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NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA
AGOSTO 2015
C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: seguridadprivada50@csi-f.es Página 2
ÍNDICE DE CONTENIDOS:
• Seguridad Privada en general.
• Empresas.
• Sucesos.
• Opiniones.
• Elecciones.
__________________________
SEGURIDAD PRIVADA
EN GENERAL
EL GOBIERNO NO QUIERE
QUE CUALQUIERA VIGILE
LAS INFRAESTRUCTURAS
CRÍTICAS
Tras el incremento de la amenaza
antiterrorista, el Ministerio del
Interior se plantea implantar
filtros que impidan a vigilantes
poco formados, mal pagados o
que no cumplan determinados
requisitos estar al frente de unas
instalaciones cuyo buen
funcionamiento preserva la
estabilidad del país.
La forma de introducir estos filtros
se llevaría a cabo en el reglamento
de la Ley de Seguridad Privada,
normativa aprobada en marzo de
2014 y aún pendiente de
desarrollar. El texto podría incluir
una serie de criterios objetivos
que algunas empresas no
cumplirían, pero que ayudarían a
mantener una alta calidad del
servicio a modo de examen que
deja fuera a los aspirantes no
preparados.
Las direcciones generales de la
Policía y la Guardia Civil ven con
buenos ojos la iniciativa -
promovida por dos asociaciones
empresariales-, ya que son
conscientes de que entre las más
de 1.500 compañías que operan
en el sector en España hay de
todo. Saben que existen firmas
solventes, muchas, pero también
que se trata de un sector en el que
abunda el intrusismo y donde los
bajos precios con los que muchas
sociedades ganan las
licitaciones son la razón de que
haya profesionales poco
cualificados y que doblan turnos
protegiendo las infraestructuras
más sensibles del Estado. No en
vano gran parte de los más
de 75.000 vigilantes que hay en
activo en el país no puede
presumir precisamente de tener
buenas condiciones laborales.
Vigilante de seguridad privada en
el Metro de Madrid. (EFE)
La implantación de estos filtros
antiempresas pirata, entienden,
dejaría fuera a sociedades poco
solventes, con empleados
descontentos, con procedimientos
judiciales abiertos o con
problemas con la Seguridad Social,
lo que podría generar un conflicto
entre la administración y parte del
sector. Sin embargo, desde la
Policía y la Guardia Civil
consideran que se trata de una
medida necesaria, puesto que las
infraestructuras críticas
son objetivo de la amenaza
yihadista, cada vez más severa
para Europa en general y España
en particular, y de ser atacadas se
generaría un serio problema para
el conjunto de los ciudadanos.
Buena muestra de esta mayor
intimidación yihadista es
el incremento progresivo de la
alerta antiterrorista llevado a cabo
por los gobiernos del continente
durante los últimos años.
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Actualmente, España mantiene
un nivel 4, lo que supone
el segundo grado de alarma más
extremo, un riesgo alto de que el
país sea objeto de un atentado
por parte de los radicales
islamistas.
Este nivel supone esencialmente
que los servicios de inteligencia y
las fuerzas de seguridad del
Estado deben reforzar la
protección de las denominadas
infraestructuras críticas. Entre
estos centros que garantizan el
normal funcionamiento de España
se encuentran las centrales
eléctricas, hidrológicas, petroleras
y nucleares -que suministran la
energía a los hogares y las
empresas- o los principales
núcleos de transporte aéreo,
terrestre y marítimo (aeropuertos,
estaciones centrales de ferrocarril,
etc.).
Agentes de la Guardia Civil
trasladan los efectos personales
de once detenidos en una
operación de los Mossos
d'Esquadra contra una supuesta
célula yihadista. (EFE)
Aunque España no es el principal
foco de atención de los yihadistas
en Europa, el Gobierno elevó por
prudencia el nivel de alerta con el
fin de activar todas las medidas de
protección necesarias para cubrir
la posibilidad de que el país
ascendiera en la lista de objetivos
de los terroristas. No en vano,
España ya sufrió el 11M y los
yihadistas de Al Qaeda o del ISIS
siguen manteniendo sus
reivindicaciones sobre Al
Andalus a pesar de que no
cuentan con personal que domine
el idioma en su aparato de
propaganda, lo que limita la
posibilidad de actuar en nuestro
territorio.
El reglamento de la Ley de
Seguridad Privada ya cuenta
con un borrador aprobado por las
direcciones generales de la Policía
y de la Guardia Civil que incluye
399 artículos e integra el anterior
texto del mismo rango así
como todas las órdenes
ministeriales que existen sobre el
asunto. Las fuentes consultadas,
sin embargo, no concretan si este
borrador, que ahora será revisado
por los servicios jurídicos del
Ministerio del Interior, incluye ya
la propuesta de las asociaciones
empresariales. Tras el examen de
los expertos legales, el texto
pasará al trámite de audiencia -
donde estas agrupaciones, los
sindicatos y cualquier afectado
podrá incluir alegaciones-, antes
de llegar al Congreso y al Senado.
Todos estos pasos que aún
quedan por andar en este camino
hacen pensar que la medida
difícilmente será aprobada en esta
legislatura.
El ministro del Interior junto a 140
nuevos policías en Cataluña. (EFE)
La iniciativa de reforzar las
exigencias a las empresas de
seguridad se encardina en el
nuevo espíritu de la Ley de
Seguridad Privada, que entiende
que las compañías privadas tienen
una función complementaria a la
labor que realizan la Policía y la
Guardia Civil. Ahora, por lo tanto,
los vigilantes -por concretar en su
figura la labor de las empresas- ya
no solo están subordinados a las
fuerzas de seguridad públicas,
como hasta el momento, sino que
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también les ayudan en su labor de
protección ciudadana.
Este carácter complementario que
subyace de la norma conlleva que
hay funciones de la seguridad
pública que pueden realizar
empresas privadas, siempre que
cumplan con las garantías
suficientes, y da margen al
Gobierno para ampliar
la privatización de servicios que
hasta el momento corrían a cargo
de las fuerzas públicas en
exclusiva. Este carácter
complementario, por otro lado,
reconoce legalmente algo que ya
se estaba realizando en la práctica
en escenarios como el Metro, un
espacio público en el que la
seguridad es responsabilidad de
una empresa privada.
La complementariedad, por otro
lado, ha estado en el origen de la
polémica que suscitó inicialmente
la norma, que fue recogida por la
opinión pública como una licencia
legal para privatizar la seguridad
pública y que, de hecho, obligó al
Gobierno a matizar algunos
puntos conflictivos.
http://www.elconfidencial.com/es
pana/2015-08-02/interior-
reforzara-por-ley-la-seguridad-en-
las-infraestructuras-criticas-por-el-
yihadismo_950284/
UN IMPUTADO EN ÁVILA
POR EJERCER DE VIGILANTE
DE SEGURIDAD SIN ESTAR
HABILITADO
El Código Penal lo recoge esta
acción como Delito de Intrusismo,
y la Ley de Seguridad Privada
impone fuertes sanciones de
30.000 a 600.000 euros a
empresas que contratan y
particulares que ejercen esa labor.
La Comandancia de la Guardia
Civil de Ávila ha imputado a una
persona por ejercer labores de
Vigilancia de Seguridad sin estar
habilitado.
A finales de mes de julio, se
detecta por parte de la Guardia
Civil la instalación de cartel alusivo
a la prestación de seguridad en un
recinto en construcción. Esta clase
de conductas, realizada
habitualmente por determinados
colectivos, colocan carteles en
zonas visibles, haciendo alusión al
tipo “OBRA CON VIGILANTE
PATRIARCA XXX CONTROL 24
HORAS”.
Teniendo conocimiento que esta
clase de actuaciones pueden
conllevar una serie de supuestos
Delitos de Coacciones, Amenazas,
Usurpación de Funciones Públicas
o Intrusismo, y desde luego
infringir la Ley 5/2014, de 04-04-
2014 de Seguridad Privada, se
procede por parte de la Unidad de
Policía Judicial de la Comandancia
a realizar una
investigación, comprobándose en
días sucesivos que la persona
detenida realizaba en dicho
establecimiento de forma muy
ocasional funciones de vigilancia
dentro y fuera de la obra.
Habitualmente las empresas
constructoras, para evitar
situaciones de otro tipo, y al tener
maquinaria y efectos de valor en
la obra, se ven presionadas a
contratar esta clase de servicios
como “Vigilante de Seguridad”, a
sabiendas de su ilegalidad.
Es importante recordar que para
realizar esta clase de actividades
se debe cumplir unos requisitos y
obtener previamente la
correspondiente habilitación del
Ministerio del Interior con unos
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condicionantes, entre los que se
encuentran, uniformidad,
identificación, cursos específicos
oficial, y examen de habilitación.
la supervisión y control de esta
clase de actividades vienen
recogidas en la Ley 5/2014, de 04-
04-2014 de Seguridad Privada,
cuya competencia de control se
realiza por parte del Cuerpo
Nacional de Policía en Vigilantes
de Seguridad, y por parte de la
Guardia Civil a la especialidad de
Guardas Rurales.
Desde la Guardia Civil se
recuerda a los empresarios que
estas actividades ilegales pueden
ser cometidas también por éstos,
marcando la referida Ley una serie
de conductas que pueden ser
sancionadas y que pueden oscilar
de 30.000 a 600.000 euros, como
el art. 57.1.b “La contratación o
utilización, en servicios de
seguridad privada de personas
que carezcan de la habilitación o
acreditación correspondiente”
entre otros, por lo que se
recomienda que cuando tengan
conocimiento de esta clase de
actividad e intrusismo, lo pongan
en conocimiento de las
autoridades citadas.
http://www.tribunaavila.com/noti
cias/un-imputado-en-avila-por-
ejercer-de-vigilante-de-seguiridad-
sin-estar-habilitado/1438935006
SANIDAD ADJUDICA POR 30
MILLONES DE EUROS LA
VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE
SUS EDIFICIOS
La Conselleria de Sanidad
Universal y Salud Pública adjudicó
ayer por 29.968.428 euros el
servicio de vigilancia y seguridad
en los centros dependientes de
este departamento autonómico,
así como el mantenimiento
integral de los sistemas de alarma
y protección de esos edificios.
