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PLAN 2018
SEGURO DE EXPLOTACIONES DE PRODUCCIONES TROPICALES Y
SUBTROPICALES
CÓD. 322
AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS
DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 2 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
ÍNDICE PÁGINA
Modificaciones Respecto a la Campaña Anterior ......................... 3
Aclaraciones sobre la tramitación de Seguros
Modificaciones en la gestión con respecto al año anterior ........................ 4 Producciones Asegurables ........................................................................ 5 Período de Suscripción ............................................................................. 6
Ámbito de Aplicación ................................................................................. 7 Aclaraciones en la contratación de la Producción .................................. 12 Resumen de Coberturas y Garantías ...................................................... 12 Datos Variables por Cultivos ................................................................... 14 Aclaraciones en la contratación de Instalaciones y
Elementos Productivos de las parcelas .................................................... 23 Bonificaciones/Recargos ......................................................................... 33 Pago ....................................................................................................... 36
Complementario ......................................................................................... 37
Resumen de aspectos relevantes en la contratación .................... 38
ANEXO PRECIOS .................................................................................... 45
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MODIFICACIONES RESPECTO A LA CAMPAÑA ANTERIOR
Las modificaciones respecto a la campaña anterior son las siguientes:
Modificación del ámbito de aseguramiento:
Para el cultivo de aguacate
Se elimina para todo el ámbito de la provincia de Valencia la cobertura de los
módulos 1 y 2.
Se incluyen nuevos términos, con cobertura solo para el módulo P, tanto en
Valencia como en Castellón.
Para los cultivos de aguacate y mango
Se incluyen nuevos términos, con cobertura solo para el módulo P, de la provincia
de Huelva.
Bonificaciones y recargos:
Se ha modificado la grafía de las tablas consignando en número el porcentaje.
(Negativo si es bonificación y positivo si es recargado).
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas
anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de
producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la
bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro dicho cambio
antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la
bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo
comunicara, Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
Tarifas:
o Se incrementan un 20% las tasas para el riesgo de viento en piña, lo que supone
un incremento de la prima total para este cultivo de un 12%.
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ACLARACIONES SOBRE LA TRAMITACIÓN DE SEGUROS
MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO
AL AÑO ANTERIOR
Cultivos
Se ha modificado el ámbito de aseguramiento de los siguientes cultivos:
Aguacate:
o Se elimina para todo el ámbito de la provincia de Valencia la cobertura de
los módulos 1 y 2.
o Se incluyen nuevos términos, con cobertura solo para el módulo P, tanto
en Valencia como en Castellón.
Aguacate y mango:
o Se incluyen nuevos términos, con cobertura solo para el módulo P, de la
provincia de Huelva.
Bonificación
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
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PRODUCCIONES ASEGURABLES
MÓDULOS: 1, 2 Y P Son asegurables en estos Módulos las explotaciones situadas en las provincias, comarcas y términos municipales que se indican en el apartado Ámbito de Aplicación de estas Normas, dedicadas al cultivo de: La Garantía a la Plantación solo será asegurable en los cultivos de Aguacate, Chirimoyo, Litchi, Mango y Palmera Datilera. En el cultivo de Piña la Garantía a la Plantación sólo se garantiza para el Tipo de Capital 001 Plantones. Deben hacer una póliza por clase de cultivo, considerándose cada uno de los cultivos como clases distintas.
CULTIVOS
001 AGUACATE
002 CHIRIMOYO
003 CHUMBERA
004 LITCHI
005 MANGO
006 PALMERA DATILERA
007 PAPAYA
008 PIÑA
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PERIODO DE SUSCRIPCIÓN
Existen diferentes fechas de contratación dependiendo del Cultivo y Módulo asegurado
MÓDULOS 1 y 2 AGUACATE
CHIRIMOYO, CHUMBERA, LITCHI, MANGO, PALMERA DATILERA, PAPAYA Y PIÑA
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/02/2018 30/06/2018 02/07/2018
MÓDULO P
AGUACATE
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/04/2018 15/09/2018 17/09/2018
CHIRIMOYO
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/02/2018 15/09/2018 17/09/2018
CHUMBERA, LITCHI, MANGO, PALMERA DATILERA, PAPAYA Y PIÑA
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/02/2018 30/06/2018 02/07/2018
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/04/2018 30/06/2018 02/07/2018
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ÁMBITO DE APLICACIÓN
MÓDULOS 1, 2 y P
PROVINCIA COMARCA TÉRMINO MUNICIPAL CULTIVOS
ASEGURABLES
03 Alicante
04 Central
4 Aguas de Busot 14 Alicante 11 Alfaz del Pi 18 Altea 31 Benidorm 45 Bolulla 46 Busot 48 Callosa de Ensarriá 50 Campello 69 Finestrat 90 Muchamiel 94 Nucia (La) 98 Orcheta 107 Polop de la Marina 119 San Juan de Alicante 122 San Vicente de Raspeig 127 Taberna 139 Villajoyosa
Aguacate, Chirimoyo, Chumbera y Palmera Datilera
03 Marquesado
