la OMS
continuara ofreciendo a las Partes asistencia a la aplicación, incluidos recursos financieros; que la
Conferencia de las Partes instara a las Partes a colaborar con otros organismos de las Naciones Unidas,
FCTC/COP/7/37
incluido el Banco Mundial, con el propósito de movilizar recursos para la aplicación; y que la Conferencia
de las Partes fomentara el apoyo de las Partes al trabajo de la Secretaría del Convenio a través de recursos
extrapresupuestarios.
7. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS E INSTITUCIONALES
7.1 Informe sobre la ejecución del plan de trabajo y presupuesto para 2014-2015
Documento FCTC/COP/7/22
81. Se invitó a la Conferencia de las Partes a que tomara nota del informe del documento
FCTC/COP/7/22, que describe la ejecución del plan de trabajo y presupuesto correspondiente al bienio
completo, incluidas las actividades solicitadas por la Conferencia de las Partes a través de varias
decisiones que no se contemplaban directamente en el plan de trabajo. Además, el informe proporciona
información detallada relativa a la ejecución financiera.
82. Si bien las Partes acogieron con satisfacción el informe y alabaron la labor de la Secretaría en favor
de la transparencia, varias Partes mencionaron que preferirían la presentación consolidada de los informes
financieros futuros en un documento, en formato tabular, y con la abundancia de detalles característica de
un informe de la OMS presentado a la Asamblea Mundial de la Salud. De acuerdo con el informe sobre la
ejecución, los fondos movilizados se quedaron 3 millones de dólares de los Estados Unidos por debajo del
presupuesto aprobado, y el gasto total fue 2 millones de dólares inferior a los fondos totales disponibles.
En consecuencia, la información adicional sobre el modo en que los ingresos y el gasto han repercutido en
la ejecución del plan de trabajo para 2014-2015 sería bien recibida y ayudaría a la Conferencia de las
Partes a mejorar la planificación del próximo ciclo presupuestario.
83. En respuesta a la pregunta sobre el sistema de auditoría de sus actividades, la Secretaría respondió
que el Convenio está incluido en la auditoría externa de la OMS. Una Parte sugirió la necesidad de que se
facilite el acceso a los resultados de dicha auditoría.
84. La Comisión B recomendó que la Conferencia de las Partes tomara nota del informe incluido en el
documento FCTC/COP/7/22.
7.2 Informe interino sobre la ejecución del plan de trabajo y presupuesto para 2016-2017
Documento FCTC/COP/7/23
85. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes solicitó un informe interino sobre la ejecución del
plan de trabajo y presupuesto para 2016-2017. Se invitó a la Conferencia de las Partes a que tomara nota
del informe incluido en el documento FCTC/COP/7/23 y se le solicitaron nuevas orientaciones en relación
con el posible uso de los 300 000 dólares de los Estados Unidos pendientes previamente asignados al
primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el Protocolo para la Eliminación del Comercio
Ilícito de Productos de Tabaco, que no pudo celebrarse puesto que el Protocolo no ha entrado en vigor aún
debido a la insuficiencia de ratificaciones.
86. Las Partes acogieron con satisfacción el progreso logrado en la ejecución del plan de trabajo y
reiteraron el deseo de recibir informes financieros en un documento consolidado en la próxima reunión de
FCTC/COP/7/37
la Conferencia de las Partes. Una de las Partes solicitó información pormenorizada de la asunción de los
costos de los participantes invitados a asistir a las reuniones de los grupos de expertos y los grupos de
trabajo; no estaba claro exactamente en qué casos la Secretaría del Convenio asumiría dichos costos, y
cuándo debían hacerse cargo los participantes en la reunión. La Secretaría acordó preparar un documento
explicativo sobre los detalles financieros de diversos tipos de grupos de expertos y grupos de trabajo para
su distribución durante la presente Conferencia de las Partes.
