normas prestacionales operativas y de facturacion
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ANEXO II
NORMAS PRESTACIONALES OPERATIVAS Y DE FACTURACION.
NORMAS GENERALES PARA LA ATENCIÒN
Acreditaciòn del afiliado
La condición de afiliado o beneficiario de "La Obra Social" se acreditará con la presentación de la
Credencial, Documento Nacional de Identidad, sin perjuicio de los casos en que además se requiera
autorización médica expedida por "La Obra Social" o cualquier otra documentación que deba portar
el afiliado en un caso puntual.
................................
1. PRESTACIONES AMBULATORIAS INCLUIDAS
a) Atención del embarazo, parto y puerperio.
b) Atención pediátrica de guardia/programada.
c) Atenciòn clìnica adultos de guardia/programada.
d) Atenciòn programada en especialidades: todas las incluidas en el convenio.
e) Las siguientes Prácticas: las incluidas en el convenio.
f) Atención de especialidades con derivación de LA OBRA SOCIAL, Rehabilitacion FKT,
Fonoaudiologia y Psicologia.
NORMAS PARA LA CONSULTA EXTERNA
a) Atención en guardia
Las prestaciones 100 % a cargo de la Obra Social (sin cargo para el beneficiario)
Se reconocen las que a continuación se detallan:
1. Consulta
2. Laboratorio: incluye practicas de baja complejidad. – HISOPADO DE FAUCES, TEST DE FAUCES Y TEST RAPIDO DE FAUCES ( No requiere autorización ).
3. Radiología y Ecografia: Simples y nomencladas
4. Otros estudios: Electrocardiograma
5. Otras prestaciones: Suturas, yesos, inmovilizaciones, realizadas en guardia.
6. Medicamentos suministrados en la guardia.
Si por excepción se requiriera otra prestación, debe abonarse el coseguro convenido. Se advierte
que todo estudio solicitado por Guardia debe estar vinculado totalmente al diagnóstico de la
consulta que lo genera, de no ser así se procederá al débito total, además toda práctica de guardia
debe estar avalada con la correspondiente consulta.
b) Consultas Programadas
1 Los pacientes se atenderán en las especialidades mencionadas en el punto 1 de este
Anexo; o serán derivados por LA OBRA SOCIAL con orden médica y administrativa,
según el caso.
2 Se reconocen hasta 2 consultas por mes de la misma especialidad. Si fueran
necesarias más consultas, debe adjuntarse FOTOCOPIA de H.C. ambulatoria.
3 La atención de Obstetricia es sin cargo, esto incluye la atención durante el embarazo y
el puerperio; y las prestaciones de rutina no requieren previa autorización de LA OBRA
SOCIAL (exceptuando los estudios genéticos y de alta complejidad).
4 Los análisis que la paciente embarazada ya se haya realizado por LA OBRA SOCIAL
deben ser válidos para su seguimiento obstétrico. No deben solicitarse nuevamente, a
menos que el caso en particular lo requiera.
Confecciòn de òrdenes y recetas:
Se recomienda la confección completa y correcta de las Ordenes de Consulta y Prestaciones a fin
de no ser rechazadas por la Auditoría Médica de “LA OBRA SOCIAL”. No omitir especialidad
médica, número de matrícula y diagnóstico legible.
La prescripción de los medicamentos se hará en ordenes del Prestador. En las mismas, el
médico colocará los datos del afiliado, diagnóstico y los medicamentos recetados.
Los medicamentos de venta bajo receta archivada deberán confeccionarse en original y en
duplicado con la aclaración de la palabra “DUPLICADO”. También deberá aclarar
“EMBARAZADA” o “PRIMER AÑO DE EDAD” a los beneficiarios del Plan Materno Infantil.
LA OBRA SOCIAL utiliza vademécum por bandas terapéuticas y monodrogas, de acuerdo a la
legislación sobre “Promoción de utilización de medicamentos por su nombre genérico”. (Ley Nº
29987/02 - MS) y del Programa Médico Obligatorio en vigencia.
Los medicamentos de uso dermatológico, serán prescriptos debiendo aclarar en el recetario
oficial la frase “USO MEDICINAL” y aclaración de la especialidad con el sello respectivo.
En el caso de anticonceptivos perorales y parenterales aclarar en el recetario oficial la frase
“USO TERAPEUTICO”.