Ese importe adjudicatario, que
incluye también el IVA, supone un
ahorro de 3.353.171 euros
respecto al precio de licitación de
este contrato, que fue adjudicado
en dieciocho lotes a un total de
cuatro empresas.
La tramitación de esta
adjudicación fue ordinaria y el
procedimiento abierto con
regulación no armonizada, según
la resolución que publicó ayer el
Diari Oficial de la Comunitat
Valenciana (DOCV) y que está
firmada por el director general de
Recursos Humanos y Económicos
de la Conselleria de Sanidad, Justo
Herrera Gómez el pasado 27 de
julio.
Las empresas adjudicatarias han
sido ISS Soluciones de Seguridad
SL (para seis de los dieciocho lotes
por un importe de 13.715.425
euros), Clece Seguridad SA (siete
lotes por 12.024.792 euros), Eulen
Seguridad SA (un lote por 932.150
euros) y EME Compañía de
Seguridad, Ingeniería y
Mantenimiento SL (cuatro lotes
por 3.296.061 euros).
La adjudicación del contrato se
realizó el pasado 4 de junio, se
formalizó el día 30 del mismo mes
y es efectiva desde el 1 de julio.
http://www.lasprovincias.es/politi
ca/201508/12/sanidad-adjudica-
millones-euros-20150812001324-
v.html
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EMPRESAS ENTREVISTA ÁNGEL
CÓRDOBA, PRESIDENTE DE
APROSER
ÁNGEL CÓRDOBA, PRESIDENTE DE
APROSER
“De no haber hecho nada tras la
sentencia de la Audiencia Nacional
se habría producido un absoluto
bloqueo en el próximo convenio”
30/07/2015
Tan sólo cinco meses después de
la entrada en vigor del actual
Convenio Colectivo de la
Seguridad Privada, patronal y
sindicatos han tenido que volver a
sentarse para negociar de nuevo.
El motivo ha sido la sentencia que
emitió el 30 de abril la Sala de lo
Social de la Audiencia Nacional, en
la que daba la razón a los
sindicatos en su denuncia sobre el
salario de los trabajadores durante
las vacaciones.
El fallo deroga el artículo del
convenio relativo a ese periodo
(45.2) y obliga a las empresas a
“incluir en la retribución de las
vacaciones, además de los
conceptos incluidos en la Tabla de
Retribuciones del Anexo, los
demás complementos de puesto
de trabajo contenidos en el art.
66.2 del convenio”. Ángel
Córdoba, presidente de APROSER,
alaba la capacidad de la mesa
negociadora para alcanzar un
acuerdo que se extiende hasta
finales del año 2016 y sostiene
que, de otra manera, el perjuicio
para el sector hubiera sido
tremendo.
- El 17 de julio se ha firmado un
nuevo convenio colectivo para el
sector de la seguridad privada, sin
que haya vencido aún el anterior.
¿Cuáles son los antecedentes y
motivos para el adelanto?
En los últimos años, la negociación
colectiva en el sector de la
seguridad privada ha estado
mediatizada por factores externos
que poco o nada tienen que ver
con la voluntad de los legítimos
interlocutores. Tenemos ejemplos
como la reforma laboral,
absolutamente nefasta para
sectores intensivos en mano de
obra, dos decretos ley que han
incrementado nuestros costes en
un 4,4 por ciento en menos de 18
meses y, recientemente, la
sentencia del 30 de abril de este
mismo año por la que un tribunal
anula un artículo de nuestro
convenio e instruye sobre la forma
en que debe ser redactado, en una
clara extralimitación de sus
cometidos.
En ninguno de estos ejemplos, ni
la representación social ni la
empresarial han tenido capacidad
alguna de respuesta.
Han tenido unos que limitarse a
actuar de oficio cumpliendo con
su cometido y todos a sufrir las
consecuencias posteriores en las
mesas de negociación.
De no haber hecho nada con esta
última situación sobrevenida (me
refiero a la sentencia de la
Audiencia Nacional), se habría
producido un absoluto bloqueo en
la negociación del próximo
convenio colectivo, porque todo
parecía indicar que en las fechas
previstas para su inicio estaríamos
inmersos en un largo proceso
judicial donde, ganara quien
ganara al final, todos saldríamos
perdiendo.
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Esto en cuanto a lo que me
pregunta sobre antecedentes. Y
para entender qué origina esta
última desafortunada situación le
hago un rápido resumen coloquial
para que sea más breve y fácil de
entender: un comercial del sector
gasístico en Reino Unido, cuya
compensación mensual viene
dada por una parte fija y otra
variable, dependiendo de la
ventas a los clientes, efectúa una
reclamación ante el Employment
Tribunal inglés (equivalente a
nuestro Juzgado de lo Social) en la
que solicita que durante el mes
que disfrute de sus vacaciones se
le abone, además del salario fijo
mensual, la parte estimada
correspondiente a las comisiones
por ventas que hubiera podido
realizar de no haberse ido de
vacaciones.
El Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (a quien consulta el
órgano jurisdiccional inglés)
estima que de no serle abonada
de alguna forma las comisiones,
esa disminución en las
percepciones que experimentará
posteriormente al mes de
vacaciones en la siguiente nómina
mensual puede disuadirle de
ejercer su derecho a disfrutar de
esas vacaciones, por lo que se
estaría contraviniendo el espíritu
de la Directiva europea relativa a
la ordenación del tiempo de
trabajo.
Dicho esto, correspondía a cada
país determinar si en cada
situación concreta la aplicación de
este dictamen consigue, o no
necesariamente, el objetivo
perseguido por la Directiva, que
básicamente consiste en que el no
cobro de un determinado importe
habitual sea tan disuasorio como
para renunciar al derecho de
disfrute de las vacaciones
reglamentarias. Pues bien, el juez
español ha estimado que sí es
disuasorio.
- ¿Qué opina APROSER sobre la
decisión adoptada por la
Audiencia Nacional?
Pues que hay sectores en nuestro
país, entre los que no está la
seguridad privada, a los que le
podría ser perfectamente de
aplicación. Pero sin entrar en el
fondo del asunto, es una situación
que entra en el juego de las
ventajas y los inconvenientes de
nuestra permanencia en la Unión
Europea y sus procesos de
armonización legislativa
comunitaria. En cualquier caso,
esta aceptación de la sentencia
nos legitima moralmente para
exigir la aplicación de otras
iniciativas europeas,
especialmente en el campo de la
contratación pública responsable.
Pero no es menos cierto que, para
próximas situaciones análogas y
partiendo de esta reciente
experiencia, lo más conveniente
pudiera ser medir las actuaciones,
y prevenir y, en su caso, paliar las
consecuencias con mayor
anticipación.
- ¿Cómo impacta la sentencia en la
aplicación del convenio colectivo
vigente, que habían suscrito hace
escasos meses?
Desafortunadamente, el caso es
que impacta justo en un momento
en el que habíamos logrado pactar
un convenio colectivo para 2015
con un gran esfuerzo para ambas
partes. Ya habíamos acordado y
abordado un incremento salarial,
lo que permitía a las empresas,
por fin tras muchos años, asumir
un coste cierto en sus previsiones
presupuestarias, estrategias de
gastos e ingresos, políticas de
inversiones…
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Gracias a lo anterior, se podría
planificar debidamente el ejercicio
económico sin tener de nuevo
imprevistos que no pudieran
respaldar las ya muy castigadas
cuentas de resultados (hemos de
tener en cuenta que desde el
inicio real de la crisis en este
sector, en 2009, se ha registrado
una caída acumulada en la
facturación del -24,8 por ciento).
En resumen y parafraseando a
Nicolás Guillén, lo que estaba a
punto de suceder era que “casi al
final de un largo y agónico camino
por el desierto, muriéramos de
sed sólo a un metro de la fuente”.
- ¿Por qué valoran tan
positivamente el anterior
convenio colectivo firmado con la
representación social, el de 2015,
que ahora finalizan
anticipadamente?
Básicamente porque logramos
suscribir un acuerdo que variaba
en positivo y más racionalmente la
dinámica de los últimos procesos
de negociación. Y lo hicimos con
incuestionables ventajas para
todos.
Para la representación social y los
trabajadores, se retornaba a la
senda de los incrementos
salariales, aun con el esfuerzo que
supone para las empresas de este
sector, donde los gastos de
personal suponen más del 85 por
ciento de los gastos de
explotación (situación no
coincidente en la mayoría del
resto de sectores), y en un ciclo
económico que para la seguridad
privada seguía y sigue dando su
peor cara.
Para el sector en general se
reforzó la utilidad del
Observatorio Sectorial de la
Seguridad Privada, donde la
defensa de la necesidad de un
convenio sectorial regulador es
uno de sus objetivos principales, y
que junto con la denuncia de las
malas prácticas en la contratación
(fundamentalmente en el ámbito
de las relaciones con la
Administración, dada la escasa o
nula importancia que le da a la
calidad del servicio en un sentido
amplio) son dos de las principales
apuestas para la dignificación de
un sector tan necesario y
complementario para la seguridad
pública.
- ¿Qué escenario se vislumbraba
en el supuesto de no haber
logrado el reciente acuerdo? ¿Por
qué ha sido preferible una
solución negociada?
Pues, para empezar, nos
estaríamos sentando en las
reuniones del Observatorio
Sectorial con un convenio
colectivo impugnado por una de
las partes, recurrida la
impugnación por la otra, a punto
de ceder todo el protagonismo a
nuestras asesorías jurídicas, y a
punto de dedicar los próximos
años a hacer jurisprudencia y
deshacer sector.
