presentación cgr procedimientos disciplinarios municipales
Post on 28-Feb-2018
251 Views
Preview:
TRANSCRIPT
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
1/42
PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS
INSTRUIDOS POR LASMUNICIPALIDADES
DIVISIN DE MUNICIPALIDADESSUBDIVISIN JURDICA
http://www.youtube.com/user/CONTRALORIACHILEhttp://twitter.com/Contraloriaclhttps://www.facebook.com/contraloriachile -
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
2/42
Todo procedimiento disciplinario tiene por fin
indagar una irregularidad o infraccin funcionaria,
con miras a establecer y hacer efectiva laresponsabilidad administrativa de los servidores
involucrados.
Objetivo de los ProcedimientosDisciplinarios
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
3/42
El personal de la Administracin del Estado estar sujeto a
responsabilidad administrativa, sin perjuicio de la
responsabilidad civil y penal que pueda afectarle.En el ejercicio de la potestad disciplinaria se asegurar el
derecho a un racional y justo procedimiento.
(Artculo 18 de la ley N18.575)
Responsabilidad Administrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
4/42
La responsabilidad administrativa es aquella en que
incurren los servidores pblicos cuando sus conductas
contravienes sus obligaciones o infringen prohibicionespropias de sus empleos o funciones.
Responsabilidad Administrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
5/42
El empleado que infringiere sus obligaciones o deberes
funcionarios podr ser objeto de anotaciones de demrito
en su hoja de vida o de medidas disciplinarias.Los funcionarios incurrirn en responsabilidad
administrativa cuando la infraccin a sus deberes y
obligaciones fuere susceptible de la aplicacin de una
medida disciplinaria, la que deber ser acreditada mediante
investigacin sumaria o sumario administrativo.(Artculo 118 de la ley N 18.883)
Responsabilidad Administrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
6/42
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
7/42
Legalidad
Slo pueden aplicarse las sanciones disciplinarias queexpresamente se encuentran establecidas por el legislador.
Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
8/42
Debido Proceso
El debido proceso es un principio jurdico segn el cual todapersona tiene derecho a ciertas garantas mnimas,
tendientes a asegurar un resultado justo, que incluyen la
oportunidad de ser odo, tener la posibilidad de presentar
descargos y pruebas.
Se trata de garantizar a todo inculpado un procedimientodisciplinario que le otorgue la posibilidad efectiva y concreta
de defenderse con eficacia.
Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
9/42
Proporcionalidad de la sancin
Toda medida disciplinaria debe aplicarse en relacin almrito del proceso y la gravedad de la infraccin cometida.
La medida de destitucin procede cuando as lo ordena
expresamente la ley y cuando se ha vulnerado gravemente
el principio de probidad administrativa.
Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
10/42
Impugnabilidad
Que la sancin disciplinaria sea susceptible de ser
impugnada.
El artculo 139 de la ley N 18.883, contempla el recurso de
reposicin en contra del decreto alcaldicio que aplique una
medida disciplinaria.
Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
11/42
Independencia
La responsabilidad administrativa es independiente de la
civil y penal, y as se establece en los artculos 18, de la ley
N 18.575, y 119, de la ley N 18.883.
Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
12/42
De conformidad con el artculo 63, letra d), de la ley
N 18.695, Orgnica Constitucional de Municipalidades, el
alcalde es el titular de la potestad disciplinaria.
Dicha potestad es indelegable, de acuerdo con la letra j) de
la misma disposicin.
Potestad disciplinaria
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
13/42
El alcalde es quien debe ordenar la instruccin de un
procedimiento sancionatorio, toda vez que es el titular de la
potestad disciplinaria.
No obstante, el hecho que el procedimiento lo disponga una
autoridad incompetente no afecta su validez, porque no es
un vicio esencial, ya que no constituye un elemento decisivo
en los resultados del procedimiento disciplinario, siempreque la sancin sea impuesta por la autoridad competente
para ello (Dictmenes N s. 2.680/99 y 4.173/12).
Potestad disciplinaria
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
14/42
- Investigacin Sumaria: proceso verbal en que se levanta
acta de lo actuado; breve; su objeto es indagar infracciones
menores; no permite la aplicacin de la destitucin, salvo
excepcin expresa.
- Sumario Administrativo: proceso escrito; su extensin esmayor que la investigacin sumaria; su fin es indagar
hechos de mayor gravedad; permite aplicar la destitucin.
