petitorio minero, cuadrangulo de noaya - ucayali
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
LEGIS
LACIONMINE
RA
PETITORIOMINERO
”
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA
FACULTAD DE INGENIERÍA
Escuela Académico Profesional de
I ngeniería Geológica
DOCENTE:
INGº. DANIEL VALDERRAMA GUTIERREZ
ALUMNOS:
CABRERA QUIROZ, Santiago
SALAZAR MARIN, Romarius
TORRES MEDINA, Walter
Cajamarca Agosto 2013
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
INTRODUCCION
Es necesario que el usuario minero formule correctamente sus petitorios en las
zonas y franjas de traslape, de acuerdo a lo contemplado en la Resolución Ministerial
320-1-992, cuyo artículo 39, dice a la letra:
A partir de los puntos de rigen señalados, se dividirá el territorio en cuadriculas
de un kilómetro de lado, que equivale a 100 hectáreas.
Excepcionalmente en las franjas de traslape entre zonas, se obtendráncuadrículas con extensión mayores de 100 hectáreas; para una determinación se
tomara como coordenada de origen de meridiano central de la zona 18 a partir de la
cual se seguirá la secuencia de medición de un kilometro.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
CONCESIONES MINERAS
OBJETIVOS
Otorgar las características del trámite en el cual la secretaría de Economía
confiere a los particulares el derecho a explorar y extraer minerales, con
excepción de los radioactivos.
Conforme a los artículos principales de la legislación minera, informar, las
garantías y obligaciones que adquieren las sociedades del ramo que solicitan
una concesión minera.
Actualizar y precisar facultades de las instancias que intervienen en la
autorización de trámites, formatos y actividades.
¿Qué es un denuncio?
Son solicitudes de concesiones mineras formuladas en forma topográfica
(distancia, azimut de los lados) y, fijado en el terreno mediante un punto de partida,
punto de referencia y visuales. Actualmente estas solicitudes ya no se presentan, los
cuales han sido reemplazados por los petitorios.
¿Qué es un petitorio minero?
Es una solicitud de concesión minera, presentada al amparo del D.L. Nº 708, Ley
de Promoción a la Inversión Minera.
¿Qué son petitorios simultáneos?
Son dos o más solicitudes de concesiones mineras presentadas en una mismafecha y hora, sobre una misma área en forma parcial o total.
Advertida la simultaneidad, el área común es sacada a remate, en dicho acto el
solicitante que presente una mayor oferta se hace acreedor del área.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
¿Cómo identifico los números o códigos y nombres de una hoja ó carta
nacional?
Tomando como referencia el cuadro de empalmes de la Carta Nacional
elaborada por el Instituto Geográfico Nacional. (Cuadro de Empalmes)
¿Se puede formular petitorios en áreas urbanas?
Solamente cuando exista una Ley Especial que autorice la admisión y
otorgamiento de títulos de concesión minera en dichas áreas. (Términos
Frecuentes)
¿Se puede formular petitorios en áreas de expansión urbana? ¿Qué trámite
prosiguen?
Sí, debiendo adjuntar la Información Técnica del petitorio, el trámite que
prosigue es el siguiente:
Se oficia a la Municipalidad Provincial, adjuntando la Información Técnica
presentada y solicitando su pronunciamiento en un plazo de 60 días calendarios. La
Municipalidad puede:
Emitir un pronunciamiento favorable, en este caso se oficia al MEN
solicitando la expedición de una Resolución Ministerial que autorice el
otorgamiento de título de concesión minera, expedida la misma se continúa
con el trámite del petitorio según su estado.
Emitir un pronunciamiento desfavorable, en este caso si el petitorio se ubica
totalmente en área de expansión urbana se procede al rechazo y se declara el
área como no peticionable; si la superposición es parcial, se ordena la
reducción del petitorio al área libre.
No emitir ningún pronunciamiento, vencido el plazo de 60 días calendarios
se configura el silencio negativo.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
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¿Se pueden formular petitorios en áreas agrícolas?
Sí, siempre que la sustancia solicitada en concesión minera sea metálica.
Si la sustancia solicitada fuera no metálica, se prosigue el siguiente trámite:
Se oficia a la dirección regional agraria del departamento donde se ha ubicado el
petitorio, solicitando informe en un plazo de 30 días hábiles si el petitorio se encuentra
ubicado total o parcialmente en zona agrícola. La Dirección Regional Agraria puede:
Informar que el petitorio se ubica totalmente sobre zona agrícola, cancelándose
el petitorio minero.
