ponencia licitaciones y contratos con el sector público. cade andalucía emprende. chiclana de la...
Post on 11-Jun-2015
1.112 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
LICITACIONES Y CONTRATOS CON EL SECTOR PÚBLICO
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público.
CADE de Chiclana de la Frontera. (Cádiz)3 y 4 de Junio de 2014
Ponente: José M. Arroyo Quero www.josemanuelarroyo.com
• Marco Legal: Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el TR de la Ley de Contratos del Sector Público. • En qué consiste una licitación. • Tipos de Contratos, Tipos de Tramitación y Procedimientos de
Adjudicación. • Solvencia Técnica, Profesional, Económica y Financiera. • Clasificación Empresarial. Qué es y cómo se obtiene. • Herramientas para detectar licitaciones de interés. • El Perfil de Contratante de las Administraciones Públicas. • El Registro de Licitadores. Qué es y forma de inscribirse. • Visión general de los Pliegos de Condiciones, la Documentación
Administrativa y las Propuestas Técnicas y Económicas. • Garantías. En qué consisten y cómo se constituyen. • La Presentación de la Propuesta. Las Plicas. Aspectos a tener
en consideración y errores más frecuentes. • La Adjudicación. • Fórmulas de reforzamiento empresarial ante una licitación. Las
UTE,s. • Obtención de negocio de una adjudicación ajena. La
Subcontratación.
SU
MA
RIO
O B J E T I V O :ELIMINAR “APRENSIONES”, “PREJUICIOS”,
“MIEDOS” Y “DESINFORMACIÓN” DE
PYMES Y EMPRENDEDORES A PLANTEARSE
ACCEDER A LICITACIONES PÚBLICASPORQUE
PUEDEN SER GRANDES OPORTUNIDADES DE NEGOCIO
La Contratación Pública representa el 18,5% del PIB español.
Pensemos que el Turismo representa el 11%
La decisión de considerar como “Cliente” al Sector Público es una decisión Estratégica de la Empresa
Y como tal hay que tomarla, dotándola de suficientes medios humanos, materiales y financieros
Introducción
Marco LegalEvolución histórica• Primera regulación general en materia de contratos públicos• Los hitos normativos de los últimos 50 años. Cuatro bloques
normativos principales.• Normativa actual• Ultimas modificaciones generadas por la Ley de Apoyo a los
Emprendedores y su Internacionalización y por la Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
La Ponencia del Profesor Santamaría Pastor, “La constante e interminable reforma de la normativa sobre contratación pública” , como paradigma de la situación
¿Qué es una Licitación?Una Entidad Pública acude al Mercado a proveerse de Bienes y Servicios.
Se produce una Contratación Administrativa. Distinta de la Contratación privada por ser una de las partes una Entidad Pública que:
• Está sujeta a la consecución del Interés General• Opera con Fondos PúblicosLicitación: Cuando las Administraciones y los Organismos del
Sector Público llevan a cabo un proceso de contratación con la concurrencia de las entidades privadas a este proceso público.
Principios que deben regir el proceso:• Libertad de Acceso• Publicidad y Transparencia • No Discriminación e Igualdad de Trato
Tipos de ContratosContrato de ObrasContrato de Concesión de Obras PúblicasContrato de Gestión de Servicios PúblicosContrato de SuministroContrato de ServiciosContrato de Colaboración entre el Sector
Público y el Sector PrivadoContrato Mixto
Contratos sujetos a Regulación Armonizada
Contratos Administrativos y Privados
Tipos de TramitaciónTramitación Ordinaria
Tramitación Abreviada• Tramitación Urgente• Tramitación de Emergencia
Tramitación especial “Contratos Menores”
• Art. 111 y Art. 138.3 de la Ley. • Para Contratos de Obras < a 50.000 €
ó cualquier otro Contrato < a 18.000 €
Procedimientos de Adjudicación de Contratos
Procedimiento AbiertoProcedimiento RestringidoProcedimiento Negociado• Sin Publicidad• Con PublicidadDiálogo CompetitivoSujetos a Regulación Armonizada
L A S O L V E N C I A Elemento Fundamental ……..que deberá acreditarsepor uno o varios de los medios siguientes…………………..
