ordenamiento ecológico 1
Post on 04-Jul-2015
4.782 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
Ordenamiento
EcológicoPrimera parte
Introducción
Definiciones
Contexto y Bases metodológicas
Dr. Carlos Cáceres Martínez
Depto. de Ing. En Pesquerías UABCS
Introducción
Generación de conflictos
ambientales Percepción de la calidad ambiental
Valores y necesidades de cada individuo
o grupo de interés
Conductas o actitudes
Disminución de la calidad ambiental de
un grupo de interés causada por otro
grupo de interés.
Como actúa la SEMARNAT
(México)
Tomando decisiones que maximicen
el consenso y minimicen el conflicto
Promover la participación de la
sociedad
Presentando información
Dialogando y argumentando para
persuadir con la sociedad
Políticas ambientales. Generación de
Instrumentos de Instrumentos
/Evaluación
Políticas
Ambientales
Evaluacione
s
Surgen de
de
Necesidade
s
Problemas
Restriccion
es
Asignación de
Prioridades
Fomento
Instrumentació
n
Coordinación
Monitoreo
Apoyo
Con
estrategias
permiten
Mediante la
Identificación
de opciones y
mecanismos
Las Políticas Ambientales son el resultado de un proceso
permanente de
aprendizaje, corrección y
renovación de estrategias
que, ante la naturaleza
cambiante del ambiente se
adaptan a las condiciones
predominantes…
Proceso Adaptativo
El ambiente es dinámico: Las políticas ambientales no son
estáticas o vitalicias
Se requiere de una evaluación
constante
En caso de ser necesario, las políticas
pueden ser replanteadas.
Proceso transparente*
SEMARNAT
Existe una asignación selectiva de
recursos limitados:
Aplicar técnicas rigurosas y
sistemáticas de análisis de decisión.
Optimizar el uso de los recursos
federales destinados a la
conservación del patrimonio natural
del país.
* La transparencia se refiere a la participación ciudadana y al ejercicio democrático.
Ordenamiento Ecológico (Definición)
El instrumento de política ambiental
cuyo objeto es regular e inducir el uso del suelo (mar) y las actividades
productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las
tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de
los mismos.
Necesidades Humanas y
Diversidad de Intereses
La satisfacción de necesidades humanas se refleja en intereses sectoriales con respecto al aprovechamiento de los recursos naturales.
Estos intereses a menudo se contraponen entre sí, reflejándose en una competencia por el uso del territorio.
La contraposición de intereses se manifiesta como conflictos ambientales con respecto al patrón de ocupación territorial.
Planeación Sectorizada
Las dependencias y entidades de la Administración pública Federal formulan planes sectoriales al inicio de una administración.
Por su origen, este tipo de planeación hace difícil la articulación de políticas, programas y acciones de gobierno.
De este modo, cuando los programas y acciones de diferentes dependencias coinciden en el territorio, pueden generarse conflictos sectoriales.
Conceptos
Interés sectorial Objetivo particular de
personas, organizaciones o instituciones con respecto al uso del territorio.
Actividades incompatibles Se presentan cuando un sector
disminuye la capacidad de otro para aprovechar o conservar los recursos naturales.
Conflictos ambientales Concurrencia de actividades
incompatibles en un área determinada.
Conceptos (continua)
Aptitud del territorio
Capacidad del territorio para el
desarrollo de actividades humanas.