Informar que el petitorio no se encuentra sobre zona agrícola o se encuentra
sobre tierras de pastoreo o pastos naturales o sólo ocupa parcialmente tierras
agrícolas, ante lo cual se continúa con el trámite.
No emitir ningún informe, ante lo cual se expiden los avisos y se oficia a la
Dirección Regional Agraria haciéndole conocer la continuación del
procedimiento.
¿Se pueden otorgar concesiones mineras en áreas naturales protegidas (ANP)?
Sólo cuando el petitorio se ubique en ANP de Uso Directo y el INRENA haya
opinado favorablemente para su otorgamiento.
El petitorio es CANCELADO si se ubica totalmente sobre un ANAP de Uso
Indirecto.
¿Se pueden otorgar concesiones mineras en áreas de no admisión de denuncios
(ANAD)?
Solamente cuando el petitorio ha sido formulado con fecha anterior a la ANAD,
éstos continúan su trámite y se les otorga el título de concesión minera.
Si el petitorio es posterior al ANAD, es declarado INADMISIBLE.
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¿Se pueden otorgar concesiones mineras en zona de frontera?
Solo en caso que la persona natural o jurídica solicitante tenga la nacionalidad
peruana.
Los peticionarios naturales o jurídicos extranjeros, deben presentar el Decreto
Supremo que los autorice a ejercer dicha actividad en la zona de frontera.
¿Se puede formular un petitorio mayor o menor de 100 Has.?
Solamente en los siguientes casos:
ZONAS EXTENSIÓN
Área Urbana y/o de Expansión Urbana Rectángulos de 500m por 200m (10 Has)
Área Marítima Área máxima de 10000 Has
Zona de Frontera Áreas mayores o menores a 100 Has
Zona de Traslape Áreas mayores o menores a 100 Has
REQUISITOS PARA FORMUALR UN PETITORIO MIENRO
Presentar en la sede central del INACC:
1. Formulario del petitorio consignándose la información que corresponda, en
original más dos copias simples.
2. Formulario del compromiso previo en forma de declaración jurada, en original
más dos copias simples.
3. Comprobante de pago original del derecho de trámite, mas dos copias simples.
4. Comprobante de pago original del derecho de vigencia, mas dos copias simples,
o de ser el caso, el Certificado de Devolución del Derecho de Vigencia original y
vigente, mas dos copias simples.
5. Los Productores Mineros Artesanales y los Pequeños Productores Mineros
presentarán una copia simple de su calificación otorgada por la Dirección
General de Minería.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
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Si el petitorio se presenta en las sedes desconcentradas del INACC se adjuntará
tres copias simples de cada uno de los documentos mencionados en los numerales
1, 2, 3, y 4.
DERECHO DE TRÁMITE
El derecho de trámite para el 2008 equivale a S/. 350.00 (Nuevos Soles) y se
pagará en la caja de la sede central del INACC o en la cuenta corriente en soles del
Banco de la Nación.
DERECHO DE VIGENCIA
El derecho de vigencia equivale a 3 dólares por cada hectárea o fracción
solicitada y se pagará en el banco, indicando que se trata de un nuevo petitorio, código
999 del INACC.; o, indicando solamente que se trata de un nuevo petitorio.
El Productor Minero Artesanal pagará por derecho de vigencia 0.5 de dólar por
hectárea o fracción, con su calificación vigente otorgada por la Dirección General de
Minería.
El Pequeño Productor Minero pagará por derecho de vigencia 1 dólar por
hectárea o fracción, con su calificación vigente otorgada por la Dirección General de
Minería.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
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INSTRUCCIONES PARA LLENAR CORRECTAMENTE EL FORMULARIO DEL
PETITORIO
INFORMACIÓN DEL PETITORIO MINERO
NOMBRE Debe ser diferente al de los otros derechos minerosvigentes. Puede verificarlo en las sedes del INACC.
Distrito(s),provincia(s) y
departamento(s)
Puede verificar en las sedes del INACC los datos de lademarcación política.
Sustancia Marque el tipo de sustancia metálica o no metálica.
Extensión
La unidad básica de medida superficial del petitorio es unafigura geométrica, delimitada por coordenadas UTM, conuna extensión de 100 hectáreas, según el Sistema deCuadrículas, salvo las excepciones establecidas en la ley.
