policia de puerto rico

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Policia de Puerto Rico

• Los datos históricos nos indican que alrededor del año 1837 estaba creado el Cuerpo de Serenos de la Capital, en dicho cuerpo su uniforme consistía de capa para protegerse de la lluvia, portaban un faro de aceite, un palo para la defensa además eran responsables de anunciar cada hora a alta voz y condiciones del tiempo. El Cuerpo de Serenos fue eliminado en el año 1878 por orden del gobernador Jose Laureano Zanz.

• El Cuerpo de Serenos fue eliminado en el año 1878 por orden del gobernador Jose Laureano Zanz.

• En Mayo del año 1887 se origino el primer reglamento en el pueblo de Isabela dicho reglamento se usaría para reglamentar la vigilancia publica.

• En 1898 como resultado de la guerra Hispanoamericana, Puerto Rico paso a ser posesión de los Estados Unidos de América, siendo entregada oficialmente al General John R. Brooke, primer gobernador militar en la Isla.

• Bajo el mando del segundo gobernador militar de la isla General Guy V. Henry se emitieron tres órdenes generales.

• La orden general #13 del 7 de febrero de 1899 que colocaba a la policía bajo la inmediata dirección del gobernador para ese entonces.

• La orden general #15 del 9 de febrero de 1899 que creo oficialmente un departamento especial de policía y nombra al coronel Frank Techner como el primer jefe de la policía y a esta policía se le conoció como la Policía Insular la cual era independiente de otros cuerpos de la policía.

• En 1899 la Policía Insular constaba con 313 integrantes incluyendo a los oficiales.

• La Policía Insular, Juntamente con el ejército y la Policía Municipal, responderán al mantenimiento de la ley y del orden en la isla.

• Obrara cuando se le llame debidamente, en unión del ejercito y la policía municipal, pero no se inmiscuirá en las obligaciones individuales de cada una; se propone que la policía municipal entienda el mantenimiento de la ley y del orden en la secciones urbanas, y la policía insular el mantenimiento de la ley y del orden en la secciones insulares de la isla, debiendo el ejercito ser el ultimo recurso y solo cuando lo disponga a autoridad militar correspondiente.

• La orden general #25 del 21 de febrero de 1899 donde se crea la organización del cuerpo de la policía. Se establecieron los cuarteles generales de la policía en San Juan, quedando al mando el coronel Frank Techner por encomienda del gobernador militar Guy V. Henry.

• Surge también la carta circular #39 que implemento la orden general # 25 en forma de reglamento la cual establecía las siguientes faltas o reglamentos:

• 1. Falta de puntualidad2. Conducta incorrecta3. Embriaguez4. Participación en la política activa5. No pagar deuda

• El 2 de agosto de 1899 se publica la orden general #110 autorizando a los alcaldes de los municipios a organizar su propia guardia municipal.

• El 1 de mayo de 1900 surge en Puerto Rico el acta Foraker que establece el cambio de gobierno de uno militar a civil y surgen varios jefes de policía:

• 1. Terrence Hamill2. William Sutz3. George R. S. Homtom4. William R. Rennett5. G.W. Lewis6. P. R. Lutz7. E. Francis Riggs8. Enrique Orbeta9. Antonio R. Silva10. Louis Ramírez11. Joshua Hellinger12. Salvador T. Roig

• En el año 1902 el gobernador William H. Runt firmo una ley incorporando la Policía Municipal a la Insular. Los últimos municipios en incorporarse fueron Ponce y Mayagüez que lo hicieron en el año 1908.

• Para ese entonces la policía insular tenia una fuerza de 913 integrantes de los cuales 700 eran guardias. Mas tarde en 1909 la fuerza policial fue reducida a 616 integrantes, 70 caballos, 85 bicicletas por razones económicas.

• En 1906 el jefe de la policía Terrence Hamill creo la banda de la policía.

• En marzo de 1908 se creó una ley para la policía que estuvo vigente hasta 1956. En este mismo año fue reorganizada nuevamente la policía por instrucciones del jefe policía Terrence Hamill.

