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TERCERA SESIÓN ORDINARIA Oleoducto Nor Peruano
Ing. César Gutiérrez Peña Director UTILITIES PERU
Lima, 11 de enero de 2017
COMISIÓN INVESTIGADORA MULTIPATIDARIA PARA DETERMINAR LAS RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS Y PERSONAS NATURALES E INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS QUE RESULTEN RESPONSABLES POR LOS DERRAMES DE PETRÓLEO OCURRIDO EN EL OLEODUCTO NORPERUANO.
1. Descripción de infraestructura
1.1. Descripción general del ONP
1.2. ONP y lotes
1.3. ONP e hidrografía
2. Características operativas
2.1. Capacidad de diseño
2.2. Volumen transportado
2012 2013 2014 2015
Tramo I 6.0 6.1 10.4 8.6
Ramal Norte 15.4 15.1 13.0 9.7
Tramo II 21.2 21.5 23.7 17.5
0.0
5.0
10.0
15.0
20.0
25.0
MBDC
Volumen transportado por el Oleoducto Nor Peruano
Fuente: Petroperú
2.3. Producción de crudo de lotes 192, 8 y 67
3. Fallas en el ONP
10
3.1. Fallas del ONP 2011 - 2016
3.1. Fallas del ONP 2011 - 2016
3.2. Fallas del ONP 2016
4. Producción y cargas de crudo reducido
4.1. Cargas vs Producción de crudo reducido - 2015 (MBDC)
5. Canon y sobrecanon
5.1. Canon y sobrecanon de Loreto/Ucayali
Lote
A enero 2015(*) Proyectado anual
Volumen Producción / Venta (MBL)
Canasta promedio
(US$/Unidad)
Canon y Sobrecanon (MMUS$) Canon y Sobrecanon (MMUS$)
Localidad 1 Localidad 2 Total Localidad 1 Localidad 2 Total
192 348 33.68 1.76 0.44 2.20 21.09 5.27 26.36
8 261 34.10 1.33 0.33 1.66 15.98 4.00 19.98
67 140 3.72 0.08 0.02 0.10 0.92 0.23 1.15
Total 3.17 0.79 3.96 37.99 9.50 47.48
(*) Se toma como referencia el mes de enero por registrar el mayor volumen producido del 2015 a pesar que el valor de la canasta no es el más alto del año. Localidad 1: Loreto (15%) Localidad 2: Ucayali (3.75%) Fuente: Perupetro
6. Rentabilidad del ONP
6.1. Petróleos del Perú - Petroperú S.A. Estado de Resultados
Al 31 de diciembre
Fuente: Petroperú
Resultados Integrales
2016 (Auditado)
2015 (Auditado)
2014 (Ajustado)
2013 (Auditado)
MMUS$ % MMUS$ % MMUS$ % MMUS$ %
Total Ingresos Brutos 2,420.9 100.0% 3,738.9 100.0% 5,302.3 100.0% 5,641.6 100.0%
Utilidad Bruta 439.7 18.2% 634.9 17.0% 334.2 6.3% 500.0 8.9%
(Pérdida) Utilidad Operativa 178.2 7.4% 296.8 7.9% (49.4) -0.9% 128.5 2.3%
(Pérdida) Utilidad del Año 118.0 4.9% 157.9 4.2% (76.9) -1.5% 34.1 0.6%
Resultados por unidad generadora de efectivo
2016 (Auditado)
2015 (Auditado)
2014 (Ajustado)
2013 (Auditado)
Operaciones oleoducto MMUS$ % MMUS$ % MMUS$ % MMUS$ %
Prestación de servicios 4.8 100.0% 58.3 100.0% 60.6 100.0% 54.1 100.0%
Costo de ventas (30.5) -637.0% (47.4) -81.4% (43.6) -71.9% (45.8) -84.6%
Transferencias 1.9 39.9% 10.4 17.8% 4.9 8.1% 8.3 15.4%
Ganancia (Pérdida) bruta (23.8) -497.0% 21.2 36.4% 21.9 36.2% 16.7 30.8%
Gastos de administración (14.3) -298.1% (27.9) -47.8% (14.4) -23.7% (14.8) -27.3%
Otros ingresos y gastos (65.4) -1364.5% 2.2 3.7% 4.2 7.0% (0.5) -1.0%
Ganancia (Pérdida) operativa (103.4) -2159.7% (4.5) -7.7% 11.8 19.4% 1.3 2.5%
Ganancia (Pérdida) neta del ejercicio (76.1) -1589.0% (9.5) -16.3% 10.7 17.6% 1.0 1.9%
6.2. Cálculo de la inversión
7. Programa de adecuación del ONP
7.1. DECRETO SUPREMO N° 081-2007-EM
• REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS POR DUCTOS, aprobado por DECRETO SUPREMO N° 081-2007-EM, publicado el 22/11/2007
7.2. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 453-2016-MEM/DM
• RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 453-2016-MEM/DM, publicada el 28/10/2016
• Exoneran de su cumplimiento a diversos artículos de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobados por D.S N° 081-2007-EM, por parte de los Operadores de Ductos
7.3. Artículos del Anexo 1 exonerados de cumplimiento
Artículos exonerados:
• Artículo 17º.- Válvulas de bloqueo del Ducto
• Artículo 18º.- Trampas de lanzamiento y recepción de Raspatubos
• Artículo 21º.- Obligación de contar con Sistemas SCADA
• Artículo 41º.- Cruces de cursos de agua, líneas férreas y carreteras
• Artículo 43º.- Señalización del Derecho de Vía
• Artículo 57º.- Protección contra la corrosión interior
• Artículo 58º.- Requerimientos de Protección Catódica
• Artículo 62º.- Contenido del Manual de Operación y Mantenimiento
• DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
• Única.- Ductos instalados en la superficie
7.4. Artículos del Anexo 2 exonerados de cumplimiento
Artículos exonerados:
• Todos los artículos
Sistema de Integridad de Ductos: Sistema de gestión diseñado para administrar en forma integral la aplicación de las normas que rigen las actividades de hidrocarburos, con el objeto de disminuir los riesgos de fallas y los incidentes que atenten contra la seguridad y el ambiente, incidiendo en la sistematización de los procedimientos y controles necesarios para ello, llevando en si su desarrollo, perfeccionamiento y mejora continua.
7.5. Programa de adecuación del ONP
15/09/1999 • Reglamento. Transporte de Hidrocarburos por Ductos (D.S. 041-99-EM) No obliga el uso de raspatubos inteligentes.
23 /11/2007 • Entró en vigencia el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos Decreto Supremo N° 081-2007-EM.
05/03/2009 • Se aprobó el Programa de Adecuación del Oleoducto Nor Peruano.
• Fecha de vencimiento: 31/12/2014.
03/12/2014 • Petroperú solicita ampliación de plazo al Programa de Adecuación.
03/01/2015 • Osinergmin verificó que la empresa Petroperú, cumplió parcialmente con las actividades del Programa de Adecuación.
• Estado de cumplimiento: 45%
28/01/2015 • Se declara improcedente el pedido de ampliación de plazos.
02/02/2015 • Osinergmin inició un procedimiento sancionador a Petroperú, por las actividades no concluidas al término del plazo de
adecuación.
13/05/2016 • Osinergmin confirma en ultima instancia la sanción por 3,200 UIT.
Fuente: Osinergmin
8. Operación segura del ONP y reorganización de Petroperú
8.1. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1292
• DECRETO LEGISLATIVO Nº 1292, publicado el 29/12/2016
• Decreto legislativo que declara de necesidad pública y de interés nacional la operación segura del oleoducto norperuano y dispone la reorganización y mejora del gobierno corporativo de PETROPERÚ S.A.
Ley N° 30130 Artículo 6. Actividades de PETROPERÚ Establécese que PETROPERÚ puede realizar actividades y proyectos de inversión, siempre y cuando no generen a la empresa pasivos firmes o contingentes, presentes o futuros, no afecten las garantías del PMRT y no demanden recursos al Tesoro Público.
8.1. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1292
• DECRETO LEGISLATIVO Nº 1292, publicado el 29/12/2016
• Decreto legislativo que declara de necesidad pública y de interés nacional la operación segura del oleoducto norperuano y dispone la reorganización y mejora del gobierno corporativo de PETROPERÚ S.A.
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