Los petitorios se solicitarán en extensiones de 100 a 1,000hectáreas, en cuadrículas o conjunto de cuadrículascolindantes al menos por un lado, salvo en el dominio
marítimo, donde podrán solicitarse en cuadrículas de 100 a10,000 hectáreas.
Número y nombre dela Hoja
Corresponde al número y nombre de las Cartas Nacionalesdel Instituto Geográfico Nacional (IGN).
ZonaMarque la que corresponde al área que solicita (17, 18 ó19).
Coordenadas UTM
Ver instrucciones para consignar las coordenadas UTM
Escala Consigne 1/100 000.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
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INSTRUCCIONES PARA CONSIGNAR LAS COORDENADAS UTM DEL PETITORIO
Identifique el área de su interés de acuerdo al sistema de cuadrículas en las
Cartas Nacionales del Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1/100000
determinando las coordenadas UTM de sus vértices y la zona (17, 18 ó 19) que le
corresponda.
El área mínima es de 100 Has (una cuadrícula de 1 Km por lado) y el área
máxima es de 1000 Has, con las excepciones que establece la ley.
Se recomienda verificar si el área a solicitar está libre o no, en el sistema de
consulta en pantalla en cualquiera de las sedes del INACC.
Las coordenadas UTM de los vértices del área de su interés debe consignarlas en
el sistema PSAD 56 en el sentido horario y deben formar un polígono cerrado, como se
observa en el ejemplo:
FORMULARIOS
Llene los formularios con letra de imprenta legible.
Solicite gratuitamente los formularios en cualquiera de las sedes del INACC o
imprímalos desde la página web del INACC.
Formulario de petitorio.
Formulario del compromiso previo.
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INFORMACIÓN DE LOS SOLICITANTES
(1) Persona
natural
Consigne sus nombres y apellidos, nacionalidad, L.E., D.N.I. o
carné de extranjería y estado civil. Si fuere casado(a) señale losnombres, apellidos y nacionalidad del cónyuge.
(2) Personajurídica
Consigne los datos de su Inscripción en la SUNARP y los datosgenerales de su representante legal
(3) dos o máspersonasnaturales
Llenar de acuerdo a(1) por cadapeticionario.
En estos casos deben designar unAPODERADO COMUN, que losrepresentará ante la autoridadminera.
(3) dos o máspersonas
jurídicas
Llenar de acuerdo a(2) por cada
peticionario.
(3) Personasnaturales y
jurídicas
Llenar de acuerdo a(1) y (2) por cadapeticionario.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO MINERO
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La DGCM tiene 7 días hábiles para revisar el petitorio y si este cumple con todos
los requisitos notificará los carteles al solicitante.
El solicitante tiene 30 días hábiles para publicar los carteles en los diarios que
indique la DGCM, y 60 días calendarios para presentar las páginas enteras y
originales de los diarios donde consten las publicaciones al INACC.
La DGCM tiene 30días hábiles para emitir los informes y 5 días hábiles para
remitir el expediente al jefe del INACC.
El jefe del INACC aprobará el título no antes de 30 días desde la última
publicación del cartel.
El INACC publicará el título dentro de los 15 días del mes siguiente.
Los plazos señalados en los numerales 1 y 3 se amplían en caso de requerirse la
opinión del INRENA, PETT, Dirección Regional Agraria, INADE, Gobiernos
Regionales, Municipalidades Provinciales, etc.
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EXTINCION DEL PETITORIO POR ERRORES EN LA FORMULACION
La Dirección General de Concesiones Mineras declarará la extinción del petitorio
en los siguientes casos:
Petitorio solicitado por un extranjero sin contar con carné de extranjería.
Petitorio presentado sin adjuntar el recibo original por derecho de trámite.
Petitorio presentado sin adjuntar el recibo original por derecho de vigencia
Por pago del derecho de vigencia en dólares por un monto menor al quecorresponde.Por pago del derecho de vigencia en soles por un monto menor al 95% del quecorrespondePetitorio formulado por una persona jurídica que no esté inscrita en el registro
correspondiente de la SUNARP, antes de la presentación del petitorio.Petitorio formulado por una persona jurídica cuya inscripción en el registrocorrespondiente de la SUNARP, se solicitó con posterioridad a la presentacióndel petitorioCuando la designación del representante legal de la persona jurídica no seencuentra inscrita en el registro correspondiente de la SUNARP, antes de lapresentación del petitorioCuando la inscripción de la designación del representante legal de la personajurídica se solicitó a la SUNARP con posterioridad a la presentación del petitorio.