1 Absubia 6 Alcalali 26 Beniarbeig 30 Benidoleig 40 Benimeli 41 Benisa 42 Benitachell 47 Calpe 63 Denia 71 Gata de Gorgos 81 Jalón 82 Javea 85 Lliber 95 Ondara 97 Orba 101 Pedreguer
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PROVINCIA COMARCA TÉRMINO MUNICIPAL CULTIVOS
ASEGURABLES
03 Alicante 03 Marquesado
102 Pego 110 Rafol de Almunia 115 Sagra 117 Sanet y Negrals 126 Setla y Mirarrosa 128 Teulada 131 Tormos 138 Vergel
Aguacate, Chirimoyo, Chumbera y Palmera Datilera
05 Meridional Todos los Términos
07 Illes Balears 01 Ibiza
46 San Antonio Abad 48 San José 50 San Juan Bautista 54 Santa Eulalia del Río Todos los
cultivos
11 Cádiz 05 Campo de Gibraltar
13 Castellar de la Frontera 21 Jimena de la Frontera 33 San Roque
12 Castellón 06 La Plana
09 Almazora 11 Almenara 16 Artana 21 Bechi 31 Borriol 40 Castellón de la Plana 82 Nules 84 Onda 126 Vall de Uxo 135 Villareal 136 Villavieja
Aguacate
18 Granada 08 La Costa
06 Albuñol 17 Almuñecar 89 Los Guájares 91 Gualchos 101 Ítrabo 107 Jete 118 Lentejí 130 Molvizar 137 Motril 145 Otívar 158 Polopos 169 Salobreña 181 Vélez de Benaudalla
Todos los cultivos
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PROVINCIA COMARCA TÉRMINO MUNICIPAL CULTIVOS
ASEGURABLES
21 Huelva
02 Ándevalo Occidental
63 San Bartolomé de Torre
Aguacate y Mango
04 Costa
02 Aljaraque 21 Cartaya 35 Gibraleón 42 Isla Cristina 44 Lepe
29 Málaga
01 Norte o Antequera
83 Riogordo
Todos los
cultivos
02 Serranía de Ronda
56 Gaucin
03 Centro-Sur o Guadalorce
07 Alhaurín de la Torre 08 Alhaurín el Grande 11 Almogia 12 Álora 13 Alozaina 23 Benahavis
03 Centro-Sur o Guadalorce
25 Benalmádena 36 Carratraca 38 Cártama 40 Casarabonela 41 Casares 42 Coín 51 Estepona 54 Fuengirola 58 Guaro 61 Istán 67 Málaga 68 Manilva 69 Marbella 70 Mijas 73 Monda 80 Pizarra 90 Tolox 901 Torremolinos 100 Yunquera
04 Vélez Málaga
Todos los Términos
30 Murcia 05 Suroeste y Valle de Guadalentín
003 Águilas 026 Mazarrón
Mango y Papaya
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PROVINCIA COMARCA TÉRMINO MUNICIPAL CULTIVOS
ASEGURABLES
35 Las Palmas Todas las Comarcas
Todos los Términos Todos los cultivos 38 Sta. Cruz
Tenerife Todas las Comarcas
Todos los Términos
46 Valencia
03 Campos de Liria
147 Liria 256 Villamarchante
Aguacate
05 Hoya de Buñol
26 Alfarp
06 Sagunto
24 Alfara de Algimia 28 Algar de Palancia 30 Algimia de Alfara 52 Benavites 58 Benifairó de les Valls 101 Cuart de les Valls 103 Cuartell 120 Estivella 122 Faura 163 Masalfasar 177 Museros 220 Sagunto
07 Huerta de Valencia
09 Albalat de Sorells 14 Albuixech 15 Alcasser 126 Foyos Godella 135 Godella 166 Meliana 194 Picasent 230 Silla 244 Torrente
08 Riberas del Júcar
11 Alberic 31 Alginet 17 Alzira 40 Antella 60 Benifayo 98 Corbera de Alcira 105 Cullera 155 Llauri 233 Sollana 236 Sumacarcel 246 Tous
09 Gandía
02 Ador 23 Alfahuir 33 Almiserat 34 Almoines
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PROVINCIA COMARCA TÉRMINO MUNICIPAL CULTIVOS
ASEGURABLES
09 Gandía
37 Alquería de la Condesa 59 Benifairo de Valldigna 91 Castellonet 127 Fuente Encarroz 131 Gandía 143 Jaraco 146 Jeresa 181 Oliva 187 Palma de Gandía 198 Potries 208 Rafelcofer 211 Real de Gandía 218 Rotova 231 Simat de Valldigna 238 Tabernes de Valldigna 255 Villalonga
Aguacate 46 Valencia
13 Valles de Albaída
210 Rafol de Salem
Ámbito exclusivo para el Módulo P
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ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE LAS PRODUCCIONES
RESUMEN DE COBERTURAS Y GARANTÍAS MÓDULOS
Existen 3 Módulos: 1, 2 y P. Para el Módulo elegido, el asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la explotación. MÓDULO 1
No existen datos variables en coberturas para este módulo.
La Garantía a la Plantación sólo estará cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango y palmera datilera, en el cultivo de Piña esta garantía, sólo estará cubierta para los plantones. El riesgo de Helada se garantiza sólo para los cultivos de aguacate y mango en el ámbito especificado en Condiciones Especiales Anexo IV. MÓDULO 2 La Garantía a la Plantación sólo estará cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango, y palmera datilera, en el cultivo de Piña esta garantía, sólo estará cubierta para los plantones. Además, los asegurado bonus en la Garantía a la Producción para los Riesgos Cubiertos de Viento y Golpe de Calor podrán optar a un Mínimo Indemnizable y una Franquicia Absoluta del 10%. El riesgo de Helada se garantiza sólo para los cultivos de aguacate y mango en el ámbito especificado en Condiciones Especiales Anexo IV. El cálculo de indemnización es por parcela con un mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 20%. MÓDULO P No existen datos variables elegibles en coberturas para este módulo. La Garantía a la Plantación sólo estará cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango y palmera datilera, en el cultivo de Piña esta garantía, sólo estará cubierta para los plantones. En la Garantía a la Producción, el Riesgo de Golpe de Calor sólo está cubierto en la Comunidad Autónoma de Canarias.
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CONCEPTO E IDENTIFICACIÓN DE PARCELA EN EL SEGURO
La parcela, a efectos del seguro, es la superficie total de un mismo cultivo y
variedad incluida en un recinto SIGPAC.
No obstante, se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por
cada instalación o medida preventiva. Para el cultivo de Piña la superficie
trasplantada del mismo año.
Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la
misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de superficie inferior a 0,10 ha. se
podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del
seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie.
