ordenamiento territorial colombia
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ORDENAMIENTO TERRITORIAL
MIKE SERNA.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
Artículo 288.“La ley orgánica de ordenamiento territorialestablecerá la distribución de competenciasentre la Nación y las entidadesterritoriales…”
LEY 388 DE 1997
Minvivienda, realiza acompañamientotécnico a las entidades territoriales en losprocesos relacionados con la formulación eimplementación de planes de ordenamientoTerritorial.
TIPOS DE POT EXISTENTESDe acuerdo con la población de cada municipio:
Plan de Ordenamiento Territorial (POT): Municipios con más de 100.000 habitantes.Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT): Municipios entre 30.000 y 100.000 habitantes.Esquema Básico de Ordenamiento Territorial (EOT): Municipios con menos de 30.000 habitantes.
Contenido Estructural. Largo plazo
• Tres Periodos ConstitucionalesContenido Urbano y
rural. Mediano y corto plazo• Dos Periodos
ConstitucionalesContenido Urbano y rural. Programa de ejecucción, corto plazo.
• Un periodo Constitucional
VIGENCIA Y REVISIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO
LEY 1454 DE JUNIO 28 DE 2011.
La Ley Orgánica de Ordenamiento territorial, fue expedida después de haber sido presentada 19 veces ante el Congreso de la Republica.
OBJETO
• Dictar normas orgánicas • Establecer principios• Definir marco institucional • Definir competencias• Establecer normas generales para la
organización territorial.
DEFINICIÓNInstrumento de planificación y gestión de lasentidades territoriales y un proceso deconstrucción colectiva del país.
FINALIDADPromover la descentralización,planeación, gestión y administración delos intereses de las entidades territorialesy las instancias de integración territorial yfomentar el traslado de competencias.
PRINCIPIOS RECTORES • Soberanía y unidad nacional• Autonomía• Sostenibilidad • Participación• Solidaridad y equidad territorial • Diversidad• Gradualidad y Flexibilidad• Prospectiva• Responsabilidad y Transparencia • Equidad social y Equilibrio territorial • Economía y buen gobierno
• Paz y Convivencia;• Sociabilidad;• Multietnicidad.• Descentralización• Integración • Regionalización
COMISIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (COT)
Organismo de carácter técnico asesor queevaluará, revisará y sugerirá al GobiernoNacional y al Congreso de la Republica, laadopción de políticas, desarrolloslegislativos y criterios para la mejororganización del Estado en el territorio.
LAS COMISIONES REGIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Serán creadas por las Asambleas y losConcejos a través de sus respectivasnormas.
CONFORMACIÓN• Comisión Departamental.• Comisión Municipal.
ESQUEMAS ASOCIATIVOS
Son aquellos procesos de asociaciónentre los entes territoriales para la librey voluntaria conformación de alianzasestratégicas que impulsen desarrolloautónomo y sostenible de lascomunidades.
TIPOS DE ESQUEMAS ASOCIATIVOS TERRITORIALES
Regiones administrativas y de planificación,las regiones de planeación y gestión, lasasociaciones de departamentos, las áreasmetropolitanas, las asociaciones de distritosespeciales, las provincias administrativas yde planificación y las asociaciones demunicipios.
• Asociaciones de entidades territoriales• Asociación de departamentos• Asociación de distritos especiales• Asociación de municipios • Asociación de áreas metropolitanas• Provincias Administrativas y de
Planificación
CONTRATOS O CONVENIOS-PLAN
Es el convenio que puede llevar a cabo laNación con los entes territoriales,asociaciones de entes territoriales y con lasáreas metropolitanas para la ejecuciónasociada de proyectos estratégicos dedesarrollo territorial.
POLÍTICA LEGISLATIVA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Se parte de que el objetivo de la legislaciónterritorial es delegar funciones ycompetencias del nivel nacional al ordenterritorial
LA LEY
Establecerá regímenes especiales y diferenciados de gestión administrativa y fiscal para uno o varios departamentos,
LA LEY
Establecerá categorías de losmunicipios de acuerdo a su población,sus recursos, importancia económica ySituación geográfica.