87. En relación con los 300 000 dólares de los Estados Unidos pendientes, varias Partes de una región
indicaron que los fondos sobrantes debían gastarse en la prestación de apoyo y asistencia a los Estados
Partes en el Protocolo y que, a la espera de su entrada en vigor, se encontraban en una posición cada vez
más vulnerable a la influencia de la industria tabacalera. Una Parte propuso destinar una porción de los
fondos disponibles a la ampliación del mandato del grupo de expertos con el objeto de que se revisaran las
disposiciones en materia de presentación de informes. Otra sugirió que se podría ofrecer asistencia técnica
a las Partes que no disponían de capacidad para recopilar y analizar los datos relativos al consumo de
tabaco. Asimismo, otras Partes mostraron su preferencia por la transferencia de los fondos a los
preparativos y la celebración del primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes. Conforme al
punto 5.1 del orden del día, la Comisión A consideraría la propuesta de establecer órganos de apoyo para
la organización del primer período de sesiones de la Reunión de las Partes. Si tal decisión tuviera
implicaciones financieras, podría ser necesario asignar los fondos a la creación de dichos órganos.
88. La Comisión decidió posponer su deliberación sobre el punto 7.2 del orden del día hasta que la
Comisión A hubiera concluido sus conversaciones acerca de los preparativos del primer período de
sesiones de la Reunión de las Partes. La Presidenta solicitó a las Partes que deseaban proponer la
financiación de otras actividades a cargo de los 300 000 dólares de los Estados Unidos adicionales que
prepararan propuestas específicas por escrito.
7.3 Pago de las contribuciones señaladas de carácter voluntario y medidas para reducir
los casos de Partes con atrasos en los pagos
Documento FCTC/COP/7/24
89. En su sexta reunión, la Conferencia de las Partes había solicitado a la Secretaría del Convenio en su
decisión FCTC/COP6(21) que valorara la situación y las razones de los atrasos en los pagos y colaborara
con la Mesa en las medidas recomendadas. Se invitó a la Conferencia de las Partes a que examinara el
proyecto de decisión propuesto por la Mesa incluido en el anexo 1 del documento FCTC/COP/7/24,
encaminado a incentivar a las Partes (sobre todo a aquellas que incumplen sus obligaciones financieras sin
causa justificada) a que cumplan con sus obligaciones en virtud del tratado.
90. Se manifestó preocupación por los atrasos de 82 Partes en el pago de sus contribuciones señaladas
de carácter voluntario, así como por las 21 Partes que nunca han abonado sus contribuciones tras la
entrada en vigor del Convenio. Se recalcó la importancia de asegurar una financiación previsible a través
de una combinación de incentivos y desincentivos. Se solicitó a la Secretaría que empleara todos los
medios a su alcance para facilitar el pago de las Partes —por ejemplo, con información clara sobre los
pagos en su sitio web y una coordinación más estrecha con las misiones permanentes y las oficinas en los
países de la OMS— antes de imponer las sanciones contempladas en el proyecto de decisión. Existe el
riesgo de que la suspensión del derecho de voto de las Partes ofrezca a la industria tabacalera una
oportunidad para promover sus propios intereses. En consecuencia, algunas Partes propusieron que se
eliminara el párrafo 2 a) del proyecto de decisión, y se modificara el párrafo 3 a efectos de que la Mesa
FCTC/COP/7/37
restablezca inmediatamente los privilegios y servicios que las Partes disfrutan una vez cumplan con sus
obligaciones financieras. Asimismo, se debería añadir un párrafo nuevo, 5 c), que establezca que:
«recuerde a las Partes, a través de sus misiones permanentes en Ginebra, sus obligaciones de pago
pendientes y las modalidades de pago de las contribuciones señaladas de carácter voluntario». Algunas
Partes, no obstante, estimaron inapropiada, desde el punto de vista jurídico, la imposición de cualquier
tipo de sanción a las Partes a causa del incumplimiento del pago de las contribuciones señaladas de
carácter voluntario. Con todo, otras apoyaron el proyecto de decisión propuesto por la Mesa, matizando,
no obstante, que era necesario priorizar y organizar de manera secuencial las sanciones enumeradas en el
párrafo 2, además de especificar el criterio de aplicación.
91. También hubo divergencia de opiniones sobre la pertinencia de eliminar la expresión «de carácter
voluntario» en la expresión «contribuciones señaladas de carácter voluntario». Algunas Partes pensaban
que inducía a error, dada la obligatoriedad de tales contribuciones, un aspecto que los ministros de
Finanzas debían reconocer. Otras Partes consideraban que el término debía conservarse, ya que el
Convenio no contempla las contribuciones señaladas y un cambio en la terminología requeriría la
promulgación o modificación de legislación pertinente en el ámbito nacional. La Jefa de la Secretaría del
Convenio señaló que los planes de trabajo y presupuestos adoptados oficialmente por la Conferencia de
las Partes incluían detalles del costo de las actividades cuya financiación está prevista a través de
contribuciones señaladas de carácter voluntario y fondos extrapresupuestarios.