• En 1931 Rafus Rolls Lutz implanto el servicio de motociclismo en toda la isla.

• En el año 1940 casi desaparecen los caballos de la fuerza policial.

• El 1 de julio de 1942 el coronel Luís Ramírez Brau, jefe de la Policía se percato que los integrantes de la policía necesitaban mejor entrenamiento y se crea la primera academia de la policía.

• Se nombro al Capitán Santiago Martines decano de la academia y al Sgto. Luís Rivera Morales como decano auxiliar. En la primera academia se reclutaron 100 hombres y el adiestramiento se ofreció en un rancho detrás del cuartel general en la parada 3 de puerta de tierra San Juan Puerto Rico.

• Antes de 1942 toda persona que solicitaba ingreso a la policía al ser aceptado por el jefe de la policía, se le asignada a trabajar a un distrito policíaco.

• El candidato pasaba tres meses en el distrito donde el jefe de distrito lo adiestraban sobre motivos de leyes y reglamentos de la policía.

• Se le asignaba a patrullar con un policía de experiencia, reten y otros.

• Esa labor era realizaba vestido de caqui sin armas. Cuando terminaba el adiestramiento el jefe de distrito le daba un examen de todas las materias.

• Después del examen si era recomendada favorablemente por el jefe de distrito era enviado al cuartel general a buscar el uniforme, armas y todo el equipo necesario para continuar en la fuerza.

• En el año 1947 se implementa el sistema de radio teléfono.

• En el 1956 surge una nueva ley para la policía, la ley #77 del 22 de junio de 1956 deroga la ley del 1908 que había creado la policía insular y estableció a la policía como un organismo civil de orden publico y creo también el cargo de Superintendente de la Policía y además creo (4) cuatro áreas policíacas en los puntos cardinales que fueron San Juan, Ponce, Mayagüez y Humacao

• Surgió el primer Superintendente bajo esta ley.

• 1. Ramón Torres 2. Salvador T. Roig3. Salvador Rodríguez Aponte4. Luís Torres Masso5. Astor Calero Toledo (primer policía en llegar a ser superintendente)6. Luís Maldonado Trinidad7. Roberto Torres González8. Desiderio Cartagena Ortiz9. Jorge Collazo Torres10. Lcdo. Andrés García Arache11. Lcdo. Carlos J. Lopez Feliciano12. Lcdo. Ismael Betancourt Lebrón13. Lcdo. Pedro Toledo Dávila14. Lcdo. Pierre Vivoni del Valle15. Lcdo. Miguel Pereira Castillo16. Lcdo. Víctor Rivera González 17. Lcdo. Agustín Cartagena Díaz 18. Lcdo. Pedro Toledo Dávila

• En el año 1968 se implanto una ley que rebajo el horario de la policía en 40 horas semanales.

• En el 1969 surge el primer reglamento real de la policía de Puerto Rico.

• El 10 de junio de 1996 surge la nueva ley de la Policía de Puerto Rico la cual esta vigente.

• Dentro de la espera de sus atribuciones todo miembro de la fuerza tendrá entre otras, las siguientes obligaciones y responsabilidades:

• 1. Proteger la vida y propiedades, impedir el crimen y el desorden.

• 2. Prevenir, descubrir y perseguir el delito.• 3. Cumplir y velar por el cumplimiento de las

leyes, reglamentos y ordenanzas municipales.• 4. Observar y procurar la protección de los

derechos civiles del ciudadano.

• 5. Observar en todo momento una conducta ejemplar.

• 6. Tomar las providencias necesarias para garantizar la protección de las personas detenidas.

• 7. Tratar cortésmente al público y prestar la debida ayuda a las personas que la requieran.

• 8. Prestar la debida protección al pueblo reunido legalmente para cualquier fin lícito.

• 9. Obedecer las órdenes legalmente emitidas por sus superiores.

• 10. Ser puntual en sus compromisos oficiales y diligentes en el cumplimiento de su deber, actuando siempre en forma ecuánime, serena y justa.

