manual trabajo en alturas
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MACROPROCESO DE APOYO CODIGO: ATHM013
PROCESO GESTION TALENTO HUMANO VERSION : 2
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Documento controlado por el Sistema de Gestión de la Calidad Prohibida su reproducción parcial o total
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MANUAL DE TRABAJO EN ALTURAS
2013
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TABLA DE CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN 3
2. OBJETIVO GENERAL 4
2.1 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 4
3. MARCO LEGAL 5
4. MARCO CONCEPTUAL 6
5. MARCO TEÓRICO 8
6. REQUISITOS PARA OBTENER EL CERTICADO DE TRABAJOS 9
SEGUROS EN ALTURA
7. EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES 10
8. CAPACITACIÓN Y CERTIFICADO PARA TRABAJO SEGURO 11
EN ALTURAS
9. LINEAMIENTOS PARA REALIZAR TRABAJO EN ALTURAS 12
10. PERMISO PARA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS 15
11. MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS 16
12. ADQUISICIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN Y 17
PREVENCIÓN CONTRA CAÍDAS DE ALTURAS
13. SISTEMAS DE ACCESO PARA TRABAJO EN ALTURAS 22
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1. INTRODUCCION
La Seguridad y Salud en el Trabajo ve al hombre como un factor decisivo en el
proceso productivo de la Universidad, comprendiendo que sin su actividad y
consciente participación, éste no llegaría ser eficiente, por lo que resulta de vital
importancia la satisfacción del trabajador, además, los accidentes, las
enfermedades laborales imponen elevado costo a los trabajadores, sus familiares,
las empresas y la sociedad en su conjunto.
El trabajo en alturas, es toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros
o más sobre un nivel inferior; la tarea de trabajo en alturas está considerada como
de alto riesgo y conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa de
accidentalidad y de muerte en el trabajo; en virtud de lo anterior, se hace
necesario establecer un manual para el trabajo seguro en alturas en la
Universidad de Cundinamarca.
Este tiene el objetivo fundamental de prevenir accidentes al realizar tareas en
altura en todo el ámbito de la Universidad. Por lo tanto, debemos extremar todas
las medidas de prevención para evitar la caída de personal u objetos durante el
desempeño de trabajos en altura.
Este manual tiene aplicabilidad para todos los funcionarios de la Universidad de
Cundinamarca encargados de desarrollar trabajo en alturas.
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2. OBJETIVO GENERAL
Establecer un manual de trabajo en alturas con el fin de señalar las técnicas y
medidas preventivas para los riesgos del trabajo en Altura, en la Universidad de
Cundinamarca de acuerdo con la normatividad.
2.1 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Prevenir accidentes de trabajo
• Conocer los términos y elementos propios del trabajo en altura, para evitar
posibles incidentes.
• Reconocer la reglamentación actual que rige todo trabajo en altura, desde
el punto de vista del trabajador y del empleador.
• Identificar herramientas como permisos de trabajo o listas de chequeo para
planear y controlar las actividades desarrolladas por los trabajadores para
garantizar la seguridad durante la ejecución de tarea.
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3. MARCO LEGAL
� Resolución 1409 de 2012: Por la cual se establece el Reglamento de
Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.
� Resolución 3673 de 2008: Emanada por el Ministerio de la Protección
Social, por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo
Seguro en Alturas.
� Resolución 2291 de 2010: Expedida por el Ministerio de la Protección
Social. Por la cual se amplía el plazo establecido en el artículo 4 de La
Resolución 000736 de 2009 y se dictan otras disposiciones.
� Circular 070 de 2009: Emanada por el Ministerio de la Protección
Social, sobre procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas.
� Resolución 1938 de 2009: Emanada por la Dirección General del
SENA, por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 1486 de
2009.
� Resolución 1486 de 2009: Emanada por la Dirección General del
SENA, donde se establecen los lineamientos para el cumplimiento de la
Resolución 736 de 2009 expedida por el Ministerio de la Protección
Social, sobre trabajo seguro en alturas.
� Resolución 736 de 2009: Emanada por el Ministerio de la Protección
Social, por la cual se modifica la Resolución 3673 de 2008 y se dictan
otras disposiciones.
� Resolución Numero 02413 de 1979 Emanada por el Ministro de
Trabajo y Seguridad Social. Por la cual se dicta el Reglamento de
Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción.
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4. MARCO CONCEPTUAL
� Capacitación : Para efectos de esta norma, es toda actividad realizada en una
empresa o institución autorizada, para responder a sus necesidades, con el
objetivo de preparar el talento humano mediante un proceso en el cual el
participante comprende, asimila, incorpora y aplica conocimientos, habilidades,
destrezas que lo hacen competente para ejercer sus labores en el puesto de
trabajo.
� Certificación de equipos: Documento que certifica que un determinado
elemento cumple con las exigencias de calidad de un estándar nacional que lo
regula y en su ausencia, de un estándar avalado internacionalmente. Este
documento es emitido generalmente por el fabricante de los equipos.
� Certificado de competencia laboral: Documento otorgado por un organismo
certificador investido con autoridad legal para su expedición, donde reconoce la
competencia laboral de una persona para desempeñarse en esa actividad.