92. Cuando el examen del punto se reanudó al día siguiente, la Jefa de la Secretaria del Convenio
describió el procedimiento actual de la Secretaría para la recaudación de las contribuciones señaladas de
carácter voluntario. Las Partes realizaron una serie de propuestas orientadas a mejorar dicho
procedimiento y, posteriormente, acordaron las prácticas enumeradas a continuación, que la Secretaría del
Convenio aplicará con efecto inmediato:
• nota verbal enviada a la Misión Permanente, al centro de coordinación del CMCT de la OMS en
Ginebra, al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Salud, al centro de coordinación técnico
del CMCT de la OMS y a la Oficina de la OMS en el País antes del comienzo del bienio;
• nota verbal que contenga la factura con la suma en dólares de los Estados Unidos, la fecha de pago,
los datos bancarios y la escala de las contribuciones. La factura se publicará en un sitio web protegido;
• recordatorios del bienio en curso, así como de los atrasos, enviados varias veces a la Misión
Permanente, al centro de coordinación del CMCT de la OMS en Ginebra, al Ministerio de Relaciones
Exteriores, al Ministerio de Salud, al centro de coordinación técnico del CMCT de la OMS y a la Oficina
de la OMS en el País;
• pago mediante transferencia bancaria o a través de la Oficina de la OMS en el país*;
• acuse de recibo del pago enviado mediante nota verbal dirigida a la Misión Permanente, al centro de
coordinación técnico del CMCT de la OMS y a la Oficina en el País de la OMS.
*Debe especificarse que el pago está destinado a abonar las contribuciones señaladas de carácter
voluntario al CMCT de la OMS.
93. Las Partes propusieron diversas formas innovadoras de fomentar el pago de los atrasos en las
contribuciones señaladas de carácter voluntario. Se reconoció que los fondos de país de la OMS no podían
FCTC/COP/7/37
utilizarse para tal propósito. Ni el Reglamento Interior, ni el Convenio mismo estipulaban cómo debían
recaudarse dichos atrasos.
7.4 Proyecto de plan de trabajo y presupuesto para el ejercicio 2018-2019
Documentos FCTC/COP/7/25 y FCTC/COP7/INF.DOC./2
94. De conformidad con el artículo 23 del Convenio, se solicitó a la Conferencia de las Partes que
adoptase el presupuesto para el ejercicio financiero hasta la siguiente reunión ordinaria. En su segunda
reunión, la Comisión B debatió sobre el proyecto de plan de trabajo y presupuesto para el ejercicio 2018-
2019 que figura en el documento FCTC/COP/7/25 y la información detallada incluida en la nota
explicativa del plan de trabajo y presupuesto recogida en el documento FCTC/COP/7/INF.DOC./2.
95. Se invitó a la Conferencia de las Partes a que tenga a bien considerar una contribución adicional
de 707 933 dólares de los Estados Unidos en concepto de contribuciones señaladas de carácter voluntario,
correspondiente al aumento nominal del 8% con respecto al presupuesto de las contribuciones señaladas
de carácter voluntario aprobado por la Conferencia de las Partes para el período 2016-2017, y se le solicitó
que examinase y considerase aprobar el proyecto de plan de trabajo y presupuesto para el ejercicio 2018-
2019 que figura en el anexo 1.
96. En los debates posteriores, las Partes manifestaron su agrado por el hecho de que la documentación
pertinente se hubiera presentado dentro de los plazos oportunos, así como por las iniciativas de la
Secretaría del Convenio dirigidas a identificar medidas de economía por aumento de la eficiencia. Dado el
clima actual de austeridad y la tendencia general a un crecimiento nominal nulo del presupuesto dentro del
sistema de las Naciones Unidas, algunas Partes se opusieron al aumento nominal de las contribuciones
señaladas de carácter voluntario, y se alentó a la Secretaría a que adaptase sus prioridades en consecuencia
y evitase la duplicación de esfuerzos siempre que fuese posible. Podría materializarse un ahorro adicional
si la OMS asumiese determinados segmentos del plan de trabajo. Una Parte propuso que la Conferencia de
las Partes debería desarrollar un plan a mediano plazo en el que estableciese sus prioridades y fusionase
las actividades según procediese, a fin de que sirviese de orientación a la Secretaría del Convenio; otra
sugirió que contar con un informe provisional sobre la aplicación del presupuesto facilitaría a la
Conferencia de las Partes la toma de decisiones sobre cuestiones presupuestarias. Otra Parte manifestó que
consideraba justificado el incremento propuesto en las contribuciones señaladas de carácter voluntario, ya
que en términos absolutos suponía una cuantía reducida para cada una de las Partes. Se solicitaron
aclaraciones relativas a los motivos que justificaban la propuesta de un incremento del 8% en las
contribuciones señaladas de carácter voluntario cuando algunas Partes todavía presentan atrasos en el pago
de sus contribuciones.