Procedimientos disciplinarios
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
15/42
- Fiscal incompetente
Ello no es causa suficiente, per se, para afectar la legalidaddel procedimiento, si los inculpados han dispuesto de todas
las posibilidades de defensa y el fiscal ha actuado con la
debida imparcialidad, de manera que de los antecedentes
fluya que la designacin de otro fiscal no hubiera significado
un resultado distinto al que arroj la investigacin de que se
trate (Dictamen N30.977/97).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
16/42
Plazos
- Los plazos son de das hbiles (art. 143, ley N18.883)
- Los plazos que contempla el Ttulo V de la ley N18.883,
no poseen el carcter de esenciales y, por ende, lasactuaciones no sern privadas de validez cuando la se
excedan. No obstante, es responsabilidad del fiscal
instructor y de la unidad jurdica del municipio, velar por la
correcta y oportuna tramitacin de los procesos sumarialeshasta la vista fiscal, obligacin dentro de la cual se entiende
incorporada la de dar cumplimiento a los plazos (dictamen
N27.262/06).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
17/42
Notificaciones
- Personal: en su domicilio o en su lugar de trabajo.
- Carta Certificada: si el funcionario no es habido por 2 das
consecutivos, lo que deber dejarse constancia en el expediente.El funcionario se entender notificado cumplidos 3 das del
despacho de la carta (diferente del art. 46 de la ley N19.880).
-Tcita: por aplicacin supletoria del art. 47 de la ley N19.880. Se
entender el acto debidamente notificado si el interesado a quien
afectare, hiciere cualquier gestin en el procedimiento, con
posterioridad al acto, que suponga necesariamente su
conocimiento, sin haber reclamado previamente de su falta o
nulidad.
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
18/42
Representacin del afectado y declaracin asistido por
letrado
- El mandato debe estar constituido por medio de escriturapblica o documento privado suscrito ante notario, conforme
lo prescrito en el artculo 22 de la ley N 19.880 (Dictamen
N 79.238/10).
- El funcionario llamado a declarar durante la etapa
indagatoria de un procedimiento disciplinario, tiene derecho
a comparecer asistido por su abogado (Dictamen
N 24.733/11).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
19/42
Formulacin de cargos
Elprincipal objetivo que se persigue con la formulacin de
cargos es dar a conocer en forma clara al inculpado el
hecho anmalo que se le imputa, de tal manera que tenga
la posibilidad de defenderse en cada una de las instancias
legales establecidas al efecto. (Dictamen N 77.336/12)
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
20/42
Medios probatorios
Los procedimientos disciplinarios son procesos reglados en
la ley N 18.883, por lo que respecto de stos, ante lainexistencia o falta de claridad de una regulacin especial
que rija una materia, como sucede con la prueba,
corresponde aplicar el artculo 35 de la ley N 19.880, en
carcter de supletoria, segn el cual, los hechos relevantes
para la decisin de un procedimiento, podrn acreditarse
por cualquier medio de prueba admisible en derecho
(Dictamen N 69.157/09).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
21/42
Apreciacin de la prueba
En materia procedimental administrativa no existe un sistema de
prueba legal tasada, como ocurre en el procedimiento civil,
descansando exclusivamente en la autoridad que ejerce la potestaddisciplinaria la ponderacin de los medios de conviccin que
consten en la correspondiente carpeta administrativa, sin que la ley
preestablezca el valor probatorio de stos. Por aplicacin supletoria
del artculo 35 de la ley N 19.880, la prueba se apreciar en
conciencia, significando aquello que la autoridad puede llegar con
entera libertad y en forma privativa al convencimiento y decisin
ms conforme con su ntima y libre opinin (Dictamen
N 51.674/11).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
22/42
Desde cuando se entienden involucrados en un proceso, y
susceptibles de recibir una sancin
En el caso de ex funcionarios que al momento de ordenarse la
instruccin de un proceso disciplinario posean la calidad deservidores municipales, pero con anterioridad a que este se haya
afinado, se produce su trmino de labores, el fiscal instructor se
halla en el imperativo legal de proceder a su respecto en la misma
forma en que debe hacerlo con aquellos que mantienen la calidad
de funcionarios, si estima que han tenido una participacin
responsable en los hechos, sin perjuicio de que dicha
responsabilidad slo puede hacerse efectiva en los trminos
reseados en el inciso final del artculo 145 de la ley N 18.883.
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
23/42
Trmites esenciales al tenor del artculo 142 de la ley
N 18.883
Son trmites esenciales de un sumario administrativo
aquellos cuya omisin implica la privacin de la facultad que
tiene el afectado de defenderse oportunamente, como
ocurre con la declaracin del inculpado, la formulacin de
cargos concretos, la notificacin legal ya sea de los cargoso de la sancin que se pretende aplicar (Dictmenes N s.