Petitorio formulado sin consignar las coordenadas UTM.*Petitorio formulado con error en las coordenadas UTM.*
Petitorio mal formulado por falta de colindancia por un lado dentro del conjuntode cuadrículas solicitadas o por exceder el área máxima establecida por la Ley.*
Petitorio formulado sin cumplir con lo establecido por los artículos 65 y 68 delDecreto Supremo N° 014-92-EM.*
Petitorio formulado por personas inhábiles para ejercer la actividad minera,descritas en los artículos 31, 32 y 33 del Decreto Supremo N° 014-92-EM.
* En éstos casos se devolverá el derecho de vigencia a través de Certificados deDevolución.
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
DEPARTAMENTO DEL UCAYALI
El Departamento de Ucayali, es una de las 25 circunscripciones departamentales del
territorio peruano, que desde 2003 cuentan con un propio Gobierno Regional hasta la
conformación de regiones. Se encuentra en la parte centro-oriental del Perú y
comprende enteramente territorios cubiertos por la selva amazónica. Recibe su
nombre del principal y mayor río que lo cruza de sur a norte: el río Ucayali. Su capital es
Pucallpa. Tiene una Latitud de 8°22”24’, una Longitud de 74°31”30’ y una altitud de 154
msnm.
PRINCIPALES RECURSOS.
Producción agropecuaria: escasa, aunque abunda la yuca, el arroz, plátano,
papayas, tabaco.
Producción Minera: fundamentalmente a base de la madera. Hay aserraderos
que utilizan la caoba, el cedro, la moena, el ishpingo y muchas más.
Producción Ganadera: fundamentalmente es el ganado Cebú.
RÍOS PRINCIPALES.
Los principales ríos que discurren por la provincia son: río Ucayali, río Aguaytia, río
Pachitea, río Iparia, río Abujao; el río Purús y el río Yurúa vierten sus aguas hacia el
Brasil. Hay muchos más pero que son de menor importancia
UBICACIÓN.
Este departamento se encuentra en la Selva Central, al Oriente del país. Limita al norte
con el departamento de Loreto; al sur con los departamentos de Madre de Dios, Cusco y
Junín; al este con Brasil; y al oeste con los departamentos de Huánuco, Pasco y Junín.
CLIMA.
Principalmente el clima es el perteneciente al bosque húmedo tropical (cálido), existe
muy poca variación entre las temperaturas del día y la noche, las lluvias son
abundantes pero no como en la Selva Alta.
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PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
En las cimas y flancos de la Cordillera del Sira y la Cordillera Azul, la temperatura
durante el día es alta y en las noches son bajas, dando así la sensación de frío. También
existe mucha nubosidad en las cumbres de estos relieves montañosos.
Existe un fenómeno llamado "Fríos de San Juan", en el cual la temperatura baja
bruscamente durante unos 4 días. Esto debido a que masas de aire del Frente Antártico
se desprenden y penetran al Continente sudamericano por la depresión del Río de la
Plata, continúa por la depresión del Paraná e ingresan a Perú por Madre de Dios y
continúa hacia el norte en dirección a la zona de baja presión ecuatorial.
Ciclo lluvioso : Febrero, marzo, abril y mayo.
Ciclo seco : Junio, julio y agosto.
Ciclo lluvioso : Setiembre, octubre y noviembre.
Ciclo semiseco : Diciembre y enero.
CAPITAL.
Su capital es la ciudad de Pucallpa, se ubica sobre la margen izquierda del río Ucayali en
el distrito de Callería, que es el punto fluvial más importante de la Selva Central.
DIVISIÓN POLÍTICA.
El Departamento de Ucayali, fue creado mediante Ley N° 23099 del 18 de junio de
1980, sobre las bases de las provincias de Ucayali y Coronel Portillo; y por Ley N°
23416 del 01 de junio de 1982 quedo conformado definitivamente con cuatro
provincias:
Coronel Portillo…………Capital: Pucallpa.
Atalaya………………………Capital: Atalaya.
Padre Abad………………..Capital: Aguaytia.
Purús………………………...Capital: Puerto Esperanza.
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MAPA DE LA UBICACIÓN GEOGRAFICA DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI
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MAPA GEOLOGICO DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI.