Se debe consignar en cada parcela la identificación del SIGPAC. El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización indicada en la Condición Especial 20ª. A efectos de realizar la contratación, la identificación SIGPAC se indicará en la Declaración de Seguro tal y como exponemos a continuación, incluyendo las cinco posiciones del recinto (cinco últimas posiciones de la identificación). Ejemplo:
PROV. MUNICIPIO AGREGADO ZONA POLÍGONO PARCELA RECINTO
47 025 000 00 010 00057 00001
Para una mejor localización de la parcela, de forma opcional, se puede indicar en la póliza el nombre de la misma. Esquema de criterios de parcelas distintas:
CULTIVO VARIEDAD TIPO
CAPITAL SIGPAC
TIPO PLANTACIÓN
MEDIDA PREVENTIVA
X X X X X X
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PRODUCCIÓN
MÓDULOS 1, 2 y P Quedará de libre fijación por el asegurado el rendimiento a consignar en cada una de las parcelas que componen su explotación.
PRECIOS
El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los precios máximos, ni ser inferior a los establecidos por ENESA.
Para los Tipos de Capital 000 Producción/ Plantación y 002 Producción los precios son en €/Kg.
Para el Tipo de Capital 001 Plantones el precio es en €/unidad.
SUPERFICIE
Será la superficie realmente cultivada en la parcela. En cualquier caso las zonas
improductivas, no se tendrán en cuenta para la determinación de la superficie.
Si durante la vigencia de la Declaración de Seguro el tomador o asegurado detectase algún error en la superficie reflejada en la póliza, comunicará a Agroseguro dicha circunstancia para su subsanación, sin ningún tipo de penalización.
DATOS VARIABLES POR CULTIVOS
Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las producciones, va a estar estructurada en los Cultivos existentes, por lo que los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de éstos.
1) Aguacate. 2) Chirimoyo 3) Mango
4) Litchi y Palmera Datilera. 5) Chumbera. 6) Papaya. 7) Piña.
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1) AGUACATE
CULTIVO
001 AGUACATE
TIPO DE CAPITAL
000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES
TIPO DE PLANTACIÓN
Para este seguro, se considerarán dos tipos de plantación, que se indicará en cada parcela, y que diferencia precios, para el Tipo de Capital 001 Plantones: 000 SIN VALOR EN FACTOR 027 INJERTADOS CON PATRÓN CLONAL
Para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se indicará: 000 SIN VALOR EN FACTOR
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor así como para la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia a las producciones ecológicas:
001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
FINAL DE GARANTÍAS
Para este cultivo se deberá indicar el final de garantías en cada parcela, ya que esta varía dependiendo de la variedad que se asegure (Anexo II de las Condiciones Especiales).
NÚMERO DE UNIDADES
Se indicará en cada parcela asegurada, el número de árboles o plantones.
EDAD
Se indicará en cada parcela la edad de la plantación.
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2) CHIRIMOYO
CULTIVOS
002 CHIRIMOYO
TIPO DE CAPITAL
000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES
NÚMERO DE UNIDADES
Se indicará en cada parcela asegurada, el número de árboles o plantones.
EDAD
Se indicará en cada parcela la edad de la plantación.
SISTEMA DE PROTECCIÓN
Para cada una de las parcelas aseguradas, se indicará el sistema de protección, ya que afecta a Tarifas. 002 SIN PROTECCIÓN 001 INVERNADERO
SISTEMA DE PRODUCCIÓN Para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, deberán indicar en cada parcela asegurada el Sistema de Producción obligatoriamente:
001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL
El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
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3) MANGO
CULTIVOS
005 MANGO
TIPO DE CAPITAL
000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES
NÚMERO DE UNIDADES
Se indicará en cada parcela asegurada, el número de árboles o plantones.
EDAD
Se indicará en cada parcela la edad de la plantación.
SISTEMA DE PROTECCIÓN
Para cada una de las parcelas aseguradas, se indicará el sistema de protección, ya que afecta a Tarifas. 002 SIN PROTECCIÓN 001 INVERNADERO
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor, así como para la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia a las producciones ecológicas:
001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL
El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
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4) LITCHI Y PALMERA DATILERA
CULTIVOS
004 LITCHI 006 PALMERA DATILERA
TIPO DE CAPITAL
000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES
NÚMERO DE UNIDADES
Se indicará en cada parcela asegurada, el número de árboles o plantones.
EDAD
Se indicará en cada parcela la edad de la plantación.
SISTEMA DE PRODUCCIÓN
Para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, deberán indicar en cada parcela asegurada el Sistema de Producción obligatoriamente:
001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 19 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
5) CHUMBERA
CULTIVO
003 CHUMBERA
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
SISTEMA DE PRODUCCIÓN Para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, deberán indicar en cada parcela asegurada el Sistema de Producción obligatoriamente:
001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL
El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 20 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
6) PAPAYA
CULTIVOS
007 PAPAYA
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN
SISTEMA DE PROTECCIÓN
Para cada una de las parcelas aseguradas, se indicará el sistema de protección, ya que afecta a Tarifas. 002 SIN PROTECCIÓN 001 INVERNADERO
FECHA DE SIEMBRA O TRASPLANTE
Se deberá indicar en cada parcela la fecha de trasplante o siembra en su caso, teniendo en cuenta las fechas que a continuación detallamos. FECHA INICIO FECHA FINAL DE TRASPLANTE DE TRASPLANTE
01/06/2014 15/09/2018
SISTEMA DE PRODUCCIÓN Para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, deberán indicar en cada parcela asegurada el Sistema de Producción obligatoriamente:
001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL
El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 21 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
7) PIÑA
CULTIVOS
008 PIÑA
TIPO DE CAPITAL
002 PRODUCCIÓN 001 PLANTONES
NÚMERO DE UNIDADES
Para el Tipo de Capital 001 Plantones Se indicará en cada parcela asegurada, el número de plantones.
