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DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE
OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA
CIUDAD DE FORMOSA”
LPI Nº 22 / 10
Proyecto: Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande -
Contrato de Préstamo BID 1851/OC-AR Contratante:Unidad Ejecutora del Programa de la Unidad de
Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
PLIEGO DE OBRAS MAYORES
DOCUMENTO VALIDO
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Índice
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
Sección II. Datos de la Licitación
Sección III. Criterios de evaluación y calificación (con precalificación)
Sección III. Criterios de evaluación y calificación (sin precalificación)
Sección IV. Formularios de Licitación
Sección V. Países elegibles
PARTE 2 - Requisitos de las obras
Sección VI. Requisitos de las obras
PARTE 3 - Condiciones contractuales y formularios de contrato
Sección VII. Condiciones generales (CG)
Sección VIII. Condiciones especiales (CE)
Sección IX. Anexo a las condiciones especiales. Formularios de contrato
Guía del usuario
DOCUMENTO VALIDO
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PARTE 1 – PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 4
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
Índice de cláusulas
A. Generalidades ..................................................................................................................
1. Alcance de la Licitación ......................................................................................
2. Fuente de los fondos ...........................................................................................
3. Fraude y Corrupción ...........................................................................................
4. Oferentes elegibles ..............................................................................................
5. Materiales, equipos y servicios elegibles ............................................................
B. Contenido de los Documentos de Licitación ........................................................
6. Secciones de los Documentos de Licitación .......................................................
7. Aclaración del Documento de Licitación, visita al lugar de las obras y
reunión previa a la Licitación .............................................................................
8. Modificación del Documento de Licitación .......................................................
C. Preparación de las Ofertas ........................................................................................
9. Costo de participación en la Licitación ...............................................................
10. Idioma de la Oferta .............................................................................................
11. Documentos que conforman la Oferta ................................................................
12. Carta de la Oferta y formularios .........................................................................
13. Ofertas alternativas .............................................................................................
14. Precios y descuentos de la Oferta .......................................................................
15. Monedas de la Oferta y de pago .........................................................................
16. Documentos que conforman la Propuesta Técnica .............................................
17. Documentos que establecen las calificaciones del Oferente ...............................
18. Período de validez de las Ofertas ........................................................................
19. Garantía de mantenimiento de la Oferta .............................................................
20. Formato y firma de la Oferta ..............................................................................
D. Presentación y apertura de las Ofertas ..................................................................
21. Procedimiento para sellar y marcar las Ofertas ..................................................
22. Plazo para la presentación de las Ofertas ............................................................
23. Ofertas Tardías ....................................................................................................
24. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas ...............................................
25. Apertura de las Ofertas .......................................................................................
E. Evaluación y comparación de las Ofertas ..............................................................
26. Confidencialidad .................................................................................................
27. Aclaración de las Ofertas ....................................................................................
28. Desviaciones, reservas y omisiones ....................................................................
29. Evaluación de las Ofertas para determinar si cumplen las condiciones de la
Licitación ............................................................................................................
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30. Inconformidades no significativas ......................................................................
31. Corrección de errores aritméticos .......................................................................
32. Conversión a una sola moneda ...........................................................................
33. Margen de Preferencia ........................................................................................
34. Evaluación de las Ofertas ....................................................................................
35. Comparación de las Ofertas ................................................................................
36. Calificación del Oferente ....................................................................................
37. Derecho del Contratante de aceptar cualquier Oferta y de rechazar algunas
Ofertas o todas ellas ............................................................................................
F. Adjudicación del contrato ..........................................................................................
38. Criterios de adjudicación ....................................................................................
39. Notificación de la adjudicación ..........................................................................
40. Firma del contrato ...............................................................................................
41. Garantía de Ejecución .........................................................................................
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes
A. Generalidades
1. Alcance de la
Licitación
1.1 El Contratante indicado en los Datos de la Licitación (DDL),
según la definición que consta en las ―Condiciones Generales del
Contrato‖ (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la
Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la Contratación
de las Obras que se especifican en la Sección VI. Requisitos de
las Obras. El nombre y el número de identificación de lotes
(contratos) de la Licitación Pública Internacional están indicados
en las DDL.
1.2 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación:
(a) el término ―por escrito‖ significa comunicado en forma
escrita con prueba de recibido;
(b) salvo en los casos en que el contexto requiera otra cosa, las
palabras en singular también incluyen el plural y las
palabras en plural también incluyen el singular; y
(c) la palabra ―día‖ significa día calendario.
2. Fuente de los
fondos
2.1 El prestatario indicado en los DDL ha solicitado o recibido
financiamiento (en adelante denominados ―fondos‖) del Banco
Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado ―el
Banco‖) para sufragar en parte el costo del proyecto
especificado en los DDL. El Prestatario destinará una porción
de dichos recursos para efectuar pagos elegibles en virtud del
contrato o los contratos para el cual o los cuales se emiten los
presentes Documentos de Licitación.
2.2 El Banco efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una
vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las
estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el
Prestatario y el Banco (en adelante denominado ―el Contrato de
Préstamo‖). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las
condiciones de dicho Contrato de Préstamo. Nadie más que el
Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato de
Préstamo ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento.
3. Fraude y
Corrupción
3.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los
beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y
organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades
o personas Oferentes por participar o participando en proyectos
financiados por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes,
Oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo
sus respectivos funcionarios, empleados y representantes),
observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco todo
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acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga
conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y
las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de
fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción
comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica
fraudulenta; (c) práctica coercitiva; y (d) práctica colusoria. Las
definiciones que se transcriben a continuación corresponden a los
tipos más comunes de fraude y corrupción, pero no son
exhaustivas. Por esta razón, el Banco también adoptará medidas
en caso de hechos o denuncias similares relacionadas con
supuestos actos de fraude y corrupción, aunque no estén
especificados en la lista siguiente. El Banco aplicará en todos los
casos los procedimientos establecidos en la Cláusula 3.1 (c).
(a) El Banco define las expresiones que se indican a
continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,
recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier
cosa de valor para influenciar las acciones de otra
parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión,
incluyendo la tergiversación de hechos y
circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a
alguna parte para obtener un beneficio financiero o de
otra naturaleza o para evadir una obligación.
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o
causar daño, o amenazar con perjudicar o causar
daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a
sus bienes para influenciar las acciones de una parte;
y
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más
partes realizado con la intención de alcanzar un
propósito inapropiado, incluyendo influenciar en
forma inapropiada las acciones de otra parte.
(b) Si el Banco comprueba que, de conformidad con los
procedimientos administrativos del Banco, cualquier firma,
entidad o persona actuando como Oferente o participando
en un proyecto financiado por el Banco incluyendo, entre
otros, prestatarios, Oferentes, proveedores, contratistas,
subcontratistas, consultores y concesionarios, organismos
ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus
respectivos funcionarios, empleados y representantes) ha
cometido un acto de fraude o corrupción, el Banco podrá:
(i) decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación
de un contrato o de un contrato adjudicado para la
adquisición de bienes y la contratación de obras
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 8
financiadas por el Banco;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se
determina, en cualquier etapa, que existe evidencia
suficiente para comprobar el hallazgo de que un
empleado, agencia o representante del Prestatario, el
Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha
cometido un acto de fraude o corrupción;
(iii) cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o
de la donación relacionada inequívocamente con un
contrato, cuando exista evidencia de que el
representante del Prestatario, o Beneficiario de una
donación, no ha tomado las medidas correctivas
adecuadas en un plazo que el Banco considere razonable
y de conformidad con las garantías de debido proceso
establecidas en la legislación del país Prestatario;
(iv) emitir una amonestación en el formato de una carta
formal de censura a la conducta de la firma, entidad o
individuo;
(v) declarar a una persona, entidad o firma inelegible, en
forma permanente o por determinado período de
tiempo, para que se le adjudiquen o participen en
contratos bajo proyectos financiados por el Banco,
excepto bajo aquellas condiciones que el Banco
considere ser apropiadas;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas
de hacer cumplir las leyes; y/o
(vii) imponer otras sanciones que considere ser apropiadas
bajo las circunstancias del caso, incluyendo la
imposición de multas que representen para el
Banco un reembolso de los costos vinculados con las
investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán
ser impuestas en forma adicional o en sustitución de
otras sanciones.
(c) El Banco ha establecido un procedimiento
administrativo para los casos de denuncias de fraude y
corrupción dentro del proceso de adquisiciones o la
ejecución de un contrato financiado por el Banco, el cual
está disponible en el sitio virtual del Banco
(www.iadb.org). Para tales propósitos cualquier denuncia
deberá ser presentada a la Oficina de Integridad
Institucional del Banco (OII) para la realización de la
correspondiente investigación. Las denuncias podrán ser
presentadas confidencial o anónimamente.
(d) Los pagos estarán expresamente condicionados a que la
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participación en el proceso de adquisiciones y las
negociaciones o la ejecución de un contrato de quienes
soliciten dichos pagos se haya llevado de acuerdo con las
políticas del Banco aplicables en materia de fraude y
corrupción que se describen en esta Cláusula 3.1., y
(e) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el
Banco de conformidad con las provisiones referidas en el
literal b) de esta Cláusula podrá hacerse de forma pública o
privada, de acuerdo con las políticas del Banco.
3.2 El Banco tendrá el derecho a exigir que, en los contratos
financiados con un préstamo, se incluya una disposición que
exija que los Oferentes, proveedores, contratistas,
subcontratistas, consultores y concesionarios permitan al Banco
revisar sus cuentas y registros y cualquier otros documentos
relacionados con la presentación de propuestas y con el
cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por
auditores designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco
tendrá el derecho a exigir que se incluya en contratos
financiados con un préstamo del Banco una disposición que
requiera que los Oferentes, proveedores, contratistas,
subcontratistas, consultores y concesionarios: (i) conserven
todos los documentos y registros relacionados con los proyectos
financiados por el Banco por un período de tres (3) años luego
de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y
(ii) entreguen todo documento necesario para la investigación
de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a la disposición
del Banco los empleados o agentes de los Oferentes,
proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y
concesionarios que tengan conocimiento del proyecto
financiado por el Banco para responder las consultas
provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador,
agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la
revisión o auditoria de los documentos. Si el Oferente,
proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario
incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma
obstaculiza la revisión del asunto por parte del Banco, el Banco,
bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra
el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor y
concesionario.
3.3 Los Oferentes deberán declarar y garantizar:
(a) que han leído y entendido la prohibición sobre actos
de fraude y corrupción dispuesta por el Banco y se
obligan a observar las normas pertinentes;
(b) que no han incurrido en ninguna infracción sobre
fraude y corrupción descritas en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho
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sustancial durante el proceso de adquisición o
negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas
principales han sido declarados inelegibles para
que se les adjudiquen contratos financiados por el
Banco, ni han sido declarados culpables de delitos
vinculados con fraude o corrupción;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas
principales ha sido director, funcionario o accionista
principal de ninguna otra compañía o entidad que haya
sido declarada inelegible para que se le adjudiquen
contratos financiados por el Banco o ha sido declarado
culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de
representantes, pagos por servicios de facilitación o
acuerdos para compartir ingresos relacionados con el
contrato o el contrato de consultoría financiado por el
Banco; y
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera
de estas garantías constituye el fundamento para la
imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto
de medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
4. Oferentes
elegibles
4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán
ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes de otros
países no serán elegibles para participar en contratos financiados en
todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección V de este
documento se indican los países miembros del Banco al igual que los
criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el país de
origen de los bienes y servicios. Los Oferentes cuya nacionalidad sea
la de un país miembro del Banco, al igual que las obras y los bienes
suministrados en virtud del contrato, no serán elegibles si:
(a) las leyes o las reglamentaciones oficiales del país del
Prestatario prohíben las relaciones comerciales con ese país; o
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del
Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del
Prestatario prohíbe la importación de bienes de ese país o
pagos a una persona o una entidad.
4.2 Un Oferente no podrá tener conflictos de interés. Los Oferentes que
sean considerados que tienen conflictos de interés serán
descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de
interés con una o más partes en este proceso de Licitación, si ellos:
(a) tienen socios mayoritarios en común; o
(b) reciben o han recibido algún subsidio directo o indirecto de
cualquiera de ellos; o
(c) tienen el mismo representante legal para fines de esta
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Licitación; o
(d) tienen una relación mutua, directa o a través de terceros en
común, que les permite tener acceso a información sobre la
Oferta de otro Oferente, o influir sobre la misma, o influir
sobre las decisiones del Contratante respecto de este
proceso de Licitación; o
(e) un Oferente participa en más de una Oferta en este proceso
de Licitación. Si un Oferente participa en más de una
Oferta, se descalificarán todas las Ofertas en las que
participa. Sin embargo, esta disposición no restringe la
inclusión del mismo subcontratista en más de una Oferta; o
(f) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con
una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido
contratada por el Contratante para la prestación de
servicios de consultoría para la preparación del diseño, las
especificaciones y otros documentos que se utilizarán en la
Licitación para la contratación de las obras objeto de estos
Documentos de Licitación; o
(g) han estado Oferente afiliados a una empresa o entidad que
el contratante o el Prestatario haya contratado o haya
propuesto contratar en calidad de Ingeniero para el
contrato.
4.3 Un Oferente que en la fecha de adjudicación del contrato esté bajo
una declaración de inelegibilidad el Banco por el periodo de tiempo
determinado por éste, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula
3 de las IAO, será descalificado.
4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles
solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y
financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no
dependen de ninguna agencia del Contratante.
4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia
satisfactoria de que continúan siendo elegibles, cuando el
Contratante razonablemente la solicite.
4.6 Esta Licitación está abierta únicamente a Oferentes precalificados.
Sin embargo, excepcionalmente, con el consentimiento previo del
Banco, podrá utilizarse la calificación ex-post.
5. Materiales,
equipos y
servicios
elegibles
5.1 Todos los bienes y servicios conexos que hayan de
suministrarse de conformidad con el Contrato y que sean
financiados por el Banco deberán tener su origen en un país
miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países
Elegibles, sujetos a las excepciones de los casos indicados en la
Cláusula 4.1 (a) y (b).
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B. Contenido de los Documentos de Licitación
6. Secciones de
los
Documentos
de Licitación
6.1 Los Documentos de Licitación constan de las Partes 1, 2 y 3, que
incluyen todas las secciones que se indican más abajo, y deberán
leerse en conjunto con cualquier enmienda emitida de
conformidad con la Cláusula 8 de las IAO
PARTE 1 - Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Sección III. Criterios de evaluación y calificación
Sección IV. Formularios de la Oferta
Sección V. Países Elegibles
PARTE 2 - Requisitos de las obras
Sección VI. Requisitos de las obras
PARTE 3 – Condiciones y Formularios del Contrato
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CG)
Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CE)
Sección IX. Apéndice a las Condiciones Especiales –
Formularios del Contrato
6.2 El llamado a Licitación emitido por el Contratante no forma
parte del Documento de Licitación.
6.3 El Contratante no se responsabiliza por la integridad de los
documentos de Licitación y sus enmiendas, si ellos no se
obtuvieren directamente de la fuente señalada por el Contratante
en el llamado a Licitación.
6.4 Los Oferentes deberán estudiar todas las instrucciones,
formularios, condiciones y especificaciones contenidas en el
Documento de Licitación. El incumplimiento por parte del
Oferente del suministro de toda la información o documentación
que se exige en los Documentos de Licitación podría traer como
consecuencia el rechazo de su Oferta.
7. Aclaración del
Documento de
Licitación,
visita al lugar
de las obras y
reunión
previa a la
7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración de los
Documentos de Licitación, deberá comunicarse con el
Contratante por escrito a la dirección correspondiente que se
suministra en los DDL o plantear sus inquietudes en la reunión
previa a la Licitación, si dicha reunión se especifica en la
Cláusula 7.4 de las IAO. El Contratante responderá por escrito a
todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas
solicitudes se reciban por lo menos (21) días antes de que se
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Licitación venza el plazo para la presentación de las Ofertas. El
Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una
descripción de las consultas realizadas, pero sin identificar su
fuente, a todos los que hayan adquirido los Documentos de
Licitación de conformidad con la Cláusula 6.3 de las IAO. Si
como resultado de las aclaraciones el Contratante considera
necesario enmendar el Documento de Licitación, deberá hacerlo
siguiendo el procedimiento indicado en las Cláusulas 8 y 22.2
de las IAO.
7.2 Se recomienda que el Oferente visite y examine el lugar de las
obras y sus alrededores y que obtenga por sí mismo, bajo su
propia responsabilidad, toda la información que pueda necesitar
para preparar la Oferta y celebrar un contrato para la
construcción de las obras. Los costos relativos a la visita al lugar
de las obras correrán por cuenta del Oferente.
7.3 El Contratante autorizará el acceso del Oferente y cualquier
miembro de su personal o representante a sus propiedades y
terrenos para los fines de la visita, sólo bajo la expresa condición
de que el Oferente y cualquier miembro de su personal o
representante eximan y mantengan indemnes al Contratante y a
su personal y representantes de cualquier obligación al respecto,
y se hagan responsables de cualquier muerte o lesión personal,
pérdida de propiedad o daños a la misma, así como de toda otra
pérdida, daño, costos y gastos que se incurran como resultado
de la inspección.
7.4 Se invitará al representante designado por el Oferente a asistir a
una reunión previa a la Licitación, si así se establece en los DDL.
Esta reunión tendrá como finalidad aclarar dudas y responder a
preguntas con respecto a cualquier tema que se plantee durante
esa etapa.
7.5 Se solicita que, en la medida de lo posible, los Oferentes hagan
llegar sus preguntas por escrito al Contratante a más tardar una
semana antes de la reunión.
7.6 El acta de la reunión previa a la Licitación, incluidas las
preguntas planteadas, sin identificar su procedencia, y las
respuestas a éstas, conjuntamente con cualesquiera otras
respuestas preparadas después de la reunión, se transmitirán sin
demora a todos los que hayan adquirido los Documentos de
Licitación de conformidad con la Cláusula 6.3 de las IAO. Toda
modificación de los Documentos de Licitación que pueda ser
necesaria como resultado de la reunión previa a la Licitación
deberá efectuarla el Contratante exclusivamente mediante la
emisión de una enmienda, conforme a la Cláusula 8 de las IAO y
no a través del acta de la reunión previa a la Licitación.
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 14
7.7 No se descalificará a los Oferentes que no asistan a la reunión
previa a la Licitación.
8. Modificación
del
Documento de
Licitación
8.1 El Contratante podrá, en cualquier momento antes del
vencimiento del plazo para la presentación de las Ofertas,
enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de
enmiendas .
8.2 Toda enmienda emitida formará parte de los Documentos de
Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que
hayan obtenido el Documento de Licitación en conformidad con
la Cláusula 6.3 de las IAO.
8.3 El Contratante podrá a su discreción, prorrogar el plazo de
presentación de las Ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes
un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las
enmiendas en la preparación de sus Ofertas, de conformidad con
la Subcláusula 22.2 de las IAO
C. Preparación de las Ofertas
9. Costo de
participación
en la
Licitación
9.1 El Oferente financiará todos los costos relacionados con la
preparación y presentación de su Oferta, y el Contratante no
estará sujeto ni será responsable en caso alguno por dichos
costos, independientemente del resultado del proceso de
Licitación.
10. Idioma de la
Oferta
10.1 La Oferta, así como toda la correspondencia y los documentos
relativos a dicha Oferta que intercambien el Oferente y el
Contratante deberán ser escritos en el idioma especificado en
los DDL. Los documentos de soporte y el material impreso que
formen parte de la Oferta podrán estar en otro idioma, con la
condición que las partes pertinentes estén acompañadas de una
traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL. Para
los efectos de la interpretación de la Oferta, dicha traducción
prevalecerá.
11. Documentos
que
conforman la
Oferta
11.1 La Oferta comprenderá lo siguiente:
(a) carta de la Oferta;
(b) los correspondientes formularios debidamente
completados, incluida la Lista de Cantidades y sus Precios,
de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas 12 y 14 de
las IAO;
(c) garantía de mantenimiento de la Oferta, de conformidad
con la Cláusula 19 de las IAO;
(d) Ofertas alternativas, si se permite, de conformidad con la
Cláusula 13 de las instrucciones a los Oferentes;
(e) confirmación escrita en la que se autorice al firmante de la
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 15
Oferta a comprometer al Oferente, de acuerdo con lo
establecido en la Cláusula 20.2 de las IAO
(f) de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, documentos
comprobantes que demuestren que el Oferente está
calificado para ejecutar el contrato en caso de que su Oferta
sea aceptada;
(g) Propuesta Técnica de conformidad con la Cláusula 16 de
las IAO; y
(h) cualquier otro documento requerido en los DDL.
11.2 Además de los requisitos señalados en la Cláusula 11.1 de las
IAO, las Ofertas presentadas por una Asociación en
Participación, Consorcio o Asociación (APCA), vendrán
acompañadas de una copia del convenio de la APCA celebrado
entre todos los socios. Alternativamente, los socios firmarán y
presentarán junto con la Oferta, una carta de intención para
celebrar un convenio que establezca una APCA en caso de que la
Oferta sea aceptada, junto con una copia del acuerdo propuesto.
12. Carta de la
Oferta y
formularios
12.1 La Carta de la Oferta y los formularios, incluida la Lista de
Cantidades, se prepararán con los formularios pertinentes que se
incluyen en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Los
formularios deberán completarse sin realizar ningún tipo de
modificaciones al texto, y no se aceptarán sustituciones. Todos
los espacios en blanco deberán llenarse con la información
solicitada.
13. Ofertas
alternativas
13.1 A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se
considerarán Ofertas alternativas.
13.2 Cuando se soliciten explícitamente plazos alternativos para la
terminación de los trabajos, ellos se especificarán en los DDL,
al igual que la metodología para evaluarlos.
13.3 Excepto en los casos contemplados en la Cláusula 13.4 de las
IAO, los Oferentes que deseen ofrecer alternativas técnicas a los
requisitos del Documento de Licitación deberán cotizar primero
el diseño propuesto por el Contratante, descrito en el
Documento de Licitación, deberán además presentar toda la
información necesaria para permitir que el Contratante efectúe
una completa evaluación de la alternativa, incluidos planos,
cálculos del diseño, especificaciones técnicas, desgloses de
precios y la metodología de construcción propuesta, así como
cualquier otro detalle pertinente. El Contratante sólo considerará
las alternativas técnicas, de haberlas, del Oferente cuya Oferta se
ajuste a los requisitos técnicos básicos y haya sido la evaluada
más baja.
13.4 Cuando así se especifique en los DDL los Oferentes podrán
presentar soluciones técnicas alternativas para componentes
específicos de las obras; los cuales se identificarán en los
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 16
DDL, junto con la metodología para su evaluación, y se
describirán en la Sección VI, Requisitos de las Obras.
14. Precios y
descuentos de
la Oferta
14.1 Los precios y descuentos que cotice el Oferente en la carta de la
Oferta y la lista de cantidades se ceñirán a los requisitos
indicados más abajo.
14.2 El Oferente indicará las tarifas y los precios unitarios
correspondientes a todos los rubros de las obras que se
especifican en la Lista de Cantidades. Los rubros para los cuales
el Oferente no haya indicado tarifas ni precios unitarios no serán
pagados por el Contratante cuando se ejecuten y se considerarán
incluidos en los precios de los otros rubros de la lista de
Cantidades.
14.3 El precio que se cotice en la Carta de la Oferta (literal c ), de
conformidad con la Cláusula 12.1 de las IAO, será el precio total
de la Oferta, excluido todo descuento ofrecido.
14.4 El Oferente cotizará separadamente cualquier descuento
incondicional e indicará la metodología para su aplicación en la
Carta de la Oferta (literal d), de conformidad con la Cláusula
12.1 de las IAO.
14.5 Salvo disposición en contrario en los DDL y el Contrato, los
precios unitarios y los precios cotizados por el Oferente estarán
sujetos a ajustes durante la ejecución del contrato, de
conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales
del Contrato. En dicho caso, el Oferente deberá señalar los
índices y los coeficientes de ponderación de las fórmulas de
ajuste de precios en el Formulario de Datos de Ajuste, y el
Contratante podrá exigir al Oferente que justifique los índices y
coeficientes de ponderación propuestos.
14.6 Si así se dispone en la Cláusula 1.1 de las IAO, las Ofertas se
harán por lotes individuales (contratos) o por combinación de
lotes (paquetes). Los Oferentes que quieran ofrecer un descuento
en caso de que se les adjudique más de un contrato especificarán
en su Oferta la reducción de precio aplicable a cada paquete o,
alternativamente, a cada contrato individual dentro del paquete.
La reducción de precio o descuento se presentará de
conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 14.4 de las IAO,
siempre y cuando las Ofertas de todos los lotes (contratos) se
presenten y abran al mismo tiempo.
14.7 Los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el
contratista en virtud del contrato, o por cualquier otro motivo, a
partir de 28 días antes de la fecha de presentación de las Ofertas,
se incluirán en los precios y los precios unitarios y en el precio
total de la Oferta que presente el Oferente.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 17
15. Monedas de la
Oferta y de
pago
15.1 La moneda de la Oferta será la estipulada en los DDL.
15.2 El Contratante podrá requerir que los Oferentes justifiquen sus
necesidades de pagos en monedas extranjeras y sustenten las
cantidades incluidas en los precios y precios unitarios que se
indican en el Cuadro C ―Resumen de las Monedas de Pago‖, en
cuyo caso los Oferentes deberán presentar un desglose detallado
de las necesidades en moneda extranjera.
16. Documentos
que
conforman la
Propuesta
Técnica
16.1 El Oferente entregará una Propuesta Técnica con una descripción
de los métodos de trabajo, los equipos, el personal y el
calendario de las obras, así como cualquier otra información
estipulada en la Sección IV, con detalles suficientes para
demostrar que la propuesta del Oferente cumple adecuadamente
los requisitos de la obra y el plazo para completarla.
17. Documentos
que establecen
las
calificaciones
del Oferente
17.1 A fin de determinar sus calificaciones para ejecutar el contrato
de conformidad con la Sección III, Criterios de Evaluación y
Calificación, el Oferente proporcionará la información solicitada
en los correspondientes formularios de información que
aparecen en la Sección IV, Formularios de Licitación.
18. Período de
validez de las
Ofertas
18.1 Las Ofertas deberán mantenerse válidas durante el periodo
determinado en los DDL a partir de la fecha límite para
presentación de Ofertas establecida por el Contratante. Toda
Oferta con un plazo menor será rechazada por el Contratante por
incumplimiento.
18.2 En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de
validez de la Oferta, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes
que extiendan el período de validez de sus Ofertas. Tanto la
solicitud como las respuestas se harán por escrito. Si se solicita una
garantía de la Oferta de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO,
también se prorrogará por un plazo de veintiocho (28) días la fecha
límite del período de validez prorrogado. Los Oferentes podrán
rechazar la solicitud sin por ello perder la garantía de la Oferta. A
los Oferentes que acepten la solicitud no se les pedirá ni se les
permitirá que modifiquen su Oferta, salvo en los casos
contemplados en la Cláusula 18.3 de las IAO.
18.3 En el caso de contratos a precio fijo, si la adjudicación se demora
por más de cincuenta y seis (56) días después de que venza la
validez inicial de la Oferta, podrá ajustarse el precio contractual
por un factor especificado en la solicitud de prórroga. La
evaluación de la Oferta se basará en el precio de la Oferta sin
tomar en cuenta la corrección mencionada.
19. Garantía de
mantenimient
o de la Oferta
19.1 Salvo que se estipule lo contrario en los DDL, el Oferente
deberá presentar como parte de su Oferta el original de una
Garantía de Mantenimiento de la Oferta por la cantidad y en la
moneda estipulada en los DDL.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 18
19.2 Oferta A opción del Oferente, la Garantía de Mantenimiento de
la Oferta deberá ser una garantía a la vista, y a opción del
Oferente, en cualquiera de la siguientes formas:
(a) garantía bancaria incondicional;
(b) carta de crédito irrevocable;
(c) cheque de gerencia o cheque certificado; o
(d) otra garantía definida en los Datos de la Licitación,
emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si
la garantía de mantenimiento de la Oferta que presente el
Oferente es una fianza emitida por una aseguradora o una
compañía afianzadora situada fuera del país del Contratante, la
institución que emite la garantía deberá tener una institución
financiera corresponsal en el país del Contratante que permita
hacer efectiva la garantía. La Garantía de Mantenimiento de
Oferta, deberá estar sustancialmente de acuerdo con alguno de
los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta
incluidos en la Sección IV, Formularios de Licitación, u otro
formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la
presentación de la Oferta. En cualquier caso el formulario de la
Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá incluir el nombre
completo del Oferente. La Garantía de Mantenimiento de la
Oferta permanecerá válida por un período de 28 días
posteriores a la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del
período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la
Cláusula 18.2 de las IAO.
19.3 Si la Subcláusula 19.1 de las IAO exige una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén
acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la Oferta ,
serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
19.4 Las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes
cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto
como sea posible, después que el Oferente al que se haya
adjudicado el Contrato suministre la Garantía de Cumplimiento,
de conformidad con la Cláusula 41 de las IAO.
19.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta del Oferente al que se
adjudica el contrato será devuelta, tan pronto como sea
posible, una vez que dicho Oferente haya firmado el contrato y
suministrado la garantía de cumplimiento del contrato.
19.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer
efectiva Oferta si:
(a) un Oferente retira su Oferta durante el período de validez
de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario
de Presentación de Oferta, salvo lo estipulado en la
Subcláusula 18.2 de las IAO; o
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SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 19
(b) si el Oferente seleccionado:
(i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 40
de las IAO; o
(ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de
conformidad con la Cláusula 41 de las IAO.
19.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta Ofertade una APCA
deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la
Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el
momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento
de la Oferta Ofertadeberá estar en nombre de todos los futuros
socios de la APCA tal como se denomina en la carta de intención
mencionada enlas IAO 4.1.
19.8 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de la
Oferta, el Contratante podrá, si así se contempla en los DDL,
declarar no elegible al Oferente para la adjudicación de un
contrato por el período de tiempo que figure en los DDL, si el
Oferente:
(a) retira su Oferta durante el período de validez que se señala en
el formulario de carta de presentación de Oferta, salvo en los
casos contemplados en la Cláusula 18.2 de las IAO; o
(b) al que se adjudica el contrato:
(i) no firma el contrato de conformidad con lo dispuesto en
la Cláusula 40 de las IAL; o
(ii) no suministra una Garantía de Cumplimiento de
conformidad con la Cláusula 41 de las IAO;
20. Formato y
firma de la
Oferta
20.1 El Oferente preparará un juego original de los documentos que
constituyen la Oferta, según se señala en la Cláusula 11 de las
Instrucciones a los Oferentes, marcándolo claramente como
―ORIGINAL‖. Las Ofertas alternativas, si se permiten de
conformidad con la Cláusula 13 de las instrucciones a los
Oferentes, se marcarán claramente como ―ALTERNATIVA‖.
Además, el Oferente presentará el número de copias de la Oferta
que se indica en los DDL y marcará claramente cada ejemplar
como ―COPIA‖. En el caso de discrepancias el texto original
prevalecerá sobre las copias.
20.2 El original y todas las copias de la Oferta serán mecanografiados o
escritos con tinta indeleble y deberán estar firmados por la persona
debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente. Esta
autorización consistirá en una confirmación escrita, según se
especifica en los DDL, que deberá acompañar a la Oferta. El
nombre y el cargo de cada persona que firme la autorización
deberá escribirse o imprimirse debajo de su firma.
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SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 20
Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán
válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que
firma la Oferta.
D. Presentación y apertura de las Ofertas
21. Procedimiento
para sellar y
marcar las
Ofertas
21.1 Los Oferentes deberán entregar Ofertas el original y cada copia
de la Oferta, inclusive Ofertas alternativas si fueran permitidas
en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres separados,
cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como
―ORIGINAL‖ y ―COPIA‖. Los sobres que contienen el original
y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre.
21.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:
(a) llevar el nombre y la dirección del Oferente;
(b) estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección que se
indica en la Cláusula 22.1 de las IAO;
(c) llevar la identificación específica de este proceso de
Licitación indicado en la Cláusula 1.1 de los DDL; y
(d) incluir una advertencia para no abrir antes de la hora y
fecha de la apertura de la Oferta..
21.3 Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere,
el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta
se extravíe o sea abierta prematuramente.
22. Plazo para la
presentación
de las Ofertas
22.1 El Contratante deberá recibir las Ofertas en la dirección y, a más
tardar, a la hora y fecha que se indican en los DDL.. Los
Oferentes tendrán la opción de presentar sus Ofertas
electrónicamente, cuando así se indique en los DDL. Los
Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán
los procedimientos indicados en los DDL para la presentación
de dichas Ofertas.
22.2 El Contratante podrá, a su arbitrio, prorrogar la fecha límite de
presentación de las Ofertas mediante una enmienda del
Documento de Licitación, de acuerdo con la Cláusula 8 de las
Instrucciones a los Oferentes, en cuyo caso todas las
obligaciones y derechos del Contratante y los Oferentes
anteriormente sujetas a dicha fecha límite quedarán sujetas al
nuevo plazo.
23. Ofertas
Tardías
23.1 El Contratante no considerará ninguna Oferta que llegue con
posterioridad a la hora y fecha límite para la presentación de las
Ofertas, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Toda
Oferta que reciba el Contratante después del plazo límite para la
presentación de las Ofertas será considerada tardía, y será
rechazada y devuelta al Oferente remitente sin abrir.
24. Retiro, 24.1 El Oferente podrá retirar, sustituir o modificar su Oferta después
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SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 21
sustitución y
modificación
de las Ofertas
de presentada, debiendo enviar para ello una comunicación por
escrito, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO,
debidamente firmada por un representante autorizado, y deberá
incluirá una copia de dicha autorización, según lo estipulado en
la Cláusula 20.2 de las IAO ( con excepción de la comunicación
de retiro, que no requiere copias). La sustitución o modificación
correspondiente de la Oferta deberá acompañar a dicha
comunicación por escrito. Todas las comunicaciones deberán
ser:
(a) presentadas de conformidad con las Cláusulas 20 y 21 de las
IAO (con excepción de la comunicación de retiro, que no
requiere copias), y los respectivos sobres deberán estar
claramente marcados ―RETIRO‖, ―SUSTITUCIÓN‖ o
―MODIFICACIÓN‖; y
(b) recibidas por el Contratante antes de la fecha límite
establecida para la presentación de las Ofertas, de
conformidad con la Cláusula 22 de las IAO.
24.2 Las Ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la
Cláusula 24.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los
Oferentes remitentes.
24.3 Ninguna Oferta podrá ser retirada, sustituida ni modificada
durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para
presentar Ofertas y la expiración del período de validez de la
Oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta o
en cualquier otra extensión.
25. Apertura de
las Ofertas
25.1 El Contratante llevará a cabo el Acto de Apertura de las
Ofertas, en público en la dirección, fecha y hora que se señalen
en los DDL. El procedimiento para la apertura de Ofertas que
se hayan presentado electrónicamente en caso de que se permita
usar dicho sistema de conformidad con la Subcláusula 22.1
estará indicado en los DDL.
25.2 Primero se abrirán los sobres marcados como ―RETIRO‖ y se
leerán en voz alta y el sobre con la Oferta correspondiente no
será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá
el retiro de ninguna Oferta a menos que la comunicación de
retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el
retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas.
Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como
―SUSTITUCION‖ se leerán en voz alta y se intercambiará con la
Oferta correspondiente que está siendo sustituida; la Oferta
sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No
se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de
sustitución correspondiente contenga una autorización válida
para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de
apertura de las Ofertas. Los sobres marcados como
―MODIFICACION‖ se abrirán y leerán en voz alta con la Oferta
correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 22
Ofertas a menos que la comunicación de modificación
correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la
modificación y sea leída en voz alta en el Acto de Apertura de
las Ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los
sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de
Apertura de las Ofertas.
25.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz
alta: el nombre del Oferente y si contiene modificaciones; los
precios de la Oferta, incluyendo cualquier descuento u Ofertas
alternativas; la existencia de la Garantía de Mantenimiento de la
Oferta de requerirse; y cualquier otro detalle que el Contratante
considere pertinente. Solamente los descuentos y Ofertas
alternativas leídas en voz alta se considerarán en la evaluación.
Si el Contratante así lo dispone en los DDL, los representantes
del Contratante que asistan a la apertura de Ofertas deberán
marcar sus iniciales en la carta de la Oferta y la Lista de
Cantidades de la manera indicada en los DDL. Ninguna Oferta
será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las Ofertas
tardías, de conformidad con la Subcláusula 23.1 de las IAO.
25.4 El Contratante preparará un acta del Acto de Apertura de las
Ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si
hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por
lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y Ofertas
alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la
Garantía de Mantenimiento de la Oferta, si se requería. Se le
solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que
firmen la hoja de asistencia. La omisión de la firma de un
Oferente no invalidará el contenido y efecto del Acta. Una copia
del Acta será distribuida a los Oferentes.
E. Evaluación y comparación de las Ofertas
26. Confidencialidad 26.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté
oficialmente involucrada con el proceso de la Licitación,
información relacionada con la evaluación de las Ofertas, ni
sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se
haya publicado la adjudicación del Contrato.
26.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al
Contratante en cuanto a la evaluación, comparación de las
Ofertas o la adjudicación del contrato podrá resultar en el
rechazo de su Oferta.
No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 26.2 de las IAO, si
durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha
de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con
el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso
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SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 23
de la Licitación, deberá hacerlo por escrito.
27. Aclaración de
las Ofertas
27.1 Con el fin de facilitar el examen, evaluación y la comparación de
las Ofertas y la calificación de los Oferentes, el Contratante
podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones
a su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una Oferta
presentada por un Oferente cuando dichas aclaraciones no sean
respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de
aclaración del Contratante y la respuesta, deberán ser hechas
por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los
precios ni en la esencia de la Oferta, excepto para confirmar
correcciones de errores aritméticos descubiertos por el
Contratante en la evaluación de las Ofertas, de conformidad con
la Cláusula 31 de las IAO.
27.2 Si un Oferente no ha entregado las aclaraciones a su Oferta en
la fecha y hora fijadas en la solicitud de aclaración del
Contratante, su Oferta podrá ser rechazada.
28. Desviaciones,
reservas y
omisiones
28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplican las siguientes
definiciones:
(a) ―desviación‖ es un apartamiento con respecto a los
requisitos especificados en el Documento de Licitación;
(b) ―reserva‖ es establecer condiciones limitativas o en
abstenerse de aceptar plenamente los requisitos
especificados en el Documento de Licitación; y
(c) ―omisión‖ es la falta de presentación de una parte o de la
totalidad de la información o de la documentación
requerida en el Documento de Licitación.
29. Evaluación de
las Ofertas
para
determinar si
cumplen las
condiciones de
la Licitación
29.1 Para determinar si la Oferta se ajusta sustancialmente a los
Documentos de Licitación, el Contratante se basará en el
contenido de la propia Oferta, según se define en las Cláusula 11
de las IAO.
29.2 Una Oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de
Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y
especificaciones estipulados en dichos documentos sin
desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una
desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) si es aceptada:
(i) afecta de una manera sustancial el alcance, la
calidad o el funcionamiento de las Obras
especificadas en el Contrato; o
(ii) limita de una manera sustancial, contraria a los
Documentos de Licitación, los derechos del
Contratante o las obligaciones del Oferente en
virtud del Contrato; o
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 24
(b) si es rectificada, afectaría injustamente la posición
competitiva de otros Oferentes que presentan Ofertas que
se ajustan sustancialmente a los Documentos de
Licitación.
29.3 El Contratante examinará los aspectos técnicos de la Oferta de
conformidad con la Cláusula 16 de las IAO, Propuesta Técnica,
en particular, con el fin de confirmar que satisface los requisitos
estipulados en la Sección VI, Requisitos de las Obras, sin
desviaciones ni reservas significativas.
29.4 Si una Oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos
de Licitación será rechazada por el Contratante y no podrá
convertirse posteriormente, mediante la corrección o el retiro de
las desviaciones, reservas u omisiones, en una Oferta que se
ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación.
30.
Inconformidades
no significativas
30.1 Si una Oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de
Licitación, el Contratante podrá dispensar inconformidades que
no constituyan una desviación, reserva u omisión significativa.
30.2 Cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de
Licitación, el Contratante podrá solicitar al Oferente que
presente, dentro de un plazo razonable, la información o
documentación necesaria para rectificar inconformidades no
significativas en la Oferta, relacionadas con requisitos referentes
a la documentación. La solicitud de información o
documentación relativa a dichas inconformidades no podrá
estar relacionada de ninguna manera con el precio de la Oferta.
Si el Oferente no cumple la solicitud, podrá rechazarse su Oferta.
30.3 Siempre y cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a las
condiciones establecidas, el Contratante rectificará las faltas de
conformidad no sustanciales relacionadas con el precio de la
Oferta. A esos efectos, se ajustará el precio de la Oferta,
únicamente para fines de comparación, para reflejar el precio de
un rubro o componente que falte o que presente faltas de
conformidad. Dicho ajuste se hará aplicando el método que se
indica en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.
31. Corrección de
errores
aritméticos
31.1 A condición de que la Oferta cumpla sustancialmente con los
Documentos de Licitación, el Contratante corregirá errores
aritméticos de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio
total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las
cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario
y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del
Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto
decimal en el precio unitario, entonces el precio total
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SOLO COMO C
ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 25
cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario;
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o
resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se
corregirá el total; y
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá
el monto expresado en palabras, a menos que la cantidad
expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en
cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de
conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
31.2 Si el Oferente cuya Oferta fue evaluada como la más baja no
acepta la corrección de los errores, su Oferta será rechazada.
32. Conversión a
una sola
moneda
Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá
todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas a la
moneda única indicada en los DDL, utilizando el tipo de cambio
vendedor establecido por la fuente y en la fecha especificada en los
DDL.
33. Margen de
Preferencia
33.1 No se aplicará el Margen de Preferencia.
34. Evaluación de
las Ofertas
34.1 Para evaluar las Oferta, el Contratante utilizará únicamente los
factores, metodologías y criterios definidos en esta Cláusula. No
se permitirá ningún otro criterio ni metodología.
34.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente:
(a) el precio cotizado de la Oferta, excluidos los montos
provisionales y la reserva para imprevistos, de existir tal
reserva, que se indican en el resumen de la Lista de
Cantidades, pero incluidos los rubros correspondientes a
trabajos por día cuyos precios por día se hubiesen obtenido
competitivamente1;
(b) el ajuste de precios por correcciones de errores aritméticos,
de conformidad con la Cláusula 31.1 de las IAO;
(c) el ajuste de precios por descuentos ofrecidos, de
conformidad con la Cláusula 14.4 de las IAO;
(d) la conversión a una sola moneda del monto resultante de la
aplicación de los incisos (a), (b) y (c) supra, si procede, de
conformidad con la Cláusula 32 de las IAO;
(e) el ajuste por faltas de conformidad, según se establece en la
Cláusula 30.3 de las IAO;
1 Para que el trabajo por día pueda cotizarse competitivamente para propósitos de evaluación de las Ofertas, el
Contratante debe preparar una lista tentativa de cantidades para rubros individuales que hayan de utilizarse para
determinar costos de trabajo por día (por ejemplo, número de conductor-días de tractor, o cantidad de toneladas de
cemento Pórtland), que se vayan a multiplicar por los precios cotizados por el Oferente para incluirlos en el precio
total de la Oferta.
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ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 26
(f) ajustes debidos a la aplicación de los factores de
evaluación, indicados en la Sección III, Criterios de
Evaluación y Calificación.
34.3 En la evaluación de la Oferta no se tomará en cuenta el efecto de
las disposiciones de ajuste de precios que se hayan especificado
en las Condiciones del Contrato, aplicadas durante el período de
ejecución del Contrato.
34.4 Si los Documentos de Licitación permiten que los Oferentes
coticen precios separados para diferentes lotes (contratos), y que
se adjudiquen varios lotes (paquetes) a un solo Oferente, en la
Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación, se
especificará la metodología para determinar el precio evaluado
como el más bajo para los paquetes que resulten de combinar los
lotes ofrecidos en las diferentes propuestas, incluidos los
descuentos que se hayan ofrecido.
34.5 Si la Oferta, con el precio evaluado como el más bajo, está
seriamente desequilibrada o implica pagos iniciales abultados a
juicio del Contratante, éste podrá exigir al Oferente que entregue
un análisis detallado de los precios para todos o cualquiera de los
rubros de la lista de cantidades, a fin de demostrar la coherencia
interna de dichos precios con los métodos de construcción y el
calendario previsto. Tras la evaluación de los análisis de precios
y tomando en cuenta el calendario de pagos contractuales
previstos, el Contratante podrá exigir que por cuenta del
Oferente se aumente el monto de la Garantía de Cumplimiento,
para llevarlo a un nivel que proteja al Contratante de pérdidas
financieras en caso de incumplimiento bajo el contrato, por parte
del Oferente ganador.
35. Comparación
de las Ofertas
35.1 El Contratante comparará todas las Ofertas que se ajustan
sustancialmente a los Documentos de Licitación, para
determinar la Oferta evaluada como la más baja, de conformidad
con la Cláusula 34.2 de las IAO.
36. Calificación
del Oferente
36.1 El Contratante determinará a su entera satisfacción si el Oferente
seleccionado como el que ha presentado la Oferta evaluada
como la más baja y que se ajusta sustancialmente a los
Documentos de Licitación, cumple los criterios de calificación
que se especifican en la Sección III, Criterios de Evaluación y
Calificación.
36.2 El resultado se determinará después de analizar los documentos
de calificación presentados por el Oferente para demostrar su
capacidad, de conformidad con la Cláusula 17.1 de las
instrucciones a los Oferentes.
36.3 Una determinación afirmativa será requisito previo para la
adjudicación del Contrato al Oferente. Una determinación
negativa resultará en el rechazo de la Oferta del Oferente, en
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 27
cuyo caso el Contratante procederá a determinar si el Oferente
que presentó la siguiente Oferta evaluada como la más baja está
calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente.
37. Derecho del
Contratante
de aceptar
cualquier
Oferta y de
rechazar
algunas
Ofertas o
todas ellas
37.1 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar
cualquier Oferta, de anular el proceso de Licitación y de rechazar
todas las Ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación
del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna
ante los Oferentes. En caso de anular el proceso, el Contratante
devolverá con prontitud a todos los Oferentes las Ofertas y las
Garantías de Oferta que hubiera recibido.
F. Adjudicación del contrato
38. Criterios de
adjudicación
38.1 El Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta
haya sido evaluada como la más baja de conformidad con IAO
34.4 y cumpla sustancialmente con los requisitos de los
Documentos de Licitación, siempre y cuando el Contratante
determine que el Oferente está calificado para ejecutar el
contrato satisfactoriamente
39. Notificación
de la
adjudicación
39.1 Antes la expiración del período de validez de las Ofertas, el
Contratante notificará por escrito al Oferente seleccionado, que
su Oferta ha sido aceptada. En la carta de notificación
(denominada en lo sucesivo y en las condiciones contractuales y
en los formularios del contrato ―la carta de aceptación‖) se
especificará el monto que el Contratante pagará al contratista
por la ejecución y la terminación de las obras (denominado en lo
sucesivo y en las condiciones contractuales y en los formularios
del contrato ―el precio contractual‖), así como los requisitos para
que el contratista solucione cualquier defecto conforme se
estipula en el contrato. Al mismo tiempo, el Contratante también
notificará los resultados de la Licitación a todos los demás
Oferentes y publicará en los sitios de Internet de United Nations
Development Business y del Banco, los datos de identificación de
la Oferta y de los lotes, además de la siguiente información:
(i) nombre de cada uno de los Oferentes que presentó una Oferta;
(ii) precios de las Ofertas conforme se leyeron en voz alta en la
Apertura de las Ofertas; (iii) nombre y precios evaluados de cada
Oferta considerada; (iv) nombre de los Oferentes cuyas Ofertas
fueron rechazadas, y la razón para los rechazos; y (v) nombre del
Oferente ganador y el precio que ofreció, así como la duración y el
resumen del alcance del contrato adjudicado.
39.2 Mientras se prepara y perfecciona un contrato Formal, la
notificación de adjudicación constituirá el contrato.
39.3 El Contratante responderá con prontitud, por escrito, a todos los
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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 28
Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas para
adjudicación y que, con posterioridad a la notificación de la
adjudicación, de conformidad con la Cláusula 39.1 de las IAO,
soliciten por escrito las razones por las cuales sus Ofertas no
fueron seleccionadas.
40. Firma del
contrato
40.1 Inmediatamente después de la notificación, el Contratante
enviará el contrato al Oferente seleccionado para la adjudicación
del contrato.
40.2 Dentro de un plazo de veintiocho (28) días siguientes de haber
recibido el contracto, el Oferente ganador deberá firmar, fechar y
devolver el contrato al Contratante.
41. Garantía de
Ejecución
41.1 Dentro de un plazo de veintiocho (28) días después de haber
recibido la notificación de la adjudicación por parte del
Contratante, el Oferente seleccionado deberá presentar la
Garantía de Cumplimiento de conformidad con las condiciones
del contrato, sujeto a la Cláusula 34.5 de las IAO, utilizando para
ello el formulario de Garantía de Cumplimiento incluida en la
Sección IX, Apéndice a las condiciones especiales – Formularios
de contrato u otro formulario aceptable para el Contratante. Si el
Oferente seleccionado suministra una fianza como Garantía de
Cumplimiento, dicha fianza deberá haber sido emitida por una
compañía afianzadora o una aseguradora que el Oferente
ganador haya determinado que es aceptable para el Contratante.
Si la fianza la emite una entidad extranjera, ésta deberá tener una
institución financiera corresponsal en el país del Contratante.
El incumplimiento por parte del Oferente seleccionado de sus
obligaciones de presentar la Garantía de Cumplimiento antes
mencionada o de firmar el contrato, constituirá causa suficiente para la
anulación de la adjudicación y para hacer efectiva la Garantía de la
Oferta. En este caso, el Contratante podrá adjudicar el contrato al
Oferente cuya Oferta sea evaluada como la siguiente más baja que se
ajusta sustancialmente a las condiciones de la Licitación y que el
Contratante considere calificado para ejecutar satisfactoriamente el
contrato.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
29
Sección II. Datos de la Licitación
A. Introducción
IAO 1.1 Número de llamado a Licitación: LPI Nº 22/10
Obra: ―VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN
DE LA CIUDAD DE FORMOSA‖.
Plazo: 12 (doce) meses.
Presupuesto oficial y fecha de su cálculo: $ 80.385.443,81 (Pesos Ochenta
Millones Trescientos Ochenta y Cinco Mil cuatrocientos cuarenta y tres
con ochenta y un centavos) al mes de Septiembre de 2010
IAO 1.1 Nombre del Contratante: El Contratante es la Unidad Ejecutora del
Programa de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con
Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios.
IAO 1.2 (c) Se amplía como sigue: ―En los Documentos de Licitación un mes significa
el lapso hasta la misma fecha del mes anterior o siguiente según los casos,
excepto cuando se explicite mes calendario. Un año significa el lapso hasta
el mismo día del año anterior o siguiente según los casos, excepto cuando
se explicite año calendario. Salvo que se especifiquen que son hábiles, los
plazos en días son de días corridos.‖
IAO 2.1 Nombre del Prestatario: Es la Nación Argentina.
IAO 2.1 Nombre del Proyecto: Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande,
Contrato de Préstamo BID1851/OC-AR.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 30
IAO 3.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―La sola presentación de la oferta
en esta licitación, importará por parte de los oferentes una autorización
tácita para que el Banco pueda revisar sus cuentas y registros y cualquier
otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el
cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores
designados por el Banco. De igual modo, se considerará que los oferentes
asumen el compromiso de: (i) conservar todos los documentos y registros
relacionados con los proyectos financiados por el Banco por un período de
tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo
contrato; y (ii) entregar todo documento necesario para la investigación
de denuncias de fraude o corrupción, y poner a la disposición del Banco los
empleados o agentes de los Oferentes, proveedores, contratistas,
subcontratistas, consultores y concesionarios que tengan conocimiento del
proyecto financiado por el Banco para responder las consultas provenientes
de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o
consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoria de los
documentos. Se considera que tal autorización comprende también a los
proveedores, subcontratistas, consultores y concesionarios del oferente,
devenido en contratista. Si el Oferente, proveedor, contratista,
subcontratista, consultor o concesionario incumple el requerimiento del
Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por
parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas
apropiadas contra el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista,
consultor y concesionario.‖
IAO 4.2 (g) Se sustituye el inciso (g) por el siguiente: ―han estado afiliados a una
empresa o entidad que el contratante o el Prestatario haya contratado o
haya propuesto contratar en calidad de inspector de obra para el contrato‖.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección II. Datos de la licitación 31
IAO 4.2 Se agrega:
―Tampoco son elegibles las siguientes personas:
a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas
en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2. y 3.
del inciso b) del artículo 29 del Decreto 1023/2001
b) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las
empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación
suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con
lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble
de la condena
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra
la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o
contra la fe pública o por delitos comprendidos en la
Convención Interamericana contra la Corrupción.
e) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con
sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo
que establezca la reglamentación.
f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en
tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último
párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156, en cuanto a la
rendición de cuentas del empleo de subsidios o aportes
públicos.
Estas inhabilidades también se aplicarán a aquellas empresas cuyos
directores, síndicos o representantes legales, se encuentren comprendidos
en dichas causales o se hubieran desempeñado como directores, síndicos,
socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se
encuentren comprendidas en dichos supuestos; este extremo se aplica a
todos y cada uno de los integrantes de una UTE.‖
IAO 4.6 En el presente pliego se utiliza la postcalificación.
B. Documento de Licitación
IAO 7.1 Dirección del Contratante para fines de aclaración únicamente:
Atención: Mesa de Entradas de la Unidad Ejecutora del Programa de la
Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento
Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios.
Calle/Avenida: Av. Pte. Roque Saenz Peña N° 938
Piso/Número de habitación: 6° Piso
Ciudad: Capital Autónoma de Buenos Aires
Código Postal: C1035AAQ
País: Argentina
Teléfono: 011-4322-0235/0332
Facsímil: 011-4328-8298
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 32
Dirección electrónica: infonortegrande@minplan.gov.ar
IAO 7.1 Se modifica:
“El Contratante responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración,
siempre que dichas solicitudes se reciban por lo menos diez (10) días
hábiles administrativos antes de que venza el plazo para la presentación de
las Ofertas‖
Se agrega:
―El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de clarificación
recibida por lo menos cinco (5) días hábiles administrativos antes de la
fecha límite para la presentación de las Ofertas.
Las comunicaciones se efectuarán por medio fehaciente a todos los
licitantes potenciales que hayan adquirido el Documento de Licitación
El Contratante publicará y mantendrá actualizada en su página de Internet
ucpypfe.gov.ar, la lista de las aclaraciones y enmiendas emitidas y su
texto. Esta publicación no tendrá el carácter de oficial.
La presentación de la oferta implica, sin admitirse prueba en contrario, que
el Licitante conoce y acepta el Documento de Licitación original y sus
modificaciones, aun cuando no haya adquirido la Documentación de
Licitación.‖
IAO 7.2 Se agrega:
―La presentación de una propuesta implica que el Oferente ha visitado y
examinado el Emplazamiento de la Obra y sus alrededores y que ha
obtenido por si mismo, bajo su propia responsabilidad y bajo su propio
riesgo, todos los datos necesarios sobre la configuración y naturaleza del
terreno, así como toda otra información que pudiera ser necesaria para
preparar la oferta y suscribir un Contrato para la construcción de la Obra.
Los costos que ello demande estarán también a cargo del Oferente. No se
realizará una visita al lugar de las obras, organizada por el Contratante.‖
IAO 7.4 No se realizará una reunión previa a la Licitación.
No se efectuará una visita al lugar de las obras, organizada por el
Contratante.
IAO 7.5; 7.6
y 7.7
No Aplican.
C. Preparación de las Ofertas
IAO 10.1 Idioma de la Oferta es el español.
IAO 11.1 a) Se sustituye por: ―Formulario de Oferta‖.
IAO 11.1 b) Se sustituye por: ―los correspondientes formularios debidamente
completados, incluido el Presupuesto de Oferta, de acuerdo con lo
establecido en las Cláusulas 12 y 14 de las IAO‖.
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ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 33
IAO 11.1 d) No aplica.
IAO 11.1 e) Se sustituye por: ―El o los documentos de los que resulte en forma
indubitable que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para
obligar al titular de la misma, con todos los alcances requeridos en los
documentos de la licitación.‖
IAO 11.1 h) La oferta que presente el Oferente deberá comprender los siguientes
elementos agrupados en dos conjuntos:
Conjunto 1 - Documentación de calificación:
a) La remisión a los Antecedente de Uso Múltiple (ADUM),
que más abajo se explican, expresada en el Formulario de
Oferta, cuando así lo decida el Oferente.
b) La información y documentación señalada como punto 4 a
12 en la primera parte del Formulario para la Calificación, de
Autocontrol del Oferente y Control del Contratante, previsto
en la Sección IV.
c) Legajo Nº 1 Requisitos Jurídico Estatutarios.
d) Legajo Nº 2 Requisitos Económico Financiero Contables.
e) Legajo Nº 3 Requisitos Técnicos.
f) En su caso, Legajo Nº 4 para ofertas presentadas por UTEs.
g) Garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto fijado en
esta Sección.
h) El Formulario para la Calificación, de Autocontrol del
Oferente y Control del Contratante, previsto en la Sección IV.
i) Y cualquier otro material que los licitantes deban llenar y
presentar de conformidad con lo especificado en los Datos de
la licitación, excluidos aquellos que directa o indirectamente
revelen el precio ofertado.
El contenido de los Legajos Nº 1, 2, 3 y 4 se detallan en la Sección
IV del Pliego, en el Formulario para la Calificación, de Autocontrol
del Oferente y Control del Contratante, previsto en la Sección IV,
siendo aplicables las siguientes consideraciones.
Legajo Nº 1:
Los requisitos se acreditarán mediante un acta notarial,
certificación notarial, o copia certificada de una de ellas, de
acuerdo con la ley del país del Contratante, y en la que el
escribano interviniente de fe de haber verificado el cumplimiento
por el Licitante de las condiciones exigidas en el Documento de
Licitación que se detallan en el Formulario para la Calificación,
de Autocontrol del Oferente y Control del Contratante, previsto en
la Sección IV. En la certificación deberá incluirse la mención
expresa de cada uno de los requisitos cuyo cumplimiento se ha
verificado.
En el caso de una oferta presentada por una UTE, la información
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Sección II. Datos de la licitación 34
precedente deberá estar referida a cada uno de los miembros del
consorcio, ya sea en una única acta o en un acta para cada
miembro.
Legajo Nº 2:
Todo Licitante deberá incluir en su oferta, una certificación
emitida por un Contador Público Nacional independiente del
Licitante y con firma certificada por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda, en la
que se acredite que se ha verificado el cumplimiento por el
Licitante de los requisitos económico-financieros, contables y
patrimoniales detallados en el Formulario ―Documentación de
Calificación - Planilla de Autocontrol para el Licitante y Control
del Contratante‖, Legajo Nº 2, o la existencia, según
corresponda, de la documentación identificada en dicho Legajo.
En la certificación deberá incluirse la mención expresa de cada
uno de los requisitos cuyo cumplimiento se ha verificado.
Legajo N°3
A fin de acreditar los requisitos técnicos los oferentes deberán
acompañar documentación respaldatoria completa e indubitable
(original o copia certificada notarialmente), de la que surja
claramente los tipos de obras, las características técnicas
sobresalientes de las mismas, los plazos y montos contractuales
originales y definitivos, así como también las Fechas de
Comienzo y de Terminación. Asimismo, se incluirán certificados
de los comitentes que califiquen el desempeño del oferente.
Legajo N°4
En el caso de ofertas presentadas por una UTE deberá incluirse:
(a) La certificación del cumplimiento por cada uno de los
miembros de la UTE de los requisitos estipulados en el
Documento de Licitación para los Licitantes individuales a
los que se refiere el Pliego sin perjuicio del uso de las
facultades de integración y o complementación que el
mismo pliego establece a favor de los miembros de un
consorcio oferente.
(b) El contrato de constitución de la UTE y los datos de
inscripción si ya estuviere inscripto.
(c) Asimismo se deberá detallar como cumple la UTE
Oferente, en su conjunto, con los requisitos técnicos.
Cuando se haga uso de los Antecedentes de Uso Múltiple,
que más abajo se describen, se deberá detallar la
composición del cumplimiento de los requisitos de que se
trate.
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Sección II. Datos de la licitación 35
Conjunto 2 - Oferta Económica.
a) La Oferta en el Formulario de Oferta, incluido en la
Sección IV, con todas las declaraciones y datos
requeridos, según lo previsto en este Documento de
Licitación.
b) Presupuesto de la Oferta, según modelo incluido en la
Sección IV.
c) Análisis de Precios, según modelo incluido en la Sección IV.
d) Todo otro documento que deba presentar el Licitante que
forme parte de la oferta económica.
INTEGRACIÓN DE LA OFERTA CON ―ANTECEDENTES
DE USO MÚLTIPLE‖ (ADUM). Los oferentes que deseen
participar en varias licitaciones del contratante podrán
acompañar determinados antecedentes requeridos por el Pliego
para que sean integrados a su oferta en esta licitación y en las
que se presenten en el futuro. Para ello, deberán llenar y
presentar el formulario que al efecto se incluye en la Sección
IV junto a la documentación que allí se denuncia, si no lo
hubieran hecho previamente,.La oferta se considera integrada
por los ADUM presentados con la misma oferta o con
anterioridad por el oferente, bajo las siguientes condiciones:
Cuando los ADUM han sido presentados en la misma oferta, la
integración es automática.
Cuando los ADUM hayan sido presentados con anterioridad,
se interpretará que el oferente se remite a esos ADUM para
integrar su oferta únicamente si el oferente así lo pide
manifestándolo en forma expresa en el Formulario de Oferta
transcribiendo los datos del Recibo de Presentación de los
Antecedentes de Uso Múltiple.
Dado que es facultativa para el Oferente integrar su nueva
oferta con una ADUM ya presentada, en caso de silencio se
interpretará que en esa Oferta el Oferente decidió no remitirse
a la ADUM ya presentada.
NOTA PARA LOS 4 LEGAJOS y la PLANILLA PARA EL
AUTOCONTROL DEL LICITANTE Y CONTROL DEL
CONTRATANTE: En una Oferta integrada con los ADUM
presentados con anterioridad, no es necesario hacer ninguna
mención sobre los antecedentes en los Legajos o en la
PLANILLA DE AUTOCONTROL, siendo suficiente la
identificación de los mismos realizada en la nota de solicitud
de integración de la oferta con los ADUM.
La planilla de PRESUPUESTO DETALLADO DE LA
OFERTA Y LOS ANÁLISIS DE PRECIOS deberán
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ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 36
presentarse en papel y en formato digital (planilla de cálculo
tipo Excel o similar), teniendo preeminencia la planilla
presentada en papel sobre la presentada en formato digital. Un
formulario de planilla de oferta en soporte magnético será
provisto por el contratante.
IAO 11.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Además de los requisitos
señalados en la Cláusula 11.1 de las IAO, las ofertas presentadas por
Uniones Transitorias de Empresas (UTEs), en los términos de lo dispuesto
por el capítulo III, Sección II de la Ley de Sociedades (N°19.550), deberán
presentar el Convenio de Constitución, -o el Compromiso de Constitución,
si aún no estuviesen legalmente constituidas-, en el que deberá indicarse,
ineludiblemente, la responsabilidad solidaria y mancomunada de cada uno
de los integrantes del consorcio frente al contratante. También deberá
indicarse la firma que será representante de la UTE ante el contratante y el
porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la UTE.‖
IAO 12.1 Se sustituye la primera oración de la cláusula por la siguiente: ―El
Formulario de Oferta y el de Presupuesto de Oferta se prepararán con los
formularios pertinentes que se incluyen en la Sección IV.‖
IAO 13.1 No se permitirán Ofertas alternativas.
IAO 13.2 No se permitirán plazos alternativos de terminación de las obras.
IAO 13.4 No se permitirán soluciones técnicas alternativas.
Los oferentes incluirán en el Conjunto 2 - Oferta Económica, un plan de
ejecución de la obra, indicando los procedimientos constructivos a aplicar
para todas las partes de la misma.
IAO 14.1 Se sustituye el artículo por el siguiente: ―Los precios y descuentos que
cotice el Oferente en el Formulario de Oferta y en el Formulario de
Presupuesto de Oferta, se ceñirán a los requisitos indicados más abajo.‖
IAO 14.5 El precio del Contrato queda sujeto a la redeterminación de precios
prevista en la Sección VII Condiciones Generales del Contrato del Pliego.
IAO 14.6 No aplica.
IAO 15.1 La moneda del País del Contratante es el Peso de curso legal en la
República Argentina.
El Oferente deberá expresar el precio de su Oferta en la moneda del país
del Contratante.
IAO 15.2 El Oferente podrá requerir en su Oferta, que los pagos se efectúen hasta en
tres monedas extranjeras de su elección, las que deberán estar debidamente
justificadas y aceptadas por el Contratante.
Los valores requeridos en monedas extranjeras podrán ser expresados:
i) como porcentaje del precio ofertado o
ii) a valores nominales de las distintas monedas.
En el caso i), se establecerá el valor nominal de la/s moneda/s extranjera/s
aplicando la tasa de cambio tipo vendedor, informada por el Banco de la
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ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 37
Nación Argentina a los 10 días hábiles anteriores a la fecha límite de
presentación de las ofertas.
En el caso ii), para determinar la parte del precio ofertado que deberá ser
abonado en moneda local, los valores nominales requeridos en moneda
extranjera serán convertidos a la moneda local, aplicando la misma tasa,
fuente y día de cotización establecida en el punto anterior.
IAO 18.1 Los oferentes están obligados a mantener su oferta durante un plazo de
noventa (90) días contados a partir de la fecha de apertura de la misma.
IAO 18.2 Se sustituye por la siguiente ―El plazo de mantenimiento de la Oferta
quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación.
Dentro de dicha prórroga los oferentes podrán manifestar su voluntad de
retirar la Oferta, lo cual tendrá efecto a partir del día posterior a la
notificación fehaciente de dicha manifestación.‖
IAO 18.3 No aplica.
IAO 19.1 El oferente deberá asegurar el mantenimiento de su Oferta mediante la
constitución de garantía a favor del Contratante, cuyo monto será en pesos
y constituida por el uno por ciento (1%) del monto del presupuesto oficial
de la obra que se licita, en alguna de las formas indicadas en las
Instrucciones a los Oferentes, Cláusula 19.2 y en los DDL, cláusula 19.2.
IAO 19.2 Se agrega a la cláusula lo siguiente:
En caso de tratarse de garantías bancarias, el garante deberá constituirse
en fiador solidario, liso y llano y principal pagador, con expresa renuncia
a los beneficios de división y excusión en los términos del Articulo 2013 y
concordantes del Código Civil
Cuando la garantía de mantenimiento de Oferta se constituya mediante un
Seguro de Caución, éste deberá cumplir con los siguientes requisitos:
La correspondiente póliza deberá expresamente manifestar el
carácter del otorgante de fiador, liso y llano y principal pagador,
con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos
del artículo 2013 del Código Civil y artículo 480 del código de
Comercio.
El texto del seguro de caución deberá indicar la identificación del
proceso de licitación y cualquier otra norma o documento que exija
la emisión de la misma, y deberá indicar el período de duración,
que en ningún caso será inferior al período exigido al respecto, y
sus prórrogas. Las firmas de los representantes legales de la
aseguradora deberán hallarse certificadas por Escribano Público y
legalizadas por el Colegio de Escribanos respectivo.
En caso de coseguro, la póliza deberá contener los porcentajes que
cada asegurador toma a su cargo.
Los aseguradores deberán presentar un certificado de las entidades
de reaseguro con las que actúen que no registran deuda exigible con
dichas instituciones.
Las garantías que se otorguen por cualquier concepto deben establecer en
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ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 38
forma expresa que no serán afectadas por ningún incumplimiento de la
tomadora, que no se encuentran sujetas a condición alguna que pudiera
afectar en forma total o parcial su vigencia, validez o ejecutabilidad.
IAO 19.7 Se sustituye por la siguiente: ―La Garantía de Mantenimiento de la Oferta
presentada por una UTE deberá ser emitida en nombre de ésta. Si la UTE
no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la
Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá estar a nombre de todos
los futuros socios del consorcio‖.
IAO 19.8 No aplica.
IAO 20.1 Número de copias de la Oferta, además del original: 2 (dos) copias.
La documentación incluida en la oferta deberá estar precedida por un índice e
incorporada conforme el orden en que fuera requerida en el Documento de
Licitación. En la oferta presentada por una asociación o grupo la
documentación de todos sus miembros deberá estar agrupada por capítulos
en forma conjunta, para cada uno de los temas requeridos en el Documento
de Licitación y en el orden mencionado.
El Licitante deberá verificar la corrección de su presentación a cuyo fin
deberá incluir en el Conjunto Nº 1, Documentación de Calificación, la
Planilla para Autocontrol del Licitante y Control del Contratante", completa y
firmada por Licitante, de acuerdo con el Formulario que se incluye en la
Sección IV ―Formularios de la Oferta‖.
Todos los documentos que integran la Oferta del Licitante deberán estar
foliados correlativamente. A fin de facilitar la incorporación de la
documentación al expediente de la licitación, los Licitantes deberán observar
las siguientes reglas:
(a) la documentación en lo posible debe ordenarse siguiendo el
esquema de la Planilla de Autocontrol ya mencionada,
(b) no usar el ángulo superior derecho para la foliatura,
(c) encarpetar mediante dos perforaciones centrales simétricas en
el margen izquierdo
(d) ordenar la documentación en volúmenes que no superen las
200 fojas aproximadamente y sin dividir documentos.
NOTA: Cuando con una oferta se presenten "Antecedentes de Uso
Múltiple" los aspectos formales de la presentación de estos se rigen
por lo dispuesto expresamente en el pliego a ese fin en la Nota Final
de la Subcláusula 11.1h)
IAO 20.2 No aplica la segunda oración y se agrega: ―La representatividad del
firmante de la oferta deberá ser acreditada a través de la documentación
que se especifica en el Legajo N°1 (requisitos jurídicos – estatutarios),
mencionados en el artículo 11.1 (h) de estos DDL.‖
D. Presentación y apertura de las Ofertas
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ONSULTA
Sección II. Datos de la licitación 39
IAO 22.1 Dirección del Contratante para fines de presentación de las Ofertas
únicamente:
[Lugar de presentación de las ofertas]
Plazo para la presentación de Ofertas:
Fecha: ______________________________________________________
Hora: _______________________________________________________
Los Oferentes no tendrán la opción de presentar sus Ofertas de manera
electrónica.
IAO 25.1 Lugar donde se realizará la apertura de las Ofertas:
Calle/Avenida y número: _______________________________________
Piso/Número de habilitación: ____________________________________
Ciudad: _____________________________________________________
País: ________________________________________________________
Fecha: ______________________________________________________
Hora: _______________________________________________________
IAO 25.3 El formulario de la Oferta y la lista de cantidades no deberán ir marcadas
con las iniciales de los representantes del Contratante que asistan a la
apertura de las Ofertas.
E. Evaluación y comparación de Ofertas
IAO 30.2 Se agrega al artículo lo siguiente:
―No obstante, se consideran causales de rechazo de la oferta, y como tal no
subsanables, las siguientes circunstancias: no presentación del Formulario
de Oferta o falta de firma del mismo; no presentación de la garantía de
oferta; nacionalidad del oferente u origen de los bienes a ser incorporados a
la obra no elegibles; vínculo entre el oferente o subcontratista con el
Consultor o entidad que haya preparado el diseño, las especificaciones y
demás documentos del proyecto licitado; objeto social ajeno a la actividad
de ejecución de obras (art.58 ley de sociedades); incumplimiento de los
índices económicos exigidos; no haber ejecutado obras de naturaleza y
magnitud similar a la licitada, y/o no haber ejecutado una obra de
complejidad similar a la licitada, todo ello de acuerdo a los parámetros del
Pliego; no alcanzar la facturación mínima requerida en trabajos de
construcción en general; poseer mal desempeño en obras ejecutadas dentro
de los últimos cinco años; y cualquier otra causal que expresamente haya
sido establecida en este Pliego.
Se entenderá por mal desempeño en obras ejecutadas en los últimos 5 años,
a desempeños calificados como regular y malo por los Comitentes de las
obras antecedentes, en los respectivos certificados emitidos. El Contratante
se reserva el derecho de indagar sobre los compromisos contractuales
asumidos por los respectivos oferentes y podrá solicitar información sobre
su comportamiento en las obras ejecutadas, pudiéndo rechazar la oferta en
caso de verificar un mal desempeño.
Asimismo será causal de rechazo de la oferta la presentación en Concurso
Preventivo del Oferente, exceptuándose el supuesto procesal de Acuerdo
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Sección II. Datos de la licitación 40
de Acreedores. En el caso de que el Oferente concursado integre un
consorcio de empresas, esta condición será causal de rechazo de la oferta
de la U.T.E., con el eximente previsto en el párrafo anterior.
También podrá rechazarse una oferta cuando el precio ofertado presente
una diferencia en menos con el presupuesto oficial de tal magnitud que la
convierta al solo juicio del Comitente en una ―oferta temeraria‖ al
estimarse que el Oferente no podrá ejecutar las obras y/o proveer los bienes
por ese precio y en el plazo solicitado.
IAO 32.1
La(s) moneda(s) de la Oferta se convertirá(n) a una sola moneda de la
siguiente manera:
Los requerimientos en moneda extranjera realizados por los oferentes que
se encuentren debidamente justificados, se convertirán en una sola moneda
a los efectos de determinar el precio evaluado de la oferta.
Para fines de evaluar y comparar las Ofertas, la moneda que se usará para
convertir a una sola moneda todos los precios de las Ofertas expresados en
diferentes monedas será la siguiente: Pesos de la República Argentina.
Fuente de la tasa de cambio: Banco de la Nación Argentina.
Fecha de la tasa de cambio: 10 días hábiles antes de la fecha límite para la
presentación de las ofertas.
IAO 34.4 No aplica.
IAO 38.1 Donde dice ―IAO 34.4‖ debe decir ―IAO 35 y 36‖.
IAO 40 Se agrega como 40.3 IAO, lo siguiente:
―Es condición para la Contratación contar con la inscripción en el Registro
de Constructores de Obras Públicas Nacional, adjuntar el Certificado de
Capacidad de Adjudicación (art.26 Decreto 1724/93) y con el Certificado
Fiscal para Contratar expedido por el AFIP (Resolución General 1814),
vigentes.
Los Oferentes extranjeros que no reúnan los requisitos legales para operar
en la República Argentina como empresas locales, deberán cumplirlos
como condición de firma del contrato.‖
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 41
Sección III. Criterios de evaluación y
calificación
Esta Sección contiene todos los criterios que el Contratante deberá usar para evaluar las
Ofertas y calificar a los Oferentes. De conformidad con las Cláusulas 34 y 36 de las
Instrucciones a los Oferentes, no se usarán otros factores, métodos ni criterios. El Oferente
deberá proporcionar toda información solicitada en los formularios incluidos en la Sección IV,
Formularios de Licitación.
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 42
1. Evaluación
Será adjudicada la oferta evaluada como la más baja que se ajuste sustancialmente
a los Documentos de Licitación.
2. Calificación
El Oferente proporcionará la información requerida para evaluar su calificación,
de acuerdo a los parámetros que más abajo se detallan, debiendo usar para ello, en
los casos que corresponda, los formularios que se incluyen en la Sección IV,
Formularios de Licitación.
2.1 Elegibilidad
Con los alcances exigidos en los en las Secciones I del Pliego, se verificará
el cumplimiento de los siguientes aspectos:
2.1.1 Nacionalidad
2.1.2 Conflicto de Intereses, según lo dispuesto en la cláusula IAO 4.2.
2.1.3 Declaración de no Elegibilidad por parte del Banco
2.1.4 Entidad de propiedad del Estado
2.1.5 Exclusión en virtud de las disposiciones legales o la
reglamentación oficiales del país del Prestatario o en cumplimiento de una
decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
2.2 Historial de Incumplimiento de Contratos
2.2.1 Antecedente de Incumplimiento de Contratos.
El Oferente deberá gozar de buen concepto en las obras en que haya
participado en los últimos cinco (5) años. Deberá adjuntar certificaciones
emanadas de los comitentes que acrediten su desempeño en las obras que
denuncie como antecedentes para evaluar su experiencia técnica. El
Comitente se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al
cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos
por el licitante, aún cuando no hubiesen sido denunciados en la oferta. El
Contratante podrá rechazar la oferta en caso de observar un mal
desempeño en las obras en que el licitante, o cualquiera de las
consorcistas, en caso de UTE, haya participado en el período establecido.
2.2.2 Litigios pendientes.
Corresponderá el rechazo de la Oferta de un Oferente individual cuando la
suma total de los importes de todos los litigios judiciales pendientes en los
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 43
cuales el solicitante es demandado represente mas del veinte por ciento
(20%) del patrimonio neto del mismo, siempre que se cumplan alguna de
las dos circunstancias a continuación descriptas:
Exista una sentencia judicial favorable respecto de la pretensión o
demanda (aunque aquella no esté firme), y
Cuando se demandare en virtud de un título que traiga aparejada ejecución.
Aún cuando se dieran todas las circunstancias antes descriptas no
corresponderá el rechazo de la oferta cuando el solicitante hubiese
previsionado el monto del pleito, incorporando el mismo al pasivo del
último estado contable presentado.
Los juicios en los que la empresa sea demandante no serán considerados.
En el caso de una UTE si uno cualquiera de los miembros de la misma
estuviera en la situación descripta corresponderá asimismo el rechazo de la
oferta presentada.
2.3 Situación Económico - Financiera
2.3.1 Situación Financiera
Los oferentes individuales y cada miembro en caso de una UTE, deberán
tener capacidad económico-financiera suficiente conforme a los
parámetros de medición que a continuación se establecen, los que se
calcularán promediando los coeficientes de los tres últimos ejercicios
cerrados a la fecha del acto de apertura de las ofertas:
Liquidez (Activo Corriente/ Pasivo Corriente) = ó > a 1
Liquidez Seca o Prueba Ácida (Activo Corriente – Bienes de Cambio/
Pasivo Corriente) = ó > 0,80
Endeudamiento (Total Pasivo/ Patrimonio Neto) = ó < a 1,40
Rentabilidad (Utilidades antes de Impuestos/ Total Ingreso) > a 0
2.3.2 Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción
El oferente individual deberá demostrar haber alcanzado en obras de
construcción, en doce meses consecutivos dentro de los últimos cuatro (4)
años, contados desde el mes anterior a la fecha de apertura de las ofertas,
una facturación por un valor expresado en PESOS, igual o superior al
monto que surge del producto del Presupuesto Oficial por nueve (9),
dividido el Plazo de Ejecución en meses de la obra licitada. Los oferentes
que tengan una antigüedad menor a cuatro años deberán cumplir, en su
período de actividad, con el requisito solicitado. En el supuesto de que el
oferente acredite facturación en otras monedas, la conversión a pesos se
realizará de acuerdo a la tabla indicada más abajo. La facturación
expresada en moneda local será actualizada mediante el Factor de
Actualización también indicado en la tabla referida precedentemente. El
cumplimiento de esta exigencia deberá ser acreditada, para el caso de
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección III. Criterios de evaluación y calificación 44
oferentes nacionales, a través de una certificación emitida por un contador
público independiente, -o funcionario o profesional con incumbencia y
facultades similares, de acuerdo a la legislación del país del oferente, en el
caso de extranjeros-, con los requisitos que se describen en el formulario
de la Sección IV del Pliego, denominado Documentación de Calificación –
Planilla para el Autocontrol del Oferente y Control del Contratante.
En el caso de UTE, el volumen anual de trabajos de construcción de cada
empresa miembros del consorcio podrá ser sumado para cumplir con el
mínimo requerido, debiendo cada una de las socias cumplir con al menos
el 25%, y al menos una de ellas con el 40%, de la facturación mínima
exigida a un oferente individual.
El Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción que se
requiere para ejecutar la obra no podrá ser inferior a: $33.165.352,26
(Pesos Treinta y Tres Millones Ciento Sesenta y Cinco Mil Trescientos
Cincuenta y Dos con 26/100)
2.4 Experiencia
A los efectos de acreditar su experiencia, de acuerdo a los parámetros que
a continuación se indican, los oferentes deberán adjuntar documentación
completa e indubitable (originales o copias autenticadas) de la que surja
claramente los tipos de obras, las características técnicas sobresalientes,
los plazos insumidos, los montos efectivamente ejecutados, sus Fechas de
Comienzo y de Terminación. Asimismo incluirá un certificado de buen
desempeño emanado del comitente de la obra. Las obras deberán estar
ejecutadas como mínimo en un setenta (70) por ciento. En caso que la
fecha de comienzo fuera anterior al lapso a evaluarse, sólo se considerarán
los trabajos ejecutados dentro de ese período.
2.4.1 Experiencia General en Obras Viales de Magnitud Similar a la
Licitada
Los oferentes individuales deberán acreditar haber ejecutado al menos una
obra en la especialidad vial, de cualquier clase, en los últimos cinco años,
cuya certificación, en los mejores doce meses consecutivos o anualizada,
sea igual o mayor al presupuesto oficial dividido el plazo de la obra
licitada en meses por doce (12), por ochenta centésimos (0,80). Por lo
tanto, el mínimo requerido será de $ 35.376.375,75 (Pesos Treinta y Cinco
Millones Trescientos Setenta y Seis Mil Trescientos Setenta y Cinco con
75/100) Sólo serán anualizables aquellas obras cuyo plazo de ejecución sea igual o
mayor a ocho meses.
Si la certificación ha sido expresada en moneda extranjera, la conversión a
pesos se realizará de acuerdo a la tabla indicada más abajo. La facturación
expresada en moneda local será actualizada mediante el Factor de
Actualización también señalada en la tabla referida precedentemente.
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 45
En el caso de UTE, la certificación mínima exigida podrá ser acreditada a
través de las sumas de los antecedentes de los socios. No obstante, cada
consorcista deberá tener experiencia en la ejecución de una obra de la
especialidad, cuya certificación no sea inferior al 25%, y al menos una de
ellas, no inferior al 40%, del parámetro referido. Los antecedentes
adquiridos como parte de una UTE, tanto en el caso de un oferente
individual, o de un miembro de una UTE oferente, se computan en
proporción a su participación en la UTE que ejecutó la obra denunciada
como antecedente.
2.4.2 Experiencia Específica en Obras de Naturaleza y Complejidad
Similar a la Licitada
Los oferentes individuales deberán acreditar haber ejecutado, en los
últimos cinco años, al menos una obra que se encuadre en las categorías
que se indican al final de esta Sección.
La presente obra se encuadra en la Categoría I De Naturaleza
Esencialmente Caminera, complejidad 4 a)
Para cumplir con la exigencia, en caso de UTE, uno o más miembros
deberán tener dicha experiencia específica, siempre que su participación en
el consorcio, individualmente o en conjunto, no sea ser inferior al 50%.
2.5 Personal
El Oferente deberá demostrar que cuenta con personal clave con
experiencia y calificación acordes a la obra licitada.
A tal efecto, se exigirá que el Representante Técnico y el Jefe de Obra
posean título Universitario en la especialidad, posean una antigüedad en la
matrícula no inferior a la indicada en el siguiente cuadro y experiencia
desempeñando los cargos propuestos en obras de características similares a
la licitada.
El personal para los cargos clave deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
No. Cargo
Experiencia
Total en
Obras
(años)
Experiencia
en obras
similares
(años) 1 Representante Técnico 5 5
2 Jefe de Obra 5 5
3 Capataz de Obra 10 5
4 Topógrafo 7 7
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 46
5 Laboratorista 7 7
El Oferente deberá proporcionar los datos detallados sobre el personal
propuesto y su experiencia, identificándolos en el formulario PER-1
incluido en la Sección IV, Formularios de Licitación y adjuntando sus
Currícula Vitae.
2.6 Equipos
El Oferente deberá demostrar que dispone de los equipos mínimos
necesarios para ejecutar la obra que se enumeran a continuación.
Asimismo deberá denunciar si los mismos son propios o alquilados,
acreditando, según corresponda, propiedad o compromiso cierto de
alquiler y disponibilidad.
No. Tipo de equipo y características Número
mínimo exigido 1 Camionetas 140 HP MÍN 2
2 Camiones volcadores 165 HP MÍN. 8
3 Cargadores frontales 140 HP MÍN. 2
4 Tractores Neumáticos 110 HP MÍN. 2
5 Motoniveladoras 120 HP MÍN. 3
6 Camiones regadores de agua 140 HP MÍN. 2
7 Rastra de discos semipesada 1
8 Rodillo pata de cabra doble ó Rodillo pata de cabra
autopropulsado 115 HP MÍN.
1
9 Rodillo vibrante autopropulsado 120 HP MÍN. 1
10 Rodillo neumático autopropulsado 110 HP MÍN. 1
11 Depósitos de Hormigón 2
12 Planta dosificadora p/hormigón 70 HP MÍN 1
13 Retroexcavadora cargadora 80 HP MÍN. 2
14 Excavadora 145 HP MÍN. 2
15 Grupo electrógeno. 1
16 Hormigoneras de 240 litros 2
17 Vibradores de inmersión 2
18 Aserradora de Juntas 1
19 Sellador de juntas 1
El Oferente deberá proporcionar detalles adicionales sobre los equipos
propuestos en el formulario EQU incluido en la Sección IV, Formularios de
Licitación.
2.7 Propuesta Técnica
El Oferente entregará una Propuesta Técnica con una descripción de los
métodos de trabajo, los equipos, el personal y el calendario de las obras,
así como cualquier otra información estipulada en la Sección IV, con
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 47
detalles suficientes para demostrar que su propuesta cumple
adecuadamente los requisitos de la obra y el plazo para completarla.
2.8 Capacidad de Contratación o Volumen Anual Disponible (V.A.D.)
Los oferentes deberán tener una capacidad de contratación o un volumen
anual disponible igual o superior al monto del presupuesto oficial
anualizado. En caso de UTE, tal requisito deberá ser cumplido en
conjunto.
Los oferentes locales inscriptos en el Registro Nacional de Constructores
de Obras Públicas, acreditarán su capacidad de contratación a través del
Certificado de Contratación Anual del Registro referido. Para el caso de
oferentes extranjeros o empresas locales que no se encuentren inscriptas en
dicho Registro, se evaluará la Capacidad de Contratación mediante el
cálculo del Volumen Anual Disponible, aplicándose la siguiente
metodología:
VAD = CEA – CO
Donde:
CEA = Capacidad de ejecución anualizada
CO = Compromiso de Obra
La CEA se determinará de la siguiente manera: CEA = PB x 1,30
PB = Producción Básica
La Producción Básica (PB) será la mejor facturación obtenida por el
oferente en obras de construcción, en doce meses consecutivos dentro de
los últimos cuatro (4) años, contados desde el mes anterior a la fecha de
apertura de las ofertas. A tal efecto, se tendrá en cuenta facturación
actualizada que acredite para el cumplimiento del requisito exigido por el
numeral 2.3.2 de esta Sección.
El Compromiso de Obra (CO) se determinará como el compromiso
contractual remanente de los doce (12) meses posteriores al mes anterior a
la fecha de apertura, tomados de las obras viales en ejecución o encargadas
o bajo compromiso, denunciadas en el formulario de la Sección IV,
denominado ―Detalle de Obras en Ejecución‖.
Para determinar el Compromiso de Obra (CO), se realizará, para cada obra
contratada, el siguiente cálculo:
CO = A / B x 12
Donde:
A = Saldo del monto contractual actualizado con el Factor de
Actualización y Conversión a Moneda Local.
B = Saldo del plazo contractual en meses.
No obstante, para obras de plazo de hasta seis (6) meses, la ecuación queda
reducida a CO = A
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 48
La suma de los parciales hará el total de CO que se utilizará en la fórmula
del VAD.
El VAD se calculará con relación a todos los contratos que le hayan sido
adjudicados al Licitante a título individual, y la parte proporcional de los
contratos que le hayan sido adjudicados como miembro de una UTE,
computando el valor del contrato ponderado por el porcentaje de
participación del Licitante en la UTE contratista de la obra.
La Capacidad de Contratación Anual o el VAD que se requiere para
ejecutar la obra no podrá ser inferior a: $ 44.220.469,69 (Cuarenta y
Cuatro Millones Doscientos Veinte Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve
con 69/100).
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN Y CONVERSIÓN A MONEDA LOCAL
Los valores en pesos referidos a los requisitos exigidos en los numerales 2.3.2 y
2.4.1 se actualizarán al 1° de enero del año de la apertura de la licitación
utilizando los factores incluidos en la siguiente tabla. Para realizar el cálculo se
multiplicarán los montos históricos por el Factor de Actualización.
AÑO FACTOR DE
ACTUALIZACIÓN*
2005 1,71
2006 1,42
2007 1,29
2008 1,14
2009 1,07
2010 1.00
*corresponde al IPIM relevado por el INDEC
Para los contratos firmados en el exterior y cuyos precios no hayan sido
estipulados en pesos, los montos deberán ser expresados en Dólares
Estadounidenses (U$S), debiendo señalarse el tipo de cambio y su fuente. Dicha
información será convertida a pesos, de acuerdo a la tabla siguiente y luego
actualizada con el FACTOR DE ACTUALIZACIÓN señalado ut supra.
AÑO VALOR DE
CONVERSIÓN A
PESOS
2002 a 2005 1 Dólar = 3 Pesos
2006 en adelante 1 Dólar = 3,10 Pesos
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 49
CATEGORÍAS DE OBRAS
Las obras a licitarse serán encuadradas, según sus características, en alguna de las
siguientes categorías:
I De Naturaleza Esencialmente Caminera
Cuando abarcando los rubros típicos de una obra vial nueva, reconstrucción,
repavimentación o tratamientos superficiales, no incluya puentes, o éstos –
individualmente considerados – no superen los 30 metros de luz total. En el segundo caso,
la incidencia presupuestaria global de los mismos no superará el 50 % del presupuesto
total de la obra.
Dentro de la categoría se considerarán las siguientes complejidades:
1) Movimiento de Suelos y Bases no Cementadas:
Cuando se trate de obras camineras que no incluyan la ejecución de pavimentos
asfálticos o de hormigón ni bases o sub-bases cementadas.
2) Pavimentos Rígidos
3) Pavimentos Flexibles
Cuando se trate de obras camineras que incluyan la ejecución de pavimentos
asfálticos con cualquier tipo de capa de rodamiento y bases o sub-bases u obras
básicas.
4) De repavimentación, refuerzo o reacondicionamiento de la capa de rodamiento. En
este caso las complejidades serán las siguientes:
a) De mezclas asfálticas elaboradas en planta.
b) De tratamientos superficiales triples, dobles o simples.
c) De lechadas asfálticas.
II De Naturaleza Esencialmente de Estructuras Mayores
Construcción, ampliación y/o reparaciones de Puentes de más de 30 metros de luz total
(individualmente considerados), con o sin accesos, y siempre que la incidencia
presupuestaria global de los primeros supere el 50 % del presupuesto total de la obra.
Se considerarán las siguientes complejidades:
1) Puentes de Grandes Luces (Atirantados, Suspendidos, Colgantes, Voladizos
Sucesivos, Por Dovelas, etc.)
2) Puentes Convencionales
a) De Hormigón
b) Metálicos
c) Mixtos
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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 50
d) De Madera
III De Naturaleza Esencialmente de Estructuras Menores
Construcción, ampliación y/o reparaciones de Alcantarillas y Puentes de 30 metros o
menos de luz total (individualmente considerados), con o sin accesos.
IV De Naturaleza Esencialmente Viales Integrales
Cuando abarcando los rubros típicos de una obra vial nueva, reconstrucción,
repavimentación o tratamientos superficiales, incluya uno o más puentes, que –
individualmente considerados– superen los 30 metros de luz total. Se considerarán las
complejidades descriptas en los Rubros I y II complementariamente.
V De Naturaleza Esencialmente de rubros Accesorios del Camino
1. Demarcación Horizontal
2. Señalamiento Vertical
3. Iluminación y/o Semaforización
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51
Sección IV. Formularios de Licitación
Índice de formularios
1. Formulario de Oferta y de Declaración de Elegibilidad
Apéndice del Formulario de la Oferta.
Tabla A. Resumen de las monedas de pago expresados en porcentaje.
Tabla B. Resumen de las monedas de pago expresados en valor nominal.
2. Formulario de Presupuesto de la Oferta.
3. Análisis de Precios Tipo.
4. Formulario Modelo de Información para la Evaluación y Calificación de la
Oferta.
5. Formulario de Detalle de Obras en Ejecución (solo para oferentes extranjeros o
locales no inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública)
6. Formulario para la calificación, de autocontrol del Oferente y control del
Contratante
7. Formulario de presentación de Antecedentes De Uso Múltiple (ADUM)
8. Formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta (Bancaria o Fianza)
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Sección IV. Formularios de Licitación 52
1. Formulario de Oferta y de Declaración de Elegibilidad
Licitación Pública Internacional Nº para la adjudicación del CONTRATO DE OBRA
PÚBLICA de la Obra: ____________________________________________(Nombre de la
obra)
Para: Unidad Ejecutora del Programa de la Unidad de Coordinación de Programas y
Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios)
Domicilio: Hipólito Irigoyen 250 – Piso 12- Oficina 1201 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ofrecemos ejecutar las obras de acuerdo con el Proyecto, demás detalles y condiciones que
figuran en el Pliego de la Licitación ya mencionada, por el Precio total de PESOS.................
.......................($............)
La presente oferta .......(*) se integra con los Antecedentes de Uso Múltiples, ADUM,
presentados con anterioridad por mi representada según Recibo de Presentación de Antecedentes
de Uso Múltiple con los siguientes datos: Presentado con fecha../.../200…, en la Licitación Nº
/...... La presentación del ADUM de que se trata fue identificada con el Nº ....
* SI o NO (Completar según corresponda).
El precio total cotizado es la suma de los precios parciales cotizados según se detalla en el
Formulario de Presupuesto de Oferta y es la contraprestación por la ejecución de todas las
actividades, inclusive las que no han sido individualizadas para las cotizaciones parciales,
necesarias para ejecutar íntegramente la obra proyectada.
Todos los conceptos se usan según la definición dada en el Pliego.
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta más baja ni ninguna otra que
puedan recibir.
Cualquier comisión o gratificación, si la hay, pagada o a ser pagada por nosotros a agentes en
relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, están indicadas a
continuación:
Nombre y dirección Monto y moneda Propósito de la
del Agente Comisión/Gratificación
______________________ ___________________ ___________________
(Nota: Si no hay comisiones/gratificaciones, indicar ―ninguna‖)
Confirmamos por la presente que esta oferta cumple con el período de validez y con la garantía
de Oferta requerida por los Documentos de la Licitación.
También confirmamos por la presente que hemos revisado el Proyecto de la obra y su
documentación accesoria incluida o referida en los documentos de la licitación, y que lo
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Sección IV. Formularios de Licitación 53
adoptamos como propios y aptos para obtener los resultados establecidos en las Condiciones
Generales y Particulares del Contrato.
Somos una empresa local (u originaria de un país miembro del BID). Asimismo, declaramos
expresamente y garantizamos que este oferente, (y todos sus miembros si se trata de una UTE),
no se encuentran incursos en ninguno de los actos de fraude y corrupción enumerados en el
numeral 3.3. de la Sección I del Pliego, no poseen conflictos de interés, de acuerdo a lo previsto
en los distintos apartados de la cláusula 4.2 de la misma Sección, y no están incluidos en
ninguna de las causales de inelegibilidad previstas en la Cláusulas 4 de la Sección 1 y 2 del
Pliego de la Licitación.
Firma Autorizada_____________________________
Nombre y Cargo del Firmante
Empresa : ______________________ [el Oferente] _____________________________
Dirección : ______________________________________________________________
Fecha : _____________
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Sección IV. Formularios de Licitación 54
Apéndice del Formulario de la Oferta
Formulario de Requerimientos de Moneda Extranjera
En el caso de que el Oferente realizara requerimientos de pago en moneda extranjera, deberá
presentar como Apéndice del Formulario de la Oferta, las Tablas A o B siguientes, según si
su requerimiento sea expresado en forma porcentual o a valor nominal respectivamente.
Tabla A. Resumen de las monedas de pago expresados en porcentaje
Obra: Oferente:
Oferta en moneda local: $ …………………….. [1]
Nombre de la
moneda de pago
A
%
(porcentaje)
B
Equivalente en
moneda local
(pesos)
B = A x [1]
C
Tasa de cambio
(unidades de
moneda local por
unidad de moneda
extranjera)
D
Equivalente del
precio ofertado
en moneda local y
extranjeras
(unidades
monetarias)
D = B / C
Moneda local
1,00
Moneda extranjera
No. 1
Moneda extranjera
No. 2
Moneda extranjera
No. 3
Total
100% $ [1]
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ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 55
Se justifica a continuación las razones que respaldan el requerimiento de pago en moneda extranjera:
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
____________________________
DOCUMENTO VALIDO
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Sección IV. Formularios de Licitación 56
Tabla B. Resumen de las monedas de pago expresados en valor nominal
Obra:
Oferente:
Nombre de la
moneda de pago
A
Monto en la
en la moneda
extranjera
B
Tasa de cambio
(unidades de
moneda local por
unidad de moneda
extranjera)
C
Equivalente en
moneda local
C = A x B
Moneda extranjera
No. 1
Moneda extranjera
No. 2
Moneda extranjera
No. 3
Subtotal 1
D. Oferta en moneda local: $ ……………………..
E. Subtotal 1: $...................................
F= D - E. A abonar en moneda local: $ ……………………..
Se justifica a continuación las razones que respaldan el requerimiento de pago en moneda extranjera:
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
____________________________
DOCUMENTO VALIDO
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Sección IV. Formularios de Licitación 57
2. Formulario de Presupuesto de la Oferta
OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 73.700.782,81 EMPRESA: DOMICILIO: FECHA:
Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente
que tenga idéntica estructura
Firma:..........................................................
DOCUMENTO VALIDO
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Sección IV. Formularios de Licitación 58
2. Formulario de Presupuesto de la Oferta (continuación)
OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.
En Letras En numeros
Precio UnitarioImporteCantidadItem
Sub
ItemDesignación Un.
10 Solados de lajas rosadas irregulares
a Contrapiso de Hº pobre
m³ 924,26
b Lajas rosadas irregulares
m2
16.058,13
11 Obras de arte menor - Alcantarillas, Sumideros y Rápidos
a Excavación para Fundación
m³ 1.161,89
b Hormigón H-21
m³ 52,41
c Hormigón H-17
m³ 1.139,66
d Hormigón H-13
m³ 168,00
e Hormigón H-8
m³ 30,22
f Acero especial en barras colocado
Kg 54.645,42
g Caño de chapa de acero D=1.30 - e=1.6mm
m 248,40
h Acero de perfiles laminados para Compuerta
Kg 961,38
Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente que
tenga idéntica estructura
Firma:.............................................................. DOCUMENTO VALID
O
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Sección IV. Formularios de Licitación 59
2. Formulario de Presupuesto de la Oferta (continuación)
OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.
Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente que
tenga idéntica estructura
Firma:..............................................................
DOCUMENTO VALIDO
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Sección IV. Formularios de Licitación 60
2. Formulario de Presupuesto de la Oferta (continuación)
OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.
Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente que
tenga idéntica estructura
Firma:.............................................................. DOCUMENTO VALIDO
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Sección IV. Formularios de Licitación 61
3. Análisis de Precios Tipo
FORMULARIO MODELO DE DETALLE DE LOS PRECIOS UNITARIOS
COTIZADOS
I) Encabezamiento donde se detalle: título y tipo de obra; jornales básicos; mejoras
sociales; etc.
II) Análisis correspondientes a cada uno de los trabajos y materiales que componen la
obra (Los valores de alícuotas aduaneras correspondientes a materiales o equipos de
importación, deberán ser incluidos separadamente del costo de los mismos).:
A) MATERIALES COMERCIALES
Tipo de material
- Costo s/camión o vagón en: (origen) = ................... $/U
- Transporte con ferrocarril: (Detalle) = ........................‖
- Transporte con camión:
................................ km x .................$/kmU = ........................‖
- Incidencia por cruce en balsa, túnel, etc. = ........................‖
- Incidencia por manipuleo y acopio = ........................‖
................... $/U
- Pérdidas: % = ........................‖
........X........ $/U
- Gastos Generales y otros Gastos
Indirectos % s/X =
Beneficios % s/X = ........................‖
...........P...........‖
- Gastos Financieros % s/P = ..........................
..........Q...........‖
- I.V.A. % s/Q = ........................‖
................... $/U
ADOPTADO: ................ $/U DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 62
B) MATERIALES EXPLOTADOS POR EL CONTRATISTA:
Tipo de material .........................
Procedencia .............................
D.M.T. .................................Km
1.- MATERIAL (Excluido el transporte)
- Equipo (Extracción; procesamiento; carga;
etc.)
................HP ........................$
...................‖ ........................‖
.......Z......HP
..........Y...........$
- Rendimiento: .......... U/d
- Amortización e intereses:
......Y......$ x 8 h/d + ......Y......$ x .../a x 8
h/d
= .....................$/d
h 2 x 2.000 h/a
- Reparaciones y repuestos:
.................% de amortización ................. $/d = ........................‖
- Combustibles:
Gas oil: ..... l/HPh x .... Z .... HP x 8 h/d x ......
$/l
= ........................‖
Nafta: ..... l/d x ...... $/l ................ = ........................‖
- Lubricantes:
..... % de combustibles ......... x ......... $/d = ........................‖
- Mano de Obra:
Oficiales: ....... x ...... $/d = ........... $/d
Peones: ....... x ....... ― = ...............‖
............... $/d
Vigilancia: .................. % ...................‖ ........................‖
COSTO DIARIO
= .................... $/d
Costo por U: ............... $/U = ................... $/U
............... U/d
Pérdidas: ............ % = ................... $/U
................... $/U
2.- TRANSPORTE A OBRA
......................Km x ..................$/U Km = ................... $/U
Pérdidas:......... % = ................... $/U
................... $/U
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 63
3.- EXPLOSIVOS: Para obtener el precio de los
mismos en obra, proceder de acuerdo a lo
indicado en A).- Dichos precios deberán
afectarse de los coeficientes que corresponden
para expresarlos en la unidad de medida del ítem.
................... $/U
COSTO TOTAL
1º) + 2º) + 3º) = .... $/u + .... $/u + .... $/u = .........X........$/U
- Gastos Generales y otros Gastos
Indirectos % s/X = ........................‖
Beneficios % s/X = ........................‖
..........P............‖
- Gastos Financieros % s/P = ........................‖
..........Q...........‖
- I.V.A % s/Q = ........................‖
....................$/U
ADOPTADO: ................ $/U
C) DESARROLLO DEL ITEM TIPO CUANDO LOS MATERIALES SE PAGAN
POR ITEM SEPARADOS
Ejecución:
- Equipo: Para obtener su costo diario se
sigue el mismo procedimiento que el
indicado en B-1.
- Rendimiento: .................. U/d
Costo por U: .................. $/d = ........X...$/
U
................. U/d
- Gastos Generales y otros Gastos
Indirectos % s/X = ..................‖
Beneficios % s/X = ..................‖
...........P.....
‖
- Gastos Financieros % s/P = ..................‖
..........Q.....‖
- I.V.A % s/Q = ..................‖
..............$/
U
ADOPTADO: ................ $/U
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 64
EL MISMO ITEM
1) Ejecución:
- Equipo: Para obtener su costo diario se sigue
el mismo procedimiento que el indicado en B-1.
- Rendimiento: .................. U/d
Costo por U: .................. $/d = ................... $/U
................. U/d
2º) Materiales:
Para obtener su precio en obra proceder de
acuerdo a lo indicado en A) ó en B), según
sea comercial o local. Dicho precio deberá
afectarse de los coeficientes que
corresponden para expresarlo en la unidad de
medida del ítem
=
................... $/U
COSTO DEL ITEM
1) + 2) = ................... $/U + .................$/U = .........X........$/U
- Gastos Generales y otros Gastos
Indirectos % s/X = ........................‖
Beneficios % s/X = ........................‖
..........P............‖
- Gastos Financieros % s/P = ........................‖
= ..........Q...........‖
- I.V.A % s/Q = ........................‖
= ........................‖
ADOPTADO: ................ $/U DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 65
D) ITEM TIPO DE HORMIGONES PARA ALCANTARILLAS Y PUENTES
1º) Mano de Obra:
Elaboración, hormigonado, etc.:
Oficial: ......... h/m3 x .......$/h = ................ $/m3
Peón: ............. ― x ....... ― = ................ $/m3
Encofrado, desencofrado, etc.:
Oficial: ......... h/m3 x .......$/h = ................ $/m3
Peón: ............ ― x ....... ― = ................ $/m3
......................‖
Vigilancia: ........... % = ......................‖
Incidencia por equipo, combustible y
herramientas menores
.......................‖
................ $/m3
2º) Materiales:
0
El precio de los materiales será analizado por
separado con el título ―Materiales para
hormigones‖ de acuerdo lo indicado en A) ó
B).
Cemento: ..................t/m3 x ........$/t = ................ $/m3
Agregado fino: .......m3/m3 x .......$/m3 = .......................‖
Agregado grueso: .......‖ x ....... ― = .......................‖
Agua: ..........................‖ x ........ ― = .......................‖
Madera: ......................‖ x ......... ― = .......................‖
Clav. y alambre: ......kg/m3 x ........ $/kg = .......................‖
Otros: ......................... = ................ $/m3
COSTO DEL ITEM
1) + 2) = .................. $/m3 + ................. $/m3 = .......X.......$/m 3
- Gastos Generales y otros Gastos
Indirectos % s/X = ........................‖
Beneficios % s/X = ........................‖
..........P............‖
- Gastos Financieros % s/P = ........................‖
..........Q...........‖
- I.V.A % s/Q = ........................‖
..................$/m
ADOPTADO: ................ $/m3
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 66
E) ITEM TIPO PARA TERRAPLENES
Tipo de material .........................
Procedencia .............................
- Equipo (Extracción; proce- ...............HP ......................$
samiento; carga; transporte ..................‖ ........................‖
distribución, etc.) ...................‖ ........................‖
......Z.......HP ........Y.............$
- Rendimiento: .......... m3/d
- Amortización e intereses:
......Y......$ x 8 h/d + ......Y......$ x .../a x 8 h/d = .....................$/d
h 2 x 2.000 h/a
- Reparaciones y repuestos:
.................% de amortización .................$/d = ........................‖
- Combustibles:
Gas oil: ..... l/HPh x .... Z .... HP x 8 h/d x ......
$/l
= ........................‖
Nafta: ..... l/d x ...... $/l ................ = ........................‖
- Lubricantes:
..... % de combustibles ......... x ......... $/d = ........................‖
- Mano de Obra:
Oficiales: ....... x ...... $/d = ........... $/d
Peones: ....... x ....... ― = ...............‖
........... ......‖
Vigilancia: .................. % ..................‖ ........................‖
COSTO DIARIO = .................... $/d
Costo por m3: ............... $/d = .......X....... $/m3
............... m3/d
- Gastos Generales y otros Gastos
Indirectos % s/X =
Beneficios % s/X = ........................‖
........................‖
- Gastos Financieros % s/P = ...........P...........‖
........................‖
- I.V.A % s/Q = ..........Q...........‖
........................‖
..................$/m
ADOPTADO: ................... $/m3
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 67
4. Formulario Modelo de Información para la
Evaluación y Calificación de la Oferta
Los números se corresponden con las cláusulas de la Sección III del Pliego.
2.2.2 Información sobre litigios pendientes en que el Licitante esté involucrado
Parte (s) Causa de la controversia Monto involucrado
______________________
______________________
______________________
______________________
______________________________
______________________________
______________________________
______________________________
______________________________
__________________
__________________
__________________
__________________
2.3.1 Situación Financiera
Ejercicio N°1
Coeficiente Fórmula Desarrollo Resultado
Liquidez Activo Cte.