……….A ELECCIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Se deberá acreditar estar en posesión de los requisitos mínimos de solvencia que se determinen por el Órgano de Contratación. Este requisito será sustituido por el de la Clasificación , cuando esta sea exigible.
Estos requisitos se indicarán en el Anuncio de Licitación y se especificarán en el Pliego del Contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales
Podrán exigirse los nombres y la cualificación profesional del personal encargado de ejecutar la prestación
Se podrá exigir compromisos de adscripción a la ejecución de medios personales o materiales suficientes. Se integrarán en el Contrato pudiéndosele atribuir el carácter de obligaciones esenciales
La Solvencia se acreditará mediante la aportación de los documentos que se determinen por el Órgano de Contratación, de entre los enumerados a continuación para cada caso
La Clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma
La Solvencia. Concepto y Generalidades.
La Solvencia Técnica en Contratos de ObrasRelación de obras ejecutadas últimos 10 años, avaladas
por Certificados de Buena Ejecución las más importantes. Declaración indicando Técnicos para la ejecución. CalidadTítulos académicos y profesionalesMedidas de Gestión Medioambiental que se podrán
aplicarDeclaración plantilla media e importancia personal directivo
durante 3 últimos añosMaquinaria, Material y Equipo Técnico del que se
dispondrá
Principales suministros en los últimos 5 añosDeclaración indicando Técnicos para la ejecución. CalidadDescripción de instalaciones técnicas, medidas empleadas
para garantizar la calidad y medios de estudio e investigación
Control efectuado por la entidad del sector público contratante sobre la capacidad de producción del empresario
Muestras, descripciones y fotografías de los productosCertificados sobre Control de Calidad Si se requieren obras de colocación o instalación, capacidad
para prestar esos servicios
La Solvencia Técnica en Contratos de Suministros
Principales Servicios o Trabajos en los últimos 5 añosTécnicos participantes. CalidadDescripción de instalaciones técnicas, medidas empleadas para
garantizar la calidad y medios de estudio e investigaciónControl efectuado por la entidad del sector público contratante
sobre la capacidad técnica y medios de estudio e investigaciónTitulaciones académicas y profesionalesMedidas de Gestión MedioambientalDeclaración plantilla media e importancia personal directivo
durante 3 últimos añosMaquinaria, Material y Equipo Técnico del que se dispondráParte del Contrato que, eventualmente, se subcontratará
La Solvencia Técnica o Profesional en Contratos de Servicios
Podrá acreditarse por los medios señalados para la Solvencia Técnica o Profesional en los Contratos de Servicios, donde deberán apreciarse especialmente los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad del empresario
Se acreditará por uno o varios de los medios reseñados en cada caso, siempre a elección del Órgano de Contratación
La Solvencia Técnica o Profesional en los restantes Contratos
Rasgo común a todas las acreditaciones de Solvencia
Deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, a elección del Órgano de Contratación
Volumen Anual de Negocio Justificante de existencia de Seguro de Indemnización por
Riesgos ProfesionalesPatrimonio Neto o Ratio entre Activos y PasivosLa acreditación se efectuará mediante aportación de
certificados y documentos determinados en cada casoLa inscripción en el ROLECE acreditará, frente a todos los
órganos de contratación del sector público, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario
La Solvencia Económica y Financiera
Se determinarán por el Órgano de Contratación , se indicarán en el Anuncio de Licitación y se detallarán en los Pliegos, en los que se concretarán las magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que determinarán la admisión o exclusión de los licitadores o candidatos
La Clasificación del empresario en un determinado grupo o subgrupo se tendrá por prueba bastante de su solvencia para los contratos cuyo objeto esté incluido o se corresponda con el ámbito de actividades o trabajos de dicho grupo o subgrupo, y cuyo importe anual medio sea igual o inferior al correspondiente a su categoría de clasificación en el grupo o subgrupo
Reglamentariamente podrá eximirse la exigencia de acreditación de la solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional para los contratos cuyo importe no supere un determinado umbral
La Solvencia Concreción de Requisitos y Criterios.
