presentacion power 1 ley 20.374

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presentacion power point ley 20.374 bonificaciones por retiro universidades estatales

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ASPECTOS PRÁCTICOS A CONSIDERAR

EN EL PROCESO DE RETIRO

Expositor JOSE MIGUEL BELLO ROJAS

ASESOR PREVISIONAL

www.tramitepension.cl

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Asesoria Previsional

• La asesoria previsional tendrá por objeto otorgar información a los afiliados y beneficiarios del sistema considerando de manera integral todos los aspectos que dicen relación con su situación particular y que fueren necesarios para adoptar decisiones informadas de acuerdo a sus necesidades e intereses, en relación con las prestaciones y beneficios que contempla la ley.Dicha asesoria comprenderá además la intermediación de seguros previsionales. ESTA ASESORIA DEBERA PRESTARSE CON TOTAL INDEPENDENCIA DE LA ENTIDAD QUE OTORGE EL BENEFICIO.

• ART. 171 de la Ley 20.255 reforma previsional

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Obligaciones del Asesor

Evaluacion y acreditacion ante las Superintendencias de Pensiones y de Valores y Seguros.

Mantener vigente Póliza de Garantía, que responden por el cabal cumplimiento de sus obligaciones como asesor previsional.

Velar por correcta paliación de todos los beneficios a los cuales tiene derecho el afiliado y su grupo familiar

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Asesoria Previsional

• Nuestra asesoria consiste en

• La revisión completa de la historia previsional de cada trabajador, obteniendo en los organismos pertinentes IPS, AFP, los documentos necesarios para la revisión en conjunto de cada situación en particular, a fin de detectar posibles errores.

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Aseroria Previsional

• Una vez finalizada la verificación de los antecedentes previsionales del trabajador se procederá a iniciar la tramitación correspondiente:

• Presentación de las solicitudes de pensión, adjuntando documentos civiles, presentación de reclamos al Bono de Reconocimiento si correspondiese

• Verificación y seguimiento a cada una de las presentaciones efectuadas ante los organismos correspondientes

• Efectuar un informe final con las recomendaciones para cada caso en particular sobre la mejor alternativa de pensión disponible.

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Aseria Previsional

• Ventajas de un asesor:

• Su asesoria es independiente de toda empresa vinculada, por lo tanto, su responsabilidad es con el afiliado.

• En la eventualidad que el tipo de pensión mas recomendada para el afiliado no sea una renta vitalicia, podrá recomendar sin conflicto de interés un retiro programado en la AFP.

• Puede realizar ofertas externas a modo de mejorar el monto ofrecido por la compañía de seguros de su preferencia.

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Aspectos Prácticos a Considerar en la Desvinculación

1. A los 65 años de edad en el caso de los hombres y los 60 años de edad en el caso de las mujeres, se presentan dos situaciones fundamentales

• Seleccionar una modalidad de pensión (Jubilación)

• Enfrentar el proceso de Desvinculación Voluntaria

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JUBILACIÓN

Tenemos dos sistemas:

• Causante que se encuentra afiliado al sistema antiguo IPS ex INP.

• Causante que se encuentra afiliado a la AFP.

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Gestión a realizar por los Afiliados al IPS ex INP

Presentar en el IPS con cuatro meses de anterioridad los siguientes documentos:

• Planillas de imposiciones canceladas a la fecha de presentación.

• Certificado de afiliación a la Isapre.• Suscribir la decisión de jubilarse.

Nota: IPS estudia la factibilidad de ejercer el derecho a jubilarse y emite un pronunciamiento después de cuatro meses.

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Gestión de afiliados al IPS

• Concluido el finiquito, hacer la presentación en original o copia legalizada a la Agencia del IPS

• Incluir las planillas de imposiciones canceladas del año calendario (enero a diciembre).

• Presentar certificado de afiliación e Isapre o Fonasa por alguna modificación a la primera presentación.

• Fecha de pago: mes siguiente al finiquito del contrato de trabajo.

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Gestión a realizar por Afiliados a la AFP

• En el mes de cumplimiento de 65 años de edad o 60 según sea el caso.

• Indicar al Departamento de Remuneraciones el derecho a no continuar imponiendo el seguro de Invalidez y Sobrevivencia equivalente entre el 0,6 a 1% de la Renta imponible (dependiendo de la AFP).