Pasivo Cte.
Prueba Activo Cte.
Ácida Bienes de Cambio
Pasivo Cte.
Endeudamiento Total Pasivo
Patrim. Neto
Rentabilidad Ut. antes de imp.
Total Ingreso Debe realizarse un cuadro por cada ejercicio.
PROMEDIO
Índice
Financiero
Promedio
ejercicios
Parámetro Califica/ No
Califica
Liquidez > ó = 1
Prueba > ó = 0,80
Ácida
Endeudamiento < ó = 1,40
Rentabilidad > a 0
2.3.2.- Volumen Anual de Producción en Obras de Construcción en 12 meses consecutivos
(dentro de los últimos cuatro años)
PERIODO CONSIDERADO: __/__/__ al __/__/__
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 68
OBRAS INCLUIDAS CERTIFICACIÓN HISTÓRICA
CERTIFICACIÓN ACTUALIZADA
MES 1 Obra 1:
Obra 2:
Obra n:
MES 2 Obra 1:
Obra 2:
Obra n:
. Obra 1:
. Obra 2:
. Obra n:
. Obra 1:
. Obra 2:
. Obra n:
MES 12 Obra 1:
Obra 2:
Obra n:
NOTA: La actualización de la certificación histórica deberá realizarse mediante el factor de actualización previsto en la
Sección III del Pliego.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 69
2.4.1 Obras Viales de Magnitud Similar (últimos cinco años)
OBRA CARACTERÍSTICAS
RELEVANTES
COMITENTE FECHA DE
INICIO/
TERMINACIÓN
CERTIFICACIÓN
TOTAL MEJORES
DOCE MESES
CONSECUTIVOS
CERTIFICACIÓN
MÍNIMA EXIGIDA*
*Para realizar el cotejo con las obras denunciadas por el oferente, se considerará como
certificación mínimo exigida a aquella que surge de dividir el presupuesto oficial de la obra a
licitar por el plazo de ejecución de la misma, multiplicado por 0,80 centésimos (Conforme el
numeral 2.4.1 de la Sección III del Pliego).
NOTA: La actualización de la certificación histórica deberá realizarse mediante el factor de
actualización contemplado en la Sección III del Pliego.
2.4.2 Obras de Naturaleza y Complejidad Similar (últimos cinco años)
OBRA CARACTERÍSTICAS
RELEVANTES
COMITENTE FECHA DE INICIO/ TERMINACIÓN
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 70
2.5. Calificación y experiencia del personal clave.
Formulario PER -1
Personal Propuesto
Los Oferentes deberán suministrar los nombres de miembros del personal debidamente calificados para cumplir los requisitos que se señalan en la Sección III. La información sobre su experiencia anterior deberá ser suministrada mediante la presentación de su Currículum Vitae para cada candidato.
1. Cargo*
Nombre
2. Cargo*
Nombre
3. Cargo*
Nombre
4. Cargo*
Nombre
* Según se especifica en la Sección III.
Adjuntar el Currículum Vitae del personal clave propuesto.
DOCUMENTO VALIDO
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Sección IV. Formularios de Licitación 71
2.6 Equipos principales del Contratista propuestos para la ejecución de las Obras.
Formulario EQU
El Oferente proporcionará la información adecuada para demostrar claramente que tiene la capacidad para cumplir los requisitos relativos al equipo clave enumerado en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Se preparará un formulario separado para cada uno de los equipos señalados o para los equipos alternativos propuestos por el Oferente.
Equipo
Información sobre el equipo
Nombre del fabricante
Modelo y potencia nominal
Capacidad
Año de fabricación
Situación actual
Ubicación actual
Información sobre compromisos actuales
Fuente Indique la fuente del equipo
propio alquilado arrendamiento financiero
fabricado especialmente
Omita la siguiente información para los equipos que sean propiedad del Oferente.
Propietario Nombre del propietario
Dirección del propietario
Teléfono Nombre y cargo de la persona de contacto
Facsímile Télex
Acuerdos Información sobre acuerdos de alquiler / arrendamiento / fabricación relacionados específicamente con el proyecto
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 72
Subcontratos propuestos y empresas comprendidas (art.4.4 de la Sección VII).
Secciones de las
Obras
Valor del subcontrato Subcontratista
(nombre y dirección)
Experiencia en
trabajos similares
______________
______________
______________
_________(etc.)
__________________
__________________
__________________
____________
__________________
__________________
__________________
____________
__________________
__________________
__________________
____________
Nombre, dirección y números de teléfonos, telex y fax de los bancos que puedan proporcionar
al Contratante, si éste lo requiere, referencias del Contratista.
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________
__________________________________________________________________
2.7 Propuesta Técnica. Descripciones, planos y gráficos que sean necesarios para su cabal
entendimiento.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 73
5. Formulario de Detalle de Obras en Ejecución (solo para oferentes extranjeros o
locales no inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° ............
Obra:......................................... Tramo: .................................
Oferente:
Fecha:
DATOS
IMPORTE ($)
PLAZO (en meses)
MONTO DE OBRA COMPROMETIDA
DE LA
OBRA
TOTAL
MES
BASE
CERTIFICADO
A LA FECHA
SALDO
(A)
Según
Contrato
Prórroga
conced.
TOTAL
Trans-
currido
SAL
DO
(B)
MENSUAL
A / B = C
ANUAL
C x 12 FA
Actua-lizado
Lugar:
Designación:
Comitente:
Fecha inicio:
Lugar:
Designación:
Comitente:
Fecha inicio:
TOTAL CO
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SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 74
6. Formulario para la calificación, de autocontrol del Oferente y control del Contratante
Leg. DESCRIPCION DOCUMENTACIÓN -
OBSERVACIONES
UBICACIÓN AUTOCONT
OFERENTE
CONTROL
CONTRATANTE
INSCRIPCIONES, CERTIFICACIONES Y OTROS RECAUDOS EXIGIBLES
Tomo Pág.
1 FORMULARIO DE OFERTA
2 FORMULARIO DE PRESUPUESTO DE OFERTA
3 ANÁLISIS DE PRECIOS
4 INDIVIDUALIZACION DE FIRMANTES DE LA OFERTA
5 CARÁCTER DEL QUE FIRMA LA OFERTA EN
REPRESENTACIÓN DEL OFERENTE
(REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)
6 TESTIMONIO O COPIA CERTIFICADA DEL PODER
7 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
INDICAR MONTO Y MODALIDAD
8 DECLARACIÓN DEL OFERENTE SOBRE
NACIONALIDAD, CONFLICTO DE INTERESES Y DE
NO ESTAR ENCUADRADO EN NINGUNA CAUSAL DE
INELEGIBILIDAD DEFINIDA EN EL PLIEGO (En el
Formulario de Oferta)
9 LISTADO DE LITIGIOS PENDIENTES
10 CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EXPEDIDO
POR LA AFIP
5
11 CERTIFICADO DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
ANUAL EXPEDIDO POR EL REGISTRO NACIONAL DE
CONSTRUCTORES DE OBRAS PÚBLICAS (PARA
OFERENTES NACIONALES)
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 75
12 FORMULARIO MODELO DE INFORMACIÓN PARA LA
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA OFERTA
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IV. Formularios de Licitación 76
Leg. Dato DESCRIPCION DOCUMENTA -CIÓN Y
OBSERVACIONES
UBICACIÓN AUTOC.
OFERENTE
CONTROL
CONTRATANTE
1 LEGAJO Nº 1 REQUISITOS JURIDICO
ESTATUTARIOS
TOMO Pag.
DEBERA ACREDITARSE A TRAVÉS DE ACTA NOTARIAL,
en la que conste:
1 IDENTIFICACION Y REFERENCIAS DEL CONTRATO O
ESTATUTO, DE SU INSCRIPCION EN REGISTRO PÚBLICO
DE COMERCIO U ORGANISMO GUBERNAMENTAL
CORRESPONDIENTE. CON RELACION AL MISMO
DEBERÁ CERTIFICAR QUE CUMPLE CON LOS SIG.
ASPECTOS:
2 QUE EL OBJETO DE LA SOCIEDAD INCLUYE EJECUCIÓN
DE OBRA PUBLICA
3 QUE LA DURACION DE LA SOCIEDAD ES SUPERIOR AL
PLAZO DE GARANTÍA Y CONSERVACIÓN DE LA OBRA
LICITADA.
4 QUE NINGUNA DISPOSICION DEL ESTATUTO OBSTA A
SU ACTUACION COMO CONTRATISTA DEL ESTADO
NACIONAL
5 AUTORIDADES SOCIETARIAS EN EJERCICIO
6 ACTO DE DESIGNACION
7 IDENTIFICACIÓN DEL O LOS REPRESENTANTES
LEGALES
8 LAPSO DE VIGENCIA DE SU MANDATO.
9 ALCANCE DE LAS FACULTADES DEL O LOS
REPRESENTANTES LEGALES para decidir la participación
en la licitación, ofertar, contratar, designar apoderados con esas
facultades o parte de ellas y para designar representante técnico.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 77
Leg Dato DESCRIPCION Documentación -
Observaciones
UBICACIÓN AUTOC.
OFERENTE
CONTROL
CONTRATANTE
2 LEGAJO Nº 2 REQUISITOS ECONOMICO FINANCIERO Tomo Pag.
DEBERÁ ACREDITARSE A TRAVÉS DE CONTADOR PÚBLICO
NACIONAL. La certificación abarcará a) los datos declarados por el
oferente y verificados por el certificante y b) los documentos verificados
por el certificante que se adjuntan a la certificación y que respaldan las
conclusiones. Los elementos correspondientes a cada grupo se detallan
en los apartados siguientes.
a) DATOS DECLARADOS POR EL OFERENTE Y VERIFICADOS POR EL
CERTIFICANTE.
1 COMPARACIÓN DE LOS LITIGIOS PENDIENTES CON EL
PATRIMONIO NETO (>, = , o < al 20% DEL PATRIMONIO NETO)
2 ÍNDICES FINANCIEROS (Liquidez, Prueba Ácida, Endeudamiento y
Rentabilidad). Mencionar que los resultados arrojados surgen de balances
cerrados y aprobados, debidamente certificados por Contador Público, y que el
profesional deberá identificar.
3 VOLUMEN ANUAL DE PRODUCCIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN
(en los últimos 4 años).
4 EQUIPOS PROPIOS. Referenciar títulos o documentación que acredite
propiedad.
b) DOCUMENTOS APORTADOS POR EL OFERENTE Y
VERIFICADOS POR EL CERTIFICANTE AGREGADOS COMO
ADJUNTO A LA CERTIFICACIÓN, EN ORIGINAL O COPIA
CERTIFICADA
1 Balances, cuenta de resultados e informes de auditoría correspondientes a los
últimos tres ejercicios cerrados. Certificados por Contador Publico Nacional
con firma certificada por el Consejo Profesional.
2 Facturas y cualquier otra documentación contable o impositiva que respalde el
Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción. DOCUMENTO VALID
O
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de Licitación 78
Leg Dato DESCRIPCION UBICACIÓN AUTOCONT.
OFERENTE
CONTROL
CONTRATANTE
3 LEGAJO N°3 REQUISITOS TÉCNICOS TOMO Pag.
ANTECEDENTES TÉCNICOS
1.1 EXPERIENCIA GENERAL EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD
SIMILAR. Denuncia de datos.
1.2 EXPERIENCIA GENERAL EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD
SIMILAR. Documentación Respaldatoria acompañada
2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS DE NATURALEZA Y
COMPLEJIDAD SIMILAR. Denuncia de Datos.
2.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS DE NATURALEZA Y
COMPLEJIDAD SIMILAR. Documentación respaldatoria acompañada.
3 DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE BUEN DESEMPEÑO EN LAS
OBRAS DENUNCIADAS COMO ANTECEDENTES TÉCNICOS
4.1 FORMULARIO DE DETALLE DE OBRAS EN EJECUCIÓN (SOLO PARA
OFERENTES EXTRANJEROS)
4.2 DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE LAS OBRAS EN EJECUCIÓN
(CONTRATOS Y ÚLTIMOS CERTIFICADOS DE OBRA)
RECURSOS ACTUALES
PROFESIONALES
1 IDENTIFICACIÓN Y CURRICULUM VITAE DEL REPRESENTANTE
TÉCNICO
2 IDENTIFICARION Y CURRÍCULUM VITAE DE JEFE DE OBRA
EQUIPOS
1 IDENTIFICACIÓN DEL EQUIPO MÍNIMO INCLUIDO EN LA OFERTA
PROPUESTA TÉCNICA
1 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
79
Leg Dato DESCRIPCION UBICACIÓN AUTOCONTROL
OFERENTE
CONTROL
CONTRATANTE
4 LEGAJO Nº 4 PARA OFERENTES CONSTITUIDOS
COMO UTE
Tomo Pag.
1 CONTRATO DE UTE O COMPROMISO DE
CONSTITUCIÓN
2 DESIGNACION DE REPRESENTANTE O APODERADO
UNICO SI NO CONSTA EN EL CONTRATO
3.1 DETALLE DE LA CAPACIDAD MÍNIMA EXIGIDA POR
MIEMBRO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE
EXPERIENCIA EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD SIMILAR
3.2 CUMPLIMIENTO EN CONJUNTO DEL REQUISITO DE
EXPERIENCIA EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD SIMILAR
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de licitación 80
7. Formulario de presentación de Antecedentes De Uso
Múltiple (ADUM)
EN LICITACIONES DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL NORTE GRANDE, CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 1851/OC-AR
.
Señores UEP - UCPyPFE
I ................................................, me dirijo a usted en representación de
........................................................., y en nombre de mi representada digo:
II Que mi representada ha considerado la posibilidad de presentarse en más de una licitación
para la operatoria del título.
II Que ha decidido hacer uso de la posibilidad prevista en el Pliego citado consistente en
hacer esta presentación de sus antecedentes para que sean integrados a las ofertas en las que
así lo manifieste.
III Que acepta expresamente que cuando sus ofertas se integren con los antecedentes de uso
múltiple, sean evaluadas por estos últimos en los puntos respectivos.
IV Que asume la obligación de notificar a la UCPyPFE/DNV de todo cambio de cualquier
dato o antecedente exigido por el Pliego, incluido esta presentación de Antecedentes para Uso
Múltiple, dentro de los tres días de haber tomado conocimiento de la misma.
V Que acepta que los Antecedentes de Uso Múltiple (ADUM) únicamente integrarán la oferta
cuando: Haya incluido en la oferta una manifestación expresa en ese sentido en la nota de
presentación que permita identificar los ADUM a que se remite, ó haya incluido en la oferta
una copia, firmada por el oferente, del recibo de presentación de Antecedentes de Uso
Múltiple.
VI Los Antecedentes de Uso Múltiple que se incluyen son los siguientes:
1) Acreditación de la representación conferida al firmante de la oferente, siendo el
alcance de las facultades conferidas apto para uso múltiple.
2) Antecedentes Jurídico Institucionales. (Acta notarial)
3) Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción
4) Informes sobre la situación financiera del Licitante
5) Información sobre litigios.
6) Certificado Fiscal para Contratado emitido por la AFIP.
7) Etc.
La documentación de esta presentación tiene un total de.............. fojas contando las que
corresponden a esta solicitud y se incluyen en un tomo aparte del resto de la oferta.
VII Solicito se reciba esta presentación de Antecedentes de Uso Múltiple (ADUM) y se la
considere parte de las ofertas que presente mi representada en las Licitaciones referidas y o de
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de licitación 81
toda otra en la que sus pliegos incluyan el uso de ADUM, en que así lo haya solicitado en la
oferta de que se trate.
VIII Pide identifique según corresponda la Presentación de Antecedentes de que se trata y se
me otorgue recibo de la presentación efectuada.
Firma y aclaración del representante del oferente.
FORMULARIO DE RECIBO DE PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES PARA USO
MÚLTIPLE EN LICITACIONES CREMA
En la Licitación Nº convocada por el PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
DEL NORTE GRANDE, con fecha de apertura........, se ha recibido como parte de la Oferta
presentada por.........................................., una Presentación de Antecedentes Para Uso
Múltiple en un total de fojas............. incluida la solicitud que la encabeza. La presentación ha
sido identificada en la UCPyPFE/DNV con el Nº......... Conste.
Firmado:
Por el contratante
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de licitación 82
8. Formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta
(Bancaria o Fianza)
Garantía de Seriedad de Oferta
(Garantía Bancaria)
______________________ [nombre del banco y dirección de la sucursal u oficina emisora]
Beneficiario: __________________________ [nombre y dirección del Contratante]
Fecha: __________________________
No. de GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: __________________________ [indicar el número de Garantía]
Se nos ha informado que __________________________ [nombre del Oferente] (en adelante
denominado ―el Oferente‖) les ha presentado su Oferta el ___________ [indicar la fecha de
presentación de la oferta] (en adelante denominada ―la Oferta‖) para la ejecución de
________________ [nombre del contrato] bajo el Llamado a Licitación número
___________.
Asimismo, entendemos que, de conformidad con sus condiciones, una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros ____________________ [nombre del banco] por medio de
la presente Garantía nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas,
que no exceda(n) un monto total de ___________ [monto en cifras] (____________) [monto
en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito y acompañada
de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incumpliendo sus obligaciones
contraídas bajo las condiciones de la Oferta, porque el Oferente
a) ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en
el Formulario de Presentación de Oferta; o
b) habiéndole notificado el Comprador de la aceptación de su Oferta dentro del
período de validez de la Oferta como se establece en el Formulario de
Presentación de Oferta, o dentro del período prorrogado por el Comprador antes
de la expiración de este plazo, i) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si
corresponde, o ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de
Cumplimiento, de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (IAO).
Esta garantía expirará a) en el caso del Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras
oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento
emitida a ustedes por instrucciones del Oferente; o b) en el caso de no ser el Oferente
seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: i) haber recibido nosotros
una copia de su comunicación al Oferente indicándole que el mismo no fue seleccionado; o
ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la Oferta.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de licitación 83
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta garantía deberá recibirse en esta
institución en o antes de la fecha límite aquí estipulada.
Esta garantía está sujeta a las ―Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías contra
primera solicitud‖ (Uniform Rules for Demand Guarantees), publicación de la Cámara de
Comercio Internacional No.458.
_____________________________
[firma(s)]
Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva sirve de guía para preparar este
formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección IV. Formularios de licitación 84
Garantía de Seriedad de Oferta
(Fianza)
FIANZA NO. __________ FECHA DE FIRMA DE LA FIANZA ___________
Por la presente fianza,_____________[nombre de Licitante] (en adelante denominado "el
Principal") en calidad de principal y _____________[nombre del Fiador] de
___________________________[nombre del país del Fiador], con autorización para desarrollar
operaciones en_________________[nombre del país del Contratante] (en adelante denominado
"el Fiador")se constituyen en Fiadores frente a________________[nombre del Contratante](en
adelante denominado "el Contratante"),por la suma de____________ a cuyo pago en legal forma
los mencionados principal obligado y fiador, sus sucesores y cesionarios se obligan colectiva y
solidariamente por esta fianza.
ESTAMPADOS nuestros sellos a los_______________días del mes de_____________de 20__.
CONSIDERANDO QUE el Principal ha presentado al Contratante una oferta por escrito de
fecha__________ de _____________ 20__, para la construcción de ____________________(en
adelante denominada "la oferta").
POR LO TANTO, esta obligación esta sujeta a las siguientes condiciones.
(1) Si el Licitante retirare su oferta durante el período de validez de la misma en ella
especificado; o
(2) Si después de haber sido notificado de la aceptación de su oferta por Contratante durante
el período de validez de la misma, el Principal:
(a) habiéndose solicitado la firma del Contrato de conformidad con lo previsto en las
Instrucciones para los Licitantes, omitiere o se negare a hacerlo; o
(b) omitiere o se negare a presentar la garantía de cumplimiento de acuerdo con lo
establecido en las Instrucciones para los Licitantes,esta obligación tendrá plena vigencia y
efecto, y será nula y sin valor en toda otra circunstancia.
ESTIPULANDOSE, SIN EMBARGO, que el Fiador no será responsable por:
(a) una suma mayor que la multa especificada en esta fianza, ni por
(b) una suma mayor que la diferencia entre el monto de la propuesta mencionada del Principal
y el monto de la oferta que sea aceptada por el Contratante.
El Fiador firmante de este documento acuerda por el mismo que esta obligación tendrá vigencia
hasta, inclusive, la fecha que resulte de sumar ____ días al vencimiento del plazo para la
presentación de las ofertas que se haya estipulado en las Instrucciones para los Licitantes o el
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Sección IV. Formularios de licitación 85
que resulte de la prórroga concedida por el Contratante a tales efectos. Por el presente
documento se invalida toda notificación al fiador con respecto de cualquier prórroga.
PRINCIPAL OBLIGADO______________ FIADOR____________________
FIRMAS___________________________ FIRMAS____________________
NOMBRE Y CARGOS_______________ NOMBRES_________________
SELLO______________________________
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Sección V. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras
y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de
Desarrollo.
a) Países Prestatarios:
(i) Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile,
Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana,
Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá,
Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Trinidad y
Tobago, Uruguay, y Venezuela.
b) Países no Prestatarios:
(i) Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Croacia, Dinamarca,
Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Israel,
Italia, Japón, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido,
Republica de Corea, República Popular de China, Suecia y Suiza.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles
para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y
servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface
uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente ―bona
fide‖ y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes
requisitos:
(i) está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un
país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de
propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con
responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los
requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
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Sección IV. Formularios de licitación 87
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados,
cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando
mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo
comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son
substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren
interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero)
para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el
Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los
componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación
de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como
una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y
embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como ―hecho en la Unión
Europea‖, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico
de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma
productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de
los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios
conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los
servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje,
ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
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PARTE 2 –
REQUISITOS DE LAS OBRAS
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Sección VI. Requisitos de las obras. 89
Sección VI. Requisitos de las obras
Índice
Alcance de las obras ...................................................................................................................
Especificaciones ..........................................................................................................................
Planos .........................................................................................................................................
Cómputos Métricos....................................................................................................................
Alcance de las obras
Memoria descriptiva
DESCRIPCIÓN
El presente estudio desarrolla el proyecto correspondiente a la obra: ―Pavimentación,
desagües, señalización e iluminación de la Av. de Circunvalación de la Cuenca del Riacho
Formosa entre Av. E. L. Maradona y Av. Gonzalez Lelong - Av. Elias de Canepa‖
Las obras de infraestructura proyectadas tienen el objetivo de mejorar la movilidad en los
acceso a los Barrios - Zona Norte de la ciudad de Formosa; la reconstrucción de la Estructura
sobre el Riacho Formosa; y la Reconstrucción de Defensa Contra Inundaciones de los Barrios
San Agustín y Militar
La zona norte de la ciudad se encuentra separada del área central por el Riacho Formosa, que
debido a la proximidad de su desembocadura en el Río Paraguay, se encuentra afectado
directamente por las crecidas del mismo.
Esta situación ocasiona que durante las crecidas ordinarias y extraordinarias del Río
Paraguay, se vea afectada una importante área densamente urbanizada ubicada sobre ambas
márgenes del Riacho Formosa. Por tal motivo se construyeron defensas con suelo cohesivos
en los barrios conocidos como Militar y San Agustín, complementados con estaciones de
bombeo que permiten descargar las aguas provenientes de las lluvias por fuera del anillo de
defensa.
Como consecuencia del tiempo transcurrido y del crecimiento urbanístico resulta necesario
proceder a la reconstrucción del sistema hídrico del sector, manera de brindar las garantías
necesarias de protección a un importante número de habitantes en caso de crecidas del Río.
El proyecto consta de tres puntos diferenciados:
1. Reconstrucción de Defensa Contra Inundaciones Barrio San Agustín y Barrio
Militar.
2. Reconstrucción de la Estructura sobre el Riacho Formosa.
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Sección VI. Requisitos de las obras. 90
3. Reconstrucción Acceso a los Barrios - Zona Norte de la ciudad de Formosa
La Obra permitirá la interconexión de los barrios de la zona norte de la Ciudad de Formosa
con el Centro de la misma
Ubicación General
En cuanto a la ubicación de la obra dentro de la Ciudad de Formosa, el mismo se desarrolla
en la Zona Norte de la Ciudad, más precisamente vinculando la zona central, a través del
Barrio San Miguel con la RP Nº 2, abarcando los barrios Las Delicias, Militar, San Agustín,
El Palomar y Stella Maris. La ubicación de estos barrios dentro de la Ciudad de Formosa
puede observarse en la Figura Nº 1.
Figura Nº 1: Croquis de ubicación.
Descripción de la obra:
La obra consiste en la ejecución de la Obra Básica en un ancho de coronamiento de 30,00 m.,
construcción de sub-base y base granulares y pavimentación. Compuesto por dos calzadas
pavimentadas, de hormigón de 20cm de espesor y 7,00 m de ancho, (incluidos sendos
cordones a cada lado). Se ejecutara un cantero central de 1,40m libre entre cordones.
Por fuera de las calzadas y anejas a cada lado van ciclovías de 2,0 m de ancho, en hormigón
simple cepillado de 0,15 m de espesor y veredas peatonales de 1,50 m de ancho con losetas
de hormigón de 0,05 m de espesor. Además hay detalles de parquización y otra vereda
peatonal, que difieren según sección:
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Sección VI. Requisitos de las obras. 91
Sección: Prog. 0,00 hasta 2.047,06 (Zona Suburbana) De un lado a continuación de lo ya
visto lleva un espacio verde de 1,40 m y luego vereda peatonal de 1,50 y finalmente una
baranda s/detalle. Del lado opuesto es similar salvo que el espacio verde es de 5,40m.
Sección: Prog. 2107,66 a 3561,60 y Prog. 3561,60 a 4711,76 (Zona Urbana) A cada lado de
lo general, van sendas veredas peatonales de 1,50 m de ancho y respectivos espacios verdes
de 3,80 m de ancho. En la zona suburbana las veredas peatonales y ciclovías están asentadas
sobre una base de suelo del lugar, mejorada con 2% de cal vial y de 0,15 m de espesor, las
losetas de las veredas peatonales se asientan sobre buna capa intermedia de hormigón pobre
de 0,05m de espesor.
Las calzadas principales de hormigón tendrán un espesor de 0,18 m y van asentadas sobre una
base de suelo cemento de 0,15 m de espesor y 15,70 m de ancho total.
Las obras básicas incluyen terraplenes de altura variable (hasta unos 10m), obras de
alcantarillado y complementariamente pavimento rígido, en anchos variables en zona
intersecciones.
La obra se desarrolla en una longitud total de 4711,76 metros.
Obras a ejecutar
La presente documentación se refiere a los trabajos necesarios para la ejecución del camino.
Se ejecutarán los siguientes trabajos:
Desbosque, destronque, limpieza y emparejamiento del terreno, en todo el ancho
requerido para asentar los terraplenes. Además limpiar y conformar hasta los límites
de la zona de camino.
Excavación y remoción del suelos contaminado por elementos orgánicos de apoyo de
los terraplenes y su depósito debidamente acondicionado.
Movimiento y compactación de suelos para construcción de terraplenes, desmontes,
cunetas y desagües, con suelo del lugar; ancho de coronamiento de 30,00 m.
Construcción de obras de control de escurrimientos (zanjas, tapones, espaldones,
revestimientos de hormigón).
Demolición de alcantarillas existente y construcción de alcantarillas nuevas.
Construcción de puente de hormigón pretensado de 60 metros de luz.
Construcción de una base de suelo – cemento de 15,70 m de ancho y 0,15m de
espesor, bajo las calzadas principales.
Construcción de dos calzadas principales, paralelas, de hormigón de 0,20 m de
espesor y 7,00 m de ancho, incluidos cordones a cada lado, con un cantero central de
1,40m entre cordones.
Construcción, aneja al cordón, del lado externo de las clazadas principales de una
calzada de hormigón simple (H-13) cepillado, de 2,00m de ancho y 0,10m de espesor
para las ciclovías, asentada sobre una sub-base de suelo mejorado con 2% de cal vial
de 0,15m de espesor.
En el sector Suburbano, construcción de bases de suelo – cemento de 0,15 m de
espesor en un ancho de 1,50m para apoyo de las losetas de hormigón de las sendas
peatonales. Las losetas se asientan mediante una delgada capa de mortero de
cemento..
En el sector Urbano, aneja a la ciclovía, construir una senda peatonal de 1,50m de
ancho, en losetas de hormigón H-13 de 0,05m de espesor, asentadas sobre un
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Sección VI. Requisitos de las obras. 92
contrapiso de 0,05m de espesor de hormigón H-8. Todo apoyado sobre una sub-base
de suelo mejorado con 2% de cal vial, de 0,15m de espesor y 3,50m de ancho.
Provisión, montaje y emplazamiento de carteles de señalización.
Demarcación horizontal con material reflectante de aplicación en caliente.
Iluminación de toda la traza e intersecciones.
Ejecución de la semaforización de las intersecciones conforme al plano de proyecto
respectivo.
Construcción de una Baranda a cada lado en la zona Suburbana, con pilares de
ladrillo, núcleo de hormigón armado, tres caños de acero negro de 4‖ (11,6cm) de
diámetro, pintados, postes intermedios de planchuela de acero de 8cm x 0,635cm.
Construcción de un puente de 60 m de largo entre apoyos y 20,40m de ancho sobre el
Riacho Formosa
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Sección VI. Requisitos de las obras 93
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Sección VI. Requisitos de las obras 94
SECCION TRANSVERSAL TIPO II-ZONA URBANA
(PROGRESIVA DE APLICACIÓN 2+158.71 A 4+711.76
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Sección VI. Requisitos de las obras 95
Proceso Constructivo
Introducción
El presente estudio desarrolla el proyecto correspondiente a la obra: ―Pavimentación,
desagües, señalización e iluminación de la Av. de Circunvalación de la Cuenca del Riacho
Formosa entre Av. E. L. Maradona y Av. Gonzalez Lelong - Av. Elias de Canepa‖.
Las obras de infraestructura proyectadas tienen el objetivo de mejorar la movilidad en los
acceso a los Barrios - Zona Norte de la ciudad de Formosa; la reconstrucción de la Estructura
sobre el Riacho Formosa; y la Reconstrucción de Defensa Contra Inundaciones de los Barrios
San Agustín y Militar.
La ejecución de la obra requerirá la realización de una cuidadosa selección de los
procedimientos constructivos, a partir de una planificación que permita instrumentar la
logística más conveniente para el aprovisionamiento, en tiempo y forma, de los materiales e
insumos, observando y haciendo cumplir los plazos establecidos en la contratación.
El Contratista de los trabajos deberá velar por el respeto de las normas y disposiciones
nacionales, provinciales y municipales, sobre todo en lo referido al cuidado del medio
ambiente y a la accesibilidad de los vehículos en especial en las áreas urbanizadas.
Las tareas a realizar consisten, básicamente, en:
El montaje de los obradores y la movilización de los equipos afectados a la
construcción de las obras
La obra comprende:
o La preparación de los terrenos por medio de desbosque, destronque y
movimientos de suelo, remoción y reposición de servicios
o La materialización de un sistema de drenaje por medio de la demolición de
alcantarillas existentes y la construcción de nuevas obras de arte, junto con
obras de control de escurrimientos (zanjas, tapones, espaldones, revestimientos
de hormigón).
o El movimiento de suelo para la ejecución de obras básicas, configurando
terraplenes, desmontes, cunetas y desagües.
o Construcción de un puente de hormigón pretensado de 60 metros de luz entre
apoyos.
o La construcción del paquete estructural por medio de sub-base, base y carpeta
de hormigón (con riegos de imprimación necesario)
Tareas accesorias como: materialización de señalización vertical y horizontal,
construcción de calzadas destinada a ciclovía y veredas peatonales, barandas,
semaforización e iluminación de toda la traza e intersecciones.
A continuación se detallan más en profundidad las tareas a realizarse para el materializado de
la obra.
Tareas especificas a realizar
a. La obra comienza con la ubicación del obrador y campamento, que por la accesibilidad a
la obra (menor recorrido de los abastecimientos y personal), aparece conveniente ubicar el
mismo en cercanías a las progresivas 2+200 a 2+800, donde existen terrenos que pueden
servir para el desarrollo del obrador.
b. En el obrador se asentarán las oficinas de la empresa constructora y de la Inspección de
Obra, los locales sanitarios y los vestuarios para el personal, el depósito de materiales, el
taller mecánico para pequeñas reparaciones y el laboratorio de la obra. Previamente, se
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Sección VI. Requisitos de las obras 96
acondicionarán las superficies disponibles, de modo de permitir la instalación de las
construcciones propias del obrador, la circulación, algunos acopios, guarde de equipos, etc.
c. Todos los locales serán mantenidos en perfectas condiciones de conservación e higiene
durante el período que demande la ejecución de las obras.
d. El agua potable puede obtenerse del río Paraguay y según la poca del año podría
obtenerse del Riacho Formosa, siempre que los estudios realizados por la empresa así lo
permitan.
e. Por aspectos ambientales es conveniente que el obrador se ubique alejado de las
poblaciones (entre 1 y 2 Km) para evitar la generación de ruidos molestos y disminuir los
efectos del polvo en suspensión.
f. Se deberán realizar sus delimitaciones, limpiezas de los terrenos y alambrados. En estas
tareas se emplearán motoniveladoras y cuadrillas que colocarán el alambrado y realizarán
tareas menores en forma manual.
g. Paso seguido se colocarán las diversas dependencias que conforman el obrador y el
campamento (construcciones que pueden materializarse con contenedores pre acondicionados
a tal fin) y se procurarán los suministros de agua, electricidad y el pozo ciego para desagüe de
las aguas residuales que genere el mismo. Se realizará en el obrador los primeros acopios de
materiales y maquinarias necesarios para el inicio de obra.
h. Con relación a la movilización de las instalaciones y equipos afectados a la realización de
las obras, los mismos arribarán al obrador principal en camiones semirremolques y en
carretones playos. Se comenzará por los que estén asignados a los trabajos de implantación
del obrador y los que participen en la realización de los estudios previos de campo.
i. Luego se realizará la limpieza del terreno, y sectores de monte en la zona a lo largo de la
traza, según lo establecido en el ítem, quitando únicamente los árboles que interfieran
directamente sobre el área específica a construir y removiendo la capa de suelo vegetal. La
remoción de los árboles se realizará con retroexcavadora y motosierra, y la de la capa de
suelo vegetal con motoniveladora, para luego con palas mecánicas cargar los troncos, ramas,
y el suelo suelto en camiones. Al mismo tiempo que se realicen estas limpiezas se demolerán
las estructuras de hormigón, mampostería, etc. que deban ser removidos, y retiradas de la
zona de camino.
j. Una vez identificados los servicios que se encuentran dentro de la zona de camino, en
especial en los sectores urbanos e intersecciones, se procederá al traslado de aquellos que se
vean afectados, tales como líneas de tendido eléctrico, telefónico, gas natural, canales, etc.
Previo a comenzar estas tareas la empresa contratista deberá tramitar los permisos ante el
Ente correspondiente, cumpliendo ante el mismo con todas las exigencias que demande dicho
trabajo, tanto técnicas como económicas, debiendo presentar ante la inspección de obra las
autorizaciones respectivas antes de iniciar las tareas de traslado y o protecciones.
k. La primera obra a encarar será la construcción de las obras de arte menores, tales como
alcantarillas transversales y las de accesos a propiedades. Se realizará la excavación
acopiando el suelo en sectores donde no se vea afectada la circulación ni el movimiento de
equipos, mientras se prepara en obrador las armaduras que conformarán las estructuras de
paredes y la solera del mismo, procediéndose al hormigonado para lograr liberar al servicio
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Sección VI. Requisitos de las obras 97
los sectores ya construidos. Esta tarea se realizará respetando los materiales y las
características especificadas en los planos tipo.
l. Seguidamente y a medida que las alcantarillas y desagües se completen, se comenzará
con los trabajos de movimientos de suelos, mediante equipo pesado, para la construcción de
terraplenes con un ancho de coronamiento de 13,30m., desmontes, cunetas y desagües, con
suelo del lugar. El traslado de suelo de canteras a la traza deberá realizarse teniendo los
recaudos de protección mediante lonas para evitar la dispersión de polvo, principalmente al
atravesar zonas urbanas. En todo momento deberá procurarse no interrumpir el tránsito,
utilizando la metodología de desvíos con un estricto cumplimiento de las normas de
seguridad.
m. La construcción del terraplén se efectuará hasta lograr las cotas de planos, considerada
como cota de subrasante. Posteriormente, sobre dicha cota se realizará la construcción de una
sub-base granular de 0,30 m de espesor y 8,40 m de ancho. la que será transportada en
camiones, colocada y recortada con motoniveladoras y compactada mediante rodillos pata de
cabra y rodillos lisos y neumáticos. Para lograr humedades óptimas de compactación se
emplearán camiones regadores.
n. En esta etapa se deberán ejecutar las canalizaciones de cruces bajo calzada para la
alimentación de electricidad para el sistema de iluminación y de semaforización, y sus
circuitos de control, cámaras y gabinetes de conexión y operación.
o. Posteriormente se procederá a la construcción de una base de suelo cemento de 0,15 m de
espesor y 15,70 m de ancho, con equipo y proceso constructivo. Esta tarea se extenderá al
recubrimiento de las calzadas colectora previstas en zonas urbanas.
p. Mediante camiones regadores se procederá a la ejecución del riego de imprimación como
protección de las capas de base para calzadas principales ejecutadas. Posteriormente se
procederá a la construcción de la calzada de hormigón de cemento Pórtland de 6,60m de
ancho más dos cordones de 0,20m de ancho y 0,20m de espesor, para cada mano. Incluida la
provisión de materiales. Se utilizarán camiones mezcladores para el transporte del hormigón
el cual se elaborará en una planta y máquina distribuidora – terminadora, y los elementos de
terminación superficial establecidos.
q. En la medida que se concluyan las tareas hasta la calzada se habilitará al tránsito, de
manera de disminuir la longitud de tramos con desvíos.
r. Con el pavimento concluido se acondicionarán los sectores laterales y se construirán las
sendas peatonales, ciclovías, espacios verdes y barandas, aportando el material faltante,
utilizándose camiones para el transporte, motoniveladoras para la distribución y equipo de
compactación.
s. Simultáneamente a la pavimentación de los tramos rurales se realizarán las travesías
urbanas, comenzándose con el traslado de los servicios, la construcción de los canales y las
obras de arte menores. Para ello se respetarán las pendientes y dimensiones especificadas en
los planos, además de las características de los materiales a utilizar. Se utilizará mano de obra
intensiva, y las armaduras se prepararán en el campamento, trasladándose a obra mediante
camiones. Los hormigones se elaborarán en planta transportándose en camiones Mixer.
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Sección VI. Requisitos de las obras 98
t. En los casos de las intersecciones con las diferentes rutas nacionales y provinciales se
prevé la demolición de la calzada existente, el retiro del material de demolición y la
construcción de la nueva conforme al detalle planialtimétrico. Se deberá excavar o terraplenar
con material de cantera según corresponda. Para la realización de la excavación se utilizará
motoniveladora, cargador frontal y camiones para el transporte del material. La tarea se
comenzará sobre uno de los lados, completándose hasta los niveles de pavimento,
desviándose el tránsito por el otro, siguiendo la misma metodología que las travesías urbanas.
u. Una vez concluida la construcción de las intersecciones se procederá a la iluminación de
las mismas. Se comenzará excavándose las bases para las columnas, al mismo tiempo que se
realiza el zanjeo para la instalación de la línea subterráneas, y se procede al hormigonado de
las bases y al tendido de las líneas eléctricas, y la línea de PAT con sus correspondientes
jabalinas de puesto a tierra. Se prosigue con el relleno de la zanja según las especificaciones
técnicas. Fraguado el hormigón de base se procede a la colocación de las columnas de
alumbrado, que una vez alineadas se realiza la conexión de las columnas en los tableros
correspondiente y se ejecuta el montaje de la luminaria con su cableado. Finalmente se
procede a realizar la pintura final de las columnas y a construir los coronamientos de
hormigón de las mismas. Independiente a este trabajo se realizará la instalación de la SET y
el puesto de medición y encendido, al cual será conectada toda la instalación.
v. Para la semaforización se actuará similarmente a la iluminación.
w. Se construirán los refugios para pasajeros, elaborados según la especificación técnica
correspondiente, respetándose todas las características de los materiales a utilizar descriptas
en el plano tipo.
x. A continuación se realizará la demarcación horizontal, por pulverización y extrusión; y la
señalización vertical definitiva de la obra, con la colocación de las señales laterales, pescantes
con sus respectivos carteles.
y. Seguidamente se deberán completar las sendas peatonales, cilcovías, barandas y
materializar los elementos de seguridad contemplados en el pliego, como barandas, guard-
rails, etc.
z. Durante toda la construcción de la obra se deberá contar con elementos de señalamiento
provisorio, siguiendo lo establecido por la Ley 24.449. Para posibilitar la liberación de los
diversos tramos que componen la obra se deberá materializar la demarcación horizontal y el
señalamiento vertical de los mismos en forma previa. Para estas tareas se requiere de
cuadrillas que realizan la mayoría de los trabajos en forma manual, o mediante el empleo de
maquinaria menor.
aa. Como última tarea de obra se procederá a la parquización y forestación de la zona de
caminos. Para esto se emplearán camiones que movilizan los nuevos árboles a plantar, y el
suelo vegetal necesario, utilizándose motoniveladoras que lo distribuyen y cuadrillas que
efectúan las tareas en forma manual.
bb. Se finaliza la obra con la remoción del obrador y el campamento (el cual irá perdiendo
dimensión a medida que se concluyen con los diferentes ítems de la obra, hasta ocupar un
espacio mínimo), con el cierre del pozo ciego y la desconexión a los servicios de electricidad
y provisión de agua.
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Sección VI. Requisitos de las obras 99
Plazo de la obra
El plazo para la total terminación de la obra se ha fijado en 20 (veinte) meses corridos
contados a partir de la fecha de replanteo. El plazo de garantía se ha fijado en 365 (trescientos
sesenta y cinco) días corridos contados a partir de la Recepción Provisoria.
Presupuesto
El Presupuesto Oficial de la presente obra asciende a la suma consignado en la carátula.
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Sección VI. Requisitos de las obras 100
Especificaciones Técnicas Generales
Para la obra regirá el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de la D.N.V. -1998-, en
sus puntos:
CAPÍTULO A: CALZADA DE HORMIGÓN.
CAPÍTULO B: MOVIMIENTO DE SUELOS.
CAPÍTULO C: BASES Y SUBBASES NO BITUMINOSAS.
CAPÍTULO D: IMPRIMACION, TRATAMIENTOS SUPERFICIALES, BASES,
CARPETAS Y BACHEOS BITUMINOSOS.
CAPÍTULO F: BARANDAS PARA DEFENSA.
CAPÍTULO H: OBRAS DE ARTE.
CAPÍTULO K: LABORATORIO, MUESTREO, NORMAS COMPLEMENTARIAS.
CAPITULO L: MATERIALES Y TAREAS VARIAS. En sus SECCIONES:
L-II: MORTEROS.
L-V: MAMPOSTERÍA DE LADRILLOS ASENTADA SOBRE MORTERO.
L-VI: AGREGADOS FINOS PARA MORTEROS Y HORMIGONES.
L-VII: LADRILLOS Y CASCOTES.
L-X: COMPACTACIÓN DE TALUDES Y CONOS.
L-XVI: LOSETAS DE HORMIGÓN PREMOLDEADAS, CON JUNTAS
ASFÁLTICAS.
L-XIII: CAÑOS DE HIERRO GALVANIZADO PARA BARANDAS Y
DESAGÜES DE PUENTES.
L-XVI: PRUEBAS DE RECEPCIÓN DE PUENTES.
L-XVII: CORDONES DE HORMIGÓN ARMADO.
L-XVIII: APOYOS DE POLICLOROPRENO COLOCADOS.
L-XIX: SEÑALAMIENTO DE OBRAS EN CONSTRUCCIÓN.
L-XX: MANTENIMIENTO DE RUTINA.
CAPÍTULO M: GESTIÓN AMBIENTAL.
ANEXO I: a la SECCIÓN DI: DISPOSICIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE
IMPRIMACION, TRATAMIENTOS SUPERFICIALES, BASES, CARPETAS Y
BACHEOS BITUMINOSOS. Resolución Administración General Nº 1294 de fecha
12/07/05.
Especificaciones Técnicas Particulares
De acuerdo a los siguientes puntos:
1. Desbosque, destronque, limpieza y emparejamiento de zona de camino.
2. Terraplén de Avance.
3. Terraplenes.
4. Preparación de subrasante.
5. Mezclas para la elaboración de Bases y Subbases Granulares.
6. Riegos Asfálticos.
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 101
7. Pavimento de hormigón.
8. Cordón de hormigón.
9. Hormigón simple cepillado.
10. Solados de lajas rosadas irregulares.
11. Excavaciones.
12. Hormigón armado para obras de arte.
13. Compuertas.
14. Puentes.
15. Señalización vertical.
16. Demarcación horizontal.
17. Baranda de Mampostería y Caños.
18. Iluminación.
19. Semáforos.
20. Mobiliario Urbano.
21. Forestación.
22. Demolición de Obras Varias.
23. Traslado y protección de interferencias
24. Plan de Gestión Ambiental.
25. Especificaciones Técnicas Ambientales
Estos puntos se detallan a continuación en los artículos siguientes:
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Sección VI. Requisitos de las obras 102
ARTÍCULO 1- DESBOSQUE, DESTRONQUE, LIMPIEZA Y EMPAREJAMIENTO DE
ZONA DE CAMINO.
DESCRIPCIÓN
En principio deben eliminarse todos los árboles que existan en la superficie de asiento de los
terraplenes a construir.
En las zonas urbanas, donde la obra presenta escasa diferencia de nivel con respecto al
terreno natural, podrá eventualmente preservarse algún ejemplar en la medida que no
interfiera los trabajos y obras a ejecutar y si así lo solicitasen las Autoridades Provinciales.
Previo a la iniciación de los trabajos mencionados dentro de la zona de camino, el
Representante Técnico, mediante Nota de Pedido, solicitará que la Inspección de obra
determine las especies arbóreas que a fin de proteger el medio ambiente no serán removidas,
en la medida en que no afecten la seguridad del tránsito.
En el caso de que Autoridades Provinciales requieran la preservación de ciertos ejemplares
deberá mantenerse limpia de otras especies vegetales y su superficie deberá estar emparejada;
y así mantenerse hasta la Recepción Definitiva.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
Serán pagados al precio del contrato establecido en el ítem ―Desbosque, Destronque y
Limpieza del Terreno‖, y su precio incluirá la totalidad de los costos que demande su
ejecución conforme a lo especificado. No se hará ningún pago adicional en concepto de
repetición de las operaciones o removidas adicionales de los desechos provenientes de los
trabajos abarcados por esta sección.
ARTÍCULO 2 – TERRAPLEN DE AVANCE DESCRIPCION
La construcción de terraplenes de avance se ejecutará en los sectores de obra que se
encuentren cubierto por agua y donde se deberá ejecutar con posterioridad el terraplén con
compactación especial.
Para el mismo se utilizará suelo cohesivo que cumpla con las condiciones establecidas en la
Sección B.III - Terraplenes del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de la D.N.V.
edición 1998, y el trabajo consiste en realizar los rellenos de los sectores, mencionados a
efectos de conformar una base para el recrecimiento del terraplén.
Para ello se realizará el transporte de suelos desde yacimiento y se lo distribuirla por medio
de topadora de manera de volcar el suelo hacia las depresiones y avanzar pisando el material
esparcido.
La compactación se realizará por el pisado de los propios equipos, no siendo necesario algún
otro trabajo de compactación adicional.
El terraplén de avance se ejecutará hasta el nivel donde la inspección considere que se podrá
realizar la tarea de compactación especial.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El terraplén de avance se medirá por metro cúbico de material colocado, medido en
yacimiento desde donde fue extraído, de acuerdo a los perfiles transversales aplicando el
método de las áreas medias.
Se pagará al precio unitario establecido para el ítem y su costo será la compensación total por
los trabajos de limpieza del terreno de la zona de yacimiento, extracción del suelo, carga,
transporte y descarga de los materiales, distribución, compactación por pisado de los equipos,
y por todo otro trabajo, equipo o material necesario para la correcta terminación del ítem
según lo especificado.
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 103
ARTÍCULO 3 - TERRAPLENES
DESCRIPCION
Este trabajo consistirá en la provisión (excavación y transporte), colocación y compactación
de los suelos provenientes de los préstamos fijados en la documentación del proyecto y de
otras excavaciones aptas que ordene la Supervisión, necesarios para la construcción de los
terraplenes hasta las cotas de subrasante, en un todo de acuerdo a estas especificaciones y en
conformidad a las alineaciones, cotas, secciones transversales y dimensiones dadas en los
planos y u órdenes de la Supervisión.
MATERIALES
No se colocará en la capa superior de 0,30 m de terraplén nuevo, o del ensanche de
terraplenes existentes, materiales predominantemente limosos.
No se permitirá la construcción de terraplenes nuevos, o ensanches de los existentes, en zonas
sujetas a inundaciones prolongadas, con material que por su característica de plasticidad y
granulometría, se presente notoriamente con poca cohesión, permeable y fácilmente
erosionable.
OBTENCIÓN Y TRANSPORTE DE SUELO
La Empresa Contratista no podrá extraer suelo de préstamos dentro de la zona de camino.
Todos los suelos necesarios para la obra, deberán ser provistos por la Contratista, la cual
deberá gestionar los yacimientos y ejecutar su extracción, transporte, todo ello a su exclusivo
cargo. Los costos de gestión de yacimientos, su destape, extracción, carga, y transporte de
suelos se considerarán incluidos dentro del precio del ítem, pues no recibirán pago directo
alguno, ello incluye el reacondicionado de los yacimientos conforme a lo acordado con los
propietarios y o con las Normas Ambientales.
Cuando el Contratista prevea utilizar un yacimiento de suelos ubicado fuera de la zona de
camino, previo a su explotación deberá solicitar la aceptación del mismo por parte de la
Inspección de Obra.
Adjunto a la solicitud de aprobación, deberá incluir el convenio firmado con el propietario, en
el cual explícitamente se deslinde a la Comitente de toda responsabilidad respecto del uso de
dicho yacimiento y su estado final.
La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de los títulos de propiedad y/o de las
firmas, si así se estimara conveniente para preservar los intereses de la Comitente.
Deberá adjuntarse ensayos de caracterización de los suelos que han de extraerse de los
mismos, para que su aptitud vial quede establecida. En caso de verificarse en las
inmediaciones de la zona de obra la inexistencia de suelos cuyo Límite Líquido sea igual o
inferior al 35 % y su Índice de Plasticidad sea igual o inferior a 15, la Inspección de Obra
podrá a su juicio aceptar suelos que excedan los parámetros antedichos.
Todos los suelos a aportar por el Contratista desde los yacimientos de fuera de la zona de
camino, o desde ésta, deberán encontrarse libres de toda materia vegetal, su calidad vial
deberá ser igual o superior a la calidad de los suelos de extracción lateral previamente
utilizados en el núcleo actual, lo que a solo juicio de la Inspección de Obra será determinado
en base a los resultados de ensayos que se sometan a su consideración y a la correspondencia
que estos tengan – según juzgue el Inspector – con los suelos que existen en los yacimientos
presentados.
Los accesos a préstamos y/o yacimientos, deberán ser construidos y mantenidos por la
Contratista así como mantenerse transitables para asegurar la accesibilidad a los mismos.
CONSTRUCCIÓN
a) Limpieza preliminar: antes de proceder a la colocación del material para terraplenes,
en cualquier área de trabajo, se debe concluir todo el trabajo de limpieza del terreno
de acuerdo a las especificaciones correspondientes.
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Sección VI. Requisitos de las obras 104
b) Preparación de la base de asiento del terraplén: ya sea en terraplenes existentes o a
construirse, deberá removerse cualquier material que a juicio de la Supervisión sea
considerado inadecuado como base de asiento de fundación y/o capa superior.
Cuando esta excavación se ejecute utilizando equipos y procedimientos corrientes,
hasta los 0,20 m de profundidad no recibirá pago directo considerándose el costo de la
tarea incluida dentro del ítem terraplenes. Para profundidades mayores a 0,20 m, la
excavación será considerada y pagada como excavación no clasificada.
En los sectores de desmonte que presenten áreas de material inadecuado, también
serán removidos si así lo indica la Supervisión, con interpretaciones arriba
mencionadas para la clasificación del tipo de excavación.
Previo a la colocación de material de préstamo, la superficie de la plataforma del
terraplén existente, y siempre que no se presente inestable (material inadecuado),
deberá ser escarificada suficientemente y si fuera necesario humedecida y aireada a fin
de obtener una buena ligazón entre material viejo y nuevo.
c) Preparación del asiento en los taludes existentes: en los ensanches de terraplenes, el
talud existente, cuando sea más escarpado que 1:2 (uno vertical, dos horizontal),
deberá ser cortado en escalones, distanciados verticalmente a no más de 0,30 m a
medida que el ensanche se vaya elevando por capas horizontales sucesivas. La
superficie horizontal del área cortada así como el material cortado y el material
agregado, serán compactados a la densidad requerida.
Para prevenir la tendencia al desplazamiento de los macizos de ensanche de
terraplenes, se procederán a arar surcos de una profundidad de 0,30 m en el área de
asiento comprendida entre el pie de talud existente y el pie del talud del ensanche
proyectado.
d) Colocación del material: Los materiales para el terraplén deberán ser colocados en
capas horizontales sucesivas, de no más de 0,30 m de espesor suelto, ni exceder
espesores tales que después de compactados sobrepasen los 0,20 m. Aquél espesor
máximo será reducido a lo que se estipula específicamente para ubicaciones
especiales. Las capas deberán ser distribuidas en todo su ancho, incluyendo bermas si
las hubiere excepto en casos de alteos donde se deba trabajar en medio ancho del
terraplén para mantener el tránsito. El desplazamiento del equipo de transporte y
distribución del material deberá ser regulado de manera que utilice todo el ancho de
cada una de las capas de material colocado. Cada capa deberá emparejarse y alisarse
por medio de motoniveladoras y compactadas según las especificaciones
correspondientes.
Los trabajos, materiales, así como todo otro gasto que demanden las operaciones de
escalonamiento de taludes y compactación de la capa superior de terraplenes
existentes, donde fuera necesario, serán considerados incluidos dentro del trabajo
descrito en esta sección y no recibirán pago directo.
e) Saneamiento de base de asiento de terraplén: cuando las características del suelo de
asiento del terraplén no sean las adecuadas, se procederá a la excavación, retiro y
traslado, incluyendo carga y descarga, del material producto de la excavación del
material no apto.
La excavación se practicará en los lugares establecidos por la Inspección de Obra
hasta profundidades también indicadas por la misma; una vez terminadas las
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Sección VI. Requisitos de las obras 105
excavaciones y perfectamente conformadas, se procederá al relleno con suelo común
apto y en condiciones de humedad adecuadas para proceder a su compactación. Esta
se realizará en capas no mayores de 0,30 m y el suelo empleado en la construcción no
deberá contener ramas, troncos, raíces u otros materiales orgánicos.
No se permitirá utilizar en relleno, suelos con humedad igual o mayor que el Límite
Plástico; cuando el nivel donde se haya determinado la profundidad de excavación
esté saturado.
El material se colocará en una sola capa hasta la elevación mínima a la cual puede
hacerse trabajar el equipo. Por encima de esta elevación, el relleno se construirá por
capas en el espesor especificado.
Este trabajo no recibirá pago directo, estando su costo incluido en el ítem
―Terraplenes‖.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
El volumen medido se pagará al precio unitario establecido para el ítem "Terraplenes con
compactación especial, incluido provisión de suelo".
Si no estuvieran definidos los perfiles de proyecto, los volúmenes de terraplenes y desmontes
serán medidos sobre la base del relevamiento planialtimétrico previo y el perfil final indicado
por la inspección, aplicando el método de la media de las áreas.
ARTÍCULO 4 – PREPARACION DE SUBRASANTE
DESCRIPCION
La subrasante será conformada y perfilada de acuerdo con los perfiles incluidos en los planos
u ordenados por la Supervisión, y luego la Contratista adoptará el procedimiento constructivo
que le permita lograr la densidad exigida. La compactación de suelos de subrasante, para el
caso de realizarse sobre suelos existentes, deberá ser en los 0,15 cm superiores, como mínimo
95% de la densidad máxima determinada según ensayo 1, descrito en la norma VN E-5-93 y
su complementaria.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
No recibirá pago directo estando su costo incluido en el ítem "subbase de suelo cemento".
ARTÍCULO 5 – MEZCLAS PARA ELABORACIÓN DE BASES Y SUB-BASES
GRANULARES.
SECCION C II - BASE O SUB BASE DE AGREGADO PETREO Y SUELO Y CAL
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARTICULAR.
El TITULO C.IV – BASE O SUB-BASE DE SUELO CEMENTO, queda complementado
con lo siguiente:
1) La mezcla deberá ejecutarse en Planta Fija. Se exigirá un (1) silo para cada fracción
integrante de la mezcla.
2) Suelo:
Deberá responder a las siguientes características:
Pasa tamiz N° 200, máximo: 80%
Límite Líquido, máximo: 35
Índice de Plasticidad, máximo: 10
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 106
3) El proyecto de mezcla propuesto, acompañado de muestra de los materiales a utilizar
deberá ser presentado por el contratista a la inspección para su aprobación con una
anticipación de 20 (veinte) días corridos previo a la ejecución del Ítem correspondiente
El índice de plasticidad del material deberá ser el fijado para material sin degradar con
una tolerancia de una unidad.
4) MEZCLA EN PLANTA FIJA
Se controlará la mezcla en dos oportunidades (mañana y tarde) índice de plasticidad y
granulometría de la mezcla, a la salida de la mezcladora. De la capa compactada sólo se
controlará su densidad. Se deberá utilizar un silo por cada fracción que integre la mezcla.
5) MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El ítem BASE DE SUELO CEMENTO, se medirá por su volumen teórico terminado, y se
pagará al precio establecido en el Contrato para dicho ítem. Ese precio incluye el perfilado y
compactación de cada capa, las operaciones de preparación de la subrasante, con los
ensanches que puedan corresponder en cada caso, la provisión, transportes, clasificación,
selección, mezcla de los materiales componentes, del cemento Pórtland, y eventualmente el
agua de humedecimiento y mantenimiento.
ARTÍCULO 6 – RIEGOS ASFÁLTICOS
Los trabajos consisten en la aplicación de riegos de material bituminoso de imprimación.
Para riego de imprimación se utilizara emulsión asfáltica tipo CL Emulsión asfáltica catiónica
de imprimación. IRAM 6691-2001.
Este riego recibirá pago por su respectivo ítem.
ARTÍCULO 7 – PAVIMENTO DE HORMIGON
La SECCIÓN A.I CONSTRUCCIÓN DE CALZADA DE HORMIGÓN DE CEMENTO
PORTLAND, se complementa con lo siguiente:
1. Las losas no llevarán otra armadura que la especificada para Barras de Unión y
Pasadores y la correspondiente a los cordones según el plano tipo respectivo.
2. Las barras Pasadoras serán de 25mm de diámetro, de 0,45m de largo y con una
separación de 0,30m entre sí.
3. Las Barras de Unión serán de 12mm de diámetro, 0,50m de largo y una
separación de 0,60m entre barras.
4. Las losas llevarán una junta longitudinal al medio de cada calzada. (O sea a
3,30m del cordón)
5. Las losas tendrán una junta transversal de contracción cada 4,40m.
6. l material para relleno de las juntas aserradas de contracción y las de dilatación
será: ―Caucho de siliconas de bajo módulo‖.
7. El espesor de las losas será de 0,20m.
8. La Resistencia Característica del Hormigón será: 370Kg/cm².
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO.
El ítem ―Carpeta de Hormigón‖, se medirá por su volumen teórico terminado, y se pagará al
precio establecido en el Contrato para dicho ítem. Ese precio incluye la provisión, transporte,
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 107
preparación y colocación de todos los materiales; curado del hormigón; mano de obra y por
todo otro trabajo, equipos, herramientas, etc., necesarios para la correcta terminación de este
trabajo de acuerdo a esta especificación y a las órdenes que imparta la Supervisión.
ARTÍCULO 8 – CORDON DE HORMIGON
DESCRIPCION
Con el objeto de brindar protección al borde del pavimento a construir, en los lugares
indicados en el proyecto, se ejecutarán cordones de hormigón embutidos que tendrán las
dimensiones de 0,20x0,20m., por el largo previsto en la documentación, utilizándose
hormigón de piedra clase "H-13", elaborado y colocado conforme a las normas insertas en la
Sección H-Il del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales (Ed. 1998). Cuando no está
detallada la longitud se adoptará la siguiente, siendo AC el ancho de la calzada transversal de
acceso: L cordón = AC + 20m.
Para su ejecución se abrirá una zanja donde se colocará un molde de madera que siga el perfil
longitudinal del borde de la calzada, compactándose previamente la superficie de asiento sin
dejar puntos flojos. El cordón ejecutado deberá quedar perfectamente adosado a la calzada y
con su cara superior al nivel de la rasante de ella, rellenándose el lado opuesto con suelo
fuertemente compactado.
Los cordones se curarán durante 15 días como mínimo cubriéndolos con tierra o paja mojada,
o regándolos permanentemente.
Cuando la calzada tenga un ancho inferior a 3,65m, el cordón protector se ejecutará para esta
dimensión y el espacio que falte para integrarla al pavimento existente, se completará como
lo establece la especificación ―Refuerzo de Borde de calzadas existentes‖
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Se medirán por metro (m.) lineal, y se pagarán al precio unitario de contrato establecido para
el ítem: "Cordón de hormigón", de 0,20x0,20m., para protección de bordes del pavimento", el
que comprende: excavación, relleno y preparación de la superficie de asiento; provisión,
transporte, preparación y colocación de todos los materiales; curado del hormigón; mano de
obra y por todo otro trabajo, equipos, herramientas, etc., necesarios para la correcta
terminación de este trabajo de acuerdo a esta especificación y a las órdenes que imparta la
Supervisión.
Los ensanches necesarios cuando resulte de aplicación el Refuerzo de borde de calzadas
existentes. Se pagarán conforme lo establece la especificación respectiva.
ARTÍCULO 9 – HORMIGON SIMPLE CEPILLADO
DESCRIPCION
Se utilizará en los trazados de ciciovías de acuerdo a planos de detalles. Sobre base de suelo
cal se hará una carpeta no menor a los 10cm de espesor con mortero tipo H-13, el cual será
nivelado perfectamente y terminado a llana. Antes de su fragüe se pasará un rodillo metálico
a efectos de lograr una textura antideslizante, se incorporará a la mezcla en debida proporción
para tonalizar la carpeta, ferrite de color verde.
Se preverán juntas de dilatación en paños de 9m2 como máximo rellenadas con sellador
elástico.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Se medirán por metro cúbico, y se pagarán al precio unitario de contrato establecido para el
ítem: ―Hormigópn simple cepillado‖, el que comprende: provisión, transporte, preparación y
colocación de todos los materiales; curado del hormigón; mano de obra y por todo otro
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Sección VI. Requisitos de las obras 108
trabajo, equipos, herramientas, etc., necesarios para la correcta terminación de este trabajo de
acuerdo a esta especificación y a las órdenes que imparta la Supervisión.
ARTÍCULO 10 – SOLADOS DE LAJAS ROSADAS IRREGULARES
Artículo 10.a. CONTRAPISO DE HORMIGON POBRE
Antes de la ejecución del contrapiso se procederá a limpiar el suelo, quitando toda materia
orgánica, desperdicio, etc. Se consolidará el terreno mediante un apisonamiento adecuado y
riego en caso de ser necesario.
Se ejecutara con un hormigón de cemento-arena-agregado pétreo triturado grueso.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
En este ítem se medirán los metros cúbicos correspondientes al sub item ―Contrapiso de
hormigón pobre‖; y se pagarán conforme a los precios unitarios de contrato establecidos para
el sub ítem.
Artículo 10.b. LAJAS ROSADAS IRREGULARES
El solado de las sendas peatonales estará materializado por lajas rosadas de forma irregular y
su espesor mínimo será de 2 cm. Deberán presentar aspecto sano, fundamentalmente no
escamosas, o sea, que ante cambios de humedad y temperatura no se escamen perdiendo así
su espesor, y la dimensión mínima de la pieza colocada no deberá ser menos de 50 cm. La
Supervisión rechazará cualquier pieza que no cumpla con estos requisitos. Las piezas, se
mojarán perfectamente y se asentarán con MAR 1/2: 1: 1/4, sobre el contrapiso de suelo
cemento, perfectamente nivelado, dejando la menor junta posible entre piezas (junta máxima
2cm); luego, se deberán rellenar las juntas con MC 1:3 suficientemente líquido con pastina al
tono de la laja, como para que la misma penetre perfectamente en la junta entre las piezas.
Las pastinas a usar deberán ser de primera calidad; será ferrite rojo. Las juntas de dilatación
se dispondrán a una distancia de no más de 4m, siendo lo óptimo, 3m, se cortarán con
amoladora de mano con disco de diamante, y de ningún modo se aceptarán juntas de
dilatación que se corten a mano. La disposición de las juntas se ejecutarán conforme a planos
o bien, ante la omisión de este tema en ellos, se resolverá en obra a satisfacción de la
Supervisión. Las juntas se llenarán con sellador elástico, y no se permitirá el uso de arena u
otro relleno para disminuir el volumen de la misma; la profundidad de la junta será del
espesor de la laja más la del mortero de fijación, como mínimo.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
En este ítem se medirán los metros cuadrados del sub ítem ―lajas rosajas irregulares
colocadas‖ y se pagarán conforme a los precios unitarios de contrato establecidos para el sub
ítem.
ARTÍCULO 11 – EXCAVACIONES
Ésta especificación, se encuentra incorporada en la Publicación ―PLIEGO DE
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES‖, y se complementa con lo siguiente:
SECCIÓN B-II EXCAVACIONES. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARTICULAR
En el título B-II.3 - CONSTRUCCIÓN, apartado B II.3.12 se establece una distancia de
transporte de 1.000 metros.
ARTÍCULO 12 – HORMIGÓN ARMADO PARA OBRAS DE ARTE
DESCRIPCIÓN
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Sección VI. Requisitos de las obras 109
La presente especificación se refiere a la construcción de sumideros, cámaras, espaldones y
cunetas revestidas indicadas en los planos del proyecto.
Los hormigones a ejecutar deberán ajustarse a lo establecido por el Reglamento CIRSOC
201.
Todas las obras serán construidas con las dimensiones, espesores, cotas y armaduras
establecidas en los planos de detalle. Rigen las disposiciones de la sección H.II. del PET. Año
1998.
Todas las obras de arte de ―hormigón armado‖ construidas, deberán presentar paramentos
internos lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias que se notaren deberá
subsanarlas la contratista, por su cuenta.
La fundación de las obras de arte se ejecutará en la forma especificada en los planos de
detalle. Rigen las disposiciones de la sección H.I. del PET. Año 1998.
Los aceros a utilizar responderán a las especificaciones sección H.II. Las armaduras serán
dobladas, siempre en frío, y donde lo indican los planos respectivos. Los empalmes de barras
se realizarán por medio de superposición de atadura de alambres. No se admitirán empalmes
soldados. No se admitirán ataduras o armaduras pasantes que atraviesen el hormigón.
El relleno de las excavaciones, una vez ejecutadas las estructuras de hormigón previstas, se
realizarán con el material previamente acopiado producto de las mismas.
El relleno y compactación de las excavaciones a ambos lados de las estructuras construidas
hasta alcanzar una tapada mínima de 0.30m por encima del techo de las mismas, deberá
realizarse con suelos libres de piedras, cascotes y materiales putrescibles.
El material sobrante no utilizado para el relleno y tapada de las excavaciones en los cuales se
debe alcanzar el nivel original de rasante de la calle o vereda según el caso, obtenido de las
excavaciones realizadas, será retirado del lugar depositado donde lo indique la inspección,
hasta una distancia máxima de 5km.
El relleno de las excavaciones, a ambos lados de las estructuras de hormigón construidas y
hasta alcanzar 0.30m de tapada sobre las mismas, salvo indicación en contrario por parte de la
inspección, se ejecutará con pala y a mano, en capas sucesivas de 0.20m de espesor, de
manera de llenar perfectamente los huecos entre la estructura y el terreno firme.
La compactación de dichas capas se realizará mediante vibrocompactadores, cuidando que el
contenido de humedad sea el óptimo determinado a partir del ensayo próctor, debiendo
alcanzarse una densidad no inferior al 90% de la obtenida con dicho ensayo. El trabajo de
relleno a ambos lados de las estructuras de hormigón construidas se deberá realizar entre los 7
y 14 días de completado el desencofrado de las estructuras de hormigón.
En las capas inferiores podrá realizarse compactación manual, con herramientas adecuadas.
EQUIPOS
Se utilizarán los equipos y encofrados más apropiados a la naturaleza del terreno y al lugar
donde serán ejecutados los trabajos.
MEDICIÓN
Los hormigones para obras de arte se medirán por metro cúbico medido en su posición
definitiva, según las dimensiones teóricas contenidas en los planos
FORMA DE PAGO
Se medirán en la forma establecida, y su precio será la compensación total por el encofrado,
curado del hormigón, relleno de excavaciones con compactación manual, mano de obra y
equipo necesario para terminar la obra.
ARTÍCULO 13 – COMPUERTAS
DESCRIPCIÓN
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 110
Las tres alcantarillas de caño de chapa galvanizada ondulada, situadas en proa. 0,680, tienen
1,37m de diámetro interno.
Estas alcantarillas se emplazaran con una equidistancia entre ejes de 4,90m y en su extremo
de entrada llevarán cabeceras con alas abocinadas s/plano tipo J-7138, en su extremo de
salida llevarán un muro de cabecera del tipo ―Contrafuerte para luces múltiples‖ según el
mismo plano J-7138.
En el muro de contrafuerte se empotrarán los marcos ―L‖ para conformar una salida cuadrada
de 1,37 x 1,37m., según el plano de detalle de compuertas.
Las compuertas llevan un bastidor de 1,45m x 1,45m, constituido por 18 perfiles verticales
doble T de 80 x 42 x 6 de 136cm de largo, soldados a dos perfiles horizontales ―C‖ de 80 x 45
x 6 uno superior y otro inferior. Estos dos perfiles ―C‖ se extienden hasta encajar soldados, en
el contorno del caño vertical de eje de giro. Este caño debe ser de 50mm de diámetro externo
y 6mm de pared.
La compuerta estará sellada por el lado Río con una chapa de 1,5mm de espesor de 145 x 145
cm, la cual debe soldarse a los perfiles extremos de contorno en forma estanca y a los perfiles
intermedios en la zona central de cada ala de los perfiles doble‖T‖, con el fin de que resista
eventuales presiones diferenciales entre sus caras, de hasta 0,15 Kg/cm2, causadas por una
lluvia en la ciudad estando las compuertas cerradas.
En la cara interna o de apoyo del cierre de la compuerta, se soldará un contorno de chapa de
1,5mm de espesor. (dejando libre un cuadrado de 136 x 136cm, para no cerrar el bastidor de
la compuerta). Esta chapa tendrá un volado del orden de 15mm sobresaliendo del perfil, para
poder adaptarse bajo presión al marco de apoyo y cierre y proveer una menor posibilidad de
filtraciones. La soldadura de fijación de esta chapa también debe ser estanca.
El caño de giro rotará y se apoyará en un quicio o pivote , constituido por un eje de 25mm de
diámetro soldado a una placa de fijación de 10 x10 cm y 1cm de espesor asegurada al
hormigón de la platea mediante bulones. Entre el caño y el eje del pivote se colocarán bujes
de bronce y una arandela. Este pivote deberá tener un huelgo entre los cojinetes,
suficientemente amplio para evitar se agarrote por incrustaciones u óxido y que además
permita a la compuerta adaptarse al apoyo en el marco de cierre. Esto también se aplica al
cojinete superior.
El caño de giro se soportará en la parte superior con un cojinete constituido por un perfil ―L‖
de 80 x 80 x 6 abulonado al perfil de marco de 115 x 65 x 6, en el cual se practicará el
orificio de 51mm de diámetro para que pase el caño.
La manija de accionamiento deberá tener un brazo del orden de 75 a 80cm, con elementos
para posibilitar su fijación en posición cerrada o abierta. En principio se situará en una cota
de 56,90m. Para la posición cerrada se debe poder asegurar la palanca con alambres a modo
de fusible para un esfuerzo de unos 250 a 300 kg, con el objeto de que la compuerta se abra
cuando el nivel del agua en la alcantarilla supere en unos 25 a 30cm el nivel externo y
posibilite la automática evacuación de una lluvia en la ciudad.
El proponente deberá cotizar como alternativa la extensión del caño de giro y manija hasta
cota 59,50, sostenidas en columnas de hormigón armado, con escaleras, montadas desde el
muro de contrafuerte de cabecera.
Todos los elementos metálicos deberán someterse a tratamientos de limpieza superficial y
recubrimientos y pinturas antioxidantes, adecuados para perdurar bajo inundación frecuente.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El precio del ítem será global, comprenderá la realización de los proyectos de detalle
complementarios conforme al diseño que proponga el contratista, la construcción y montaje
de las tres compuertas, la adecuación de los empotramientos de las columnas de hormigón
armado en los muros de cabecera, y las propias columnas hasta las alturas indicadas para
sostener las manijas y sus elementos de fijación y comando, los marcos fijos y sus anclajes en
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Sección VI. Requisitos de las obras 111
el muro de cabecera, las articulaciones, cojinetes, ejes, los soportes de cojinetes y todo otro
elemento necesario para que el sistema opere en forma adecuada y completa.
ARTÍCULO 14 – PUENTES
1.- ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO
Esta especificación se refiere a las condiciones y características que rigen para la ejecución de
las losas (tablero y losas de aproximación), vigas principales y de arriostramiento, pilas y
estribos. Las mismas se ejecutarán de acuerdo a lo indicado en los planos y detalles
contenidos en la documentación de licitación, debiendo ajustarse su ejecución y recepción al
Reglamentos CIRSOC 201 y Anexo.
Materiales
Las estructuras mencionadas serán de hormigón armado.
El hormigón elaborado tendrá una tensión característica mínima de cn=210 kg/cm2 y de
cn=380 kg/cm2 según sea el caso. Los materiales utilizados deberán responder a lo
especificado en la Sección H.II ―Hormigones de Cemento Portland para Obras de Arte‖ del
Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998 de la Dirección Nacional de
Vialidad.
Las armaduras serán barras de acero torsionadas con tensión de fluencia mínima st=4200
kg/cm2 y responderán a lo establecido en la Sección H.III "Aceros especiales en barras
colocados" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998.
Construcción
Los procedimientos constructivos adoptados se pondrán a consideración de la Inspección
respetando la normativa establecida en el Reglamento CIRSOC 201 en los capítulos: 9-10-11-
12-13 y 14.
Recepción
Las condiciones para la recepción o aceptación de las estructuras terminadas se efectuarán de
acuerdo a lo especificado en la Sección H.11 "Hormigones de Cemento Pórtland para Obras
de Arte" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998 y a lo dispuesto en
el Capitulo 8 del Reglamento CIRSOC 201.
Medición y forma de pago
Se medirán por metro cúbico de hormigón colocado, incluida la armadura correspondiente.
Se pagarán al precio unitario de contrato establecido para el metro cúbico de hormigón
armado del elemento estructural que fuera medido y certificado.
Dicho precio unitario comprende la provisión, transporte, carga y descarga de los materiales
necesarios para la elaboración del hormigón armado, mano de obra, equipos, herramientas,
cimbras, apuntalamientos, encofrados, corte, doblado y colocación de la armadura,
elaboración, colocación y curado del hormigón, reparación y terminación de superficies,
ejecución de las juntas, ensayos, prueba de carga directa y conservación de las mismas hasta
el momento de la recepción provisoria y todos aquellos trabajos adicionales necesarios para la
correcta ejecución del ítem en cuestión.
2.- PILOTES EXCAVADOS HORMIGONADOS "IN SITU"
La ejecución del pilotaje se hará de acuerdo a lo establecido en la Sección I.II "Pilotes
excavados hormigonados in situ" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales -
Edición 1998.
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Sección VI. Requisitos de las obras 112
Se realizarán fundaciones con pilotes excavados hormigonados "in situ" perforando
previamente el terreno y rellenando la excavación con hormigón fresco y las correspondientes
armaduras.
Se dispondrán grupos de pilotes vinculados a través de cabezales, bajo los estribos y las pilas
y columnas ubicadas en el canal del riacho, según se indica en la documentación gráfica.
Materiales
El hormigón elaborado tendrá una tensión característica mínima cn=210 kg/cm2 y los
materiales utilizados deberán responder a lo especificado en la Sección H.11 "Hormigones de
Cemento Portland para Obras de Arte" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales,
Edición 1998. Se utilizará cemento Portland tipo ARS.
Las armaduras serán barras de acero torsionadas con tensión de fluencia mínima st=4200
kg/cm2 y responderán a lo establecido en la Sección H.III "Aceros especiales en barras
colocados" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998.
Equipos necesarios para la ejecución de las obras
Deberá ofrecer las máximas garantías en lo que se refiere a:
- Continuidad de los pilotes
- Calidad del hormigón
Construcción
En el hormigonado se deberá garantizar que cada pilote tenga en toda su longitud, sección
completa, sin vacíos, bolsadas de aire o agua, coqueras, corte ni estrangulamiento. Se deberá
evitar el deslavado y segregación del hormigón fresco.
Los extremos de las armaduras longitudinales se separarán del fondo de la excavación (cota
de fundación definida), como mínimo 0.20m.
El hormigonado del pilote se deberá realizar sin interrupciones de modo que entre la
colocación de dos masas sucesivas no pase tiempo suficiente para el inicio del fraguado. Si
por alguna razón esta condición no se cumpliera se procederá a realizar un estudio, a cargo de
la Contratista, que en forma conjunta con la Inspección decidirán el arreglo o rechazo del
pilote en cuestión.
Recepción
Los pilotes deberán estar colocados en una posición que no difiera en más de diez centímetros
(10cm) de la señalada en los planos y con una inclinación tal que la desviación del extremo
respecto de la prevista no sea superior al 2% de la longitud del pilote.
Medición y forma de pago
Las fundaciones por pilotes moldeados "in situ" se medirán en metros cúbicos (m3) de
hormigón. Para el cálculo del volumen se medirá la longitud del pilote entre el extremo
inferior del cabezal y la cota de fundación, en el caso de los estribos; y entre la cota del
terreno natural o fondo del cauce y la cota de fundación en el caso de las pilas. Los metros
cúbicos de suelo excavado para pilotes se pagarán al precio unitario de contrato establecido
para el ítem respectivo
Los metros cúbicos de hormigón para pilotes se pagarán al precio unitario de contrato
establecido para el ítem respectivo. Dicho precio unitario comprende la provisión, transporte,
carga y descarga de los materiales necesarios para la elaboración del hormigón armado,
estudio de suelos para fundaciones, excavación del pilote, mano de obra, equipos,
herramientas, encofrados, encarnizados, corte, doblado y colocación de la armadura,
elaboración y colocación del hormigón, demolición de la cabeza del pilote cuando resulte
necesario, ensayos, pruebas de carga y todos aquellos trabajos adicionales necesarios para la
correcta ejecución del ítem en cuestión.
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Sección VI. Requisitos de las obras 113
3.- APOYOS DE NEOPRENO ARMADOS COLOCADOS
Las características, instalación medición y forma de pago, responderán a lo establecido en la
Sección L.XVIII "Apoyos de policioropreno colocados" del Pliego de Especificaciones
Técnicas Generales, Edición 1998.
Cada unidad de apoyo estará constituida por placas de policioropreno intercaladas con chapas
de acero. La perfecta adherencia de policioropreno y chapas de acero se logrará mediante un
proceso de vulcanización de todo el conjunto.
Colocación
Para los apoyos de vigas, cada unidad deberá colocarse sobre una superficie perfectamente
plana y horizontal. Esto se logrará mediante la construcción de bases de apoyo en dinteles de
pilas y bancadas de estribos. El ajuste final para el posicionamiento de los apoyos se hará con
una placa de mortero de cemento (1:2) con un sobreancho de 1 cm en todo el contorno con
respecto al apoyo.
Ensayos para la Recepción
El compuesto de policioropreno deberá responder a las exigencias indicadas a continuación:
- Propiedades físicas originales:
a - Dureza Shore (IRAM 113-003): 600 +/- 5º
b - Resistencia a la tracción (IRAM 113-004): mín. 17,5 MPa
c - Alargamiento a la rotura: mín. 350%
- Comportamiento bajo envejecimiento térmico a 100ºC durante 72 horas
a - Modificación de la dureza Shore (IRAM 113-003/005): máx. 15º
b - Modificación de la resistencia a la tracción: máx. -15%
c - Modificación del alargamiento a la rotura: máx. -40%
Deformación por compresión después de 24 horas a 1 OOIC: máx. 35% Resistencia al ozono.
Para una concentración de 1 ppm. En volumen de aire, a una deformación del 20% durante
100 horas a 38ºC+/-1ºC: NO SE AGRIETARA.
Las probetas se extraerán de planchas del mismo material con que se elaboren los apoyos.
Todos los apoyos serán inspeccionados visualmente mientras se hallen sometidos a una carga
de compresión igual a 1.5 veces la tensión de trabajo a compresión, verificándose que no se
produzcan: sopladuras, desprendimientos, desplazamientos ni grietas. Ante alguna falla el
apoyo será rechazado.
Medición y forma de pago
Se medirán por números de apoyos de policloropreno armados colocados. Se pagarán al
precio unitario de contrato estipulado por ítem correspondiente e incluye la provisión,
transporte, preparación y colocación de todos los materiales que los constituyen, mano de
obra, provisión y mantenimiento del equipo y ejecución de todas las operaciones
indispensables para la correcta colocación de los mismos en la obra.
4.- CARPETA DE RODAMIENTO
La ejecución de la carpeta, se realizará con materiales y métodos en un todo conforme a lo
indicado en el documento mencionado en Especificaciones Generales, en la Sección A.l:
"Construcción de la calzada de hormigón de Cemento Portland".
La carpeta se ejecutará de 0,05m de espesor como mínimo, sobre la losa de tablero, previa
limpieza, barrido y soplado de la superficie.
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Sección VI. Requisitos de las obras 114
5.- DEFENSA CENTRAL DE HORMIGON
Esta barrera o defensa, consistirá en módulos de hormigón premoldeados que contendrán
elementos embutidos para su interconexión. Deberá pintarse de blanco con elementos
reflectivos o luminosos para su visualización nocturna. Los extremos de la defensa deberán
estar protegidos con amortiguadores de impacto debidamente señalizados con la antelación
suficiente y alejados del carril de circulación.
La sección transversal corresponderá a la indicada en la figura Nº 9 de la Sección L.XIX
"Señalamiento de Obras en Construcción" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales,
Edición 1998.
6.- BARANDA METÁLICA CINCADA PARA DEFENSA.
Las defensas se colocarán respetando las instrucciones del Plano Tipo H-10237.
Para esta obra los materiales a utilizar cumplirán con las siguientes características:
Defensa: Clase B
Espesor: Calibre 10 (B.G) – 3,2mm
Postes: Pesados con Wx (cm3) x Wy (cm3) > 1578 cm6
P.N.U - Laminados en frío.
Separación de los mismos 3,81m
Se deben prever arandelas reflectantes y dos alas terminales comunes para cada tramo
colocado.
Forma de pago
La baranda metálica (flexbeam) aprobada y medida, será certificada y pagada al precio
unitario de contrato para el ítem ―BARANDA METÁLICA CINCADA PARA DEFENSA‖.
Este precio será compensación total por la provisión, transporte, acopio, carga y descarga,
colocación de postes y brandas cíncadas, medidas de seguridad y toda otra operación o
insumo necesario para dejar la calzada demarcada en la forma especificada, como así también
los costos de conservación necesarios hasta la recepción definitiva.
7.- BARANDA PEATONAL METALICA DE CAÑOS DE HIERRO NEGRO
En el extremo de la losa del tablero en voladizo, como protección peatonal, se realizará todo
un trayecto de barandas compuestas por travesaños de caños de hierro negro de Ø4" y 2mm
de espesor, soldados a planchuelas de 50 mm x 1/2" de espesor, amuradas a la losa del
tablero. Cada 2,00m se colocarán planchuelas como parantes refuerzos de 80 mm x ¼" de
espesor. Todo el conjunto se terminará con dos manos de antióxido y dos manos de esmalte
sintético color de acuerdo a lo indicado por la Inspección. La distancia promedio entre eje de
será de 6,40m.
Todos los elementos metálicos integrantes deberán cumplir las exigencias establecidas en las
Normas IRAM.
La baranda se medirá y pagará por metro lineal. El precio unitario de contrato cotizado para
el ítem respectivo comprende el costo de la provisión, transporte, preparación y colocación de
todos los materiales, armado, pintado, equipos, herramientas, mano de obra y todo otro
elemento adicional necesario para dejar terminado el trabajo de acuerdo con la
documentación gráfica y esta especificación.
8.- PRUEBAS DE RECEPCIÓN DEL PUENTE
Antes de la recepción provisional, deberán efectuarse las pruebas estáticas y/o dinámicas de
acuerdo a lo estipulado en la Sección L-XVI "Pruebas de Recepción de Puentes" Edición
1998.
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Sección VI. Requisitos de las obras 115
Todos los gastos que impliquen las pruebas á ejecutar son por cuenta exclusiva de la
Contratista y por lo tanto se consideran incluidos dentro de los precios cotizados para los
distintos ítem del proyecto.
9.- VARIOS
La Empresa Constructora podrá proponer otro tipo de estructura de puentes, siempre que se
respeten las cotas y progresivas de proyecto. En este caso los costos del proyecto ejecutivo
correrán por su exclusiva cuenta.
El proyecto deberá ser aprobado por la Inspección y se deberá ajustar a los requerimientos
que la misma realice al respecto.
ARTÍCULO 15 – SEÑALIZACIÓN VERTICAL
DESCRIPCION
La señalización vertical comprende la construcción, montaje y emplazamiento de las señales
siguiendo los lineamientos establecidos en el Anexo L – Sistema de Señalización Vial
Uniforme, Decreto 779/95 Texto Reglamentario del Art.22 de la ley de Tránsito N° 24.449 y
plano de detalle con la excepción de las modificatorias introducidas en la presente
especificación técnica particular y/o las instrucciones que imparta la Inspección de Obra
Las chapas a ser utilizadas en la conformación de las señales podrán ser de aluminio ó en su
defecto de hierro galvanizado. Los postes de sostén deberán ser de madera dura, no
aceptándose los postes de hierro galvanizado. Los dorsos de las chapas y los postes de sostén
deberán ser perfectamente pintados.
Las leyendas y fondos de las señales se ejecutarán por medio de láminas reflectantes,
termoadhesivas y colores normalizados. Las dimensiones, leyendas y metodología de
colocación se ejecutarán siguiendo las especificaciones en la materia de la D.N.V. y planos.
Las señales serán colocadas en las posiciones que determine la Inspección de Obra,
atendiendo al estado y cantidad de señalización existente, prioridades relativas en la obra,
condiciones particulares de visibilidad, etc.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
La señalización vertical se medirá y certificará por m2 de unidad de señal ubicada en su
posición definitiva, con excepción de los pórticos que se medirá y certificará por unidad de
pórtico ubicada en su posición definitiva.
El pago es compensación total por los materiales, postes, pintura de dorso, transporte, mano
de obra para colocación y toda otra tarea no detallada pero necesaria para su correcta
ejecución y uso.
ARTÍCULO 16 – DEMARCACION HORIZONTAL
NORMAS GENERALES DE LA GEOMETRÍA
DESCRIPCION: La presente especificación comprende la aplicación de una capa de pintura
reflectiva (conteniendo microesferas premezcladas, más el sembrado posterior de otra
cantidad de microesferas) por métodos mecánicos sobre la superficie de los pavimentos con
el fin de demarcar señales en los mismos, para el movimiento y/o ordenamiento de vehículos,
cruce de peatones y toda otra finalidad específica de señalamiento que oportunamente se
determine, y en extensión que forma parte de la presente documentación.
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Sección VI. Requisitos de las obras 116
FORMA, DIMENSIONES Y UBICACION DE LAS DEMARCACIONES: La forma,
dimensión, ubicación y variedad de las demarcaciones serán las que indican a continuación o
se indiquen en los planos que se acompañan, y en generales de detalle, de acuerdo a la
característica que ofrezca el trazado de las rutas a demarcar.
NORMAS GENERALES
Eje y Separación de Carriles:
- En zona rural en trazos discontinuos de 4,50 m. de largo y 0,10 m. de ancho, color blanco,
alternados con 7,50 m. sin pintar. (Relación 0,375)
- En zona urbana con trazos discontinuos de 3,00 m. de largo y 0,10 m. de ancho, color
blanco, alternado con 5,00 m. sin pintura o bien en trazos discontinuos de 1,00 m. de largo y
0,10 m. de ancho, color blanco, alternados con 1,66 m. sin pintar. (Relación 0,375).
- En curvas horizontales y verticales, en puentes, en cruces con otras rutas nacionales y
provinciales y 124,50 m. antes de los pasos a nivel, los trazos del eje serán en amarillo y
continuos en 0,10 m. de ancho, efectuándose cortes de 0,05 m. de longitud donde la
Inspección lo indique, para evitar la acumulación de agua. Con respecto a cruces con caminos
rurales, vecinales o comunales se efectuará este señalamiento en aquellos casos que así lo
estimara la Inspección de Obra, en virtud del tránsito que posean.-
- Las distancias mínimas de prohibición de sobrepaso serán de 156 m. en curvas horizontales
y verticales, 148,50 m. en cruces con otras rutas y de 156 m. en accesos a puentes.-
- En curvas horizontales con 1.200 m. de radio o mayores se demarcará el eje con el trazo
blanco discontinuo de la zona rural, sin zona de prohibición de sobrepaso.-
- En obras de arte de hasta 10 m. de luz y con ancho de calzada como mínimo de 8 m., no se
demarcarán zonas de prohibición de sobrepaso, continuándose la franja central discontinua
color blanco común del eje del pavimento.-
- Bordes: franja en trazo continuo de 0,10 m. de ancho, color blanco.-
La demarcación de bordes será interrumpida en:
a) Todos los cruces con otras rutas y caminos ya sean estas nacionales, provinciales,
comunales, etc. de la siguiente forma: Con rutas y/o caminos pavimentados y con
señalización horizontal, se continuará demarcando el borde de la curva hasta empalmar el
trazo existente. Con rutas y/o caminos pavimentados sin señalización horizontal se continuará
demarcando el borde hasta el fin de la misma. Con rutas y/o caminos sin pavimentar, al llegar
al punto de arranque de una curva teórica de empalme de 10 m, de radio.-
b) En los puentes y alcantarillas cuando el ancho de la calzada sea igual al del pavimento y
el cordón del guarda rueda continúa la línea del borde de esta.-
c) En todos los accesos a las estaciones de servicio sin excepción y a los de establecimientos
comerciales, industriales, etc. que ha juicio de la Inspección de la Obra resultara conveniente
por el volumen de tránsito que accede a los mismos.
En todos los casos deberá procederse así:
En los accesos no pavimentados la interrupción deberá hacerse al llegar al punto de
arranque de una curva teórica de empalme de 6 m. de radio.-
d) En toda otra situación en presencia de cordones.-
e) En los puntos donde así lo establezca la Inspección, para impedir la acumulación de agua
y facilitar su escurrimiento, se efectuarán cortes perpendiculares al eje del camino de 0,05 m.
de ancho.-
f) Cuando sea necesario demarcar sendas peatonales en zonas urbanas éstas estarán
constituidas por dos trazos paralelos, continuos de color blanco en 0,30 m. de ancho cada uno
y separados entre sí 1,80 m. Además, en media calzada se demarcará la línea de frenado,
paralela a la senda peatonal a 1,00 m. de distancia color blanco trazo continuo y también en
0,30 m. de ancho.-
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Sección VI. Requisitos de las obras 117
MATERIALES: Los materiales serán provistos por el Contratista, quién se constituye en
responsable de los mismos. La cantidad a proveer será la necesaria para ejecutar la
demarcación horizontal prevista.
CONDICIONES GENERALES DE ACEPTACION: La aceptación de los materiales con que
se propone la realización del ítem demarcación horizontal quedará condicionada a la
presentación de los siguientes recaudos:
1.-Certificado del Fabricante donde se indique:
a- el material es específicamente destinado a la Demarcación Vial y se atiene a lo indicado
en el Punto Característica Técnicas del Material.
b- localización de la planta de producción del mismo.
c- Posee instalaciones de laboratorio adjuntas a la planta de producción, para efectuar el
adecuado control de calidad.
2.- Garantía de Durabilidad: La pintura deberá estar garantizada por la firma oferente contra
fallas debidas a una adhesión deficiente, ya sea por defectos del material o método de
aplicación, por un plazo de 12 meses, bajo las condiciones estipuladas en el artículo
Conservación de la Obra Durante el Plazo de Garantía.
La falta de presentación de uno o mas de los recaudos solicitados mas arriba, podrá ser causal
de rechazo de la oferta.
El ente contratante se reserva el derecho de interpretar el resultado de los ensayos y
fundamentar la aceptación o rechazo de la pintura y/o esferas de vidrio (incorporadas o a
sembrar) en base a los mismos o a resultados de ensayos no previstos en estas
especificaciones.
a)- El replanteo de la señalización horizontal se indica con pintura de corta durabilidad, tiza u
otros elementos fácilmente removible.
b)- El sustrato será cepillado, soplado y secado a efectos de lograr la eliminación de toda
materia extraña a la pintura. La Inspección controlará que este trabajo se ejecute en forma efi-
ciente, no autorizando la aplicación de material en las zonas preparadas en forma deficiente.
Para la ejecución de estos trabajos se usarán equipos mecánicos cuando ellos se hallen
indicados (Artículo: Para Equipos de Aplicación Mecánica).
c)- La aplicación propiamente dicha se efectuará por medio de los equipos autorizados y la
superficie a obtenerse deberá ser de ancho uniforme, presentar sus bordes bien definidos,
rectos y nítidos, libre de burbujas y cráteres, grietas, surcos, ondulaciones superficiales ("piel
de naranja"), alteraciones del color, o cualquier otra anormalidad proveniente del material.
Simultáneamente con la aplicación de la pintura se procederá al sembrado de esferas de
vidrio.
Dicha operación se sincronizará de tal forma que las esferas no se sumerjan totalmente ni
sufran falta de adherencia por un incorrecto secado superficial de la pintura. Además se
deberán dispersar uniformemente en toda la superficie de la marca. Si fuese necesario para la
obtención inmediata de la reflectancia adecuada, se deberá incrementar la cantidad a sembrar
mínima por m2 especificada.
Si las esferas a sembrar están húmedas o fluyen con dificultad, la inspección podrá exigir su
reemplazo.
d)- Para la doble línea amarilla o blanca, divisoria de calzada, es de fundamental importancia
mantener la alineación de la demarcación de modo que el final de cada tramo deberá estar
perfectamente alineado con el comienzo del siguiente al cruzar la intersección.
La doble línea amarilla deberá terminar en una línea de pare.
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Sección VI. Requisitos de las obras 118
Cuando por razones de diseño se deben pintar ejes transpasables, estos serán intermitentes y
observarán el mismo módulo descrito para las líneas de carril de 0,375.
En el caso de carriles reversibles se marcarán el doble eje y las líneas de carril, en amarillo en
forma intermitente según el módulo indicado. Las líneas del doble eje podrán ser de 0,20 m.
de ancho, las de carril serán de 0,10 m.
e)- El marcado de las sendas peatonales en la arteria principal se realizará antes que en las
transversales.
f)- Diseño de las sendas peatonales:
Se utilizarán sendas peatonales denominadas "cebradas" donde los volúmenes peatonales
sean importantes, donde existan "bolsones de acumulación de tránsito" que superen los 10 m.
recomendándose especialmente bajo las siguientes condiciones:
En intersecciones y/o cruces peatonales donde no exista señalización luminosa. Los cruces
peatonales en las proximidades del acceso a establecimientos educacionales, industrias, zonas
de trasbordo de transporte público o adyacente a área peatonales deberán pintarse cebradas.
Donde al volumen de tránsito peatonal sea bajo, podrá utilizarse el diseño de líneas llenas (de
0,30 m. de ancho cada una) para delimitar el área de tránsito peatonal que atraviesa la calle,
como así también el método denominado "de pancitos" o punteado.
g)- Las franjas peatonales (cebrado) o los extremos virtuales de ellas (pancitos) deberán estar
alineado paralelamente al cordón de la arteria que se está demarcando.
h)- La línea de frenado deberá ser paralela a la alineación que se le de a la senda peatonal,
salvo expresa indicación en contrario.
i) Las líneas de carril deberán ser paralelas en el tramo comprendido entre dos sendas
peatonales.
Su módulo de intermitencia será de 0,375, observándose las siguientes relaciones de longitud:
VIAS SEGMENTOS
LLENO VACIO TOTAL
Calles y Avenidas 1,00 m 1,65 m 2,65 m
Rutas 3,00 m 5,00 m 8,00 m
Autopistas 4,50 m 7,50 m 12,00 m
j)- Los finales y comienzos de carriles deberán mantener su alineación aún en los casos de
transiciones en el ancho del pavimento.
k)- Las líneas punteadas deberán comenzar, siguiendo la dirección del tránsito, a partir de la
senda peatonal, dejando un espacio no menor de 1,65 m. (o al de la longitud que corresponda
al segmento de vacío cuando este sea superior al indicado), no pudiéndose variar la relación
lleno/vacío según el módulo establecido de 0,375.
l)- La geometría de las líneas de carril será tal que los bastones queden alineados
transversalmente entre si.
m)- La demarcación de líneas de borde se hará con una línea continua de 0,10 m. de ancho,
esta se interrumpirá en las intersecciones, o accesos indicados por la Inspección.
*Inspección:
Las operaciones que se llevarán a cabo para el control de calidad de aplicación son las
siguientes:
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Sección VI. Requisitos de las obras 119
1)- Se constatará si el color del material listo para su instalación (blanco y amarillo) es
similar al de la muestra tipo conforme a lo estipulado en las NORMAS IRAM 1221/92
(pintura reflectante de aplicación en frío) NORMAS IRAM 1211 y 1212/71 y/o la última
NORMA IRAM aprobada (pintura reflectante de aplicación en caliente) que anula las
anteriores, y los métodos de ensayo especificados en las mismas y se verificará el estado de
conservación de las esferas.
2)- Se tomarán las muestras de la pintura y esferas de vidrio desde el recipiente donde serán
aplicados.
3)- Se verificará el correcto funcionamiento del equipo de limpieza, y que la zona a demarcar
quede limpia de polvo, grasitud y humedad.
4)- Durante la aplicación de los materiales se controlará el ancho, espesor y buena
terminación de las marcas.
5)- Se verificará el sembrado de las esferas según visibilidad diurna y nocturna de la siguiente
forma:
Observación Directa
Verificación Diurna: El Inspector se colocará de espaldas al sol y haciendo coincidir la visual
con la trayectoria de los rayos incidentes deberá observarse que la distribución de las
microesferas de vidrio sea uniforme en toda la superficie del material aplicado. Respecto al
grado de inmersión de las esferas, podrá constatarse haciendo uso de una lente de 20
aumentos en diversas zonas del material aplicado.
Método Instrumental: Mediante el uso de aparatos, tales como el "Reflectómetro". Este
método permite una evaluación exacta del nivel de servicio de reflectividad (visibilidad
nocturna) ofrecido por la demarcación.
Y que deberá cumplir con los valores fijados en la Especificación Particular para cada tipo de
pintura.
*Criterios de rechazo de trabajos realizados:
Será rechazado, debiendo ser ejecutado nuevamente por cuenta exclusiva del Contratista, el
tramo donde existan las siguientes anomalías:
a)- Cuando en los ensayos de las muestras recogidas de materiales surgieran resultados que
estuviesen fuera del rango de tolerancias indicadas en la Norma IRAM 1221/92.
b)- En general, en los tramos donde se hubiesen encontrado incumplimiento de los requisitos
de calidad de los trabajos, bajo las condiciones de Inspección descriptas más arriba.
*Registro Generales de Mediciones:
Las obras ejecutadas de conformidad se medirán y asentarán en el Libro de Medición en la
fecha en que lleven a cabo, debiendo constar la conformidad del Contratista o del Profesional
Responsable de lo manifestado en dicha acta y computo.
Dicha medición deberá estar adecuadamente identificada en cuanto a la ubicación del
tramo computado.
Conservación de la Obra durante el plazo de Garantía:
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Sección VI. Requisitos de las obras 120
Durante el plazo de garantía, la Inspección llevará a cabo un control del estado de la obra
realizada en forma periódica, conjuntamente con el Profesional Responsable o el
Representante Técnico.
A resultas del mismo, se consignará los resultados de la evaluación en un acta que será
firmada por ambos.
En caso de superarse estos límites, el Contratista reparará dentro de los 30 días de la fecha
de inspección periódica y a su cargo, toda parte de la obra que se haya considerado
defectuosa, dejándola en las condiciones iniciales.
DEMARCACION HORIZONTAL CON MATERIAL TERMOPLASTICO
REFLECTANTE DE APLICACIÓN EN CALIENTE POR PULVERIZACION
1.- ALCANCE
Esta Especificación alcanza a la ejecución de franjas demarcatorias constituidas por carriles
de circulación, líneas divisorias de calzada, líneas de borde, etc. Mediante la aplicación de
material termoplástico reflectante, en el ancho, espesor, cantidad y color especificado y
terminado con un ―sembrado‖ de microesferas de vidrio de las características y calidad
especificadas.
Los trabajos se ejecutarán en un todo de acuerdo a estas Especificaciones, a las órdenes dadas
por la Inspección de la Obra y a las Normas Generales de la Geometría, Replanteo y
Seguridad para el Desarrollo de Obras de Señalización.
2.- CARACTERISTICAS TECNICAS
2.1- Materiales
Serán provistos por el Contratista quien será el responsable de la calidad de los mismos.
La cantidad a proveer será la necesaria para ejecutar la demarcación prevista. Las mismas
deberán cumplir con las siguientes condiciones:
2.1.1- Material termoplástico
Deberá cumplir con Norma IRAM 1211 y 1212 Edición Diciembre de 1971. Un ejemplar de
dicha Norma acompaña esta Especificación, encontrándose próxima a su publicación la
Edición Actualizada de dichas Normas al año 1994 por IRAM, su aparición por si implicará
su puesta en vigencia, anulándose la validez de las Normas IRAM de ediciones anteriores a
1994.
2.1.2- Microesferas de vidrio
Las microesferas de vidrio deberán ser adicionadas en dos etapas:
Incorporadas a la pintura antes de su aplicación (Tipo PREMIX) a razón mínima de 200
gramos/kg. De material termoplástico.
Sembradas por aspersión inmediatamente después de aplicada la pintura (Tipo DROP-ON) a
razón mínima de 400 gramos/m2.
Las microesferas deberán cumplir los siguientes requisitos:
REQUISITOS UNID MINIMO MAXIMO METODOS DE
ENSAYO
Granulometría de las esferas a
incorporar
pasaje por:
TAMIZ IRAM 180 (Nº 80)
TAMIZ IRAM 105 (N° 140)
TAMIZ IRAM 62 (N° 230)
%
%
%
90
10
0
100
55
10
IRAM 1221
IRAM 1221
IRAM1221
Índice de refracción - 1,5 - IRAM 1212
Esferas perfectas
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Sección VI. Requisitos de las obras 121
Granulometría de las esferas a
sembrar,
pasaje por:
TAMIZ IRAM 590 (N° 30)
TAMIZ IRAM 180 (N° 80)
%
%
90
0
100
10
IRAM 1221
IRAM 1221
2.1.3 – Presentación de Muestras:
Los oferentes deberán presentar hasta un día antes de la fecha de apertura de la Licitación, en
el Laboratorio Central del Consejo Provincial de Vialidad, muestras de los materiales a
emplear. Se conformarán los respectivos remito o notas de entrega, (siempre que se cumpla el
plazo más arriba estipulado), y dicho comprobante los oferentes deberán adjuntar en su
propuesta. (Sobre N° 1)
Muestras a presentar:
- 4 Kg. de material termoplástico para demarcación de pavimento de color blanco con
microesferas incorporadas.
- 4 Kg. de material termoplástico para demarcación de pavimento color amarillo con
microesferas incorporadas.
- 3 Kg. de microesferas de vidrio para sembrar.
- 1 Litro de material imprimador.
De registrarse diferencias entre las muestras presentadas y los materiales a emplear se
procederá automáticamente al rechazo de las partidas con las penalidades correspondientes.
Los oferentes deberán adjuntar en su oferta los resultados de los ensayos establecidos en
Normas IRAM 1221/92 avalados por alguna entidad o institución oficial como ser IRAM,
CIDEPINT (Centro de Investigaciones de pinturas del LEMIT) o INTI (Instituto Nacional de
Tecnología Industrial).
2.1.4 – Toma de muestras para ensayo:
Al iniciar los trabajos, la Inspección de la Obra, deberá proceder a la extracción de las
muestras del material termoplástico y de las esferas de vidrio a sembrar en las cantidades que
considere necesario, tomando como mínimo una muestra cada 200 m2 de demarcación.
2.2 – CARACTERISTICAS DE LOS EQUIPOS
El Contratista deberá utilizar máquinas especialmente construidas, en cantidad suficiente para
realizar la obra en el período establecido, respondiendo las mismas como mínimo a los
siguientes requerimientos:
2.2.1 – Equipo para limpieza y barrido:
Podrá ser manual o mecánico. En cualquier caso deberá garantizar una superficie del
pavimento libre de suciedad o polvo. Deberá disponerse de un sistema de soplado de acción
posterior al cepillo. Dicho sistema de soplado podrá estar incorporado al equipo aplicador.
2.2.2 – Equipo de aplicación:
Distribuidor de Imprimación: el dispositivo de riego tendrá boquillas de funcionamiento a
presión neumática o hidráulica que permita mantener el ancho uniforme de la franja regada y
el control de la cantidad de material regado y estará incluido en el regador de pintura.
Aplicador de material termoplástico y esferas reflectantes: Será autopropulsado, estarán
reunidos en él todos los mecanismos operativos, como compresor de aire, sistema presurizado
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Sección VI. Requisitos de las obras 122
de imprimador y de material termoplástico, tuberías, boquillas de riego, tanque y boquillas
para el sembrado de microesferas a presión, etc.
La unidad será apta para pintar franjas amarillas simples o dobles en forma simultánea, y/o
blancas de trazos continuos o alternados, dispondrá de conjuntos de boquillas de riego
adecuadas a tales efectos.
Las boquillas de riego del material de imprimación y el termoplástico reflectante pulverizarán
los mismos mediante la adición de aire comprimido y la boquilla de distribución de las
esferas de vidrio, también funcionará mediante aire comprimido, para proyectar las mismas
con energía sobre el material termoplástico con el fin de lograr su máxima adherencia sobre
aquel.
3- EJECUCION DE OBRAS
3.1 – Replanteo
Deberá aplicarse lo establecido Normas Generales de la Geometría, Replanteo y Seguridad
para el desarrollo de Obras de Señalización.
3.2 –Preparación de la superficie
La superficie sobre la cual se efectuará la demarcación será raspada, cepillada, soplada y
secada a efectos de lograr la eliminación de toda materia extraña a la calzada.
La inspección controlará que este trabajo se ejecute en forma prolija, no autorizando la
colocación del material en las zonas preparadas que considere deficientes.
3.3 – Ejecución de señalización
3.3.1 – Condiciones ambientales
La pintura debe ser aplicada con temperaturas ambientes comprendidas entre 5ºC y 45ºC.
3.3.2 – Espesor
El espesor del material después de la aplicación, debe ser como mínimo de 1,5 mm no
pudiendo resultar menor a 1,2 mm.
3.3.3 – Aplicación
Las marcas deben ser aplicadas en lugares y con las dimensiones y espacios indicados en
proyectos.
