proceso de las evaluaciones ambientales presentado por: agueda valentín l., m.sc agosto 2013
Post on 23-Feb-2016
38 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION AMBIENTAL DE PROYECTOS E INSTALACIONES EN OPERACIÓN EN REPUBLICA
DOMINICANA
TALLER SOBRE EL REGLAMENTO Y LA GUIA DE SERVICIOS PARA AUTORIZACIONES AMBIENTALES
PROCESO DE LAS EVALUACIONES AMBIENTALES
Presentado por:Agueda Valentín L., M.Sc
Agosto 2013
INTRODUCCION
El Proceso de la Evaluación Ambiental es el instrumento de política y Gestión Ambiental formado por un conjunto de procedimientos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente.
2
CONTENIDO Marco Legal Objetivo Alcance y Competencia Disposiciones Generales y Política de
Aplicación Descripción del proceso Flujograma de proceso
3
MARCO LEGAL
El marco legal de este procedimiento lo constituye la Ley 64-00, sobre el Medio Ambiente y los Recursos Naturales. en el Título II, Capitulo IV (de la Evaluación Ambiental.
Art. 38: Evaluación ambiental es prevenir, controlar y mitigar los posibles impactos sobre el medio ambiente y los recursos naturales ocasionados por obras, proyectos y actividades.
4
MARCO LEGAL Art. 40: Todo proyecto, obra de
infraestructura, o cualquier actividad que por sus características pueda afectar, de una u otra manera, el medio ambiente y los recursos naturales, deberá obtener del Ministerio, previo su ejecución el permiso o licencia ambiental correspondiente
5
MARCO LEGALArt. 41: Proyectos que requieren EA, obligatoriedad para
públicos y privados.
Proyectos Turísticos Proyectos Mineros Desarrollo Urbano Industriales Eléctricos Hidroeléctricos Termoeléctricos Terminales áreas, autobuses, ferrocarriles Plantas industriales Agroindustrias y mataderos Plantaciones agrícolas 6
MARCO LEGAL Art. 42: Los EsIA/DIA, serán realizados por un equipo
técnico multidisciplinario. Documento publico sujeto a discusión, y quienes lo elaboren deberán estar registrados en el Ministerio, quien establecerá el procedimiento de certificación para prestadores de servicios.
Art. 43: Proceso de autorizaciones ambientales será administrado por el Ministerio Ambiente, en coordinación con las instancias correspondiente, las cuales estarán obligadas a consultar los estudios de impacto ambiental con las sectoriales competentes, así como también, con los ayuntamientos municipales, garantizando la participación ciudadana y difusión correspondiente. 7
MARCO LEGAL El Reglamento del Sistema de Autorizaciones
Ambientales, Procedimientos y las Normas Ambientales.
Instrumentos: ( EsIA, DIA, EAE, IA, LA, PA, Auditorias Ambientales y consulta pública).
8
9
ORGANIGRAMA DEL VICEMINISTERIO DE GESTION AMBIENTAL
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales
ViceministerioDe Gestión Ambiental
Dirección de EvaluacionesAmbientales
Departamento de
Proyectos Nuevos
Departamento de
Instalaciones en
Operación
Dirección de Calidad Ambiental
Dirección de Protección Ambiental
10
OBJETIVO
El procedimiento para la evaluación ambiental describe en detalle los pasos operativos del Proceso de Evaluación Ambiental de proyectos e instalaciones en operación hasta culminar con la decisión, emanada de este Ministerio, de otorgar o no la Autorización Ambiental requerida por el solicitante.
11
ALCANCE Y COMPETENCIA
Este procedimiento aplica a todos los proyectos e instalaciones en operación , pública o privada, que por sus características pudiera afectar (proyecto) o este afectando (instalación en operación) de una manera u otra, los recursos naturales, la calidad ambiental y la salud de la población, al momento de iniciar el proceso de evaluación ambiental.
