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Obligatoriedad Facturas Electrónicas Ley N°20.727

Saldaña y Cía. Ltda.

www.saldanacontadores.cl

Acuse Recibo Facturas Electrónicas Ley N°19.983

www.saldanacontadores.cl

Ley 20.727 sobre Factura Electrónica

• Establece el uso obligatorio de:

• Factura electrónica

• Liquidaciones de Facturas

• Nota de Débito y Crédito

• Factura de Compra

• Guía Electrónica y Boletas (pueden o no ser electr.)

Como consecuencia de esta ley, al cabo de 36 meses, todas las empresas facturarán en forma electrónica, lo que significará la incorporación a este medio digital de aproximadamente 500 mil contribuyentes.

Calendario según tamaño de empresas

Las grandes empresas serán las primeras en incorporarse al sistema, y corresponden a aquellas con ingresos anuales por ventas y servicios en el último año calendario superiores a las 100.000 UF (2.340 millones de pesos aproximadamente). Este grupo está compuesto por alrededor de 7.500 contribuyentes a los que el SII enviará un correo electrónico durante el mes de febrero, informándoles que es obligatorio el uso de factura electrónica a partir del 1 de noviembre de 2014.

Beneficios y Ventajas

• Disminución riesgo de fraude

• Mayor agilidad en procesos de facturación y pagos

• Ahorro en costos operacionales

• Reducción de errores en facturación

• Beneficio medioambiental

• Mejora imagen corporativa de las E°

• Pago electrónico de IVA los días 20

y no el día 12 del mes

Consecuencias Ley 20.727

• El SII tendrá acceso a revisar las facturas de compra para aplicar la nueva normativa del Artículo 20, letra a) y c) de la LIR, sobre gastos rechazados que tributan con Impuesto único tasa 35% o con el G. Complementario + 10%.

Acuse Recibo Facturas Electrónicas Ley N°19.983

Crédito Fiscal IVA asociado a la F. Electrónica

• Quedará determinado en el periodo en el que el comprador o beneficiario otorgue el “acuse recibo” de dicha factura desde el 31 DE JULIO 2014.

Objetivo: • Generar incentivo para evitar postergación

injustificada del “acuse recibo”. • Optimizar el acceso a financiamiento al mejorar el

merito ejecutivo de la factura. • Acceder a financiamiento en mejores condiciones,

por ejemplo, a través de factoring. Medida que apunta a solucionar el problema financiero que se produce al ser el pago del IVA independiente al pago de la factura.

Receptor No Electrónico Emisor Electrónico

Deberá otorgar representación impresa de la Factura Electrónica o Guía de Despacho Electrónica o la tercera copia de la guía de despacho no electrónica para que el recibo sea otorgado por el comprador o beneficiario del servicio en forma manuscrita.

Sin traslado de bienes y s/autorización

Eª emisora Factura

electrónica Eª receptora

DTE

1

3

5

4

2

Correo Certificado Con Acuse Recibo

Copia cedible

Corcheterar comprobante en factura

Emisor Electrónico Receptor No Electrónico

Eª emisora Factura

Electrónica

Eª receptora

DTE

Envío PDF O JPG

Sin Traslado de Bienes (c/autorización)

1

2

3 4

5

SI YA POSEE LA AUTORIZACIÓN: De acuerdo a resolución exenta Sii N° 11 de 14 Febrero 2003 No es necesario la representación impresa de la Factura Electrónica. El recibo que indica la ley 19,983 podrá ser otorgado en sitio web o vía e-mail.

Copia cedible

Acuse recibo

Escanear

Enviar

por

E-mail

E-mail corchetear al dorso de factura

¿Cómo doy esa Autorización?

• El receptor de los DTE, voluntariamente, envía una autorización al emisor a través de correo electrónico, siempre y cuando el documento no respalde traslado de bienes.

• Esta autorización se puede anular en cualquier momento, y su efecto se verá a mas tardar desde el mes subsiguiente desde el aviso.

• Puede obtener un formato de Autorización en nuestra página web www.saldanacontadores.cl.

Emisor Electrónico Receptor NO Electrónico

ACUSE RECIBO DEBE SER EN LA COPIA CEDIBLE EN SU

REPRESENTACION EN PAPEL

Eª emisora Factura

Electrónica

Eª receptor DTE

Con traspaso de bienes

1

2

3 4

4

5

Guía papel o fact.

FACTURA O GUIA 2º copia

+ COPIA

CEDIBLE

Emisor Electrónico Receptor Electrónico

ACUSE RECIBO ELECTRÓNICO

Eª emisora Factura

Eª receptora

DTE

Con traspaso de bienes

1

2

3 4

4

5

Emisor Electrónico Receptor Electrónico

ACUSE RECIBO ELECTRÓNICO

Eª emisora Factura Eª

receptora DTE

Sin traspaso de bienes

1

2

3 4

5

1° Paso: Ingrese a la Oficina Virtual del SII en Internet, sección Facturación Electrónica MIPYME SII.

2° Paso: Ingrese a la opción "Adm. de Dctos. Tributarios Electrónicos” sección “Dctos. Tributarios Recibidos”

3° Paso: Revise el listado de los dctos. recibidos

4° Paso: Ingrese un criterio de selección de los dctos. recibidos que se incorporarán al informe

5° Paso: Seleccione el dcto. electrónico recibido del cual desee enviar el acuse de recibo

6° Paso: Indique el edo. del documento “Aceptado Ley 19.983”, indique el recinto donde se realiza el acuse de recibo y grabe el cambio realizado

7° Paso: Genere y envíe el acuse de recibo

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Acuse Recibo Facturas Electrónicas Ley N°19.983

Muchas Gracias!

MUCHAS GRACIAS

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