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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
PARA LA REALIZACIÓN DE LADIRECCIÓNDE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
DE DEMOLICIÓN Y EJECUCIÓN DE PISCINA CUBIERTA DE LA FACULTAD
DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE DE LA UNIVERSIDAD
DE GRANADA.
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Vicerrectorado de Infraestructuras y Campus
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DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA.-
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1 Objeto del contrato y criterios generales de funcionamiento. _________________ 3
2 Delegado del consultor ________________________________________________ 4
3 Proyecto de ejecución base para el desarrollo de los trabajos. _________________ 4
4 Normativa de aplicación _______________________________________________ 4
5 Dirección de ejecución. _______________________________________________ 10
5.1 Obligacione s del director de ejecución _______________________________ 11
5.2 Control documental. _____________________________________________ 14
6 Plazos de ejecución __________________________________________________ 17
7 Lugar y forma de desarrollo de los trabajos _______________________________ 17
8 Estimación de Honorarios ___________________________________________ 18
9 Hitos de abono de honorarios _____________________________________________ 19
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DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1 Objeto del contrato y criterios generales de funcionamiento.
El presente pliego comprende las normas y preceptos técnicos, así como las condiciones particulares han de regir en el contrato para la realización de los trabajos denominados:
• Dirección de ejecución.
• Asistencia técnica genérica que incluye, entre otros:
o Redacción del proyectos complementarios para licencia de actividad y certificados finales de obra Proyecto y certificado final de las Infraestructuras comunes de Telecomunicaciones (cuando así sea requerido por ley).
o Redacción de los proyectos modificados hasta un importe del 20% del presupuesto inicial de la obra.
o Legalización de las instalaciones del edificio.
Para ello el consultor deberá contar con personal titulado suficiente para cada una de las funciones de manera que se incluirá al menos con:
• Un arquitecto técnico.
Además de este personal el consultor incorporará a su equipo las colaboraciones que le fuesen necesarias para el correcto desarrollo de todas sus obligaciones reglamentariamente establecidas así como las recogidas en el presente pliego (ingeniería, administración, delineación, etc.)
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2 Delegado del consultor
El consultor deberá dejar claro en su oferta quien asume las funciones de delegado del mismo ante la Universidad de Granada y para todos los aspectos relacionados con el presente concurso.
En caso de no explicitarse en la oferta se entenderá en todo momento que el delegado del consultor será el arquitecto superior propuestos como director de obra.
3 Proyecto de ejecución base para el desarrollo de los trabajos.
El proyecto de ejecución que servirá de base para el desarrollo de todos los trabajos que se contemplan en el presente concursos es el que se detalla a continuación:
• Título: “DEMOLICIÓN Y EJECUCIÓN PISCINA F.C.C.A.F.D."
• Autor: JOSÉ MANUEL SANCHEZ-CARRERO (arquitecto)
• Presupuesto de ejecución por contrata (IVA incluido): TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON VEINTISEISCÉNTIMOS (3.998.276,26 € )
Al mismo se incorporará la oferta de la empresa que resulte adjudicataria del concurso para la ejecución de las obras objeto del proyecto
4 Normativa de aplicación
En ningún caso podrán servir las normas contenidas en este Pliego para justificar la omisión de estudios o descripciones que por la legislación vigente deban ser exigidas por las características específicas de la obra, o bien que a juicio de la Universidad de Granada deban tenerse en cuenta. Una lista no excluyente de las mismas es la que sigue:
• Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y la reglamentación de la misma que se encuentre en vigor.
• RD 47/2007 Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios.
• RD 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
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• RD 1367/2007 que desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido
• RD 1027/2007 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
• RD 1942/93 Reglamento de instalaciones de Protección contra Incendios y su desarrollo: Orden 16 Abril 98
• RD 2267/2004. Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales.
• Norma de construcción sismorresistente (NCSR‐02), RD 997/2002, de 27 de septiembre.
• Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la “Instrucción de hormigón estructural (EHE‐08)”
• LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
• RD 842/02 que aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e I.T. Complementarias
• RD 3099/97, que se aprueba el Reglamento de seguridad de Plantas e Instalaciones frigoríficas
• Normas particulares de las compañías suministradoras de energía y aguas
• RD 1434/02 que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro, y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural
• RD de Redes y acometidas de combustibles gaseosos y sus ITC
• RD 1853/93, Reglamento de Instalaciones de Gas en locales de usos domésticos, colectivos, o comerciales
• Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones
• RD Ley 1/1998 Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones
• RD 279/1999,22 Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y la actividad de instalación de equipos y sistemas de comunicaciones.
• Ley 10/98 de Residuos
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• RD 833/88 Reglamento de Residuos Tóxicos y Peligrosos
• Ley 11/97 de Envases y residuos de envases
• RD 865/2003 que establece los criterios higiénico‐sanitarios para la prevención y control de la legionelosis
• Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales
• RD 1627/1997 Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción.
• RD 486/97 que establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
• RD 505/2007, de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
• Ley 13/82 de 7 de Abril sobre Integración Social de los minusválidos y R.D. 556/89 de 19 de Mayo.
• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición (BOE nº 38, de 13/02/08).
Además de toda la normativa que con carácter general sea de aplicación al diseño, proyecto y construcción de redes de datos y telefonía, se deberá observar en todo momento la normativa específica de de la Universidad de Granada en materia de redes informáticas y que pueden ser consultadas online en:
http://www.ugr.es/informatica/redes/url.htm
De forma ineludible, se deberán observar en la o, cuantas prescripciones figuran en los Reglamentos, Ordenanzas Municipales, Normas e Instrucciones Oficiales, de obligado cumplimiento, que guarden relación con las obras del presente proyecto, con sus instalaciones complementarias o con los trabajos necesarios para realizarlas.
Si alguna de las Prescripciones o Normas a las que se refieren los párrafos anteriores coinciden de modo distinto en algún concepto, se entenderá válida la más restrictiva.
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5 Dirección de ejecución.
El “Director de ejecución de obra‐ Arquitecto técnico” será el agente que estará en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de Arquitecto Técnico por la naturaleza de las obras objeto del contrato.
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Será un Arquitecto Técnico, preferentemente con experiencia en este tipo de contratos y al que le corresponderán las funciones descritas en la Ley 38/99 de 5 de Noviembre de Ordenación e la Edificación.
Formará parte de la Dirección Facultativa y dirigirá el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas, las condiciones del contrato y las instrucciones complementarias que durante la marcha de los trabajos sean dictadas por la UGR, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.
Con independencia de las atribuciones y obligaciones fijadas en este pliego de prescripciones técnicas, ostentará la representación de la UGR ante el contratista adjudicatario de las obras, organismos o entidades oficiales y particulares, en todo lo referente a las obras cuya dirección es objeto del presente pliego.
5.1 Obligaciones del director de ejecución
Las funciones principales serán:
• Verificar la recepción de obra de los productos de construcción e instalaciones, ordenando la realización de ensayos y pruebas.
• Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.
• Consignar en el libro de órdenes y asistencia las instrucciones precisas.
• Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades, de obra aportadas.
• Acreditar al Contratista las obras realizadas, realizando mensualmente la medición de las unidades de obra ejecutada y durante el periodo de tiempo anterior, tramitar, dentro de los cinco días siguientes a cada mensualidad, la correspondiente certificación de obra, conforme a lo dispuesto en los
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documentos del contrato.
• En UN MES, a partir de la culminación de la obra, elaborará un informe para la conservación de la Obra, resumiendo las características de las obras y toda la información de interés al respecto.
• Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada conformando los trabajos y resultados del control de calidad realizado.
• El resto de funciones que contractualmente le correspondan y las obligaciones indicadas en la legislación de aplicación.
• Como responsable de la consecución de los objetivos establecidos, tendrá la autoridad de dar las órdenes oportunas a los Contratistas de las actuaciones en relación con las mismas, y en particular podrá rechazar trabajos realizados que no estén de acuerdo con el Contrato, y exigir la paralización y rectificación de los trabajos en marcha en los que, con razones fundadas, no se vayan a cumplir las condiciones del Contrato.