En el caso de vitaminas perorales y parenterales, aclarar en el recetario oficial la frase “USO
IMPRESCINDIBLE”.
El médico indicará claramente con letras y números la cantidad de productos diferentes,
cantidad de envases por producto y tamaño o contenido de los envases, debiendo ajustarse a
las siguientes alternativas:
a) Cantidad de productos diferenciales: Hasta tres (3) productos por cada receta.
b) Cantidad de envases y tamaño o contenido: Las alternativas son las siguientes:
Un producto de tamaño mayor y dos (2) restantes de tamaño chico.
Los tres (3) productos de tamaño chico.
c) Medicación inyectable: En caso de medicación inyectable antibiótica, se podrán prescribir
hasta cinco (5) ampollas por producto. El médico indicará de puño y letra la frase
TRATAMIENTO PROLONGADO en el recetario oficial, en el supuesto de que el paciente
necesite medicación por mayor lapso de tiempo.
C) NORMAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS AMBULATORIAS :
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS:
Los estudios y/o tratamientos complementarios serán prescritos en la órdenes medicas del
Prestador, las cuales deberán estar correctamente completadas en todos sus detalles,
especificando las causas o diagnóstico presuntivo por el cual se solicita, a fin de evitar el
rechazo por la Auditoría Médica de LA OBRA SOCIAL.
PRACTICAS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÒN:
*a) PRACTICAS NOMENCLADAS:
- Radiología contrastada - Mamografía – T.A.C.
- Estudios Hormonales y RIE - Medicina Nuclear
- Endoscopías - Ecocardiogramas / Hemodinamia
- Diálisis -Psicología/ Rehabilitación del lenguaje y
Fisiokinésica.
-Prácticas de laboratorio que no impliquen rutina del embarazo, o las que rectifiquen o
ratifiquen diagnóstico en caso de atención de guardia.
*b) PRACTICAS NO NOMENCLADAS Y/O DE ALTA COMPLEJIDAD:
En caso de exámenes complementarios especializados: Ecocardiología, Medicina Nuclear,
RIE, Estudios Radiológicos Venosos, o Arteriales Contrastados, TAC, RMN, Hemodinamia,
Genéticos etc., demostrando haber agotado todas las instancias anteriores para llegar al
diagnóstico.
Es imprescindible la especificación de las causas o diagnóstico presuntivo que motivó el
pedido.
Asimismo se recomienda que tanto los Bonos y Orden de Atención, Pedidos de Estudios
Complementarios como también las historias clínicas serán confeccionadas con letra clara y
legible, caso contrario la Auditoría Médica de LA OBRA SOCIAL rechazará las mismas.
Estas autorizaciones se realizará vía Fax. 4308-2678 Conmutador Opcion Nº 4 ó Int 117 / 433.
.................................
2. INTERNACIÒN
Se acuerda por medio del presente Convenio, los siguientes tipos de internaciones:
Atención del embarazo, parto y puerperio (se cubrirán en habitación compartida con baño
privado)
Internación Clínica y Quirúrgica de Neonatología (según el diagnóstico y la complejidad
necesaria). Se cubrirá un acompañante siempre que el paciente sea menor de 10 años (
según normas Nomenclador Nacional), excepto en aquellos pacientes internados en
Terapia Intensiva.
Ante toda internación programada se solicitará a “LA OBRA SOCIAL” por fax, la
correspondiente Orden de Internación, previo al acto de admisión del paciente.
Ante toda internación de urgencia, se solicitará, por fax, la Orden de Internación dentro de
las veinticuatro (24) horas posteriores al acto de admisión del paciente y LA OBRA SOCIAL
se guarda el derecho de autorizarlo o efectuar la derivación al Servicio Propio.
En caso de derivación, LA OBRA SOCIAL procederá al traslado en tiempo y forma, con los
medios de complejidad adecuados. En caso que el traslado implique riesgo para la salud
del paciente, se autorizará la internaciòn, previa comunicación del médico tratante del
PRESTADOR y del profesional de LA OBRA SOCIAL.
En todos los casos el pedido de internación, con diagnóstico presuntivo legible, expedido
por el médico tratante, deberá ser autorizado por LA OBRA SOCIAL y deberá tener el
conforme con la firma del afiliado. Se deberá adjuntar copia de carnet del beneficiario y
último recibo de sueldo del titular.