L A C L A S I F I C A C I Ó N :Representa un enorme Valor Añadido al Potencial de la Empresa
TRANSMITE……….. Solvencia Profesionalidad Legalidad Seriedad Responsabilidad C O M P R O M I S O
La Clasificación Empresarial
Será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su solvencia para contratar en los siguientes casos y términos:
• Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las Administraciones Públicas
• Para los contratos de servicios no será exigible la Clasificación del empresario
• La Clasificación no será exigible ni aplicable para los demás tipos de contratos
La Clasificación será exigible igualmente al cesionario de un contrato en el caso en que hubiese sido requerida al cedente
Por Real Decreto se podrá exceptuar la clasificación cuando sea exigible y/o acordar su exigencia en caso contrario, atendiendo a circunstancias especiales
Exención de la exigencia de Clasificación• No exigible a empresarios no españoles de estados
miembros de la Unión Europea• De forma excepcional y por conveniencia para los
intereses públicos, podrá autorizarse la contratación con personas sin Clasificación
La Clasificación Empresarial
Se hará en función de la SolvenciaDetermina los contratos a cuya adjudicación se puede
concurrir, en razón de su objeto y cuantíaAcreditar personalidad y capacidad de obrar y
encontrarse legalmente habilitado para realizar la correspondiente actividad y no estar incurso en prohibiciones de contratar
Se denegará si existe presunción de que la empresa sea continuación o derivación de otra afectada por prohibición de contratar
La Clasificación. Criterios y Condiciones
Se acuerda por las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado
Las CCAA podrán adoptar decisiones sobre clasificación, eficaces en su ámbito funcional y territorial
Los acuerdos de Clasificación de las empresas se inscribirán de oficio en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE)
La Clasificación. Competencia e Inscripción
Vigencia indefinida si mantienen condiciones y circunstancias
Para su conservación deberá justificarse:• anualmente el mantenimiento solvencia económ y financ• cada tres años, el de la solvencia técnica y profesional
Empresario está obligado a poner en conocimiento cualquier variación en las circunstancias de concesión . La omisión de esto hará incurrir al empresario en la prohibición de contratar
Los órganos competentes podrán solicitar documentos necesarios para comprobar las declaraciones y hechos manifestados en los expedientes que tramiten
La Clasificación. Vigencia, Revisión y Comprobación
Herramientas para la detección de licitacionesComprobando a diario el BOE, BOJA y BOP. Y DOUE. Haciendo
lo propio con los Perfiles de Contratante. NO ES ACONSEJABLE POR EXCESIVO CONSUMO DE RECURSOS Y TIEMPO ;-)
Empresas privadas especializadas en el sector, ejemplos:http://www.licitaciones.es http://new.construdatos.es/concursos.html http://www.concursospublicos.com/http://www.subastasyconcursos.com/
Conseguir que la entidad adjudicadora nos invite a concursos (procedimiento negociado) ¿Cómo? Dándonos de alta en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas)
¡ATENCIÓN!SE TRATA DE EJEMPLOS
NO DE RECOMENDACIONES
El Perfil de ContratanteAsegura la transparencia y el acceso público a la información
de su actividad contractual. Los Órganos de Contratación difundirán en Internet su Perfil de Contratante
La forma de acceso deberá especificarse en las Webs institucionales, en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en los Pliegos y Anuncios de Licitación
Podrá incluir datos e informaciones referentes a la actividad contractual del Órgano de Contratación. Licitaciones, documentación relativa a las mismas, contrataciones programadas, contratos adjudicados, procedimientos anulados, etc. En todo caso deberá publicarse en el Perfil de Contratante la adjudicación de los contratos.
Ministerio de Hacienda y Admin. Públicas. Dirección General del Patrimonio del Estado. Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Plataforma de Contratación del Sector Público
https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma
Junta de Andalucía. Plataforma de Contratación. PdChttp://www.juntadeandalucia.es/contratacion
Diputación de Cádiz. Perfil de Contratantehttp://www.dipucadiz.es/diputacion/perfil-de-contratante/
Ayuntamiento de Chiclana. Perfil de Contratantehttp://www.chiclana.es/Perfil-de-contratant.216.0.html
El Perfil de Contratante. Ejemplos prácticos
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado pondrá a disposición de todos los órganos de contratación del sector público una plataforma electrónica para dar publicidad a través de internet a las convocatorias de licitaciones y sus resultados y a cuanta información consideren relevante relativa a los contratos que celebren. En todo caso, los Perfiles de Contratante de los Órganos de Contratación del Sector Público estatal deberán integrarse en esta plataforma, gestionándose y difundiéndose exclusivamente a través de la misma. En las sedes electrónicas de estos Órganos se incluirá un enlace a su Perfil del Contratante situado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
La Plataforma de Contratación del Sector Público
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas
El ROLECE depende del M. Hacienda y Admin. Públicas. Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado. Se harán constar los datos relativos a la capacidad de los empresarios que hayan sido clasificados por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, así como aquéllos que hayan solicitado la inscripción de alguno de los datos de las letras a) a d) del apartado 1 del artículo 328.