97. Se mostró cierta inquietud respecto a la propuesta de contratar a dos oficiales jurídicos más, dado
que la Oficina del Asesor Jurídico de la OMS podría prestar servicios jurídicos, así como respecto a la
reclasificación de determinados puestos en categorías superiores en el seno de la Secretaría del Convenio.
Se sugirió restringir el número y la longitud de los documentos presentados ante la Conferencia de las
Partes, partiendo de la premisa de que es inevitable que con la entrada en vigor del Protocolo para la
Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco aumente el volumen de documentación. Por otro
lado, se manifestaron opiniones discrepantes en cuanto al hecho de si debería armonizarse la política sobre
dietas y viáticos de la Conferencia de las Partes con la de la OMS, y una Parte instó a la Secretaría del
Convenio a que aumentase la ayuda para viajes destinada a los países de ingresos bajos y medianos bajos.
FCTC/COP/7/37
98. La Jefa de la Secretaría del Convenio, haciendo hincapié en el hecho de que, en conjunto, el
presupuesto era reducido en vista de la cantidad de trabajo necesaria para frenar la epidemia de
tabaquismo y defender el Convenio de los ataques constantes de la industria tabacalera, afirmó que en un
examen independiente de la gestión se había llegado a la conclusión de que la Secretaría del Convenio
había alcanzado su capacidad máxima y era necesario revisar su dotación de personal, al tiempo que un
estudio pro bono elaborado por una agencia de publicidad había recomendado que esto contribuiría a
mejorar la visibilidad del Convenio. Como alternativa a la designación de un jefe adjunto de la Secretaría,
se propuso reclasificar algunos de los puestos en una categoría superior, con la intención de incrementar la
dotación de personal de categoría superior disponible para representar al Convenio en otros foros. La
Secretaría del Convenio está integrada en la OMS y no posee identidad jurídica independiente, aunque
cuenta con autonomía respecto a los asuntos del tratado. La Oficina del Asesor Jurídico de la OMS no ha
asumido determinados trabajos técnicos de naturaleza jurídica relacionados con la aplicación del
Convenio; además, la Secretaría del Convenio ha prestado apoyo a las Partes que se enfrentaron a litigios
incoados por las empresas tabacaleras. Los dos puestos de oficial jurídico adicionales solicitados se han
cubierto con carácter temporal, con la esperanza de poder dotarlos de permanencia. En palabras del Asesor
Jurídico Superior, de no haber contado con estos dos miembros del personal, la Secretaría del Convenio
tendría que haber reducido de forma considerable sus actividades jurídicas y de otra índole.
99. Se informó a la Comisión de que las cifras recogidas en el anexo 1 no incluían los gastos de apoyo
a programas. Se calcularían los posibles costos adicionales derivados de realizar la evaluación del
desempeño de la Jefa de la Secretaría del Convenio actual y los jefes siguientes, y se modificaría la
sección correspondiente del presupuesto y el plan de trabajo. Una Parte sugirió que en algunos casos
podrían fusionarse las actividades destinadas a reforzar las capacidades principales, así como aquellas
dirigidas a aplicar artículos concretos del Convenio, a fin de evitar duplicaciones.
100. Se informó a las Partes de que las partidas de administración general, personal y gestión financiera
habían pasado de los fondos extrapresupuestarios a las contribuciones señaladas de carácter voluntario, ya
que podría resultar problemático movilizar recursos extrapresupuestarios a fin de destinarlos a personal y
administración. Pese a que algunas Partes consideraron que era necesario que tanto el plan de trabajo
como el presupuesto se preparasen más detalladamente con antelación a las reuniones de la Conferencia
de las Partes y que la cuestión debería analizarse en mayor profundidad, otras no estuvieron de acuerdo en
que fuese necesario establecer un grupo de asesores para este fin; las cuestiones presupuestarias son
responsabilidad de la Mesa y todas las decisiones que tienen que ver con el plan de trabajo y el
presupuesto deberían ser adoptadas por la Conferencia de las Partes.