Otro escenario obvio son los
importantes costes
administrativos y jurídicos, tanto
para la patronal como para los
sindicatos (derivados de las miles
de demandas individuales que se
prolongarían en su resolución
hasta bien entrado el 2018), un
importantísimo coste social y
añadido desgaste empresarial, un
desfavorable impacto de la
imagen sectorial frente a
autoridades judiciales y laborales,
congelación salarial durante un
largo periodo y una imposible
negociación colectiva futura hasta
resolución judicial (que además
sería prácticamente inabordable
económicamente en ese
momento en cualquier caso).
"Debemos preguntarnos si
nuestras empresas están en el
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sector de paso o para quedarse, y
si están para hacer sector o hacer
caja"
Y, por supuesto, dedicar buena
parte de nuestro tiempo a realizar
labores que nada tienen que ver
con prestar un buen servicio al
cliente y que estarían
continuamente distrayendo
nuestra atención y la suya; porque
no se podría evitar que en algún
momento se le llegara a trasladar
las consecuencias de esa situación
de conflictividad en el sector.
En cuanto a por qué es preferible
una solución negociada, “llovía
sobre mojado”: este sector ha
vivido un tema similar que
comenzó en 2005, ha generado
miles de demandas, toneladas de
papel en cientos de metros
cuadrados de archivo, miles de
horas de trabajo dedicadas, y
todavía hay procedimientos que
tardarán más de dos años en
solventarse, esto es, más de 15
años y ningún beneficio claro para
ninguna de las partes.
Es muy español el comentario “lo
mejor es no hacer nada, hay cosas
que se solucionan solas, y además
suele salir más barato y sin
esfuerzo alguno”. Pero a veces se
confunde lo mejor con lo más
fácil. Lo que sí suele ser cierto es
que lo barato acaba saliendo caro.
Es por ello que entendimos que el
planteamiento marcado en la
negociación cerrada el pasado
mes de octubre de 2014, que tan
buenos resultados nos estaba
proporcionando a todos, debería
valernos para la actual, partiendo
de la renuncia empresarial a
seguir litigando y evitando de esta
forma un nuevo proceso de
judicialización muy similar al
anteriormente referenciado.
- ¿Cuáles son las principales
ventajas que conlleva el nuevo
acuerdo suscrito?
Algunas ventajas se las detallé
anteriormente cuando me pidió
que le describiera un escenario de
desacuerdo, basta con eliminar
una a una todas las desventajas
que hubiera supuesto.
Adicionalmente, las
eminentemente intangibles (pero
fácilmente cuantificables de
querer hacerlo) que también le he
ido referenciando a lo largo de la
entrevista.
En términos más tangibles puedo
decirle que con el acuerdo
recientemente alcanzado se sigue
garantizando el cumplimiento del
convenio para 2015 en su
componente salarial, esto es, el
incremento ya experimentado en
las tablas salariales. Por otra
parte, son los interlocutores
legitimados por la negociación
colectiva los que redactan (y no un
juez) el artículo derogado por la
Audiencia Nacional referido a la
forma de remuneración de los
periodos vacacionales. En tercer
lugar, se abortan los procesos
judiciales masivos al asumir las
empresas el coste derivado de la
sentencia, coste que se incorpora
en 2016 junto con un incremento
adicional ya negociado para ese
mismo periodo. Y, tema para nada
baladí, concluye todo el proceso
con una importante antelación,
con las indudables ventajas de
todo tipo que ello conlleva, entre
ellas poder diseñar
adecuadamente los presupuestos
de gastos e inversiones y la
planificación táctica para el
próximo ejercicio.
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A la vez, disponemos ahora de un
periodo suficiente para abordar,
cara a la próxima negociación de
2017, otras materias que, siendo
muy importantes, nunca han
podido ser tratadas además como
urgentes, dado que la discusión de
los aspectos económicos siempre
ha consumido todo el tiempo
disponible.
Necesitamos ese tiempo para
reformular el redactado del texto
del convenio, que ha ido
quedando algo obsoleto y
deslavazado, para reflexionar
sobre alguna rúbrica de coste,
como la antigüedad, o sobre el
tratamiento de algunas
situaciones laborales, como la
incapacidad temporal, así como
otras materias más estructurales y
propias de un sector tan intensivo,
todavía, en mano de obra.
Y no menos importante, desde el
mismo momento de la muy
próxima entrada en vigor de este
nuevo convenio colectivo, la
reconsideración inmediata de
algunas de las situaciones de
precariedad laboral que ya está
afectando a miles de trabajadores
sin la cobertura de las condiciones
laborales que asegura un convenio
colectivo sectorial.
- ¿Y desde la perspectiva de
APROSER?
Cuando las empresas asociadas a
APROSER toman decisiones,
tienen que correlacionarlas con
una multiplicidad de temas
sectoriales pendientes de solución
y alinearlas dentro de una
estrategia global, por lo que su
pregunta sería materialmente
inabordable en todos sus matices
en esta entrevista.
Pero en cualquier caso, cuando
hablamos de tomar decisiones que
tienen que ver con realizar nuevas
apuestas por el sector, tenemos
presente que previamente
debemos responder a algunas
preguntas básicas, y que cada
respuesta depende de las otras. La
primera es si nuestras empresas
están en este sector de paso o
para quedarse. La segunda, si se
está para hacer sector y generar
resultados adecuados y estables o
simplemente para hacer caja. Y la
tercera, y ya ajustada a este tema
en concreto referido al nuevo
convenio colectivo, si la apuesta
que realizan hoy la medimos
principalmente en términos de
gasto o de inversión.
En esta ocasión nos ha
correspondido a APROSER asumir,
todavía en mayor medida, el
liderazgo patronal que determina
el reconocimiento, por parte de
todos los interlocutores presentes
en la mesa de negociación del 80
por ciento de representatividad. Y
hemos respondido claramente a
las tres preguntas de forma
práctica con la firma del acuerdo.
http://www.seguritecnia.es/seguri
dad-privada/asociaciones/de-no-
haber-hecho-nada-tras-la-
sentencia-de-la-audiencia-
nacional-se-habria-producido-un-
absoluto-bloqueo-en-el-proximo-
convenio
LICITAN POR 236.000 EUROS
ANUALES LA SEGURIDAD Y
VIGILANCIA DE VARIOS
CENTROS CULTURALES DE
OURENSE
Incluirá la cobertura del
Arqueolóxico y el Archivo
Histórico, el Etnolóxico de
Ribadavia y la Bibilioteca
Redacción | Ourense 12.08.2015 |
02:30
C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: seguridadprivada50@csi-f.es Página 11
El Museo Arqueológico, abierto en
el Día de los Museos. // Iñaki
Osorio
El Museo Arqueolóxico Provincial,
infravalorado por el Gobierno en
el proyecto de Presupuestos
Generales de 2016, tal y como se
ha quejado el alcalde de Ourense,
es uno de los recintos que sí
contempla la Xunta, junto a otros
edificios culturales de la provincia,
en el concurso que ha salido a
licitación para cubrir el servicio de
vigilancia y seguridad en lo que
resta de 2015 y durante el año
2016.
El contrato, con un importe de
licitación de 236.000 euros para el
próximo ejercicio y de unos 14.000
para cerrar este año tras la
adjudicación, incluirá la cobertura
del Museo Arqueolóxico Provincial
y el Arquivo Histórico Provincial,
ambos ubicados en el antiguo
Pazo Episcopal de Ourense, así
como del Museo Etnolóxico de
Ribadavia y la Biblioteca Pública
de Ourense.
El anuncio de la licitación, por el
procedimiento abierto y con
pluralidad de criterios, con la
contratación documentalmente
simplificada, fue publicado ayer en
el Diario Oficial de Galicia (DOG).
La tramitación del expediente
corre a cargo de la Consellería de
Cultura, Educación y Ordenación
Universitaria. Según el anuncio,
rubricado por el secretario xeral
técnico de la consellería, Jesús
Oitabén, el plazo máximo de
ejecución es por un periodo de 12
meses, con la posibilidad de
prórroga por otro año adicional.
El importe total del presupuesto
base de licitación es de 250.113,05
euros, incluyendo las partidas para
retribuir el servicio de vigilancia y
seguridad durante lo que reste de
2015 y 2016. Según la proporción
económica, el contrato no entrará
en vigor hasta diciembre de este
año. Las empresas interesadas
tienen 15 días naturales desde hoy
para presentar sus ofertas y
aspirar al contrato. El criterio de
adjudicación será el de la oferta
más ventajosa, teniendo en
cuenta los criterios del pliego de
cláusulas administrativas. La
apertura de sobres será
comunicada con tres días de
antelación.
http://www.farodevigo.es/portada-
ourense/2015/08/12/licitan-236000-
euros-anuales-
seguridad/1294555.html
EL CORTE INGLÉS,
SANCIONADO POR VIGILAR
EL EXTERIOR DE DOS
CENTROS DE LPGC SIN
PERMISO DE LOS
TRANSEÚNTES
Protección de Datos ha multado a
la empresa con 40.001 euros por
mantener colocadas en la ciudad
capitalina una serie de cámaras
orientadas al exterior
Uno de los centros de El Corte
Inglés situado en la zona de Mesa
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y López de Las Palmas de Gran
Canaria.
La Agencia Española de Protección
de Datos (AEPD) ha multado a El
Corte Inglés con 40.001 euros por
mantener colocadas en dos de sus
centros de Las Palmas de Gran
Canaria una serie de cámaras
orientadas al exterior, con las que
no solo graba lo que sucede en el
interior de sus instalaciones, sino
también lo que ocurre en sus
alrededores.