EDAD
Para el Tipo de Capital 001 Plantones Se indicará en cada parcela la edad de la plantación.
SISTEMA DE PROTECCIÓN
Para cada una de las parcelas aseguradas, se indicará el sistema de protección, ya que afecta a Tarifas. 002 SIN PROTECCIÓN 001 INVERNADERO
SISTEMA DE PRODUCCIÓN Para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, deberán indicar en cada parcela asegurada el Sistema de Producción obligatoriamente:
001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL
El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 22 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
FECHA DE SIEMBRA O TRASPLANTE
Se deberá indicar en cada parcela la fecha de trasplante o siembra en su caso, teniendo en cuenta las fechas que a continuación detallamos. FECHA INICIO FECHA FINAL DE TRASPLANTE DE TRASPLANTE
01/06/2014 15/09/2018
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 23 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE
INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS DE LAS PARCELAS
En el momento de formalizar la Declaración de Seguro, el asegurado que tenga elementos productivos en la parcela puede asegurar la garantía a las instalaciones. Si opta por ello, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo que reúnan las condiciones para ser aseguradas, de la siguiente forma: En caso de tener instalaciones, para poder contratar esta garantía
necesariamente se deben incluir en la póliza las parcelas con sus capitales de Producción (000 Producción/Plantación, 002 Producción y 001 Plantones).
Todos los tipos de capital de instalaciones que hay en una parcela, se
aseguran en una única parcela de la declaración de seguro, con distintos tipos de capital, excepto los cabezales que se aseguran en parcelas diferentes.
A efectos del seguro, según Condiciones Especiales:
Las bombas y motores en las Instalaciones, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.
DATOS FIJOS Y VARIABLES DE LAS PARCELAS
CULTIVO Y VARIEDAD
Se ha de indicar el código del cultivo de la parcela. En el caso que una instalación englobe más de una parcela agrícola con distintos cultivos, se consignará el que ocupe mayor extensión.
SIGPAC
En el caso que las instalaciones engloben más de una parcela agrícola, con distintos SIGPAC, se indicará en la póliza el de mayor extensión del mismo cultivo/variedad.
PRODUCCIÓN
Se consignará obligatoriamente cero o no enviarán el dato.
Normas de Contratación Seguro de Explotaciones Página 24 de 51 De Producciones Tropicales y Subtropicales AGROSEGURO, S.A.
PRECIOS
El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los límites que establece ENESA.
Para los Tipos de Capital 100, 101 y 105 los precios serán en €/m2. Para los Tipos de Capital 113 y 114 los precios serán en €/ha.
DATOS VARIABLES POR TIPO DE CAPITAL
Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las instalaciones, va a estar estructurada en los Tipos de Capitales existentes y de los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de éstos.
Se consideran los siguientes tipos de capitales: 1) 100 INVERNADEROS 2) 101 MALLAS ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS 3) 105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES (M2) 4) 113 CABEZAL DE RIEGO (HA) 5) 114 RED DE RIEGO (HA)
Si se opta por el aseguramiento de cualquiera de estos capitales, se deberán
asegurar todas las instalaciones del mismo tipo (capital)
La contratación se realizará según especificamos a continuación:
- El tipo de capital 113 cabezal de Riego (€/ha) se deberá incluir en la declaración de seguro de forma independiente, es decir, en una única parcela (si se dispusiera de más de un cabezal de riego, cada uno de ellos se asegurará en parcelas distintas).
- Para el resto de Instalaciones ubicadas en una misma parcela, se incluirán en la declaración de seguro con diferente tipo de capital en la misma parcela.
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1) TIPO DE CAPITAL 100 - INVERNADEROS
TIPO DE INSTALACIÓN
Para este Tipo de Capital existen distintos Tipos de instalaciones, según el material de construcción del mismo, que son factores diferenciadores de precios
001 PLANOS 002 RASPA Y AMAGADO 003 MULTITÚNEL y MULTICAPILLA 004 MACROTÚNEL
SUPERFICIE Se consignará obligatoriamente cero
METROS CUADRADOS Se indicará la medida del mismo en m2, dado que el precio viene determinado por €/m2
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se indicará para cada tipo de capital (instalación), los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma siempre que se realice en un máximo de 3 años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades:
TIPO DE INSTALACIÓN 004 MACROTUNEL: 10 años TIPO DE INSTALACIÓN 001 PLANOS
MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 001 METÁLICA: 30 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 002 MADERA: 20 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 003 HORMIGÓN: 30 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 004 MIXTA: 20 años
TIPO DE INSTALACIÓN 002 RASPA Y AMAGADO
MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 001 METÁLICA: 30 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 002 MADERA: 20 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 003 HORMIGÓN: 30 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 004 MIXTA: 20 años
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TIPO DE INSTALACIÓN 003 MULTITUNEL y MULTICAPILLA MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 001 METÁLICA: 30 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 002 MADERA: 20 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 003 HORMIGÓN: 30 años MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 004 MIXTA: 20 años Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.
MATERIAL DE LA ESTRUCTURA Se indicará el material de construcción de la estructura: 001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA
EDAD DE LA CUBIERTA
Se indicará para este tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación.
MATERIAL DE LA CUBIERTA
Se indicará el material de construcción de la cubierta 001 PLÁSTICO 002 MALLA 003 RÍGIDA
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2) TIPO DE CAPITAL 101 - MALLAS ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS
TIPO DE INSTALACIÓN En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato:
000 SIN VALOR EN FACTOR
SUPERFICIE
Se consignará obligatoriamente cero.
METROS CUADRADOS Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/m2. Por tanto, se debe indicar la medida del mismo en m2.
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 101 MALLAS ANTIGRANIZO: 15 años. Si se ha asegurado alguna instalación que supere esta edad, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.