� Certificado de capacitación: Documento que se expide al final del proceso en
el que seda constancia que una persona cursó y aprobó la capacitación
necesaria para desempeñar una actividad laboral. Este certificado no tiene
vencimiento.
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� Certificación para trabajo seguro en alturas. Certificación que se obtiene
mediante el certificado de capacitación de trabajo seguro en alturas o mediante
el certificado en dicha competencia laboral.
� Coordinador de trabajo en alturas: Trabajador designado por el empleador,
deberá ser capaz de identificar peligros en el sitio en donde se realiza trabajo
en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene
su autorización para aplicar medidas correctivas inmediatas para controlarlos
riesgos asociados a dichos peligros.
� Sistemas de protección de caídas certificado: Conjunto de elementos y/o
equipos diseñados e instalados que cumplen con las exigencias de calidad de
la norma nacional o internacional que lo regula, y aprobado por una persona
calificada si existen dudas.
� Ayudante: Trabajador designado para verificar condiciones de seguridad y
controlar el acceso a las áreas de riesgo.
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5. MARCO TEORICO
Procedimiento De Trabajo Seguro en Alturas
La Universidad de Cundinamarca tendrá en cuenta para realizar trabajos en
alturas,el siguiente procedimiento que será de obligatorio cumplimiento para las
diferentes Sedes, Seccionales y Sede Principal, el cual se extenderá también a
las diferentes, empresas contratistas que desarrollen actividades de trabajos en
altura al interior de la universidad.
La aplicación y el cumplimiento del presente manual es responsabilidad de los
jefes de las dependencias involucradas en los trabajos en alturas a realizarse y
serán responsables de las sanciones internas de la universidad y la normatividad
legal vigente.
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Evaluaciones medicas ocupacionales
(certificado)
Capacitacion (certificacion para
trabajo seguro en alturas)
Medidas de Seguridad para Trabajo
en Alturas
6. REQUISITOS PARA OBTENER EL CERTICADO DE TRABAJOS
SEGUROS EN ALTURA
• Los funcionarios que ya estén laborando para la Universidad y realicen
trabajo en alturas y no estén certificados para dicha tarea, deberán iniciar los
pasos establecidos en la (Grafica N° 1).
• Los funcionarios que se vayan a contratar para realizar trabajo en alturas
deberán tener como requisito para su contratación el certificado de trabajo
seguro en alturas.
Grafica N°1 Requisitos para Obtener el Certificado de Trabajo Seguro en Alturas
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7. EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES
Seguridad y Salud en el trabajo realizara la respectiva solicitud de evaluaciones
médicas ocupacionales,con el fin de establecer las condiciones Psicofísicas de
los funcionarios que desarrollaran trabajo en alturas.
Cuando como consecuencia de cualquiera de las evaluaciones médicas
practicadas al trabajador, surja la recomendación de tratamiento, deberá ser
remitido a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social
correspondientes y sólo podrá reingresar a la labor cuando por certificado médico
sea verificada la condición de cumplimiento de los requisitos mínimos para realizar
su oficio.
Para el caso de los trabajadores que después de verificar el estado de salud siga
con restricción para realizar tareas en alturas, se debe retirar de estas tareas y
asignar otras de acuerdo a su experticia, conocimientos, condición de salud y tipo
de relación laboral, hasta tanto no se demuestre superada la condición de salud
que origino la restricción.
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8. CAPACITACIÓN Y CERTIFICADO PARA TRABAJO SEGURO E N
ALTURAS
Seguridad y Salud en el trabajo gestionara con una entidad avalada para capacitar
y certificar en trabajo seguro en alturas a los funcionarios que hayan salido aptos
en la evaluación médica ocupacional.
Los trabajadores que no tengan experiencia en trabajo seguro en alturas deberán
iniciar con nivel básico y los que tengan experiencia iniciaran con nivel avanzado.
Nivel básico: 8 horas, 3 para teoría y 5 para entrenamiento práctico.
Nivel Medio: 24 horas, de las cuales 8 serán teóricas y 16 de entrenamiento
práctico.
Nivel Avanzado: 40 horas, de las cuales mínimo serán 16 teóricas y 24
entrenamiento práctico.
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9. LINEAMIENTOS PARA REALIZAR TRABAJO EN ALTURAS
Se deberá designar un coordinador de trabajo en alturas el cual será escogido
por recursos físicos y seguridad y salud en el trabajo, quien tendrá la capacidad de
identificar:
• Identificar riesgos presentes en el ambiente laboral.
• Valorar y priorizar riesgos.
• Interpreta la normatividad vigente para el trabajo en altura.
• Reportar los riesgos identificados en el lugar de trabajo.
• Aplicar los procedimientos establecidos para el desarrollo de su trabajo.
• Reportar los incidentes y accidentes laborales.
• Aprobará la actividad mediante la firma del permiso para trabajo en alturas.
• Seleccionar los elementos y equipos a utilizar en los controles de protección
pasiva y activa.
• Inspeccionar los elementos y equipos de Protección personal.
• Informar las condiciones respecto al equipo y EPP conforme a procedimientos.
• Informar al sistema de gestión de seguridad y salud sobre cualquier condición
de salud que le pueda generar restricciones, antes de realizar cualquier tipo de
trabajo en alturas.