Patrón de ocupación del territorio
Distribución de actividades sectoriales
en el territorio
Objetivos del Ordenamiento
Ecológico Identificar un patrón de distribución de
actividades sectoriales en el territorio que maximice el consenso y minimice el conflicto
Disminuir los conflictos ambientales y sociales
Inducir las actividades productivas hacia las zonas de mayor aptitud y menor impacto ambiental
Lograr el equilibrio entre las actividades productivas y la protección a la naturaleza
Proteger el patrimonio natural Dar certidumbre a la inversión
Metodología
Base conceptual
Sustento en la planeación adaptativa
Definición de un proceso
Aplicación de mecanismos participativos
Consideración de intereses sectoriales y conflictos ambientales
Lineamientos técnicos
Rigor de los datos y la información
Procedimientos sistemáticos y repetibles
Resultados transparentes
Vinculación
Intersectorial e Intrasectorial*
Constitución de grupos colegiados
Compartir información, metas y
objetivos
Identificación de responsabilidades
específicas
Integralidad en la elaboración y
gestión de políticas ambientales
* La sensibilidad política y los compromisos sociales son generadores de conflictos para la
puesta en práctica de procesos de vinculación
Participación Pública
Difusión y acceso a la información
Estandarización y descentralización
Generación de sistemas de
consulta
Documentación de procedimientos
Asociación de intereses sectoriales
y políticas ambientales
Seguimiento
Efectividad y cumplimiento Establecimiento de indicadores de
desempeño. Generación de mecanismos
automatizados.
Actualización Mantener la continuidad del proceso de
planeación. Distinguir la zonificación (que se
decreta) de la instrumentación vía acciones y proyectos (que no se decretan).
Proceso de Ordenamiento
Ecológico
Productos
Convenio de Coordinación
(Comités)
Programa deordenamiento
ecológico
Bitácora ambiental
http://www.semarnat.gob.mx/queessemarnat/politica_ambiental/ordenam
ientoecologico/Pages/inicio.aspx
Convenio de Coordinación
ObjetoFormalizar y coordinar la participación
de los actores en el proceso
Dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal
(México)
Gobiernos estatales
Institucionalizar el proceso
Comité de ordenamiento ecológico
Comité de Ordenamiento
Ecológico Objeto
Promover la participación de los
sectores público, privado y social.
Establecer una agenda conjunta:
Problemas ambientales prioritarios.
Incluir los intereses y las necesidades
sectoriales en el proceso de
planeación
Lograr la congruencia de
planes, programas y acciones
sectoriales en el área de estudio.
Comité de Ordenamiento
Ecológico
El comité no ejerce actos de
autoridad, ya que éstos son
responsabilidad de los funcionarios
públicos SEMARNAT.
La función del comité es establecer
los mecanismos de diálogo y
concertación que permitan que el
programa de ordenamiento
ecológico sea legítimo y
efectivamente dirigido a enfrentar los
conflictos ambientales.
Comité de Ordenamiento
Ecológico
Composición:Órgano ejecutivo
Responsable de la instrumentación
del proceso de ordenamiento
ecológico
Órgano técnico
Responsable de la revisión, validación
de la información técnica que se
requiera dentro del proceso de
ordenamiento ecológico
Programa de Ordenamiento
Ecológico
Objeto
Evaluar y programar la distribución de
actividades en el territorio
Contenido
Modelo de ordenamiento ecológico
Regionalización del territorio
Lineamientos ecológicos
Estrategias ecológicas
Programa de Ordenamiento
Ecológico Los lineamientos ecológicos equivalen a
las metas a alcanzar a mediano y largo plazo.
Por ejemplo restauración de los hábitats naturales en veinte años o bien desarrollo turístico intensivo.
Las estrategias ecológicas están dirigidas hacia el logro de los lineamientos ecológicos y comprenden los compromisos, obligaciones, inversiones y programas que se asocian a cada unidad de gestión ambiental.
Programa de Ordenamiento
EcológicoLos lineamientos ecológicos y las
estrategias ecológicas deben dirigirse a: Identificar las zonas aptas para la
realización de las actividades productivas.
Determinar de manera transparente las condiciones a las que deben sujetarse cualquier proyecto productivo o de infraestructura.
Promover la acción coordinada del gobierno en sus tres niveles, conciliando las necesidades locales con las prioridades nacionales.
La realización del programa de ordenamiento ecológico marino debe basarse en un estudio técnico que deberá de incluir las etapas de:
Caracterización (descripción del estado de los componentes natural, social y económico del área de estudio).