La pintura debe ser aplicada de tal forma que no sea necesaria una nueva aplicación para
atender al espesor al espesor especificado.
Riego del material de imprimación: se efectuará inmediatamente después de la limpieza, se
empleará material imprimador adecuado, que permita aplicar el termoplástico reflectante
inmediatamente después de alcanzadas las condiciones adecuadas (secado y limpieza).
La franja de imprimación tendrá un mayor ancho de cinco centímetros (5 cm) que la del
termoplástico, excedente que quedará repartido en ambos lados por partes iguales.
Para el caso de utilizar materiales termoplásticos que produzcan una comprobada adherencia
con el pavimento, podrá suprimirse el empleo del riego imprimador.
Aplicación del material termoplástico reflectante: se aplicará en caliente, a la temperatura
y presión adecuada para lograr su pulverización (por sistema neumático) con el fin de obtener
buena uniformidad en la distribución y las dimensiones (espesor y ancho de las franjas), que
se indiquen en los pliegos.
El ancho de las franjas no presentará variaciones superiores al 5 % en más ó en menos y si las
hubiera en el porcentaje indicado, estas no se manifestarán en forma de escalones a simple
vista. Cuando se pinten dobles franjas en el eje de la calzada las mismas mantendrán el
paralelismo, admitiéndose desplazamientos que no excedan de 0,01 m cada 100 m. La
variación del paralelismo dentro de los límites indicados no será brusco a fin de que no se
noten a simple vista.
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Sección VI. Requisitos de las obras 123
El paralelismo entre las líneas centrales y bordes de calzadas demarcatorias de carriles, no
tendrá diferencias en más o menos, superiores al 5 % del semiancho de la calzada por
kilómetro.
En virtud de las variaciones que suelen producirse en los anchos de los pavimentos, previo a
la determinación de cada uno de los carriles, se efectuarán mediciones con la suficiente
frecuencia para fijar la medida más conveniente, a fin de evitar cambios de alineación
considerables, o la posibilidad que las líneas laterales, queden muy al borde la calzada.
Entre el borde exterior de la línea central y el borde del pavimento, la distancia promedio
deberá ser de 0,10 m no resultando nunca inferior a 0,05 m. La franja no presentará
ondulaciones ni cualquier otra anormalidad proveniente de la aplicación del material.
3.3.4 – Distribución de esferas de vidrio
Se distribuirán sobre la pintura recién aplicada y antes de su endurecimiento a los efectos de
lograr la adherencia en aquella.
La distribución deberá resultar uniforme de modo que la superficie de la franja quede cubierta
en toda su longitud. La aplicación se hará a presión, proyectándolas directamente sobre la
franja pintada mediante un sistema que permita retener como mínimo el 90 % de las esferas
arrojadas.
3.3.5 – Retrorreflectorización
La Retrorreflectorización inicial de la señalización es producida por la aplicación de
microesferas de vidrio tipo DROP-ON. La retrorreflectancia inicial mínima de la señalización
deberá ser de 220 microcandelas/lux por m2.
3.3.6 – Protección
El material aplicado deberá ser protegido, durante el tiempo de secado, de todo tráfico de
vehículos así como de peatones. El Contratista será directamente responsable y debe colocar
señales de aviso adecuados.
4 – CONTROL DE CALIDAD DE SERVICIOS
4.1 – Espesor de la película
4.1.1 – El espesor de la película debe ser medido a través de la masa de material aplicada
sobre un área conocida o con un calibre sobre una chapa perfectamente lisa de 0,20 m x 0,40
m. Las medidas deben ser realizadas sin adición de microesferas de vidrio tipo II.
4.1.2. Para cada 200 m2 de área demarcada o en cada jornada de aplicación, podrá ser
retirada, como mínimo, una muestra para verificación de espesor de la película aplicada.
4.1.3. Deberán ser realizadas en mínimo diez medidas de espesor en cada muestra y el
resultado deberá ser expresado por la media de las medidas.
4.1.4 Las muestras deberán atender a lo especificado en 3.3.2.
4.2. Medida de Retrorreflectorización
4.2.1. La medición de la reflectancia se efectuará sobre sectores de pavimentos planos, de
textura rugosa y perfectamente limpia debiéndose prever el lavado previo con agua con
frotamiento suave para no agredir la faja.
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Sección VI. Requisitos de las obras 124
4.2.2. Deberán ser realizadas tres medidas como mínimo en cada punto y el resultado
deberá ser expresado por la media de las medidas. Se harán mediciones cada 3 Km. Como
mínimo en cada faja.
4.2.3. Las muestras deberán atender a lo especificado en 3.3.2.
4.3. Aceptación o rechazo
Previo a la Recepción provisional de los trabajos, cada sección que no cumpla con los
requisitos constructivos exigidos en este Pliego de Especificaciones será rechazada, debiendo
ser la misma nuevamente demarcada por cuenta exclusiva del Contratista. Se establecerá
como fecha de terminación de la obra, a los efectos de la aplicación de lo establecido en el
periodo de garantía, la correspondiente a la terminación de las partes rehechas, es decir
cuando la demarcación se encuentra en condiciones de recepción.
5. GARANTIA DE LOS TRABAJOS La garantía de los trabajos se establece en función del tránsito y del estado del pavimento sobre el cual se aplica
la señalización.
El tránsito se identifica a través del Tránsito Medio Diario Anual (TMDA).
El estado del pavimento se evalúa a partir de la determinación de la macrotextura mediante el ensayo de altura
de arena verdadera (Norma Francesa NF-P-98-216-1) cuya copia traducida se encuentra en la Dirección
principal de Estudios y Proyectos.
Los parámetros de comportamiento que se exigen para el establecimiento de la garantía de las fajas de
señalización son los siguientes: Retrorreflexión y desgaste superficial.
La Retrorreflexión se mide según lo especificado en 4.2.
Exigencias a lo largo del período de garantía para fajas de bordes y/o eje:
Inicial 220 Mc./lux m2 Final 130 Mc./lux m2
Vida Útil 12 meses
El Contratista se compromete a reponer a su exclusivo cargo los trabajos que no cumplieran con las exigencias
precedentes.
El periodo de garantía se computa a partir de la fecha de habilitación al tránsito o sea desde su fecha de
ejecución.
Cumplido el período de garantía y previa verificación de no haberse superado las exigencias especificadas, se
procederá a la recepción definitiva.
6. PENALIDADES
Para el caso de incumplimiento de las condiciones estipuladas en este Pliego, que a juicio exclusivo del Consejo
Provincial de Vialidad no haga necesaria la reconstrucción del trabajo ejecutado, se impondrán los siguientes
descuentos, expresados en porcentajes del precio unitario contractual. Estos descuentos se efectuarán en la
certificación de los trabajos donde los resultados de laboratorio y medición correspondiente acusen deficiencias
y no cumplan con lo establecido en este pliego.
DCT CUANDO: UNIDAD MAXIMO MINIMO
10 % Contenido de esferas de vidrio
Esferas perfectas
Espesor de la franja
Ancho de la faja
gr./Kg.
%
mm
cm
200
70
1,5
10
170
50
1,4
9
20 % Contenido de esferas de vidrio
Ancho de la faja
Espesor de la faja
Incumplimiento de la Granulometría de las esferas de vidrio
incorporadas y sembradas dentro del 10 % de deficiencias con
respecto a lo especificado.
Gr./Kg.
Cm
mm
170
9
1,4
150
8
1,3
25 % Contenido de esferas de vidrio
Espesor de la faja
Incumplimiento de la Granulometría de las esferas de vidrio
incorporadas y sembradas en un porcentaje mayor del 10 % de
deficiencias con respecto a lo especificado.
Gr./kg.
mm
150
1,3
120
1,2
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Sección VI. Requisitos de las obras 125
El Consejo Provincial de Vialidad aplicará este descuento, cuando considere que los márgenes de diferencias
puedan ser admisibles, caso contrario dispondrá la reconstrucción de los sectores demarcados con el material
observado.
7.- MEDICION
La señalización horizontal se medirá en metros cuadrados de demarcación ejecutada y aprobada por la
inspección en los anchos y espesores especificados.
No se medirán los sobreanchos o diferencias en largo respecto de los planos de proyecto.
En caso en que las longitudes señalizadas sean menores a las especificadas, se medirá la demarcación realizada
8 - FORMA DE PAGO
La señalización horizontal aprobada y medida, será certificada y pagada al precio unitario de
contrato para el ítem ―DEMARCACION HORIZONTAL CON MATERIAL
TERMOPLASTICO REFLECTANTE DE APLICACIÓN EN CALIENTE‖. Este precio será
compensación total por la provisión, transporte, acopio, carga y descarga, aplicación del
material, limpieza del pavimento receptor del material, provisión y sembrado de las esferas de
vidrio, medidas de seguridad y toda otra operación o insumo necesario para dejar la calzada
demarcada en la forma especificada, como así también los costos de conservación necesarios
hasta la recepción definitiva.
ARTÍCULO 17 – BARANDA DE MAMPOSTERÍA Y CAÑOS
DESCRIPCION
En el paseo costanero como protección peatonal se realizará todo un trayecto de barandas con
pilares de mampostería de ladrillos comunes de 0,40x0,40m y terminación pintura de
siliconada, el núcleo de los pilares se hormigonará colocando una armadura de 4Ø8 y estribos
Ø4.2 c/15cm, como travesaños se colocarán caños de hierro negro de Ø 4" y 3.2mm de
espesor, soldados a planchuelas insertas en los pilares, cada 2m se colocarán planchuelas
como parantes refuerzos de 8cm x 0,635cm (3‖1/8‖x1/4‖) de espesor. Todo el conjunto se
terminará con dos manos de antióxido y dos manos de esmalte sintético color de acuerdo a lo
indicado por la Supervisión. La distancia promedio entre eje de pilares será de 6,40m
debiendo modularse dichas separaciones en cambios de dirección. Como base de fijación de
la baranda y protección de los solados se realizará siguiendo el trazado de la baranda una viga
de HºAº a modo de cordón de 0,20x0,20m con 4Ø8 y estribos Ø 4.2 c/20cm, bajo cada pilar
se hormigonará un pilotan de HºAº de Ø 0,20m x 1,20m de profundidad con 1 Ø 10 en
gancho.
En el sector de recuperación de la costanera, en las zonas donde existen barandas sobre las
defensas de hormigón, éstas consisten en pilares de HºAº y travesaños de hormigón; en esta
situación, se mantendrán los pilares realizando la carcaza con mampostería y se reemplazarán
los travesaños existentes por los descriptos en el párrafo anterior.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
La medición será por metro lineal de baranda termina, y se pagara al precio estipulado para el
ítem ―Baranda de Mampostería y Caños‖
ARTÍCULO 18 – ILUMINACION
MANO OBRA
COLOCACION DE COLUMNAS
a) Bases de fundación
Las bases de fundación serán del tipo prefabricadas ―in situ‖, utilizando moldes
desmontables, perfectamente construidos y conservados para obtener superficies lisas
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Sección VI. Requisitos de las obras 126
y líneas de unión mínimas.- Se dispondrán las ―escotaduras‖ respectivas para la
entrada de los conductores subterráneos.
b) Bases especiales
Se construirán cuando la resistencia del suelo o la presencia de otras instalaciones,
previstas o no, o el declive del terreno por presencia de zanjones o terraplenes impidan
o dificulten la construcción de bases normales estipuladas en este Pliego.
En ese caso el Contratista deberá construir bases especiales teniendo en cuenta:
1) En caso de reducir la longitud del empotramiento deberá aumentar el
diámetro, de forma tal que no supere el momento de vuelco.
2) En caso que la superficie superior de la base quede por debajo del nivel del
pavimento, se deberá prolongar la misma (sin reducir la longitud de
empotramiento de la base) en una altura equivalente al desnivel.
El Contratista será el único responsable por la estabilidad, verticalidad, alineación y
aplomo de la columna, no pudiendo solicitar ampliación del plazo ni reclamar mayor
costo por la construcción de este tipo de bases o por deterioros a ―cañerías‖ de otros
Entes, cuya reparación quedará bajo su exclusivo cargo.
c) Excavación para bases de columnas
Las excavaciones para la construcción de las bases de las columnas serán replanteadas
y ubicadas en cada caso, de común acuerdo entre el Contratista, la Supervisión de
Obra y personal técnico especializado en la materia de la Repartición.
Si aparecieran obstáculos imprevistos, el Contratista deberá ponerlo en conocimiento
de la Supervisión de Obra y respetar las instrucciones que se le impartan para
solucionar el inconveniente.
d) Fraguado de bases
La colocación de las columnas será permitida luego de transcurridos siete (7) días
como mínimo desde el hormigonado de las bases.
e) Materiales para construcción de bases
Arena: Será limpia, no contendrá sales, sustancias orgánicas ni arcilla.
Cemento: Se los proveerá en envases cerrados, con sellos de procedencia y marca
reconocida de primera calidad. Cumplirá con las normas IRAM 1504 y 1619.
Agregado grueso para hormigones: Estará constituido por canto rodado o piedra
partida proveniente de piedras silíceas, granito o balastro.
La resistencia a la compresión media deberá ser de 230 kg/cm2 como mínimo y la
resistencia característica a la compresión a los veintiocho (28) días, será igual o mayor
a 170 g/cm2. La relación agua-cemento, en peso, podrá variar entre 0,5 y 0,6.
El asentamiento podrá variar entre 0,05 m y 0,10 m.
La cantidad de cemento no será inferior a 300 kg/m3 ni superior a 400 kg/m3.
El dosaje a utilizar será 1:3:3 (cemento-arena gruesa-canto rodado).
f) Izaje de columnas
El izaje de columnas se efectuará con las precauciones necesarias para evitar el
deterioro de la pintura. Para ello se cuidará de colocar bandas de goma en los lugares
en que se sujetará la columna para efectuar su izado.
g) Fijación de columnas
Las columnas serán colocadas teniendo en cuenta, asimismo, la contra flecha la que
será igual al uno por ciento (1%) de la altura total de la columna.
h) Pintura y numeración de las columnas
Una vez terminados la totalidad de los trabajos de instalación se aplicará la última
mano de pintura del tipo epóxica y de color blanco puro IRAM RAL 9010, efectuando
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Sección VI. Requisitos de las obras 127
previamente retoques de la pintura anticorrosiva (convertidor de óxido) donde
correspondiere.
La aplicación de la pintura no se efectuará cuando por el estado del tiempo, las
condiciones atmosféricas pudieran hacer peligrar su bondad o resultado final. Se
deberán tomar las debidas precauciones para evitar deterioros por efectos de la lluvia
o del polvo durante el trabajo.
A posteriori se efectuará la numeración de las mismas indicando además número de
circuito y fase según planos de proyecto, caso contrario será determinado por la
Supervisión de Obra. Se efectuará con plantilla y esmalte sintético.
i) Distancia de la columna al borde de la calzada
Las columnas estarán ubicadas a una distancia mínima de 3,00 m respecto al borde de
la calzada. Cuando exista defensa protectora (guard-rail) a una distancia menor a la
indicada, podrán estar ubicadas detrás de la defensa, respetando una distancia mínima
de 1,00 m a fin de permitir la deflexión de la baranda.
En los casos donde exista cordón las columnas deberán respetar una distancia mínima
de 0,50 m desde el extremo del mismo.
El personal técnico de la Repartición, especializado en la materia, estará facultado a
ajustar la ubicación de las columnas en el momento de realizar el replanteo de los
trabajos, en función de las características del tramo a iluminar, el que dará la
autorización por escrito para efectuar las perforaciones de empotramiento.
COLOCACION DE ARTEFACTOS
Una vez instaladas las columnas, se procederá a la colocación de los artefactos, los que
deberán estar fijados firmemente al extremo del pescante o acople. Su instalación se efectuará
respetando la alineación respecto a los demás artefactos.
Si no se conservara la alineación y verticalidad de las columnas una vez instalados los
artefactos, se procederá a una nueva alineación y aplomado de las mismas.
CRUCE SUBTERRÁNEO
El Contratista efectuará los cruces de calzada indicados en los planos y en los lugares que se
consideren necesarios e imprescindibles. Los mismos se realizarán a cielo abierto y se tendrá
en cuenta la menor longitud de recorrido.
Los caños camisa serán de policloruro de vinilo rígido PVC tipo reforzado de un diámetro de
110 mm y con un espesor de pared de 3,2 mm, debiéndose instalar en calidad de reserva,
similar cantidad de caños a los empleados para el pasaje de los conductores.
La instalación de los caños camisa será adecuada considerando una tapada mínima de 1,00 m
respecto al punto de menor cota del nivel de calzada o de la cota de fondo de los desagües
existentes (conductos, cunetas, etc.).
La longitud de los caños camisa será tal que deberá sobresalir como mínimo 3,00m de cada
lado del borde de la calzada. Esta distancia podrá ser menor en el caso de que las columnas
estén ubicadas a una menor separación del respectivo borde.
En toda la longitud del caño se dejará instalado en su interior un cordel de plástico de un
diámetro mínimo de 6 mm para su posterior utilización en el tendido del conductor y ambos
extremos del caño se llenarán con mezcla de cal pobre.
El Contratista está obligado a notificar a la Supervisión de Obra, respecto al comienzo,
desarrollo y finalización de los trabajos.
EXCAVACION DE ZANJAS PARA EL TENDIDO DE CONDUCTORES
Las excavaciones serán efectuadas a cielo abierto. Las mismas tendrán una profundidad de
1,00 m y de un ancho mínimo de 0,30 m y variable según sean ejecutadas con equipo de
zanjeo o en forma manual.
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Sección VI. Requisitos de las obras 128
Una vez iniciadas las excavaciones, las mismas deberán mantenerse cubiertas con tablones o
rejas de madera, de dimensiones y rigidez adecuadas, o bien por medio de empalizadas de
madera o de tejido, en todo su perímetro y de una altura mínima de 1,50 m, durante todo el
tiempo que no se trabaje en las mismas y sin excepción en horas de la noche.
El Contratista deberá disponer de cajones o bolsas en toda la longitud de la excavación para el
encajonamiento de la tierra y escombros que se extraigan.
El Contratista efectuará por su cuenta el retiro de la tierra y los escombros sobrantes,
debiendo entregar el terreno totalmente limpio y en la misma forma que se encontraba antes
de las excavaciones.
Esta operación será realizada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores a que se
efectuara el relleno de la zanja, debiendo contar con los medios necesarios para tal fin.
En las zonas de vereda, efectuará un contrapiso de cascote y cal, de un espesor mínimo de
0,15 m, previo a la reposición de las baldosas.
En los lugares en que existan losas, contrapisos de hormigón y/o cañerías de cualquier tipo,
que resultaren deterioradas como producto de la excavación, serán restituidos por el
Contratista al estado inicial.
Se repondrán canteros, plantas, césped y se dejará perfectamente en condiciones, apisonado y
nivelado el terreno circundante a las excavaciones.
TENDIDO DE CONDUCTORES
Previo al tendido de los conductores, el Contratista solicitará la respectiva autorización a la
Supervisión de Obra la cual verificará el ancho y profundidad de la zanja.
Autorizado el tendido, con presencia de personal de la Supervisión de Obra, el Contratista
dará comienzo a las tareas. En los cruces de calzada, o donde sea necesario, el Constructor irá
colocando los caños de PVC de un diámetro de 110 mm y de un espesor de pared de 3,2 mm
en el fondo de la zanja, sobre una cama de arena de 0,10 m de espesor, perfectamente
alineados, en posición horizontal, sin solución de continuidad y enchufables, entre cada
acometida de conductores.
Con la previa autorización de la Supervisión de Obra, se realizará una protección mecánica de
los caños instalados, efectuando la colocación de una hilera de ladrillos enteros dispuesta
longitudinalmente al eje de la zanja, la que irá asentada sobre una nueva cama de arena de
0,10 m de espesor.
A posteriori se colocarán los conductores, por el interior de los caños de PVC, no
admitiéndose empalmes de los mismos en los tramos entre columnas, como asimismo y de
igual forma los que salen del gabinete de comando. Los empalmes, únicamente, se podrán
realizar en los tableros, cajas de derivación y artefactos. En cada acometida se dejara un rulo
de 1,00 m de longitud. El deterioro circunstancial del conductor obligará al Contratista a
remover totalmente el tramo en que se produjo y su reemplazo por uno nuevo.
En el caso de que el Contratista proceda a efectuar el cierre de las zanjas donde se encuentren
enterrados los conductores sin contar con la respectiva autorización, la Supervisión de Obra
procederá a ordenar la apertura de las mismas para inspeccionar debidamente los trabajos,
siendo los gastos que esto origine por cuenta del Contratista, aún cuando no se comprobaren
vicios ocultos.
TOMAS DE ENERGIA
La ubicación de las tomas de energía de la presente obra, deberá ser confirmada y verificada
por el Contratista ante la Empresa prestadora de la energía eléctrica.
Los trámites que sean necesarios efectuar, como así también los gastos en concepto de
presentación de solicitud, tramitación, aprobación, derechos, tasas, impuestos, conexión
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Sección VI. Requisitos de las obras 129
eléctrica y todo otro que fije el proveedor del fluido eléctrico estarán y serán a cargo del
Contratista.
No se podrán instalar conductores de líneas de alimentación a gabinetes desde el punto de
toma de energía, en la misma zanja y en conjunto con los cables de distribución de energía
entre columnas.
En los casos de bajadas desde los transformadores aéreos ubicados sobre postes o sobre
plataformas, los conductores estarán protegidos en su recorrido con un caño camisa de HºGº
de un diámetro de 2‖ hasta el nivel del terreno natural.
MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS
El Contratista deberá proveer y/o entregar toda la mano de obra, materiales, herramientas;
plantel, equipos, incluido grúa para izaje de columnas y colocación de artefactos, necesarios
para la ejecución de los presentes trabajos.
Todos los equipos, instrumentos, herramientas, deberán estar en perfectas condiciones de uso
para la obra a realizar y deberán contar con reposición automática en caso de algún
desperfecto, para la inmediata continuación de las tareas. No se reconocerá pago alguno por
demora en la realización de los trabajos por la falta de algún equipo, instrumento y/o
herramienta, en condiciones de ser utilizados.
MATERIALES
COLUMNAS TUBULARES
Serán de acero SAE 1010/1020 IRAM 2619/2620/2591/2592 construidas con tubos nuevos
de una sola pieza, de un diámetro mínimo en la base de 168 mm y en el brazo de 89 mm, con
un radio de 800 mm. El límite de fluencia mínimo será de 30 kg/mm2 y la carga de rotura
mínima de 45 kg/mm2.
El escalonado entre los distintos diámetros habrá de hacerse con una curva de transición, por
medio del sistema de abocardado en frío, el que tendrá una longitud mínima de 150 mm no
admitiéndose otro tipo de unión, debiendo ser la resistencia de conjunto la exigida.
El espesor mínimo del tubo será de 4,85 mm en cualquier lugar de su longitud en que se lo
mida y tendrá perforaciones y aberturas para pasaje de cables y alojamiento de tablero.
La flecha admisible en la dirección más desfavorable con una carga en el extremo del
pescante de 30 kg no excederá del 1% de la longitud desarrollada en la parte exterior del
empotramiento. El ensayo de flecha se realizará estando la columna en forma vertical,
empotrada en una longitud mínima al 10% de la altura libre de la misma y suspendiendo en
su extremo un peso de 30 kg. Como altura libre de columna se considerará a la distancia
existente desde la cota de nivel del eje de calzada hasta su extremo superior.
Las columnas poseerán una ventana para la colocación de un tablero de derivación y de
conexionado, la que tendrá una dimensión mínima de 101 mm x 170 mm para las columnas
de un diámetro de 168 mm o mayor y de 80 mm x 150 mm para las columnas de un diámetro
de 140 mm. La tapa de cierre será metálica de un espesor no menor a 3 mm, la que deberá
contar con un sistema de enganche tal, que una vez extraída quede sujeta a la columna.
Las dimensiones mínimas de las placa base de las columnas serán de 500 mm x 500 mm x 1‖
con pernos de anclaje y placa de fijación de chapa de acero de 1‖ con refuerzo de cartelas de
chapas de acero de 1‖ de espesor, para las columnas de una altura total de 11,00 m o 12,00 m
y de 400 mm x 400 mm x ¾‖ con pernos de anclaje y placa de fijación de chapa de acero de
¾‖ con refuerzo de cartelas de chapas de acero de ¾‖ de espesor, para las columnas de una
altura total menor a las indicadas.
Las columnas serán provistas con su tramo base galvanizado o con protecciónanticorrosiva de
convertidor de óxido, según se indique en cada caso en particular y ser aptas para soportar
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 130
una presión ejercida por el viento de 140 km/h (38,66 m/seg.), mientras la superficie expuesta
efectiva del artefacto no sea superior a 0,28 m2 (en el plano normal a la columna) y a 0,14 m2
(en el plano paralelo a la misma).
El proveedor deberá solicitar por escrito con una anticipación mínima de diez (10) días
hábiles, una inspección en fábrica, a los efectos de verificar la construcción y calidad del
material empleado en la misma. En caso de indicarse el tratamiento del galvanizado, esta
inspección se solicitará previo a la aplicación del mismo, el que se realizará por inmersión en
caliente (debiendo tener un espesor mínimo de sesenta (60) micrones en toda su extensión);
caso contrario se rechazará el material presentado.
El Contratista presentará un certificado emitido por el Proveedor donde deberá constar que el
tubo de acero a emplear es nuevo y no ha sido utilizado en otras obras.
La flecha máxima admitida para la acción del viento sobre la superficie de la columna y el
artefacto proyectado será del 2,5% de la longitud desarrollada en la parte exterior del
empotramiento.
Tolerancias
Serán admitidas las siguientes:
* Sobre el diámetro exterior de los tramos 1,5 %
* Sobre la longitud de los tramos 40 mm
* Sobre la longitud total 50 mm
Ventanas de inspección
Las columnas presentarán dos perforaciones opuestas entre sí, en forma de óvalo, ubicadas a
90º con respecto al eje del brazo. Las mismas estarán destinadas al paso de los conductores.
Las dimensiones mínimas de las ventanas de inspección serán las siguientes:
- Para un diámetro en la base menor o igual a 89 mm 60mm x 120mm
- Para un diámetro en la base menor o igual a 140 mm 80mm x 150mm
- Para un diámetro en la base mayor o igual a 168 mm 101mm x 170mm
La terminación exterior de la columna será efectuada con la aplicación de un esmalte sintético
color blanco puro IRAM RAL 9010, cuyo espesor no será inferior a los ciento cuarenta (140)
micrones, el que sumado al espesor del galvanizado o de la pintura anticorrosiva dará un
espesor total de doscientos (200) micrones.
Además, se presentarán cálculos detallados de las bases de las columnas por el método de
Sulzberger, según el siguiente detalle:
a) Presión ejercida por el viento.
b) Volumen de hormigón.
c) Cargas estabilizantes.
d) Momentos estabilizantes.
e) Coeficientes de compresibilidad.
f) Coeficiente de estabilidad.
El fabricante dispondrá de todos los elementos necesarios, para ejecutar los ensayos de flecha
y de rotura.
ARTEFACTOS
Su diseño será adecuado para funcionar en las mejores condiciones, con lámpara de vapor de
sodio alta presión de la potencia que se indica en el proyecto. Su rendimiento en el hemisferio
inferior no será inferior al sesenta y cinco por ciento (65 %) con lámpara tubular clara de
vapor de sodio alta presión de 250 W.
Serán destinados a montaje sobre columnas con brazo pescante o sobre columnas rectas con
acople. Poseerán un sistema de fijación establecidos en el punto E-6 de las normas IRAM
AADL J 2020.
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Sección VI. Requisitos de las obras 131
El artefacto será de equipo auxiliar incorporado y poseerá una cámara porta-equipo (equipo
auxiliar) con acceso independiente a la óptica. La cámara porta-equipo deberá estar
convenientemente ventilada, no admitiéndose aquéllas que constructivamente sean del tipo
―herméticas‖.
Los artefactos propuestos deberán ser de fabricación nacional y tener como mínimo tres años
de utilización, debidamente comprobables, en obras de iguales características.
- La terminación exterior será con pintura termocontraible en polvo poliéster horneada
de color blanco.
- El grado de hermeticidad del sistema óptico debe ser IP 65.
- El grado de hermeticidad de la cámara porta-equipo debe ser IP 54.
Cuerpo:
El cuerpo será totalmente de aluminio inyectado al silicio y de acuerdo al punto
E-18 de las normas IRAM AADL J 20-20. Se deberá indicar su composición química.
No se admitirán artefactos con cuerpo de poliéster o fibra de vidrio.
El cuerpo contendrá:
a) Una pieza para la fijación de la cubierta de vidrio prensado al boro silicato tulipa).
b) Una bandeja porta-equipo.
Las características de los incisos a) y b) serán tales que permitirán en forma independiente la
apertura y el cierre mediante un sistema de bisagra de manera que la fuerza de a gravedad
tienda a abrirla y no a cerrarla, permitiendo el retiro de éstos sin necesidad de utilizar
herramientas. El sistema de cierre será tal que impida el desprendimiento de estos elementos
por cualquier eventualidad.
Superficie reflectora:
El reflector será independiente del cuerpo del artefacto y del material indicado en los puntos
E-21 y E-22 de las normas IRAM AADL J 20-20. No se admitirán espejos de metales
simplemente pulidos, niquelados, plateados, cromados o de acero inoxidable; ni superficies
difusoras blancas, pintadas o enlozadas. Los espejos deberán ser, indefectiblemente, del tipo
enterizos, no admitiéndose espejos laterales simplemente.
El reflector será de aluminio con una pureza mínima del 95%, estampado, pulido, anodizado
y sellado.
Enfoque:
El artefacto contará con un dispositivo de enfoque, pero en todos los casos se asegurará la
posición correcta de la lámpara respecto al sistema óptico.
El dispositivo será de accionamiento seguro y sencillo, sin movimientos laterales que puedan
modificar indebidamente la distribución luminosa.
Deberá proveerse con índices fijos para verificar la posición a dar al dispositivo para cada
tipo y potencia de lámpara, que puedan colocarse en el artefacto.
Cubierta:
La cubierta de vidrio además de proteger al sistema óptico podrá actuar como difusor. La
cubierta cumplirá con las condiciones indicadas en el punto E-24 de las normas IRAM AADL
J 20-20. La cubierta deberá poder ser retirada para su limpieza o recambio, no pudiendo ser
del tipo fija o del tipo integrante del cuerpo, que impida su reemplazo.
La cubierta o refractor será de vidrio al borosilicato, prismado. La verificación de la
resistencia térmica se efectuará según la norma IRAM AADL J 20-21 (5.20 choque térmico
para cubiertas de vidrio). La cubierta poseerá, indefectiblemente, un aro metálico para su
sostén el que además cumplirá la función de impedir deformaciones en el contacto con la
junta por deformaciones que pudieran producirse a través del tiempo por la acción de rayos
UV.
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Sección VI. Requisitos de las obras 132
No se admitirán artefactos con cubierta de policarbonato, acrílico y/o metacrilato, por ser
degradables.
Juntas:
Entre la cubierta y el cuerpo del artefacto existirá una junta doble, la que deberá ser de goma
silicona, que impida la entrada de polvo, agua o insectos al interior del sistema óptico. Estas
juntas no se deben degradar por la acción del calor de la lámpara, presión de cierre, humedad,
etc. Deberán cumplir con lo indicado en los puntos E-26, E-27 y E-28 de las normas IRAM
AADL J 20-20.
La prueba de estanqueidad será efectuada colocando el artefacto bajo la solicitación de
chorros de agua de lluvia a presión. Cumplirá con las normas IRAM AADL J 20-20 y J 20-
21.
El ensayo de hermeticidad se efectuará colocando el artefacto bajo el sometimiento de una
cámara de polvo.
Portalámparas:
Serán de porcelana para uso eléctrico con rosca tipo GOLIATH E-40, de largo suficiente para
cubrir todo el casquillo metálico de la lámpara una vez roscada ésta.- Conforme a normas
IRAM AADL J 20-20 E 30/31/32/33.
Tendrán conexiones posteriores a mordaza; un sistema de freno que evite el aflojamiento de
las lámparas por efecto de vibraciones y contacto central a pistón sobre resorte de bronce
fosforoso y/o de acero inoxidable.
La totalidad de las partes metálicas serán exclusivamente de cobre o sus aleaciones, inclusive
las que no conducen energía eléctrica. No se admiten partes de hierro tratadas o no. No se
admiten partes de aluminio ni soldaduras de punto.
Los portalámparas deberán soportar una tensión de prueba variable hasta los 3000 V.
Cumplirán con las normas IRAM 2015; 2045 e IRAM AADL J 20-20 E 29 y J 20-28.
Tortillería:
Todas las piezas serán de acero, según normas IRAM 1010, cadmiadas o zincadas, bronce
plateado o cadmiado y acero inoxidable del tipo no magnetizadas.
Puesta a tierra:
El artefacto deberá llevar identificado el tornillo de puesta a tierra según norma IRAM AADL
J 20-20 D 11 y un sujetador del cable de alimentación.
Bornera de conexiones:
En el interior del artefacto se dispondrá una bornera amplia y cómoda para el conexionado,
mediante presión por tornillos de bronce, prohibiéndose el uso de ataduras.
El Contratista solicitará la inspección y aprobación de los artefactos propuestos, debiéndose
verificar y cumplimentar los ensayos mecánicos, eléctricos y fotométricos de las luminarias,
sin cuyo requisito no se podrán enviar los mismos a la obra. Estos ensayos se efectuarán en la
C.I.C., cuyos gastos estarán incluidos en los demás ítems del contrato.
Condiciones fotométricas de los artefactos:
La documentación a presentar deberá estar actualizada, no pudiendo tener una antigüedad
mayor a los seis (6) años a la fecha de la licitación. El oferente deberá presentar los
certificados de los ensayos correspondientes a cada luminaria a utilizar en la obra.
Los ensayos fotométricos que serán exigidos son:
a) Curvas Isolux
b) Curvas Isocandelas
c) Curvas Polares Radiales o de Distribución
d) Curvas de Utilización
Los valores de la intensidad luminosa, se indicarán cada 10º (diez grados) como mínimo, en
el intervalo de 0º (cero grado) a 90º (noventa grados). Los ensayos de los artefactos deberán
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Sección VI. Requisitos de las obras 133
ser realizados en la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires
(C.I.C.), debiendo cumplir de todos modos con las normas IRAM AADL J 20-20 y J 20-21.
Una vez acopiadas las luminarias, se elegirá una de ellas para someterla a todos los ensayos y
verificar que realmente cumple con las curvas presentadas en la propuesta. Todos estos
ensayos se realizarán a costo y cargo del Contratista de la obra en la C.I.C.
Si se obtuvieran diferencias en menos entre los valores certificados por los laboratorios
mencionados y los obtenidos en los ensayos, con una tolerancia del 5 % (cinco por ciento), el
adjudicatario una vez notificado de dicho resultado, deberá proceder al cambio de todos los
artefactos por otros que cumplan con las curvas propuestas, sin que ello signifique mayor
costo o ampliación de plazo alguno.
Todos los ensayos y cálculos se referirán a la tensión nominal de 220 Volts, para la luminaria
que se ofrezca.
El artefacto deberá cumplir con todos los requisitos anteriores, además de ser del tipo cut-off
o semi cut-off para la prevención al deslumbramiento, de acuerdo a lo estipulado en las
normas CIE para el alumbrado de rutas.
Los elementos pintados deberán soportar un ensayo de envejecimiento que equivalga a una
exposición de cinco (5) años a la intemperie, según lo especificado en las normas IRAM
correspondientes.
Luego de este ensayo acelerado, las luminarias mostrarán un brillo razonable y el
agrietamiento solamente podrá afectar la capa superficial. No serán admitidas oxidaciones,
ampollados o grietas que afecten a los elementos pintados.
La Inspección está facultada para requerir al oferente se efectúe un ensayo que verifique el
nivel lumínico y las uniformidades requeridas en este Pliego, previo a la aceptación de la
propuesta y adjudicación de la obra. Dicho ensayo se efectuará en la C.I.C. y los gastos
estarán a cargo del oferente sin derecho a reclamo alguno.
Nivel lumínico:
A los efectos del cálculo del presente proyecto, deben tenerse en cuenta los siguientes valores
mínimos, para una superficie de pavimento de calzada tipo R 3 y un coeficiente de
mantenimiento 0,7.
Ensayo luminotécnico de artefactos:
Los artefactos propuestos por el oferente o adjudicatario podrán ser sometidos a ensayos
fotométricos, a los efectos de verificar su comportamiento y ajuste a las exigencias del Pliego,
en especial al cumplimiento de los valores mínimos indicados en el Ítem Nivel Lumínico.
Las instalaciones precarias para la realización de los ensayos, serán ejecutadas por el oferente
o adjudicatario a su exclusivo cargo y los materiales empleados como columnas, artefactos,
cables, etc. serán devueltos a los mismos al finalizar los ensayos.
Estos ensayos no eximirán al Contratista de las verificaciones definitivas que se llevarán a
caboprevias a la Recepción Provisoria de las Obras. El no cumplimiento de los valores
mínimos exigidos en el ítem Nivel Lumínico dará lugar a un nuevo ensayo, previo ajuste de
los elementos de la instalación.
De no ser satisfactorios los resultados de esta última verificación, el Contratista deberá
proceder sin cargo alguno al reemplazo de la totalidad de los artefactos ofrecidos o instalados,
por otros que verifiquen los valores mínimos exigidos.
LAMPARAS
Se utilizarán Lámparas de vapor de sodio a alta presión clara NAV-T con las siguientes
características:
- Potencia nominal de 150 W. Flujo luminoso nominal 13.400lm.
- Potencia nominal de 400 W. Flujo luminoso nominal 48.000lm.
- Vida útil promedio de 24.000 hs.
- Corriente de línea en el encendido con factor de potencia 0,9: 3,0 amperes.
- Corriente de línea en funcionamiento con factor de potencia 0,9: 1,5 amperes.
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Sección VI. Requisitos de las obras 134
Las lámparas deberán consignar en el casquillo y en la parte inferior de la ampolla, de manera
indeleble, la tensión de línea, frecuencia, potencia nominal y tipo.
Las lámparas serán tipo PHILIPS, OSRAM o calidad superior.
EQUIPO AUXILIAR
Los artefactos serán provistos completos con lámpara y equipo auxiliar incluido, no
admitiéndose bajo ningún concepto, luminarias con equipos vacíos, al realizarse la inspección
de los mismos.
El equipo auxiliar deberá satisfacer estrictamente las características eléctricas de la lámpara.
Estará compuesto por balasto, un elemento auxiliar para proveer pulsos de alta tensión como
el ignitor, para el segundo encendido de la lámpara y además los condensadores o capacitores
para corregir el factor de potencia a 0,90 como mínimo.
Balasto:
El balasto deberá reunir las características de fabricación y ensayo determinado en el
esquema I de la norma IRAM 2312.- Estarán fabricados para una tensión nominal de red de
220V-50 Hz.
Los balastos serán tipo ITALAVIA o calidad superior.
Condensadores:
Los capacitores serán del tipo "hermético", en baño de impregnante sintético no inflamable.
La capacidad será adecuada para corregir el factor de potencia del conjunto lámpara-balasto a
0,90 como mínimo, funcionando a tensión normal y estarán provistos de resistencia de
descarga.
Se ajustarán a las normas IRAM 2170-1/2 (1994), IEC 1048/49 (1991) e ISO 9002.
Los capacitores serán tipo ELECOND o calidad superior.
Ignitores:
Los ignitores deben ser capaces de proveer los pulsos de alta tensión necesarios para el
arranque seguro de la lámpara. El ignitor será del tipo derivación.
La Repartición está facultada para solicitar al Contratista los certificados, firmados por el
fabricante, de cumplimiento de todos los requisitos de la presente especificación.
Asimismo podrá solicitar los respectivos protocolos de ensayos debidamente certificados.
Los ignitores serán tipo ITALAVIA o calidad superior.
CONDUCTORES ELECTRICOS
a) Conductor subterráneo:
Se empleará conductor antillana de cobre para la red de acometida a las columnas, al tablero
general y a las cajas de empalme y derivación para la alimentación de los artefactos. No se
podrán utilizar secciones de conductores superiores a 25 mm2 ni menor a 4 mm2.
Los conductores podrán ser unipolares o multipolares, con aislación de PVC aptos para
trabajar a una tensión de 1,1 Kv y con una temperatura máxima del conductor de 70º C. La
identificación de las fases estará realizada mediante la colocación del aislante.
La envoltura exterior será una cubierta continua y ajustada destinada a proteger el núcleo del
cable, siendo su composición de policloruro de vinilo PVC y deberá llevar indefectiblemente
marcada en forma durable e indeleble el tipo y la sección del conductor, normas IRAM a la
que responde y nombre del fabricante.
Deberá ajustarse su fabricación a la norma: IRAM 2178
Los conductores subterráneos serán tipo SINTENAX VALIO o calidad superior.
b) Conductor de tablero de columna a equipo auxiliar del artefacto:
La alimentación de cada artefacto se realizará en forma independiente, por lo que para el caso
de las columnas de doble artefacto (dos lámparas) se utilizarán dos conductores de cobre
tripolar de una sección mínima de 2,5 mm2.
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Sección VI. Requisitos de las obras 135
Los conductores podrán ser unipolares o multipolares, con aislación de PVC aptos para
trabajar a una tensión de 1,1 kV y con una temperatura máxima del conductor de 70º C. La
identificación de las fases estará realizada mediante la colocación del aislante.
Deberá ajustarse su fabricación a la norma: IRAM 2178
Los conductores serán tipo SINTENAX VALIO o calidad superior.
c) Conductor de tablero de comando a fotocélula:
Se utilizará un conductor de cobre unipolar de una sección de 2,5 mm2.
El conductor será tipo VN 2000 o calidad superior.
d) Cableado en tablero de comando:
Se realizará con un conductor de cobre unipolar flexible de una sección mínima de 2,5 mm2.
Su aislación será de policloruro de vinilo PVC apto para soportar una tensión de 1,1 kv.
Todos los conductores deberán llevar anillos numerados para su identificación o tarjetas del
tipo GRAFOPLAST.
Deberá ajustarse su fabricación a las siguientes normas:
- IRAM 2183
- IRAM 2289 Cat. C
- IEC 227
Los conductores serán tipo VN 2000 o calidad superior.
Ensayos de los conductores:
El Contratista comunicará en forma fehaciente a la CPV, con una anticipación mínima de
siete (7) días hábiles, la realización de los ensayos que a continuación se describen, en las
bobinas de los conductores. Sin la correspondiente aprobación de la Repartición las mismas
no podrán ser enviadas a obra para su utilización. Las bobinas de los conductores llevarán
marcadas en ambas caras y en lugar visible las indicaciones especificadas en el Ítem D – 26
de la norma IRAM 2220.
Ensayo de tensión:
Se sumergirá la bobina del conductor en agua, durante un lapso no menor a doce (12) horas y
permaneciendo ésta en el agua, el conductor deberá soportar la aplicación de una tensión
alternada de 1500 V / 50 Hz durante cinco (5) minutos.
Ensayo de resistencia de aislación:
A posteriori de ser sometida al ensayo de tensión y mientras permanezca aún sumergida la
bobina, se determinará la resistencia de aislación entre conductores y el agua, la cual no será
menor de 1000 ohm/km a temperatura ambiente.
Ensayo de doblado en frío:
Después de mantener el conductor como mínimo durante un lapso de dos (2) horas a
temperatura de 30º C el material no debe agrietarse al ser arrollado sobre un mandril de cinco
(5) centímetros de diámetro.
La realización de estos ensayos podrán ser realizados en el laboratorio del fabricante y en
caso de mediar una solicitud de la Repartición, los mismos se llevarán a cabo en la C.I.C.
(Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires) por cuenta y orden
del Contratista.
El Contratista no podrá dar comienzo a la instalación de los conductores, sin contar
previamente en su poder con los resultados de los ensayos aprobados por la Repartición.
TABLERO DE DERIVACION
Estará alojado en el interior de la columna, conteniendo los elementos para la alimentación y
protección de la luminaria.
El tablero contendrá una bornera tetrapolar con bornes de bronce para el conexionado de los
conductores mediante el empleo de terminales preaislados de compresión de cobre de ojal
redondo de tamaño adecuado a la sección de los conductores cuyos extremos poseerán un
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Sección VI. Requisitos de las obras 136
capuchón termocontraible, un interceptor fusible del tipo tabaquera KELAND J 15 de 6 A o
un interruptor termomagnético unipolar de 6 A, tipo Siemens/Merlin Gerin o calidad superior,
dispuestos sobre una base de resina epóxica.
Los tableros serán tipo EPOXIFORMAS o calidad superior.
GABINETES DE COMANDO
Estarán construidos en chapa de acero calibre BWG14. Las puertas serán rebatibles mediante
bisagras del tipo interior, abertura de puerta 180º, cierre del tipo "Destornillador".
Burlete tipo neopreno.
Estarán constituidos por dos secciones: una para uso de la Empresa proveedora del suministro
de energía y la restante para alojar los elementos de accionamiento y protección del sistema
de iluminación. En la entrada correspondiente al suministro público se deberán instalar
indicadores de presencia de tensión. El grado de protección será IP 55. Los gabinetes estarán
identificados en su frente con una placa de acrílico negro y letras blancas, con la leyenda
correspondiente al número de tablero (Tablero Nº - - -).
Todos los componentes serán fácilmente reemplazados, trabajando únicamente desde el
frente del tablero y sin necesidad de tener que remover más que la unidad a reemplazar. Se
dispondrá de una contratapa calada que cubrirá todos los interruptores dejando al acceso
manual únicamente la palanca de comando de los interruptores.
Todos los tornillos, grampas, etc. serán de acero galvanizado o bronce.
Cada tablero deberá poseer un esquema topográfico y un esquema eléctrico adosado al
interior y a resguardo del deterioro mediante una cubierta de acetato transparente o acrílico.
Todas las puertas y paneles se pondrán a tierra mediante malla extraflexible de cobre. Cuando
se trate de puertas sin ningún aparato eléctrico montado en ellas, la sección no será inferior a
10 mm2. No se permitirá utilizar la estructura del tablero como elemento conductor de puesta
a tierra de otros elementos.
El cableado interior será del tipo VN 2000, flexible, de una sección mínima de 2,5 mm2 para
los circuitos de comando y se canalizará mediante un cablecanal tipo Hoyos o Zoloda
construidos en PVC, accesibles desde el frente con tapas desmontables.
El gabinete dispondrá en su parte superior de un sector para la instalación de la fotocélula.
La luz entrará por una ventana dispuesta para tal fin.
Todas las entradas y salidas del tablero, llevarán boquillas con tuercas de diseño adecuado al
diámetro de los caños camisa para la protección mecánica de los conductores. Los cables de
salida deberán identificarse con el circuito que alimentan, según la nomenclatura alfa
numérica que se adopte en los planos.
Las dos secciones estarán formadas básicamente por:
- Un recinto independiente para la instalación de: Medidor de energía trifásico conforme lo
solicitado por la empresa prestadora del servicio eléctrico y 3 bases portafusibles del tipo
ACR con sus correspondientes fusibles NH de protección.
- Un recinto independiente para la instalación de:
- Seccionador fusible bajo carga ACR tipo Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.
- Contactor trifásico tipo Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.
- Contactor auxiliar para encendido de fotocélula con retardo de tiempo (delay), tipo
Siemens/ Merlín Gerin o calidad superior.
- Interruptor termomagnético bipolar para protección de los tomacorrientes, tipo
Siemens/ Merlín Gerin o calidad superior.
- Interruptor diferencial de 2 x 25 A - 30 mA para protección de servicios internos,
tipo Siemnes/ Merlín Gerin o calidad superior.
- Tomacorriente 220V-10 A tipo RIDRU o calidad superior.
- Tomacorriente 220V-16 A tipo RIDRU o calidad superior.
- Borneras componibles tipo Zoloda SSK con tapa, tope y placa separadora.
- Barra de cobre con bulón de bronce para neutro rígido.
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Sección VI. Requisitos de las obras 137
- Borne para puesta a tierra.
- Llave conmutadora de 3 posiciones a palanca, tipo Vefben o calidad superior.
- Fotocélula tipo Italavia o calidad superior.
- Reloj diario con reserva de marcha mayor a 200 horas, alimentación 220 V - 50 Hz,
tipo Dile o calidad superior.
- Ventana mirilla para fotocélula.
- Termostato para el contactor de la resistencia de la calefacción.
- Interruptores termomagnéticos unipolares para salidas de circuitos, tipo
Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.
- Receptáculo para lámpara tipo Dulux a rosca de 20W e interruptor termomagnético
bipolar, tipo Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.
- Ojos de buey tres (3) - 220 V - 50 hz.
Las borneras serán montadas en rieles DIN. Se preverá una reserva equipada de un 20% en la
cantidad de bornes, más idéntico porcentaje de espacio de reserva.
Los interruptores manuales de entrada y los cartuchos de protección serán de una capacidad
nominal adecuada al consumo total requerido por cada tablero. Los interruptores
termomagnéticos deberán poseer la capacidad apropiada a la intensidad de corriente del
circuito a comandar.
La totalidad de los componentes eléctricos de los gabinetes contarán con un cartel de acrílico
de fondo negro con letras blancas identificando como mínimo el número de circuito, fase, etc.
PUESTA A TIERRA
Se colocarán jabalinas de Puesta a Tierra individuales por columna y gabinete. Estarán
hincadas a una profundidad no menor de un (1) metro del nivel del terreno natural y
separadas a igual distancia de la base de la columna.
La puesta a tierra se realizará con una jabalina con alma de acero trefilado y recubrimiento
exterior de cobre tipo "COPPERWELD" o calidad superior con toma cables y bulón roscado
de bronce para la sujeción del conductor de cobre verde-amarillo.- Se ajustará a la norma
IRAM 2309.
Las jabalinas tendrán una longitud mínima de 1500 mm y un diámetro mínimo de 3/4" y
deberán llevar impreso en su alma el tipo de jabalina, su fabricante y la Norma IRAM
respectiva.
En caso de no obtenerse los niveles de aislación requeridos se podrá:
a) Profundizar la jabalina.
b) Interconectar las jabalinas entre columnas con un conductor de cobre desnudo de una
sección mínima de 16 mm2 el que estará ubicado en la zanja para el tendido de conductores.
c) Interconectar con jabalinas adicionales en paralelo con un conductor de cobre desnudo de
una sección mínima de 16 mm2.
En todos los casos la conexión de la jabalina a la columna será realizada con un conductor de
cobre verde-amarillo de 16 mm2 de sección.
El cable de puesta a tierra ingresará al interior de la columna con el resto de los cables de
alimentación y para su conexionado se deberá contar con un borne, a tal efecto, en la columna
a la altura de la ventana de la misma.
Finalizados los trabajos y antes de la Recepción Provisoria, el Contratista deberá entregar a la
Inspección de Obra un reporte avalado por el Representante Técnico, consignando los valores
de la puesta a tierra de cada una de las columnas y gabinetes de comando.
Niveles de aislación:
La resistencia de puesta a tierra de cualquier elemento metálico de la instalación no deberá
ser en ningún caso superior a los cinco (5) ohm.
La resistencia de aislación, medida entre conductores de un mismo cable, de éstos a tierra y
de cualquier elemento conductor a tierra, no será en ningún caso inferior a un (1) ohm.
No se permitirá alterar las condiciones del terreno para lograr los cinco (5) ohm requeridos.
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Sección VI. Requisitos de las obras 138
CELULAS FOTOELECTRICAS
El aparato estará diseñado para operar sobre circuitos de 220 V - 50 Hz, siendo su función la
de comandar con un contactor de mayor capacidad, el mando directo de las lámparas.
La fotocélula se instalará en el gabinete de comando el cual contará con un recinto para tal
fin.
El zócalo de conexión será del tipo orientable, con contactos de bloqueo que impidan su
desconexión o giro.
En caso de falla de algún componente, el circuito a controlar deberá quedar energizado.
La capacidad del fotocontrol será de 10 A.
Cumplirá con las normas IRAM AADL J 20-24 y J 20-25.
El fotocontrol será tipo ITALAVIA o calidad superior.
DISTRIBUCION DE FASES
La distribución de cargas estará equilibrada en las tres (3) fases, permitiendo el desequilibrio
en una sola fase en un amperaje no mayor al que circula por una luminaria. No podrá
conectarse sobre una misma fase dos (2) luminarias consecutivas.
CALCULO DE REDES
El oferente deberá verificar las secciones de los conductores especificados en los planos de
ante proyecto, teniendo en cuenta que la caída de tensión no podrá ser mayor al 3 %, al final
de línea.
En caso de ser necesario, deberá proceder a disminuir o aumentar la sección de los
conductores, y recalcular para el ajuste definitivo, la estipulada en los planos.
Al momento de efectuarse la Recepción Provisoria se procederá a realizar dos (2) mediciones
con voltímetro:
a) Entre fase y neutro en la línea de alimentación de la Empresa prestataria del servicio.
b) Entre fase y neutro correspondiente a la última columna perteneciente a la fase más
cargada y de mayor extensión.
La diferencia entre ambas mediciones no deberá superar los 6,6 voltios, en el momento de la
medición. De no cumplirse dicho requisito, se deberá adecuar la sección de los conductores
hasta cumplir con los valores de caída de tensión exigidos.
ENSAYOS
A la finalización de los trabajos la Supervisión de Obra juntamente con el personal técnico de
la Repartición, especializado en la materia, procederá a efectuar en presencia del Contratista o
su Representante Técnico los siguientes ensayos:
- Continuidad
- Fases R-S-T
- Aislación
- Fallas a Tierra
- Resistencia de Puesta a Tierra
- Caída de tensión
- Medición de niveles de iluminancia y uniformidades, a fin de verificar los valores indicados
en la propuesta
- Verificación de aplomado de columnas y alineación de artefactos
- Verificación de reglas de arte
Para la ejecución de los ensayos y verificaciones el Contratista deberá prestar la colaboración
necesaria para tal fin, brindando la mano de obra, instrumentos de medición, material y
movilidad y todo lo que fuere necesario para las tareas descriptas, no pudiendo reclamar pago
alguno por los costos que demandare la realización de los mismos.
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Sección VI. Requisitos de las obras 139
Para la medición de niveles de iluminancia y uniformidades el Contratista deberá solicitar la
presencia del laboratorio de ensayos C.I.C. encontrándose dichos gastos incluídos en los
demás ítems de la obra.
Si lo estima conveniente y a fin de un mejor proveer la Supervisión de Obra podrá solicitar y
efectuar otros ensayos no indicados en este Pliego, los que mientras se trate de ensayos
complementarios a los indicados, serán por cuenta y cargo del Contratista.
El Contratista comunicará en forma fehaciente con una anticipación mínima de quince (15)
días hábiles la fecha de terminación de los trabajos.
A la finalización de los ensayos se labrarán las correspondientes actas, sin las cuales no se
podrá solicitar la Recepción Provisoria de las Obras.
GRUPO ELECTROGENO PARA PRUEBAS
De no existir a la fecha de las Recepciones Provisoria y Definitiva el suministro de energía
eléctrica por parte de la Empresa que provee el fluido, el Contratista deberá disponer para
ambas Recepciones el o los grupos electrógenos necesarios para realizar las pruebas de las
instalaciones de Iluminación.
Sin dicha provisión no se otorgarán las citadas Recepciones, quedando el gasto que la
utilización de éstos grupos electrógenos demande, a cargo exclusivo del Contratista.
DOCUMENTACION TECNICA A PRESENTAR
Se deberá presentar con carácter obligatorio la siguiente documentación:
1º) Memoria Descriptiva. Memoria de Ingeniería.
2º) Proyecto ejecutivo insertado en un plano de replanteo de la obra existente o a construir y
contará, como mínimo, con los siguientes datos:
- Relevamiento planimétrico de hechos existentes; plano de ubicación de la obra; Km. del
tramo de ruta a iluminar y Progresiva del proyecto; líneas eléctricas de: alta, media o baja
tensión y/o de servicios; corte transversal del ancho de la zona de camino; isletas: cordones
cuneta existentes o proyectados; distancia a la iluminación periférica más cercana de la zona a
iluminar; distancia de las columnas y de las barandas de defensa al borde de la calzada;
anchos de calzada, de banquina y/o sobreanchos de las mismas; de las dársenas, ramas de
ingreso y egreso de la ruta; desagües en general; alcantarillas; gasoductos; obras de arte;
distancia a las localidades más próximas; paradas de transporte; accesos a estación de
servicio, paradores, viviendas; principio, fin y desarrollo de los carriles de aceleración,
desaceleración y longitud de los mismos; sentido de dirección vehicular; norte geográfico y
todo otro dato que a criterio del proyectista se considere necesario para una mejor evaluación
de lo solicitado.
No se podrán dejar tramos de ruta sin iluminar de una longitud menor o igual a los dos (2)
Km. entre dos sectores iluminados o a iluminar.
Se proyectará con ubicación de columnas unilaterales o enfrentadas, no se podrá efectuar en
tresbolillo.
Cuando el cantero central tenga un ancho superior a los seis (6) metros no se podrán ubicar
columnas centrales, salvo excepciones especiales que pueda autorizar la Repartición.
Circuitos eléctricos numerados y con distinto trazo que permitan su rápida visualización;
secciones de los conductores.
Los Planos de Proyecto se ejecutarán en escala 1:1.000 cuando se trate de tramos rectos de
rutas y en escala 1:500 los sectores comprendidos de puentes, intersecciones, rotondas,
distribuidores, accesos a estaciones de servicio, paradores, paradas de transporte y cualquier
otro sector que por su singularidad a criterio del proyectista o de la Repartición se considere
necesario para una mejor evaluación del proyecto. Ubicación de los tableros de comando
general, indicando el consumo de los mismos en Kw y ubicación de los transformadores para
la toma de energía.
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Sección VI. Requisitos de las obras 140
Se acompañarán croquis de detalles, que podrán ser efectuados fuera de escala con la
condición de que deberán ser legibles a simple vista, los que podrán conformar un solo plano,
donde se indicarán la formación de los distintos tramos de las columnas; bases de fundación
de las mismas; tendido subterráneo de los conductores; cruces baja calzada; puestas a tierra;
tableros de conexionado en columnas; tablero de comando general, indicando componentes
eléctricos e intensidad de corriente máxima en amperes; esquema unifilar y tetrafilar.
3°) Cálculo de niveles de Iluminancia y de coeficientes de Uniformidad, para un pavimento
de calzada tipo R 3 y un coeficiente de uniformidad 0,7 acompañados con las respectivas
copias legalizadas de curvas y protocolos de ensayos de los artefactos a instalar. La presente
documentación deberá estar refrendada con firma y aclaración del fabricante de la luminaria.
4º) Cálculo de niveles de luminancia.
5º) Curvas ISOLUX, POLARES y de UTILIZACION.
6º) Cálculo de columnas y cálculo de las bases de fundación de las mismas, por el método de
Sulzberger.
7º) Cálculo desarrollado de las redes eléctricas con el método empleado y planimetría del
proyecto con las secciones de las redes, desde los puntos de toma de energía indicados en los
planos.
8º) Prospectos con vistas de las columnas, artefactos, equipos auxiliares, lámparas y cables
ofrecidos.
El Oferente en su propuesta solo podrá ofrecer una sola marca y modelo de dichos materiales
los que obligatoriamente deberán ser respetados al efectuar la obra.
9º) Listado de equipos e instrumentos de medición eléctrica, de puesta a tierra (telurómetro) y
de niveles luminotécnicos (luxómetro).
10º) Declaración de que se aceptarán todas las condiciones y especificaciones técnicas que se
detallan en los Pliegos y Planos
11º) Ente que proveerá la energía necesaria para la obra desde los distintos puntos de toma.
12º) Toda la documentación precedentemente solicitada se entregará firmada por el
Contratista y su Representante Técnico con aclaración de las respectivas firmas.
IMPORTANTE:
Toda esta documentación técnica deberá presentarse completa y la no presentación de la
misma dará lugar a la no consideración de la oferta.
CLAUSULAS GENERALES
Conocimiento del lugar de las obras:
En los planos que forman el presente Pliego de Especificaciones Técnicas se indica
claramente la ubicación de las distintas obras a realizar.
La presentación de la propuesta implica por parte del Contratista el conocimiento del lugar de
ejecución de las obras, todas las informaciones necesarias para presupuestar los trabajos,
condiciones climáticas, características del terreno, medios de comunicación y transporte,
precio y facilidad para obtener materiales y mano de obra.
Por lo tanto, su presentación, compromete el perfecto conocimiento de las obligaciones que
vaya a contraer y la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a dicha presentación,
basado en el desconocimiento del lugar de la construcción de las obras.
Forma de cotizar:
El oferente deberá incluir en su cotización todos aquellos elementos y/o trabajos que aún no
encontrándose detallados en el Formulario de Presupuesto de la Oferta o especificados en el
presente Pliego de Especificaciones Técnicas o indicados en los Planos que acompañan y
forman parte de la presente documentación sean necesarios para el correcto funcionamiento
de las instalaciones.
Inspecciones de los materiales a emplear en obra:
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Sección VI. Requisitos de las obras 141
Se deberá solicitar a la Supervisión de Obra (o en su defecto al ente supervisor) la inspección
de los materiales a emplear previo a su envío a obra. La misma se efectuará en la fábrica de
cada proveedor.
Garantía de los trabajos:
Durante el período de garantía, el Contratista estará obligado a efectuar todos los trabajos
necesarios para mantener en pleno funcionamiento y en condiciones de total seguridad a las
instalaciones.
La tolerancia de fallas de lámparas que se admitirá como máximo es la siguiente:
a) Lámparas encendidas durante el día (2 %).
b) Lámparas apagadas durante la noche (2 %).
El incumplimiento a cualquiera de dichas causales prorrogará automáticamente en la misma
proporción del atraso en efectuar las reparaciones, el período de garantía de la obra.
Cualquier falla de lámpara o en alguno de los elementos que integren el equipo auxiliar, será
considerado a los efectos de la garantía como una falla del conjunto.
Obligaciones del contratista:
Durante el plazo de ejecución de la obra y/o durante el plazo de garantía de la misma, si se
produjeran accidentes de tránsito u otros que dañasen las instalaciones o se produjeran
sustracciones por terceros, el Contratista deberá reponer el elemento dañado o sustraído, sin
cargo ni reconocimiento de ampliación de plazo alguno por parte de la Repartición, aún en el
caso de que los mismos hayan sido certificados y/o recepcionados por la Repartición.
Recepción definitiva: Se producirá a los treinta (30) días hábiles de la fecha de la
RECEPCION PROVISORIA.
PLANOS
a) Planos de obra:
El Contratista entregará a la Supervisión de Obra al comienzo de la misma, cuatro (4) juegos
de copias de los planos de proyecto y de detalles en papel y en soporte magnético,
correspondientes a la totalidad de las instalaciones a ejecutar.
Los mismos incluirán planos y croquis de detalle y/o constructivos que sean necesarios para
un mejor control y seguimiento de los trabajos por parte del personal afectado a la
Supervisión de las Obras a ejecutar.
Todo plano o croquis suplementario que sea necesario y solicitado por la Supervisión de Obra
deberá ser presentado por el Contratista en un plazo de 48 horas. El no cumplimiento
facultará a la suspensión de los trabajos en el sector de que se trata y su prosecución será a
exclusiva responsabilidad del Contratista.
Los planos de detalle corresponderán entre otros a los planos constructivos de tableros y
dimensiones de los equipos a instalar, forma de instalación y montaje, conexionado,
características generales y particulares, etc.
En los planos se indicarán todos los circuitos de iluminación, ubicación de las tomas de
alimentación, ubicación de los gabinetes de comando y tableros seccionales, puesta a tierra de
las instalaciones, identificación de los conductores, fases y circuitos, etc. debiéndose observar
la colocación de la mayor cantidad de datos posibles.
b) Planos conforme a obra:
Finalizados los trabajos y en un plazo de treinta (30) días corridos de producida la Recepción
Provisoria, el Contratista deberá entregar a la Supervisión de Obra los respectivos PLANOS
CONFORME A OBRA.
El original se entregará en AUTOCAD, adjuntando cinco (5) copias impresas en papel de
Proyecto y los croquis de detalle, en film poliéster y su correspondiente soporte magnético.
Los planos a presentar serán todos aquellos utilizados durante la marcha de los trabajos y
ejecutados en escala adecuada según normas IRAM.
Los croquis conformarán un plano general según sea para cada uno de los ítems
intervinientes, pudiendo incluirse los mismos en los planos generales respectivos.
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Sección VI. Requisitos de las obras 142
Los planos observados por la Supervisión de Obra serán devueltos y corregidos por el
Contratista para una nueva presentación, la que deberá ser efectuada previa a la RECEPCION
DEFINITIVA.
Los planos una vez revisados y aprobados serán firmados por la Supervisión de Obra
juntamente con el personal técnico de la Repartición (especializado en la materia: Área
Iluminación) y el contratista o su Representante Técnico.
Los originales serán entregados protegidos en cilindros de material plástico. Los juegos de
copias se entregarán dobladas y encarpetadas. Cada juego de carpetas de tapa dura, tendrá en
la misma y en el lomo, el logotipo de la CPV y los nombres de la obra y del Contratista.
El incumplimiento de la entrega dentro del plazo fijado prorrogará automáticamente en la
misma proporción del atraso, el período de garantía de la obra.
NORMAS IRAM: Para todas aquéllas especificaciones técnicas que no figuren en el presente
Pliego, las mismas se regirán por las normas IRAM que existan en la materia. Las normativas
y exigencias de la Dirección Nacional de Vialidad estarán por encima de cualquier otra norma
que rija en el tema.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Se medirán y pagarán por número (Nº) de columna colocada, sin distinción de tipo, y
aprobada por la Supervisión, al precio unitario de contrato establecido para el ítem respectivo.
Dicho precio será compensación total por: la provisión, carga, transporte y descarga de todos
los materiales; por el izado, colocación, alineación, aplomado y fijación de la columna;
ejecución de las zanjas, entubados y canalizaciones, su relleno compactado, provisión e
instalación de los cables, luminarias, lámparas, gabinetes con sus cerraduras, aparatos de
control y alimentación, puestas a tierra, pintado; mano de obra; equipos, herramientas,
pruebas y ensayos para su aprobación y cualquier otro material o trabajo necesario para dejar
correctamente terminada y operativa la totalidad de la iluminación proyectada.
ARTÍCULO 19 – SEMAFOROS
Criterios generales
Se deben tener en cuenta las siguientes reglamentaciones:
- Norma IRAM 2442 y 10000.-
- Ley Nacional de Transito Nº 24449 y su Decreto Reglamentario.-
La optimización de las variables de diseño
- Columnas con brazos acordes a su ubicación
- Semáforos de secciones acorde a la seguridad vial.
- Encendido de luces por LED.
Los retiros de las columnas desde las calzadas, se toman en función a los requerimientos de la
Obra vial ejecutada, siendo su medida mínima de 3,50 m.-
Diseño Semáforos
De acuerdo al tipo y flujo vehicular de las vías.
Diseño eléctrico
Por sus características constructivas, los circuitos son monofásicos, alimentados desde un
Controlador Electrónico, el cual a su vez es alimentado desde la S.E.T.A del Alumbrado.-
El tendido eléctrico entre las columnas y la S.E.T.A. será totalmente subterráneo, con
circuitos independientes. El cableado eléctrico dentro de las columnas y los semáforos será
del tipo TPR. La red de alimentación al Controlador está conformada por conductor
subterráneo bipolar con sección mínima de 4 mm2. La red de interconexión entre Controlador
y Semáforos está conformada por conductor tripolar con una sección mínima de 2,5 mm2.-
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Sección VI. Requisitos de las obras 143
Como medida de protección contra contactos directos, la totalidad de las columnas estarán
conectadas rígidamente a tierra mediante conductor de cobre aislado (bicolor amarillo/verde)
de 16 mm2 de sección y jabalina de Cu con alma de acero, de 3/8‖ x 1,2 m (verificando que
la resistencia del conjunto no supera los 10 ohm). El borne de conexión de la PAT estará en el
interior de la columna, a la altura de la ventana de conexionado.-
Materiales – Especificaciones Técnicas – Descripción
Se proveerá la totalidad de los materiales que resulten necesarios para la correcta realización
de los trabajos, y al buen arte, para cumplimentar debidamente las exigencias legales,
reglamentarias, normas y disposiciones técnicas aplicables.
Columnas para Semáforos
Es el elemento que soporta los semáforos y controlador de tránsito, los mismos satisfacen las
exigencias técnicas establecidas en toda su extensión, debiéndose en sus partes y en un todo
la más alta expresión técnica, a efectos de lograr máxima confiabilidad y mínima necesidad
de mantenimiento.-
Se construyen en todos los casos con caños de acero, con o sin costura, SAE 1020.
Se realizan en tramos soldados, según las especificaciones de dimensiones mínimas
detalladas a continuación: Caños de 168 mm de diámetro y espesor 4,85 mm, Caños de 140
mm de diámetro y espesor 4,85 mm, Caños de 114 mm de diámetro y espesor 4,10 mm,
Caños de 90 mm de diámetro y espesor 3,65 mm.-
La construcción por tramos se realiza mediante la introducción del caño de menor diámetro
dentro del caño de mayor diámetro, como mínimo 10 centímetros, y colocándose entre ambos
caños suplementos para evitar la flexión y aumentar la rigidez de la unión, finalmente al caño
de mayor diámetro se le realizará una boquilla con medio mecánico y prolijo a efectos de
acercar el extremo del mismo a la superficie exterior del caño de menor diámetro, finalmente
se soldará y pulirá mediante piedra.-
Las columnas con brazo se construyen en dos partes, un tramo recto y un tramo curvo (brazo)
ambos por separado. Su unión se realizará por medio de un sistema de perfecto ajuste y
ampliamente seguro, utilizándose como mínimo cuatro bullones de 1/2‖ que deberán
disponerse para tal fin, asimismo será estanco a efectos de lluvias.
Los tramos curvos se realizan con un radio entre 0,80 m y 1 m, totalmente mecanizado, no
existiendo disminuciones del diámetro interior ni arrugas y/o fisuras en su exterior.-
Las columnas llevan una tuerca RW 3/8 para conexión a tierra, se suelda según la altura
indicada en cada caso. Asimismo disponen de un agujero ovalado de como mínimo 30 mm x
60 mm para ingreso de conductor subterráneo.-
Las columnas disponen de una ventana para conexiones de 80 mm x 170 mm. En todos los
casos se soldará interiormente una planchuela de hierro de espesor no menor de 3 mm. con un
agujero roscado (RW 3/16) para poder tomar un fusible o bornera. La posición de la
planchuela respecto a la parte exterior del caño será menor a 60 mm. La ventana lleva una
tapa construida con chapa de acero no menor a 2 mm que cubre la abertura de la ventana con
un exceso de 10 mm por lado y se fija mediante 2 tornillos de bronce, las tapas tomaran la
forma del caño.-
Todas las columnas son tratadas por lo menos con dos manos de antióxido al cromato de cinc,
previo tratamiento de limpieza mediante fosfatizantes o arenado, luego se aplica pintura
esmalte sintético de color amarillo vial, con franjas color verde pino intercaladas (de 0,40 a
0,50 cm) hasta los 3 m.-
Semáforos
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Sección VI. Requisitos de las obras 144
Los semáforos y soportes satisfacen las exigencias técnicas del Proyecto, debiéndose en sus
partes y en un todo la más alta expresión técnica, a efectos de lograr máxima confiabilidad y
mínima necesidad de mantenimiento.-
Por razones de perfecto acoplamiento y seguridad de estanqueidad, la adquisición de los
semáforos y soportes se realizará a un mismo fabricante.-
Los semáforos cumplen con lo indicado por las normas IRAM 2442.-
Son del tipo seccional, cada sección es intercambiable y unidas entre sí en forma rígida,
utilizando para asegurar la estanqueidad, arandelas de goma sintética y bulonería cincada o de
alta resistencia.-
Las secciones normales son de diámetro 200 mm y las de gran tamaño son de 300 mm. Cada
sección dispone de una fuente luminosa compuesta por ópticas de LED, una puerta del mismo
material que el cuerpo y diseñado con bisagras para evitar robos, el cierre es por medio de
mariposa de bronce imperdible; visera construida de chapa de aluminio de espesor no menor
a un milímetro y tomada a la puerta con cuatro tornillos como mínimo.-
Los semáforos aseguran una perfecta hermeticidad, para lo cual se utilizan doble burletes de
goma siliconada. Los conductores que conectan cada fuente luminosa son de cobre con
aislamiento plástico antillama de 1 mm2 de sección y terminarán en la bornera dispuesta
interiormente en una sección.-
El material a utilizar para los semáforos es de fundición de aluminio o aluminio inyectado
únicamente. La pintura a utilizar es horneada del tipo termoendurecible (polvo con poliéster
con agregado de filtro U.V.), totalmente de color amarillo vial, con tratamiento previo de
limpieza y desengrasado, secado por calor y aplicación de ―mordiente‖ para la correcta
adherencia de la pintura.-
Opticas LED para Semáforos
Son del tipo de pantalla completa, con LED de alto rendimiento (distribución homogénea),
fresnel y lente de policarbonato con protección UV.-
Construidas completamente estancas y una vida útil mayor de 60.000 hs.-
Los consumos energéticos de cada óptica no será inferior a 6W ni mayor a 13W, dependiendo
de su diámetro y color.-
Soportes para Semáforos
Son los elementos destinados a mantener los semáforos en su posición y vinculados con las
columnas. Son de fundición de aluminio o aluminio inyectado únicamente, de dimensiones
que aseguran una adecuada resistencia mecánica.-
Están pintados de color negro brillante, con pintura horneada, con bulonería cincada, tuercas
y arandelas. Disponen de conductos interiores para el pasaje de conductores a los semáforos,
los soportes se definen para cada caso en particular según la posición de los semáforos,
utilizándose en este caso los del tipo Basculante a Lengüeta, laterales simple o laterales
doble.-
Conductores Eléctricos
Se utilizará conductores de potencia de marca y calidad reconocida, su fabricación responderá
a la normas IRAM 2178 - 2289.-
Conductores Subterráneos: Serán bipolar o tripolar, según corresponda. La tensión nominal
de aislación será de 1,1 kV y con una temperatura máxima del conductor de 70º C. Estarán
constituidos por conductores de cobre electrolítico y los conductores se identificarán por
medio de colores (manteniéndose los mismos colores para los mismos fines).
Conductores TPR: Serán tripolares. La tensión nominal de aislación será de 1,1 kV y con una
temperatura máxima del conductor de 70º C. Estarán constituidos por conductores de cobre
electrolítico y los conductores se identificarán por medio de colores (manteniéndose los
mismos colores para los mismos fines).
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Sección VI. Requisitos de las obras 145
Conductores Unipolares: La tensión nominal de aislación será de 1,1 kV y con una
temperatura máxima del conductor de 70º C. Estarán constituidos por conductores de cobre
electrolítico, la vaina será bicolor (amarillo / verde).
Controlador Electrónico
El controlador satisface las exigencias técnicas establecidas, debiéndose en sus partes y en un
todo la más alta expresión técnica, a efectos de lograr máxima confiabilidad y mínima
necesidad de mantenimiento.-
El equipo dispondrá en su interior de una llave de corte y un porta fusible con fusible de
capacidad adecuada o de un interruptor termomagnético bipolar de 6 Amper mínimo,
convenientemente dispuestos en un bastidor de chapa. La plaqueta se enchufara en una base
dispuesta para tal fin y todo el conjunto estará dentro de una caja blindada, cableado y listo
para funcionar.
La fuente de alimentación de energía del equipo y de las lámparas será de 220 V.C.A. y 50
Hz debiendo tener capacidad de funcionamiento entre + 5% y - 15% de ese voltaje nominal.
La caja o gabinete donde se alojará el equipo estará construida en chapa de acero de espesor
no menos de 1.65 mm, con una puerta soportada por dos bisagras donde se dispondrá la
cerradura tipo YALE de igual combinación para todos y con un juego de llaves. El cierre de
la puerta contra la caja se hará mediante un burlete de goma sintética para asegurar
hermeticidad contra el ingreso de agua y polvo. La terminación será con pintura especial para
intemperie del tipo poliuretánicas color gris perla tanto en su exterior como interior, previo
tratamiento fosfatizado y antióxido. EL gabinete dispondrá de una abrazadera que se usará
para tomar el mismo a la columna, con bulones de por lo menos 5/16 pulgadas con arandelas
planas, grower y tuercas hexagonales, todo cincado. La abrazara deberá tener el diámetro
adecuado a la columna donde se fijará el equipo.
Puesta a Tierra
Se colocarán puestas a tierra individuales por columna y tablero. La misma se realizará con
una jabalina de cobre tipo COPPERWELD con toma cable y bulón roscado de bronce para la
sujeción del conductor de cobre.
Tendrá una longitud mínima de 1500 mm y un diámetro mínimo de 1/2‖ y estarán hincadas a
una profundidad no menor de 1,00 m.
Los niveles de aislación para la resistencia a tierra de cualquier elemento metálico de la
instalación no deberán ser en ningún caso superior a los 10 ohm.
La conexión de jabalina a la columna se efectuará con un conductor de cobre aislado (bicolor)
de 16 mm2 de sección.
Las jabalinas se ajustarán a la norma IRAM 2309. Construidas con alma de acero trefilado y
recubrimiento exterior de cobre.
Morsetería y Herrajes
La morsetería y herrajes, así como todos los Materiales Normalizados (MN o PK), a proveer,
serán nuevos, sin uso, de primera calidad y reconocida marca ajustándose a las Normas
IRAM o NIME correspondientes. El cincado de los mismos responderá a la Especificación
Técnica Norma IRAM 252.
Fundaciones para Columnas de Semáforos:
Se realizarán en hormigón simple Tipo H:17. Las dimensiones de las mismas serán acorde a
lo requerido por cálculo, en ningún caso será inferior a 0,70 m x 0,70 m x 1,20 m. Dispondrá
de un cono de protección que deberá sobresalir 0,30 m como mínimo sobre el nivel del
terreno. Se ejecutará el hormigonado directamente contra la tierra externa. Toda la tierra
sobrante de las excavaciones que se efectúen para la construcción de las bases, se colocarán
donde indique la Supervisión y con preferencia fuera de los límites de la Obra.
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Sección VI. Requisitos de las obras 146
Mano de Obra
Para la ejecución de los trabajos, conforme al proyecto, se tendrá en cuenta la
Reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina (en los casos de aplicación),
Normas IRAM, Normas para este tipo de obra exigidas por la Empresa Prestataria del
Servicio Energético, y las establecidas por las Direcciones de Vialidad Provincial y Nacional,
y el O.C.C.O.V.I.-
Construcción de Zanjas
Las zanjas se excavarán a mano o por medio de equipos mecánicos.
El fondo de la zanja se dejará completamente liso y libre de agregado grueso, disponiéndose
una cama de arena de 10 cm de espesor en su lecho para iniciar el tendido de los conductores,
la profundidad será de 0,70m como mínimo, excepto en los casos en que existieran obstáculos
como conductos, otras canalizaciones, alcantarillas o desagües, en cuyo caso se podrá
profundizar hasta el obstáculo siempre que no sea menor a 0,50 m., de lo contrario se
realizará el cruce de las mismas, mediante el uso de caño de HºGº de Ø 2‖. El diámetro podrá
variar dependiendo del número de conductores y su respectiva sección.-
Los conductores se dispondrán sobre una cama de arena de 10 cm de espesor, y cubiertos por
otra capa de igual espesor. De ser necesario mas de un conductor en la misma zanja, la
separación entre los conductores será de 10 cm. como mínimo, debiendo quedar paralelos
entre sí. Los conductores que deban quedar en un mismo sitio o sigan una misma dirección se
instalarán en una misma zanja.
Tendidos de Cable
Una vez colocados los conductores en el lecho de la zanja según se explicó en el párrafo
anterior y dado que las secciones de los cables son reducidas, la colocación de los mismos
dentro de la zanja se hará en forma manual.-
Los conductores que se crucen deberán tener una separación vertical mínima de 7,5 cm con el
conductor superior, respetándose la profundidad mínima especificada con respecto al nivel
del terreno.-
Relleno de Zanja
Una vez colocado los cables en su interior, dentro de la zanja se colocará una capa de arena
de un espesor de 10 cm que cubrirá el mismo. Se usará arena común de grano fino. Para
desparramar la arena se usarán dispositivos adecuados y verificando un espesor correcto.
Sobre esta capa de arena se colocará una protección mecánica de ladrillos colocados
transversalmente al eje de la zanja y una malla de advertencia de plástico o tipo cima
cubriendo el ancho total de la zanja. Luego se irá echando tierra procurando que no contenga
agregados gruesos como partículas de 5 mm, especialmente en la zona de acometidas a
columnas, donde el conductor queda fuera de las profundidades requeridas. El relleno total se
apisonará hasta obtener una densidad máxima no menor de 90 % en condiciones de humedad
óptima, según las pruebas de compactación para el terreno. Para obtener la compactación
adecuada, el material de relleno se humedecerá o se aireará, según sea necesario.
Durante la operación de relleno las zanjas no estarán excesivamente húmedas ni tener pozos
de agua. La zanja se apisonará hasta tener el nivel del terreno original.
No se efectuará empalmes ni juntas de ninguna clase en los cables instalados, los mismos se
realizarán exclusivamente en los tableros de alimentación de columnas. Los cañeros de cruce
de calzada y/o alcantarillas, y donde se interrumpan para acometida a columnas, se sellaran
una vez colocados los cables en los conductos.
Toda tierra sobrante de las excavaciones quedará en el terreno debidamente apisonada y
niveladas.
Marcadores de Cable
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Sección VI. Requisitos de las obras 147
El recorrido de los cables será marcado por medio de cintas demarcadoras que seguirán las
especificaciones conforme Normas (micronaje y leyendas) y que se instalarán
horizontalmente en el terreno sobre la protección mecánica descripta más arriba, a una
distancia de 0,20 m.-
Limpieza de Obra
Se aclara que la obra, durante su ejecución, se mantendrá limpia de residuos, todo el
hormigón que se derrame será limpiado inmediatamente antes de su fraguado.
Varios
Los trámites de factibilidad de suministro eléctrico ante la Empresa Prestataria del servicio
energético en la Provincia están a cargo de la Empresa Contratista, dentro de los límites
detallado del proyecto.-
Todas las modificaciones que se hicieren sobre el trazado o los tipos constructivos y que sean
necesarios para la ejecución de la obra, se someterán a juicio de la Supervisión, o Inspección
de Obra.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Se medirán y pagarán por número (Nº) de columna de semáforo colocada, sin distinción de
tipo, y aprobada por la Supervisión, al precio unitario de contrato establecido para el ítem
respectivo. Dicho precio será compensación total por: la provisión, carga, transporte y
descarga de todos los materiales; por el izado, colocación, alineación, aplomado y fijación de
la columna; ejecución de las zanjas, entubados y canalizaciones, su relleno compactado,
provisión e instalación de los cables, ópticas, leds, gabinetes con sus cerraduras, aparatos de
control y alimentación, puestas a tierra, pintado; mano de obra; pruebas y ensayos para su
aprobación, equipos, herramientas y cualquier otro material o trabajo necesario para dejar
correctamente terminada y operativa la totalidad de la semaforización proyectada.
ARTÍCULO 20 – MOBILIARIO URBANO
DESCRIPCION
La cantidad y la ubicación final de todo el mobiliario urbano se coordinara al momento de
ejecución con la Supervisión de Obra.
1 - BANCOS DE MADERA.
Las patas se construirán con una estructura de caño negro semipesado de 4" que se curvarán
según plano de detalle y se soldarán a planchuelas de hierro de 45cm de ancho por ½‖ de
espesor, la misma se fijará a una planchuela de espesor de 45x5cmx3/16" de espesor sobre un
dado de hormigón de dimensiones según plano de detalles. Las tablas del asiento y del
respaldo serán de madera dura tipo lapacho de 10cmx ½‖ de espesor, deberán estar
perfectamente estacionadas, y no deberán presentar rajaduras, fisuras, ni imperfecciones; las
mismas se terminarán con tres manos de impregnante para madera mientras que las partes
metálicas del banco se les dará dos manos de base antióxido y dos manos de esmalte sintético
color de acuerdo a lo indicado oportunamente por la Supervisión.
Deberá el contratista colocar un mínimo de 380 bancos de madera, los que serán
adecuadamente ubicados por la inspección.
2 - CESTOS DE RESIDUOS.
Las patas se construirán con caños de hierro negro de diámetro de 1½‖. Consiste de un tacho
de chapa lisa galvanizada Nº18 (cilindro lateral y fondo), que va contenido en una estructura
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Sección VI. Requisitos de las obras 148
de malla tipo sima 50x50x4mm con un bastidor circular en su boca superior de hierro
redondo de 8mm liso; esta última va fijada a la pata por medio de unos travesaños de
planchuela de 1/8‖x 2‖. Por último, todo el elemento posee una tapa rebatible por bisagra, de
chapa lisa galvanizada Nº18 que se sostiene en su parte anterior por medio de una planchuela
de 1/8‖x1‖ al bastidor superior del recipiente de malla tipo sima. Toda la pieza se deberá
pintar con dos manos de antióxido y dos manos de esmalte sintético color de acuerdo a lo
indicado por la Supervisión.
Deberá el contratista colocar un mínimo de 60 cestos de residuos, los que serán
adecuadamente ubicados por la inspección.
3 - CARTELES INDICADORES VARIOS
Se seguirán los lineamientos planteados en planos de detalles, construidos en chapa negra
Nº14 y columna de sostén de caño de hierro negro de Ø2‖ con fijación a dados de hormigón,
terminación esmalte sintético color de acuerdo a planos de detalles.
Deberá el contratista colocar un mínimo de 15 carteles indicadores, los que serán
adecuadamente ubicados por la inspección.
4 - EQUIPAMIENTO PARA GIMNASIA.
Se proveerán y colocarán según el siguiente detalle, los mismos se fijarán al terreno natural
mediante dados de Hº sin armar de 0.30x0.30x0.60m de profundidad:
4.1 - EJERCICIO PARA ABDOMINAL X 4: Consiste en un elemento urbano que
está formado por un cuadro cuadrado de 1,20m de lado y a una altura de 0,40m de
tubo circular de 3‖ de diámetro x 2mm con cuatro parantes cortos que lo cimientan al
piso a través de dados de Hº sin armar, que soporta cuatro tablones de madera de
lapacho 2‖x18‖ (en lo posible, de una sola pieza en la dimensión longitudinal, caso
contrario, la unión deberá ser cuidadosamente ejecutada de modo de no presentar
labios a distinta altura, ni astillamientos o aristas vivas que sean peligrosos para los
usuarios y deberán unirse por media madera, con elementos de refuerzo en la parte
inferior). La fijación de la madera a los dados de Hº se ejecutará a través de
planchuelas de perfil ―L‖ 3/4"x1/8‖, a razón de dos por cada tablón, de 15cm de largo
en el sector de fijación al tablón, y de 20cm en el anclaje en el dado de Hº. Otro
elemento similar se dispondrá para fijar el tablón al soporte central, de largo 15cm en
el sector de fijación del tablón, con dos bulones de 3‖x1/2‖ con cabeza rehundida y
tapón de madera encolada. La fijación al cuadro metálico se hará por soldadura, y el
largo del brazo del soporte será de 3cm.
4.2 - PARALELAS: Consiste en un cuadro metálico de dos parantes y una pieza
horizontal, de tubo circular de 3‖ de diámetro x 2mm.
4.3 - BARRAS DE EMPUJE: Consiste en una columna de 6‖ de diámetro, de hierro
fundido, con barras de 20cm de 2‖ de diámetro x 1,20mm (se deberá tapar el extremo
visto), a ambos lados en tres alturas diferentes. Las uniones de los elementos se
ejecutarán con electrodo apto para hierro fundido.
Deberá el contratista colocar un mínimo de 6 juegos de equipamientos para gimnasia, los que
serán adecuadamente ubicados por la inspección.
5 - EQUIPAMIENTO PARA JUEGOS INFANTILES.
Se proveerán y colocarán según el siguiente detalle, los mismos se fijarán al terreno natural
mediante dados de Hº sin armar de 0.30x0.30x0.60m de profundidad.
5.1 - HAMACA 4 ASIENTOS: de 3,00m de altura, largo del travesaño de 6,00m.
Travesaño de tubo estructural de 3‖x 2mm de esp. con codos de unión en hierro
fundido, 8 patas: 4 de 2½‖x2mm, 2 de 2‖x2mm y 2 de 1½‖x2mm. Asientos de madera
dura colgando con cadenas Nº50 reforzadas, terminación del conjunto con dos manos
de base antióxido y dos manos de esmalte sintético.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 149
5.2 - TOBOGAN COMPUESTO: de 2,30m de altura, cubriendo 4,50m x 1,00m de
ancho. Escalera de tubo estructural de 30x40mm, bajada en chapa plegada Nº20, dos
patas adicionales en tubos de 1½‖x2mm, con hamaca barra gimnasia y pasarela
(baranda de pasarela de caños de 1½‖x2mm), terminación del conjunto con dos manos
de base antióxido y dos manos de esmalte sintético.
5.3 - TREPADOR VERTICAL: altura 3,00m, 2 tubos estructurales centrales de
1½‖x2mm de esp., 18 agarraderas en "U" de tubos de 1‖, terminación del conjunto
con dos manos de base antióxido y dos manos de esmalte sintético.
5.4 - SUBE Y BAJA 4 ASIENTOS: caballetes de tubo estructural; travesaño de
3‖x2mm de esp. Tablas de madera dura de 3,00m de largo, 0,25m de ancho y 1½‖ de
espesor, terminación del conjunto con dos manos de base antióxido y dos manos de
esmalte sintético.
Deberá el contratista colocar un mínimo de 12 equipos de juegos infantiles, los que serán
adecuadamente ubicados por la inspección.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Los componentes de este ítem se medirán en forma global se pagaran al precio estipulado
para el ítem ―Mobilario Urbano‖ y su costo será la compensación total por los materiales,
mano de obra, transporte y colocación de los elementos terminados, y todo el trabajo
necesario para completar este ítem.
ARTÍCULO 21 – FORESTACIÓN
- El CONTRATISTA deberá efectuar la parquización y forestación con especies nativas a
los efectos de compensar la limpieza de la vegetación y cobertura vegetal a lo largo de
todo el tramo de la avenida y una vez concluidas las tareas en el obrador, campamento y
depósito de materiales.
- La ubicación, alcance y cantidad definitiva de esta forestación de reposición será
acordada durante el desarrollo de la obra y ajustada con las autoridades locales.
- Las especies adecuadas para arbolado paisajístico en la zona de camino son:
Autóctonas: Tabebuia avellanedae (Lapacho rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia
Aurea o Tabebuia Nodosa (Lapacho amarillo), Schinopsis balansae (Quebracho
colorado chaqueño), Calycophyllum multiflorum (Palo blanco).
Exóticas: Eucaliptis y Leucaena.
- Se recomienda la implantación de especies tales como Tabebuia avellanedae (Lapacho
rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia Aurea o Tabebuia Nodosa (Lapacho amarillo).
- La contratista deberá observar que el árbol más próximo a la banquina no podrá estar a
una distancia menor a diez metros. El diseño geométrico del arbolado deberá asegurar
permeabilidad y visibilidad.
- El esquema de plantación puede ser triangular o rectangular con distancias entre planta y
planta de cinco metros, no menor, para permitir una adecuada labor de conservación y
posterior raleo.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 150
- La labor de plantación puede realizarse en cualquier época del año, en época invernal
pueden ser plantines a raíz desnuda y en verano deben ser necesariamente con piló,
debiéndose realizar un riego de base en el pozo de plantación.
- La revegetación y arbolado en este tramo de la avenida se recomienda que se realice una
vez concluidas las tareas que pudieran afectar la zona a arbolar, hacia el inicio y final de
la obra, y en los tramos impactados tales como las zonas residenciales de los barrios San
Miguel, Las Delicias, Militar, San Agustín, Stella Maris, El Palomar y en los predios
utilizados como obrador, campamento y depósito de materiales.
- Tentativamente se asume una forestación de 500 árboles.
- El CONTRATISTA deberá proveer los recursos necesarios para lograr la supervivencia
de los ejemplares plantados y su posterior reposición por daños, muerte del plantín, etc,
durante el período de garantía de la obra.
- Finalizada la obra el CONTRATISTA deberá reponer todos los ejemplares plantados que
no hubieren prosperado.
PLANTADO DE CÉSPED
El césped nuevo a plantar será del tipo misionero de segunda calidad, en panes de modo de
cubrir el 50% de la superficie pues se deberá colocar los panes en filas dejando entre filas una
fila vacía de modo de que con el tiempo el césped crezca y cubra el área no sembrada. Su
emplazamiento será definido por la Supervisión de la obra.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Los componentes de este ítem se medirán en forma global se pagaran al precio estipulado
para el ítem ―Forestación‖ y su costo será la compensación total por los materiales, mano de
obra, transporte, descarga colocación de plantas, y todo el trabajo necesario para completar
este ítem.
ARTÍCULO 22 – DEMOLICIÓN DE OBRAS VARIAS
DESCRIPCION
El Contratista se encuentra obligado a realizar las demoliciones de estructuras y/o
construcciones que afecten el normal desenvolvimiento de los trabajos, previa autorización
por parte de la supervisión de la obra.
Se deberán extremar los cuidados tendientes a preservar obras o construcciones o aledañas
que no deban ser afectadas; en caso de ocurrir tal situación será responsabilidad de la
contratista su reparación o reconstrucción, no recibiendo compensación alguna por tales
conceptos.
MEDICION Y FORMA DE PAGO
Este trabajo se medirá en forma global y se pagará al precio estipulado para el ítem ―
demolición de obras varias‖, y su costo será la compensación total por la mano de obra,
equipos, carga, descarga y transporte del material producto de la demolición hasta una
distancia de 5km, y todo otro trabajo necesario para completar la tarea.
ARTÍCULO 23 - TRASLADO Y PROTECCIÓN DE INTERFERENCIAS
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras 151
DESCRIPCIÓN INSTALACIONES AÉREAS Y SUBTERRÁNEAS EN LA ZONA DE
CAMINO
Para la localización y protección de los servicios que interfieran con las obras previstas, el
CONTRATISTA deberá realizar todas las investigaciones previas que sean necesarias para
detectarlos fehacientemente y lograr las aprobaciones de los Entes y/o Empresas prestatarias
que correspondan, informando de todo ello a la Inspección y/o Supervisión.
RECAUDOS:
El CONTRATISTA deberá adoptar todos los recaudos que impongan las circunstancias para
evitar causar daños a las instalaciones de servicios existentes aéreos y subterráneos, en la
zona de camino afectada (gasoductos, líneas de energía eléctrica, telefónicas, cable y otros
medios de comunicación, acueductos, etc.), siendo responsable de su propia actuación y de la
de sus Subcontratistas.
INSTALACIONES DE SERVICIOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS:
El CONTRATISTA efectuará las gestiones pertinentes ante los Entes y/o Empresas
propietarias de dichas instalaciones para la reubicación de las mismas, previo a la realización
de las tareas u obras que puedan afectar a su seguridad y funcionamiento.
Este ítem consiste en el traslado y protección de las líneas eléctricas, de gasoductos,
acueductos, relocalización de sistemas de cables, y todo aquel servicio público que se
encuentre en la zona de camino e interfiera con las obras.
Para tal fin, se deberán hacer todos los trámites ante las empresas proveedoras de los
Servicios públicos, lograr la autorización y realizar de los trabajos necesarios para proceder al
traslado y/o a la relocalización y/o protección de las instalaciones.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
Se medirá y pagará en forma global (gl) según el precio unitario correspondiente al ítem
INTERFERENCIAS Y REMOCIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OBSTACULOS,
incluyendo el precio la excavación, provisión y transporte de todos los materiales que
aseguran el correcto funcionamiento, como así también, la mano de obra y equipos cualquiera
fuera su tipo, sellados y/o aranceles de aprobación y autorización fijados por la empresa
prestadora del servicio y toda otra tarea necesaria para la correcta terminación del ítem.
ARTÍCULO 24 – PLAN DE GESTION AMBIENTAL
24.1. Proyecto Ejecutivo de Implementación de las Medidas de Mitigación
Se presenta a continuación el conjunto de las Medidas de Mitigación recomendadas para
lograr una correcta gestión ambiental vinculada a la obra.
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) realizado para el proyecto permite concluir que no
existen conflictos ambientales relevantes que impidan la ejecución de la obra o que requieran de
cambios importantes en su planteo.
De todos modos, el éxito de la Gestión Ambiental y la consecuente minimización de
conflictos requieren de una correcta planificación y ejecución de los trabajos, del estricto
control del desempeño ambiental de los contratistas y de una fluida comunicación con las
autoridades de control y la población de las localidades cercanas al área del proyecto.
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Sección VI. Requisitos de las obras 152
Todo ello en el marco de un sistema organizado de gestión ambiental que permita
tratar los conflictos que pudieran ocurrir utilizando de manera adecuada los mecanismos de
comunicación, cumplimiento legal y normativo, monitoreo y control operativo.
Las Medidas de Mitigación recomendadas pueden ser ajustadas a medida que los
trabajos se desarrollan y en virtud de las modificaciones que se presenten. El objetivo
prioritario será arbitrar los medios necesarios para lograr la minimización de los eventuales
conflictos ambientales y sociales vinculados a la obra.
La Medidas de Mitigación se desarrollan en FICHAS donde se codifica la misma y se
establecen los efectos ambientales que se desea prevenir, se describe la medida, ámbito de
aplicación, momento y frecuencia, recursos necesarios, etapa del proyecto en que se aplica,
costo global estimado, efectividad esperada, indicadores de éxito, responsable de
implementación, periodicidad de fiscalización del grado de cumplimiento y efectividad así
como el responsable de la fiscalización.
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Sección VI. Requisitos de las obras 153
CODIGO MEDIDAS DE MITIGACION
MIT – 1 Control de Vehículos, Equipos y Maquinaria Pesada
MIT – 2 Control de Emisiones Gaseosas, Material Particulado y Ruidos y Vibraciones
MIT – 3 Control de la Correcta Gestión de los Residuos Tipo Sólido Urbano y Peligrosos
MIT – 4 Control de la Correcta Gestión de Efluentes Líquidos
MIT – 5 Control de Excavaciones, Remoción del Suelo y Cobertura Vegetal
MIT – 6 Control del Acopio y Utilización de Materiales e Insumos
MIT – 7 Forestación y Revegetación
MIT – 8 Control del Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias Ambientales
MIT – 9 Control de la Señalización de la Obra
MIT – 10 Control del Desempeño Ambiental de los CONTRATISTAS y SUBCONTRATISTAS
MIT – 11 Control de Notificaciones a los Pobladores de las Tareas a Realizar
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Sección VI. Requisitos de las obras
154
24.1.1. MIT – 1: Control de Vehículos, Equipos y Maquinaria Pesada
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 1
CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y
MAQUINARIA PESADA
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de la Fauna, Paisaje y Actividades
Económicas
- Afectación de la Seguridad de Operarios y Población
- Afectación al Sistema Vial y Transporte Liviano y
Pesado
Descripción de la Medida:
- El CONTRATISTA deberá controlar el correcto estado de manutención y
funcionamiento del parque automotor, camiones, equipos y maquinarias pesadas,
tanto PROPIO como de los SUBCONTRATISTAS, así como verificar el estricto
cumplimiento de las normas de tránsito vigentes, en particular la velocidad de
desplazamiento de los vehículos.
- El contratista deberá elaborar manuales para la operación segura de los diferentes
equipos y máquinas que se utilicen en labores de excavación y el operador estará
obligado a utilizarlos y manejarse en forma segura y correcta.
- Los equipos pesados para el cargue y descargue deberán contar con alarmas acústicas
y ópticas, para operaciones de retroceso. En las cabinas de los equipos no deberán
viajar ni permanecer personas diferentes al operador, salvo que lo autorice el
encargado de seguridad.
- Se deberá prestar especial atención a los horarios de trabajo de la máquina
compactadora o rodillo pata de cabra, en el período de compactación del terreno, con
el objetivo de no entorpecer la circulación de vehículos sobre la zona de proyecto, en
las inmediaciones del obrador, campamento y en las áreas pobladas e intentando
alterar lo menos posible la calidad de vida de los habitantes de los barrios
residenciales San Miguel, Militar, Las Delicias, Stella Maris, El Palomar, San
Agustín y Eva Perón.
- El contratista deberá realizar un plan o cronograma de tareas (montaje de puente,
paquete estructural y obras complementarias) con el fin de obstaculizar lo menos
posible el tránsito local.
- El contratista deberá tener en cuenta todas las actividades que se desarrollan cerca de
la zona de proyecto (venta de ladrillos, etc.) procurando afectar minimamente a las
mismas.
- Esta medida tiene por finalidad prevenir accidentes hacia las personas que circulan
por la zona de proyecto y los operarios de los equipos y maquinarias pesadas, de esta
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
155
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 1
CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y
MAQUINARIA PESADA
manera minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Así como
prevenir daños a la fauna silvestre.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: La medida se implementa mediante controles sorpresivos que
realiza el Supervisor Ambiental, durante toda la construcción con una frecuencia
mensual.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada MEDIA Operación
Indicadores de Éxito:
Ausencia de no conformidades por parte del auditor. Ausencia de reportes de accidentes
de operarios y población.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
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Sección VI. Requisitos de las obras
156
24.1.2. MIT – 2: Control de Emisiones Gaseosas, Material Particulado y Ruidos y
Vibraciones
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 2
CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL
PARTICULADO Y RUIDOS Y VIBRACIONES
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de la Calidad del Aire, Flora y Fauna
- Afectación de Agua, Suelo y Paisaje
- Afectación a Seguridad de Operarios y Salud de la
Población
Descripción de la Medida:
Material Particulado y/o Polvo
- Se deberán organizar las excavaciones y movimientos de suelos de modo de
minimizar a lo estrictamente necesario el área para desarrollar estas tareas.
- .Las mismas deberían ser evitadas en días muy ventosos, debido a que existen a lo
largo de la traza algunas zonas pobladas y con características netamente urbanas,
como los barrios residenciales San Miguel, Militar, Las Delicias, Stella Maris, El
Palomar, San Agustín y Eva Perón.
- La preservación de la vegetación en toda la zona de obra, minimizando los raleos a lo
estrictamente necesario, contribuye a reducir la dispersión de material particulado.
- Se deberá regar periódicamente, solo con AGUA, los caminos de acceso y las playas
de maniobras de las máquinas pesadas en el obrador, depósito de excavaciones y
campamento, y además en las proximidades de las áreas pobladas nombradas
anteriormente, reduciendo de esta manera el polvo en la zona de obra.
- La medida antes descripta se complementará con la adopción de banderilleros en
estas áreas que tendrán la función, además de señalizar los desvíos y maniobras de la
obra, hacer respetar la velocidad máxima de 40 km/h con el objetivo de minimizar al
máximo la voladura de polvo y disminuir el riesgo de accidentes en este nuevo tramo
de la avenida.
Ruidos y Vibraciones
- Las vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por
el ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir molestias a los
operarios y pobladores locales, como por ejemplo durante la excavación, nivelación y
compactación del terreno, movimientos de suelos y/o durante la construcción y
montaje del puente, obras complementarias, etc, y además afectar apostaderos de
aves y a la fauna terrestre cuando los trabajos se desarrollen cerca de áreas sensibles.
Por lo tanto, se deberá minimizar al máximo la generación de ruidos y vibraciones de
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Sección VI. Requisitos de las obras
157
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 2
CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL
PARTICULADO Y RUIDOS Y VIBRACIONES
estos equipos, controlando los motores y el estado de los silenciadores.
- Las tareas que produzcan altos niveles de ruidos, como el movimiento de camiones
de transporte de hormigón elaborado, suelos de excavaciones, materiales, insumos y
equipos; y los ruidos producidos por la máquina de excavaciones (retroexcavadora),
motoniveladora, pala mecánica y la máquina compactadora en la zona de obra, ya sea
por la elevada emisión de la fuente o suma de efectos de diversas fuentes, deberán
estar planeadas adecuadamente para mitigar la emisión total lo máximo posible, de
acuerdo al cronograma de la obra.
- Concretamente, la CONTRATISTA evitará el uso de máquinas que producen niveles
altos de ruidos (martillo neumático, retroexcavadora, motoniveladora y máquina
compactadora) simultáneamente con la carga y transporte de camiones de los suelos
extraídos, debiéndose alternar dichas tareas dentro del área de trabajo.
- No podrán ponerse en circulación simultáneamente más de tres camiones para el
transporte de suelos de excavación hacia el sitio de depósito y la máquina que
distribuirá y asentará los suelos en este sitio deberá trabajar en forma alternada con
los camiones.
- El contratista deberá colocar en las cercanas a los barrios pantallas arbóreas de
manera de minimizar al máximo el incremento del nivel sonoro debido al
funcionamiento de la nueva avenida, la cual conlleva un mayor número de vehículos
circulando por este sector.
Emisiones Gaseosas
- Se deberá verificar el correcto funcionamiento de los motores a explosión para evitar
desajustes en la combustión que pudieran producir emisiones de gases fuera de
norma.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación x
Indicadores de Exito:
- Ausencia de altas concentraciones de material particulado y/o polvo en suspensión,
cursos de agua y suelo. Disminución de emisiones gaseosas e inexistencia de humos
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Sección VI. Requisitos de las obras
158
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 2
CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL
PARTICULADO Y RUIDOS Y VIBRACIONES
en los motores de combustión. Ausencia de enfermedades laborales en operarios y
migración de la fauna silvestre. Ausencia de reclamos por parte de los pobladores
locales.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
159
24.1.3. MIT – 3: Control de la Correcta Gestión de los Residuos Tipo Sólido Urbano y
Peligrosos
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 3
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN
DE LOS RESIDUOS TIPO SOLIDO URBANO Y
PELIGROSOS
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de las Condiciones Higiénico Sanitarias
(Salud, Infraestructura Sanitaria y Proliferación de
Vectores)
- Afectación de la Calidad de Aire, Agua, Suelo y Paisaje.
Descripción de la Medida:
- El CONTRATISTA deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta
gestión de residuos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de
Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.
- En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Supervisor
Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución
de las no conformidades.
- El CONTRATISTA deberá evitar la degradación del paisaje por la incorporación de
residuos y su posible dispersión por el viento.
- Recoger los sobrantes diarios, hormigón, maderas y plásticos de manera de hacer un
desarrollo y finalización de obra prolijo.
- Los residuos y sobrantes de material que se producirán en el obrador y campamento,
y durante la demolición de las estructuras existentes y la construcción del paquete
estructural, obras civiles (alcantarillas, estribos, pilas, etc.) y complementarias
(defensas, refugios, cerco perimetral, iluminación, semaforización, señalización,
forestación, etc.), deberán ser controlados y determinarse su disposición final de
acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos de la obra.
- Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el
almacenamiento seguro de los residuos producidos.
- El CONTRATISTA dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar
y disponer los residuos generados de acuerdo a las normas vigentes.
- El CONTRATISTA será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la
correcta gestión de los residuos de la obra.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
160
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 3
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN
DE LOS RESIDUOS TIPO SOLIDO URBANO Y
PELIGROSOS
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
Ausencia de residuos dispersos en el frente de obra / Ausencia de reclamos por parte de
las autoridades y pobladores locales. Ausencia de potenciales vectores de enfermedades.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
161
24.1.4. MIT – 4: Control de la Correcta Gestión de los Efluentes Líquidos
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 4
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN
DE LOS EFLUENTES LIQUIDOS
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de la Flora y Fauna
- Afectación de Agua, Suelo y Paisaje
- Afectación a la Salud de la Población
Descripción de la Medida:
- El CONTRATISTA deberá disponer los medios necesarios para lograr una
correcta gestión de los efluentes líquidos durante todo el desarrollo de la obra,
aplicando el Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.
- En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Supervisor
Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la
solución de las no conformidades.
- El CONTRATISTA deberá evitar la degradación del paisaje por la generación de
efluentes líquidos durante la etapa de Montaje y Funcionamiento del Obrador y
Campamento.
- Los efluentes que se pudieran generar durante las distintas etapas de la obra como
ser montaje y funcionamiento del obrador y campamento, deberán ser
controlados de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos,
Emisiones y Efluentes.
- Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el
almacenamiento seguro de los efluentes líquidos generados.
- El CONTRATISTA dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para
retirar y disponer los efluentes líquidos de acuerdo a las normas vigentes.
- El CONTRATISTA será responsable de capacitar adecuadamente al personal
para la correcta gestión de los efluentes líquidos de la obra.
- El CONTRATISTA será el responsable de evitar el lavado o enjuague de
maquinarias y equipos que puedan producir escurrimientos y/o derrames de
contaminantes cerca del Río Paraguay y del Riacho Formosa. Este requerimiento
se deberá cumplir en todo el frente de obra y especialmente en el obrador,
campamento y lugares cercanos a la población urbana cercana a la zona de obras.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción una frecuencia mensual.
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
162
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 4
CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN
DE LOS EFLUENTES LIQUIDOS
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
Ausencia de efluentes líquidos dispersos en el frente de obra / Ausencia de reclamos por
parte de las autoridades y pobladores locales. Ausencia de potenciales vectores de
enfermedades.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
163
24.1.5. MIT – 5: Control de Excavaciones, Remoción del Suelo y Cobertura Vegetal
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 5
CONTROL DE EXCAVACIONES, REMOCION DEL
SUELO Y COBERTURA VEGETAL
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de la Calidad de Suelo, Estabilidad y
Escurrimiento Superficial, Flora y Fauna.
- Afectación del Paisaje y la Seguridad de Operarios.
Descripción de la Medida:
- El CONTRATISTA deberá controlar que las excavaciones, remoción de suelo y
cobertura vegetal que se realicen en toda la zona de obra, principalmente en el área
del obrador, campamento, depósito de excavaciones, y puente, sean las estrictamente
necesarias para la instalación, montaje y correcto funcionamiento de los mismos.
- Deberán evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las
mismas producen daños al hábitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e
incrementan procesos erosivos, inestabilidad y escurrimiento superficial del suelo.
Asimismo se afecta al paisaje local en forma negativa.
- En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optará por
realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remoción de suelo y
cobertura vegetal, siempre y cuando no impliquen mayor riesgo para los
trabajadores.
- Se PROHIBE el control químico de la vegetación con productos nocivos para el
medio ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control químico sobre la
vegetación, todos los productos que se utilicen deberán estar debidamente
autorizados por el comitente y contar con su hoja de seguridad en el frente de obra.
- La aplicación de estos productos estará a cargo de personal capacitado y entrenado y
previo a cada aplicación deberán ser notificadas las autoridades locales.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
164
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 5
CONTROL DE EXCAVACIONES, REMOCION DEL
SUELO Y COBERTURA VEGETAL
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
No detección de excavaciones y remociones de suelo y vegetación innecesarias /
Ausencia de no conformidades del auditor / Ausencia de reclamos por parte de las
autoridades y pobladores locales.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
165
24.1.6. MIT – 6: Control del Acopio y Utilización de Materiales e Insumos
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 6
CONTROL DEL ACOPIO Y
UTILIZACION DE MATERIALES E INSUMOS
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de Calidad de Suelo y Escurrimiento
Superficial
- Afectación a la Seguridad de Operarios y al Paisaje
Descripción de la Medida:
- Durante todo el desarrollo de la obra el CONTRATISTA deberá controlar los sitios
de acopio y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos como
productos químicos, pinturas y lubricantes, en el obrador, el campamento y depósito
de materiales, a los efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental. Este
control debe incluir la capacitación del personal responsable de estos productos en el
frente de obra.
- El CONTRATISTA deberá controlar que tanto los materiales de obra como los
insumos anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además los
últimos se acopien en recintos protegidos del sol y cercados (con restricciones de
acceso) y piso impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).
- Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad en
un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las medidas
de prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones a desarrollar
en caso de accidente a las personas o al medio ambiente.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
Ausencia de no conformidades por parte del auditor / Ausencia de accidentes
relacionados con estos productos / Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y
pobladores locales.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
166
24.1.7. MIT – 7: Forestación y Revegetación
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 7
FORESTACIÓN Y REVEGETACION
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectación de la Calidad de Suelo, Estabilidad y
Escurrimiento superficial.
- Afectación de la Flora, Fauna y Paisaje.
Descripción de la Medida:
- El CONTRATISTA deberá efectuar la parquización y forestación con especies
nativas a los efectos de compensar la limpieza de la vegetación y cobertura vegetal a
lo largo de todo el tramo de la avenida y una vez concluidas las tareas en el obrador,
campamento y depósito de materiales.
- La ubicación, alcance y cantidad definitiva de esta forestación de reposición será
acordada durante el desarrollo de la obra y ajustada con las autoridades locales.
- Las especies adecuadas para arbolado paisajístico en la zona de camino son:
Autóctonas: Tabebuia avellanedae (Lapacho rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia
Aurea o Tabebuia Nodosa (Lapacho amarillo), Schinopsis balansae (Quebracho
colorado chaqueño), Calycophyllum multiflorum (Palo blanco).
Exóticas: Eucaliptis y Leucaena.
- Se recomienda la implantación de especies tales como Tabebuia avellanedae
(Lapacho rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia Aurea o Tabebuia Nodosa
(Lapacho amarillo).
- La contratista deberá observar que el árbol más próximo a la banquina no podrá estar
a una distancia menor a diez metros. El diseño geométrico del arbolado deberá
asegurar permeabilidad y visibilidad.
- El esquema de plantación puede ser triangular o rectangular con distancias entre
planta y planta de cinco metros, no menor, para permitir una adecuada labor de
conservación y posterior raleo.
- La labor de plantación puede realizarse en cualquier época del año, en época invernal
pueden ser plantines a raíz desnuda y en verano deben ser necesariamente con piló,
debiéndose realizar un riego de base en el pozo de plantación.
- La revegetación y arbolado en este tramo de la avenida se recomienda que se realice
una vez concluidas las tareas que pudieran afectar la zona a arbolar, hacia el inicio y
final de la obra, y en los tramos impactados tales como las zonas residenciales de los
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
167
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 7
FORESTACIÓN Y REVEGETACION
barrios San Miguel, Las Delicias, Militar, San Agustín, Stella Maris, El Palomar y en
los predios utilizados como obrador, campamento y depósito de materiales.
- Tentativamente se asume una forestación de 500 árboles.
- El CONTRATISTA deberá proveer los recursos necesarios para lograr la
supervivencia de los ejemplares plantados y su posterior reposición por daños,
muerte del plantín, etc, durante el período de garantía de la obra.
- Finalizada la obra el CONTRATISTA deberá reponer todos los ejemplares plantados
que no hubieren prosperado.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra y
minimamente en los sitios determinados anteriormente.
Momento / Frecuencia: Una concluidas las tareas que pudieran afectar la zona a
arbolar y/o hacia el final de la obra.
Recursos necesarios: Contratación de viveros locales para la provisión de los
ejemplares y tareas de plantación.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada MEDIA Operación x
Indicadores de Éxito:
Desarrollo exitoso de nuevas áreas forestadas en la nueva avenida y en los sectores antes
señalados.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra y un año
posterior a la finalización de la misma.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
168
24.1.8. MIT – 8: Control del Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias
Ambientales
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 8
CONTROL DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE
EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS
AMBIENTALES
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Eventual generación de impactos ambientales derivados
de catástrofes naturales o antrópicas sobre la obra
- Afectación a Suelo, Agua, Flora, Fauna y Seguridad
Población
Descripción de la Medida:
- Existen eventos naturales que por su naturaleza deben ser tratados como
contingencias particulares. Son contingencias relacionadas con eventos climáticos,
tectónicos o humanos que cobran gran dimensión con efectos de gran escala. Entre
ellos se destacan los tornados, las inundaciones, los terremotos, los incendios y
derrames.
- Para la construcción de la obra, el CONTRATISTA deberá controlar la elaboración e
implementación del Programa de Prevención de Emergencias y Contingencias
Ambientales para atender estos eventos catastróficos teniendo en cuenta como
mínimo los siguientes aspectos:
La identificación y zonificación de los principales riesgos ambientales en
la zona.
Estructura de responsabilidades y roles dentro de la compañía
CONTRATISTA para atender las emergencias.
Mecanismos, criterios y herramientas para la prevención de estos riesgos.
Mecanismos y procedimientos de alerta.
Equipamiento necesario para afrentar las emergencias identificadas.
Necesidades de capacitación para el personal destinado a atender estas
emergencias.
Mecanismos para la cuantificación de los daños y los impactos
producidos por las contingencias.
Procedimientos operativos para atender las emergencias.
Identificación de los mecanismos de comunicación necesarios durante las
emergencias.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
Existencia en obra de un Plan de Contingencias Ambientales de la obra. Conformidad
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
169
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 8
CONTROL DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE
EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS
AMBIENTALES
del auditor ambiental.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Una vez antes de iniciar la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
170
24.1.9. MIT – 9: Control de la Señalización de la Obra
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 9
CONTROL DE LA SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Afectaciones a la Seguridad de Operarios y Población
- Afectaciones al Tránsito Local
Descripción de la Medida:
- Durante toda la construcción del proyecto el contratista dispondrá los medios
necesarios para lograr una correcta señalización de los frentes de obra, especialmente
en las áreas de obrador, campamento y depósito de materiales, muy especialmente en
las proximidades de la zonas urbanas de los barrios San Miguel, Las Delicias, San
Agustín, Militar, Stella Maris, El Palomar y Eva Perón.
- La señalización de riesgo será permanente, incluyendo vallados, carteles indicadores
y señales luminosas cuando correspondan.
- Debido a que la obra se desarrollará en un tramo sobre la actual traza de la avenida,
siendo esta una vía actualmente transitada por vehículos tanto livianos (autos y
motos) como pesados, el contratista estará obligado a colocar en las áreas de playas
de maniobras de maquinarias y equipos, sobre la misma avenida y en las zonas de
desvíos de la nueva traza, una señalización que resulte visible durante las horas
diurnas y nocturnas mediante la colocación de las señales lumínicas pertinentes.
- La señalización de riesgo de la obra debe implementarse de acuerdo con el estado
actual del arte en señaléctica de seguridad con el objeto de minimizar los riesgos
hacia la población en general y principalmente aquella que circule por la zona de
proyecto.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Exito:
Ausencia de accidentes. Ausencia de reclamos por partes de las autoridades y pobladores
locales. Ausencia de no conformidades por parte del supervisor ambiental.
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
171
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 9
CONTROL DE LA SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
172
24.1.10. MIT – 10: Control del Desempeño Ambiental de la Obra
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 10
CONTROL DEL DESEMPEÑO AMBIENTAL
DE LA OBRA
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Impactos Ambientales no persistentes previstos por mal
desempeño ambiental del Contratista
Descripción de la Medida:
- Durante toda la etapa de construcción, el CONTRATISTA dispondrá los medios
necesarios para maximizar el desempeño ambiental de su obra, a los efectos de
potenciar los beneficios de la gestión ambiental.
- Deberá implementar el Programa de Control Ambiental de la obra.
- Controlará la ejecución de los programas de manejo ambiental y la implementación
de las medidas de mitigación.
- El CONTRATISTA será calificado por el Auditor Ambiental del COMITENTE de
acuerdo con el desempeño ambiental de su obra y esta calificación servirá de
antecedente para futuras contrataciones que se realicen.
- El incumplimiento por parte del CONTRATISTA del Plan de Manejo Ambiental de
la obra será condición suficiente para no certificar los trabajos realizados. En caso de
incumplimiento de magnitud severa que pudiera derivar en daños ambientales y/o
sociales de magnitud relevante se podrá rescindir su contrato.
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental de la obra.
Responsable de la Implementación de la
Medida
EL CONTRATISTA
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
173
24.1.11. MIT – 11: Control de Notificaciones a los Pobladores de las Tareas a Realizar
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 11
CONTROL DE NOTIFICACIONES A LOS
POBLADORES DE LAS TAREAS A REALIZAR
Efectos Ambientales que
se desea Prevenir o
corregir:
- Eventuales conflictos con los pobladores por intereses no
deseados como consecuencia del desarrollo de la obra.
- Afectación a la Calidad de Vida de las personas.
Descripción de la Medida:
- Durante todo el desarrollo de la obra el CONTRATISTA dispondrá los medios
necesarios para que exista una comunicación y notificación permanente a las
autoridades, superficiarios y pobladores locales respecto de las tareas que se van a
desarrollar con una anticipación suficiente como para que éstos puedan organizar sus
actividades en caso de ser necesario.
- Deberá implementarse el Programa de Comunicaciones durante todo el desarrollo de
la obra.
- El CONTRATISTA deberá contar con un sistema de comunicación que permita
informar a los interesados y al mismo tiempo recibir cualquier requerimiento de éstos
aún cuando no sean superficiarios afectados directamente por las obras. El
CONTRATISTA deberá documentar el proceso de información con terceros en
forma fehaciente.
- Se deberán utilizar canales institucionales (carta, fax, e-mail), canales públicos
(periódicos locales, radios y/o televisión) entrevistas y reuniones con los grupos de
interesados, para notificar aquellas acciones que requieran de una difusión amplia
como avisos de cortes de caminos o de rutas.
- Así mismo el CONTRATISTA deberá disponer de mecanismos efectivos para que
tanto los particulares directamente afectados por las obras como la comunidad en
general puedan hacer llegar sus requerimientos, reclamos o sugerencias (líneas 0-
800, buzones de sugerencias en el obrador, e-mail).
Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.
Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Global
Estimado
$
Efectividad
Esperada ALTA Operación
Indicadores de Éxito:
Ausencia de reclamos por parte de los pobladores locales. Ausencia de no conformidades
por parte del auditor ambiental
Responsable de la Implementación de la
Medida
El CONTRATISTA
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
174
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Medida
MIT – 11
CONTROL DE NOTIFICACIONES A LOS
POBLADORES DE LAS TAREAS A REALIZAR
Periodicidad de Fiscalización del grado
de Cumplimiento y Efectividad de la
Medida
Mensual durante toda la obra
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
175
24.2. Especificaciones Técnicas Ambientales
Ver Anexo Item 24 ETA (Especificaciones Técnicas Ambientales del Proyecto)
24.3. Términos del Referencia del Plan de Manejo Ambiental
24.3.1. Aspectos Generales del Plan de Manejo Ambiental
El Plan de Manejo Ambiental para el desarrollo de las obras consiste en la
estructuración en Programas específicos de las medidas de mitigación, monitoreo y control
previamente descriptas, necesarios para minimizar o evitar los impactos ambientales que se
puedan derivar de la ejecución de la obra. Las medidas de los correspondientes Programas
son desarrolladas para cada uno de los impactos negativos más significativos identificados.
Las medidas de un PMA deben basarse, preferentemente, en la prevención y no en el
tratamiento de los efectos indeseados de la obra. Este criterio se apoya, por un lado, en la
necesidad de minimizar dichos efectos y por otro en que el costo de su tratamiento es
generalmente mucho mayor que el de su prevención.
Los Programas del PMA describen al conjunto de acciones de prevención, control,
atenuación, restauración y compensación de impactos ambientales negativos que deben
acompañar el desarrollo del proyecto para asegurar el uso sostenible de los recursos naturales
involucrados y la protección del medio ambiente, incluyendo tanto los aspectos que hacen a
la integridad del medio natural como aquellos que aseguran una adecuada calidad de vida
para la comunidad involucrada.
Las medidas a aplicarse en el marco del PMA pueden clasificarse en términos
generales en varias categorías:
Las que evitan la fuente de impacto.
Las que controlan el efecto limitando el nivel o intensidad de la fuente.
Las que mitigan el impacto por medio de la rehabilitación o restauración del medio
afectado.
Las que compensan el impacto reemplazando o proveyendo recursos o ecosistemas
sustitutos.
23.3.2. Actividades Preconstructivas
Se considera etapa preconstructiva aquella de planificación de la construcción y
diseño de Ingeniería de Detalle de las obras, métodos y cronogramas de construcción.
Durante esta etapa se recomienda:
Incorporar a la construcción y operación todos los aspectos normativos, reglamentarios y
procesales establecidos por la legislación vigente relativos a la protección del ambiente, a
la autorización y coordinación de cruces e interrupciones con diversos elementos de
infraestructura, etc. En el Capítulo 1 del presente estudio se describe en detalle los
aspectos más relevantes del marco jurídico que debe ser considerado.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
176
Elaborar un programa de actividades constructivas y de coordinación que minimicen los
efectos ambientales indeseados. Esto resulta particularmente relevante en relación a la
planificación de obradores, secuencias constructivas, técnicas de hormigonado y
colocación de asfalto, etc.
Planificar una adecuada información y capacitación del personal de obra sobre los
problemas ambientales esperados, la implementación y control de medidas de protección
ambiental, los planes de contingencia y las normativas y reglamentaciones ambientales
aplicables a las actividades y sitios de construcción.
Planificar la necesidad de asignar responsabilidades específicas al personal de obra en
relación a la implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de
mitigación.
Tener en cuenta, sobre la base del presente estudio, la necesidad de elaborar planes de
contingencia detallados y precisos para atender situaciones de emergencia (derrames de
combustible y aceite de maquinaria, incendios, etc.) que puedan ocurrir y tener
consecuencias ambientales significativas.
Planificar los mecanismos a instrumentar para la coordinación y consenso de los
programas de mitigación con los organismos públicos competentes.
Planificar una eficiente y apropiada implementación de mecanismos de comunicación
social que permita establecer un contacto efectivo con todas las partes afectadas o
interesadas respecto de los planes y acciones a desarrollar durante la construcción y
operación de la obra.
El Plan de Manejo Ambiental deberá contener las nociones generales de protección
ambiental y social e higiene y seguridad a ser implementadas durante la obra por parte de
todos los participantes de la misma, cualquiera sea su función y tarea e incluye como puntos
particulares y fundamentales los siguientes ítems:
La capacitación y conocimiento, por parte de todos los involucrados en la obra.
Los mecanismos estipulados para el monitoreo ambiental de todas las tareas
desarrolladas, de forma de incorporar la temática ambiental en el seno del desarrollo de
cada acción particular, procurando la protección ambiental y social.
Control de emisiones en actividades de obra, Manejo de residuos y control de efluentes.
El PMA que se propone deberá contener los siguientes Programas básicos mínimos
sin perjuicio de la inclusión de otros adicionales:
1. Programa de seguimiento de las medidas de mitigación
2. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.
3. Programa de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias.
4. Programa de Seguimiento del Plan de Seguridad e Higiene.
5. Programa de Control Ambiental de la Obra.
6. Programa de Monitoreo Ambiental.
7. Programa de Comunicaciones a la comunidad.
Los procedimientos, programas, acciones y recomendaciones incluidos en el Plan de
Manejo serán considerados parte de integrante de las Especificaciones Técnicas Ambientales
que forman parte del Pliego de Obra y su cumplimiento será controlado por la Supervisión.
El Plan de Manejo Ambiental está compuesto por Programas relativos al Manejo de
cada actividad susceptible de generar impactos negativos sobre el medio receptor.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
177
El Plan de Manejo Ambiental y sus correspondientes Programas y Procedimientos
deben estar debidamente registrados de manera de favorecer el seguimiento de posibles
anomalías, identificando las posibles causas y actuando en su modificación para la
remediación de no conformidades.
La identificación de acciones, productos, responsables, cronograma de ejecución y
procedimientos definitivos se realizará, sobre la base de los datos de diseño definitivo de
proyecto en el Plan de Manejo Ambiental.
El Plan de Manejo Ambiental corresponde a un documento de tipo genérico que
contiene el compromiso con la protección ambiental y la sociedad en su conjunto (Política de
Medio Ambiente e Higiene y Seguridad para la obra), en completa concordancia con el marco
regulatorio vigente para la provincia.
Deben formar parte del PMA, los Programas particulares previamente definidos en
virtud de acciones específicas susceptibles de generar impactos, así como también los
Procedimientos Operativos a ser seguidos para la ejecución de las distintas acciones referidas,
los cuales son dependientes de la organización que la Empresa Constructora proponga para la
ejecución de la Obra.
En cuanto a Higiene y Seguridad se deben tomar en cuenta detalladamente las
siguientes consideraciones, entre otras:
Programas de Prevención de Riesgos laborales.
Planes de Emergencia para atender situaciones críticas.
Reuniones para la Asignación de Tareas con personal de Seguridad.
Emergencias Médicas, comunicaciones, dotación de médicos o enfermeros
habilitados.
Listado de establecimientos de atención médica de baja, media y alta complejidad
dentro del área de influencia.
Procedimientos de seguridad para la ejecución de tareas.
Instalaciones de seguridad en obrador.
Sistemas de control de incidentes.
Programas de capacitación para el personal involucrado.
Instrucción de personal para combatir incendios, el uso de los matafuegos y elementos
contra incendio.
Instrucción de trabajadores sobre riesgos en obra, puestos de trabajo y la manera de
efectuar la prevención de los mismos.
Comunicación al personal de las Normas y Procedimientos de trabajo que se apliquen
en la Obra.
Depósito de elementos de seguridad.
Instalación de Servicio Sanitario en obrador.
Plan de Emergencia y evacuación de obrador y emplazamientos de obra.
Control y Manejo de depósitos de sustancias especiales (combustibles, lubricantes,
resinas, etc.)
Sistemas y procedimientos para la protección y evacuación en caso de incendios.
En síntesis, el Contratista deberá presentar un Plan de Trabajo que:
Releve e incorpore a la planificación todos los aspectos reglamentarios, normativos y
procesales establecidos por las normas vigentes relativas a la protección del ambiente.
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
178
El Capítulo 1 del presente Estudio de Impacto Ambiental, describe en forma sintética
los aspectos más relevantes del marco jurídico que debe ser considerado como punto
de partida para su desarrollo.
Establezca la secuencia de actividades constructivas y de coordinación que minimicen
los efectos ambientales. En particular deberá enfatizarse la planificación de las
secuencias, los procedimientos constructivos y el desarrollo del obrador.
Elabore planes de contingencia detallados para situaciones de emergencia (incendios,
derrames de combustible, tormentas extraordinarias, etc.) que puedan ocurrir y causar
significativos impactos sobre el ambiente.
Elabore un programa de capacitación para el personal sobre los problemas
ambientales esperados, las medidas de protección ambiental a ser implementadas, los
planes de contingencia desarrollados y las reglamentaciones ambientales de
aplicación.
Asigne responsabilidades específicas al personal en relación con la implementación,
operación, monitoreo y control de las medidas de mitigación.
Permita coordinar y consensuar los planes de mitigación y de contingencia con los
Organismos Públicos competentes.
Permita implementar mecanismos de comunicación efectivos con todas las partes
involucradas o interesadas respecto de los planes y acciones desarrolladas durante la
construcción.
Estos aspectos deben incluirse en el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de obra,
elaborado sobre la base de los presente términos de referencia, el que deberá contener una
descripción detallada de todas las medidas específicas de mitigación adoptadas para
minimizar los impactos ambientales de las obras, especialmente en áreas y componentes
ambientales críticos.
24.3.3. Programas Específicos Mínimos del Plan de Manejo Ambiental
Con el propósito de lograr una máxima racionalidad en la prevención, conservación,
protección y mejora del medio ambiente, durante las distintas etapas del proyecto, se han
desarrollado Programas básicos mínimos que pretenden ser el marco general que deberá tomar
como base la empresa contratista para generar su propio Plan de Manejo Ambiental. Los objetivos
mínimos del PMA serán los siguientes:
Asegurar un balance neto positivo de las acciones del proyecto sobre el sistema ambiental
al que se incorpora.
Disponer de programas de evaluación y gestión ambiental, que hagan posible el
monitoreo y control de las variables ambientales involucradas.
Disponer de una herramienta de coordinación interinstitucional, para compatibilizar las
diversas acciones conducentes a una óptima gestión ambiental del proyecto.
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
179
Se incorporan en este capítulo programas específicos para el logro de los
objetivos generales señalados.
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VI. Requisitos de las obras
180
24.3.4. Programas Ambientales
Se han desarrollado siete programas que incluyen las medidas cuyos objetivos son la
prevención de la contaminación, la minimización y adecuada disposición de residuos,
emisiones y efluentes, la preservación de la seguridad de los trabajadores y la población, y la
adecuada atención de los trabajadores y la población, ante contingencias o emergencias
producidas durante alguna de las etapas de la obra. Estos programas se describen por medio
de fichas y se desarrollan a continuación.
Los programas ambientales mínimos que se describen a continuación, son los que
deberá desarrollar y ampliar el contratista, para implementar durante la construcción de la
obra son los siguientes:
CODIGO PROGRAMA
P – 1 Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigación
P – 2 Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes
P – 3 Programa de Prevención de Emergencias y Plan de
Contingencias
P – 4 Programa de Seguimiento del Plan de Seguridad e Higiene
P – 5 Programa de Control Ambiental de la Obra
P – 6 Programa de Monitoreo Ambiental
P – 7 Programa de Comunicaciones a la Comunidad
Los programas ambientales que presente el contratista deberán ser aprobados por el
comitente antes de su implementación.
Los programas ambientales serán implementados por el responsable de medio
ambiente del contratista o por terceros calificados designados especialmente y serán
fiscalizados regularmente por el comitente. DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
181
24.3.4.1. P – 1. Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigación
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 1
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE
LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN
Descripción del Programa:
- El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigación será instrumentado por el
Supervisor de Medio Ambiente del CONTRATISTA o por terceros calificados
designados especialmente.
- Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de
mitigación propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.
- El supervisor de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar el
cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las
medidas propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al COMITENTE
para su aprobación los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo
será en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.
- El supervisor de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al
intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran
enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de los superficiarios
directamente involucrados y de las autoridades.
- El supervisor de medio ambiente controlará quincenalmente el grado de
cumplimiento de las Medidas de Mitigación aplicando listas de chequeo y emitirá un
Informe Ambiental Mensual. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para
efectuar los ajustes necesarios. El supervisor presentará su Informe Ambiental
Mensual al COMITENTE destacando la situación, las mejoras obtenidas, los ajustes
pendientes de realización y las metas logradas.
- Finalizada la obra, el supervisor emitirá un INFORME AMBIENTAL DE FINAL
DE OBRA donde consten las metas alcanzadas.
- El cumplimiento de las Medidas de Mitigación por parte del CONTRATISTA será
condición necesaria para la aprobación de los certificados de obra. Debe ser puesta
en evidencia en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcción x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Continuo, durante toda la obra.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
182
24.3.4.2. P – 2. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 2
PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS,
EMISIONES Y EFLUENTES
Descripción del Programa:
- El Plan de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes que presente el
CONTRATISTA deberá considerarse englobado y subordinado a los Planes
Generales del COMITENTE.
- Dadas las características de la obra, se desprende que durante la etapa constructiva,
no se producirán emisiones gaseosas desde fuentes fijas y efluentes líquidos -obrador
y campamento- los que se volcarán a pozos absorbentes según la propuesta. La obra
no generará residuos peligrosos.
- La generación de residuos comprenderá básicamente desperdicios de tipo sólido o
líquido remanentes de alguna de las actividades durante la etapa de construcción.
Durante la etapa de operación de la nueva avenida de circunvalación, los principales
residuos devienen de la operación y mantenimiento de la misma. Como norma
general, los residuos producidos serán de cuatro tipos:
Tipo 1: Domiciliarios, Papeles, Cartones, Maderas, Guantes, Plásticos, etc.
El procedimiento indicado es acopiar adecuadamente los residuos y trasladarlos al
vaciadero municipal más próximo para su disposición junto al resto de los residuos
urbanos.
Considerando que la obra se encuentra cercana al centro urbano de Formosa
Capital, no será necesario el acopio de una gran cantidad de residuos de este tipo.
Se instalarán en el obrador contenedores debidamente rotulados para el acopio de
los residuos generados por los trabajos. Los contenedores deberán tener tapa
adecuada para evitar la dispersión de residuos en el campo por acción del viento.
El supervisor ambiental verificará que los contenedores cuenten con volumen
suficiente antes de iniciar los trabajos. En caso contrario organizará de forma
inmediata el reemplazo del contenedor por otro vacío. El objetivo será evitar el
acopio de residuos fuera del contenedor por falta de volumen disponible.
El supervisor ambiental verificará el estado del contenedor, organizando de forma
inmediata su reemplazo por otro vacío cuando estime que el volumen disponible
resulta insuficiente para las labores del día siguiente. El supervisor no autorizará
bajo ningún concepto en acopio de residuos fuera del contenedor.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
183
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 2
PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS,
EMISIONES Y EFLUENTES
Tipo 2: Alambres, Varillas, Soportes, Cadenas, Restos metálicos.
Este tipo de residuos debe ser almacenado en un recinto de chatarras transitorio,
clasificando los elementos de acuerdo a sus características de manera tal de
facilitar su reutilización, posterior, venta como chatarra o disposición final una vez
concluida la obra.
Para su acopio en obra se dispondrá de un contenedor específico o sector de acopio
debidamente cercado y señalizado.
El objetivo es concentrar en un solo punto este tipo de desperdicios y organizar su
traslado regular al recinto de chatarras.
Tipo 3: Aceites, Grasas, Trapos y Estopas con Restos de Hidrocarburos.
Todos los residuos de estas características que pudieran generarse durante la
construcción de la obra deberán acopiarse debidamente para evitar toda
contaminación eventual de suelos y agua.
Se dispondrá en obra de tambores plásticos debidamente rotulados para almacenar
trapos y estopas con hidrocarburos, para los cuales rigen los mismos
procedimientos establecidos para los residuos de tipo 1.
Se dispondrá de tambores plásticos resistentes, debidamente rotulados y con tapa
hermética para almacenar aceites y grasas no reutilizables.
Considerando el poco volumen esperable y la naturaleza de estos residuos, la
alternativa recomendable como disposición final es trasladarlos a la estación de
servicio más próxima a la obra para que sean incluidos en los residuos que esta
produce.
Tipo 4: Suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de
Vehículos.
La acción inmediata en estos casos es atender rápidamente el accidente para
minimizar el vuelco de hidrocarburos. En este sentido la acción prioritaria será
interrumpir el vuelco evitando su propagación y eventual afectación de suelos o
cursos de agua.
Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos
a algún curso de agua (Río Paraguay o Riacho Formosa), deberán implementarse
barreras de contención de escurrimientos que funcionen como ―trampas de
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
184
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 2
PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS,
EMISIONES Y EFLUENTES
fluidos‖.
Aplicar sobre los líquidos derramados material absorbente especial para
hidrocarburos (hidrófugo). Este tipo de materiales deben estar almacenados en
lugar seguro en el Obrador durante el desarrollo de las tareas.
Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado)
y señalizado como sitio en ―recuperación ambiental‖ y aplicar en él técnicas de
laboreo y tecnologías de biorremediación. El sitio debe ser monitoreado
bimensualmente, mediante extracción de muestras para verificar el decaimiento en
la concentración de hidrocarburos. Una vez saneado definitivamente puede
liberarse el sitio a sus usos originales.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcción x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Continuo, durante toda la obra.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
185
24.3.4.3. P – 3. Programa de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 3
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS
Y PLAN DE CONTINGENCIAS
Descripción del Programa:
- El Plan de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias que presente el
CONTRATISTA deberá considerarse englobado y subordinado a los Planes
Generales del COMITENTE.
- El CONTRATISTA deberá elaborar el Plan de Prevención de Emergencias y Plan de
Contingencias específico para la obra, que formará parte de su OFERTA y deberá ser
aprobado por el COMITENTE previo a su implementación.
Prevención de Emergencias
Como medida prioritaria el CONTRATISTA implementará a través de un
supervisor técnico habilitado, una inspección exhaustiva de todos los equipos de
involucrados en la construcción de la obra y controlará la vigencia del programa de
mantenimiento de todo el equipamiento.
El supervisor emitirá cuando corresponda un INFORME DE DEFECTO a partir
del cual se organizarán las tareas de reparación necesarias y el reemplazo de
elementos defectuosos para minimizar riesgo de emergencias.
El supervisor controlará la presencia en obra y el buen acondicionamiento de
TODOS los elementos seguridad y el cumplimiento de TODAS las condiciones de
seguridad vinculadas a las tareas de obra.
41.1.d.i.1.1.1.1.1 Plan de Contingencias
Los objetivos del Plan de Contingencias son:
Minimizar las consecuencias negativas sobre el ambiente, de un evento no
deseado.
Dar rápida respuesta a un siniestro.
Proteger al personal que actúe en la emergencia.
Proteger a terceros relacionados con la obra.
Tipos de respuesta
Se consideran tres niveles de respuesta según la gravedad del evento y medios
requeridos para resolver la emergencia.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
186
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 3
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS
Y PLAN DE CONTINGENCIAS
Nivel 1: Eventos solucionables con recursos disponibles propios.
Nivel 2: Eventos solucionables con ayuda externa limitada.
Nivel 3: Eventos solucionables con ayuda externa significativa y que revisten alta
gravedad.
Organización para la Emergencia
Según el nivel de gravedad de una emergencia se involucrarán en forma inmediata
distintos niveles de acción y decisión, según se presenta en la siguiente figura.
Nivel de
Respuesta
Nivel de Decisión Participan
1 Supervisor
Personal de Mantenimiento
Dto. Mantenimiento
2 Jefe Dto. Seguridad Higiene y Medio
Ambiente
Jefe de Mantenimiento
Dto. Mantenimiento, Dto.
Seguridad Higiene y Medio
Ambiente, Apoyo Externo
Limitado
3 Gerente Dpto. Mantenimiento / Dpto.
Seguridad Higiene y Medio
Ambiente / Dpto. RRHH / Dpto.
Administrativo / Dpto. Asuntos
Legales
Apoyo Externo
Las responsabilidades de cada nivel deberán estar fijadas en los procedimientos de
crisis que establezca el CONTRATISTA.
Comunicaciones durante la emergencia
Cuando se recibe un mensaje de alerta o se declara una emergencia, el sistema
telefónico o el canal de radio se mantiene inmediatamente abierto solo para atender
la misma. Los operadores de turno coordinarán y confirmarán quien toma el
control de la emergencia y procederán a realizar las llamadas de convocatoria de
personal y demás avisos previstos. Las comunicaciones de emergencias se
centralizan en el operador de turno a:
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
187
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 3
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS
Y PLAN DE CONTINGENCIAS
PLAN DE LLAMADAS – TELEFONOS DE EMERGENCIAS
Teléfono Dirección
COMITENTE – Oficinas centrales
CONTRATISTA – Oficinas
centrales
COMITENTE – Oficina en obra
CONTRATISTA – Oficina en
obra
Hospital
Policía
Bomberos
Gobernación Provincial
Municipalidad
Defensa Civil
Centro de Control de Emergencia
Dirección de Medio Ambiente
Dirección de Tránsito
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcción x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Antes de iniciar los trabajos y luego
continuo durante toda la obra.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
188
24.3.4.4. P – 4. Programa de Seguimiento del Plan de Seguridad e Higiene
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 4
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE
SEGURIDAD E HIGIENE
Descripción del Programa:
- El Programa General de Seguridad e Higiene que presente el CONTRATISTA,
para todas las actividades que desarrolla vinculadas a la obra, se deberá adaptar a
los Programas Generales del COMITENTE.
- Con respecto a la construcción del proyecto, las acciones a desarrollar por el
CONTRATISTA para mantener una baja incidencia de accidentes personales y
alto grado de seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se
sintetizan en:
Capacitación periódica de empleados y SUBCONTRATISTAS.
Control médico de salud.
Emisión y control de Permisos de Trabajo.
Inspección de Seguridad de los Equipos.
Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.
Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.
Informes e Investigación de Accidentes y difusión de los mismos.
Revisión Anual del Plan de Contingencias de Obra.
Curso de inducción a la seguridad para nuevos empleados.
Curso de inducción a la seguridad para nuevos SUBCONTRATISTAS.
Actualización de procedimientos operativos.
Mantenimiento de Estadísticas de Seguridad propias y de
SUBCONTRATISTAS.
El supervisor de Higiene y Seguridad del CONTRATISTA controlará
periódicamente a todo el personal propio y de los SUBCONTRATISTAS
afectados a las tareas aplicando listas de chequeo y emitirá un informe de
situación. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los
ajustes necesarios.
El supervisor presentará mensualmente un informe técnico destacando la situación,
las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de realización y las estadísticas
asociadas a la obra.
Finalizada la obra, el supervisor incluirá en el informe ambiental final de la obra
las estadísticas de Higiene y Seguridad.
El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del
CONTRATISTA será condición necesaria para la aprobación de los certificados de
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
189
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 4
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE
SEGURIDAD E HIGIENE
obra. Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART
correspondiente.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcción x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Antes de iniciar los trabajos y luego
continuo durante toda la obra.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
190
24.3.4.5. P – 5. Programa de Control Ambiental de la Obra
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 5
PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL
DE LA OBRA
Descripción del Programa:
- El programa de Control Ambiental de la Obra será instrumentado por el
responsable de medio ambiente del CONTRATISTA o por terceros calificados
designados especialmente.
- Durante la etapa de construcción, este programa estará muy ligado al de
verificación de cumplimiento de las Medidas de Mitigación. Sin embargo su
espectro de acción debe ser más amplio para detectar eventuales conflictos
ambientales eventualmente no percibidos en el Estudio de Impacto Ambiental y
aplicar las medidas correctivas pertinentes.
- Se confeccionarán listas de chequeo a partir del Estudio de Impacto Ambiental
elaborado, con posibilidad de incluir elementos ambientales nuevos.
- El supervisor de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar
la situación ambiental del proyecto. Deberá evaluar la eficacia de las medidas
propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer los cambios necesarios
cuando lo considere necesario. El objetivo será en todo momento minimizar
efectos no deseados vinculados a la obra.
- El supervisor de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al
intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que
pudieran enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades
y pobladores locales.
- El supervisor de medio ambiente controlará quincenalmente la situación ambiental
de la obra aplicando listas de chequeo y emitirá un INFORME AMBIENTAL
MENSUAL de situación.
- En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los ajustes
necesarios. El supervisor incluirá en su Informe Ambiental Mensual todos los
resultados del Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al
COMITENTE para su aprobación, los ajustes que crea oportuno realizar.
- Finalizada la obra, el supervisor incluirá en el informe ambiental final de la obra
los resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las
metas logradas.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
191
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 5
PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL
DE LA OBRA
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcción x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Continuo durante toda la obra.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
192
24.3.4.6. P – 6. Programa de Monitoreo Ambiental
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 6
PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL
Descripción del Programa:
- Durante la construcción de la obra el CONTRATISTA desarrollará e
implementará un programa de Monitoreo Ambiental cuyos resultados serán
presentados regularmente al COMITENTE en los Informes Ambientales
Mensuales.
- El CONTRATISTA incluirá en su Plan de Manejo Ambiental de la Obra, un
Programa de Monitoreo Ambiental que deberá incluir como mínimo el monitoreo
de aire y agua superficial.
Monitoreo de Aire
En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear la calidad de
aire, midiendo los niveles de ruido y material particulado, producto de las
emisiones de las máquinas y herramientas (martillo neumático, sierra, etc.) y
de los vehículos y maquinarias pesadas (retroexcavadora, pala mecánica,
motoniveladora, máquina compactadora, camiones, etc.).
Los parámetros mínimos a considerar son: Ruido audible en dBA (Norma
IRAM 4062 Ruidos Molestos al Vecindario) y Material Particulado en
suspensión (PM 10), CO, SO2 y COVs.
Ámbito de aplicación: La aplicación de esta medida será a lo largo de toda la
obra, especialmente en las proximidades de las poblaciones locales.
Momento / Frecuencia: El muestreo tendrá una frecuencia mensual durante la
construcción de la obra para el ruido y material particulado.
Responsable de la implementación: El CONTRATISTA
Monitoreo de Agua Superficial
En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear la calidad del
agua superficial en dos puntos ubicados sobre el Riacho Formosa, aguas arriba
y aguas debajo de la zona de obras, durante el período de construcción de la
avenida.
Ámbito de aplicación: Se explicitó anteriormente.
Momento / Frecuencia: El muestreo se hará al inicio y luego tendrá una
frecuencia semestral.
Responsable de la implementación: El CONTRATISTA
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
193
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 6
PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcció
n
x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: Se explicita en el monitoreo
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad /Momento / Frecuencia: Se explicita en el monitoreo
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
194
24.3.4.7. P – 7. Programa de Comunicaciones a la Comunidad
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
PROGRAMAS AMBIENTALES
Programa
P – 7
PROGRAMA DE COMUNICACIONES
A LA COMUNIDAD
Descripción del Programa:
- El Programa de comunicaciones a la comunidad incluye un conjunto de acciones
tendientes a articular el proyecto con el entorno social en que se desenvuelve para
minimizar eventuales conflictos que pudieran producirse entre la obra y los
intereses sociales de la zona.
- El Programa de Comunicaciones será desarrollado por el CONTRATISTA y
deberá ser aprobado por el COMITENTE. Será implementado por el responsable
de medio ambiente del CONTRATISTA o por terceros calificados designados
especialmente.
- Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:
Colocar un cartel en cada frente de obra indicando: Nombre del Proyecto,
nombre del COMITENTE, nombre del CONTRATISTA, sus direcciones y
teléfonos.
Establecer un procedimiento de comunicación formal y documentado, que
facilite la comunicación con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus
opiniones, sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.
Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del
proyecto (comunidades locales) respecto de la obra y sus alternativas de
ejecución, con el propósito de incorporar sus observaciones al proceso de toma
de decisiones y de esta manera minimizar el riesgo de conflictos sociales.
Comunicar a las autoridades, vecinos, empresas u organismos que posean
instalaciones próximas a la obra, con la suficiente anticipación a las obras que
se ejecutarán en los días subsiguientes.
Comunicar con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades
pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con
actividades de terceros. La notificación podrá realizarse telefónicamente y
registrarse en un libro para su seguimiento.
Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del
avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.
Etapa de
Proyecto en
que se Aplica
Construcción x Costo
Estimado
$
Operación
Ámbito de Aplicación: En todo el frente de obra.
Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA
Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Durante toda la obra.
Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
195
24.3.5. Términos de Referencia del Plan de Comunicación Social
El Plan de Comunicación a la Población o Plan de Comunicación Social deberá
contener información sobre los siguientes aspectos:
* Duración total de las obras y el programa de ejecución estableciendo fechas
aproximadas de los diferentes avances de obra.
* Caminos o Rutas sobre los cuales se desplazaran vehículos pesados con materiales
para la obra.
* Desvíos imprescindibles de tránsito que será necesario realizar.
* Presencia de personal de obra en las localidades cercanas y las medidas tomadas
para evitar conflictos con la población local.
* Información sobre los Programas del Plan de Manejo Ambiental sobre todo aquellos
más vinculados a la población afectada por la obra:
Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes
Programa de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias
Programa de Control Ambiental de la Obra
Programa de Monitoreo Ambiental
Programa de Comunicaciones a la Comunidad
*Información sobre las medidas tomadas para la protección de la fauna silvestre.
*Información sobre medidas preventivas ante incendios forestales.
25. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES
25.2.1. Objeto
La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas
de Prevención, Mitigación y Plan de Manejo Ambiental previstos para la etapa de
construcción, mantenimiento y operación de las obras hasta su recepción definitiva, con el
objeto de prevenir y mitigar los Impactos Ambientales negativos y potenciar los positivos,
producidos por la ejecución de las distintas tareas necesarias para su materialización.
Complementa lo establecido en el Pliego General de las Obras, constituyendo una
Especificación Técnica Particular para la Licitación de las Obras, en cuanto a Obligaciones
del Contratista con relación a aspectos específicos con el Medio Ambiente.
El Objetivo fundamental del Plan de Manejo Ambiental es:
El desarrollo del Plan de Manejo para el cumplimiento de la Legislación Ambiental
vigente
El mismo comprende:
La elaboración de los Requerimientos Ambientales a incorporar, dentro del marco del
Pliego de Bases y Condiciones y de Especificaciones Técnicas - Generales y
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
196
Particulares para la Licitación de las Obras, como obligaciones a cumplir por El
Contratista, para garantizar el cumplimiento de la Legislación aplicable a la Obra.
En dicho marco se presenta el Plan de Manejo Ambiental, comprendiendo los
diferentes Programas relacionados directamente con las Especificaciones Técnicas de las
Obras, que determina las responsabilidades a asumir por El Contratista como parte de su
Oferta, para la evaluación y adjudicación de la Propuesta más conveniente.
En este Documento se incorporan las Especificaciones Técnicas Particulares
enmarcadas dentro del Plan de Manejo Ambiental, consideradas como obligaciones básicas a
cumplir por El Contratista, durante la Etapa de Construcción y Operación Inicial de la Obra,
pruebas de recepción, hasta su Recepción Definitiva.
25.2.2. Introducción
La Legislación Ambiental vigente aplicable a las obras principales y complementarias
del Proyecto ―PAVIMENTACIÓN, DESAGÜES, SEÑALIZACIÓN E ILUMINACIÓN DE
LA AV. DE CIRCUNVALACIÓN DE LA CUENCA DEL RIACHO FORMOSA ENTRE
AV. E. L. MARADONA Y AV. GONZÁLEZ LELONG- AV. ELIAS DE CANEPA –
PUENTE SOBRE EL RIACHO FORMOSA‖ y los requerimientos de los Organismos de
Crédito en materia Ambiental, deberán ser considerados como requisitos de cumplimiento
obligatorio por parte del Contratista, en los ajustes de los diseños y de la planificación para
ejecución de la Obra, la construcción, puesta en marcha, pruebas de recepción e instrucciones
para la operación y el mantenimiento de la obra, los que formarán parte de la Oferta.
En particular deberá dar cumplimiento a la Ley Nacional N ° 25.675, Ley General del
Ambiente, sancionada el 6 de noviembre de 2002, promulgada parcialmente el 27 de
noviembre de 2002, que establece en su Artículo 1°, los presupuestos mínimos para el logro
de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la
diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable y su Decreto
Reglamentario Decreto N ° 2413/02, del 27/12/2002 y a la normativa Provincial concurrente.
25.2.3. Requerimientos Generales a Considerar por el Oferente
El Oferente deberá tener en cuenta, en la preparación de su propuesta, que ante
eventuales discrepancias en la Legislación, requerimientos de los Organismos de Crédito y lo
indicado en los pliegos y anexos, se deberán considerar los requerimientos más exigentes.
El Oferente deberá incluir en su propuesta los lineamientos fundamentales de la
Gestión Ambiental.
El Oferente deberá incluir en su propuesta el Organigrama Funcional del área
responsable de la Gestión Ambiental. A tal fin deberá incorporar un listado detallado del
Personal Profesional y Técnico que se desempeñará en la obra, acompañando el Curriculum
Vitae, el Compromiso de ejecutar las tareas asignadas y los meses hombre asignados para el
cumplimiento de las tareas.
El Oferente deberá incluir el Presupuesto Total de los Costos del Plan de Manejo
Ambiental, incorporando los Costos dentro del Costo de la Obra.
El Contratista deberá cumplir, durante todo el período del contrato, con todas las
normativas ambientales, laborales, de riesgos del trabajo y de higiene y seguridad, y con toda
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
197
aquella legislación que preserve el derecho del trabajador y de terceros, que corresponda
aplicar, vigente a la fecha de la adjudicación, se encuentre o no indicada en las
especificaciones técnicas del Pliego de Licitación. Asimismo deberá cumplir con las normas
que pudieran dictarse durante el desarrollo del contrato.
El Contratista deberá cumplir con las observaciones, requerimientos o sanciones
realizadas por las autoridades y organismos de control, nacionales, provinciales y/o
municipales, asumiendo a su exclusivo cargo los costos, impuestos, derechos, multas o sumas
debidas por cualquier concepto.
El Contratista, tendrá la obligación de cumplir con lo indicado en los puntos
precedentes, no aceptándose por estos conceptos y bajo ninguna circunstancia, la solicitud de
pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega de la Obra.
El Contratista deberá respetar estrictamente las medidas que correspondan aplicar, en
lo referente a contaminación de suelos, aguas subterráneas y superficiales, aire, ruido y
vibraciones, contingencias tales como incendios, derrames, etc., utilización de productos
peligrosos o contaminantes y explosivos, disposición final de residuos contaminados,
peligrosos o patológicos, áreas de préstamo y diseño de explotación, protección del
patrimonio histórico cultural, arqueológico, paleontológico, arquitectónico, escénico,
antropológico y natural, prevención de enfermedades endémicas, epidémicas o infecto
contagiosas, higiene y seguridad, riesgos del trabajo, protección de la flora y la fauna, control
de procesos erosivos y calidad de vida del personal de la obra y de la población afectada,
evitando afectar la infraestructura y equipamiento de servicios existente en el Área de
localización e influencia directa de las obras.
El Contratista previo a la iniciación de excavaciones o movimientos de suelos para la
preparación del terreno deberá realizar un reconocimiento cuidadoso del sitio, analizar su
historial, la información disponible y sacar sus propias conclusiones respecto de la naturaleza
de las condiciones existentes que acompañarán el desarrollo de los trabajos de la obra. En
función de ello determinará las medidas de seguridad que será necesario tomar en cada una de
las áreas de trabajo de preparación del terreno.
En particular, frente al hallazgo de restos de interés Arqueológico, Antropológico,
Histórico, Cultural, Paleontológico, procederá a detener las tareas, en el punto del hallazgo, y
notificar a la Inspección y a las Autoridades de Aplicación en la materia, según corresponda,
en cada jurisdicción. Podrá continuar con las tareas que realice en los frentes de trabajo
situados fuera del punto de hallazgo y su entorno inmediato.
El Contratista deberá mantener indemne a El Comitente frente a cualquier reclamo
judicial o extrajudicial por incumplimiento de la reglamentación ambiental en las tareas a su
cargo.
A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del
análisis y evaluación de los datos climáticos, con el objeto de establecer mecanismos de alerta
y actuaciones frente a contingencias, que resulten necesarios para adoptar medidas que eviten
afectaciones a las obras, personas y bienes corriendo a su exclusivo riesgo los potenciales
daños por contingencias climáticas.
A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del
análisis y evaluación del estado de situación de los cursos de aguas superficiales y de los
niveles freáticos, con el objeto de establecer los mecanismos de alerta, que resulten
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
198
necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, corriendo a su exclusivo
riesgo los potenciales daños a las mismas por contingencias por inundaciones y
anegamientos.
Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones
Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.) que se indican dentro de este pliego, deben ser
consideradas como referencia y al simple título de informativas. En consecuencia El
Contratista tendrá la obligación de respetar la totalidad del ordenamiento jurídico, sin que ello
de motivo a la solicitud de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega, ni
responsabilidad alguna del Comitente.
25.2.4. Responsabilidades Ambientales
25.2.4.1. Del Contratista
El Contratista asumirá la responsabilidad total de los requerimientos ambientales,
incluyendo Higiene y Seguridad, Medicina del Trabajo y Riesgos del Trabajo, debiendo
contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las funciones
bajo su responsabilidad, en las etapas de diseño, construcción, puesta en marcha y período de
prueba hasta la recepción final de la obra.
Los Profesionales designados por El Contratista para ejercer las funciones de
Responsable Ambiental y Responsable en Higiene y Seguridad, deberán poseer habilitación
profesional, y antecedentes adecuados para la función a desarrollar.
25.2.4.2. Permisos Ambientales
El Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización,
aprovechamiento o afectación de los recursos correspondientes. Está facultado para contactar
las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales o en la eventualidad de ser
necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la
ejecución de proyecto
El Contratista deberá presentar a la Inspección un programa detallado y un plan de
manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no les sean
suministrados y que se requieran para ejecutar el trabajo.
Los permisos que debe obtener el Contratista incluyen (pero no estarán limitado a) los
permisos operacionales tales como:
Autorización ambiental provincial
Certificado de calidad ambiental o declaración de impacto ambiental de las canteras
(Marco jurídico Ambiental para la Actividad Minera)
Disposición de materiales de desbosque y de excavaciones
Localización de campamentos
Disposición de residuos sólidos
Disposición de efluentes.
Permisos de transporte: incluyendo de materiales y de residuos peligrosos
(combustibles, lubricantes)
Continuación de la construcción después de hallazgos Arqueológicos Históricos,
Culturales, Paleontológico, etc.
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
199
Cierre temporal de accesos a propiedades privadas, o construcción de vías de acceso
Permisos para el manejo de especies naturales protegidas
El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los
requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las resoluciones
y dictámenes que emitan las autoridades provinciales competentes.
252.4.2.1. Responsable Ambiental
El Contratista designará una persona física, profesional con título universitario, como
Responsable Ambiental, que tendrá a su cargo el cumplimiento de los requerimientos
ambientales durante la totalidad de las etapas de la Obra.
El profesional deberá poseer amplios y probados conocimientos y experiencia como
Responsable Ambiental de proyectos y obras; quien asimismo deberá acreditar el
cumplimiento de las normas y reglamentaciones provinciales que lo habiliten a desempeñarse
en tales funciones.
El Contratista deberá presentar su currículum, y constancias de los principales
antecedentes, a los efectos de su aprobación por la Inspección del Comitente.
El Responsable Ambiental efectuará las presentaciones, ante las autoridades
nacionales, provinciales y/o municipales y/o Organismos de Control, según corresponda y
será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.
El Responsable Ambiental será el representante del Contratista en relación con la
Inspección designada por El Comitente.
El Responsable Ambiental actuará como interlocutor en todos los Aspectos
Ambientales entre la Empresa Contratista, las Autoridades Municipales, Provinciales y
Nacionales Competentes y la Comunidades Locales.
25.2.4.2.2. Responsable en Higiene y Seguridad
El Contratista designará un profesional responsable de la Higiene y Seguridad de la
Obra, que posea título universitario que lo habilite para el ejercicio de sus funciones.
El profesional deberá poseer amplios y probados conocimientos sobre el tema bajo su
responsabilidad y experiencia en obras de similar magnitud y características a la sujeta a
contrato. El Contratista deberá presentar su currículum, a los efectos de su aprobación por la
Inspección del Comitente.
El profesional deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde
con los requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.
El Responsable de Higiene y Seguridad efectuará las presentaciones pertinentes a su
área y solicitará los permisos correspondientes, ante las autoridades nacionales, provinciales
y/o municipales y/u Organismos de Control, según corresponda y será el responsable de su
cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.
Será obligación del Profesional Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad del
Contratista llevar durante todo el desarrollo de la Obra, un libro en donde asentará los
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Sección VI. Requisitos de las obras
200
aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro será
firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, según corresponda, y por la
inspección del Comitente. En este libro la inspección asentará sus observaciones, a los efectos
de que El Contratista las implemente. El Contratista tiene la obligación de asentar en el citado
libro los aspectos más relevantes en Higiene y Seguridad, tales como accidentes, incendios,
contingencias, cursos de capacitación, entrega de elementos de protección personal, etc., que
se presenten o desarrollen durante la obra.
El Responsable de Higiene y Seguridad será el representante de El Contratista, sobre
los temas de su competencia, en relación con la Inspección designada por El Comitente.
25.2.4.2.3. Responsable en Medicina del Trabajo
El Contratista arbitrará los medios para cumplir con las disposiciones de las
normativas aplicables en materia de Medicina del Trabajo. Asimismo, El profesional deberá
estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la
legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.
La Empresa o el Profesional designado, deberá poseer amplios y probados
conocimientos sobre el tema bajo su responsabilidad y experiencia en obras similares a la
sujeta a contrato. El Contratista deberá presentar sus antecedentes y currículum del/los
Profesionales habilitados, a los efectos de su aprobación por la Inspección del Comitente.
Deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los
requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.
El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo efectuará las presentaciones y
solicitará los permisos correspondientes, sobre los temas de su competencia, ante las
autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, según
corresponda y será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.
Será obligación del Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo llevar durante
todo el desarrollo de la Obra, un libro con hojas foliadas por triplicado, en donde asentará los
aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro será
firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, según corresponda, y por la
inspección del Comitente. En este libro la inspección asentará sus observaciones, a los efectos
de que el Contratista las implemente.
El Contratista tiene la obligación de asentar en el citado libro los aspectos más
relevantes, tales como enfermedades, control de vectores de enfermedades, exámenes
médicos, derivaciones frente a contingencias, entrega de documentación estadística, cursos de
capacitación en salud, medidas correctivas, etc., que se presenten o desarrollen durante la
ejecución del Proyecto.
El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo será el representante del
Contratista, sobre los temas de su competencia, en relación con la Inspección designada por
El Comitente.
25.2.4.3. Del Comitente
25.2.4.3.1. Inspección
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Sección VI. Requisitos de las obras
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La Inspección designada por El Comitente, tendrá a su cargo el control del Área
Ambiental, de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo durante todo el desarrollo del
Proyecto y será el representante del Comitente frente a El Contratista.
Toda la documentación elaborada por El Contratista, en el marco de los Programas
específicos o ante requerimiento del Comitente o de Autoridades de Aplicación, deberá ser
presentada a la Inspección.
Durante la ejecución de la Obra, la Inspección tendrá libre acceso, a todos los sectores
de obra, a campamentos, obradores, gabinetes o laboratorios del Contratista, estando
facultada para verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del compromiso
contractual y para efectuar observaciones por escrito.
El Contratista esta obligado a considerar las observaciones de la Inspección Ambiental
y a desarrollar las acciones requeridas, sin que ello de motivo a la solicitud de reclamos o a la
ampliación de los plazos de entrega.
25.2.4.4. Medidas y Acciones de Prevención, Mitigación de Impactos Negativos y
Optimización de Impactos Positivos
Las medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y de
optimización de impactos positivos deben ser consideradas como una parte fundamental del
Plan de Manejo Ambiental, tanto como en los criterios aplicables al planeamiento y a su
desarrollo concreto, durante las etapas de construcción y de operación de la obra,
comprendiendo las Condiciones Generales de Diseño relacionadas con:
1. Construcción de las Obras
2. Áreas de asentamientos humano
3. La protección contra accidentes y contingencias
4. La protección de la salud
5. El control de ruidos
6. La geología y geomorfología
7. La hidrología superficial y subterránea
8. La protección de los suelos
9. La vegetación
10. La fauna
11. El paisaje
12. El Desarrollo Sustentable
13. La Capacitación Laboral
Para la programación de las medidas y acciones de prevención y mitigación deberán
considerarse los aspectos relacionados con:
1. Medidas de Ingeniería
2. Medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental
3. Medidas de política de desarrollo económico social sustentable
4. Medidas de participación social
Las medidas de Ingeniería se fundamentan en la incorporación de criterios de
Ingeniería Ambiental dentro del diseño del Proyecto, Programación de la Obra y su efectiva
aplicación durante la ejecución de la obra.
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Sección VI. Requisitos de las obras
202
Los lineamientos principales a los que se ajustará la construcción y operación de las
obras deberán demostrar que:
1. Las condiciones de vulnerabilidad ambiental a que pudiera estar sometido el proyecto,
han sido compensadas por el diseño de obras y estrategia constructiva, y/o a través de
medidas preventivas o correctivas específicas, de manera de garantizar la
sustentabilidad de las inversiones y la protección del ambiente, y el bienestar de la
población afectada.
2. Los potenciales impactos negativos del proyecto, tanto en su etapa de construcción
como de operación, han sido neutralizados apropiadamente por el diseño de obras, y/o
a través de medidas de mitigación que garanticen que no se afecta a la población y que
no disminuye la calidad ambiental tanto en el nivel local como regional.
3. Las condiciones ambientales positivas han sido puestas en valor por el proyecto,
mantenidas o incrementadas por el diseño de obras, y/o acciones ambientales
recomendadas para sus etapas de construcción y de operación.
Las medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental involucran el conocimiento
de las condiciones de operación del aprovechamiento y de las ofertas y demandas sobre el
medio natural y socioeconómico, ejercidas por la operación, con el objeto de adecuar el
proceso operativo al ambiente.
Las medidas de política de desarrollo sustentable comprenden al marco legal e
institucional que regirá durante la operación del aprovechamiento y a los criterios de
desarrollo socioeconómico aplicables a los distintos recursos y usos involucrados en y por la
obra.
Las medidas de participación social comprenden:
La adopción de formas eficaces y eficientes de comunicación e intercambio de
opiniones con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades
Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con las Entidades Intermedias
y con Universidades, entre otros, respecto del proyecto, de los planes y acciones
previstas durante la Etapa de Construcción y de Operación de las Obras.
La incorporación dentro del Proyecto de las opiniones y observaciones, de los actores
sociales involucrados, que resulten pertinentes.
La inducción a la participación de los actores sociales locales y regionales, en la
prestación de servicios directos e indirectos relacionados con la Construcción y
Operación de la Obra, comprendiendo la capacitación laboral pertinente para el caso
de prestación de servicios directos a El Contratista.
Se denominan medidas de mitigación de impactos negativos a aquellas que:
a) Minimizan el impacto negativo, mediante el correcto diseño del Proyecto, y lo ubican
dentro de una magnitud de importancia de valor bajo, existiendo dentro de la región,
recursos que constituyan réplicas o son análogos al sistema afectado.
b) Permiten alcanzar un nuevo equilibrio sustentable a corto plazo.
c) Posibilitan que a mediano o largo plazo se revierta el proceso, por la adopción de
operaciones de conservación y manejo, restituyéndose las condiciones iniciales, total
o parcialmente.
d) Constituyan mecanismos de respuestas frente a contingencias, para acotar los efectos
y posibiliten la restauración de la situación original.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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e) Permitan la remediación de las áreas afectadas, por métodos viables desde la
perspectiva económica y ambiental.
f) Compensan el efecto negativo mediante el suministro de recursos sustitutivos al
ecosistema.
En el caso particular de la obra sujeta a estudio, cabe incorporar dentro del punto:
a) Diseño: la selección de la ubicación de las obras, campamentos y obradores, evitando las
áreas sensibles tanto del sistema natural como socioeconómico.
El Contratista deberá dar prioridad a las medidas de atenuación comprendidas en los
puntos a, b y c; tomar medidas de prevención y de capacitación laboral para las situaciones
comprendidas en el punto d y dar cumplimiento a los compromisos asumidos en su Oferta
con relación a los puntos e y f.
Se denominan medidas de optimización de Impactos Positivos a todas aquellas
concurrentes a alcanzar un máximo de beneficio durante las etapas de construcción de la obra
y de su operación.
Tanto las medidas de prevención, mitigación de impactos negativos como de
optimización de impactos positivos, deberán constituir un conjunto integrado de medidas y
acciones, que se complementen entre sí, para alcanzar superiores metas de beneficio de la
obra durante su construcción y operación, con especial énfasis en los beneficios locales y
regionales.
Para la elaboración de su propuesta el Oferente deberán considerarse cuatro (4)
escenarios temporales para la incorporación de los criterios de Ingeniería ambiental a la Obra:
* Medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y optimización de
impactos positivos durante:
a) La ejecución de los ajustes de la Ingeniería de detalle y de la Ampliación del Estudio
de Impacto Ambiental Básico (AEIAB).
b) La planificación de la construcción durante el período de movilización de obra,
comprendiendo la toma y capacitación de mano de obra, de preparación de la
infraestructura y del equipamiento para la ejecución de la obra y de acopio de
insumos.
c) La Etapa de Construcción de la Obra.
d) El Manual de Operación a entregar por El Contratista con la Recepción de la Obra.
25.2.5. Estudio de Impacto Ambiental
24.2.5.1. Estudio de Impacto Ambiental Básico
El Oferente deberá tener en cuenta para la elaboración de su Oferta, la documentación
de Estudio de Impacto Ambiental, desarrollada en el marco del Proyecto, el cual como Anexo
forma parte del presente pliego. Esta documentación debe ser tomada como referencia,
denominándosela a tal efecto como Estudio de Impacto Ambiental Básico.
El Comitente pondrá a disposición del Oferente toda la documentación existente, para
su consulta.
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Sección VI. Requisitos de las obras
204
25.2.5.2. Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental
El Contratista tendrá la obligación contractual de profundizar el Estudio de Impacto
Ambiental Básico, en función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según
tecnología constructiva, debiendo elaborar un informe de Ampliación del Estudio de Impacto
Ambiental Básico, a desarrollar durante la Etapa de movilización de Obras y a entregar al
finalizar dicha etapa.
En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo
Ambiental, durante la Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma sistemática las
conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental, incorporando los
resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus correspondientes
relevamientos en el medio natural o en el medio socioeconómico directamente involucrados
con la Obra.
Al finalizar la Obra, La Contratista elaborará un documento de Estudio de Impacto
Ambiental de la Etapa Constructiva, ajustada según los resultados alcanzados durante la
ejecución de los Programas y sus relevamientos
A tal fin procederá a elaborar mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo
Ambiental (PMA), que refleje los avances registrados en el Estudio de Impacto Ambiental,
que demanden adecuaciones del PMA. Un Informe Final de los resultados del Estudio de
Impacto Ambiental correspondientes a la ejecución de la Etapa de Construcción y un Estudio
de Impacto Ambiental de la Etapa de Operación, a partir de la experiencia acumulada durante
la Construcción del Proyecto formará parte de la Documentación a entregar con la Recepción
de la Obra.
25.2.6. Plan de Manejo Ambiental - Programas
Las medidas y acciones que conformarán el Plan de Manejo Ambiental (P.M.A.),
deberán integrarse en un conjunto de Programas organizados en actividades singulares dentro
de cada uno de ellos, pero a la vez planificados dentro de una red de actividades
complementarias, relacionadas entre sí, con el objeto de optimizar los objetivos de la Obra,
atenuando sus efectos negativos.
Los Programas y las medidas del P.M.A. considerarán los efectos de la Obra durante
las Etapas de Construcción y de Operación.
Las actividades previstas dentro de ellos, considerarán los impactos de la Obra,
positivos y negativos, en forma integral, comprendiendo los efectos sobre el medio natural y
sobre el medio socioeconómico, los aspectos relacionados con el trabajo, la higiene y
seguridad, los riesgos y las contingencias.
Las medidas y acciones previstas y las actividades resultantes de su desarrollo deberán
fundamentarse en aspectos preventivos, adoptados en el marco del Estudio de Impacto
Ambiental y de los Riesgos propios de las condiciones del medio ambiente en el que se
desarrollará la Obra, métodos constructivos, recursos humanos y materiales utilizados para la
construcción y operación.
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Sección VI. Requisitos de las obras
205
En función del Estudio de Impacto Ambiental, deberán extremarse las precauciones a
adoptar para evitar acciones accidentales y, en el caso de su ocurrencia tener previsto la
adecuada planificación de medidas para actuar frente a contingencias y la capacitación del
Personal para su ejecución.
El conjunto de medidas, a adoptar por El Contratista, no solamente comprenderá los
aspectos estructurales de diseño y construcción de las obras principales y complementarias,
sino que también incorporarán las medidas no estructurales preventivas de acciones
accidentales no deseadas, correctivas de situaciones de degradación del medio natural o de
problemáticas del medio social preexistentes o generadas por la obra y de mejoramiento
integral de los sistemas.
En particular deberá dar énfasis a las acciones de capacitación para el trabajo, la
higiene y seguridad, la salud y la protección ambiental, concentrando los esfuerzos en la
generación de capacidades y empleos en los que participen con carácter prioritario la
población local y regional. Los mecanismos de Comunicación Social deberán de mantener, en
forma permanente, correctamente informado al Comitente, Las Autoridades y la población,
en la medida de sus competencias, sobre el desarrollo del P.M.A.
Las actividades deberán estar programadas para toda la vida útil de la obra, por lo que
con la Recepción de la misma, El Contratista, deberá incorporar dentro del Manual de
Operación a aquellos Programas requeridos para el buen manejo del sistema ambiental, en el
marco de la legislación aplicable a dicha Etapa.
25.2.6.1. Programa de Higiene y Seguridad en la Obra
El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Higiene y Seguridad en la
Obra que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa
responsabilidad, en la zona de obras y de afectación directa, incorporando los costos del
Programa dentro del Costo de la Obra. La Oferta deberá cumplir con las obligaciones
emergentes de la Legislación vigente.
El Oferente deberá incorporar en su Oferta una propuesta de organización del Servicio
para el desarrollo del Programa.
A este Programa General deben acoplarse todos los Subcontratistas que operen bajo su
órbita.
El Contratista será el único responsable frente a las autoridades pertinentes y a
terceros, del cumplimiento de sus obligaciones, acorde con las leyes y reglamentaciones en
materia de Higiene y Seguridad vigentes, con la ley sobre Riesgos de Trabajo y de la
transferencia de responsabilidades a sus subcontratistas y proveedores.
Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de capacitación sobre las
medidas de Higiene y Seguridad, de Riesgos del Trabajo y del Programa de Contingencias,
implementadas para la ejecución del Proyecto. Para el cumplimiento de este requerimiento, el
responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparará cursos simplificados a dictarse
previo a la incorporación de los trabajadores y en forma sistemática durante todo el desarrollo
de la obra.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de vestimenta adecuada y de
medios de seguridad acorde con cada puesto y ambiente de trabajo, y recibirá capacitación
previa al inicio de sus tareas, sobre el correcto uso y mantenimiento de los elementos de
seguridad provisto por el contratista, para cada tipología de trabajo y características
particulares del terreno en el que se realice la tarea. Para el cumplimiento de este
requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparará cursos
simplificados.
El diseño y mantenimiento de los obradores y de existir, de los campamentos, la
planificación de las tareas en los distintos frentes de obras, las prevenciones adoptadas para
cada puesto de trabajo y los planes de contingencia deberán tener especialmente en cuenta las
características de cada zona de desarrollo de la obra, condiciones climáticas e hidrológicas
particulares y existencia de enfermedades endémicas y/o infecciosas del lugar.
El Contratista, para la consideración y aprobación del Comitente y previo a la
iniciación de sus trabajos en obra, deberá presentar documentación suficiente que acredite la
organización de su Servicio de Higiene y Seguridad. Dicha documentación deberá contar con
especificaciones referidas a los aspectos de su organización y funcionamiento, al
cumplimiento de las previsiones y contenidos que establece la legislación vigente y a los
planes que hayan elaborado para la integración y operación de sus programas en el contexto
de las políticas globales definidas para la atención de estas materias en todo el ámbito del
Proyecto.
De modificarse la planificación de las tareas por la introducción de nueva maquinaria,
modificación de la existente o la incorporación de nueva tecnología, El Contratista entregará
los planes especiales de seguridad aplicables al caso, para su aprobación por El Comitente.
El Contratista, haciendo uso de la tecnología más moderna en materia de higiene y seguridad,
en cada área o etapa de la obra, adoptará todas las medidas necesarias para evitar que los
trabajadores y terceros, se encuentren expuestos a accidentes o enfermedades.
Será responsabilidad ineludible del Contratista eliminar o reducir los riesgos que
puedan amenazar la seguridad y salud de los trabajadores y de terceros, como consecuencia
de la obra, como también disminuir los efectos y consecuencias de dichos riesgos.
Se deberán enfatizar las acciones preventivas, tomándose los recaudos necesarios para
la inmediata y efectiva atención en los casos en que se produzcan accidentes o daños. En
particular deberá realizar en forma permanente, sistemática y periódica programas de
formación del personal, por los que se capacite al mismo en lo referido a los riesgos de las
actividades a cumplir, como también respecto de los medios disponibles para evitarlos y de
las medidas de prevención y protección que se deberán tomar en cada caso.
El Contratista deberá prever sistemas preventivos para eliminar potenciales riesgos,
que puedan amenazar la seguridad de los trabajadores por acciones delictivas, dentro de los
sectores afectados por las obras.
Con respecto a la construcción del proyecto, las acciones a desarrollar por el
Contratista para mantener una baja incidencia de accidentes personales y alto grado de
seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se sintetizan en:
Capacitación periódica de empleados y SUBCONTRATISTAS.
Control médico de salud.
Emisión y control de Permisos de Trabajo.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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Inspección de Seguridad de los Equipos.
Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.
Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.
Informes e Investigación de Accidentes y difusión de los mismos.
Revisión del Plan de Contingencias de Obra.
Curso de inducción a la seguridad para nuevos empleados.
Curso de inducción a la seguridad para nuevos SUBCONTRATISTAS.
Actualización de procedimientos operativos.
Mantenimiento de Estadísticas de Seguridad propias y de SUBCONTRATISTAS.
El Responsable de Higiene y Seguridad presentará informes mensuales al Comitente.
Estos informes incluirán una descripción sintética de nuevos asientos y constancias que se
hayan registrado en el período, todo ello acorde con sus planes y programas operativos
aprobados, y de conformidad con las obligaciones establecidas.
Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra las
estadísticas de Higiene y Seguridad.
El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del
CONTRATISTA será condición necesaria para la aprobación de los certificados de obra.
Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART correspondiente
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Sección VI. Requisitos de las obras
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25.2.6.2. Programa de Salud
El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Salud que comprenda los
servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y
de afectación directa, considerando la atención médica y el saneamiento, incorporando los
costos del Programa dentro del Costo de la Obra. El Programa deberá cumplir con las
obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Oferente será responsable de los exámenes médicos y del cumplimiento de los
requerimientos de la Legislación vigente en materia de Medicina del Trabajo, en particular de
los análisis médicos reglamentados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, según el
Artículo 9º del Decreto 1338/96 y toda otra legislación que lo reemplace, modifique o
complemente, y los aconsejados por las Autoridades Sanitarias de cada zona en particular,
adoptando todos los controles y requerimientos que indiquen. Es obligación del Contratista
disponer de los servicios autorizados necesarios para cumplir con estos exámenes.
El Contratista, dada la naturaleza y características propias del Proyecto, deberá dar
cumplimiento, a las siguientes funciones:
a) Proveer a la atención primaria completa de las enfermedades que sufra el personal
afectado a la obra.
b) Programar y efectuar campañas de protección de la salud, que se refieran a riesgos
particulares del ámbito de trabajo en el que se desarrollan las tareas. En particular se
ubicarán los sectores contaminados por basuras, residuos industriales y efluentes de
diverso tipo y se determinarán los riesgos de contraer enfermedades, así como aquellos
en los que existe riesgo para el personal frente al potencial ataque de animales
ponzoñosos o peligrosos, para efectuar la planificación de la limpieza del área y
saneamiento previo al inicio de las actividades constructivas, en el sector directamente
afectado por la localización de las obras principales y complementarias, según
cronograma de trabajo para cada frente de obra colaborando con el Programa de higiene y
seguridad para determinar la vestimenta y medios de seguridad adecuado a cada caso.
c) Establecer pautas para la atención de los diferentes tipos de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales, y disponer de medios y formas operativos que permitan una
rápida y eficaz derivación a centros de salud o unidades hospitalarias bien equipadas para
la atención de todo tipo de accidentes, inclusive aquellos de tratamiento complejo. A tal
fin, durante el período de movilización de Obra, previo al inicio de las actividades de
construcción, El Contratista deberá presentar un plan de acción para derivación de
accidentados según frente de trabajo, para su aprobación por parte de la inspección.
d) Mantener, en estrecha colaboración con los órganos técnicos del Comitente, un contacto
permanente con las instituciones y centros asistenciales de la comunidad.
e) Organizar entre los trabajadores brigadas de primeros auxilios y capacitarlas para el
cumplimiento de su cometido.
El Contratista deberá cumplir con los requerimientos establecidos en
reglamentaciones vigentes en materia Primeros Auxilios.
Deberá contar en lugar visible y de fácil acceso con un número adecuado de
botiquines de primeros auxilios, dotados de elementos que permitan la atención inmediata en
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Sección VI. Requisitos de las obras
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caso de accidentes. Es responsabilidad de Medicina del Trabajo determinar el instrumental y
los medicamentos que deberán contener dichos botiquines, de acuerdo con las necesidades
particulares que puedan preverse en los distintos lugares en que se ejecuta la obra y de
instrumentar un Servicio de Emergencias Médicas para derivación de Accidentados.
25.2.6.3. Programa de Riesgos del Trabajo
El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Riesgos del Trabajo que
comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo la directa responsabilidad del
Contratista, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa
deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Oferente deberá presentar su propuesta de Programa de Riesgos del Trabajo en el
marco de la Ley 24.557 y sus Decretos Reglamentarios y toda otra que la reemplace o
complemente.
El Oferente deberá incorporar en su Oferta una propuesta de relación con una empresa
Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, y de poseer antecedentes en otras obras,
incorporarlos en la documentación.
El Contratista deberá desarrollar el análisis de los riesgos particulares de cada puesto
de trabajo, para el desarrollo detallado del Programa de Riesgos del Trabajo y contratar los
Servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Mediante el Programa de Riesgos del Trabajo El Contratista deberá:
Asegurar la reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los
riesgos derivados del trabajo.
Reparar los daños derivados de los accidentes de trabajo y de las enfermedades
profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado, acorde con la
legislación vigente.
Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados.
El Contratista será el único responsable del cumplimiento de los requerimientos de la
Legislación vigente en materia de Riesgos del Trabajo.
25.2.6.4. Programa de Calidad de Vida y Condiciones de Trabajo en Obra
El Objetivo es diseñar y formular propuestas para garantizar un elevado nivel de
calidad de vida y de condiciones de trabajo que comprendan la adecuada provisión y
operación de instalaciones sanitarias, agua potable y transporte. En el caso de que la empresa
ofrezca alojamiento y comida a sus operarios debe extenderse la obligación a los comedores y
alojamientos.
El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Calidad de Vida y
Condiciones de Trabajo que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su
directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Oferente deberá incorporar en su Oferta la planificación de los servicios y
prestaciones e informar sobre las características de los mismos, acorde con la legislación
vigente, con las características de las obras y con las particularidades en los distintos frentes
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Sección VI. Requisitos de las obras
210
de trabajo en materia de provisión de agua potable, alimentos, servicios sanitarios,
alojamientos, comedores y transportes.
El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la
Legislación vigente en la materia y de las obligaciones asumidas en su Oferta.
El Oferente deberá presentar su Oferta considerando la Provisión de Agua para Bebida
de los Trabajadores a cumplir por El Contratista, acorde con los requisitos de Calidad
exigibles. El Contratista, deberá adoptar preferentemente el sistema de abastecimiento de
agua a partir de un servicio de agua potable corriente. De no disponerse de sistemas de agua
potable corriente, El Oferente deberá especificar, los medios previstos para la Provisión de
Agua Potable.
El Contratista tomará a su cargo la instalación de baños aptos desde el punto de vista
higiénico, en número suficiente, y en condiciones adecuadas de mantenimiento para su uso
por los trabajadores. Deberán responder a las más avanzadas tecnologías y adecuarse a las
particularidades de la obra, diversos frentes de trabajo y amplia longitud de avance de las
tareas, en función de asegurar la correcta prestación del servicio, evitar riesgos sobre la salud
y la contaminación del ambiente y asegurar el mantenimiento de estos servicios en buenas
condiciones de uso.
La desinfección, supresión de emanaciones, ventilación, luz y desniveles de los pisos
deberán permitir el mantenimiento de condiciones satisfactorias de higiene. Cuando se
disponga de alcantarillado, deben unirse a éste los inodoros, letrinas, mingitorios u orinales.
En caso de no existir dicho alcantarillado, deberá recurrirse a fosas sépticas u otra clase de
tratamiento adecuado.
Las instalaciones o grupos sanitarios deberán ser ubicados en lugares cercanos a los
sitios de trabajo.
El Contratista deberá proveer locales destinados al aseo del personal, los que deberán
tener amplitud suficiente y buenas condiciones de higiene, pudiendo estar ubicados sobre
vehículos, debiendo proveer los elementos de aseo. Los servicios para el personal femenino y
los del personal masculino deberán ser instalados separadamente.
El agua utilizada en los lavabos y duchas no debe presentar ningún peligro para la
salud de los trabajadores. Cuando el agua que se use en los mismos no sea potable, deberá
procederse a la señalización de dicha situación.
En el caso de que se programen alojamientos transitorios para el personal, los mismos
deberán cumplir con las condiciones de higiene, seguridad y confort que aseguren una
adecuada calidad de vida de los trabajadores.
En el caso de que se programen comedores, se localizarán en sitio separado y alejado
de todo lugar donde exista la posibilidad de exposición a sustancias tóxicas o contaminantes.
Sus instalaciones podrán ser fijas o móviles, al igual que las de la cocina, en función de las
características particulares de las Obras y de los diferentes frentes de trabajo, debiendo en
todos los casos cumplir con los requisitos de aptitud desde el punto de vista higiénico
sanitario.
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Las características de construcción del comedor deberán asegurar un adecuado
confort. Deben observarse las normas básicas sobre ventilación e iluminación y cantidad y
calidad de artefactos.
Los comedores deberán ser sometidos a procesos de desinfección y de control de
insectos con la debida periodicidad, conservarse en las mejores condiciones de limpieza y con
instalaciones que permitan mantener condiciones satisfactorias de iluminación, ventilación y
temperatura, atendiendo a la humedad ambiente característica de la zona.
De proveer El Contratista la alimentación, los comedores deberá observar las reglas de
una dieta sana, acorde con las determinaciones de la Organización Mundial de la Salud, y en
relación con el clima de la zona. La dieta podrá ser controlada por el Comitente, sin perjuicio
del control de alimentos que deberá realizar Medicina del Trabajo del Contratista.
La eliminación de residuos de los comedores deberá realizarse con una frecuencia que
evite la descomposición de los mismos, de acuerdo con la normativa. Este proceso deberá
efectuarse con camiones con caja preparada con ese fin, los que deberán descargar los
residuos en el sitio que señalen las oficinas técnicas de El Comitente o establezcan la
Autoridades locales.
En todos los casos, no podrá ubicarse instalación alguna para las prestaciones de
servicios de aseo, sanitarios, comedores, provisión de agua, prestaciones de salud, depósitos
de materiales y equipos, obradores, campamentos, etc, dentro de áreas detectadas como
contaminadas por el Programa de Salud, hasta que se realice el saneamiento total de las
mismas. A tal fin el Contratista deberá presentar, para su aprobación por la Inspección, una
propuesta de ubicación de las distintas instalaciones a su cargo y los planos de distribución de
las distintas unidades de servicio.
El tránsito en el área de la localización de la obra estará sujeto al cumplimiento de las
normas jurisdiccionales vigentes en materia de tránsito. Las características y condiciones de
los vehículos que circulen y operen en el ámbito del Proyecto deberán observar la normativa
que sobre el particular prescribe la Legislación vigente, en particular la establecida por la
Resolución 38/96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo II Varios, 18:
Vehículos, Reglamentaria de la Ley 24.557 y toda otra posterior que la reemplace o
complemente. Los vehículos deberán estar sujetos a mantenimiento cuidadoso y permanente
Las velocidades a desarrollar para el tránsito en el emplazamiento de las obras,
campamentos, obradores, accesos y otras áreas controladas por el Contratista, deberán ser
establecidas, en el marco de la legislación vigente, por el Servicio de Higiene y Seguridad de
el Contratista, debiendo también ser de responsabilidad de dicho servicio el control del
cumplimiento de los límites y regulaciones que se establezcan con ese fin. La normativa
correspondiente deberá instrumentarse con especial consideración a las características de los
caminos y accesos, los tipos de vehículos y los riesgos potenciales existentes, tanto para los
trabajadores y para terceros, cuanto para edificios y construcciones.
El Contratista implantará un sistema de control de conductores que asegure el
entrenamiento permanente en el manejo seguro de los vehículos y equipos, y el cumplimiento
de las normas legales de habilitación de los operadores de todos los vehículos en obra, en
especial los de maquinarias y camiones pesados.
Los caminos que construya el Contratista para el acceso a los lugares de trabajo,
deberán ser adecuados para el transporte del personal y, en general, para la circulación de los
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Sección VI. Requisitos de las obras
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vehículos que deban transitarlos. Deberán tenerse en especial consideración las condiciones
de seguridad que presente cada caso particular. En el caso de ser accesos temporarios, la
restauración del sitio deberá formar parte del Programa de Retiro de la Contratista
incorporado en este Plan de Manejo Ambiental.
En las zonas de la obra que entrañen peligro para los vehículos de carretera y para el
personal y terceros, se deberán colocar vallas de protección, señales y avisos adecuados,
fácilmente observables. Las señales de peligro deberán ser claramente visibles de día y de
noche.
En general y en particular para el caso de Excavaciones, deberá incluirse dentro del
Plan de Capacitación del Personal de la Obra, en Higiene y Seguridad y Riesgo en el Trabajo,
la formación del Personal en cuanto a procedimientos de entubamiento y refuerzos de los
trabajos en pozos de drenaje durante la construcción, de Iluminación y ventilación de los
sitios de trabajo y de manejo de circuitos y cables eléctricos.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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25.2.6.5. Programa de Capacitación
El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Capacitación que
comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad,
incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá
cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en sus aspectos
laborales, en el marco de la Ley de Empleo vigente, incorporando la formación profesional
como componente básico de las políticas y programas de empleo, fomentando las
oportunidades de empleo para los grupos que enfrentan mayores dificultades de inserción
laboral y para los jóvenes locales y de la región, sin formación previa, en busca de su primer
empleo, con el fin de adquirir una formación teórica práctica para desempeñarse en un puesto
de trabajo.
El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en Higiene y
Seguridad y Riesgos del Trabajo, en el marco del Decreto 351/79, Reglamentario de la Ley
19.587/72, Título VII, Capítulo 21, Artículos 208 a 214 y Ley 24.557/95, Decreto 170/ 96,
Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo III, 16, Capacitación y Decreto
1338/96, Artículo 5º, Servicio de Medicina del Trabajo, acciones de Educación Sanitaria y
toda otra legislación pertinente que la reemplace, complemente o modifique.
El Contratista tomará los recaudos necesarios y acordará las facilidades
correspondientes, para la concurrencia de su personal a cursos de capacitación laboral y
formación profesional que organice, por sí mismo o por terceros, con el fin de optimizar la
capacitación de los trabajadores en todo el ámbito del Proyecto, con particular énfasis en la
capacitación de la mano de obra local y regional.
El Contratista tomará a su cargo el financiamiento de los Programas de Capacitación,
pudiendo recurrir a las fuentes de financiamiento a cargo de terceros, ya sean Organismos
Gubernamentales o Privados, existentes en nuestro país u otra fuente del exterior.
El Contratista elaborará y desarrollará un Plan Especial de Entrenamiento y
Capacitación del Personal frente a Contingencias, necesario para que una efectiva operación
en los distintos frentes de trabajo asegure que los trabajadores puedan cumplir sus funciones
de una manera segura y efectiva para responder ante emergencias y contingencias.
El Contratista informará mensualmente a El Comitente respecto del cumplimiento del
Proyecto de Capacitación, actividades cumplidas y programadas.
En su propuesta deberá incluir distintas formas de prevención y de ejecución.
Recibirá capacitación todo el personal en sus distintos niveles:
La planificación y ejecución del Programa de Capacitación para Contingencias será
responsabilidad conjunta de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo.
El Oferente, deberá incorporar en su oferta un Proyecto General de Capacitación Laboral
local ya regional, en función de sus demandas de Mano de Obra y de la Oferta Local y
Regional del área en la que se inserta la obra. El Contratista desarrollará dicho proyecto en
forma detallada, sometiéndolo a su aprobación por El Comitente.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El Proyecto General de Capacitación Laboral, deberá incluir Proyectos Específicos de
Capacitación según Puestos de Trabajo, en particular para aquellos que entrañen mayor riesgo
(conducción de vehículos y manejo de maquinarias; y zanjas; manejo de instalaciones
eléctricas; uso de elementos químicos, desmontes y deforestaciones, etc.), debiendo definir el
Responsable en Higiene y Seguridad de El Contratista, los puestos de trabajo de mayor riesgo
y presentar los Proyectos Específicos de Capacitación para su aprobación por la Inspección.
25.2.6.6. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes
El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Manejo de Residuos que
comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la
zona de localización de las obras, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del
Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación
vigente.
El Oferente deberá incorporar en su Oferta la planificación de los servicios y
prestaciones y un informe sobre las características de los mismos, acorde con la legislación
vigente y con las características de las obras principales y complementarias. A tal efecto
deberá adoptar las precauciones y prever la disponibilidad del equipamiento adecuado para la
recolección, almacenamiento y disposición final de los desechos, excedentes y desperdicios.
Los mismos comprenden la adecuada disposición de los materiales residuales
producidos durante la limpieza de los sitios de trabajo, los materiales excedentes de las
excavaciones y cualquier otro material desechable, excedente y desperdicios generados
durante las acciones de preparación y construcción de obra y del funcionamiento de
campamentos y obradores.
Involucran la localización e identificación adecuada de contenedores para almacenar
diferentes materiales de desecho, la recolección y disposición de residuos orgánicos, de
grasas, aceites, combustibles y el desarrollo de medidas y acciones para evitar los derrames,
pérdidas y la generación innecesaria de desperdicios.
Comprenden los lugares en que se emplazarán los vaciaderos.
El Contratista, al inicio de las obras, según frente de trabajo, deberá proceder a la
limpieza y acondicionamiento del sector afectado por las obras principales y
complementarias, de las áreas aledañas según requerimientos constructivos, sectores de
sistematización de desagües, accesos y otras áreas necesarias de afectar por requerimientos
constructivos. Previo a la puesta en marcha de las obras deberá proceder a la limpieza de los
residuos existentes Todos los residuos procedentes de las obras y limpiezas deberán estar
sujetos a un proceso de disposición final autorizado por la Autoridad de Aplicación y El
Comitente.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El Programa será de estricto cumplimiento para todos los subcontratistas.
El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la
Legislación vigente en la materia, según los diferentes tipos de residuos, y de las obligaciones
asumidas en su Oferta.
El Contratista deberá proveer un sistema adecuado de contenedores para el
almacenamiento transitorio de residuos sólidos contaminados, debiendo prever su retiro del
lugar de su instalación, con una periodicidad adecuada a cada circunstancia, debiendo cumplir
con las indicaciones de la Inspección.
El Contratista destinará un sector específico del obrador para la disposición transitoria
de los residuos peligrosos dentro del cual se ubicarán los contenedores especialmente
habilitados para tal fin, debidamente rotulados e identificados respecto al tipo de
contaminantes que poseen los residuos y los riesgos que implican. Dicho sector deberá
presentar carteles en los que se advierte el riesgo. Asimismo deberá disponer de piso de
cemento y un peralte lateral o muro de contención en todo su entorno que asegure la retención
del material dentro del sector, ante cualquier derrame.
El Contratista deberá realizar el transporte de los distintos residuos, en equipos
habilitados según la naturaleza de los residuos, en el marco de la legislación aplicable a esas
tareas y de los requerimientos específicos de la o las autoridades de aplicación.
La disposición final de los residuos peligrosos deberá efectuarse en lugares o plantas
de tratamiento expresamente autorizadas para tal fin, por la Autoridad de Aplicación que
corresponda.
Todo otro tipo de residuo sólido no contaminado, deberá ser convenientemente
recolectado y almacenado en un sistema de contenedores apropiados, con tapa hermética,
debiendo ser transportados por transportistas habilitados a tal fin, hasta las áreas aprobadas
por las autoridades locales para su disposición final.
El contratista deberá contar con la autorización previa de la Inspección para la
utilización de materiales productos de las excavaciones y limpieza que resulten aptos para ser
usados como rellenos demandados por la construcción de las obras.
En el caso de que se prevea el almacenamiento de combustibles y lubricantes
demandados por los equipos afectados a la construcción de la obra, dentro del sector de
obradores, los depósitos de combustibles y lubricantes deben cumplir con las reglas de
máxima seguridad, incluyendo un recinto de contención. La impermeabilización del piso y de
bordes es obligatoria, para evitar que cualquier derrame contamine el suelo. Las cañerías
deberán estar a la vista, protegidas del tránsito, evitando derrames subterráneos. Se dispondrá
en obra de tambores plásticos debidamente rotulados para almacenar trapos y estopas con
hidrocarburos. El almacenamiento de combustibles debe cumplir con la normativa vigente
provincial que fijen las normas de seguridad para estas instalaciones.
En el caso de que se prevea la provisión de combustibles y el cambio de lubricantes
demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, dentro del
sector de obradores, El Contratista deberá presentar un proyecto que comprenda los
mecanismos para la provisión y las instalaciones afectadas a tales fines, el que deberá ser
autorizado mediante aprobación explícita de la Inspección y, de requerirse, de los organismos
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Sección VI. Requisitos de las obras
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de aplicación. Deberá asegurar la disposición final de los lubricantes utilizados según la
normativa vigente.
En el caso que se prevea la provisión de combustible y el cambio de lubricantes
demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, por servicios
de terceros, el servicio pertinente deberá estar habilitado para la prestación de dichos
servicios, por la autoridad competente.
Para suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de
Vehículos, la acción inmediata es atender rápidamente el accidente para minimizar el vuelco
de hidrocarburos. En este sentido la acción prioritaria será interrumpir el vuelco evitando su
propagación y eventual afectación de suelos o cursos de agua.
Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos a
algún curso de agua, deberán implementarse barreras de contención de escurrimientos que
funcionen como ―trampas de fluidos‖.
Aplicar sobre los líquidos derramados material absorbente especial para
hidrocarburos. Este tipo de materiales deben estar almacenados en lugar seguro en el Obrador
durante el desarrollo de las tareas.
Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado) y
señalizado como sitio en ―recuperación ambiental‖ y aplicar en él técnicas de laboreo y
tecnologías de biorremediación. El sitio debe ser monitoreado bimensualmente, mediante
extracción de muestras para verificar el decaimiento en la concentración de hidrocarburos.
Una vez saneado definitivamente puede liberarse el sitio a sus usos originales.
Para todos los casos en que la legislación vigente exija la adopción de mecanismos de
transporte y de disposición final de residuos por operadores autorizados, El Contratista deberá
presentar a la Inspección, constancia del cumplimiento de la norma legal.
Todos los materiales procedentes de las excavaciones que no sean necesarios para
rellenos u otros fines, deberán llevarse a las zonas designadas como escombreras o a sitios de
disposición final a cargo del Contratista, quien deberá sometidas a la aprobación del
Comitente, Autoridades locales y competentes, siendo la tramitación y el logro de las
autorizaciones correspondientes de exclusiva responsabilidad del mismo. Deberá preverse
dentro del Programa de Capacitación del punto anterior, la capacitación general del Personal
sobre el manejo de residuos, y la capacitación específica según puesto de trabajo y residuos
específicos resultantes del desarrollo de su tarea.
El Contratista deberá tomar todas las medidas del caso para preservar las vías de
drenaje existentes, prevenir cualquier acumulación de agua objetable que resulte de la
formación de las escombreras y la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas
por residuos de distinto tipo.
El Contratista deberá tomar las medidas que se establezcan en los planos del Proyecto,
Especificaciones Particulares o en su proposición de escombrera, para la preservación de los
aspectos ambientales y ecológicos que pudieran alterarse.
25.2.6.7. Programa de Prevención de Emergencias Plan de Contingencias
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El Oferente deberá diseñar un Programa de Contingencias comprendiendo planes
particulares de Contingencias, según distintos riesgos, para la Etapa de Construcción de la
Obra, el que formará parte de la Propuesta Técnica de la Obra y de las Obligaciones a
cumplimentar bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de afectación directa,
incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá
cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá elaborar un Programa detallado y ajustado de prevención y de
actuación frente a Contingencias, en función de los lineamientos de la oferta. El programa
debe ser elevado para su aprobación por la Inspección, previo al inicio de las obras. Una vez
autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en
funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la construcción de la misma y ser
recibida en conformidad por el Comitente.
El Contratista deberá elaborar un Programa para la Etapa de Operación,
comprendiendo los diferentes planes específicos, programa que deberá formar parte del
Manual de Operación de la Obra a entregar como parte del proceso de Recepción de la Obra.
El Objetivo de dichos Programas es el de dar respuestas a Contingencias para cada
una de dichas Etapas.
Los Programas y sus Planes particulares se sustentarán en el análisis previo de los
distintos factores de riesgos que existan, tanto sean físicos, químicos o biológicos. También
se considerará la magnitud en que se presenten dichos riesgos.
El Contratista está obligado a denunciar, inmediatamente de conocido, todo accidente
de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes. La denuncia deberá
contener como mínimo los datos que a tal fin requiera la Superintendencia de Riesgos del
Trabajo.
25.2.6.8. Programa de Comunicación Social
El Oferente deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de Comunicación Social
que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa
responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El
Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente y con el
compromiso asumido en la Oferta.
El Objetivo del Programa será el de desarrollar formas eficaces y eficientes de
comunicación entre y con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades
Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con El Comitente, con los
Subcontratistas, con las Entidades Intermedias y Universidades, entre otros, respecto de los
planes y acciones previstas y desarrolladas durante la Etapa de Construcción.
En particular deberá desarrollar mecanismo de comunicación efectivo respecto a la
información sobre los impactos ambientales del Proyecto y las previsiones adoptadas, las
fuentes de trabajo para la construcción y operación de la obra, los propósitos de la obra, los
cursos de capacitación laboral, los planes de contingencia y todo otro efecto y actividad
relacionada con el medio ambiente de la obra.
El Contratista deberá relevar, en forma permanente, los temas relacionados con el Plan
de Manejo Ambiental que requieran difusión y un intercambio activo de opiniones o acciones
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con las Autoridades, Actores Sociales, Instituciones Intermedias, Universidades,
Organizaciones No Gubernamentales, Población afectada, El Comitente y Organizaciones o
personas involucradas. En particular deberá mantener actualizada la información del
desarrollo de los distintos Programas, para dar respuesta inmediata a todo tipo de consulta,
observaciones u objeciones, identificando los problemas y adoptando las acciones para su
solución
En el caso de que como resultado de procedimientos administrativos o judiciales,
petición de Autoridades, Organizaciones o personas, resulte necesario o conveniente, a juicio
de El Comitente, celebrar reuniones, seminarios, talleres u otra forma de comunicación y
discusión de la Obra, de carácter privado o público, incluidas las denominadas Audiencias
Públicas, El Contratista deberá preparar toda la documentación y prestar el apoyo técnico
necesario durante el desarrollo de las mismas. Para el caso de las Audiencias Públicas deberá
tomar como referencia las instrucciones que a sus efectos determinará El Comitente o los
Organismos de Aplicación.
El Programa de Comunicaciones será desarrollado por el Contratista y deberá ser
aprobado por el Comitente. Será implementado por el responsable de medio ambiente del
Contratista o por terceros calificados designados especialmente.
Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:
Colocar un cartel al frente de la obra indicando: Nombre del Proyecto, nombre del
Comitente, nombre del Contratista, sus direcciones y teléfonos.
Establecer un procedimiento de comunicación formal y documentado, que facilite la
comunicación con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus opiniones,
sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.
Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del proyecto
respecto de la obra y sus alternativas de ejecución, con el propósito de incorporar sus
observaciones al proceso de toma de decisiones y de esta manera minimizar el riesgo
de conflictos sociales.
Comunicar a las autoridades, vecinos, ocupantes de campos, empresas u organismos
que posean instalaciones próximas a la obra, con la suficiente anticipación a las obras
que se ejecutarán en los días subsiguientes.
Comunicar con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades pertinentes
aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con actividades de
terceros. La notificación podrá realizarse telefónicamente y registrarse en un libro
para su seguimiento.
Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del
avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.
25.2.6.9. Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigación
El Oferente deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de seguimiento de las
medidas de que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su
directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente y con
el compromiso asumido en la Oferta.
El Contratista deberá elaborar un Programa detallado y ajustado de seguimiento de las
medidas de mitigación. El programa debe ser elevado para su aprobación por la Inspección,
previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su
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Sección VI. Requisitos de las obras
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responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la
construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.
El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigación será instrumentado por el
Responsable de Medio Ambiente del Contratista o por terceros calificados designados
especialmente.
Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de
mitigación propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.
El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar el
cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas
propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al Comitente para su aprobación
los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo será en todo momento
minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.
El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al
intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran
enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de aquellos directamente involucrados y
de las autoridades.
El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente el grado de
cumplimiento de las Medidas de Mitigación aplicando listas de chequeo y emitirá un Informe
Ambiental Mensual. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los
ajustes necesarios. El responsable presentará su Informe Ambiental Mensual al Comitente
destacando la situación, las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de realización y las
metas logradas.
Finalizada la obra, el responsable emitirá un INFORME AMBIENTAL DE FINAL
DE OBRA donde consten las metas alcanzadas.
El cumplimiento de las Medidas de Mitigación por parte del Contratista será
condición necesaria para la aprobación de los certificados de obra. Debe ser puesta en
evidencia en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.
25.2.6.10. Programa de Control Ambiental de la Obra
El Oferente deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de de control ambiental
de la obra que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su
directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente y con
el compromiso asumido en la Oferta.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.
El Contratista deberá elaborar un Programa de Control Ambiental de la Obra detallado
y ajustado. El programa debe ser elevado para su aprobación por la Inspección, previo al
inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su
responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la
construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El programa de Control Ambiental de la Obra será instrumentado por el responsable
de medio ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.
Durante la etapa de construcción, este programa estará muy ligado al de verificación
de cumplimiento de las Medidas de Mitigación. Sin embargo su espectro de acción debe ser
más amplio para detectar eventuales conflictos ambientales eventualmente no percibidos en el
Estudio de Impacto Ambiental y aplicar las medidas correctivas pertinentes. En función de
los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según tecnología constructiva y
singularidades Empresarias.
En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo
Ambiental, durante al Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma sistemática las
conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental, incorporando los
resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus correspondientes
relevamientos en el ámbito físico del medio natural o en el medio socioeconómico
directamente involucrados con la Obra. Se confeccionarán listas de chequeo a partir del
Estudio de Impacto Ambiental elaborada, con posibilidad de incluir elementos ambientales
nuevos.
El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar la
situación ambiental del proyecto. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas para
mitigar los impactos negativos y proponer los cambios cuando lo considere necesario. El
objetivo será en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.
El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al
intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran
enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades.
El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente la situación ambiental
de la obra aplicando listas de chequeo y emitirá un INFORME AMBIENTAL MENSUAL de
situación.
En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los ajustes
necesarios. El responsable incluirá en su Informe Ambiental Mensual todos los resultados del
Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al Comitente para su aprobación,
los ajustes que crea oportuno realizar.
Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra los
resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las metas logradas.
25.2.6.11. Instalación de Campamentos
Previo a la instalación del/los campamento/s, el Contratista presentará para aprobación
de la Inspección, un croquis detallado, mostrando ubicación del/los campamento/s, sus partes
y los detalles necesarios. Además, deberá presentar un registro gráfico de la situación previa a
la obra, para asegurar su restitución plena.
En la construcción de campamentos se evitará realizar cortes de terreno, rellenos, y
remoción de vegetación. En lo posible las instalaciones serán prefabricadas. Por ningún
motivo se verterán aguas servidas en los cursos de agua o sobre terreno natural.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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No se arrojarán desperdicios sólidos de los campamentos a las corrientes de agua.
Estos se depositarán adecuadamente y se dispondrán conjuntamente con los de los
Municipios de la zona.
Para los residuos peligrosos incluidos en la Ley Provincial 1.135, de adhesión a la Ley
Nacional 24.051 rigen las normas sobre manipulación, transporte y disposición final
especificadas en dicha ley y en sus decretos reglamentarios.
Los campamentos contendrán equipos de extinción de incendios y un responsable con
material de primeros auxilios y cumplir con la Normativa sobre seguridad e higiene laboral.
Los campamentos deberán mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante
todo el desarrollo de la obra.
Los campamentos serán desmantelados una vez que cesen las obras, dejando el área
en perfectas condiciones e integrada al medio ambiente circundante. En el caso que sus
instalaciones pudieran ser donadas a las comunidades locales para beneficio común, como
para ser destinados a escuelas o centros de salud, el Contratista presentará para aprobación de
la Inspección el convenio de donación donde conste las condiciones en que se entregan las
instalaciones y la responsabilidad de su mantenimiento.
Los Campamentos y sus instalaciones, aprobados por la Inspección deberán
mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.
25.2.6.12. Ejecución y Movimiento de Suelo y Remoción de Cobertura Vegetal
El Contratista deberá controlar que las excavaciones, remoción de suelo y cobertura
vegetal que se realicen en el área de obrador, campamento, depósitos y zonas de acopio de
materiales e insumos, así como los sectores de emplazamiento de las obras civiles (paquete
estructural, alcantarillas y puente) sean las estrictamente necesarias para la instalación y
correcto funcionamiento de los mismos.
Deberán evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las mismas
producen daños al hábitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e incrementan procesos
erosivos, inestabilidad y escurrimiento superficial del suelo. Asimismo se afecta al paisaje
local en forma negativa.
Los trabajos de limpieza del terreno deberán llevarse al ancho mínimo compatible con
la construcción de la obra a fin de mantener la mayor superficie posible con la cubierta
vegetal existente. No se permitirá eliminar el producto no utilizable de estos trabajos por
medio de la acción del fuego.
En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optará por
realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remoción de suelo y cobertura
vegetal.
En la ejecución de los cortes del terreno y en los rellenos, las crestas deben ser
modeladas con el objeto de evitar terminaciones angulosas. Las cunetas, zanjas de guardia y
de desagüe y demás trabajos de drenaje, se ejecutarán con anterioridad a los demás trabajos
de movimiento de suelos o simultáneamente con estos, de manera de lograr que la ejecución
de excavaciones, la formación de terraplenes, tengan asegurado un desagüe correcto en todo
tiempo, a fin de protegerlos de la erosión.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El suelo o material sobrante de las excavaciones, se depositará en lugares previamente
aprobados por la Inspección. Cuando sea posible se evitará el depósito en pilas que excedan
los dos metros de altura. Dichas pilas deberán tener forma achatada para evitar la erosión y
deberán ser cubiertas con la tierra vegetal extraída antes de su disposición.
Los suelos vegetales que necesariamente serán removidos, deberán acumularse y
conservarse para ser utilizados posteriormente en la recomposición de la cobertura vegetal.
Toda biomasa no comercializada como madera, leña o arbustos, debe ser cortada,
desmenuzada y depositada en pilas en lugares expresamente autorizados por la Inspección.
En caso de vertidos accidentales, los suelos contaminados serán retirados y sustituidos
por otros de calidad y características similares. Los suelos retirados serán llevados a un
depósito controlado.
Se prohíbe el control químico de la vegetación con productos nocivos para el medio
ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control químico sobre la vegetación, todos
los productos que se utilicen deberán estar debidamente autorizados por el comitente y contar
con su hoja de seguridad en el frente de obra.
Se prohíbe el uso de defoliantes. En el caso de que fuera indispensable, se deben
utilizar sólo aquellos que no contengan dioxinas y que estén inscriptos en el Registro
Nacional de Terapéutica Vegetal publicado en el Manual de Procedimientos, Criterios y
Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios de la República Argentina del Instituto
Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal dependiente del SENASA.
La aplicación de estos productos estará a cargo de personal capacitado y entrenado y
previo a cada aplicación deberán ser notificadas las autoridades locales.
Para el transporte de suelos se recomienda la utilización de equipos adecuados y en
óptimo estado de funcionamiento, humedeciendo la carga, cuidando de enrasar la misma y, en
caso de ser necesario, cubrirla para el traslado de modo de evitar la diseminación de los
materiales transportados por voladura o vuelco, en las vías de transporte.
Con los materiales excavados que no fuesen utilizados para los propósitos
anteriormente especificados, se conformaran los terraplenes laterales de depósito, para su
posterior traslado. Los materiales desechables, excedente y/o desperdicios, debieran ser
retirados y volcados en depósitos destinados a tal efecto.
Se recomienda utilizar equipos adecuados para la excavación, conservándolo en
buenas condiciones.
25.2.6.13. Caminos Auxiliares y Estacionamientos
El Contratista previo a la iniciación de la obra, presentará a la Inspección para su
aprobación, los planos correspondientes a los desvíos o caminos auxiliares y áreas de
estacionamientos de equipos que utilizará durante la construcción. El Contratista deberá
proceder a una correcta señalización diurna y nocturna de estos desvíos transitorios de
manera de poder asegurar el tránsito en forma permanente y segura.
25.2.6.14. Erosión y Sedimentación
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El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de control de la Erosión
Eólica e Hídrica y de Protección de las Excavaciones en la zona de afectación directa de las
obras así como en los caminos de accesos necesarios para la construcción de las obras, que
comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa
responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.
El Contratista deberá ejercer la máxima precaución en la ejecución de las obras,
tendientes a controlar la erosión y minimizar la sedimentación.