• Ejercer sus derechos al estar afecto al DL 3.500 Art. 69 que implica su opción de terminar con la cotización previsional en la AFP:

Cotización obligatoria: 10% Renta Imponible (6 UF) Comisión en la AFP: 1,4% (084 UF)

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Gestión a realizar por Afiliados a la AFP

Revisión del Bono de Reconocimiento:

• Solicitar al IPS certificado de imposiciones a las cajas adheridas con anterioridad a la fecha de afiliación a la AFP y que componen el Bono de Reconocimiento. Ej. EE.PP., CANAEMPU, CAPREDENA, CAJA BANCARIA, ETC.

• Solicitar en AFP los Antecedentes del Bono de Reconocimiento para revisar:

- Fecha de Afiliación - Tiempo afiliado a las diferentes Cajas - Renta imponible considerada para el cálculo - Alternativa de cálculo. Nota: Comparar los antecedentes solicitados en los puntos anteriores.

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Gestión a realizar por Afiliado a la AFP

Solicitar en la AFP:

• Cartola histórica: indica que todas las imposiciones están canceladas y no hay rezagos en otras AFP y a la vez comprobar que no existan lagunas previsionales

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Gestión a realizar por el Afiliado a la AFP

• Suscribir en la AFP una solicitud de Pensión de Vejez, indicando:

- Pago retroactivo

- No inclusión en el listado público

- Beneficiarios con derecho a pensión (cónyuge

e hijos menores a 24 años).

Nota: Se adjuntan los certificados de matrimonio y

nacimiento de el afiliado y sus beneficiarios.

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Gestión a realizar por Afiliado a la AFP

• Recepción del Certificado de Saldo

Documento oficial que nos indica:

- Capital a una fecha determinada para

cotizar una modalidad de Pensión.

- Expectativa de vida del grupo

familiar.

- Beneficiarios de Pensión.

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Alternativas de Tipos de Pensión

Instituciones que ofrecen un Sistema

de Pensión

• AFP ofrece la modalidad de Retiro Programado.

• Compañías de Seguros, ofrece la modalidad de Renta Vitalicia.

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Características de las Modalidades de Pensión de la AFP

Pensión de Retiro Programado:

• Es un retiro cuyo monto se calcula en base al capital, tasa de interés técnico que intrínsicamente se encuentra incorporado en la expectativa de vida.

• La Pensión es pagada por la AFP y se descuenta del saldo.

• Se recalcula anualmente por lo tanto se asume riesgo año tras año en que varía el monto de la Pensión que disminuye a través del tiempo.

• Es revocable• En caso de fallecimiento, se genera una Pensión de

Sobrevivencia o en su eventualidad genera herencia.

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Modalidades de Pensión que ofrecen las

Compañías de Seguros

Renta Vitalicia: Es una Pensión

en UF constante a través del tiempo.

• Se asume una vez el riesgo, al determinar hoy la tasa de interés que está dispuesta a ofrecer la Compañía al momento de pensionarse.

• Es para toda la vida.

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Modalidades de Pensión que ofrecen las Compañías de Seguros

Existen cuatro modalidades

• Renta Vitalicia Simple:

- La Compañía de Seguro seleccionada pagará un monto

mensual fijo durante toda su vida.

- A su fallecimiento, la Cía. pagará las pensiones de

sobrevivencia a sus beneficiarios (cónyuges 50 o 60% - hijos 15% de la Pensión del causante).

- Al fallecimiento del causante y sus beneficiarios se termina el

compromiso de la compañía de pagar las Rentas Vitalicias.

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Modalidades de Pensión que ofrecen lasCompañías de Seguros

• Renta Vitalicia (con seguro adicional que garantiza la Pensión del Causante)

- Se garantiza el 100% de la Pensión del Causante por un período de tiempo a convenir ejemplo: 10-15-20 años.

- En orden de prioridad este Seguro corresponde: cónyuge, cargas con derecho a pensión y beneficiarios determinados por el causante.

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Modalidades de Pensión que ofrecen las

Compañías de Seguros

• Renta temporal con Renta Vitalicia Diferida:

- El capital se difiere entre la Compañía de Seguros y la AFP.

- Se deben indicar los años que se quiere diferir.

- Con el saldo mantenido en la AFP, en primer lugar, se pagará una Renta mensual pudiendo ser equivalente a la Renta Vitalicia con un tope de dos veces al valor de la Pensión Vitalicia.