No es la primera vez que la
empresa es sancionada por una
irregularidad similar, ya que,
según señala una información
de InfoLibre, fue multada a pagar
en 2011 unos 60.100 euros por
unos hechos semejantes ocurridos
en su centro de Málaga.
El digital indica que los hechos
acaecidos en la capital grancanaria
se remontan a octubre de 2014,
cuando un particular denunció
que la entidad recogía imágenes
de vídeo del exterior, una práctica
que es ilegal. La investigación
iniciada por la AEPD concluyó que
esto ocurría con cinco de las 18
cámaras de los edificios, que no
solo captaban a transeúntes y
vehículos, sino también lo que
sucedía en los comercios
cercanos.
La resolución del procedimiento
sancionador, que se resolvió el
pasado 18 de marzo, desestima las
alegaciones de la empresa y
recuerda que “la instalación de
videocámaras en lugares públicos,
así como la seguridad pública, es
competencia exclusiva de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
Según InfoLibre, El Corte Inglés
argumenta que cumple "con el
deber de informar mediante la
instalación de los
correspondientes carteles en las
entradas a los establecimientos, lo
cual es una forma indirecta de
obtener el consentimiento de los
peatones ya que todos ven el
cartel y si no quisieran prestar su
consentimiento, podrían
manifestarlo en ese momento", y
asegura que ha limitado "a 7 días,
no 30 como permite la norma, el
plazo por el cual se conservan las
imágenes, lo cual demuestra que
no tiene ningún interés en tratar
las imágenes" o "utilizarlas para
ninguna finalidad oscura".
La entidad ha presentado un
recurso ante la Audiencia Nacional
para evitar la sanción, que es una
de las menores previstas por la
ley, teniendo en cuenta que las
multas por este tipo de
irregularidades pueden alcanzar
hasta los 300.000 euros.
http://www.eldiario.es/canariasah
ora/tribunales/Corte-Ingles-
sancionado-exterior-
LPGC_0_418558269.html
AENA DESCONOCE EL
NÚMERO DE VIGILANTES
QUE LAS SUBCONTRATAS DE
SEGURIDAD TIENEN EN LOS
AEROPUERTOS
Aeropuertos · E. P.
Andalucía Información / Agencias
El gestor aeroportuario Aena
reconoce desconocer el número
de vigilantes que
las empresas privadas tienen en
los aeropuertos para prestar el
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servicio de seguridad, así como las
variaciones en dichas plantillas.
Así lo reconoce el Gobierno en
respuesta a los diputados
socialistas Elvira Ramón, José
Martínez Olmos y Manuel Pezzi
que, por escrito, reclamaron
información sobre el servicio de
seguridad en el aeropuerto
Federico García Lorca Granada-
Jaén.
En su respuesta, que recoge
Europa Press, el Ejecutivo explica
que Aena tiene contratada a
una empresa "especializada y
homologada por el Ministerio del
Interior" para encargarse de la
seguridad del aeropuerto andaluz,
y que se limita a "realizar una
estimación de las horas de servicio
necesarias", que se calculan en
función de la demanda de tráfico
de pasajeros prevista.
"Aena es ajena a las relaciones
laborales de la empresa
contratada para la prestación del
servicio de seguridad y, por tanto,
también a la gestión y
organización de los medios
humanos de dicha empresa, que
es la que determina el número de
vigilantes con los que debe contar
para prestar el servicio solicitado y
la que, en función de su criterio,
los asigna en las distintas
funciones a desempeñar en el
aeropuerto", insiste el Gobierno.
MEDIA DOCENA DE VIGILANTES.
En cualquier caso, el aeropuerto
de Granada-Jaén debe contar,
según su plan de emergencias, con
la posible intervención de hasta
seis o siete vigilantes de
seguridad, si bien "como en
número de trabajadores depende
de la demanda de tráfico aéreo,
las funciones designadas pueden
ser prestadas en colaboración con
los Cuerpos de Seguridad del
Estado presentes" en las
instalaciones.
Por todo ello, el Ejecutivo insiste
en que el gestor aeroportuario no
tiene por qué conocer las
variaciones que se produzcan en
las plantillas de las empresas
adjudicatarias del servicio de
seguridad.
http://andaluciainformacion.es/an
dalucia/525572/aena-desconoce-
el-numero-de-vigilantes-que-las-
subcontratas-de-seguridad-tienen-
en-los-aeropuertos/
SUCESOS PIERDE LA CONDICIÓN DE
ESCOLTA TRAS LA CONDENA
POR VIOLENCIA DE GÉNERO
Los tribunales consideran que es
indispensable carecer de
antecedentes.
LÓPEZ PENIDE Pontevedra / La
Voz, 08 de agosto de 2015.
Actualizado a las 05:00 h.
La Audiencia Nacional ha avalado
la decisión del Ministerio del
Interior de cancelar la habilitación
profesional de un pontevedrés
como escolta y vigilante de
seguridad privada. Y todo a raíz de
una condena a cuarenta días de
trabajo en beneficio de la
comunidad y dieciséis meses de
privación del derecho a la tenencia
y porte de armas por un delito de
amenazas que las fuentes oficiales
consultadas encuadraron en la
violencia de género.
Los tribunales dan la razón,
asimismo, al Abogado del Estado
cuando afirma que al afectado «no
se le priva de su derecho al
trabajo, sino que simplemente se
le inhabilita para el ejercicio de
una profesión». En este sentido,
matizan que para ejercer como
escolta se precisan una serie de
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requisitos, «en concreto, carecer
de antecedentes penales».
Remarcan que tal requisito «debe
cumplirse tanto para obtener la
habilitación para ejercer funciones
de seguridad privada, como para
mantenerla». De este modo,
insisten en que el pontevedrés
«ha incurrido en uno de los
supuestos que le privan de seguir
desempeñando sus funciones
como vigilante de seguridad y
escolta por la concurrencia de una
circunstancia sobrevenida, como
es la de tener antecedentes
penales».
En este punto, se refiere que la
propia legislación que regula la
seguridad privada alude a la
necesidad de carecer, en todo
momento, de antecedentes
penales. Es más, se le exige a la
Administración que, en el
momento que se tenga
conocimiento «fehaciente» de la
existencia de tales antecedentes,
abra el correspondiente
procedimiento que concluya con
la perdida de la condición de
escolta de la persona en cuestión.
Esta última, por su parte, había
alegado contra la decisión de
Interior apelando a que la
Constitución Española «establece
el derecho al trabajo como
derecho fundamental», así como
que, incluso, a «las personas
condenadas se les respeta y
protege el derecho al trabajo».
Asimismo, manifestó no
comprender cómo perder un
requisito cumplido en su
momento podía conllevar la
cancelación de su habilitación.
Es un argumento «improcedente»
para la Audiencia Nacional y que,
igualmente, fue rebatido por el
Abogado del Estado: «Nada tiene
que ver el derecho al trabajo, ni la
obligación de atender a la
subsistencia de los hijos, con el
cumplimiento de los requisitos
legalmente establecidos para
ejercer una determinada
profesión (máxime cuando se
trata de una de las características
de la aquí debatida)».
Añadió que la resolución
administrativa no le impide
acceder a un puesto de trabajo,
sino «ejercer una profesión, que,
por obvios motivos, está reglada»,
al tiempo que incide en que el
pontevedrés fue condenado por el
Juzgado de Instrucción número
tres de Pontevedra por un delito
doloso.
En cualquier caso, el fallo de la
Audiencia Nacional no es firme y
el afectado puede interponer un
recurso de casación ante el
Tribunal Supremo.
http://www.lavozdegalicia.es/noti
cia/pontevedra/pontevedra/2015/
08/08/pierde-condicion-escolta-
tras-condena-violencia-
genero/0003_201508P8C4991.ht
m
DETENIDO POR GRABAR A
MUJERES POR DEBAJO DE LA
FALDA CON EL MÓVIL
El sistema de videovigilancia
delató al sospechoso. / Sur
El vigilante de un centro comercial
lo siguió a través de las cámaras
de seguridad y, cuando confirmó
sus sospechas, lo retuvo hasta que
llegó la policía
JUAN CANO | MÁLAGA
La Policía Nacional ha detenido a
un joven de 24 años acusado de
grabar las partes íntimas de
mujeres con su teléfono móvil en
el interior del centro comercial
Rosaleda. Los agentes le atribuyen
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dos denuncias, aunque sospechan
que, por el modus operandi
empleado, podría estar detrás de
otros tres casos, según
confirmaron a este periódico
fuentes próximas a la
investigación.
Los hechos sucedieron el pasado
lunes, cuando el vigilante del
centro comercial detectó, a través
de las cámaras, que había un
joven que se comportaba de una
forma extraña. Al empleado de
seguridad le llamó la atención que
el individuo se acercaba
demasiado a una mujer, por lo
que utilizó el sistema de
videovigilancia para seguirlo.
El trabajador observó que el
sujeto manipulaba
constantemente su teléfono móvil
y se lo colocaba en la oreja como
si estuviera hablando, aunque al
ver que no movía los labios le
pareció que estaba fingiendo.
Según relataron las fuentes, el
vigilante se percató de que se
aproximaba a otras mujeres que
estaban haciendo compras en el
centro comercial.
La policía sospecha que el
arrestado podría haber actuado
hasta en cinco ocasiones
En un primer momento, el
empleado de seguridad pensó que
se trataba de un carterista y
estuvo durante un rato
siguiéndolo a través de las
cámaras. Fue entonces cuando se
dio cuenta de que se aproximaba
por la espalda a una de las
mujeres y, al parecer, colocaba el
móvil por debajo de su falda para,
supuestamente, filmar sus partes
íntimas con la cámara del
teléfono. La víctima ni siquiera se
había percatado de la maniobra,
pese a que había sido grabada en
dos ocasiones ese día. Se enteró
cuando se lo dijo el vigilante.
