presentacion senador alejandro navarro
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Net Metering (medición neta)
Ley Nº20.571
Regula pago de Tarifas Eléctricas de Generadoras
Residenciales
Senador Alejandro Navarro Brain, miembro de la
Comisión de Medio Ambiente del Senado, junio de
2013
www.navarro.cl
La ley,
el reglamento
y su perfeccionamiento
La Ley 20.571 de Generadores Residenciales oNet Metering permite que al usuario queproduce energía mediante Energías RenovablesNo Convencionales (ERNC, como solar, eólica uotra), el distribuidor le descuente de su cuentamensual la energía que generó.
La ley Nº20.571
Si la cantidad generada
supera la consumida, el
usuario recibirá un
cheque por el total de la
energía que produjo. En
otras palabras el cliente
le vende energía al
distribuidor.
La Ley Nº20.571
La Ley 20.571 incorpora cuatro nuevos artículos a
la Ley General de Servicios Eléctricos, que buscan
establecer el derecho de los clientes regulados que
tengan medios de generación ERNC, o de
cogeneración eficiente, a inyectar los excedentes
de energía a la red de distribución.
La Ley Nº20.571
• Este derecho se establece para los
clientes regulados que cuenten con
medios de generación no superiores a
100 kilowatts y que no afecten seguridad
operacional de redes de distribución, lo
que será detallado en el reglamento.
Las inyecciones de energía que realicen estos
medios de generación serán valorizadas al
precio que las empresas de distribución
traspasan a sus clientes la energía conforme
a los precios regulados fijados por decreto, lo
que debe incluir las menores pérdidas de
energía.
Inyecciones de energía
Redacción original
• Esto difiere de la redacción original del
proyecto, que proponía una remuneración
equivalente al costo de la distribuidora de
entregar dicha electricidad, -10%correspondiente a gastos de administración,
facturación y mantención de las líneas dedistribución.
La remuneración por las respectivas inyecciones de
energía será descontada de la facturación del mes
correspondiente y en caso de existir un remanente,
se trasladará a los meses siguientes, ajustados
según el IPC. En caso que no sea posible descontarlo
de futuras facturas, dicho monto deberá ser pagado
al cliente a todo evento.
A todo evento
• Esto viene a ser un elemento relevante y
distintivo, puesto que la regulación del NM en
algunos países permite que estos descuentos
solo lleguen hasta el monto del consumo
eléctrico de un período determinado y que no
sea pagado en caso de ser excedentario eninyecciones.
A todo evento
Un elemento relativamente novedoso en el sector
eléctrico, es que el Artículo 149 bis considera las
menciones mínimas de los contratos que deberán
celebrar las empresas distribuidoras con los
clientes-generadores, que incluyen el equipamiento,
la capacidad instalada, la opción tarifaria, la
propiedad del medidor, mecanismo de pago, entre
otros.
La Novedad
Una asimetría
• Esto es entendible desde la lógica
preventiva de la regulación de protección
al consumidor, en que aunque existen
clientes/generadores, sigue existiendo
una asimetría en las posiciones
contractuales de ambas partes.
Perfeccionamiento de la Ley
Como el reglamento de la Ley, publicada hace
más de un año (22.03.2012), aún no ha sido
dictado, los senadores que integran la Comisión
de Minería y Energía, presentaron
recientemente (19.06.2013) una mocióndestinada a perfeccionar dicha norma.
Misma tarifa
• Estableciendo -entre otros aspectos- que el
distribuidor debe cancelar al cliente que
genera la misma tarifa que le cobra, ya que
en la ley se estableció que la distribuidora
cancelará al usuario generador un valor
inferior al que le cobra por entregarle
energía.
Avanzar más
Porque las Energías Renovables No
Convencionales, ERNC, están cada día mejor
evaluadas, tienen un mayor desarrollo
tecnológico y resultan competitivas respecto de
las energías convencionales.
Pequeñas unidades de generación
• Porque los consumidores, personas
naturales, comunidades, edificios,
comercio, casas en sectores rurales,
cuentan con la posibilidad técnica de
instalar paneles fotovoltaicos, pequeñas
unidades de generación eólica, y en el caso
de los sectores aledaños rurales,
aprovechar pequeñas caídas de agua, y con
ello transformarse en pequeñas unidades
de generación de energía eléctrica.
Cambio de hábito
Que esta modalidad ha significado un importante
cambio de hábito en las personas al
promover un mejor uso de la energía, eficiencia y
ahorro, de lo que existe experiencia suficiente en
muchos países como Alemania, Italia, Dinamarca,
Japón, Australia, Canadá, México y en algunos
estados de Estados Unidos como California, todos
los cuales han implementado dichos sistemas de
generación residencial, por lo cual los mismos
han adquirido un rol cada vez más relevante en la
solución de las demandas de energía eléctrica.
Paradojalmente, pese a queley sobre el Net Metering fuepublicada en marzo de esteaño, el reglamento aún no vela luz. Sin reglamento, la leyes “letra muerta”.
Dicho en forma clara. Lostechos de las viviendaspodrían transformarse engeneradores de energía,viviendas. Sin embargo nadade eso ocurre. Segúnexpertos del sector, ello sedebe a la presión que ejercenlas generadoras.
Letra muerta
La remuneración por las
respectivas inyecciones de
energía será descontada de la
facturación del mes
correspondiente y en caso de
existir un remanente, se
trasladará a los meses
siguientes, ajustados según el
IPC. En caso que no sea
posible descontarlo de
futuras facturas, dicho monto
deberá ser pagado al cliente a
todo evento.
A todo evento
A todo evento
• Esto viene a ser un elemento relevante y
distintivo, puesto que la regulación del
NM en algunos países permite que estos
descuentos solo lleguen hasta el monto
del consumo eléctrico de un período
determinado y que no sea pagado encaso de ser excedentario en inyecciones.
Un elemento relativamente novedoso en el sector
eléctrico, es que el Artículo 149 bis considera las
menciones mínimas de los contratos que deberán
celebrar las empresas distribuidoras con los
clientes-generadores, que incluyen el equipamiento,
la capacidad instalada, la opción tarifaria, la
propiedad del medidor, mecanismo de pago, entre
otros. Esto es entendible desde la lógica preventiva
de la regulación de protección al consumidor, en
que aunque existen clientes/generadores, sigue
existiendo una asimetría en las posiciones
contractuales de ambas partes.
La Ley Nº20.571
Las cifras de Chile
y de EEUU
TIPO DE ENERGÍA POTENCIAL (MW)
Geotermia (A. Lahsen, A. Hauser) 16.000
Pequeñas y medianas centrales (ACERA) 33.000
Mareomotriz (Garrad Hassan) 164.000
Solar (UTFSM) 100.000
Eólica (Megawind, mapas eólicos) 5.000
Biomasa (FAO 2007) 6.000
Potencial Energético de Chile
¡Muchas gracias!
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