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Proceso legal para la determinación del origen ocupacional de accidentes de trabajo y enfermedades

ocupacionales según LOPCYMAT.

Recursos administrativos y judiciales que tiene el patrono a la luz de la legislación laboral

venezolana contra los actos del INPSASEL.

Derecho constitucional a la defensa

CICLO DE CHARLAS ACADEMICASCICLO DE CHARLAS ACADEMICASXVII EXPOSICION LATINOAMERICANA DEL PETROLEOXVII EXPOSICION LATINOAMERICANA DEL PETROLEO

JUNIO 12 y 13, 2007 JUNIO 12 y 13, 2007 HOTEL CROWNE PLAZA MARUMA HOTEL CROWNE PLAZA MARUMA , MARACAIBO., MARACAIBO.

Cabrales/Barboza C.L.www.cabralesbarboza.com

CICLO DE CHARLAS ACADEMICASXVII EXPOSICION LATINOAMERICANA DEL PETROLEO

JUNIO 12 y 13, 2007 HOTEL CROWNE PLAZA MARUMA , MARACAIBO.

Cabrales/Barboza C.L.www.cabralesbarboza.com

Ponente 

ROSELIN CABRALES V.

Abogada. Magíster en Derecho.Consultora Jurídico Laboral Corporativa. Especialista en Accidentes de Trabajo.

roselin.cabrales@cabralesbarboza.com

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

PROCEDIMIENTO LEGALPROCEDIMIENTO LEGAL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Este procedimiento debemos inferirlo de las normas previstas en ese texto

normativo

La LOPCYMAT no establece un Procedimiento legal para la determinación del origen

ocupacional de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

DE LA DECLARACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES

Artículo 73. El empleador o empleadora debe informar de la ocurrencia del accidente de trabajo de forma inmediata ante el (1) Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el (2) Comité de Seguridad y Salud Laboral y el (3) Sindicato.

La declaración formal de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales deberá realizarse dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la ocurrencia del accidente o del diagnóstico de la enfermedad.El deber de informar y declarar los accidentes de trabajo o las enfermedades ocupacionales será regulado mediante las normas técnicas de la presente Ley.

INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES

www.inpsasel.gov.ve

DECLARACIÓN DE

ACCIDENTES DE TRABAJOArticulo 83 RLOPCYMAT.

73 LOPCYMAT

60 MINUTOS DEBER

DE NOTIFICAR AL INPSASEL

DECLARACIÓN FORMAL

DENTRO DE LAS

24 HORAS

12 HORAS PARA INFORMAR AL COMITÉ DE SSL

Y AL SINDICATO

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

FORMACIÓN DE EXPEDIENTEFORMACIÓN DE EXPEDIENTE

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Articulo 31. Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. (LOPA)

De cada asunto se formará expediente y se mantendrá la unidad de éste y de la decisión respectiva, aunque deban intervenir en el procedimiento oficinas de distintos ministerios o institutos autónomos.

DE LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN OCUPACIONAL DE LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN OCUPACIONAL DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADESDE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Artículo 76. El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, previa investigación, mediante informe, calificará el origen del accidente de trabajo o de la enfermedad ocupacional. Dicho informe tendrá el carácter de documento público.

DE LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN OCUPACIONAL DE LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN OCUPACIONAL DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADESDE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Artículo 76.

Todo trabajador o trabajadora al que se la haya diagnosticado una enfermedad ocupacional, deberá acudir al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales para que se realicen las evaluaciones necesarias para la:

comprobación,calificación y certificación del origen de la misma.

DE LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN OCUPACIONAL DE LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN OCUPACIONAL DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADESDE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Todo trabajador o trabajadora al que se la haya no se le haya diagnosticado patología producto de un sedicente enfermedad ocupacional o accidente de trabajo podrá acudir al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales para que se realicen las evaluaciones necesarias para la:

Investigacion Comprobación,Calificación y Certificación de origen

ARTÍCULO 76 LOPCYMAT.