A la vista de lo ocurrido, el
empleado de seguridad decidió
intervenir. Esperó a que el
sospechoso saliera por la línea de
caja y lo interceptó. Al parecer, y
siempre según las fuentes
consultadas, cuando el vigilante lo
retuvo, el sujeto manifestó de
forma espontánea: «No sé por qué
lo hago, lo quiero para Internet».
El trabajador telefoneó
inmediatamente a la sala del 091
de la Policía Nacional, que envió
varias patrullas al lugar. Tras
identificar a la víctima, una mujer
de 40 años, los agentes detuvieron
al joven por un presunto delito
contra la intimidad. Fue conducido
a la comisaría del distrito Norte,
donde se instruyeron las
diligencias del caso.
Registro en su domicilio
Los investigadores decidieron
seguir tirando del hilo y realizaron
un registro en su domicilio, donde
se intervino material informático
que aún está pendiente de ser
analizado. Al mismo tiempo, se
dedicaron a revisar las últimas
denuncias presentadas por si
había alguna de similares
características. Así fue como
descubrieron el segundo de los
casos que se le imputan. El 24 de
julio, una mujer se presentó en las
dependencias de la Comisaría
Provincial de Málaga para
denunciar un incidente que le
había ocurrido precisamente en el
centro comercial Rosaleda.
«No sé por qué lo hago, lo quiero
para Internet», dijo de forma
espontánea al ser interceptado.
Según relató la segunda víctima a
los agentes, cuando se encontraba
en los baños del establecimiento,
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observó que un individuo
introducía un móvil por debajo de
la puerta. La mujer se percató de
que estaba enfocando con la
cámara hacia sus partes íntimas y
comenzó a gritar. Al saberse
descubierto, el sujeto echó a
correr.
Los investigadores están
convencidos, por el modus
operandi empleado y la
descripción de los hechos, que
podría tratarse del joven
sorprendido por el vigilante de
seguridad, de ahí que también se
le haya imputado esta denuncia,
según confirmaron las fuentes.
Los agentes que llevan el caso
apuntan en su informe que tienen
sospechas de que podría haber
actuado en otras tres ocasiones,
pero no han recabado pruebas
que permitan relacionarlo
directamente con estos casos. Las
pesquisas, no obstante, continúan
abiertas.
http://www.diariosur.es/malaga-
capital/201508/07/detenido-
grabar-mujeres-debajo-
20150807230713.html
ELECCIONES Celebradas Elecciones SIndic ales
en la Empresa TRABLISA (CEMS)
de Sevilla, se obtinen los
siguientes resultados:
CSI-F 3 Delegados
CC.OO. 1 Delegados
UGT 1 Delegados
OPINIÓN MESAS, DIÁLOGO E
INVITADOS
FECHA: 27 de julio de 2015
Os adjuntamos un artículo de un
compañero de Salamanca
publicado en la Gaceta de
Salamanca el pasado jueves, y que
nos ha parecido muy interesante
Dialogo social. Dos palabras que la
mayoría compartimos ya que
implican la búsqueda negociada
de acuerdos entre empresas y
trabajadores que permitan
avances en lo económico y en el
empleo.
El problema radica en la utilización
partidaria del término a raíz de la
creación de las llamadas mesas del
dialogo social, en las que
únicamente participan las
organizaciones empresariales y
sindicales más representativas y
los equipos de gobierno de las
distintas administraciones publicas
pero no para mediar entre los
responsables de las empresas y de
los trabajadores, si no en busca de
la llamada “paz social” a cambio
de fomentar políticas activas de
empleo que en muchos casos han
consistido en utilizar decenas de
millones de los contribuyentes sin
que veamos resultados o en
subvencionar la creación y el
mantenimiento de empresas que
una vez recibida la “inversión”
desaparecen o necesitan más
ayudas para no cerrar.
Podrá decirse que este análisis es
interesado ya que proviene de una
organización que está fuera de las
mesas de dialogo social por no ser
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representativa. Analicemos
entonces de donde proviene la
representatividad sindical,
condición que les habilita, entre
otras, para ostentar
representación institucional ante
las administraciones publicas la
negociación colectiva, promover
elecciones, obtener cesiones del
uso de inmuebles patrimoniales
públicos, o cualquier otra función
que se establezca como la gestión
de actividades para el fomento del
empleo y la formación de los
trabajadores, funciones que
también realizan las
organizaciones empresariales. La
LOLS establece la consideración de
más representativos a los
sindicatos que superen el 10% de
representantes a nivel nacional, y
el 15% en caso de las
comunidades autónomas. Unos
porcentajes asequibles y quienes
no llegamos a estos porcentajes es
lógico que no seamos
representativos, pero la trampa no
está aquí sino en la distribución de
los representantes a elegir.
Veremos algunos casos y que cada
uno saque sus conclusiones.
“si de verdad quisieran regenerar
la vida democrática, lucharían por
cambiar la legislación que permite
que unos s4ean la voz de todos”
El número de unidades electorales
que han celebrado elecciones
sindicales los últimos cuatro años
en nuestra provincia es de 640 con
43.000 trabajadores. El sistema de
asignación de representantes
permite que 1405 trabajadores de
unidades con entre 6 y 10
trabajadores hayan elegido a 183
representantes, mientras que
15.957 unidades con más de 1.000
trabajadores solo a 196, los 18.619
trabajadores de unidades entre 6
y 250 trabajadores eligen a 1.235
representantes; los 24.436 de
unidades de más de 250
trabajadores a 484. Los 5.263
trabajadores estatutarios de sacyl
tienen derecho a 31
representant3es mientras que los
4.670 de las empresas de entre 50
y 100 trabajadores eligen a 317
representantes, ¿Dónde está la
equidad y la representatividad?
Me dirán que cada empresa es
distinta y que son necesarios sus
propios representantes pero luego
todo se negocia a nivel de
convenio general, no a través de
esos representantes. Y solo
pueden llegar a todas esas
pequeñas empresas donde se
eligen la mayoría de los
representantes quienes cuentan
con los medios materiales
necesarios, muchos de ellos
derivados de su presencia
institucional.
Para el conjunto de los 43.000
trabajadores citados, está claro
que CCOO y UGT cuentan con un
70% de representación que el
tercero es CSIF se queda en un
7,3%. Pero si nos fijamos en los
24.436 de las empresas de más de
250 trabajadores la
representación de estos no llega al
48%. ¿Y que ocurre con los 16.000
trabajadores de unidades de más
de 1000 trabajadores?, pues que
la representatividad conjunta de
CCOO y UGT es del 29% frente al
71% del resto de sindicatos. Por
cierto, en esta franja el sindicato
más representativo en Salamanca
es CSIF.
Por otro lado, en una provincia de
predominante carácter turístico,
comercial de prestación de
servicios públicos como salamanca
y donde la inmensa mayoría de los
trabajadores desarrollan su labor
en uno de estos ámbitos,
¿representa confaes a los
empresarios autónomos, a los
empresarios de hostelería a todos
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los empresarios del comercio , a la
administración central a la
Autonómica o a la Local?.
Durante las últimas semanas los
partidos de la regeneración, la
limpieza y la democracia han
estado pidiendo que se traslade a
nuestra ciudad este modelo que el
alcalde no ha tardado en hacer
suyo. Y ahora tras excluirnos a los
demás, la oposición rasga las
vestiduras porque también a
quien les quiera dejar fuera.
Si los grupos políticos en verdad se
preocupasen por el empleo, y no
en hacer política y figurar, pedirían
la presencia en la mesa en
igualdad de condiciones de todos
aquellos (autónomos y otras
organizaciones empresariales y
sindicales) que podemos aportar
ideas desde nuestra experiencia,
de verdad si quisieran regenerar la
vida democrática, lucharían por
cambiar la Legislación que permite
que unos sean la voz de todos.
José Manuel de León / Presidente
de CSIF Salamanca
Y…, a colación de que decimos
esto, pues aparte de todo que ya
se ha expuesto de la
representación, queremos hacer
referencia en nuestra última
“negociación”, de un nuevo
convenio sin antes terminar el que
había por el afán de arreglar el
desastre que les originaria a las
empresas la sentencia de la
Audiencia Nacional, y que en su
acta final firmada por los tres
sindicatos que dicen más
representativos firmaron decía lo
siguiente:
ACTA FINAL
En Madrid, siendo las 13:00 horas
del día 17 de julio de 2015, se
reúnen los representantes de las
asociaciones empresariales
APROSER, Y UAS, así como los
representantes de las
organizaciones sindicales FES-UGT,
Comisiones Obreras de
Construcción y Servicios y FTSP-
USO, miembros de la Comisión
Negociadora del Convenio
Colectivo de Empresas de
Seguridad.
Las partes anteriormente
señaladas, representan en todo
momento a la mayoría absoluta de
ambas representaciones
empresarial y sindical, a nivel
estatal.
En cumplimiento de los acuerdos
alcanzados, reflejados en las
distintas actas suscritas a lo largo
de las negociaciones habidas, los
componentes de la Comisión
Negociadora firmantes alcanzan
los siguientes:”
Pues si, representan en todo
momento a la mayoría absoluta,
pero no nos representan a
sindicatos como el nuestro CSIF
con casi 300 delegados y más de
5.000 afiliados en todo el
territorio nacional no nos
consideramos representados en
esa mayoría absoluta reflejada en
el acta que han firmado. Creemos
que somos un colectivo lo
suficientemente importante como
para no estar de acuerdo con lo
que se refleja en el acta final. Y
todo lo bien que lo están
vendiendo, para nosotros no lo es
de ninguna de las maneras.