Las CCAA podrán crear sus propios Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas, en los que se inscribirán las condiciones de aptitud de los empresarios que así lo soliciten, que hayan sido clasificados por ellas, o que hayan incurrido en alguna prohibición de contratar
En el Registro podrán constar, para cada empresa, los siguientes datos:• a) Personalidad y capacidad de obrar, en el caso de personas jurídicas.• b) Facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su
nombre y obligarla contractualmente.• c) Autorizaciones o habilitaciones profesionales.• d) Solvencia económica y financiera, que se reflejarán de forma independiente si el
empresario carece de Clasificación.• e) La Clasificación obtenida conforme a lo dispuesto en los artículos 65 a 71, así
como cuantas incidencias se produzcan durante su vigencia; en esta inscripción, y como elemento desagregado de la clasificación, se indicará la solvencia económica y financiera del empresario.
• f) Las prohibiciones de contratar que les afecten.• g) Cualesquiera otros datos de interés para la contratación pública que se
determinen reglamentariamente. En todo caso, se harán constar en el Registro, las prohibiciones de contratar . Voluntariedad de la inscripción. Responsabilidad del empresario en relación con la actualización de la información Publicidad y Colaboración entre Registros
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE)
https://registrodelicitadores.gob.es/rolece/public/inicio.action(Esta URL puede requerir Certificado Digital)
Registro de Licitadores de la Junta de Andalucíahttp://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/licitadores/licitadores.htm
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.Ejemplos Prácticos.
LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
SON FIJADOS POR ELÓRGANO DE
CONTRATACIÓN
T O D O, T O D O, ESTÁ EN ELLOS
LEER, RELEER, ESTUDIAR Y REPASAR A FONDOPARA……VOLVER A LEERLOS DE NUEVOCLAVE DE BÓVEDA DONDE SE APOYA EL EDIFICIO DE LA LICITACIÓN
Contienen las cláusulas administrativas y las prescripciones técnicas. Ambas tienen carácter contractual
Las cláusulas administrativas particulares determinan el régimen jurídico del contrato, rigen el procedimiento contractual y los derechos y deberes de las partes en la ejecución del contrato
Las prescripciones técnicas establecen y definen los aspectos técnicos que debe reunir la prestación, es decir, sirven para definir el objeto del contrato y sus características técnicas
Los Pliegos son la columna vertebral de la contratación y es lo que ayudará a los empresarios a preparar la documentación para la licitación.