MATERIAL DE LA ESTRUCTURA
Se indicará el material de construcción de la estructura: 001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA
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EDAD DE LA CUBIERTA
Se ha de indicar para cada tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación, en el caso de que sea inferior a un mes, deberán indicar como mínimo un mes.
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3) TIPO DE CAPITAL 105- CORTAVIENTOS ARTIFICIALES (M
2)
TIPO DE INSTALACIÓN
En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato:
005 DE OBRA 006 DE TELA PLÁSTICA 009 MIXTOS
SUPERFICIE Se consignará obligatoriamente cero
METROS CUADRADOS Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/m2. Por tanto, se debe indicar la medida del mismo en m2.
EDAD DE LA ESTRUCTURA Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES:
TIPO DE INSTALACIÓN 005 DE OBRA: 20 años. TIPO DE INSTALACIÓN 006 DE TELA PLÁSTICA: 10 años. TIPO DE INSTALACIÓN 009 MIXTOS: 10 años.
Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.
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MATERIAL DE LA ESTRUCTURA
Se indicará el material de construcción de la estructura Para el Tipo de Instalación 006 Tela Plástica y 009 Mixtos:
001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA
EDAD DE LA CUBIERTA
Se ha de indicar para cada tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación, en el caso de que sea inferior a un mes, deberán indicar como mínimo un mes.
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4) TIPO DE CAPITAL 113 - CABEZAL DE RIEGO (Ha) El Tipo de Capital 113 – Cabezal de Riego (ha) es asegurable si su propiedad es del asegurado. No son asegurables los mancomunados.
TIPO DE INSTALACIÓN
En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato:
000 SIN VALOR EN FACTOR
SUPERFICIE
Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto, este campo obligatoriamente tiene que venir cumplimentado y debe recoger la superficie susceptible de riego por este cabezal. Se debe indicar la medida del mismo en hectáreas.
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 113 CABEZAL DE RIEGO (HA): 20 años (*).
Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*) Bombas y motores, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.
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5) TIPO DE CAPITAL 114 - RED DE RIEGO (Ha)
TIPO DE INSTALACIÓN
En este Tipo de Capital deberán indicar el siguiente dato:
011 LOCALIZADO
SUPERFICIE
Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto, obligatoriamente se indicará la superficie de la parcela que incluye la instalación, medida en hectáreas.
EDAD DE LA ESTRUCTURA
Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades: TIPO DE CAPITAL 114 RED DE RIEGO (HA):
TIPO DE INSTALACIÓN 011 RIEGO LOCALIZADO: 20 años (*).
Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*) Bombas y motores, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.
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BONIFICACIONES
BONIFICACIONES POR MEDIDAS PREVENTIVAS
Si se dispone de alguna de las instalaciones que a continuación relacionamos, deberá indicar la misma para poder disfrutar de la bonificación en la prima comercial del riesgo contra el que se protege en la garantía a la producción, como uno de los datos variables a consignar en cada parcela.
MÓDULOS 1 y 2 RIESGO DE HELADA Código Descriptivo Porcentaje
011 Instalaciones fijas o semifijas de riego por aspersión con 60% cobertura total
015 Instalaciones fijas o semifijas de riego por microaspersión 60% con cobertura total
053 Instalaciones fijas o semifijas de riego por microaspersión con 60% pulsadores de bajo caudal y cobertura total RIESGO DE PEDRISCO Código Descriptivo Porcentaje
009 Instalaciones de mallas o redes plásticas antigranizo 90% RIESGO DE VIENTO Código Descriptivo Porcentaje
021 Cortavientos Semipermeables intercalados a una distancia 20% máxima de 20 veces su altura
MÓDULO P RIESGO DE PEDRISCO Código Descriptivo Porcentaje
009 Instalaciones de mallas o redes plásticas antigranizo 90% RIESGO DE VIENTO Código Descriptivo Porcentaje 021 Cortavientos Semipermeables intercalados a una distancia 20% máxima de 20 veces su altura
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BONIFICACIONES/RECARGOS AL ASEGURADO
Las BONIFICACIONES/RECARGOS se han calculado teniendo en cuenta el resultado histórico de los seguros de los cultivos asegurables de su explotación.
Esta bonificación o recargo se basará en la siguiente información:
Contratación del seguro en la última campaña.
Declaración de siniestro en la última campaña.
Número de años contratados en el periodo de las 10 últimas campañas.
Número de años con siniestro en el periodo de las 10 últimas campañas.
I/Prr: suma de las indemnizaciones con respecto a la suma de las primas de riesgo recargadas netas de reaseguro del Consorcio (aplicadas las bonificaciones, recargos y descuentos por medidas preventivas), en el periodo de las 10 últimas campañas.
A los asegurados que aún correspondiéndoles recargo, si sólo tienen un año de siniestro, pasarán a ser Neutro.
De igual modo, los asegurados que teniendo siniestro declarado el pasado año, si
la superficie siniestrada en menor al 30% de la asegurada, tendrán una
bonificación mayor. y si la superficie siniestrada es menor al 10%, se considerara
como siniestro no declarado.
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado o el tomador de seguro en su representación, deberá solicitar que se apliquen los porcentajes de bonificación o recargo, en el supuesto de que exista un cambio de asegurado de la explotación garantizada con respecto al asegurado que garantizó la explotación el año anterior. El correo electrónico dónde deberán dirigirse es: solicitudmedidasagricola@agroseguro.es En función del histórico de la explotación para el cálculo de la prima, se asignará al nuevo asegurado, una bonificación o recargo, calculado en función de su ratio de indemnizaciones sobre primas resultante de la nueva composición de la explotación, conforme a lo estipulado en las Condiciones Especiales y que el Agricultor, puede consultar en la página web de Agroseguro, atención al cliente, con las siguientes opciones:
o Acceso de Asegurados registrados. o Consulta general de Rendimientos, índices y otras
Medidas/Bonificaciones, recargos y rendimientos; indicando el Plan, Nif y línea de seguro que desea consultar.