Área de Seguridad Privada CSIF
INDIGNACIÓ+N POR EL
NUEVO CONVENIO 2016
(Juego de poltronas)
I. INTRODUCCIÓN
II. ANTECEDENTES JURÍDICOS Y
REFLEXIÓN
III. DESMONTANDO LAS
EXPLICACIONES DE UGT, CC.OO. y
USO
III. POSTURA DEL SINDICATO CSIF
I. INTRODUCCIÓN
Érase una vez, tres sindicatos muy
antiguos de cuyo nombre no
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quiero acordarme, con estructuras
grandísimas, incluso más grandes
de las que tienen la mayoría de
empresas. Éstos decidieron unirse
a los dictados de la patronal para
consolidar sus privilegios de casta
en la mayoría de las empresas del
sector de la seguridad privada,
dejando a un lado a sus afiliados y
en general a todos los
trabajadores de la seguridad
privada. Una tarde de julio de este
año fueron convocados de
urgencia por la patronal para que
firmarán casi sin leer un nuevo
Convenio Colectivo que permitiese
a las empresas retorcer una
Sentencia de la Audiencia Nacional
que les condenaba a retribuir a los
vigilantes la totalidad de pluses
también en el mes de vacaciones.
No es la primera vez que los
llamaban para que firmaran
acuerdos contrarios a los intereses
de los trabajadores y siempre lo
habían hecho sin problema y
seguían obteniendo el mismo
número de votos elección tras
elección, hasta el punto que ya tan
crecidos, esta vez se permitirían el
lujo de enviar a negociar (alguno
de ellos) a personas sin ninguna
relación con la seguridad privada.
Eso es exactamente lo ocurrido en
este mes de julio. En dos semanas
nuevo Convenio y peores
condiciones económicas para
todos. Llevamos muchos
Convenios arrastrando pérdida de
poder adquisitivo, congelaciones
salariales y subidas insultantes del
0,5% a cambio de dejar de
abonarnos pluses y de no contar el
día de asuntos propios como
tiempo trabajado.
Ya casi no había nada que temer,
no nos podían quitar mucho más,
puesto que ya nos habían dejado
en cueros y medio muertos,
entonces…………¿Cabía esperar
algo malo de esta precipitada
llamada a filas a los sindicatos por
parte de la patronal……….. SI?.
Pero ni en los peores sueños
esperábamos algo tan nefasto
como las condiciones recogidas en
el nuevo convenio que tendrá
vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2016 y en el que estos
sindicatos de casta y la patronal
consiguen burlarse, no sólo de los
trabajadores, sino incluso de la
propia Audiencia Nacional.
Por qué algunos sindicalistas
“firmantes” no saben ni que es la
seguridad privada? Porqué si basta
con decir SI A TODO, mejor que lo
haga alguien que no tiene ni idea
de seguridad, no vaya a ser que si
ha realizado algún servicio, o
simplemente tenga la T.I.P. se
niegue a firmar la ignominia a la
que se ha llegado.
Por qué tanta prisa? Esto es lógico,
puesto que ahora la patronal del
sector de la seguridad privada
acaba de recibir como un mazazo
una Sentencia de la Audiencia
Nacional que le obliga a pagar los
pluses variables también en
vacaciones y tras echar cuentas de
lo que nos adeudan a todos los
vigilantes, se han apresurado a
llamar a sus “sindicatos de
cabecera” para ver cómo dar por
el saco otra vez a los vigilantes y
que sean nuestras espaldas las
que carguen con el peso
económico de una Sentencia que
LOS VIGILANTES HABÍAMOS
GANADO.
UGT, CC.OO y USO se aprestaron
al rescate de las empresas y en
tres días “de negociaciones” ya
habían acordado un Nuevo
Convenio de Seguridad con vigor
hasta el 31 de diciembre de 2016,
en el que se distribuyen las
cantidades que nos adeudan
según Sentencia de una forma en
la cual acabamos siendo
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perjudicados , de nuevo, en
nuestros bolsillos.
Estos sindicatos lo saben y han
accedido a ello en tiempo record,
volviendo a ser cómplices de una
estafa, enmascarada tras la firma
de un Convenio Bastardo que nos
avergüenza como vigilantes y nos
apena por lo bajo que llegan a
caer determinadas personas
firmantes, en su intento de hacer
méritos para, en un futuro no muy
lejano, pasar a engordar las listas
de sindicalistas que se pasan a
puestos directivos en las empresas
de seguridad, y esto claro, hay que
ganárselo a pulso firmando
Convenios como este. Más mérito
para ellos si incluso ningunean
Sentencias de la propia Audiencia
Nacional en favor de los
trabajadores.
Tan escandaloso ha sido esta vez,
(no por el fondo, ya que siempre
aceptan lo que la patronal les
manda, sino por las formas) el
despropósito ha llegado a tal
punto, que todos los miembros de
Comité de empresa, Delegados de
Personal y Delegados Sindicales
afiliados o adscritos a Comisiones
Obreras de Cantabria han enviado
un escrito a su Secretaría General
utilizando las siguientes duras
afirmaciones que transcribimos y
nos hacemos eco de ellas, por si
alguno de los que lleguéis a leer
estas líneas os sentís reflejados en
estas consideraciones, y os decidís
a hacer algo parecido en el resto
de zonas y en el resto de
sindicatos firmantes:
Comienzan diciendo estos
miembros de CC.OO: “Que tras el
fracaso de gestión hace ahora un
año en la decisión de firmar un
lamentable convenio, que en su
momento fue sujeto a crítica
general por parte de casi todos los
responsables territoriales de
seguridad privada, en esta ocasión
de nuevo se ha actuado desde la
Secretaría de Negociación
Colectiva con oscurantismo y
negociando un convenio a
espaldas del Grupo de Seguridad
Privada Estatal”.
Siguen manifestando su crítica a
CC.OO. manifestando lo siguiente:
“ Calificamos a su vez de
indecente que Comisiones
Obreras haya podido mercadear
una Sentencia de la Audiencia
Nacional, repercutiendo en el
Preacuerdo (ya acuerdo firmado)
con APROSER, UGT y USO los
costes que conlleva dicha
Sentencia para las empresas de
seguridad, de nuevo, en los
bolsillos de los vigilantes de
seguridad del país, creando
inseguridad jurídica para futuras
demandas y una imagen
lamentable de poca ética sindical”.
Finalizan su escrito con las
siguientes palabras: “Así pues,
compañeros, os reiteramos por la
presente nuestra repulsa de la
firma por parte de Comisiones
Obreras de Construcción y
Servicios de este lamentable
Convenio hasta el 31 de diciembre
de 2016 y nuestra intención de no
volver a participar más de ningún
pseudogrupo de trabajo estatal
mientras estén al cargo del mismo
las personas citadas al inicio del
presente escrito, órgano no
obstante ausente de contenido y
capacidad consultiva o de
decisión, más que para utilizarlo
tomando decisiones sin tener en
cuenta los intereses de los
trabajadores de la seguridad
privada”.
Si cundiera el ejemplo ¡que poco
les quedaría en su poltrona a los
altos cargos de estos sindicatos,
aspirantes a empresarios en
cuanto les dan la oportunidad!
Desde CSIF estamos muy
contentos de que en
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determinadas Comunidades
Autónomas ya no sean tan sólo los
militantes de base los que
protesten por los apaños de sus
representantes de UGT, CC.OO y
USO, sino que sean los propios
miembros del Comité y Delegados
de Personal los que DESPIERTEN y
se den cuenta de que los
negociadores de estos Convenios
a la medida de la Patronal, tanto
de UGT, como de CC.OO y de USO
“NO REPRESENTAN MÁS QUE A
SUS PROPIOS INTERESES”.
II.A- ANTECEDENTES JURÍDICOS
La Audiencia Nacional adopta la
jurisprudencia establecida por el
tribunal de Justicia de la Unión
Europea reconociendo que “la
paga de vacaciones del trabajador
debe incluir la retribución
variable”.
Lo fundamenta en la obligación de
las legislaciones nacionales de
adoptar las Directivas
Comunitarias, en este caso
concreto el artículo 7.1 de la
Directiva 2003-1998-CE, en la
interpretación dada por la
doctrina comunitaria:
STJCE de 16 de marzo de 2006
(Robinson-Steele): “mientras
duran las vacaciones anuales,
debe mantenerse la retribución y,
en otras palabras, que el
trabajador debe percibir la
retribución ordinaria por dicho
período de descanso”.
STJCE de 20 de enero de 2009
(Schultz-Hoff): “el objetivo de
retribuir las vacaciones es colocar
al trabajador, durante las citadas
vacaciones en una situación que,
desde el punto de vista salarial,
sea comparable a los períodos de
trabajo”.
STJUE de 15 de septiembre de
2011 (Williams y otros): “ninguna
disposición o práctica nacional
puede excluir las comisiones de las
vacaciones, lo cual ha de
entenderse a cualquier otra
retribución variable que se
devengue durante la jornada
ordinaria”.
STJUE de 22 de mayo de 2014 (C-
539/12 de 22 de mayo): Establece
de modo rotundo que “cualquier
disposición o práctica nacional que
excluya las comisiones de la
retribución de las vacaciones se
opone al artículo 7.1 de la
Directiva 2003-1998-CE”.
Tras la sentencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea de 22
de mayo de 2014, la Audiencia
Nacional Española hace una
extensión interpretativa de la
misma y dicta sentencia de fecha
17 de septiembre de 2014 por la
que declara que “las empresas
también estarán obligadas a pagar
pluses y variables durante
vacaciones con independencia de
lo que los convenios o pactos
pudieran prever”.
La Audiencia viene a reproducir lo
establecido en el Convenio 132 de
la OIT y en la Directiva 2003/1998
de la Comunidad Europea. Así las
cosas y siguiendo lo estipulado en
esta sentencia “toda persona que
tome vacaciones percibirá por lo
menos su remuneración normal o
media incluyendo variables y todo
tipo de pluses”.