• Asistir a todas la capacitaciones de seguridad y salud en el trabajo
Se designara de igual manera al trabajador que realizara la tarea de trabajo en
alturas quien deberá tener en cuenta:
• Diligenciar el permiso de trabajo en alturas
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• Reportar daños o deterioros de los sistemas individuales o colectivos de
prevención y protección contra caídas
• Utilizar las medidas de prevención y protección y cumplir con las normas y
procedimientos establecidos en seguridad
• Informar cualquier condición de salud que puedan generar alguna
restricción al momento de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas
• Cumplir
• Asistir a todas la capacitaciones de seguridad y salud en el trabajo
Y por último se designara de igual manera a un ayudante de seguridad quien
tendrá como obligación:
• Verificar las condiciones de seguridad
• Controlar el acceso a las áreas de riesgo
• Utilizar las medidas de prevención y protección y cumplir con las normas y
procedimientos establecidos en seguridad
• Asistir a todas la capacitaciones de seguridad y salud en el trabajo
DOTACIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL UDEC
Una vez el funcionario este certificado en trabajo seguro en alturas se le dotara de
elementos o equipos de los sistemas de protección contra caídas los que deben
ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y
debidamente certificados; entre los cuales destacamos los siguientes:
• Arnés de cuatro argollas para caídas
• Eslinga de posicionamiento
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• Mosquetón de cierre automático
• Casco con barbuquejo de tres puntos de apoyo
• Lentes de seguridad con proteccionuv
• Guantes antideslizantes
• Botas dieléctricas con punta en composite
• Eslinga para detención de caídas con sistema de absorción de energía con
mosquetón.
• Mosquetón
• Descendedor Grigri
• Ascendedorgibbs
• Adaptador de anclaje
• Eslinga en y
• Descendedor ocho
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10. PERMISO PARA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS
Mecanismo que mediante la verificación y control previo, tiene como objeto prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de trabajos en alturas.
Sera emitido para trabajos ocasionales definidos por el coordinador de trabajo en alturas, diligenciado por el trabajador y debe ser revisado y verificado en el sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas.(anexo1)
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11. MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS
La Universidad de Cundinamarca implementara medidas de protección contra
caídas las cuales deberán tener las siguientes características:
� Todo sistema seleccionado debe permitir la distribución de fuerza,
amortiguar la fuerza de impacto, elongación, resistencia de los
componentes a tensión, corrosión o ser aislantes eléctricos o antiestáticos
cuando se requieran.
� Los equipos de protección individual para detención y restricción de caídas
se seleccionarán tomando en cuenta los factores de riesgo previsibles o no
previsibles, propios de la tarea y sus características, tales como la
existencia de roturas de estructuras, condiciones atmosféricas, presencia
de sustancias químicas, espacios confinados, posibilidad de incendios o
explosiones, contactos eléctricos, superficies calientes o abrasivas, entre
otros.
� Todo equipo sometido a una caída deberá ser retirado de la operación y no
podrá volver a ser utilizado hasta que una persona competente, desarrolle
una revisión técnica y determine su estado; en el caso de las líneas de vida
autorretráctiles podrán ser enviadas a reparación y recertificadas por el
fabricante.
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12. ADQUISISCION DE SISTEMAS DE PROTECCION Y PREVENCIÓN
CONTRA CAÍDAS DE ALTURAS
Medidas colectivas de prevención: El trabajador capacitado para Trabajo en
alturas deberá: informar o demarcar la zona de peligro y evitar una caída de
alturas o ser lesionado por objetos que caigan. Estas medidas, previenen el
acercamiento de los trabajadores o de terceros a las zonas de peligro de caídas,
sirven como barreras informativas y corresponden a medidas de control en el
medio.
Las principales medidas colectivas de prevención que deberá utilizar el trabajador
son:
a) Delimitación del área: Medida de prevención que tiene por objeto limitar el
área o zona de peligro de caída del trabajador y prevenir el acercamiento de este
a la zona de caída.
La delimitación de la zona de peligro de caída del trabajador se hará mediante
cuerdas, cables, vallas, cadenas, cintas, reatas, bandas, conos, balizas, o
banderas, de cualquier tipo de material, de color amarillo y negro combinados, si
son permanentes y, naranja y blanco combinados, si son temporales.
Para la prevención de caídas de objetos, se deben delimitar áreas para paso
peatonal y mallas escombreras. Así mismo, evitar que las personas ingresen a
zonas con peligro de caída de objetos
b) Línea de Advertencia: Es una medida de prevención de caídas que demarca
un área en la que se puede trabajar sin un sistema de protección. Consiste en una
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línea de acero, cuerda, cadena u otros materiales, la cual debe estar sostenida
mediante unos soportes que la mantengan a una altura entre 0,85 metros y 1
metro de altura sobre la superficie de trabajo y deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
� Debe ser colocada a lo largo de todos los lados desprotegidos.
� Debe estar colocada a 1,80 metros de distancia del borde desprotegido o más.
� Debe resistir fuerzas horizontales de mínimo 8 kg.
� Debe contar con banderines de colores visibles separados a intervalos
inferiores a 1,80 metros.
c) Señalización del área: Es una medida de prevención que incluye entre otros,
avisos informativos que indican con letras o símbolos gráficos el peligro de caída
de personas y objetos; también debe incluir un sistema de demarcación que rodee
completamente el perímetro, excepto en las entradas y salidas según sea
necesario para el ingreso y salida de personas o materiales.
d) Barandas: Medida de prevención constituida por estructuras que se utilizan
como medida informativa y/o de restricción. Pueden ser portátiles o fijas y también,
ser permanentes o temporales según la tarea que se desarrolle.