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PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO
La provincia de Coronel Portillo se creó por ley N° 9815 del 2 de julio de 1943 dentro
de la jurisdicción del departamento de Loreto. Por ley N° 23416 del 1° de junio de 1982
pasó a integrar el departamento de Ucayali, teniendo como capital la ciudad de
Pucallpa. Su nombre recuerda al Coronel Pedro Portillo, Prefecto de Loreto y
funcionario del Ministerio de Fomento, puestos desde los cuales impulsó la Exploración
y el desarrollo de las comunicaciones En la Región.
Plaza de Pucallpa
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
Mapa de Ucayali y Coronel Portillo
La Provincia peruana de Coronel Portillo es una de las 195 provincias peruanas. Es una
de las cuatro que conforman el departamento de Ucayali, perteneciente a la Región
Ucayali. Limita al norte con el departamento de Loreto, al este con el Brasil, al sur con la
provincia de Atalaya y al oeste con la Provincia de Padre Abad, los departamentos de
Pasco y Huánuco.
GEOGRAFÍA
Esta provincia se encuentra ubicada en la región selva, su suelo es sinuoso y ondulado
en algunas zonas, con más notoriedad al Sur y al Oeste, comprende parte de las cuencas
del río Ucayali y del río Aguaytía, su altitud fluctúa desde los 104 a 2,072 msnm.
HISTORIA
Provincia creada en 1943 dentro de la jurisdicción del Departamento de Loreto. Su
nombre honra la memoria del Coronel Pedro Portillo, prefecto de Loreto (1901-1904) y
funcionario del Ministerio de Fomento, cargos desde los cuales impulsó la exploración y
el desarrollo de las comunicaciones. Entonces estuvo integrada por los siguientes serie
distritos de:
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PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
Callería.
Masisea.
Iparía.
Tahuanía.
Raimondi.
Yurúa.
Purús.
En 1980 se crea el departamento de Ucayali agrupando entonces dos provincias :
Ucayali y Coronel Portillo,que a su vez la integraban los distritos de:
Callería.
Iparía.
Masisea.
Yarinacocha.
Raimondi.
Tahuanía.
Yurúa.
Padre Abad .
Purús.
En 1982 se reordena el departamento de Ucayali conformado por cuatro provincias:
Coronel Portillo, Atalaya, Padre Abad y Purús.
La provincia tiene una extensión de 36 815,86 kilómetros cuadrados y se divide en
siete distritos:
Callería
Campoverde
Iparía
Manantay
Masisea
Yarinacocha
Nueva Requena
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
POBLACIÓN.La provincia tiene una población aproximada de 320 000 habitantes
CAPITAL.La Capital de esta provincia es la ciudad de Pucallpa.
TURISMO.Esta provincia de Coronel Portillo cuenta con paisajes naturales y los
recursos turísticos naturales más importantes son:
Laguna Yarinacocha, en Puerto Callao, distrito de Yarinacocha.
Laguna Cashibococha, en Cashibococha, distrito de Yarinacocha.
Laguna Imiria, en Imiria, distrito de Masisea.
Laguna Chauya, en Chauya, distrito de Masisea.
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Vista satelital de Ucayali
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
PETITORIO MINERO NOAYA - UCAYALI
UBICACIÓN DEL PETITORIO MINERO
Departamento : Ucayali
Zona o franja : 18
Hoja : 19-O
Nombre de la Hoja : Nelille
ZONA 19-O
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[PETITORIO MINERO] LEGISLACIÓN MINERA
CONCLUSIONES
El proceso de concesión minera esta estipulado con una serie de reglamentos
que instrictamente se deben cumplir por los interesados en realizar la
concesión.
Para poder llevar a cabo con toda facilidad cualquier tramite legal es necesario
cumplir los pasos recomendados por el INACC y el INGEMMET para evitar
problemas a futuro.
En caso de darse el caso de que haya una zona de translape o superposicion en
una concesión minera debemos tener en cuenta todos los conocimientos
aprendidos en el curso para aplicarlos en esta problemática, sin dejar del lado
las normas para estos casos que nos dan el INACC y el INGEMMET.
Los vertices en la concesión deben estar claramente establecidos en
coordenadas UTM PSAD 56
Para su legitimidad, así como también escribirlas en el formato de concesión
minera en sentido horario.
Se debe tener en cuenta que estas concesiones mineras no deben estar en zonas
arqueológicas, zonas protegidas, parques nacionales, u con otro régimen
establecido por el estado o gobiernos locales.
BIBLIGRAFIA
INGEMMET/PETITORIO.minero2008formato.pdf.
Cuadrangul-de/Noaya/INGEMMET
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