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Agroseguro, una vez recibida la solicitud, procederá en su caso, a la regularización de la prima única, informando al asegurado, tomador y Entidad Aseguradora del resultado de la misma. En el caso de que la prima fuese a abonar, en la comunicación se recordará las obligaciones contractuales de las partes, en los supuestos de que se produzca algún siniestro durante el periodo en el que se está realizando esta gestión de cambio. Igualmente, les recordamos que la declaración de seguro agrario, es a la vez solicitud de subvenciones por lo que deberán tener en cuenta lo establecido en las bases reguladoras para concesión de subvenciones de la administración general del Estado y la resolución en la que se aprueba el Plan de seguros agrarios; así como las ordenes reguladoras de las Comunidades Autónomas; por lo que en cualquier caso, el nuevo asegurado, deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
Los plazos para realizar esta gestión, deberán estar comprendidos dentro de 30 días desde que se suscribió el seguro.
En las declaraciones de seguro suscritas por las entidades asociativas, se traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa.
Condición Especial 14ª.
En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/Consulta de Rendimientos, índices y otras medidas/Bonificaciones, recargos, rendimientos y otras medidas para Asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado.
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PAGO
El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:
A) Al contado El pago se realizará por el tomador del seguro, en el plazo de suscripción establecido por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, mediante ingreso directo o transferencia bancaria a favor de la cuenta de Agroseguro Agrícola, abierta en la entidad de crédito que, por parte de Agroseguro, se establezca en el momento de la contratación. B) Fraccionada Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos:
- El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 1.000 €.
- El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.
El pago de la prima única se realizará en dos fracciones: Primera fracción: se corresponderá al menos con el 10% del importe del coste del seguro a cargo del tomador, más el total de la cuantía que corresponda por el fraccionamiento y el aval, que serán abonados en el mismo momento de la suscripción del seguro, siendo de aplicación todo lo especificado para el pago al contado. Si el aval afianzado no alcanzara el total de la segunda fracción, el exceso por encima del importe avalado se descontará de la segunda fracción y deberá ser abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del importe avalado. Segunda fracción: no podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del tomador. Dicho importe, será pagado mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del asegurado, señalada en la declaración de seguro y se pasará a cobro en el plazo elegido por el asegurado a los 3, 6, 9 ó 12 meses. En esta misma cuenta se realizarán los pagos por indemnizaciones de los siniestros. Ver Condición Especial 16ª
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COMPLEMENTARIO
Independientemente del Módulo que se contrate, el complementario únicamente supondrá un incremento de Kg. en las parcelas con Tipo de Capital Producción/Plantación, que tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas, para los daños en cantidad y calidad, en la producción ocasionados por los siguientes riesgos cubiertos: MÓDULOS C1, C2 (EXCLUSIVAMENTE PARA EL CULTIVO DE CHIRIMOYO)
Pedrisco.
Viento
Riesgos Excepcionales.
CHIRIMOYO
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/07/2018 15/09/2018 17/09/2018
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RESUMEN DE ASPECTOS RELEVANTES EN
CONTRATACIÓN
PRODUCCIONES ASEGURABLES
PERIODO DE SUSCRIPCIÓN
MÓDULOS CULTIVO FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
1 Y 2
AGUACATE 01/04/2018
30/06/2018 02/07/2018
CHIRIMOYO, CHUMBERA, LITCHI, MANGO, PALMERA
DATILERA, PAPAYA Y PIÑA
01/02/2018
P
AGUACATE 01/04/2018 15/09/2018 17/09/2018
CHIRIMOYO 01/02/2018 15/09/2018 17/09/2018
CHUMBERA, LITCHI, MANGO, PALMERA
DATILERA, PAPAYA Y PIÑA
01/02/2018 30/06/2018 02/07/2018
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Esta línea posee un ámbito de aplicación específico según módulo. Consultar apartado correspondiente de la Norma.
CULTIVOS
AGUACATE
CHIRIMOYO
CHUMBERA
LITCHI
MANGO
PALMERA DATILERA
PAPAYA
PIÑA
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RIESGOS CUBIERTOS
Los riesgos cubiertos pueden variar en función del módulo seleccionado.
Helada
Golpe de calor
Pedrisco
Viento
Riesgos excepcionales:
o Fauna silvestre. o Incendio. o Inundación-lluvia torrencial o Lluvia persistente
Resto de adversidades climáticas: condiciones climáticas adversas no recogidas en las anteriores y siempre teniendo en cuenta las limitaciones recogidas en las Condiciones Especiales, apartado de Exclusiones.
MÓDULOS
MÓDULO 1: Todos los riesgos por explotación
Condiciones de Cobertura
Tipo
Plantación Garantía Riesgos cubiertos
Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Plantación en
producción
Producción
Pedrisco
Viento
Golpe de Calor
Riesgos Excepcionales
Helada (1)
Resto de adversidades
climáticas
100% Explotación
(Comarca) 30% Absoluta: 20%
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción
100% Explotación
(Comarca) 30% Absoluta: 20%
Plantones Plantación
(3)
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción
100% Explotación
(Comarca) 30% Absoluta: 20%
Todo tipo de
plantaciones Instalaciones
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción y cualquier
otro riesgo climático
100% Parcela (4) Sin franquicia
(1) Se garantiza el riesgo de helada sólo para el cultivo de aguacate y mango en el ámbito especificado en el
anexo IV.
(2) Garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango y palmera
datilera.
(3) Garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango, palmera
datilera y piña.
(4) Menor entre:
El 10% del capital asegurado y
600 € estructuras de protección antigranizo, 500 € para cortavientos plásticos, 1.200 € para cortavientos de obra, 1.500 € para invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego.