Siempre que se encuentre el peligro de caída de alturas debido a la existencia de
orificios (huecos) cercanos o dentro de la zona de trabajo, se deben utilizar como
mínimo: Cubiertas de protección tales como rejillas de cualquier material, tablas o
tapas, con una resistencia de dos veces la carga máxima prevista que pueda
llegar a soportar; colocadas sobre el orificio (hueco), delimitadas y señalizadas.
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Cuando se trate de desniveles se deben utilizar medidas que permitan la
comunicación entre ellos, disminuyendo el riesgo de caída, tales como rampas con
un ángulo de inclinación de 15° a 30°, o escaleras con medida mínima de huella
de 25 a 30 centímetros y de la contrahuella de mínimo 16 centímetros y máximo
18 centímetros y deben ser de superficies antideslizantes.
COMO UTILIZAR LA ESCALERA
Escalera: Es un aparato portátil que consiste en dos piezas paralelas o
ligeramente convergentes unidas a intervalos por travesaños y que sirve para
bajar o subir a una persona de un nivel a otro.
La longitud máxima de la escalera simple será de cinco metros. En ningún caso
Sobrepasará esta medida.
La distancia máxima entre travesaño será de cuarenta (40) centímetros
conservando la misma distancia entre todos los travesaños. Los travesaños
deberán estar apoyados mediante una muesca a los Largueros de la escalera y
asegurados por medro de puntillas o tornillos.
Las escaleras deberán colocarse sobre terrenos que las soporten firmemente y
sus extremos deberán tener un corte en chaflán.
El trabajador que haga uso de la escalera deberá cumplir las siguientes medidas
de seguridad:
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� Agarrarse con ambas manos cuando suba o baje; si lleva materiales usara
una cuerda.
� Cuando baje o suba la escalera, lo hará de frente siempre.
� Nunca se deslizara por una escalera.
� Tendrá la precaución de revisar sus zapatos (que no estén engrasados,
embarrados o resbalosos por cualquier otra causa), antes de subir por una
escalera.
� No subirá más arriba del antepenúltimo peldaño o travesaño de una
escaleraderecha o de extensión, ni del penúltimo peldaño de una escalera
de mango.
Además el trabajador de la Universidad observara lo siguiente:
� Antes de usar una escalera, inspeccionara sus defectos. No usara nunca
una escalera defectuosa.
� No usara escaleras con arreglos provisionales tales como, listones
atravesadosapuntillados a un solo lado.
� Se asegurará que la escalera de mano esté completamente abierta antes
de usarla.
� No empalmara entre sí escaleras cortas, pues están diseñadas para usarlas
en su forma original y no, son lo suficientemente fuertes, para extensiones
más largas. Además muchos métodos de empalmar, especialmente los que
se hacen durante el trabajo, no son seguros.
� Mantendrá las escaleras limpias y libres de mugre y grasa que puedan
esconder sus defectos.
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� No usara escaleras durante vientos muy fuertes, excepto en caso de
emergencia, y entonces solamente cuando estén fuertemente aseguradas.
� No dejara abandonadas las escaleras, especialmente al aire libre a menos
que estén ancladas abajo y sujetas arriba. .
� Como las escaleras metálicas son conductores de la electricidad no se
recomienda su uso cerca de circuitos eléctricos, o en sitios donde puedan
entrar en .contacto con tales circuitos.
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13. SISTEMAS DE ACCESO PARA TRABAJO EN ALTURAS
Recursos físicos deberá gestionar la adquisición de elementos y equipos de
prevención y protección colectiva como barandas, barreras, andamios, escaleras,
señalización, accesos móviles y demás que se requieran para prevenir accidentes
de trabajo en la universidad y de ser necesario se adoptaran sistemas de
ingeniería y deberán cumplir las siguientes condiciones o requisitos para su
selección y uso:
1. Deben ser certificados y el fabricante debe proveer información en español,
sobre sus principales características de seguridad y utilización.
2. Ser seleccionados de acuerdo con las necesidades específicas de la actividad
económica, la tarea a desarrollar y los peligros identificados.
3. Ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y estas
características deben ser avaladas por el coordinador de trabajo en alturas y en
caso de dudas, deberán ser aprobados por una persona calificada.
El empleado certificado para el trabajo en alturas inspeccionara antes de cada
uso y mínimo una vez al año por el coordinador de trabajo en alturas, conforme a
las normas nacionales o internacionales vigentes. Si existen no conformidades, el
sistema debe retirarse de servicio y enviarse a mantenimiento certificado, si aplica,
o eliminarse si no admite mantenimiento.
Las medidas de protección se clasifican en pasivas y activas.
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1. Medidas Pasivas de Protección: Están diseñadas para detener o capturar al
Trabajador en el trayecto de su caída, sin permitir impacto contra estructuras o
elementos, requieren poca o ninguna intervención del trabajador que realiza el
trabajo.
Dentro de las principales medidas pasivas de protección está:
Red de Seguridad para la detención de caídas: Medidas colectivas de
protección cuyo objeto es detener la caída libre de un trabajador.