La Orden de Internación se emitirá con una determinada validez de cobertura en 2 (dos)
días de internación. Si vencido el plazo el paciente debe continuar internado, se solicitará
la prórroga dentro de las veinticuatro (24) horas anteriores a su vencimiento. En los casos
de prórroga se deberá adjuntar a dicho pedido el resumen de la evolución de la historia
clínica del paciente. La Orden de Internación emitida por “LA OBRA SOCIAL” por una
determinada cantidad de días, de acuerdo a la patología del afiliado, no es condición
suficiente para avalar y aceptar los días y sus prestaciones en la facturación ya que dichos
conceptos estarán sujetos a revisión y observación de la Auditoría Médica y Administrativa
de “LA OBRA SOCIAL” basados en las fotocopias de Historias Clínicas, obligatorias para la
facturación de las Internaciones.
Para la realización de Estudios de alta complejidad y no nomenclados (TAC, RNM, etc.) se
solicitará autorización a “LA OBRA SOCIAL”, este trámite se efectúa vía Fax.
Para la provisión de medicamentos de uso no habitual y de alto costo, prótesis y órtesis, a
los pacientes internados se dará aviso y se recibirá respuesta de LA OBRA SOCIAL vía
Fax de cada caso en particular, quedando a criterio de la misma la reposición inmediata o
la autorización de incluir el costo en la factura del egreso con sus respectivos
comprobante (troqueles , stickers, etc.) en los casos de implantes se debe enviar la
Certificación de Implante original debidamente confeccionada en la facturación del egreso,
de no ser así se procederá a su débito.
PARA DERIVACION: Telefax: 4308-2690 / AUTORIZACION DE INTERNACION y
Ambulatorios de alta complejidad Telefax: 4308-2699 / 2678 (Int. 117 y 118). Las 24 hs.
Los 365 días del año. Durante el fin de semana o días feriados a los Int. 301/304/433.
PROGRAMA MATERNO INFANTIL
Este programa ha sido puesto en marcha a fin de cumplimentar los siguientes objetivos:
- Facilitar la comunicación de la red asistencial.
- Sistematizar y unificar la recolección de datos.
- Mejorar el conocimiento sociodemográfico de la población afectada al citado Programa.
- Favorecer el cumplimiento de las normas asistenciales de diagnóstico y tratamiento.
- Mejorar la vigilancia epidemiológica en el área de Perinatología.
- Facilitar la tarea de la Auditoría Médica.
Los instrumentos para lograr estos objetivos son los siguientes:
La Historia Clínica Perinatal - Planilla Nº 1 -
El Carnét Perinatal - Planilla Nº 2 -, tal como fueran formulados por el Centro
Latinoamericano Perinatológico (CLAP)
La Planilla N º 3 para el Recièn Nacido Patològico.
Declaraciones Juradas (Protocolo de Atenciòn del Plan de Reintegro para la Atenciòn del
Nacimiento y Protocolo de Atenciòn al Recièn Nacido).
Dichos fomularios seràn instrumentados de la siguiente manera:
1. Las planillas Nº 1 y la Nº 2 seràn otorgadas a cada embarazada que ingresa al Programa y
serán completadas por duplicado por el médico actuante.
2. La primera Historia Clínica Perinatal se adjuntará a la Historia Clínica de la paciente que
obra en el establecimiento a su cargo.
3. El segundo Carnét Perinatal, la embarazada lo tendrá siempre en su poder, actualizado en
cada consulta y/o atención que se le efectúe.
4. En el momento del parto, se completarán ambos instrumentos, quedando la HC Perinatal
dentro de la HC y el carné Perinatal en poder de la madre.
5. En caso de internación del recién nacido en UTIN se adjuntará la Planilla Nº 3 completa.
6. Las Declaraciones Juradas Materna y del Recién Nacido deben adjuntarse a la
facturación de los partos, completas y firmadas por los correspondientes
profesionales responsables.
El cumplimiento de esta normativa será indispensable y se adjuntará a la HC, de la que pasa a ser
parte obligatoria, para su facturación. La ausencia de las mismas será motivo de débito.
Se adjuntan al presente Anexo los modelos de los formularios antes mencionados.
.............................
NORMAS GENERALES DE FACTURACIÒN
LA OBRA SOCIAL abonará a EL PRESTADOR, por cada prestación que realizare, las sumas que
resultan del detalle de prestaciones y precios que se adjuntan al convenio firmado.