• 11. Orientar y aconsejar al público sobre el mejor cumplimiento de la ley, así como en todo lo que concierne a la seguridad publica.

• Tenemos el deber de hacer que la Ley y el Orden se cumplan presentando siempre un rostro humano pero inflexible con la delincuencia y la conducta delictiva.

• Tenemos el compromiso a combatir la criminalidad, proteger vidas y propiedades para mejorar la calidad de vida en Puerto Rico.

• La Policía de Puerto Rico está formado por hombres y mujeres con un gran interés en trabajar por Puerto Rico. Nuestra organización ha iniciado un sinnúmero de procesos con el fin de organizar las funciones y servicios que ofrece a la ciudadanía de forma tal que usted y los suyos se sientan mas seguros, además de organizar los procesos internos para darle un servicio de excelencia.

• Mediante nuestros equipos de trabajo en los sistemas administrativos y operacionales con agencias estatales y federales, estamos dirigidos y tenemos el compromiso a combatir la criminalidad, proteger vidas y propiedades para mejorar la calidad de vida de Puerto Rico.

• Tenemos el deber de hacer que la Ley y el Orden se cumplan presentando siempre un rostro humano pero inflexible con la delincuencia y la conducta delictiva haciendo así un país mas seguro.

• Miembros de La Policía de Puerto Rico por Rango y Género

• Los Comandantes, Tenientes Coroneles y Coroneles usaran estrellas de color oro sobre las charreteras de las camisas, chaquetas o guerreras.

• *Coroneles usaran cuatro (4) estrellas • *Tenientes Coroneles usaran tres (3) estrellas• *Comandantes usaran dos (2) estrellas• Los rangos de Capitán, Teniente Primero y

Teniente Segundo, llevaran colocadas en forma horizontal sobre la chaqueta cintillas doradas.

• *Capitán usaran cuatro (4) cintillas • *Teniente I usaran tres (3) cintillas• *Teniente II usaran dos (2) cintillas• Los Sargentos usaran como rango una insignia

en forma de “V” con tres (3) cintillas azul claro.

• Los Guardias utilizaran placas niqueladas

• Superintendencia Auxiliar de Operaciones de Campo

• Es la unidad de control de todas las actividades de la Policía de Puerto Rico relativas al cumplimiento de la misión institucional estipulada en la Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996, según enmendada.

• Esto es la protección de vidas y propiedades, mantenimiento y conservación del orden público, protección de los derechos civiles del ciudadano y prevención del delito.

• Planifica, organiza, coordina, dirige y controla todas las acciones operacionales en la fase de servicios preventivos contando con la integración de los ciudadanos en un enfoque de esfuerzo común y atenderá el aspecto formativo-educativo de niños(as) y jóvenes para prevenir la delincuencia, en armonía con las directrices que dicte el (la) Superintendente.

• Asimismo, aplicará la política pública sobre las operaciones de rescate de las comunidades afectadas por grupos asociados al narcotráfico que asumieron control de los perímetros de tales residenciales (privados y públicos).

• Integra en su estructura organizacional un concepto novel, denominado “Regiones de Operaciones Policiales”, dirigidas a garantizar a la ciudadanía una forma más efectiva de atacar el crimen, basado en una conceptualización de reformar la planificación, coordinación, dirección y la implementación de innovadoras técnicas de supervisión operacional.

• Esta delimitada en 13 regiones para efectos de lograr una coordinación más efectiva.

• Estas Regiones tendrán mayor autonomia organizacional y operacional, con énfasis en la disminució de incidencia criminal, mediante la prevencion, prestación e integración de servicios en coordinación con la comunidad.

• Oficina del Superintendente • El Superintendente tendrá la responsabilidad

de administrar y dirigir la Policía, tanto en la fase administrativa así como en la operacional, de acuerdo a las facultades y deberes concedidos por la Ley 53 conocida como Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996.

• Para cumplir con su encomienda, el Superintendente contará con la ayuda de un Superintendente Asociado en virtud del Artículo 7 de la Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996, según enmendada.