101. Una Parte reiteró que no estaba dispuesta a considerar ningún incremento de las contribuciones
señaladas de carácter voluntario para el presupuesto correspondiente al período 2018-2019 y, por tanto, no
deseaba debatir sobre ninguna actividad que afectase a estas.
102. La Jefa de la Secretaría del Convenio apuntó que el incremento propuesto del 8% no incluía los
300 000 dólares de los Estados Unidos que habían aportado las Partes como excepción puntual en el
período 2016-2017 a fin de ayudar a los representantes de países de ingresos bajos y medianos bajos a
sufragar los gastos de viaje para asistir a la séptima reunión de la Conferencia de las Partes. De hecho, sin
estos fondos, el incremento presupuestario ascendería a un aumento nominal del 4,5%. Por otro lado,
preguntó a las Partes si deseaban repetir la excepción por importe de 300 000 dólares de los Estados
Unidos para el próximo bienio.
FCTC/COP/7/37
103. De cara a la próxima Conferencia de las Partes, debería elaborarse una estrategia de comunicación y
medios más pormenorizada, en la que se detallen los costos. Las Partes solicitaron información adicional
relativa a las circunstancias en que se contrataba a agencias de comunicación externas, así como sobre la
composición y las funciones de la «sala de prensa de las Naciones Unidas para la lucha antitabáquica». En
respuesta a esta pregunta, la Jefa de la Secretaría del Convenio explicó que la Secretaría no podía llevar a
cabo una promoción suficiente del tratado y sus disposiciones sin un mandato de comunicación específico
de la Conferencia de las Partes, y que se esforzaba por competir con las campañas de promoción e
información a gran escala desarrolladas por la industria tabacalera. Pese a que la Secretaría de la OMS
presta asistencia técnica, como sucede con la impresión de documentos y publicaciones, el CMCT es una
entidad integrada y, por tanto, se esperaba que financiase sus propias campañas de información.
Únicamente se habría recurrido a agencias externas en condiciones especiales, con el fin de promover
actos concretos, como el Día Mundial Sin Tabaco. Se indicó que se facilitaría información adicional sobre
dichas campañas a petición de la Comisión. La «sala de prensa» se concebía a modo de centro virtual de
intercambio de información fácil de usar, actualizada a diario y presentada en forma de imágenes,
infografías y vídeos. En la determinación de costos de la «sala de prensa» se incluyeron los de tecnología
de la información y se dispuso que la Secretaría del Convenio debería encargarse de coordinar los
aspectos técnicos, mientras que otros aspectos serían gestionados por agencias externas.
104. La Comisión decidió posponer toda consideración adicional del plan de trabajo y el presupuesto, a
la espera de las decisiones de la Comisión A que presentan las repercusiones presupuestarias.
7.5 Iniciativas y colaboraciones de la Secretaría del Convenio para la recaudación de
fondos
Documento FCTC/COP/7/26
105. La Secretaría del Convenio presentó un informe contenido en el documento FCTC/COP/7/26 en el
que se recogen los debates con la Mesa de la Conferencia de las Partes y se ofrecen tres mecanismos de
recaudación de fondos extrapresupuestarios, a saber: la asignación de ingresos para el control del tabaco;
un fondo internacional para el control del tabaco; y un diálogo sobre financiación. Se invitó a la
Conferencia de las Partes a que tomara nota del informe y el proyecto de política de recaudación de
fondos elaborado por la Secretaría del CMCT de la OMS que figura en el anexo del documento, y a que
facilitara nuevas orientaciones al respecto.
106. En lo referente al primer mecanismo, en principio una Parte manifestó su apoyo, aunque recordó
que los países mantenían la soberanía en sus decisiones respecto al uso de los ingresos. Dos de las Partes
afirmaron no tener objeciones a analizar la posibilidad de establecer un fondo internacional a base de
contribuciones voluntarias. Las Partes manifestaron su apoyo al diálogo sobre financiación y pidieron que
los preparativos comenzasen en un futuro próximo, con miras a recaudar fondos para su uso durante el
bienio 2017-2018. Asimismo, se destacó que en cada plan de trabajo y presupuesto bienal debería
incluirse un informe sobre las actividades de recaudación de fondos. Por último, se hizo un llamamiento a
la Secretaría del Convenio para que incrementase su labor en la recaudación de fondos a escala nacional.