Otro punto muy importante que
recoge la citada Sentencia de la
Audiencia Nacional en su
fundamentación jurídica es que
“un Convenio Colectivo,
subsumible necesariamente entre
las disposiciones y prácticas
nacionales, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 3.1.b) del Estatuto
de los Trabajadores, no puede
vulnerar lo dispuesto en el artículo
7.1 de la Directiva 2003/88/CE, y
debe incluir en la retribución
vacacional las retribuciones
variables devengadas durante la
jornada ordinaria”. Para la
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Audiencia Nacional, el precepto
comunitario interpretado por el
TJCE y recogido en su sentencia C-
539/12 de 22 de mayo, debe
primar frente a las legislaciones o
prácticas nacionales que lo
contradigan.
Con esta sentencia se deja de lado
el criterio que hasta el momento
seguía la doctrina y la
jurisprudencia del Tribunal
Supremo de acuerdo al cual se
permitía que las empresas
excluyeran por convenio colectivo
o mediante acuerdo individual
aquellos conceptos retributivos
que no se tomarán para el cálculo
de la retribución percibida durante
el periodo de disfrute de
vacaciones.
Por fin, la Audiencia Nacional
anula el artículo 45.2 de nuestro
Convenio, el que regula lo que
debemos percibir durante nuestro
periodo de vacaciones y obliga a
las empresas "a incluir en la
retribución de las vacaciones,
además de los conceptos incluidos
en la Tabla de retribuciones del
anexo, los demás complementos
de puesto de trabajo contenidos
en el art. 66.2 del convenio".
Pluses: Nocturno, Festivo,
Radioscopia, Jefe de Equipo, etc.,
El espíritu de la sentencia está
claro: las empresas deberían
abonarnos un mes más de pluses
de los que se nos estaban
abonando (12 meses en lugar de
11) Pero UGT, CC.OO y USO
pervierten el fondo de la sentencia
y realizan el apaño torticero de
dividir la cantidad total
correspondiente a esos 11 meses
en 12.
Así la cantidad que nos van a
pagar es la misma pero dividida en
12 meses en vez de en 11.La
patronal se burla de la Audiencia
a través de los sindicatos que lo
permiten.
No encontramos una razón legal,
ni ética que fundamente esta
actuación del banco sindical en la
mesa negociadora. El tiempo nos
dirá que tal les ha ido a los
firmantes y si se jubilarán en su
sindicato o en alguna empresa de
seguridad que les deba favores.
Este ha sido gordo!!!
II.B- REFLEXIÓN
Se había conseguido que la
Audiencia Nacional cambiase el
criterio mantenido hasta ahora,
dado la razón a los Vigilantes de
Seguridad frente al gigante
empresarial, que iba a tener que
rascarse el bolsillo y pagar a todos
los Vigilantes lo nos fue hurtado
en la firma de anteriores
Convenios.
Esto que parece estar claro,
cristalino, se vuelve negro,
negrísimo cuando la patronal
llama a consultas a sus sindicatos
UGT, CC.OO. y USO y suponemos
que les expone con sus palabras:
“que la parte empresarial no se va
a hacer cargo de estos costes, a
ver como lo arreglamos, y
rapidito, que algunos sindicatillos
que no son de nuestra cuerda
están moviéndose rápido para
empezar a presentar demandas
colectivas, y nos van a joder los
excelentes resultados económicos
que estamos obteniendo.”.
Extractamos de forma textual la
Nota de Prensa colgada
públicamente en la web
corporativa de una de las
Compañías más importantes del
sector, (cuyos resultados sin ser
extrapolables a todas las
empresas, sí que demuestran que
la tan utilizada crisis ya no sirve
como excusa para continuar con
todos los recortes que nos han ido
haciendo tragar estos últimos
años) y que refleja la buena salud
económica de nuestra patronal:
NOTA DE PRENSA
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Madrid, 30 de abril de 2015. –
Prosegur, una de las empresas de
referencia del sector de la
seguridad privada en el mundo, ha
registrado, durante el primer
trimestre de 2015, un beneficio
neto consolidado de 47 millones
de euros, lo que supone un
incremento del 18,4 por ciento
con respecto al mismo periodo del
año anterior.
El EBIT -resultado operativo antes
de intereses e impuestos-, que
asciende a 83 millones de euros,
registra un crecimiento cercano al
7 por ciento. En relación con la
facturación de la Compañía
durante este periodo, Prosegur ha
alcanzado unos ingresos de 968
millones de euros, un incremento
superior al 9 por ciento con
respecto a 2014.
Por zonas geográficas, las ventas
en Europa y Asia-Pacífico han
aumentado un 1,5 por ciento con
respecto al mismo periodo del
pasado año hasta registrar unos
ingresos de 382 millones de euros,
en línea con la economía de esta
región. En concreto, en el
mercado de Asia-Pacífico,
Prosegur ha continuado
fortaleciendo su actividad con un
crecimiento superior al 17 por
ciento.
Por otro lado, en Iberoamérica, la
facturación en los tres primeros
meses del año ha alcanzado los
586 millones de euros, lo que
supone una mejora de más de un
15 por ciento. Por su parte, el área
que comprende Argentina,
Paraguay y Uruguay ha
aumentado sus ventas en un 48
por ciento y Chile, con un
incremento de más del 14 por
ciento, es otro de los mercados
que mejor se ha comportado.
Crecimiento en las tres líneas de
negocio
Para ello, la Compañía cuenta
actualmente con tres líneas de
negocio; Soluciones Integrales de
Seguridad (SIS), que combina los
servicios de Vigilancia y
Tecnología, Logística de Valores y
Gestión de Efectivo y Alarmas.
Así, durante este año, Prosegur ha
obtenido en el negocio de SIS una
facturación de 480 millones de
euros, un 7,2 por ciento más que
en el periodo anterior. Por
regiones, en Europa y Asia-
Pacífico, los ingresos de esta
actividad se mantienen en línea
con el primer trimestre del año
pasado hasta los 228 millones de
euros. En Iberoamérica, la
Compañía ha facturado 251
millones de euros, un 14,5 por
ciento más.
Con respecto al área de Logística
de Valores y Gestión de Efectivo,
Prosegur ha alcanzado unas
ventas de 437 millones de euros,
lo que representa un incremento
de un 11 por ciento con respecto
al primer trimestre de 2014. En
Europa y Asia-Pacífico, los ingresos
han aumentado un 3 por ciento,
hasta los 127 millones de euros,
especialmente debido al negocio
en Alemania y Australia, países en
los que Prosegur es un operador
referente en este sector de
actividad. En Iberoamérica, la
facturación se sitúa en 310
millones de euros, lo que supone
un 14,6 por ciento más.
En cuanto al negocio de Alarmas,
al que Prosegur está dando un
fuerte impulso, la Compañía ha
obtenido unos ingresos de 52
millones de euros, un 17,4 por
ciento más que en el mismo
periodo del pasado ejercicio. En
Europa, Prosegur, ha facturado 26
millones de euros, casi un 7 por
ciento más, mientras que en
Iberoamérica, las ventas alcanzan
los 25 millones de euros, lo que
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representa cerca de un 31 por
ciento de incremento con
respecto a 2014.
FELICIDADES TRIDENTE Y
APROSER, OS VA FENOMENAL
JUNTITOS!
QUE CANTIDADES
ASTRONÓMICAS DE BENEFICIO!
HABRA PARA TODOS
NO?........................ O LOS
VIGILANTES SOMOS DE OTRO
SECTOR.
¿No somos los vigilantes los que
permitimos todo ese beneficio con
nuestros sueldos de hambre,
nuestras noches en vela, nuestros
largos períodos de tiempo sin ver
a nuestras familias ni atender a
nuestros hijos como se merecen?
¿Os pensáis que somos tontos o
qué?.
VERGÜENZA UGT, VERGÜENZA
CC.OO. Y VERGÜENZA USO por
sentarse a la mesa de negociación
y firmar un Convenio en que se
nos hurtan nuestros derechos y
volvemos a perder poder
adquisitivo.
¿COMO SE PUEDE CAER TAN
BAJO?, Y LO MÁS SANGRANTE
¿COMO SE PUEDE TENER EL
CUAJO DE INTENTAR VENDER EL
NUEVO CONVENIO COMO UN
LOGRO SINDICAL, SI LO HAN
FIRMADO CUANDO, DONDE Y EN
TODOS LOS TÉRMINOS QUE HA
QUERIDO LA PATRONAL?
III. DESMONTANDO LAS
EXPLICACIONES DE UGT, CC.OO. y
USO
APROSER de la mano de UGT,
CC.OO y USO ha urdido en tiempo
record un nuevo Convenio
Colectivo de Seguridad Privada
cuya vigencia iría del 1 de julio de
2015 al 31 de diciembre de 2016.
Algunos de los aspectos
fundamentales de este nuevo
convenio y que nos venden como
un triunfo sindical (ya son capaces
de todo) son:
– Aumento de un 0,7% en las
tablas salariales desde 1 de enero
de 2016.
Vaya “aumento”, vamos a ser la
envidia de Europa. Hace muy poco
tiempo UGT y CC.OO se ponían
medallas ante nosotros al acordar
junto a las patronales CEOE y
CEPYME una subida salarial del 1%
para 2015 y del 1,5% para 2016.
Bravo Negociadores!!!! Vuestros
afiliados y votantes estarán muy
orgullosos.
– Incremento en la tabla salarial,
desde el 1 de julio de 2016 del
importe equivalente a los pluses
de transporte y vestuario que
fueron eliminados de las pagas
extraordinarias, como
consecuencia de la renegociación
del Convenio en el año 2013 (en el
caso del vigilante de seguridad
representó 282€, lo que significa
que en 2016 se recuperarían 141€
y en años sucesivos ya se
percibiría el importe completo)
abonándose en cada mensualidad
(lo que en la práctica significa
23,5€ mensuales)
Al menos reconocen que en la
“renegociación del Convenio
2013” nos vendieron de nuevo,
aceptando que la patronal nos
hurtara los pluses de transporte y
vestuario de las pagas extras. CON
SU FIRMA Y A CAMBIO DE NADA.