Cuando se determine instalar una red de seguridad, no debe colocarse a más de
nueve (9) metros por debajo de la superficie en donde se camina y/o trabaja y
debe poder soportar su impacto sin golpear ningún obstáculo debajo de ella.
Las distancias de instalación serán las que se señalan en la siguiente tabla:
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TABLA N° 2
REQUERIMIENTOS DE DISTANCIA PARA INSTALACION DE RED DE
SEGURIDAD
DISTANCIA VERTICAL DESDE LA SUPERFICIE EN DONDE SE CAMINA
Y/O TRABAJA HASTA LA SUPERFICIE HORIZONTAL DE LA
RED
DISTANCIA MINIMA HORIZONTAL REQUERIDA DESDE EL BORDE
EXTERNO DE LA MALLA HASTA EL BORDE DE LA SUPERFICIE DE
TRABAJO
1.5 m 2.40 m
Más de 1.5. m hasta 3 m 3 m
Más de 3 m 4 m
La red de seguridad debe ser de poliamida o material similar para que pueda
soportar elimpacto sin tocar ningún obstáculo debajo de ella.
Estas redes deben cumplir con los siguientes requisitos:
a) Una resistencia mínima de ruptura de 5.000 libras.
b) Un tamaño máximo de entramado de la red de cien (100) m.m, pero si además
la redtiene por objetivo la detención de objetos, se deberá colocar una malla para
escombros pordebajo, siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante.
c) Los puntos de anclaje de la red a la estructura deben tener una resistencia
mínima de 5.000 libras.
d) Los anillos en D y ganchos con resorte, deben tener una resistencia mínima de
5.000 libras.
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e) Las redes de seguridad y sus puntos de anclaje, deberán ser aprobadas por
una persona calificada en el sitio de trabajo después de su instalación inicial y
antes de ser usada como sistema de protección de caídas y cuando requiera ser
reinstalada después de una reparación.
f) Las distancias entre puntos de anclaje deben ser tenidas en cuenta conforme a
las especificaciones dadas por fabricantes certificados, por las autoridades o
entidades competentes nacionales o internacionales y aprobadas por la persona
calificada.
g) Toda red de seguridad debe ser certificada y debe tener una hoja de vida en
donde estén consignados los datos de fecha de fabricación, uso anterior, registros
de pruebas, registros de inspección, certificaciones expedidos por personas
calificadas.
Las redes deben estar libres de cualquier elemento, material, equipo o
herramienta en su interior, durante todo el tiempo que se realice el trabajo, lo cual
debe ser verificado durante su uso. Así mismo, deben tener un punto de acceso
que permita la remoción de elementos o personas que caigan en ella.
Las redes deben ser inspeccionadas semanalmente verificando su estado.
Después de cualquier incidente que pueda afectar la integridad de este sistema y
en el caso de deterioro o impacto deben ser cambiadas de manera inmediata,
dejando registrado la fecha y tipo de red por la que se cambia.
En el caso de que en las áreas de trabajo en alturas, estén laborando
simultáneamente dos o más trabajadores, deberán implementarse sistemas de
prevención o protección complementarios.
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2. Medidas Activas de Protección: Aquellas que involucran la participación del
trabajador, con el requisito de que este debe estar capacitado y entrenado en el
uso de los elementos de protección personal, sistemas de trabajo en alturas y en
los procedimientos operativos seguros de trabajo, conforme a la actividad
económica y a la tarea a realizar; tales sistemas deben ser implementados, sin
perjuicio de las medidas de prevención y protección contra caídas, que trata este
reglamento técnico, a las cuales está obligado el empleador.
Todos los elementos y equipos de protección deben ser sometidos a inspección
antes de cada uso por parte del trabajador, en el que constate que todos los
componentes, se encuentran en buen estado.
Todos los elementos y equipos de protección deben cumplir con los
requerimientos de marcación conforme a las normas nacionales e internacionales
vigentes; deben contar con una resistencia mínima de 5.000 libras, certificados por
las instancias competentes del nivel nacional o internacional y deben ser
resistentes a la fuerza, al envejecimiento, a la abrasión, la corrosión y al calor.
Las medidas activas de protección se constituyen en un sistema que demanda
una configuración que involucran los siguientes componentes: punto de anclaje,
mecanismos de anclaje, conectores, soporte corporal y plan de rescate
2.1. Puntos de Anclaje fijos: Aquellos equipos que asegurados mediante
técnicas de ingeniería a una estructura, son capaces de soportar las fuerzas
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generadas por una caída, deben contar con una resistencia mínima de 3.600
libras, si son calculados por una Persona Calificada, de otra forma se exigirá una
resistencia mínima de 5.000 libras a cada punto de anclaje, por persona
conectada. Cuando se instalen dos trabajadores al mismo punto de anclaje, este
debe resistir 10.000 libras. En cualquier caso no se permite la conexión de más de
dos trabajadores a un punto de anclaje fijo.
2.2. Mecanismos de Anclaje: Dispositivos de tipo portátil que abrazan o se
ajustan a una determinada estructura y tienen como función ser puntos seguros de
acoplamiento para los ganchos de los conectores, cuando estos últimos no
puedan conectarse directamente a la estructura.