La aplicación del mismo está a cargo de este Ministerio, a través del Viceministerio de Gestión Ambiental, específicamente de la Dirección de Evaluación Ambiental –DEA. 12
DISPOSICIONES GENERALES Y POLITICA DE APLICACION
El cumplimiento con los requerimientos de este procedimiento es responsabilidad del promotor, bajo el acompañamiento, la vigilancia y supervisión de Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El promotor es responsable de todos los costos involucrados en la aplicación de este proceso de evaluación.
13
Cuando se requiera, el estudio ambiental es realizado por un grupo interdisciplinario de especialistas, cuyo perfil profesional dependerá de la naturaleza del proyecto.
Los especialistas están registrados en este Ministerio como consultores autorizados.
Para las instalaciones en operación, durante cualquiera de las fases del procedimiento, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales se reserva el derecho de decidir sobre la realización de algún tipo de proceso de consulta pública. 14
Durante cualquiera de las fases del procedimiento, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales se reserva el derecho de decidir sobre la realización de algún tipo de proceso de consulta publica.
Los proyectos que requieren de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), deberán realizar, por lo menos, una vista pública de consulta en la zona de influencia del proyecto.
Todos los pagos que se derivan de la aplicación de este procedimiento se realizarán en cheque certificado a nombre del Ministerio 15
DESCRIPCION DEL PROCESO
FASE I : Solicitud de Autorización Ambiental FASE II : Análisis Previo –AP FASE III : Recepción y publicación del Estudio
(EsIA, DIA, IA, FA) FASE IV : Revisión del Estudio FASE V : Toma de decisión/Información al
promotor 16
FASE ISOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
AMBIENTALPaso 1: Recepción de solicitudes para actividades,
obras y proyectos categorías A, B y C, en la sede central de la Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales, conocida como Ventanilla Única –VU. Se entrega el formulario de Análisis Previo debidamente completado y los anexos requeridos.
VU se encarga de: 1.1) Revisión de la documentación básica para
verificar que el expediente contiene toda la información consignada en el formulario.
17
FASE ISOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
1.2) Registro electrónico de la solicitud, mediante la asignación de un código, el cual sirve para dar seguimiento a la solicitud en el Sistema de Manejo de Procesos y Rastreo de Solicitudes (CRM).
1.3) Remisión al Viceministerio de Gestión Ambiental, pasando a la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental.
18
FASE ISOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AMBIENTALNotas:1. En las Direcciones Provinciales se reciben
también solicitudes de proyectos de las categorías señaladas. Luego son enviadas a la sede central para su evaluación y seguimiento.
2. Las solicitudes del Certificado de Registro de Impactos Mínimos –CRIM, correspondientes a proyectos y/o instalaciones en operación de categoría D, se reciben y autorizan a través de las Direcciones Provinciales. 19
FASE II: ANALISIS PREVIOPaso 2: Revisión del expediente para verificar la
información contenida en el formulario y sus anexos.
Paso 3: Visita de Análisis Previo al proyecto y/o instalación conjuntamente con las áreas temáticas del ministerio ligadas al caso en cuestión. En esta visita se hace el recorrido por todo el terreno para verificar recursos a ser afectados o ya afectados, áreas vulnerables, áreas protegidas, colindancias etc. Además, se toman fotos del lugar y las coordenadas, cerrando el polígono del mismo. Con esta visita se determina la factibilidad ambiental del mismo.
20
FASE II: ANALISIS PREVIOPaso 4: Elaboración del Informe de visita Análisis
Previo el cual concluye con la viabilidad ambiental o no del proyecto, de acuerdo a la legislación.
Paso 5: Presentación ante el Comité Técnico de
Evaluación –CTE, si el informe indica la no viabilidad, para toma de decisión, pudiendo este comité requerir información adicional, a fin de confirmar la viabilidad o no del proyecto.
