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BARCELONANoviembre 2.010

Aplicación que nos permitirá presentar nuestras demandas por vía telemática en Cataluña . Integrada dentro del portal e-justícia.cat , desarrollado por el Departamentde Justicia de la Generalitat de Catalunya. Desplegado en toda Cataluña, salvo aquellos partidos judiciales que no disponen de servicio de registro y reparto.

Formación del expediente electrónico judicial .

Gestión electrónica integral de los expedientes judiciales.

Accesibilidad al expediente en todo momento.En desarrollo : presentación telemática de escritos de trámite y traslado de copias.

Digitalización de archivos. Mayor espacio disponibleCopias de seguridad.

Mayor agilidad en las comunicacionesAhorro de tiempo y dinero.

Más eficacia , eficiencia y seguridad .Más competitivos.

Relaciones con el cliente. Mejor servicio. Menor coste para empresas y particulares.

Tratamiento de Originales.Escaneo de documentos Interacción de programas.

Relaciones con nuestros abogados. Escritos. Firma .Conectividad.

Relaciones con procuradores contrarios (presentación telemática de escritos y traslado de copias, en construcción).Relaciones con la Administración de Justicia.

Permite automatización de procesos.Ahorro de costes. Personal asignable a otras tareas de la NOJ

CONCLUSION: El Procurador no encarece el proceso, es pieza fundamental del mismo y nexo entre el justiciable, a quien facilita soporte técnico y jurídico , y la Admón. de Justicia , con quien colabora activamente en sus programas de modernización.

Directiva servicios 2006/123 Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos 11/2007 .Ley de Medidas de impulso de la Sociedad de la Información. 56/2007 Ley de firma electrónica 59/2003Ley de uso de los medios electrónicos en el Sector Público de Cataluña. Ley 29/2010

Art. 230 LOPJ“1. Los Juzgados y Tribunales podrán utilizar cualesquiera medios técnicos, electrónicos, informáticos y telemáticos, para el desarrollo de su actividad y ejercicio de sus funciones, con las limitaciones que a la utilización de tales medios establece la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y demás leyes que resulten de aplicación.”

Reglamento 1/2005 de Aspectos Accesorios de Actuaciones Judiciales, acuerdo de 15 de septiembre 2005

Ley 41/2007. Ley Reforma mercado hipotecario. Disposición final sexta.

Art. 135.5 LEC Párrafo 1º

“Cuando las Oficinas judiciales y los sujetosintervinientes en un proceso dispongan de medios técnicos que permitan el envío y la normal recepción de escritos iniciadores y demás escritos y documentos, de forma tal que esté garantizada la autenticidad de la comunicación y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras y de la fecha en que se hicieren, los escritos y documentos podrán enviarse por aquellos medios, acusándose recibo del mismo modo y se tendrán por presentados, a efectos de ejercicio de los derechos y de cumplimiento de deberes en la fecha y hora que conste en el resguardo acreditativo de su presentación. En caso de que la presentación tenga lugar en día u hora inhábil a efectos procesalesconforme a la ley se entenderá efectuada el primer

Art. 230.2 LOPJ“. Los documentos emitidos por los medios anteriores, cualquiera que sea su soporte, gozarán de la validez y eficacia de un documento original siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y el cumplimiento de los requisitos exigidos por las leyesprocesales.”

Art.3 y 8 Ley de Firma electrónicaArt. 267 LEC Documentos públicos“en soporte electrónico a través de imagen digitalizada incorporada como anexo que habrá de ir firmado mediante firma electrónica reconocida Art. 268 LEC Documentos privados“imágenes digitalizadas, incorporadas a anexos firmados electrónicamente”

Art. 135.5. párrafo segundo LEC .Art. 162.2 LEC

No impide la presentación de la demanda y documentos conforme art . 267 y 268 LEC.A efectos de prueba nos podrán exigir el original :

Impugnación por alguna de las partes.El Tribunal en los procesos de familia, incapacidad o filiación.El Ministerio Fiscal.

Convenio de Cooperación tecnológica de 23 de abril de 2.007Protocolo sobre instrucciones de uso de la aplicación de presentación de asuntos y escritos y documentos en la oficinas judiciales de Cataluña a través del portal del profesional de la Administración de Justicia de 30 de noviembre de 2.009

Unidades de Apoyo Directo.Servicios Comunes Procesales

Servicio Común GeneralServicio Común de Ordenación del Procedimiento.Servicio Común de Ejecución

Unidades Administrativas

Sistemas operativos:Microsoft Windows Vista / XP Professional/XP HomeNavegadores compatiblesNavegadors Mozilla 3.0.5Internet Explorer 6.xLos navegadores tienen que tener instalado el conector de Java.Conexión ágil a internet. ADSL, CABLECertificado digital personal en soporte criptográfico homologado

por FNMT o Agencia Catalana de Certificació.Instalación de la clave pública de la entidad certificadora de CAT CER ¿? .Lector de documentos en formato PDF 5.0 o superior.

Solicitud validadaSolicitud no aceptada

Solicitud en tramitación.

Envíos de SMS o EMAILNº de registro en Decanato.

Juzgado repartido.Nº de asunto asignado a la demanda en el Juzgado de destino.

¿para qué han servido las pruebas piloto?

2.007 : LLEIDA2.009: EL PRAT DE LLOBREGAT 2.010: MANRESA, BERGA, TERRASSA ,RUBI.

TAMAÑO DE LOS ARCHIVOS.ESCANEO DEFECTUOSO.LENTITUD DE SUBIDA DE ARCHIVOS.EXIGENCIA SISTEMÁTICA DE LOS DOCUMENTOS ORIGINALES.CARGA DE METADATOS

Recuperación Interface

Curso de Formación de Formadores . Hecho.Cursos de Formación para procuradores y empleados de despacho.

Días y hora. Lugar Centre d’Estudis Juridics

C. Ausias March nº 40 de BARCELONA

Procesos civiles, mercantiles, familia.Barcelona

1 de Diciembre de 2.010Convivencia de TTA y presentación ordinaria .

4 de enero de 2.011Sólo se podrán presentar mediante TTA

Partidos con pruebas piloto:El Prat de Llobregat, Manresa, Berga, Terrassa, Rubí, Lleida.

4 de enero de 2.011. Sólo se podrán presentar mediante TTA.

Resto de Cataluña.Por determinar.

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