107. El proyecto de política de recaudación de fondos recibió un respaldo generalizado. Las Partes
reconocieron la armonización entre el proyecto de política de recaudación de fondos y el Marco de la
OMS para la colaboración con agentes no estatales (FENSA), por la que la Secretaría del Convenio (en
calidad de entidad integrada) está obligada a seguir las disposiciones del FENSA. No obstante, teniendo
presente que el proyecto de política se había elaborado antes de que fuese aprobado el FENSA, las Partes
FCTC/COP/7/37
solicitaron que se racionalizase la política de forma que se incluyesen únicamente los elementos
específicos del Convenio y no englobados en el FENSA. Además, esta política racionalizada debería
especificar que era necesario contar con el acuerdo de la Mesa de la Conferencia de las Partes a fin de que
la Secretaría del Convenio pudiera aceptar fondos de ONG y fundaciones filantrópicas. En este sentido, se
solicitaron aclaraciones sobre las funciones respectivas de la Secretaría y la Mesa en la resolución de
disputas relativas a la aceptación de fondos de entidades del sector privado.
108. [más adelante se añadirá información sobre la adopción de la decisión]
7.6 Procedimiento y metodología para evaluar el desempeño del Jefe de la Secretaría del
Convenio actual y siguiente: informe de la Mesa de la Conferencia de las Partes
Documento FCTC/COP/7/27
109. En la decisión FCTC/COP6(22) adoptada en su sexta reunión, la Conferencia de las Partes había
encomendado a la Mesa que plantease propuestas sobre el procedimiento y la metodología de evaluación
del desempeño tanto de la Jefa de la Secretaría actual como de sus sucesores. Se invitó a la Conferencia de
las Partes a que considerara el proyecto de decisión de la Mesa que se recoge en el anexo del documento
FCTC/COP/7/27.
110. Tras haber analizado esta cuestión en una sesión restringida celebrada durante su tercera reunión, la
Comisión B aprobó el proyecto de decisión, en su forma enmendada, que se envió a la Conferencia de las
Partes para su adopción.
7.7 Examen de la acreditación de organizaciones no gubernamentales como observadoras
de la Conferencia de las Partes
Documento FCTC/COP/7/28
111. En virtud de la decisión FCTC/COP5(22), la Conferencia de las Partes adoptó en su quinta reunión
un proceso que se describe en el documento FCTC/COP/5/27 para los exámenes futuros de la acreditación
de organizaciones no gubernamentales (ONG) como observadoras, con arreglo al artículo 31.3 de su
Reglamento Interior. En su sexta reunión, por medio de la decisión FCTC/COP6(23), acordó un
cuestionario normalizado que sería utilizado durante el examen.
112. De las 20 ONG acreditadas, 19 habían respondido a la solicitud de informes de la Secretaría del
Convenio. Esta información había sido revisada por la Mesa de la Conferencia de las Partes, que había
formulado propuestas para su examen por la Conferencia de las Partes, tal como se recoge en el
documento FCTC/COP/7/28, en el que se recomendó que 17 ONG mantuviesen la condición de
observador y a 3 se le revocase.
113. La Comisión B aprobó el proyecto de decisión, que fue enviado a la Conferencia de las Partes para
su adopción.
7.8 Examen de la acreditación de organizaciones intergubernamentales como
observadoras de la Conferencia de las Partes
Documento FCTC/COP/7/29
FCTC/COP/7/37
114. La Mesa de la Conferencia de las Partes y la Secretaría del Convenio habían examinado cuestiones
relativas a la acreditación de organizaciones intergubernamentales como observadoras, tal como se explica
en el documento FCTC/7/29, en el que se destacaron los vínculos y conflictos de intereses posibles entre
algunas organizaciones intergubernamentales y la industria tabacalera. En reuniones anteriores de la
Conferencia de las Partes se había concedido la acreditación de la condición de observador
a 22 organizaciones intergubernamentales sin que se sometieran a proceso de solicitud alguno, mientras
que otras 8 habían solicitado su acreditación. Dado que no existe un procedimiento oficial para examinar
la acreditación de las organizaciones intergubernamentales como observadoras, se invitó a la Conferencia
de las Partes a adoptar el proyecto de decisión que se incluye en el anexo 1 de dicho documento y el
cuestionario adjunto en el anexo 2.