El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras
dentro de la zona directamente afectada por las obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar
con el objeto de detectar la existencia de procesos erosivos actuales o la potencialidad de
ocurrencia de los mismos como resultado de las Obras. En particular deberá tomar especiales
precauciones en aquellas áreas con mayor susceptibilidad a este tipo de procesos en las que
deberá realizar un detallado estudio de la topografía, la geomorfología y los procesos
edáficos existentes en el terreno.
Las vías de concentración de escurrimientos y los focos de erosión hídrica y eólica
serán ubicadas en forma detallada con el objeto de ajustar las obras de drenaje de forma tal
que aseguren una eficaz conducción de los excedentes hídricos y permitan adoptar las
medidas de protección contra la erosión eólica, respectivamente.
En los sectores directamente afectados por razones constructivas de las obras,
susceptibles a procesos erosivos deberá de tratar de mantener la vegetación existente al
máximo posible, debiéndose asegurar la construcción e implementación de medidas tales
como protección de taludes, cárcavas, sectores con pendientes excesivas, sectores con suelos
sueltos, etc., antes de proceder a la remoción de la vegetación y movimiento de suelos
En los trabajos de excavación deberá adoptar las precauciones necesarias para evitar
derrumbamientos y erosiones, según la naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de
realización de las tareas. A tal fin y dentro del contexto de la Protección de las Excavaciones,
El Contratista proveerá y se hará responsable de todos los soportes temporarios y
permanentes de las excavaciones, durante todo el período que dure el Contrato y hasta la
finalización del plazo de garantía.
El producto de la excavación que no haya de retirarse inmediatamente, así como los
materiales que hayan de acopiarse y que sean susceptibles a voladuras por erosión eólica o a
erosión hídrica se apilarán a distancia suficiente del borde de la excavación con el fin de que
no constituyan una sobrecarga que pueda dar lugar a desprendimientos, deslizamiento o
aportes de material erosionado. En los casos que resulten necesarios serán protegidos
mediante métodos eficaces para evitar su dispersión y los daños a la obra, su personal, a
terceros o afectaciones a la Calidad del Aire que excedan la normativa aplicable al caso y a la
Calidad del Agua.
El Contratista inspeccionará los dispositivos de control de erosión y sedimentación
transitorias y permanentes para verificar deficiencias después de cada lluvia. Las deficiencias
serán corregidas de inmediato. La Inspección se reserva el derecho a tomar las medidas
apropiadas para exigir que el Contratista deje de trabajar en otras áreas y concentre sus
esfuerzos para rectificar las deficiencias especificadas dentro de 24 hs después de la
notificación.
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Sección VI. Requisitos de las obras
224
25.2.6.15. Control de Drenajes, Desagües y Anegamientos en Zona de Obra
El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Control de Drenajes,
Desagües y de los sectores que sufren procesos de anegamientos en la zona de localización de
las obras, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a desarrollar,
bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del
Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación
vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.
El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras,
trabajos de extracción de suelos de cualquier naturaleza, dentro de la zona de localización de
las obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar la existencia de
vías de drenajes, de desagües y de sectores sujetos a procesos de anegamientos actuales,
evaluando la potencialidad de afectación a las obras existentes y a construir, o al medio como
resultado de las tareas constructivas.
En todos los casos deberá mantener el correcto funcionamiento de los desagües
pluviales existentes, hasta que se encuentren terminados y en funcionamiento las nuevas
estructuras resultantes de las acciones de adecuación y sistematización de los desagües
pluviales.
En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor
presencia y/o susceptibilidad a este tipo de procesos en las que deberá realizar un detallado
estudio de la topografía, la geomorfología y los procesos edáficos existentes en el terreno, con
el objeto de proceder a confeccionar planos en los que se reflejen los procesos, actuales y
potenciales. Las vías de drenaje y las áreas anegables serán señaladas en forma detallada con
el objeto de ajustar las obras de forma tal que aseguren una eficaz captación y conducción de
los excedentes hídricos.
En los trabajos de excavación, en general, deberá adoptar las precauciones necesarias
para asegurar el desvío y conducción controlada de las aguas superficiales y subterráneas,
desaguar los excedentes de agua y mantener en seco las excavaciones, debiendo prever la
provisión y mantenimiento de las instalaciones de drenaje y de bombeo, que sean necesarias
para asegurar la estabilidad de los taludes, evitar derrumbamientos y erosiones, según la
naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de realización de las tareas.
Deberán extremarse las precauciones en los lugares en que las excavaciones se
encuentren aledañas a obras de infraestructura o edificaciones de cualquier tipo, incluyendo a
las propias de la obra en construcción.
El agotamiento del agua producida por lluvias, filtraciones u otros motivos se realizará
de forma tal que el personal pueda realizar la tarea en las mejores condiciones posibles,
incluyendo la iluminación y ventilación de los sitios de trabajo, en los casos que lo
demanden.
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Sección VI. Requisitos de las obras
225
25.2.6.16. Alerta Frente a Precipitaciones y Crecidas
El Oferente deberá incorporar en su oferta un Programa de Alerta frente a
precipitaciones y crecidas, que permita la aplicación de Planes de Contingencia ante la
ocurrencia de lluvias que provoquen crecidas en forma torrencial, que puedan afectar el
desarrollo de la Etapa Constructiva de las Obras. A tal fin deberá prever la adopción de un
sistema de alerta temprana, que evite riesgos sobre la vida humana, bienes y daños a las
obras.
Conjuntamente con este Programa de Alerta, deberá incorporar medidas de
prevención y actuación frente a situaciones de este tipo, dentro del Programa de
Contingencias.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en la oferta y actuar en
consecuencia bajo su entera responsabilidad.
25.2.6.17. Protección de la Vegetación y el Hábitat
El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Manejo de la Vegetación
y de la Fauna que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a
desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del
Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la
Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.
El Contratista deberá realizar los trabajos de limpieza y remoción de la vegetación, en
la zona de obra y de accesos, reduciendo las tareas a un mínimo compatible con los
requerimientos constructivos y los criterios establecidos en la presente especificación. No
podrá en ningún caso, operar equipamiento o remover vegetación fuera de la zona de obra
delimitada, sin contar con un permiso específico por parte del Propietario o de la autoridad
competente y la autorización de la Inspección de El Comitente.
El Contratista deberá atenuar y limitar los impactos ambientales vinculados con la
limpieza, el desmalezado y el desmonte, para disminuir el peligro de erosión del suelo, la
afectación del paisaje natural, las interferencias con la actividad económica del sitio y las
alteraciones en los hábitats naturales de la flora y de la fauna autóctona o adaptada.
A tal efecto El Contratista deberá:
Mantener al máximo posible la vegetación natural.
Utilizar maquinarias y equipamiento que minimice la perturbación del suelo, su
compactación y la pérdida de la cubierta vegetal.
Conservar la cubierta del suelo removida para su uso posterior y para la restauración
de los sitios afectados que lo demanden, en el caso de que resulte apta para tal fin.
En la limpieza de vegetación deberá adoptar medidas de seguridad para el derribo de
árboles, en el caso de que resulte indispensable por razones constructivas, y para el corte de
plantas, que puedan ser nocivos para el personal por contacto o por inhalación de los gases
producidos por la quema.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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Durante el desarrollo de todas las tareas, deberá adoptar medidas preventivas respecto
de mordeduras o picaduras de las alimañas existentes en el área de emplazamiento de la obra.
Deberá instrumentar los mecanismos de tratamiento en el lugar y las estrategias de derivación
del personal para el caso de accidentes por mordeduras o picaduras.
De resultar necesaria la limpieza de vegetación arbórea, todas las maquinarias que
realicen tareas de derribo de árboles deberán tener un techo protector resistente, que
resguarde al conductor de cualquier contingencia producida por las caídas de los troncos. Los
árboles a talar deben estar orientados, según su corte, para que caigan sobre la zona de
camino, evitando así que en su caída, deterioren la masa forestal restante.
No se permitirá en horarios nocturnos la realización de tareas operación de máquinas
para la limpieza de vegetación, si no es con la autorización expresa de La Inspección, con la
presencia de un responsable de las tareas y, con la provisión de un adecuado sistema de
iluminación, que evite potenciales daños sobre los operarios, personas, animales, patrimonio
cultural, obras de infraestructura o bienes de terceros.
El Contratista deberá prever el retiro y disposición final de los materiales provenientes
de la limpieza de vegetación. Los materiales serán propiedad de El Contratista, excepto en
aquellos casos en que los mismos sean reclamados como propiedad por terceros. El
Contratista deberá solicitar a La Inspección autorización para la entrega del material a
terceros, manteniendo El Contratista su responsabilidad por el destino o disposición final del
material.
El Contratista deberá cumplir con la restauración de los sitios según su propuesta.
El Contratista deberá solicitar autorización a La Inspección para proceder a quemar
aquellos productos no aprovechables de la limpieza de la vegetación. La autorización por
parte de La Inspección no elimina las responsabilidades de El Contratista en cuanto a la
disposición final de los residuos, por lo que ejercerá especial control frente a las posibilidades
de incendio del material vegetal dentro de las áreas de las Obras y desarrollará, bajo su entera
responsabilidad, los mecanismos previstos frente a contingencias por incendio, de producirse
hechos de esta naturaleza.
De resultar necesaria la utilización de herbicidas, por parte del Contratista deberá ser
efectuada mediante el empleo de productos adecuados, y con la utilización de técnicas de
aplicación y manipuleos de acuerdo a las normas ambientales y de higiene y seguridad que
correspondan. La disposición final de los recipientes que han contenido herbicidas, deberá
realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes y de
acuerdo a las normas vigentes. Para el uso de herbicidas El Contratista deberá contar con la
autorización previa de la Inspección.
El Contratista deberá incorporar en su oferta el desarrollo de un Proyecto de
Forestación Compensatoria a implantar
El Contratista deberá presentar al Comitente un proyecto Ejecutivo de Forestación
Compensatoria con la finalidad de mejorar las condiciones escénicas paisajísticas y de
adecuación ambiental de las obras, en particular de compensación por la vegetación afectada
por la construcción de las obras y de mejoramiento de las condiciones ambientales.
Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias
sobre la fauna y la flora; tampoco podrán colocar clavos en los árboles, cuerdas, cables o
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Sección VI. Requisitos de las obras
227
cadenas sin la protección adecuada; manipular combustibles, lubricantes o productos
químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, circular con maquinaria
fuera de los lugares previstos; cortar ramas y seccionar raíces importantes; dejar raíces sin
cubrir en zanjas y desmontes.
En el caso que resulte necesaria la utilización de biocidas, por parte del Contratista,
para las tareas de control de la fauna que por razones de salud, de seguridad, o constructivas
resulten indispensables, deberá ser efectuada mediante el empleo de productos adecuados, y
con la utilización de técnicas de aplicación y manipuleos de acuerdo a las normas ambientales
y de higiene y seguridad que correspondan. La disposición final de los recipientes que han
contenido biocidas, deberá realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o
contaminantes y de acuerdo a las normas vigentes. Para el uso de biocidas El Contratista
deberá contar con la autorización previa de la Inspección.
El Contratista deberá manejar a la Fauna existente dentro de zona de Obra, impidiendo
mediante mecanismos de control, que los propios trabajadores o terceros desarrollen
actividades que pudieran dañarla.
El Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los
incendios, evitando que los trabajadores enciendan fuegos no imprescindibles a las tareas
propias de la obra. El PMA identificará un responsable del manejo de equipos e instalaciones
de extinción de fuego, que en caso de ser necesario avisará con celeridad a la autoridad local
competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de los
incendios. Si por algún motivo debieran hacerse quemas, deberán contar en caso de necesidad
con la autorización de la autoridad competente.
Sé prohíbe estrictamente al personal de la Obra la portación y uso de armas de fuego
en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado para ello.
Quedan prohibidas las actividades de caza o la pesca en las áreas aledañas a la zona de
construcción, obradores, campamentos, así como la compra o trueque a lugareños de
animales silvestres (vivos, embalsamados, pieles, y otros subproductos), cualquiera sea su
objetivo.
En el caso de detectar nidales o madrigueras deberá implementarse (habiendo
notificado previamente a las autoridades locales) un rescate y desplazamiento a zona segura
de los individuos o nidos que podrían ser afectados. Esta tarea debe ser realizada por personal
especializado, con la anuencia de las autoridades locales
Para resguardar adecuadamente la fauna y sus hábitats durante el período de
construcción, las labores de desbroce se realizarán fuera de los periodos reproductivos de la
fauna.
25.2.6.18. Hallazgos Arqueológicos, Paleontológicos y de Minerales de Interés Científico
El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza de la vegetación y de
movimiento de tierras deberá revisar, el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar la
existencia de restos del patrimonio arqueológico, antropológico, paleontológico, histórico
cultural, cuya denuncia resulte obligatoria en el marco de la legislación vigente.
En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas propicias para
este tipo de hallazgo. A tal efecto deberá efectuar consultas por escrito, en forma permanente,
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Sección VI. Requisitos de las obras
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a la Autoridad Competente e Instituciones Oficiales y Privadas con capacidad técnica sobre la
materia, analizar las respuestas y documentaciones e incorporarlas en sus informes.
En el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento
indígena o de los primeros colonos, cementerios, reliquias, fósiles, meteoritos, u otros objetos
de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante la realización
de las obras, el Contratista tomará de inmediato medidas para suspender transitoriamente los
trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado perimetral para delimitar la zona
en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de evitar los posibles saqueos.
Dará aviso a la Inspección, la cual notificará de inmediato a la Autoridad Estatal a
cargo de la responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo. Quedará prohibida la
explotación de yacimientos de materiales para la construcción del camino en las
proximidades de yacimientos arqueológicos, paleontológicos o etnográficos.
25.2.6.19. Protección del Patrimonio Antropológico-Social de Lugar
El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Detección y Rescate del
Patrimonio Cultural que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a
desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del
Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la
normativa vigente.
Frente a la detección de restos de interés o hallazgo de materiales o piezas, El
Contratista deberá interrumpir, en el punto de hallazgo y su entorno inmediato, el desarrollo
de las tareas que pudieran dañar al material o dificultar su rescate y notificar, a la Inspección
y a la Autoridad Competente, tal circunstancia, hasta que la Autoridad y El Comitente
autoricen la continuación de las tareas, El Contratista deberá asegurar la protección de los
restos. El Contratista no podrá solicitar mayores costos ni ampliación de los plazos de entrega
de la Obra causados por hallazgos de material del patrimonio cultural protegido por la
legislación vigente.
El Contratista deberá informar a la Dirección de Patrimonio Cultural acerca de las
obras a realizarse en esta sección.
En el caso de fiestas populares y/o conmemoraciones religiosas, el Contratista evitará
cierres y/o clausuras en las calles o rutas en proximidad de las respectivas fechas, para no
entorpecer el desplazamiento de vehículos y personas.
De ser necesarios movimientos de estructuras de valor histórico o cultural deberán ser
discutidos o acordados con la población.
25.2.6.20. Control de Emisiones Gaseosas, Material Particulado y Ruidos y Vibraciones
El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Control de Ruidos,
Vibraciones y de la Contaminación del Aire en la zona de afectación directa de las obras,
yacimientos y caminos de acceso, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las
prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del
Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones
emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El Contratista, previo al inicio de las tareas de instalación del obrador y campamento,
de desmonte y de movimiento de suelos, accesos y sectores directamente afectados por las
obras, deberá revisar sus equipos móviles o fijos, para garantizar que los ruidos se ubiquen
dentro de los requerimientos de la normativa vigente, según el ámbito físico en el que se
desarrollen las obras.
Con la finalidad de brindar seguridad a los vehículos que circulan y de proteger el
hábitat en general, se deberá impedir la generación de nubes de polvo durante la etapa de
construcción. Estas tareas deberán ser evitadas en días muy ventosos.
Para ello el Contratista realizará el riego con agua con el caudal y la frecuencia que
sean necesarias para evitar el polvo en suspensión, en los lugares dónde haya receptores
sensibles y dónde indique la Inspección.
Durante la fase de construcción, el Contratista controlará las emisiones de polvo
procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones y otras instalaciones de obra.
Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas contra el polvo y los
camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos, deberán llevar su carga tapada
con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos. Asimismo controlará el correcto
estado de la maquinaria para evitar emisiones contaminantes superiores a las permitidas.
En los ambientes Periurbanos y Urbanos, deberá cumplimentar con la legislación
sobre Ruidos y Vibraciones aplicables a cada Jurisdicción en particular, debiendo extremar
las medidas para evitar la afectación de las personas y de la fauna. Si la Inspección Ambiental
lo considera conveniente, El Contratista deberá realizar la medición del nivel sonoro y de
vibraciones de todas sus maquinarias y vehículos de transporte, procediendo al análisis de
bandas de octavas, a los efectos de la evaluación de las frecuencias y constatación del
cumplimiento de las normas pertinentes.
El Contratista, de ser posible, establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos
de zonas pobladas y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de transporte
se reduzcan al mínimo. La Inspección se reserva el derecho a prohibir o restringir en ciertas
porciones del proyecto cualquier trabajo que produzca un ruido objetable en horas normales
de descanso, de 22 hs a 06 hs, o en los horarios establecidos por las ordenanzas locales.
Las vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por
el ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir molestias a los operarios, y
afectar apostaderos de aves y a la fauna terrestre cuando los trabajos se desarrollen cerca de
áreas sensibles. Por lo tanto, se deberá minimizar al máximo la generación de ruidos y
vibraciones de estos equipos, controlando los motores y el estado de los silenciadores.
Las tareas que produzcan altos niveles de ruidos, como el movimiento de camiones o
de hormigón elaborado, suelos de excavaciones, materiales, insumos y equipos; y los ruidos
producidos por la máquina de excavaciones (retroexcavadora), motoniveladora, pala
mecánica y la máquina compactadora en la zona de obra, ya sea por la elevada emisión de la
fuente o suma de efectos de diversas fuentes, deberán estar planeadas adecuadamente para
mitigar la emisión total lo máximo posible, de acuerdo al cronograma de la obra.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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Concretamente, la contratista evitará el uso de máquinas que producen niveles altos de
ruidos (martillo neumático, retroexcavadora, motoniveladora y máquina compactadora)
simultáneamente con la carga y transporte de camiones de los suelos extraídos, debiéndose
alternar dichas tareas dentro del área de trabajo.
No podrán ponerse en circulación simultáneamente más de tres camiones para el
transporte de suelos de excavación hacia el sitio de depósito y la máquina que distribuirá y
asentará los suelos en este sitio deberá trabajar en forma alternada con los camiones.
Si los equipos produjeran emisiones gaseosas o que los niveles de ruido de
maquinarias superen parámetros razonables que exceden la normativa vigente El Contratista
deberá adoptar las medidas necesarias para reducir la emisión de contaminantes, hasta
alcanzar los valores aceptables.
Se deberá verificar el correcto funcionamiento de los motores a explosión para evitar
desajustes en la combustión que pudieran producir emisiones de gases fuera de norma.
En particular se deberán tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor
concentración de personal y/o susceptibilidad de la fauna.
25.2.6.21. Control de la Correcta Gestión de los Efluentes Líquidos
El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión
de los efluentes líquidos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de
Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.
En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable
Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de las no
conformidades.
El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la generación de efluentes
líquidos durante la etapa de Montaje y Funcionamiento del Obrador y Campamento.
Los efluentes que se pudieran generar durante las distintas etapas de la obra, deberán
ser controlados de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos,
Emisiones y Efluentes.
Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el
almacenamiento seguro de los efluentes líquidos generados.
El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y
disponer los efluentes líquidos de acuerdo a las normas vigentes.
El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la
correcta gestión de los efluentes líquidos de la obra.
El Contratista será responsable de evitar el lavado o enjuague de maquinarias y
equipos que pueda producir escurrimientos y/o derrames de contaminantes.
25.2.6.22. Control de la Correcta Gestión de los Residuos Tipo Sólido Urbano y
Peligrosos
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Sección VI. Requisitos de las obras
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El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión
de residuos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de Manejo de
Residuos, Emisiones y Efluentes.
En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable
Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de las no
conformidades.
El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la incorporación de residuos
y su posible dispersión por el viento.
Recoger los sobrantes diarios, hormigón, maderas y plásticos de manera de hacer un
desarrollo y finalización de obra prolijo.
Los residuos y sobrantes de material que se producirán en el obrador y campamento, y
durante la demolición de las estructuras existentes y la construcción del paquete estructural,
obras civiles (alcantarillas, pilas y estribos) y complementarias (defensas, refugios, cerco
perimetral, iluminación, semaforización, forestación, etc.), deberán ser controlados y
determinarse su disposición final de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de
Residuos de la obra.
Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el
almacenamiento seguro de los residuos producidos.
El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y
disponer los residuos generados de acuerdo a las normas vigentes.
El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la
correcta gestión de los residuos de la obra.
25.2.6.23. Control del Acopio y Utilización de Materiales e Insumos
Durante todo el desarrollo de la obra el contratista deberá controlar los sitios de acopio
y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos como productos
químicos, pinturas y lubricantes, en el obrador, campamento y depósito de materiales, a los
efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental. Este control debe incluir la
capacitación del personal responsable de estos productos en el frente de obra.
El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos
anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además los últimos se acopien
en recintos protegidos del sol y cercados (con restricciones de acceso) y piso impermeable (o
recipientes colocados sobre bateas).
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Sección VI. Requisitos de las obras
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Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad en
un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las medidas de
prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones a desarrollar en caso de
accidente a las personas o al medio ambiente.
25.2.6.24. Programa de Protección, Señalización y Acondicionamiento de la Obra y
Accesos
El Oferente deberá incluir en su oferta los lineamientos de un Programa de Protección
y señalización de la Obra, tanto durante el período diurno como nocturno, que comprenda
vallados efectivos, señalizaciones de precaución y medios de mantenimiento y control
permanente para evitar daños e inconvenientes a las personas, actividades y bienes,
incorporando los costos dentro del precio total de la obra.
El contratista deberá cumplir con sus obligaciones siendo el único responsable de los
accidentes, daños y afectaciones durante el desarrollo de la obra, debiendo asumir bajo su
responsabilidad y costo, la solución inmediata del problema y afrontar los costos de los daños
que se generen.
El Contratista habilitará la señalización necesaria y accesos seguros para la
maquinaria de obra y camiones de modo que produzca las mínimas molestias al tránsito
habitual como a las viviendas e instalaciones próximas.
El Contratista será responsable de preservar la circulación, estableciendo y haciéndose
cargo de los costos respectivos, incluyendo el mantenimiento de los medios alternativos de
paso, con el fin de no interrumpir el acceso a las propiedades.
El Contratista deberá mantener los accesos dando prioridad al uso de los existentes.
De no ser posible se construirán nuevos accesos, con el acuerdo del responsable del predio o
propiedad y/o de la autoridad competente.
La señalización de riesgo de la obra debe implementarse de acuerdo con el estado
actual del arte en señaléctica de seguridad con el objeto de minimizar los riesgos hacia la
población en general.
Durante toda la construcción del proyecto el contratista dispondrá los medios
necesarios para lograr una correcta señalización de los frentes de obra, especialmente en las
áreas de obrador, campamento y depósito de materiales, muy especialmente en las
proximidades de la zonas urbanas de los barrios San Miguel, Las Delicias, San Agustín,
Militar, Stella Maris, El Palomar y Eva Perón.
La señalización de riesgo será permanente, incluyendo vallados, carteles indicadores y
señales luminosas cuando correspondan.
El Contratista estará obligado a colocar una señalización que resulte visible durante
las horas diurnas y nocturnas mediante la colocación de las señales lumínicas pertinentes.
25.2.6.25. Control de Vehículos, Equipos y Maquinaria Pesada
El Contratista deberá controlar el correcto estado de mantenimiento y funcionamiento
del parque automotor, equipos y maquinarias pesadas, tanto PROPIO como de los
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Sección VI. Requisitos de las obras
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SUBCONTRATISTAS, así como verificar el estricto cumplimiento de las normas de tránsito
vigentes, en particular la velocidad de desplazamiento de los vehículos.
El contratista deberá elaborar manuales para la operación segura de los diferentes
equipos y máquinas que se utilicen en labores de excavación y el operador estará obligado a
utilizarlos y manejarse en forma segura y correcta.
Los equipos pesados para el cargue y descargue deberán contar con alarmas acústicas
y ópticas, para operaciones de retroceso. En las cabinas de los equipos no deberán viajar ni
permanecer personas diferentes al operador, salvo que lo autorice el encargado de seguridad.
Se deberá prestar especial atención a los horarios de trabajo de la máquina
compactadora o rodillo pata de cabra, en el período de compactación del terreno, con el
objetivo de no entorpecer la circulación de vehículos sobre la zona de proyecto, en las
inmediaciones del obrador, campamento y en las áreas pobladas e intentando alterar lo menos
posible la calidad de vida de los habitantes de los barrios residenciales San Miguel, Militar,
Las Delicias, Stella Maris, El Palomar, San Agustín y Eva Perón.
El contratista deberá realizar un plan o cronograma de tareas (montaje de puente,
paquete estructural y obras complementarias) con el fin de obstaculizar lo menos posible el
tránsito local.
Esta medida tiene por finalidad prevenir accidentes hacia las personas, que circulan
por la zona de proyecto, y operarios de los equipos y maquinarias pesadas, especialmente en
la zona de obra y de esta manera minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de
incidentes. Así como prevenir daños a la fauna silvestre.
25.2.6.26. Atenuación de las Afectaciones a los Servicios Públicos e Infraestructura
Sociales durante la Obra
El Oferente deberá incluir en su oferta los lineamientos de un Programa de
Atenuación de las afectaciones a los Servicios Públicos e infraestructura social afectada
durante la construcción de las Obras, incluyendo aquella resultante del desplazamiento o
transporte de maquinarias y equipos afectados a la construcción, incorporando los costos de
las afectaciones dentro del precio total de la obra.
El Contratista deberá identificar toda Obra de Infraestructura y de Servicios Públicos,
factible de ser afectada, comprendiendo las tareas necesarias para la construcción de las obras
y las actividades de transporte de insumos o de movimiento de equipos y maquinarias que
pudieran generar el deterioro de la infraestructura o limitaciones en la prestación de los
servicios.
El Contratista deberá mantener permanentemente en servicio toda la infraestructura
afectada por las obras y actividades conexas con la construcción, comprendiendo aquella
emplazada sobre el espacio aéreo, sobre la superficie o soterrada.
El Contratista deberá efectuar los trámites para lograr la autorización por parte de los
propietarios o responsables de los servicios e infraestructura que serán afectadas y/o, de la
autoridad de aplicación, y asumir los gastos, por pérdidas en la prestación de los servicios y
por restitución de la infraestructura afectada. Asimismo, deberá coordinar con los organismos
públicos o privados prestatarios de los servicios o responsables de la infraestructura y con las
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Sección VI. Requisitos de las obras
234
autoridades de control pertinentes, las medidas y acciones a encarar, para mantener el servicio
y restaurar las afectaciones, efectuando los trabajos a entera satisfacción de los mismos.
Para el caso de los caminos de uso público en las inmediaciones de la avenida, El
Contratista deberá coordinar el desarrollo de las obras, evitando interrumpir la circulación
pública, ya sea de vehículos o de personas. De resultar necesario cortar, cerrar u obstruir vías
de comunicación de uso público, deberá establecer y hacerse cargo de los costos y
responsabilidades de mantenimiento de los medios alternativos de paso para evitar
inconvenientes en la circulación del tránsito.
Los medios alternativos de tránsito deberán cumplir con condiciones para el tránsito,
similares a las existentes en la vía de comunicación afectada, aún frente a situaciones de
circulación intensiva, de cargas pesadas o voluminosas o de condiciones meteorológicas
adversas.
El Contratista será el directo y único responsable de la correcta protección y
señalización en las zonas de afectación de la infraestructura, debiendo colocar vallados
efectivos y señalizaciones de precaución, que funcionen correctamente frente a cualquier
situación meteorológica, de día y de noche, debiendo mantener permanentemente el sistema
en correcto estado de funcionamiento.
Ante la posibilidad de provocar daños o inconvenientes a la infraestructura y servicios
públicos, prestado por el estado o privados, se deberán suspender los trabajos o actividades
hasta haber tomado los recaudos necesarios para su protección y obtenido la autorización
aplicable en cada caso.
El Contratista será el único responsable por los accidentes, daños y limitaciones o
inconvenientes que se produzcan por afectaciones en los servicios e infraestructura, durante el
desarrollo de la obra, debiendo asumir a su exclusivo cargo la solución inmediata del
problema.
25.2.6.27. Desocupación del Sitio – Fase de Abandono
El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Retiro de la Contratista al
Finalizar la Construcción de la Obra, comprendiendo el levantamiento de obrador y, de
existir, campamento y comedor, la adecuación del paisaje en la zona de obra, el saneamiento
y/o remediación de las áreas contaminadas por actividades de las obras, la disposición final
de residuos, el traslado de los materiales reciclables, las maquinarias y equipamientos
utilizados en la construcción, la restauración de los accesos transitorios, las restauración de
los sitios afectados por socavación, perforaciones, etc. señalando los servicios y las
prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del
Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones
emergentes de la Legislación vigente.
El Contratista deberá cumplir con lo establecido en la Oferta.
Solo podrán permanecer los elementos que signifiquen una mejora, o tengan un uso
posterior claro, determinado y beneficioso para la comunidad. Se deberá contar con la
solicitud expresa del Propietario del terreno particular donde se instalarán las mejoras y la
autorización fehaciente de la Inspección
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SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
235
25.2.6.28. Plan de Manejo Ambiental Específico de Mantenimiento y Operación
En función de los resultados del Ajuste del Estudio de Impacto Ambiental y de los
Indicadores del Plan de Manejo Ambiental, El Contratista deberá elaborar un Manual de
Gestión Ambiental, comprendiendo los Programas y Acciones a desarrollarse durante la
Operación de la Obra, para la correcta Vigilancia y Monitoreo Ambiental del funcionamiento
y mantenimiento ambiental de la misma durante su vida útil.
25.2.6.29. Medición y Forma de Pago
El Contratista no recibirá pago directo alguno por el cumplimiento de la presente
especificación. El costo que demande el cumplimiento de la misma, se deberá incluir en los
distintos ítems de la obra. Se deja expresa constancia que toda disposición contenida en la
presente documentación que se oponga a lo antes expresado queda anulada.
25.2.6.30. Penalidades
En el caso que El Contratista no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en
estas Especificaciones será advertido la primera vez mediante Orden de Servicio por la
Inspección, la que dará un plazo para su corrección. Si el contratista no cumple con lo
solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección se
aplicara la multa correspondiente a incumplimiento de Ordenes de Servicio.
No se realizará la Recepción provisional de la Obra hasta tanto no se hayan ejecutado
a satisfacción de la Inspección, los trabajos de limpieza, revegetación y restauración de las
zonas de préstamo y conforme a lo indicado en esta Especificación.
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
236
Especificaciones Técnicas Complementarias
De acuerdo a los siguientes puntos:
1. Colocación de letreros de obra y en los vehículos y maquinas del contratista.
2. Equipo mínimo exigido.
3. Señalamiento de obras en construcción.
4. Condiciones de seguridad en la obra.
5. Conformación de Cunetas.
6. Materiales: Origen y calidad.
7. Conservación durante el plazo de garantía
8. Pintura Epoxi
Estos puntos se detallan a continuación en los artículos siguientes:
ARTÍCULO 1 – COLOCACIÓN DE LETREROS DE OBRA Y EN LOS VEHÍCULOS Y
MAQUINAS DEL CONTRATISTA. a) El Contratista deberá proveer y colocar en los extremos de esta obra, dos (2) Carteles de
6,00 m. de largo por 3,00 m. de alto, que deberán responder a las características indicadas en
el plano tipo Nº 812.
Plazo de colocación: dentro de los 10 (diez) días corridos contados a partir de la firma del
contrato.
b).- El Contratista deberá proveer y colocar letrero en obrador: según plano tipo N° 811-b,
colocado al inicio de los trabajos.
c.-) Todos los vehículos y equipos de la contratista ó al servicio de ésta, deberán estar
identificados con el logo ó nombre de la empresa, en lugar visible, aprobado por la
Inspección de Obra.
El costo de provisión, colocación, conservación y todo otro gasto originado por la colocación
de los letreros indicados se considerará incluido en el ítem Movilización de Obra.
ESPECIFICACIONES: Se requiere para la obra vial cartelería con importante impacto
visual, que incluya imágenes fotográficas impresas, las que serán indicadas por la Repartición
con la debida anticipación.
1- Cartel de 18 m2 (6m x 3m):
Gigantografía impresa en gran tamaño, a todo color, con tintas al solvente sobre lona de alta
durabilidad para exteriores (no con vinilo autoadhesivo).
La lona será tensada sobre un bastidor nervado, reforzado con caño estructural en la periferia
(de al menos 80x40mm), con 2 nervaduras horizontales (de al menos 80x40mm) y 5
nervaduras verticales (de al menos 30x20mm), con chapa galvanizada del 27 sirviendo de
respaldo a la lona impresa.
2- Sistema de torres soporte.
Dos torres reticuladas, con sección 18x 25cm; altura mínima de 4m sobre nivel de piso,
siendo insertadas en el suelo 1m mínimo, en base de hormigón de piedra.
Las torres serán construidas con hierro torsionado:
4 Ø 12 para nervaduras principales
Ø 8 para dos reticulados de lado 25cm (perpendiculares al plano del cartel)
Ø 6 para dos reticulados de lado 18cm (paralelos al plano del cartel).
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
237
Cada torre debe tener un soporte trasero construido de la misma forma que la torre, a modo de
contrapunto y con un ángulo inferior a 45º. El punto de unión superior de este contrapunto
con la torre no debe alejarse más de 1m del borde superior del cartel.
3- Herrería.
Sistema completo de herrajes para torre y ajuste del bastidor.
El sistema de ajuste del bastidor debe ser el utilizado para la sujeción de estructuras livianas,
con ganchos de ajuste ―J‖ de alta resistencia.
El cartel se montará con toda la herrería necesaria; se respetarán los planos y/o indicaciones
de colocación del proveedor y el plano de emplazamiento.
ARTÍCULO 2 – EQUIPO MÍNIMO EXIGIDO El equipamiento mínimo a incorporar y
afectar con exclusividad a la obra licitada, que para esta obra debe considerarse, es el
siguiente:
2 (dos) Camionetas 140 HP MÍN.
8 (ocho) Camiones volcadores 165 HP MÍN.
2 (dos) Cargadores frontales 140 HP MÍN.
2 (dos) Tractores Neumáticos 110 HP MÍN.
3 (tres) Motoniveladoras 120 HP MÍN.
2 (dos) Camiones regadores de agua 140 HP MÍN.
1 (un) Rastra de discos semipesada
1 (un) Rodillo pata de cabra doble ó
1 (un) Rodillo pata de cabra autopropulsado 115 HP MÍN.
1 (un) Rodillo vibrante autopropulsado 120 HP MÍN.
1 (un) Rodillo neumático autopropulsado 110 HP MÍN.
2 (dos) Depósitos de Hormigón
1(un) Planta dosificadora p/hormigón 70 HP MÍN.
2(dos) Retroexcavadora cargadora 80 HP MÍN.
2(dos) Excavadora 145 HP MÍN.
1(un) Grupo electrógeno.
2(dos) Hormigoneras de 240 litros
2(dos) Vibradores de inmersión
1(un) Aserradora de Juntas
1(un) Sellador de juntas
En el caso que el oferente no disponga de la totalidad de los equipos detallados
precedentemente, podrá presentar un contrato de asociación temporal con un Subcontratista
que ponga a su libre disposición el equipo faltante.
Los equipos propuestos serán verificados y su existencia, disponibilidad y estado serán
factores determinantes para la adjudicación de las obras.
Es responsabilidad del Contratista aportar este equipamiento y todo otro que fuera necesario
para cumplimentar el Contrato dentro de los plazos previstos.
ARTÍCULO 3 – SEÑALAMIENTO DE OBRAS EN CONSTRUCCIÓN
DESCRIPCIÓN
Deberá responder a lo prescripto en la Ley 24.449 – Anexo L: Sistema Uniforme de
Señalización Vial - Capitulo VIII. Ley de adhesión Nº 6283/96.
Con el propósito de garantizar la seguridad de los usuarios en la ruta, terceros y personal
afectado a la obra, el Contratista deberá disponer bajo su exclusiva responsabilidad, el
señalamiento adecuado en las zonas en que debido a los trabajos realizados y/o ejecutados o
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Sección VI. Requisitos de las obras
238
por causas imputables a la obra, se originen situaciones de riesgo tales como: estrechamiento
de calzada, desvíos provisorios, banquinas sueltas o descalzadas, excavaciones o cunetas
profundas, desniveles en el pavimento o entre trochas adyacentes, riego con material
bituminoso, voladuras, máquinas u obreros trabajando, etc.-
Los dispositivos y elementos a emplear y el esquema de ubicación de los mismos en el lugar
deberán responder a las características y formas específicas. En todos los casos el Contratista
podrá incorporar dispositivos o elementos de tecnología superior u otros esquemas de
señalamiento para aumentar o brindar las condiciones de seguridad que requiera cada caso.-
DISPOSITIVOS Y ELEMENTOS
CARTELES
Las señales preventivas y reglamentarias serán de las medidas normalizadas. Los colores y
símbolos serán:
PREVENTIVAS E INFORMACION ESPECIAL: Fondo Naranja y símbolos Negros o
Blancos.-
REGLAMENTARIAS: Fondo Blanco letras y símbolos Rojo y Negro.-
En todo los casos se utilizarán láminas reflectivas de alto índice (tipo alta intensidad o tipo
grado diamante) y chapas de aluminio (de 3 mm de espesor) o hierro galvanizado (de 2 mm
de espesor).-
Los carteles estarán provistos de sostenes móviles o fijos según el uso que deba darse a los
mismos, debiendo presentar su borde inferior una altura de 1.30 m respecto de la cota del eje
de la calzada.-
Las señales deberán mantenerse visibles, limpias, reflectantes y emplazadas en los lugares
previstos en el esquema aprobado durante el tiempo en que su mensaje sea necesario para el
fin propuesto.-
DISPOSITIVOS DE CANALIZACIÓN
Vallas
Este dispositivo se utiliza para indicar una variación en la dirección del tránsito motivada por
la presencia de un riesgo en la calzada.
Las barreras serán de tres tipos Tipo ―I‖, Tipo ―II‖, y Tipo ―III‖ según las características en la
tabla siguiente:
TIPOS DE BARRERAS
CARACTERISTICAS I II III
Ancho de barrera 0,2 m .min 0,2 m.min. 0,2 m.min.
Largo de la barrera 1,5 a 2 m. 1,5 a 2m. 1,5 m.min. máx. variable
Ancho de las franjas 0,15 m. 0,15 m. 0,15m
Altura 0,70m.min. 0,7m.min. 0,7m.min.
Tipo de instalación Desmontable Desmontable Desm. o Fija
Flexibilidad Portátil Portátil Permanente
Las franjas de las barreras serán alternadamente blancas y naranja con una inclinación de 45
grados.-
Las vallas Tipo ―II‖ y ―III‖ podrán modificarse en el caso de indicar desvíos reemplazando
las bandas de la primera placa por una flecha de color blanco con la dirección del mismo.-
Las franjas deberán ser reflectantes y visibles en condiciones atmosféricas normales, a una
distancia mínima de 300 m cuando se iluminen con las luces altas de un vehículo normal. Los
soportes y el reverso de la barrera serán de color blanco.-
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
239
Conos
Son dispositivos fabricados con diversos materiales que permitan soportar el impacto sin que
se dañen ni produzcan daños al ser embestidos por los vehículos. Se emplean en general en
los casos en los cuales el reducido tiempo de duración de las tareas y el peligro que estas
traen aparejadas no justifique la instalación de barreras. La altura de estos elementos será
como mínimo 0,50m. con la base más ancha para asegurar una adecuada sustentación. Se
emplearán conos de mayor tamaño cuando el volumen del tránsito, seguridad u otros factores
lo requieran. Los conos serán de color naranja y para permitir su visualización nocturna
estarán provistos de un elemento reflectivo color blanco o bien ser reflectante en toda su
superficie.
La separación entre los dispositivos de canalización debe ser como máximo en metros el 20%
de la velocidad expresada en km./h.-
Tambores
Podrán ser tambores vacíos de aceite o combustible que presentan la ventaja de su mayor
visibilidad. Deberán ser pintados de color naranja para su visualización nocturna y deberán
tener aplicadas tres bandas de material reflectante blanco de 0,15m. de ancho separadas 0,20
m. unas de otras.
Barreras Portátiles de Hormigón
Este tipo de dispositivo se utilizará para canalizar el tránsito en obras de larga duración y/o
alto volumen de tránsito. Estas barreras consistirán en secciones premoldeadas o módulos de
hormigón que contendrán elementos embutidos para su interconexión. Estarán pintadas de
blanco con elementos reflectivos o luminosos para su visualización nocturna.-
Los extremos de la barrera deberán estar protegidos con amortiguadores de impacto
debidamente señalizados con la antelación suficiente o alejados del carril de circulación.
Deberá demarcarse la calzada con una línea continua de color blanco reflectivo adyacente a la
base de la barrera.
DISPOSITIVOS LUMINOSOS
Reflectores
Cuando se deban realizar trabajos nocturnos, la zona donde se ejecuten los mismos deberán
estar convenientemente iluminada mediante el empleo de reflectores Las unidades de
iluminación se deberán colocar de forma tal que no produzcan deslumbramiento a los
conductores de vehículos y permitan una correcta iluminación de la zona de trabajo. Los
artefactos deberán estar montados sobre columnas las cuales serán fácilmente transportables.
El nivel lumínico para áreas de trabajo será de 20 a 24 lux.-
Lámparas de Encendido Continuo
Están constituido por una larga serie de lámparas protegidas por dispositivos translúcidos de
color rojo que se emplea para indicar obstrucciones , peligros o delinear la calzada o una zona
en construcción.-
Luces Intermitentes Eléctricas y/o Fotovoltaicas.
Las luces de identificación de peligro son tipo intermitente con una luz amarilla con una lente
mínima de 0,20 de diámetro .Las mismas podrán operar durante las 24 hs del día
unitariamente o en grupos.-
Luces de Advertencia en Barreras
Son luces portátiles con lentes dirigidas de color amarillo que constituyen una unidad de
iluminación. Se pueden utilizar en forma continua o intermitente y deberán estar en
concordancia con los requerimientos señalados en la tabla siguiente:
Tipo A Tipo B Tipo C
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
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Baja Intensidad Baja Intensidad Luz Permanente
Caras de lentes 1 ó 2 1 1ó 2
Intermitencias / min.
constante
55 a 75 55 a 75
Duración de la
constante
10% 8%
Intermitencia
Intensidad mín.
efectiva
40candelas 35 candelas
Potencia mín. rayo
2 candelas
Horas de operación Del atardecer al
amanecer
24 h/día Del atardecer al
amanecer
El tiempo de duración de la intensidad instantánea es igual o mayor que la intensidad
efectiva.-
Estos valores deben mantenerse dentro de un ángulo sólido de 2 x 9 grados en el plano
vertical y 2 x 5 grados en el plano horizontal.
Candela: Unidad de intensidad de iluminación.-
Las luces de advertencia intermitentes de baja intensidad Tipo ―A‖ se instalarán comúnmente
en barreras Tipo ―I‖ y ―II‖, tambores, paneles verticales o señales de prevención. Las luces de
advertencia Tipo ― B‖ de alta intensidad se instalan normalmente en dispositivos de
prevención o soporte independiente Cuando existen condiciones extremadamente peligrosas
dentro del área de trabajo es necesario colocar las luces sobre barreras Tipo ―I‖ u otro
soporten. Estas luces son necesarias durante el día y la noche por lo que deben utilizarse las
24 horas. Las luces de encendido eléctrico continuo de Tipo ―C‖ se usarán para delinear el
borde de la calzada, curvas de desvío, cambios de carril, cierres de carril u otras condiciones
similares.-
8.4.2.3.5. El Contratista deberá prever la alimentación de todos los dispositivos luminosos
durante los períodos de operación establecidos, pudiendo ser alimentación de red, grupos
generadores, baterías, paneles solares, etc.-
8.4.2.3.6. Quedan prohibido la utilización de dispositivos a combustible de cualquier tipo.-
CONTROL DE TRÁNSITO EN ÁREAS DE TRABAJO.
Descripción
En cada zona de trabajo deberá utilizarse un esquema de control de tránsito el que estará
integrado por las áreas que a continuación se detallan las que se ilustran en la figura N°11.
Con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles a la iniciación de los trabajos, el
Contratista está obligado a elevar a la Inspección de Obra para su aprobación, un esquema de
―señalamiento de obra en construcción‖.-
Área Adelantada de Precaución
Marca el inicio de la zona de tránsito controlado, su longitud desde la primera señal hasta el
comienzo del área de transición será como mínimo de 450 m. La primera señal será un cartel
que indicará el inconveniente a atravesar y la distancia al mismo (desvío, calzada reducida ,
estrechamiento de carril , etc.).En la parte superior se dispondrá una baliza Tipo ―B‖ Dentro
de esta área se colocarán más carteles de las mismas características del anterior indicando
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
241
además velocidades máximas. Las que serán establecidas en base a las características del
lugar.-
Áreas de Transición.
En esta zona se canaliza el tránsito que circula por el carril clausurado hacia el provisorio La
longitud (L) de la citada área estará dada por la siguiente expresión:
L = 0,6 AV para velocidad de 70 km/h o mayores
L = AV2 para velocidades de 65 km/h o menores
Donde:
L = Longitud mínima en metros del estrechamiento.-V = Velocidad máxima permitida en el
camino antes de las obras, en km/h o velocidad del percentil 85.-A = Reducción del ancho en
metros.
El número de elementos canalizadores será función de la longitud de la transición y del
elemento que se utilice. La inspección de Obra podrá exigir la colocación de balizas Tipo ―A‖
sobre los elementos canalizadores.
Áreas de Prevención
Es una zona libre de obstáculos que se deben dejar entre el área de transición y el área de
trabajo. Tendrá la misma longitud del área de transición e igual cantidad de dispositivos de
canalización.
Área de Trabajo
Se trata de la zona en la que se desarrollarán las tareas previstas. No se permitirán áreas de
trabajo con longitudes mayores de 200 m. salvo autorización por escrito de la Inspección de
Obra. A lo largo del área de trabajo se continuará con el emplazamiento de los dispositivos de
canalización.
Área Final
Área donde finaliza la zona de tránsito controlado a partir de la cual los conductores retoman
la circulación normal. Para señalizar esta zona se colocará como mínimo un cartel que
indique ―FIN ZONA DE OBRA‖. Además para canalizar el tránsito hacia el carril
correspondiente se marcará una transición cuya longitud y cantidad de dispositivos se
indicará en el esquema.-
Esquema de Señalización y Canalización
Los esquemas se elaborarán en base a los lineamientos enunciados en la normativa vigente
citada anterioremte.
Control de Tránsito en Sectores con un solo Carril de Uso
Cuando el tránsito en ambos sentidos, debe por una distancia limitada utilizar un solo carril se
tomarán las precauciones necesarias para que el paso de los vehículos sea alternado. Los
controles en cada extremo del tramo deben determinarse en forma tal que permitan la fácil
circulación de filas opuestas de vehículos. La regulación del tránsito alternado se realizará a
través de semáforos y banderilleros.-
Semáforos
Se usan preferentemente para regular la circulación de los vehículos en tramos de un solo
carril que por su extensión, condiciones de la ruta u otro motivo no permitan el contacto
visual de los extremos del sector a controlar. Los semáforos deben estar compuestos por tres
lentes circulares con un diámetro no menor de 20 cm. de color rojo, amarillo y verde de arriba
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
242
hacia abajo, deberán estar ubicados sobre una base móvil a una altura no menor de 2,50 m ni
mayor de 4,50 m. desde la calzada a su parte inferior.-
Banderilleros
Para controlar la zona con un solo carril se podrán emplear dos banderilleros ubicados en
ambos extremos los que controlarán el sentido de circulación mediante testigos entregados a
los conductores o comunicándose mediante equipos de radio receptores.-
Dispositivos Manuales de Señalización
Para controlar el tránsito en áreas de trabajo se utilizarán además una serie de dispositivos
manuales de señalización, tales como banderas rojas o paletas con mensajes ―PARE‖ y
―DESPACIO‖. Estos dispositivos se utilizarán durante las horas del día teniendo las banderas
un mínimo de 0,60 m x 0,60m de color rojo asegurado en un asta de 0,90 m. de color blanco;
las paletas tendrán un mínimo de 0,45 m. de ancho con letras de por lo menos 0,15m. de alto
.El fondo de la paleta ―PARE‖ será rojo con letras y borde blanco y la paleta ―DESPACIO‖
será anaranjada con letras y borde negro. En caso de ser necesario su uso en horario nocturno
será de material reflectivo.-
Disposiciones generales
1. Todo el personal que realice tareas en el camino deberá estar vestido con un mameluco o
camisa y pantalón color claro con logotipo, elementos reflectantes en pecho y espalda. El
personal que se desempeñe como banderillero deberá estar provisto con chaleco o ponchos
reflectivos.
2. Todos los equipos que la empresa utilice en la ejecución de los trabajos estarán
debidamente señalizados de acuerdo a las características de cada uno. Las movilidades
deberán estar provistas con balizas destellantes o giratorias de color ámbar.
3. Sé prohíbe totalmente el estacionamiento de elementos, equipos o materiales durante las 24
hs. en zonas de calzada, banquinas o zonas de camino que pudiera significar peligro o riesgo
de accidente para el tránsito vehicular.
4. Cuando el señalamiento horizontal de la calzada en el esquema de control de tránsito
provoque confusión a los conductores deberá ser eliminado, restableciéndose inmediatamente
de finalizados los trabajos.
5. En todos aquellos casos en que sea necesario el empleo de señalamiento horizontal
provisorio en el pavimento el mismo deberá removerse inmediatamente de finalizado su
cometido.
6. En caso que se ejecuten zanjas en la calzada de hasta 1,20m de ancho que por el tipo de
obra permanezcan abiertas por un período mayor de 8 hs., las mismas deberán cubrirse con
planchas de acero conformadas adecuadamente para permitir la circulación sin riesgos de los
vehículos.
7. Si al llevar la práctica el esquema de control aprobado por la Inspección de Obras se
observaran deficiencias que impliquen riesgos de cualquier tipo el Contratista estará obligado
a corregirlos y mejorarlos, presentando un nuevo esquema a consideración de la Inspección
de obra.
8. El Contratista estará obligado a mantener la totalidad de los carteles, dispositivos y
elementos en sus lugares de emplazamiento y en perfecto estado de funcionamiento. Para ello
deberá implementar el control permanente durante las 24 hs. del esquema aprobado. Cuando
la zona de obra esté afectada por niebla se reforzará el señalamiento luminoso aumentando la
cantidad de elementos dotándolos de focos rompeniebla
9. El gasto que demande la implementación del señalamiento de obra en construcción, su
mantenimiento y posterior retiro no recibirá pago directo alguno, estando su precio incluido
en los demás ítems del contrato. En caso de demoras, deficiencias, falta de mantenimiento o
incumplimiento de órdenes de la Inspección de Obras respecto del ―Señalamiento de Obras
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ONSULTA
Sección VI. Requisitos de las obras
243
en Construcción‖, se aplicará una multa por día de incumplimiento, de quinientos pesos
($500,00), a descontar de cualquier crédito que tenga a percibir el Contratista.
ARTÍCULO 4 – CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA OBRA
La Contratista está obligada al conocimiento y respeto de la LEY NACIONAL Nº 1987 y su
Reglamentación, adecuada con las disposiciones de la LEY NACIONAL Nº 24.557 de
Riesgos del Trabajo y DECRETO NACIONAL Nº 9121/96, en lo referente a las Condiciones
de Higiene y Seguridad en el trabajo.
La Contratista deberá proveer al Laboratorio de Obra de solventes atóxicos y no inflamables.
ARTÍCULO 5 – CONFORMACIÓN DE CUNETAS
Este trabajo comprende todas las tareas necesarias para realizar el conformado de las cunetas
de modo de dar cumplimiento tanto al perfil transversal y longitudinal de las mismas.
Previo a su ejecución se deberán realizar todos los ensayos necesarios para identificar y
delimitar los suelos del lugar que puedan tener cualidades de ―colapsable‖, estos suelos no se
deberán utilizar para los terraplenamientos.
El suelo a emplear podrá ser proveniente de extracción lateral, respetando la solera mínima,
máxima y las cotas de desagüe establecidas por los planos respectivos o en su defecto por las
instrucciones que imparta la Inspección de Obra.-
En caso de resultar insuficiente el suelo de extracción lateral para la construcción de las
cunetas, el Contratista deberá obtener y explotar yacimientos de suelos, estando a su cargo la
provisión del suelo y su transporte, no recibiendo compensación económica adicional alguna
por estas tareas, debiendo considerar que estas se encuentran anexadas e incorporadas en el
precio del ítem ―Terraplenes‖ de la presente obra.-
El suelo de los yacimientos a explotar por el Contratista deberá ser previamente aprobado
por la Inspección de Obra. La calidad de los suelos a aportar por el Contratista desde los
yacimientos de fuera de la zona de camino deberá ser igual o superior a la calidad de los
suelos de extracción lateral previamente utilizados en el cuneta actual.-
El grado de compactación que deberá alcanzar como mínimo será el necesario para que el
sector sea transitable normalmente por los usuarios, tomando como parámetro de
comparación que al paso de un camión cargado con 10.600 kg. Por eje no se generen
ahuellamientos visibles cuando los suelos de la capa superior del terraplén se encuentren con
un grado de humedad de un entorno del +/- 3% de la humedad optima de compactación.-
Durante la realización de las obras, es dable encontrar suelos con exceso de humedad
respecto a la Optima de Compactación o de su Límite Plástico, en cualquiera de los casos y/o
procedencia de esos suelos, (yacimiento o extracción lateral), La Contratista deberá
implementar medidas que aseguren la continuidad de las obras con materiales de calidad
adecuada, debiendo modificar los procesos o técnicas constructivas, incorporar más o
distintos equipos, hasta lograr efectivamente las producciones que aseguren la calidad de
obra y cumplimiento de los plazos. En caso de habilitar ―canchas‖ para secado-oreo o
ventilación de suelos, las mismas deberán ubicarse fuera de la calzada, a fin de no perturbar o
restringir la transitabilidad de los usuarios del camino. Cualesquiera sean de las dichas
acciones que la Contratista deba implementar para solucionar los problemas derivados del
exceso de humedad en los suelos, las mismas no han de dar lugar ni derecho a solicitar
ampliaciones de plazo o reconocimiento económico adicional alguno, partiendo de la
circunstancia que estas condiciones de contrato son de conocimiento previo de la Contratista
al momento de formular su oferta, la que deberá contener las previsiones pertinentes.-
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Sección VI. Requisitos de las obras
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ARTÍCULO 6 – MATERIALES
Materiales asfálticos
Se suprime el uso de asfaltos diluidos. Las emulsiones asfálticas a utilizar en obra deberán ser
del tipo y calidad adecuada a las normas vigentes y requerirán aprobación previa del C.P.V.
Norma IRAM 6691/06
ARTÍCULO 7 – CONSERVACIÓN DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA
Será responsabilidad del Contratista a partir de la fecha de terminación de la obra, ó de
cada parte de la misma, y hasta la recepción definitiva, la conservación de las obras en las
condiciones de aprobación inicial, aún cuando el camino fuere total o parcialmente librado al
tránsito público con anterioridad a dicha fecha de aprobación.
Durante el plazo de garantía y hasta la recepción definitiva la conservación de las obras se
hará en forma permanente y sistemática. Comprenderá el mantenimiento de las condiciones
que merecieron la aprobación de los trabajos y la reparación inmediata de todos los
desperfectos que surjan por vicios de construcción o cualquier otra causa imputable al
Contratista; durante los trabajos, se tomarán las medidas necesarias para que los usuarios del
camino puedan transitar por las zonas permitidas con la mayor seguridad y comodidad.
Estos trabajos no recibirán pago directo alguno pues su precio se considera incluido dentro de
los ítems del contrato.
Previo a la recepción definitiva, se hará la evaluación final de estado de las obras.
Los trabajos a ejecutar durante el período de garantía son que se detallan a continuación:
a) Conservación de la calzada.
b) Conservación de banquina, desagües, zona de camino; con especial atención en este
apartado al mantenimiento (vegetación permanentemente cortada) de taludes y zona entre pie
de talud y alambrado.
c) Conservación de las estructuras y obras de arte. En todo momento y hasta la recepción
definitiva, las obras de arte tendrán sus partes vitales, sus barandas, guardarruedas, calzada y
riostramientos en buenas condiciones de integridad y de pintura.
d) Conservación del señalamiento vertical, incluido semáforos y barandas; y de cualquier
otra instalación existente en la zona de camino correspondiente a la obra.
e) Reposición de señalamiento vertical.
f) Mantenimiento de condiciones de seguridad.
Reparación de fallas:
Cuando en las obras se produzcan desperfectos que por su naturaleza o magnitud, pueden
constituir un peligro para el tránsito, el Contratista tomará las providencias necesarias para
reparar de inmediato dichas fallas. Estas reparaciones se harán utilizando la misma clase de
materiales de la construcción en las mismas proporciones y siguiendo las instrucciones
técnicas que dicte la Inspección. A ese efecto proveerá oportunamente el personal, equipo y
materiales que requiera la ejecución de esos trabajos.
Desde el momento en que haya sido localizada la falla de la índole apuntada, el Contratista
deberá colocar señales adecuadas de prevención con el objeto de advertir al tránsito la
existencia de esos lugares de peligro.
Asimismo, el Contratista será responsable del señalamiento preventivo, de precaución y de
peligro y/o desvíos que corresponda a los sectores donde se encuentren trabajando equipos
y/o cuadrillas, en la ejecución de las tareas inherentes al presente ítem.
Deberá tratarse por todos los medios, de ejecutar las tareas diariamente, en forma completa,
evitando en lo posible dejar trabajos inconclusos que impliquen algún riesgo a la circulación
de vehículos.
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Sección VI. Requisitos de las obras
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Cuando por razones operativas no resulte factible la terminación de las tareas iniciadas en el
día, el Contratista deberá adoptar los recaudos necesarios para evitar accidentes de tránsito
que pudieran generarse por tal circunstancia.
Penalidades
La obra deberá mantenerse en perfectas condiciones de tránsito y serviciabilidad durante el
período de conservación especificado.
Si se comprobara falta de cumplimiento de las condiciones que anteceden, la Repartición
contratante podrá prorrogar el plazo de conservación por un período igual al contractual, a
contar del día en que éste se constatara.
En caso de nuevo incumplimiento, la Repartición podrá realizar dichos trabajos, descontado
al contratista el importe de los gastos originados más una multa igual a dicho valor, monto
que se deducirán de las sumas que tenga a cobrar el Contratista, sin que el mismo tenga
derecho a reclamo alguno.
ARTICULO 8 – PINTURA EPOXI PARA CORDONES EN INTERSECCIONES
Se utilizará la misma pintura especificada para la demarcación horizontal amarilla en la
calzada.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Planos
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
247
Cómputos Métricos
Parciales Totales
1 Desbosque, Destronque y Limpieza de Terreno
Prog.: 0+000.00 - 3+561.60 Ha 21,00
Imprevistos ( 5% ) Ha 1,05
Ha 22,05
2 Terraplén de Avance
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m³ 31672,95
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+100.00 m³ 11319,48
Imprevistos ( 5% ) m³ 2149,62
m³ 45.142,06
3 Terraplén Compactado (Incluye Tpte. a 10 km)
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m³ 506488,96
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.60 m³ 180939,42
Imprevistos ( 10% ) m³ 68742,84
m³ 756.171,22
4 Excavación para caja y prep. de la base, incluido demolición de pav. Exist. y retiro del material sobrante
Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m³ 16322,62
Imprevistos ( 10% ) m³ 1632,26
m³ 17954,88
5 Subbase de suelo cemento (e = 0,15 m)
Construcción de Calzada (15,70m de ancho y 0,15 m. de espesor)
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m³ 4.941,05
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.60 m³ 3.303,81
Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m³ 2.880,46
Construcción de Ciclovías y Veredas (ancho variable y 0,15 m. de espesor)
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m³ 2.203,02
Zona Urbana. Prog.: 2+158.710 - 3+561.599 m³ 1.473,03
Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m³ 1.211,21
Imprevistos ( 5% ) m³ 800,63
m³ 16.813,20
Item
Sub
Item Designación Un.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
248
Parciales TotalesItem
Sub
Item Designación Un. 6 Riego de Imprimación (CI)
Según perfil de calzada en 15,70m de ancho
Construcción de Calzada m² 74.168,79
Imprevistos ( 5% ) m² 3708,44
m² 77.877,23
7 Carpeta de Hormigón
Construcción de Calzada (s/ perfil de calzada en 7,00m de ancho x 2 carriles, esp:0.20m) m³ 13.318,02
Carpeta de desgaste en Puente (esp:0.05m). Prog:2+098.11- 2+158.71 m³ 40,00
Imprevistos ( 5% ) m³ 667,90
14.025,92
8 Cordón de hormigón
En construcción de Calzada m 16.498,19
En construcción de Calzada en Intersección m 800,00
Imprevistos ( 10% ) m 1729,82
m 19.028,01
9 Hormigón simple cepillado (e = 0.10 m)
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m² 8.392,44
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.599 m² 5.611,56
Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m² 4614,12
Imprevistos ( 10% ) m² 1861,81
m² 20.479,93
10 Solados de lajas rosadas irregulares
a Contrapiso de Hº pobre
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m³ 503,55
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.599 m³ 336,69
Imprevistos ( 10% ) m³ 84,02
m³ 924,26
b Lajas rosadas irregulares
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m² 6.294,33
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.599 m² 4.208,67
Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m² 3460,59
Imprevistos ( 15% ) m² 2094,54
m² 16.058,13
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
249
Parciales TotalesItem
Sub
Item Designación Un.
11 Obras de arte menor - Alcantarillas, Sumideros y Rápidos
a Excavación para Fundación
Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 117,27
Para cabeceras plano tipo J-7138 s/ Planilla anexa de alcantarillas y sumidero m³ 23,01
Excavación para sumideros s/ Planilla anexa de sumideros (A) m³ 24,72
Excavación para sumideros s/ Planilla anexa de sumideros (B) m³ 845,33
Imprevistos ( 15% ) m³ 151,55
m³ 1.161,89
b Hormigón H-21
Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 45,57
Imprevistos ( 15% ) m³ 6,84
m³ 52,41
c Hormigón H-17
Para Sumidero, s/ Planilla anexa de sumidero (A) m³ 23,11
Para Sumidero, s/ Planilla anexa de sumidero (B) m³ 12,84
Para Caño A-82, s/ Planilla anexa de sumidero (A) m³ 47,46
Para Caño A-82, s/ Planilla anexa de sumidero (B) m³ 221,92
Para Cunetas trapezoidales de hormigón, s/ Planilla anexa sumidero m³ 580,13
Para Rápido de descarga Alcantarillas, s/ Planilla anexa rápidos de descarga m³ 20,52
Para Rápido de descarga Sumideros, s/ Planilla anexa rápidos de descarga m³ 85,03
Imprevistos (15%) m³ 148,65
m³ 1.139,66
e Hormigón H-13
Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 101,56
Para cabecera tipo J.7138 s/ Planilla anexa de alcantarillas y sumidero m³ 44,53
Imprevistos ( 15% ) m³ 21,91
m³ 168,00
e Hormigón H-8
Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 26,28
Imprevistos ( 15% ) m³ 3,94
m³ 30,22
f Acero especial en barras colocado
Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas Kg 2662,53
Para caño A-82 s/Planilla anexa de alcantarillas Kg 6996,24
Para caño A-82 s/Planilla anexa de alcantarillas (B) Kg 18641,23
Para sumidero s/Planilla anexa de sumidero (A) Kg 3266,21
Para sumidero s/Planilla anexa de sumidero (B) Kg 2314,56
Para Cunetas trapezoidales de hormigón, s/Planilla anexa sumidero Kg 13369,62
Para Rápido de descarga Alcantarillas, s/Planilla anexa rápidos de descarga Kg 27,62
Para Rápido de descarga Sumideros, s/Planilla anexa rápidos de descarga Kg 239,75
Imprevistos ( 15% ) Kg 7127,66
Kg 54.645,42
g Caño de chapa de acero D=1.30 - e=1.6mm
Caño de chapa de acero - Ondulación 100x20. s/Planilla anexa alcantarilla m 216,00
Imprevistos ( 15% ) m 32,40
m 248,40
h Acero de perfiles laminados para Compuerta
Peso Total de Compuertas (tres) Kg 915,60
Imprevistos ( 5% ) Kg 45,78
Kg 961,38
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
250
Parciales TotalesItem
Sub
Item Designación Un.
12 Puente
a Hormigón H-21
Hormigon H-21 p/ Estribos m³ 287,94
Hormigon H-21 p/ Pilas m³ 252,33
Hormigon H-21 p/ Losa de tablero y vigas riostras m³ 226,55
Hormigon H-21 p/ Prelosas m³ 31,15
Hormigón H-21 p/ Losa de Aproximación m³ 65,95
Imprevistos ( 15% ) m³ 129,59
m³ 993,50
b Hormigón H-38
Hormigon H-38 p/ viga pretensada m³ 210,02
Imprevistos ( 15% ) m³ 31,50
m³ 241,52
c Excavación de Pilotes de Hº
*Pilote columna p/Estribos - *Pilotes p/Pilas m³ 359,35
Imprevistos ( 15% ) m³ 53,90
m³ 413,25
d Acero especial en barras colocado
Acero Normal tipo III ADN 420 Kg 141980,45
Imprevistos ( 15% ) Kg 21297,07
Kg 163.277,52
e Acero pretensado
σr = 190 kg/mm² Kg 11205,19
Imprevistos ( 15% ) Kg 1680,78
Kg 12.885,97
13 Señalización Vertical
a Reglamentación (Circulares, Triangulares, Octogonales) m2
18,72
Imprevistos ( 15% ) m² 2,81
m² 21,53
b Prevención (Cuadradas, Rectangulares) m2
26,62
Imprevistos ( 15% ) m² 3,99
m² 30,61
c Información (Rectangulares) m2
36,43
Imprevistos ( 15% ) m² 5,46
m² 41,89
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
251
Parciales TotalesItem
Sub
Item Designación Un.
14 Demarcación Horizontal
a Continuas y Discontinuas
H 3-3. Línea de borde de calzada (e = 0,10m), (blanca) m² 3.354,45
H 2-2. Línea de carril (relación = 0,038 m²/m), (blanca) m² 652,40
Imprevistos ( 15% ) m² 601,03
m² 4.607,88
b Extrusión
H 5 m² 362,67
H 9 - 4_5_6 m² 331,83
Imprevistos ( 15% ) m² 104,17
m² 798,67
15 Baranda metálica cincada para defensa (flexbeam)
Puente: Prog.: 2+098.11 - 2+158.71 m 242,40
Imprevistos ( 5% ) m 12,12
m 254,52
16 Baranda de Mampostería y Caños
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m 4.197,00
Imprevistos (10%) m 419,70
m 4.616,70
17 Iluminación
a Columna recta de 12,00 m de altura con luminaria SAP 400 W
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 u 57,00
Zona de Puente. Prog.: 2+098.11 - 2+158.71 u 3,00
Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.60 u 40,00
Zona Urbana. Prog.: 3+561.60 - 4+715,13 u 34,00
Imprevistos u 6,00
u 140,00
b Columna recta de 3,00 m de altura con luminaria SAP 150 W
Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 u 84,00
Imprevistos u 2,00
u 86,00
18 Semáforos
a Cantidad de unidades con columna con mensula u 8,00
b Cantidad de unidades con columna recta u 17,00
u 25,00
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
PARTE 3 –
CONDICIONES CONTRACTUALES Y
FORMULARIOS DE CONTRATO
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 253
Sección VII. Condiciones Generales (CG)
1. Disposiciones Generales ................................................................................................ 1.1 Definiciones .........................................................................................................
1.2 Interpretación .......................................................................................................
1.3 Comunicaciones .........................................................................................................
1.4 Ley e Idioma ........................................................................................................
1.5 Orden de Prioridad de los Documentos ...............................................................
1.6 Convenio ..............................................................................................................
1.7 Cesión ..................................................................................................................
1.8 Cuidado y Suministro de los Documentos ...........................................................
1.9 Demoras de los Planos o Instrucciones................................................................
1.10 Uso de los Documentos del Contratista por Parte del Contratante ....................
1.11 Uso de los Documentos del Contratante por Parte del Contratista .....................
1.12 Detalles Confidenciales .......................................................................................
1.13 Cumplimiento de la Legislación ..........................................................................
1.14Responsabilidad Conjunta y Solidaria ......................................................................
1.15 Inspecciones y Auditorías por Parte del Banco ...................................................
2. El Contratante ............................................................................................................... 2.1 Derecho de Acceso al Lugar de las Obras ...........................................................
2.2 Permisos, Licencias y Aprobaciones ...................................................................
2.3 Personal del Contratante .....................................................................................
2.4 Arreglos Financieros del Contratante .................................................................
2.5 Reclamaciones del Contratante ...........................................................................
3. El Ingeniero .................................................................................................................... 3.1 Obligaciones y Facultades del Ingeniero .............................................................
3.2 Delegación por el Ingeniero .................................................................................
3.3 Instrucciones del Ingeniero ..................................................................................
3.4 Reemplazo del Ingeniero .....................................................................................
3.5 Decisiones ..................................................................................................................
4. El Contratista ................................................................................................................. 4.1 Obligaciones Generales del Contratista ...............................................................
4.2 Garantía de Cumplimiento ...................................................................................
4.3 Representante del Contratista ..............................................................................
4.4 Subcontratistas ...........................................................................................................
4.5 Cesión de Beneficio de Subcontrato ....................................................................
4.6 Cooperación .........................................................................................................
4.7 Trazado ................................................................................................................
4.8 Procedimientos de Seguridad..............................................................................
4.9 Control de Calidad ...............................................................................................
4.10 Datos del Lugar de las Obras ...............................................................................
4.11 Suficiencia del Monto Contractual Aceptado ......................................................
4.12 Condiciones Físicas Imprevisibles.......................................................................
4.13 Servidumbre de Paso y Dependencias .................................................................
4.14 No interferencia ...................................................................................................
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 254
4.15 Ruta de Acceso ....................................................................................................
4.16 Transporte de Bienes ...........................................................................................
4.18 Protección del Medio Ambiente ..........................................................................
4.19 Electricidad, Agua y Gas .....................................................................................
4.22 Seguridad del Lugar de las Obras ........................................................................
4.23 Operaciones del Contratista en el Lugar de las Obras .........................................
4.24 Fósiles ..................................................................................................................
5. Subcontratistas Designados .......................................................................................... 5.1 Definición de ―Subcontratista Designado‖ ..........................................................
5.2 Objeciones a las Designaciones ...........................................................................
5.3 Pagos a Subcontratistas Designados ....................................................................
5.4 Comprobantes de Pago ........................................................................................
6. Personal y Mano de Obra ............................................................................................. 6.1 Contratación de Personal y Mano de Obra ..........................................................
6.2 Nivel Salarial y Condiciones de Trabajo .............................................................
6.3 Personas al Servicio del Contratante ..................................................................
6.4 Leyes laborales ....................................................................................................
6.5 Horas de Trabajo ..................................................................................................
6.6 Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra ...............................................
6.7 Salud y Seguridad ................................................................................................
6.8 Supervisión del Contratista ......................................................................................
6.9 Personal del Contratista .......................................................................................
6.10 Registro del Personal y los Equipos del Contratista ...........................................
6.11 Alteración del Orden ............................................................................................
6.12 Personal Extranjero ..............................................................................................
6.13 Suministro de Alimentos .....................................................................................
6.14 Abastecimiento de Agua ......................................................................................
6.15 Medidas contra Plagas e Insectos ........................................................................
6.16 Bebidas Alcohólicas y Drogas .............................................................................
6.17 Armas y Municiones ............................................................................................
6.18 Días Festivos y Costumbres Religiosas ...............................................................
6.19 Preparativos de Sepelio ........................................................................................
6.20 Prohibición de Trabajo Forzoso u Obligatorio ....................................................
6.21 Prohibición de Trabajo Infantil Perjudicial .........................................................
6.22 Registro de Historia Laboral de los Trabajadores ...............................................
7. Equipos, Materiales y Mano de Obra .......................................................................... 7.1 Modo de Ejecución ..............................................................................................
7.2 Muestras ...............................................................................................................
7.3 Inspección ............................................................................................................
7.4 Pruebas .................................................................................................................
7.5 Rechazo ................................................................................................................
7.6 Medidas Correctivas ............................................................................................
7.7 Propiedad de los Equipos y los Materiales ..........................................................
7.8 Regalías ................................................................................................................
8. Inicio, Demoras y Suspensión ....................................................................................... 8.1 Inicio de las Obras ...............................................................................................
8.2 Plazo de Terminación ..........................................................................................
8.3 Programa ..............................................................................................................
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 255
8.4 Prórroga del Plazo de Terminación .....................................................................
8.5 Demoras Ocasionadas por las Autoridades .........................................................
8.6 Avance .................................................................................................................
8.7 Indemnización por Demora .................................................................................
8.8 Suspensión de las Obras ......................................................................................
8.9 Consecuencias de la Suspensión ..........................................................................
8.10 Pago de los Equipos y Materiales en Caso de Suspensión .................................
8.11 Suspensión Prolongada ........................................................................................
8.12 Reanudación de las Obras ....................................................................................
9. Pruebas a la Terminación ............................................................................................. 9.1 Obligaciones del Contratista ................................................................................
9.2 Demora en las Pruebas .........................................................................................
9.3 Repetición de las Pruebas ....................................................................................
9.4 Fracaso de las Pruebas a la Terminación ............................................................
10. Recepción de las Obras por parte del Contratante ................................................... 10.1 Recepción de las Obras y Secciones ....................................................................
10.2 Recepción de partes de las Obras ........................................................................
10.3 Interferencia con las Pruebas a la Terminación ...................................................
10.4 Superficies que Requieren Reacondiciona-miento ..............................................
11. Responsabilidad por Defectos ....................................................................................... 11.1 Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos .........................
11.2 Costo de Reparación de los Defectos ..................................................................
11.3 Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos ...........................................
11.4 Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de Defectos .........................................
11.5 Retiro de Trabajos Defectuosos ...........................................................................
11.6 Pruebas Adicionales .............................................................................................
11.7 Derecho de Acceso ..............................................................................................
11.8 Búsqueda por parte del Contratista .....................................................................
11.9 Certificado de Cumplimiento...............................................................................
11.10 Obligaciones no Cumplidas .................................................................................
11.11 Despeje del Lugar de las Obras ...........................................................................
12. Medición y Evaluación .................................................................................................. 12.1 Trabajos que se medirán ......................................................................................
12.2 Método de Medición ............................................................................................
12.3 Evaluación ...........................................................................................................
12.4 Omisiones ............................................................................................................
13. Variaciones y Ajustes..................................................................................................... 13.1 Derecho a Variar ..................................................................................................
13.2 Ingeniería de Valor ..............................................................................................
13.3 Procedimiento de Variación.................................................................................
13.4 Pago en Monedas Aplicables ...............................................................................
13.5 Montos Provisionales ...........................................................................................
13.6 Trabajos por día ...................................................................................................
13.7 Ajustes por Cambios en la Legislación................................................................
13.8 Ajustes por Cambios en el Costo .........................................................................
14. Precio del Contrato y Pago ........................................................................................... 14.1 Precio del Contrato ..............................................................................................
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 256
14.2 Pago Anticipado ...................................................................................................
14.3 Solicitud de Certificados de Pago Provisionales .................................................
14.4 Calendario de Pagos.............................................................................................
14.5 Equipos y Materiales para las Obras...................................................................
14.6 Emisión de Certificados de Pago Provisionales ..................................................
14.7 Pagos ....................................................................................................................
14.8 Retraso en los Pagos ............................................................................................
14.9 Pago del Monto Retenido ....................................................................................
14.10 Declaración de Terminación ................................................................................
14.11 Solicitud de Certificado de Pago Final ................................................................
14.12 Finiquito ...............................................................................................................
14.13 Emisión de Certificado de Pago Final .................................................................
14.14 Fin de la Responsabilidad del Contratante ..........................................................
14.15 Monedas de Pago .................................................................................................
15. Terminación por Parte del Contratante ...................................................................... 15.1 Notificación Para Hacer Correcciones ................................................................
15.2 Terminación por parte del Contratante ...............................................................
15.3 Valoración en la Fecha de Terminación ..............................................................
15.4 Pagos después de la Terminación ........................................................................
15.5 Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia .................
15.6 Prácticas Corruptivas o Fraudulentas ..................................................................
16. Suspensión y Terminación por parte del Contratista................................................. 16.1 Derecho del Contratista a Suspender los Trabajos ..............................................
16.2 Terminación por parte del Contratista .................................................................
16.3 Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista .................................
16.4 Pago a la Terminación .........................................................................................
17. Riesgos y Responsabilidades ......................................................................................... Indemnizaciones ..............................................................................................................
17.2 Cuidado de las Obras por parte del Contratista ...................................................
17.3 Riesgos del Contratante ......................................................................................
17.4Consecuencias de los Riesgos del Contratante ........................................................
17.5 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial ...................................................
17.6 Limitación de Responsabilidad ............................................................................
17.7 Uso del Alojamiento y las Instalaciones del Contratante .......................
18. Seguro ............................................................................................................................. 18.1 Requisitos Generales en Materia de Seguros .......................................................
18.2 Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista ..............................................
18.3 Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad ..............................
18.4 Seguro para el Personal del Contratista ...............................................................
19. Fuerza Mayor ................................................................................................................. 19.1 Definición de Fuerza Mayor ................................................................................
19.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor ..............................................................
19.3 Obligación de Reducir las Demoras ................................................................
19.4 Consecuencias de laFfuerza Mayor ...................................................................
19.5 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista .....................................................
19.6 Terminación Opcional, Pago y Finiquito .............................................................
19.7 Liberación del Cumplimiento del Contrato ......................................................
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 257
20. Reclamaciones, Controversias y Arbitraje .................................................................. 20.2 Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias .................
20.3 Desacuerdo sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de
Controversias .......................................................................................................
20.4 Obtención de Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias .....
20.5 Transacción Amigable .........................................................................................
20.6 Arbitraje ...............................................................................................................
20.7 Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de
Controversias .......................................................................................................
20.8 Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de
Controversias .......................................................................................................
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 258
Sección VII. Condiciones Generales (CG)
Unidad Ejecutora del Programa – Unidad de Coordinación de
Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (U.C.P.yP.F.E.)
– Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios
OBRA: _______________________________________________
Las Condiciones Generales que figuran a continuación corresponden a la edición armonizada
del Banco de las condiciones contractuales para construcción preparadas y registradas por la
Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC), FIDIC 2005 - Todos los
derechos reservados. Esta publicación es para su uso exclusivo de los prestatarios del Banco y
sus organismos ejecutores de proyectos conforme se estipula en el convenio de concesión de
licencia celebrado entre el BID y la FIDIC, el 11 de marzo del 2005. Por consiguiente,
ninguna parte de esta publicación podrá reproducirse, traducirse, adaptarse, almacenarse en
un sistema de recuperación de datos ni transmitirse en forma alguna o por medio alguno, ya
sea mecánico, electrónico o magnético, mediante fotocopias, grabación u otros medios, sin la
previa autorización por escrito de la FIDIC, salvo por el Contratante identificado
anteriormente y con el único propósito de elaborar estos documentos estándar de licitación
para el Contrato señalado supra.
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Sección VII. Condiciones generales 259
Condiciones Generales
1. Disposiciones Generales
1.1 Definiciones En las Condiciones del Contrato (―estas Condiciones‖), que comprenden
las Condiciones Especiales, las partes A y B y estas Condiciones
Generales, los siguientes términos y expresiones tendrán el significado
que se señala en el documento. Los términos que se refieran a personas o
partes incluirán empresas y otras entidades jurídicas, salvo en los casos
en que el contexto requiera algo diferente .
1.1.1 El Contrato 1.1.1.1 ―Contrato‖ es el Convenio, la Carta de Aceptación, la Carta de
la Oferta, estas Condiciones, las Especificaciones, los Planos,
los Cronogramas y los demás documentos que se enumeran
en el Convenio o en la Carta de Aceptación.
1.1.1.2 ―Convenio‖ es el Convenio al que se hace referencia en la
Subcláusula 1.6 [Convenio].
1.1.1.3 ―Carta de Aceptación‖ es la carta de aceptación formal, firmada
por el Contratante, de la Carta de la Oferta, que incluye los
memorandos que se adjunten sobre acuerdos celebrados y
firmados por las Partes. De no existir una carta de aceptación
en los términos señalados, la expresión ―Carta de Aceptación‖
significará el Convenio , y la fecha de emisión o recibo de la
Carta de Aceptación significará la fecha de suscripción del
Contrato.
1.1.1.4 ―Carta de la Oferta‖ significa el documento titulado carta de
oferta o carta de licitación, que elabora el Contratista, y que
incluye la oferta firmada dirigida al Contratante para las Obras.
1.1.1.5 ―Especificaciones‖ significa el documento de ese mismo
título, conforme se incluye en el Contrato, y cualquier adición o
modificación al mismo de conformidad con lo estipulado en el
Contrato. En ese documento se especifican las Obras.
1.1.1.6 ―Planos‖ son los planos de las Obras, conforme se incluyen en
el Contrato, y cualquier plano adicional o modificado emitido
por el Contratante (o en su nombre) de conformidad con el
Contrato.
1.1.1.7 ―Formularios‖ son los documentos que llevan ese mismo título,
que elabora el Contratista y presenta con la Carta de la Oferta,
conforme se incluyen en el Contrato. Dichos documentos
pueden incluir la Lista de Cantidades, datos, listas y
formularios de tarifas y/o precios.
1.1.1.8 ―Oferta‖ es la Carta de la Oferta y todos los demás documentos
que presenta el Contratista con la misma, conforme se incluye
en el Contrato.
1.1.1.9 ―Lista de Cantidades‖, ―Listado de Trabajos por Día‖ y
―Formulario de Monedas de Pago‖ son los documentos (si los
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 260
hubiere) así titulados en la Sección de Formularios.
1.1.1.10 ―Datos del Contrato‖ son las planillas elaboradas por el
Contratante que llevan ese mismo título y constituyen la Parte
A de las Condiciones Especiales.
1.1.2 Partes y
Personas
1.1.2.1 ―Parte‖ es el Contratante o el Contratista, según lo requiera el
contexto.
1.1.2.2 ― Contratante‖ es la persona referida como tal en los Datos del
Contrato, y todos sus sucesores legales.
1.1.2.3 ―Contratista‖ es la persona o personas referida(s) como tal(es)
en la Carta de la Oferta, aceptada por el Contratante, y todos
sus sucesores legales.
1.1.2.4 ―Ingeniero‖ es la persona designada por el Contratante como
tal para los fines del Contrato y que se señala en los Datos del
Contrato, o cualquier otra persona designada periódicamente
por el Contratante con notificación al Contratista de
conformidad con la Subcláusula 3.4 [Reemplazo del Ingeniero].
1.1.2.5 ―Representante del Contratista‖ es la persona designada por el
Contratista en el Contrato o periódicamente con arreglo a la
Subcláusula 4.3 [Representante del Contratista], para que actúe
en nombre del Contratista.
1.1.2.6 ―Personal del Contratante‖ significa el Ingeniero, los
asistentes mencionados en la Subcláusula 3.2 [Delegación por
el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros
empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier
otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el
Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante.
1.1.2.7 ―Personal del Contratista‖ significa el Representante del
Contratista y todo el personal que utilice el Contratista en el
Lugar de las Obras, que puede incluir el personal, la mano de
obra y otros empleados del Contratista y de cada
Subcontratista; así como cualquier otro personal que asista al
Contratista en la ejecución de las Obras.
1.1.2.8 ―Subcontratista‖ es cualquier persona definida como tal en el
Contrato, o cualquier persona designada como subcontratista
para una parte de las Obras, y todos los sucesores legales de
cada uno de ellos.
1.1.2.9 ―Comisión para la Resolución de Controversias‖ significa la
persona o las tres personas designadas con arreglo a la
Subcláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la
Resolución de Controversias] o la Subcláusula 20.3
[Desacuerdo Sobre la Composición de la Comisión para la
Resolución de Controversias].
1.1.2.10 ―FIDIC‖ significa la Fédération Internationale des Ingénieurs-
Conseils, es decir, la Federación Internacional de Ingenieros
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SOLO COMO C
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Sección VII. Condiciones generales 261
Consultores.
1.1.2.11 ―Banco‖ significa la institución financiera (si la hubiere) que se
señala en los Datos del Contrato.
1.1.2.12 ―Prestatario‖ es la persona (si la hubiere) designada como tal en
los Datos del Contrato.
1.1.3 Fechas,
Pruebas,
Plazos y
Terminación
1.1.3.1 ―Fecha Base‖ es la fecha que corresponde a 28 días previos a la
fecha límite de presentación de las Ofertas.
1.1.3.2 ―Fecha de Inicio‖ es la fecha notificada como tal con arreglo a
la Subcláusula 8.1 [Inicio de las Obras].
1.1.3.3 ―Plazo de Terminación‖ significa el plazo para terminar las
Obras o una Sección de las mismas (según corresponda) con
arreglo a la Subcláusula 8.2 [Plazo de Terminación], según
consta en los Datos del Contrato (incluida cualquier prórroga en
virtud de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación]), calculado a partir de la Fecha de Inicio.
1.1.3.4 ―Pruebas a la Terminación‖ son las pruebas que se especifican
en el Contrato, o que se acuerdan entre ambas Partes o que se
ordenan como Variación y que se llevan a cabo en virtud de la
Cláusula 9 [Pruebas a la Terminación] antes de que el
Contratante reciba las Obras o una Sección de las mismas
(según corresponda).
1.1.3.5 ―Certificado de Recepción de Obra‖ es el certificado que se
emite en virtud de la Cláusula 10 [Recepción por -Parte del
Contratante].
1.1.3.6 ―Pruebas Posteriores a la Terminación‖ son las pruebas (si las
hubiere) especificadas en el Contrato y que se llevan a cabo de
conformidad con las Especificaciones una vez que el
Contratante recibe las Obras o una Sección de las mismas
(según corresponda).
1.1.3.7 ―Período para la Notificación de Defectos‖ significa el plazo
para notificar cualquier defecto de las Obras o una Sección de
las mismas (conforme proceda) con arreglo a la Subcláusula
11.1 [Terminación de Trabajos Tendientes y Reparación de
Defectos], el cual se extiende por doce meses, salvo que se
establezca algo diferente en los Datos del Contrato (incluida
cualquier prórroga en virtud de la Subcláusula 11.3 [Prórroga
del Plazo para la Notificación de Defectos]), calculado a partir
de la fecha en que se terminen las Obras o la Sección conforme
se certifique de acuerdo con la Subcláusula 10.1 [Recepción de
las Obras y Secciones].
1.1.3.8 ―Certificado de Cumplimiento‖ es el certificado que se emite en
virtud de la Subcláusula 11.9 [Certificado de Cumplimiento].
1.1.3.9 ―Día‖ significa un día calendario y ―año‖, 365 días.
1.1.4 Moneda y 1.1.4.1 ―Monto Contractual Aceptado‖ es la suma aceptada en la Carta
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Sección VII. Condiciones generales 262
Pagos de Aceptación para la ejecución y terminación de las Obras y la
reparación de cualquier defecto.
1.1.4.2 ―Precio del Contrato‖ es el precio que se define en la
Subcláusula 14.1 [Precio del Contrato], e incluye ajustes de
conformidad con el Contrato.
1.1.4.3 ―Costo‖ significa todos los gastos en que haya incurrido (o
incurra) razonablemente el Contratista, ya sea en el Lugar de
las Obras o fuera de éste, incluyendo costos fijos y cargos
,similares pero no las utilidades.
1.1.4.4 ―Certificado de Pago Final‖ significa el certificado de pago
emitido en virtud de la Subcláusula 14.13 [Emisión del
Certificado de Pago Final].
1.1.4.5 ―Declaración Final‖ es la declaración que se define en la
Subcláusula 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final].
1.1.4.6 ―Moneda Extranjera‖ es la moneda en que sea pagadera una
parte (o la totalidad) del Precio del Contrato, sin incluir la
Moneda Local.
1.1.4.7 ―Certificado de Pago Provisional‖ significa un certificado de
pago emitido con arreglo a la Cláusula 14 [Precio del Contrato
y Pago], que no sea el Certificado de Pago Final.
1.1.4.8 ―Moneda Local‖ es la moneda del País.
1.1.4.9 ―Certificado de Pago‖ es un certificado de pago emitido en virtud
de la Cláusula 14 [Precio Contractual y Pago].
1.1.4.10 ―Monto Provisional‖ significa una suma (si procede)
especificada como tal en el Contrato para la ejecución de
cualquier parte de las Obras, el suministro de Equipos o
Materiales o la prestación de servicios en virtud de la
Subcláusula 13.5 [Montos Provisionales].
1.1.4.11 ―Monto Retenido ‖ significa los montos acumulados que
retenga el Contratante con arreglo a la Subcláusula 14.3
[Solicitud de Certificados de Pago Provisionales] y pague en
virtud de la Subcláusula 14.9 [Pago del Monto Retenido ].
1.1.4.12 ―Declaración‖ es una declaración que presenta el Contratista
como parte de una solicitud de un certificado de pago, en
virtud de la Cláusula 14 [Precio del Contrato y Pago].
1.1.5 Obras y
Bienes
1.1.5.1 ―Equipos del Contratista‖ son todos los aparatos, maquinarias,
vehículos y demás elementos necesarios para la ejecución y la
terminación de las Obras y la reparación de cualquier defecto.
Sin embargo, los Equipos del Contratista excluyen Obras
Temporales, Equipos del Contratante (si los hubiere), Equipos,
Materiales y cualquier otro elemento que forme parte o esté
destinado a formar parte de las Obras Permanentes.
1.1.5.2 ―Bienes‖ son los Equipos del Contratista, los Materiales, los
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 263
Equipos y las Obras Temporales, o cualquiera de éstos según
corresponda.
1.1.5.3 ―Materiales‖ son elementos de todo tipo (aparte de los Equipos)
que forman parte o están destinados a formar parte de las
Obras Permanentes, incluidos los materiales de suministro
único (si los hubiere) a ser proveídos por el Contratista en
virtud del Contrato.
1.1.5.4 ―Obras Permanentes‖ significa las Obras Permanentes a ser
ejecutadas por el Contratista en virtud del Contrato.
1.1.5.5 ―Equipos‖ son los aparatos, maquinarias y otro equipo que
formen parte o estén destinados a formar parte de las Obras
Permanentes, incluyendo vehículos adquiridos por el
Contratante y relacionados con la construcción u operación de
las Obras.
1.1.5.6 ―Sección‖ es una parte de las Obras definida como tal en los
Datos del Contrato (si la hubiere).
1.1.5.7 ―Obras Temporales‖ son las obras temporales de todo tipo (
diferentes de los Equipos del Contratista) que se necesitan en
el Lugar de las Obras para la ejecución y terminación de las
Obras Permanentes y la reparación de cualquier defecto.
1.1.5.8 ―Obras‖ son las Obras Permanentes y las Obras Temporales, o
cualquiera de ellas según corresponda.
1.1.6 Otras
Definiciones
1.1.6.1 ―Documentos del Contratista‖ son los cálculos, programas de
computación y otros programas informáticos, planos, manuales,
modelos y otros documentos de naturaleza técnica (si los
hubiere) proporcionados por el Contratista en virtud del
Contrato.
1.1.6.2 ―País‖ significa el país donde se encuentra el Lugar de las
Obras (o la mayor parte de ellas), y donde se ejecutarán las
Obras Permanentes.
1.1.6.3 ―Equipos del Contratante‖ son los aparatos, maquinaria y
vehículos (si los hubiere) que el Contratante pone a disposición
del Contratista para la ejecución de las Obras, conforme se
señala en las Especificaciones; pero no incluyen los Equipos
que no haya recibido el Contratante.
1.1.6.4 ―Fuerza Mayor‖ se define en la Cláusula 19 [Fuerza Mayor].
1.1.6.5 ―Leyes‖ significa toda legislación nacional (o estatal),
estatutos, ordenanzas y otras leyes , así como las regulaciones
y estatutos de cualquier autoridad pública legalmente
constituida.
1.1.6.6 ―Garantía de Cumplimiento‖ es la garantía (o garantías, si
procede) en virtud de la Subcláusula 4.2 [Garantía de
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Sección VII. Condiciones generales 264
Cumplimiento].
1.1.6.7 ―Lugar de las Obras‖ significa los sitios donde se ejecutarán
las Obras Permanentes, incluyendo almacenes y áreas de
trabajo, y donde deben ser enviadas los equipos y materiales,
así como cualquier otro sitio que se defina en el Contrato como
parte del Lugar de las Obras.
1.1.6.8 ―Imprevisible‖ significa que no se puede prever
razonablemente por un Contratista con experiencia a la Fecha
Base.
1.1.6.9 ―Variación‖ significa cualquier cambio a las Obras que es
requerido o aprobado como una variación en virtud de la
Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].
1.2 Interpretación En el Contrato, salvo que el contexto requiera algo diferente,
(a) las palabras en masculino también incluyen el femenino y
viceversa;
(b) las palabras en singular también incluyen el plural y viceversa;
(c) las disposiciones que incluyen la palabra ―acordar,‖ ―acordado‖ o
―acuerdo‖ exigen que el acuerdo se haga constar por escrito;
(d) ―escrito‖ o ―por escrito‖ significa escrito a mano, mecanografiado,
impreso o elaborado de manera electrónica, que produce un registro
permanente; y
(e) la palabra ―propuesta‖ es sinónimo de ―oferta‖; ―proponente‖ es
sinónimo de ―oferente‖ y ―documentos de la oferta‖ es sinónimo de
―documentos de licitación‖.
Las palabras al margen y otros encabezamientos no se tomarán en cuenta
en la interpretación de estas Condiciones.
En estas Condiciones, las disposiciones que incluyan la expresión "costo
más utilidades" requieren que las utilidades sean de 1/20 (5%) del
costo, salvo indicación diferente en los Datos del Contrato.
1.3 Comunicaciones
En los casos en que en estas Condiciones se contemple la entrega o
emisión de aprobaciones, certificados, consentimientos, Decisiones,
notificaciones, solicitudes y finiquitos, estas comunicaciones deberán
ser:
(a) por escrito y entregadas personalmente (con acuse de recibo);
enviadas por correo o con servicio de encomienda especial
(courier), o remitidas mediante cualquiera de los sistemas de
transmisión electrónica acordados conforme figura en los Datos del
Contrato; y
(b) entregadas, enviadas o transmitidas a la dirección del receptor para
fines de comunicaciones que figure en los Datos del Contrato. Sin
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 265
embargo,
(i) cuando el receptor haga una notificación de cambio de
dirección, de ahí en adelante las comunicaciones se enviarán
a la dirección correspondiente; y
(ii) si el receptor no indicare algo diferente en las solicitudes de
aprobación o consentimiento, las comunicaciones podrán
enviarse a la dirección desde la cual se haya efectuado la
solicitud.
Las aprobaciones, certificados, consentimientos y Decisiones no deberán
retenerse ni demorarse sin razones válidas. Cuando se emita un
certificado a una Parte, el emisor enviará una copia a la otra Parte.
Cuando una Parte o el Ingeniero emitan una notificación a la otra Parte,
se deberá enviar una copia al Ingeniero o a la otra Parte, según
corresponda.
1.4 Ley e Idioma
El Contrato se regirá por la legislación del País u otra jurisdicción que se
estipule en los Datos del Contrato.
El idioma que haya de regir el Contrato será el que se señale en los Datos
del Contrato.
El idioma para las comunicaciones será el que se indique en los Datos
del Contrato. De no especificarse, se utilizará el idioma que rija el
Contrato.
1.5 Orden de
Prioridad de los
Documentos
Los documentos que conformen el Contrato deberán considerarse
mutuamente explicativos. Para fines de interpretación, el orden de
prioridad de los documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:
(a) el Contrato (si lo hubiere),
(b) la Carta de Aceptación,
(c) la Oferta,
(d) las Condiciones Especiales – Parte A,
(e) las Condiciones Generales – Parte B,
(f) las Especificaciones,
(g) los Planos, y
(h) los Formularios y cualquier otro documento que forme parte del
Contrato.
Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los documentos, el
Ingeniero emitirá las aclaraciones o instrucciones necesarias.
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Sección VII. Condiciones generales 266
1.6 Convenio Las partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días
contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la Carta de
Aceptación, a menos que en las Condiciones Especiales se acuerde otra
cosa. El Convenio se basará en el formulario que se anexa en las
Condiciones Especiales. Los costos de los sellos fiscales y cargos
similares (si los hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio
correrán por cuenta del Contratante.
1.7 Cesión Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como
así tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo
al Contrato. Sin embargo, cualquiera de las Partes:
(a) podrá ceder la totalidad o parte del Contrato con el consentimiento
previo de la otra Parte, a la sola discreción de dicha Parte, y
(b) podrá, como garantía a favor de un banco o entidad financiera,
ceder su derecho a recibir cualquier pago vencido o adeudado en
virtud del Contrato.
1.8 Cuidado y
Suministro de los
Documentos
El Contratante será responsable del cuidado y la custodia de las
Especificaciones y los Planos. Salvo indicación diferente en el Contrato,
se suministrarán dos copias del Contrato y de cada Plano subsiguiente al
Contratista, quien podrá hacer o solicitar copias adicionales, por su
propia cuenta.
El Contratista será responsable del cuidado y la custodia de todos los
documentos contractuales, salvo que se hayan entregado al Contratante o
hasta dicha entrega. Salvo indicación en sentido diferente en el
Contrato, el Contratista proporcionará al Ingeniero seis copias de cada
uno de los Documentos del Contratista.
El Contratista guardará, en el Lugar de las Obras, una copia del
Contrato, las publicaciones que se señalan en las Especificaciones, los
Documentos del Contratista (si los hubiere), los Planos y las
Variaciones, así como cualesquier otras comunicaciones que se realicen
en virtud del Contrato. El personal del Contratante tendrá el derecho de
acceder a todos los documentos mencionados en cualquier horario
razonable.
Si una de las Partes detecta algún error o defecto en un documento
elaborado para la ejecución de las Obras, dicha Parte notificará
inmediatamente a la otra al respecto.
1.9 Demoras de los
Planos o
Instrucciones
El Contratista deberá notificar al Ingeniero sobre cualquier posible
demora o interrupción de las Obras en caso de que no se emitan a dicho
Contratista los planos o las instrucciones necesarias en un determinado
plazo, que deberá ser razonable. La notificación incluirá información
detallada sobre los planos o instrucciones que se necesiten, la razón por
la que deban emitirse y el plazo para hacerlo, así como la naturaleza y el
costo del posible retraso o interrupción que se podría sufrir por la
demora en la emisión de tales documentos.
Si el Contratista sufre demoras o incurre en algún Costo debido a que el
Ingeniero no ha emitido el plano o la instrucción señalados en un plazo
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 267
razonable y que se especifique en la notificación con información
complementaria, el Contratista enviará otra notificación al Ingeniero y,
sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del
Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si la
terminación de las obras se ha retrasado o se anticipa que se
retrasará , en virtud de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], y
(b) el pago de dicho Costo más utilidades, que se incluirá en el Precio
del Contrato.
Tras recibir esta segunda notificación, el Ingeniero procederá de
conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a
un acuerdo o decisión al respecto.
Sin embargo, si el incumplimiento del Ingeniero se debe a algún error o
demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de
cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá
derecho a la prórroga del plazo ni al Costo o utilidades mencionados.
1.10 Uso de los
Documentos del
Contratista por
Parte del
Contratante
En lo que se refiere a las Partes, el Contratista retendrá los derechos de
autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de los
Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados
por el Contratista (o en su nombre).
Se considerará que (con la firma del Contrato) el Contratista otorga al
Contratante una licencia sin plazo determinado, transferible, no
exclusiva y libre de regalías para copiar, usar y transmitir los
Documentos del Contratista, así como para realizar y usar
modificaciones de los mismos. Dicha licencia:
(a) será válida a lo largo de la vida útil real o prevista (lo que sea más
largo) de las partes pertinentes de las Obras,
(b) permitirá que cualquier persona que esté en debida posesión de la
parte pertinente de las Obras copie, use y transmita los
Documentos del Contratista con el fin de terminar, operar,
mantener, alterar, ajustar, reparar y demoler las Obras, y
(c) en caso de que los Documentos del Contratista estén en forma de
programas de computación y otros programas informáticos,
permitirá el uso de los mismos en cualquier computadora en el
Lugar de las Obras y otros sitios, conforme figure en el Contrato,
incluidos los reemplazos de las computadoras que proporcione el
Contratista.
Ni el Contratante, ni ninguna otra persona en su nombre, podrá, sin el
consentimiento previo del Contratista, usar, copiar ni transmitir a
terceros los Documentos del Contratista ni otros documentos de diseño
elaborados por o en nombre del Contratista para otros fines que no sean
los que se señalan en esta Subcláusula.
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 268
1.11 Uso de los
Documentos del
Contratante por
Parte del
Contratista
En lo que se refiere a las Partes, el Contratante retendrá todos los
derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de
las Especificaciones, los Planos y otros documentos elaborados por el
Contratante (o en su nombre). El Contratista podrá, a sus expensas,
copiar, usar y obtener transmisiones de esos documentos para fines del
Contrato. El Contratista no podrá, sin el consentimiento previo del
Contratante, copiar, usar ni transmitir dichos documentos a terceros,
salvo en la medida necesaria para los fines del Contrato.
1.12 Detalles
Confidenciales
El Contratista y el personal del Contratante divulgarán toda la
información confidencial y de otra índole que se solicite razonablemente
para verificar el cumplimiento del Contrato y permitir su debida
ejecución.
Cada uno de ellos, deberá tratar la información del Contrato con carácter
privado y confidencial, salvo en la medida necesaria para cumplir las
obligaciones contraídas por cada uno de ellos en virtud del Contrato o
para cumplir las leyes pertinentes. Ninguno de ellos publicará ni
divulgará información acerca de las Obras preparada por la otra Parte sin
el consentimiento previo de dicha Parte. Sin embargo, el Contratista
podrá divulgar cualquier información de dominio público o información
que se requiera para demostrar sus calificaciones para competir en otros
proyectos.
1.13 Cumplimiento de
la Legislación
En el cumplimiento del Contrato, el Contratista cumplirá las leyes
pertinentes. Salvo indicación en otro sentido en las Condiciones
Especiales:
(a) el Contratante deberá haber obtenido ( o deberá obtener) los
permisos de planificación, zonificación, edificación o de índole
similar para las Obras Permanentes, así como cualquier otro
permiso que, según se establezca en las Especificaciones, deba
haberse obtenido (o deba obtenerse) por el Contratante. El
Contratante indemnizará y amparará al Contratista de las
consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al
respecto; y
(b) el Contratista deberá hacer todas las notificaciones, pagar todos los
impuestos, derechos y tasas, y obtener todos los permisos,
licencias y aprobaciones que exija la ley para la ejecución y
terminación de las Obras y para la reparación de cualquier defecto.
El Contratista indemnizará y amparará al Contratante de las
consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al
respecto, salvo que el Contratista esté impedido para realizar estas
acciones y muestre evidencia de su diligencia.
1.14Responsabilidad
Conjunta y
Solidaria
Si el Contratista establece (al amparo de leyes aplicables) una
asociación en participación, consorcio u otra asociación de hecho, de
dos o más personas:
(a) dichas personas serán consideradas responsables en forma
conjunta y solidaria ante el Contratante por el cumplimiento del
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 269
Contrato;
(b) dichas personas notificarán al Contratante el nombre de su
representante, quien tendrá la autoridad para obligar en forma
vinculante al Contratista y a cada una de esas personas; y
(c) el Contratista no modificará su composición ni su situación
jurídica sin el consentimiento previo del Contratante.
1.15 Inspecciones y
Auditorías por
Parte del Banco
El Contratista permitirá al Banco y a personas designadas por éste
inspeccionar el Lugar de las Obras y las cuentas y registros del
Contratista relacionados con el cumplimiento del Contrato, y someter
dichas cuentas y registros a una auditoria por auditores designados por
el Banco, si éste así lo exige.
2. El Contratante
2.1 Derecho de Acceso
al Lugar de las
Obras
El Contratante concederá al Contratista derecho de acceso a, y posesión
de, todas las partes del Lugar de las Obras durante el plazo (o plazos)
señalados en los Datos del Contrato. El derecho de acceso y la posesión
pueden no ser exclusivos del Contratista. Si, en virtud del Contrato, se
exige que el Contratante conceda (al Contratista) la posesión de
cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso, el
Contratante lo hará en el plazo y de la manera que se indiquen en las
Especificaciones. Sin embargo, el Contratante podrá retener ese derecho
o posesión hasta que reciba la Garantía de Cumplimiento.
De no especificarse ese plazo en los Datos del Contrato, el Contratante
concederá al Contratista el derecho de acceso al, y la posesión del,
Lugar de las Obras en los períodos que sean necesarios para permitir al
Contratista proceder sin interrupción de conformidad con el programa
presentado con arreglo a la Subcláusula 8.3 [Programa].
Si el Contratista sufre alguna demora o incurre en algún Costo debido a
que el Contratante no le ha concedido dicho derecho o posesión en el
plazo establecido, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a
lo dispuesto en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista],
tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del plazo por cualquier demora de esa índole, si se ha
retrasado o se retrasará la terminación de las obras, en virtud de la
Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) el pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el
Precio del Contrato.
Tras recibir dicha notificación, el Ingeniero procederá de conformidad
con lo que se establece en la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de
llegar a un acuerdo o decisión al respecto.
Sin embargo, si el incumplimiento del Contratante se debe a algún error
o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de
cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá
derecho a dicha prórroga ni al Costo o utilidades mencionados.
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Sección VII. Condiciones generales 270
2.2 Permisos,
Licencias y
Aprobaciones
El Contratante prestará asistencia razonable al Contratista, cuando éste
así lo solicite, para obtener:
(a) copias de las Leyes del País que sean pertinentes para el Contrato
pero que no se encuentren fácilmente disponibles, y
(b) cualesquier permiso, licencia y aprobaciones que exijan las Leyes
del País:
(i) que el Contratista esté obligado a obtener de conformidad con
la Subcláusula 1.13 [Cumplimiento de la Legislación],
(ii) para la entrega de Bienes, incluido su despacho de aduana, y
(iii) para la exportación de los Equipos del Contratista, cuando se
retiren del Lugar de las Obras.
2.3 Personal del
Contratante
El Contratante tendrá la responsabilidad de asegurarse que el Personal
del Contratante y los demás Contratistas del Contratante en el Lugar de
las Obras:
(a) cooperen con el Contratista de conformidad con la Subcláusula 4.6
[Cooperación], y
(b) tomen medidas análogas a las que debe tomar el Contratista con
arreglo a los incisos (a), (b) y (c) de las Subcláusula 4.8 [
Procedimientos de Seguridad] y 4.18 [Protección del Medio
Ambiente].
2.4 Arreglos
Financieros del
Contratante
El Contratante deberá presentar, antes de la Fecha de Inicio y, de ahí en
adelante, dentro de e un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en
que reciba una solicitud del Contratista, evidencia razonable de que se
han hecho y se mantienen los arreglos financieros que han de permitir
que el Contratante pague puntualmente el Precio del Contrato (según se
calcule en ese momento) de conformidad con la Cláusula 14 [Precio
Contractual y Pago]. Antes de hacer cualquier cambio sustancial a sus
arreglos financieros, el Contratante deberá notificar al Contratista y
proporcionar información detallada al respecto.
Además, si el Banco notifica al Prestatario que ha suspendido los
desembolsos al amparo de su préstamo, el cual financia total o
parcialmente la ejecución de las Obras, el Contratante notificará dicha
suspensión al Contratista, con los detalles correspondientes, incluida la
fecha de la notificación, con copia al Ingeniero, en un plazo de 7 días
contados a partir de la fecha en que el Prestatario reciba del Banco la
notificación de suspensión. En caso de que el Contratante tenga acceso a
fondos alternativos en las monedas adecuadas para seguir pagando al
Contratista más allá del décimo sexto (60º) día contado desde la fecha de
notificación de suspensión por parte del Banco, el Contratante deberá
presentar en dicha notificación evidencia razonable de la medida en que
dichos recursos estarán disponibles.