- La Compañía de Seguros continuará el pago de la Renta Vitalicia al término de la Renta Temporal.

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Modalidades de Pensión que ofrecen las Compañías de Seguros

• Renta Vitalicia y Retiro Programado:

- El causante podrá determinar la

distribución del saldo destinado a una

Pensión en Renta Vitalicia y una

Pensión en retiro programado

simultáneamente.

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Solicitud de Oferta de PensiónS C O M P

• Sistema electrónico de consulta y ofertas de montos de pensión.

• Es obligatorio para realizar las cotizaciones de la modalidad de pensión de interés del causante.

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Recepción del Certificado deOfertas de Pensión

• Es un documento que llega a domicilio que contiene:

Las ofertas de Pensión de Retiro Programado de todas las AFP.

• El comportamiento del Retiro Programado a través de la expectativa de vida.

• Las ofertas de Renta Vitalicia cotizadas en la solicitud de oferta.

• Clasificación de riesgo de las Compañías de Seguro

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Cotización Externa(solamente la realiza un asesor

previsional)

• Se negocia la oferta del monto de Pensión contenida en el SCOMP directamente con las compañías.

• La cotización externa obligatoriamente deberá ser mayor o no hay cotización externa.

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Selección de Modalidad de Pensión

• Se realiza una aceptación de la Modalidad de Pensión elegida en la Compañía de Seguros o en la AFP.

• Se subscribe una selección de Modalidad en la AFP de la Pensión aceptada.Sea esta Retiro Programado o Renta Vitalicia.

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Parámetros a considerar en laSelección de una Modalidad de Pensión

• Monto de la Pensión

• Alternativa de Pensión que satisfaga las necesidades del grupo familiar.

• Clasificación de riesgo de la compañía.

• Garantía del Estado.

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Pago de la Pensión

• Se debe indicar modalidad de pago: cuenta

corriente, correo, Servipag, tarjeta electrónica.

Este puede ser:

- Retroactivo a la fecha de cumplimiento legal,

previo haber subscrito la solicitud de Pensión.

- Pago con fecha de la solicitud de Pensión.

- Pago con fecha de la selección de modalidad

de Pensión.

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Ley 20.374

Bonificaciones

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BONIFICACIONES LEY 20.374

• Facultase a las Universidades Estatales para conceder una bonificaciones por retiro voluntario.

• Vigencia de la ley desde el 07 de septiembre del 2009 hasta el 31 de diciembre de 2011.

• Cupos de 4.532 para todos los trabajadores que decidan aceptar el retiro voluntario, con cargo a la universidad.

• Cupos de 3.300 para los trabajadores afiliados al D.L. 3.500 de 1980, con cargo al estado.

• Años a considerar : máximo 11• Bonificación para D.L. 3.500 la suma de 395 UF para

personal no académico ni profesional y de 935 UF para el personal profesional, directivo y académico.

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Componentes que constituyen la Base de Cálculo que Determinan el Monto

de la Indemnización

Se debe revisar que todos los componentes constituyan la base

de cálculo que ofrece el proyecto económico de la Desvinculación.

Tenemos:

• Sueldo base mensual.• Antigüedad.• Componente Profesional• Aporte Profesional• Asignación universitaria.• Asignación de titularidad• Ley 3.501

. Revisar las remuneraciones imponibles del año 2008

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VOLUNTARIEDAD DEL RETIRO

El acceso a las bonificaciones es de carácter voluntario, si el trabajador no renuncia en forma voluntaria al cargo o al total de horas que sirve dentro de los 180 días siguientes al cumplimiento de las edades se entenderá que renuncia irrevocablemente a dichos beneficios

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RECONTRATACIONES

Académicos de alta productividad pueden ser contratados para proyectos de docencia de hasta 12 horas semanales y de investigación de hasta 22 horas semanales. Existirá un reglamento especifico y comisiones de evaluación para aprobar dichas contrataciones

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Tributación a la Indemnización

• El art. 7 de la ley 20.374 señala que tanto la bonificación del art.1 como la adicional contemplada en el art. 4 no serán imponibles ni constituirán renta para ningún efecto legal y en consecuencia no están afecto a descuento alguno

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Se debe concretar con todos los actos administrativos que las conceden, y serán pagadas por las universidades por una sola vez, al mes siguiente de finiquitado el tramite.

Pago de las Bonificaciones

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