• El Superintendente, con el consentimiento del Gobernador de Puerto Rico, nombrará un Superintendente Asociado, quién le ayudará en sus funciones administrativas y operacionales con la colaboración y asesoramiento del personal y unidades de trabajo.

• Oficina del Superintendente Asociado• El Superintendente Asociado tendrá a su

cargo todos aquellos asuntos que le sean encomendados por el Superintendente, que viabilicen el descargo y despacho de las funciones inherentes a su cargo, incluyendo aquellas funciones encomendadas expresamente por ley al Superintendente.

• En caso de ausencia o incapacidad temporal del Superintendente, el Superintendente Asociado le sustituirá y ejercerá todas las facultades, poderes y deberes de éste, durante su ausencia o incapacidad.

• En caso de muerte, renuncia o separación del Superintendente, el Superintendente Asociado ejercerá interinamente todas las funciones de aquél como Superintendente, mientras dure dicha vacante.

• Colegio Universitario de Justicia Criminal de Puerto Rico• La misión del Colegio Universitario de Justicia Criminal de

Puerto Rico es educar profesionales en el campo de la seguridad pública, con amplia maestría de las técnicas más modernas y un profundo entendimiento de los elementos que afectan el comportamiento humano.

• Los ofrecimientos académicos de la Institución están enfocados con un currículo profesional enmarcado por una formación liberal humanística, la cuál integra la tecnología como un instrumento útil y poderoso.

• Todo esto está dirigido hacia un desarrollo holístico del estudiante.

• De esta forma están colocados los cimientos para la adquisición de las destrezas técnicas/científicas y conocimientos necesarios, al igual que las comunicaciones y la conducta ingeniosa para convertirse en un miembro productivo de la sociedad puertorriqueña y estar capacitado para contribuir al bienestar general de nuestra vida colectiva.

• Fortalecidos con una formación humanística, los graduados del Colegio habrán de formar una visión de responsabilidad social, compromiso profundo, ético – profesional y una amplia capacidad para disfrutar la vida.

• El Colegio Universitario de Justicia Criminal de Puerto Rico enfoca todos sus esfuerzos en los principios fundamentales del respeto a la dignidad humana, la confianza en el pleno desarrollo de los potenciales humanos y las aptitudes para disfrutar las libertades de una sociedad democrática.

• El proceso de enseñanza-aprendizaje contribuye a aprovechar plenamente la riqueza intelectual y espiritual de aquellos estudiantes buscando sobrepasar el crecimiento humano, óptimamente desarrollando su llamado profesional y eficientemente integrarse a sí mismos en la fuerza laboral pública o privada.

• El Colegio provee para el desarrollo de las más altas destrezas en el área de Seguridad, basado en una filosofía humanística, científica y tecnológica, sintonizada hacia la madurez de una conciencia de integridad cívica, ética, personal y colectiva.

• Nuestra comunidad de aprendizaje fomenta el liderazgo entre los estudiantes, de forma que se conviertan en agentes de cambios sociales que nuestra sociedad reclama.

• Aquellos de nuestros estudiantes que se habrán de convertir en miembros de la Policía de Puerto Rico u otras agencias de seguridad deberán desarrollar un profundo sentido de profesionalismo, disciplina, compromiso y respeto por los derechos de los demás, los cuales son los cimientos de una sociedad de Ley y Orden.

• La misión del CUJCPR consiste en ofrecer un programa para obtener un Grado Asociado en Ciencias Policiales a los estudiantes cadetes de nuestra Institución.

• Se provee una atmósfera académica de libertad y disciplina que desarrollen los estudiantes con las capacidades necesarias para su vida profesional.

• Estas herramientas le permitirán ejercer una buena función como Agentes del Orden Público.

• Nuestro compromiso encierra la formación de hombres y mujeres con alto sentido de responsabilidad personal, ética y social.