PRESENTACIÒN DE LA FACTURA: Los servicios se facturarán a mes vencido y los brindados en
un mes calendario deberán ser presentados al cobro junto con toda la documentaciòn avalatoria
en la oficina de Auditorìa Tècnica de la Obra Social del Personal Gràfico, de lunes a viernes de 9
a 16 hs. donde se le darà ingreso con sello de entrada en el que consta la fecha en que dicha
presentaciòn se efectuò. La factura deberá cumplir con los requisitos establecidos por la AFIP.
AMBULATORIO:
Acompañando la factura EL PRESTADOR deberà presentar el Detalle general de atenciòn
ambulatoria en el que conste:
- Fecha de la consulta o pràctica
- Nùmero de afiliado a LA OBRA SOCIAL
- Nombre y apellido completo del paciente
- Còdigo de consulta o pràctica
- Precio a abonar por còdigo
-Ticket emitido por sistema Transalud.
Ademàs, se deberàn adjuntar los respectivos bonos de consultas y pràcticas.
INTERNACION:
Además del Detalle general de todas las internaciones producidas en el perìodo facturado, se
confeccionarà un Detalle individual en el cual deberà constar :
- Nombre y apellido del paciente
- Número de afiliado a LA OBRA SOCIAL
- Fecha de ingreso y egreso
- Monto de la internaciòn
Se adjuntará copia de Historia Clínica con la respectiva Orden de Internaciòn, Informe de
Hospitalización y Epicrisis debidamente confeccionada.
En internación por parto/cesárea se deberá presentar copia completa de Historia Clínica con el
parte quirúrgico correspondiente, las Declaraciones Juradas Materna y del Recién Nacido
firmadas por los profesionales actuantes o responsables y copia del Certificado de Parto o
Nacimiento. Se adjuntarán los resultados de FEI; de no contar con los resultados al momento de
la facturación, enviarlo por medio de una nota en la que se listen los nombres de los bebes y sus
madres, esto no debe exceder los 3 (tres) meses.
Se debe presentar factura original y copia.
La ausencia de cualquiera de las indicaciones establecidas en la presente Carta Intención serán
motivo de débito.
ANESTESIA: la Ospg tiene contrato con LA ASOC.DE ANESTESIA,ANALGESIA Y
REANIMACION DE BS AS, por lo tanto no deben facturarnos bajo ningun concepto los gastos de
anestesia.
COBRO DE LA FACTURA: Toda facturación presentada en tiempo y forma, tiene una fecha de
vencimiento a 60 (sesenta) dias corridos a partir de su entrada en la oficina de Auditoría Tecnica.
En caso de existir alguna diferencia LA OBRA SOCIAL emitirá una ORDEN DE DÈBITO DE
AUDITORIA, donde constará el motivo del débito y los datos correspondientes a la prestación
debitada y al beneficiario.
El pago se hará efectivo en el domicilio de LA OBRA SOCIAL mediante cheque a la orden del
PRESTADOR y en ocasión de percibir el pago se deberá emitir recibo en legal forma donde se
detallarán los conceptos abonados y eventuales débitos que se hubieran producido. Las
refacturaciones por débitos serán abonadas, cuando ello corresponda, dentro de los treinta (30)
días de recibidas.
COBROS INDEBIDOS: Cualquier pago adicional por los servicios incluidos en la presente Carta
Intenciòn, será debitado por LA OBRA SOCIAL a EL PRESTADOR, en el próximo pago, sin
perjuicio de la posibilidad de aplicar una multa equivalente al doble del importe percibido
indebidamente, que se debitarà de las sumas a liquidar a EL PRESTADOR. La reiteración de
estos incumplimientos es causal suficiente para la disolución de la relación contractual por parte
de LA OBRA SOCIAL, sin notificación previa alguna. EL PRESTADOR por su parte también podrá
denunciar a LA OBRA SOCIAL eventuales irregularidades en que hubiese incurrido algún
beneficiario.