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MÓDULO 2: Riesgos por explotación y riesgos por parcela
Condiciones de Cobertura
Tipo
Plantación Garantía Riesgos cubiertos
Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Plantación en
producción
Producción
Pedrisco 100% Parcela 10% Absoluta: 10%
Viento
Golpe de Calor 100% Parcela
20%
(1)
Absoluta: 20%
(1)
Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Helada (2) 100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Resto de adversidades
climáticas 100%
Explotación
(Comarca) 20% Absoluta: 20%
Plantación
(3)
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Plantones Plantación
(4)
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Todo tipo de
plantaciones Instalaciones
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción y cualquier
otro riesgo climático
100% Parcela (5) Sin franquicia
(1) Además, los asegurados que tengan derecho a bonificación en las primas (según lo establecido en la
condición especial 14ª), podrán optar a un mínimo indemnizable y una franquicia absoluta del 10%.
(2) Se garantiza el riesgo de helada sólo para el cultivo de aguacate y mango en el ámbito especificado en el
anexo IV.
(3) Garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango y palmera
datilera.
(4) Garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango, palmera
datilera y piña.
(5) Menor entre:
El 10% del capital asegurado y
600 € estructuras de protección antigranizo, 500 € para cortavientos plásticos, 1.200 € para cortavientos de obra, 1.500 € para invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego.
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MÓDULO P: Riesgos nominados por parcela
Condiciones de Cobertura
Tipo
Plantación Garantía Riesgos cubiertos
Capital
asegurado
Cálculo
indemnización
Mínimo
indemnizable Franquicia
Plantación en
producción
Producción
Pedrisco
Viento
Golpe de Calor (1)
100% Parcela 10% Absoluta: 10%
Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Plantones Plantación
(3)
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Todo tipo de
plantaciones Instalaciones
Todos los cubiertos en
la garantía a la
producción y cualquier
otro riesgo climático
100% Parcela (4) Sin franquicia
(1) El riesgo de golpe de calor sólo está cubierto en la C.A. de Canarias.
(2) Garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango y palmera
datilera.
(3) Garantía a la plantación sólo cubierta en los cultivos de aguacate, chirimoyo, litchi, mango, palmera
datilera y piña
(4) Menor entre:
El 10% del capital asegurado y
600 € estructuras de protección antigranizo, 500 € para cortavientos plásticos, 1.200 € para cortavientos de obra, 1.500 € para invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego.
DATOS PARA CONTRATAR
Datos del asegurado: Nombre completo. NIF/CIF Dirección completa. Teléfono Subvenciones: indicar, si procede, las subvenciones que
correspondan al asegurado (agricultor profesional, Organización de productores, etc.).
Módulo: seleccionar solo uno y elegir entre las posibles opciones de franquicia, garantizado, etc.
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Datos de las parcelas (por cada una de las parcelas): Cultivo Variedad SIGPAC Superficie cultivada (en hectáreas) Nº de unidades Edad Final de garantías Sistema de producción (ecológico / tradicional) Sistema de protección (invernadero o sin protección) Fecha de siembra Medidas preventivas (si tiene, especificar cuales). Precio: producción y plantación en €/Kg. Plantones en €/unidad. Nº de Kg que se esperan obtener en la parcela. Tipo de plantación (injertados con patrón clonal / sin valor en el factor) Tipo de Capital (producción/plantación, plantones)
SEGURO COMPLEMENTARIO Independientemente del Módulo que se contrate, el complementario únicamente supondrá un incremento de Kg. en las parcelas con Tipo de Capital Producción/Plantación, que tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas, para los daños en cantidad y calidad, en la producción ocasionados por los siguientes riesgos cubiertos: MÓDULOS C1, C2 (EXCLUSIVAMENTE PARA EL CULTIVO DE CHIRIMOYO)
Pedrisco.
Viento
Riesgos Excepcionales.
CHIRIMOYO
ÁMBITO
FECHA INICIO
FECHA FINAL
ÚLTIMO DIA DE PAGO
Todo el ámbito de aplicación
01/07/2018 15/09/2018 17/09/2018
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CONTRATACIÓN
Toma de efecto: debe enviarse la póliza a Agroseguro y, en paralelo, realizar el abono a Agroseguro. El seguro entra en vigor a las 00:00 horas del día siguiente al pago de la prima.
Duración: todos los módulos de esta línea son ANUALES, NO se renuevan automáticamente.
Bienes asegurados: el asegurado tiene obligación de incluir todas las parcelas de la misma clase que posea en el ámbito de aplicación.
Pago de la prima: siempre deberá realizarse dentro del período de suscripción mediante ingreso directo o transferencia directa a la cuenta de Agroseguro e indicarse en el concepto el NIF/CIF del asegurado.
o Al contado: importe íntegro de la prima a cargo del Tomador abonado
en el momento de la contratación.
o Fraccionado: imprescindible que se domicilie al asegurado la prima, que sea superior a 1.000€ y disponer de AVAL SAECA para cubrir al menos la 2ª fracción:
Fracciones:
1ª fracción: al menos el 10% de la prima a cargo del
Tomador, más el total de la cuantía correspondiente por fraccionamiento y aval, que será abonado al dar de alta el seguro.
2ª fracción: resto del importe de la prima a cargo del Tomador. Será pagado mediante recibo domiciliado a los 3, 6, 9 o 12 meses desde el alta del seguro.
Inicio y final de garantías para producción:
o INICIAN Las garantías se inician en la toma de efecto y nunca antes de las fechas o estados fenológicos que figuran en el anexo II.
o FINALIZARAN en la fecha más temprana de las siguientes:
En el momento de la recolección. En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial. La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente. A los 12 meses desde la toma de efecto del seguro para los
cultivos de chirimoyo, chumbera, litchi, mango, palmera datilera, papaya y piña.
En las fechas que figuran especificados en el anexo II para el cultivo de aguacate.
