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Expositor: David Tapia SantistebanFiscal Provincial TitularP r im e r a F i s c a l í a P r ov i n c i a l Pe n a l E s p e c i a l i zad a e n D e l i to s A d u a n er o s y P r o p i e dad I n te l e c t ua l
LEY DE LOS DELITOSADUANEROS
CARACTERÍSTICAS:
Parte del Derecho Penal Económico -complementariedad penal administrativaLeyes penales en blancoElementos jurídicos normativos.Bien jurídico protegido Valoración de las mercancías
DELITOS ADUANEROS
Es la facultad que tiene SUNAT para aplicar las normas legales y reglamentarias que regulan las actividades aduaneras y el paso, ingreso o salida de personas, mercancías y medios transporte por el territorio aduanero, así como exigir su cumplimiento.
POTESTAD ADUANERA
Medidas aplicadas a los efectos de asegurar el cumplimento de las leyes y reglamentos de cuya aplicación es responsable la Aduana. (Glosario de Términos Aduaneros de la Organización Mundial de Aduanas - OMA)
CONTROL ADUANERO
Definen la expresión “control aduanero” como“el conjunto de medidas adoptadas por laAdministración Aduanera con el objeto deasegurar el cumplimiento de la legislaciónaduanera o de cualesquiera otras disposicionescuya aplicación o ejecución es de competenciao responsabilidad de las aduanas”
DECISIÓN 574 CAN – ART. 2° LGA
EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
Función o PotestadAduanera
Ejercicio de laFunción de
Control
PatrimonioPúblico
Orden PúblicoEconómico
TIPOS PENALES EN LA LEY N° 28008
Contrabando
Defraudación de Rentas de Aduana
Receptación Aduanera
Financiamiento
Tráfico de MercancíasProhibidas oRestringidas
El que se sustrae, elude o burla el control aduanero ingresando mercancías del extranjero o las extrae del territorio nacional o no las presenta para su verificación o reconocimiento físico en las dependencias de la Administración Aduanera o en los lugares habilitados para tal efecto.
La ocultación o sustracción de mercancías a la acción de verificación o reconocimiento físico de la aduana, dentro de los recintos o lugares habilitados, equivale a la no presentación.
CONTRABANDO
Extraer, consumir, utilizar o disponer de las mercancías de la zona primaria sin autorización.
Consumir, almacenar, utilizar o disponer de las mercancías que hayan sido autorizadas para su traslado de una zona primaria a otra, para su
reconocimiento físico, sin el pago previo de los tributos o gravámenes.
Internar mercancías de una zona franca o zona geográfica nacional de tratamiento aduanero especial o de alguna zona geográfica nacional de
menor tributación y sujeta a un régimen especial arancelario hacia el resto del territorio nacional sin el cumplimiento de los requisitos de Ley o el pago
previo de los tributos diferenciales.
MODALIDADES
Conducir en cualquier medio de transporte, hacer circular dentro del territorio nacional, embarcar,
desembarcar o transbordar mercancías, sin haber sido sometidas al ejercicio de control aduanero.
Intentar introducir o introduzca al territorio nacional mercancías con elusión o burla del control aduanero
utilizando cualquier documento aduanero ante la Administración Aduanera.
MODALIDADES
El que con unidad de propósito, realice elcontrabando en forma sistemática por cuantíasuperior a cuatro (4) Unidades ImpositivasTributarias, en forma fraccionada, en un sóloacto o en diferentes actos de inferior importecada uno, que aisladamente serían
CONTRABANDO FRACCIONADO
considerados infracciones administrativas vinculadas al contrabando.
a) Importar mercancías amparadas en documentosfalsos o adulterados o con información falsa enrelación con el valor, calidad, cantidad, peso,especie, antigüedad, origen u otras característicascomo marcas, códigos, series, modelos, que originenun tratamiento aduanero o tributario más favorableal que corresponde a los fines de su importación.
b) Simular ante la administración aduanera total oparcialmente una operación de comercio exterior conla finalidad de obtener un incentivo o beneficioeconómico o de cualquier índole establecido en lalegislación nacional.
MODALIDADES DE DEFRAUDACIÓN
El que mediante trámite aduanero, valiéndosede engaño, ardid, astucia u otra formafraudulenta deja de pagar en todo o en partelos tributos u otro gravamen o los derechosantidumping o compensatorios que gravan laimportación o aproveche ilícitamente unafranquicia o beneficio tributario.
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA
d) Sobrevaluar o subvaluar el precio de las mercancías, variarla cantidad de las mercancías a fin de obtener en formailícita incentivos o beneficios económicos establecidos enla legislación nacional, o dejar de pagar en todo o en partederechos antidumping o compensatorios.
d) Alterar la descripción, marcas, códigos, series, rotulado,etiquetado, modificar el origen o la subpartida arancelariade las mercancías para obtener en forma ilícita beneficioseconómicos establecidos en la legislación nacional.
d) Consumir, almacenar, util izar o disponer de las mercancíasen tránsito o reembarque incumpliendo la normativareguladora de estos regímenes aduaneros.
MODALIDADES DE DEFRAUDACIÓN
El que adquiere o recibe en donación, en prenda, almacena,oculta, vende o ayuda a comercializar mercancías cuyo valor seasuperior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias y que deacuerdo a las circunstancias tenía conocimiento o secomprueba que debía presumir que provenía de los delitoscontemplados en la LDA.
RECEPTACIÓN ADUANERA
El que utilizando cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas introduzca o extraiga del país mercancías por cuantía superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias cuya importación o exportación está prohibida o restringida.
TRÁFICO DE MERCANCÍAS PROHIBIDAS O RESTRINGIDAS
El que financie por cuenta propia o ajenala comisión de los delitos tipificados enla presente Ley.
FINANCIAMIENTO
NATURALEZA DE LAS MERCANCÍAS (armas de fuego, municiones, explosivos, elementos nucleares, que afecten la salud, seguridad pública o el medio ambiente).
CALIDAD DEL AGENTE (funcionario o servidor público).
ACCIONES DE ENCUBRIMIENTO (mediante el empleo de violencia física o intimidación en las personas o fuerza sobre las cosas).
CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Organización delictiva
Cuantía del perjuicio fiscal ( 5 UIT)
Instrumento del delito (acondicionamiento de medio de transporte)
Falsedad en documentos y trámites
Utilización de menores e inimputables
Valor de mercancías (20 UITs)
Mercancías falsificadas u origen distinto
Productos acogidos al sistema de autenticación
CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
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