Procedimiento

DECLARACION DEL ACCIDENTE O ENFERMEDAD

INVESTIGACION TECNICA DEL INPSASEL

INFORME DE INVESTIGACION PARA LA CALIFICACION

COMPROBACION, CALIFICACION Y CERTIFICACION

TRABAJADOR DENUNCIANTE

DERECHO A LA DEFENSA

EVALUACIONES MEDICAS

TEORÍAS

OBJETIVA Y SUBJETIVA

En caso de Demandas por Accidente o enfermedad

ocupacional EL JUEZ

ConsideraraLa Responsabilidad del

Patrono según

TEORIA OBJETIVAY

TEORÍA SUBJETIVA

RESPONSABILIDAD OBJETIVARESPONSABILIDAD OBJETIVA

El DEMANDANTE

NO NECESITA

probar la culpa, negligencia, imprudencia o impericia por parte del patrono.

aunque no haya imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos por parte del Patrono o de

los trabajadores

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

TEORÍA SUBJETIVA

Responsabilidad SUBJETIVA,

ACTO ANTIJURIDICO

(hecho o conducta que es contraria o violatoria del ordenamiento legal)

generado por la intención, la imprudencia, la negligencia, la impericia, omisión, mala fe, abuso de derecho e inobservancia del

texto normativo por parte de una persona (agente)

La culpabilidad como hecho generador del daño

Qué es la RESPONSABILIDAD SUBJETIVA?Qué es la RESPONSABILIDAD SUBJETIVA?

Articulo 1.354 CC

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Responsabilidad SUBJETIVA,

Normas de la LOPCYMAT y su ReglamentoHecho ilícito 1.185 CC

elementos básicosel daño, la culpa y la relación de causalidad entre la culpa y el daño;

el artículo 1.196 eiusdem, establece la reparación del daño moral causado por hecho ilícito.

RESPONSABILIDAD SUBJETIVARESPONSABILIDAD SUBJETIVA

Daño emergente:

detrimento patrimonial

Lucro cesante 1.273:

ganancia dejada de percibir Daño Moral 1.196 CC

Daño Eventual:

Perdida de la capacidad de ganancias

Daños y perjuicios 1.273:

daños causados/utilidades dejadas de percibir

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Cabrales/Barboza C.L.

RESPONSABILIDAD OBJETIVA

CON CULPA

RESPONSABILIDAD SUBJETIVA

CON O SIN CULPA

- La no constitución del Comité de Higiene y Seguridad Industrial se interpreta como el no acatamiento de las disposiciones de la LOPCYMAT y aplicable el régimen de responsabilidad subjetiva (dolo y culpa).

Cabrales/Barboza C.L.

Análisis Jurisprudencial LOPCYMAT.

Sentencia No. 1003 de 08-06-06. Caso accidente de trabajo Refinadora de Maíz Venezolana, C.A. y Ratio, C.A.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES ANTE LOS ACTOS

EMANADOS DEL INPSASEL

Artículo 12. LOPCYMAT

Rectoría: El Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Gestión: INPSASEL. (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales).

INCRET. (Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores )

Recaudación y distribución: La Tesorería de Seguridad Social.

Revisión y Control del RSS. Superintendencia de Seguridad Social.

Supervisión o inspección de empresas:Las Unidades de Supervisión- Inspectoría del Trabajo.Las Unidades Técnico-Administrativas del INPSASEL.

ORGANIZACIÓN DEL RÉGIMEN PRESTACIONALORGANIZACIÓN DEL RÉGIMEN PRESTACIONALDE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJODE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

JURISDICCIONJURISDICCION

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

JURISDICCION ADMINISTRATIVA

JURISDICCION JUDICIAL

INTERESADOS PARA SOLICITAR REVISIÓN DE LA INTERESADOS PARA SOLICITAR REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Artículo 77. Podrán ejercer los recursos administrativos y judiciales contra las decisiones del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales:

El trabajador o la trabajadora afectado.