Ahora no vamos a recuperar la
totalidad de lo que se nos adeuda,
sino una parte y repartida en
migajas, lo que es un insulto.
Con los Beneficios que están
teniendo las empresas, aunque los
sindicatos de casta nos digan una
y otra vez: “pobres empresas que
crisis tan brutal están sufriendo,
los vigilantes tenemos que
apretarnos el cinturón”. ¡Qué
cojonazos!
Llevamos tan apretado el cinturón
con vuestros Convenios a la carta
de las empresas que algún
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vigilante ya está endeudado de
por vida, no ha podido pagar los
estudios de sus hijos o ha tenido
que malvender su casa para que
no se la quedara el banco.
TODO POR VUESTRA CULPA, YA
NO PODEMOS MÁS!!! VENDIDOS
!!!!
– Modificación del artículo 45,
asumiendo el contenido de la
sentencia de la Audiencia Nacional
sobre los pluses en vacaciones y
retirada del recurso planteado
ante el Tribunal Supremo contra
dicha Sentencia.
Asumiendo el contenido y el coste
que representa la Sentencia
quién? NOSOTROS OTRA VEZ
JODER!!. Si lo fuesen a asumir las
empresas no os hubieran llamado
tan rápido para que firmaseis el
Convenio de la vergüenza.
– Modificación del valor de los
pluses del artículo 69, de tal forma
que se reparta el importe fijado
inicialmente en el Convenio para
11 meses en 12.
Lo dicho anteriormente. Por
ejemplo:
Tomemos hipotéticamente el plus
de puesto de trabajo 100€/mes x
11 meses = 1.100€
La Sentencia obliga a pagar los
pluses también en vacaciones, es
decir sumar 100€ más.
Esto daría en TOTAL 1.100 + 100
(del mes de vacaciones) = 1.200€
QUE HAN FIRMADO UGT, CC.OO. y
USO para que no nos paguen los
pluses de ese mes?:
Pues dividir esos 1.100€ en 12
mensualidades = 91,6€/mes
ENTONCES DONDE ESTÁN LOS
100€ QUE NOS RECONOCE LA
AUDIENCIA?. Han dado la vuelta a
la Sentencia, sin cumplir el espíritu
de la misma.
Pensad que además del plus de
puesto de trabajo a cada
trabajador le pueden
corresponder cobrar unos pluses u
otros, pero puede darse el caso de
que a algún compañero le estén
dejando de pagar gracias al
tridente, hasta 500 euros.
– Introducción de una disposición
transitoria para el cálculo de los
pluses a abonar en las vacaciones
disfrutadas del 1 de julio de 2015
al 30 de junio de 2016, al confluir
dos regulaciones diferentes.
No harían falta disposiciones
transitorias si las empresas
acataran la Sentencia y nos
devolvieran lo que es nuestro y
nos han dejado de pagar. No en
migajas repartidas en varios
ejercicios para salvar sus cuentas,
sino inmediatamente.
Como no paramos de repetir
desde CSIF las Sentencias están
para cumplirlas.
Además, como hemos visto
anteriormente, con los beneficios
que están obteniendo es
enfermizo no devolvernos lo que
para ellos casi sería una limosna.
Pero como UGT, CC.OO y USO se
lo permiten y además se lo ponen
ponen en bandeja, pues ni
limosna.
– Incorporación de una cláusula de
garantía en términos que
penalicen a cualquier empresa
que proceda a elaborar un
convenio colectivo propio, o
utilizar cualquier mecanismo de
inaplicación del Convenio
Colectivo Sectorial, con el ánimo
de no hacer frente a estos
incrementos.
Esta cláusula es para reírse de
nosotros otra vez. La patronal
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llama a sus sindicatos cuando
quiere, prorroga y recorta
vigencias de Convenios a voluntad,
bajo la amenaza de despidos y
más recortes (no para los
sindicalistas firmantes
suponemos), quita pluses, deja de
contar como tiempo trabajado el
día de asuntos propios, y ahora
estos sindicatos firman como
triunfo sindical una “cláusula de
garantía”, DE GARANTÍA DE QUÉ!!
SI NO SABEIS HACER CUMPLIR NI
LAS SENTENCIAS DE LA AUDIENCIA
NACIONAL.
POSTURA DEL SINDICATO
INDEPENDIENTE CSI-F
En primer lugar, El “presunto
aumento de un 0,7% en las tablas
salariales desde el 1 de enero de
2016” es claramente insuficiente.
La excusa de la crisis y la política
del miedo basada en recortes y
ERES ya no caben. Las empresas
están obteniendo en estos últimos
ejercicios unos enormes
beneficios, al menos las firmantes
(junto a sus sindicatos) de este
último simulacro de Convenio
Colectivo, hablamos de APROSER.
En segundo lugar, la retirada del
recurso frente a la Sentencia de la
Audiencia Nacional planteado
ante el Tribunal Supremo por la
patronal, no es un logro sindical,
es de pura lógica.
Ese recurso sólo quería retrasar el
momento del pago, puesto que la
Sentencia de la Audiencia fundada
en doctrina comunitaria no iba a
ser enmendada por el Supremo,
que también está sujeto a hacer
cumplir las Directivas
Comunitarias.
La patronal ha podido pensar:
“mantener el problema de la
deuda pendiente con mis
empleados me penaliza en bolsa y
frente a mis accionistas. Además
en un futuro tendré que devolver
más cantidad, pues la cantidad
debida va aumentando. Llamaré a
mis amigos de UGT/CCOO/USO”.
Chicos que os parece si difiero el
pago en varios ejercicios fiscales y
además empiezo a pagarles los
pluses desde julio de 2016?
(Parece fácil decirlo pero hay que
echarle huevos sólo para atreverte
a plantear ese despropósito, claro
que si pensamos en que
monigotes tenían delante, es
posible que ahora están pensando
que nos podían haber jodido más
y el tridente hubiese tragado
igual).
Pero INSISTIMOS, en una
negociación, tu das, yo doy, tu
cedes, yo cedo, pero NO HA
HABIDO NEGOCIACIÓN. Si alguien
ha sacado algo de este teatrillo no
han sido los vigilantes de
seguridad, han sido las empresas,
pero… alguien más habrá obtenido
algo a cambio?…….. el tiempo lo
dirá.
En tercer lugar: No vamos a
recuperar el total de todos los
pluses variables ni complementos
que desde 2013 nos quitarán el
tridente y la patronal, firmando
una revisión del Convenio con el
engaño de “pobrecitas las
empresas que mal les va, nos van
a tener que despedir”.
Además, Porqué tenemos que
esperar a julio de 2016 para
recuperar las cantidades
correspondientes a los pluses de
transporte y vestuario? Que tenía
de malo el 1 de enero de 2016. No
les venía bien a las empresas?
Pues podían haber pensado estos
negociadores de UGT, CC.OO. y
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USO que a nosotros los vigilantes
sí. Pero eso ya hubiese sido
“rechistar”.
En cuarto lugar: “La modificación
del valor de los pluses del artículo
69, de tal forma que se reparta el
importe fijado inicialmente en el
Convenio para 11 meses en 12 es
un insulto, como ya hemos
explicado.”
En lugar de pagarnos los pluses en
el mes de vacaciones como les
exige la Audiencia, nos dividen los
pluses de once meses en doce, y
así, ¡ya cobras también en
vacaciones!. Que vergüenza!!
En quinto lugar: la incorporación
de una “cláusula de garantía” para
las empresas que no cumplan el
Convenio. No merece ni
comentario. Se llevan pasando por
el forro esas cláusulas desde que
UGT, CC.OO y USO están en la
mesa negociadora.
Esa cláusula se lleva incorporando
hace tiempo en todos los
Convenios y ahora como estos
sindicatos NO HAN CONSEGUIDO
NADA Y HAN TRAGADO CON
TODO, pues nos venden la
introducción de esta cláusula
como algo novedoso. Que genios!!
Porque no se han atrevido ni
siquiera a plantear lo que la
mayoría de los trabajadores llevan
demandando mucho tiempo:
Recuperar el poder adquisitivo
perdido durante años, que grosso
modo ronda entre el 35 y el 40%
de nuestro salario.
Hacer constar que las Sentencias
en contra de las empresas no
pueden repercutirse sobre los
vigilantes de seguridad. Si ahora
reclamamos alguna otra cosa,
¿qué debemos pensar? Que si
ganamos, las empresas llamarán al
tridente y arreglado? Vaya futuro
nos espera con los
pseudosindicatos empresariales.
Cada día nos exigen más
especialización y nos dan más
atribuciones y responsabilidades,
que tal introducir algún plus
especial para esas
“especialidades” que nos obligan a
acreditar mediante cursos o
experiencia? O era pecado?
Pero claro, estos son temas que se
pueden plantear en una mesa de
negociación de verdad, con
negociadores que defiendan sus
posturas y a sus representados, en
lugar del espantajo escenificado
por “APROSER, UGT, CC.OO y
USO” que no tiene ninguno de los
principios básicos que debe tener
una negociación. “
Para firmar este Convenio sin
discutir ni una coma, no tenían ni
que haberse desplazado a Madrid,
a gastar el dinero de los afiliados,
o de las subvenciones. Me
olvidaba de las subvenciones, que
estos sindicatos a diferencia de
CSIF que no tiene, el tridente se lo
lleva crudo.
Firmantes todos, esperamos que
desayunarais, comierais y cenarais
muy bien, que los asientos del AVE
os los sacaran con ventanilla y que
disfrutarais los servicios que las
empresas pusieran a vuestra
disposición. PORQUE IR SOLO A
JODER, a los vigilantes, claro, es
tontería.
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