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Inicio y final garantías para la plantación:
o INICIAN con la toma de efecto y nunca antes del arraigue.
o FINALIZAN en la fecha más temprana de las siguientes:
12 meses desde que se iniciaron las garantías. La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
Inicio y final garantías para las instalaciones:
o INICIAN con la toma de efecto.
o FINALIZAN en la fecha más temprana de las siguientes:
12 meses desde que se iniciaron las garantías. La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
Carencia: 6 DÍAS contados desde la entrada en vigor del seguro salvo:
o Asegurados que contratasen en la campaña anterior. En el caso entidades asociativas que suscriban por primera vez,
no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los socios de la entidad en la campaña anterior.
En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el periodo de carencia en las parcelas que fueron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.
o Seguros complementarios.
SINIESTROS El asegurado debe notificar el siniestro dentro del PLAZO DE 7 DÍAS contados a partir de la fecha en que fue conocido (extremando la diligencia en los siniestros de fauna silvestre), y pudiendo efectuar tantos partes como siniestros ocurran. Para información sobre los plazos, las notificaciones, inspecciones, valoraciones, muestras, documentación, etc., consultar Capítulo V de las Condiciones Especiales.
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PRECIOS
AGUACATE, CHIRIMOYO,
CHUMBERA, LITCHI, MANGO,
PAPAYA, PALMERA DATILERA
Y PIÑA.
TODOS LOS MÓDULOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL:
000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN
001 PLANTONES
002 PRODUCCIÓN
TIPO DE PLANTACIÓN:
000 SIN VALOR EN FACTOR
027 INJERTADOS CON PATRON CLONAL (PARA
AGUACATE)
SISTEMA DE PRODUCCIÓN (PARA AGUACATE Y
MANGO)
000 SIN VALOR EN FACTOR
001 ECOLÓGICO
002 TRADICIONAL
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Cultivo Variedad Tipo
Capital Sistema
Producción
Tipo de
Plantación
Precio Mínimo
Precio Máximo
001 AGUACATE
001 Bacon
000 001 000 0,5200 0,7900
000 002 000 0,4400 0,6600
001 000 000 3,0000 8,0000
001 000 027 8,0000 14,0000
002 Fuerte
000 001 000 0,7200 1,0900
000 002 000 0,6000 0,9100
001 000 000 3,0000 8,0000
001 000 027 8,0000 14,0000
003 Hass
000 001 000 1,2000 1,8000
000 002 000 1,0000 1,5000
001 000 000 3,0000 8,0000
001 000 027 8,0000 14,0000
004 Pinkerton
000 001 000 0,7200 1,0900
000 002 000 0,6000 0,9100
001 000 000 3,0000 8,0000
001 000 027 8,0000 14,0000
005 Reed
000 001 000 0,7200 1,0900
000 002 000 0,6000 0,9100
001 000 000 3,0000 8,0000
001 000 027 8,0000 14,0000
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Cultivo Variedad Tipo
Capital Precio Mínimo
Precio Máximo
002 CHIRIMOYO 000 Todas las variedades
000 0,5300 0,8000
001 3,0000 8,0000
Cultivo Variedad Tipo
Capital Precio Mínimo
Precio Máximo
003 CHUMBERA 000 Todas las variedades
002 0,2000 0,4000
Cultivo Variedad Tipo
Capital Precio Mínimo
Precio Máximo
004 LITCHI 000 Todas las variedades
000 1,8000 2,7500
001 3,0000 8,0000
Cultivo Variedad Tipo
Capital Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
005 MANGO
001 Irwin
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
002 Keitt
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
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Cultivo Variedad Tipo
Capital Sistema de Producción
Precio Mínimo
Precio Máximo
005 MANGO
003 Kent
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
004 Osteen
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
005 Sensation
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
006 Tommy Atkins
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
000 Resto de variedades
000 001 0,8800 1,3200
000 002 0,7500 1,1000
001 000 3,0000 8,0000
Cultivo Variedad Tipo
Capital Precio Mínimo
Precio Máximo
006 PALMERA DATILERA
000 Todas las variedades
000 0,8000 1,2000
001 3,0000 8,0000
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Cultivo Variedad Tipo
Capital Precio Mínimo
Precio Máximo
007 PAPAYA 000 Todas las variedades
002 0,8000 1,2000
Cultivo Variedad Tipo
Capital Precio Mínimo
Precio Máximo
008 PIÑA 000 Todas las variedades
002 1,0000 1,5000
001 0,5500 1,2000
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PRECIOS DE LAS
INSTALACIONES Y DE LOS
ELEMENTOS PRODUCTIVOS
TODOS LOS CULTIVOS
CÓDIGOS DE FACTORES:
TIPO DE CAPITAL:
100 INVERNADEROS
101 MALLAS ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS
105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES (M2)
113 CABEZAL DE RIEGO (Ha)
114 RED DE RIEGO (Ha)
TIPO DE INSTALACIÓN:
000 SIN VALOR EN FACTOR
001 PLANO
002 RASPA Y AMAGADO
003 MULTITUNEL Y MULTICAPILLA
004 MACROTUNEL
005 DE OBRA
006 DE TELA PLÁSTICA
009 MIXTO
011 LOCALIZADO
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TODOS LOS CULIVOS
Variedad
Tipo
Capital
Tipo de
Instalación
Precio Mínimo
€/m2
Precio Máximo
€/m2
TODAS LAS VARIEDADES
100
001 4,0000 6,0000
002 4,0000 6,0000
003 4,0000 6,0000
004 1,5000 4,0000
101 000 1,3000 6,0000*
105
005 18,0000 27,0000
006 4,0000 6,0000
009 4,0000 27,0000
*El precio de aseguramiento deberá corresponderse con el valor del precio de reconstrucción de la instalación.
TODOS LOS CULTIVOS
Variedad
Tipo
Capital
Tipo de
Instalación
Precio Mínimo
€/ha
Precio Máximo
€/ha
TODAS LAS VARIEDADES
113 000 2.000,0000 12.000,0000
114 011 1.800,0000 2.800,0000
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