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MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
ECONOMIA – LOGISTICA Circular No. 02/2004 20 de Abril del 2004 “Año del 45 Aniversario del Triunfo de la Revolución”
ASUNTO: Procedimiento para la entrega de medicamentos especiales indicados a pacientes con determinadas patologías crónicas.
GENERAL: Por la Resolución Ministerial No. 232/2000 se instruye la forma de solicitar medicamentos muy específicos prescritos a pacientes crónicos para tratamientos por tiempo prolongado.
La satisfacción de esta demanda se ha venido resolviendo por mecanismos operativos que son necesarios uniforma en aras de agilizar la entrega al paciente mediante el siguiente
PROCEDIMIENTO:
1. La solicitud de los medicamentos prescriptos se continuará efectuando por el método indicado en la Resolución 232/2000, en la que se identifica al Grupo Operativo Nacional de Medicamentos, en lo adelante GONM, como decisor final de la solicitud.
2. Se ha decidido asignar a la Dirección del Hospital Clínico Quirúrgico Calixto García la responsabilidad de centralizar la recepción, control y entrega de estos medicamentos a los hospitales e institutos que han formalizado la demanda en Ciudad de La Habana y Provincia Habana.
3. Corresponde a la Dirección Provincial de las otras provincias seleccionar el hospital que se encargará de esta actividad e informarlo al GONM en un término de 20 días posteriores a la fecha de esta Circular.
4. El GONM tramitará la adquisición del medicamento con la productora o la importadora según el caso, la que una vez producido o importado, lo situará en las entidades designadas para distribuirlos a los Hospitales Nacional o Provincial seleccionados en cada provincia.
El GONM enviará el certificado medico al Hospital seleccionado en cada provincia ordenando la entrega de los medicamentos a las unidades solicitantes.
5. Por la relevancia de los medicamentos que se incluyen en este proceder y el destino personalizado, en el tratamiento de enfermedades crónicas, las direcciones de las unidades que intervienen deben garantizar la selección de personal confiable y de experiencia así como las condiciones mínimas para desarrollar el trabajo satisfactoriamente.
ECONOMIALOGISTICA Circular No. 02/2004 Página No. 2
Por la Importadora
6. La importadora compra los medicamentos en el exterior, efectúa la internación y los entrega en la entidad o droguería encargada de enviarlos a los hospitales seleccionados.
7. La entrega se realizará mediante el subsistema de cobro y pago facturando a los precios oficiales. El término de pago debe ser para Ciudad de La Habana 10 días y para el resto de las provincias 20 días.
8. Debe establecer relaciones contractuales con los receptores a fin de garantizar el control técnico –económico y el pago de la mercancía.
Por los Hospitales Seleccionados en cada Provincia
9. Jerarquizarán la actividad designando un especialista en farmacia que se encargue del control técnicoeconómico y la distribución de los medicamentos a las unidades del territorio.
10. Habilitarán un área con las condiciones adecuadas para recepcionar, almacenar y entregar los medicamentos a los hospitales e institutos, la que formará parte del almacén de medicamentos del hospital.
11. A esta área se le aplicará igual tratamiento contable y de control técnico –económico que el almacén de medicamento.
12. Recepcionará, almacenará y entregará los medicamentos mediante factura a los hospitales e institutos a los que están dirigidos.
Las operaciones financieras de pago a los suministradores y cobro a los destinatarios se realizarán por la cuenta especial habilitada en el Calixto García y en el resto de las provincias por la cuenta de gasto aportando el ingreso.
13. La facturación se realizará en el modelo vigente en original y 2 copias a los precios que fueron pagados por el hospital.
El original de la factura se entregará conjuntamente con los medicamentos a la unidad solicitante.
La primera copia se envía al departamento de contabilidad conjuntamente con el cheque presentado por el comprador.
La segunda copia se archiva en el área de almacenamiento conjuntamente con el certificado que ampara la entrega.
ECONOMIALOGISTICA Circular No. 02/2004 Página No. 3
14. El hospital seleccionado en cada provincia, previo a la entrega del medicamento exigirá de la unidad solicitante el cheque por el importe de la facturación y verificará la existencia del certificado médico enviado por el GONM (Nacional o Provincial) autorizando la entrega, de incumplirse alguno de estos requerimientos no procede la entrega.
15. Cuando se trate de medicamentos solicitados por el hospital Calixto García.
ü La factura se sustituye por el Vale de Entrega o Pedido de Sala ü No procede el pago
Por la Unidad Solicitante
16. Cumplidos los tramites establecidos en la Resolución 232/2000 y las orientaciones del GONM contactará con el Hospital seleccionado para conocer:
ü La existencia del certificado médico enviado por el GONM ordenando la entrega de los medicamentos
ü La existencia de los medicamentos ü El importe de la factura ü Los datos necesarios para la confección del cheque
17. Ordenará la confección del cheque y se presentará en el Hospital a recoger los medicamentos.
18. Recepcionará los medicamentos en el almacén de medicamentos.
19. Por la sala o consulta externa se prescribirán los medicamentos en la Historia Clínica y al amparo de ésta se emitirá el Pedido de Sala ordenando la entrega del o los medicamentos al paciente.
20. Entrega los medicamentos al paciente contabilizándolo a gasto con cargo al centro de costo correspondiente.
21. En casos excepcionales el GONM podrá autorizar la entrega de los medicamentos por el hospital seleccionado, directamente al paciente el que realizará el pago en efectivo en el lugar habilitado por el hospital
ECONOMIALOGISTICA Circular No. 02/ 2004 Página No. 4
Este proceder se fundamenta en la obligatoriedad de brindar la asistencia médica necesaria, incluyendo la administración de los fármacos, para elevar la calidad de vida de los pacientes con enfermedades crónicas y por tratarse de medicamentos especiales o muy específicos que no forman parte del Cuadro Básico los que ocasionan tratamientos con un alto costo para los pacientes que generalmente están acogidos a la seguridad social con la consecuente afectación de su economía.
Lic. Jorge L. Mecías Cubilla Director de Finanzas y Contabilidad
Vto. Bno. Vto. Bno.
Lic. René Hernández Castellanos Lic. Pedro Hidalgo Prado Viceministro Viceministro
Dictaminado conforme:
Dr. Nicolás Fernández Montoto Registrado por: Director Jurídico
Dpto. Sistemas y Métodos
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