n 18580907 el caminar de un presbitero- jose garcia dosal rubin de celis
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N-18580907 Segovia
A V. R.M., Señores del Supremo Consejo de Ministros y Real
Cámara del Patronato
Nos el Dr. Don Tomás Baeza González, presbítero, Canónigo
Magistral de la Real é Insigne Iglesia Colegial del Real Sitio de
SanIldefonso, Predicador de S. M. y su
Capellán de Honor Honorario,Gobernador Eclesiástico, Previsor y Vicario Capitular del mismo Sitio
y su Abadía, Vere Nullius, etc.
Hacemos saber: Que por parte del Licenciado Don José García Dosal y Rubín,
Presbítero,Canónigo Doctoral de esta Insigne y Real Iglesia Colegial, se nonha suplicado le despachemos nuestras
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letras testimoniales, y accediendo a su deseo----
Víctor M. Cortijo Rubín de Celis
N- 18580907-SEGOVIA
A Vuestra Real Magestad; Señores del Supremo Consejo de Ministros Real Cámara del Patronato
Nos el Dr. D. Tomás Baeza Gonzáles, Presbítero, Canónico
Magistral de la Real e Insigne Iglesia Colegial del Real Sitio de San
Ildefonso Predicador de S. M., y su Capellán de Honor Honorario,
Gobernador Eclesiástico, Provisor y Vicario Capitular del mismo Sitio
y su Abadía, Vere Nullius, etc.etc….,
Hacernos saber: Que por parte del Lic. D. José García Dosal y
Rubín de Celis, Presbítero, Canónigo Doctoral de esta Insigne y Real
Iglesia Colegial, se nos ha suplicado le despachemos nuestras letras
testimoniales, y accediendo á sus deseos, acordamos expedir las
presentes, por las que con vista de los documentos que nos ha
exhibido, Certificamos:
Que el expresado D. José García Dosal es hijo legítimo y de legítima
matrimonio, natural del lugar de Celis, Diócesis de Santander, de
edad de treinta y nueve años. Que en el año de mil ochocientos
cuarenta y cuatro concluyó su carrera literaria en la Universidad de
Valladolid habiendo cursado y probado literatura con todo
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aprovechamiento los años de Filosofía, Jurisprudencia y Cánones que
por el Plan de estudios se exigía, hasta la recepción del grado de
Licenciado, que obtuvo nemine discrepante en veinte y cuatro de
Setiembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, cuyo título le fue
expedido en veinte y dos de Enero del siguiente de mil ochocientos
cuarenta y cinco por el Ministerio de la Gobernación.
Que en Marzo de mil ochocientos cuarenta y siete fué nombrado por
el Excmo. Sr. Dean y Cabildo del Arzobispado de Toledo, Visitador,
con retención de Ja Fiscalía del partido de Vidaria Cuadrillas, o sea
Puebla de Alcocer, montes de Toledo y agregados del Campo de
Calatrava. Que en el mismo año fue también nombrado por el Excmo
Sr, Dean y Cabildo, Examinador Sinodal de la Vicaría de Ciudad Real.
Que en veinte y seis de Marzo del mismo año fue nombrado Fiscal
de la Audiencia Arzobispal de Ciudad Real, Arzobispado de Toledo.
Casa - La Capellanía de Celis
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Que en el de mil ochocientos cuarenta y seis fue ordenado de menores y mayores hasta el Presbiterado inclusive á titulo de una capellanía eclesiástica fundada en la parroquia del mencionado lugar de Celis.
Que en diferentes ocasiones en el espacio de estos cuatro años
estuvo regentando interinamente la Vicaría de Ciudad Real, por
ausencia del Vicario, cuyos cargos estuvo desempeñando hasta el
año de mil ochocientos cuarenta y nueve, que hizo renuncia de ambos
y le fue admitida por el Emrno. Sr. Cardenal Arzobispo en diez y
nueve de Febrero del mismo año, dándole S. Emma, las más
expresivas gracias por el buen comportamiento y exactitud con que
desempeñó uno y otro cargo.
Que en Febrero del expresado año de cuarenta y nueve fue
nombrado por el Excmo. Sr. Obispo de la Diócesis de Segovia, su
Fiscal general Eclesiástico y Ecónomo de la parroquia de San Martín
de la dicha ciudad de Segovia. Que en dos de Junio de mil ochocientos
cincuenta, previa oposición en Concurso general á los curatos
vacantes del referido Obispado de Segovia, fue colacionado y en-
siete del mimo tomó posesión del mencionado Curato en propiedad,
de numeroso vecindario y clasificado de término; e! que regentó con
la mayor exactitud y celo, a satisfacción de su Prelado y con
aprovechamiento de sus feligreses hasta el veinte y dos de Junio de
mil ochocientos cincuenta y siete
Que durante su residencia en la precitada Ciudad desempeñó
interinamente en diferentes ocasiones el Provisorato de aquel
Obispado en ausencias y enfermedades del que lo era en propiedad.