AUDITORÌA: LA OBRA SOCIAL queda facultada a ejercer el control de los servicios contratados,
debiendo realizarlo a través de su personal profesional. EL PRESTADOR acepta los controles que
LA OBRA SOCIAL y la Superintendencia de Servicios de Salud puedan realizar para verificar la
calidad de la prestación. Las partes se comprometen a observar las normas dictadas en el marco
del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE LA ATENCIÓN MÉDICA creado por Resolución
Nº 432/92 SSS y de acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 855/93 del Ministerio de Salud
y Acción Social de la Nación, las Resoluciones 194/2001, 195/2001, 365/2002, las normas del
Plan Médico Obligatorio y Plan Médico Obligatorio de Emergencia, normas concordantes y
reglamentarias.
NORMAS PARTICULARES
AUDITORÌA EN TERRENO
La Prestataria controlará las Internaciones efectuadas en las Clínicas por medio de un Auditor en
terreno el cual formulará las apreciaciones, observaciones y requerimientos pertinentes en una
hoja expresamente adherida a la Historia Clínica para tales efectos. El Prestador podrá solicitar las
aclaraciones pertinentes y sus observaciones por el mismo medio. En caso de conformidad del
Auditor de terreno, se tendrá por aceptado definitivamente lo actuado en la Historia Clínica.
AUDITORÌA COMPARTIDA
En todos aquellos casos en que surjan diferendos en la interpretación de los débitos y/o
refacturación de los mismos, se someterá la controversia a una Auditoría compartida entre
miembros de ambas instituciones; la cual puede ser solicitada por cualquiera de las partes y
resolver la cuestiòn en el plazo de quince (15) días desde que la auditoría fuera solicitada y
adoptarán las decisiones por simple mayoría.
INTERNACIONES PROLONGADAS
En caso de Internaciones Prolongadas, se podrá a opción de la Clínica, efectuar cortes
parciales, quincenales o mensuales para su facturación.
PLAN MATERNO INFANTIL:
- Si inmediatamente posterior al parto la madre requiriera de cuidados intensivos, se facturarà la
diferencia de valor piso.
- En caso de que el Recièn Nacido pase a la Unidad de Terapia Intermedia o Intensiva, se
solicitarà a LA OBRA SOCIAL la Orden de Internaciòn con el diagnòstico correspondiente y se
facturarà el dìa según valores convenidos.
FACTURACIÒN DE EXCLUSIONES
Las prestaciones no relacionadas con una pràctica o intervenciòn determinada y realizada dentro
del perìodo cubierto por el mòdulo, se facturaràn segùn los valores convenidos para prestaciones
ambulatorias.
Medicamentos Excluidos: Según valores Manual Kairos.
Descartables Excluidos: Según valores de mercado.
MOTIVOS DE DEBITOS
Tenemos en cuenta el Pmo, la acreditacion de los afiliados, el cobro de coseguros a los afiliados,
los valores de las practicas y prestaciones convenidos, la documentacion complementaria, la
cantidad de consultas mensuales.
................................
CREDENCIALES AUTORIZADAS
El prestador contratado solo podra prestar los servicios de salud a los pacientes que cuenten
con los siguientes planes, salvo que los pacientes concurran con una derivación y autorización
expresa de nuestra institución.
PLANES
PLAN S1 (color Dorada): UNICAMENTE ATENCION POR GUARDIA PLAN S2 (Color Gris) : TODAS LAS PRESTACIONES CONVENIDAS. VER ANEXO 1. PLAN MENOR DE UN AÑO: TODAS LAS PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL CONVENIO.
PLAN MATERNIDAD: TODAS LAS PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL CONVENIO INHERENTES AL EMBARAZO.
Recordamos que deben realizar la validacion de los afiliados registrar prestaciones y autorizar
las mismas a traves de TRANSALUD.
Mesa de Ayuda Transalud: 4315-3616 Lu a Vi de 8 a 21 hs. servicios@transalud.com.ar
Las claves fueron remitidas cada prestador por mail.
TRANSALUD: a traves de la utilizacion de este sistema de Internet y la implementación del
sistema de validación de Transalud vía Web de las consultas (www.transalud.com.ar), no será
necesario requerir a nuestros afiliados chequera de consulta, practicas, guardia, etc. en definitiva
ningun tipo de chequera o bono.
Confirmamos que se puede validar la afiliación de los pacientes, los planes a los que pertenecen y también registrar las prácticas y consultas Para su atención nuestros afiliados deberán presentar su credencial y documento, además solicitamos que toda transacción sea registrada a través del sistema de TRANSALUD, evitando así cualquier tipo de débito por no afiliación.