• Exigir al Contratista la aportación de un equipo de maquinaria y medios auxiliares concretos y detallados, rechazando los que considere inadecuados.
• Exigir al Contratista directamente o a través del personal a sus órdenes, el cumplimiento de las condiciones del contrato.
• Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto aprobado o modificaciones debidamente autorizadas. Tendrá capacidad para rechazar las obras realizadas que no estén de acuerdo con el Proyecto, además de poder exigir la paralización y rectificación de las obras en marcha en las que presumiblemente y con razones fundadas no se cumplen las condiciones del proyecto, o en que se hayan incumplido.
• Examinar los materiales a emplear en la obra comprobando el cumplimiento de las características exigidas por los mismos en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.
• Garantizar el cumplimiento del Programa de Trabajos y por tanto el Plazo de Ejecución emitiendo los correspondientes informes.
• Definir los aspectos técnicos que puedan surgir en cuanto a la interpretación de planos, condiciones de materiales y de ejecución de las unidades de obra sin que se modifiquen las condiciones del contrato.
• Resolver los problemas que plantee el Contratista de las obras en la
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interpretación técnica y ejecución de la obra.
• Activación y revisión del proyecto a realizar por el Contratista, durante el desarrollo de las actuaciones.
• Estudio de propuestas sobre los problemas que se vayan planteando en la obra y que impidan el normal cumplimiento del contrato.
• Definir aquellas condiciones técnicas que los pliegos de prescripciones correspondientes dejan a la decisión del Director de ejecución de las Obras.
• Elaborar conjuntamente con el director Facultativo superior actas semanales de todas las reuniones de obra recogiendo los asuntos tratados y elementos pendientes de resolver.
• Llevar al día ‐ conjuntamente con el director facultativo superior ‐ en correcta exposición el Libro de Ordenes.
• Realizar un informe mensual de la ejecución y ritmo de las actuaciones.
• En casos excepcionales, tramitar anticipadamente, las propuestas correspondientes a las incidencias o problemas planteados en las actuaciones que impidan el normal cumplimiento del contrato o aconsejen su modificación.
• Proponer las actuaciones procedentes para obtener, de los Organismos oficiales y de los particulares, los permisos y autorizaciones necesarios para la ejecución de las actuaciones y ocupación de los bienes afectados por ellas, y resolver los problemas planteados por los servicios y servidumbre relacionados con las mismas.
• Asumir personalmente y bajo su responsabilidad, en casos de urgencia o gravedad, la dirección inmediata de determinadas operaciones o trabajos en curso; para lo cual el Contratista deberá poner a su disposición el personal y material de las actuaciones.
• Acreditar al Contratista las obras realizadas, realizando mensualmente la medición de las unidades de obra ejecutada y durante el periodo de tiempo anterior, tramitar, dentro de los cinco días siguientes a cada mensualidad, la correspondiente certificación de obra, conforme a lo dispuesto en los documentos del contrato.
• Resolver todas las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a interpretación de planos y de detalles, condiciones de materiales y su transporte y de ejecución de unidades de obra, de forma que no se produzcan retrasos en los
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trabajos.
• Estudiar las incidencias o problemas planteados en las actuaciones que impidan el normal cumplimiento del Contrato o aconsejen su modificación, proponiendo soluciones alternativas a la UGR.
• Propuesta de precios contradictorios para su discusión con el Contratista.
• Participar en las recepciones y formular la liquidación, en su caso, en el plazo de dos meses desde la recepción de la obra, conforme a las normas legales establecidas.
• Dar instrucciones al Contratista acerca de la conservación de la obra durante el periodo de garantía.
• Redactar, dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, un informe sobre el estado de las obras, y en su caso las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación.
• Cumplimiento y formalización de todas las demás relaciones contractuales que se deduzcan del presente Pliego.
• Elaborar el Informe Final de la Obra con la documentación que recoja el estado final de la obra con todos los planos de la situación real de la edificación e instalaciones.