Diagnóstico (identificación y análisis de los conflictos ambientales, a partir de la previsión de las variables naturales, sociales y económicas).
Propuesta (generación del modelo de ordenamiento ecológico del territorio, en el cual se incluirán los lineamientos y estrategias ecológicas).
Programas de ordenamiento
Ecológico Marino Objeto
Establecer los lineamientos y las
previsiones a que deberá sujetarse el
aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales, el mantenimiento
de los bienes y servicios ambientales
y la conservación de los ecosistemas
y la biodiversidad en las zonas
marinas mexicanas y sus zonas
federales adyacentes.
Bitácora ambiental*
Objeto
Registro público del proceso de ordenamiento ecológico. que permite que la sociedad pueda:
Juzgar si se procedió de acuerdo con lo planeado
Comprender los factores que intervinieron en la asignación de lineamientos ecológicos y estrategias ecológicas en cada unidad de gestión ambiental
Fuente de información para la evaluación del cumplimiento y la efectividad del ordenamiento ecológico.
Medio de rendición de cuentas.*Tercer producto del proceso de ordenamiento
Bitácora Ambiental Contenido
Convenio de coordinación
Programa de ordenamiento ecológico
Los indicadores ambientales
Cotejo de acciones y proyectos contra
lineamientos
Las bitácoras ambientales componen el programa nacional de ordenamiento ecológico
Las bitácoras Ambientales
contendrán Indicadores
Ambiental Los requisitos de un indicador ambiental son:
Ser científicamente valido
Ser relativamente independiente del tamaño de muestra
Ser medible con poco error a partir de un método definido
Maximizar la información relevante y minimizar la redundancia
Ser sensible
de amplia aplicación
Capaz de describir la situación en un momento dado
Ser capaz de evaluar tendencias
Ser sencillo y de bajo costo
Ser biológica, social y políticamente relevante
Ser interpretable
Ser actualizado
Ejemplo Bitácora Ambiental de la
costa del estado de Nayarit:
http://www.semanay.nayarit.gob.
mx/bitacora_ambiental.html
Subsistema de Ordenamiento
Ecológico Objeto Integrado al Sistema Nacional de
Información Ambiental y de Recursos Naturales
Congruencia entre los distintos programas de ordenamiento ecológico
Estandarización de la información
Transparencia y acceso a la información
Habrá que generar indicadores o índices que serán definidos por los responsables técnicos de los grupos de estudio o aplicación técnica pero teniendo en cuenta las características e intereses particulares del Ordenamiento.
DGEIA (Dirección General de Estadística e Indicadores Ambientales)
Asesoría Procura concordancia con el Sistema
Nacional de Indicadores Ambientales SNIA
Algunas características
deseables de un índice o
indicador Ser científicamente válido
Relativamente independiente del tamaño de muestra
Ser medible (con poco error, a partir de un método definido)
Maximiza la información relevante y minimiza la redundancia
Ser sensible
De amplia aplicación
Capaz de describir la situación en un momento dado
Ser capaz de evaluar tendencias
Ser sencillo y de bajo costo (en función de su efectividad)
Ser biologica, social y politicamente relevante
Ser interpretable
Ser actualizable
Participación pública en el
Reglamento de ordenamiento
ecológico Integración del Comité de
Ordenamiento Ecológico en el que se promueve la participación de personas, organizaciones, grupos e instituciones de los sectores público, privado y social, con el fin de lograr la congruencia de planes, programas y acciones sectoriales en el área de estudio, así como resolver los conflictos ambientales y promover el desarrollo sustentable (artículo 68).
Otros espacios de participación en
el proceso de ordenamiento
ecológicoTalleres sectoriales
Identificación de intereses sectoriales y los atributos ambientales (etapa de caracterización).
Consultas públicas
Producto final de la etapa de caracterización y la propuesta de programa de ordenamiento ecológico regional.
Bitácora ambiental
Promoción de la participación social corresponsable en la evaluación y la vigilancia de la implementación y la eficacia de las políticas.