Que en nueve de Noviembre de mil ochocientos cincuenta fue
nombrado por el Excmo. e Ilmo. Sr. Obispo de la misma Diócesi, Vocal
de la Junta Conciliar del Seminario de la referida Ciudad.
Que en el año de mil ochocientos cincuenta y cuatro fue elegido
Abad del Cabildo Parroquial de la misma ciudad de Segovia.
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Que en el tiempo que estuvo en la Diócesis de Segovia desempeñó
muchas y delicadas comisiones que le fueron encargadas por el
Excmo. é Ilmo. Sr. Don Francisco de la Puente, las que evacué á
satisfacción del mismo e igualmente de los dos Señores
Gobernadores que le sucedieron, en cuantas le cometieron.
Que el Ilmo. Cabildo Catedral de la indicada Ciudad, en atención a
sus relevantes cualidades y exactitud con que desempeñó todos sus
cargos, le nombró al fallecimiento del Ilmo. Sr. D. Fr. Francisco de la
Puente en sede vacante Fiscal general Eclesiástico del Obispado en
los términos que anteriormente lo venia siendo; en cuyo desempeño
continuó hasta treinta y uno de Agosto del año cincuenta y cinco, en
que por acuerdo del mismo Ilmo. Cabildo y continuar la práctica
observada por el mismo en iguales circunstancias de sede vacante, se
nombró para dicho cargo de Fiscal general Eclesiástico a un individuo de su seno Capitular.
Palacio Real de San Ildefonso - Segovia
Que en veinte y ocho de Abril de mil ochocientos cincuenta y siete
previa la correspondiente oposición fue elegido canónicamente por el
Ilmo. Cabildo de esta Insigne y Real Colegiata, Canónigo Doctoral de
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la misma, de cuya Prebenda fue colacionado el veinte de Junio del
referido año, y en veinte y dos de los mismos tomó posesión de ella
la que ha estado desempeñando y ahora desempeña con la mayor
exactitud y celo, a satisfacción nuestra y del Ilimo. Cabildo. Que en.
Agosto del mismo fue nombrado Fiscal Eclesiástico de esta Abadía, y
en Diciembre del mismo Examinador Sinodal de dicha Abadía, en la
que ha estado desempeñando también el Gobierno Eclesiástico con el
mayor acierto, durante nuestras ausencias y enfermedades.
Que en Febrero del corriente año fue nombrado por el Excmo. é
Ilmo. Señor Arzobispo de Valladolid, Provisor y Juez Metropolitano de
aquel Arzobispado, cuyos cargos estuvo desempeñando hasta el mes
de Mayo del mismo año en que hizo renuncia de ellos por habérsele
concluido el tiempo de su recesit, y optar por volver á residir su
Prebenda, Que en Junio de este mismo año le nombramos Ecónomo
con el cargo de Cura de Almas de la Parroquia de esta Colegiata, el
cual está desempeñando en la actualidad á la vez que las
obligaciones de su Prebenda, con la mayor puntualidad y en un todo
á nuestra satisfacción
Que tiene licencias absolutas de Celebrar, Confesar y Predicar, en
los Arzobispados de Toledo y Valladolid, y en los Obispados de
Segovia donde es también examinador Sinodal, Ávila, Palencia,
Zamora, Sigüenza, y en esta Abadía:
Últimamente certificamos, que el expresado D. José García Dosal
Rubín de Celis es un Eclesiástico de buena vida y costumbres, de
sanas doctrinas, no esta excomulgado, entredicho, ni ligado con
censura alguna Canónica que le prive del uso de sus licencias, y
ejercicio de su ministerio, ni ha sido procesado por Tribunal alguno; y
su conducta por todos conceptos es, y ha sido siempre muy conforme
al estado Sacerdotal que profesa; por todo lo cual le consideramos
idóneo y acreedor á ser atendido en sus pretensiones, y obtener
cualquiera Dignidad o Conongía en las Catedrales del Reino. En cuyo
testimonio mandamos dar y damos las presentes firmadas de nuestra
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mano, selladas con el del Ilmo. Cabildo Colegial y refrendadas de
nuestro infrascripto Secretario de Cámara y Gobierno, en el Real Sitio
de San Ildefonso siete días del mes de Setiembre de mil ochocientos
cincuenta y ocho.
Dr, Tomás Baeza González. Por mandato de S.S.
Secretario Tomás Albuñico,-
-----------------------------ooo0ooo---------------------------------.
Documento conseguido por Víctor M. Cortijo en el Archivo Eclesiástico de Segovia el veinte de mayo de 2002.
Trazas para la Historia de Celis // Versalles, 24 abril – 2010 --- Víctor Manuel Cortijo Rubín de Celis
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