2.5 Reclamaciones del
Contratante
Si el Contratante considera que tiene derecho a recibir un pago en virtud
de cualquier cláusula de estas Condiciones o de otra manera relacionada
con el Contrato y/o a una prórroga del Período para la Notificación de
Defectos, el Contratante o el Ingeniero notificarán detalladamente al
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 271
Contratista . Sin embargo, no será necesario hacer notificaciones de
pagos adeudados con arreglo a la Subcláusula 4.19 [Electricidad, Agua y
Gas], la Subcláusula 4.20 [Equipos del Contratante y Materiales de
Libre Disposición], o de otros servicios que solicite el Contratista.
La notificación deberá hacerse tan pronto como sea posible y no más de
28 días después que el Contratante se haya enterado, o debiera haberse
enterado, de la situación o circunstancias que originaron la reclamación.
Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del Período para la
Notificación de Defectos antes de que venza dicho plazo .
La información detallada incluirá la cláusula u otra base de la
reclamación, así como pruebas del monto y/o la prórroga que el
Contratante considere que le correspondan en relación con el Contrato.
El Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5
[Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de (i)
el monto (si procede) que le corresponda pagar al Contratista a favor del
Contratante, y/o (ii) la prórroga (si procede) del Plazo para la
Notificación de Defectos de conformidad con la Subcláusula 11.3
[Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos].
Este monto podrá incluirse como una deducción en el Precio del
Contrato y los Certificados de Pago. El Contratante sólo tendrá derecho
a compensar o deducir una suma de un monto certificado al amparo de
un Certificado de Pago, o a presentar otra reclamación en contra del
Contratista, de conformidad con esta Subcláusula.
3. El Ingeniero
3.1 Obligaciones y
Facultades del
Ingeniero
El Contratante designará al Ingeniero quien cumplirá las obligaciones
que se le asignen en el Contrato. El personal del Ingeniero incluirá
ingenieros debidamente calificados y otros profesionales competentes
para cumplir esas obligaciones.
El Ingeniero no tendrá la potestad de modificar el Contrato.
El Ingeniero podrá ejercer las facultades que se le confieran
explícitamente en el Contrato o se deriven implícitamente del mismo.
Si el Ingeniero debe obtener la aprobación del Contratante antes de
ejercer una facultad en particular, los requisitos serán los que se indican
en las Condiciones Especiales. El Contratante informará sin demora al
Contratista sobre cualquier cambio en las facultades conferidas al
Ingeniero.
Sin embargo, cuando el Ingeniero ejerza una facultad específica que
requiera la autorización del Contratante, entonces (para los fines del
Contrato) se considerará que este último ha concedido su aprobación.
Salvo indicación diferente en estas Condiciones:
(a) cuando el Ingeniero cumpla sus obligaciones o ejerza sus
facultades, ya sea que éstas se especifiquen en el Contrato o que se
deriven en forma implícita del mismo, se considerará que actúa en
nombre del Contratante;
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Sección VII. Condiciones generales 272
(b) el Ingeniero no tendrá autoridad para eximir a ninguna de las Partes
de cualesquiera deberes, obligaciones o responsabilidades en
virtud del Contrato;
(c) ninguna aprobación, verificación, certificado, consentimiento,
examen, inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud,
prueba o acto de esa índole del Ingeniero (incluida la no
desaprobación) eximirá al Contratista de cualquier responsabilidad
que tenga en virtud del Contrato, incluida la responsabilidad en
cuanto a errores, omisiones, discrepancias e incumplimientos; y
(d) Salvo que se indique algo diferente en forma expresa, , cualquier
acto realizado por el Ingeniero en respuesta a una solicitud del
Contratista deberá ser notificado por escrito al Contratista dentro
del plazo de 28 días de recibida la solicitud.
Se aplicarán las siguientes disposiciones:
El Ingeniero obtendrá la aprobación específica del Contratante antes de
actuar de conformidad con las siguientes Subcláusulas de estas
Condiciones:
(a) Subcláusula 4.12: Acuerdo o establecimiento de una prórroga y/o
costo adicional.
(b) Subcláusula 13.1: Orden de Variación, a excepción de:
(i) situaciones de emergencia conforme lo determine el
Ingeniero, o
(ii) el caso en que una Variación aumente el Monto Contractual
Aceptado, en un porcentaje inferior al especificado en los
Datos Contractuales.
(c) Subcláusula 13.3: Aprobación de una propuesta de Variación por
parte del Contratista de conformidad con la Subcláusula 13.1 ó
13.2.
(d) Subcláusula 13.4: Especificación del monto pagadero en cada una
de las monedas aplicables.
(e) Sin perjuicio de la obligación de obtener aprobación, como se
indica supra, si a juicio del Ingeniero ocurre una emergencia que
afecte la seguridad personal, la seguridad física de las Obras o de
la(s) propiedad(es) colindante(s), éste podrá, sin eximir al
Contratista de sus deberes y responsabilidades en virtud del
Contrato, ordenar al Contratista que lleve a cabo las obras o
actividades que sean necesarias, según el Ingeniero, para mitigar o
reducir el riesgo. El Contratista cumplirá inmediatamente cualquier
instrucción de esa índole que le dé el Ingeniero, aún a falta de la
aprobación de dicha instrucción por parte del Contratante. El
Ingeniero determinará un aumento del Precio del Contrato por
concepto de dicha orden, de conformidad con lo dispuesto en la
Cláusula 13, y notificará debidamente al Contratista, con copia al
Contratante.
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Sección VII. Condiciones generales 273
3.2 Delegación por el
Ingeniero
El Ingeniero podrá ocasionalmente asignar deberes y delegar autoridad a
los asistentes, y también podrá revocarlas . Entre los asistentes puede
incluirse un ingeniero residente y/o inspectores independientes
designados para examinar y/o probar elementos de los Equipos y/o los
Materiales. La asignación, delegación o revocación deberán hacerse por
escrito y no entrarán en vigor hasta que ambas Partes hayan recibido
copia de la notificación.
Sin embargo, salvo que ambas Partes acuerden otra cosa, el Ingeniero no
podrá delegar la autoridad para resolver cualquier asunto de conformidad
con la Subcláusula 3.5 [Decisiones].
Los asistentes serán personas debidamente calificadas, con capacidad
para llevar a cabo esos deberes y ejercer dicha autoridad y tendrán pleno
dominio del idioma para comunicaciones que se define en la
Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma].
Cada asistente a quien se le hayan asignado deberes o en quien se haya
delegado autoridad, estará autorizado únicamente a impartir
instrucciones al Contratista en la medida definida en la delegación.
Cualquier aprobación, verificación, certificado, consentimiento, examen,
inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa
índole por parte de un asistente, efectuado de conformidad con la
delegación, tendrá el mismo efecto que si proviniera del Ingeniero. Sin
embargo:
(a) el hecho de no haber desaprobado un trabajo, Equipos o Materiales
no constituirá la aprobación de los mismos, por lo que no afectará
el derecho del Ingeniero a rechazar dichos trabajos, Equipos o
Materiales;
(b) si el Contratista cuestiona una decisión u orden de un asistente, el
Contratista podrá remitir el asunto al Ingeniero, quien con la
debida prontitud confirmará, revertirá o modificará la decisión u
orden.
3.3 Instrucciones del
Ingeniero
El Ingeniero podrá impartir instrucciones al Contratista en cualquier
momento, y proporcionarle los Planos adicionales o modificados que se
necesiten para la ejecución de las Obras y la reparación de cualquier
defecto, de conformidad con el Contrato. El Contratista sólo responderá
a las instrucciones del Ingeniero, o del asistente en el que se haya
delegado la autoridad pertinente en virtud de esta Cláusula. En el caso de
que una orden constituya una Variación, se aplicará la Cláusula 13
[Variaciones y Ajustes].
El Contratista cumplirá las instrucciones que imparta el Ingeniero o el
asistente en quien se haya delegado dicha autoridad, en relación con
cualquier asunto del Contrato. Siempre que sea posible, las instrucciones
se impartirán por escrito. Si el Ingeniero o un asistente autorizado:
(a) da una orden verbal,
(b) recibe del Contratista (o en su nombre) una confirmación escrita de
la orden en un plazo de dos días laborales a partir de la fecha en
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Sección VII. Condiciones generales 274
que se dio la instrucción, y
(c) no responde con una negativa u orden escrita dentro de dos días
después de recibir la confirmación,
entonces la confirmación pasará a constituir la orden escrita del
Ingeniero o el asistente en quien se ha delegado dicha autoridad (según
corresponda).
3.4 Reemplazo del
Ingeniero
Si el Contratante prevé reemplazar al Ingeniero, el Contratante deberá
notificar al Contratista, por lo menos 21 días antes de la fecha prevista
del reemplazo, el nombre, la dirección y la experiencia pertinente del
potencial Ingeniero sustituto. Si el Contratista considera que el potencial
Ingeniero sustituto no es adecuado, tendrá el derecho a presentar
objeciones al nombramiento, mediante notificación al Contratante, con
información que fundamente su posición, y el Contratante dará plena y
justa consideración a dicha objeción.
3.5 Decisiones
En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Ingeniero
proceda de conformidad con esta Subcláusula 3.5 para acordar o resolver
algún asunto, el Ingeniero consultará con cada una de las Partes con el
ánimo de alcanzar un acuerdo. De no lograrse un acuerdo, el Ingeniero
tomará una decisión justa de conformidad con el Contrato, tomando en
cuenta todas las circunstancias pertinentes.
Salvo que se especifique algo diferente, el Ingeniero notificará a ambas
Partes sobre cada uno de los acuerdos o decisiones, con los detalles del
caso dentro del plazo de 28 días de haber recibido la correspondiente
queja o solicitud. Cada una de las Partes dará cumplimiento a los
acuerdos o decisiones, salvo (y en ese caso, hasta) que se sometan a
reconsideración con arreglo a la Cláusula 20 [Quejas , Controversias y
Arbitraje].
4. El Contratista
4.1 Obligaciones
Generales del
Contratista
En la medida en que se especifique en el Contrato, el Contratista
diseñará, ejecutará y terminará las Obras de conformidad con el Contrato
y con las instrucciones del Ingeniero y reparará cualquier defecto de las
Obras.
El Contratista suministrará los Equipos y los Documentos del Contratista
que se especifiquen en el Contrato, así como todo el Personal del
Contratista, los Bienes, los bienes consumibles y otros bienes y
servicios, permanentes o temporales, necesarios para, y en relación con,
el diseño, la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus
defectos.
Todos los equipos, materiales y servicios que incorporen en, o se
requieran para, las Obras deberán provenir de cualquier país elegible de
conformidad con la definición que establece el Banco.
El Contratista velará por el carácter adecuado, la estabilidad y la
seguridad de todas las operaciones y los métodos de construcción en el
Lugar de las Obras. Salvo en la medida en que se especifique en el
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Sección VII. Condiciones generales 275
Contrato, el Contratista i) será responsable de todos los Documentos del
Contratista, las Obras Temporales y el diseño que pueda ser necesario en
relación con cada elemento de los Equipos y los Materiales para que
dicho(s) elemento(s) se ciña(n) al Contrato; y ii) no será responsable del
diseño o las especificaciones de las Obras Permanentes.
El Contratista suministrará al Contratante, a solicitud del Ingeniero, la
información sobre los arreglos y los métodos que propone adoptar para la
ejecución de las Obras. Dichos arreglos y métodos no podrán
modificarse de manera significativa sin que antes se haya notificado de
ello al Ingeniero.
En caso de que en el Contrato se especifique que el Contratista diseñará
cualquier parte de las Obras Permanentes, entonces, salvo indicación
diferente en las Condiciones Especiales:
(a) el Contratista suministrará al Ingeniero los Documentos del
Contratista correspondientes a dicha parte de conformidad con los
procedimientos que se especifican en el Contrato;
(b) esos Documentos del Contratista se ceñirán a las Especificaciones
y los Planos; estarán escritos en el idioma para comunicaciones
definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma] e incluirán la
información adicional solicitada por el Ingeniero para agregar a los
Planos a fin de coordinar los diseños de cada una de las Partes;
(c) el Contratista será responsable de esta parte, la cual, una vez
terminadas las Obras, servirá para el propósito para la que fue
concebida de conformidad como se señala en el Contrato; y
(d) antes de que inicien las Pruebas a la Terminación, el Contratista
proporcionará al Ingeniero la documentación ―conforme a obra‖ y
según corresponda, los manuales de operación y mantenimiento,
de conformidad con las Especificaciones y en suficiente detalle
como para que el Contratante pueda operar, mantener, desmontar,
reensamblar, ajustar o reparar esta parte de las Obras. Dicha parte
no se considerará terminada para los fines de la recepción con
arreglo a la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones]
hasta que se hayan proporcionado al Ingeniero la documentación y
los manuales mencionados.
4.2 Garantía de
Cumplimiento
El Contratista obtendrá (a su costo) una Garantía de Cumplimiento por el
monto y monedas estipulados en los Datos del Contrato. Esta
Subcláusula no se aplicará en los casos en que no se especifique un
monto en los Datos del Contracto.
El Contratista suministrará la Garantía de Cumplimiento dentro de un
plazo que no exceda de 28 días después de haber recibido la Carta de
Aceptación, y enviará una copia al Ingeniero. La Garantía de
Cumplimiento deberá haber sido emitida por una entidad y provenir de
un país (u otra jurisdicción) aprobados por el Contratante, y tendrá la
forma que se adjunte a las Condiciones Especiales u otra forma que
apruebe el Contratante.
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 276
El Contratista se asegurará de que la Garantía de Cumplimiento sea
válida y exigible hasta que el Contratista ejecute y termine las Obras y
repare cualquier defecto. Si en los términos de la Garantía de
Cumplimiento se estipula una fecha de vencimiento y 28 días antes de
ésta el Contratista todavía no está en condiciones de recibir el Certificado
de Cumplimiento, el Contratista deberá prorrogar el período de validez
de la Garantía de Cumplimiento hasta que se terminen las Obras y se
reparen los defectos.
El Contratante no podrá hacer reclamaciones en virtud de la Garantía de
Cumplimiento, salvo por los montos que le correspondan al amparo del
Contrato. El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y
de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de
abogados y gastos legales) que se generen a raíz de una reclamación al
amparo de la Garantía de Cumplimiento en la medida en que el
Contratante no hubiera tenido derecho a hacer la reclamación.
El Contratante devolverá la Garantía de Cumplimiento al Contratista
dentro del plazo de 21 días de haber recibido una copia del Certificado
de Cumplimiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de esta Subcláusula, en los casos
en que el Ingeniero decida aumentar o reducir el Precio del Contrato a
raíz de un cambio en el costo y/o la legislación o como resultado de una
Variación que supere el 25% de la porción del Precio del Contrato
pagadera en una moneda específica, el Contratista, a solicitud del
Ingeniero, procederá sin demora a aumentar o reducir, según
corresponda, el valor de la Garantía de Cumplimiento en esa moneda, en
el mismo porcentaje.
4.3 Representante del
Contratista
El Contratista nombrará al Representante del Contratista y le conferirá
todas las facultades necesarias para que actúe en nombre del Contratista
para los fines del Contrato.
Salvo que el nombre del Representante del Contratista aparezca en el
Contrato, el Contratista suministrará al Ingeniero para su aprobación,
antes de la fecha de inicio, el nombre y la información de la persona que
propone como Representante del Contratista. Si se niega la aprobación o
se revoca según la Subcláusula 6.9 [Personal del Contratista], o si la
persona designada no ejerce sus funciones como Representante del
Contratista, el Contratista seguirá el mismo procedimiento para presentar
el nombre y la información de otra persona adecuada para el cargo en
cuestión.
El Contratista no podrá revocar el nombramiento del Representante del
Contratista, ni nombrar a un sustituto, sin el consentimiento previo del
Ingeniero.
El Representante del Contratista dedicará todo su tiempo a dirigir el
cumplimiento del Contrato por parte del Contratista. Si el Representante
del Contratista debe ausentarse temporalmente del Lugar de las Obras
durante la ejecución de éstas, se nombrará a un sustituto adecuado, con
el previo consentimiento del Ingeniero, a quien deberá darse la debida
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 277
notificación.
El Representante del Contratista recibirá instrucciones en nombre del
Contratista, de conformidad con la Subcláusula 3.3 [Instrucciones del
Ingeniero].
El Representante del Contratista podrá delegar facultades, funciones y
poderes en cualquier persona competente, y podrá revocar dicha
delegación en cualquier momento. Las delegaciones o revocaciones no
entrarán en vigor sino una vez que el Ingeniero haya recibido una
notificación previa firmada por el Representante del Contratista en la que
se señale el nombre de la persona y se especifiquen las facultades, las
funciones y los poderes delegados o revocados.
El Representante del Contratista hablará con fluidez el idioma para
comunicaciones definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]. Si los
delegados del Representante del Contratista no hablan con fluidez el
idioma mencionado, el Contratista se asegurará de que haya intérpretes
competentes durante todas las horas de trabajo, en un número que el
Ingeniero considere suficiente.
4.4 Subcontratistas
El Contratista no subcontratará la totalidad de las obras.
El Contratista será responsable de las acciones u omisiones de cualquier
Subcontratista, sus agentes o empleados, como si fueran las suyas
propias. Salvo indicación en contrario en las Condiciones Especiales:
(a) el Contratista no estará obligado a obtener aprobación cuando se
trate de proveedores de Materiales únicamente, o para la
contratación de un Subcontratista que esté designado en el
Contrato;
(b) se obtendrá el consentimiento previo del Ingeniero cuando se trate
de la contratación de otros Subcontratistas que propongan;
(c) el Contratista notificará al Ingeniero, con al menos 28 días de
anticipación, sobre la fecha prevista de inicio del trabajo de cada
Subcontratista, y del comienzo de dicho trabajo en el Lugar de las
Obras; y
(d) cada subcontrato incluirá disposiciones que den al Contratante el
derecho de exigir que se le ceda el subcontrato con arreglo a la
Subcláusula 4.5 [Cesión de Beneficio de Subcontrato] (conforme
proceda) o en el caso de terminaci6n en virtud de la Subcláusula
15.2 [Terminación por parte del Contratante].
El Contratista se asegurará de que los requisitos que se le imponen en la
Subcláusula 1.12 [Confidencialidad] se apliquen igualmente a todos los
Subcontratistas .
En la medida de lo posible, el Contratista dará justas y razonables
oportunidades a contratistas del País, para ser nombrados
Subcontratistas.
4.5 Cesión de
Beneficio de
Subcontrato
Si las obligaciones de un Subcontratista siguen vigentes después de la
fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos
pertinente, el Contratista deberá ceder al Contratante el beneficio de
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Sección VII. Condiciones generales 278
dichas obligaciones, si el Ingeniero así se lo exige antes de esa fecha.
Salvo indicación diferente en la cesión, el Contratista no será
responsable ante el Contratante por los trabajos que realice el
Subcontratista después de la entrada en vigor de la cesión.
4.6 Cooperación
El Contratista ofrecerá, conforme se estipule en el Contrato o indique el
Ingeniero, suficientes oportunidades de trabajo a :
(a) el Personal del Contratante,
(b) otros contratistas contratados por el Contratante, y
(c) el personal de cualquier entidad pública legalmente constituida,
quienes podrán estar empleadas en el Lugar de las Obras o en sus
inmediaciones para la ejecución de trabajos no incluidos en el Contrato.
Cualquiera de esas instrucciones constituirá una Variación en la medida
en que obligue al Contratista a sufrir retrasos y a incurrir en un Costo
Imprevisto. Los servicios para ese personal y otros Contratistas pueden
incluir el uso de Equipos del Contratista, Obras Temporales o arreglos en
materia de acceso que son responsabilidad del Contratista.
Si en virtud del Contrato se exige al Contratante que conceda al
Contratista posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación o
medio de acceso de conformidad con los Documentos del Contratista, el
Contratista suministrará dichos documentos al Ingeniero en el plazo y la
forma indicados en las Especificaciones.
4.7 Trazado
El Contratista trazará las Obras en función de los puntos originales,
líneas y niveles de referencia especificados en el Contrato o
notificados al Ingeniero. El Contratista será responsable del correcto
posicionamiento de todas las partes de las Obras, y rectificará cualquier
error en las posiciones , niveles, dimensiones o alineamiento de las
mismas.
El Contratante será responsable de cualquier error en los parámetros de
referencia señalados o notificados, pero el Contratista tratará
razonablemente de verificar la precisión de dichos datos antes de que se
utilicen.
Si el Contratista sufre una demora o incurre en Costos por realizar
trabajos requeridos a raíz de un error en los parámetros de referencia,
que un contratista con experiencia no hubiera podido detectar
razonablemente dicho error y evitar esa demora o ese Costo, el
Contratista notificará de ello al Ingeniero y, con arreglo a la Subcláusula
20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha
retrasado o se retrasará la Terminación de las Obras, en virtud de la
Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) el pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el
Precio del Contrato.
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Sección VII. Condiciones generales 279
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con
la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de acordar o decidir i) si y (si
procede) en qué medida no se hubiera podido detectar el error de manera
razonable, y ii) si los asuntos que se señalan en los incisos (a) y (b) supra
se relacionan con dicha medida.
4.8 Procedimientos de
Seguridad
El Contratista deberá:
(a) cumplir con todas las regulaciones de seguridad aplicables ,
(b) velar por la seguridad de todas las personas autorizadas a estar en el
Lugar de las Obras,
(c) hacer lo razonable para mantener el Lugar de las Obras y las
propias Obras libres de obstrucciones innecesarias a fin de evitar
situaciones peligrosas para dichas personas,
(d) proporcionar cercas, alumbrado, protección y vigilancia para las
Obras hasta que éstas se terminen y entreguen con arreglo a la
Cláusula 10 [Recepción por parte del Contratante], y
(e) proporcionar cualesquiera Obras Temporales (incluidos caminos,
senderos, guardias y cercas) que puedan ser necesarias a raíz de la
ejecución de las Obras, para el uso y la protección del público y los
propietarios y ocupantes de los terrenos adyacentes.
4.9 Control de
Calidad
El Contratista establecerá un sistema de control de calidad para
demostrar el cumplimiento de los requisitos del Contrato. El sistema se
ceñirá a la información que figura en el Contrato. El Ingeniero podrá
auditar cualquier aspecto del sistema.
Deberán presentarse al Ingeniero, para su información, detalles de todos
los procedimientos y documentos de cumplimiento antes del inicio de
cada etapa de diseño y ejecución. Todos los documentos de naturaleza
técnica que se emitan para el Ingeniero deberán ostentar comprobante de
la aprobación previa del propio Contratista.
El cumplimiento del sistema de control de calidad no eximirá al
Contratista de ninguno de sus deberes, obligaciones o responsabilidades
en virtud del Contrato.
4.10 Datos del Lugar de
las Obras
Antes de la Fecha Base, el Contratante deberá haber proporcionado al
Contratista, para su información, todos los datos pertinentes de los que
disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del Lugar de
las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el Contratante
pondrá a disposición del Contratista todos los datos de esa índole que
obtenga después de la Fecha Base. El Contratista será responsable de
interpretar todos esos datos.
En la medida en que fuera posible (tomando en cuenta el costo y el
tiempo), se considerará que el Contratista ha obtenido toda la
información necesaria acerca de los riesgos, imprevistos y otras
circunstancias que puedan tener influencia o incidencia en la Oferta o las
Obras. En la misma medida, se considerará que el Contratista ha
inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus alrededores, los
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Sección VII. Condiciones generales 280
datos mencionados anteriormente y otra información disponible, y que
antes de presentar la Oferta estaba satisfecho con respecto a todos los
asuntos pertinentes, incluidos ( más no de manera exclusiva):
(a) la forma y la naturaleza del Lugar de las Obras, incluidas las
condiciones subterráneas,
(b) las condiciones hidrológicas y climáticas,
(c) la medida y la naturaleza de los trabajos y Bienes necesarios para la
ejecución y terminación de las Obras y la reparación de
cualesquiera defectos,
(d) la legislación, los procedimientos y las prácticas laborales del País,
y
(e) los requisitos del Contratista en cuanto a acceso, alojamiento,
dependencias, personal, electricidad, transporte, agua y otros
servicios.
4.11 Suficiencia del
Monto
Contractual
Aceptado
Se considerará que el Contratista:
(a) está satisfecho con el Monto Contractual Aceptado en términos de
su idoneidad y suficiencia, y
(b) basó el Monto Contractual Aceptado en los datos, las
interpretaciones, la información necesaria, las inspecciones, los
exámenes y el cumplimiento de todos los asuntos pertinentes que se
especifican en la Subcláusula 4.10 [Datos del Lugar de las Obras].
Salvo indicación en otro sentido en el Contrato, el Monto Contractual
Aceptado cubre todas las obligaciones del Contratista en virtud del
Contrato (incluidas las que se establezcan bajo Montos Provisionales, si
los hubiere) y todos los aspectos necesarios para ejecutar y terminar
adecuadamente las Obras y reparar cualesquiera defectos.
4.12 Condiciones
Físicas
Imprevisibles
En esta Subcláusula, ―condiciones físicas‖ se refiere a condiciones
físicas naturales y artificiales, así como otras obstrucciones y
contaminantes físicos que el Contratista encuentre en el Lugar de las
Obras durante la ejecución de las mismas, incluidas condiciones
subterráneas e hidrológicas pero no climáticas.
Si el Contratista se enfrenta con condiciones físicas adversas que
considere Imprevisibles, notificará de ello al Ingeniero tan pronto como
sea posible.
En esa notificación se describirán las condiciones físicas, de manera que
el Ingeniero pueda inspeccionarlas, y se expondrán las razones por las
que el Contratista las considera condiciones Imprevisibles. El
Contratista seguirá con la ejecución de las Obras adoptando las medidas
que sean adecuadas y razonables para las condiciones físicas, y cumplirá
las instrucciones que pueda darle el Ingeniero. Si alguna orden constituye
una Variación, se aplicará la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].
Si, habiendo encontrado condiciones físicas que sean Imprevisibles, el
Contratista hace la notificación al respecto y sufre demoras o incurre en
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Sección VII. Condiciones generales 281
Costos a raíz de las condiciones mencionadas, el Contratista tendrá
derecho a la notificación indicada en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones
del Contratista], a:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha
retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de
conformidad con la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], y
(b) el pago de dichos Costos, que se incluirán en el Precio del
Contrato.
Tras recibir la notificación y examinar o investigar las condiciones
físicas, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5
[Decisiones] con el fin de acordar o resolver i) si y (si procede) en qué
medida esas condiciones físicas eran Imprevisibles, y ii) si los asuntos
que se describen en los incisos (a) y (b) supra guardan relación con esa
medida.
Sin embargo, antes de llegar a un acuerdo definitivo o decisión respecto
del Costo adicional con arreglo al inciso (ii), el Ingeniero también podrá
analizar si otras condiciones físicas en partes similares de las Obras (si
las hubiere) eran más favorables de lo que podría haberse previsto
cuando el Contratista presentó la Oferta. Si, y en la medida en que fueren
encontradas esas condiciones más favorables, el Ingeniero podrá
proceder de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin
de llegar a un acuerdo o decisión respecto de las reducciones de Costo
originadas por dichas condiciones, que podrán incluirse (como
deducciones) en el Precio del Contrato y los Certificados de Pago. Sin
embargo, el efecto neto de todos los ajustes en virtud del inciso (b) y
todas las reducciones mencionadas, por todas las condiciones físicas que
se encuentren en partes similares de las obras, no darán lugar a una
reducción neta del Precio del Contrato.
El Ingeniero deberá tomar en cuenta cualquier evidencia de las
condiciones físicas previstas por el Contratista cuando presentó la Oferta,
evidencias que el Contratista deberá facilitar; sin embargo, la
interpretación de esas evidencias por parte del Contratista no tendrá
carácter obligatorio para el Ingeniero.
4.13 Servidumbre de
Paso y
Dependencias
Salvo indicación diferente en el Contrato, el Contratante deberá proveer
acceso al, y posesión del, Lugar de las Obras, incluyendo las servidumbres
de paso especiales y/o temporales que puedan ser necesarias para las Obras.
El Contratista también obtendrá, a su riesgo y expensas, cualquier
servidumbre de paso o instalaciones adicionales fuera del Lugar de las
Obras que pueda necesitar para fines de las Obras.
4.14 No interferencia
El Contratista no interferirá en forma innecesaria ni inadecuada con:
(a) la comodidad del público, ni
(b) el acceso a y uso y ocupación de todos los caminos y senderos,
independientemente de que sean públicos o estén en posesión del
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Sección VII. Condiciones generales 282
Contratante o de otros.
El Contratista deberá indemnizar y amparar al Contratante de todos los
daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados )
que se generen a raíz de una interferencia innecesaria o inadecuada de
esa índole.
4.15 Ruta de Acceso
Se considerará que el Contratista está satisfecho con la conveniencia y
disponibilidad de las rutas de acceso al Lugar de las Obras el día de la
Fecha Base. El Contratista hará lo razonablemente posible por evitar los
daños que pueda sufrir cualquier camino o puente como resultado del
tráfico del Contratista o su personal. Ello incluye el uso adecuado de
vehículos y rutas apropiados.
Salvo indicación diferente en estas Condiciones:
(a) el Contratista será (al igual que entre las Partes) responsable de
cualquier mantenimiento que sea necesario por el uso que haga de
las rutas de acceso;
(b) el Contratista proporcionará todas las señalizaciones o
instrucciones necesarias a lo largo de las rutas de acceso, y
obtendrá los permisos necesarios de las autoridades pertinentes
para usar dichas rutas, señalizaciones e instrucciones;
(c) el Contratante no será responsable de las reclamaciones que surjan
del uso de cualquier ruta de acceso, ni por otro motivo en relación
con la misma;
(d) el Contratante no garantiza la idoneidad ni la o disponibilidad de
ninguna ruta de acceso en particular; y
(e) los costos que se generen por la falta de idoneidad o disponibilidad
de las rutas de acceso para el uso requerido por el Contratista,
correrán por cuenta de éste.
4.16 Transporte de
Bienes
Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:
(a) el Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de
anticipación sobre la fecha de entrega de cualquier Equipo u otra
parte importante de otros Bienes en el Lugar de las Obras;
(b) el Contratista será responsable de empacar, cargar, transportar,
recibir, descargar, almacenar y proteger todos los Bienes y demás
elementos necesarios para las Obras; y
(c) el Contratista indemnizará y amparará al Contratante de todos los
daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de
abogados y gastos legales) que se generen del transporte de Bienes,
y negociará y pagará todas las reclamaciones que surjan a raíz del
transporte de los mismos.
4.17 Equipos del
Contratista
El Contratista será responsable de todos sus Equipos. Una vez que se
lleven al Lugar de las Obras, se considerará que los Equipos del
Contratista se usarán exclusivamente para la ejecución de las Obras. El
Contratista no retirará del Lugar de las Obras ningún elemento
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Sección VII. Condiciones generales 283
importante de sus Equipos sin el consentimiento previo del Ingeniero.
Sin embargo, dicho consentimiento no será necesario para vehículos que
transporten Bienes o Personal del Contratista fuera del Lugar de las
Obras.
4.18 Protección del
Medio Ambiente
El Contratista tomará todas las medidas razonables para proteger el
medio ambiente (tanto dentro como fuera del Lugar de las Obras) y para
limitar los daños y las alteraciones que se puedan crear a las personas y
las propiedades como consecuencia de la contaminación, el ruido y otros
resultados de sus operaciones.
El Contratista velará por que las emisiones y las descargas superficiales
y efluentes que se produzcan como resultado de sus actividades no
excedan los valores señalados en las Especificaciones o dispuestas por
las leyes aplicables .
4.19 Electricidad, Agua
y Gas
Salvo en los casos que se señalan más abajo, el Contratista será
responsable de suministrar la electricidad, el agua y los demás servicios
que necesite para las actividades de construcción y, en la medida
establecida en las Especificaciones, para las pruebas.
El Contratista tendrá derecho a usar para los fines de las Obras los
suministros de electricidad, agua, gas y otros servicios que se encuentren
disponibles en el Lugar de las Obras y cuyos detalles y precios figuren
en las Especificaciones. El Contratista suministrará, a su riesgo y
expensas, los aparatos necesarios para hacer uso de esos servicios y
medir las cantidades consumidas.
El Ingeniero dará su aprobación , o determinará, las cantidades
consumidas y los montos pagaderos (a esos precios) por concepto de
dichos servicios, de conformidad con las Subcláusulas 2.5
[Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista
pagará dichos montos al Contratante.
4.20 Equipos del
Contratante y
Materiales de
Libre Disposición
El Contratante pondrá sus Equipos (si los hubiere) a disposición del
Contratista para la ejecución de las Obras, de conformidad con los detalles,
arreglos y precios señalados en las Especificaciones. Salvo indicación en
sentido diferente en las Especificaciones:
(a) el Contratante será responsable de sus Equipos, salvo que
(b) el Contratista será responsable de cada elemento de los Equipos del
Contratante cuando cualquiera de los miembros del Personal del
Contratista los opere, conduzca, dirija o esté en posesión o control
de los mismos.
El Ingeniero acordará o determinará las cantidades adecuadas y los
montos pagaderos (a los precios establecidos) por el uso de los Equipos
del Contratante de conformidad con las Subcláusulas 2.5
[Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista
pagará dichos montos al Contratante.
El Contratante proporcionará, sin costo alguno, los ―materiales de libre
disposición‖ (si los hubiere) de conformidad con la información que se
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Sección VII. Condiciones generales 284
señale en las Especificaciones. El Contratante proporcionará, a su riesgo
y expensas, dichos materiales en la fecha y lugar señalados en el
Contrato. El Contratista los inspeccionará visualmente y notificará con
prontitud al Ingeniero sobre cualquier falta, defecto u omisión al
respecto. A no ser que las Partes acuerden otra cosa, el Contratante
rectificará de inmediato la falta, defecto u omisión que se le haya
notificado.
Tras esa inspección visual, los materiales de libre disposición pasarán a
estar bajo el cuidado, custodia y control del Contratista. Las obligaciones
del Contratista en materia de inspección, cuidado, custodia y control no
eximirán al Contratante de su responsabilidad por cualquier falta,
defecto u omisión no advertida en una inspección visual.
4.21 Informes de
Avance
Salvo que se exprese otra cosa en las Condiciones Especiales, el
Contratista elaborará informes mensuales de avance, que presentará al
Ingeniero en 6 copias . El primer informe cubrirá el período desde la
Fecha de Inicio hasta el final del primer mes calendario. De ahí en
adelante se presentarán informes mensuales, cada uno dentro del plazo
de 7 días contados a partir del último día del período en cuestión.
Se presentarán informes hasta que el Contratista haya terminado todo el
trabajo que se sepa que está pendiente a la fecha de terminación que se
indique en el Certificado de Recepción de Obra.
Los informes incluirán:
(a) gráficos y descripciones detalladas del avance alcanzado, incluida
cada etapa de diseño (si la hubiere), los Documentos del
Contratista, las adquisiciones, las fabricaciones, las entregas en el
Lugar de las Obras, la construcción, el montaje y las pruebas; y
también incluye estas mismas etapas de trabajo correspondientes a
cada uno de los Subcontratistas designados (conforme se define en
la Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]);
(b) fotografías que reflejen el correspondiente estado de fabricación y
el avance alcanzado en el Lugar de las Obras;
(c) en cuanto a la fabricación de cada elemento importante de los
rubros de Equipos y Materiales, el nombre del fabricante, la
ubicación de la fábrica, el porcentaje de avance y las fechas reales
o previstas para
(i) el inicio de la fabricación,
(ii) las inspecciones del Contratista,
(iii) las pruebas, y
(iv) el envío y la llegada al Lugar de las Obras;
(d) la información que se detalla en la Subcláusula 6.10 [Registros del
Personal y Equipos del Contratista];
(e) las copias de los documentos de control de calidad, resultados de
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Sección VII. Condiciones generales 285
las pruebas y certificados de Materiales;
(f) la lista de las notificaciones realizadas en virtud de las Subcláusulas
2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 20.1 [Reclamaciones del
Contratista];
(g) estadísticas de seguridad, incluidos detalles sobre incidentes
peligrosos y actividades en cuanto a aspectos ambientales y
relaciones públicas, y
(h) comparaciones entre el avance realmente alcanzado y el previsto,
con detalles sobre cualquier hecho o circunstancia que pueda
afectar la terminación de las Obras de conformidad con el Contrato,
y las medidas que se estén tomando (o que se tomarán) para superar
las demoras.
4.22 Seguridad del
Lugar de las
Obras
Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:
(a) el Contratista será responsable de mantener fuera del Lugar de las
Obras a personas no autorizadas, y
(b) las personas autorizadas se limitarán al Personal del Contratista y
del Contratante, y a cualquier otro empleado que el Contratante o el
Ingeniero notifiquen al Contratista, como personal autorizado de
los otros contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras.
4.23 Operaciones del
Contratista en el
Lugar de las
Obras
El Contratista limitará sus actividades al Lugar de las Obras y a cualquier
otros sitios adicionales que obtenga como zonas adicionales de trabajo
con el acuerdo del Ingeniero. El Contratista tomará todas las
precauciones necesarias para mantener sus Equipos y su Personal dentro
del Lugar de las Obras y dichas zonas adicionales y mantenerlos fuera de
los terrenos adyacentes.
Durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantendrá el Lugar de
las Obras libre de obstrucciones innecesarias y almacenará, o dispondrá
de, los Equipos del Contratista o los materiales excedentes. El
Contratista despejará el Lugar de las Obras y eliminará los escombros, la
basura y las Obras Temporales que ya no se necesiten.
Al emitirse un Certificado de Recepción de Obra, el Contratista
despejará y retirará de la parte del Lugar de las Obras y las Obras a que
se refiere dicho Certificado todos sus Equipos, materiales excedentes,
desperdicios, basura y Obras Temporales. El Contratista dejará esa parte
del Lugar de las Obras y las Obras referidas limpias y seguras. Sin
embargo, el Contratista podrá retener en dicho Lugar, durante el plazo
para la Notificación de Defectos, los Bienes que necesite para cumplir
sus obligaciones en virtud del Contrato.
4.24 Fósiles
Los fósiles, monedas, artículos de valor o antigüedad y estructuras y
otros restos o elementos de interés geológico o arqueológico que se
encuentren en el Lugar de las Obras quedarán bajo el cuidado y la
autoridad del Contratante. El Contratista tomará precauciones
razonables para evitar que su Personal u otras personas retiren o dañen
cualquiera de esos objetos encontrados.
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 286
Al descubrirse cualquiera de esos objetos, el Contratista notificará
rápidamente de ello al Ingeniero, quien le impartirá instrucciones al
respecto. Si el Contratista sufre alguna demora y/o incurre en algún
Costo por cumplir las instrucciones, hará una nueva notificación al
Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del
Contratista], tendrá derecho a:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha
retrasado o se anticipa que se retrasará la terminación de las Obras,
en virtud de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], y
(b) el pago de dicho Costo, el que se incluirá en el Precio del Contrato.
Tras recibir esa nueva notificación, el Ingeniero procederá de
conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a
un acuerdo o determinación al respecto.
5. Subcontratistas Designados
5.1 Definición de
“Subcontratista
Designado”
En el Contrato se entiende por ―Subcontratista designado‖ un
subcontratista:
(a) que figure en el Contrato como tal, o
(b) que el Contratista deba emplear como tal por orden del Ingeniero,
con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes] y la
Subcláusula 5.2 [Objeciones a las Designaciones].
5.2 Objeciones a las
Designaciones
El Contratista no tendrá ninguna obligación de contratar a un
Subcontratista designado contra el que presente objeciones razonables
mediante notificación al Ingeniero, tan pronto como sea posible, junto
con los detalles al respecto. Salvo que el Contratante acuerde por escrito
eximir al Contratista de las respectivas consecuencias, las objeciones se
considerarán razonables si se derivan (entre otros) de cualquiera de los
siguientes aspectos:
(a) existen razones para creer que el Subcontratista no posee la
competencia, los recursos o la solidez financiera suficientes;
(b) el Subcontratista designado no acepta indemnizar al Contratista
contra y de cualquier negligencia o mal uso de los Bienes por parte
del Subcontratista designado, sus representantes y empleados; o
(c) el subcontratista designado no acepta el contrato de subcontratista,
el cual estipula que para el trabajo subcontratado (incluido el
diseño, si procede), el Subcontratista designado deberá:
(i) comprometerse frente al Contratista a asumir las
obligaciones y responsabilidades que le permitan a éste
cumplir sus obligaciones y responsabilidades en virtud del
Contrato, y
(ii) indemnizar al Contratista de todas las obligaciones y
responsabilidades que se deriven del Contrato o se vinculen
con él, así como de las consecuencias de cualquier
incumplimiento del Subcontratista en relación con dichas
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Sección VII. Condiciones generales 287
obligaciones o responsabilidades.
(iii) ser pagado sólo cuando el Contratista haya recibido del
Contratante los pagos de cantidades adeudadas en virtud del
subcontrato referido, de conformidad con lo indicado en la
Subcláusula 5.3 [Pagos Para los Subcontratistas Designados].
5.3 Pagos a
Subcontratistas
Designados
El Contratista pagará al Subcontratista designado los montos de los
recibos del Subcontratista designado aprobados por el Contratista y que
el Ingeniero certifique como pagaderos de conformidad con el
subcontrato. Esos montos y demás cargos se incluirán en el Precio del
Contrato de acuerdo con el inciso (b) de la Subcláusula 13.5 [Montos
Provisionales], salvo lo dispuesto en la Subcláusula 5.4 [Comprobantes
de Pago].
5.4 Comprobantes de
Pago
Antes de emitir un Certificado de Pago que incluya un monto pagadero a
un Subcontratista designado, el Ingeniero podrá solicitar al Contratista
que demuestre razonablemente que el Subcontratista designado ha
recibido todos los montos adeudados de conformidad con Certificados
de Pago anteriores, menos las deducciones aplicables por retención u
otros conceptos. A menos que el Contratista:
(a) presente dichas pruebas razonables al Ingeniero, o
(b)
(i) demuestre al Ingeniero por escrito que el Contratista tiene
razonablemente el derecho de retener dichos montos o
denegar el pago de los mismos, y
(ii) presente al Ingeniero pruebas razonables que el Subcontratista
designado ha sido notificado sobre el derecho del Contratista,
el Contratante podrá (a su sola discreción ) pagar, directamente al
Subcontratista designado, parcial o totalmente, los montos certificados
con anterioridad (menos las deducciones correspondientes) que sean
pagaderos al Subcontratista designado y para los cuales el Contratista no
haya presentado las pruebas que se señalan en los incisos (a) o (b) supra.
En ese caso, el Contratista devolverá al Contratante el monto que éste
haya pagado directamente al Subcontratista.
6. Personal y Mano de Obra
6.1 Contratación de
Personal y Mano
de Obra
Salvo disposición en sentido diferente en las Especificaciones, el
Contratista deberá encargarse de contratar a todo el personal y la mano
de obra, de origen nacional o de otra procedencia, así como de su
remuneración, alimentación, transporte, y cuando corresponda,
alojamiento.
Se alentará al Contratista a que, en la medida de lo posible y razonable,
contrate dentro del País personal y mano de obra que cuenten con las
calificaciones y la experiencia adecuadas.
6.2 Nivel Salarial y El Contratista deberá pagar niveles salariales y adoptar condiciones de
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Sección VII. Condiciones generales 288
Condiciones de
Trabajo
trabajo que no sean inferiores a los establecidos para la profesión o la
industria donde se lleve a cabo el trabajo. De no haber niveles salariales
ni condiciones laborales aplicables, el Contratista pagará niveles
salariales y se ceñirá a condiciones que no resulten inferiores al nivel
general de remuneraciones y condiciones observados localmente por
contratantes cuyo negocio o industria sean similares a los del
Contratista.
El Contratista informará a su Personal acerca de su obligación de pagar
impuestos sobre la renta en el País respecto de sus sueldos, salarios,
subsidios y cualesquiera otros beneficios gravables en virtud de las leyes
del País vigentes en ese momento, y el Contratista cumplirá las
obligaciones que por ley le correspondan en relación con las respectivas
deducciones.
6.3 Personas al
Servicio del
Contratante
El Contratista no contratará, ni tratará de contratar, personal ni mano de
obra que forme parte del Personal del Contratante.
6.4 Leyes laborales
El Contratista cumplirá todas las Leyes laborales pertinentes aplicables
al Personal del Contratista, incluidas las Leyes en materia de empleo,
salud, seguridad, bienestar social, inmigración y emigración, y permitirá
que gocen de todos sus derechos legales .
El Contratista exigirá a sus empleados que obedezcan las leyes
aplicables, incluidas aquellas relacionadas con la seguridad en el lugar
de trabajo.
6.5 Horas de Trabajo
En el Lugar de las Obras no se trabajará en días localmente reconocidos
como de descanso ni fuera de las horas regulares de trabajo que se
establezcan en los Datos del Contrato, a menos que:
(a) en el Contrato se estipule otra cosa,
(b) el Ingeniero así lo apruebe, o
(c) el trabajo sea inevitable o necesario para la protección de la vida o
la propiedad o para la seguridad de las Obras, en cuyo caso el
Contratista informará de ello inmediatamente al Ingeniero.
6.6 Instalaciones para
el Personal y la
Mano de Obra
Salvo que se indique otra cosa en las Especificaciones, el Contratista
proporcionará y mantendrá todas las instalaciones para alojamiento y
bienestar social que sean necesarios para su personal. El Contratista
también proporcionará instalaciones para el Personal del Contratante
conforme se señala en las Especificaciones.
El Contratista no permitirá que ningún integrante de su Personal resida
temporal o permanentemente dentro de las estructuras que conforman las
Obras Permanentes.
6.7 Salud y Seguridad
El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones
razonables para mantener la salud y la seguridad del Personal del
Contratista. En colaboración con las autoridades sanitarias locales, el
Contratista se asegurará de que el Lugar de las Obras y cualesquiera
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Sección VII. Condiciones generales 289
lugares de alojamiento para el Personal del Contratista y el Personal del
Contratante estén siempre provistos de personal médico, instalaciones de
primeros auxilios y servicios de enfermería y ambulancia, y de que se
tomen medidas adecuadas para satisfacer todos los requisitos en cuanto a
bienestar e higiene, así como para prevenir epidemias.
El Contratista nombrará a un oficial de prevención de accidentes en el
Lugar de las Obras, que se encargará de velar por la seguridad y la
protección contra accidentes. Esa persona estará calificada para asumir
dicha responsabilidad y tendrá autoridad para impartir instrucciones y
tomar medidas de protección para evitar accidentes. Durante la ejecución
de las Obras, el Contratista proporcionará todo lo que dicha persona
necesita para ejercer esa responsabilidad y autoridad.
El Contratista enviará al Ingeniero, a la mayor brevedad posible,
información detallada sobre cualquier accidente que ocurra. El
Contratista mantendrá un registro y hará informes acerca de la salud, la
seguridad y el bienestar de las personas, así como de los daños a la
propiedad, según lo solicite razonablemente el Ingeniero.
Prevención del VIH/SIDA. El Contratista llevará a cabo un programa
de concientización sobre el VIH/SIDA por medio de un proveedor de
servicios aprobado, y tomará todas las demás medidas que se
especifiquen en el Contrato para reducir el riesgo de transmisión del
virus VIH entre el personal del Contratista y la comunidad local,
promover diagnósticos oportunos y brindar asistencia a las personas
afectadas.
Durante la vigencia del Contrato (incluido el Período para la
Notificación de Defectos), el Contratista (i) realizará campañas de
comunicación con fines de información, educación y consulta (IEC), al
menos cada dos meses, dirigidas a todo el personal y la mano de obra del
Lugar de las Obras (incluidos todos los empleados del Contratista, los
Subcontratistas y los empleados de los Consultores, así como todos los
camioneros y obreros que hagan entregas en el Lugar de las Obras para
actividades de construcción) y a las comunidades locales adyacentes,
sobre los riesgos, el peligro, el impacto y las medidas adecuadas para
evitar las enfermedades transmitidas sexualmente —o infecciones
transmitidas sexualmente en general y VIH/SIDA en particular;
(ii) suministrará preservativos masculinos o femeninos a todo el personal
y la mano de obra del Lugar de las Obras según corresponda; y
(iii) ofrecerá servicios de examen, diagnóstico, asesoramiento y envío de
casos a un programa nacional exclusivo sobre infecciones transmitidas
sexualmente y VIH/SIDA (salvo que se acuerde de otra manera), a todo
el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras.
El Contratista incluirá en el programa que se presentará para la ejecución
de las Obras en virtud de la Subcláusula 8.3 un programa paliativo para
el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras y sus familiares,
sobre infecciones y enfermedades transmitidas sexualmente, incluido el
VIH/SIDA. En dicho programa se indicará la fecha, la manera y el costo
que tenga previsto el Contratista para cumplir los requisitos que se
señalan en esta Subcláusula y las especificaciones conexas. Para cada
componente, el programa desglosará los recursos que se proporcionarán
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Sección VII. Condiciones generales 290
o utilizarán y cualquier subcontratación que se proponga. El programa
incluirá asimismo una estimación de costos pormenorizada y la
documentación correspondiente. El pago que recibirá el Contratista por
elaborar y poner en marcha este programa no superará el Monto
Provisional destinado a este fin.
6.8 Supervisión del
Contratista
Durante la ejecución de las Obras y posteriormente por el tiempo que sea
necesario para cumplir las obligaciones del Contratista, éste
proporcionará toda la supervisión necesaria para planificar, organizar,
dirigir, administrar, inspeccionar y poner a prueba el trabajo.
La labor de supervisión estará a cargo de un número suficiente de
personas que posean conocimientos adecuados del idioma para
comunicaciones (definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]) y de las
operaciones que se llevarán a cabo (incluidos los métodos y técnicas
requeridos , los posibles peligros y los métodos de prevención de
accidentes), para la ejecución satisfactoria y segura de las Obras.
6.9 Personal del
Contratista
El Personal del Contratista contará con las calificaciones, aptitudes y
experiencia adecuadas en sus respectivos campos de actividad u
ocupaciones. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que despida (o que
haga que se despida) a cualquier persona empleada en el Lugar de las
Obras o en las Obras, incluido el Representante del Contratista si
procede, quien :
(a) cometa repetidos actos de mal comportamiento o falta de cuidado,
(b) realice sus labores en forma incompetente o negligente,
(c) no cumpla alguna(s) de las disposiciones establecidas en el
Contrato, o
(d) persista en un comportamiento que sea perjudicial para la
seguridad, la salud o la protección del medio ambiente.
Si procede, el Contratista nombrará (o hará que se nombre) en su
reemplazo a otra persona adecuada.
6.10 Registro del
Personal y los
Equipos del
Contratista
El Contratista presentará al Ingeniero detalles sobre el número de cada
una de las clases de miembros de su Personal y de cada tipo de Equipos
que tiene en el Lugar de las Obras. Esos detalles se presentarán cada mes
calendario, en la forma que apruebe el Ingeniero, hasta que el Contratista
termine todos los trabajos que queden pendientes en la fecha de
terminación que se señala en el Certificado de Recepción de Obra.
6.11 Alteración del
Orden
El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones que sean
necesarias para evitar cualquier conducta ilegal, o que altere o perturbe
el orden por parte del Personal del Contratista o entre los miembros de
dicho Personal, y para preservar la paz y la protección de las personas y
los bienes que se encuentren en el Lugar de las Obras y los alrededores.
6.12 Personal
Extranjero
En la medida en que lo permitan las leyes aplicables, el Contratista podrá
traer al País al personal extranjero que sea necesario para la ejecución de
las Obras. El Contratista se asegurará que esas personas obtengan los
visados de residencia y los permisos de trabajo necesarios. Si el
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Sección VII. Condiciones generales 291
Contratista así lo solicita, el Contratante hará todo lo posible para
ayudarlo rápida y oportunamente a obtener los permisos locales,
estatales, nacionales o gubernamentales que sean necesarios para traer al
País dicho personal.
El Contratista será responsable de que esos miembros del personal
regresen a su lugar de contratación o a su domicilio. En el caso de que
alguno de esos empleados o alguno de sus familiares fallezca en el País,
el Contratista será igualmente responsable de hacer los arreglos
necesarios para su regreso o entierro.
6.13 Suministro de
Alimentos
El Contratista se encargará de que se suministre al Personal del
Contratista una cantidad suficiente de alimentos adecuados a precios
razonables, conforme se señale en las Especificaciones, para los fines del
Contrato o en relación con éste.
6.14 Abastecimiento de
Agua
Tomando en cuenta las condiciones locales, el Contratista suministrará
en el Lugar de las Obras una cantidad adecuada de agua potable y de otra
clase para el consumo del Personal del Contratista.
6.15 Medidas contra
Plagas e Insectos
El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones
necesarias para proteger a su Personal en el Lugar de las Obras contra
plagas e insectos, y para disminuir los consiguientes peligros para la
salud. El Contratista cumplirá todas las normativas de las autoridades
sanitarias locales, incluido el uso de insecticidas adecuados.
6.16 Bebidas
Alcohólicas y
Drogas
Salvo en la medida autorizada por las leyes del País, el Contratista no
importará, venderá, regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino
a bebidas alcohólicas o drogas, ni tampoco permitirá que su personal las
importe, venda, regale, haga objeto de trueque o deseche.
6.17 Armas y
Municiones
El Contratista no regalará , hará objeto de trueque ni dará otro destino a
armas o municiones de ningún tipo, ni tampoco permitirá que su
Personal lo haga.
6.18 Días Festivos y
Costumbres
Religiosas
El Contratista respetará los días festivos, los días de descanso y las
costumbres religiosas y de otra índole que se reconozcan en el País.
6.19 Preparativos de
Sepelio
El Contratista será responsable, en la medida en que lo exija la
legislación local, de hacer los preparativos de sepelio para cualquiera de
sus empleados locales que fallezca mientras trabaja en las Obras.
6.20 Prohibición de
Trabajo Forzoso u
Obligatorio
El Contratista no empleará ninguna forma de ―trabajo forzoso u
obligatorio‖. Por ―trabajo forzoso u obligatorio‖ se entiende todo trabajo
o servicio, realizado de manera involuntaria, que se obtenga de una
persona bajo amenaza de fuerza o sanción.
6.21 Prohibición de
Trabajo Infantil
Perjudicial
El Contratista no empleará a ningún niño para que realice un trabajo que
tenga características de explotación económica, pueda ser peligroso o
pueda interferir en la educación del niño, o sea perjudicial para su salud
o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
6.22 Registro de
Historia Laboral
El Contratista mantendrá un registro completo y preciso sobre el empleo
de trabajadores en el Lugar de las Obras. El registro incluirá los
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Sección VII. Condiciones generales 292
de los
Trabajadores
nombres, edades, sexos, horas trabajadas y salarios de todos los
trabajadores. El registro se resumirá una vez al mes y se enviará a el
Ingeniero, poniéndose a disposición de los Auditores para su inspección
durante horas regulares de trabajo. El registro se incluirá en los informes
detallados que debe presentar el Contratista en virtud de la Subcláusula
6.10 [Registro del Personal y Equipos del Contratista].
7. Equipos, Materiales y Mano de Obra
7.1 Modo de
Ejecución
El Contratista se encargará de la fabricación de los Equipos, la
producción y fabricación de los Materiales y toda otra tarea de ejecución
de las Obras:
(a) de la forma (si la hubiere ) que se señale en el Contrato,
(b) de manera profesional y cuidadosa, de conformidad con las mejores
prácticas reconocidas, y
(c) con dependencias debidamente equipadas y materiales no
peligrosos , salvo especificación diferente en el Contrato.
7.2 Muestras
El Contratista presentará al Ingeniero, para su aprobación, las siguientes
muestras de Materiales, e información pertinente, antes de usar los
Materiales en o para las Obras:
(a) muestras estándar de fábrica de Materiales y las muestras que se
especifiquen en el Contrato, todas por cuenta y cargo del
Contratista, y
(b) muestras adicionales encargadas por el Ingeniero como Variación.
Cada muestra se etiquetará según su origen y uso previsto en las Obras.
7.3 Inspección
En toda oportunidad que se considere razonable, el Personal del
Contratante:
(a) tendrá pleno acceso a todas las partes del Lugar de las Obras y a
todos los lugares de donde se están siendo extraídos Materiales
naturales, y
(b) durante la producción, fabricación y construcción (en el Lugar de
las Obras y en otros lugares ), tendrá derecho a examinar,
inspeccionar, medir y poner a prueba los materiales y la calidad del
trabajo de manufactura, así como a verificar el progreso de la
fabricación de los Equipos y de la producción y fabricación de los
Materiales.
El Contratista dará al personal del Contratante plena oportunidad de
llevar a cabo dichas actividades, incluyendo el acceso, las facilidades,
los permisos y el equipo de seguridad. Ninguna de estas actividades
eximirá al Contratista de ninguna obligación o responsabilidad.
El Contratista notificará al Ingeniero cuando se haya terminado cualquier
trabajo y antes de cubrirlo, guardarlo o empaquetarlo para fines de
almacenamiento o transporte. El Ingeniero llevará a cabo el examen,
inspección, medición o prueba sin demoras injustificadas, o notificará
rápidamente al Contratista que no es necesario hacerlo. Si el Contratista
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Sección VII. Condiciones generales 293
no hiciera la notificación, deberá, a solicitud del Ingeniero, y corriendo
con los correspondientes gastos, descubrir los trabajos y posteriormente
reponerlos a su estado anterior .
7.4 Pruebas
Esta Sub-cláusula se aplicará a todas las pruebas que se señalen en el
Contrato, diferentes de las Pruebas Posteriores a la Terminación (si las
hubiere ).
Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, el Contratista
proporcionará todos los aparatos, asistencia, documentos e información
adicional, electricidad, equipos, combustible, bienes consumibles,
instrumentos, mano de obra, materiales y personal con las debidas
calificaciones y experiencia que sean necesarios para realizar
eficientemente las pruebas especificadas. El Contratista acordará con el
Ingeniero la hora y el lugar para realizar las pruebas especificadas de
cualesquiera Instalaciones, Materiales y otras partes de las Obras.
El Ingeniero podrá, con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes],
variar el sitio o los detalles de pruebas específicas, o instruir al
Contratista que lleve a cabo pruebas adicionales. Si esas pruebas
modificadas o adicionales reflejan que los Equipos, los Materiales o la
mano de obra sometidos a prueba no se ajustan al Contrato, el costo de
realización de dicha Variación correrá por cuenta del Contratista, sin
perjuicio de las demás disposiciones del Contrato.
El Ingeniero notificará al Contratista con al menos 24 horas de
anticipación sobre su intención de presenciar las pruebas. Si el Ingeniero
no se presenta en el lugar y a la hora acordados, el Contratista podrá
proceder a realizar las pruebas, salvo que el Ingeniero indique otra cosa,
y para los efectos se considerará que las pruebas se han realizado en
presencia del Ingeniero.
Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo por el
cumplimiento de esas instrucciones o como resultado de una demora
ocasionada por el Contratante, el Contratista notificará al Ingeniero y
sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista] tendrá
derecho a:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha
retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la
Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) el pago de dicho costo más utilidades, que se incluirá en el Precio
del Contrato.
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con
la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o decidir al
respecto.
El Contratista enviará sin demora al Ingeniero informes debidamente
certificados sobre las pruebas. Cuando se hayan aprobado las pruebas
especificadas, el Ingeniero refrendará el certificado de pruebas del
Contratista o le emitirá un certificado para tal efecto. Si el Ingeniero no
presencia las pruebas, se considerará que éste ha aceptado los valores
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Sección VII. Condiciones generales 294
registrados como precisos.
7.5 Rechazo
Si, como resultado de un examen, inspección, medición o prueba,
cualquiera de los Equipos, Materiales o elementos de mano de obra se
consideran defectuosos o de otra forma no ceñidos al Contrato, el
Ingeniero podrá rechazarlos mediante notificación al Contratista con la
justificación correspondiente. En ese caso, el Contratista subsanará
rápidamente el defecto y se asegurará que el elemento rechazado se
ajuste al Contrato.
Si el Ingeniero exige que se vuelvan a poner a prueba dichos Equipos,
Materiales o elementos de mano de obra, las pruebas se repetirán bajo
los mismos términos y condiciones. Si el rechazo y las pruebas
adicionales obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el
Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del
Contratante], reembolsará dichos costos al Contratante.
7.6 Medidas
Correctivas
Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones previas, el
Ingeniero podrá instruir al Contratista que:
(a) retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier Equipo o
Material que no se ajuste al Contrato,
(b) retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se ajuste al
Contrato, y
(c) lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia para la
seguridad de las Obras, bien sea a causa de un accidente, una
situación imprevisible u otra causa.
El Contratista acatará las instrucciones bien sea en un plazo razonable,
que corresponderá (si lo hubiere) al que se especifique en la orden, o de
manera inmediata si se señala el carácter urgente de conformidad con el
inciso (c) anterior.
Si el Contratista no cumple las instrucciones, el Contratante tendrá
derecho a contratar y remunerar a otras personas para que hagan el
trabajo. Salvo en la medida en que el Contratista hubiera tenido derecho
a remuneración por el trabajo, el Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5
[Reclamaciones del Contratante], pagará al Contratante todos los costos
que se generen a raíz de esta deficiencia.
7.7 Propiedad de los
Equipos y los
Materiales
Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, y en la medida
en que sea consistente con las Leyes del País, todos los Equipos y
Materiales pasarán a ser propiedad del Contratante, libre de todo
gravamen, en el que ocurra primero de los siguientes eventos:
(a) cuando dichos Equipos y Materiales sean incorporados en las
Obras;
(b) cuando el Contratista sea pagado por el valor de los Equipos y
Materiales en virtud de la Subcláusula 8.10 [Pago de Equipos y
Materiales en Caso de Suspensión].
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Sección VII. Condiciones generales 295
7.8 Regalías
Salvo disposición en contrario en las Especificaciones, el Contratista
pagará todas las regalías, rentas y demás pagos devengados por concepto
de:
(a) Materiales naturales obtenidos fuera del Lugar de las Obras, y
(b) la eliminación de materiales provenientes de demoliciones y
excavaciones y otro material excedente (ya sea natural o artificial),
excepto en la medida en que en el Contrato se contemplen zonas de
eliminación de desechos en el Lugar de las Obras.
8. Inicio, Demoras y Suspensión
8.1 Inicio de las Obras
A menos que se indique otra cosa en las Condiciones especiales, la Fecha
de Inicio será la fecha en que se hayan cumplido las condiciones
previas que se mencionan a continuación y el Contratista haya recibido
la instrucción del Ingeniero en donde da constancia sobre el acuerdo de
las Partes en que se han cumplido dichas condiciones y para que se
inicien las obras:
(a) firma del Contrato por ambas partes, y si es requerido, la
aprobación del Contrato por parte de las autoridades
correspondientes del país,
(b) entrega al Contratista de evidencia razonable sobre los arreglos
financieros previstos (de conformidad con la Subcláusula 2.4
[Arreglos Financieros del Contratista]),
(c) salvo en los casos especificados en los Datos del Contrato, la
posesión del Sitio de la Obra debe ser entregada al Contratista
junto con los permisos, de acuerdo con el inciso (a) de la
Subcláusula 1.13 [Cumplimiento de Legislación], tal como se
requiere para el Inicio de las Obras;
(d) recibo del Adelanto de Pago por parte del Contratista de acuerdo
con la Subclásula 14.2 [Adelanto de Pago], siempre que la garantía
bancaria haya sido entregada al Contratista; y
(e) si la mencionada instrucción del Ingeniero no es recibida por el
Contratista dentro de los 180 días contados desde la fecha de
recibo de la Carta de Aceptación, el Contratista estará facultado
para terminar el Contrato de conformidad con la Subcláusula 16.2
[Terminación por el Contratista].
El Contratista comenzará la ejecución de las Obras tan pronto como sea
razonablemente posible después de la Fecha de Inicio, y procederá con
las Obras con la diligencia debida y sin demoras.
8.2 Plazo de
Terminación
El Contratista terminará todas las Obras, y cada Sección (si la hubiere),
dentro del Plazo de Terminación de las Obras o la Sección (según sea el
caso), incluidas:
(a) la aprobación de las Pruebas a la Terminación, y
(b) la terminación de todos los trabajos exigidos en el Contrato para
considerar finalizadas las Obras o la Sección, a los efectos de la
recepción de obra con arreglo a la Subcláusula 10.1 [Recepción de
las Obras y Secciones].
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Sección VII. Condiciones generales 296
8.3 Programa
El Contratista presentará al Ingeniero un programa cronológico detallado
dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba
la notificación con arreglo a la Subcláusula 8.1 [Inicio de las Obras]. El
Contratista presentará asimismo un programa revisado en los casos en
que el programa previo no sea consistente con el progreso real
alcanzado o con las obligaciones del Contratista. Cada uno de los
programas incluirá:
(a) el orden en que el Contratista tiene previsto llevar a cabo las Obras,
incluido el calendario previsto de cada etapa de diseño (si
procede), Documentos del Contratista, adquisiciones, fabricación
del Equipo , entregas en el Lugar de las Obras, construcción,
montajes y pruebas,
(b) cada una de estas etapas de trabajo por cada Subcontratista
designado (conforme se define en la Cláusula 5 [Subcontratistas
Designados]),
(c) la secuencia y el calendario de las inspecciones y pruebas que se
especifiquen en el Contrato, y
(d) un informe de apoyo que incluya:
(i) una descripción general de los métodos que prevé adoptar el
Contratista y de las etapas principales en la ejecución de las
Obras, y
(ii) detalles que reflejen el cálculo estimativo razonable del
Contratista en cuanto al número de cada clase de Personal del
Contratista y de cada tipo de Equipos del Contratista que se
requerirán en el Lugar de las Obras para cada etapa principal.
Salvo que el Ingeniero notifique al Contratista, dentro de un plazo de 21
días contados a partir de la fecha en que reciba un programa, sobre la
medida en que dicho programa no se ajusta al Contrato, el Contratista
procederá de conformidad con lo establecido en el programa, sujeto a sus
demás obligaciones en virtud del Contrato. El Personal del Contratante
tendrá derecho a planificar sus actividades en función del programa.
El Contratista notificará sin demoras al Ingeniero acerca de cualquier
posible acontecimiento o circunstancia futura que pueda afectar el
trabajo de manera adversa, aumentar el Precio del Contrato o demorar la
ejecución de las Obras. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que
presente un cálculo estimativo del efecto previsto de los posibles
acontecimientos o circunstancias futuras, o una propuesta con arreglo a
la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].
Si, en cualquier momento, el Ingeniero notifica al Contratista que un
programa no cumple (en la medida señalada) con el Contrato o no
coincide con el progreso real alcanzado ni con las intenciones
manifestadas por el Contratista, éste presentará al Ingeniero un programa
revisado de conformidad con esta Subcláusula.
8.4 Prórroga del Plazo
de Terminación
De conformidad con la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del
Contratista], el Contratista tendrá derecho a una prórroga del Plazo de
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Sección VII. Condiciones generales 297
Terminación en el caso y en la medida en que la terminación para los
efectos de la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones] se
haya demorado o vaya a demorarse por cualquiera de las siguientes
razones:
(a) una Variación (salvo que se llegue a un acuerdo para ajustar el
Plazo de Terminación con arreglo a la Subcláusula 13.3
[Procedimiento de Variación] ) o cualquier otro cambio sustancial
en la cantidad de un rubro de trabajo incluido en el Contrato,
(b) una causa de demora que dé derecho a una prórroga del plazo en
virtud de una Subcláusula de estas Condiciones,
(c) condiciones climáticas excepcionalmente adversas,
(d) escasez imprevista de personal o Bienes a raíz de epidemias o
medidas gubernamentales, o
(e) cualquier demora, impedimento o prevención que obedezca o se
atribuya al Contratante, el Personal del Contratante u otros
contratistas del Contratante.
Si el Contratista considera que tiene derecho a una prórroga del Plazo de
Terminación, notificará de ello al Ingeniero de conformidad con la
Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista]. Al decidir cada
prórroga en virtud de la Subcláusula 20.1, el Ingeniero revisará las
decisiones previas y podrá aumentar, más no reducir, el tiempo total de
prórroga.
8.5 Demoras
Ocasionadas por
las Autoridades
En los casos en que se apliquen las condiciones que se enumeran a
continuación, a saber:
(a) el Contratista se ha ceñido diligentemente a los procedimientos
pertinentes establecidos por las autoridades públicas legalmente
constituidas en el País,
(b) dichas autoridades demoran o interrumpen el trabajo del
Contratista, y
(c) la demora o interrupción era Imprevisible,
dicha demora o interrupción se considerará causa de demora de
conformidad con el inciso (b) de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo
de Terminación].
8.6 Avance
Si en cualquier momento:
(a) el avance real es muy lento para concluir dentro del Plazo de
Terminación, y/o
(b) el avance se ha rezagado (o se rezagará) con respecto al programa
actual objeto de la Subcláusula 8.3 [Programa],
por cualquier razón que no sean las que se enumeran en la Subcláusula
8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], entonces el Ingeniero podrá
exigir al Contratista que presente, con arreglo a la Subcláusula 8.3
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Sección VII. Condiciones generales 298
[Programa], un programa modificado y un informe complementario en
el que se describan los métodos modificados que el Contratista tiene
previsto adoptar para acelerar el progreso y terminar las Obras dentro del
Plazo de Terminación.
Salvo que el Ingeniero notifique otra cosa, el Contratista adoptará esos
métodos modificados , que podrán requerir aumentos en las horas de
trabajo y en el número de miembros del Personal del Contratista y de
Bienes, bajo el riesgo y expensas del Contratista. Si esos métodos
modificados obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el
Contratista, sujeto a la notificación establecida en la Subcláusula 2.5
[Reclamaciones del Contratante], pagará dichos costos al Contratante,
además de una indemnización por demora (si corresponde) en virtud de
la Subcláusula 8.7 infra.
Los costos adicionales de los métodos revisados incluyendo medidas
para acelerar el progreso, exigidas por el Ingeniero para reducir los
atrasos resultantes de las razones enumeradas en la Subcláusula 8.4
[Prorroga del Plazo de Terminación] deberán ser pagadas por el
Contratante sin generar, sin embargo, ningún beneficio de pago adicional
al Contratista.
8.7 Indemnización por
Demora
Si el Contratista no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula 8.2 [Plazo
de Terminación], el Contratista deberá indemnizar al Contratante por
dicho incumplimiento, con arreglo a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones
del Contratante]. La indemnización por demora corresponderá al monto
que se señale en los Datos Contractuales, que se pagará por cada día que
transcurra entre la fecha de vencimiento del Plazo de Terminación
pertinente y la fecha que se señale en el Certificado de Recepción de
Obra. Sin embargo, el importe total adeudado con arreglo a esta
Subcláusula no superará el monto máximo estipulado en los Datos
Contractuales para indemnización por demora (si lo hubiere ).
Esta indemnización por demora será la única indemnización que deberá
pagar el Contratista por dicho incumplimiento, salvo en el caso de
terminación del Contrato en virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación
por parte del Contratante], antes de la terminación de las Obras. Las
indemnizaciones mencionadas no eximirán al Contratista de su
obligación de terminar las Obras ni de otros deberes, obligaciones o
responsabilidades que tenga en virtud del Contrato.
8.8 Suspensión de las
Obras
El Ingeniero podrá en cualquier momento exigir al Contratista que
suspenda total o parcialmente las Obras. Durante dicha suspensión, el
Contratista protegerá, guardará y resguardará la Obra o la
correspondiente parte de la misma contra deterioros, pérdidas o daños.
El Ingeniero también podrá notificar la causa de la suspensión. Siempre
y cuando se notifique la causa y ésta sea responsabilidad del Contratista,
no se aplicarán las siguientes Subcláusulas 8.9, 8.10 y 8.11.
8.9 Consecuencias de
la Suspensión
Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por cumplir
las instrucciones del Ingeniero en virtud de la Subcláusula 8.8
[Suspensión de las Obras] o por reanudar los trabajos, notificará de ello
al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del
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Sección VII. Condiciones generales 299
Contratista], tendrá derecho a:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha
retrasado o se retrasará la Terminación de las Obras, en virtud de la
Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) el pago de cualquier Costo de esa índole, que se incluirá en el
Precio del Contrato.
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con
la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una
decisión al respecto.
El Contratista no tendrá derecho a una prórroga del plazo, ni al pago del
Costo, en que incurra para corregir las consecuencias derivadas de
diseños, mano de obra o materiales defectuosos atribuibles al Contratista
o al incumplimiento del Contratista en cuanto a proteger, guardar o
resguardar las Obras de conformidad con la Subcláusula 8.8 [Suspensión
de las Obras].
8.10 Pago de los
Equipos y
Materiales en Caso
de Suspensión
El Contratista tendrá derecho a recibir un pago por el valor (a la fecha de
la suspensión) de los Equipos y los Materiales que no se hayan entregado
en el Lugar de las Obras, si:
(a) se ha suspendido el trabajo en los Equipos o la entrega de los
Equipos y los Materiales por más de 28 días, y
(b) el Contratista ha marcado los Equipos y los Materiales como
propiedad del Contratante de conformidad con las instrucciones del
Ingeniero.
8.11 Suspensión
Prolongada
Si la suspensión prevista en la Subcláusula 8.8 [Suspensión de las
Obras] continúa por más de 84 días, el Contratista podrá pedir permiso al
Ingeniero para proceder con los trabajos. Si el Ingeniero no concede
dicho permiso dentro de un plazo de 28 días a partir de la solicitud, el
Contratista, mediante notificación al Ingeniero, podrá considerar la
suspensión como una omisión de la parte afectada de las Obras en virtud
de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes] . Si la suspensión afecta la
totalidad de las Obras, el Contratista podrá hacer una notificación de
terminación con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del
Contratista].
8.12 Reanudación de
las Obras
Después de que se conceda el permiso o instrucción para proceder con
los trabajos, el Contratista y el Ingeniero examinarán conjuntamente las
Obras, los Equipos y los Materiales afectados por la suspensión. El
Contratista subsanará cualquier deterioro, defecto o pérdida ocasionado
en las Obras, los Equipos o los Materiales durante la suspensión luego de
recibir del Ingeniero la respectiva orden según la Cláusula 13
[Variaciones y Ajustes].
9. Pruebas a la Terminación
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Sección VII. Condiciones generales 300
9.1 Obligaciones del
Contratista
El Contratista llevará a cabo las Pruebas a la Terminación de acuerdo
con lo dispuesto en esta Cláusula y en la Subcláusula 7.4 [Pruebas], tras
suministrar los documentos de conformidad con el inciso (d) de la
Subcláusula 4.1 [Obligaciones Generales del Contratista].
El Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de
anticipación sobre la fecha a partir de la cual el Contratista podrá realizar
cada una de las Pruebas a la Terminación. Salvo que se convenga en otra
cosa, las Pruebas a la Terminación se llevarán a cabo dentro de los 14
días posteriores a dicha fecha, o en el o los días que indique el Ingeniero.
Al considerar los resultados de las Pruebas a la Terminación, el
Ingeniero hará lugar a un margen para tener en cuenta el efecto que
pueda tener en el desempeño y otras características de las Obras
cualquier uso de las mismas por parte del Contratante. Tan pronto como
las Obras o una Sección de las mismas hayan aprobado cualesquiera
Pruebas a la Terminación, el Contratista presentará al Ingeniero un
informe certificado de los resultados de dichas pruebas.
9.2 Demora en las
Pruebas
Si el Contratante demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, se
aplicarán la Subcláusula 7.4 [Pruebas] (inciso quinto ) y/o la Subcláusula
10.3 [Interferencia con las Pruebas a la Terminación].
Si el Contratista demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, el
Ingeniero podrá exigirle, mediante notificación, que lleve a cabo las
pruebas dentro de 21 días después de recibida dicha notificación. El
Contratista realizará las pruebas en el día o los días que determine dentro
de ese plazo y notificará de ello al Ingeniero.
Si el Contratista no lleva a cabo las Pruebas a la Terminación dentro del
plazo de 21 días, el Personal del Contratante podrá proceder con las
pruebas, a riesgo y expensas del Contratista. En ese caso se considerará
que las Pruebas a la Terminación se han realizado en presencia del
Contratista, y los respectivos resultados se aceptarán como precisos.
9.3 Repetición de las
Pruebas
Si las Obras, o una Sección, no pasan las Pruebas a la Terminación, se
aplicará la Subcláusula 7.5 [Rechazo], y el Ingeniero o el Contratista
podrán exigir que se repitan las pruebas fallidas y las Pruebas a la
Terminación sobre cualquier trabajo conexo bajo los mismos términos y
condiciones.
9.4 Fracaso de las
Pruebas a la
Terminación
Si las Obras, o una Sección, no aprueban las Pruebas a la Terminación
que se hayan repetido en virtud de la Subcláusula 9.3 [Repetición de las
Pruebas], el Ingeniero tendrá derecho a:
(a) ordenar nuevas Pruebas a la Terminación con arreglo a la
Subcláusula 9.3;
(b) si el fracaso no permite al Contratante obtener sustancialmente el
beneficio total de las Obras o de la correspondiente Sección,
rechazar las Obras o la Sección (conforme proceda), en cuyo caso
el Contratante tendrá los mismos recursos que se contemplan en el
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Sección VII. Condiciones generales 301
inciso (c) de la Subcláusula 11.4 [Incumplimiento en Cuanto a la
Reparación de los Defectos]; o
(c) emitir un Certificado de Recepción de Obra, si el Contratante así lo
solicita.
En caso del inciso (c) anterior, el Contratista procederá de conformidad
con todas las demás obligaciones contraídas en virtud del Contrato, y el
Precio del Contrato se reducirá en la proporción que sea adecuada para
cubrir el valor reducido para el Contratante como consecuencia de esta
falla. A menos que en el Contrato se señale la reducción pertinente por
la falla (o se defina su método de cálculo), el Contratante podrá exigir
que la reducción sea: (i) convenida entre ambas Partes (solamente para
subsanar en forma integral dicha falla) y que se pague antes de que se
emita el correspondiente Certificado de Recepción de Obra, o (ii)
decidida y pagada con arreglo a las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del
Contratante] y 3.5 [Decisiones].
10. Recepción de las Obras por parte del Contratante
10.1 Recepción de las
Obras y Secciones
Salvo en los casos que se contemplan en la Subcláusula 9.4 [Fracaso de
las Pruebas a la Terminación], el Contratante recibirá las Obras (i)
cuando se hayan terminado de conformidad con el Contrato, incluidos
los asuntos que se señalan en la Subcláusula 8.2 [Plazo de Terminación],
a excepción de los casos permitidos que figuran en el inciso (a) infra; y
(ii) cuando se haya emitido un Certificado de Recepción de Obra, o se lo
considere emitido de conformidad con esta Subcláusula.
El Contratista podrá solicitar un Certificado de Recepción de Obra
mediante notificación al Ingeniero como mínimo 14 días antes de que a
juicio del Contratista las Obras sean terminadas y listas para la
recepción. Si las Obras están divididas en Secciones, el Contratista podrá
igualmente solicitar un Certificado de Recepción de Obra por cada
Sección.
Dentro un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba la
solicitud del Contratista, el Ingeniero deberá:
(a) emitir al Contratista el Certificado de Recepción de Obra, en el que
se indicará la fecha de terminación de las Obras o la Sección de
conformidad con el Contrato, a excepción de cualesquiera defectos
y trabajos menores pendientes que no afecten sustancialmente el
uso de las Obras o la Sección para el fin previsto (bien sea hasta
que, o durante, se terminen dichos trabajos y se reparen dichos
defectos ); o
(b) rechazar la solicitud, aduciendo las razones y señalando los trabajos
que debe hacer el Contratista para que se pueda emitir el
Certificado de Recepción de Obra. El Contratista procederá a
terminar estos trabajos antes de emitir otra notificación con arreglo
a esta Subcláusula.
Si el Ingeniero no emite el Certificado de Recepción de Obra o no
rechaza la solicitud del Contratista dentro del plazo de 28 días, y si las
Obras o la Sección (conforme proceda) se ajustan sustancialmente al
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 302
Contrato, el Certificado de Recepción de Obra se considerará emitido el
último día de ese plazo.
10.2 Recepción de
partes de las
Obras
El Ingeniero podrá, a la sola discreción del Contratante, emitir un
Certificado de Recepción de Obra para cualquier parte de las Obras
Permanentes.
El Contratante no podrá usar ninguna parte de las Obras (excepto como
medida temporal definida en el Contrato o acordada por ambas Partes)
salvo y hasta que el Ingeniero haya emitido un Certificado de Recepción
de Obra para esa parte. Sin embargo, si el Contratante usa alguna parte
de las Obras antes de que se emita el Certificado de Recepción de Obra:
(a) la parte que se use se considerará recibida a partir de la fecha de su
uso,
(b) el Contratista dejará de ser responsable del cuidado de dicha parte a
partir de esa fecha, en la que dicha responsabilidad se traspasará al
Contratante, y
(c) el Ingeniero emitirá un Certificado de Recepción de Obra
correspondiente a esa parte, si así lo solicita el Contratista
Después de que el Ingeniero emita un Certificado de Recepción de Obra
para una parte de las Obras, se dará al Contratista la más pronta
oportunidad para tomar las medidas necesarias a fin de llevar a cabo las
Pruebas a la Terminación que queden pendientes. El Contratista realizará
dichas pruebas tan pronto como sea posible antes de la fecha de
vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente.
Si el Contratista incurre en algún Costo como resultado de la recepción
y/o el uso de una parte de las Obras por parte del Contratante, aparte de
los usos que se especifiquen en el Contrato o que acuerde el Contratista,
éste (i) notificará al Ingeniero; y (ii) con sujeción a la Subcláusula 20.1
[Reclamaciones del Contratista] tendrá derecho al pago de dicho Costo
más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato. Tras
recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la
Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer el costo y las
utilidades.
Si se emite un Certificado de Recepción de Obra para una parte de las
Obras (que no sea una Sección), se deberá reducir la indemnización por
demora correspondiente a la terminación del resto de las Obras.
Asimismo se deberá reducir la indemnización por demora
correspondiente al resto de la Sección (si procede) en la que se incluya
esta parte. Para cualquier período de demora que transcurra después de la
fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, la reducción
proporcional de estas indemnizaciones por demora se calculará como la
proporción entre el valor certificado de la parte y el valor total de las
Obras o la Sección (conforme proceda). El Ingeniero procederá de
conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o
establecer esas proporciones. Las disposiciones contenidas en este inciso
se aplicarán únicamente a la tarifa diaria de indemnizaciones por demora
con arreglo a la Subcláusula 8.7 [Indemnización por Demora] y no
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 303
afectarán el monto máximo de dichas indemnizaciones.
10.3 Interferencia con
las Pruebas a la
Terminación
Si el Contratista se ve impedido de realizar, por más de 14 días, las
Pruebas a la Terminación por causa del Contratante, se considerará que
el Contratante ha recibido las Obras o la Sección (según proceda) en la
fecha en que de otra forma se habrían concluido las Pruebas a la
Terminación.
En ese caso, el Ingeniero emitirá el Certificado de Recepción de Obra
correspondiente, y el Contratista realizará las Pruebas a la Terminación
tan pronto como sea posible, antes de la fecha de vencimiento del Plazo
para la Notificación de Defectos. El Ingeniero exigirá la realización de
las Pruebas a la Terminación, notificando para ello con una antelación
de 14 días y de conformidad con las disposiciones pertinentes del
Contrato.
Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en algún Costo como
resultado de la demora en la realización de las Pruebas a la Terminación,
notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1
[Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha
retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de
conformidad con la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], y
(b) un pago por dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el
Precio del Contrato.
Tras recibir la notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la
Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión
al respecto.
10.4 Superficies que
Requieren
Reacondiciona-
miento
Salvo indicación en contrario en el Certificado de Recepción de Obra, un
certificado correspondiente a una Sección o parte de las Obras no será
considerado que certifica la terminación de algún suelo u otras
superficies que requieran reacondicionamiento.
11. Responsabilidad por Defectos
11.1 Terminación de
Trabajos
Pendientes y
Reparación de
Defectos
A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como
cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas
en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de
vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o
tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista
deberá:
(a) terminar los trabajos que queden pendientes en la fecha
señalada en el Certificado de Recepción de Obra, dentro del
plazo razonable que indique el Ingeniero, y
(b) realizar todos los trabajos exigidos para reparar los defectos o
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Sección VII. Condiciones generales 304
daños, conforme notifique el Contratante (o en su nombre) el,
o antes del, día de vencimiento del plazo para la Notificación
de Defectos correspondiente a las Obras o a la Sección (según
proceda).
Si se detecta algún defecto u ocurre algún daño, el Contratante (o
alguien en su nombre) notificará debidamente al Contratista.
11.2 Costo de
Reparación de los
Defectos
Los trabajos que se mencionan en el inciso (b) de la Subcláusula
11.1 [Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de
Defectos] se llevarán a cabo a riesgo y expensas del Contratista, si, y
en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a:
(a) cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista,
(b) Equipos , Materiales o mano de obra que no se ciñan al
Contrato, o
(c) incumplimiento de cualquier otra obligación por parte del
Contratista.
Si, y en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a cualquier
otra causa, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará sin
demora al Contratista y se aplicará la Subcláusula 13.3
[Procedimiento de Variación].
11.3 Prórroga del Plazo
para la Notificación
de Defectos
Con sujeción a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante],
el Contratante tendrá derecho a una prórroga del Plazo para la
Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a una
Sección si, y en la medida en que, las Obras, la Sección o un
elemento importante de los Equipos (según corresponda y después
de la recepción) no puedan utilizarse para los fines que fueron
concebidos debido a algún daño o defecto atribuible al Contratista.
Sin embargo, el Plazo para la Notificación de Defectos no podrá
prorrogarse por más de dos años.
Si se suspendiera la entrega o el montaje de los Equipos y Materiales
de conformidad con las Subcláusulas 8.8 [Suspensión de los
Trabajos] o 16.1 [Derecho del Contratista de Suspender los
Trabajos], las obligaciones del Contratista en virtud de esta cláusula
no se aplicarán a ninguno de los daños o defectos que ocurran más
de dos años después del momento en el que, de lo contrario, habría
vencido el respectivo Plazo para la Notificación de Defectos de las
Instalaciones y Materiales.
11.4 Incumplimiento en
Cuanto a la
Reparación de
Defectos
Si el Contratista no subsana cualesquiera daños o defectos en un
plazo razonable, el Contratante (o alguien en su nombre) podrá fijar
una fecha límite para ello . Dicha fecha deberá ser notificada al
Contratista con una antelación razonable.
Si el Contratista no repara el daño o defecto para la fecha que se
señala en la notificación, y los trabajos de reparación debieron
realizarse por cuenta del Contratista de conformidad con la
Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el
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Sección VII. Condiciones generales 305
Contratante podrá (a su opción ):
(a) realizar los trabajos por sí mismo o encargárselos a un tercero,
de manera razonable y cargando los gastos al Contratista, pero
este último no tendrá responsabilidad alguna en cuanto a
dichos trabajos, y, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones
del Contratante], el Contratista pagará al Contratante los
costos en que haya incurrido razonablemente para reparar el
defecto o daño;
(b) exigir al Ingeniero acordar o establecer una reducción
razonable del Precio del Contrato de conformidad con la
Subcláusula 3.5 [Decisiones]; o
(c) si el daño o defecto priva sustancialmente al Contratante de la
totalidad del beneficio de las Obras o de una parte importante
de ellas, terminar el Contrato en su totalidad o la Sección
correspondiente a la parte importante que no pueda usarse para
el fin previsto. Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos, en
virtud del Contrato o de otra forma, el Contratante tendrá
derecho a recuperar todos los montos pagados por las Obras o
dicha parte (según corresponda), más los costos financieros y
el costo de desmontarlas, despejar el Lugar de las Obras y
devolver los Equipos y Materiales al Contratista.
11.5 Retiro de Trabajos
Defectuosos
Si el defecto o daño no pueden repararse rápidamente en el Lugar de
las Obras y el Contratante así lo aprueba, el Contratista podrá retirar
del Lugar de las Obras los elementos defectuosos o dañados de los
Equipos con el fin de repararlos. El consentimiento del Contratante
puede obligar al Contratista a aumentar el monto de la Garantía de
Cumplimiento en una suma igual al costo total de reposición de esos
elementos o a proporcionar otra garantía adecuada.
11.6 Pruebas Adicionales Si los trabajos de reparación de cualquier daño o defecto afectan el
funcionamiento de las Obras, el Ingeniero podrá exigir que se repita
cualquiera de las pruebas contempladas en el Contrato. Para ello,
deberá hacerse una notificación en un plazo de 28 días contados a
partir de la fecha de reparación del daño o defecto.
Estas pruebas se llevarán a cabo bajo las mismas condiciones que
las anteriores, excepto que dichas pruebas se llevarán a cabo a
riesgo y expensas de la Parte responsable, con arreglo a la
Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], para el
costo del trabajo de reparación.
11.7 Derecho de Acceso Hasta tanto se emita el Certificado de Cumplimiento, el Contratista
tendrá derecho de acceso a las Obras, según sea razonablemente
necesario para cumplir con lo dispuesto en esta Cláusula, salvo en la
medida en que sea inconsistente con restricciones razonables de
seguridad del Contratante.
11.8 Búsqueda por
parte del
Contratista
El Contratista buscará, a solicitud del Ingeniero, la causa de
cualquier defecto, bajo la dirección de éste. A no ser que los costos
de reparación corran por cuenta del Contratista con arreglo a la
Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el Costo de
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Sección VII. Condiciones generales 306
la búsqueda más utilidades serán acordados o determinados por el
Ingeniero de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] y se
incluirán en el Precio del Contrato.
11.9 Certificado de
Cumplimiento
Se considerará que el Contratista ha cumplido todas sus
obligaciones cuando el Ingeniero emita el Certificado de
Cumplimiento, en el que se indicará la fecha en que el Contratista
cumplió sus obligaciones en virtud del Contrato.
El Ingeniero emitirá el Certificado de Cumplimiento dentro de 28
días después de la última fecha de vencimiento de los Plazos para la
Notificación de Defectos, o tan pronto cuando, después de dicha
fecha, el Contratista haya suministrado todos los Documentos del
Contratista y haya terminado y puesto a prueba todas las Obras,
incluida la reparación de cualesquiera defectos. Se emitirá una copia
del Certificado de Cumplimiento al Contratante.
Se considerará que únicamente el Certificado de Cumplimiento
constituye la aceptación de las Obras.
11.10 Obligaciones no
Cumplidas
Después de emitido el Certificado de Cumplimiento, cada una de
las Partes seguirá responsable del cumplimiento de cualquier
obligación que quede pendiente en ese momento. A los efectos de la
determinación de la naturaleza y la medida de las obligaciones
incumplidas, se considerará que el Contrato sigue vigente.
11.11 Despeje del Lugar
de las Obras
Tras recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista removerá
del Lugar de las Obras cualquier Equipo del Contratista remanente,
así como los materiales excedentes, escombros, desechos y Obras
Temporales .
Si todos estos elementos siguen en el Lugar de las Obras 28 días
después de que el Contratista haya recibido el Certificado de
Cumplimiento, el Contratante podrá venderlos o deshacerse de los
mismos. El Contratante tendrá derecho a recibir un pago por
concepto de los costos incurridos en relación con, o atribuibles a,
dicha venta o eliminación y con el reacondicionamiento del Lugar
de las Obras.
Se pagará al Contratista cualquier saldo remanente del monto de la
venta. Si dicho monto es inferior a los costos del Contratante, el
Contratista reembolsará al Contratante la diferencia.
12. Medición y Evaluación
12.1 Trabajos que se
medirán
Las Obras se medirán y evaluarán para su pago, de conformidad con
lo dispuesto en esta Cláusula. El Contratista deberá mostrar en cada
certificado según las Subcláusulas 14.3 [Solicitud de Certificados
de Pago Provisionales], 14.10 [Declaración de Terminación], y
14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] las cantidades y otros
detalles relacionando los montos que considere que le corresponden
según el Contrato.
Cuando el Ingeniero requiera que sea medida cualquier parte de las
Obras, se notificará de ello con antelación razonable al
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Sección VII. Condiciones generales 307
Representante del Contratista, quien deberá:
(a) rápidamente atender al Ingeniero o enviar a otro representante
calificado para que asista al Ingeniero a hacer la medición, y
(b) suministrar cualquier detalle que solicite el Ingeniero.
Si el Contratista no asiste al Ingeniero o no envía a un
representante, la medición que haga el Ingeniero (o que se haga en
su nombre) se aceptará y dará por exacta.
Salvo estipulación diferente en el Contrato, cuando se deban medir
cualquiera de las Obras Permanentes a partir de registros, éstos
serán preparados por el Ingeniero. Cuando y como le sea solicitado,
el Contratista acudirá a revisar y acordar los registros con el
Ingeniero, para posteriormente firmarlos una vez acordados. Si el
Contratista no se presenta, los registros serán aceptados como
exactos.
Si el Contratista examina los registros y no está de acuerdo con
ellos, o no los firma según lo acordado, notificará al Ingeniero sobre
los aspectos que considere inexactos. Tras recibir esa notificación, el
Ingeniero revisará los registros y los confirmará o modificará, y
certificará el pago de las partes que no se encuentran en discusión.
Si el Contratista no notifica al respecto al Ingeniero dentro de un
plazo de 14 días contados a partir de la solicitud de examinar los
registros, éstos será aceptados, como exactos.
12.2 Método de
Medición
Salvo indicación en sentido diferente en el Contrato y sin perjuicio
de las prácticas locales:
(a) las mediciones se harán en función de la cantidad real neta de
cada elemento de las Obras Permanentes, y
(b) el método de medición se ceñirá a la Lista de Cantidades u otros
Formularios pertinentes.
12.3 Evaluación Salvo disposición en otro sentido en el Contrato, el Ingeniero
procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin
de acordar o determinar el Precio del Contrato mediante la
evaluación de cada rubro de trabajo, aplicando para ello la medición
acordada o determinada de acuerdo con las Subcláusulas 12.1 y 12.2
supra y la tarifa pertinente o el precio para el rubro.
Para cada rubro de trabajo, la tarifa apropiada o el precio serán las
que se especifiquen en el Contrato para el rubro en cuestión o, en su
defecto, las que se especifiquen para trabajos similares.
Cualquier rubro de trabajo que se incluya en la Lista de Cantidades
sin precio ni tarifa especificados se considerará incluido en las
demás tarifas o precios de la Lista de Cantidades y no será pagado
por separado.
Sin embargo, será apropiado especificar una nueva tarifa o precio
para un rubro de trabajo si:
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Sección VII. Condiciones generales 308
(a)
(i) la cantidad medida del rubro cambia en más del 25%
respecto de la cantidad de este rubro que figura en la
Lista de Cantidades u otro Formulario,
(ii) este cambio en cantidad multiplicado por la tarifa
especificada para ese rubro excede 0,25% del Monto
Contractual Aceptado,
(iii) este cambio en cantidad modifica directamente el Costo
por cantidad unitaria de este rubro en más del 1%, y
(iv) este rubro no se especifica en el Contrato como un ―rubro
de tarifa fija‖; ó
(b)
(i) el trabajo fue ordenado con arreglo a la Cláusula 13
[Variaciones y Ajustes],
(ii) en el Contrato no se especifica tarifa ni precio para ese
rubro, y
(iii) ningún precio o tarifa especificado es adecuado porque el
rubro de trabajo no es de características similares, o no se
ejecuta bajo condiciones similares a las de otros rubros
señalados en el Contrato.
Todas las tarifas o precios nuevos se derivarán de cualquier tarifa o
precio pertinente del Contrato, haciendo los ajustes razonables para
tomar en cuenta los aspectos que figuran en los incisos (a) o (b),
según proceda. De no haber tarifas ni precios relevantes para
derivar unos nuevos, éstos se derivarán en función del Costo
razonable de ejecutar los trabajos, más utilidades, tomando en
cuenta cualquier otro aspecto pertinente.
Hasta tanto se acuerde o se determine la tarifa o el precio adecuado,
el Ingeniero establecerá una tarifa o precio provisional para los fines
de los Certificados de Pago Provisionales, tan pronto como se
inicien los trabajos pertinentes.
12.4 Omisiones Siempre que la omisión de cualquier trabajo forme parte de una
Variación (o constituya una Variación total), cuyo valor no se haya
acordado, si:
(a) el Contratista incurrirá (o ha incurrido) en costos que, de no
haberse omitido el trabajo, se habrían considerado como
incluidos en el Monto Contractual Aceptado;
(b) la omisión del trabajo ocasionará (o ha ocasionado) que la
suma no se incluya en el Precio del Contrato; y
(c) este costo no se considera incluido en la evaluación de
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 309
cualquier trabajo que se haya remplazado;
entonces el Contratista notificará debidamente al Ingeniero, con
información de apoyo. Una vez que reciba esa notificación, el
Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5
[Decisiones] a fin de acordar o establecer este costo, monto que se
incluirá en el Precio del Contrato.
13. Variaciones y Ajustes
13.1 Derecho a Variar El Ingeniero podrá iniciar Variaciones en cualquier momento antes
de que se emita el Certificado de Recepción de Obra para las Obras,
bien sea mediante una orden o una solicitud dirigida al Contratista
para que presente una propuesta.
El Contratista ejecutará cada una de las Variaciones, con carácter
obligatorio, a no ser que envíe sin demora al Ingeniero una
notificación en la que indique (con documentos de apoyo) que: (i) no
puede obtener inmediatamente los Bienes requeridos para la
Variación, o (ii) dicha Variación ocasiona un cambio sustancial en
la secuencia o progreso de las Obras. Una vez recibida esa
notificación, el Ingeniero anulará, confirmará o variará la orden.
Las Variaciones pueden incluir:
(a) cambios a las cantidades de cualquier rubro de trabajo incluido
en el Contrato (no obstante, dichos cambios no necesariamente
constituyen una Variación),
(b) cambios a la calidad y otras características de cualquier rubro
de trabajo,
(c) cambios a los niveles, posiciones y/o dimensiones de cualquier
parte de las Obras,
(d) omisiones de cualquier trabajo a no ser que deba ser realizado
por otros,
(e) cualesquiera trabajos, Equipos, Materiales o servicios
adicionales necesarios para las Obras Permanentes, incluidas
cualesquiera Pruebas a la Terminación, perforaciones y otras
pruebas y actividades de exploración asociadas, o
(f) cambios a la secuencia o al calendario de ejecución de las
Obras.
El Contratista no alterará ni modificará las Obras Permanentes, a
menos y hasta cuando el Ingeniero ordene o apruebe una Variación.
13.2 Ingeniería de Valor El Contratista podrá, en cualquier momento, presentar al Ingeniero
una propuesta escrita que (a su juicio), si se adopta, (i) acelerará la
terminación de las Obras, (ii) reducirá el costo que supone para el
Contratante la ejecución, el mantenimiento y el funcionamiento de
las Obras, (iii) mejorará la eficiencia o el valor que representan para
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 310
el Contratante las Obras terminadas, o (iv) de otra forma será de
beneficio para el Contratante.
La propuesta se elaborará corriendo por cuenta del Contratista los
costos correspondientes, e incluirá los rubros que se enumeran en la
Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].
Si el Ingeniero aprueba una propuesta que incluye un cambio en el
diseño de parte de las Obras Permanentes, entonces salvo que ambas
Partes acuerden algo diferente:
(a) el Contratista diseñará esta parte,
(b) se aplicarán los incisos (a) a (d) de la Subcláusula 4.1
[Obligaciones Generales del Contratista], y
(c) si este cambio genera una reducción en el valor contractual de
esa parte, el Ingeniero procederá de conformidad con la
Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer un
pago, que se incluirá en el Precio del Contrato. Este pago será
la mitad (50%) de la diferencia entre los siguientes montos:
(i) la reducción en el valor contractual, que se derive del
cambio, excluidos los ajustes en virtud de las
Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la
Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo], y
(ii) la reducción (si la hubiere) en el valor que representan
para el Contratante los trabajos modificados, tomando en
cuenta cualquier reducción de la calidad, la duración
prevista o las eficiencias operativas.
No obstante, si el monto (i) es inferior al monto (ii), no se incluirá
ningún pago.
13.3 Procedimiento de
Variación
Si el Ingeniero solicita una propuesta, antes de ordenar una
Variación, el Contratista responderá por escrito tan pronto como sea
posible, señalando las razones por las que no puede cumplir (si ese
es el caso), o bien presentando:
(a) una descripción de los trabajos propuestos a realizarse y un
programa de ejecución al respecto,
(b) la propuesta del Contratista para realizar cualquier
modificación necesaria al programa de conformidad con la
Subcláusula 8.3 [Programa] y al Plazo de Terminación, y
(c) la propuesta del Contratista para evaluar la Variación.
Tras recibir dicha propuesta (en virtud de la Subcláusula 13.2
[Ingeniería de Valor] o de otra forma), el Ingeniero responderá, tan
pronto como sea posible, dando aprobación, desaprobando la
propuesta o dando comentarios. El Contratista no demorará ningún
trabajo mientras espera una respuesta.
Las instrucciones para ejecutar una Variación, junto con
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 311
cualesquiera de los requisitos para el registro del Costo, serán
impartidas por el Ingeniero al Contratista, quien deberá acusar
recibo.
Cada Variación se evaluará de conformidad con la Cláusula 12
[Medición y Evaluación], salvo que el Ingeniero solicite o apruebe
otra cosa de conformidad con esta Cláusula.
13.4 Pago en Monedas
Aplicables
Si el Contrato contempla el pago del Precio del Contrato en más de
una moneda, entonces en el momento en que se acuerde, apruebe o
determine un ajuste, de conformidad con lo que se señala supra, se
especificará el monto pagadero en cada una de las monedas
aplicables. Para tales efectos, se hará referencia tanto a las
proporciones reales o previstas de las monedas en el Costo del
trabajo modificado, como a las proporciones de las diferentes
monedas estipuladas para el pago del Precio del Contrato.
13.5 Montos
Provisionales
Cada Monto Provisional se usará, total o parcialmente, solamente de
conformidad con las instrucciones del Ingeniero, y el Precio del
Contrato se ajustará en forma acorde. La suma total pagada al
Contratista incluirá únicamente los montos correspondientes a
trabajos, insumos o servicios a que se refiera el Monto Provisional
que indique el Ingeniero. Para cada Monto Provisional, el Ingeniero
podrá dar indicaciones en cuanto a:
(a) trabajos (incluido el suministro de Equipos, Materiales o
servicios) que deba realizar el Contratista y que hayan de
evaluarse con arreglo a la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de
Variación]; o
(b) Equipos, Materiales o servicios que el Contratista haya de
adquirir de un Subcontratista designado (según se define en la
Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]) o de otra forma; y
respecto de los cuales habrá de incluirse lo siguiente en el
Precio del Contrato:
(i) los montos reales pagados (o pagaderos) por el
Contratista, y
(ii) un monto por costos fijos y utilidades, calculado como
un porcentaje de esos montos reales aplicando la tasa
porcentual pertinente (si procede) que se indique en el
Formulario correspondiente. De no existir esa tasa, se
aplicará la que figure en los Datos del Contrato.
A solicitud del Ingeniero, el Contratista presentará cotizaciones,
facturas, comprobantes y cuentas o recibos para fines de
verificación.
13.6 Trabajos por día Para trabajos menores o de carácter incidental, el Ingeniero podrá
ordenar que se ejecute una Variación como Trabajos por Día. El
trabajo se evaluará de conformidad con el Listado de Trabajos por
Día que se incluye en el Contrato y se ceñirá al procedimiento que
se indica a continuación. De no incluirse en el Contrato ningún
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 312
Listado de Trabajos por Día, esta Subcláusula no se aplicará.
Antes de ordenar Bienes para los trabajos, el Contratista presentará
cotizaciones al Ingeniero. Al solicitar un pago, el Contratista
presentará facturas, comprobantes y cuentas o recibos de los Bienes.
A excepción de los rubros para los que en el Listado de Trabajos por
Día especifique que no corresponde pago, el Contratista entregará
diariamente al Ingeniero declaraciones precisas en duplicado, que
incluirán los siguientes detalles sobre los recursos utilizados en la
ejecución de los trabajos del día anterior, a saber:
(a) nombres, ocupaciones y horas de trabajo del Personal del
Contratista,
(b) identificación, tipo y tiempo de uso de Equipos del Contratista
y de Obras Temporales, y
(c) cantidades y tipos de Equipos y Materiales utilizados.
El Ingeniero firmará y devolverá al Contratista una copia de cada
declaración que sea correcta o sea convenida. Posteriormente, el
Contratista presentará al Ingeniero declaraciones con los precios de
estos recursos, antes de incluirlos en la próxima Declaración de
conformidad con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de
Pago Provisionales].
13.7 Ajustes por
Cambios en la
Legislación
El Precio del Contrato se ajustará a fin de reflejar cualquier aumento
o reducción en el Costo que se produzca a raíz de un cambio en las
Leyes del País (incluidas la introducción de nuevas Leyes y la
derogación o modificación de Leyes vigentes) o un cambio en la
interpretación judicial o gubernamental oficial de dichas Leyes,
después de la Fecha Base, que afecte el cumplimiento de las
obligaciones contraídas por el Contratista en virtud del Contrato.
Si el Contratista sufre (o sufrirá) una demora o incurre (o incurrirá)
en Costos adicionales como consecuencia de esos cambios en las
Leyes o en dichas interpretaciones, que se realicen después de la
Fecha Base, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a
la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho
a:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha
retrasado o retrasará la terminación de las Obras, en virtud de
la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) el pago de cualquier Costo de esa índole, monto que se incluirá
en el Precio del Contrato.
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad
con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o
una decisión al respecto.
Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista no tendrá derecho a la
prórroga mencionada si la demora correspondiente ya ha sido
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 313
tomada en cuenta para establecer una ampliación de plazo anterior,
ni el Costo se pagará por separado si dicho monto ya se ha tomado
en cuenta en la indexación de cualesquiera datos en el cuadro de
datos de ajuste de conformidad con las disposiciones de la
Subcláusula 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo].
13.8 Ajustes por
Cambios en el Costo
En esta Subcláusula, ―cuadro de datos de ajuste‖ significa el cuadro
completo de los datos de ajuste correspondientes a monedas local y
extranjera que se incluyen en los Formularios. De no existir dicho
cuadro de datos de ajuste, esta Subcláusula no se aplicará.
Si se aplica esta Subcláusula, los montos pagaderos al Contratista se
ajustarán por alzas o bajas en el costo de la mano de obra, los Bienes
y otros insumos de las Obras, mediante la suma o resta de los
montos establecidos en las fórmulas que se establecen en esta
Subcláusula. En la medida en que las disposiciones de esta u otras
cláusulas no contemplen la compensación total por alzas o bajas de
los Costos, se considerará que el Monto Contractual Aceptado
incluye las sumas para cubrir las contingencias de otros aumentos o
reducciones en los costos.
El ajuste que se aplicará al monto de otra forma pagadero al
Contratista, conforme se valore de acuerdo con el Formulario
adecuado y se certifique en los Certificados de Pago, se calculará a
partir de las fórmulas para cada una de las monedas en que sea
pagadero el Precio del Contrato. No se aplicarán ajustes a los
trabajos valorados en función del Costo o precios vigentes. Las
fórmulas serán del siguiente tipo general:
Pn = a + b Ln/ Lo + c En/Eo + d Mn/Mo + ...... donde:
―Pn‖ es el factor multiplicador de ajuste que se aplicará al valor
contractual estimativo en la moneda pertinente del trabajo realizado
en el período ―n‖, siendo este período de un mes, salvo otra
indicación en los Datos Contractuales;
―a‖ es un coeficiente fijo, que se indica en el cuadro de datos de
ajuste pertinente y representa la porción no ajustable de los pagos
contractuales;
―b‖, ―c‖, ―d‖, … son coeficientes que representan la proporción
estimada de cada elemento de costo relacionado con la ejecución de
las Obras, tal como se indica en el cuadro de datos de ajuste
correspondiente; dichos elementos de costo tabulados pueden ser
indicativos de recursos tales como mano de obra, equipos y
materiales;
―Ln‖, ―En‖, ―Mn‖, … representan los índices de costos vigentes o
los precios de referencia para el período ―n‖, expresados en la
moneda de pago correspondiente, cada uno de los cuales es
aplicable al elemento de costo tabulado en la fecha correspondiente
a 49 días antes del último día del período (al cual se refiera el
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Sección VII. Condiciones generales 314
respectivo Certificado de Pago); y
―Lo‖, ―Eo‖, ―Mo‖, … representan los índices de costo base o los
precios de referencia, expresados en la moneda de pago
correspondiente, cada uno de los cuales es aplicable al elemento
relevante de costo tabulado en la Fecha Base.