Consultas a expertos
Proceso de consulta pública
(mecanismos)I. Publicar un aviso en el Diario Oficial de la
Federación, en los diarios de mayor circulación nacional y en medios remotos o locales de comunicación electrónica, que señale el periodo y los lugares donde se pondrá a disposición del público la información;
II. Poner a disposición del público durante 60 días hábiles en medios remotos o locales de comunicación electrónico, en las oficinas centrales, estatales y regionales de la Secretaría y en las oficinas de sus órganos desconcentrados;
Proceso de consulta pública
III. Establecer los espacios y los medios donde el público podrá manifestar sus observaciones;
IV. Emitir los lineamientos conforme a los cuales se desarrollará el proceso de consulta pública, así como para la presentación, análisis y registro de las observaciones y propuestas que se reciban en la bitácora ambiental; y
V. Analizar las observaciones que se presenten durante el proceso de consulta pública, a efecto de que se consideren en el programa, y en caso de ser desechadas, argumentar las razones técnicas o jurídicas.
Declaratoria del programa de
Ordenamiento Ecológico Marino
Una vez concluido el proceso de
consulta pública de la propuesta del
programa de ordenamiento ecológico la
SEMARNAT pondrá a consideración del
Titular del Ejecutivo Federal la
declaratoria del programa de
ordenamiento ecológico marino, para su
aprobación y publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Declaratorias de los programas
de ordenamiento ecológico
marino Deben contener como mínimo:
I. La delimitación de la zona que abarca el programa;
II. La determinación de la zona a partir de sus características, disponibilidad y demanda de los recursos naturales en ella comprendida, así como el tipo de actividades sectoriales que en las mismas se desarrollen; y
III. Los lineamientos y las estrategias ecológicas, y demás previsiones para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales y la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad.
Evaluación del programa de
ordenamiento ecológico
Cada dos años se deberá determinar
el cumplimiento de las metas
previstas en el programa y evaluar los
resultados respecto de las
expectativas de ordenación del
territorio planteadas.
Modificación de los programas de
ordenamiento ecológico La SEMARNAT promoverá la modificación de los
programas de ordenamiento ecológico cuando:
Los lineamientos y estrategias ecológicas ya no sean necesarios o adecuados para la disminución de los conflictos ambientales y el logro de los indicadores ambientales respectivos
Las perturbaciones en los ecosistemas causadas por fenómenos físicos o meteorológicos que se traduzcan en contingencias ambientales que sean significativas y pongan en riesgo el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales y la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad
Inspección y vigilancia
La PROFEPA llevará a cabo la inspección y vigilancia del cumplimiento de los procesos de ordenamiento ecológico.
La Secretaría de Marina colaborará con la SEMARNAT en las acciones de inspección y vigilancia de los programas de ordenamiento ecológico marino.
La Secretaría fomentará la participación social corresponsable en las acciones de inspección y vigilancia del ordenamiento ecológico.
Inspección y vigilancia
La PROFEPA emitirá recomendaciones y dictámenes técnicos que podrán referirse a:
I. La congruencia que deben guardar los programas de ordenamiento ecológico entre sí;
II. El cumplimiento de la legislación aplicable al ordenamiento ecológico;
III. La actualización de programas de ordenamiento ecológico cuando se considere que no correspondan a las necesidades del área de estudio o cuando las condiciones ambientales de la zona hubieran cambiado;
IV. La congruencia de los programas de ordenamiento ecológico respecto de otros programas sectoriales; y
V. Las demás medidas y acciones que sean necesarias para la efectividad y el cumplimiento de los procesos de ordenamiento ecológico.
Inspección y vigilancia
Los servidores públicos que incurran
en el incumplimiento de las
disposiciones derivadas de este
Reglamento, serán sancionados de
conformidad con la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de
los Servidores Públicos, sin perjuicio
de las responsabilidades civiles o
penales a que haya lugar.
Fin de la primera parte:
Introducción
Vínculo con Dr. Carlos J. Cáceres Martínez
top related