115. Las Partes acordaron que, en primer lugar, el proceso de examen debería llevarse a cabo con
carácter excepcional. La redacción del párrafo 1 a) del proyecto de decisión debería modificarse en
consecuencia, y al final del párrafo 1 b) debería añadirse una frase por la que se invitaría a la Conferencia
de las Partes a decidir si en el futuro repite el cuestionario y con qué frecuencia. El párrafo 2 debería
comenzar por «invitar a todas las organizaciones intergubernamentales […]» y terminar por «[…] con
arreglo a sus normas internas y procedimientos establecidos». El párrafo 3 debería eliminarse. Los
requisitos que deberían cumplir las organizaciones intergubernamentales no deberían ser demasiado
estrictos y deberían revisarse conforme al cuestionario.
116. Un representante de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) hizo una breve declaración en la
que reiteró su condición de organización asociada y aclaró la naturaleza específica de la función y las
responsabilidades de los organismos de aduanas. Afirmó que la industria tabacalera sigue formando parte
del comercio legítimo, por lo que no puede ser excluida de los procedimientos aduaneros. No obstante, los
órganos decisorios del máximo nivel de la OMA habían decidido que la organización no debería aceptar
financiación de las tabacaleras ni participar en operaciones llevadas a cabo por otras agencias
internacionales que pudieran estar financiadas por estas empresas.
7.11 Consolidación de la sinergia entre la Conferencia de las Partes y la Asamblea Mundial
de la Salud
Documento FCTC/COP/7/32
117. El documento FCTC/COP/7/32 ofrecía información actualizada sobre la inclusión de la aplicación
del CMCT de la OMS en el orden del día de la Asamblea Mundial de la Salud, explicaba la necesidad de
reforzar las sinergias entre la Conferencia de las Partes y la Asamblea, e informaba a las Partes sobre las
propuestas de la Asamblea Mundial de la Salud relativas al intercambio de informes. Se invitó a la
Conferencia de las Partes a que tomara nota del documento FCTC/COP/7/32 y proporcionara nuevas
orientaciones al respecto.
118. Se expresó un apoyo amplio a las medidas de fortalecimiento de la sinergia entre la Conferencia
de las Partes y la Asamblea Mundial de la Salud, ya que ofrecerá la oportunidad de promover
conversaciones políticas de alto nivel en torno a los temas relativos al control del tabaco. La aplicación del
CMCT se consideró clave para el cumplimiento del marco mundial de vigilancia integral para la
prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En
este sentido, el apoyo de la OMS es de especial relevancia en el ámbito regional. La información recíproca
entre la Conferencia de las Partes y la Asamblea Mundial de la Salud incrementaría la visibilidad del
Convenio. Es preciso garantizar el debido respeto a los mandatos tanto de la Conferencia de las Partes
FCTC/COP/7/37
como de la Asamblea Mundial de la Salud, particularmente, a la prerrogativa de la Conferencia de las
Partes de tomar decisiones sobre la aplicación del CMCT.
119. La Comisión B aprobó el proyecto de decisión, que se trasladó a la Conferencia de las Partes para
su adopción.
7.12 Relación de la Secretaría del Convenio con otras entidades internacionales: la
condición de observador
Documento FCTC/COP/7/33
120. La Mesa de la Conferencia de las Partes había llegado a la conclusión de que la acreditación de la
Secretaría del Convenio ante las entidades internacionales con ámbitos de trabajo coincidentes podría
constituir una forma eficaz de mejorar la cooperación. Se invitó a la Conferencia de las Partes a que
tomase nota del documento FCTC/COP/7/33 y considerase el proyecto de decisión recogido en el anexo 2,
en el que se enumeraban 12 organizaciones internacionales gubernamentales a las que la Secretaría podría
solicitar que le otorgase la condición de observador en sus órganos deliberantes.