Podrán ser de cable de acero, cadena metálica, reatas de materiales sintéticos o
diseñados en aceros o materiales metálicos, para ajustarse a las formas de una
determinada estructura; tendrán una resistencia a la ruptura mínima de 5.000
libras.
Los anteriores dispositivos deben contar con las siguientes características:
a) Resistencia mínima de 5.000 libras en cualquiera de sus componentes.
b) Todos los anillos en D, en O u ovalados que hagan parte de un dispositivo de
anclaje, deben ser certificados con una carga de 3.600 libras por las entidades
competentes reconocidas nacional o internacionalmente.
c) Después de ser instalados los anclajes fijos, deben ser certificados al 100% por
una persona calificada, a través de metodología probada por las autoridades
reconocidas nacional o internacionalmente.
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2.3. Puntos de Anclaje Móviles: Aquellos que permiten el desplazamiento del
trabajador en forma vertical y horizontal.
2.3.1. Líneas de vida para desplazamiento horizonta l: Sistema de protección
contra caídas, compuesto por un cable, cuerda de material sintético o riel que van
fijos a la estructura mediante unos anclajes y poseen una pieza corredera que se
desliza a través de todo el cable, cuerda o riel llamada deslizador que está
diseñada de forma que no pueda salirse del sistema.
Las líneas de vida serán diseñadas e instaladas como parte de un sistema de
protección contra caídas que debe mantener un factor de seguridad no menor que
dos (2) y debe mantener una supervisión de una Persona Calificada.
Podrán ser provisionales o fijas, estas últimas deberán ser diseñadas y calculadas
por una Persona Calificada, e instaladas por un profesional o técnico que acredite
experiencia en ello bajo supervisión de una persona calificada, con materiales
certificados. Estas deben incluir sistemas absorbedores de energía cuando los
cálculos o las condiciones de la línea así lo determinen.
La longitud del absorbedor de energía debe ser tenida en cuenta en los cálculos
del requerimiento de claridad.
Las líneas de vida horizontales provisionales deberán ser de materiales
certificados e instaladas entre puntos de anclaje con una resistencia mínima de
5.000 libraspor persona conectada. Las mismas deben contar absorbedores de
energía certificados por las entidades nacionales e internacionales competentes,
para el tipo de línea, sin que superen la resistencia de la estructura.
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2.3.2. Líneas de vida verticales: Sistemas de cables de acero o cuerdas que
debidamente ancladas en un punto superior a la zona de labor, protegen al
trabajador en su desplazamiento vertical (ascenso/descenso). El sistema de línea
vertical debe incluir un cable de acero o una cuerda sintética debidamente
certificada y fabricada para dicho uso y como punto de anclaje, debe garantizar
una resistencia de mínimo 5.000 libras.
Las líneas de vida verticales podrán ser permanentes o portátiles según la
necesidad; deben estar ancladas a un punto con una resistencia mínima de 5.000
libras y pueden incluir un sistema absorbedor de energía que disminuya elefecto
de la caída sobre el punto de anclaje, de tal manera que este no falle. Podrán
emplear las diferentes configuraciones establecidas en las normas internacionales
vigentes, cumpliendo con las exigencias contenidas en esta resolución. Además,
deben tener algún mecanismo de tensión que garantice que permanezca vertical.
2.3.3. Las líneas de vida verticales fijas: Se utilizan en estructuras que superen
unas alturas de 3m, pueden ser instaladas en escaleras tipo gato (verticales) y
asegurarán el acceso a cubiertas, plataformas, tanques, torres o cualquier sitio
industrial cuyo acceso tenga esta configuración y que por sus características o
frecuencia de uso, exija que el sistema de aseguramiento para tránsito vertical
permanezca instalado.
El diseño de la línea de vida vertical dependerá del tipo de estructura y además de
lacantidad de usuarios que podrán estar asegurados a ella. Esta instalación debe
ser con cable
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de acero de alma sólida y calibre entre 8 mm y 9 mm y estar fija a las escaleras
del sitio según diseño certificado de cada fabricante y será instalada por personas
competentes y certificadas por el fabricante de las líneas. Su anclaje superior,
debe contar con un sistema absorbedor de energía cuyo diseño evidencie si ha
sido activado. La línea debe contar conun anclaje inferior instalado en la escalera,
que cuente con un mecanismo de tensión y un indicador de tensión según diseño
del fabricante. Adicionalmente, se requiere que según la longitud de la línea de
vida, que esta cuente con guías de cable que eviten el movimiento del mismo y
debiendo permitir el paso fácil de los conectores de tránsito vertical.
2.3.4. Las líneas de vida verticales portátiles: Pueden ser en cable de acero
con diámetros entre 8 mm a 9 mm o cuerdas estáticas con una elongación
máxima del 5%,fabricada con materiales sintéticos con diámetro de mínimo 13
mm, debidamente certificadas y resistentes a la fricción y el desgaste.