Paso 6: Notificación al promotor si finalmente el proyecto
no es viable. 21
FASE II: ANALISIS PREVIOPaso 7: Categorización del proyecto, si es viable. De acuerdo a la naturaleza, magnitud, vulnerabilidad del medio
y los impactos, hay diferentes categorías de proyectos, a los cuales corresponden distintos tipos de estudios ambientales:
Categoría A Estudio de Impacto Ambiental –EsIA ( potenciales significativos)
Categoría B Declaración de Impacto Ambiental (potenciales moderados)
-DIA/ Informe Ambiental –IA / Informe de Ficha Ambiental –IFA Categoría C Constancia Ambiental (bajos) Categoría D Certificado de Registro de Impacto Mínimo – CRIM 22
FASE II: ANALISIS PREVIO 7.1) Categoría C: se elabora la Constancia
Ambiental y se presenta al Comité de Evaluación Inicial-CEI, para su aprobación. Si es aplazada por requerimiento de información adicional necesaria para la toma de decisión del CEI, se solicita dicha información al promotor y el proceso se detiene hasta tanto la información sea recibida vía VU y enviada a la DEA para su revisión y comprobación. Si es satisfactoria, una vez confirmado esto, se procede a llevarlo nueva vez a CEI y así continuar con el proceso para la Autorización Ambiental correspondiente.
23
FASE II: ANALISIS PREVIO7.2) Si es aprobada, se envía al Ministro para la
firma de la misma y se notifica al promotor mediante carta, la decisión y el requerimiento de pago. Luego de realizado el pago, se entrega la Autorización Ambiental.
7.3) Si el proyecto corresponde a la categoría A o B, se procede a la elaboración de los Términos de Referencia-TdR *, los cuales son la guía que especifican el alcance y contenido requeridos en los estudios ambientales. Además, constituyen el marco de referencia para la revisión de dichos estudios. 24
FASE II: ANALISIS PREVIO7.4) Luego de elaborados los TdR, se hace entrega al
promotor mediante comunicación para la elaboración del EsIA, DIA, IA o FA. El promotor tiene un plazo de 15 días a partir de la entrega de los TdR o la FA para notificar al Ministerio vía comunicación observaciones a los mismos si las tuviere. Transcurrido este plazo, se asumirá la aceptación. Se le otorga un plazo de un (1) año para la entrega de dicho estudio.
Notas:1. Cabe señalar que en ciertos proyectos, como es el caso de
los aserraderos, metaleras, invernaderos, entre otros; se le entrega Fichas Ambientales - FA, sirviendo estas de guía para la elaboración del Plan de Manejo y Adecuación Ambiental-PMAA. Las FA sustituyen los TdR, ya que estos proyectos son categoría B. 25
FASE II: ANALISIS PREVIO
2. La fase de Análisis Previo tiene una duración aproximada de 30 días, exceptuando aquellos proyectos y/o instalaciones cuya complejidad justifique un tiempo mayor.
3. Es responsabilidad del promotor la contratación de un consultor y/o empresa consultora, para la elaboración del estudio solicitado. La agilización del proceso dependerá de la rapidez en la entrega del mismo y de la veracidad de lo expuesto en dicho estudio cumpliendo con lo solicitado en los TdR y/o Fichas Ambientales entregadas.
26
FASE III RECEPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ESTUDIO
Paso 8 : Entrega del estudio (EsIA, DIA y/o IA y/o FA)
Una vez concluida la formulación del estudio, el promotor lo deposita en Ventanilla Única –VU, la cual realiza una rápida verificación del documento recibido para confirmar que contiene la información y anexos requeridos. Si no está completo, entonces el estudio es devuelto al promotor.
27
FASE III RECEPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ESTUDIO
Paso 9: Remisión al Viceministerio de Gestión Ambiental y luego a DEA para su revisión. Simultáneamente, se solicita al promotor el 30% del costo total de la Autorización Ambiental.
Paso 10: Publicación en un periódico de circulación nacional para avisar que el mismo está disponible para revisión por los interesados .
28
FASE IV : REVISIÓN DEL ESTUDIO Paso 10: Asignación del estudio a un técnico de la
DEA para su revisión.