El empleador o empleadora del trabajador o de la trabajadora afiliado.

Los familiares calificados del trabajador o de la trabajadora establecidos en el artículo 86 de la presente Ley.

La Tesorería de Seguridad Social.

Los Recursos Administrativos de previstos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA) son medios de impugnación cuya pretensión es la declaratoria de nulidad por contrariedad a derecho o inoportunidad.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Recurso Administrativo de Reconsideración.

Articulo 95 LOPA

Se interpone ante el mismo funcionario del

INPSASEL que dicto el acto.

Lapso para interponerlo:

15 días hábiles siguientes a la notificación.

Lapso para decidirlo:

15 días siguientes al recibo del mismo.

Silencio Administrativo Negativo. Articulo 4 LOPA

RECURSOS ADMINISTRATIVOS CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Recurso Administrativo de Revisión.Articulo 97 LOPA

Se interpone ante el ministro- presidente del INPSASEL.

Lapso para interponerlo:

Procede contra actos administrativos firmes. 3 meses cuando

aprarezcan los vicios.

Lapso para decidirlo:

30 días siguientes al recibo del mismo.

Aparición de Pruebas esenciales. Documentos y/o testigos

falsos. Fraude. Soborno. Violencia.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Recurso Administrativo Jerárquico. Articulo 95 LOPA.

Se interpone para ante el Presidente del INPSASEL.

Lapso para interponerlo:

15 días hábiles siguientes a la decisión del recurso de

Reconsideración-Silencio Administrativo.

Lapso para decidirlo:

90 días siguientes al recibo del mismo.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Artículo 19. RPLOPCYMAT.

Son atribuciones del Presidente o Presidenta del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales las siguientes:

Numeral: 12

Conocer, en última instancia, los recursos administrativos de conformidad con la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. La decisión del Presidente o Presidenta agota la vía administrativa.

INPSASEL

Atribuciones del Presidente

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

JURISDICIION JUDICIAL

D.T Séptima. Mientras se crea la Jurisdicción Especial del Sistema de Seguridad Social, son competentes para decidir los Recursos Contenciosos Administrativos contenidos en la presente Ley, los Tribunales Superiores con competencia en materia de trabajo de la circunscripción judicial en donde se encuentre el ente que haya dictado el acto administrativo que dio origen al recurso inicial.

De estas decisiones se oirá recurso ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

RECURSOS JUDICIALES CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS RECURSOS JUDICIALES CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASELPOR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

El Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.

Lapso para interponerlo: 6 meses a partir de:

*La notificación del interesado.

*El silencio Administrativo, pasados los 90 días otorgados por el articulo 95 Recurso Jerárquico.

Articulo 21 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia.

RECURSOS JUDICIALES CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS RECURSOS JUDICIALES CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASELPOR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Tacha de documento publico.

Documento publico art.1431 Código Civil.

Articulo 1.380 del Código Civil.

Articulo 438 Código de Procedimiento Civil.

Vía incidental, vía principal.

RECURSOS JUDICIALES CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS RECURSOS JUDICIALES CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS POR INPSASELPOR INPSASEL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Recurso de Amparo Constitucional

RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONALRECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

La fase de sustanciación de un procedimiento administrativo es en la que se ejerce el derecho a la defensa.

Derecho a ser oído.Derecho a alegar y probar.

RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONALRECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

La Constitución de 1.999 establece la consagración del debido proceso.

dispone:El debido proceso se aplicara a todas

las actuaciones judiciales y administrativas.

RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONALRECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Es procedente cuando se violente una Garantía Constitucional

Derecho a la Defensa

C A B R A L E S / B A R B O Z A C L.

Gracias por su atención …

roselin.cabrales@cabralesbarboza.com

Mobil: 0414 / 615.00.28www.cabralesbarboza.com

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