Las líneas de vida verticales en cuerda deberán contar con un ojo formado
mediante un nudo trenzado cuando la cuerda tenga tres ramales, el trenzado
deberá garantizar mínimo (4) dobleces, así mismo, en el caso de que la cuerda no
sea del tipo trenzado, el ojo podrá estar formado por sistemas certificados que
aprisionen la cuerda y garanticen la resistencia exigida; en todos los casos, el ojo
deberá protegerse con un guardacabo. Sus empalmes se deben realizar con
elementos a compresión, no con nudos. En la parte inferior de la línea se debe
colgar un contrapeso que mantenga la cuerda completamente estirada. Este tipo
de líneas de vida deben ser conectadas a puntos de anclaje con un mosquetón
con una resistencia mínima de 5.000 libras con cierre automático de seguridad, no
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se permitirán sistemas roscados y se debe evitar que las mismas rocen contra filos
de estructuras que puedan ocasionar su rotura.
Las líneas de vida verticales de tipo portátil en cable de acero, deben tener un ojo
conacoplamientos estampados a presión o sistemas prensacables(perros), el ojo
siempre estará protegido con un guardacabo de tamaño apropiado. Estas líneas
de vida deberán contar conun sistema de contrapeso que se ubicará en la parte
inferior de la línea para tensionarla.
2.4. Conectores: Componentes o subsistemas de un sistema de protección contra
caídas, que tienen medios específicamente diseñados para el acople entre el
sistema de protección contra-caídas al anclaje.
Los conectores serán diferentes dependiendo el tipo de tarea a realizar y se
seleccionarán conforme a la siguiente clasificación:
2.4.1. Ganchos de seguridad: Equipos que cuentan con un sistema de cierre de
doble seguridad para evitar su apertura involuntaria, permiten unir el arnés al
punto de anclaje.
Ellos no deben tener bordes filosos o rugosos que puedan cortar o desgastar por
fricción los cabos o las correas o lastimar al usuario.
2.4.2 Mosquetones: deben ser con cierre de bloqueo automático y fabricados en
acero,con una resistencia mínima certificada de 5.000 libras.
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Para los fines de esta resolución que establece el reglamento técnico para trabajo
seguro en alturas, el uso de mosquetones roscados quedan prohibidos en los
sistemas de protección contra caídas.
2.4.3. Conectores para restricción de caídas: Tienen como función asegurar al
trabajador a un punto de anclaje sin permitir que este se acerque al vacío o a un
borde desprotegido. El punto de anclaje debe garantizar una resistencia mínima
de 3.000 libras. Estos conectores podrán ser de fibra sintética, cuerda o cable de
acero con una resistencia de 5.000 libras.
2.4.4. Conectores de Posicionamiento: Tienen la finalidad de permitir que el
trabajador se ubique en un punto específico a desarrollar su labor, evitando que la
caída libre sea de más de 60 cm. Los conectores de posicionamiento deben tener
una resistencia mínima de 5.000 libras. Estos conectores podrán ser de cuerda o
banda de fibra sintética, cadenas o mosquetones de gran apertura que garanticen
una resistencia mínima de 5.000 libras.
2.4.5. Conectores para detención de caídas: Equipos que incorporan un sistema
absorbedor de energía o mecanismos que disminuyen la fuerza de impacto,
reduciendo la probabilidad de lesiones provocadas por la misma.
Estos conectores, sin importar su longitud están clasificados en:
2.4.5.1. Eslingas con absorbedor de energía: Permiten una caída libre de
máximo 1.80 m y al activarse por efecto de la caída permiten una elongación
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máxima de 1.07 m, amortiguando los efectos de la caída; reduciendo las fuerzas
de impacto al cuerpo del trabajador a máximo 900 libras.
2.4.5.2. Líneas de vida autorretráctiles: Equipos cuya longitud de conexión es
variable, permitiendo movimientos verticales del trabajador y en planos
horizontales que no superen los 15° con respecto al punto de anclaje fijo y detiene
la caída del trabajador a una distancia máxima de 60 cm. Estas líneas de vida
autorretráctiles deben ser en cable metálico o fibras sintéticas certificadas por la
entidad nacional o internacional competente.
En el caso de utilizar una eslinga con un absorbedor de energía o una línea de
vida autorretráctil conectada a una de línea vida horizontal, se deberá tener en
cuenta la elongación de la misma para efectos del cálculo de la distancia de caída.
2.4.6. Conectores para tránsito vertical (freno): Aplican exclusivamente sobre
líneas de vida vertical, y se clasifican en:
2.4.6.1. Conectores para líneas de vida fijas en ca ble de acero: El conector
debe ser compatible con cables de acero entre 8 mm a 9 mm y para su conexión
al arnés debe contar con un mosquetón de cierre automático con resistencia
mínima de 5.000 libras.
2.4.6.2. Conectores para líneas de vida portátiles en cuerda: Se debe
garantizar una compatibilidad de los calibres y diámetros de la línea de vida
vertical con el tipo de arrestadoresa utilizar. Estos conectores podrán incluir un
sistema absorbedor de energía y para su conexión al arnés debe contar con un
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gancho de doble seguro o mosquetón de cierre automático con resistencia mínima
de 5.000 libras.
Bajo ninguna circunstancia los conectores para tránsito vertical (frenos) se podrán
utilizar como puntos de anclaje para otro tipo de conectores.
No se admiten nudos como reemplazo de los conectores para tránsito vertical
(frenos).