2680/99 y 21046/05).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
24/42
Efectos de las medidas disciplinarias
- De conformidad con lo establecido en el artculo 51, inciso
segundo, de la ley N 19.880, la sancin aplicada rige a contarde la fecha de la notificacin del correspondiente acto
terminal, poca en la que comienza a generar sus efectos y,
por ende, hasta la cual corresponde la percepcin de las
respectivas remuneraciones (Dictamen N 8.225/09).
- Los efectos del decreto que afina el procedimientodisciplinario no se ven supeditados al trmite de registro en la
Contralora General.
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
25/42
Destitucin de dirigentes gremiales
De conformidad con el artculo 25 de la ley N 19.296, la
destitucin que se imponga a los dirigentes de lasasociaciones de funcionarios de la Administracin del Estado,
debe ser ratificada por C.G.R., efectuando un estudio del
proceso sumarial y de la resolucin que disponga la medida
expulsiva, confirmndola o indicando en un pronunciamiento
jurdico las observaciones que impiden tener por justificada
legalmente la desvinculacin. Por ende, la medida solo
genera sus efectos luego de la pertinente ratificacin.
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
26/42
Reclamo de ilegalidad en relacin con los efectos de la
medida disciplinaria
El reclamo de ilegalidad ante la Contralora General no
suspende los efectos de la medida disciplinaria (Dictmenes
N s. 46.174/07 y 56.116/10).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
27/42
Efectos de la aplicacin de medidas expulsivas en el marco de
procedimientos disciplinarios cuya juridicidad es reparada por la
Contralora General
En caso de reabrirse un procedimiento sumarial, debe estarse a
su trmino, para que una vez acontecido aquello y slo en el
caso de disponerse finalmente una medida disciplinaria diversa
de la destitucin, procede la reincorporacin del afectado y el
pago de las remuneraciones durante el tiempo en que se
encontr desvinculado de su cargo por aplicacin de la medida
expulsiva (Dictmenes N s. 42.851/07 y 6.001/11).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
28/42
Interrupcin de la Prescripcin
Art. 155, de la ley N 18.883: La prescripcin de la accin
disciplinaria se interrumpe, perdindose el tiempo transcurrido, siel funcionario incurriere nuevamente en falta administrativa.
Solo una vez afinado el proceso disciplinario instruido con motivo
de una nueva falta cometida por el mismo servidor y en el que se
le aplique una medida disciplinaria, el plazo de prescripcin seentender interrumpido a contar del da en que ocurrieron los
hechos materia de esta nueva infraccin (Dictmenes N s.
6.926/01 y 29.991/10).
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
29/42
Suspensin de la Prescripcin
Art. 155, de la ley N 18.883: La prescripcin de la accin
disciplinaria se suspende desde que se formulan cargos. Si el
proceso administrativo se paraliza por ms de dos aos, otranscurren dos calificaciones funcionarias sin que haya sido
sancionado, continuar corriendo el plazo de prescripcin como si
no se hubiese suspendido (Ver dictamen N 17.865/95).
- Calificaciones: se considera el 31 de diciembre del ao
pertinente.
- Se suma el tiempo anterior a la suspensin con el tiempo posterior
al hecho que determina que el plazo siga corriendo.
(Ver dictmenes N s. 71.484/11 y 34.715/13)
Aspectos relevantes a considerar
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
30/42
SOBRE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOSINSTRUIDOS POR LAS MUNICIPALIDADES
Suspensin de la Prescripcin, ejemplo:
Jean Pierre Lopp Uhart- DMUN
SUSPENSIN DELPLAZO
6 MESES 3 AOSTOTAL: 3 AOS Y
6 MESES
21/04/06
INFRACCIN
21/10/06
CARGOS
31/12/06
1aCALIFICACIN
31/12/07
2 CALIFICACIN
31/12/10
DECRETOSANCIONATORIO
SIGUE CORRIENDO ELPLAZO
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
31/42
Aspectos relevantes a considerar
Reapertura v/s Prescripcin
Resulta improcedente que el alcalde disponga la
reapertura de un sumario cuando han trascurrido ms decuatro aos desde que se cometi la infraccin, toda vez
que si se evacuara dicho trmite, y conforme a un nuevo
anlisis de los antecedentes, aquel mantuviera la
conviccin de que al afectado le asiste responsabilidad,
estara impedido de imponer una sancin, por cuanto el
plazo para ejercer la accin disciplinaria se habra
extinguido (Dictmenes N s. 24.006/05 y 34.054/13).