Planilla Nº 1
Planilla Nº 1
Planilla Nº 2
Planilla Nº 2
PLANILLA Nº 2
Planilla Nº 3
PROTOCOLO DE ATENCION DEL PLAN DE REINTEGRO PARA
LA ATENCION DEL NACIMIENTO
Nombre y apellido beneficiaria:
Nº CUIL Titular:
Nombre de la Clínica:
Fecha de parto/cesárea:
Se deja constancia que a la paciente mencionada se le han realizado las siguientes prestaciones
correspondientes al control del embarazo:
Examen ginecológico, papanicolau y colposcopia.
Examen de laboratorio de rutina con serología para la detección de sífilis y chagas.
Test diagnóstico del Virus de Inmunodeficiencia Humana.
Grupo sanguíneo y factor Rh.
Análisis de orina completa.
Vacunación contra tétanos (SABIN según expresa indicación medica).
Ecografías obstétricas.
Firma Médico Obstetra Firma Médico Auditor O.S.P.G
PROTOCOLO DE ATENCION AL RECIEN NACIDO
Se deja constancia que al niño/a___________________________________ hijo/a de
_______________________ y_________________________, ambos beneficiarios de la Obra
Social del Personal Gráfico, se le han realizado los siguientes estudios y vacunaciones que se
mencionan a continuación:
Detección de Fenilcetonuria.
Detección de Hipotiroidismo Congénito.
Detección de Enfermedad Fibroquistica del Páncreas.
Hiperplasia Suprarrenal Congénita.
Galactosemia.
Déficit Biotinidasa.
Vacunas BCG y 1º dosis de hepatitis B.
Firma Médico Pediatra Firma Médico Auditor O.S.P.G
CONTACTOS
SECTOR DE SOLICITUD DE VISITAS, EMERGENCIAS, URGENCIAS DOMICILIARIAS Y
TRASLADOS PROGRAMADOS: 4308-2678 INT 215
DIRECTOR MEDICO: Dr. Eduardo Caraballo (4308-2678 Int. 212/213)
ENCARGADA ADMISIÓN : Sra. Marìa Elena Torres, encargada del sector de Admisiòn (4308-
2678 / 2699 Int. 117 / 433).
ENCARGADA ADMISIÓN ALBERTI: Srta. Estevez Laura (Alberti 447 CCV-Internación y Guardia
las 24 hs. los 365 días del año) 4308-2678 Int. 301
JEFA SERVICIO DE PEDIATRÍA: Dra. Marta Pisano al 4308-2678 Int 132.
COORDINADOR SERVICIO DE TOCOGINECOLOGÍA: Dr. Omar Aizpeolea 4308-2678 Int 308.
Lunes a Jueves de 12 a 15 hs.
AUDITORÍA TECNICA: 4308-2678 Int. 104/105 de lunes a viernes de 08 a 15 hs., Jefatura
Contadora Maria Ines Vigolo.
TESORERIA: 4308-2678 Int. 121
CONTABLE: 4308-2678 Int 123
CONMUTADOR: 4308-2678/79/81/82 LAS 24 HS. LOS 365 DÍAS DEL AÑO.
Estamos siempre disponibles para evitar inconvenientes en la atención a nuestros
beneficiarios y en la relación con los prestadores que seleccionamos para este fin y
contamos con vuestra buena disposición para lograrlo.
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Obra social del Personal Gráfico
COSEGUROS
NORMAS SOBRE COBRO DE COSEGURO
Rige el cobro de coseguro solamente para pràcticas programadas ambulatorias y las de
guardia que excedan a las mencionadas en el punto ATENCIÒN EN GUARDIA
El cobro de coseguro es obligatorio para EL PRESTADOR, quien deberà cobrar al beneficiario
el importe establecido detallado a continuciòn:
Consultas ambulatorias: $20 (pesos veinte) para afiliados activos.
Pràcticas : el 65% del valor total para los afiliados activos.
Eximidos del pago de coseguro: los afectados al PLAN MATERNO INFANTIL
(embarazo, puerperio y menores de 1 año de edad).
Està absolutamente vedado solicitar a nuestros afiliados suma alguna en cualquier otro
concepto o màs elevado de las establecidas.
Todo coseguro cobrado a los afiliados debe ser descontado de los valores acordados con LA
OBRA SOCIAL al confeccionar la facturaciòn.
.................................
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