Pliegos de Condiciones
En cada concurso se va a requerir una documentación específica. No obstante, documentación relativa a la existencia de la empresa va a ser requerida prácticamente siempre:
• Escrituras de constitución inscritas en el Registro Mercantil• DNI del/la representante legal. Bastanteo de Poderes• Tarjeta acreditativa del CIF o DNI si es empresari@ individual • Declaración de no hallarse en prohibición para contratar con
la Administración y de no incurrir en incompatibilidades• Certificado de estar al corriente con Hacienda y Seg. Social• Declaraciones y certificaciones que acrediten la solvencia
económica financiera de la empresa• Documento de Clasificación en el caso que sea necesaria
Documentación Administrativa
Si en los Pliegos se detalla la estructura que debe seguir la propuesta técnica, es imprescindible ceñirse a ella
Si en los Pliegos no se especifica ninguna estructura concreta, podemos seguir la siguiente:
• Presentación• Objetivos Generales y Específicos de los trabajos• Descripción de las actividades a realizar• Metodología de Trabajo y Resultados Esperados• Evaluación Interna y Seguimientos• Equipos de Trabajo y Cronogramas• Mejoras propuestas por la empresa sobre los requisitos
exigidos en los Pliegos
Propuesta Técnica
Es el Precio que la empresa estima que valen los trabajos/servicios/suministros ofertados en la Propuesta Técnica al Ente Público contratante
No será superior al estimado por el OC en los Pliegos, que será el importe base de la licitación
En muchos contratos, el precio es el criterio de mayor peso a la hora de la adjudicación
Sin embargo, no puede ser tan bajo que pueda sugerir que el Contrato no se podrá llevar a cabo de forma efectiva y con los requisitos mínimos de calidad exigidos, incurriendo en las conocidas como “Bajas Temerarias”, aunque podrían ser justificadas ante el OC
Propuesta Económica
Los adjudicatarios deberán constituir una garantía de un 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el IVA
En casos especiales, una complementaria de hasta un 5 %, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 %
Las garantías podrán prestarse:• En Efectivo o Valores de Deuda Pública• Mediante Aval• Mediante Contrato de Seguro de CauciónCuando así se prevea en los pliegos, la garantía podrá
constituirse mediante retención en el precioLa acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse
mediante medios electrónicos
Garantías (I)
Garantía GlobalConstitución, reposición y reajuste de garantíasLa Garantía responderá de los siguientes conceptos:• De las penalidades por ejecución defectuosa y demora• De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en
el contrato, de los daños y perjuicios con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento o resolución.
• De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato
• En el contrato de suministro responderá de la inexistencia de vicios o defectos de los bienes suministrados
Preferencia en la ejecución de garantías
Garantías (II)
Devolución y cancelación de Garantías• Al vencimiento del plazo de garantía y cumplido
satisfactoriamente el contrato o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista
• Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades
• Transcurrido un año desde la terminación del contrato. O 6 meses en determinadas circunstancias.
Garantía Provisional • Se podrá exigir una garantía que responda del mantenimiento
de sus ofertas hasta la adjudicación del Contrato. Máximo 3%.• Se extinguirá automáticamente tras la adjudicación
Garantías (y III)
Las Plicas son sobres cerrados y secretos que van a contener la documentación exigida para la presentación al procedimiento de licitación
En los pliegos de cláusulas administrativas, se va a establecer la forma de presentación de las ofertas y el número de plicas en el que han de distribuirse los distintos documentos
Generalmente 3 sobres: • 1) Documentación Administrativa • 2) Documentación de carácter técnico, como la Memoria
Técnica• 3) Propuesta Económica
Presentación de la Propuesta. Las Plicas.
L A S P L I C A SDe vital importancia que la Documentación de los
sobres se ajuste a lo establecido en las prescripciones técnicas y administrativas, y
que los sobres se presenten de acuerdo con la nomenclatura y formato establecidos.
Cualquier desviación sobre lo exigido puede ser motivo de exclusión de nuestra oferta
Procedimientos de Adjudicación
Principios de Igualdad y Transparencia• Los órganos de contratación darán a los licitadores y
candidatos un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia
Confidencialidad• Los OOCC no podrán divulgar la información facilitada por los
empresarios, que éstos hayan designado como confidencial• El contratista deberá respetar el carácter confidencial de
aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Se mantendrá durante 5 años
La Adjudicación (I)
Criterios de valoración de las ofertas• Directamente vinculados al objeto del contrato• Cuando se utilice uno sólo: el del precio más bajo Los criterios se determinarán por el OC y se detallarán en el
anuncio, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o en el documento descriptivo.
Se dará preponderancia a aquellos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes
Contratos en cuya adjudicación procederá más de un criterio Los criterios elegidos y su ponderación se indicarán en el
anuncio de licitación
La Adjudicación (II)
El OC requerirá al licitador para que, dentro del plazo de diez días hábiles, presente justificantes de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante
La notificación deberá contener la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación
La Adjudicación (III)
Ofertas con valores anormales o desproporcionados. (Las “Bajas Temerarias”)
Obligaciones de información sobre el resultado del procedimiento
• Información no publicable• Publicidad de la formalización de los contratos• Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del
procedimiento de adjudicación por la Administración
Formalización de los contratos
La Adjudicación (y IV)
Podrán contratar con el sector público las UTE,s. que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización en escritura pública hasta la adjudicación. Deberán indicar los nombres y circunstancias y participación de los que la constituyan y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las UTE,s. coincidirá con la del contrato La Clasificación Empresarial en las UTE,s. Beneficios.