LA CREACIÓN DE DEPARTAMENTOS
Deberá contar con concepto de la Comisiónde Ordenamiento territorial y el DepartamentoNacional de Planeación con aprobación delCongreso previa convocatoria a consultapopular.
ÁREAS METROPOLITANAS Tendrán un régimen fiscal especial, ademásde los recursos que integran el patrimonio yla renta de las mismas se especificaran losaportes de las entidades territoriales queformaran parte de ellas, así como losporcentajes de aportes.
AUTONOMÍAEn cuanto a competencia, losdepartamentos y municipios podrándeterminar estructura y funcionesconstitucionales. Estos no están sometidosa revisión, aprobación o autorización de lasautoridades nacionales.
NACIÓN• Establecer política de ordenamiento al territorio en asuntos
nacionales• Localizar grandes proyectos de infraestructura• Determinar áreas limitadas• Lineamientos de procesos de urbanización y sistemas de
ciudades• Lineamientos para equitativa distribución de cargas y
beneficios en temas de servicios públicos e infraestructura• Conservación y protección de áreas de importancia histórica y
cultural• Definir principios de economía y buen gobierno mínimos que
den cumplir los entes territoriales
DEPARTAMENTO• Establecer directrices y orientaciones para ordenamiento de parte o la
totalidad de su territorio, en áreas de conurbación para determinar usos y ocupación de espacio publico
• Definir políticas de asentamientos poblacionales y centros urbanos• Orientar la ubicación de la infraestructura física-social• Integrar y orientar la ubicación espacial de los planes sectoriales
departamentales, de los municipios y entidades territoriales indígenas• Articular sus políticas, directrices y estrategias físico-territoriales con los
planes, programas, proyectos y actuaciones sobre el territorio mediante la adopción de planes de ordenamiento para totalidad o porciones especificas de su territorio.
• Competencias para establecer directrices y orientaciones especificas para el ordenamiento del territorio en los municipios que hacen parte de un Área Metropolitana correspondiente a estas
• Podrán adoptar programas de protección especial y recuperación del medio ambiente.
DISTRITOS ESPECIALES
Dividir el territorio distrital en localidades, de acuerdo a ciertas características
Organizarse como Áreas Metropolitanas, siempre que existan relaciones físicas, sociales, económicas que den lugar a actuar en conjunto.
Dirigir las actividades que le correspondan.
MUNICIPIO
Formular y adoptar los planes de ordenamiento del territorio
Reglamentar de manera especifica los usos del suelo, en áreas urbanas, de expansión y rurales.
Optimizar los recursos de las tierras disponibles y coordinar planes sectoriales, en armonía con políticas nacionales y planes departamentales y metropolitanos.
REGIONES ADMINISTRATIVAS Y DE PLANIFICACIÓN (RAP)
Entidades conformadas por dos o masdepartamentos, con personería jurídica,autonomía financiera, patrimonio propio,Con finalidad orientada a desarrolloregional.
EL CONCEJO REGIONAL ADMINISTRATIVO Y DE PLANIFICACIÓNInstancia técnica y asesora de las RAP,integrado por los gobernadores de losdepartamentos que conformen las regionesde planeación y gestión y por Alcaldes delas Áreas Metropolitanas que existan dentrode la misma.
FONDO DE DESARROLLO REGIONAL
Mecanismo para el desarrollo de lasentidades territoriales del país, cuyafinalidad será la financiación deproyectos regionales de desarrollo.
ZONAS DE INVERSIÓN ESPECIAL PARA SUPERAR LA POBREZA
Receptoras del Fondo de CompensaciónRegional definido por la constitución y la leycomo instrumento para superar condicionesde desequilibrio en el desarrollo económicoy social, serán mecanismos de planificacióne inversión para mejorar las condiciones devida de los habitantes de esas zonas yserán creadas por una sola vez mediantedecreto del Gobierno.
FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL
Mecanismo de generación de equidad yreducción de pobreza, su finalidad es lafinanciación de proyectos en las zonas deinversión especial para superar pobreza.
GRACIAS
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