• Estos ciudadanos podrán desempeñarse en nuestra sociedad trabajando por la seguridad de todos con dedicación, integridad, humanismo, prudencia, respeto y profundo sentido de justicia.

• El propósito del CUJC es desarrollar el potencial de hombres y mujeres en el campo profesional de la seguridad pública del país, independientemente de su raza, color, credo, sexo, edad o nacionalidad.

• Este desarrollo se da mediante una educación superior de amplios y variados alcances, incluyendo, pero sin limitarse a la educación liberal, graduada, profesional y conducente a los grados otorgados, diplomas y certificados que usualmente otorgan las Instituciones de educación superior, reconocidas y acreditadas por las agencias públicas de Puerto Rico y los Estados Unidos.

• De acuerdo al propósito principal del CUJC esté tiene la visión, misión, metas, objetivos y filosofía de contribuir con la obligación ética, social y cultural, comprometidos con los principios democráticos, laborales, educacionales y administrativos, preparando a nuestros recursos humanos y capacitándolos en el campo profesional de la seguridad pública, con sentido de responsabilidad cívica, ética, legal, social y administrativa, que puedan ejercer con liderazgo efectivo en los distintos campos de la actividad humana y laboral del campo profesional de la seguridad pública.

• Oficina de Asuntos Legales• La responsabilidad primordial de la Oficina de

Asuntos Legales será asesorar al (a la) Superintendente de la Policía con relación a todos los asuntos de naturaleza legal.

• Además estudia, prepara y tramita todas las propuestas legislativas de la agencia para someterlas a la Oficina del(la) Gobernador(a). Pasará juicio sobre la legalidad de los contratos que se proponga formalizar la Policía de Puerto Rico y que el documento cumpla con todas las leyes, reglamentos y normas aplicables, en especial aquellas directrices que emite el Departamento de Hacienda, la Oficina de Gerencia y Presupuesto, la Oficina de Ética Gubernamental, la Comisión Estatal de Elecciones, la Oficina de Asesoramiento Laboral y Administración de Recursos Humanos, la Oficina del Contralor de Puerto Rico y la Oficina del (la) Gobernador(a).

• También lleva a cabo otras funciones relacionadas a la profesión legal así como realizar análisis requeridos y radicará las recomendaciones pertinnentes en todo caso de solicitud de armas de fuego y adjudicaciones necesarias de acciones disciplinarias recomendadas por investigaciones administrativas llevadas a cabo por la Superintendencia Auxiliar de Integridad Pública.

• Policía de la Fortaleza• La responsabilidad primordial de la Policía de

La Fortaleza será la dirección, administración, planificación y supervisión de todos los servicios de protección de la (del) Gobernador(a) de Puerto Rico y su familia.

• Asimismo ofrecer los servicios de vigilancia y protección a la Mansión Ejecutiva, sus dependencias, así como en cualquier otro edificio donde establezca residencia o pernocte el (la) Gobernador(a) y su familia.

• Oficina de Auditoria Interna• La Oficina de Auditoria Interna examina mediante

pruebas, inspecciones, entrevistas, confirmaciones y otros medios las operaciones fiscales y operacionales de toda la agencia antes o después de haber ocurrido las mismas.

• Esto para determinar la corrección y legalidad de las transacciones efectuadas o por efectuarse.

• Dicho examen se hace de acuerdo con las normas de la auditoria gubernamental generalmente aceptadas en lo que concierne a los aspectos financieros y de cumplimiento legal.

• Asesora al (a la) Superintendente en relación con las normas y procedimientos fiscales, operacionales y administrativos establecidos.

• Estudia e interpreta los reglamentos y estatutos que gobiernan los asuntos fiscales u operacionales para recomendar los procedimientos que se seguirán en cada caso. Atiende toda consulta, verbal o escrita, de carácter fiscal u operacional que le sea sometida por el personal de la agencia y remite su opinión basada en los procedimientos de contabilidad, las leyes y reglamentos vigentes al respecto.

• Prensa• La Oficina de Información Pública es el

organismo que prepara y difunde toda información de interés público que se genera en la Agencia o que se relacione con ella.

