mps al dÍa enero 20 de 2012
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Edición 3 - Viernes 20 de enero de 2012
Grupo de Comunicaciones
Teleconferencia
En las instalaciones del Canal Institucional RTVC se llevó a cabo el 19
de enero la teleconferencia Nuevo POS y Decreto Ley Antitrámites en
Salud.
La teleconferencia fue presidida por el ministro de Salud y Protección
Social, Mauricio Santa María Salamanca y la viceministra de Salud
Pública y Prestación de Servicios, Beatriz Londoño Soto, quienes res-
pondieron las inquietudes de los colombianos sobre temas como los
nuevos beneficios del Plan Obligatorio de Salud, vigente desde el 1 de
enero de 2012 y la supresión de algunos trámites que buscan tener un
sistema de salud equitativo que brinde servicios de mayor calidad y
oportunidad a todos los colombianos.
Beatriz Londoño Soto,
Viceministra de Salud Pública
y Prestación de Servicios
Nueva cultura de capacitación 2012
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Uso de los ascensores
Cada usuario debe:
1. Digitar el piso de destino sólo una vez en el teclado.
2. Hacer la fila en el ascensor A, B, C, D asignado.
3. Ingresar al ascensor por la derecha.
4. Salir del ascensor por la derecha.
Tomar solo el ascensor asignado por el sistema.
Recuerde:
Dejar salir, permite entrar mas rápido.
No detenga el ascensor con la mano.
Una vez en el ascensor, no necesita volver a marcar.
Evite el sobrecupo.
Use las escaleras, si su destino implica subir uno o dos pisos
Tenga presente los mensajes audiovisuales que el sistema emite por los
teclados en cada piso y siga sus indicaciones.
Primeros auxilios
El Ministerio de la Protección Social expidió la Resolución N. 02010 del 31
de mayo de 2011
Por la cual se establecen pautas para desarrollar actividades de supervisión e interventoría de
los contratos suscritos por el Ministerio de la Protección Social y los celebrados por terceros con
cargo a recursos del Ministerio y se dictan otras disposiciones sobre la ejecución y liquidación
de contratos. Continuamos publicando el contenido de la Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: OBLIGACIONES Y/O FUNCIONES DE LOS SUPERVISO-
RES E INTERVENTORES:
Las funciones y obligaciones de los interventores son de orden técnico, adminis-
trativo, financiero y legal.
Suscribir las actas a que haya lugar, entre las cuales se encuen-
tran las siguientes: Acta de inicio; Acta de recibo total o parcial;
las demás a la que haya lugar con ocasión a la ejecución del
contrato.
Rendir oportunamente los informes que le solicite el Ordenador
del Gasto y los órganos de control del Estado.
Organizar el archivo propio de la supervisión y/o interventoría,
conforme a las normas archivísticas.
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