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
32/42
Aspectos relevantes a considerar
Aplicacin de medida expulsiva en perodo electoral
Los artculos 156 y 157 de la ley N 10.336: desde treinta
das antes del acto eleccionario -y hasta 60 das despus,tratndose de elecciones presidenciales- las medidas
disciplinarias expulsivas a que estn sujetos los
funcionarios pblicos, slo podrn decretarse previo
sumario instruido por la Contralora General, limitacin que
tambin afecta al personal regido por el Cdigo del Trabajocuando se le aplican las causales contempladas en los
artculos 160 y 161 (Instrucciones N s. 15.000/12 y
48.097/09).
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
33/42
Particularidades de otros Estatutos
Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin
- De conformidad con el artculo 72, letra b), la falta de probidad
y conducta inmoral, deben ser establecidas mediante sumarioadministrativo, de acuerdo al procedimiento establecido en los
artculo 127 al 143 de la ley N18.883.
- La designacin del fiscal instructor recaer en un profesional
de la respectiva Municipalidad (unidades del Prrafo 4 Ttulo ILey N 18.695) o Departamento de Educacin Municipal
(excluidos quienes se desempean en establecimientos de
educacin).(Ver dictamen N32.700/12).
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
34/42
Particularidades de otros Estatutos
Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin
- En el caso de la causal de la letra c) del artculo 72,
incumplimiento grave de las obligaciones que impone la
funcin, basta la realizacin de una breve investigacin.
- En relacin con la causal referida, el inciso final del
artculo 72 hace aplicable la disposicin del artculo 134
de la ley N18.883, referida a la posibilidad de suspender
o destinar al docente inculpado.
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
35/42
Particularidades de otros Estatutos
Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin
Atendida la modificacin del artculo 145 del Reglamentodel Estatuto Docente, slo el alcalde puede instruir un
procedimiento disciplinario en contra de un profesional de
la educacin, como asimismo, afinarlo. Adems, producto
de esta modificacin, hoy no puede sancionarse a un
docente con amonestacin. (Decreto N215, de 2011, del Ministerio de Educacin,
artculo nico N28).
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
36/42
Particularidades de otros Estatutos
Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la
Educacin
El plazo para reclamar de la medida de trmino de la
relacin laboral es de 60 das desde la notificacin del
acto administrativo que la dispone. (Ver dictamen
N34.922, de 2014)
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
37/42
Particularidades de otros Estatutos
Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin
La accin disciplinaria prescribe en el plazo de 5 aos contado
desde el da en que el docente hubiere incurrido en la falta.
Al no contemplar la ley N19.070 normas que regulen la
prescripcin de la responsabilidad, ni tampoco el Cdigo del
Trabajo -que se aplica supletoriamente-, corresponde aplicar
las disposiciones generales que contiene nuestro ordenamientojurdico sobre la materia, esto es, las contenidas en el Cdigo
Civil, especficamente su artculo 2515 (Dictamen N49.575/08).
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
38/42
Particularidades de otros Estatutos
Ley 19.378, Estatuto de Atencin Primaria de Salud
Municipal
En virtud de lo previsto en el artculo 4 de la ley N
19.378, resultan plenamente aplicables a los
funcionarios de la salud municipal, las disposiciones
sobre responsabilidad administrativa previstas en la leyN18.883.
P i l id d d E
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
39/42
Particularidades de otros Estatutos
Cdigo del Trabajo
Para disponer el trmino de la relacin laboral de los
funcionarios afectos a este cdigo, por hechos imputables a
stos, se debe invocar alguna de las causales del artculo 160
del citado cuerpo legal y practicar previamente una breveinvestigacin, la que si bien no requiere sujetarse a reglasrgidas de tramitacin, deber observar el derecho fundamental
al debido proceso, vale decir, efectuar una investigacin
destinada a establecer la ocurrencia de los hechos imputados
al servidor y la participacin que en ellos le cabe a ste, quien
debe ser odo, dndosele la posibilidad de defenderse
(Dictmenes Ns. 25.804/09 y 43.689/13).
P ti l id d d t E t t t
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
40/42
Particularidades de otros Estatutos
Cdigo del Trabajo
Para poder aplicar las sanciones de amonestacinverbal o escrita y multa de hasta 25% de la
remuneracin diaria, estas deben estar contempladas en
un reglamento interno del municipio, conforme con lo
dispuesto en el artculo 154, N 10, del Cdigo del
Trabajo (Dictamen N38.251/06).
P ti l id d d t E t t t
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
41/42
Particularidades de otros Estatutos
Cdigo del Trabajo
El plazo para interponer el recurso de reclamacin antela Contralora General, es de 60 das hbiles, en
conformidad con lo prescrito en el artculo 168 del
Cdigo del Trabajo (Dictamen N28.116/13).
-
7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales
42/42
http://www.contraloria.cl/http://www.youtube.com/user/CONTRALORIACHILEhttp://twitter.com/Contraloriaclhttps://www.facebook.com/contraloriachile
top related