• Planifica, organiza y coordina las conferencias de prensa que realice el (la) Superintendente.

• Asimismo coordina con corresponsales de prensa de diferentes medios noticiosos destacados en la Oficina Central y en las Secciones de Información Pública de las áreas policíacas. Toma, desarrolla, copia y amplia fotografías de distintas actividades que se desarrollan en la Policía.

• Oficina de Fuerzas Unidas de Rápida Acción (F.U.R.A)

• La Oficina de Fuerzas Unidas de Rápida Acción tendrá la responsabilidad de coordinar y dirigir todas las estrategias a implantar para combatir de forma efectiva el tráfico ilegal de drogas, narcóticos, armas de fuego y de inmigrantes. En F.U.R.A podemos encontrar los siguientes divisiones especializadas de Buzos, Rescate, Servicios Aéreos, Vigilancia Marítima, S.W.A.T. y la Unidad Montada.

• Reseña Histórica:• Creado en 1986 bajo la Orden Ejecutiva 4645-

B como el “Cuerpo Fuerzas Unidas de Rápida Acción, FURA, contra el narcotráfico”

• El 25 de febrero de 1993, mediante Orden Ejecutiva OE-1993-07 , fue convertido en un Programa regular de la estructura prográmatica y organizacional de la Policía de Puerto Rico.

• Misión:• Identificar, interceptar, arrestar y confiscar las naves o

embarcaciones con su tripulantes cuya intención sea de promover el narcotráfico, tráfico de inmigrantes o armas ilegales de acuerdo con la ley 430 del 21 de diciembre del 2000.

• Coordinar esfuerzos a través del Centro de Comando, Control, Comunicaciones e Inteligencia (C.C.C.I.), con otras agencias Estatales y Federales.

• Desarrollar estrategias y administrar los recursos para maximizar los logros en la lucha contra el narcotráfico.

• Tel. (787) 273-5339

• Divisiones Especializadas:• División de Buzos• División de Rescate• División de Servicios Aéreos• División de Vigilancia Marítima• División S.W.A.T (Special Weapons and

Tactics)• Unidad Montada

• Sección de Propuestas Federales• El Superintendente contará con los Servicios de

un Ayudante Especial y el personal necesario, el cual junto a éste serán responsables de desarrollar estrategias en y fuera de Puerto Rico dirigidos a la búsqueda de fondos federales y beneficios que propendan al mejoramiento de la fase Administrativa y Operacional de las Unidades de trabajo dirigidas a combatir y prevenir la incidencia criminal en Puerto Rico.

• Prepararán propuestas, proyectos, planes estratégicos y operacionales dirigidos a la obtención de los fondos federales necesarios para la Policía de Puerto Rico, además de participar en Programas Federales para la adquisición de equipo y materiales.

• Asimismo, velarán por el cumplimiento de lo establecido en los acuerdos y/o contratos que dieron base a los otorgamientos de fondos federales. Las Normas y Procedimientos para los trabajos de Propuestas Federales, se establecerán mediante Orden Especial a ser promulgada

• Oficina de Seguridad y Protección• La responsabilidad primordial de esta Oficina

será la protección a los ex-gobernadores(as), sus residencias y oficinas. Asimismo a dignatarios(as) de gobierno, miembros de la Rama Legislativa, Ejecutiva y Judicial, funcionarios(as) públicos(as) o cualquier otra persona que lo requiera, previa aprobación del (de la) Superintendente.

• Ofrece los servicios de seguridad del edificio sede de la Superintendencia de la Policía y realiza las investigaciones de la conducta y reputación de los(as) candidatos(as) a empleo ya sea como miembros del Sistema de Rango o del Personal Clasificado en la Policía de Puerto Rico.

• La Oficina de Seguridad y Protección investigara sobre la reputación y carácter de todos solicitante de :

• A) Licencias para Detective Privado y/o Guardia de Seguridad.

• B) Licencias para Uso y Manejo de Explosivos• C) Licencias de Armas

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