2.5. Arnés cuerpo completo: Equipo que hace parte del sistema de protección
contra caídas, que se ajusta al torso y a la pelvis del trabajador, diseñado para
distribuir las cargasproducidas por una caída libre y distribuir la fuerza de
detención de esta sobre la parte superior de los muslos, la pelvis, el pecho y los
hombros y que tiene componentes para conectarlo a los diferentes dispositivos de
protección contra- caídas. Debe constar de correas o de elementos similares de
ajuste, situados en la región pelviana, muslos, cintura, pecho y hombros y como
mínimo, una argolla dorsal y debe ser certificado conforme a las normas
nacionales e internacionales vigentes.
Las correas y los hilos de costura del arnés deben estar fabricados con fibras
sintéticas que posean características equivalentes a las de las fibras de poliéster o
poliamida, con una resistencia a la fuerza, al envejecimiento a la abrasión y al
calor, equivalente a las poliamidas. En ningún caso, deberán ser remachados y los
hilos de costura deben ser de diferente color para facilitar la inspección. Las
argollas del arnés deben tener unaresistencia mínima de rotura de 5.000 libras. El
ancho de lascorreas que sujetan al cuerpo durante y después de detenida la
caída, será mínimo de 1- 5/8 pulgadas (41 mm).
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El arnés debe ser sometido a inspección antes de cada uso por parte del
trabajador, en el que constate que todos los componentes, se encuentran en buen
estado. Así mismo, debe realizarse una inspección técnica por lo menos una vez
al año por una persona competente, conforme a las normas nacionales e
internacionales vigentes. Si se identificancaracterísticas del arnés que no
garanticen uso seguro del mismo, debe retirarse.
Los herrajes del arnés, deben cumplir con los requerimientos de marcación
conforme a las normas nacionales e internacionales vigentes.
Las herramientas que deba usar el trabajador en el desarrollo de su labor, no
podrán ser portadas en el arnés sino que se deberá disponer de un
portaherramientas que no interfiera su mecanismo de acción, que se conectará al
mismo o un cubo o bolsa porta-herramientera.
Los elementos cortopunzantes que tengan que ser usados para trabajo en alturas
debe ser llevado en el porta-herramientero.
El arnés es de uso obligatorio para todo trabajador en alturas. Se encuentra
prohibido el uso de cinturones linieros o elementos similares, en su reemplazo,
como elemento para detención de caídas.
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ANEXO 1
PERMISO DE TRABAJO EN ALTURAS UNIVERSIDAD
FECHA INICIO DE LABOR :
_____________________________________
_____
FECHA FINALIZACION DE LABOR:
HORA INICIO:
_______________________________________
_____
HORA FINALIZACION:
1. DATOS PERSONALES
NOMBRES
APELLIDOS
EDAD
CARGO DEL TRABAJADOR
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
NOMBRE DEL JEFE INMEDIATO
AFILIACION ARL
AFILIACION EPS
2. LABOR A REALIZAR
DESCRIPCION
3. SISTEMA DE ACCESO
� ANDAMIO TUBERIA BUENO REGULAR MALO
� ANDAMIO COLGANTE BUENO REGULAR MALO
� ESCALERA BUENO REGULAR MALO
� PLATAFORMA BUENO REGULAR MALO
� MALLA O REJA BUENO REGULAR MALO
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ESTRUCTURA METALICA/OTRA BUENO REGULAR MALO
4. EQUIPO DE TRABAJO
� ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL (BUENO, REGULAR, MALO, MANTENIMIENTO, REEMPLAZO)
CASCO GAFAS
GUANTES OBEROL
BOTAS TRAJE ESPECIAL
CARETAS OTROS:
� EQUIPO DE PROTECCION CONTRA CAIDAS (BUENO, REGULA R, MALO, MANTENIMIENTO, REEMPLAZO)
ARNES ARREST, CUERDA
ESLINGA POSIC. ARREST CABLE
ESLINGA EN Y OTRO:
ESLINGA ABSORV. OTRO:
MOSQUETON OTRO:
5. MEDIDAS DE PROTECCION
� ELEMENTO (BUENO, REGULAR, MALO, MANTENIMIENTO, RE EMPLAZO)
LINEA VIDA VERTICAL. LINEA VIDA HORIZONTAL
GANCHOS CUERDAS
MALLA OTRO:
6. REGISTRO Y REPORTE DE PELIGROS
� LUGAR PELIGRO
� OBSERVACIONES:
7. NOMBRES Y FIRMAS
FIRMA TRABAJADOR
FIRMA CORDINADOR TRABAJO EN ALTURA
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CONTROL DE CAMBIOS
VERSIÓN FECHA
MOTIVO AÑO MES DIA
1 2013 04 16 Emisión del documento
2 2013 05 16 Modificación del contenido con el fin de ajustarlo
a las necesidades institucionales
ELABORO: Gestores participantes FECHA 2013 05 06 NOMBRE CARGO
Andrea Chaves Álvarez Profesional
Luz Angela Sarmiento Angulo Responsable procedimiento Seguridad y Salud en el trabajo
REVISO: Gestor Proceso Gestión de la Calidad APROBO: Gestor responsable del proceso NOMBRE: Fernando Hernández Moreno- María del Pilar Delgado Rodríguez NOMBRE: María Isabel Salamanca Rojas CARGO: Profesional Universitario III- Profesional Universitario I CARGO: Directora Talento Humano FECHA: 2013 05 16 FECHA: 2013 05 16
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