Se usarán los índices de costos o precios de referencia que figuran
en el cuadro de datos de ajuste. Si su fuente estuviese en duda, el
Ingeniero determinará lo que corresponda . Para tal fin, se hará
referencia al valor de los índices en fechas determinadas a efectos
de clarificar la fuente; si bien es posible que esas fechas (y por ende
esos valores) puedan no corresponder a los índices de costo base.
En los casos en que la ―moneda del índice‖ no sea la moneda de
pago pertinente, cada índice será convertido a la moneda de pago
pertinente al tipo de venta, establecida por el banco central del País,
correspondiente a esta moneda en la fecha anterior para la cual se
requiera que el índice sea aplicable.
Hasta el momento en que se disponga de cada uno de los índices de
costos vigentes, el Ingeniero establecerá un índice provisional para
emitir los Certificados de Pago Provisionales. Cuando se cuente con
un índice de costo vigente, el ajuste se recalculará según
corresponda.
Si el Contratista no termina las Obras dentro del Plazo de
Terminación, los ajustes de precios posteriores se harán utilizando
(i) cada índice o precio aplicable 49 días antes del vencimiento del
Plazo de Terminación de las Obras, o (ii) el índice o precio vigentes;
de ambos, el que resulte más favorable para el Contratante.
Las ponderaciones (coeficientes) de cada factor de costo indicado en
el cuadro o cuadros de datos de ajuste se ajustarán únicamente si se
vuelven irrazonables, desequilibrados o inaplicables a raíz de
Variaciones.
14. Precio del Contrato y Pago
14.1 Precio del Contrato Salvo que se indique otra cosa en las Condiciones Especiales:
(a) el Precio del Contrato será acordado o establecido con arreglo
a la Subcláusula 12.3 [Evaluación] y estará sujeto a ajustes de
conformidad con el Contrato;
(b) el Contratista pagará todos los impuestos, derechos y cargos
exigibles a éste en virtud del Contrato, y el Precio del
Contrato no será ajustado por ninguno de dichos costos salvo
en los casos contemplados en la Subcláusula 13.7 [Ajustes por
Cambios en la Legislación];
(c) cualesquiera de las cantidades que se indiquen en la Lista de
Cantidades u otro Formulario son estimativas y no deben
considerarse como las cantidades reales y correctas:
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Sección VII. Condiciones generales 315
(i) de las Obras que el Contratista deberá ejecutar , ni
(ii) para los fines de la Cláusula 12 [Medición y Evaluación];
y
(d) el Contratista presentará al Ingeniero, dentro del plazo de 28 días
contado a partir de la Fecha de Inicio, el desglose propuesto de
todos los precios de cada suma global que se indiquen en los
Formularios. El Ingeniero podrá tomar en cuenta dicho desglose
al elaborar los Certificados de Pago, pero no estará obligado por
el mismo.
(e) Sin perjuicio de las disposiciones del inciso (b), anterior, los
Equipos del Contratista, incluidos los respectivos repuestos
esenciales, importados por el Contratista con el único fin de
ejecutar el Contrato estarán exentos del pago de impuestos y
derechos de importación.
14.2 Pago Anticipado El Contratante hará un pago anticipado, en forma de préstamo sin
intereses para fines de movilización y apoyo de flujo de caja, cuando
el Contratista suministre una garantía de conformidad con esta
Subcláusula. El total del pago anticipado, el número y la frecuencia
de las cuotas (en caso de que sea más de una) y las monedas y
proporciones aplicables se indicarán en los Datos Contractuales.
Salvo y hasta que el Contratante reciba esta garantía, o si en los
Datos Contractuales no se indica el total del pago anticipado, esta
Subcláusula no se aplicará.
El Ingeniero entregará al Contratista y al Contratante un Certificado
de Pago Provisional correspondiente al pago anticipado o a su
primera cuota después de que reciba una Declaración (en virtud de
la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pagos
Provisionales]) y después de que el Contratante reciba (i) la
Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Subcláusula 4.2
[Garantía de Cumplimiento] y (ii) una garantía por montos y
monedas equivalentes al pago anticipado. Esta garantía será emitida
por una entidad y de un país (u otra jurisdicción) aprobados por el
Contratante, y adoptará el formato que se adjunta a las Condiciones
Especiales u otro formato que apruebe el Contratante.
El Contratista se asegurará que la garantía sea válida y exigible hasta
que se reembolse el pago anticipado, pero su monto será reducido
en forma gradual en una suma igual a la de los reembolsos abonados
por el Contratista conforme se indique en los Certificados de Pago.
Si en los términos de la garantía se especifica su fecha de
vencimiento, y el pago anticipado no se ha reembolsado a más tardar
28 días antes de esa fecha, el Contratista prorrogará la validez de
dicha garantía hasta que el pago anticipado haya sido reembolsado .
Salvo indicación diferente en los Datos del Contrato, el pago
anticipado será reembolsado mediante deducciones porcentuales de
los pagos provisionales establecidos por el Ingeniero de
conformidad con la Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de
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Sección VII. Condiciones generales 316
Pago Provisionales], de la siguiente manera:
(a) las deducciones se empezarán a realizar en el Certificado de
Pago Provisional inmediatamente posterior al certificado cuyo
total de pagos provisionales certificados (excluidos el pago
anticipado y las deducciones y reembolsos de montos
retenidos) supere el 30 por ciento (30%) del Monto
Contractual Aceptado menos Montos Provisionales; y
(b) las deducciones se harán a la tasa de amortización que figure
en los Datos Contractuales del monto de cada Certificado de
Pago Provisional (excluidos el pago anticipado y las
deducciones por reembolsos, así como reembolsos de montos
retenidos ) en las monedas y proporciones del pago anticipado
hasta que éste se haya reembolsado ; siempre que el pago
anticipado sea reembolsado en su totalidad antes de que se
certifique para su pago el 90 por ciento (90%) del Monto
Contractual Aceptado menos Montos Provisionales.
Si el pago anticipado no se ha reembolsado antes de la emisión del
Certificado de Recepción de Obra o antes de la terminación del
Contrato con arreglo a la Cláusula 15 [Terminación por parte del
Contratante], la Cláusula 16 [Suspensión y Terminación por parte
del Contratista] o la Cláusula 19 [Fuerza Mayor] (conforme
proceda), la totalidad del saldo pendiente será inmediatamente
debido y, en caso de terminación según lo dispuesto en la Cláusula
15 [Terminación por el Contratante] y Subcláusula 19.6
[Terminación Opcional, Pago y Finiquito], pagadero por el
Contratista al Contratante.
14.3 Solicitud de
Certificados de
Pago Provisionales
El Contratista presentará al Ingeniero a finales de cada mes una
Declaración en seis copias, en la forma que apruebe el Ingeniero, en
la que figuren de manera detallada los montos a los que considere
tener derecho, junto con la documentación de apoyo que incluirá el
informe de avance mensual de conformidad con la Subcláusula 4.21
[Informes de Avance].
La Declaración incluirá los siguientes elementos, según corresponda,
que se expresarán en las diferentes monedas en que sea pagadero el
Precio del Contrato y en la secuencia indicada a continuación:
(a) el valor contractual estimativo de las Obras realizadas y los
Documentos del Contratista que se hayan producido hasta
finales de ese mes (incluidas las Variaciones, pero excluidos
los elementos que se señalan en los incisos (b) a (g) infra);
(b) cualesquiera de los montos que deban agregarse o deducirse
por cambios en la legislación y en los costos, según lo
dispuesto en las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la
Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en los Costos];
(c) cualquier monto que deba deducirse para fines de retención,
calculado aplicando el porcentaje de retención señalado en los
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Sección VII. Condiciones generales 317
Datos Contractuales al total de los montos mencionados supra,
hasta que el monto así retenido por el Contratante alcance el
límite de los Montos Retenidos (si los hubiere) establecidos en
los Datos Contractuales;
(d) cualesquiera de los montos que deban agregarse para el pago
anticipado y (si existe más de una cuota de pago) que deban ser
deducidas para sus reembolsos de conformidad con la
Subcláusula 14.2 [Pago Anticipado];
(e) cualesquiera de los montos que deban agregarse o deducirse
por concepto de Equipos o Materiales de conformidad con la
Subcláusula 14.5 [Equipos y Materiales para las Obras];
(f) cualesquiera otras adiciones o deducciones que sean pagaderas
en virtud del Contrato o de otra forma, incluidas las
mencionadas en la Cláusula 20 [Reclamaciones, Controversias
y Arbitraje]; y
(g) la deducción de montos certificados en todos los Certificados
de Pago anteriores.
14.4 Calendario de
Pagos
Si el Contrato incluye un calendario de pagos en el que se
especifiquen las cuotas en que se pagará el Precio del Contrato,
entonces, salvo indicación en otro sentido en dicho calendario,
(a) las cuotas indicadas en dicho calendario de pagos serán los
valores contractuales estimados para los fines del inciso (a) de
la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago
Provisionales];
(b) no se aplicará la Subcláusula 14.5 [Equipos y Materiales para
las Obras] ; y
(c) si estas cuotas no están definidas por referencia al avance real
alcanzado en la ejecución de las Obras, y si el avance real
resulta ser inferior o superior al que se usara de base para
programar el calendario de pagos, el Ingeniero podrá proceder
de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de
acordar o establecer nuevas cuotas, que habrán de tomar en
cuenta el grado en el que el avance resulta inferior o superior al
que sirvió de base anteriormente para las cuotas.
Si el Contrato no incluye un calendario de pagos, el Contratista
presentará cifras estimativas no obligatorias de los pagos que prevé
serán pagaderos cada trimestre. La primera cifra estimativa se
presentará dentro de un plazo de 42 días contados a partir de la
Fecha de Inicio. Cada trimestre se presentarán cifras estimativas
revisadas, hasta que se emita el Certificado de Recepción de Obra
para las Obras.
14.5 Equipos y
Materiales para las
Obras
En el caso de que se aplique esta Subcláusula, los Certificados de
Pago Provisionales incluirán, con arreglo al inciso (e) de la
Subcláusula 14.3, (i) un monto por concepto de los Equipos y
Materiales que se hayan enviado al Lugar de las Obras para
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Sección VII. Condiciones generales 318
incorporarlos en las Obras Permanentes, y (ii) una reducción en los
casos en que el valor contractual de dichos Equipos y Materiales
esté incluido como parte de las Obras Permanentes con arreglo al
inciso (a) de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago
Provisionales].
Esta Subcláusula no se aplicará si las listas mencionadas en los
incisos (b)(i) o (c)(i) infra no se incluyen en los Formularios.
El Ingeniero determinará y certificará cada adición si se cumplen las
siguientes condiciones:
(a) el Contratista ha:
(i) mantenido un registro adecuado (que incluya las órdenes,
recibos, Costos y el uso de los Equipos y Materiales), el
cual está disponible para inspección, y
(ii) presentado una declaración del Costo de adquisición y
entrega de los Equipos y Materiales en el Lugar de las
Obras, con comprobantes satisfactorios;
y, o bien:
(b) los Equipos y Materiales pertinentes:
(i) son aquellos que se enumeran en los Formularios para
pago contra envío,
(ii) se han enviado al País, y están en ruta al Lugar de las
Obras, de conformidad con el Contrato; y
(iii) se describen en un conocimiento de embarque sin
salvedades u otro comprobante de envío, que se ha
presentado al Ingeniero junto con un comprobante de
pago del flete y seguro, y cualesquiera otros documentos
razonablemente requeridos y una garantía bancaria
emitida en una forma y por una entidad aceptables para
el Contratante en montos y monedas equivalentes al
monto adeudado en virtud de esta Subcláusula: esta
garantía podrá adoptar una forma similar al formato
referido en la Subcláusula 14.2 [Pago Anticipado] y será
valida hasta que los Equipos y Materiales hayan sido
almacenados adecuadamente en el Lugar de las Obras y
se hayan protegido contra pérdidas, daños o deterioro;
o
(c) los Equipos y Materiales pertinentes:
(i) son aquellos enumerados en los Formularios para pago
contra entrega en el Lugar de las Obras, y
(ii) han sido entregados y almacenados adecuadamente en el
Lugar de las Obras, están protegidos contra pérdidas,
daños o deterioro y parecen ceñirse a lo dispuesto en el
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Sección VII. Condiciones generales 319
Contrato.
El monto adicional que se ha de certificar será el equivalente del
80% del costo que establezca el Ingeniero para los Equipos y
Materiales (incluida la entrega en el Lugar de las Obras), tomando
en cuenta los documentos que se mencionan en esta Subcláusula y el
valor contractual de dichos Equipos y Materiales.
Las monedas de este monto adicional serán las mismas que las
correspondientes al monto que se volverá pagadero cuando se
incluya el valor contractual con arreglo al inciso (a) de la
Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales].
En ese momento, el Certificado de Pago incluirá la reducción
aplicable que será equivalente a este monto adicional para los
Equipos y Materiales pertinentes y se expresará en las mismas
monedas y proporciones que dicho monto.
14.6 Emisión de
Certificados de
Pago Provisionales
No se certificará ni pagará ningún monto hasta que el Contratante
haya recibido y aprobado la Garantía de Cumplimiento.
Posteriormente, el Ingeniero entregará al Contratante y al
Contratista, dentro de un plazo de 28 días después de recibir una
Declaración y documentos justificativos, un Certificado de Pago
Provisional en el que se indicará el monto que el Ingeniero
determine con criterio justo que es pagadero, junto con información
complementaria de cualquier deducción o retención realizadas por el
Ingeniero en la Declaración, si los hubiere.
Sin embargo, antes de emitir el Certificado de Recepción de las
Obras, el Ingeniero no estará obligado a emitir un Certificado de
Pago Provisional por un monto que (después de retenciones y otras
deducciones) sea inferior al monto mínimo establecido en los Datos
Contractuales para los Certificados de Pago Provisionales (si los
hubiere). En ese caso, el Ingeniero notificará apropiadamente al
Contratista.
No se retendrán Certificados de Pago Provisionales por ninguna otra
razón, aunque:
(a) si el Contratista suministra un elemento o realiza un trabajo
que no se ciñe al Contrato, podrá retenerse el costo que supone
la rectificación o reposición hasta que se lleve a cabo esta labor
de rectificación o reposición; o
(b) si el Contratista no ha cumplido o no cumple cualquiera de los
trabajos u obligaciones de conformidad con el Contrato, y el
Ingeniero le ha dado las notificaciones del caso, el valor
correspondiente a dicho trabajo u obligación podrá retenerse
hasta que éstos se cumplan.
El Ingeniero podrá, en cualquier Certificado de Pago, hacer
cualquier corrección o modificación que hubiera debido hacerse en
un Certificado de Pago anterior. Los Certificados de Pago
Provisionales no se considerarán como indicativos de la aceptación,
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Sección VII. Condiciones generales 320
aprobación, consentimiento o satisfacción del Ingeniero.
14.7 Pagos El Contratante pagará al Contratista:
(a) la primera cuota del pago anticipado, dentro de un plazo de 42
días contados a partir de la fecha de emisión de la Carta de
Aceptación o dentro de un plazo de 21 días después de recibir
los documentos de conformidad con las Subcláusulas 4.2
[Garantía de Cumplimiento] y 14.2 [Pago Anticipado], lo que
ocurra más tarde;
(b) el monto certificado en cada Certificado de Pago Provisional,
dentro de los 56 días posteriores al momento en que el
Ingeniero haya recibido la Declaración y los documentos
justificativos o, cuando el préstamo o crédito del Banco (de
donde proviene parte de los pagos al Contratista) sea
suspendido, el monto que figure en cualquier declaración
presentada por el Contratista, dentro de 14 días después de la
presentación de dicha declaración. Cualquier discrepancia será
rectificada en el próximo pago al Contratista; y
(c) el monto certificado en el Certificado de Pago Final, dentro de
los 56 días posteriores al momento en que el Contratante haya
recibido dicho certificado, o si se suspendiera el préstamo o
crédito del Banco (de donde proviene parte de los pagos al
Contratista), el monto no disputado que figure en la
Declaración Final, dentro de los 56 días posteriores a la fecha
de notificación de la suspensión de conformidad con la
Subcláusula 16.2 [Terminación por el Contratista].
El pago del monto adeudado en cada moneda se hará en la cuenta
bancaria que designe el Contratista en el país de pago (para esta
moneda) que se especifique en el Contrato.
14.8 Retraso en los
Pagos
Si el Contratista no recibe un pago de conformidad con la
Subcláusula 14.7 [Pagos], el Contratista tendrá derecho a recibir
durante el período de mora un cargo financiero compuesto mensual
sobre el monto insoluto. Se considerará dicho período como
comenzando a correr a partir de la fecha de pago que se especifica
en la Subcláusula 14.7 [Pagos], sin consideración (en caso de su
inciso (b)) de la fecha en que se emita cualquier Certificado de Pago
Provisional.
Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, estos
cargos financieros se calcularán a la tasa anual de tres puntos
porcentuales sobre la tasa de descuento del banco central del país de
la moneda de pago o, si ésta no se encuentra disponible, la tasa
interbancaria ofrecida, y se pagarán en dicha moneda.
El Contratista tendrá derecho a recibir este pago sin notificación
formal o certificación , y sin perjuicio de cualquier otro derecho o
recurso.
14.9 Pago del Monto Cuando haya sido emitido el Certificado de Recepción de Obra para
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 321
Retenido las Obras, el Ingeniero certificará para pago la primera parte del
Monto Retenido a favor del Contratista. Si se emite un Certificado
de Recepción de Obra para una Sección o parte de las Obras, se
certificará y pagará una proporción del Monto Retenido. Esta
proporción será igual a la mitad (50%) de la proporción calculada
dividiendo el valor contractual estimado de la Sección o parte entre
el Precio final estimado del Contrato.
Lo más pronto posible después de la última fecha de vencimiento de
los Plazos para la Notificación de Defectos, el Ingeniero certificará
el saldo remanente del Monto Retenido para su pago al Contratista.
De haberse emitido un Certificado de Recepción de Obra para una
Sección, se certificará una proporción de la segunda mitad del
Monto Retenido y se pagará sin demora después de la fecha de
vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos
correspondiente a dicha Sección. Esta proporción será igual a dos
quintos (40%) de la proporción calculada dividiendo el valor
contractual estimado de la Sección entre el Precio final estimado del
Contrato.
Sin embargo, si alguno de los trabajos quedara por ejecutar de
conformidad con la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos], el
Ingeniero podrá retener la certificación del costo estimado de este
trabajo hasta que éste haya sido ejecutado.
Al calcularse estas proporciones, no se tomará en cuenta ninguno de
los ajustes con arreglo a las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios
en la Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo].
Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, cuando el
Certificado de Recepción de Obra para las Obras haya sido emitido
y la primera mitad del Monto Retenido haya sido certificada para
pago por el Ingeniero, el Contratista tendrá derecho a reemplazar la
garantía para la segunda mitad del Monto Retenido por otra
otorgada por una entidad que apruebe el Contratante, en el formato
que se adjunta a las Condiciones Especiales o en otro formato
aprobado por el Contratante. El Contratista deberá asegurarse de
que la garantía se emita por los montos y en las monedas de la
segunda mitad del Monto Retenido y que sea válida y exigible hasta
que el Contratista haya ejecutado y terminado las Obras y reparado
cualesquiera defectos, según se especifica en la Subcláusula 4.2 en
relación con la Garantía de Cumplimiento. Una vez que el
Contratante reciba la garantía requerida, el Ingeniero certificará y el
Contratante pagará la segunda mitad del Monto Retenido. La
liberación de dicha mitad contra presentación de una garantía se
hará en lugar de la liberación con arreglo al segundo párrafo de esta
Subcláusula. El Contratante devolverá la garantía al Contratista
dentro del plazo de 21 días después de recibir una copia del
Certificado de Cumplimiento.
Si la Garantía de Cumplimiento requerida en virtud de la
Subcláusula 4.2 es una garantía a la vista, y el monto garantizado al
amparo de ésta al momento de emisión del Certificado de Recepción
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 322
de Obra es más de la mitad del Monto Retenido , entonces no se
exigirá la garantía correspondiente al Monto Retenido . Si el monto
garantizado al amparo de la Garantía de Cumplimiento al momento
de emisión del Certificado de Recepción de Obra es menos de la
mitad del Monto Retenido , la garantía correspondiente al Monto
Retenido sólo se requerirá por la diferencia entre la mitad del Monto
Retenido y el monto garantizado al amparo de la Garantía de
Cumplimiento.
14.10 Declaración de
Terminación
Dentro del plazo de 84 días contados a partir de la fecha en que
reciba el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las
Obras, el Contratista presentará al Ingeniero una declaración de
terminación en seis copias con documentos complementarios, de
conformidad con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de
Pago Provisionales], en la que se muestre:
(a) el valor de todos los trabajos realizados de acuerdo con el
Contrato hasta la fecha señalada en el Certificado de
Recepción de Obra correspondiente a las Obras,
(b) cualquier monto adicional que el Contratista considere
pagadero, y
(c) un cálculo estimativo de cualesquiera otros montos que el
Contratista considere que serán pagaderos a su favor en virtud
del Contrato. Los montos estimados se incluirán por separado
en esta Declaración de terminación.
El Ingeniero procederá después a certificar de conformidad con la
Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales].
14.11 Solicitud de
Certificado de Pago
Final
Dentro del plazo de 56 días después de recibir el Certificado de
Cumplimiento, el Contratista presentará al Ingeniero un borrador de
declaración final en seis copias, en un formato aprobado por el
Ingeniero y con documentos complementarios, en el cual se muestre
detalladamente:
(a) el valor de todos los trabajos realizados de conformidad con el
Contrato, y
(b) cualquier monto adicional que el Contratista considere
pagadero a su favor en virtud del Contrato o de otra manera.
Si el Ingeniero no está de acuerdo con una parte del borrador de
declaración final o no puede verificarla, el Contratista presentará
dentro del plazo de 28 días después de recibido dicho borrador, la
información adicional que solicite razonablemente el Ingeniero y
hará los cambios en el borrador que ambos determinen de común
acuerdo. Luego, el Contratista preparará y presentará al Ingeniero la
declaración final de la manera acordada. Esta declaración
consensuada se denomina ―Declaración Final‖ en estas Condiciones.
Sin embargo, si, después de deliberaciones entre el Ingeniero y el
Contratista y de cualquier de los cambios acordados al borrador de
declaración final, resultare evidente que existe una controversia, el
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 323
Ingeniero entregará al Contratante (con copia al Contratista) un
Certificado de Pago Provisional correspondiente a las partes acordadas
del borrador de declaración final. Posteriormente, si se resolviera la
controversia en forma definitiva con arreglo a las Subcláusulas 20.4 [
Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] o 20.5
[Transacción Amigable], el Contratista entonces preparará y entregará
al Contratante una Declaración Final (con copia al Ingeniero).
14.12 Finiquito Al presentar la Declaración Final, el Contratista presentará un
finiquito confirmando que el total de la Declaración Final constituye
el pago total y definitivo de todos los montos adeudados al
Contratista en virtud del Contrato o en relación con éste. Este
finiquito podrá indicar que el mismo entrará en vigencia cuando el
Contratista reciba la Garantía de Cumplimiento y el saldo pendiente
de ese total, en cuyo caso el finiquito entrará en vigor en esa fecha.
14.13 Emisión de
Certificado de Pago
Final
Dentro del plazo de 28 días posteriores al momento en que haya
recibido la Declaración Final y el finiquito de conformidad con las
Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12
[Finiquito], el Ingeniero entregará, al Contratante y al Contratista, el
Certificado de Pago Final, en el que se indicará:
(a) el monto que equitativamente el Ingeniero haya determinado,
como pagadero con carácter definitivo, y
(b) después de reconocer al Contratante todos los montos
anteriormente pagados por el mismo, así como todas las
sumas a que éste tenga derecho, el saldo (si lo hubiere)
adeudado por el Contratante al Contratista o viceversa,
conforme corresponda.
Si el Contratista no ha solicitado un Certificado de Pago Final de
conformidad con las Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de
Pago Final] y 14.12 [Finiquito], el Ingeniero le solicitará que lo
haga. Si el Contratista no presenta una solicitud dentro del plazo de
28 días, el Ingeniero emitirá el Certificado de Pago Final por el
monto que equitativamente determine como pagadero.
14.14 Fin de la
Responsabilidad del
Contratante
El Contratante no será responsable ante el Contratista por ninguna
de las materias o rubros contemplados o relacionados con el
Contrato o la ejecución de las Obras, salvo en la medida en que el
Contratista haya incluido un monto expresamente para ello:
(a) en la Declaración Final y, también,
(b) en la Declaración de terminación que se describe en la
Subcláusula 14.10 [Declaración de Terminación], (excepto por
asuntos o cosas que se susciten después de la emisión del
Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las Obras)
Sin embargo, esta Subcláusula no limitará las responsabilidades del
Contratante en el marco de sus obligaciones de indemnización ni sus
responsabilidades en casos de fraude, incumplimiento deliberado o
mala conducta evidente de su parte.
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Sección VII. Condiciones generales 324
14.15 Monedas de Pago
El Precio del Contrato se pagará en la moneda o monedas señaladas
en el Formulario de Monedas de Pago. Si se señala más de una
moneda, los pagos se harán de la siguiente manera:
(a) si el Monto Contractual Aceptado sólo se expresa en Moneda
Local:
(i) las proporciones o los montos de las Monedas Local y
Extranjeras y los tipos de cambio fijo que se usarán para
calcular los pagos serán los que se indican en el
Formulario de Monedas de Pago, salvo que ambas Partes
acuerden de otra manera;
(ii) los pagos y las deducciones en virtud de las Subcláusulas
13.5 [Montos Provisionales] y 13.7 [Ajustes por Cambios
en la Legislación] se harán en las monedas y
proporciones correspondientes; y
(iii) otros pagos y deducciones en virtud de los incisos (a) a
(d) de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de
Pago Provisionales] se harán en las monedas y
proporciones que se especifican en el inciso (a)(i) supra;
(b) el pago de las indemnizaciones que se especifican en los Datos
Contractuales se hará en las monedas y proporciones que se
señalan en el Formulario de Monedas de Pago;
(c) otros pagos al Contratante por parte del Contratista se harán en
la moneda en la cual el Contratante haya efectuado el gasto
correspondiente, o en la moneda acordada entre las Partes;
(d) si cualquier monto pagadero por el Contratista al Contratante
en una moneda específica supera el monto pagadero por el
Contratante al Contratista en esa moneda, el Contratante podrá
recuperar el saldo de ese monto de los demás importes
adeudados al Contratista en otras monedas; y
(e) si no se señalan tipos de cambio en el Formulario de Monedas
de Pago, se usarán los que prevalezcan en la Fecha Base y que
sean determinados por el banco central del País.
15. Terminación por Parte del Contratante
15.1 Notificación Para
Hacer
Correcciones
Si el Contratista no cumple con cualesquiera de las obligaciones en
virtud del Contrato, el Ingeniero podrá exigirle, mediante
notificación, que corrija la falla y la subsane dentro de un plazo
determinado razonable.
15.2 Terminación por
parte del
Contratante
El Contratante tendrá derecho a dar por terminado el Contrato si el
Contratista:
(a) no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula 4.2 [Garantía de
Cumplimiento] o con una notificación dada de conformidad
con la Subcláusula 15.1 [Notificación Para Hacer
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 325
Correcciones],
(b) abandona las Obras o demuestra claramente de otra manera
que no tiene intenciones de continuar cumpliendo sus
obligaciones bajo el Contrato,
(c) sin una excusa razonable:
(i) no procede con las Obras de conformidad con la Cláusula
8 [inicio, Demoras y Suspensión], o
(ii) no cumple con una notificación emitida de conformidad
con las Subcláusulas 7.5 [Rechazo] o 7.6 [Medidas
Correctivas] dentro del plazo de 28 días después de
recibirla,
(d) subcontrata la totalidad de las Obras o cede el Contrato sin el
acuerdo requerido,
(e) quiebra o se vuelve insolvente; entra en liquidación; se dicta en
su contra una orden de administración judicial ; entra en
concurso de acreedores; prosigue sus actividades bajo la
autoridad de un administrador judicial, un fiduciario o un
administrador en beneficio de sus acreedores, o si se realiza
cualquier acto o se produce cualquier hecho que (bajo las
Leyes pertinentes) tenga un efecto análogo a cualquiera de los
actos o hechos señalados supra, o
(f) da u ofrece dar (directa o indirectamente) a cualquier persona
cualquier soborno, regalo, gratificación, comisión u otra cosa
de valor como incentivo o recompensa:
(i) por hacer o no hacer cualquier acción relacionada con el
Contrato, o
(ii) por mostrar o no mostrar favor o posición a alguna
persona en relación con el Contrato,
o si cualquier miembro del Personal del Contratista, representante o
Subcontratista del Contratista da u ofrece (directa o indirectamente)
a cualquier persona cualquiera de esos incentivos o recompensas
que se describen en el inciso (f) supra. Sin embargo, los incentivos y
recompensas de carácter lícito para el Personal del Contratista no
darán lugar a la terminación del Contrato.
En cualquiera de dichas situaciones o circunstancias, el Contratante
podrá, previa notificación al Contratista con una antelación de 14
días, terminar el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar de las
Obras. Sin embargo, en el caso de los incisos (e) o (f), el Contratante
podrá, mediante notificación, terminar inmediatamente el Contrato.
La decisión de terminar el Contrato por parte del Contratante no
perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato
o a otra fuente.
En ese caso, el Contratista abandonará el Lugar de las Obras y
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 326
entregará al Ingeniero cualesquiera Bienes requeridos, todos los
Documentos del Contratista y otros documentos de diseño
elaborados por o para el Contratista. Sin embargo, el Contratista
realizará sus mejores esfuerzos para cumplir inmediatamente
cualquier orden razonable que se incluya en la notificación para: (i)
la cesión de cualquier subcontrato, y (ii) la protección de la vida o la
propiedad, o la seguridad de las Obras.
Con posterioridad a la terminación, el Contratante podrá terminar
las Obras y/o encargárselas a otras entidades, en cuyo caso el
Contratante y dichas entidades podrán usar cualesquiera Bienes,
Documentos del Contratista y otros documentos de diseño
elaborados por el Contratista o en su nombre.
El Contratante notificará al Contratista que se le entregarán los
Equipos del Contratista y las Obras Temporales en el Lugar de las
Obras o en sus inmediaciones. El Contratista inmediatamente hará
los arreglos necesarios para el retiro de los mismos por su cuenta y
riesgo. Sin embargo, si para entonces el Contratista no ha pagado
un monto adeudado al Contratante, este último podrá vender dichos
elementos a fin de recuperar ese monto y luego abonar al Contratista
cualquier saldo remanente.
15.3 Valoración en la
Fecha de
Terminación
Tan pronto como sea posible después de que entre en vigor una
notificación de terminación en virtud de la Subcláusula 15.2
[Terminación por parte del Contratante], el Ingeniero procederá de
conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o
establecer el valor de las Obras, los Bienes, los Documentos del
Contratista y cualesquiera otros montos adeudados al Contratista por
trabajos ejecutados de conformidad con el Contrato.
15.4 Pagos después de la
Terminación
Después de que entre en vigor una notificación de terminación en
virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación por parte del
Contratante], el Contratante podrá:
(a) proceder de conformidad con la Subcláusula 2.5
[Reclamaciones del Contratante],
(b) retener pagos adicionales al Contratista hasta que se hayan
determinado los costos de ejecución, terminación y reparación
de cualesquiera defectos, indemnizaciones por demora en la
terminación (si las hubiere) y todos los demás costos en que
incurra el Contratante, o
(c) recuperar del Contratista el monto de cualesquiera pérdidas e
indemnizaciones incurridos por el Contratante y cualquier
costo adicional para terminar las Obras, después de considerar
cualquier suma adeudada al Contratista en virtud de la
Subcláusula 15.3 [Valoración en la Fecha de Terminación].
Después de recuperar los montos correspondientes a esas
pérdidas, indemnizaciones y costos adicionales, el Contratante
pagará cualquier saldo remanente al Contratista.
15.5 Derecho del
Contratante de
El Contratante tendrá derecho a terminar el Contrato, en cualquier
momento y por su propia conveniencia, previa notificación de tal
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 327
Terminar el
Contrato por
Conveniencia
terminación al Contratista. La terminación entrará en vigor 28 días
después de la fecha en que el Contratista haya recibido esta
notificación o en que el Contratante haya devuelto la Garantía de
Cumplimiento, lo que ocurra más tarde. El Contratante no terminará
el Contrato con arreglo a esta Subcláusula con el propósito de
ejecutar las Obras él mismo o encargárselas a otro contratista ni para
evitar una terminación del Contrato por parte del Contratista en
virtud de la Subcláusula 16.2 [Terminación por Parte del
Contratista].
Con posterioridad a esta terminación, el Contratista procederá de
conformidad con la Subcláusula 16.3 [Cese de las Obras y Retiro de
los Equipos del Contratista] y será pagado según se estipula en la
Subcláusula 16.4 [Pago a la Terminación].
15.6 Prácticas
Corruptivas o
Fraudulentas
15.6.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los
beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y
organismos contratantes, al igual que a todas las firmas,
entidades o personas oferentes por participar o participando
en proyectos financiados por el Banco incluyendo, entre
otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y
concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios,
empleados y representantes), observar los más altos niveles
éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de fraude
o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado
durante el proceso de selección y las negociaciones o la
ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción
están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de:
(a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica
coercitiva; y (d) práctica colusoria. Las definiciones que se
transcriben a continuación corresponden a los tipos más
comunes de fraude y corrupción, pero no son exhaustivas.
Por esta razón, el Banco también adoptará medidas en caso
de hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos
actos de fraude y corrupción, aunque no estén especificados
en la lista siguiente. El Banco aplicará en todos los casos los
procedimientos establecidos en la Cláusula 15.6.1 (c).
(a) El Banco define los términos que se indican a
continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,
recibir o solicitar, directa o indirectamente,
cualquier cosa de valor para influenciar las
acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u
omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y
circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a
alguna parte para obtener un beneficio financiero o
de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o
causar daño, o amenazar con perjudicar o causar
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 328
daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o
a sus bienes para influenciar las acciones de una
parte; y
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o
más partes realizado con la intención de alcanzar
un propósito inapropiado, incluyendo influenciar
en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(b) Si se comprueba que, de conformidad con los
procedimientos administrativos del Banco, cualquier
firma, entidad o persona actuando como Oferente o
participando en un proyecto financiado por el Banco
incluyendo, entre otros, Oferentes, proveedores,
contratistas, subcontratistas, consultores y
concesionarios, organismos ejecutores u organismos
contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios,
empleados y representantes), ha cometido un acto de
fraude o corrupción, el Banco podrá:
(i) decidir no financiar ninguna propuesta de
adjudicación de un contrato o de un contrato
adjudicado para la adquisición de bienes y la
contratación de obras financiadas por el Banco;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se
determina, en cualquier etapa, que existe evidencia
suficiente para comprobar el hallazgo de que un
empleado, agente o representante del Prestatario,
el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante
ha cometido un acto de fraude o corrupción;
(iii) cancelar y/o acelerar el pago de una parte del
préstamo o de la donación relacionada
inequívocamente con un contrato, cuando exista
evidencia de que el representante del Prestatario, o
Beneficiario de una donación, no ha tomado las
medidas correctivas adecuadas en un plazo que el
Banco considere razonable y de conformidad con
las garantías de debido proceso establecidas en la
legislación del país Prestatario;
(iv) emitir una amonestación en el formato de una carta
formal de censura a la conducta de la firma,
entidad o individuo;
(v) declarar a una persona, entidad o firma inelegible,
en forma permanente o por determinado período
de tiempo, para que se le adjudiquen o participen
en contratos bajo proyectos financiados por el
Banco, excepto bajo aquellas condiciones que el
Banco considere ser apropiadas;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 329
encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o
(vii) imponer otras sanciones que considere ser
apropiadas bajo las circunstancias del caso,
incluyendo la imposición de multas que
representen para el Banco un reembolso de los
costos vinculados con las investigaciones y
actuaciones. Dichas sanciones podrán ser
impuestas en forma adicional o en sustitución de
otras sanciones.
(c) El Banco ha establecido procedimientos administrativos
para los casos de denuncias de fraude y corrupción
dentro del proceso de adquisiciones o la ejecución de
un contrato financiado por el Banco, los cuales están
disponibles en el sitio virtual del Banco
(www.iadb.org). Para tales propósitos cualquier
denuncia deberá ser presentada a la Oficina de
Integridad Institucional del Banco (OII) para la
realización de la correspondiente investigación. Las
denuncias podrán ser presentadas confidencial o
anónimamente.
(d) Los pagos estarán expresamente condicionados a que la
participación de los Oferentes en el proceso de
adquisiciones se haya llevado de acuerdo con las
políticas del Banco aplicables en materia de fraude y
corrupción que se describen en esta Cláusula 15.6.; y
(e) La imposición de cualquier medida que sea tomada por
el Banco de conformidad con las provisiones referidas
en el literal b) de esta Cláusula podrá hacerse de forma
pública o privada, de acuerdo con las políticas del
Banco.
15.6.2 El Banco tendrá el derecho a exigir que en los contratos
financiados con un préstamo o donación del Banco, se
incluya una disposición que exija que los oferentes,
proveedores, Contratistas, subcontratistas, consultores y
concesionarios permitan al Banco revisar sus cuentas y
registros y cualquier otros documentos relacionados con la
presentación de propuestas y con el cumplimiento del
contrato y someterlos a una auditoría por auditores
designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco tendrá
el derecho a exigir que se incluya en contratos financiados
con un préstamo del Banco una disposición que requiera
que los oferentes, proveedores, Contratistas, subcontratistas,
consultores y concesionarios: (i) conserven todos los
documentos y registros relacionados con los proyectos
financiados por el Banco por un período de tres (3) años
luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo
contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la
investigación de denuncias de fraude y corrupción, y
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Sección VII. Condiciones generales 330
pongan a la disposición del Banco los empleados o agentes
de los oferentes, proveedores, Contratistas, subcontratistas,
consultores y concesionarios que tengan conocimiento del
proyecto financiado por el Banco para responder las
consultas provenientes de personal del Banco o de cualquier
investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente
designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si
el oferente, proveedor, Contratista, subcontratista, consultor
o concesionario incumple el requerimiento del Banco, o de
cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por
parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá
tomar medidas apropiadas contra el oferente, proveedor,
Contratista, subcontratista, consultor o concesionario.
15.6.3 El Contratista declara y garantiza:
(a) que ha leído y entendido la prohibición sobre actos de
fraude y corrupción dispuesta por el Banco y nos
obligamos a observar las normas pertinentes;
(b) que no ha incurrido en ninguna infracción de las
políticas sobre fraude y corrupción descritas en este
documento;
(c) que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho
sustancial durante los procesos de adquisición o
negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o
accionistas principales han sido declarados
inelegibles para que se les adjudiquen contratos
financiados por el Banco, ni han sido declarados
culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o
accionistas principales han sido director, funcionario o
accionista principal de ninguna otra compañía o entidad
que haya sido declarada inelegible para que se le
adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha
sido declarado culpable de un delito vinculado con
fraude o corrupción;
(f) que ha declarado todas las comisiones, honorarios de
representantes, pagos por servicios de facilitación o
acuerdos para compartir ingresos relacionados con el
contrato o el contrato de consultoría financiado por el
Banco;
(g) que reconoce que el incumplimiento de cualquiera
de estas garantías constituye el fundamento para la
imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto
de medidas que se describen en esta Cláusula 15.6.1 (b).
16. Suspensión y Terminación por parte del Contratista
16.1 Derecho del
Contratista a
Suspender los
Si el Ingeniero no realiza la certificación de conformidad con la
Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales] o
el Contratante no cumple con lo dispuesto en las Subcláusulas 2.4
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 331
Trabajos [Arreglos Financieros del Contratante] o 14.7 [Pagos], el
Contratista podrá, previa notificación al Contratante con una
antelación mínima de 21 días, suspender los trabajos (o reducir el
ritmo de trabajo) salvo y hasta que el Contratista haya recibido el
Certificado de Pago, pruebas razonables o pago, conforme proceda y
según se indique en la notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, si el Banco ha suspendido los
desembolsos al amparo de su préstamo o crédito, con cuyos recursos
se han realizado los pagos al Contratista, total o parcialmente para la
ejecución de las Obras, y no hay recursos alternativos disponibles
conforme se contempla en la Subcláusula 2.4 [Arreglos Financieros
del Contratante], el Contratista podrá, previa notificación, suspender
los trabajos o reducir su ritmo en cualquier momento, pero con un
plazo mínimo de 7 días contados a partir de la fecha en que el
Prestatario haya recibido del Banco la notificación de suspensión.
La acción del Contratista no perjudicará su derecho a los cargos
financieros en virtud de la Subcláusula 14.8 [Retraso en los Pagos] y
a terminar el Contrato con arreglo a la Subcláusula 16.2
[Terminación por parte del Contratista].
Si el Contratista recibe posteriormente dicho Certificado de Pago,
prueba o pago (conforme se describa en la Subcláusula pertinente y
en la notificación mencionada supra) antes de hacer una notificación
de terminación, el Contratista reanudará su trabajo normal tan
pronto como sea razonablemente posible.
Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo a raíz de
la suspensión de los trabajos (o reducción del ritmo de trabajo) de
conformidad con esta Subcláusula, el Contratista notificará al
Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del
Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha
retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud
de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) el pago de dicho Costo más utilidades, el cual será incluido en
el Precio del Contrato.
Tras recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad
con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o a
una decisión al respecto.
16.2 Terminación por
parte del
Contratista
El Contratista tendrá derecho a terminar el Contrato si:
(a) no recibe evidencia razonable dentro del plazo de 42 días
después de haber dado una notificación con arreglo a la
Subcláusula 16.1 [Derecho del Contratista a Suspender los
Trabajos] en relación con un incumplimiento de la
Subcláusula 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante],
(b) el Ingeniero no emite el Certificado de Pago correspondiente,
dentro del plazo de 56 días después de haber recibido una
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 332
Declaración y documentos complementarios,
(c) el Contratista no recibe el monto adeudado al amparo de un
Certificado de Pago Provisional dentro del plazo de 42 días
contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo
establecido en la Subcláusula 14.7 [Pagos] para realizar los
pagos (salvo en cuanto a deducciones de conformidad con la
Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante]),
(d) el Contratante no cumple sustancialmente sus obligaciones en
virtud del Contrato a tal forma de afectar sustancial y
adversamente el balance económico del Contrato o la
capacidad del Contratista para cumplir el Contrato,
(e) el Contratante no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula
1.6 [Contrato] o la Subcláusula 1.7 [Cesión],
(f) una suspensión prolongada afecta la totalidad de las Obras
conforme se describe en la Subcláusula 8.11 [Suspensión
Prolongada], o
(g) el Contratante quiebra o se vuelve insolvente; entra en
liquidación; se dicta en su contra una orden judicial o de
administración; entra en concurso de acreedores; continúa sus
actividades bajo la autoridad de un administrador judicial, un
fideicomisario o un administrador en beneficio de sus
acreedores, o si se realiza cualquier acto o se produce
cualquier hecho que (bajo las Leyes aplicables) tenga un
efecto análogo a cualquiera de los actos o hechos señalados
supra,
(h) si el Banco suspende el préstamo o crédito de donde proviene
parte o la totalidad de los pagos al Contratista, y éste no ha
recibido los montos que se le adeudan, una vez vencido el
plazo de 14 días que se estipula en la Subcláusula 14.7 [Pagos]
para pagos en virtud de Certificados de Pago Provisionales, el
Contratista podrá, sin perjuicio de sus derechos a cargos
financieros con arreglo a la Subcláusula 14.8 [Retraso en los
Pagos], tomar una de las siguientes medidas: (i) suspender los
trabajos o reducir su ritmo, o (ii) terminar sus servicios en
virtud del Contrato mediante notificación al Contratante, con
copia al Ingeniero. Dicha terminación entrará en vigor 14 días
después de efectuada la notificación correspondiente.
(i) si el Contratista no recibe instrucciones de parte del
Ingeniero registrando el acuerdo de ambas partes con
el cumplimiento de las condiciones para el Inicio de
las Obras de conformidad con la Subcláusula 8.1
[Inicio de las Obras].
En cualquiera de estas situaciones o circunstancias, el Contratista
podrá terminar el Contrato, previa notificación al Contratante con
una antelación mínima de 14 días. Sin embargo, en el caso de los
incisos (f) o (g), el Contratista podrá terminar inmediatamente el
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 333
Contrato mediante notificación.
La elección del Contratante de terminar el Contrato será sin
perjuicio de cualesquiera de los derechos del Contratista en virtud
del Contrato o de otra fuente.
16.3 Cese de las Obras y
Retiro de los
Equipos del
Contratista
Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación
con arreglo a las Subcláusulas 15.5 [Derecho del Contratante de
Terminar el Contrato por Conveniencia], 16.2 [Terminación por
Parte del Contratista] o 19.6 [Terminación Opcional, Pago y
Finiquito], el Contratista deberá, sin demora:
(a) suspender todo trabajo adicional, con excepción del que pueda
haber ordenado el Ingeniero para la protección de la vida o la
propiedad, o para la seguridad de las Obras,
(b) entregar los Documentos del Contratista, los Equipos, los
Materiales y los demás trabajos por los que haya recibido
pago, y
(c) retirar todos los demás Bienes del Lugar de las Obras, salvo
los que sea necesario dejar por razones de seguridad, y
abandonar el Lugar de las Obras.
16.4 Pago a la
Terminación
Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación
con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del
Contratista], el Contratante deberá, sin demora:
(a) devolver al Contratista la Garantía de Cumplimiento,
(b) pagar al Contratista de conformidad con la Subcláusula 19.6
[Terminación Opcional, Pago y Finiquito], y
(c) pagar al Contratista el monto correspondiente a cualquier
pérdida o daño sufrido por el Contratista como consecuencia
de la terminación.
17. Riesgos y Responsabilidades
Indemnizaciones El Contratista indemnizá y ampará al Contratante, al Personal del
Contratante y sus respectivos representantes de toda reclamación,
daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados)
relacionado con:
(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualesquiera
personas, que se produzcan a raíz o en el curso del diseño del
Contratista (si lo hubiere), la ejecución y la terminación de las
Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo que sean
atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o
incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el
Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos
representantes, y
(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes
raíces o personales (aparte de las Obras), en la medida en que
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 334
dicho daño o pérdida se produzca como resultado o en el curso
del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y
terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera
defectos, salvo y en la medida en que dicho daño o pérdida sea
atribuible a cualquier negligencia, acto deliberado o
incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el
Personal del Contratante, sus respectivos representantes o
cualquier persona directa o indirectamente empleada por
cualquiera de ellos.
El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al Personal del
Contratista y sus respectivos representantes frente a y de cualquiera de
las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y
gastos de abogados ) relacionados con (1) lesiones corporales,
enfermedades o muerte atribuibles a cualquier negligencia, acto
deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante,
el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos
representantes, y (2) los asuntos en los que la responsabilidad al
respecto pueda estar excluida de la cobertura de seguros, conforme se
describe en los incisos (d) (i), (ii) y (iii) de la Subcláusula 18.3
[Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad].
17.2 Cuidado de las
Obras por parte
del Contratista
El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de las
Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la emisión del
Certificado de Recepción de Obra (o éste se considere emitido de
conformidad con la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y
Secciones]) para las Obras, momento en que dicha responsabilidad se
transferirá al Contratante. Si se emite un Certificado de Recepción de
Obra (o se considera emitido) para cualquier Sección o parte de las
Obras, la responsabilidad del cuidado de dicha Sección o parte pasará
al Contratante.
Una vez se transfiera debidamente la responsabilidad al Contratante,
el Contratista asumirá la responsabilidad del cuidado de los trabajos
que queden pendientes en la fecha que se señale en el Certificado de
Recepción de Obra, hasta que los mismos hayan sido concluidos.
Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren alguna
pérdida o daño durante el período en que estén bajo el cuidado del
Contratista, por cualquier causa que no figure en la Subcláusula 17.3
[Riesgos del Contratante], el Contratista rectificará la pérdida o el
daño, por su cuenta riesgo , a fin de que dichas Obras, Bienes o
Documentos del Contratista se ciñan a las disposiciones del Contrato.
El Contratista será responsable de cualquier pérdida o daño causado
por cualquier acción del Contratista después de la emisión de un
Certificado de Recepción de Obra. El Contratista también será
responsable de cualquier pérdida o daño que ocurra después de que se
haya emitido un Certificado de Recepción de Obra y los mismos se
hubieren producido a raíz de algún hecho previo que fuere
responsabilidad del Contratista.
17.3 Riesgos del
Contratante
Los riesgos a que se hace referencia en la Subcláusula 17.4
[Consecuencias de los Riesgos del Contratante] infra, en la medida en
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 335
que afecten directamente la ejecución de los trabajos en el País, son:
(a) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o no),
invasión, acto de enemigos extranjeros,
(b) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas ajenas al Personal del
Contratista, revolución, insurrección, usurpación del poder o
asunción militar de éste, o guerra civil en el País,
(c) disturbios, conmoción o desórdenes dentro del País provocados
por personas ajenas al Personal del Contratista,
(d) municiones de guerra, material explosivo, radiación ionizante o
contaminación por radioactividad en el País, salvo en los casos
en que ello pueda ser atribuible al uso de dichas municiones,
materiales explosivos, radiaciones o radioactividad por el
Contratista,
(e) ondas de presión causadas por aeronaves u otros aparatos aéreos
que viajen a velocidades sónicas o supersónicas,
(f) uso u ocupación de cualquier parte de las Obras Permanentes
por parte del Contratante, salvo en los casos que se puedan
especificar en el Contrato,
(g) diseño de cualquier parte de las Obras por el Personal del
Contratante u otras personas por quienes es responsable el
Contratante, y
(h) cualquier fuerza de la naturaleza que sea Imprevisible o contra
la cual no se habría podido esperar razonablemente que un
Contratista con experiencia tomara medidas preventivas
adecuadas.
17.4Consecuencias de
los Riesgos del
Contratante
Si y en la medida en que cualquiera de los riesgos que se enumeran en
la Subcláusula 17.3 supra ocasione pérdidas o daños a las Obras,
Bienes o Documentos del Contratista, el Contratista notificará sin
demora al Ingeniero y rectificará dicha pérdida o daño en la medida
requerida por el Ingeniero.
Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por
subsanar esa pérdida o daño, el Contratista dará una notificación
adicional al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones
del Contratista], tendrá derecho a :
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha
retrasado o se demorará la terminación de las Obras, en virtud
de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) un pago por dicho Costo, monto que se incluirá en el Precio del
Contrato. En el caso de los incisos (f) y (g) de la Subcláusula
17.3 [Riesgos del Contratante], se pagará el Costo más
utilidades.
Tras recibir esa notificación adicional, el Ingeniero procederá de
conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 336
acuerdo o una decisión al respecto.
17.5 Derechos de
Propiedad
Intelectual e
Industrial
En esta Subcláusula, ―violación‖ significa una violación (o pretendida
violación) de cualquier patente, diseño registrado, derecho de autor,
marca registrada, marca comercial, secreto comercial o cualquier otro
derecho de propiedad intelectual o industrial relacionado con las
Obras; y ―reclamación‖ significa una reclamación (o proceso judicial
de reclamación) en la que se alegue una violación.
Cuando una de las Partes no notifique a la otra sobre cualquier
reclamación dentro del plazo de 28 días después de recibirla, se
considerará que dicha Parte ha renunciado a su derecho de
indemnización en virtud de esta Subcláusula.
El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y de
cualquier reclamación en la que se alegue una violación que se
produce o se produjo:
(a) como resultado inevitable del cumplimiento del Contrato por
parte del Contratista, o
(b) como resultado del uso de cualquiera de las Obras por parte del
Contratante:
(i) para fines distintos a los señalados en el Contrato o los que
razonablemente se deduzcan de él, o
(ii) en conjunto con cualquier otra cosa que no haya
suministrado el Contratista, salvo que el uso fuera
divulgado al Contratista antes de la Fecha Base o se haya
señalado en el Contrato.
El Contratista indemnizará y amparará al Contratante contra y de
cualquier otra reclamación que surja de o en relación con (i) la
fabricación, uso, venta o importación de cualquier Bien, o (ii)
cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista.
Si una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada en virtud de esta
Subcláusula, la Parte a la cual corresponda indemnizar podrá (a su costo)
realizar negociaciones para la transacción de la reclamación y de
cualquier litigio o arbitraje que pudiera surgir de aquella. La otra Parte
ayudará, a solicitud y expensas de la Parte que indemniza, a impugnar la
reclamación. Esta otra Parte (y su Personal) no hará ninguna admisión
que pueda perjudicar a la Parte que indemniza, a no ser que ésta no se
haya puesto al frente de una negociación, litigio o arbitraje a pesar de
habérselo solicitado la otra Parte.
17.6 Limitación de
Responsabilidad
Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la privación de
uso de las Obras, pérdida de ganancia, pérdida de contratos ni
pérdidas o daños indirectos o emergentes que pueda sufrir la otra Parte
en relación con el Contrato, a menos que así sea dispuesto
específicamente con arreglo a la Subcláusula 8.7 [Daños por
Demora].; Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos];
Subcláusula 15.4 [Pagos después de la Terminación]; Subcláusula
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Sección VII. Condiciones generales 337
16.4 [Pago a la Terminación]; Subcláusula 17.1 [Indemnizaciones];
Subcláusula 17.4 (b) [Consecuencias de los Riesgos del Contratante];
y Subcláusula 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial]
La responsabilidad total del Contratista ante el Contratante, en virtud
del Contrato o en relación con éste, salvo por lo dispuesto en las
Subcláusulas 4.19 [Electricidad, Agua y Gas], 4.20 [Equipos del
Contratante y Materiales de Libre Disposición], 17.1
[Indemnizaciones] y 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e
Industrial], no excederá el monto que resulte de la multiplicación de
un factor (menor o mayor que uno) por el Monto Contractual
Aceptado, conforme figura en los Datos Contractuales, o (de no
especificarse ese factor u otra suma) el Monto Contractual Aceptado.
Esta Subcláusula no limitará la responsabilidad en caso de fraude,
incumplimiento deliberado o mala conducta grave de la Parte que
incumple.
17.7 Uso del
Alojamiento y
las
Instalaciones
del
Contratante
El Contratista asumirá toda la responsabilidad por el cuidado del
alojamiento y las instalaciones suministradas por el Contratante, si los
hubiere, conforme se detallen en las Especificaciones, desde las
respectivas fechas de entrega al Contratista hasta el cese de ocupación
(pudiendo ocurrir la entrega o el cese de ocupación después de las
fechas señaladas en el Certificado de Recepción de las Obras).
Si el alojamiento o las instalaciones mencionadas anteriormente
sufren alguna pérdida o daño mientras estén bajo la responsabilidad y
cuidado del Contratista por cualquier motivo aparte de los que sean
responsabilidad del Contratante, el Contratista rectificará, a su costo,
la pérdida o el daño a satisfacción del Ingeniero.
18. Seguro
18.1 Requisitos
Generales en
Materia de
Seguros
En esta Cláusula, ―Parte aseguradora‖ significa, para cada tipo de seguro,
la Parte responsable de contratar y mantener el seguro que se indica en la
Subcláusula pertinente.
Cuando el Contratista sea la Parte aseguradora, cada seguro se
contratará con aseguradoras bajo los términos aprobados por el
Contratante. Esos términos deberán ser consistentes con los términos
acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de
Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las
disposiciones de esta Cláusula.
Cuando el Contratante sea la Parte aseguradora, los seguros se
contratarán con aseguradoras y bajo términos aceptables por el
Contratista. Estos términos deberán ser consistentes con los términos
acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de
Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las
disposiciones de ésta Cláusula.
Si se requiere una póliza de seguro colectivo, la cobertura se aplicará
por separado a cada asegurado como si se hubiera emitido una póliza
individual para cada uno de ellos. Si una póliza cubre a otras partes
adicionales, es decir, además de los asegurados que se señalan en esta
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Sección VII. Condiciones generales 338
Cláusula, (i) el Contratista actuará al amparo de la póliza en nombre
de los asegurados colectivos adicionales, salvo que el Contratante
actuará en nombre del Personal del Contratante, (ii) los asegurados
colectivos adicionales no podrán recibir pagos directamente del
asegurador ni tener cualquier otro trato directo con el asegurador, y
(iii) la Parte aseguradora exigirá a todos los asegurados colectivos
adicionales que cumplan las condiciones establecidas en la póliza.
Toda póliza contra daños y perjuicios dispondrá que los pagos sean
hechos en las monedas requeridas para fines de reparación de la
pérdida o el daño pertinente. Los pagos que se reciban de los
aseguradores se usarán para reparar dicha pérdida o daño.
La Parte aseguradora pertinente presentará a la otra Parte, dentro de
los plazos respectivos que figuren en los Datos Contractuales
(calculados a partir de la Fecha de Inicio):
(a) evidencia de que se han contratado los seguros descritos en esta
Cláusula, y
(b) copias de las pólizas de los seguros que se señalan en las
Subcláusulas 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos del
Contratista] y 18.3 [Seguro Contra a Lesiones Personales y
Daños a la Propiedad].
Cuando se pague cada una de las primas, la Parte aseguradora
suministrará a la otra los comprobantes de pago. Cada vez que se
presenten comprobantes o pólizas, la Parte aseguradora notificará
también al Ingeniero.
Cada una de las Partes cumplirá sin demoras las condiciones
estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. La Parte aseguradora
mantendrá a las aseguradoras informadas acerca de cualquier cambio
relevante parala ejecución de las Obras y se asegurará que el seguro se
mantenga de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula.
Ninguna de las Partes hará modificaciones sustanciales a los términos
de los seguros sin la previa aprobación de la otra Parte. Si una
aseguradora hace (o trata de hacer) cualquier modificación, la Parte
que primero sea notificada por el asegurador notificará sin demora a la
otra.
Si la Parte aseguradora no contrata ni mantiene vigentes los seguros
que deba contratar y mantener en virtud del Contrato, o no presenta
comprobantes satisfactorios ni copias de las pólizas de conformidad
con esta Subcláusula, la otra Parte podrá (a su discreción y sin
perjuicio de cualquier otro derecho o recurso) contratar seguros con la
cobertura pertinente y pagar las primas correspondientes. La Parte
aseguradora pagará a la otra el monto de esas primas, y el Precio del
Contrato se ajustará de conformidad.
Nada de lo dispuesto en esta Cláusula limita las obligaciones,
responsabilidades o compromisos del Contratista o el Contratante en
virtud de los términos del Contrato o de otra fuente. Cualesquiera de
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Sección VII. Condiciones generales 339
los montos no asegurados o no recuperados de las aseguradoras serán
asumidos por el Contratista o el Contratante de conformidad con
dichas obligaciones, responsabilidades o compromisos. Sin embargo,
si la Parte aseguradora deja de contratar y mantener en vigencia un
seguro que se encuentre disponible y que dicha Parte deba contratar y
mantener en virtud del Contrato, y la otra Parte no aprueba la omisión
ni contrata el seguro por la cobertura pertinente a este incumplimiento,
la Parte aseguradora pagará cualesquiera de los montos que habrían
sido recuperables al amparo del seguro.
Los pagos que haga una Parte a la otra estarán sujetos a la Subcláusula
2.5 [Reclamaciones del Contratante] o a la Subcláusula 20.1
[Reclamaciones del Contratista], según corresponda.
El Contratista podrá contratar todos los seguros relacionados con el
Contrato (incluido, pero no de manera exclusiva, el seguro
mencionado en la Cláusula 18) con aseguradoras provenientes de
cualquier país elegible.
18.2 Seguro de las
Obras y los
Equipos del
Contratista
La Parte aseguradora asegurará las Obras, los Equipos, los Materiales
y los Documentos del Contratista por un valor igual o mayor al costo
total de reposición, incluidos los costos de demolición, retiro de
escombros y honorarios profesionales y utilidades. El seguro será
válido desde la fecha en que se presenten las pruebas con arreglo al
inciso (a) de la Subcláusula 18.1 [Requisitos Generales en Materia de
Seguros] hasta la fecha de emisión del Certificado de Recepción de
las Obras.
La Parte aseguradora mantendrá este seguro a fin de proporcionar
cobertura hasta la fecha de emisión del Certificado de Cumplimiento,
por pérdidas o daños imputables al Contratista a raíz de una causa que
ocurra antes de la emisión del Certificado de Recepción de Obra, y
por las pérdidas o daños causados por el Contratista durante cualquier
otra operación (incluidas las contempladas en la Cláusula 11
[Responsabilidad por Defectos]).
La Parte aseguradora asegurará los Equipos del Contratista por un
valor igual o mayor al costo total de reposición, incluida la entrega en
el Lugar de las Obras. En relación con cada uno de los elementos de
los Equipos del Contratista, el seguro estará vigente durante el
transporte del mismo al Lugar de las Obras y hasta que se deje de
necesitar como Equipo del Contratista.
Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros
contemplados en esta Subcláusula:
(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como
Parte aseguradora,
(b) deberán estar a nombre conjunto de las Partes, quienes tendrán
derecho a recibir conjuntamente pagos de las aseguradoras y
pagos retenidos o asignados a la Parte que asuma efectivamente
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Sección VII. Condiciones generales 340
los costos de rectificación por pérdidas o daños,
(c) deberán cubrir todas las pérdidas y daños que se deban a causas
no especificadas en la Subcláusula 17.3 [Riesgos del
Contratante],
(d) deberán cubrir asimismo, hasta donde sea específicamente
requerido en los Documentos de Licitación del Contrato,
pérdidas o daños a una parte de las Obras atribuibles al uso o la
ocupación de otra parte de las Obras por parte del Contratante, y
pérdidas o daños ocasionados por los riesgos enumerados en los
incisos (c), (g) y (h) de la Subcláusula 17.3 [Riesgos del
Contratante], excluidos (en cada caso) riesgos que no sean
asegurables bajo términos comercialmente razonables, con
deducibles por incidente no mayores al monto señalado en los
Datos del Contrato (de no indicarse monto, este inciso (d) no
será aplicable), y
(e) podrá, sin embargo, excluir la pérdida, los daños y el
reacondicionamiento de:
(i) una parte de las Obras que esté en condiciones defectuosas
debido a un vicio de diseño, materiales o mano de obra (pero la
cobertura incluirá cualesquiera otras partes que se pierdan o
dañen como resultado directo de esta condición defectuosa y no
según se describe en el inciso (ii) infra),
(ii) una parte de las Obras que se pierda o dañe por el
reacondicionamiento de cualquier otra parte de las Obras que
esté en condiciones defectuosas debido a un defecto de diseño,
materiales o mano de obra,
(iii) una parte de las Obras que haya sido recibida por el
Contratante, salvo en la medida en que el Contratista sea
responsable por la pérdida o daño, y
(iv) Bienes mientras no estén en el País, sujeto a la Subcláusula
14.5 [Equipos y Materiales para las Obras].
Si, después de haber transcurrido más de un año a partir de la Fecha
Base, la cobertura descrita en el inciso (d) supra deja de estar
disponible bajo términos comercialmente razonables, el Contratista
(como Parte aseguradora) notificará al Contratante, con información
complementaria. El Contratante entonces: (i) con sujeción a la
Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante] tendrá derecho a
recibir el pago de un monto equivalente a los términos
comercialmente razonables que el Contratista debería haber previsto
pagar por dicha cobertura, y (ii) salvo que obtenga la cobertura bajo
términos comercialmente razonables, se considerará que ha aprobado
la omisión de conformidad con la Subcláusula 18.1 [Requisitos
Generales en Materia de Seguros].
18.3 Seguro Contra La Parte aseguradora asegurará contra la responsabilidad de cada una
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Sección VII. Condiciones generales 341
Lesiones
Personales y
Daños a la
Propiedad
de las Partes por cualquier pérdida, daño, muerte o lesión corporal que
pueda ocurrir a cualquier propiedad física (salvo los elementos
asegurados con arreglo a la Subcláusula 18.2 [Seguro de las Obras y
los Equipos del Contratista]) o a cualquier persona (a excepción de
personas aseguradas con arreglo a la Subcláusula 18.4 [Seguro del
Personal del Contratista]), que surjan a raíz del cumplimiento del
Contrato por parte del Contratista y antes de la emisión del Certificado
de Cumplimiento.
El seguro será por un monto límite, por incidente, no menor al que se
señale en los Datos Contractuales, sin limitar el número de incidentes
que puedan ocurrir. Si en los Datos del Contrato no se señala ningún
monto, esta Subcláusula no será aplicable.
Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros
especificados en esta Subcláusula:
(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como
Parte aseguradora,
(b) deberán estar a nombre de ambas Partes,
(c) deberán cubrir la responsabilidad por todas las pérdidas y daños
que sufra la propiedad del Contratante (salvo los elementos
asegurados con arreglo a la Subcláusula 18.2) como
consecuencia del cumplimiento del Contrato por parte del
Contratista, y
(d) podrá, sin embargo, excluir responsabilidades en la medida en
que surjan de:
(i) el derecho del Contratante a hacer que las Obras
Permanentes se ejecuten en, sobre, debajo o a través de
cualquier terreno, y de ocupar ese terreno para las Obras
Permanentes,
(ii) los daños que se produzcan como resultado inevitable de
las obligaciones del Contratista en cuanto a la ejecución de
las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, y
(iii) una causa señalada en la Subcláusula 17.3 [Riesgos del
Contratante], salvo en la medida en que exista una
cobertura bajo términos comercialmente razonables.
18.4 Seguro para el
Personal del
Contratista
El Contratista contratará y mantendrá un seguro de responsabilidad
civil contra reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos
honorarios y gastos de abogados ) como resultado de lesiones,
enfermedades o muerte de cualquier persona empleada por el
Contratista o cualquier otro miembro del Personal del Contratista.
El seguro deberá cubrir al Contratante y al Ingeniero contra
responsabilidad por reclamos, daños, pérdidas y gastos (incluyendo
honorarios y gastos de abogados) que surjan de lesiones, enfermedad
o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier
otro miembro del personal del Contratista, excepto que este seguro
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 342
podrá excluir pérdidas y reclamaciones en la medida en que sean
producto de cualquier acto o negligencia del Contratante o del
Personal del Contratante.
El seguro deberá ser mantenido en plena vigencia y efecto durante
todo el tiempo en que el personal mencionado trabaje en la ejecución
de las Obras. En el caso de los empleados de un Subcontratista, este
último podrá contratar el seguro, pero el Contratista será responsable
de velar por el cumplimiento de esta Cláusula.
19. Fuerza Mayor
19.1 Definición de
Fuerza Mayor
En esta cláusula, ―Fuerza Mayor‖ significa un evento excepcional o
circunstancia:
(a) que está fuera del control de una Parte,
(b) contra la que dicha Parte no pudo razonablemente haber tomado
provisiones para protegerse antes de celebrar el Contrato,
(c) que, una vez producida, dicha Parte no pudo razonablemente
haber evitado o superado , y
(d) que no pueda atribuirse sustancialmente a la otra Parte.
La Fuerza Mayor puede incluir, pero no de manera exclusiva,
acontecimientos excepcionales o circunstancias como las que
enumeran a continuación, siempre y cuando se cumplan las
condiciones de los incisos (a) a (d) supra:
(i) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o
no), invasión, acto de enemigos extranjeros,
(ii) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas distintas al
Personal del Contratista, revolución, insurrección,
usurpación del poder o asunción del poder por los militares,
o guerra civil,
(iii) disturbio, conmoción, huelga o cierre patronal por
personas distintas al Personal del Contratista,
(iv) municiones de guerra, material explosivo, radiación
ionizante o contaminación por radioactividad, salvo en los
casos en que ello pueda ser atribuible al uso de dichas
municiones, materiales explosivos, radiaciones o
radioactividad por el Contratista, y
(v) desastres naturales como terremotos, huracanes, tifones o
actividad volcánica.
19.2 Notificación de
Casos de Fuerza
Mayor
Si por Fuerza Mayor una de las Partes se ve o se verá impedida de
cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato, ésta
notificará a la otra sobre la situación o circunstancia constitutiva de la
Fuerza Mayor y especificará las obligaciones que no se puedan o no
se podrán cumplir. La notificación se hará dentro del plazo de 14 días
a partir de la fecha en que la Parte tomó , o debió haber tomado
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 343
conocimiento, de la situación o circunstancia constitutiva de la Fuerza
Mayor.
Una vez que se haga la notificación, la Parte estará eximida del
cumplimiento de sus obligaciones por el tiempo que dicha Fuerza
Mayor le impida cumplirlas.
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, la Fuerza
Mayor no será aplicable a las obligaciones de pago de cualesquiera de
las Partes de hacer los pagos a la otra Parte en virtud del Contrato.
19.3 Obligación de
Reducir
las Demoras
Cada una de las Partes hará en todo momento todo lo que esté a su
alcance para reducir al mínimo cualquier demora en el cumplimiento
del Contrato como resultado de una situación o circunstancia de
Fuerza Mayor.
Una Parte notificará a la otra cuando deje de verse afectada por la
situación o circunstancia de Fuerza Mayor.
19.4 Consecuencias
de laFfuerza
Mayor
Si el Contratista se ve impedido de cumplir sus obligaciones
sustanciales en virtud del Contrato por motivo de Fuerza Mayor que
se haya notificado con arreglo a la Subcláusula 19.2 [Notificación de
Fuerza Mayor] y sufre demoras o incurre en Costos por dicho motivo,
el Contratista, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del
Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de dicha demora , si se ha
retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud la
Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) si la situación o circunstancia es del tipo que se describe en los
incisos (i) a (iv) de la Subcláusula 19.1 [Definición de Fuerza
Mayor] y, en el caso de los incisos (ii) a (iv), ocurre en el País,
el pago de dichos Costos , incluyendo los costos de rectificación
o reemplazo de las Obras o los Bienes dañados o destruidos por
Fuerza Mayor, hasta donde estos daños o pérdidas no son
indemnizables por medio de la póliza de seguro referida en la
Subcláusula 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos de
Contratista].
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad
con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una
decisión al respecto.
19.5 Fuerza Mayor que
Afecte a un
Subcontratista
Si un Subcontratista tiene derecho, en virtud de cualquier contrato o
acuerdo relacionado con las Obras, a ser exonerado de su
responsabilidad por Fuerza Mayor, bajo términos adicionales o más
amplios que los que se especifican en esta Cláusula, dicha situación o
circunstancia adicional o más amplia de fuerza mayor no exonerará al
Contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni le darán derecho a
ser exonerado de responsabilidad con arreglo a esta Cláusula.
19.6 Terminación
Opcional, Pago y
Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es impedida
por un período continuo de 84 días por algún motivo de Fuerza Mayor
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 344
Finiquito que se haya notificado de conformidad con la Subcláusula 19.2
[Notificación de Fuerza Mayor], o por varios períodos que sumen un
total de más de 140 días debido al mismo motivo de Fuerza Mayor
que se haya notificado, cualquiera de las Partes podrá notificar a la
otra la terminación del Contrato. En ese caso, la terminación entrará
en vigencia 7 días después de la notificación, y el Contratista
procederá de conformidad con la Subcláusula 16.3 [Cese de las Obras
y Retiro de los Equipos del Contratista].
Tras dicha terminación, el Ingeniero determinará el valor de los
trabajos realizados y emitirá un Certificado de Pago que deberá
incluir:
(a) los montos adeudados por cualquier trabajo realizado cuyo
precio se estipula en el Contrato;
(b) el Costo de los Equipos y Materiales ordenados para las Obras
que se hayan entregado al Contratista, o cuya entrega deba
aceptar el Contratista. Estos Equipos y Materiales pasarán a ser
propiedad (y estar bajo el riesgo) del Contratante al momento en
que los pague, y el Contratista pondrá los mismos a disposición
del Contratante;
(c) otros Costos o responsabilidades en que dentro de las
circunstancias haya incurrido razonable y necesariamente el
Contratista en las circunstancias con la expectativa de terminar
las Obras;
(d) el Costo de retirar las Obras Temporales y los Equipos del
Contratista del Lugar de las Obras y el de devolverlos a los
trabajos del Contratista en su país (o cualquier otro destino que
no suponga un costo mayor); y
(e) el Costo de repatriar, en la fecha de terminación, al personal y la
mano de obra empleados totalmente por el Contratista en
relación con las Obras.
19.7 Liberación del
Cumplimiento
del Contrato
Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, si surge
una situación o circunstancia que esté fuera del control de las Partes
(incluida, pero no de manera exclusiva, la Fuerza Mayor) y que vuelva
imposible o ilícito para cualquiera o ambas Partes cumplir sus
obligaciones contractuales o que, en virtud de la ley que rige el
Contrato, otorgue a las Partes el derecho de ser liberadas de seguir
cumpliendo el Contrato, entonces, mediante notificación de una de las
Partes a la otra sobre dicha situación o circunstancia:
(a) las Partes quedarán liberadas de seguir cumpliendo el Contrato,
sin perjuicio de los derechos de cada Parte respecto de cualquier
incumplimiento previo del Contrato, y
(b) el monto pagadero al Contratista por el Contratante será el
mismo que habría sido pagadero de conformidad con la
Subcláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito] si el
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 345
Contrato hubiera sido terminado con arreglo a la Subcláusula
19.6.
20. Reclamaciones, Controversias y Arbitraje
20.1 Reclamaciones
del Contratista
Si el Contratista considera que tiene derecho a cualquier prórroga
del Plazo de Terminación o cualquier pago adicional en virtud de
cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra forma vinculada
con el Contrato, el Contratista enviará una notificación al Ingeniero
en la que describirá el evento o circunstancia que origina el reclamo.
La notificación se hará tan pronto como sea posible, a más tardar 28
días después de que el Contratista se dé cuenta, o hubiera debido
darse cuenta, de dicho evento o circunstancia.
Si el Contratista no notifica un reclamo dentro de dicho plazo de 28
días, no se prorrogará el Plazo de Terminación, el Contratista no
tendrá derecho a recibir pagos adicionales y el Contratante quedará
liberado de cualquier responsabilidad vinculada con el reclamo. De
otra forma, se aplicarán las siguientes disposiciones de esta
Subcláusula.
El Contratista también enviará cualquier otra notificación requerida
en el Contrato, así como información complementaria sobre la
reclamación, que sea pertinente a dicho evento o circunstancia.
El Contratista mantendrá los registros actualizados que sean
necesarios para fundamentar el reclamo, ya sea en el Lugar de las
Obras o en otro sitio aceptable para el Ingeniero. Sin admitir la
responsabilidad del Contratante, el Ingeniero podrá, tras recibir
cualquier notificación con arreglo a esta Subcláusula, seguir de
cerca la contabilidad y ordenar al Contratista que mantenga registros
actualizados adicionales. El Contratista permitirá al Ingeniero
verificar todos esos registros, y (de requerírsele) presentará copias al
Ingeniero.
Dentro del plazo de 42 días contado a partir del momento en que el
Contratista se dé cuenta (o hubiera debido darse cuenta) del evento o
circunstancia que originó el reclamo, o dentro de cualquier otro
plazo que proponga el Contratista y apruebe el Ingeniero, el
Contratista enviará al Ingeniero un reclamo completo y
pormenorizado que incluya toda la información complementaria del
fundamento del reclamo y de la prórroga del plazo o pago adicional
exigidos. Si el evento o circunstancia que origina el reclamo tiene un
efecto continuo:
(a) este reclamo completo y pormenorizado se considerará como
temporal;
(b) el Contratista enviará mensualmente reclamos temporales
adicionales, en las que especificará la demora acumulada o el
monto exigido, además de toda la información adicional que
pueda requerir razonablemente el Ingeniero; y
(c) el Contratista enviará un reclamo definitivo dentro de 28 días
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 346
después de que el evento o circunstancia deje de producir
efectos, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el
Contratista y apruebe el Ingeniero.
Dentro del plazo de 42 días contados a partir de la fecha en que
reciba un reclamo o cualquier información adicional que respalde un
reclamo anterior, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el
Ingeniero y apruebe el Contratista, el Ingeniero responderá dando su
aprobación, o bien negando su aprobación y dando comentarios
detallados. El Ingeniero también podrá solicitar cualquier
información adicional que sea necesaria, pero deberá dar su
respuesta sobre los principios del reclamo en el plazo indicado
anteriormente.
Dentro del plazo de 42 días definido anteriormente, el Ingeniero
deberá, de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones], acordar
o decidir sobre: (i) las prórrogas (si las hubiere) del Plazo de
Terminación (antes o después de su vencimiento) según la
Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], o (ii) los
pagos adicionales (si los hubiere) a que el Contratista tuviere
derecho según el Contrato.
Cada Certificado de Pago deberá incluir los pagos adicionales de los
reclamos que razonablemente se hayan determinado como
pagaderos en virtud de la respectiva disposición del Contrato. Salvo
y hasta que la información suministrada sea suficiente para
fundamentar todo el reclamo, el Contratista sólo tendrá derecho a
recibir pagos por la parte del reclamo que haya podido demostrar.
Si el Ingeniero no responde dentro del plazo definido en esta
Cláusula, cualquiera de las partes puede considerar que el reclamo
ha sido rechazado por el Ingeniero y cualquiera de ellas puede
referirlo a la Comisión para la Resolución de Controversias según la
Subcláusula 20.4 [Obtención de Decisión de la Comisión para la
Resolución de Controversias].
Los requisitos de esta Subcláusula son adicionales a los que se
establecen en cualquier otra Subcláusula que se aplique a un
reclamo. Si el Contratista no cumple con esta u otra Subcláusula en
relación con cualquier reclamo, prórroga del plazo o pago adicional,
dará cuenta de la medida (si la hubiere) en que el incumplimiento
haya impedido o perjudicado la investigación adecuada del
reclamo, salvo que el reclamo sea excluido con arreglo al segundo
inciso de esta Subcláusula.
20.2 Nombramiento de
la Comisión para la
Resolución de
Controversias
Las controversias serán referidas a una Comisión para la Resolución
de Controversias para su decisión de conformidad con la
Subcláusula 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la
Resolución de Controversias]. Las Partes nombrarán una Comisión
para la Resolución de Controversias, para la fecha que se señale en
los Datos Contractuales.
La Comisión para la Resolución de Controversias estará formada,
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 347
según se disponga en los Datos del Contrato, por una o tres personas
debidamente calificadas (―los miembros‖), cada una de las cuales
hablará con fluidez el idioma para comunicaciones que se defina en
el Contrato y será un profesional con experiencia en el tipo de
construcción que concierne a las Obras y en la interpretación de
documentos contractuales. Si no se indica el número de miembros y
las Partes no resuelven otra cosa, la Comisión para la Resolución de
Controversias estará formada por tres personas.
Si las Partes no han designado conjuntamente la Comisión para la
Resolución de Controversias 21 días antes de la fecha señalada en
los Datos Contractuales, y dicha Comisión debe estar formada por
tres personas, cada Parte propondrá un miembro para la aprobación
de la otra Parte. Los dos primeros miembros propondrán al tercer
miembro y las Partes deberán acordar sobre éste, quien actuará
como presidente.
Sin embargo, si las Partes han acordado una lista de miembros
potenciales y ésta es parte del Contrato, los miembros serán
seleccionados entre los que aparecen en la lista, que no sea
cualquiera de ellos que no pueda o no quiera aceptar el
nombramiento
El acuerdo entre las Partes y bien el miembro único o bien cada uno
de los tres miembros, incorporará por referencia las Condiciones
Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de
Controversias que se incluyen en el Anexo de estas Condiciones
Generales, con las enmiendas que acuerden entre ellos.
Los términos de la remuneración, bien sea del miembro único o bien
de los tres miembros, incluida la remuneración de cualquier experto
a quien consulte la Comisión para la Resolución de Controversias,
se establecerán de común acuerdo entre las Partes al momento en
que se acuerden los términos de nombramiento. Cada Parte será
responsable de pagar la mitad de la remuneración.
Si las Partes así lo acuerdan en cualquier momento, podrán referir
cualqier asunto a la Comisión para la Resolución de Controversias
para que ésta de su opinión. Ninguna de las Partes consultará con la
Comisión sobre cualquier materia sin el consentimiento de la otra
Parte.
Si un miembro rehúsa o no puede actuar por muerte, incapacidad,
renuncia o terminación del nombramiento, se nombrará a un
sustituto de acuerdo con el mismo procedimiento que se utilizó para
designar o acordar sobre la la persona que está siendo sustituida,
conforme se describe en esta Subcláusula.
El nombramiento de cualquier miembro podrá terminarse por mutuo
acuerdo de ambas Partes, pero no por el Contratante o el Contratista
actuando por si mismos. Salvo que las Partes dispongan otra cosa, el
nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias
(incluido cada miembro) expirará cuando entre en vigencia el
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ONSULTA
Sección VII. Condiciones generales 348
finiquito mencionado en la Subcláusula 14.12 [Finiquito].
20.3 Desacuerdo sobre la
Composición de la
Comisión para la
Resolución de
Controversias
Si se aplica cualquiera de las siguientes condiciones:
(a) las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento
del miembro único de la Comisión para la Resolución de
Controversias, para la fecha señalada en el primer inciso de la
Subcláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la
Resolución de Controversias],
(b) para dicha fecha una de las las Partes no nombra un miembro
(para aprobación de la otra Parte) o no aprueba un miembro
designado por la otra Parte, para una Comisión para la
Resolución de Controversias compuesta por tres miembros,
(c) para la misma fecha las Partes no llegan a un acuerdo respecto
del nombramiento del tercer miembro (para actuar como
presidente) de la Comisión para la Resolución de
Controversias, o
(d) las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento
de un sustituto dentro de 42 días después de la fecha en que el
miembro único o uno de los tres miembros rehúse o no pueda
actuar por muerte, incapacidad, renuncia o terminación del
nombramiento,
entonces la entidad o funcionario encargado del nombramiento que
se designe en los Datos del Contrato nombrará, a solicitud de una o
ambas Partes y después de consultar con ellas, dicho miembro de la
Comisión para la Resolución de Controversias. Este nombramiento
será definitivo y concluyente. Cada Parte será responsable de pagar
la mitad de la remuneración de la entidad o funcionario encargado
del nombramiento.
20.4 Obtención de
dDecisión de la
Comisión para la
Resolución de
Controversias
Si surge una controversia (de cualquier tipo) entre las Partes en
relación con, o a raíz de, el Contrato o la ejecución de las Obras, ,
incluida cualquier controversia relativa a cualquier certificado,
decisión, orden, opinión o valoración del Ingeniero, cualquiera de
las Partes podrá remitir la controversia por escrito a la Comisión
para la Resolución de Controversias para su decisión, con copias a la
otra Parte y al Ingeniero. Dicha remisión deberá indicar que el caso
se remite con arreglo a esta Subcláusula.
En el caso de una Comisión para la Resolución de Controversias que
esté compuesta por tres personas, se considerará que la Comisión ha
recibido el caso en la fecha en que lo reciba el presidente de la
misma.
Ambas Partes pondrán a disposición de la Comisión para la
Resolución de Controversias, tan pronto como sea posible, toda la
información adicional requerida y le proporcionarán el acceso
necesario al Lugar de las Obras e instalaciones pertinentes que la
Comisión pueda requerir para llegar a una decisión sobre dicha
controversia. Se considerará que la Comisión no actúa en calidad de
árbitro(s).
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Sección VII. Condiciones generales 349
Dentro del plazo de 84 días contado a partir de la fecha en que
reciba el caso en cuestión, o en el plazo que proponga la Comisión
para la Resolución de Controversias y aprueben ambas Partes, la
Comisión emitirá su decisión, la cual deberá ser fundamentada y
expresar que se basa en esta Subcláusula. La decisión será
obligatoria para ambas Partes, quienes la cumplirán sin demora,
salvo y hasta que sea modificada en una transacción amigable o en
un laudo arbitral conforme se señala adelante. A menos que el
Contrato haya sido abandonado, rechazado o terminado, el
Contratista seguirá ejecutándolas Obras de conformidad con el
Contrato.
Si alguna de las Partes está inconforme con la decisión de la
Comisión para la Resolución de Controversias, dicha Parte podrá,
dentro del plazo de 28 días después de recibir la decisión, notificar a
la otra Parte acerca de su inconformidad y su intención de entablar
un proceso de arbitraje. Si la Comisión para la Resolución de
Controversias no comunica su decisión dentro del plazo de 84 días
(o en el plazo que se apruebe de otra forma) después de recibir el
caso, entonces cualquiera de las Partes podrá, dentro de los 28 días
siguientes al vencimiento de ese plazo, notificar a la otra Parte
acerca de su inconformidad y su intención de entablar un proceso
de arbitraje.
En cualquiera de esos casos, la notificación de inconformidad
indicará que la misma se efectúa de conformidad con esta
Subcláusula, expondrá el asunto objeto de la controversia y la razón
o razones de la inconformidad. A excepción de lo que se señala en
las Subcláusulas 20.7 [Incumplimiento de una Decisión de la
Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.8 [Vencimiento
del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de
Controversias], ninguna de las Partes tendrá derecho a iniciar un
proceso de arbitraje de una controversia si no se ha hecho una
notificación de inconformidad con arreglo a esta Subcláusula.
Si la Comisión para la Resolución de Controversias ha comunicado
a ambas Partes su decisión respecto de un asunto objeto de
controversia, y ninguna de ellas ha hecho una notificación de
inconformidad dentro del plazo de 28 días después de haber recibido
la decisión de la Comisión, la decisión pasará a ser definitiva y
obligatoria para ambas Partes.
20.5 Transacción
Amigable
Cuando se haya hecho una notificación de inconformidad con
arreglo a la Subcláusula 20.4 supra, ambas Partes tratarán de llegar
a una transacción amigable antes de iniciar el proceso de arbitraje.
Sin embargo, a no ser que ambas Partes acuerden otra cosa, podrá
iniciarse un arbitraje en o después del quincuagésimo sexto (56º)
día transcurrido desde la fecha de la notificación de inconformidad
y de la intención de iniciar un proceso de arbitraje, aún cuando no se
hubiere intentado llegar a un acuerdo amigable.
20.6 Arbitraje Salvo que se indique de otra forma en las Condiciones Especiales,
cualquier disputa no resuelta amigablemente y respecto de la cual la
decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias (de
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección VII. Condiciones generales 350
haberse emitido) no haya adquirido carácter definitivo y obligatorio
se resolverá en forma definitiva mediante arbitraje internacional.
Salvo que ambas Partes acuerden otra cosa:
(a) para contratos con contratistas extranjeros, el arbitraje será
internacional, administrado por la institución nominada en los
Datos del Contrato y, a elección de dicha institución, de
acuerdo con las reglas de arbitraje de la misma (si las hubiere)
o las de UNCITRAL,
(b) la sede del arbitraje será la ciudad donde esté localizada la
sede de la institución designada,
(c) el arbitraje se llevará a cabo en el idioma para comunicaciones
que se define en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma], y
(d) para contratos con contratistas nacionales, el arbitraje será
conducido de acuerdo con procedimientos realizados de
acuerdo con las Leyes del País del Contratante.
Los árbitros tendrán plena facultad para abrir, verificar y modificar
cualquier certificado, decisión, orden, opinión o tasación del
Ingeniero, así como cualquier decisión de la Comisión para la
Resolución de Controversias, que sean pertinentes a la controversia.
Nada descalificará a los representantes de las Partes y al Ingeniero
para servir de testigo y presentar evidencia ante el árbitro o árbitros
en relación con cualquier asunto pertinente a la controversia.
Ninguna de las Partes estará limitada en los procedimientos ante el
árbitro o árbitros a las pruebas o argumentos presentados
previamente ante la Comisión para la Resolución de Controversias
para obtener su decisión, ni a las razones de inconformidad
señaladas en su respectiva notificación. Cualquier decisión de la
Comisión para la Resolución de Controversias será admisible como
prueba en el arbitraje.
El arbitraje podrá iniciarse antes o después de la terminación de las
Obras. Las obligaciones de las Partes, el Ingeniero y la Comisión
para la Resolución de Controversias no serán alteradas a raíz de
cualquier proceso de arbitraje que se esté llevando a cabo durante la
ejecución de las Obras.
20.7 Incumplimiento de
una Decisión de la
Comisión para la
Resolución de
Controversias
En el caso en que una de las Partes incumpla una decisión definitiva
y obligatoria de la Comisión para la Resolución de Controversias, la
otra Parte podrá, sin perjuicio de los demás derechos que pueda
tener, someter dicho incumplimiento a arbitraje con arreglo a la
Subcláusula 20.6 [Arbitraje]. Las Subcláusulas 20.4 [Obtención de
una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y
20.5 [Transacción Amigable] no serán aplicables en este caso.
20.8 Vencimiento del
Nombramiento de
la Comisión para la
Resolución de
Si surge una controversia entre las Partes en relación con, o a raíz
de, el Contrato o la ejecución de las Obras, y no existiere una
Comisión para la Resolución de Controversias, ya sea por el
vencimiento del nombramiento de la misma o por otra razón:
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Sección VII. Condiciones generales 351
Controversias (a) las Subcláusulas 20.4 [Obtención de una Decisión de la
Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.5
[Transacción Amigable] no se aplicarán, y
(b) la controversia podrá ser sometida directamente a arbitraje con
arreglo a la Subcláusula 20.6 [Arbitraje].
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Sección VII. Condiciones generales 352
ANEXO
A. Condiciones Generales del Convenio de la
Comisión para la Resolución de Controversias
1. Definiciones Cada ―Convenio de la Comisión para la Resolución de
Controversias‖ es un acuerdo tripartito celebrado por y entre:
(a) el ― Contratante‖;
(b) el ―Contratista‖; y
(c) el ―Miembro‖ que se define en el Convenio de la Comisión
para la Resolución de Controversias como:
(i) el miembro único de ―la Comisión para la Resolución de Controversias‖ y, cuando sea este el caso, todas las referencias a los ―Demás Miembros‖ no serán aplicables, o
(ii) una de las tres personas que en conjunto se denominan ―la
Comisión para la Resolución de Controversias‖ y, cuando
este sea el caso, las otras dos personas se llamarán los
―Otros Miembros‖.
El Contratante y el Contratista han celebrado (o tienen previsto
celebrar) un contrato, denominado ―el Contrato‖ y definido en el
Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, que
incluye este anexo. En el Convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias, los términos y las expresiones que no
se definan de otra manera tendrán el significado que se les atribuya
en el Contrato.
2. Disposiciones
Generales
Salvo indicación en otro sentido en el Convenio de la Comisión
para la Resolución de Controversias, dicho Convenio entrará en
vigencia en la última de las siguientes fechas:
(a) la Fecha de Inicio definida en el Contrato,
(b) la fecha en que el Contratante, el Contratista y el Miembro hayan firmado el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, o
(c) la fecha en que el Contratante, el Contratista y cada uno de los
Demás Miembros (si los hubiere) hayan firmado
respectivamente un convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias.
El empleo del Miembro es un nombramiento personal. En cualquier
momento el Miembro podrá, previa notificación con una antelación
mínima de 70 días, presentar su renuncia ante el Contratante y el
Contratista, y el Convenio de la Comisión para la Resolución de
Controversias expirará al vencimiento de dicho plazo.
3. Garantías El Miembro garantiza y acuerda que es y será imparcial e
independiente con respecto al Contratante, el Contratista y el
Ingeniero. El Miembro divulgará sin demora a cada uno de ellos y a
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Sección VII. Condiciones generales 353
los Demás Miembros (si los hubiere) cualquier hecho o
circunstancia que pareciera inconsistente con su garantía y acuerdo
de imparcialidad e independencia.
El nombramiento del Miembro por parte del Contratante y el
Contratista, se basa en la declaración del Miembro en el sentido de
que:
(a) tiene experiencia en el trabajo que realizará el Contratista en virtud del Contrato,
(b) tiene experiencia en la interpretación de documentos contractuales, y
(c) habla con fluidez el idioma para comunicaciones que se define
en el Contrato.
4. Obligaciones
Generales del
miembro
El Miembro deberá:
(a) no tener interés financiero ni de otra índole en el Contratante,
el Contratista o el Ingeniero, ni ningún interés financiero en el
Contrato, salvo por el pago de conformidad con el Convenio
de la Comisión para la Resolución de Controversias;
(b) no haber sido contratado previamente como consultor ni de
otra forma por el Contratante, el Contratista o el Ingeniero,
salvo en los casos en que se hubiere informado por escrito al
Contratante y Contratista, antes de que firmaran el Convenio
de la Comisión para la Resolución de Controversias;
(c) haber informado por escrito al Contratante, el Contratista y los
Demás Miembros (si los hubiere), antes de firmar el Convenio
de la Comisión para la Resolución de Controversias y, a su leal
saber y entender, y hasta donde se recuerde, sobre cualquier
relación profesional o personal con cualquier director,
funcionario o empleado del Contratante, el Contratista o el
Ingeniero, así como cualquier participación previa en el
proyecto general del que forme parte el Contrato;
(d) no ser contratado, durante la vigencia del Convenio de la
Comisión para la Resolución de Controversias, como consultor
o de otra forma por el Contratante, el Contratista o el
Ingeniero, salvo en lo que puedan haber acordado por escrito
el Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los
hubiere);
(e) cumplir las normas de procedimiento que se anexan y con lo
dispuesto en la Subcláusula 20.4 de las condiciones
contractuales;
(f) no asesorar al Contratante, el Contratista, el Personal del
Contratante ni al Personal del Contratista sobre la ejecución
del Contrato, salvo conforme se contempla en las normas de
procedimiento que se anexan;
(g) mientras sea Miembro, no discutir ni llegar a acuerdos con el
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección VII. Condiciones generales 354
Contratante, el Contratista o el Ingeniero en relación con su
contratación por parte de cualquiera de ellos, ya sea como
consultor o de otra forma, después de que cese su cargo en
virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de
Controversias;
(h) asegurar su disponibilidad para todas las visitas al lugar de las
obras y todas las audiencias que sean necesarias;
(i) familiarizarse con el Contrato y el avance de las Obras (y de
cualquier otra parte del proyecto del que forme parte el
Contrato) estudiando toda la documentación recibida, que
deberá mantenerse en un archivo de trabajo vigente;
(j) tratar como confidenciales y privados los detalles del Contrato
y todas las actividades y audiencias de la Comisión para la
Resolución de Controversias, no dándoles publicidad ni
divulgación sin el consentimiento previo por escrito del
Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los
hubiere); y
(k) estar disponible para asesorar y opinar, sobre cualquier tema
pertinente del el Contrato, cuando se lo soliciten tanto el
Contratante como el Contratista, sujeto al acuerdo de los
Demás Miembros (si los hubiere).
5. Obligaciones
Generales del
Contratante y el
Contratista
El Contratante, el Contratista, el Personal del Contratante y el
Personal de Contratista no solicitarán asesoría ni consultarán con el
Miembro sobre el Contrato, salvo en el curso normal de las
actividades de la Comisión para la Resolución de Controversias en
virtud del Contrato y del Convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias. El Contratante y el Contratista
velarán por el cumplimiento de esta disposición por parte del
Personal del Contratante y el Personal del Contratista,
respectivamente.
El Contratante y el Contratista se comprometen mutuamente y
frente al Miembro a que, salvo en casos en que el Contratante, el
Contratista y el Miembro y los Demás Miembros (si los hubiere)
acuerden otra cosa por escrito, el Miembro:
(a) no será nombrado árbitro en ningún proceso de arbitraje que se
realice en virtud del Contrato;
(b) no será llamado como testigo en relación con cualquier
controversia sometida a uno o más árbitros designados para
cualquier proceso de arbitraje que se realice en virtud del
Contrato; y
(c) no será responsable por ninguna reclamación que se haga sobre
cualquier acción u omisión en el ejercicio o supuesto ejercicio
de las funciones como Miembro, a menos que se demuestre
que dicho acto u omisión se realizó de mala fe.
El Contratante y el Contratista por medio del presente, en forma
DOCUMENTO VALIDO
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Sección VII. Condiciones generales 355
conjunta y solidaria, indemnizan y liberan al Miembro de cualquier
reclamación de cuya responsabilidad se le libere con arreglo al
párrafo anterior.
Cuando el Contratante o el Contratista refieran una controversia a la
Comisión para la Resolución de Controversias en virtud de la
Subcláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, frente a lo cual el
Miembro se vea obligado a hacer una visita al lugar de las obras y
asistir a una audiencia, el Contratante o el Contratista suministrarán
la garantía adecuada por el monto equivalente a los gastos
razonables en que pueda incurrir el Miembro. No se considerará
ningún otro pago adeudado o pagado al Miembro.
6. Pago El Miembro será remunerado en la moneda que se designe en la
Comisión para la Resolución de Controversias, de la siguiente
manera:
(a) un honorario anticipado por mes calendario, el cual se
considerará como pago total por:
(i) estar disponible, previa notificación de 28 días, para todas
las visitas al lugar de las obras y las audiencias;
(ii) familiarizarse y estar al día con todos los hechos atinentes
al proyecto y mantener archivos pertinentes;
(iii) todos los gastos de oficina y generales, que incluyen
servicios secretariales, fotocopias y suministros de oficina
relacionados con sus funciones; y
(iv) todos los servicios prestados en virtud del presente
Convenio, excepto por los que se mencionan en los incisos
(b) y (c) de esta Cláusula.
El honorario anticipado se pagará con vigencia a partir del último
día del mes calendario en que entre en vigencia el Convenio de la
Comisión para la Resolución de Controversias y hasta el último día
del mes calendario en que se emita el Certificado de Recepción de
Obra correspondiente por la totalidad de las Obras.
A partir del primer día del mes calendario posterior al mes en el que
se emita el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a la
totalidad de las Obras, el honorario anticipado antedicho se reducirá
en un tercio. Este honorario reducido se pagará hasta el primer día
del mes calendario en que renuncie el Miembro o se dé por
terminado de otra manera el Convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias;
(b) una tasa diaria que se considerará el pago completo por
concepto de:
(i) cada día completo o parte de un día, hasta un máximo de
dos días de viaje en cada dirección, por el viaje entre el
domicilio del Miembro y el lugar de las obras, u otro lugar
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Sección VII. Condiciones generales 356
de reunión con los Demás Miembros (si los hubiere);
(ii) cada día de trabajo dedicado a visitas al Lugar de las
Obras, audiencias o la preparación de decisiones; y
(iii) cada día dedicado a la lectura de documentación
presentada en preparación para una audiencia;
(c) todos los gastos razonables, incluidos gastos de viaje
necesarios (boleto aéreo en clase inferior a primera, hotel y
viáticos, así como otros gastos directos de viaje) en que incurra
en relación con el ejercicio de sus funciones como Miembro,
así como el costo de llamadas telefónicas, servicios de
mensajero especial (courier), fax y télex. Será necesario
presentar un recibo para todos los rubros que excedan el 5% de
la tasa diaria a que se hace referencia en el inciso (b) de esta
Cláusula;
(d) cualesquiera de los impuestos establecidos en el País sobre los
pagos que se hagan al Miembro (salvo que se trate de un
ciudadano o de un residente permanente del País) en virtud de
esta Cláusula 6.
Los honorarios anticipados y la tasa diaria serán los que se
especifiquen en el Convenio de la Comisión para la Resolución de
Controversias. Salvo que se especifique otra cosa, esos honorarios y
esa tasa serán fijos durante los primeros 24 meses calendario y
serán ajustados con posterioridad a ese período por acuerdo entre el
Contratante, el Contratista y el Miembro, en cada aniversario de la
fecha en que haya entrado en vigor el Convenio de la Comisión
para la Resolución de Controversias.
Si las partes no llegan a un acuerdo respecto del honorario
anticipado o la tasa diaria del Miembro, la entidad designada o el
funcionario encargado del nombramiento que se señalen en los
Datos del Contrato determinarán el monto de los honorarios y la
tasa que se usarán.
El Miembro presentará facturas para el pago de los honorarios
anticipados mensuales y boletos aéreos, por trimestres adelantados.
Las facturas de los demás gastos y las tasas diarias se presentarán
después de efectuada una visita al lugar de las obras o una
audiencia. Todas las facturas serán acompañadas de una breve
descripción de las actividades realizadas durante el período en
cuestión e irán dirigidas al Contratista.
El Contratista pagará cada factura del Miembro en su totalidad
dentro del plazo de 56 días calendario después de recibir cada
factura, y solicitará al Contratante (en las Declaraciones con arreglo
al Contrato) el reembolso de la mitad del importe de dichas
facturas. El Contratante pagará al Contratista de conformidad con el
Contrato.
Si el Contratista no paga al Miembro el monto que le corresponda
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Sección VII. Condiciones generales 357
en virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de
Controversias, el Contratante pagará al Miembro la suma adeudada
y cualquier otro monto que sea necesario para mantener en
funcionamiento la Comisión para la Resolución de Controversias,
sin perjuicio de los derechos o recursos del Contratante. Además
de todos los demás derechos que se deriven de este incumplimiento,
el Contratante tendrá derecho al reembolso de todos los montos
pagados en exceso de la mitad de dichos pagos, más todos los
costos que suponga la recuperación de dichos montos y los
correspondientes cargos financieros calculados a la tasa
especificada en la Subcláusula 14.8 de las Condiciones del
Contrato.
Si dentro de los 70 días posteriores a la entrega de una factura
válida el Miembro no recibe el pago del monto adeudado, éste
podrá: (i) suspender sus servicios (sin notificación) hasta que reciba
el pago, o (ii) renunciar a su nombramiento mediante notificación
con arreglo a la Cláusula 7.
7. Terminación En cualquier momento: (i) el Contratante y el Contratista podrán
terminar conjuntamente el Convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias, previa notificación al Miembro con
una antelación mínima de 42 días; o (ii) el Miembro podrá
renunciar de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 2.
Si el Miembro no cumple el Convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista podrán,
sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio
mediante notificación al Miembro. La notificación entrará en
vigencia cuando sea recibida por el Miembro.
Si el Contratante y el Contratista no cumplen el Convenio de la
Comisión para la Resolución de Controversias, el Miembro podrá,
sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio
mediante notificación al Contratante y al Contratista. La
notificación entrará en vigencia cuando estos dos últimos la
reciban.
Cualquiera de esas notificaciones, renuncias o terminaciones serán
definitivas y obligatorias para el Contratante, el Contratista y el
Miembro. Sin embargo, una notificación emitida por el Contratante
o el Contratista, pero no por ambos, carecerá de validez.
8. Incumplimiento
del Miembro
Si el Miembro no cumple cualquiera de sus obligaciones de
conformidad con la Cláusula 4 (a) - (d) supra, no tendrá derecho a
ningún pago ni gastos en virtud del presente y, sin perjuicio de sus
demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al
Contratista cualquier pago o gastos recibidos por el Miembro o los
Demás Miembros (si los hubiere), en concepto de procedimientos o
decisiones (de haberlas) de la Comisión para la Resolución de
Controversias que se declaren nulas y sin efecto a raíz de dicho
incumplimiento.
Si el Miembro no cumple cualquiera de las obligaciones
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Sección VII. Condiciones generales 358
establecidas en la Cláusula 4 (e) - (k) supra, no tendrá derecho a
recibir ningún pago ni gastos estipulados en el presente a partir de
la fecha y en la medida del incumplimiento y, sin perjuicio de sus
demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al
Contratista los pagos y gastos que ya hubiere percibido el Miembro
por concepto de procedimientos o decisiones (de haberlas) de la
Comisión para la Resolución de Controversias que se declaren
nulas y sin efecto a raíz de dicho incumplimiento.
9. Controversias Cualquier controversia o reclamo que surjan de, o con relación a,
este Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias,
o el incumplimiento, la terminación o la invalidez de dicho
convenio, deberá ser sometido a arbitraje institucional para su
resolución definitiva. Si no se llega a un acuerdo respecto del
instituto de arbitraje, el arbitraje se regirá por el Reglamento de
Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional y será conducido
por un árbitro designado de conformidad con dicho Reglamento.
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Sección VII. Condiciones generales 359
NORMAS DE PROCEDIMIENTO
Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa, la Comisión para la Resolución de
Controversias realizará visitas al lugar de las obras en intervalos no mayores de 140 días,
incluidas las épocas de construcciones críticas, a solicitud del Contratante o el Contratista.
Salvo que el Contratante, el Contratista y la Comisión para la Resolución de Controversias
acuerden otra cosa, el período entre visitas consecutivas no será inferior a 70 días, excepto en la
medida requerida para convocar una audiencia conforme se señala más abajo.
La oportunidad y el programa de cada visita al lugar de las obras serán acordados en forma
conjunta por la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista
o, en ausencia de un acuerdo, serán decididos por la Comisión para la Resolución de
Controversias. El objeto de las visitas al lugar de las obras es permitir que dicha Comisión se
familiarice y se mantenga al día con el avance de las Obras y cualquier problema o reclamación
real o potencial, y, en la medida de lo posible, haga todo lo que esté a su alcance para evitar que
los problemas o reclamaciones potenciales se conviertan en controversias.
El Contratante, el Contratista y el Ingeniero asistirán a las visitas al lugar de las obras, cuya
coordinación estará a cargo del Contratante en cooperación con el Contratista. El Contratante
se encargará de que se cuente con instalaciones de conferencia y servicios secretariales y de
fotocopia adecuados. Al concluir cada visita y antes de abandonar el lugar de las obras, la
Comisión para la Resolución de Controversias elaborará un informe de las actividades
realizadas durante la visita y enviará copias del mismo al Contratante y el Contratista.
El Contratante y el Contratista entregarán a la Comisión para la Resolución de Controversias
una copia de todos los documentos que solicite, incluidos documentos contractuales, informes
de avance, instrucciones de variaciones, certificados y otros documentos relacionados con el
cumplimiento del Contrato. Todas las comunicaciones entre la Comisión para la Resolución de
Controversias y el Contratante o el Contratista se realizarán con copia a la otra Parte. Si la
Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas, el Contratante y
el Contratista enviarán copias de los documentos solicitados y las comunicaciones a cada una
de esas personas.
Si se remite una controversia a la Comisión para la Resolución de Controversias de
conformidad con la Subcláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, dicha Comisión
procederá según se establece en la Subcláusula 20.4 y estas normas. Con sujeción al plazo para
notificar sobre una decisión y otros factores pertinentes, la Comisión para la Resolución de
Controversias deberá:
(a) actuar justa e imparcialmente entre el Contratante y el Contratista, dándole a cada uno
de ellos oportunidad razonable para presentar su caso y de responder al caso del otro, y
(b) adoptar procedimientos adecuados para la controversia, sin incurrir en demoras ni
gastos innecesarios.
La Comisión para la Resolución de Controversias podrá realizar una audiencia sobre la
controversia, en cuyo caso decidirá respecto de la fecha y el lugar en que se llevará a cabo, y
podrá solicitar que antes de la audiencia o durante la misma se le presenten documentación y
argumentos escritos del Contratante y el Contratista.
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Sección VII. Condiciones generales 360
Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa por escrito, la Comisión para la
Resolución de Controversias tendrá la facultad de adoptar un procedimiento inquisitorio, negar
a cualquier persona, excepto los representantes del Contratante, el Contratista y el Ingeniero,
admisión a las audiencias y el derecho a ser oído en las mismas, y proceder en ausencia de
cualquier parte que según la Comisión para la Resolución de Controversias haya recibido
notificación de la audiencia; pero tendrá discreción para decidir si, y en qué medida, ejercerá
dicha facultad.