Paso 11: Elaboración del Informe Técnico de Revisión-ITR, en el cual se presenta un resumen del estudio, así como observaciones del proceso de consulta pública. Se presentan además, las recomendaciones del técnico revisor, si las hubiere.
Nota:En esta fase el técnico puede devolver el estudio al
promotor, si considera que lo expuesto en el mismo no satisface lo requerido en los TdR.
29
FASE IV : REVISIÓN DEL ESTUDIO
Paso 12: Presentación del ITR a la Comisión Multidisciplinaria de Revisión –CMR, conformada por el técnico de la DEA y técnicos de las áreas temáticas: Suelos y Aguas, Áreas Protegidas y Biodiversidad, Costeros y Marinos, Recursos Forestales y Participación Ciudadana.
12.1) Si la CMR considera que el estudio cumple satisfactoriamente con los requerimientos de los TdR, se presenta el ITR al Comité Técnico de Revisión –CTE, el cual está conformado por la Viceministra de Gestión Ambiental , Director de Evaluación Ambiental, Directores de los diferentes Viceministerios y los Directores Provinciales, los cuales tienen a su cargo la toma de decisión de aprobar o no dicho proyecto y/o instalación. 30
FASE IV : REVISIÓN DEL ESTUDIO 12.2) Si la CMR considera que se requiere de
información adicional relevante, entonces el proyecto y/o instalación se aplaza y se solicita dicha información vía comunicación al promotor.
12.3) Una vez la información complementaria solicitada ingresa al Ministerio, es verificada por el técnico a cargo. Si es satisfactoria, se integra dicha información al ITR, llevándose nueva vez al CTE, y continuar así con el proceso de la autorización ambiental correspondiente.
31
FASE V : TOMA DE DECISIÓN E INFORMACIÓN AL PROMOTOR
Paso 13. Toma de decisión por el CTE, donde el proyecto puede ser aplazado, desestimado o aprobado.
13.1) Aplazado, si dicho comité entiende que falta información adicional complementaria; en cuyo caso se envía comunicación al promotor requiriendo la información necesaria para completar el proceso de evaluación. Luego de recibida la misma, se revisa y si esta correcta, se lleva de nuevo al CTE para continuar con el proceso.
13.2) Desestimado, se envía carta al promotor comunicando la decisión. El promotor puede solicitar una reconsideración. 32
FASE V : TOMA DE DECISIÓN/INFORMACIÓN AL
PROMOTOR13.3) Aprobado y corresponde a la categoría B, se
notifica, mediante carta, al promotor la decisión y el requerimiento de pago, 70% restante y fianza del 10% del valor del PMAA. Se elabora la Autorización Ambiental y se envía a la firma del Ministro. Una vez el promotor realiza el pago restante, se le entrega la Autorización Ambiental.
13.4) Aprobado y corresponde a la categoría A, entonces va al Comité de Validación-CV, el cual está conformado por el Ministro y todos los Viceministros del Ministerio de Medio Ambiente. Si el proyecto es desestimado en dicho comité, se notifica al promotor mediante carta. El promotor puede solicitar una reconsideración.
33
FASE V : TOMA DE DECISIÓN/INFORMACIÓN AL
PROMOTOR13.5) En este comité también el proyecto puede ser
aplazado por falta de información adicional complementaria, en cuyo caso se envía comunicación al promotor requiriendo la misma para completar el proceso de evaluación. Luego de recibida, se revisa y si está correcta se lleva de nuevo al mismo para continuar con el proceso. Si es aprobado, se notifica, mediante carta, al promotor la decisión y el requerimiento de pago del 70% restante y fianza del 10% del valor del PMAA. Se elabora la Autorización Ambiental y se envía a la firma del Ministro. Una vez realizado el pago, la autorización, una Licencia Ambiental, es entregada al promotor.
34
FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE AUTORIZACIONES AMBIENTALES
35
36
MUCHAS GRACIAS
37
top related