• Elaborar conjuntamente con el director facultativo superior el Certificado final de obra en el que se haga expresa referencia a la descripción de la obra finalizada y que ésta se ajusta al proyecto correspondiente; todo ello de acuerdo con el Art. 49 del R.D. 1039/97, de 4 de Julio, sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística. Se acompañará de 2 planos firmados en tamaño A‐3 del solar con la orientación y posición del edificio en la parcela.
5.2 Control documental.
Conjuntamente y en total coordinación con la dirección de obra será responsable del desarrollo, custodia y puesta a disposición de la UGR la siguiente documentación:
1.‐Información Previa a la Ejecución de la Obra (IPE).
2.‐Estados de Replanteo.
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3.‐Estado actualizado del Programa de Trabajos (Mensualmente).
4.‐Iinforme mensual de seguimiento de obra (Mensualmente).
5.‐Certificaciones (Mensualmente).
6.‐Informes de Obra y actas de reunión de Obra.
7.‐Informe Final de Obra (IFO).
8.‐Libro de órdenes y Visitas.
9.‐Libro de Incidencias.
11.‐Informe de Control Final de Obra.
12.‐Proyecto de Liquidación, en el que se incluye el Estado Final de Dimensiones y Características Físicas con información gráfica.
13.‐ Proyecto finales de obra y de todas y cada una de las instalaciones que recojan la situación final de las mismas y la obra realmente ejecutada.
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6 Plazos de ejecución
El plazo de ejecución de la misma comenzará y terminará con suficiente antelación al inicio de las obras y a la finalización de las mismas para que el adjudicatario lleve a cabo todas las tareas a las que está obligado por ley además de las recogidas explícitamente en el presente PPTP. En ningún caso será inferior a dieciocho (24) meses.
7 Lugar y forma de desarrollo de los trabajos
El consultor dispondrá de una oficina en la obra o sus inmediaciones de manera que se asegure un espacio adecuado para el desarrollo de los trabajos y reuniones necesarias.
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El conjunto de la documentación generada a lo largo del contrato se entregará encarpetado en formato DIN A4, entregándose dos ejemplares completos en formato papel y dos copias en formato informático CD o DVD.
Todos los archivos informáticos que se incluyan en los CD o DVD´s, tendrán el carácter de abiertos, es decir, deberán grabarse con extensiones de carácter estándar de forma que puedan ser leídos por los programas más comunes tales como Word, Excel, Autocad etc., o similares.
El apartado de presupuestos y mediciones se entregará con extensión estándar bc3, para que pueda ser leído por cualquier programa informático existente en el mercado.
Además de los archivos de carácter abierto, se entregarán también todos los documentos que integran el proyecto en formato pdf, tanto la memoria como el presupuesto, planos, etc.
Toda la información digital que se entregue deberá estar debidamente ordenada por carpetas que hagan referencia a los distintos documentos del proyecto (memoria, pliegos, presupuesto, planos, estudio de seguridad y salud) y, en su caso, en subcarpetas (planos de arquitectura, planos de instalaciones, etc.)
8 Estimación de Honorarios
Los honorarios de licitación para el desarrollo de todas las tareas, funciones y responsabilidades recogidas en el presente pliego de prescripciones técnicas particulares así como en el PCAP son CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (55.000 €) MAS NUEVE MIL NOVECIENTOS EUROS (9.900€) correspondientes al 18% del IVA,lo que importan un total de SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS EUROS (64.900€)
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9 Hitos de abono de honorarios
Todas las obligaciones que se derivan del presente concurso se facturarán atendiendo a la proporcionalidad directa con las certificaciones emitidas mensualmente al contratista que resulte adjudicatario de las obras.
Todos los pagos anteriores incluyen igualmente todas las obligaciones colegiales y de visado que se vayan derivando del correcto desarrollo de los trabajos.
La persona responsable de emitir el visto bueno al desarrollo de los trabajos y por tanto del visado de las facturas correspondientes es el Director de la Oficina de Infraestructuras y Patrimonio, quien contará para ello con la colaboración continua del personal de la Unidad Técnica de Construcción de la UGR.
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