El Contratante y el Contratista facultan a la Comisión para la Resolución de Controversias,
entre otros aspectos, a:
(a) establecer el procedimiento que se aplicará para resolver una controversia;
(b) decidir sobre la jurisdicción de la Comisión para la Resolución de Controversias y sobre
el alcance de cualquier controversia que se le presente;
(c) realizar las audiencias que considere necesarias, sin someterse a otras normas o
procedimientos que no sean los que se contemplan en el Contrato y en estos
procedimientos;
(d) tomar la iniciativa para establecer los hechos y los asuntos necesarios para la toma de una
decisión,
(e) hacer uso de sus conocimientos especializados, si los tuviere,
(f) decidir sobre el pago de cargos financieros de conformidad con el Contrato,
(g) decidir sobre cualquier recurso de reparación provisional, tales como medidas temporales
o de conservación, y
(h) abrir, examinar y modificar cualquier certificado, decisión, , orden, opinión o tasación del
Ingeniero, que sea pertinente para la controversia.
La Comisión para la Resolución de Controversias no expresará ninguna opinión durante las
audiencias en relación con los argumentos presentados por las Partes. Posteriormente, la
Comisión para la Resolución de Controversias tomará y anunciará su decisión de conformidad
con la Subcláusula 20.4, o en la forma en que acuerden el Contratante y el Contratista por
escrito. Si la Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas:
(a) se reunirá en privado después de las audiencias, a fin de deliberar y preparar su
decisión;
(b) tratará de llegar a una decisión unánime. Si ello resultara imposible, la decisión se
tomará por mayoría de los Miembros, quienes podrían solicitar al Miembro minoritario
que prepare un informe escrito para el Contratante y el Contratista; y
(c) si un Miembro no asiste a una reunión o audiencia o no cumple cualesquiera funciones
necesarias, los otros dos Miembros podrán proceder de todas maneras a tomar a una
decisión, a menos que:
(i) el Contratante o el Contratista no estén de acuerdo en que lo hagan, o
(ii) el Miembro ausente sea el presidente de la Comisión para la Resolución de
Controversias e instruya a los Miembros que no tomen ninguna decisión.
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Sección VIII. Condiciones Especiales (CE)
Las siguientes Condiciones Especiales complementarán las CG. En casos de discrepancia, las
presentes disposiciones prevalecerán sobre las que figuran en las CG .
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Sección VIII. Condiciones especiales
362
Parte A – Datos del Contrato
Condiciones Subcláusula Datos
Nombre y dirección del
Contratante
1.1.2.2 y 1.3 Nombre del contratante:
Es la UNIDAD EJECUTORA DEL
PROGRAMA DE LA UNIDAD DE
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
Dirección del Contratante: Unidad
Ejecutora del Programa: Av. Pte. Roque
Saenz Peña 938, 6° piso
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código postal: C1035AAQ
Argentina
Nombre del Banco 1.1.2.11 Es el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID).
Nombre del Prestatario 1.1.2.12 Es la República Argentina
Plazo de Ejecución 1.1.3.3 20 (veinte) meses
Período de Notificación de
Defectos
1.1.3.7 12 (Doce) Meses
Secciones 1.1.5.6 No se usan secciones.
Ley aplicable 1.4 Todo cuanto no esté previsto en la
documentación licitatoria, será resuelto de
acuerdo con las disposiciones de la Ley
13.064 de Obras Públicas, sus
modificaciones y normas complementarias,
la cual será de aplicación al contrato en
forma supletoria.
Idioma que rige 1.4 Español.
Idioma para comunicaciones 1.4 Español.
Cesión 1.7 Se sustituye por el siguiente texto: ―El
contratista tiene la obligación de ejecutar
el contrato por sí, quedando prohibida la
cesión o subcontratación, salvo
consentimiento expreso de la autoridad
administrativa, en cuyo caso el
cocontratante cedente continuará obligado
solidariamente con el cesionario por los
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Sección VIII. Condiciones especiales
363
Condiciones Subcláusula Datos
compromisos emergentes del contrato.
Para ello, se deberá verificar que el
cesionario cumpla con todos los requisitos
de la convocatoria al momento de la
cesión, tenga capacidad técnico financiera
suficiente para la totalidad del contrato
original y que el saldo de dicha capacidad
supere el monto de obra que falte ejecutar.
Asimismo, el cedente deberá haber
ejecutado al tiempo de la cesión, no
menos del treinta por ciento del monto de
los trabajos. El cesionario deberá
presentar documentos que sustituyan
garantías de cualquier naturaleza que
hubiera presentado o se le hubiere
retenido al contratista cedente‖.
Plazo para acceder al Lugar
de las Obras
2.1 Conjuntamente con la fecha de inicio
Garantía de Cumplimiento 4.2 Ver Subcláusula 4.2 de las Condiciones
Especiales – Parte B - Disposiciones
Específicas.
Total pago anticipado 14.2 Se sustituye el primer párrafo de la
Cláusula por: ―El Contratante pagará al
Contratista el Anticipo por el monto,
modalidad y fecha establecidas en las
CEC- Parte B –Disposiciones Específicas,
contra la presentación de una garantía.
Esta garantía será emitida por una entidad
y de un país (u otra jurisdicción)
aprobados por el Contratante, y adoptará
el formato que se adjunta a las
Condiciones Especiales. También se
admitirá la presentación de un Seguro de
Caución emitido de acuerdo a las
disposiciones de la Superintendencia de
Seguros de la Nación, y que sea aceptable
por el Contratante. La Póliza de Seguro de
Caución se ajustará en lo pertinente, a la
modalidad prevista en la cláusula de los
Datos de Licitación referida a la Garantía
de Mantenimiento de Oferta‖
Tasa de amortización de pago
anticipado
14.2(b) Ver Subcláusula 14.2 de las Condiciones
Especiales – Parte B - Disposiciones
Específicas.
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
364
Condiciones Subcláusula Datos
Retenciones por fondo de
reparo
14.3 Del importe de cada certificado mensual
se descontará y retendrá el 5% en
concepto de fondo de reparo; estos
descuentos se realizarán sin perjuicio de la
garantía de cumplimiento del Contrato.
El fondo de reparo se le retendrá al
Contratista hasta la recepción final de la
obra, en garantía de la correcta ejecución
de los trabajos y para hacer frente a las
reparaciones que fueran necesarias, y que
el Contratista no ejecutara cuando le fuera
ordenado.
El Contratista podrá sustituir el fondo de
reparo por alguna de las garantías
previstas en las Instrucciones a los
Oferentes, Cláusula 19.2 y en los DDL,
Cláusula 19.2, sin perjuicio de lo
estipulado en la subcláusula 14.9 de las
Condiciones Especiales.
Responsabilidad máxima total
del Contratista ante el
Contratante
17.6 No aplica
Plazos para entregar los seguros: 18.1
a. comprobantes de
seguros
A más tardar a la fecha de inicio (ver Sub-
cláusula 18.1 de las Disposiciones
Específicas)
b. pólizas relevantes A más tardar a la fecha de inicio (ver Sub-
cláusula 18.1 de las Disposiciones
Específicas)
Monto máximo de cantidades
deducibles del seguro contra
riesgos del Contratante
18.2(d) Diez por ciento (10%)
Monto mínimo del seguro de
responsabilidad civil (contra
riesgos de terceros)
18.3 La cobertura mínima del seguro de
lesiones a otras personal o fallecimiento
será equivalente a $ 3.000.000 (Pesos tres
millones), con una franquicia máxima del
10%
Fecha límite para el
nombramiento de la Comisión
para la Resolución de
Controversias
20.2 28 días después de la Fecha de Inicio
Número de miembros de la
Comisión para la Resolución
de Controversias
20.2 Un solo Miembro
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Sección VIII. Condiciones especiales
365
Condiciones Subcláusula Datos
Lista de posibles miembros
únicos de la Comisión para la
Resolución de Controversias
20.2 Ninguno
Entidad o funcionario
encargado del nombramiento
(de no llegarse a un acuerdo)
20.3 La Unidad de Coordinación de Programas
y Proyectos con Financiamiento Externo.
Cuadro: Resumen de Secciones NO APLICA
Parte B – Disposiciones Específicas
Subcláusula 1.1. Se sustituye el segundo párrafo por el siguiente:
―Los términos que se refieren a personas o partes, incluyen a
personas físicas o jurídicas, salvo el caso en que el contexto
sugiera algo diferente.
Subcláusula 1.1.1.1. Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Forman parte del contrato, el acto administrativo que resuelve
la adjudicación, la oferta del Adjudicatario la contrata o
convenio de locación de obra, con los documentos que allí se
enumeren y forman parte del mismo, la Documentación
Licitatoria en su conjunto, con las aclaraciones, ampliaciones o
enmiendas que se hubiesen realizado.‖
Subcláusula 1.1.1.2. Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Convenio‖ o ―Contrata‖, es el instrumento suscripto por las
partes al que se hace referencia en la Subcláusula 1.6 y a través
del cual se formaliza el contrato de locación de obra.
Subcláusula 1.1.1.4. ―Carta de Oferta‖ se entiende como referida al Formulario de
Oferta previsto en la Sección IV del Pliego, presentado por el
oferente junto a su propuesta.
Subcláusula 1.1.1.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Especificaciones‖: Es la parte del Pliego que describe la obra
licitada y las condiciones técnicas bajo las cuales se ejecutará la
misma.
Subcláusula 1.1.1.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Formularios‖: Son los
formularios de la Sección IV del Pliego, que el oferente debe
completar y utilizar para presentar su oferta.
Subcláusula 1.1.1.8 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Oferta‖ es la propuesta presentada por el oferente en el acto de
apertura (formularios y documentación acompañada). También
forman parte de la oferta las aclaraciones, rectificaciones y/o
documentación adicional que el oferente eventualmente pudiese
presentar como consecuencia de un requerimiento del
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
366
contratante en el proceso de evaluación.
Subcláusula 1.1.2.4 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Ingeniero‖ o ―Inspector de Obra‖ es el profesional designado
por el contratante para representarlo en la obra. Sus funciones
son fiscalizar e inspeccionar la obra a fin que ésta se ejecute y
se desarrolle en un todo de acuerdo con los términos del
contrato y la legislación aplicable.
Subcláusula 1.1.2.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Representante del Contratista‖ o ―Representante Técnico‖ es
el profesional designado por el Contratista para representarlo en
la obra, con arreglo a la Subcláusula 4.3 [Representante del
Contratista]. Tiene a su cargo y es responsable por la dirección
técnica de los trabajos.
Subcláusula 1.1.2.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Son las personas que
el Contratante notifique al Contratista que son parte de su
personal.‖
Subcláusula 1.1.2.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Son las personas que el Contratista notifique al Contratante
que son parte de su personal.‖
Subcláusula 1.1.3.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Fecha de Inicio‖: es la fecha en que se extiende el Acta de
Replanteo, -de acuerdo a lo prescripto en la cláusula 4.7 y sus
subcláusulas de los Datos del Contrato-, o la fecha en que se
cumplan veintiún (21) días corridos contados desde la firma del
contrato, lo que ocurra primero. El plazo de ejecución de la
obra comenzará a contarse desde la Fecha de Inicio.
Subcláusula 1.1.3.5 Cuando el Pliego se refiere al ―Certificado de Recepción de
Obras‖, alude al Acta de Recepción Provisoria.
Subcláusula 1.1.3.7 Cuando el Pliego se refiere al ―Período para la Notificación de
Defectos‖, alude al Plazo de Garantía, de acuerdo a lo que se
establece en la cláusula 9 de los Datos del Contrato.
Subcláusula 1.1.3.8 Cuando el Pliego se refiere al ―Certificado de Cumplimiento‖,
alude al Acta de Recepción Definitiva.
Subcláusula 1.1.3.9 Se agrega a la cláusula lo siguiente:
―Salvo que se especifiquen que son hábiles, los plazos en días
son de días corridos.‖
Subcláusula 1.1.4.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Monto Contractual Aceptado‖, es el monto por el cual se
adjudica la obra, de acuerdo a lo establecido en el acto
administrativo de adjudicación.
Subcláusula 1.1.4.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Declaración Final‖ es el Informe Final al que se hace
referencia en las cláusula 14.10 y 14.11 de los Datos del
Contrato.
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Sección VIII. Condiciones especiales
367
Subcláusula 1.1.4.9 Cuando el Pliego se refiere al ―Certificado de Pago‖, alude al
Certificado de Obra.
Subcláusula 1.1.5.1 Se elimina el segundo párrafo de la cláusula.
Subcláusula 1.1.6.5 Se sustituye la cláusula: ―Leyes‖, alude en forma genérica a
cualquier norma jurídica, sea de carácter nacional, provincial o
municipal. La ley 13064 de Obras Públicas será aplicable al
contrato en forma supletoria, de modo que todas las cuestiones
que no estén específicamente resueltas en el Pliego, se
resolverán de acuerdo a lo que establezca dicha ley.
Subcláusula 1.2 (e) Se sustituye en la subcláusula 1.2.(e) de las CGC por la
siguiente: ―la palabra ―propuesta‖ es sinónimo de ―oferta‖ y
―proponente‖ de ―oferente‖.
Subcláusula 1.3 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Las comunicaciones
al Contratista se efectuarán, ordinariamente, mediante Orden
de Servicio y las de éste al Comitente, se canalizarán a través
del Inspector de Obra por medio del Libro de Notas de
Pedidos. El procedimiento de comunicación se regirá por las
siguientes pautas:
1.- Las decisiones que adopte el Inspector de Obra en el
ejercicio de sus funciones, deberán comunicarse al
Contratista mediante Ordenes de Servicio, las que serán
cronológicamente consignadas en el Libro de Ordenes
de Servicio.
El original firmado será retirado y quedará en poder del
Contratista, el duplicado con la constancia de recepción
será retirado y quedará en poder del Comitente y el
triplicado se mantendrá en el Libro que quedará
depositado en la oficina de la Inspección en el
Emplazamiento.
2.- Se considerará que toda Orden de Servicio está
comprendida en las estipulaciones del Contrato y que no
importa modificación de lo pactado ni encomienda de
trabajos adicionales, salvo el caso que en la misma se
hiciera manifestación explícita de lo contrario.
3.- El Representante Técnico, deberá notificarse de toda
Orden de Servicio en el día de la fecha de esta. El
Representante Técnico está obligado a tomar vista diaria
del Libro de Ordenes de Servicio en las dos primeras
horas del horario de trabajo normal de la obra dejando
constancia escrita y firmada en dicho libro.
En ese acto queda subsidiariamente notificado de toda
Orden de Servicio de la que aún no se hubiere
notificado.
4.- El Representante Técnico al notificarse de una Orden
de Servicio podrá asentar su reserva al cumplimiento de
esta. En ese caso, la obligatoriedad de cumplir la orden
de servicio queda suspendida por TRES (3) días hábiles,
plazo dentro del cual el Representante Técnico debe
exponer los fundamentos de su objeción al
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
368
cumplimiento, pudiendo ampliar dichos fundamentos
dentro de los siguientes SIETE (7) días hábiles. Este
plazo podrá ser ampliado por el Inspector de Obra según
las circunstancias.
5.- Si el Inspector de Obra, en cualquier momento a
partir de la notificación firmada con reserva, reitera la
Orden de Servicio, aquella deberá ser cumplida por el
Representante Técnico sin más dilaciones, sin perjuicio
de los derechos que eventualmente corresponda
reconocer al Contratista, en virtud de lo que por
intermedio del Representante Técnico hubiere
peticionado y fundado dentro de los plazos mencionados
precedentemente.
6.- El Comitente podrá disponer la ejecución de los
trabajos ordenados y no ejecutados por el Contratista,
por terceros o directamente, a costa de éste,
deduciéndose el importe resultante del primer
certificado que se le extienda y, en caso necesario, del
fondo de reparo.
7.-La negativa a notificarse por el Representante
Técnico, la falta de toma de vista, o el incumplimiento
de la Orden de Servicio será sancionado con la
aplicación de una multa al Contratista de pesos UN MIL
($1.000) por cada día de incumplimiento. Además, esa
circunstancia facultará al Comitente a exigir la remoción
del Representante Técnico y cursar la comunicación que
corresponda al Consejo o Colegio Profesional
respectivo.‖
Subcláusula 1.5 (a) y (b) Se sustituyen los incisos (a) y (b) por los siguientes:
―(a) el convenio o contrata, suscripto por las partes de
acuerdo a lo previsto en la cláusula 1.6. de las
Condiciones Generales
(b) el acto administrativa de adjudicación.‖
Subcláusula 1.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Las partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días
contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la
notificación del Acto Administrativo de Adjudicación. El Convenio
se basará en el formulario que se anexa en las Condiciones
Especiales. Los costos de los sellos fiscales y cargos similares (si los
hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio correrán por
cuenta del adjudicatario.‖
Subcláusula 2.4 No aplica
Subcláusula 2.5 No aplica la primera oración del segundo párrafo (plazo para
efectuar reclamaciones).
El segundo párrafo de dicha cláusula se reemplaza por el
siguiente:
―Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del
Período para la Notificación de Defectos antes de que venza
dicho plazo.‖
Subcláusula 3.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente: El Contratante
designará al Ingeniero o Inspector de obra quien tendrá como
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
369
función fiscalizar e inspeccionar la obra a fin que ésta se ejecute
y se desarrolle en un todo de acuerdo con los del contrato y la
normativa aplicable. No tendrá la potestad de modificar el
Contrato.
Salvo indicación diferente en estas Condiciones:
(a) cuando el Inspector de Obra cumpla sus
obligaciones o ejerza sus facultades, ya sea que éstas se
especifiquen en el Contrato o que se deriven en forma
implícita del mismo, se considerará que actúa en
nombre del Contratante;
(b) el Inspector de Obra no tendrá autoridad para
eximir a ninguna de las Partes de cualesquiera deberes,
obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato;
(c) ninguna aprobación, verificación, certificado,
consentimiento, examen, inspección, orden,
notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa
índole del Ingeniero (incluida la no desaprobación)
eximirá al Contratista de cualquier responsabilidad que
tenga en virtud del Contrato, incluida la responsabilidad
en cuanto a errores, omisiones, discrepancias e
incumplimientos; y
El Inspector de Obra obtendrá la aprobación específica del
Contratante antes de actuar, en los siguientes supuestos:
(a) Prórrogas del plazo de terminación y/o costo
adicional del contrato.
(b) Modificaciones de obra, a excepción de
situaciones de emergencia conforme lo determine la
Inspección,
Sin perjuicio de la obligación de obtener aprobación, como se
indica supra, si a juicio del Ingeniero ocurre una emergencia
que afecte la seguridad personal, la seguridad física de las
Obras o de la(s) propiedad(es) colindante(s), éste podrá, sin
eximir al Contratista de sus deberes y responsabilidades en
virtud del Contrato, ordenar al Contratista que lleve a cabo las
obras o actividades que sean necesarias, según el Ingeniero,
para mitigar o reducir el riesgo. El Contratista cumplirá
inmediatamente cualquier instrucción de esa índole que le dé el
Ingeniero, aún a falta de la aprobación de dicha instrucción por
parte del Contratante.‖
Subcláusula 3.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―El Inspector de Obra podrá delegar sus obligaciones y
responsabilidades en otra persona con condiciones y aptitudes
similares, por lapsos razonablemente breves y causas fundadas,
con autorización previa del Contratante. Dicha delegación
deberá ser comunicada al Contratista.‖
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
370
Subcláusula 3.3 3.3 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―El Inspector de
Obra podrá impartir instrucciones al Contratista en
cualquier momento, y proporcionarle los Planos
adicionales o modificados que se necesiten para la
ejecución de las Obras y la reparación de cualquier
defecto, de conformidad con el Contrato. En el caso de
que una orden constituya una Variación, se aplicará la
Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].
Siempre que sea posible, las instrucciones se impartirán por
escrito.‖
Subcláusula 3.4 No aplica.
Subcláusula 3.5 El Inspector es receptor exclusivo de toda presentación del
Contratista relacionada con cualquier aspecto de la obra o del
Contrato. Resolverá las cuestiones inherentes a la obra, de
acuerdo a las facultades conferidas en este Pliego, y propiciará
la resolución, que estará a cargo del Comitente, de las
reclamaciones que impliquen modificaciones o alteraciones de
la obra y/o del contrato.
Subcláusula 4.1 Se sustituye el primer párrafo del artículo por el siguiente: ―El
Contratista ejecutará, terminará y reparará cualquier defecto de
las obras, de conformidad con el contrato, sus variaciones
debidamente aprobadas por el Contratante y las instrucciones
del Ingeniero...‖
Subcláusula 4.2 El monto de la Garantía de Cumplimiento será en pesos y por
una suma equivalente al 5% al valor del contrato, y podrá ser a
través de una Póliza de Seguro de Caución, con la modalidad en
la cláusula de los Datos de la Licitación referida a la Garantía
de Mantenimiento de Oferta (19). El contratista suministrará la
Garantía de Cumplimiento dentro de los 28 días de haberle sido
notificado el Acto Administrativo de Adjudicación.
Subcláusula 4.4 Se agrega a la cláusula lo siguiente:
―El contratista no podrá subcontrar obras por más del 40% del
monto del contrato‖.
Subcláusula 4.7 Se sustituye por las siguiente subcláusulas:
―4.7.1 El replanteo de la obra deberá iniciarse dentro de los
veintiún (21) días corridos de firmado el Contrato.
El replanteo se llevará a cabo por el Inspector de Obra
con asistencia del Contratista o de su Representante
Técnico autorizado y consistirá en el establecimiento de
señales o puntos fijos de referencia que el Contratista
queda obligado a conservar por su cuenta.
Si en el terreno ya estuviesen colocadas las señales
necesarias para la ubicación de las obras, el replanteo
consistirá en el reconocimiento y entrega de estos
testigos al Contratista. Esas referencias determinarán el
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
371
eje longitudinal de la obra, progresivas y niveles. En
base a éstas, el Contratista complementará, a medida
que el estado de las obras lo exija, el replanteo de detalle
de acuerdo con los planos generales y detalles del
proyecto y conforme con las modificaciones que el
Inspector de Obra introduzca durante el curso de los
trabajos. Los gastos en concepto de jornales, movilidad,
útiles y materiales que ocasione el replanteo así como
los de revisión de los replanteos de detalles que el
Comitente considere conveniente realizar, son por
cuenta exclusiva del Contratista.
4.7.2 Cuando por circunstancias especiales no fuera posible
efectuar el replanteo total de las obras, se efectuará un
replanteo parcial de las mismas. En este caso, el
replanteo parcial deberá comprender como mínimo una
sección continua de la obra, en la que se puedan ejecutar
trabajos que tengan un valor no inferior a la mitad del
monto total del Contrato.
El replanteo deberá ser completado totalmente antes de
haber transcurrido un tercio del plazo contractual,
contado desde la fecha en que se efectuó el primer
replanteo parcial. Si el replanteo no fuere completado
totalmente dentro del término indicado en el párrafo
precedente, por causas no imputables al Contratista, éste
podrá solicitar la ampliación del plazo contractual en la
medida y proporción que demuestre que el
cumplimiento del plazo original se ha visto alterado por
la incidencia del replanteo incompleto.
4.7.3 Terminado el replanteo se extenderá por duplicado un
acta en la que conste haberlo efectuado conforme al
proyecto, que será firmada por el Inspector de Obra y el
Contratista o su Representante Técnico autorizado.
Cualquier observación que deseare formular el
Contratista, relacionada con el replanteo y que pudiera
dar lugar a reclamos, deberá constar al pie del acta en
forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará
válido ningún reclamo.
Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas
en el acta de replanteo deberá ser presentado con
expresión de fundamento dentro de los treinta (30) días
hábiles posteriores a la firma de dicha acta. Vencido
dicho plazo el Contratista perderá los derechos
respectivos y se tendrá por no efectuada la reserva.
4.7.4 Si el Contratista no concurriese al replanteo, se le fijará
un nuevo plazo de diez (10) días hábiles para la
concreción del mismo. Si tampoco concurriese a esta
segunda citación sin que existan, a exclusivo juicio del
Comitente, causas justificadas que le hayan impedido
asistir o si habiendo concurrido, se negase a firmar el
DOCUMENTO VALIDO
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
372
acta que se labrará con tal motivo, con la certificación
de testigos o autoridad competente, se considerará que
el Contratista hace abandono de la obra contratada,
pudiendo, en ese caso, el Comitente declarar rescindido
el Contrato con las penalidades consiguientes.
Queda establecido que las obras deberán iniciarse dentro
del plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a
partir de la Fecha de Inicio.
4.7.5 El replanteo comprenderá la entrega al Contratista de los
terrenos necesarios para las obras a ejecutar, es decir el
Emplazamiento.
4.7.6 Cuando para la ejecución de las obras se requiera la
remoción de algún punto fijo de amojonamiento o
marcaciones oficiales, el Contratista deberá
comunicarlo con la antelación debida al Comitente, a
efectos de que éste tome las precauciones necesarias
para que las mismas no sufran alteración alguna durante
la construcción de las obras.‖
Subcláusula 4.8
Se agregan las siguientes subcláusulas:
―4.8.1 El Contratista es responsable por la seguridad de todas
las actividades desarrolladas en el Emplazamiento y en
cualquier otro lugar, fuera del mismo, donde se realicen
trabajos relacionados con el Contrato.
4.8.2 En la zona de construcción, el Contratista deberá
impedir que el público transite por tramos que presenten
cortes, obstáculos peligrosos o etapas constructivas no
terminadas, que puedan originar accidentes, a cuyo
efecto colocará letreros de advertencia, barreras u otros
medios eficaces a los fines perseguidos. El Contratista
no tendrá derecho a indemnización alguna en concepto
de daños y perjuicios producidos por el tránsito público
en la obra.
4.8.3 Cuando las obras se ejecuten en o a través de vías de
comunicación en uso, el Contratista no podrá en ningún
caso interrumpir el libre tránsito público de vehículos y
toda vez que para la ejecución de los trabajos tuviera
que ocupar la calzada, deberá construir o habilitar vías
provisionales laterales o desviará la circulación por
caminos auxiliares previamente aprobados por el
Inspector de Obra.
Tanto en el caso de vías laterales como en el de caminos
auxiliares, el Contratista deberá mantenerlos en buenas
condiciones de transitabilidad.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
373
Es obligación del Contratista señalar todo el recorrido
que comprende el desvío y caminos auxiliares,
asegurando su eficacia con todas las advertencias
necesarias, para orientar y guiar el tránsito, tanto de día
como de noche para lo cual, en este último caso, serán
absolutamente obligatorias señales luminosas.
El Contratista será el único responsable de los
accidentes que resulten atribuibles al estado del desvío o
a deficiencias, sustracción o rotura del señalamiento o
de las medidas de protección.
4.8.4. Si el Contratista no diera cumplimiento a sus
obligaciones relativas a habilitación de desvío y
señalizaciones, el Comitente, previa intimación, podrá
ejecutar dichos trabajos por cuenta y cargo del
Contratista, no solamente en lo que se refiere al costo,
sino también en lo que atañe a las responsabilidades
emergentes. En estos casos al formularle cargo por los
costos de las obras ejecutadas, se le recargará un 50% en
concepto de penalidades.
4.8.5. Todas las tareas y obligaciones enunciadas en las
Subcláusulas 4.8.1, 4.8.2 y 4.8.3 precedentes, estarán
exclusivamente a cargo del Contratista y no recibirán
pago directo alguno, considerándose su pago incluido
dentro de los ítems del Contrato.
Será también por cuenta exclusiva del Contratista el
pago de los derechos de arrendamiento que corresponda
satisfacer cuando el mismo ocupe terrenos fiscales en
zonas portuarias, ferroviarias, etc., destinados a la
instalación de depósitos para sus elementos de trabajo,
alojamiento de personal obrero u otros fines
correspondientes a la obra.
4.8.6. Si el Contratista optase por mantener el tránsito durante
la ejecución de la obra, por media calzada o por las
banquinas, deberá contar con la previa autorización del
Inspector de Obra y adoptar la señalización y demás
medidas adecuadas a las circunstancias, con el fin de
prevenir accidentes. También en este supuesto, rige lo
estatuido en la Subcláusula que antecede (4.8.5).
4.8.7. Con una anticipación mínima de quince (15) días
hábiles a la iniciación de los trabajos, el Contratista está
obligado a presentar al Inspector de Obra un plan de
desvíos para el tránsito, el que deberá reunir las
condiciones de factibilidad y seguridad necesarias para
el desplazamiento del transporte y guardar coherencia
con el plan de trabajos respectivo.
El Contratista no podrá iniciar ninguna tarea relacionada
con dicho plan de desvíos, hasta tanto no cuente con la
aprobación del Inspector de Obra, la que le será
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Sección VIII. Condiciones especiales
374
comunicada mediante Orden de Servicio dentro de los
quince (15) días hábiles de haber recibido dicho plan;
vencido dicho plazo sin observaciones se considerará
automáticamente aprobado el mismo.
4.8.8. Quedará totalmente a cargo del Contratista, a partir del
replanteo, la permanente conservación de: obras básicas,
desagües, superficies de rodamiento, obras de arte y
cualquier otra instalación existente en la zona de camino
correspondiente a la obra.‖
Subcláusula 4.9 Se sustituye la cláusula por la siguientes subcláusulas:
4.9.1 El Contratista queda obligado a declarar, en
oportunidad de concluir cualquier etapa de trabajos
medible, por escrito y en forma indubitable, que los
mismos se ajustan a todos los requerimientos de
calidad explícita o implícitamente requeridos en la
documentación que integra el Contrato,
interpretados según las reglas del arte y, en su caso,
a las órdenes de servicio emanadas del Inspector de
Obra.
A tal efecto, deberá anexar al certificado mensual
un listado resumen de los ensayos efectuados,
indicando progresivas, ubicación respecto al eje,
valores alcanzados, espesores de capas y el
cumplimiento de los aspectos relacionados con la
terminación superficial, condiciones geométricas
y/o gálibo.
Dicha declaración de calidad se hace bajo la
responsabilidad exclusiva y solidaria del Contratista
y del Representante Técnico.
El listado mencionado precedentemente deberá ser
rubricado por el Inspector de Obra, quedando bajo
su exclusiva responsabilidad la verificación
exhaustiva o por muestreo al azar de los valores
insertos en el mismo y la conformación de los
controles de calidad efectuados por el Contratista,
especialmente en lo referente al cumplimiento de la
especificaciones contractuales.
4.9.2 La omisión de la declaración y/o el listado
requerido en la Subcláusula anterior será motivo
suficiente para la no tramitación y pago del
certificado mensual correspondiente.
En el caso de que se detecten errores u omisiones
en la declaración y/o en el listado presentado, los
mismos deberán ser subsanados a conformidad del
Inspector de Obra, para poder continuar el trámite
de aprobación del certificado en cuestión. Las
reiteraciones de errores o declaraciones incorrectas
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Sección VIII. Condiciones especiales
375
de calidad, dará lugar al Comitente a cursar las
comunicaciones que correspondan al Registro
Nacional de Constructores de Obras Públicas,
Registros Provinciales y al Consejo o Colegio
Profesional donde esté matriculado el
Representante Técnico.
4.9.3 El Inspector de Obra notificará al Contratista
cualquier defecto que advirtiera durante la
ejecución de los trabajos o que se evidenciaran en
el transcurso del período de garantía. Los controles
del Inspector de Obra, y las disposiciones que los
prevén, deben interpretarse y aplicarse bajo el
criterio básico que, en ningún caso alteran,
disminuyen o anulan las responsabilidades que, en
virtud del Contrato, le incumben exclusivamente al
Contratista. El Inspector de Obra también podrá
ordenar al Contratista la búsqueda de un probable
defecto, así como que se descubra y se examine
cualquier trabajo que, a su criterio, pueda
contenerlo.
4.9.4 Si la corrección de lo ejecutado con el fin de
cumplimentar la calidad requerida, obliga al
Contratista a la alteración, remoción, destrucción
y/o reconstrucción parcial o total de cualquier otra
etapa constructiva previa o posterior a la que se
trata, el costo de los trabajos quedará a su exclusivo
cargo y no recibirá pago adicional alguno toda vez
que la Contratista realizó el autocontrol respectivo
y la declaración de cumplir integralmente con la
calidad exigida.
4.9.5 El control de calidad establecido en las Subcláusulas
anteriores se hace extensivo en su plenitud a los
materiales a emplear en la ejecución de los trabajos.
El Contratista queda obligado a declarar, en
oportunidad del ingreso de los materiales al obrador,
acopio, depósito o lugar de destino provisorio de
aquellos y previo a su empleo en la aludida ejecución
de los trabajos, por escrito y en forma indubitable, que
los mismos se ajustan a todos los requerimientos de
calidad explícita o implícitamente especificados en la
documentación que integra el Contrato, interpretados
según la normativa vigente y, en su caso, a las
aclaraciones efectuadas mediante órdenes de servicio
extendidas por el Inspector de Obra. La declaración de
calidad de los materiales deberá incluir los valores
identificatorios de los parámetros con los que se
evalúa el concepto en cuestión.
A los efectos de posibilitar los controles que
normalmente deba practicar el Inspector de Obra, el
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Sección VIII. Condiciones especiales
376
Contratista equipará correctamente el laboratorio de
campaña. Cuando tales controles requieran la
intervención de los laboratorios centrales y/o
regionales, los gastos de provisión, extracción, envase
y transporte de las muestras hasta donde deban
realizarse los ensayos, serán por cuenta exclusiva del
Contratista.
4.9.6 El Contratista está obligado a emplear materiales
nuevos en todas las obras, salvo en los casos en que a
juicio del Comitente se estime aceptable la utilización
de materiales usados, para lo cual el Contratista deberá
ser previamente autorizado por escrito, efectuándose
en cada caso la reducción que corresponda del precio
contractual.
El Contratista es responsable de cualquier reclamo o
demanda que pudiere originar la provisión o el uso
indebido de materiales patentados.
4.9.7 Aún cuando nada se hubiere previsto en las
Condiciones Especiales del Contrato, siempre podrá el
Comitente disponer se empleen, total o parcialmente,
materiales provistos por él. En tal caso, se
indemnizará al Contratista por los perjuicios que
demuestre fehacientemente le ocasiona el cambio de
provisión. A requerimiento de la Inspección, el
Contratista deberá presupuestar el monto de estos
perjuicios aun antes de haberse dispuesto el cambio.
4.9.8 Si el Inspector de Obra ordena al Contratista que se
realice una prueba no consignada en la Especificación
para determinar si un trabajo tiene o no un Defecto y
la misma arroja un resultado positivo, el Contratista
correrá con los gastos de la prueba y las muestras
utilizadas. Si no existen Defectos, la prueba se
considerará una Causal de Prórroga solamente en
aquellos casos en los cuales haya afectado la
evolución prevista de las tareas. Si no se hubieren
detectado Defectos, el costo del ensayo quedará a
cargo del Comitente. El Contratista deberá efectuar el
ensayo ordenado por el Inspector aún cuando no
hubiere acuerdo previo acerca del costo del ensayo, en
ese caso deberá dejarse constancia de la mano de obra,
materiales y equipos insumidos para ejecutar el
ensayo.
Subcláusula 4.10 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Antes de la Fecha Base, el Contratante pondrá a disposición de
los eventuales oferentes, todos los datos pertinentes de los que
disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del
Lugar de las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el
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Sección VIII. Condiciones especiales
377
Contratante pondrá a disposición del Contratista todos los datos
de esa índole que obtenga después de la Fecha Base. El
Contratista será responsable de interpretar todos esos datos.
Salvo cuestiones físicas imprevisibles, según se definen en la
cláusula 4.12, se considerará que el Contratista ha obtenido toda
la información necesaria acerca de los eventos y circunstancias
que puedan tener influencia o incidencia en la Oferta o las
Obras. En la misma medida, se considerará que el Contratista
ha inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus
alrededores, los datos mencionados anteriormente y otra
información disponible, y que antes de presentar la Oferta
estaba satisfecho con respecto a todos los asuntos pertinentes,
incluidos (más no taxativamente):
(a) la forma y la naturaleza del Lugar de las Obras,
incluidas las condiciones subterráneas,
(b) las condiciones hidrológicas y climáticas,
(c) la medida y la naturaleza de los trabajos y
Bienes necesarios para la ejecución y
terminación de las Obras y la reparación de
cualesquiera defectos,
(d) la legislación, los procedimientos y las
prácticas laborales del País, y
(e) los requisitos del Contratista en cuanto a
acceso, alojamiento, dependencias, personal,
electricidad, transporte, agua y otros servicios.‖
El Oferente asume la responsabilidad de las procedencias
previstas por él mismo para los distintos materiales, de la
evaluación de las reales distancias de origen a obra y del medio
contemplado para su transporte. Los eventuales cambios que se
produzcan no darán derecho a reclamo alguno por parte del
Contratista.‖
Subcláusula 4.12
Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―En esta Subcláusula, ―condiciones físicas‖ se refiere a
condiciones físicas naturales y artificiales, así como otras
obstrucciones y contaminantes físicos que el Contratista
encuentre en el Lugar de las Obras durante la ejecución de las
mismas, incluidas condiciones subterráneas e hidrológicas pero
no climáticas.
Si el Contratista se enfrenta con condiciones físicas adversas
que resulten extraordinarias e imprevisibles, notificará de ello al
Inspector tan pronto como sea posible.
En esa notificación se describirán las condiciones físicas, de
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Sección VIII. Condiciones especiales
378
manera que el Inspector de Obra pueda inspeccionarlas, y se
expondrán las razones por las que el Contratista las considera
extraordinarias e mprevisibles. El Contratista seguirá con la
ejecución de las Obras adoptando las medidas que sean
adecuadas y razonables para las condiciones físicas, y cumplirá
las instrucciones que pueda darle la Inspección. Si alguna orden
constituye una Variación, se aplicará la Cláusula 13
[Variaciones y Ajustes].
Si, habiendo encontrado condiciones físicas que sean
extraordinarias e imprevisibles, el Contratista hace la
notificación al respecto y sufre demoras o incurre en Costos a
raíz de las condiciones mencionadas, el Contratista tendrá
derecho a:
(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se
ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de
conformidad con la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo
de Terminación], y
(b) el pago de dichos Costos, que se incluirán en el Precio del
Contrato, salvo que hubiere otras condiciones físicas de
las Obras que fueran más favorables de lo que podría
haber previsto el Contratista cuando presentó su Oferta,
que pudieran dar lugar a compensaciones.‖
Subcláusula 5.2 No aplica.
Subcláusula 5.3 No aplica.
Subcláusula 5.4 No aplica.
Subcláusula 6.7 No aplica desde el cuarto párrafo, inclusive, hasta el final
(Programa de Prevención del HIV-SIDA).
Subcláusula 6.21 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―El contratista no empleará trabajo infantil‖
Subcláusula 6.23
Organizaciones de
Trabajadores.
Se añade la siguiente subclásula adicional después de la
Subcláusula 6.22.
―Subcláusula 6.23. Organizaciones de Trabajadores.
En países donde la ley nacional reconozca el derecho de los
trabajadores a establecer y adherirse sin interferencia a
organizaciones de su elección, y el derecho de negociación colectiva,
el Contratista cumplirá con la ley nacional. El Contratista no
discriminará ni tomará represalias en contra del personal que
participe, o trate de participar, en dichas organizaciones. En los casos
en que la ley nacional restrinja las organizaciones de trabajadores, el
Contratista se asegurará de que su personal tenga medios alternativos
para expresar sus quejas y defender sus derechos en relación con las
condiciones de trabajo y los términos de empleo, tales como comités
o foros laborales para facilitar el diálogo entre los representantes de
los trabajadores y el Contratante. En los casos en que la ley nacional
no se pronuncie al respecto, el Contratista no discriminará ni tomará
represalias en contra del personal que participe, o trate de participar,
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Sección VIII. Condiciones especiales
379
en organizaciones y foros constituidos para promover buenas
condiciones de trabajo y términos favorables de empleo, en
consonancia con el Contrato.‖
Subcláusula 7.4 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Esta Sub-cláusula se aplicará a todas las pruebas que se
señalen en el Contrato, diferentes de las Pruebas Posteriores a
la Terminación (si las hubiere).
Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, el
Contratista proporcionará todos los aparatos, asistencia,
documentos e información adicional, electricidad, equipos,
combustible, bienes consumibles, instrumentos, mano de obra,
materiales y personal con las debidas calificaciones y
experiencia que sean necesarios para realizar eficientemente las
pruebas especificadas. El Contratista acordará con el Inspector
de Obra la hora y el lugar para realizar las pruebas
especificadas de cualesquiera Instalaciones, Materiales y otras
partes de las Obras.
El Inspector podrá variar el sitio o los detalles de pruebas
específicas, o instruir al Contratista que lleve a cabo pruebas
adicionales. Si esas pruebas modificadas o adicionales reflejan
que los Equipos, los Materiales o la mano de obra sometidos a
prueba no se ajustan al Contrato, el costo de realización de
dicha Variación correrá por cuenta del Contratista, siendo de
aplicación lo previsto en la cláusula 4.9.8 de los Datos del
Contrato.
El Inspector de Obra notificará al Contratista con al menos 24
horas de anticipación sobre su intención de presenciar las
pruebas. Si el Inspector de Obra no se presenta en el lugar y a la
hora acordados, el Contratista podrá proceder a realizar las
pruebas, salvo que el Inspector de Obra indique otra cosa, y
para los efectos se considerará que las pruebas se han realizado
en presencia del Inspector.
El Contratista enviará sin demora al Inspector de Obra
informes debidamente certificados sobre las pruebas. Cuando se
hayan aprobado las pruebas especificadas, el la Inspección
refrendará el certificado de pruebas del Contratista o le emitirá
un certificado para tal efecto. Si el Ingeniero no presencia las
pruebas, se considerará que éste ha aceptado los valores
registrados como precisos.‖
Subcláusula 7.6 Se sustituye la cláusula por las siguientes subcláusulas:
7.6.1 ―Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones
previas, el Inspector podrá instruir al Contratista para que:
(a) retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier
Equipo o Material que no se ajuste al Contrato,
(b) retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se
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Sección VIII. Condiciones especiales
380
ajuste al Contrato, y
(c) lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia
para la seguridad de las Obras, bien sea a causa de un
accidente, una situación imprevisible u otra causa.
7.6.2 El período de corrección de Defectos es de cinco (5) días
hábiles. El Contratista debe corregir todos los Defectos
detectados durante la vigencia del plazo de ejecución de
las obras o bien en el Período de garantía. A tal efecto, el
Inspector de Obra le cursará la pertinente ―Orden de
Servicio‖ y a partir de la fecha de su recepción comenzará
a correr el plazo de ―Corrección de Defectos‖ que se le
fije, si el indicado precedentemente no fuere adecuado a
las circunstancias. En el supuesto que el Defecto se
evidenciara durante el período de garantía, éste período se
extenderá por igual lapso que el que demande la
corrección del defecto. Esta ampliación comprenderá el
total o parte de la obra, según se haya previsto o no
recepciones definitivas parciales.
7.6.3 El Inspector de Obra certificará que los Defectos
detectados hayan sido corregidos. Si el Inspector de Obra
considera que la corrección de un Defecto no es esencial,
puede solicitar al Contratista una cotización para la
correspondiente reducción en el Precio del Contrato. Si el
Inspector de Obra considera aceptable la cotización, la
someterá a la decisión definitiva del Comitente.
7.6.4 El Inspector de Obra deberá notificar al Contratista con
una anticipación de veintiocho (28) días hábiles como
mínimo, su intención de encomendar a terceros la
corrección de un Defecto. Si el Contratista no efectúa la
corrección correspondiente dentro de dicho período, el
Inspector de Obra podrá delegar la corrección a terceros.
El costo de la misma se deducirá de cualquier crédito a
favor del Contratista emergente de este Contrato o de
otros celebrados con el Comitente.
7.6.5 Los materiales rechazados serán retirados de la obra por
el Contratista dentro del plazo de ocho (8) días hábiles.
Cuando el Contratista no cumpliese esta orden, el Inspector
de Obra, previa notificación con indicación del lugar de
depósito, podrá retirar los materiales rechazados y serán
por cuenta del Contratista los gastos que se originen. El
Comitente no se responsabiliza por pérdida, sustracciones u
otros perjuicios que esta medida pudiere causar al
Contratista. A pedido del mismo, el Inspector de Obra
podrá autorizar la corrección del material rechazado, si a su
juicio, la naturaleza del mismo lo hiciera practicable.‖
Subcláusula 8.1 No aplica.
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Sección VIII. Condiciones especiales
381
Se aplica lo dispuesto en el último párrafo de la cláusula 4.7.4
de los Datos del Contrato. En caso de preverse el pago de un
anticipo, el mismo deberá hacerse efectivo como condición para
el inicio de los trabajos.
Subcláusula 8.3 Se sustituye la primera oración del primer párrafo de la cláusula
por el siguiente:
―El Contratista presentará al Inspector un programa cronológico
detallado dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la
Fecha de Inicio...‖
No aplica el inciso (b) del primer párrafo.
Subcláusula 8.4 Se sustituye el último párrafo de la cláusula por el siguiente:
―Si el Contratista considera que tiene derecho a una prórroga
del Plazo de Terminación, notificará de ello al Inspector de
Obra, quien a la brevedad elevará al Contratante la petición,
propiciando lo que estime corresponda. Al mismo tiempo,
suspenderá la aplicación de las consecuencias automáticas del
incumplimiento del plazo, en un todo de acuerdo con la
resolución que haya propiciado. Si el contratista ha omitido
notificar a tiempo cualquier demora, o no haya colaborado para
evitarla o limitarla, caducará su derecho a que esa demora sea
computada para determinar la nueva fecha en que concluirá el
plazo de ejecución de la obra.‖
Subcláusula 8.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
8.7.1 El incumplimiento del plan de trabajos y/o del Plazo de
Terminación dará lugar a la aplicación automática de
multas, las que se determinarán en la forma detallada más
abajo.
Los importes de cada multa serán descontados por el
Comitente a través de los certificados de obra emitidos
inmediatamente después. Si no hubiere certificación
pendiente de pago, o su monto fuere insuficiente, las
multas se harán efectivas sobre el fondo de reparo o la
garantía del contrato.
El Contratista podrá efectuar alegaciones dentro de los
diez (10) días hábiles computados desde la certificación
de la multa, las que serán analizadas por el Inspector de
Obra, y con su opinión, serán elevadas para su resolución
definitiva por parte del Comitente.
En el caso de una resolución favorable al Contratista, se
procederá a la devolución de la suma deducida, en
concepto de multa, juntamente con la liquidación del
primer certificado que se emita con posterioridad a la
fecha de la respectiva resolución, con más los intereses
previstos para los supuestos de mora en el pago por parte
del Contratante.
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Sección VIII. Condiciones especiales
382
Si el Contratista no concretare descargo alguno dentro del
plazo señalado, la multa aplicada quedará definitivamente
consentida.
8.7.2 Monto de las multas: Supuestos
a) Cuando al vencimiento del plazo establecido en el
Contrato para la finalización de las obras y las
ampliaciones aprobadas, ellas no estén totalmente
terminadas, el Comitente impondrá multas por los
siguientes importes: durante las cuatro (4) primeras
semanas de mora, el uno por mil (1 0/00) del monto
contractual de los trabajos correspondientes a cada uno
de los plazos vencidos, por cada semana. Durante las
ocho (8) semanas siguientes, el dos por mil (2 0/00), del
mismo valor, por semana. Desde la semana número
trece (13) en adelante, el tres por mil (3 0/00) del Precio
de Contrato, por cada semana, hasta un máximo del
quince por ciento (15 %) del mismo valor, si el
Comitente no resuelve con anterioridad la rescisión del
Contrato.
b) Cuando el monto total de certificación de un
determinado mes no alcance el ochenta por ciento (80
%) del plan de trabajos aprobado para la misma fecha, el
Comitente facturará mensualmente en concepto de
multa, a partir del primer certificado que acuse el déficit
de ejecución, los importes que a continuación se indican
Durante las doce (12) primeras semanas, el dos por mil
(2 0/00) del Precio de Contrato, por cada semana.
Durante las semanas siguientes se aplicará el cuatro por
mil (4 0/00) del citado valor, por semana, hasta un
máximo del quince por ciento (15%) del mismo valor, si
el Comitente no resuelve con anterioridad la rescisión
del Contrato.
En el caso que las obras no se encuentren totalmente
terminadas dentro del plazo aprobado para su ejecución
total, a las penalidades que a esa fecha correspondan se
adicionarán las contempladas en el apartado a), más los
gastos de Inspección de Obra.
8.7.3. Si se prorroga la Fecha de Terminación Contractual
después de efectuado el pago de la multa, el Supervisor
de Obra corregirá cualquier pago excesivo a cargo del
Contratista reajustando el certificado de pago siguiente.
El Contratista percibirá intereses sobre el pago
excesivo, los cuales se calcularán desde la fecha de
pago hasta la fecha del reintegro a la tasa fijada por la
legislación vigente.
Subcláusula 8.9 No aplica el anteúltimo párrafo.
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Sección VIII. Condiciones especiales
383
Subcláusulas 9, 10 y 11 Se sustituyen las cláusulas y sus correspondientes subcláusulas
por las siguientes:
9.1. ―El Contratista notificará en forma fehaciente al
Inspector de Obra el momento en que considera que, a
su juicio, las obras están en condiciones de ser recibidas.
En ningún caso la Recepción Provisoria podrá
efectuarse hasta tanto no sea realizado el control de
calidad correspondiente, única forma de aseverar que los
trabajos responden efectivamente a las condiciones
contractuales y de verificar la calidad de la obra a
recibir.
Dicho control de calidad y la redacción del respectivo
informe por parte del Comitente, deberá efectuarse en
un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la fecha
de la notificación efectuada por el Contratista.
En el caso de no encontrarse objeciones a la calidad y
terminación de los trabajos, se procederá a efectuar la
medición de los mismos y se labrará, ad referéndum del
Comitente, el acta de Recepción Provisoria, en
presencia del Contratista o de su Representante Técnico
debidamente autorizado, a menos que declare por escrito
que renuncia a ese derecho y acepta de antemano el
resultado de lo actuado.
En dicha Acta, se dejará debida constancia de la
adecuación de los trabajos y de que el Plazo de Garantía
fijado, correrá a partir de la fecha en que el Contratista
solicitó la Recepción, destacándose de que esa fecha no
es coincidente con la determinación de los trabajos y de
que sólo será válida la de la presentación de la solicitud.
Si a través del control de calidad se detectan
deficiencias contrarias al Pliego, deberán ser notificadas
fehacientemente al Contratista.
Una vez corregidas las fallas, procederá una nueva
solicitud formal del Contratista, definiendo así la posible
Fecha de Comienzo del Plazo de Garantía.
Bajo ningún concepto corresponde expresar en el Acta
reserva alguna acerca de la realización de trabajos
durante el Plazo de Garantía, ya que si ello resultara
necesario y los trabajos están incluidos tácita o
expresamente en las especificaciones de los ítem, su
ausencia implica un incumplimiento de las cláusulas
contractuales y, por ende, no corresponde la recepción.
Solamente podrá dejarse constancia de algunos trabajos
de mantenimiento rutinario, no incluidos en los distintos
ítems de construcción. 9.2 A los efectos del cómputo definitivo de los trabajos, la
medición de la obra será la registrada durante el curso
de los trabajos, sin perjuicio del reajuste correspondiente
una vez resueltos los reclamos pendientes, si los
hubiere.
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Sección VIII. Condiciones especiales
384
9.3 El Comitente realizará los controles finales, aludidos en
la Subcláusula 9.1 de los Datos del Contrato, por la vía
y procedimientos que considere oportuno, debiendo el
Contratista suministrar, por su exclusiva cuenta, el
personal y elementos necesarios para efectuar dichos
controles. Si no lo hiciera dentro del lapso que se le fije
al efecto, el Comitente podrá efectuar las pruebas por
cuenta del Contratista sin que éste tenga derecho a
reclamo alguno. El importe de los gastos ocasionados
por este motivo, le serán deducidos de cualquier suma
que tenga a percibir.
10.1 Si el Contratista o su Representante Técnico -
debidamente notificados - no concurrieren al acto de
medición final o de extensión del acta de Recepción
Provisional, el Comitente realizará, por sí y ante sí,
dichas diligencias, dejando constancia de la citación y
ausencia de los nombrados.
10.2 La Recepción Provisional será una sola a la terminación
total de los trabajos, aún cuando para la ejecución
hubieran regido plazos parciales, salvo que el Comitente
acordara en forma excepcional recepciones provisorias
parciales por razones exhaustivamente analizadas y
fundamentadas.
11.1 Durante el Plazo de Garantía, el Contratista será
responsable de la conservación de las obras y de las
reparaciones requeridas por los Defectos o desperfectos
provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente
de los trabajos. Si el Contratista no realiza los trabajos
de conservación y reparación, previa intimación, con
fijación de plazo para la realización de dichas tareas, el
Comitente podrá llevarlos a cabo por cuenta y cargo de
aquél.
11.2 Transcurrido el Plazo de Garantía, tendrá lugar la
Recepción Definitiva, la que se efectuará con las
mismas formalidades que la Provisional, previa
verificación del buen estado de las obras y del correcto
funcionamiento de las instalaciones especiales, a cuyo
efecto se realizarán las pruebas que el Comitente estime
necesarias, pudiéndose repetir total o parcialmente las
establecidas para la Recepción Provisional.
11.3 El Contratista entregará al Comitente el Emplazamiento
en su totalidad y en forma definitiva en el momento de
suscribir el acta de Recepción Definitiva.
11.4 En el caso que al celebrarse el acta de Recepción
Definitiva el Contratista no entregase el Emplazamiento
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Sección VIII. Condiciones especiales
385
totalmente liberado, no se cancelará la fianza hasta tanto
se verifique esa circunstancia.
11.5 En el caso que por cualquier circunstancia el Contratista
no se presentara al acto de Recepción Definitiva, o éste
no pudiera efectuarse por razones imputables al mismo,
el Comitente podrá por sí o por terceros efectuar la
liberación del Emplazamiento con cargo a la
Contratista.‖
Subcláusulas 12.1. y
12.2
Se sustituyen por las siguientes cláusulas y subcláusulas:
12.1.1 Los trabajos ejecutados de acuerdo al Contrato serán
medidos por la Inspección y por períodos mensuales,
con asistencia del Representante Técnico. El Inspector
de Obra consignará de inmediato sus resultados a los
fines de la correspondiente certificación. El Contratista
presentará mensualmente al Inspector de Obra
declaraciones del valor contractual del trabajo ya
efectuado (certificados de obra) descontando el importe
acumulativo certificado previamente, dentro de los
cinco (5) primeros días corridos del mes siguiente al de
ejecución de los trabajos. Tal presentación deberá estar
acompañada de toda la documentación necesaria para
poder efectivizar el cobro del aludido importe, en los
formularios y con las formalidades que le indique el
Inspector.
12.1.2. El Inspector de Obra controlará la declaración mensual
del Contratista y autorizará la emisión de la factura
correspondiente, dentro de los cinco (5) días corridos de
recibida la misma.
De esa manera, está convalidando que la disposición de
los fondos públicos que bajo su responsabilidad
autoriza, responde a las condiciones prefijadas.
12.1.3 La emisión de la factura implica también, certificar la
adecuación de los trabajos realizados a la normativa
contractual.
12.1.4. La valorización del trabajo finalizado se hará según el
Contrato y sus modificaciones, incluyendo también la
valuación de Modificaciones, Causales de Prórroga y
deducciones por retención.
12.1.5. El Inspector de Obra podrá excluir cualquier ítem
consignado en un certificado previo o reducir la
proporción de cualquier ítem previamente certificado,
en vista de posterior información o verificación.
12.1.6 El Contratista solicitará a la Inspección, en tiempo
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Sección VIII. Condiciones especiales
386
oportuno, autorización para ejecutar: a) Trabajos que
cubran obras cuya cantidad y calidad serían de difícil
comprobación una vez cubiertas, y b) Tareas de
medición posterior imposible. En ambos casos se
labrará acta previa en la que se dejará constancia del
estado y medida de tales obras y de toda otra
circunstancia que se considere conveniente.
12.2 La Lista de Ítems y Cantidades, contenida en el
Formulario de Presupuesto de la Oferta (incluido en la
Sección 3), comprende los rubros correspondientes a la
construcción, montaje, prueba y puesta en servicio de
los trabajos que deba ejecutar el Contratista.
Subcláusulas 12.3 Se sustituye por las siguientes subcláusulas:
12.3.1 ―La Lista de Ítems y Cantidades se usa para calcular el
Precio del Contrato; no obstante, al Contratista se le
paga por la cantidad de trabajo realmente ejecutado y al
precio unitario especificado en el citado Formulario
cotizado para cada ítem.
12.3.2 Cualquier rubro de trabajo que se incluya en la Lista de
Cantidades sin precio ni tarifa especificados se
considerará incluido en las demás tarifas o precios allí
consignados.
12.3.3 Si la cantidad de trabajo realmente ejecutado difiere de
la indicada en la Lista de Cantidades para un ítem en
particular en más de un veinte (20) por ciento, el
Inspector de Obra ajustará el precio de común acuerdo
con el Contratista, y lo someterá a la decisión del
Comitente. El precio así determinado se aplicará, en
caso de aumento, sólo sobre la cantidad que exceda de
la que para el ítem figura en el Contrato. Si se trata de
disminución, se aplicará a la totalidad del trabajo del
ítem; el monto resultante de aplicar a esa cantidad el
precio unitario determinado, no podrá superar el monto
que contractualmente correspondía al 80 % del ítem.
12.3.4 Pagos por modificaciones. El Contratista deberá calcular
el costo de una Modificación del Precio del Contrato y
entregar al Inspector de Obra su cotización para llevar a
cabo la Modificación cuando éste lo solicite. La
Inspección analizará la cotización, la cual deberá
presentarse dentro de los siete (7) días hábiles de la
petición de la misma o dentro del período que el
Inspector de Obra determine con anterioridad a la orden
de efectuar la Modificación, lo que deberá contar a su
vez con el consentimiento previo del Comitente.
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Sección VIII. Condiciones especiales
387
12.3.5 Si el trabajo en la Modificación involucra a un ítem
vigente con anterioridad a la misma y si, según la
opinión del Inspector de Obra, el volumen de trabajo no
causa modificaciones en su precio unitario, se utilizará
el mismo precio para calcular el Valor de la
Modificación. Si el precio unitario no resultare
aplicable, o si la naturaleza del trabajo involucrado en
la Modificación no se corresponde con los ítems
vigentes antes mencionados, el Contratista podrá
proponer nuevos precios para los trabajos de que se
trata.
12.3.6 En el supuesto que la cotización del Contratista no sea
razonable, el Comitente por medio del Inspector de
Obra ordenará la ejecución de los trabajos y
determinará los precios aplicables basado en sus
propios cálculos. En este caso y, siempre que sea
posible, partirá de los precios contractuales
correspondientes a trabajos análogos semejantes y, de
no existir estos últimos, será establecido mediante el
correspondiente detalle.
12.3.7 Cuando, debido a una situación de emergencia, la
urgencia en la Modificación, impida la presentación de
una cotización, esta última no se efectuará. En este
supuesto el Inspector de Obra y el Representante
Técnico, llevarán una cuenta minuciosa de las
inversiones realizadas, la que servirá como elemento
ilustrativo para fijar luego el precio en instancia
administrativa o judicial.
12.3.8 El Contratista deberá advertir al Inspector de Obra, tan
tempranamente como le sea posible, sobre futuros y
específicos eventos o circunstancias que no hayan
podido ser previstos en los estudios técnicos del
Contratista y que obedezcan a hechos posteriores que
pudieren, ya sea afectar en forma adversa la calidad de
la obra, incrementar el precio del Contrato o bien
demorar la Fecha de Terminación Contractual,
indicando la solución correspondiente y su presupuesto.
El Contratista no tendrá derecho a un pago adicional
por costos que pudieron haberse evitado mediante una
advertencia previa.
12.3.9 El Contratista proveerá al Inspector de Obra el detalle
de los precios unitarios propuestos para la
modificación.‖
Subcláusula 12.4
No aplica.
Subcláusula 13.1
Se sustituyen el primero y el último párrafo por los siguientes:
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Sección VIII. Condiciones especiales
388
―El Comitente podrá ordenar variaciones del contrato en
cualquier momento antes de la Recepción Definitiva de las
Obras‖
―El contratista no ejecutará ninguna modificación de obra sin la
aprobación previa del comitente, bajo pena de no
reconocimiento de los gastos incurridos que no estuviesen
previstos en el contrato.‖
Subcláusula 13.2
No aplica
Subcláusula 13.3
Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Si el Inspector solicita una propuesta para elevar al comitente,
a los efectos de aprobar una Variación, el Contratista
responderá por escrito tan pronto como sea posible, señalando
las razones por las que no puede cumplir (si ese es el caso), o
bien presentando una descripción de los trabajos propuestos a
realizarse y un programa de ejecución al respecto, la propuesta
del Contratista para realizar cualquier modificación necesaria
al programa de conformidad con la Subcláusula 8.3 [Programa]
y al Plazo de Terminación, y la propuesta del Contratista para
evaluar la Variación.
Tras recibir dicha propuesta, el Inspector elevará los
antecedentes al Comitente para que resuelva. El Contratista no
demorará ningún trabajo mientras espera una respuesta, pero no
realizará aquellos que estén contemplados en la variación en
trámite antes de recibir la aprobación del Comitente.
Una vez aprobada por el Comitente, las instrucciones para
ejecutar una Variación, junto con cualesquiera de los requisitos
para el registro del Costo, serán impartidas por el Inspector al
Contratista.‖
Subcláusula 13.5
No aplica.
Subcláusula 13.6
No aplica.
Subcláusula 13.7
Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―El precio del contrato correspondiente a la moneda local,
estará sujeto a ajustes para tener en cuenta las fluctuaciones del
costo de los insumos. En tal caso, los montos autorizados en
cada certificado de pago, luego de las deducciones por concepto
del anticipo y por indemnización por daños y perjuicios, se
deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de
precios a los montos que deban pagarse. Sin embargo, no se
practicarán Ajustes de Precios con posterioridad al vencimiento
de los plazos contractuales. Los factores de ajuste de precios
están definidos en los Anexos que para Licitaciones Nacionales
e Internacionales se encuentran incluidos en la Sección IX.‖
Subcláusula 13.8
Se reemplaza esta subcláusula por la siguiente:
―La metodología a aplicar para redeterminar los precios en
moneda local se indica en la Sección IX. Las solicitudes de pago
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Sección VIII. Condiciones especiales
389
en moneda extranjera que hayan sido aceptadas por el Contratante, no
estarán sujetas a ajuste de precios y se pagará el monto de moneda
extranjera sin variaciones.‖
Subcláusula 14.1 Se sustituye el inciso (d) por el siguiente:
―El contratista no podrá modificar los análisis de precios
presentados en su oferta. Excepcionalmente, y a pedido del
Comitente, podrá desglosar aquellos precios que puedan haber
sido expresados en sumas globales, siempre que ello no importe
modificar la esencia de sus análisis de precios.‖
El inciso (e) no aplica.
Subcláusula 14.2 El anticipo se hará en un pago, en efectivo y en pesos de
moneda local, y será equivalente al 10% (diez por ciento) del
monto adjudicado, redeterminado a la fecha de firma del
contrato -si correspondiere- de acuerdo a la metodología de
Redeterminación de Precios indicada en la Sección IX. Será
devuelto a través de descuentos a realizarse sobre los
certificados de obra, comenzado por el emitido inmediatamente
después de que el contratista reciba el anticipo. La tasa de
amortización será del 10% (diez por ciento), que se calculará en
base al monto de cada certificado de obra, a valores básicos,
redeterminándose sólo el remanente, en el caso que
correspondiera. El anticipo financiero no está sujeto a
redeterminación de precios.
Subcláusula 14.3 Aplica lo dispuesto en la Cláusula 12.1 y sus subcláusulas.
Subcláusula 14.4 No aplica.
Subcláusula 14.5 No aplica.
Subcláusula 14.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―No se certificará ni pagará ningún monto hasta que el
Contratante haya recibido y aprobado la Garantía de
Cumplimiento. Si el Contratista suministra un elemento o
realiza un trabajo que no se ciñe al Contrato, podrá retenerse el
costo que supone la rectificación o reposición hasta que se lleve
a cabo esta labor de rectificación o reposición. Por otra parte, si
el Contratista no ha cumplido o no cumple cualquiera de los
trabajos u obligaciones de conformidad con el Contrato, y el
Inspector de Obra le ha dado las notificaciones del caso, el
valor correspondiente a dicho trabajo u obligación podrá
retenerse hasta que éstos se cumplan.‖
Subcláusula 14.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente: El Contratante pagará
al Contratista:
(a) el anticipo, dentro de un plazo de 42 días contados a partir
de la fecha de celebración del convenio de locación de
obra (contrata) o dentro de un plazo de 21 días después de
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Sección VIII. Condiciones especiales
390
recibir los documentos de conformidad con las
Subcláusulas 4.2 [Garantía de Cumplimiento] y 14.2
[Pago Anticipado], lo que ocurra más tarde;
(b) los Certificados de Obra, dentro de los 60 días posteriores
al momento en que el Inspector de obra haya recibido la
declaración y los documentos justificativos a los que se
hace referencia en el numeral 12.1.1. de los Datos del
Contrato. Si el comitente observara el certificado, dicho
plazo quedará interrumpido, y en consecuencia, los 60
días se contarán desde que el Contratista haya presentado
nuevamente los antecedentes debidamente corregidos.
(c) el monto certificado en las recepciones provisorias y
definitivas, dentro de los 90 días posteriores al momento
en que el Contratante haya recibido dicho certificado.
Subcláusula 14.8 La tasa de interés por pagos atrasados será equivalente a la tasa
de descuento de certificados de obra, a treinta días, fijada por el
Banco de la Nación Argentina.
Subcláusula 14.9 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Luego de la Recepción Provisoria de los trabajos, el contratista
tendrá derecho a la devolución del 50% de los montos retenidos
en concepto de Fondo de Reparo y a sustituir la otra mitad con
una garantía, en alguna de las modalidades y condiciones
previstas para la Garantía de Cumplimiento. Aprobada la
Recepción Definitiva de los trabajos, el Comitente procederá a
la brevedad a devolverle al Contratista la parte restante del
Fondo de Reparo, que no hubiese sido sustituida previamente
por una garantía, y la Garantía de Cumplimiento.‖
Subcláusula 14.10 Se sustituye por la siguiente cláusula:
―Conjuntamente con el pedido de emisión del certificado de
Recepción Provisional, y en todo caso como condición previa a
la emisión de éste, el Representante Técnico deberá presentar
por duplicado un Informe Final (R.P.) de cumplimiento de
Contrato. En ese Informe el Representante Técnico detallará el
desarrollo que haya tenido el Contrato, incluyendo
especialmente toda incidencia que haya implicado
modificación, cambio o un desarrollo contractual distinto al
emergente del Contrato.
El Informe también deberá incluir la evolución parcial y total de
la obra en relación a los rubros significativos en la ejecución, la
evolución de la inversión, cumplimiento parcial y total de
plazos, etc., todo ello presentado en forma clara, explícita y con
anexos gráficos que faciliten la rápida visualización del
contenido. También deberá incluir la enumeración y síntesis
conceptual de las Ordenes de Servicio emitidas y reclamos
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Sección VIII. Condiciones especiales
391
pendientes de resolución final.
Este Informe, producido y firmado por el Representante
Técnico, deberá estar también firmado por el Contratista al solo
efecto de que conste su conocimiento y su conformidad o
disconformidad con el contenido del mismo.
Si el Contratista no está de acuerdo con el Informe del
Representante Técnico podrá agregar sus propias notas como
anexo. Estas notas no sustituyen el Informe del Representante
Técnico quien las emite en carácter personal como profesional
en ejercicio de aquella función.
El original del Informe pasará a formar parte inseparable del
certificado de Recepción Provisional, adoptándose los recaudos
físicos pertinentes a tal fin y el duplicado pasará a formar parte
del legajo de la obra. Será presentado al Inspector de Obra,
quien deberá dejar constancia en el mismo de su conformidad o
disconformidad total o parcial con su contenido y, en estos dos
últimos casos, detallará su posición respecto a cada punto de
desacuerdo.‖
Subcláusula 14.11 Antes de la finalización del Plazo de Garantía, el Contratista
deberá presentar al Inspector de Obra un Informe Final (R.D.)
detallado del importe total que considere le es adeudado según
lo estipulado en el Contrato. El Inspector de Obra certificará
cualquier pago final adeudado al Contratista dentro de los
sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de recepción del
Informe pertinente si el mismo es correcto y completo. En caso
contrario, el Inspector de Obra emitirá un programa
estableciendo el alcance de las correcciones y agregados
necesarios. Si el Informe Final (R.D.) continúa siendo
insatisfactorio, el Inspector de Obra estimará la suma adeudada
al Contratista y elevará al Comitente los antecedentes para su
resolución.
Conjuntamente con el Informe Final (R.D.), el Contratista
deberá presentar una información integral, relacionada con la
construcción, en la que se detalle las características
geométricas y estructurales de la obra, destacando en especial,
aquellos aspectos que difieren del proyecto original.
Complementará dicha información con un juego original y dos
(2) copias conforme a obra ejecutada, de todos los planos que
formaron parte del Contrato, incorporando en los mismos la
vinculación de la obra con puntos fijos existentes que hayan
sido identificados al elaborarse el Proyecto Ejecutivo.
También deberá incluirse en Informe Final (R.D.), el Plan
Anual de Mantenimiento, que deberá incluir: (i) información
sobre el tipo y frecuencia del mantenimiento requerido,
personal y equipo necesarios; y (ii) costo anual estimado para
la ejecución de dichas tareas.
Subcláusula 14.12 Aplica 14.11.
Subcláusula 14.13 Aplica 14.11.
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Sección VIII. Condiciones especiales
392
Subcláusula 15.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
15.2.1. El Contrato podrá rescindirse por cualquiera de las
causas y en orden a las disposiciones contenidas en los
artículos 49 al 54 de la Ley Nacional de Obras Públicas
Nº 13.064. Notificada la decisión que rescinda el
contrato por causas imputables al contratista, éste tendrá
un plazo de diez (10) días para que pueda formular las
alegaciones que estime hagan a su derecho. El rechazo
de las alegaciones por parte del Comitente agotará la vía
administrativa. A su vez, en el supuesto que el
Contratista entienda que existen causas atribuibles al
Comitente para fundamentar la rescisión, deberá
ponerlas en conocimiento de éste manifestando su
petición concreta que se rescinda el Contrato.
15.2.2. Producida la rescisión, cualquiera fuere la causa de la
misma, el Comitente tendrá derecho a tomar posesión
inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, en
cuyo caso se hará inventario y avalúo de los trabajos,
materiales y equipos.
15.2.3. El inventario se hará con intervención del Inspector de
Obra y del Representante Técnico, sin interrupciones
dilatorias. Si el Contratista o su Representante Técnico,
previamente citados al efecto, no concurriesen - por sí o
por apoderado - al acto del Inventario, el Comitente
estará de todas maneras habilitado para realizarlo, en
cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una
copia del mismo.
15.2.4. El avalúo se efectuará de común acuerdo entre el
Inspector de Obra y el Representante Técnico, sujeto a
la posterior aprobación del Comitente. En caso de
disconformidad entre ellos, el Comitente dispondrá que
el diferendo se resuelva por la vía pertinente.
15.2.5. Los materiales y equipos que el Comitente no decida
adquirir, serán retirados del Emplazamiento por el
Contratista a su costa, dentro del término que se le fije al
efecto, el que no será menor de quince (15) días
corridos, computados desde la fecha de notificación de
la medida adoptada. Si el Contratista no diera
cumplimiento a esta orden, el Comitente hará retirar y
depositar fuera de la obra esos materiales y equipos,
corriendo todos los gastos a cargo de aquél.
15.2.6. Los trabajos que no sean de recibo serán demolidos por
el Contratista en el plazo que le señale el Inspector de
Obra. Si incumpliera tal orden, el Comitente dispondrá
de la demolición de los mismos, corriendo los gastos
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Sección VIII. Condiciones especiales
393
consiguientes por cuenta del Contratista.
15.2.7. El importe que arroje la liquidación de los trabajos
ejecutados, que fueren de recibo, tanto los terminados
como los inconclusos, materiales y enseres aceptados a
precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del
Contratista, previa deducción de los pagos efectuados a
cuenta. Este crédito, cuando la rescisión hubiere sido
causada por el Contratista, quedará pendiente de pago
hasta la terminación y liquidación final de los trabajos,
para responder por el excedente de costos de los mismos
y de los perjuicios que se originen por la rescisión del
Contrato o la mala ejecución de los trabajos hechos por
el Contratista. Si la suma retenida resultare insuficiente
para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la
rescisión irrogue al Comitente, y tampoco fueren
suficientes las garantías constituidas por el Contratista,
se le fijará a éste un plazo perentorio para que abone el
saldo resultante, bajo apercibimiento de accionarse
judicialmente.
Subcláusula 15.3 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.
Subcláusula 15.4 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.
Subcláusula 15.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―El Contratante tendrá derecho a rescindir el Contrato en
cualquier momento y por su propia conveniencia, previa
notificación de tal terminación al Contratista. La terminación
entrará en vigor 28 días después de la fecha en que el
Contratista haya recibido esta notificación o en que el
Contratante haya devuelto la Garantía de Cumplimiento, lo que
ocurra más tarde. El Contratante no terminará el Contrato con
arreglo a esta Subcláusula con el propósito de ejecutar las Obras
él mismo o encargárselas a otro contratista ni para evitar una
rescisión del Contrato por parte del Contratista. La rescisión
que se produzca por la causal descripta en esta cláusula tendrá
las consecuencias previstas en el artículo 54 de la ley 13.064‖
Subcláusula 16.1 No aplica.
Subcláusula 16.2 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.
Subcláusula 16.3 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.
Subcláusula 16.4 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.
Subcláusula 17.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―El Contratista indemnizará y amparará al Contratante, al
Personal del Contratante y sus respectivos representantes de
toda reclamación, daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y
gastos de abogados) relacionado con:
(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de
cualesquiera personas, que se produzcan a raíz o en el
curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la
ejecución y la terminación de las Obras y la reparación de
cualesquiera defectos, salvo que sean atribuibles a
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Sección VIII. Condiciones especiales
394
cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento
del Contrato por parte del Contratante, el Personal del
Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes,
y
(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean
bienes raíces o personales (aparte de las Obras), en la
medida en que dicho daño o pérdida se produzca como
resultado o en el curso del diseño del Contratista (si lo
hubiere), la ejecución y terminación de las Obras y la
reparación de cualesquiera defectos, salvo y en la medida
en que dicho daño o pérdida sea atribuible a cualquier
negligencia, acto deliberado o incumplimiento del
Contrato por parte del Contratante, el Personal del
Contratante, sus respectivos representantes o cualquier
persona directa o indirectamente empleada por cualquiera
de ellos.
El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al
Personal del Contratista y sus respectivos representantes frente
a y de cualquiera de las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos
(incluidos honorarios y gastos de abogados ) relacionados con
lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a
cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del
Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante
o cualquiera de sus respectivos representantes.‖
Subcláusula 17.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de
las Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la
emisión del Acta de Recepción Definitiva, momento en que
dicha responsabilidad se transferirá al Contratante. Si se emite
un Certificado de Recepción Parcial, la responsabilidad del
cuidado de dicha Sección o parte pasará al Contratante.
Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren
alguna pérdida o daño durante el período en que estén bajo el
cuidado del Contratista, por cualquier causa que no figure en la
Subcláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], el Contratista
rectificará la pérdida o el daño, por su cuenta riesgo , a fin de
que dichas Obras, Bienes o Documentos del Contratista se
ciñan a las disposiciones del Contrato.‖
Subcláusula 17.6 No aplica.
Subcláusula 18.1 Salvo instrucción en contrario por parte del Comitente o el
Inspector de Obra, la evidencia de contratación de los seguros
de esta cláusula y las copias de las respectivas pólizas de los
seguros previstos en las cláusulas 18.2 y 18.3 deberán ser
presentadas a más tardar en la Fecha de Inicio.
Subcláusula 18.4 El seguro para el personal en relación de dependencia del
contratista deberá cumplir con las previsiones de la ley 24.557 –
Riesgos del Trabajo, y su reglamentación vigente.
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ONSULTA
Sección VIII. Condiciones especiales
395
Subcláusula 19.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es
impedida por un período continuo de 90 días por algún motivo
de Fuerza Mayor que se haya notificado de conformidad con la
Subcláusula 19.2 [Notificación de Fuerza Mayor], o por varios
períodos que sumen un total de más de 140 días debido al
mismo motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado,
cualquiera de las Partes tendrá derecho a la rescisión del
contrato. En ese caso, la terminación entrará en vigencia 7 días
después de la notificación, y será de aplicación lo dispuesto en
el artículo 54 de la ley de Obras Públicas 13.064.‖
Subcláusula 19.7 No aplica.
Subcláusula 20.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente:
―Las reclamaciones del Contratista para cuya presentación no se
establezcan expresamente otros plazos, deberán ser interpuestas
dentro de los diez (10) días hábiles de producido el hecho que
las motiven, quedando aquél obligado a fundarlas en forma
debida con determinación de valores, datos pertinentes y
documentación respaldatoria, si fuera necesario, en el plazo de
treinta (30) días hábiles a partir del vencimiento del primer
término. Si no lo hiciera, perderá todo derecho vinculado al
objeto del reclamo. Si el Comitente no resolviera el reclamo en
el plazo de treinta días hábiles, contados desde que el
contratista fundó el mismo, se considerará al silencio como
rechazo del pedido.‖
Subcláusula 20.6 No aplica el Arbitraje.
Toda cláusula contenida en el Documento Estándar de
Licitación, que haga alusión expresa o implícitamente a la
utilización del procedimiento de arbitraje para la solución de
controversias, no es aplicable en el marco del presente
Programa. La decisión de la Comisión de Resolución de
Controversias agota la instancia administrativa.
Cualquier disputa no resuelta amigablemente y respecto de la
cual la decisión de la Comisión para la Resolución de
Controversias no haya sido aceptada por alguna de las partes, se
resolverá en forma definitiva mediante los Tribunales Federales
Competentes.
DOCUMENTO VALID
O
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Índice de Formularios
Notificación de Adjudicación .....................................................................................................
Modelo de Contrato de Locación de Obras .................................................................................
Garantía de Cumplimiento ..........................................................................................................
Fianza por Pago Anticipado .........................................................................................................
Garantía Mediante Retención de Pagos ......................................................................................
Metodología de Redeterminación de Precios para Licitaciones Públicas Internacionales
Sección IX. Anexo a las Condiciones Especiales
– Formularios del Contrato
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 397
Notificación de Adjudicación
CARTA DE ACEPTACIÓN
[papel con membrete del Contratante]
[fecha]
A: [nombre y dirección del Contratista]
Le notificamos por la presente que su Oferta de fecha [fecha] para la ejecución de [nombre y
número de identificación del Contrato, conforme aparece en los Datos del Contrato] por el
Monto Contractual Aceptado de valor equivalente a [monto en cifras y en palabras] [nombre
de la moneda], con las rectificaciones y modificaciones que se hayan hecho de conformidad
con las Instrucciones a los Oferentes, ha sido aceptada por nuestro representante.
Sírvase suministrar la Garantía de Cumplimiento dentro de un plazo de 28 días de
conformidad con las Condiciones Contractuales, usando para ello uno de los Formularios de
Garantía de Cumplimiento que se incluyen en la Sección IX del Documento de Licitación,
Anexo a las Condiciones Especiales – Formularios del Contrato.
Firma autorizada:
Nombre y cargo del firmante:
Nombre del representante:
Adjunto: Contrato
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 398
Modelo de Contrato de Locación de Obras
REF.: Obra:
PROYECTO: .................
Entre la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON
FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, representada por........., con domicilio
legal en ..........., por una parte, a quien en adelante se designará con la palabra ―Comitente‖ y
la empresa ........., con domicilio en............, representada en este acto por..........., en su
carácter de ..........de la empresa, a quien en adelante se designará con la palabra ―Contratista‖,
por la otra, adjudicataria de la Licitación Pública ........ Nº ......, en virtud de la Disposición
UCPyPFE Nº........, se ha convenido en celebrar el siguiente Contrato de Locación de Obras:--
-------------------
ARTICULO 1º: El Contratista se compromete a ejecutar la obra de la referencia en el marco
del ―PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA ……………. DEL NORTE GRANDE,
CONTRATO DE PRESTAMO BID …………./OC-AR, en un todo de acuerdo con el
contenido de su propuesta, y lo dispuesto en los Planos, Lista de Cantidades, Memoria
Descriptiva, Bases y Condiciones Generales y Particulares para la Licitación referida y demás
Documentos de la Licitación, que ha estudiado y aceptado al presentar su oferta.----------------
-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: La Provincia de …………………, a través de su Dirección Provincial de
Vialidad u organismo competente de su dependencia, tendrá a su cargo la Inspección de las
obras contratadas, por sí, - y con apoyo de servicios de consultoría, en el supuesto que
corresponda – y colaborará con la UEP – UCPyPFE en la supervisión de los trabajos, de
conformidad con lo establecido por el Convenio de Adhesión, Transferencia y Mantenimiento
suscripto por dicha repartición.---------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Las obras objeto de este Contrato, aplicando los precios unitarios
consignados en el Formulario de Presupuesto de la Oferta que como Anexo I forma parte del
presente, importan la suma de PESOS .........($ ........).-----------------
ARTICULO 4º: Se deja expresa constancia que el equipo mínimo indispensable para la
ejecución de la obra no podrá ser desafectado de la misma, salvo manifiesta autorización del
Comitente.--------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Como garantía del estricto cumplimiento de sus obligaciones, el Contratista
ha entregado la Póliza de Seguro de Caución Nº ........, emitida por ......., por la suma de
PESOS ........, importe que cubre el ..... (...%) del monto de este Contrato. Se deja constancia
que esta garantía deberá ampliarse en el caso de que procediera a la redeterminación del
monto del contrato, de conformidad con las previsiones del Pliego.--------------------------------
-------------------------------------
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 399
ARTICULO 6°: El plazo de ejecución de la presente obra será de ..... (...) meses.--
ARTICULO 7°: La falta de cumplimiento parcial o total de las obligaciones que le
corresponden al Contratista de acuerdo al Contrato, solo podrá ser eximida de responsabilidad
si fuera atribuible a fuerza mayor, con el alcance definido en la Documentación Licitatoria.---
-----------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 8º: Las partes convienen que los precios básicos de la oferta que forman parte
de este contrato podrán ser redeterminados, si fuera procedente, conforme la metodología
prevista a tal efecto en el Pliego.---------------------------------
ARTICULO 9º: En prueba de conformidad con lo establecido en los Artículos del presente
Contrato, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los días
del mes de ........de ……….., en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.---------------------------
--------------------------------------------------------------
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 400
Garantía de Cumplimiento
Opción 1: (Garantía a la Vista)
______________________________ [Nombre del banco y dirección de la sucursal u oficina emisora]
Beneficiario: ___________________ [Nombre y dirección del Contratante]
Fecha: ________________
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO No.: _________________
Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo
sucesivo ―el Contratista‖) ha celebrado con ustedes el contrato No. _____________ [número de
referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de _____________________
[nombre del contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo sucesivo ―el Contrato‖).
Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, se requiere una
Garantía de Cumplimiento.
A solicitud del Contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la
presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas
cuyo total no exceda en total la cantidad de ___________ [monto en cifras] ( )
[monto en palabras]1, pagadera(s) en las monedas y proporciones en que sea pagadero el Precio
del Contrato, una vez que recibamos de ustedes la primera reclamación por escrito
acompañada de una declaración escrita en la que se especifique que el Contratista no ha
cumplido una o más de las obligaciones que ha contraído en virtud del Contrato, sin
necesidad de que ustedes tengan que probar o aducir las causas o razones de su reclamación o
de la suma allí especificada.
La presente garantía expirará a más tardar el día …. de …… de 2… 2, , y cualquier
reclamación de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes
de esa fecha.
1 El garante indicará un monto que represente el porcentaje del precio contractual estipulado en el Contrato,
denominado en la(s) Moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el
Contratante.
2 Indique la fecha correspondiente a 28 días después de la fecha de terminación prevista. El Contratante
deberá tener en cuenta que en caso de prórroga del plazo de terminación del contrato, tendrá que solicitar
al garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha
de vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar
agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: “El garante acuerda conceder
una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de
dicha prórroga cursada por escrito por el Contratante, solicitud que deberá presentarse al garante antes
del vencimiento de la garantía”.
DOCUMENTO VALIDO
SOLO COMO C
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 401
Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista,
publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional, con exclusión del inciso (ii) del
subartículo 20(a).
_____________________
[firma(s)]
Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva (incluidas las notas de pie de página) sirve
de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 402
Opción 2: Garantía de Cumplimiento
Por medio de esta fianza, ____________________ como Obligado Principal (denominado en
lo sucesivo ―el Contratista‖) y _________________________] como Fiador (denominado en
lo sucesivo ―el Fiador‖) se obligan firme, conjunta y solidariamente a sí mismos, así como a
sus herederos, ejecutores, administradores, sucesores y cesionarios, ante
_____________________] como obligante (denominado en lo sucesivo ―el Contratante‖) por
el monto de __________________, cuyo pago deberá hacerse correcta y efectivamente en los
tipos y proporciones de monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato.
POR CUANTO el Contratista ha celebrado un Contrato escrito con el Contratante el día
de de 20 , por ___________________, de
conformidad con los documentos, planos, especificaciones y enmiendas respectivas, los
cuales, en la medida aquí contemplada, forman parte de la presente fianza a modo de
referencia y se denominan en lo sucesivo el Contrato.
POR CONSIGUIENTE, la condición de esta obligación es tal que, si el contratista cumple
oportuna y debidamente el Contrato mencionado (incluidas cualesquiera enmiendas al
mismo), esta obligación carecerá de validez y efecto; de lo contrario, se mantendrá con plena
validez y vigencia. Si el Contratista incumple alguna disposición del Contrato, y el
Contratante así lo declara y cumple sus propias obligaciones en virtud del Contrato, el Fiador
podrá remediar el incumplimiento sin demora o alternativamente proceder sin demora a:
(1) finalizar el Contrato de conformidad con los términos y condiciones establecidos;
u
(2) obtener una o más Ofertas de oferentes calificados, para presentarlas al
Contratante con vistas a la terminación del Contrato de conformidad con los
términos y condiciones del mismo, y una vez que el Contratante y el Fiador
decidan respecto del Oferente con la oferta evaluada como la más baja que se
ajuste a las condiciones, hacer un Contrato entre dicho Oferente y el Contratante
y facilitar, conforme avance el trabajo (aún cuando exista una situación de
incumplimiento o una serie de incumplimientos en virtud del Contrato o Contratos
de terminación concertados con arreglo a este párrafo), fondos suficientes para
sufragar el costo de terminación menos el saldo del Precio del Contrato; pero sin
exceder, incluidos otros gastos e indemnizaciones que puedan ser responsabilidad
del Fiador en virtud de esta Fianza, el monto que se señala en el primer párrafo de
la presente Fianza. El término ―Saldo del Precio del Contrato,‖ conforme se usa en
este párrafo, significará el importe total que deberá pagar el Contratante al
Contratista en virtud del Contrato, menos el monto que haya pagado debidamente
el Contratante al Contratista; o
(3) pagar al Contratante el monto exigido por éste para finalizar el Contrato de
conformidad con los términos y condiciones establecidos en el mismo, por un total
máximo que no supere el de esta Fianza.
El Fiador no será responsable por un monto mayor que el de la penalización especificada en
esta Fianza.
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 403
Cualquier demanda al amparo de esta Fianza deberá entablarse antes de transcurrido un año
desde la fecha de emisión del Certificado de Recepción de Obra.
Esta Fianza no crea ningún derecho de acción o de uso para otras personas o firmas que no
sean el Contratante definido en el presente documento o sus herederos, ejecutores,
administradores, sucesores y cesionarios.
En testimonio de lo cual, el Contratista ha firmado y sellado la presente Fianza y el Fiador ha
estampado en ella su sello debidamente certificado con la firma de su representante legal, en
el día de la fecha, de de 20
.
FIRMADO EL en nombre de
Por en carácter de
En presencia de_______________________________________________________
FIRMADO EL en nombre de
Por en carácter de
En presencia de
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 404
Fianza por Pago Anticipado
Garantía a la Vista
______________________________ [Nombre del Banco y Dirección de la Sucursal u Oficina Emisora]
Beneficiario: ___________________ [Nombre y Dirección del Contratante]
Fecha: ________________
FIANZA POR PAGO ANTICIPADO No.: _________________
Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo
sucesivo ―el Contratista‖) ha celebrado con ustedes el Contrato No. _____________ [número
de referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de
_____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo
sucesivo ―el Contrato‖).
Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, es preciso hacer
un pago anticipado por un monto de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en
palabras] contra una fianza por pago anticipado.
A solicitud del Contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la
presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas
cuyo total no exceda de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en palabras]1 una
vez que recibamos de ustedes el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración
escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido su obligación en virtud del
Contrato por haber usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados
para los costos de movilización en relación con las Obras.
Para realizar cualquier reclamo o pago en virtud de esta garantía, se requiere como condición
que el pago anticipado que se menciona anteriormente deba haber sido depositado en la
cuenta bancaria del Contratista No. ___________ en _________________ [nombre y dirección
del banco].
El monto máximo de esta garantía se reducirá gradualmente en la misma cantidad de los
pagos anticipados que realice el contratista conforme se indica en las copias de los estados o
certificados de pago provisionales que se nos deberán presentar. Esta garantía expirará, a más
tardar, en el momento en que recibamos una copia del certificado provisional de pago en el
que se indique que se ha certificado para pago el ochenta por ciento (80%) del Precio del
1 El garante indicará una suma que represente el monto del pago anticipado que se estipula en el contrato,
denominado en la(s) moneda(s) del contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el
Contratante.
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 405
Contrato, o bien el día ___ de _______, 2___2, cualquiera que ocurra primero. En
consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra
oficina en o antes de la fecha señalada.
Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista,
publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional.
____________________
[firma(s)]
Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva (incluidas las notas de pie de página) sirve
de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.
2 Indique la fecha de culminación prevista del plazo de terminación. El Contratante deberá tener en cuenta
que en caso de prórroga del plazo de terminación del contrato, el Contratante tendrá que solicitar al
garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha de
vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar
agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: “El garante acuerda conceder
una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de
dicha prórroga cursada por escrito por el Contratante, que deberá presentarse al garante antes del
vencimiento de la garantía”.
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 406
Garantía Mediante Retención de Pagos
Garantía a la Vista
______________________________ [Nombre del Banco y Dirección de la Sucursal u Oficina Emisora]
Beneficiario: ___________________ [Nombre y Dirección del Contratante]
Fecha: ________________
GARANTÍA MEDIANTE RETENCIÓN DE PAGOS No.: _________________
Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo
sucesivo ―el Contratista‖) ha celebrado con ustedes el Contrato No. _____________ [número
de referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de
_____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo
sucesivo ―el Contrato‖).
Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del contrato, cuando se haya
emitido el Certificado de Recepción de Obra y se haya certificado para pago la primera mitad
del Monto Retenido, deberá hacerse el pago de [indique la otra mitad del Monto Retenido o si
el monto garantizado al momento de emitirse el Certificado de Recepción es menos de la
mitad del Monto Retenido, la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto
garantizado bajo la Garantía de Cumplimiento] contra una Garantía Mediante le Retención de
Pagos.
A solicitud del contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la
presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas
cuyo total no exceda de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en palabras]1 una
vez que recibamos de ustedes el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración
escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido su obligación en virtud del
Contrato por haber usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados
para los costos de movilización en relación con las Obras.
Para que se pueda realizar cualquier reclamo o pago en virtud de esta garantía, es condición
que el Contratista haya recibido en su cuenta bancaria No. ___________ en
_________________ [nombre y dirección del banco] la segunda mitad del Monto Retenido que se
menciona anteriormente.
1 El garante indicará una suma que represente el monto de la segunda mitad del monto retenido o, si el
monto en garantía en virtud de la garantía de cumplimiento al momento de emitirse el certificado de
recepción es menos de la mitad del monto retenido, la diferencia entre la mitad del monto retenido y el
monto en garantía en virtud de la garantía de cumplimiento. Dicho monto se designará en la(s) moneda(s)
de la otra mitad del monto retenido según se especifica en el contrato, o en una moneda de libre
convertibilidad aceptable para el Contratante.
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 407
Esta garantía expirará, a más tardar, 21 días después de que el Contratante reciba una copia
del Certificado de Cumplimiento emitido por el Ingeniero. En consecuencia, cualquier
reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de la
fecha señalada.
Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI relativas a las Garantías a la Vista,
publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional.
____________________
[firma(s)]
Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva sirve de guía para preparar este
formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 408
Adjuntos: Formularios de Llamado a
Licitación Anexo – Ajuste de Precios para Licitaciones Públicas
Internacionales
El monto del precio ajustado es el que resulte de la aplicación de la metodología que se
desarrolla a continuación:
Los precios están sujetos a ajuste mensual.
La fórmula de la Cláusula 13.8 de las C.G.C. se reemplaza por:
Pc = 0,10 + 0,9 * FRi
Los precios de las certificaciones de pago se redeterminarán utilizando las siguientes
expresiones matemáticas:
FMI =
Factor de variación de precios del componente Materiales.
Mediante la expresión matemática que se desarrolla en el apartado
I., pondera las variaciones de los precios de los principales
materiales de cada obra.
FEMi = Factor de variación de precios del componente Equipos y
Máquinas. Mediante la expresión matemática que se desarrolla en
el apartado II pondera la variación de los precios correspondientes
a utilización de equipo de construcción (amortización, repuestos y
reparaciones)
MOi/MO0= Factor de variación de precios del componente Mano de Obra. Es la
relación entre el indicador de precio correspondiente al Mes de la
Redeterminación (MOi) y el indicador de precio básico (MO0);
MO0 = INDEC ICC CUADRO 1.4
Ti/T0 Factor de variación de precios del componente Transporte
Carretero. Es la relación entre el indicador del precio
correspondiente al mes de la Redeterminación (Ti) y el indicador
de precio básico (To),
To = TABLAS TRANSPORTE CARRETERO DE VIALIDAD NACIONAL.
CLi/CL0 Factor de variación de precios del componente Combustible y
Lubricantes. Es la relación entre el indicador de precio
correspondiente al Mes de la Redeterminación (CLi) y el indicador
de precio básico (CL0);
CL0 = GAS OIL S/INDEC IPIB 33360.1 (ANEXO) LUBRICANTES
S/PORCENTAJE DE ANALISIS DE PRECIOS BASICOS
CLTMOEMM aaaaa ,,,, Coeficientes de ponderación. Representan la incidencia del costo
de los componentes en el costo directo total de la obra. Costo
directo es el precio total menos los impuestos, la utilidad, el costo
financiero, los gastos indirectos y los gastos generales.
Debe verificarse que: 1 CLTMOEMM aaaaa
CLTMOEMM aaaaa ,,,, Para la redeterminación del precio de las Obras serán α MM = 0,3094,
α EM = 0,1387 , α MO = 0,1171 , α CL = 0,2206 , α T = 0,2141
0
0
000
1CF
CFCFk
CL
CLa
T
Ta
MO
MOaFaFaF ii
CLi
Ti
MOEMiEMMiMRi
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 409
0
0
CF
CFCFi =
Factor de variación del componente Costo Financiero.
CF0 = 0.0294
CFi= 112/1 30
n
ii
CF0= 112/1 30
0 n
i
ii = Indicador correspondiente al Costo Financiero. Es la Tasa Nominal
Anual Activa a 30 días del Banco de la Nación Argentina, expresada
en coeficiente, considerando el valor del día 15 del mes inmediato
anterior al de la ejecución de los trabajos, o en su defecto el día hábil
posterior.
i0 = Indicador correspondiente al Costo Financiero. Es la Tasa Nominal
Anual Activa a 30 días del Banco de la Nación Argentina, expresada
en coeficiente, considerando el valor del día 15 del Mes Base del
Contrato, o en su defecto el día hábil posterior.
i0 = 18.85%
n = Los días que fija cada Contrato como plazo de pago de cada
certificado.
n=56
k Coeficiente ―k‖ de Ponderación del Costo Financiero.
k = 0.0288
Mes de Redeterminación i: la redeterminación se calculará y certificará mensualmente
adoptando como valores de cada mes de redeterminación los correspondientes al mes
de ejecución de los trabajos.
Los componentes de la expresión matemática serán calculados con cuatro decimales
con redondeo simétrico. El valor de FRi resultante será aplicado con cuatro decimales.
Los precios e indicadores de precios a utilizar serán los publicados por INDEC.
I - Variación de precios del componente Materiales.
El factor que mide la variación de los precios del componente Materiales (FMi), se
determinará aplicando la siguiente expresión que pondera la variación de los n
subcomponentes y/o elementos más representativos de cada obra:
Donde:
M1i, M2i, M3i , …, Mni = precios o indicadores de precios del Mes de
Redeterminación ―i‖ de los n materiales más representativos de la obra : Material 1
(M1): Agregado Pétreo 9-20, Material 2 (M2): Agregado Pétreo 0-9, Material 3
(M3):Arena 0 -6 ,Material 4 (M4): Cemento Pórtland , Material 5 (M5) : Cal Aérea
00
3
0
2
0
1 .......3
3
2
2
1
1
Mn
Mnb
M
Mb
M
Mb
M
MbF i
Mni
Mi
Mi
MMi
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 410
Hidratada, Material 6 (M6) : Acero en Barras p/Armaduras, Material 7 (M7) : Fuel
oil, Material 8 (M8) : Cemento asfáltico Material 9 (M9) : E.R.1. Material 10 (M10) :
Madera p/Encofrado, Material 11 (M11) : Clavos y Alambres
M1o, M2o, M3o ,…, Mn0 = precios o indicadores de precios del Mes Base de los n
materiales más representativos de la obra (Material 1: M1, Material 2: M2, Material
3:M3, Material n:Mn).
Los materiales considerados serán al menos 3. La sumatoria del costo-costo de los
materiales o grupos de materiales Mi que se seleccionen, deberá ser mayor o igual al 75%
del costo-costo total de los materiales de la obra.
Los Coeficientes "b" serán los siguientes:
MnMMM bbbb ,,, 321 Coeficientes de ponderación de los Materiales. Representan la incidencia
de los n materiales más representativos en el costo-costo total del
componente Materiales. Cada bMi se calculará como la relación del monto
total del material Mi y la suma de los montos correspondientes a todos los
materiales considerados. Debe verificar que:
ni
i
Mib1
= 1.
MnMMM bbbb ,,, 321 Para la redeterminación del precio de la Obra serán
bM1=0,3687, bM2=0,2979, bM3=0,1708, bM4=0,0177, bM5=0,0932; bM6=0,0111;
bM7=0,0296
Materiales para la Obra
M1i/M10= Factor de variación de precios del Material 1:
Material: Cemento Pórtland -Fuente de información para los Indicadores
de Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) -
CIIU-3: 2694 - Código CPC: 37440-1 Cemento Portland.
M10 = _________
M2i/M20 = Factor de variación de precios del Material 2:
Material: Agregado grueso -Fuente de información para los Indicadores
de Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) -
CIIU-3: 1410 - Código CPC: 15320-1 Piedras.
M20 = _________
M3i/M30= Factor de variación de precios del Material 3:
Material: Agregado fino -Fuente de información para los Indicadores de
Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) - CIIU-3:
1410 - Código CPC: 15310-1 Arenas.
M30 = _________
M4i/M40= Factor de variación de precios del Material 4:
Material: Suelo seleccionado - Fuente de información para los
Indicadores de Precios :
M40 = 15400-21 INDEC-Cap. Materieales
M5i/M50= Factor de variación de precios del Material 5: MADERA P/ENCOFR.
M50 = VALORES MENSUALES DE TABLA I VIALIDAD
NACIONAL
M6i/M60= Factor de variación de precios del Material 6: ACERO P/ARMADURAS
M60 = 41242-11 INDEC-CAPÍT.MATERIALES
M7i/M70= Factor de variación de precios del Material 7:
Material: Hormigón -Fuente de información para los Indicadores de
Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) - CIIU-3:
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 411
2695 - Código CPC: 37510-1 Hormigón.
M60 = _________
M8i/M80= Factor de variación de precios del Material 8: Cemento Asfáltico
M80 = VALORES MENSUALES DE TABLA I VIALIDAD
NACIONAL
II - Variación de precios del componente Equipos y Máquinas.
El factor que mide la variación de los precios del componente Equipos y Máquinas
(FEMi), se determinará aplicando la siguiente expresión que pondera la variación de los
subcomponentes Amortización de Equipos (AE) y Reparaciones y Repuestos (RR) de la
obra:
Donde:
AEi/AE0= Factor que mide la variación de los precios del subcomponente
Amortización de Equipos. Es la relación entre el índice
correspondiente al Mes de la Redeterminación (AEi) y el índice al Mes
Base (AE0);
AE0= A) AMORTIZACION DE EQUIPOS IMPORTADO (S/OFERTA BASICA)
VARIACION DOLAR BANCO NACION TIPO COMPR., DIA 15 DE C/MES O
HABIL POSTERIOR.
EQUIPO NACIONAL: S/INDEC IPIB NACIONAL CUADRO 3.2. POS. 29 (se
aplicara a cada equipo ofertado o grupo de equipos importados y nacionales)
B) OBRAS VIALES: CRITERIO DE LA DIRECCION NACIONAL DE
VIALIDAD: (S/RESOL. CONJUNTA 681 Y 199/02) (70% EQUIPOS
IMPORTADOS + 30% EQUIPOS NACIONALES) EQUIPO IMPORTADO =
DOLAR BCO. NACION DIA 15 DE C/MES O DIA HABIL POSTER.
MOi/MO0= Factor que mide la variación de los precios del componente Mano de
Obra. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al
Mes de la Redeterminación (MOi) y el indicador de precio del Mes
Base (MO0);
MO0 = INDEC ICC CUADRO 1.4
RRAE cc , Coeficientes de ponderación de los subcomponentes Amortización de
Equipos ―cAE‖ y Reparaciones y Repuestos ―cRR‖. Representan la
incidencia de estos subcomponentes en el precio total del componente
Equipos y Máquinas en el total de la obra de recuperación y otras
intervenciones obligatorias y de las actividades de mantenimiento.
Cada ―ci― se calculará como la relación del monto total del
subcomponente y el monto total del componente Equipos y Máquinas.
Debe verificarse que: 1 RRAE cc .
RRAE cc , Para la redeterminación del precio de la Obra serán
CAE=0,6605 , CRR=0,3395
000
3,07,0MO
MO
AE
AEc
AE
AEcF ii
RR
i
AEEMi
DOCUMENTO VALIDO
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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 412
III –Fórmula de Redeterminación de precios.
Esta fórmula de ajuste de precios aplica únicamente a la parte del precio del Contrato a pagar
en pesos de la República Argentina.
0294.0
0294.00288.012206.02141.01171.01387.03094.0
000
iiiiEMiMiRi
CF
CL
CL
T
T
MO
MOFFF
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SOLO COMO C
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Adjuntos: Formularios de llamado a licitación 1
ANUNCIO ESPECÍFICO DE ADQUISICIONES
LLAMADO A LICITACIÓN
ARGENTINA
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA DEL NORTE GRANDE, CONTRATO
DE PRÉSTAMO BID1851/OC-AR.
OBRA: __________________________________________________________________
BID1851/OC-AR.
Número del contrato o la licitación
Este llamado a licitación se emite como resultado del anuncio general de adquisiciones para
este proyecto publicado en la edición No. [Indique el número] de Development Business del día
[indique la fecha]2.
El [indique el nombre del prestatario] [ha recibido/ha solicitado/tiene previsto solicitar] un
[préstamo/crédito] [del Banco Interamericano de Desarrollo (BID] para financiar el costo del
[indique el nombre del proyecto], y se propone utilizar parte de los fondos de este
[Préstamo/Crédito] para efectuar los pagos estipulados en el Contrato de [indique el nombre y
el número del contrato]3. El [indique el nombre del organismo ejecutor] invita a los oferentes
elegibles a presentar ofertas selladas para [indique una descripción de las obras que se
contratarán]4. El período de entrega/construcción es [indique el número de días/meses/años o
las fechas]5.
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de licitación pública internacional
establecidos en la publicación del Banco Interamericano de Desarrollo titulada Políticas para
Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo y está
abierta a oferentes provenientes de todos los países que se especifican en dichas políticas6.
Los oferentes elegibles que estén interesados podrán solicitar información adicional y examinar
los documentos de licitación en [indique el nombre del organismo] en la dirección que se indica
infra [indique la dirección al final del documento] de a horas [indique el horario
2 Día, mes, año. Por ejemplo, 31 de enero de 2004.
3 [Indique lo siguiente si corresponde]. Este contrato estará cofinanciado por [Indique el nombre del organismo de
cofinanciamiento]. La licitación se regirá por las reglas y los procedimientos de elegibilidad del Banco Interamericano de
Desarrollo.
4 Se deberá presentar una breve descripción del tipo o los tipos de bienes u obras, con indicación de las cantidades, la
ubicación del proyecto y otra información necesaria que permita a los posibles oferentes decidir si participarán o no en la
licitación. Si en los documentos de licitación se exige a los oferentes que cuenten con cierta experiencia o aptitudes
específicas, dichos requisitos también deberán incluirse en este párrafo.
5 Agregar esta oración si corresponde.
6 Ocasionalmente, los contratos podrán financiarse con fondos especiales, lo cual podría restringir aún más los criterios de
elegibilidad a un grupo particular de países miembros. En ese caso, ello deberá indicarse en este párrafo.
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Adjuntos: Formularios de llamado a licitación 2
de oficina]7. Los oferentes interesados podrán comprar un juego completo de documentos de
licitación en [indique el idioma], solicitándolo por escrito a la dirección que se indica infra y
contra el pago de una suma no reembolsable8 de [indique el monto en moneda local] o en
[indique el monto en la moneda convertible que se haya especificado]. El método de pago será
[indique el método de pago]9. El documento deberá enviarse por [indique la forma de envío]
10.
Las ofertas deberán enviarse a la dirección que se indica infra a más tardar el día [indique la
fecha y la hora]. Todas las ofertas deberán ir acompañadas de una Garantía de la Oferta por un
monto de [indique el monto en moneda local o el porcentaje mínimo del precio de la oferta] o
un monto equivalente en una moneda de libre convertibilidad11
. Las ofertas que lleguen tarde
serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes y de
todas aquellas personas que quieran asistir, en la dirección que se señala infra12
, el día [indique
la fecha y hora].
[Indique el nombre de la oficina]
[Indique el nombre del funcionario]
[Indique el apartado postal o la dirección postal]
Teléfono: [Indique el código de país y de ciudad]
Fax: [Indique el código de país y de ciudad]
Correo electrónico: [Indique la dirección de correo electrónico].
7 Por ejemplo, de 9.00 a 12.00 horas.
8 La suma deberá ser una cantidad nominal que cubra los costos de impresión y de envío.
9 Por ejemplo, cheque de caja, depósito directo en una cuenta bancaria específica, etc.
10 La forma de envío suele ser por correo aéreo para envíos al exterior y por correo terrestre o servicio de
encomienda especial (courier) para envíos locales. Cuando la urgencia o la seguridad así lo exijan, podrán requerirse servicios de courier para envíos al exterior.
11 El monto de la Garantía de la Oferta deberá indicarse como monto fijo o como porcentaje mínimo del precio
de la oferta. De no requerirse garantía de la oferta (que suele ser el caso en contratos de suministro), ello deberá indicarse en el párrafo.
12 La oficina donde se abrirán las ofertas no tiene por qué ser necesariamente la misma que la aquella donde
se examinen o emitan los Documentos de Licitación o donde se presenten las ofertas. De tratarse de oficinas diferentes, deberán aparecer todas las direcciones, enumeradas, al final del anuncio, por ejemplo, (1), (2), (3). En ese caso, el texto del párrafo se referirá a la dirección (1), (2), etc. Para la presentación de ofertas sólo se podrá indicar una oficina y su dirección, la cual deberá estar ubicada cerca del lugar donde se realizará la apertura de las mismas.
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