121. Las Partes manifestaron su apoyo a la propuesta de solicitar la condición de observador en los
órganos deliberantes de las 12 organizaciones como una forma excelente de promover la cooperación y
estimular un enfoque multisectorial del control del tabaco, siempre que no tuviese consecuencias
financieras para la Secretaría del Convenio. Es probable que las organizaciones otorguen la condición de
observador a la Secretaría del Convenio con carácter recíproco. Debe observarse adecuadamente en todo
momento el artículo 5.3 del Convenio, ya que algunas de las organizaciones internacionales incluidas en la
lista podrían tener vínculos con la industria tabacalera. Una Parte consultó si la OMS ya poseía la
condición de observador en los órganos deliberantes de las organizaciones en cuestión y, de ser así, si no
era preferible aprovechar esta opción. Las Partes acordaron que debería permitírsele a la Secretaría del
Convenio formalizar las solicitudes de la condición de observador, según proceda y con las orientaciones
de la Mesa, en lugar de limitarse a iniciar conversaciones y remitirse a la Conferencia de las Partes para
obtener su asesoramiento, lo cual podría retrasar el proceso. La lista no debería ser exhaustiva, ya que es
posible que en el futuro la Secretaría desee solicitar la condición de observador a otras organizaciones.
122. La Jefa de la Secretaría del Convenio aclaró que la obtención de la condición de observador y la
asistencia a las reuniones no implicaría ningún gasto. Aunque es cierto que la OMS ya goza de la
condición de observador en los órganos deliberantes de estas organizaciones, su mandato es muy amplio y
no siempre se encuentra en posición de hacer hincapié en el problema de la lucha antitabáquica. La
participación de la Secretaría del CMCT ofrecería una oportunidad excelente para promover la agenda de
lucha contra el tabaco y alentar la cooperación. Algunas organizaciones internacionales, como la
Organización Mundial de Aduanas y la Organización Internacional del Trabajo. La condición de
observador se solicitaría con el propósito de estar informados sobre su trabajo y al día respecto de sus
actividades.
123. La Comisión B aprobó el proyecto de decisión, que fue enviado a la Conferencia de las Partes para
su adopción.
7.13 Acuerdos de hospedaje entre la Secretaría del Convenio y la OMS
Documento FCTC/COP/7/34
FCTC/COP/7/37
124. El informe que figura en el documento FCTC/COP/7/34, elaborado a petición de la Mesa de la
Conferencia de las Partes, presentó los antecedentes del contexto institucional de la Secretaría del
Convenio en la sede de la OMS y propuso los elementos clave de un futuro acuerdo de hospedaje. Se
invitó a la Conferencia de las Partes a que considerase encargar a la Mesa la supervisión del proyecto de
las condiciones de hospedaje.
125. En respuesta a las preguntas planteadas por las Partes, la Jefa de la Secretaría del Convenio aclaró
que el CMCT de la OMS tiene la condición de entidad integrada en la OMS y, como tal, las secretarías del
Convenio y de la OMS están vinculadas estrechamente. Afirmó, asimismo, que el CMCT de la OMS tiene
un carácter único por tratarse de una organización del tratado, así como por el hecho de que la Jefa de la
Secretaría del Convenio responde tanto ante el Director General de la OMS como ante la Conferencia de
las Partes. Con arreglo a las normas financieras de la OMS, a todos los fondos percibidos por el CMCT de
la OMS, ya sea en concepto de contribuciones señaladas de carácter voluntario o de recursos
extrapresupuestarios, se les aplica un cargo del 13% para gastos de apoyo a programas. Este cargo se
destinó a sufragar el apoyo jurídico y administrativo en ámbitos como la administración de contratos, la
contabilidad y los servicios financieros, los recursos humanos y las infraestructuras (oficinas, suministros,
seguridad, etc.).
126. Las Partes acordaron los elementos esenciales de un acuerdo de hospedaje futuro, tal como se
establece en el documento. Defendieron un planteamiento pragmático, basado en las condiciones de las
alianzas hospedadas, a fin de garantizar que este acuerdo beneficia tanto a la Secretaría del Convenio
como a la OMS. Por lo general los acuerdos de hospedaje son una cuestión administrativa de carácter
interno que no se trata en los órganos deliberantes de las organizaciones.
127. La Comisión B recomendó que la Conferencia de las Partes encargase a la Mesa que supervise y
guíe la preparación del borrador de condiciones de hospedaje entre la Secretaría del Convenio y la OMS, y
siga el proceso hasta su conclusión.
top related