Reforzamiento Empresarial. Las UTE,s.
Los derechos y obligaciones podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero con ciertas limitaciones
Deberán cumplirse los siguientes requisitos:• El OC autorice, de forma previa y expresa, la cesión.• El cedente tenga ejecutado al menos un 20 % del contrato • El cesionario tenga capacidad y la solvencia exigibles, además
de cumplir los mismos requisitos exigido al cedente• La cesión se formalice en escritura pública
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente
Oportunidades de Negocio. La Cesión del Contrato
El contratista podrá subcontratar, salvo que el contrato o los pliegos dispongan lo contrario o que se deduzca que aquél ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario.
Si así se prevé en los pliegos o en el anuncio de licitación, los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar
Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del porcentaje que se fije en el pliego de cláusulas administrativas particulares. En el supuesto de que no figure en el pliego un límite especial, el contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 60 por 100 del importe de adjudicación.
Oportunidades de Negocio. La Subcontratación (I)
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá ante la Admón. la total responsabilidad de la ejecución del contrato
Los OOCC podrán imponer al contratista la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50 % del presupuesto
Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a la Administración contratante
Pagos a subcontratistas y suministradores.
Oportunidades de Negocio. La Subcontratación (II)
R E S U M E N C O L O Q U I A LDecisión Estratégica. Considerar las licitaciones como una “unidad de
negocio”
No es sencillo. Se requiere Experiencia (que habrá que conseguir en un entorno adverso), cierto “Músculo Financiero” y mucha Paciencia
Inscribirse en el Registro de Licitadores. Obtener Clasificación
Tener siempre en orden y a punto la “Documentación Administrativa “
Leer y estudiar hasta la extenuación los Pliegos de Condiciones Cuando creamos que ya los hemos entendido, volver a leerlos y estudiarlos
Saber qué documentación va en cada sobre y
repasarlosProbablemente no conseguiremos adjudicarnos nuestra primera
licitación
Preparación, Experiencia, Paciencia y Músculo Financiero
GARANTÍAS DE FORMACIÓN: EL PRESENTE ESQUEMA DE PONENCIA SERÁ ENVIADO POR
EMAIL, EN FORMATO PDF, A TOD@S L@S ASISTENTES .
IGUALMENTE, DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA FINALIZACIÓN DEL CURSO ESTARÁ DISPONIBLE EN REDES SOCIALES. LA UBICACIÓN TAMBIÉN SE COMUNICARÁ A L@S ASISTENTES
DURANTE 30 DÍAS NATURALES, PODRÁN FORMULAR CUANTAS DUDAS NECESITEN RESOLVER A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES EMAILS: info@josemanuelarroyo.com ó empresa@legalgemp.com . SERÁN RESUELTAS EN 48 HORAS HÁBILES (72 HORAS SI IMPLICAN ESPECIAL DIFICULTAD O COMPLEJIDAD)
LA IMPORTANCIA DE LA FORMACIÓN CONTINUADA
LAS FOGRAFÍAS QUE ILUSTRAN LA PRESENTACIÓN, ESTÁN ENTRESACADAS DE
LA SELECCIÓN REALIZADA POR ESMERALDA DÍAZ AROCA DE LA FAMOSA
OBRA DE FRANCISCO ALCAIDE ”30 LECCIONES PARA EMPRENDEDORES”
REDES SOCIALES. EXISTE EN LINKEDIN UN GRUPO “ESPECIALIZADO” EN LICITACIONES Y ADJUDICACIONES CUYA URL ES LA SIGUIENTE:
https://www.linkedin.com/groups?gid=2096389&trk=my_groups-b-grp-v
MISCELÁNEA FINAL
WEBS Y BLOGS DE INTERÉS. (A título meramente informativo)
http://obrasyconcursospublicos.blogspot.com.es/http://administracionpublica.com/
http://www.clasificaciondeempresas.com.es/http://simap.europa.eu/index_es.htm
59
www.josemanuelarroyo.com
¡¡MUCHAS GRACIAS
POR VUESTRA ASISTENCIA
Y ATENCIÓN!!
www.emprendedorescadiz.com
60
Pasión por las PYMES.
¿Hablamos?
top related